Conseguir la incapacidad permanente cuando no se trabaja
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El requisito de estar trabajando para conseguir la incapacidad permanente
Sí, es posible conseguir una incapacidad permanente a pesar de no esta trabajando.
Sin embargo, las opciones y requisitos son diferentes en función de la situación de la persona trabajadora, ya que, aunque no esté trabajando, no es lo mismo estar cobrando el paro o un subsidio o, sin percibir nada estar inscritos como demandantes de empleo en el SEPE y buscando empleo (que se podría considerar como situación asimilada al alta), que llevar varios años sin buscar trabajo.
La regla general viene establecida en el artículo 165 de la Ley General de la Seguridad Social que considera necesario estar trabajando (o situación asimilada que explicaremos a continuación) para poder conseguir una incapacidad permanente.
El citado artículo establece que para tener derecho a una prestación de la Seguridad Social el trabajador debe de «estar afiliadas y en alta en dicho Régimen o en situación asimilada a la de alta al sobrevenir la contingencia o situación protegida».
Como excepción a lo anterior, el artículo 195 de la citada ley establece que no es necesario estar trabajando para: «(…) las pensiones de incapacidad permanente en los grados de incapacidad permanente absoluta o gran invalidez«
Por lo tanto, si no trabajamos o estamos en situación asimilada al alta, sólo es posible conseguir una incapacidad permanente absoluta o de gran invalidez.
En relación con lo anterior, es conveniente señalar dos casos totalmente diferentes en las que se puede encontrar una persona que no está trabajando:
En primer lugar, trabajador en situación de asimilado al alta. Situación en la que se encuentra el trabajador que ha extinguido o suspendido su relación laboral con una empresa pero se encuentra, a determinados efectos, como si se estuviera trabajando de cara a la Seguridad Social.
Por ejemplo, una persona trabajadora que pierde el empleo y está cobrando el paro, o tras agotar la prestación del desempleo o subsidio, se mantiene apuntado en el desempleo de manera continuada.
Este trabajador tendrá derecho a una incapacidad permanente en las mismas condiciones que si estuviera trabajando. Aquí explicamos que situaciones más frecuentes se consideran asimiladas al alta.
Además, tendrá que tener los mínimos años cotizados para tener derecho a la incapacidad permanente.
En segundo lugar, trabajador que no está trabajando ni en ninguna situación asimilada al alta (que detallaremos más adelante).
En este caso, los requisitos son diferentes ya que se exige un periodo mayor de cotización (15 años) y sólo será posible conseguir la incapacidad permanente absoluta o de gran invalidez, pero nunca la total ni parcial.
Vamos a intentar explicar los dos casos por separado.
Persona trabajadora en situación de asimilada al alta
El concepto de situación asimilada al alta es un tanto complejo; es aquel en que, sin estar trabajando, la persona se encuentra, a determinados efectos, como si se estuviera trabajando de cara a la Seguridad Social.
En este sentido, puede que el trabajador se encuentre asimilado al alta a unos determinados efectos, pero no a otros, aunque aquí sólo haremos referencia a la situación a los efectos de incapacidad permanente.
Por ejemplo, un trabajador en excedencia por cuidado de un hijo o un familiar se encuentra asimilada al alta a los efectos de la incapacidad permanente o jubilación, pero no a los efectos de incapacidad temporal.
En el caso que nos interesa ahora, nos encontramos en una situación de asimilada al alta a los efectos de una incapacidad permanente en cualquiera de estos supuestos:
- Mientras se está cobrando la prestación o subsidio por desempleo.
- Una vez agotado la prestación o subsidio por desempleo, mientras se mantenga la inscripción como demandante de empleo en el SEPE. Por ello, es de vital importancia mantener siempre inscrito en el SEPE como demandante de empleo.
- Durante todo el periodo de incapacidad temporal, incluso aun cuando se extinga la relación laboral o la empresa deje de cotizar por superar los 545 días de incapacidad.
- Durante el periodo de vacaciones generadas y no disfrutadas que se abona en el finiquito.
- Trabajadores fijos discontinuos durante el tiempo en el cual no se trabaja, es decir, durante los periodos de inactividad.
- Excedencia forzosa por cargo pública o sindical o excedencia voluntaria por cuidado de un hijo o un familiar. No se encontraría en este caso un trabajador en excedencia voluntaria.
- Trabajador expatriado, es decir, el traslado de la persona trabajadora de manera temporal fuera del territorio nacional.
- Suscripción de un convenio especial con la seguridad social por la cual la persona trabajadora abona su cotización.
En cualquier de estas situaciones, se tiene derecho a la incapacidad permanente en las mismas condiciones que si se trabajara, sin que esto vaya a influir en la cuantía de pensión que nos corresponde.
