Como se calcula la antigüedad… ¿cuándo se pierde?
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La antigüedad en la empresa
Podemos definir la antigüedad como el tiempo que lleva en una empresa una persona trabajadora desde el inicio de la relación laboral.
Esta antigüedad comienza desde el primer contrato de trabajo, independientemente de que sea temporal o no, ya que todos los contratos suman y son tenidos en cuenta.
La principal duda viene cuando exista un lapso de tiempo entre contratos, normalmente temporales, o por la existencia de un despido o una baja voluntaria entre medias de diversos contratos.
Sobre esta cuestión, la legislación no indica nada al respecto (y más concretamente el Estatuto de los Trabajadores), sino que ha sido la jurisprudencia la que ha ido delimitando cuando se considera que existe una relación laboral desde cero, o cuando se debe sumar la antigüedad, lo que se suele conocer en el derecho laboral como «sin solución de continuidad», es decir, sin interrupción entre los diferentes contratos.
La antigüedad en un puesto de trabajo puede conceder al trabajador determinados derechos económicos, además de tener una especial importancia a la hora de calcular la indemnización por despido, ya sea objetivo o improcedente.
A modo de resumen, las cuestiones más importantes en relación con la antigüedad en la empresa son las siguientes:
- Todos los contratos laborales, sean temporales, de prácticas o de formación se tienen en cuenta para la antigüedad. No se tiene en cuenta los trabajos realizados como becarios o como prácticas curriculares o extracurriculares a través de la universidad o máster.
- Si estás contratado por una empresa de trabajo temporal (ETT) y posteriormente te contrata la empresa para la que realmente trabajas, el tiempo en la empresa de trabajo temporal también cuenta para la antigüedad.
- En caso de concatenación de contratos temporales o de prácticas, también se suma la antigüedad, salvo que exista un lapso de tiempo entre ellos considerable, como explicamos más adelante.
- No existe un plus de antigüedad en el Estatuto de los Trabajadores, sólo se tiene ese derecho si lo recoge el Convenio Colectivo de aplicación. Lo cierto es que cada vez menos convenios lo recogen.
- Por otro lado, NO se rompe la antigüedad en cualquiera de los siguientes supuestos:
- La empresa cambia de nombre, de propietarios o accionistas.
- Existe una subrogación de los trabajadores por que así lo indica el convenio colectivo o en caso de sucesión de empresas.
- Cambio de centro de trabajo dentro de la misma empresa o grupo empresarial.
- Disfrutar de una excedencia, independientemente del tipo que sea, o durante la baja por incapacidad temporal, maternidad o paternidad.
- Todo el tiempo de trabajo en la empresa es antigüedad, por lo que normalmente coincide el tiempo de trabajo efectivo con el tiempo de antigüedad, salvo en los contratos fijos discontinuos.
¿Cuándo se pierde la antigüedad en una empresa? La concatenación de contratos temporales
La antigüedad en una empresa sólo se pierde cuando se extingue la relación laboral, normalmente por un fin de contrato temporal o un despido.
Si después de un despido o fin de contrato, la empresa te vuelve a contratar, dependerá del tiempo que medie entre contratos para saber si la antigüedad se ha perdido.
Como la legislación no establece cual es el tiempo que tiene que pasar entre contratos para que la antigüedad comience de cero, ha sido la jurisprudencia la que lo ha determinado.
En este sentido, no cabe duda de que no se rompe el vínculo laboral si la distancia entre contratos es inferior a un mes, aunque cada vez se considera un periodo más amplio para no se sume la antigüedad.
Así, por ejemplo, el Tribunal Supremo ha considera que existe unidad esencial del vínculo laboral -y por tanto no se reinicia la antigüedad- en una interrupción de casi cuatro meses (sentencia de 8 de noviembre de 2016 rec 310/2015) y tampoco extingue el vínculo en una interrupción de 69 días (Sentencia de 26 de febrero 2016 rec 1423/2014.)
La sentencia del Juzgado número 6 de Bilbao de fecha de 29 de octubre de 2019 considera que una interrupción de 564 días no hace que se rompa la unidad de contratos, ya que el trabajador había estado en la empresa por un total de 6.186 días, lo que determina que ese lapso de tiempo es inferior al 10%.
Además, es indiferente que la extinción de la relación laboral se haya producido por despido, fin de contrato o, incluso, baja voluntaria.
El Tribunal Supremo en la sentencia de 26 de enero de 2022 considera que es irrelevante que existe una baja voluntaria, si la persona trabajadora es contratada de nuevo en un periodo corto de tiempo.
Además, tal y como ha indicado la Sentencia del Tribunal Supremo de 25 de marzo de 2022 que en supuestos de sucesión de contratos temporales, es más flexible y relajado en la valoración del plazo que ha de considerarse como significativo como ruptura de la unidad de laboral, ya que no hay que favorecer la conducta fraudulenta.
En definitiva, en caso de concatenación de contratos realizando las mismas o similares funciones, sólo se rompe la antigüedad si transcurre entre ellos una distancia significativa, siendo más amplia esta distancia en caso de que los contratos temporales estén en fraude.
Cuestión diferente es que ese tiempo entre contratos no se sume a la antigüedad para calcular la indemnización por despido, que sólo se computará el tiempo de trabajo efectivo.
Por ejemplo, tengo cuatro contratos temporales de un año cada uno en el que hay un lapso de tiempo entre ellos de 3 meses, es decir trabajo 12 meses y descanso tres meses. Desde el primer contrato hasta la fecha de extinción del último han transcurridos cinco años, pero para calcular la indemnización sólo se debería de tener en cuenta cuatro años, que son los de trabajo efectivo.
Ahora bien, en caso de lapsos de tiempo inferiores a 30 días no deberían de tenerse en cuenta para disminuir la antigüedad, al considerar esas pausas insignificantes, tal y como ha determinado el Tribunal Supremo en la sentencia de 21 de septiembre de 2017.
La antigüedad indicada en la nómina, ¿debemos presentar una demanda si no es correcta?
En la mayoría de las nóminas se indica la antigüedad de la persona trabajadora en la empresa.
Sería más preciso indicar que esa es la antigüedad que considera la empresa, que puede ser la correcta o no.
Si no es correcta, podríamos interponer una demanda de reconocimiento de derecho. Esta demanda sería importante, si la empresa nos deniega algún derecho que nos corresponde por nuestra antigüedad.
Por ejemplo, no abona un plus de antigüedad o no nos reconoce días de asuntos propios o de descanso por tiempo de permanencia en la empresa. En este caso, sí que tendría sentido la demanda, no sólo reclamar la antigüedad sino también ese derecho que se nos niega.
Pero si la antigüedad no es correcta, pero no nos afecta, no nos debemos preocupar y ya se reclamará cuando corresponda.
En este sentido, seguramente la antigüedad sólo afectará en el momento de la extinción de la relación laboral, que si la empresa no reconoce la correcta, siempre podremos demandarla en el procedimiento de despido.
De hecho, puede ser una ventaja para nosotros ya que puede ser una causa para que un despido objetivo sea considerado improcedente por no poner a nuestra disposición la indemnización que nos corresponde.
En cualquier caso, como ha considerado el Tribunal Supremo en la sentencia de 27 de septiembre de 2022, aunque no afecte de manera directa, podremos interponer una demanda para reclamar el reconocimiento de una antigüedad superior si la empresa no lo reconoce.
El plus de antigüedad y aumento de salario.
Como indicamos al principio del artículo, este plus sólo se cobra en caso de que el convenio colectivo lo establezca, ya que el Estatuto de los Trabajadores no recoge este derecho.
Por lo tanto, no por llevar más tiempo en la empresa existe un aumento automático del salario, esa cuestión vendrá determinada por lo que indique el convenio colectivo.
En la práctica, cada vez menos convenios recogen este plus, y los que lo tienen lo están empezando a congelar para que no siga aumentando su cuantía.
En caso de que se cobre, es un plus salarial y por tanto se tiene en cuenta para la indemnización por despido.
¿Qué pasa si tengo uno o varios contratos temporales?, ¿Afecta al complemento?
Una persona trabajadora no se puede ver perjudicada por el hecho de tener un contrato temporal respecto a los trabajadores por tiempo indefinido.
Por ello, en caso de que un trabajador concatene varios contratos temporales y posteriormente, o no, sea indefinido no tendrá ningún perjuicio a la hora de calcular el complemento que recoja el convenio colectivo.
Ahora bien, si existe un lapso de tiempo entre la concatenación de los diferentes contratos temporales, dependerá de como lo recoge el convenio colectivo habiendo jurisprudencia diferente.
La antigüedad en los contratos fijos discontinuos
En este tipo de contratos en los cuales el trabajador sólo trabaja de manera efectiva unos meses al año, no es lo mismo tiempo de vinculación con la empresa que tiempo de trabajo efectivo.
Por ejemplo, si sólo se trabaja cuatro meses al año, y se despide a un trabajador que lleva cinco años en la empresa, sólo computará a efectos de indemnización 20 meses.
De la misma manera, salvo que el convenio colectivo indique otra cosa, para tener derecho a un plus de antigüedad se ha de estar al tiempo de trabajo efectivo y no al de vinculación con la empresa. Así lo ha determinado la sentencia del Tribunal Supremo, de 1 de enero de 2018.
Tras un cambio doctrinal en el año 2020, en relación con la sentencia del Tribunal Supremo de fecha de 19 de noviembre de 2019 -motivado por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea- ha considerado que para tener derecho a determinados pluses salariales se debe tener en cuenta toda la relación laboral, y no sólo el trabajo efectivo.
Por lo tanto, si un trabajador aunque sólo realice una prestación de tres meses al año, deberá computar cada año de contrato como un año de relación laboral a los efectos de generar pluses o trienios o quinquenios por antigüedad.
Sin embargo, esta jurisprudencia no se aplica en caso de despido, así el Tribunal Supremo en la sentencia 30 de julio de 2020 consideró que a los efectos de antigüedad sólo ha de tenerse en cuenta los periodos de actividad, es decir, el trabajo efectivamente realizado.
De hecho, esta doctrina de la jurisprudencia ha sido incorporado al Estatuto de los Trabajadores tras la reforma laboral del Real Decreto-ley 32/2021 en el párrafos segundo del apartado 6 del artículo 16 relativo a los contratos fijos discontinuos.
En principio este cambio normativo sólo afecta a la antigüedad a los efectos de cuestiones económicas, pero no al cálculo de la antigüedad por despido.
hola quisiera que pudieras despejar mi duda, te pongo en contexto:
entro a trabajar el 7 de enero de 2021 y los contratos ahí son temporales por 4 meses, mi ultimo contrato venció el 31 de diciembre de 2022 y posteriormente el 3 de enero de 2023 me dijeron que no podían volver a contratarme, simplemente por reestructuración de área. como te podrás dar cuenta trabaje por 1 año 11 meses y 26 días de manera ininterrumpida.
Mi duda es: Tengo derecho a indemnización, finiquito o que es lo que puedo reclamar a la empresa?
Desconozco el tipo de contrato, pero seguramente si es un contrato temporal estará en fraude de ley y tendrás que demandar por despido improcedente para conseguir la indemnización del despido improcedente.
Si me dan una incapacidad total en mi puesto de trabajo y mi empresa me recoloca al 45% en otro puesto diferente .
Yo no perdería la antigüedad vedad y los pluses tendrían que ser enteros ,entiendo que el sueldo sería el porcentaje de lo trabajado ?
La antigüedad no se pierde, y los complementos salariales dependerá de lo que establezca el convenio colectivo, pero sí que pueden ser proporcionales a la jornada de trabajo.
Hola, buenas tardes.
Me gustaría si me pudiese ayudar en una duda. Podría reclamar la antigüedad en mi empresa?Le explico un poco mi vida laboral:
Hay más antigüedad en la empresa A ( entré por primera vez el 7-7-2014, pero creo que la duda surge a partir de aquí.
9-10-2018 a 8-10-2019 contrato temporal EMPRESA A
9-10-2019 a 24-10-2019 vacaciones no disfrutadas EMPRESA A
10-1-2020 a 26-10-2020 contrato interinidad EMPRESA A
27-10-2020 a 18-11-2020 vacaciones no disfrutadas EMPRESA A
Del 19-11 al 1-12 de 2020, 8 días sueltos en ETT EMPRESA B
2-12-2020 a 1-12-2021 contrato de interinidad EMPRESA A
2-12-2021 a 11-12-2021 vacaciones no disfrutadas. EMPRESA A
13-12-2021 a 13-12-2021 contrato 1 día en ETT EMPRESA B
14-12-2021 a 13-12-2022 contrato 1 año temporal EMPRESA A
14-12-2022 contrato indefinido parcial EMPRESA A
Desde el 9-10-2018, el resto de días que no estuve ni en la empresa A ni en la B, cobré prestación por desempleo.
Podría reclamar la antigüedad desde el 2-12-2020, o ese único día, en la empresa B, a través de ETT hace que rompa la relación laboral? Se podría reclamar antes de esa fecha?
Muchísimas gracias, por su ayuda y trabajo.
No entiendo muy bien la duda, no se si cuando te refieres a ETT empresa B en el fondo es para trabajar en la misma empresa a veces directamente con la empresa o otra a través de ETT.
Hola, disculpa por no exponerlo claramente.
Hago referencia a EMPRESA A y empresa B porque son empresas diferentes.
Trabajo en la empresa A Desde el 7-7-2014, pero aprovecho el tiempo entre contratos en esta empresa, para trabajar en otra empresa ( EMPRESA B ) pero días sueltos, contratos de 1 día.
Y mi duda, es si al tener días sueltos en otra empresa entre contratos en mi empresa habitual, se rompe la relación laboral, ya que por el tiempo entre contratos, entiendo que se debería respetar la antigüedad, que en este caso sería 9-10-2018.
De no ser así, cual crees que sería la antigüedad que podría reclamar?
Gracias y muy amable
Reclamaría desde 2018, no se que periodos tenías antes desde el 2014. Mínimo desde el 10 de enero de 2020.
Buenas tardes Alejandro, gracias de nuevo por tu ayuda y rápida respuesta. Respecto a la antigüedad soy fija discontinua desde el 2016 ( Aunque estuve desde 2014 en formación, pero me aparece la antigüedad de 2016).
Nuestro convenio habla de la antigüedad (convenio comercio Málaga, Sector V), cada cuatrienio son 21,73€ pero no nos lo pagan, vamos a reclamarlo pero mi pregunta es, ¿ES CON CARÁCTER RETROACTIVO? muchas gracias de nuevo.
Se puede reclamar el de los últimos doce meses.
Hola!
Lo primero de todo gracias a todos por colaborar y ayudar unos a otros.
Mi duda es similar a la de algunos compañeros pero no he sido capaz de ver mi caso en los comentarios, es esta:
Trabaje desde el 2011 hasta finales de marzo de este año en una empresa (11 años) y ahora desde el 3 de Octubre (después de 6 meses en otra empresa que tuve una mala experiencia) he vuelto a la empresa anterior.
Como a otros compañeros en el portal de la empresa me aparece toda la antigüedad pero no en la nomina donde aparece la fecha de reincoporación de principios de octubre y tampoco me esta contando los trienios de los años anteriores.
¿He perdido la antigüedad por ese lapso de 6 meses en otra empresa? ¿Cual es el lapso de meses entre empresas donde se pierda?
Gracias por adelantado
No existe un lapso de tiempo establecido por la legislación en la que podamos establecer que ya se ha perdido. Lo cierto es que seis meses es un tiempo considerable y dependerá del tribunal correspondiente.
Hola he pasado en mi empresa de eventual a indefinido,ya me dijo mi jefe que no perdería la antigüedad y en la primera nómina así lo refleja,pero mi consulta es,que ahora llega la paga extraordinaria de Navidad y me dice que al haber cambio de contrato solo me suma el mes y medio aprx,desde que se hizo el cambio de contrato,de eventual a indefinido es eso posible? Tengo que firmar un nuevo contrato? Muchas gracias
No se suma todo. Salvo que hayan finiquitado en el cambio de contrato.
Buenas noches, me han sancionado dos días de empleo y sueldo. Dando cuenta luego que me han quitado la antigüedad, me dieron de baja esos dos días y alta trascurrido esos días siendo ahora mi ese día mi antigüedad. Es correcto pueden hacer eso.
No, no es correcto. No se pierde la antigüedad.
Hola buenas noches tengo una duda hace 3 años estuve en contrato de formacion y luego me hicieron un contrato indefinido pero ahora me dejan parada despues de 1 año y 5 meses del contrato indefinido pero mi pregunta es, ¿mi finiquito me corresponde solo de mi antiguedad del contrato indefinido? O como seria? Gracias
Si es indemnización por despido, se calcula sumando la antigüedad del contrato de formación.
Buenos días
Querría saber si tengo derecho a reclamar la antigüedad a la empresa en la siguiente situación:
Estuve trabajando en un ayuntamiento desde octubre de 2019 hasta mayo de 2020 como personal laboral. Ahora me han vuelto a contratar y en la nómina pone en el concepto de antigüedad la fecha de contratación actual (septiembre 2022). ¿Es correcto o debería contabilizarme también el período anterior?
Gracias de antemano.
Un saludo.
Entiendo que tras pasar dos años entre contratos de trabajo, no se debe computar la antigüedad anterior.
Hola.Mi caso es referente a la antiguedad en la empresa.LLevo a contratos desde el 2001.En el 2020 me hicieron fijo.La antiguedad me pone desde el 2020.Durante todos estos años estuve temporadas en el paro de 3 meses,6,7…hasta 11.Me han dicho que calcule la antiguedad por porcentaje.Que de esta forma quizas me den la antiguedad integra.Que tengo que sumar los periodos de trabajo y por otro lado los periodos del paro.Y hallar un %.
¿Que hay de cierto en esto?.¿Como se hace?.
Un saludo.
No comparto lo del porcentaje, dependerá de las pausas entre contratos. Once meses es bastante tiempo.
Hola, la antigüedad que consta en mi nomina es 23/01/2017. He tenido los siguientes contratos temporales en la misma empresa, unas veces a través de ett y otras veces desde la misma empresa. ¿Cual seria mi verdadera antigüedad?
Ett 25.06.2012-25.08.2012
Ett 10.09.2012-29.09.2012
Empresa 01.10.2012-29.12.2012
Ett 27.05.2013-15.06.2013
Ett 17.06.2013-28.09.2013
Ett 06.11.2013-14.11.2013
Ett 15.11.2013-18.12.2013
Ett 19.12.2013-30.12.2013
Ett 21.01.2014-05.02.2014
Empresa 06.04.2015-02.10.2015
Ett 15.10.2015-31.10.2015
Empresa 27.11.2015-23.12.2015
Ett 18.04.2016-07.05.2016
Ett 09.05.2016-31.05.2016
Empresa 01.06.2016-01.10.2016
Empresa 03.10.2016-22.10.2016
Ett 05.12.2016-19.12.2016
Ett 27.12.2016-29.12.2016
Empresa 23.01.2017 – Actual indefinido
hay varias pausas importantes que son discutibles, como mínimo desde el 18 de abril de 2016.
Buenos días, primero agradecer la oportunidad de preguntar y aprender.
Mi duda consiste en que he estado 4 año contratado concatenando contratos temporales, hasta el mes pasado que una vez que finalizó, me hicieron uno nuevo indefinido. Pero me han dado un finiquito que incluye 12 días por los 4 años trabajados. Si ahora me despidiesen, sólo contaría el tiempo trabajado desde el mes pasado para la indemnización por despido, o serían 4 años y un mes?
