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Posibilidad de perder tiempo de paro por estar de baja médica
Tenemos que analizar tres casos diferentes para dar respuesta a si se pierde paro por el hecho de estar de baja de incapacidad temporal, ya que en ocasiones, sí que se «pierde».
Para comprender mejor la cuestión, es necesario distinguir la causa que ha motivado una baja médica ya que puede ser provocado por dos contingencias diferentes:
- Contingencias comunes: baja derivada de una enfermedad común, o accidente no laboral.
- Contingencias profesionales: baja derivada por enfermedad profesional o accidente laboral.
Una vez hecha esta diferencia, conviene aclarar tres situaciones diferentes.
Situación 1: baja mientras se trabaja en una empresa y no se extingue la relación laboral
En esta situación, mientras la relación laboral esté vigente, nunca se consumirá paro.
Es más, durante todo este tiempo, se estará generado el derecho a prestación por desempleo ya que se está cotizando por parte de la empresa.
La cuestión variará, en caso de extinción de la relación laboral como comentamos en la siguiente situación.
Situación 2: finalización de la relación laboral por cualquier causa estando de baja por incapacidad temporal
En caso de extinción de la relación laboral, independientemente de la causa de ésta, siendo indiferente que sea baja voluntaria, despido o fin de contrato temporal, sí que pueda que se consuma paro.
En el momento de la extinción de la relación laboral, cesa la obligación de cotizar por parte de la empresa, sin embargo, la persona trabajadora seguirá cobrando mientras mantenga la baja médica, aunque no tenga cotizado lo suficiente para tener derecho a la prestación por desempleo.
En otras palabras, si se extingue la relación laboral estando de baja, seguiremos cobrando el subsidio de incapacidad temporal, aunque nadie cotizará a la seguridad social por nosotros.
En cuanto a si consume o no paro, dependerá de lo que haga el trabajador en caso de que la baja sea por contingencias comunes (enfermedad común o accidente no laboral), cuando le den el alta médica, surgiendo dos posibilidades:
- Pedir la prestación por desempleo. El trabajador tiene un plazo de 15 días hábiles para solicitar la prestación por desempleo desde el alta médica. En este caso, el tiempo de baja médica se descontará del derecho a prestación por desempleo que tenía derecho. Es decir, si solicitamos el desempleo nada más recibamos el alta médica, sí que consumiremos el paro generado. Pero ese paro consumido será cotizado por la seguridad social, es decir, que durante todo el periodo de baja habremos cotizado a la seguridad social. Si tenemos menos desempleo del tiempo que tenemos de paro, simplemente nos cotizarán los meses que tengamos derecho a paro e incluso puede que luego tengamos derecho algún subsidio por desempleo.
- No pedir la prestación por desempleo y buscar otro empleo. En este caso, no se consumirá la prestación por desempleo generada, pero el periodo que va desde la extinción de la relación laboral hasta el alta médica no se entenderá cotizada, es decir, será como una laguna de cotización. Si encontramos un nuevo empleo, cuando éste finalice se sumará el periodo cotizado en la anterior empresa para calcular el tiempo de paro al que se tiene derecho, teniendo en cuenta que sólo computa a los efectos de paro lo cotizado en los últimos seis años.
En resumen, si pedimos el paro lo consume pero también cotizaremos el periodo de baja, en caso contrario no se consumirá el paro, pero existirá una laguna de cotización a los efectos de la jubilación u otra contingencia.
¿Qué es lo más recomendable? Dependerá de cada caso particular, las posibilidades de encontrar un empleo, edad del trabajador, tiempo de baja…
En caso de que sea por contingencias profesionales (accidente labora o enfermedad profesional), no tendremos la problemática anterior, ya que nunca consumirá prestación por desempleo cuando nos den el alta, ahora bien, por contra, dicho periodo siempre aparecerá como no cotizado.
Es decir, en caso de contingencia profesional, es indiferente que solicitemos inmediatamente el desempleo, para lo cual tenemos 15 días hábiles, ya que no va a afectar al hecho de que no se cotice ni de consumir el desempleo.
En cualquier caso, para paliar esta laguna de cotización se puede realizar un convenio especial con la seguridad social.
Este tipo de convenios sirve para que el trabajador pague su propia cotización a la seguridad social para evitar lagunas.