Hay que recordar que la cuantía de la pensión y tiempo de cotización previa dependerá de varios factores, siendo el más importante la causa de la incapacidad, es decir, si deriva de una contingencia profesional (accidente laboral o enfermedad profesional) o contingencia común (enfermedad común o accidente no laboral).
Si quieres saber que cuantía te corresponde por la incapacidad te recomiendo este artículo.
Es resumen, podemos solicitar cualquier tipo de incapacidad permanente (parcial, total, absoluta o gran invalidez) siguiendo el procedimiento que aquí explicamos si nos encontramos en una situación asimilada al alta, aunque no estemos trabajando de manera efectiva.
Situaciones excepcionales que se ha considerado como asimilado
Además de todo lo anterior, existen casos particulares que, sin encontrarse en ninguna de las situaciones anteriores, la jurisprudencia ha considerado que el trabajador está en situación de asimilada al alta interpretando de una manera amplia y «humanitaria» la legislación, y en base a ello, se debe de tener el derecho a la incapacidad permanente:
Algunos ejemplos;
- Trabajador que solicita una excedencia voluntaria por considerar que no puede trabajar debido a su situación médica, y solicita una incapacidad permanente. Sentencia del 17 de julio de 2002 del Tribunal Superior de Justicia de Aragón.
- Trabajador que sufre un accidente de tráfico dos semanas después de solicitar una baja voluntaria y pendiente de iniciar un nueva relación laboral justo unos días antes del accidente. Sentencia del Tribunal Supremo de 23 de febrero de 2017.
- Trabajador que llevaba dos meses sin renovar la inscripción de la demanda de empleo en la que las dolencias que motivan la incapacidad permanente total ya las tenía antes de no renovar el paro. Sentencia del Tribunal Supremo de 8 de marzo de 2017.
En atención a estos supuestos, podemos indicar que excepcionalmente si el trabajador puede acreditar que no está trabajando por que no puede, no por que no quiere, podría llegar a tener derecho a la incapacidad permanente.
Persona que no está trabajando ni asimilada al alta
Para el caso de que no se esté trabajando, ni en ninguno de los supuestos anteriormente indicados, por que por ejemplo lleva un par de años sin trabajar y no estar inscrito como demandante de empleo en el SEPE, únicamente se podrá reconocer la incapacidad permanente en sus grados de absoluta o de gran invalidez.
Recordemos que la incapacidad permanente absoluta es aquella que impide por completo al trabajador la realización de cualquier profesión u oficio. No todas las tareas o profesiones, sino la mayoría de ellas.
Por otro lado, se considera gran Invalidez cuando, además de no poder trabajar en la mayoría de las profesiones, se necesita ayuda de terceros para las tareas cotidianas de la vida.
En este caso, se endurece el requisitos al exigir un período mínimo de cotización de 15 años, 3 de los cuales han de haberse cotizado dentro de los 10 años inmediatamente anteriores al mencionado hecho causante.
Si no tenemos ese periodo mínimo de cotización, será imposible conseguir una pensión por incapacidad permanente.
Si se quiere solicitar la incapacidad, hay que realizarlo siguiendo el procedimiento habitual.
Hola!
Dejé mi trabajo como responsable de departamento (grupo cotización 3) debido al estrés. Un mes después encontré otro trabajo más relajado (grupo de cotización 4), peor pagado también, claro.
El caso es que a los 15 días de haber empezado me dio un infarto. Llevo ya 4 meses de IT, pues me ha quedado una insuficiencia cardiaca (clase funcional II, FEVI<40%) y no acabo de levantarlo (mareos diarios, disnea, etc…).
La pregunta es si podría solicitar la IPT para el trabajo anterior (ejercido durante los últimos 4 años, pudiéndose considerar la profesión habitual) y mantener el trabajo actual (peor pagado pero menos estresante)?
La diferencia entre ambos es la cantidad de estrés, que ahora ya no podría manejar.
Decir que tengo en total más de 23 años cotizados.
Gracias!
Sería discutible, pero entiendo que existe base para reclamarlo. Te recomiendo que leas este artículo.
Gracias por la rápida respuesta. El artículo ya lo había leído, por eso mi duda. Pese a tener trabajo actualmente, 11 de los últimos 12 meses antes del infarto tuve un trabajo distinto, pudiéndose considerar este último como la profesión habitual en el momento de iniciarse la enfermedad común.
En el impreso de solicitud de Incapacidad, qué debería rellenar en el apartado 3 Datos de Situación Laboral?
«Última profesión que ha ejercido» debería indicar la habitual y no la actual, no?
Gracias de nuevo.
Sí, indicaría la que consideras como habitual.
Buenos dias, yo tengo obesidad morbida y depresión, insomnio, hace un mes que dejé de trabajar debido a la depresión y a que iba con el pie a rastras por culpa del peso, el medico no quiso darme la baja y yo viendome incapaz de seguir trabajando firme la baja voluntaria. Tengo derecho a una pensión, y como puedo solicitarla? Gracias.