Muchas gracias
Un saludo
Aunque se haya abonado una indemnización, se calcula todo el tiempo trabajado en caso de despido.
Buenos días, tengo una consulta referente al calculo para la indemnización en caso de despido improcedente, en mi caso, me contrataron para trabajar en una multinacional, a través de una subcontrata, pasado año y medio, dicha multinacional, decide crear una empresa, (para eliminar el gasto en subcontratas) a nivel nacional en España, con capital 100% de esta multinacional, y reconocida como una filial, pues eso 100% de la matriz, yo pase a esa empresa que crearon en España.
Mi consulta es: si para el calculo de la indemnización se podría sumar el tiempo que estuve en la subcontrata de la matriz, junto con el tiempo que llevo en la filial.
Gracias de antemano.
Habría que ver si se puede considerar sucesión empresarial.
Buenas tarde
En mi caso me han hecho un contrato indefinido después de cinco años con contratos eventuales. La antigüedad que me ponen es desde el primer día de contrato en la empresa pero descontando los periodos que no estuve contratado entre contrato y contrato eventula (dos meses, un mes, tres eemanas…), mi pregunta es:
Siempre me liquidaron las vacaciones en los contratos eventuales, a efectos del cobro de la prestación esas vacaciones es como si estuviera trabajando, pero esos días no me suman ahora para la antigüedad, ¿deberían de compitar esos días de vacaciones retribuidos a efectos de la antigüedad?, gracias
Aunque entiendo que se puede defender que sí, las vacaciones generadas y no disfrutadas abonadas en el finiquito no suelen computar para la antigüedad.
Muy buenas. Quería hacerte una consulta…
Llevo 25 años contratado por una empresa y ahora me ofrece otra distinta irme con ellos en las mismas condiciones. Me preocupa que me respeten la antigüedad. ¿Es suficiente con que figure en la nomina o es imprescindible que esté en el nuevo contrato que firme?
Muchas gracias
Si vas a cambiar de empresa, y quieres que esa empresa tenga en cuenta la antigüedad de la anterior, lo mejor es que quede reflejado en el contrato de trabajo o anexo. No obstante, ten en cuenta que ese acuerdo sólo afectará a la relación entre tu y la empresa y no frente a terceros.
Hola, al pasar de un contrato fijo discontinuo a indefinido, me han notificado de la SS fecha de baja y fecha de alta. Se pierde antigüedad??
Gracias.
No, no se pierde.
Buenos días, si me dan por la mutua el riesgo por embarazo, ¿pierdo ese tiempo de antigüedad en la empresa? Si estando en ese riesgo empiezo los 3 años y tengo un plus, ¿lo cobraría? O ya sería al volver? Y por otro lado, las vacaciones que no he disfrutado me pueden obligar a aceptar que me las paguen si las quiero coger a mi vuelta? Gracias.
No, no se pierde antigüedad. No entiendo muy bien la situación del plus, pero estaría incluido en la base de cotización con que se calcula la baja por riesgo. Las vacaciones no se pueden pagar, se disfrutan, salvo que extinción de la relación laboral.
Buenos días,
Es posible que mi empresa me despida y quería saber cómo calcular mi antigüedad en la misma, habiendo encadenado los siguientes contratos:
– 4 meses por cuenta ajena (tiempo completo)
– 3 años como autónomo TAED (tiempo completo)
– 6 meses por cuenta ajena (tiempo completo)
– 1,5 años por cuenta ajena (media jornada)
¡Muchas gracias de antemano!
PD: vuelvo a enviar el comentario ya que no estoy seguro de que se haya registrado la vez anterior (tampoco me aparece como pendiente de moderación); por favor, eliminad el duplicado si procede
Depende del tiempo que haya transcurrido entre contratos. Es indiferente que sea a jornada completa o parcial. En mi opinión, no contaría el tiempo como TAED, salvo que exista un fraude.
Para TAED hubo contrato como tal y fue voluntario, así que entiendo que no hubo fraude.
Entre los contratos como mucho hubo 1 ó 2 días de espacio. Fueron todos seguidos y en el orden que puse anteriormente.
Muchas gracias
Como mínimo todos los contratos después del TAED. Que no se si el orden es de mas a menos.
El orden es de antiguo a más reciente, así que entiendo que la antigüedad sería 6 meses + 1,5 años (los contratos después de TAED) y los 4 meses (el contrato antes de TAED) quedarían descartados.
¡Muchas gracias!
Llevo 18 años en la empresa este año cambio de dueños y pase de media jornada a completa,pierdo la antiguedad??
No, no se pierde.
Hola , tengo una pregunta que pasa si al terminar mi contrato de 6 meses no me liquidaron y alos 3 meses volvi a firmar otro y entre a trabajar? Mi antigüedad sigue igual? Es decir me cuentan los 3 meses que no trabaje?
Aunque tampoco se puede asegurar de forma absoluta, la antigüedad debería de ser desde el inicio, pero no suman los tres meses que no trabajaste.
Hola, mi antiguedad es de 1994 y en la nomina no me aparece ningun complemento por ello. La empresa me dice que el convenio dice que desde los contratos posteriores a 1992 no tienen derecho a ello. Podria reclamar o realmente no tengo derecho a ello ?
Todo depende de lo que diga el convenio colectivo. Habría que revisar si lo que dice la empresa es cierto.
Buenas tardes,
Tengo una duda acerca de la antigüedad en los contratos fijos-discontinuos. Agradezco de antemano su dedicación.
Soy fija discontinua y tengo más antigüedad que algunos de mis compañeros, por lo que solían hacerme el llamamiento antes. En los últimos años he renunciado al primer llamamiento con una carta en la que expresaba mi renuncia al mismo por motivos de estudios, comprometiéndome a acceder al segundo llamamiento (entre 15 y 30 días más tarde). El caso es que en este último llamamiento soy de las últimas en incorporarme por la antigüedad… Es esto correcto?
Estuve buscando información pero no consigo encontrarla…
Muchas gracias!
Habría que ver cual es la causa de ese llamamiento. La cuestión del llamamiento lo analizo en este artículo.
BUENOS DIAS,
TENGO UNA EMPRESA CON 10 TRABAJADORES FIJOS.
HAY UNA EMPRESA QUE ME COMPRA LAS INSTALACIONES Y CARTERA DE CLIENTES Y SE QUIERE QUEDAR CON LOS EMPLEADOS.
PUEDE DICHA EMPRESA SURROGARSE A LA ANTIGUEDAD DE LOS EMPLEADOS?
ESPERANDO SUS RESPUESTA UN SALUDO : FRAN
No es que puede, es que debe respetar la antigüedad.
Buenos días. Mi empresa me contrató en 2007, me hizo un contrato en practicas, seguidamente, En 2009 me realizo un contrato por circunstancias de la producción, y finalmente se me convirtió ese contrato a a indefinido. En la nómina, me cuenta la antigüedad desde 2009, ¿Podría reclamar dicha antigüedad en nómina desde 2007? O como han pasado tantos años ya no podría hacer nada. Un saludo y gracias de antemano
Sí, se puede reclamar.
Estuve en mi actual empresa de Mayo 2006- Sep 2017, me recontrataron en Enero de 2019 hasta la fecha en el mismo puesto y ahora nos van a despedir, cabria la posibilidad de sumar la antiguedad de 2006-2017
Lo veo complicado.
Alejando muy interesante el artículo. Consulta:
Trabajo en la misma compañía desde el año 2003. Desde el 2003 al 2014 en argentina. En el año 2014 la compañía me trasladó a mexico donde estoy ahora. En ese momento la compañía reconoció mi antigüedad en mi nuevo contrato desde el año 2003. Ahora la compañía me invita a trasladarme a españa y no estoy seguro si querrán o no reconocer la antigüedad. La pregunta es: aún cuando digan que no la reconocen y no lo pongan en el contrato; ante un eventual despido en españa; ¿puedo contar con los 20 años de antigüedad que llevo en la empresa?
Donde debería iniciar l demanda en caso de que esa situación se produjese
Si no se reconoce expresamente, tendrías mis dudas. Habría que saber el caso concreto y buscar jurisprudencia sobre este caso concreto.
Hola. Quería consultarte algo, ya que no sé si me puede afectar a futuro y debo corregirlo. Yo llevo en la misma empresa desde mayo 2014 enlanzando contratos temporales hasta final de ese año, que hubo una extinción de contrato. Me volví a reincorporar en marzo 2015 y en enero de 2016 me hicieron indefinida hasta la fecha. Ya he visto lo que comentas de las nóminas, que justamente a mí me aparece el 1 de enero de 2016 (el contrato indefinido) pero a la hora de consultar la vida laboral también me indica esa fecha desde la que tengo relación con la empresa. Al descargar el certificado sí me sale todo desde el 2014 pero no entiendo si es que la seguridad social indica a nivel general la fecha del último contrato o es algún error que me puede afectar. ¿Podrías decirme algo al respecto? Por si tengo que pedir cita para solucionarlo o no, ya por teléfono no he podido contactar con ellos. Muchas gracias.
En la vida laboral debe aparecer los diferentes periodos con los diferentes contratos temporales.
Buenos días, quisiera saber en que mes se hace efectivo mi antigüedad. Empecé el 01 feb 2016 (mi convenio en plus de antigüedad sube cada tres años, ya tengo una subida anterior). Mi duda es si en la nomina de febrero ya debería haberme parecido la subida que me corresponde ahora, al hacer seis años o computa ya para la nomina del mes siguiente.
Gracias
Depende de lo que diga el convenio colectivo, si no dice nada, la antigüedad la cumples el 1 de febrero, por lo que, en mi opinión, debe aparecer en la nómina de febrero que te abonan ahora en marzo.
Buenos días.
Muy interesante este artículo. Tengo un duda en el siguiente caso. Una persona encadena varios contratos administrativos, con la administración, con separación de días (2,6,8) entre ellos. Así, durante un par de años. Deja de trabajar y 5 años después, vuelve a incorporarse a esa administración pública, como contratada administrativa, en la cual se mantiene hasta ahora.
En su nomina, actual, le indica una antigüedad referenciada al número de días realmente trabajados. Han contado los periodos anteriores pero en días, obviando los periodos intermitentes.
Tanto el convenio como la normativa aplicable señalan el cobre de un complemento por antigüedad, al cual, no llega puesto que le cuentan solo lo efectivamente trabajado, es decir por día, esos periodos anteriores. Debería la administración recalcular el computo de la antigüedad y pagar en consecuencia el plus correspondientes. Debería acudir a la jurisdicción social o por el contrario, al ser una administración, al contencioso administrativo
Gracias
Tengo mis dudas de que se deba contar todo el periodo, y en mi opinión, diría que no. La sentencia que comento el artículo hace referencia a fijos discontinuos, pero no es el caso de contratos temporales que comentas. Sobre si es contencioso o social dependerá del tipo de empleado público. Si es funcionario, contencioso.
Quisiera saber si pierdo la antigüedad.
Tenía un contrato de interinaje con reserva al puesto de trabajo de una compañera, desde el 4/12/2017 hasta el 2/1/2022 que por no decir nada la seguridad social han dado de baja la empresa a la trabajadora y como consiguiente Ami por no existir ya vinculo. Ami me dan de Alta el 3/1/2022 con un nuevo contrato que a fecha de 22/1/2022 aún no me han dado para firmar y me dijo la empresa que era hasta que saliera la plaza a convocar, me dijo también que la antigüedad no me correspondía.
Yo trabajé la noche del 2 al 3 de enero con el contrato primero .
Mis preguntas son: 1)Me tienen que conservar la antigüedad. 2) Me tenían que haber dado de baja el día 3 en vez del dia2. 3) cuantos días tiene de tiempo la empresa para darme el contrato para que lo firme. 4) Puede la empresa entregar mi contrato al Nemesio sin haberlo firmado yo.
Gracias
La antigüedad no se pierde, el contrato de trabajo se debe de firmar antes de que comience la relación laboral. Sobre la baja, habría que ver el contrato, pero puede que no sea correcto.
Buenas tardes. Mi duda es la siguiente. en mi nómina vienen varios conceptos que expongo a continuación. salario base, grat. volunt. P. extra prorrat. Pl. Trans. sal. Pl. vestuar. Sal. A cta SMI/CONV. y Dto IRPF. con la subida del smi cobro 1125,83€ netos. Este mes, me corresponde cobrar la antigüedad que según la nómina es de 19,85 pero con la antigüedad metida en la nómina, he cobrado lo mismo que sin ella y me fijo que en el concepto «A CTA SMI/CONV, antes ponía 209,18€ y con la nómina de la antigüedad pone 189,33€. Mi pregunta es si me pueden hacer esto o tendría que cobrar los 19,85€ de la antigüedad, es decir que si el concepto A CTA SMI/CONV, se puede modificar o tiene que ser siempre el mismo. le agradezco su tiempo con estas dudas que tenemos y reciba un saludo cordial.
Habría que ver que es lo que dice el convenio, pero sí, eso que ha hecho la empresa es posible. No digo que sea correcto, puesto que para ello habría que revisar el convenio.
Esto es lo que pone en el convenio colectivo nuestro.
Art. 29. Complemento de antigüedad.—Las cantidades que, en concepto de antigüedad,
vinieran percibiendo los trabajadores afectados por el presente Convenio, se mantendrán
en las cuantías recogidas en el recibo de salarios correspondiente a la mensualidad
correspondiente a 31 de marzo de 2000, sin que en el futuro experimenten incremento
económico alguno.
A partir del 1 de abril de 2000, los aumentos a que hubiere lugar por el concepto de Complemento de Antigüedad consistirán en quinquenios, cuyo importe mensual ascenderá al 3 por 100 del Salario Base vigente en cada momento, así como del Plus Compensación Convenio a aquellos trabajadores que perciban este concepto. Y comenzarán a percibirse en el recibo de salarios correspondiente a la mensualidad siguiente a aquélla en que se cumpla cada quinquenio. Este concepto se abonará en catorce pagas, salvo pacto individual en contrario.
Aunque siempre son discutibles estas situaciones, y puede que haya algún juzgado que considere que no sea procedente, me temo que es correcto lo que hace la empresa.
Muy bien Alejandro. Te agradezco la conversación mantenida con este caso y te mando un millón de gracias por tu tiempo y por asesorar a los trabajadores que no sabemos cómo afrontar estas situaciones.
Muchas gracias y recibe un saludo cordial.
Hola Alejandro.
Soy fijo discontinuo en un colegio, y actualmente me encuentro trabajando cuatro horas y tengo otras dos horas en ERTE. Tengo consolidada una antigüedad de hace ya varios años. En la nómina, me están aplicando el porcentaje de horas de trabajo (4 horas) a la antigüedad, y me genera dudas porque la antigüedad está consolidada con anterioridad y creo que debería cobrarla íntegra.
Te agradecería me digas si esto es correcto.
Gracias y un saludo.
El plus de antigüedad se cobra en función de lo que diga el convenio colectivo, y normalmente éste se percibe proporcional a la jornada de trabajo. Por lo que puede que sea correcto.
Hola! Llevo en mi empresa desde 2017, pero los primeros 4 meses de 2019 estuve de excedencia voluntaria. Antes de marcharme me «finiquitaron», me dieron mi suelto y lo que me tocaba de paga doble y vacaciones, y al volver firme un papel conforme me reincorporaba tras mi excedencia. No he firmado otro contrato. En mi portal de datos de la empresa aparece mi antigüedad correcta, pero a partir de mi segunda nomina desde que volví me cambiaron la antigüedad. Realmente perdí la antigüedad de los 21 meses anteriores a la excedencia? En mi convenio no lo regulan.
No, no se pierde la antigüedad, aunque la empresa indique eso en la nómina.
Buenos días, Me encuentro en el caso que comentáis en esta publicación, pero me tiene confuso por que el abogado de CCOO al que se lo consulte me dijo que los contratos temporales y de ETT no pueden computar para la antigüedad por que ya me finiquitaron, recientemente he vuelto a preguntar a otro abogado laboralista y me indica lo mismo y que incluso en caso de contar pasado 20 días ya no cuenta.
Mi situación es la siguiente,
Por cierre de la empresa, hay y habrá un despido colectivo.
Mi relación con la empresa empezó con un
contrato de ETT del 28/06/2013 a 27/09/2013,
del 04/11/2013 a 04/07/2014
Contrato de Empresa del 07/07/2014 a 26/09/2014
Contrato indefinido del 01/10/2014 a 12/12/2021
La fecha de antigüedad que me reconoce la empresa es la fecha en la que me hicieron indefinido 01/10/2014.
Por lo que entiendo leyendo vuestra publicación así como otras la fecha de antigüedad que debería coger la empresa es la de mi primer contrato del 28/06/2013, aún y habiendo un lapsus de contrato entre el primero y el segundo de 33 días, puesto que entre ambos no he trabajado para otra empresa.
¿Estoy en lo correcto al pensar que deben indicar como fecha inicial para el cálculo de la antigüedad la del 28/06/2013?
Sí es así y en caso de que no lo contemplen o me pongan pegas en coger la primera fecha y quieran coger la segunda por el mes de separación entre ambos, ¿podrían recomendarme algún abogado de la zona de Barcelona?
Gracias
En mi opinión se cogería la antigüedad de 2013. Desconozco abogados en barcelona.
Hola! He tenido un día de sanción de empleo y sueldo, me dieron de baja y luego de alta, tenía más de 500 días de antigüedad y ahora solo sale reflejado 1 día. He perdido mi antigüedad? Puedo reclamar?
No, no se pierde la antigüedad.
Buenos días, mi empresa de telemarketing en la que llevo trabajando desde el 2006, ha perdido el servicio por lo tanto otra empresa que va a acogernos con un contrato exnovo, dice que nos va a respetar la antigüedad, horario y salario de la antigua empresa, nosotros tenemos que firmar baja voluntaria de la anterior, sabemos que si nos despiden antes de 90 días perdemos la prestación de desempleo , pero y la indemnización por despido nos conservarían la antigüedad o también hay ese periodo de carencia. Muchas gracias
No, no firmaría una baja voluntaria. Sobre la antigüedad, en caso de duda, lo mejor es demandar a la anterior empresa por despido, en relación a esta posibilidad que explico aquí.
Buenas tardes, quería saber si tengo derecho a que me reconozcan la antigüedad en la empresa desde el inicio de mi primer contrato o al menos que me reconociesen el tiempo efectivo trabajado los meses que estuve en la empresa.
Les comento mi caso particular.
Comencé el primer contrato el 01/06/2018 con un contrato de relevo al 50% hasta el 14/02/2020. Conseguí otro contrato fijo, que iba a empezar el 05/05/2020 pero por tema covid, retrasaron la firma del nuevo contrato hasta el 28/09/2020. Ahora mismo mi antigüedad en la empresa es desde el 28/09/2020, y quería saber si hay forma de reclamar la antigüedad en la empresa desde el día 01/06/2018 o al menos que reconozcan los meses que sí estuve trabajando en la empresa, ya que por tema cuatrienios y otros temas me interesa tener la máxima antigüedad posible.
Muchas gracias.
Al haber transcurrido tantos meses, es discutible que se tenga en cuenta esa antigüedad, tras una pausa de siete meses. Es cierto que existe una causa de fuerza mayor como es el COVID de por medio, y por ello si puedes acreditar que iba a empezar en mayo tendrás más posibilidades de que se consiga.
Una duda, que paso a detallar
– Trabajador que se encuentra en situación de reducción de jornada del 99,9 % por cuidado de hijo con enfermedad grave (PRESTACIÓN CUME) , dicha reducción comenzó en Febrero de 2020.