Por último, una duda fundamental en esta situación es, ¿Cuánto cobraré cuando se produzca la extinción?
La cuantía del subsidio también depende de la causa de la baja:
- Baja por contingencias profesionales (enfermedad profesional o accidente laboral), tendremos que pedir el pago directo a la mutua y cobraremos el 75% de nuestra base reguladora.
- Baja por contingencias comunes (enfermedad común o accidente no laboral), se cobrará la misma cuantía que correspondería en caso de solicitar directamente la prestación por desempleo. En este caso, el pago directo se debe solicitar a la mutua o al INSS, en función de con quien la empresa tenga las contingencias comunes. Normalmente es la mutua.
En cualquier caso, si quieres más información sobre este tema te recomiendo este artículo.
Situación 3: iniciar una incapacidad temporal estando cobrando el paro
En este caso, sí que estamos consumiendo prestación por desempleo mientras estemos de baja.
Además, en caso de estar cobrando el paro e iniciemos una incapacidad temporal, no debe variar ni la cuantía que nos corresponde ni la duración de la prestación por desempleo. Por lo tanto, en este caso no aumentaremos el tiempo que nos queda de paro por el hecho de estar de baja.
No obstante, si la baja por incapacidad temporal continúa una vez finalice el tiempo de paro al que tenemos derecho, pasaremos a cobrar el subsidio de incapacidad temporal cuya cuantía es el 80% del IPREM.
La obligación de cotizar por parte del SEPE, cesará en el momento que finalice el derecho a la prestación por desempleo, ya que durante el tiempo que se está percibiendo el subsidio, no se estará cotizando a la seguridad social.
Esta cuestión varia en caso de que se considere recaída de una baja sufrida mientras existía una relación laboral.
Recordemos que se considera que existe recaída en un mismo proceso de incapacidad, desde un punto de vista de derecho laboral, cuando se produzca una nueva baja médica por la misma o similar patología dentro de los ciento ochenta días naturales siguientes a la fecha de efectos del alta médica anterior.
En este caso, la cuantía que se percibe es la misma que se cobra estando de desempleo, y seguirá cobrando hasta que finalice la incapacidad temporal, por lo tanto, da igual que consumamos el tiempo de prestación de desempleo que tengamos generado.
Ahora bien, la obligación de cotizar por parte del SEPE cesará en el momento que el trabajador se le agote el derecho a prestación por desempleo, aunque seguirá cobrando mientras mantenga la baja.
Como en el caso comentado anteriormente, el trabajador podrá suscribir un convenio especial con la seguridad social para paliar las lagunas de cotización.
Buenos días Alejandro,de antemano darte las gracias por aclararnos tanto.yo me hice daño en la rodilla en mi puesto de trabajo y la mutua no lo entendió así y me derivaron a la seguridad social descontandome un dinero al entenderse como enfermedad común.mi pregunta es¿Estando de baja por enfermedad común,consumo mi paro acumulado?
Gracias de nuevo
Si no se extingue la relación laboral, nunca se consume paro.
Estoy de baja por accidente de trabajo . Y mi contrato se ha acabado . El tiempo que esté de baja por dicho accidente se descuenta del paro que yo tenga acumulado. Gracias de antemano
No.
Me han comunicado un erte..aún no se han empezado las negociaciones pero estoy embarazada con riesgo de aborto y voy a pedir la baja antes de que se haga efectivo el erte. Mi pregunta es la siguiente, si voy de baja antes de que se haga efectivo el erte que pasaría? Consumiría paro? Que pasaría con el erte en caso de que este de baja? Si me doy de alta pasaría directamente al erte, habría alguna consecuencia?
Se te incluye en el ERTE, pero sólo te afectaría cuando te den el alta.
Buenos días Alejandro,
Dos semanas antes de acabar mi contrato laboral (con la Generalitat Valenciana) tuve un accidente no laboral, ahora me está pagando el INSS, mi duda es, si cuando me den el alta médica no pido paro ¿Cómo arreglo esa laguna que no he cotizado para evitar posibles problemas en el futuro por si de nuevo tengo que solicitar la prestación por desempleo o alguna incapacidad temporal?