El no estar en situación de alta o asimilada complica el hecho de tener derecho a una incapacidad permanente. Pero puedes solicitarla como explico en este artículo.
buenos dias,tengo a mi hermano con ictus hemorragico de alto riesgo desde hace 1 mes,toda la parte izquierda paralizada del cuerpo.
Mi preguntas es, le corresponde alguna discapacidad, su situacion es desmpleado? tiene 31 años cotizado
Gracias
Podría ser que tuviera derecho a la incapacidad permanente absoluta, o incluso gran invalidez. Tendría que iniciar el procedimiento.
Tendría algún impedimento,ya tengo todos los informes médicos entregados,que tiempo suelen tardar en contestar?
Depende bastante de la dirección provincial, pero actualmente el INSS está bastante colapsado.
Hola tengo casi 31 años cotizados llevo dos años cobrando la Rai y me han concedido el tercero por mi minusvalía de un 39% tengo neurofibromatosis . Voy a cumplir en agosto 60 años, no hay forma de encontrar trabajo. Me he planteado solicitar la incapacidad a la SS tengo alguna posibilidad de que me la concedan.
Gracias ..
Un saludo desde Menorca..
Puedes solicitarlo. Por la situación que me comentas, es complicado que en vía administrativa te lo concedan.
Gracias Alejandro por tu respuesta que debo hacer para solicitarla….
aquí lo explico. Presentar un escrito ante el INSS.
Alejandro crees que puedo tener alguna oportunidad para que me la concedan , por mi enfermedad mi médico de cabecera me dijo que si. El problema que tengo es que no hay manera de encontrar trabajo .
Es una cuestión médica y desconozco todos los datos como para dar una opinión. Si tu médico considera que sí, puede que tengas alguna opción.
Alejandro para hacer la solicitud debo tener un abogado que me ayude a tramitarla…el link que me has mandado me sale en inglés…
No, no es necesario.
Hola,
Tengo una pregunta padezco de depresión crónica y tomo muchas pastillas. He cotizado más de 20 años. Hace tiempo ya tuve que dejar de trabajar. Ahora me he planteado pedir la incapacidad. Tendría derecho a ella?
Un cordial saludo
Angela
Con los datos que me indicas, es complicado dar una opinión. No pierdes nada en solicitarla.
Buenos días:
He solicitado por vía judicial la incapacidad permanente absoluta.
Gane dos sentencias contra en INSS por imprudencia de alta médica y finalmente agotado el plazo solicite por vía administrativa la incapacidad y media la denegaron, después luego por vía oficio pasados 23 meses de baja médica y volvieron a denegarme la, hasta llegar a la demanda, mi pregunta es: puedo darme de alta autónoma en otra profesión distinta a la q ejecutaba teniendo ls demanda presentada? Y otra pregunta más, tengo q estar dada de Alta en demanda de empleo obligatoriamente? Y si solo tengo cotizaros 9 años, puedo pedir la absoluta? Muchísimas gracias
Hablaría con tu abogado, no existe una imposibilidad de hacerlo, pero puede que te perjudique ese hecho en el procedimiento judicial si pides la absoluta. Sobre la cotzación, depende del número de años que tngas.
Muchas gracias por responderme tan rapido.
He cotizado 9 años y 8 meses, y tengo 48 años, no sé si mi abogada vio ese detalle de mi cotización, me pareció extraño que solicitase la absoluta, pero igual estoy mal informada Alejandro
Por cotización, tienes derecho a la incapacidad permanente si estás en situación de alta o asimilada. Cuestión diferente es si también cumples el requisitos de incapacitación laboral.
Buenos días Alejandro, el trabajo que me ofrecen es para realizarlo en dos giras diarias y no tiene nada que ver con mi profesión habitual, pero además de que la abogada presentó la demanda para la absoluta , imagino q para pedir lo maximo, se añade a que yo también tengo reconocido un grado de discapacidad del 69.% y me imagino que eso influirá
Es una cuestión que es mejor que hables con tu abogada, que es la que te lleva el procedimiento, por respeto a su trabajo es mejor no interferir.
Tengo 4 años cotizados, tengo una discapacidad parcial permante, actualmente estoy cobrando un subsidio ya que acabe de trabajar en verano.. ¿Podria pedir una incapacidad?
Tengo 35 años.
Sin conocer si la situación médica sería suficiente para la incapacidad permanente, no tienes cotizado el periodo mínimo, así que creo que te lo denegarían por ese hecho.
hola! oye, hace una semana me accidente en mi motocicleta, fui al seguro y me dieron icapacidades sin estar trabajando, mi pregunta es, Puedo ir al banco a poder cobrar esas incapacidades?