-Con fecha 14 de Octubre de 2021 la empresa con la cual trabajaba pierde el concurso y entra una empresa nueva.
-¿ Tiene dicho trabajador derecho a la liquidación de vacaciones generadas y no disfrutadas por encontrarse en reducción de jornada por cuidado de hijo con enfermedad grave?
Gracias
Sin perjuicio de que puede haber liquidación de las vacaciones, en mi opinión, la cuantía sería de cero, puesto que se ha generado con esa reducción. Desconozco si existe alguna sentencia que establezca lo contrario.
Buenas, mi duda es la siguiente.
En la empresa en la que estoy me hicieron un contrato de Obra o Servicio Determinado el 24/07/2020 (cuando entré en la empresa) que se finiquitó el 30/09/2020.
En la misma empresa, el 01/10/2020 me hicieron un nuevo contrato que finiquitaron el 04/01/2021. Y, a partir del 07/01/2021 me hicieron un último contrato (con el que estoy actualmente) que está como Eventual por circunstancias de la producción.
A partir de este último contrato, en todas la nóminas, aparece la antigüedad del 07/01/2021, a excepción de este último mes de septiembre, que me pone la antigüedad del 24/07/2020 (primer contrato que me hicieron).
¿A qué puede deberse?
Gracias de antemano.
Un saludo.
Desconozco el cambio, pero la antigüedad correcta es la del primer contrato.
Si pasa una semana entre un contrato formativo de un año, y un indefinido, ¿el formativo cuenta para la antigüedad?
Sí, con una pausa de una semana debería computar la antigüedad.
Muchísimas gracias!
Si se finaliza contrato con una empresa, y al día siguiente te tienen dado de alta por vacaciones retribuidas y no disfrutadas, y al mismo tiempo, por alta en nuevo contrato… ¿pierdes antigüedad? ¿estás en pluriactividad y, por tanto pierdes días cotizados?
Gracias.
No, no pierdes antigüedad. No es que pierdas días de cotización, pero no sumas dos días por cotizar vacaciones y trabajar a la vez.
Mi empresa me a cambiado el contrato de 7 horas a cuatro horas después de casi 15 años fija que debo hacer en ése casó porque no puedo reduciar porque pierdo todo mis años trabajando y no puedo vivir con 600 euros por favor me pueden decir que hago en hece casó
Impugnar la medida por modificación sustancial o solicitar la extinción con derecho a paro e indemnización, tal y como explico en este artículo.
Consulta Antigüedad
Buenos días, Alejandro. Agradezco de antemano la atención a mi consulta.
Inicie trabajando para la GSS en Valladolid,
1 de agosto del 2015 Al 14 de enero 2016 (contrato por IT o por una baja de una compañero 75.5% de la jornada )
Me llamaron nuevamente
25 de Junio del 2016 Al 26 de setiembre 2016 (contrato por vacaciones)
Y el último contrato es el que continuo hasta la fecha..
Del 21 de diciembre del 2016.
Mi pregunta es cual es mi antigüedad laboral hasta el 31 de Diciembre del 2020.
El día 10 nos ha llegado una resolución para poder solicitar el plus o bonificacion de la carrera profesiónal horizontal.
Cuyo requisito es tener 5 años de antigüedad.. Hasta el 31 de diciembre del 2020.
Lo cual no se si me corresponde solicitar, no quiero faltar a la verdad ya que tengo que hacer una declaración jurada y en mi
nómina no hay fecha de antigüedad pero si aparece un trienio y otro Próximo trienio para 3 de abril 2022 (esto aparece en mi ficha de trabajador de Persigo no se como han sacado esas fechas de trienios).
No se si sea importante en mi vida laboral aparecen en cada contrato 6 y 11 días como vacaciones
retribuidas pero no disfrutadas.
Bueno perdone usted, que me haya estendido, y agradezco su atención a mi consulta.
Maria Mariam
Desconozco si se solicita antigüedad o permanecia, en principio, no consideraría cumplido el requisito específico de cinco años de antigüedad si tenemos en cuenta el tiempo de trabajo efectivo (aunque por ejemplo existe sentencias de fijos discontinuos que no tienen en cuenta el tiempo de trabajo efectivo, sino el de contratación=. Si consideramos la antigüedad desde el 1 de agosto de 2015, sin tener en cuenta las pausas y cuestión dudosa que se sume toda la antigüedad, sí que se consideraría cumplido.
Y si hay jurisprudencia se puede solicitar con un abogado por medio de un recurso las pausas
..?
Gracias por su atención
Hay jurisprudencia respeto a los fijos discontinuos, pero no creo que sea asimilable a este caso. Te recomiendo que acudas a un abogado de tu localidad para que revise el caso en profundidad.
Buenos días,
Mi nombre es María. Quería saber si se pierde la antigüedad en el siguiente caso:
Tuve un contrato de prácticas desde el 01/01/2020 a 30/06/2020, y luego uno temporal desde 01/07/2020 a 31/12/2020, y se me acabó el contrato. Ahora me han vuelto a contratar con fecha 13/06/2021 con un contrato de 3 meses, me tienen que contar la antigüedad o mi sueldo puede ser menor que anteriormente???
Muchas gracias
Un saludo
El sueldo puede ser menor ya que depende de las funciones que realices ahora, siempre que se respete lo que indique el convenio colectivo. La antigüedad, depende, es una cuestión dudosa en estos caso al haber transcurrido seis meses.
Mi nombre es María ,llevo trabajando en una empresa más de 10 años y llevo 5años cobrando el mismo importe todos los meses sin ninguna subida ,.Tengo derecho a un pago más por antigüedad?
Depende del convenio colectivo.
Buenos días, explico mi caso a ver si me explico bien, trabajo en la misma empresa
Inicio relación laboral 3/07/1990
– Baja por Incapacidad Permanente Total 11/02/2015
– Vacaciones retribuidas y no disfrutadas 12/02/2015 a 2/03/2015
– Recontratación (en una actividad diferente) 2/03/2016 (364 días), sin antigüedad y nivel salarial 2 que antes de la IPT era nivel 7, en mi empresa en lugar de categorías son niveles salariales, desde el 1 que es el más bajo al nivel 8.
La pregunta es, ¿se ha roto la relación laboral?, ¿puedo reclamar la antigüedad y el nivel salarial previo para el cobro de los complementos?
¿La recontratación viene impuesta por el convenio colectivo y establece algo sobre la antigüedad? Estas cuestiones siempre son discutibles, salvo que el convenio indicase otra cosa, en principio te diría que si que se pierde la antigüedad, pero a lo mejor algún juzgado determina otra cosa.
Buenos días!
Me llamo Melec, quisiera saber si los años de estudio de una carrera universitaria se suman a la hora de jubilación? Por ejemplo yo acabé una carrera de ingeniería de 5 años y a la hora de jubilarme estos años de estudio se suman como años trabajados sin cotización a la seguridad social?ó simplemente son ańos perdidos?
No, no se cuenta para la jubilación, no has cotizado durante esos cinco años.
Buenas tardes,
Empecé a trabajar en una residencia privada de mayores en 2001 como cocinera, a partir de 2007 se cambia mi contrato y paso a ser limpiadora. Sigo en la misma empresa y en mi nómina actual en la antigüedad figura desde el 2007, ¿es correcta? ¿debería ser mi antigüedad de 2001 o como se me cambio el contrato y el puesto de trabajo se tiene que contar desde la fecha de este último?
Gracias
El cambio de contrato no determina que se pierda la antigüedad, por lo tanto es incorrecto lo que indica en la nómina.
Buenas tardes,
Somos 3 empleados que llevamos contratados por una empresa privada desde hace 14 años y trabajamos en un edificio propiedad de una adm. local, pero no estamos bajo ningún convenio y por lo tanto no tenemos una antigüedad que se aplique de alguna manera en las retribuciones salariales. La empresa alude a que el precio de licitación (que ha salido este año de nuevo a concurso) impide que se pueda aplicar el convenio correspondiente a sus funciones a los trabajadores, mientras la Adm. Local arguye que estar bajo un convenio es un asunto exclusivo de la relación laboral de la empresa con el trabajador. Nos sentimos indefensos y pensamos que llevamos muchos años perdiendo derechos. ¿De quién es la responsabilidad y cómo podemos proceder? Muchas gracias.
El ayuntamiento tiene razón en el sentido de que lo que comenta es un problema entre la empresa y los trabajadores, y su existe un convenio de aplicación debe de hacerse, la empresa no puede escudarse en el pliego para no respetar los derechos de los trabajadores. Sin perjuicio todo ello de que la administración pueda tener una responsabilidad subsidiaria de las deudas que puedan existir.
El precio de licitación que toma el Ayto. como referencia se basa en los datos de la anterior licitación más IPC, pero en ningún momento tiene en cuenta ni se cuestiona que el salario base de los trabajadores de la empresa que se contrata tiene que ser acorde al convenio que sería de aplicación (Ley 9/2017). Así que cualquier empresa que quiera presentarse debe hacerlo bajo unos límites muy restrictivos que revierten en el sueldo del personal contratado. Gracias.
Buenas ,una pregunta ,un contrato temporal en 2019 y otro en 2021 con la misma empresa,haciendo las mismas funciones en los dos contratos ,en la nómina pone antigüedad 2019 ,esto es correcto ? Muchas gracias
Sí, la antigüedad es desde el primer contrato.
Empecé a trabajar en el año 2016. En el año 2018 deje la empresa para ir a trabajar a otra empresa. 3 meses después volví a la empresa. Actualmente sigo en la empresa. Cuando deje la empresa en año 2018 perdí los 2 años de antiguedad acumulada?
Es una cuestión siempre discutible, como explico en el artículo existen sentencias que consideran que con 3 meses no se pierde la antigüedad.
Hola buenos días, me he dado cuenta que en la ultima nomina la antigüedad a cambiado, en las anteriores era del 2017 y ahora sale 2021. Puede que sea un error? o esta echo a propósito?. Llevo en la empresa desde 2017 de seguido, no se por que ahora me la han reseteado.
Gracias
Es un error, y aunque no lo fuera, da igual lo que diga la empresa, tu antigüedad es la que es, desde el inicio del contrato.
Hola Alejandro lo mio es complicado trabajo en cafeteria de centro oficial por lo que rige sucesion empresarial pero me despiden en septiembre y cierran el centro recurro y me dan la razon despido improcedente por no acreditar con saldo falta de liquidez la empresa, la empresa recurre. Y estoy a espera, mi pregunta es si durante este tiempo vuelve a salir el concurso yo tengo derecho a salir en el pliego y la empresa nueva subrogarme y asi mantendría mi antiguedad o al haber estado el centro cerrado mas de un año hasta el concurso yo ya no tengo derecho a salir en pliego y si esto es indiferente con haber cobrado la indemnizacion por despido o no?
Si ha existido un despido y no existe reincorporación, en mi opinión, ya no se tiene derecho a la reincorporación. La relación laboral se ha extinguido.
Extinguida si por el despido, pero como ha recurrido la empresa aun no he percibido la indemnizacion hasta sentencia. Si se abre de nuevo el centro podria pedir salir en el pliego ya que el vinculo no se ha roto y se me despidio por cierre del centro es decir despues no ha habido ninguna empresa, seria la primera licitacion despues del cierre. Muchas gracias por tu ayuda.
Si no existe reincorporación, el vinculo laboral se ha extinguido, lo que se discute en el procedimiento es la calificación de esa extinción.
Hola. Queria saber si alguien empezó a trabajar en una empresa el 15 de julio de 2018 y según el convenio colectivo tiene derecho a cobrar trienios, ¿A partir de la nómina de qué mes cobrará el trienio, julio o agosto?
Gracias
Normalmente, el convenio establece cuando se paga, si no dice nada, en la nómina de julio, que se abona en agosto debería percibir al menos la mitad del trienio mensual.
Hola,
tengo una antiguedad en mi empresa desde el 2007, es decir, en nomina aparece fecha antiguedad 2007.
Resuelta que he tenido varias IT de mas de 700 dias ( si, no he confundido) y al final el expediente de incapacidad se denegaba por el inss.
La empresa deja de cotizar por mi apartir de los 545 dias aunque me pagaba la mutua.
Como tengo derecho a que empresa me reserve mi puesto trascurridos dos años, me reincorporo y veo en la primera nomina: Fecha antiguedad 2007 y fecha ingreso 2019.
Entonces, me surge la duda de si el sepe tendrá en cuenta a efectos de paro desde 2007 o 2019 ? (nunca he solicitado paro)
Muchas gracias.
El SEPE tendrá en cuenta lo cotizado en los últimos seis años, es indiferente la antigüedad en la empresa, que en este caso es del 2007.
Gracias, por la información.
Perdome, me parece que solo se tiene en cuenta los últimos 6 años a efectos de cobrar paro, ¿es así ?
Por que ha habido meses en los que nadie ha cotizado por mi, aunque me pagaba la mutua.
Gracias de nuevo.
Sí, los últimos seis años.
Hola mi convenio es la industria quimica recien renovado, llevo 19 años en la empresa, pero solo cobro 27e/mes de antigüedad que es como dos quinquenios, y que pasa con los otros 9 años que llevo trabajando y no me sube la antigüedad?? El artículo 39 del convenio de industria química trata el tema Espero ayuda gracias
El convenio habla de que el plus está congelado, pero habría que revisarlo en su totalidad para interpretar si es correcto o no lo que te abonan, y excede las orientacios gratuitas que doy a través de los comentarios. Te recomiendo que acudas a un abogado de tu localidad que te revise este convenio y los anteriores y tus nóminas.
Hola Alejandro gracias antes de nada, el okus está congelado respecto a las bases de las cantidades, pero no respecto a la suma de años qu3 vas acumulando, de ahí mi duda, que no especifica en ningún momento si hay tope de años gracias de todas formaa
Por eso te digo que habría que revisar todos los convenios anteriores para saber como está el tema del plus.
Hola Alejandro, trabajo en la administración local, soy fija y personal laboral, respecto a los trienios para que se reconocan, ¿es necesario haber estado trabajando con jornada completa?, al principio empecé a trabajar a tiempo parcial, pisteriormente con media jornada y ya hace años jornada completa, en la empresa me dicen que se han sumado medias jornadas para completar jornadas completas. ¿Es cierto que se hace así?. Gracias de antemano
En mi opinión, no. No se debe realizar así.
Hola Alejandro, si me puede ayudar se lo agradezco pues en recursos humanos me dicen algo que no me cuadra
soy personal laboral en un ayuntamiento.
Este mes de mayo he cumplido mi primer trienio, me corresponden 19 euros por grupo al que pertenezco
resulta que mis pagas están prorrateadas, tengo solo 12.
En la nomina de mayo como antigüedad me han pagado esos 19 euros, pero realmente creo que no es así.
-SI no tuviera prorrateo, el plus de antigüedad+ seria de 14 * 19 euros = 266 euros / año
-Al tener prorrateo, según ellos visto la nomina de mayo, me quieren pagar 12 * 19 euros = 228 euros / año
realmente al tener la nomina prorrateada el plus de antigüedad+ mensual que me c{corresponde es :
266 : 12 = 22 euros….en vez de los 19 euros
es así Alejandro?
saludos
Desconozco si en las pagas extras se incluye en las extras, no siempre es así. Si así fuera, el cálculo que realiza la empresa no es correcto según lo que comentas.
Hola! Queria hacer una pregunta, llevo 4 años en una misma empresa, y no puedo volver a pedir una excedencia ya que el año pasado la pedi. Si pidiera la baja voluntaria y vuelvo en menos de 3 meses, ¿conservaria la antigüedad?
Si pasan tres meses, es una cuestión dudosa. En mi opinión, sí, sobre todo si es en el mismo puesto. Cuestión diferente es si es en otro puesto o lugar de trabajo que no tiene nada que ver con las funciones que realizabas antes.
Buenas tardes,
Respecto a la aplicación de un plus por antiguedad por quinquenios en la nómina del mes en que cumple los 5 años el trabajador, ¿debe aparecer el 100% o por el porcentaje de días del mes en los que tiene derecho a su percepción? Entiendo que la segunda, pero quería asegurarme….
Todo depende de lo que establezca el convenio colectivo. Si no dice nada, entiendo que se empieza a pagar a partir de los cinco años, de manera proporcional el mes que lo cumple.
Hola Alejandro.
Me gustaría comentarte la siguiente duda. El año pasado al leer el convenio vi que reconocía la antigüedad del trabajador y establece el correspondiente plus según un % del salario base. Al transmitirlo a la empresa, el jefe dijo que desconocía que hubiese trienios y que lo miraría. Estoy esperando aún, luego mi pregunta es si la empresa está obligada a pagarme el trienio al llevar más de 4 años trabajando como indefinida en ella y si tengo que hacer algún trámite concreto para conseguir que se me abone el plus de antigüedad.
Muchas gracias.
Un saludo
Si lo establece el convenio, no se debe realizar ningún trámite para cobrarlo. Pero si no lo paga, tendrás que reclamarlo judicialmente.
Buenos días. Con la «llegada » de la SENTENCIA de los trienios en 2019(la del TSE).
Mi gran duda es :
con esta sentencia debo hacer el cálculo de los trienios a partir de dicha fecha, o debo calcular esas diferencias desde 4 años atrás de la sentencia?
Y otra duda que me surge: la Antigüedad ( la fecha ) yo indico que es desde que les hice fijos discontinuos, ya que el
desde el último contrato eventual que le hice pasaron 4 meses.
Se debe tener en cuenta desde el inicio de la relación laboral para calcular los trienios, sin perjuicio de que sólo se podrá reclamar el último año en una relación laboral. Si el contrato eventual es para realizar las mismas funciones, entiendo que se debería de tener en cuenta.
Hola Alejandro, en primer lugar muchas gracias por el articulo. Si me puede ayudar a resolver mi duda se lo agradezco de corazon.
soy personal laboral en un ayuntamiento
Le cuento resumidamente cuales han sido mis contratos en este mismo ayuntamiento
-6 meses seguidos en el año 2018 contrato temporal de obra y servicio: 7 mayo 2018 al 7 noviembre 2018
-saco plaza en concurso oposición en enero 2019 y comienzo el 16 enero 2019 hasta el día de hoy que sigo.
la antigüedad que tengo en la nomina es 7 mayo 2018
Mis dudas son :
-del 7 noviembre 2018 al 15 enero 2019 estuve fuera del ayuntamiento, 2 meses y una semana
si en mi nomina aparece la antigüedad del 7 mayo 2018 quiere decir que esos 2 meses y una semana que estuve fuera SI que me los tienen en cuenta de cara a antigüedad y trienios, ·¿es así?
-recientemente he solicitado certificado de servicios prestados al ayuntamiento, cual ha sido mi sorpresa cuando esos 2 meses y una semana que estuve fuera NO me los han tenido en cuenta de cara a servicios prestados ( lo necesito para concurso de méritos en otra administración) ·¿es esto correcto?
GRACIAS ALEJANDRO POR AYUDARME
No, en mi opinión no se tiene en cuenta. Una cosa es que se cuenta la antigüedad desde mayo, y otra que no se tenga en cuenta los periodos no trabajados.
gracias por su rapida respuesta.
Por tanto los periodos de tiempo no trabajados entre contratos ( si no son demasiados grandes) si se tienen en cuenta para antigüedad ( trienios ) pero No de cara a servicios prestados
·¿es así? si es así me podría decir donde puedo leer, en que ley, lo referente a los servicios prestados
gracias
La jurisprudencia relativa a los trienios está pensada para fijos discontinuos, no para el caso que comentas (no se si al final también se ampliará). Acabo de actualizar el artículo con más información.