Por otro lado, me mandaron una carta en la que se reflejaba la cuantía que iba a cobrar por meses y después de febrero no me pone nada, por lo que entendí que me consumía paro directamente, como si se me acabara en febrero y ya después no cobro nada,(pero en teoría no consumo paro si no lo pido tras el alta médica, no?), pero si aún sigo de baja médica en febrero, tengo que hacer algún trámite para seguir cobrando, ¿cobraré menos?.
Muchas gracias por todo.
La forma de cotizar sería con un convenio especial a la seguridad social, pero con ese convenio no se cotiza ni al desempleo ni a la incapacidad temporal. Desconozco el contenido de la carta, pero en principio cobras mientras mantengas la baja.
Buenas Alejandro,le quería preguntar,yo el año pasado estuve de baja durante 8 o 9 meses por depresión ,pero aún seguía teniendo mi contrato vigente con la empresa..después me di de alta ,pero decidí abandonar el empleo con una baja voluntaria… Y segui trabajando en otros sitios…pero en el trabajo que ahora mismo me acaban de despedir, quiero ir a pedir el paro y yo quería saber si la temporada de baja que tuve influyó en mi paro o si me corresponde paro,por favor
Durante la relación laboral, nunca se consume paro y no se pierde. No te influye.
Buenos días Alejandro, mi se acaba el paro y estoy de baja médica , después del alta tengo derecho de substituto? Gracias
Depende de si la baja es recaída cuando comenzaste la baja. Aquí lo explico.
Buenos días.
He leído varios de los comentarios para ver si podían resolver mi duda pero sigo sin tener claro que pasaría en mi situación.
En mi caso, estaba fija en la empresa y cogí la baja por contingencias comunes. Al día siguiente me despidieron y solicité el pago directo con la mutua ( a día de hoy sigo en esa situación. ) Mi pregunta es, una vez me den el alta , si es para empezar en un nuevo trabajo, me descontarán de ese paro los 4 meses que llevo de baja? Según lo que leo aquí no, pero entonces estaría en el caso de la laguna de cotización, que repercusiones tiene eso?
Por otro lado, hay un mínimo necesario de contrato para que una vez finalice este nuevo empleo pueda solicitar todo el paro no consumido antes del despido y la baja?
Muchas gracias!
Saludos.
Efectivamente no consumirías pero, pero nadie cotizaría. La laguna de cotización podría afectar para un futuro paro o incapacidad permanente, depende de es una pregunta amplia. No, no hay un mínimo necesario en un nuevo empleo.
Buenas tardes , soy fija discontinua con una antigüedad de 12 años , estoy de baja por enfermedad común ( ansiedad) mi contrato finaliza a mediados de octubre de este 2024, hasta ahora tengo 1 año y 3 meses generados para la nueva prestación por desempleo una vez me den el alta, mi pregunta es , si sigo de baja por el mismo motivo ,una vez se me haya finalizado el contrato , esos meses se me descontarán de lo que tengo cotizado para el paro ?
Se te descontarán si cuando te den el alta solicitas el paro.
Buenas,
llevo en la misma empresa desde hace 7 años, estuve 2 años de baja por una operación, pero en ese proceso la empresa me dio de baja al cumplirse los 545 días. El tribunal médico me dio el alta y la empresa me incorporó de nuevo haciéndome un nuevo contrato. En ese nuevo contrato, me quitaron la antiguedad y me pusieron 60 días de prueba (cuando llevo 7 años en la empresa). Evidentemente era una manera de despedirme sin tener que pagarme la indemnización de tantos años. Me han avisado que no he superado el periodo de prueba, tendría derecho a cobrar el paro?
Demanda por despido, ese periodo de prueba no es válido, y deberías tener derecho a paro.
Hola. Quería consultarle.
Me di de baja un día antes de que me despidieran por causas disciplinarias. Cobro por pago directo de la mutua. El Tribunal Médico me va a denegar la Incapacidad Permanente. Cuando me de el alta el Tribunal si yo no solicito el paro y me pusiese a trabajar, podría solicitar el paro o en este caso lo perdería. Mi abogado ha pedido que sea despido nulo.
Muchas gracias y felicitaciones
No entiendo muy bien cuando te refieres a pedir el paro, si empiezas a trabajar podrás cobrar el paro en caso de despido o fin de contrato temporal.