Tuve un linfoma y transplante de médula hace ocho años me negaron la incapacidad .Hace dos años tuve que irme de la empresa en la que trabajaba Ahora se me ha vuelto a reproducir el linfoma puedo pedir una incapacidad yevaba trabajando 17 años gracias
Habría que saber si la limitación actual es superior a la anterior. Habría que ver los informes médicos y como fue la extinción de la relación laboral para saber si se puede defender que estás en situación asimilada al alta.
Mi marido está operado de cancer de laringe y tb tiene una aneurisma en la cabeza donde le pusieron un esten, tiene 62 años podría jubilarse por enfermedad. Ahora mismo está en acyivo y tiene cotizados 42 años. Muchas gracias.
Existe la jubilación anticipada, pero no por enfermedad. Si te refieres a una incapacidad permanente, habría que ver las limitaciones que tiene y el trabajo habitual.
Muchas gracias.
Hola;
El 15 de junio del 2020 entre por urgencias, y me dijeron que tenia cervicoartrosis, y me dieron la baja,fueron pasando los meses y en vez de mejorar, fui empeorando, en abril de este año me diagnosticaron, hiperalgesias inespecifica, cervicoatrosis, síndrome de miofascial escapular, fribromialgia, lumbalgia mecánica, tengo pautada medicación (opiacios) estoy a la espera de la unidad del dolor y psiquiatría. En julio pase por inspección medica y me alargaron la baja 3 meses mas, hace unos días el inss me mando un mensaje diciendo que me daban de alta y que me incorporara a mi trabajo (trabajo que no tengo pues estando de baja me echaron) , estoy desesperada pues no puedo realizar mi trabajo pues soy Socios sanitaría. Tengo cotizado unos 3 años, estoy dada de alta en el inem desde hoy, tengo derecho a pedir una incapacidad?gracias de ante mano
Desconozco la edad y entiendo que es una enfermedad común, pero si sólo tienes cotizados 3 años, puede que no alcances el periodo mínimo para tener derecho a la incapacidad.
Hola, mi marido tiene 55 años, actualmente está cobrando el subsidio mayores de 52.Tiene diabetes tipo 2,pancreatitos crónica exocrina y le negaron la incapacidad. Ahora está en la misma situación pero además tiene adenopatia periférica y está pendiente de una prótesis de cadera porque le cuesta caminar. Si vuelve a solicitar la incapacidad se la negarán por no estar trabajando?
Actualizo. Tiene más de 20 años cotizados
Si está cobrando el subsidio, no se debería denegar por ese motivo.
Buenas tardes,se puede pedir una incapacidad sin estar dada de alta en la SS?Y si se puede porqué vías se solicita gracias
Si, se puede, aunque se requiere tener cotizado más de 15 años, y sólo se puede conseguir el grado absoluta. Hay que seguir el procedimiento habitual.
Hola Alejandro, llevo de baja 280 días, tengo trastorno límite de la personalidad desde hace 18 años, pero siempre he trabajado, pero empecé a consumir cocaína hace 8 años y he agravado mi enfermedad,ahora también tengo agorafobia, no salgo nunca de casa, solo para ir al medico y nunca sola, tomo unas 20 patillas diarias, supongo qué me darán los 6 meses de prórroga, el caso es que no tengo trabajo, estoy
cobrando baja, era empleada del hogar ( no se tiene derecho a paro) se me acsbo el contrato estando de baja,no tengo trabajo ya,mi pregunta es, no puedo solicitar ninguna incapacidad ?Tengo 34 años y llevo cotizados unos 11 años,
Sí, puedes solicitar una incapacidad aunque actualmente no estés trabajando.
Y la prórroga de 6 meses, es lo que me preocupa la medicación qué tomo es muy fuerte, tomó 20 pastillas diarias ,me es imposible cuidar a una persona mayor en este estado,el tratamiento es largo, además aun no estaré bien cuando se me cumpla los 365 días,
Dependerá del INSS.
Hola buenas tardes simplemente os escribo para saber o conocer mi caso yo tengo 13 años cotizados a la seguridad social y tengo mis patologías crónicas como la hepatitis c una fibrilacion paroxistica hernia de disco de hace 20 años y ahora está doliendo mucho la cabeza y cervicales y tengo mareos se me duermen las manos y también tengo el estómago muy malito por eso quería que si puede me deis una orientación ando con la cabeza hacia adelante y no estoy derecho en fin lo mío es todo crónica y insuficiencia venosa también
Si no estás trabajando actualmente, puede que no cumplas con los requisitos.
Buenas tardes.
Se puede solicitar una excedencia estando en situación de incapacidad permanente total?
saludos
Entiendo que estás trabajando en una profesión compatible con tu incapacidad permanente, en dicho caso, sí, puedes pedir una excedencia.
Muchas gracias