Estimado abogado, el apartado 01 no es correcto. Estuve trabajando en la universidad desde 2000 hasta 2011 con contratos administrativos a tiempo completo. Obtuve, ya mayor, el doctorado en 2001 y el Departamento solicitó saliera la plaza, que desestimó la Universidad por cuestiones presupuestarias. Siempre fui responsable de las asignaturas que impartía. En 2008 obtuve Contratado doctor por Aneca con lo cual tenía derecho a que saliera la plaza. Pedí que la sacara la universidad y contestaron que no tenían capacidad. Al ser mayor y en edad de jubilar opté por el retiro. No recibí nunca un céntimo por antigüedad ni por sexenios de investigación. Incluso como participé en un proyecto de investigación cuyo eje se basaba en la tesis parece que tenía el derecho a un concepto de 1300 euros que tampoco percibí.
No se a que apartado exactamente te refieres, pero es cierto que las universidades a veces no reconocen las antigüedad y el abono de trienios, pero es una cuestión que si se reclama a los tribunales lo conceden.
Hola, llevo 15 años trabajando para la misma empresa y recibo en concepto de antigüedad la cantidad de 38€ mensuales, he reclamado a dirección y me contestan una y otra vez que la cantidad que percibo es la correcta.
Podéis informarme al respecto. Gracias
Puede ser la correcta, depende totalmente de lo que diga el convenio colectivo de aplicación.
El convenio es el Industria Química
Buenas, inicié relación laboral con contratos por obras y servicios con mi empresa en 2010, hasta 2014 que me hacen indefinida, a la finalización de algunos de estos contratos me abonaron liquidaciónes de fin de contrato. Ahora me han enviado carta de fin de contrato por causas objetivas. ¿la antigüedad para el cálculo de la indemnización por despido objetivo se computa desde 2010 que inicié mi relación laboral o desde 2014 que me hicieron indefinido?
Gracias por tu respuesta.
Desde el inicio de la relación laboral, 2010.
Buenos días, veo que en mis ultimas nominas me han variado la antigüedad que me marcaba en la nomina que era mayo del 1991 y ahora me pone febrero del 2001 , de un soplo me han eliminado 10 años de golpe. Estaba contratada por una empresa que cerro en el 2001 y la nueva empresa que la compro mantuvo por escrito mi antigüedad y sueldo. Hicieron un traspaso. Me perjudica en algo de cara a un despido??? Gracias
La antigüedad es importante a la hora del despido, pero la antigüedad es la que es, no la que dice la empresa. Es decir, da igual que la nómina indique una cosa.
Buenos días, paso a comentar mi caso, soy eventual, en 2017 comenzaron a ingresarme un trienio en concepto de antiguedad, en 2020 al comenzar un nuevo contrato tras 20 dias de inactividad en la empresa desaparece ese concepto de mi nómina, alegan que entre 2018 y 2019 estuve 7 meses fuera de la empresa, sin embargo cuando me contrataron tras ese paron, en junio de 2019 y hasta el 23 de diciembre del mismo año si que me la pagaron. Puede la empresa quitarme la antigüedad de manera retroactiva?
Gracias, un saludo.
Entiendo que no te lo pueden sacar ahora, si en su momento no lo hicieron.
Buenas tardes,entre a trabajar en septiembre del 2015 x 3 meses,luego en mayo del 2016, a dia de hoy continuo en la empresa,mi pregunta es¿cuanti tiempo de antiguedad computo?
Entiendo que desde el mayo de 2016 trabajas de manera ininterrumpida, por lo que esa es la antigüedad mínima. El periodo de 2015 es discutible, sería importante saber si es el mismo puesto y funciones, en cuyo caso sería defendible que se mantuviera, sin que se pueda decir de manera taxativa.
Buenos dias,gracias por la respuesta,realizo las mismas funciones no han cambiado,despues de esos meses trabajados del 2015 segui trabajando pero sin contrato,hay testigos de ello,es un CENTRO DE DIA,son 3 socias,hacen lo que se les da la gana,
En ese caso, aunque es discutible, es defendible que se cuente la antigüedad inicial.
Hola, buenas tardes.
LLevo trabajando con contrato indefinido hace 4 años. Si pido baja voluntária, y vuelvo a ser contratado trás 30 días, con otro contrato indefinido, puedo conservar mi antiguedad?
Un abogado dijo que es posible crear un anexo al contrato apenas efectos de indenización que la antiguedad será considerada por todo el período, o sea, con fecha del primer contrato. Y que es algo legal y de común acuerdo entre las partes. Eso es cierto?
Gracias.
Sí, se puede pactar, e incluso aunque no se pactase, con ese lapso de tiempo tan pequeño, se debería conservar.
Alejandro, gracias!
Entiendo que al pactuarse no hay que recurrir a los tribunales en el caso de un despido en el futuro, correto?
En caso de no hacerlo, aún que probablemente la antiguedad sea mantenia, debería yo buscar mis derechos a través de un abogado y un proceso legal, cierto?
Gracias nuavamente!
En el momento que no te respeten tu antigüedad, y te afecte a algun plus o a la indemnización por despido, sí, presenta demanda.
Me despiden el 31 de diciembre de 2015 después de dos años y 10 meses de trabajo. Me vuelven a contratar con contrato indefinido en la misma empresa el 6 de junio de 2016 hasta la actualidad. Y actualmente solo cobro un solo trienio.
Contado a partir del segundo contrato indefinido del 2016.
¿tendría derecho a reconocerme los dos años y 10 meses primeros, y así poder cobrar un segundo trienio. Tú Sumándolo al resto de tiempo hasta hacer tres años?
Es discutible, es defendible que deberían abonarte otro trienio según lo que indique el convenio.
Buenas tardes,
Una pregunta rapida, trabajo para una empresa con contrato indefinido desde hace mas de 3 años, la pregunta es: ¿si renuncio , me pagan esos 3 años trabajados?
saludos cordiales
Arturo Quispe
Si te refieres a una indemnización por antigüedad, no.
Buenas tardes :
La antigüedad que aparece en convenio, entre cuanto se divide, entre 12 meses o 14 mese ( por las extras).
Muchas gracias
Si te refieres al plus de antigüedad que establece el convenio, depende de lo que diga el propio convenio. Hay veces que se incluye en la extra y hay veces que no, el convenio debería aclararlo.
Buenos días Alejandro,
¿En el convenio de transitarios y agentes de aduanas de Barcelona, sabes lo que indica? Por un lado me dicen que se calcula en 12 meses, eso lo entiendo y sale indicado en un Anexo II, pero por otro lado me la empresa que están repartidos en las 16 pagas, 12 mensualidades y 4 pagas extra. ¿es correcto?
La paga extra se calcula con el salario base y la antigüedad …
Gracias por aclararlo y a ser posible un ejemplo.
De un vistazo rápido, el convenio establece unas cuantías anuales, y salvo que en otro caso digo lo contrario, no veo mal que se divida entre las pagas si se abona toda la cuantía. Habría que revisar el convenio en profundidad.
Mi Convenio indica que debo cobrar el plus de antigüedad por quinquenios. Mi pregunta es, como cada año se revaloriza el salario base, , y por lo tanto este aumenta, cada año debe recalcularse la cuota de antigüedad en base a esa subida de salario base, o solo debe aplicarse esa subida justo en fecha en la que se cumplen los quinquenios.
Depende de como lo diga el convenio. Si indica que se cobra un porcentaje de salario base, entiendo que debe subir cuando este sube.
Así, es. Mi Convenio indica que cada quinquenio es un porcentaje. Ahora mismo como llevo desde el 2008 en la empresa, indica un porcentaje del 13%.
En el año 2023 que serian 15 años de antigüedad, pasaría al 20% del salario base.
Gracias por contestar Alejandro.
Un saludo
Buenas quería preguntarle mi base de antigüedad puede variar cada mes decir siempre a sido de 35 euros y este mes de 14 , será porque hice 18 días de vacaciones?
Puede ser uno de los motivos. Habría que ver que es lo que dice el convenio respecto al plus de antigüedad.
Buenos días Alejandro,
debido a dificultades económicas en mi empresa quieren bajarme de puesto y bajarme el sueldo algo que no me queda más remedio que aceptar si no quiero salir de la empresa.
El caso es que me ofrecen una indemnización a tenor de la modificación de las condiciones salariales y de la antigüedad pero la duda que tengo es si firmo el acuerdo ¿Significa que pierdo la antigüedad por los 17 años que llevo en la empresa?
Muchas gracias.
Habría que ver lo que firmas, pero, no, no se pierde la antigüedad.
Buenos tardes Alejandro llevo trabajando en la empresa desde el año 89 y con contrato indefinido desde el año 90 y cobrando antigüedad por cuatrienios en elaño 2020 nos han dicho que ya no pagan el plus de antigüedad es legal?
Habría que ver que es lo que dice el convenio o la causa por la cual ya no abonan el complemento.
Tengo contrato fijo desde el 2013 y ahora, 2021,me lo quieren cambiar a fijo-discontinuo.Voy a perder la antiguedad? Tengo que firmar el nuevo contrato?, dode pone que mi relación laboral con la empresa empieza en 2021.
No se pierde la antigüedad, pero ese cambio sólo se puede hacer si es de común acuerdo. Revisa bien las condiciones del contrato.
Buenos días,
Yo empecé a trabajar con un contrato eventual por circunstancias de la producción el 01/10/2018. Estuve 6 meses y después me hicieron una prórroga por otros 6 meses.El contrato finalizó el 30/09/2018. Me pagaron mi nómina y me dieron la correspondiente indemnización.
Y con fecha 01/10/2019 me hicieron un contrato indefinido.
Según lo que detalla el artículo, entiendo que mi antigüedad es la del primer contrato 01/10/2018.
Muchas gracias. Un saludo.
Perdón, me he equivoca en la fecha fin es 30/09/2019
Si, efectivamente desde el primer contrato temporal, 2018.
Buenos días.
He estado contratado en una empresa pública desde 2010 con diferentes modalidades de contrato eventual y en distintos lapsos de tiempo, en los que he percibido la prestación por desempleo o he sido contratado por otras empresas. ¿Se considera interrumpida la vinculación con dicha empresa pública para el cálculo de la antigüedad?.
Gracias.
Depende de lapso de tiempo que haya pasado.
Hola Alejandro, buenas tardes y gracias por su rápida respuesta.
En relación a esta pregunta que ya me respondió, me gustaría saber si la vinculación laboral de la que hablo se extingue al estar contratado por empresas diferentes entre los períodos de inactividad con dicha empresa pública.
Gracias por todo.
El hecho de que haya un contrato por medio no quiere decir que se pierda la antigüedad, pero todo depende del tiempo. No es lo mismo estar trabajando un año, parar un meses, durante ese mes tener dos trabajos temporales de dos días y volver a ser contratado por la empresa inicial durante un par de año. En ese caso se suma toda la antigüedad, pero si por ejemplo se trabaja, un año y se está contratado luego por dos empresas con contratos de más de seis meses, se perdería la antigüedad seguramente aunque se trabajar después en la empresa inicial
Buenas tardes , llevo trabajando en el sector sanitario desde el 2009 ( tecnico en emergencias sanitarias) ,ininterrumpidamente en distintas empresas encadenando contratos , se me debe respectar mi antiguedad desde el 2009 aunque son distintas empresas. no hubo en ningun caso subrogacion en las distintas empresas me finiquitaron.
Muchas gracias
No, si son distintas empresas sin relación entre ellas no se debe respetar la antigüedad.
Hola,
Llevo trabajando como fijo discontinuo en mi Ayuntamiento desde el 19 de junio de 1995 hasta el 1 de abril de 2008. Durante este periodo de tiempo trabajé aproximadamente unos 3 o 4 meses al año, excepto en el año 2004 y 2005 que no pude acudir al llamamiento por encontrarme con incapacidad temporal debido a un accidente que tuve (el accidente lo tuve sin estar contratado por el Ayuntamiento, me llamaron para trabajar pero no me pude incorporar al estar de baja médica), no pudiendo incorporarme hasta 2006.
A partir del 1 de abril de 2008, tras pasar un proceso de promoción interna, soy personal laboral indefinido hasta la fecha.
En virtud de la sentencia del Tribunal Supremo de fecha de 19 de noviembre de 2019, mencionada en su artículo publicado, se nos computa la antigüedad, a efectos de trienios, asuntos propios y vacaciones desde el inicio de nuestra relación laboral, excepto las interrupciones voluntarias u obligadas que hubiéramos tenido. Por ejemplo, a mí que estuve dos años que no pude trabajar y justifiqué con una baja médica, me han restado dos años de antigüedad, reconociéndome la antigüedad desde el 19 de junio de 1997, en vez del 19 de junio de 1995, fecha en la que inicié mi relación laboral con el Ayuntamiento. A otros compañeros que pidieron excedencia durante algún año, le han hecho lo mismo.
Según leo en su artículo, los periodos de excedencia, independientemente del tipo que sea, o durante la baja por incapacidad temporal, maternidad o paternidad no rompen la antigüedad.
¿Es este nuestro casos? Y si fuera así, ¿en base a que precepto jurídico o jurisprudencial puedo reclamar su aplicación?
Muchas gracias
Un afectuoso saludo.
Una aclaración, la excedencia no rompe la antigüedad, pero la excedencia voluntaria no computa a efectos de antigüedad. En tu caso no se si realizó el llamamiento o no, y no es exactamente el mismo caso que comento, aunque entiendo que es defendible el hecho de que, a efecto de trienios, se debe computar la antigüedad. No existe ningún artículo o legislación específica que haga referencia al caso que comentas, sino que ha sido la jurisprudencia la que ha ido detallando cuando se cuenta o no la antigüedad.
Hola Alejandro,
Ante todo agradecerte tu rápida contestación. En mi caso si se realizó el llamamiento en los dos años que no pude incorporarme. En ambos casos presenté baja médica para documentar mi imposibilidad de trabajar y tener reserva de puesto de trabajo para futuras campañas. Supongo que habrá poca jurisprudencia sobre mi caso específico pues, la sentencia por la que se computan los periodos no trabajados a los fijos discontinuos a efectos de antigüedad es muy reciente, noviembre de 2019, pero si tuviera alguna sentencia que respaldara mi pretensión le agradecería que me la indicara. Yo seguiré consultando a ver si encuentro alguna.
Muchísimas gracias.
Lo desconozco, pero entiendo que se lo tienen que reconocer. No se puede ver perjudicado por el hecho de estar de incapacidad temporal.
Gracias nuevamente,
Intentaré que se me reconozca la antigüedad que reclamo. Le informaré con el resultado que obtenga.
Un saludo.
Hola Alejandro, te comento, llevo en una empresa dedicada al transporte terrestre desde 15 de diciembre del 2015 y hasta el 24 de agosto de 2020 que me echo al paro hasta el 26 de septiembre y me han dado una nómina que poner parte proporcional de paga extra 2 e entre parentesis finiquito, aunque sigo manteniendo la antigüedad no sé si me corresponde liquidación de los 5 años o me deberían aver echo fijo continuó. Porque aún estoy como fijo discontinuo.
Si estás fijo discontinuo, no se tiene que liquidar y abonar una indemnización durante las pausas del contrato.
Ok gracias, pero si pasaran más de 20 días desde que me echa al paro si se considera un despido, o en otro caso de que Ami por ejemplo me echara al paro y dejé a gente que lleva menos tiempo en la empresa que yo.
Por llevar más de 20 días, no se considera despido.
Hola, buenas noches !! Actualmente estoy trabajando en un hospital privado. Llevo en la misma empresa desde el 5/02/2015. El dia 23/10/2019 por fin me hacen fija. Hasta octubre del 2019 tuve muchisimos contratos eventuales. Desde el 05/02/2015 hasta el día 05/12/2015 tuve 2 lapsus entre contrato y contrato de 36 días. Durante este tiempo no he trabajado en ninguna otra empresa, he cobrado la prestación por desempleo. Tras varias reclamaciones e insistencias por fin la empresa procede al cálculo de la antigüedad y la reconoce desde el 05/12/2015 alegando que los dos lapsus de 36 días han interferido en el cálculo. Mi pregunta es : tiene la empresa razón? O realmente deberían de contarme la antigüedad desde el primer dia (05/02/2015 ). Muchísimas gracias
Sin son pausas de 36 días, en mi opinión, la antigüedad debería de ser desde el 5 de febrero de 2015.
Buenas Alejandro. En la nomina me figura antigüedad, pero no lo veo en el salario el aumento. Es correcto o deberian abonarlo. Gracias
¿Puede ser que se haya compensado o absorbido con otros complementos?
Qué tal!
Trabajo en una empresa desde junio de 2009 (hace 11 años y 5 meses)
Dicha empresa ha cambiado de razón social en 2011 y en 2013
Los últimos 7 años ha permanecido con el mismo nombre
En enero de 2019 renuncié y seguí trabajando para la misma empresa pero por honorarios (con el mismo salario).
En marzo de 2019 regresé a trabajar como empleado.
En diciembre de 2019 pedí mis vacaciones y me las dieron considerando 10 años de antigüedad
Hoy pedí mis vacaciones pero solo consideran dos años de antigüedad
Estoy considerando renunciar ya que compré con anticipación los boletos de avión míos y de mi familia y no quiero perder ese dinero
Tengo otra opción?
Saludos
Creo que no me escribes desde España, y no te puedo ayudar, ya que sólo conozco la legislación española, y aquí las vacaciones no depende de la antigüedad.
Hola! Llevo más de 6 años en una empresa. He consultado el convenio y en él informa que la antigüedad es a partir de los 4 años. La he reclamado porque no consta en mi nómina, pero me dan largas. Estoy por encima de convenio y me pregunto si al darse esta situación no tengo derecho a la mejora de antigüedad y esta es absorbible en uno de los conceptos tal como “plus convenio abs.”
También he preguntado a compañeros que sí que lo cobran y están también por encima de convenio y concretamente, uno que entró hace 6 años, ha mirado sus nóminas y cuando cumplió 6 años, le añadieron el concepto y mejora salarial sin restarlo de otros conceptos de mejora.
Me preguntaba si realmente tengo derecho a él y al aumento correspondiente porque quiero reclamarlo si verdaderamente me corresponde y sobretodo, tener los mismos derechos que mis compañeros. Muchas gracias,
Habría que ver que es lo que dice el convenio sobre la posible absorción o compensación por otros pluses que recibe el trabajador, así como los pluses por encima de convenio que estás percibiendo. No es lo mismo un plus personal que un plus de no competencia, por ejemplo.
Hola
Llevo desde octubre 2013 en una empresa.
He estado en ERTE desde el 14/03/20 hasta el 30/09/20
En octubre empecé a trabajar.
En la nómina de octubre el plus de antigüedad es menor.
Se pierde plus de antiguedad estando en ERTE?
Gracias
No, no se pierde antigüedad. Es discutible que se sume a los efectos de lo que diga el convenio, pero no se pierde lo que ya se tenía.
Buenos días. Empecé a trabajar en mi empresa en el año 1998. En el 2000 me fui al paro por 9 días y me volvieron a contratar, hasta hoy. En mi nómina aparece mi antigüedad desde el 2000, aunque en mi vida laboral sí que aparece la contratación desde 1998. ¿Es correcta esa antigüedad o debería ser anterior?
Debería ser de 1998.
Hola! Soy fija discontinua desde el 2011 y llevo en el mismo puesto siempre, por lo tanto mi antigüedad es clara, el año pasado han hecho fijo indefinido a un eventual y su antigüedad es s
De 2019, mi pregunta es, quien debería quedarse en el puesto si solo hay sitio para uno.
Muchas gracias
Habría que saber el caso más en profundidad, la antigüedad no otorga un mejor derecho que otro trabajador. Es decir, que en caso de que haya que amortizar un puesto de trabajo, la empresa no tiene que obligatoriamente hacerlo sobre el que menos antigüedad tenga. De la misma manera, habría que ver que es lo que dice el convenio.
Hola!trabajo en una empresa de limpieza de 10 años,tengo un contrato de 3 horas y en mes de mayo me mando en erte asta fin de augusto y en septiembre empiezo el trabajo pero le pedí mi vacaciones y para el 15 de octubre y el 15 de noviembre y la vuelta me pone una sanción de 15 días por falta muy grave para faltar del trabajo 10 días dice la empresa qué pe perdí de vacaciones por estar en erte.Me dado de baja en16 de este mes y me dijo qué me da de alta en 2 de diciembre mi pregunta es si con todo esto si me voy a perder mis derechos de antigüedad en la empresa y otro derecho.Gracias!
No, no se pierde la antigüedad. Si no estás conforme con la sanción, deberás impugnarla. Además es lo más recomendable como explico en este artículo.
Hola buenas noches una pregunta.. Un compañero lo an despidedo de su empresa 3 días le an dado la baja en seguridad social y luego a vuelto a su trabajo con el mismo contrato … Y tiene contrato indefinido con ellos… Con esa baja en seguridad social.. Pierde su antigüedad.. O siguiera la misma unque la baja de 3 días ??
Espero vuestra respuesta.. Muchas gracias
No se pierde la antigüedad.
Hola trabajo para una ett, mi primer contrato fue el 18 de noviembre en el cual me prorrateaban el pago de las vacaciones, este era por obra y servicio, en marzo por la situación excepcional entre en ERTE
En junio me despidieron con carta de finalización de contrato y finiquito
El 9 de julio me volvieron a contratar hasta el 8 de julio de 2021, pero la ETT me dice que me van a empezar a desprorratear las vacaciones y que mi salario por hora va bajar
Mi pregunta es, esto es legal? Que me mantengan la antigüedad aún habiéndome despedido?
En las nóminas de julio hasta la fecha en el apartado de antigüedad dice desde el 9 de julio, lo cual no entiendo si me quieren desprorratear el pago de las vacaciones por supuestamente cumplir un año trabajando para ellos
Reclamé y me proponen dejarme las pagas prorrateadas hasta febrero por descontarme el tiempo que estuve en ERTE, cosa que tampoco veo legal, alguien me puede ayudar por favor?
Las vacaciones no prorrateadas, tendrán que abonarlas en el finiquito o disfrutarlas. Es decir, no por ello vas a cobrar menos. No entiendo lo de descontarte el tiempo de ERTE.
Consulta,llevo mas de 15 años en una constructora con contrato por faena, y quede sin trabajo por mas de un mes,en el cual no tuvw imposiciones y se me produjo una laguna en mi afp,quisiera saber si pierdo mi antiguedad al estar desvinculado de la empresa un mes y medio y despues me volvieron a contratar,favor orientar,ya q mi contrato es por faena,pero llevo 15 años con la misma razon social de seguido,gracias.
Por la terminología que utilizas, entiendo que no me escribes desde España, por lo que no te puedo ayudar ya que desconozco la legislación de los países americanos.
Hola, trabajo en una empresa desde septiembre de 2016 y me hicieron fija- discontinua en enero de 2018,trabajé todos los meses que trabajamos ( seria en un colegio), tengo una compañera que empezó en noviembre de 2016 en el mismo cole que yo y la hicieron fija el mismo día que yo, solo que ella trabajo en 2013 en otro cole durante 5 meses,y luego no volvio a trabajar en esa empresa hasta noviembre de 2016, a efectos de la empresa, quien tendría más antigüedad yo o ella? La antigüedad la tienen muy cuenta para: cambiar de colegio, darnos más horas de trabajo, etc.
Con la jurisprudencia actual, y salvo que el convenio indique otra cosa, considero que tienes más antigüedad ya que empezaste antes la relación laboral. El trabajo realizado durante un par de meses en 2013 no computa a efectos de antigüedad si estuvo más de dos años sin trabajar. Dicho esto, la empresa tiene bastante libertad a la hora de dar más horas o cambiar el colegio, salvo que el convenio o acuerdo con los trabajadores se haya acordado lo contrario.
Como se puede solucionar este tema? La empresa me dice que no puede hacer nada, que solución hay? Gracias.
Según la empresa, ella tiene más antigüedad que yo porque en las nóminas le aparece la fecha del 2013, y yo salgo perjudicada en varias cosas, que puede hacer? Gracias
La empresa puede acordar que se le reconoce la antigüedad de 2013, ahora bien, eso no lo puede hacer si es con el ánimo de perjudicar un derecho tuyo que venga reconocido en convenio colectivo o acuerdo colectivo. Habría que ver el perjuicio que te causa.
Habría que ver el caso concreto por que tu tengas más antigüedad no quiere decir que tengas un derecho superior al otro trabajador, salvo que el convenio indique otra cosa.
Mi compañera debería de cambiar la fecha de antiguedad? Le pueden multar en la seguridad social por ocultar datos?en la empresa va todo por antigüedad ( cambia de cole la que menos antigüedad tiene, dan desayunos por antigüedad que son mas horas de trabajo, etc) la empresa debería de cambiarle la fecha para no perjudicar a otras compañeras? Que solución hay? Gracias.
La empresa no tiene obligación de cambiar la fecha de antigüedad de la trabajadora, ya que es un acuerdo válido entre empresa y trabajadora que le reconozcan una antigüedad anterior. La Seguridad Social no le va a multar ni tiene que comunicarlo. Ahora bien, lo que habría que ver es si la empresa reconociendo esa antigüedad está perjudicando los derechos laborales de otros trabajadores que están negociados en convenio colectivo o otro tipo de acuerdo. Sobre la solución, la clave es por que se utiliza el concepto de antigüedad para determinar preferencia entre trabajadores, ya que la empresa tiene bastante libertad, salvo que venga establecido por convenio o acuerdo.
Mi trabajo está complicado por el tema covid, llevo 12 años en la empresa y la jefa necesita mandarme al paro pero no queremos perder la antigüedad… Solo serían 6 meses… Que puedo hacer?
¿Cómo te va a mandar al paro?¿Va a hacer un ERTE? En ese caso no se pierde la antigüedad…
LLevo en la empresa 7 años estando mi puesto de trabajo ubicado en Madrid (desde septiembre 2013).
MI primer aumento por antigüedad se aplicó en septiembre del 2017.
En septiembre 2019 realizo un traslado voluntario con la misma empresa a BIlbao.
En Madrid la antigüedad se aplica cada 4 años y en Vizcaya cada 3.
Según el nuevo convenio de Vizcaya me tocaría en septiembre del 2020 aplicar este segundo aumento por antigüedad. Sin embargo mi duda es si esto sería así, ya que en realidad llevo el último año en Bilbao y los otros 2 en Madrid. ¿Como se aplica en este caso?
Si es un traslado definitivo, te tienen que aplicar el convenio del nuevo centro de trabajo, por lo que tendrías derecho al aumento.
Hola,
me surge una duda en la función publica y a efecto a un concurso de traslados. Hablan de la preferencia en orden de la «antigüedad reconocida», se puede referir a suma de meses trabajados en diferentes contratos o será la reconocida en el primer contrato (haya habido interrupciones o no)?
Un saludo!!
Hola. La empresa ha liquidado mi contrato eventual y me ha vuelto a contratar al día siguiente pero he perdido la antigüedad… Eso es correcto? Gracias.
No, no se pierde la antigüedad, aunque la empresa diga lo contrario.
Hola, yo empece mi relación laboral con la administración el 6-5-1996 y en mi nómina figura como fecha de antigüedad el 6-9-1996, puede ser esto correcto?? En la misma entidad tuve otro anterior contrato de trabajo el 13-11-1995 y no se refleja nada. Me podrían asesorar con el tema. Gracias por su interés. Un saludo
Por lo que comentas, no, la antigüedad es desde que se inicia la relación laboral.
Buenos días,
Tengo ententdido que la antiguedad va en funcion del salario base. Por lo tanto… si sube mi salario base, afecta a la antiguedad?
Un saludo y gracias,
No, la antigüedad no está relacionada con el salario base ni afecta si sube o baja. Cuestión diferente es que pueda existir un plus de antigüedad que se perciba en un porcentaje del salario base.
Hola quisiera saber si llevo 7 años en una empresa y subo de puesto, pierdo esos años y vuelve a empezar mi antigüedad con el nuevo puesto aunque sea la misma empresa??
La antigüedad se mantiene.
Hola
Yo empecé mi contrato como eventual en una empresa en noviembre del 2000. Según mi convenio al cabo de 750 días, me pasaron a fija discontinua, en noviembre de 2003
En mi nómina aparece «Antigüedad noviembre 2003»
Qué manera tengo de reclamar mi antigüedad? Es legal que aparezca desde 2003?
Tu antigüedad es desde el inicio de la relacion laboral, si erróneamente aparece 2003 en lugar de 2000, tendrás que reclamar si con eso estas perdiendo algún derecho, como un plus de antigüedad.
Gracias! Tengo que pedirlo directamente a mi empresa o tendría que denunciar? En mi caso no supone ningún plus, pero parece que nos van a cambiar de convenio. En ese otro convenio, sí se contemplan los trienios, por eso quiero tenerlo correcto.
Puedes pedirlo directamente a tu empresa, y en caso de que no tengas éxito, demandar en los juzgados. Pero deberías demandar cuando te perjudique por la existencia de ese plus.
Hola, mi consulta es, estoy apunto de cumplir los 545 días, después de una prórroga, el día 23 de este mes. Aún no se han puesto en contacto ni x carta ni x SMS. Tampoco me han citado para revisión. Si llega el día 23 y no me han dicho nada, que he de hacer? Debo ir a trabajar al día, siguiente? Es para, saber que decir a, mi empresa. Y puedo perder mi antigüedad en la empresa, si pasa de esos 18 meses?
No, no se pierde la antigüedad aunque la empresa dejará de cotizar. Te debería pagar la mutua hasta la resolución.
Buenas tardes, a ver si me puede ayudar. Fui contratada, contrato de obra y servicio, como personal de estructura en una ETT para un unico cliente. De hecho trabaja en casa del cliente. Pasados años, el cliente finaliza el contrato con mi empresa. Mi empresa me despide. 15 dias despues el cliente me contrata directamente. Cual seria mi antigüedad?
Gracias
No se a que te refieres con «personal de estructura de una ETT». Si estabas contratada para una ETT, que ésta te cedía a una empresa, y posteriormente te contrato esa empresa, se cuenta desde el inicio de la ETT.
Buenos dias Alejandro,
A mi me comtrato la ETT directmente como propio trabajador de la ETT por obra y servicio para un cliente en concreto, es por ello qud cuando el clidnte rompió dl contrato con la ETT, a mi me despide al finalizar la obea, servicio para la que yo trabajaba. ESpero haberlo aclarado.
GRACIAS
Si no fue mediante un contrato de puesta a disposición, entiendo que no se debería tener en cuenta la antigüedad, pero no tengo claro como fue con lo que comentas.
Es lo mismo la antigüedad que los trienios??
Parecido. El plus de trienios se tiene si así lo indica el convenio en función de la antigüedad, o el personal funcionarial.
Buenos Dias :
Soy conserjey llevo 7 años trabajando en una comunidad de vecinos……
– En medio de estos 7 años, han CIRCULADO VARIAS EMPRESAS POR ESTA COMUNIDAD
– En medio de estos 7 años, LAS EMPRESAS ANTERIORMENTE SEÑALADAS NOS HA MANTENIDO BAJO EL ESTATUTO DE LOS TRABAJADORES…..
– En medio de estos 7 años, ACTUALMENTE CONSERVAMOS LA ANTIGUEDAD IMPRESA EN NUESTRAS NOMINAS…
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La cuestio seria la siguiente :
Dice el Jefe, que el proximo año presupuestara PARA INCLUIRNOS EN CONVENIO (vamos de pasar del estatuto de los trabajadores a tener convenio)…………….
Mi pregunta personal seria la siguiente :
Si la Empresa nos pasa DEL ESTATUTO DE LOS TRABAJADORES – TENER CONVENIO ¿PERDERIA MI ANTIGUEDAD?
Al tener sujeto a algun convenio, ¿podria conservar mi antiguedad?
Muchas Gracias…
Un saludo
Siempre se conserva la antigüedad.
Hola: En nuestra empresa se viene haciendo lo siguiente, aplican la antigüedad correspondiente pero nos sacan del salario la misma cantidad.( en mi caso desde el año 2007. Parece ser que el sindicato los va a reclamar, en caso de fallar a favor de los empleados, será con carácter retroactivo?
Por cantidades, sólo se puede reclamar un año.
El año correspondiente o solo cuando hay un incremento de antigüedad?
Desde el momento que se reclama, sólo te van a conceder lo que te adeudan en los 12 meses anteriores a la reclamación, salvo que se acredite que es una cantidad que se ha estado reclamando año tras año.
Y la siguiente pregunta es cuánto corresponde en caso de fallar a favor de los empleados?, como se calcula?
En función del plus de antigüedad que indique el convenio.
Hola buenas tardes, trabaje 10 años en una empresa y renuncie, pasaron 8 años y tengo la posibilidad de volver a trabajar a la misma firma. Que pasa con mi antiguedad anterior, se reconoce, la pierdo, comienzo como un empleado nuevo, etc.? En el caso de que me despidan que pasaria con la indemnizacion?
Salvo que te la reconozcan expresamente, la pierdes.
Hola. Me interesaría saber si lo que se denomina «Vacaciones retribuidas y no disfrutadas» computan como antigüedad dentro de la empresa. Tras una extinción de contrato pase a estas «vacaciones», y antes de finalizadas volví a ser contratado. Muchas gracias Alejandro.
Las vacaciones generadas y no disfrutadas, no computan a efectos de antigüedad. Ahora bien, en el caso particular que me comentas, sí que lo contaría.
Hola. he trabajado para una empresa publica de manera eventual durante varios años en los que he compaginado el cobro de la prestación por desempleo con trabajos esporádicos para otras empresas privadas. ¿estos lapsos de tiempo provocan que se extinga mi relación laboral con dicha empresa pública para el cómputo de mi antigüedad?.
Gracias. un saludo.
Depende de lapso de tiempo entre contratos.
Buenos días.
Trabajo de auxiliar de servicio en un edificio y llevo mas de tres años trabajando en la misma empresa tengo derecho a una antigüedad por los tres años.
Saludos.
Si te refieres al plus de antigüedad, dependerá de lo que diga el convenio.
Buenas tardes; el convenio de seguridad privada recoge plus de antigüedad, mi pregunta es ¿ un trabajador contratado a media jornada debe de cobrar la parte proporcional de antigüedad?
Normalmente el plus de antigüedad, es un porcentaje de salario base por lo que en dicho caso, ya tendría en cuenta la parcialidad. Por lo tanto, habría que ver que es lo que dice el convenio, y si no dice nada, se podría entender que se percibe de manera completa.
Hola Alejandro, me han despedido y en mi finiquito me han puesto 3 años de antigüedad, pero en realidad llevo 4 años trabajando para ellos con una sucesion de contratos temporales y de interinidad, el ultimo se hizo una conversion a indefinido por los 3 años que me pone en el finiquito. Los contratos de interinidad no cuentan en el computo de antigüedad?
Gracias
Sí, computan.
Hola
Empece a trabajar 21/10/1994 con contratos de mes a mes y luego de 6 meses nunca deje de trabajar y 21/10/1998 firmó contrato indefinido y en nómina me pone antigüedad desde 1998 es correcta o debería poner 1994
¿Cuál es la pausa más larga que ha existido? Si es seis meses, entiendo que no, pero es un tiempo elevado, y habrá juzgados que considere que no se de sumar la antigüedad.
Pausas ninguna siempre estaba trabajando
En ese caso, desde el inicio de la relación laboral, 1994.
Buenas tardes, llevo trabajando en en la misma empresa desde el 26 de junio de 2015. Desde esa fecha a día de hoy he estado 6 meses fuera por excedencia voluntaria. He reclamado mi trienio y no me lo pagan porque dicen que no me corresponde al haber estado 6 meses fuera de la empresa.muchas gracias, espero respuesta
Salvo que el convenio indique otra cosa, entiendo que la excedencia voluntaria no computa a los efectos de antigüedad para el trienio.
Hola buenas tardes ! Si alguien me puede responder mi duda sería muy amable ,trabajo en comercio desde el año 2012 mi recibo dice como fecha de ingreso 01/06/2012 , en el año 2019 el comercio cambió de firma ,y nos tomaron respetando antigüedad.. pero en mi recibo de sueldo actual me figura la razón social nueva y mi fecha re ingreso dice 05/09/2019 .. no me figura mi antigüedad, será que eso se reclama o esta bien que figure así con fecha de la nueva firma
Debería aparecer con la antigüedad que tienes de 2012. En cualquier caso, la antigüedad no se pierde aunque la empresa indique una diferente en la nómina.
Hola!aver si me puedes resolver mi duda,yo si me doy de baja voluntaria la siguiente empresa que me contraté si quiere puede mantenerme la antigüedad?esque me están planteando eso y nose si existe alguna manera para que eso sea legal
No hay ningún problema en acordar con la empresa entrante una antigüedad superior. Cuestión diferente es que afecte al FOGASA o frente a terceros.
Buenas. Tengo una duda que igual es un poco tonta, pero si me la pudierais solucionar lo agradecería. Yo llevo en mi empresa, 4 años, recién hechos el 20 de junio, según mi convenio cobro antigüedad a partir de estos 4 años, por lo que mi duda es, en la nomina del mes de junio tiene que ir incluida ya todo el porcentaje que me corresponda de antigüedad o solo me corresponden los 10 días que llevo con los 4 años y a partir de julio ya el total.
Dependerá de lo que diga el convenio. A veces se abona al mes siguiente de manera completa de cumplir el tiempo para cobrar un plus de antigüedad. Si no dice nada, se puede hacer de manera proporcional como indicas.
Gracias
Hola!
Tengo una duda, si llevo trabajando 10 años en una empresa Con contratos temporales sin perder la antigüedad y ahora me ofrecen contrato indefinido, al hacer en un futuo próximo el cambio de categoria pierdo la antigüedad? Y el contrato? Aunque haga cambio de categoria se me mantendrá el indefinido o volveré a temporal? No se como esta la ley sobre este tema si me puede aconsejar alguien se lo agradecere.
No, no se pierde la antigüedad por modificar las condiciones laborales, ya sea salario, categoría u otra cuestión.
Hola.
En mi empresa he solicitado el reconocimiento de la antigüedad real, dado que solo me computa desde que mi contrato pasó de temporal a indefinido (en 2018).
Llevo trabajando desde 2015 con 3 contratos temporales, en los que el periodo de baja han sido de menos de un mes.
Desde recursos humanos me comentan que al haber recibido finiquitos al finalizar los diferentes contratos temporales, ese tiempo de relación laboral ya no computa y por lo tanto ni aparece en la nomina ni tengo derecho al suplemento de antigüedad.
¿Es eso posible? ¿Cómo podría reclamarlo?
Muchas gracias
Aunque se haya finiquitado la relación laboral, la antigüedad se añade. Sobre reclamarlo, no se si existe algún plus del convenio por antigüedad para que ahora te perjudique. Si así fuera, lo mejor es una reclamación de cantidad en la que se discuta de manera indirecta la antigüedad. En caso contrario, puedes poner una reclamación de derecho de antigüedad, aunque podrías esperar a que te perjudicara, como un posible despido o similar.
Hola, mi duda es cuantos quinquenios se pueden acumular estando en la misma empresa?
Yo llevo 45 años y creo que tengo solo 8, es que en junio hacía los 45 años de contrato pero no he visto incremento de qui quenio
Todo depende de lo que diga el convenio colectivo.
Voy trabajando 20 años en una empresa, pero por la pandemia me mandaron a otra tienda que pertenece a otra inversión a la que trabajaba, pero para trabajar me quieren liquidar y asi pertenecer a esa inversión, ya que antes estaba en otra inversión( pertenecen a la misma empresa) y sino quiero que me liquiden tengo que esperar a que la inversión donde trabajaba tenga un puesto. Quisiera saber si acepto la liquidación para el cambio de inversión voy a seguir teniendo mi antiguedad o ya no.
Buenas si mi empresa me hace reduccion de jornada ma antiguedas no se pierde verdad?
No, la antigüedad no se pierde.
Buenos días, tengo una antigüedad de 11 años en mi empresa, mi duda es la siguiente, hace un par de años nos subrogaron a otra empresa conservando la antigüedad y cambiando también el convenio, revisando el nuevo convenio veo q tengo derecho a cobrar antigüedad y no es absorbible ni compensable y en mi nómina no figura, puedo reclamarlo?
Si el convenio lo recoge, sí puedes reclamarlo.
Buenos días. Me han despedido del trabajo alegando que tienen problemas económicos, a la hora de cobrar finiquito se me tienen en cuenta 33 días o 20? En mi nómina pone 3 años de antigüedad, pero lo cierto es que en mi vida laboral son 4, ya que estuve con contratos de sustitución por baja maternal hasta que me hicieron indefinida. Tengo derecho a cobrar finiquito acorde a los 4 años, verdad? Gracias
La indemnización se abona en función de todo el tiempo trabajado, incluyendo los contratos temporales. POr lo que comentas, en tu caso, cuatro años. Por otro lado, en caso de problemas económicos, puede que existan causas para un despido objetivo, y en ese caso, la indemnización es de 20 días por año trabajado, pero la causa tiene que venir de manera clara en la carta de despido.
Me quitaron la antigüedad con la excusa de que no estaba en el salario integrado me hicieron firmar un papel y dijeron que podían hacerlo porque no estaba integrada a mi salario, llevo 25 años en esa empresa se puede hacer eso?
Con la antigüedad supongo que te refieres a un plus de antigüedad. En principio no se puede hacer, pero habría que ver que es lo que dice el convenio y la modificación realizada.
Buenas tardes Alejandro,
A mí me surge una duda… yo trabajé en una empresa un año entero y solicité la baja voluntaria en junio de 2019, me marché a otra empresa a trabajar durante el verano y me incorporé de nuevo en la 1ª empresa en Octubre de 2019 (4 meses después). En Marzo de 2020 me hicieron indefinida y en la antigüedad pone que es desde que firmé este último contrato indefinido. ¿La antigüedad debería ser desde mi reincorporación en Octubre de 2019 o desde antes?
Muchas gracias por tu atención,
Estos casos siempre son dudosos. Existe alguna sentencia que considera que no se pierde la antigüedad, pero algunos jueces consideran que sí.
Buenas,
Estoy valorando la posibilidad de volver a mi antigua empresa, en la que estuve 10 años trabajando, llevo 4 años trabajando en otra empresa del sector. ¿Existe la posibilidad de, en la negociación de las condiciones, pactar de mutuo acuerdo con la empresa conservar los 10 años de antigüedad de mi anterior contrato?¿Hay algún impedimento legal para ello si ambas partes están de acuerdo?
Gracias
No hay impedimento legal para esa negociación.
En una sociedad con 2 socios, si se deshace la sociedad y nos contrata el socio que marcha montando otro negocio y nos propone ir con el … Cómo deberá ser nuestra contratación? Deberá respetar nuestra antigüedad anterior? Que derechos se tienen ante la situación como trabajador? Se debe negociar algún tipo de cláusula en el contrato? Gracias , un saludo
Se tienen que respetar las condiciones laborales que se tenían.
Hola buenas! Querría hacerle una pregunta llevo en una empresa trabajando desde el 1 d julio de 2014, me tuvieron con contratos temporales trabajando con ellos y en enero de 2017 me hicieron un contrato indefinido finiquitandome antes. En la actualidad sigo trabajando para ellos y en mi nomina tengo la antigüedad desde enero de 2017. Es ¿correcto esa antigüedad o debería ser desde julio de 2014? Si por ejemplo me despidieran ¿desde que fecha me tendrían que finiquitar? Gracias y un saludo
Salvo saltos en la contratación, si la relación laboral es continua, no hay duda que la antigüedad es desde 2014 en tu caso.
La relación laboral siempre ha sido continua… sin ningún otro trabajo entre medias… en caso de despido ¿se me tendría entonces que finiquitar desde 2014? Muchas gracias por su respuesta!!!
Sí.
Muchas gracias!!!
Me despiden despues de 4 años. Por no tener trabajo la empresa. Me dan indemnización y finiquito. Me llaman a los dos meses.
Si trabajo 4 años mas. Me indemnizaran y finitarian por los 8 o los 4 últimos.?? Gracias
En mi opinión, sería por los ocho años, ya que no se debería «romper» el vínculo laboral por esos dos meses a los efectos de antigüedad.
Del 30 de diciembre al 15 de enero, no transcurren ni los 20 días, por lo tanto debe contarse la antigüedad de 2002.
Hola buenas
Una consulta, a me han estado haciendo contratos desde noviembre de 1998 hasta septiembre de 2003. Me liquidaban, pasaba un mes y me volvían a contratar, así sucesivamente. Creo que lo maximo que estuve fuera de la empresa fueron dos meses. Actualmente tengo antigüedad desde septiembre de 2003. Ahí va mi pregunta… Le puedo reclamar la antigüedad desde noviembre de 1998??
Gracias
Si solo fueron dos meses, en mi opinión, si que puedes reclamar la antigüedad.
LA ausencia de preaviso no convierte el despido en improcedente. Por otro lado, pelearía por la antigüedad, pero es cierto que un año en bastante tiempo para que se «rompa» la antigüedad. Pero habrá que valorar en que día de 2008 firmaste el contrato, si hacías las mismas funciones…
Hola llevo casi 8 años en la misma empresa a los 4 años me subió la nómina 45 € por antigüedad y quisiera saber si a los 8 vuelve a subir y si es la misma cantidad gracias
Dependerá de lo que diga el convenio.
No lo se pero bueno muchas gracias
Hola,
Llevo desde 2010 trabajando los 2 meses de verano en la misma empresa, en 2010 tuve contrato, en 2011 no, y de nuevo con contrato temporal el 2012, 13, 14 y el 15 me hicieron fijo discontinuo hasta ahora. Ahora por el covid me han comunicado que me despiden. Miro mis nóminas y mi antigüedad pone que es desde el 2015, ¿contarían los años anteriores para el finiquito? Entiendo que el de 2010 lo perdería por no tener el siguiente, ¿pero los del 12, 13 y 14?
Si siempre fue el mismo servicio y trabajando en los mismos periodos, se debería contar la antigüedad desde 2012.
Tengo 13 años trabajan en una empresa pero con temporal en caso de despido tengo derecho a una indemnización o algo
¿13 años con un contrato temporal? Seguramente la relación laboral sea indefinida, y en caso de extinción, habría que ver la causa alegada por la empresa para saber el derecho a indemnización.
Buenos días,
Si tengo un contrato fijo discontinuo en una empresa (porque llevo más de tres temporadas trabajando en la misma empresa), si me despiden un verano, y el verano siguiente me vuelven a contratar, este nuevo contrato vuelve a ser temporal como los 3 primeros veranos o es fijo discontinuo?
Es decir, quiero saber si con el despido se pierde el contrato fijo discontinuo.
Si existe un despido, luego la empresa puede hacer un contrato temporal o fijo discontinuo, en función de las necesidades de la misma.
Hola buenos dias, mi pregunta es la siguiente, estuve 6 años en una empresa, por otros motivos rescindir mi cotrato, pero al cabo de menos de 6 meses me contrato otra vez la misma empresa y mismo puesto, la pregunta es que si en caso de despido improcedente, me computa esos seis años tambien.
gracias
Es una cuestión discutible, ya que seis meses es un tiempo relevante. Así que dependerá de la valoración que se haga para el caso concreto.
Hola buena tardes, necesito urgente que me oriente si no es mucha molestia.
Llevo tres años en mi empresa. Y por el coronavirus se acogieron a la ley de protección del empleo en Chile.
Me dijeron que era un pacto de suspencion temporal del contrato de trabajo, no un sese de relaciones pero no lo especifican.
Si firmo el anexo, Perdería mi antigüedad laboral?
Desconozco la legislación en chile, puesto que el artículo esta hecho con la legislación en España.
Tengo una pregunta llevo trabajando en la misma empresa desde 2013 en 2017 me subieron la categoría a consecuencia de esto me quitaron la antigüedad es legal
Depende cual haya sido el procedimiento que hubiera seguido la empresa y en donde venga recogido el derecho a la antigüedad, las reducciones de salario la empresa las puede hacer la empresa de manera temporal a través de una descuelgue del convenio y de manera permanente, a través de una modificación sustancial.
Hola buenas tardes, me gustaria plantearle mi caso. Yo estoy en una empresa desde 2010 y en mes de marzo habiendo trabajado 13 dias han hecho un ERTE por el coronavirus. La cosa es que en la nomina de marzo de los dias trabajados el concepto de antigüedad viene proporcional a los dias trabajados en este caso 13 y yo creia que la antigüedad venia a ser un concepto adquirido y no te lo podian pagar en funcion de los dias trabajados.
Gracias de antemano
La antigüedad se paga como otros conceptos de las nómina en función de los días trabajados, si trabajas medio mes, cobrarás la mitad, y ello salvo que el convenio establezca otra cosa (aunque sería raro).
Hola buenas.. Mira llevaba desde el 2014 trabajando para una empresa y a día de hoy de acabo la relación laboral de mutuo acuerdo por ambas partes aunque claramente yo quería cobrar mi antigüedad.. Hemos hecho un acuerdo y me ha pagado la liquidación y tal y tmbien acordamos un cifra razonable para los 2 por la antigüedad, pero yo quiero cobrar esa antigüedad y me ha dicho que debo denunciarle y que ahí el procederá a pagarme lo acordado pero que primero debo yo denunciarle.. Esto si es así o que pasos debo seguir para cobrar mi antigüedad??
Saludos
Habría que ver a que te refieres a «cobrar la antigüedad», pero si de manera voluntaria, no te lo paga, la única manera será presentando una demanda.
Buenas noches, la empresa para la que trabajo dice que no me puede hacer un ERTE porque seria el único que presente y dice que se lo echarían para atrás o no lo aceptarían por tener otras personas recientemente contratadas para una limpieza de final de obra. Yo tengo contrato indefinido de media jornada de casi 3 años en una empresa de limpieza y mi puesto de trabajo es una Inmobiliaria, que a cerrado por el estado de alarma. Al principio me ofrecieron o vacaciones o reducción de jornada y decidí vacaciones. En vistta que se alarga esto ,a día de hoy lo del ERTE me dice que no se puede y me ofrece:
1- un despido en el que me dice que no pierdo la antigüedad, que no me paga el finiquito y cuando pase todo esto y le llame la inmobiliaria vuelvo a mi puesto de trabajo y así yo cobraría mi paro sin problema¿ Esto es fiable? debo hacer un documento privado? También me a dicho que es un despido objetivo
2- También me ofrece el trabajo de limpieza de final de obra con 6 horas diarias de trabajo( lo cual es muy duro, que no es lo mismo que limpiar oficina, lejos, al cual no acepto por mis circunstancias personales tengo a mi marido recién operado con muchisimos dolores y de riesgo al covid19 aparte que tengo mucho miedo de contagiarme)
3- Yo le he pedido me haga una reducción de jornada y me mantenga en mi puesto de trabajo ya que la inmobiliaria llama 2 o 4 horas semanales para limpieza. Creo que esto es lo mas conviviente para mi ya que el lugar lo conozco y me queda relativamente cerca y me siento mas segura porque tengo mucho miedo al contagio. Con esta reducción puedo cobrar paro?
Muchas gracias
La opción del despido no es algo que se debe pactar, si la empresa tiene causa para ello que te despida y se revisa si se tiene causa o no para el despido. Por otro lado, en cuanto a la reducción de jornada sólo tendrás derecho a paro si la empresa hace un ERTE de reducción de jornada.
Hola, yo llevo con una empresa 3 años pero cada 6 meses me cambiaban el contrato de fin de obra y me daban el papel de finiquito para firmarlo sin pagarme mis indemnización, puedo reclamar los 3 años o solo la última (el último contrato fijo, saludos
El plazo para reclamar prescribe al año, así que sólo puedes las cantidades adeudadas del último año-
Mi empresa ( papelería con prensa) me ha dicho que inician un erte ayer. Hoy me manda dos documentos y resulta que lo que han hecho es un despido sin notificarme nada. Me dicen que cuando pase esta situación me vuelven a contratar pero lógicamente no me pagan el finiquito. Si no acepto me quedo sin trabajo. Esto es legal? A mí no se me notifica el despido que consta desde el día 18 y yo he trabajado incluso el día 20. Pierdo mi antigüedad y mis derechos si acepto y los mantengo? Si pasados unos meses finalmente no me contrata pierdo todos mis derechos. Si hacemos un documento privado donde se compromete a contratarme manteniendo mis condiciones actuales ( horario, condiciones, antigüedad…es válido?
Saludos
No es procedente lo que han hecho. Un documento privado es válido, pero mejor llegar a ese tipo de acuerdos en el SMAC o en juicio. No dudes en impugnar el despido, no me fiaría de que te vuelve a contratar, y si pasan 20 días ya no puedes hacer nada.
Llevo 20 años de contrato en la empresa donde trabajo y ahora con lo del estado de alarma me han dado de baja, pero no es un erte, voy a firmar un documento entre la empresa y yo, donde se dice que cuando me vuelva a contratar sigo con la misma condiciones, y no perdería la antiguedad, puede ser así? Gracias
Se puede establecer ese tipo de acuerdos, pero no te beneficia en nada. Sería mejor que la empresa realizara un ERTE o alcanzar otro tipo de acuerdo.
Gracias por tu respuesta, mi jefe me dice, que según le han dicho en la gestoria que los asesora, que si hacen un erte no se lo aceptarian, y por eso lo de este documento, que yo firmaría y según mi jefe cuando me vuelva a contratar sigo con las mismas condiciones y lo que no tengo tan claro si perdería la antiguedad, usted cree que la perdería?
Se puede pactar que no se pierde la antigüedad, pero habría que mirar muy bien los términos del acuerdo, para que la empresa tenga la obligación de volverte a contratar, aunque insisto que este acuerdo puede ser bastante perjudicial y no tienes ninguna obligación de acordarlo.
Buenos días, estuve 6 meses con un contrato en prácticas y al finalizar este me han hecho uno indefinido pero bajándome de grupo profesional. En mi última nómina, la primera con el contrato indefinido, veo que no me han conservado la antigüedad. ¿Es esto correcto o está relacionado con el cambio de grupo profesional?
La antigüedad la conservas, da igual que ellos no te la reconozcan.
Hola buenas tardes
Mi pregunta es he estado trabajando en una empresa durante 8años jornada completa y fijo
Y tuve que pedir que me despidan y cobrar el paro sin saber que podía pedir excedencia
Llevo 1año fuera por problemas familiares y ahora voy a volver al mismo trabajo puedo recuperar la antigüedad?
Gracias y saludos
Es una cuestión discutible, con un año en principio se pierde, salvo que acuerdes lo contrario.
Hola.
He trabajado a media jornada con contrato indefinido durante 10 años en una empresa.
Ahora llevo 1 año trabajando en esa misma empresa con un contrato indefinido a jornada completa, subida de sueldo proporcional, y veo que me han mantenido la antiguedad (con lo llevarí 11 años).
Mi pregunta es: ¿en caso de despido como se calcula la indemnización?
Muchas gracias.
Se calcula en función del salario que percibas en el momento del despido, no te perjudicará el hecho de que antes estabas a media jornada, si ahora estás a jornada completa.
Buenos días, mi marido está en casa por el estado de alarma ya que yo (su mujer) soy persona de riesgo por tener patologías previas, y por temor al contagio ya que estaba trabajando en Madrid en una obra (construcción), se quedó en casa.
La empresa, le dijo que no se preocupara, que le iba a tener siguiendo su antigüedad, por lo que pensamos que les iban a hacer un Erte.
Al final, nos han mandado la documentación del despido y no ha sido un erte, sino un despido a toda regla, con su finiquito y todo. La empresa se niega a pagar el finiquito, ya que la causa de despido que a puesto ha sido por causas económicas, y aún le sigue diciendo el jefe que le va a mantener la antigüedad, desde el 2014. ¿Eso es posible el mantener la antigüedad después de un despido? ¿Qué medidas deberíamos adoptar frente a no recibir el finiquito?
Gracias y un saludo
Si hay un despido se extingue la relación laboral, en consecuencia os tiene que abonar el finiquito correspondiente, y la indemnización correspondiente de 20 días por año trabajado. Si no estáis conformes con el despido, tenéis un plazo de 20 días hábiles para impugnarlo. Si queréis reclamar el finiquito tenéis el plazo de un año.
Y en cuanto a la antigüedad? Porque le dice que cuando quiera volver a trabajar que se lo diga. La empresa no ha cerrado, hay algún trabajador trabajando.
Gracias
La antigüedad la pierde en función del tiempo que pase sin que le vuelvan a contratar.
Hola, tengo una duda en caso de cambio de trabajo.
Si se cumple trienio por ejemplo en julio de un año y ya se ha cobrado desde el 1 de enero, pero se produce una salida de las empresa antes de cumplir los 3 años exactos en julio.
Supongo que en el finiquito se descontará lo cobrado. ¿Es así?
Gracias.
Depende de lo que diga el convenio colectivo, pero en principio, entiendo que no se debe descontar si se tiene derecho a ello, pero habría que ver el convenio.
Buenas tardes, mi pregunta es la siguiente yo tuve diferentes contratos con la misma empresa, mi primer contrato fue del 05/05/2004 al 04/11/2004, luego estuve unos meses sin trabajar con ellos ni con otra empresa, luego tuve un contrato del 01/04/2005 al 30/04/2005, luego tuve un contrato del 01/05/2005 hasta el 01/12/2006 y a partir de aquí me hicieron indefinido hasta el día de hoy. Tenia mi antigüedad de 01/12/2006, se lo he reclamado y han aceptado a ponerme la antigüedad del 01/04/2005 sin reconocerme lo anterior, entiendo que no quieren reconocerme lo anterior por el tema de que me tendrian que pagar antigüedad ya que en el convenio afecta a todos los trabajadores que tengan antigüedad de hasta diciembre de 2004. ¿ Cuál seria mi atigüedad?
Habría que ver más el caso, en principio también comparto la opinión de la empresa desde el 01/04/2005. Como explico en la entrada, no existe algo regulado de manera objetiva por parte de la legislación, sino que es la jurisprudencia analizando cada caso de manera concreta la que establece cuando se «rompe» la antigüedad. Entre 2004 y 2005 han pasado cuatro meses, y sería discutible, se puede defender que se debería contar para la antigüedad.
Hola, en mi empresa han reconstruido las listas de llamamiento por antigüedad desde el primer año de la ett, pero los que van delante mía entraron un año antes, pero luego entraron el mismo año que yo, pero ha transcurrido 8 meses desde el primer año que entraron mis compañeros, ¿desde cuanto les cuenta la antiguedad el primer año que entraron o cuando yo entre en el segundo año?
No entiendo muy bien la cuestión. La antigüedad se cuenta desde el primer contrato, incluyendo los contratos de ETT.
Tengo 4 años trabajando con un mismo contrato y ahora me ofrecen otro puesto en donde implica un salario más bajo pero mas bonos económicos pero para eso se tiene que hacer nuevo contrato y me dicen que perdería antigüedad por cambio de puesto, no entiendo porque tendría que perder antigüedad, me podrían asesorar y decir porque me la quitan?
Si es la misma empresa no se pierde la antigüedad, y da igual que ellos digan que sí, que no se pierde.
Entro en la empresa el 18/05//2010. Encadeno varios contratos temporales,pero continuos hasta el 18/12/2013 fecha en que hacen contrato indefinido. Estoy cobrando antigüedad desde el 18/12/2013. ¿ Debería ser desde el 18/05/2010? Aclaremeló por favor.
Gracias
Si son continuos, es decir, sin pausas, la antigüedad debería de ser desde el 2010. Si existen pausas, depende de la duración de las mismas.
La pausa mas larga fue de 9 dias.
No se pierde la antigüedad. El plus de antigüedad dependerá de lo que indique el convenio.
Mi consulta es sobre el complemento antigüedad: Empezado a cobrar el primer quinquenio, quisiera saber si también se tiene que cobrar completo de antigüedad en las pagas de beneficios, verano y navidad. Y quería saber que quiere decir complemento antigüedad consistente en dos quinquenios.
Adjunto artículo convenio.
Art. 16. Complemento de antigüedad. Los trabajadores afectados por el presente Convenio Colectivo percibirán un complemento de antigüedad consistente en dos quinquenios del 5 por 100 sobre el salario base, con las siguientes condiciones: — Los mencionados quinquenios comenzarán a computarse desde el 1 de enero de 2012 o desde la fecha de inicio de la relación laboral del trabajador, si esta es posterior al 1 de enero de 2012. — Los quinquenios se generarán por el tiempo de servicio efectivo prestado de manera ininterrumpida por el trabajador. — El primer quinquenio se abonará en todo caso a partir del 1 de enero de 2017.
Un saludo
Sobre si el complemento de antigüedad se incluye dentro de las pagas extras depende del convenio, respecto a lo otro, entiendo que se refiere a que como máximo sólo puedes generar dos quinquenios como complemento, es decir, el máximo del complemento es del 10%.
Hola trabajo para una marca comercial hace 2 años pero en esta no cumplo antigüedad me van finiquitado sin pagar el año haciendo contrato con otra razón social ..pero es la misma empresa este año hicieron lo mismo..queriendo pagar menos de 1 año de trabajo…..que hago?
No se a que te refieres con queriendo pagar menos de un año de trabajo, pero podría tratarse de una cesión ilegal si siempre trabajas en el mismo lugar con diferentes empresas, o grupo de empresas laboral.
Hola, buenas tardes. En mi empresa se viene cobrando desde hace más de 25 años el plus por antigüedad pero no está recogido en ningún convenio ni acuerdo de empresa. Ahora de golpe nos lo quieren quitar. ¿Eso es legal?
Se trataría de una modificación sustancial de las condiciones de trabajo, y cómo tal sólo podrán hacerlo si existe una causa para ello. Es decir, que sí, se podría llegar a sacar con una causa que lo justifique.
Muchas gracias.
Vista su contestación me salen dos preguntas; ¿que justificaciones se podrían alegar y si necesitarían algún tipo de acuerdo por unanimidad o mayoría de la plantilla?
Saludos
Para proceder a una modificación sustancial de las condiciones de trabajo, deben concurrir una causa objetiva acreditada por razones económicas, organizativas, técnicas o de producción considerándose tales las que estén relacionadas con la competitividad, productividad u organización técnica o del trabajo en la empresa.
Sobre las modificaciones colectivas, te recomiendo este artículo.
Hola,
He cumplido un trienio a 19 de Enero y la pregunta es cuando voy a cobrar el incremento: con la nómina de Enero y la parte proporcional que hay desde que se cumplieron los 3 años, o ya en Febrero completa. Mi convenio es el de Limpieza de edificios y locales y no está especificado cuando debe hacerse efectivo el pago.
Gracias por adelantado y un saludo
En principio, en la nómina siguiente al que se cumple el trienio.
Qeremos coger un bar en alquiler ,pero ahi dos trabajores qe tienen antiguedad y la actual dueña esta dispuesta a pagarsela y pa eso ahi qe despedirlas ,cuanto tiempo debe pasar pa qe nosotros podamos volver a contratarlas sin tener ningun problema ninguna de las,partes
Habría que saber más del caso, y la forma en que han sido despedidas. Recientemente existe una sentencia que ha considerado que incluso aunque hayan transcurridos 500 días no se pierde antigüedad en un contrato largo. La legislación no establece plazo, así que depende de la jurisprudencia sin que exista unos plazos en los que te pueda decir sin conocer más el caso que no existe riesgo.
Buenas tardes: trabajo los fines de semana en una empresa y por motivos familiares debo viajar a mi país por un mes, mi pregunta es si la empresa puede darme una licencia sin goce de haber? La empresa dice que yo me de baja porque no hay otra solucion y tengo de antigüedad 2 años…pierdo algo?
Salvo que el convenio indique algo, no existe ese derecho de ausentarse un mes con reserva del puesto de trabajo. Sobre si pierdes algo, es una pregunta muy amplia, pero sí, pierdes el empleo y la posibilidad de cobrar prestación o indemnización si es a lo que te refieres.
Buenas tardes: trabajo para una empresa sólo fin de semana y empezó el 15 de setiembre del 2017, pero sin aviso me dieron de baja el 15 de setiembre de 2019 y de alta al siguiente dia…me deben el finiquito o no…gracias por la respuesta
¿Cual es la causa de la baja?¿Cambio de contrato?
Hola buenas noches, estoy haciendo un trabajo final y en un ejercicio me piden la liquidacion del mes de junio, lo que sucede es que el empleado tiene 6 meses de antigüedad, cual seria el porcentaje de la antigüedad para hacer la liquidacion?
No se a que te refieres al porcentaje de antigüedad, ya que ésta no se mide en porcentaje.
Consulta. Trabajé en una Cooperativa por casi 5 años, renuncié por otro trabajo de mayor remuneración. Hace un año y 6 meses regresé a trabajar a la Cooperativa, deberían reconocerme la antiguedad? o sea tengo mas de 5 años casi 6 en la Institución. Gracias. Saludos.-
Salvo acuerdo particular en contrario, en mi opinión, no. Ha pasado mucho tiempo.
buen dia,mi consulta es la siguiente. a mi me despidieron de una empresa hacen 5 años y actualmente me tomaron de vuelta y me reconocen la antiguedad en el bono de sueldo pero ahora vienen las vacaciones y no me dan los dias correspondientes,eso es posible?
Buenas tardes:
En agosto de 2017 entré en una empresa para cubrir una baja por maternidad, hasta la mitad de Mayo de 2018 (9 meses) . Me fui de la empresa cuando la chica se reincorporó y volví dos meses y medio después, en Agosto de 2018. Desde entonces estoy aquí. Me gustaría saber cuanto tiempo tengo de antigüedad. Según mis cálculos son dos años y un mes en este momento. Mi convenio especifica una subida de sueldo del 5% tras dos años de antigüedad. ¿estaría en condiciones de pedirla?
Gracias.
En mi opinión, también se debe sumar el contrato anterior, y por lo tanto, tener derecho al plus según lo que establezca el convenio.
Buenas tardes.me despiden después de 8 años por estar de baja .no me pagan la indemnización con la cosa de que cuando esté bien me vuelven a contratar con mis mismas condiciones y la misma antigüedad.plr cierto ,soy indefinida
Eso podrían hacerlo?si me incorporo a los tres mese,me respetarían la antigüedad?
No, no pueden hacerlo. Es decir, no te pueden despedir sin causa o sin abonarte indemnización. Sobre lo de respetar la antigüedad, depende del tiempo que pase, en principio, sí que deberían respetarla, pero lo mejor es que si llegas a ese acuerdo que quede por escrito en el SMAC. Es decir, tener seguridad de que la empresa va a respetar ese acuerdo.
Buenos días .
Mi pregunta es sobre el tiempo de antigüedad.
Estuve trabajando a través de una ETT durante 6 meses, la empresa donde trabajaba me obligó a renunciar a la ETT y después esta me contrató. Actualmente tengo un puesto indefinido y voy a cumplir antigüedad de 3 años.
¿Contarían esos meses 6 de la ETT para la antigüedad? La empresa no lo está teniendo en cuenta.
un saludo y gracias
Si, contaría.
Hola yo tengo el Convenio del transporte y en el sueldo están las pagas incluidas
Mi pregunta es, he visto afectada mi antigüedad en las nóminas y me han dicho que la calculan según el salario base
Si he tenido alguna baja la antigüedad me baja si estoy de vacaciones tambien. Es eso correcto? Gracias
No se que te refieres a una baja en la antigüedad, habría que ver el cambio que indicas ya que no se puede disminuir la antigüedad. No se si te refieres al plus de antigüedad o similar…pero sin ver las nóminas y convenio es imposible saber si es correcto o no.
Buenas tardes llevo 29 años en la empresa hace diez reduj la jornada a 27 horas semanales y cobrando 618€ neto ahora he aumentado a 40 horas y la diferencia es de 298€ más y no me pagan nunca antigüedad pq dicen que no es obligatorio además me encargo de abrir y cerrar tienda limpieza y atender al público,gracias espero respuesta por cierto cobro menos una chica que ha entrado hace un mes.
Habría que ver el convenio colectivo, además no se si cobras o no pagas extraordinarias, ya que puede que el salario esté por debajo de convenio.
Hola!
En mi empresa nos despieden a los 3 años de contratos por obra y servicio prorrogados hasta sumar tres años para no hacernos indefinidos.
Si superas los 3 años de antiguedad en la empresa (aunque uno de esos años sea por excedencia por cuidado hijo, es decir, dos trabajados y el otro en excedencia), esa antiguedad cuenta?
Tres años de antiguedad en una empresa son como tres años de contrato por tanto deben hacerme indefinida si me paso de tres años de antiguedad?
El contrato de obra puede durar hasta cuatro años, si así lo permite el convenio, antes de que esté en fraude de ley y se convierta en indefinido. Sí, cuenta la antigüedad de excedencia.
Hola, me hicieron un contrato temporal de 3 mese, luego otro de 3 mese más y a los 6 meses me hicieron un contrato de obra y servicio, en mi nómina consta como antiguedad a partir del séptimo més y no desde el primer día de contrato, es correcto?
Me podrían resolver esta duda?
No, no es correcto, debería de ser desde el primer día de la relación laboral.
Buenos días Alejandro,
Mi situación es la siguiente:
Trabajo desde junio de 2014 hasta 20 de diciembre de 2017 encadenando 2 contratos temporales por año que cubrían 9 meses y medio, cada vez me han pagado finiquito e indemnizaciones. Desde el 20/12/17 al 8/1/18 estoy en el paro. El 8/1/18 me vuelven a contratar pero la empresa ha cambiado de nombre pasando de ser una SL a una asociación cultural. Encadeno 2 contratos temporales más con la asociación hasta el 20/12/18, me pagan finiquito y todo.
El 8/1/19 me vuelve a contratar la asociación y me hacen un contrato fijo discontinuo y me despiden en noviembre del 19.
¿Cual es mi antigüedad? ¿Desde el 8/1/18 con mi primero contrato temporal con la asociación? ¿Desde el 8/1/19 con el contrato fijo discontinuo? ¿Puedo reclamar la antigüedad desde el 2014 con la empresa anterior si hacia el mismo trabajo en el mismo lugar?
La SL ya no existe, la han dado de baja en diciembre del 2017.
Gracias
Si consigues acreditar esa sucesión empresarial, desde el año 2014 en mi opinión.
Buenos días Alejandro, mi situación es la siguiente: mi jefe tiena empresa de autonomo y otra en sociedad, yo llevo unos años en la de autónomo y le he pedido un cambio a la otra, me ha dicho que al ser una empresa diferente si quiero el cambio debo realizar una baja voluntaria y a cabo de uno meses me contrataría el la otra empresa, mi pregunta es hay manera que no pierda la antigüedad? La empresa en sociedad podria «comprar» mi contrato actual y realizar el pase sin mas? Gracias un saludo.
Alejandro
Si lo «compra» sin más y no varías las funciones es por que existiría una cesión ilegal de trabajadores entre la empresa y autónomo, por lo tanto, lo normal es que no se puede hacer, y si se puede hacer es que actualmente existe un fraude. Habría que ver el caso en concreto.
Hola buenas tardes ,mi caso es me reconocieron la antiguedad pero estoy reclamando las vacaciones retribuidas y no disfrutadas ,que son dos meses mas de antiguedad,estas tienen alta y baja retribuidas ,en mi convenio viene que se debe de contar pero desde la direccion me dicen que no son vacaciones ,son altas asimiladas ,gracias
Si son vacaciones abonadas en finiquito, por que no se han disfrutado, en principio no las contaría dentro de la antigüedad, por lo menos a efectos de extinción. No se a que efectos lo indicas, y que es lo que indica el convenio.
Buenas tardes Alejandro,
mi situación sería la siguiente: estoy trabajando en un colegio concertado y el primer año me hicieron un contrato por un año temporal desde el 21/09/2017. Me echaron el 31/08/2018 de agosto y me volvieron a contratar el 1 de septiembre de ese mismo año (2018), es decir, un día más tarde, cobrando el correspondiente finiquito. El siguiente año la misma situación y este último año ya me han hecho contrato indefinido 01/09/2019. Al ver la nómina, me aparece que mi antigüedad es desde el 01/09/2018, por lo tanto, mi duda es: la antigüedad no me tendría que contar desde el 21/09/2017?, si que es cierto que los 3 primeros meses fueron de práctica, por lo tanto quizás desde el 21/12/2017?
Muchas gracias por tu atención,
Jaime.
En mi opinión, si debería contar desde el inicio, incluyendo el contrato en prácticas.
Buenos dias Alejandro.
En mi caso, estoy trabajando en la misma empresa desde 2012 pero hasta 2017 no me hicieron fijo indefinido. Desde 2012 a 2017, estuvieron haciendome cobtratos sueltos, el tiempo mas largo que no trabajé para esta empresa no superó nunca los dos meses. En mí caso, ¿cual sería mi antigüedad en la empresa?
Muchas gracias por tu tiempo.
En mi opinión, desde el primer contrato temporal.
Hola, me gustaría preguntar si los días de las vacaciones pagadas y no disfrutadas al final de un contrato temporal cuentan para calcularla antiguedad enla empresa? Gracias.
Si se extingue la relación laboral, y se abona como finiquito, no cuenta como antigüedad.
Entonces para los 24 en 30 tampoco?
En mi opinión, no. Desconozco si alguna sentencia los ha incluido.
Buenas Tardes , trabajo en una impresa 14 años y ahora me cambia mi contrato a otra impresa , pierdo antigüedad o no ¿? O es suficiente que en mi nomina va salir los años que yo trabajo en esta impresa .
Gracias
¿Cómo se realiza ese cambio? ¿Quién realiza el cambio?
Buenos días, después de 12 años decidí cambiar de empresa. Ahora me ofrencen volver pasado un mes y medio de mi marcha. ¿Es posible continuar con la antigüedad? Muchas gracias.
Si sólo te has ido un mes y medio, en mi opinión, no deberías perder la antigüedad.
Buenos días Alejandro,
No sé si has podido responder esta duda a alguna persona antes, no he podido leer todos los comentarios, mi duda es la siguiente. Mi empresa tiene un convenio colectivo que sí incorpora el plus de antigüedad por trienios, sin embargo, mi nivel salarial es superior al mínimo que recoge el convenio y a su vez en la nómina se me reconoce un complemento personal por antigüedad pero que es menor al del convenio. ¿Puedo reclamar que, aunque mi nivel salarial es superior al nivel salarial del convenio, se me ajuste el complemento personal por antigüedad a lo marcado por el convenio en este sentido?
Por poner un ejemplo
Convenio: Nivel Salarial 25.000 y Antigüedad 2.000 (un trienio)
Nomina: Nivel Salarial 40.000 y Antigüedad 900 (un trienio)
¿Se pueden reclamar los 1.100 de diferencia de antigüedad? ¿Hasta cuántos años antes se puede reclamar?
Gracias,
Fernando
La cuestión que planteas está relacionada con la compensación y absorción de salarios. En primer lugar, habría que ver que es lo que indica el convenio colectivo sobre el complemento de antigüedad, en segundo lugar habría que ver la naturaleza de los 15.000 € de diferencia que existen con el nivel salarial de convenio que de nómina, por ejemplo, no es lo mismo que aparezca como complemento personal, que como complemento por pacto de no competencia, ya que dicho pacto de competencia no es compensable con el de antigüedad, pero un complemento personal, en mi opinión y salvo que el convenio establezca otra cosa, sí. Por lo tanto, si por ejemplo aparece como complemento personal, no sería posible reclamar la diferencia de antigüedad, salvo el convenio indique otra cosa.
buenas… llevo trabajando cuatro años.. hace un año me dieron de baja y me volvieron a dar de alta.. quisiera saber si debieron pagarme indemnización de esos 3 años.. ya que aparezco como si fuese inscripta apenas hace un año?.. saludos
Depende de los contratos anteriores y actual. De todas maneras, si el alta o baja es consecutiva, aunque no te lo indiquen o reconozcan la antigüedad no se pierde.
Hola, estuve trabajando para la filial española de una empresa multinacional 9 años desde el año 2000. Después decidí darme de baja para darme de alta en otra filial extranjera de la misma corporación donde trabajé 7 años. Hace 3 años volví a la misma filial española con un nuevo contrato. En este contrato me reconocen antigüedad desde el 2000 a todos los efectos. Esto significa que en caso de despido tendré la indemnización desde el 2000? O sólo desde que volví hace 3 años?
No se si es por que habéis alcanzado un acuerdo sobre ese extremo, pero si la empresa te lo reconoce a todos los efectos, en mi opinión, se incluye también un posible despido.
Buenos días,
Hasta hace unos meses la empresa no me pagaba ningún tipo de plus por antigüedad. Recientemente mi nómica fue modificada para meter este plus, pero mi sorpresa ha sido que antes tenía como sueldo base 1300 € pero ahora me lo ha reducido para añadir el plus de antigüedad y que siga cobrando lo mismo que antes. ¿Es esto lícito o deberían haber metido el plus por antigûedad sin modificar el sueldo base?
Cualquier aclaración será de agradecer.
Saludos
Habría que ver el convenio colectivo y las nóminas. Seguramente no es correcto lo que te han hecho, pero sin revisar nóminas anteriores y convenio colectivo no se puede dar una respuesta.
hola, trabajo en una escuela infantil privada desde el año 2012, en 2016 me hacen fija . Después de reclamar el trienio recogido en el convenio, por fin me lo aplican pero me dicen que solo tengo derecho al pago de un trienio( desde 2016) ¿Es correcto? o deberían contar desde mi incorporación a la empresa en 2012?
Gracias por tu tiempo.
un saludo
La antigüedad siempre se cuenta desde el inicio de la relación laboral, es decir, 2012 en tu caso.
buenas tardes llevo en mi empresa 9 años y no me han pagado ningún trienio, se lo acabo de exigir y su respuesta es que solo me puede pagar el trienio de los dos últimos años, es decir 2018 y 2019 porque y que es resto de años ya lo he perdido por no pedir antes los trienios.
es esto así o me tienen que pagar todos los años ?
En primer lugar habría que ver que es lo que dice el convenio, y el plazo para reclamar es de un año.
El convenio de mi empresa regulaba un complemento de antiguedad a los 3 años de ingresar. Cuando nos faltaban 10 dias para cumplirlos, se firmó un convenio diferente que contemplaba otro complemento de antiguedad y por tanto, no llegamos a consolidar el trienio.
¿Tendriamos derecho a algun porcentaje o se podria impugnar el nuevo convenio?
Habría que ver los convenios, pero cuando se aplica uno el otro se deja sin efecto. Pero siempre se puede impugnar el convenio.
Buen día,
He estado en una empresa desde 2008 y en 2019 finalizan el contrato por obra y servicio hacia mi persona pues donde trabajo mi ex empresa ha perdido el contrato con lo cual entra una nueva empresa que ya me ha dado de alta.
La cuestión es que de liquidación me dan tan solo 119€ por todo ese tiempo contratado. Esto puede ser así? Mi profesión tiene que ver con las nuevas tecnologías, en concreto una consultoria IT pero que estamos dentro del convenio del metal.
No, no puede ser correcto. Si llevas once años, mínimo te corresponden 8 días por año trabajado de indemnización. Además habría que ver si está en fraude de ley y puedes reclamar más indemnización.
Buenas noches,mi caso es algo complicado de explicar,llevo.20 años en un edificio publico he estado con diferentes empresas,me fueron cogiendo pero tuve que empezar con antiguedad desde cero,siempre he estado en el mismo edificio,es posible en caso de despido los 20 años que llevo en ese centro o solo seria con la antiguedad de la ultima empresa?
Gracias
Habría que mirar más el caso, pero seguramente se considere la antigüedad de los 20 años.
Muchas gracias Alejandro
Buenas tardes,
Llevo trebajando 11 años en una empresa de administrativa con el convenio del metal en Baleares.
La gestoria de dicha empresa nos aumento el primer quintenio por plus de antigüedad ya que fui contratada en 2008 pero el segundo no lo hizo y lo justificó diciendo que el convenio suprimió dicho plus y que me quedaba congelado el que ya obtengo.
Me gustaría saber si me pertenece seguir percibiendo los pluses de antigüedad.
Es decir el segundo aumento por antigüedad.
Ya que entiendo que mi contrato se firmó fijo antes de cualquier cambio de dicho plus y no toca suprimirlo o congelarlo.
Les doy las gracias por su aclaración.
Es una cuestión que habría que mirar el convenio colectivo, y dado el tiempo que conlleva, no reviso ese tipo de documentación en las orientaciones gratuitas que realizo a través del blog, lamento las molestias.
Buenos días
Tengo una inquietud, trabajo en Misión de una Empresa X, bajo una temporal, están pensando en hacer cambio de temporal, mi pregunta es, la antigüedad se pierde, se tiene derecho a indemnización, debemos firmar nuevo contrato o que pasa, son 9 años de estar con esa temporal.
Gracias
Hola,
Agradecería si pudieras resolver una duda.
Comenzé a trabajar en mi actual empresa en el año 2004.
En Enero de 2010 causé baja voluntaria en la empresa, voliendo a incorporarme en la misma a principios de abril de 2010. Durante este tiempo estuve trabajando en otra empresa.
Entre la fecha fin y la de reincorporación pasaron aproximadamente 3 meses.
En este caso, ¿exisitiría la opción de conseguir que se reconociese como antiguedad la primera fecha de incorporación (2004)? En principio pensaba que no, al haber sido baja voluntaria, pero no sé si en base a la reciente jurisprudencia sobre la materia podría considerarse otra cosa.
Muchas Gracias.
Un saludo.
Como ves hay jurisprudencia que así lo considera, así que entiendo que si que se podría conseguir.
una consulta. comence a trabajar el 20-10-2011. cual seria mi antiguedad al dia de la fecha.. 10-06-2019.
gracias
Muy buenas,
En 2007 empecé a trabajar en la empresa XX, en 2010 me movieron a la empresa YY (del mismo grupo empresarial) y en 2019 me han subrogado de esta empresa YY de nuevo a la XX.
En el cambio de 2010 estuve 4 días en el paro entre empresa y empresa, por alguna ventaja fiscal.
Me están aplicando la antigüedad de 2010…pero creo que debería tener la de 2007. ¿Cuál es la correcta?
Si en el salto del 2007 al 2010 fue sin pausa entre los contrato (o breve), 2007.
En mi empresa a los trabajadores q les deben días de vacaciones del año pasado en lugar de pagarlos cambian contrato te dan de baja de uno y de alta en otro, sin finiquitar nada, y tampoco mantienen l antigüedad, es legal?? Yo llevo casi 2 años y ahora me quieren hacer esto por no pagar los dias de vacaciones q me deben q son 5. Esto lo pueden hacen o yo puedo negarme a firmar nada? Gracias
No o pueden hacer. Si no te los abonan de manera voluntaria, tendrás que demandar.
Holla tengo salario base de 877.22 yo cobro 791.34 mi pregunta es porque no me han subido el salario tengo 8 anos y cobro lo mismo trabajo de cajero en un supermercado estoy como oficial de 2 los de ugt me dijeron que siendo oficial 2 no puedo cobrar en caja pero hasta hago desde 8 anos un saludo
Habría que mirar el convenio, el contrato y la jornada por la que estás contratada para saber cual es el salario que te deberían de abonar.
Hola, tengo en mi informe de vida laboral un computo de 22 años trabajado, aunque llevo 29 años, al ser los contratos de los primeros años a media jornada, pero mi duda es que en mi nómina me aparece que tengo una antigüedad desde junio del año 2000, por lo que hasta junio de este año, serían 19 años, puede haber esta diferencia con los años que me aparece en el informe de vida laboral de la Seguridad Social? .Gracias.
Lo importante es el tiempo que lleves, no lo que la empresa te indique como antigüedad.
Hola,
Alguien sabe decirme en qué año se ha eliminado el plus por antigüedad en el convenio de sanidad privada comunidad de Madrid.
Muchas gracias!!
Monica
Hola soy vijilante de seguridad,llevo 3 años y 4 meses con contrato de obra y servicios , me gustaria si me podrian decir si tengo derecho a cobrar por antigüedad un saludo gracias
Depende de lo que diga el convenio colectivo.
Acabo de terminar un contrato de interinidad por ett .empecé el1/3/2018 tengo derecho a indemnización.el sueldo era por horas(pagas extras ,y vacaciones incluidas )gracias.
No, ese contrato no otorga el derecho a indemnización.
Hola, trabajo en una clinica dental, mi puesto es de auxiliar y mi contrato estoy dentro del grupo de cotizacion 10, equivalente a peones, llevo desde el 2007 en la nomina no me sale reflejada la antiguedad, y segun me han dicho en la empresa en el sector de clinicas dentales no se cobran trienios ni suplementos por antiguedad, esto es cierto??
Puede ser, habría que revisar el convenio, ya que no todos los convenios recogen un plus de antigüedad.
Hola, llevo en la empresa 10 años, cobro antigüedad todos los meses pero ahora estoy de baja y me dicen que no tengo derecho a cobrarla, en la nómina no me aparece. En la gestoria me dicen que al estar de baja los conceptos normales no se incluyen en la parte proporcional a los días de la baja o como es el caso, en todo el mes. ¿Es correcto? Yo creo que aunque esté de baja todo el mes me tienen que pagar antigüedad.
Muchas gracias, sois de gran ayuda.
Se paga según la base de contingencia, que computa todos los conceptos salariales incluyendo la antigüedad.
Hola, trabajo en una empresa desde el 18/12/2001 y actualmente sigo trabajando, es normal que un compañero que trabaja desde 4 años, cobre lo mismo que yo de plus de antigüedad.ambos tenemos la misma nómina, de oficial de 2@
Depende de lo que diga el convenio, puede ser que sea correcto.
Hola, trabajo en una empresa regulada por el convenio colectivo del transporte de mercancías por carretera de la provincia de Alicante. La antigüedad que figura en la nómina es 3-3-2003. Me gustaría saber que antigüedad me corresponde según la normativa vigente,
No suelo revisar convenios en los comentarios por el tiempo que conlleva, (respondo más de 50 consultas todos los días) miré ahora el convenio que me indicas, cuyo plus viene regulado en el artículo 23, y dada tu antigüedad habría que revisar los convenios anteriores y la nómina, cuestión que excede de las orientaciones que realizo en los comentarios.
Hola, trabajo en el sector Químico y llevo en la empresa desde 15/09/2004 (bueno en realidad desde febrero del 2004, estuve un mes en el paro, pero me cuentan la antigüedad desde septiembre de 2004). Tengo categoría profesional 4. Me he leído el convenio y sigo sin saber cómo se calcula mi antigüedad. No sé si me pagan lo que me corresponde. Gracias
Si sólo estuviste un mes fuera, tu antigüedad es desde febrero de 2004, da igual lo que diga el convenio. Sobre si tienes derecho a un plus habría que revisar el convenio.
Hola. Trabajo como encuestador hace 16 años, ahora a 35 horas a la semana. Tengo Salario Base 635,48€, Antiguedad 158.87€, Plus de convenio 44,51€, Pro Pagas extras 139,81€ y Dto SS 64,72€. Total liquido 913,95€. Está bien o me deberian subir el sueldo?
Habría que ver el coeficiente de parcialidad (que puedes ver en el informe de vida laboral) pero, en principio, no te corresponde subida respecto al SMI.
Buenos días,estoy trabajando en una empresa con VARIOS contratos de ETT,desde 02/09/2013 nunca a estado mas de 4 meses sin contrato en el 15/12/2017 me hacen fijo por empresa .tengo derecho de antigüedad desde primer contrato por ETT.
GRACIAS.
Si es en la misma empresa, en principio sí que se tendrían la antigüedad inicial.
Buenas tardes y gracias de antemano!Mi pregunta es,en mi convenio reconoce la antigüedad cada trienio,o sea cada tres años.Yo comencé en la empresa en 2015, con.un contrato temporal de tres años,ampliabele a 4,en el tercero se me ha hecho indefinido,sin cesar en la empresa,pero en un apartado me han colado en el contrato indefinido,que empiezo a trabajar con ellos en el 2018,sin haberme finiquitado,ni roto la relación laboral¿Eso es legal?no tengo derecho a la antigüedad,tengo que esperar otros tres años?o sin romper el vinculo me corresponde esa antigüedad?Gracias
No es correcto, tienes derecho a la antigüedad, aunque la empresa te diga que no.
Hola buenos días, primero agradecer vuestra entrega en el apoyo que dais a los trabajadores. Resulta que nuestra empresa no ha pagado la antigüedad porque no la ha considerado ya que ha concatenado contrato durante 5 y 6 años a sus trabajadores, ahora, previa denuncia del comité de empresa ellos han accedido a pagar esta antigüedad retrasada. La pregunta es ¿cuanto debería cobrar cada trabajador? y ¿donde puedo encontrar dicho dato?. Desde ya gracias.
La antigüedad, o el complemento de antigüedad sólo se abona si lo indica el convenio colectivo. Puede saber tu convenio colectivo por que debe de venir en el contrato de trabajo, sino en esta entrada te explicamos como saber cual es el convenio colectivo de aplicación
Buenas, si paso de subcontrata a la empresa principal ..cuenta todo ese tiempo a efectos de antiguedad
No, salvo que sea sucesión empresarial, es decir, una subrogación entre las dos empresas. Pero si es un cambio por una oferta de la empresa principal no.
Me gustaría que me aclararan este asunto: ¿La empresa me puede bajar la cuantía de la productividad en la nómina? En 2011 se hizo un ajuste a la baja en los sueldos y cobraba 210 euros por este concepto y en 2018 cobraba 177. Seguimos cobrando lo mismo que entonces. Llevo trabajando en la empresa 30 años.
Habría que ver que es lo que dice el convenio, por que se paga ese plus. Es decir, en principio no se podría, pero habría que ver más el caso.
Hola resulta que mi empresa lleva pagando una cantidad por antigüedad desde hace treinta años y ahora nos dicen que la están pagando por error y Quieren pagarnos lo que cobramos en un mes dividirlo en un año el convenio tiene una tabla quebte pone que es para empresas de nueva creación? Pueden cambiarnos la forma de pago des pues de tanto tiempo ? Es un derecho adquirido? Ya que en el convenio pone que la abla es para empresas de nueva creación gracias
Si que lo consideraría como derecho adquirido, y podrán modificarlo a través de una modificación sustancial de las condiciones de trabajo si tiene causa para ello.
Y que causa puede ser para que puedan cambiarlo gracias
Razones económicas, técnicas, organizativas o de producción
Buenas tardes,
tengo una jornada parcial, ¿se puede prorratear la antiguedad en la nomina aunque en el convenio solo ponga que se paga 25€ por trienio? Muchas gracias. Un saludo.
Entiendo que el convenio pone 25 € al mes una vez superado el primer trienio.
Textualmene pone: Se abonará en las doce mensualidades ordinarias del año a razón de 25,13 € por trienio, hasta
un máximo de seis, igual para todas las categorías.
Cada tres años en la empresa, aumenta tu nómina 25.13 todos los meses. Con un máximo de seis trienios, es decir, a partir de 18 años ya no generas más antigüedad.
Hola,estoy trabajando de portera,en vinaros Castellón,desde 1999,ahora se actualizo el convenio y hay un 6por cien sobre la antigüedad,y me dicen k no lo aplican pk estoy cobrando de más mi nómina ahora es de 1252,66 y de antigüedad 157,86 es correcto muchas gracias
Habría que mirar que es lo que dice el convenio y tu nómina, para saber si se puede compensar y absorber esa subida del convenio, tal y cómo explicamos en esta entrada.
Buenos dias.
MI convenio reconoce mi derecho a antiguedad a partir de los tres años, llevo en la empresa mas de tres años,
Pero mi duda surge porque he tenido tres contratos temporales consecutivos sin ningun dia de «paro»entre ellos, pero me han hecho finiquito al cesar cada contrato, y en este finiquito pone que con su aceptación y firma se salda cualquier asunto y relacion futura con la empresa…
En la nomina la fecha de antiguedad es la del inicio del ultimo contrato, y no me ponen el complemento por no superar los tres años desde el inicio de dicho último contrato
¿Al firmar estos finiquitos he perdido mi antiguedad?
Muchas gracias por su atención.
No, no se pierde la antigüedad, te deberán de reconocer ese plus de antigüedad si así lo recoge el convenio.
Muchas gracias por su pronta respuesta.
Un saludo y mi enhorabuena por su web.
de nada, me alegra haberte sido de ayuda
TENGO EN LA EMPRESA 21 AÑOS `PERO INGRESE EL 16/09/1997 Y TERMINE EL 04/02/2002 ME LIQUIDARON PERO EL MISMO AÑOS 15/06/2002 EMPIEZO DE NUEVO ESTOY ACTULAMENTE TRABAJANDO LA ANTIGUEDAD SE PIERDE O CONTINUA
Como indico en la entrad, el supremo ha considerado que no se pierde la antigüedad en un caso con más antigüedad. La jurisprudencia cada vez reconoce un lapso de tiempo más grande para que no se pierda ala antigüedad, así que en mi opinión, si realizas las mismas funciones si que podría considerar que no se pierde la antigüedad, pero es discutible.
Hola yo estoy de baja desde junio hasta la fecha de hoy 9de noviembre por contingencias comunes mi pregunta es la siguiente porque en mi nómina no me pagan antigüedad . ,ni las pagas que son porateadas gracias
Cuando se esta de baja, en la nómina únicamente suele aparece el concepto baja por enfermedad, y en dicho concepto se incluyen las pagas extras prorrateadas y la antigüedad u otros conceptos a losq que se tiene derecho.
Es verdad que los días de asuntos propios la empresa los da si quiere,o simplemente no existen, gracias
Sólo existen si los recoge el convenio colectivo, y en ese caso, la empresa tiene obligación de darlos. Te recomiendo que leas este artículo.
y como se mira?
Suele venir en la nómina.
buenas noches. actualmente estoy trabajando en una empresa de transporte con mas de 4000 empleados,
se traslada a otra ciudad. desde mi casa ala actual ubicacion hay 5 kms y la nueva estara 33 kms, mi pregunta es,
estoy obligado atrasladarme con ellos o puedo pedir la extincion del contrato y mi derecho al paro, soy fijo desde hace 6 años y ellos no quieren darmelo y dicen que no tienen obligacion a anada con los trabajadores que solo subiran sueldo aquienes les interesen y sera muy pocas cantidades las cuales no cobririan nuestros gastos y estabilidad familiar
Habría que mirar si se considera traslado o no para solicitar la extinción.
Buenos días , actualmente estoy trabajando para una Telco Española . Esta Telco subcontrata sus servicios a otras empresas, aunque el trabajo real que se realiza es para la primera empresa. Empecé trabajando para un servicio de esta empresa en Mayo 2014 a diciembre 2014 con un contrato de interinidad por sustitución de una baja de maternidad. La empresa decidió contratarme cuando volvió la compañera de baja cambiándome el contrato por obra y servicio hasta hoy septiembre 2018. La empresa subcontrata solo reconoce mi antigüedad desde diciembre 2014 porque dice que se hizo un cambio de contrato y hasta diciembre 2018 no me harían fija. También trabaje para la subcontrata y la Telco en un contrato de 3 meses de obra y servicio en 2013/ 2014 en otro proyecto. Es correcto lo que me dicen?
Un saludo
No, no se pierde la antigüedad por cambiar de contrato. No se debería tener en cuenta el tiempo trabajado en una subcontrata, salvo que haya cesión ilegal.
Buenos dias,
Querria saber si tengo derecho o no a cobrar el paro.
Sali de España en 2001 tras cerrar mi empresa. Trabaje 11 años en total y no pedi el paro, acepte un trabajo
en suiza al mes siguiente del despido.
Si vuelvo ahora a España, no si la prestacion que no cobre en su momento puedo pedirla o hay algun tipo de prescripcion.
He leido algo de 6 años, pero en mi caso creo que ese plazo no se aplica al haber sido residente en el extrajero.
Muchas Gracias
Hola. Quería comentar mi caso. Llevo un año y 5 meses en una empresa fijo. El día 20 de marzo me liquidaron me volvieron a llamar a los 20 días para empezar otra vez me comentó que seguiría manteniendo la misma antigüedad que antes eso se puede? Eso conlleva a que tampoco cobre el finiquito ya que me dijo que no perdería mi antigüedad eso sí firmando dicho finiquito pero sin cobrarlo. Eso se puede hacer?
La antigüedad no se pierde, pero eso no quiere decir que no tengas derecho al finiquito. Si en el finiquito se incluyen las vacaciones y las pagas extras, que te la abonen y disfruten ahora.