Buenos días Alejandro y muchas gracias por tu labor. Terminé un contrato y tuve un accidente, estoy cobrando el paro y de baja cobrando el paro pero el 6 de agosto es el último día que cobro, me han extendido la baja hasta el 13 de agosto al ser una fractura de mano complicada que irá para largo. Debo ir al INNS para que me sigan pagando la baja? Qué documentación tengo que llevar? Me han dicho que el último parte de baja, el certificado del sepe diciendo que se acaba la prestación y el dni es correcto?
¿Empezaste la baja estando en el paro? Si es por enfermedad común, tendrás que solicitar en el SEPE el subsidio de incapacidad temporal.
Hola!
Me acaban de dar el alta tras la prórroga de 6 meses. Me despidieron y me ha estado pagando la mutua hasta ahora. He encontrado trabajo antes de cobrar el paro, es eventual… Cuando me vuelva a apuntar, como calculan el importe? Solo con la base de cotización de este nuevo empleo o también con el anterior? Gravias
Se tiene en cuenta los últimos 180 días efectivamente cotizados, así que se tiene en cuenta este empleo y el anterior.
Hola, gracias de antemano. Estoy cobrando la prestación mediante la mutua del cuidado del menor por enfermedad grave (CUME), según los médicos aún estaré de baja para cuidar al niño 2 meses más. Pero la empresa donde soy fijo, ha despedido incluido a mí a la mitad de la plantilla (50 trabajadores) de forma justificada por pérdida de clientes, pagándome los días por año correspondientes. El Cume que es el 99,99% del salario me lo paga la mutua con la seguridad social. ¿He de solicitar el paro una vez finalizado el CUME? o al finalizar el contrato con la empresa que será efectivo el dia 28 de este mes me ha de dar de alta en el paro la empresa? gracias
Al extinguir la relación laboral finalice la CUME también.
Hola estoy de baja por enfermedad común desde el 22-11-2022 y mi contrato con la empresa se acabó el 23-11-2023 lo cual pase a cobrar pago directo al INSS descontándole los 6 meses de paro ,pero el paro se me acabo el 18-5-2025 y sigo de baja a día de hoy , ahora mi pregunta es sigo cobrando del INSS hasta el alta medica y cobraria lo mismo que hasta ahora o cobraría 480 euros solo como si fuese subsidio? Eh consumido los 545 días de baja y acabo de pasar tribunal medico y me han dicho que sigo de baja.
Si el contrato finalizó mientras estabas de baja, por ahora no has consumido paro y no se varía la cuantía que percibes.
Buenos días, ante todo,muchísimas gracias por atenderme.Hace un año tuve un accidente trabajando,mutua me dio el alta y la empresa me dejó parado,he vuelto a recaer,de echo me tienen que operar,que debería hacer,llevo cobrando el paro casi un año.
Muchas gracias,un saludo
Solicitar la baja a la mutua por recaída.
Hola! Estando de baja me despidieron el 31 de diciembre del 2023. El lunes cogí el alta y el día 8 de abril empiezo a trabajar en otra empresa. Mi idea es no solicitar la prestación, crees que me compensa? Si no la solicito tengo que notificar algo al SEPE? Lo que si he hecho es inscribirme al paro. Gracias.
Sobre si compensa o no depende de cada caso particular, no, no tienes que notificar al SEPE.
Hola Alejandro,
Estando en paro, he tenido un problema grave de salud (estoy hospitalizado )por lo que llevo de baja desde el 11 de enero (estamos a 12 de febrero). El líquido que previno ha bajado unos 50 euros y, por lo que veo en la web del SEPE, mi próxima bajará aún más. De qué forma podría ser esto compatible con lo que comentas sobre deberíamos percibir la misma cantidad?
Si llevas más de seis meses de paro, que la cuantía de la prestación pasa del 70% al 60%.
Hola Alejandro !
Quiero una explicación.
Trabajé cuando me dieron el baja por enfermedad común. Cuando termine la campaña y me despidan, pero todavía estoy de baja ¿quién me pagará? ¿Y si descontarán los días de paro que he tenido antes ? Soy fiha descontinua .
¡Muchas gracias por la ayuda !
Te paga la mutua o la seguridad social. Seguramente la mutua. Te descuentan paro si cuando te den el alta, solicitas el desempleo.
Hola, estoy en periodo de prueba de un nuevo empleo,me están haciendo mobbing, a consecuencia de esto tengo problemas de salud mental, he ido al médico y me dan baja por depresión, la prestación se consume del paro ? O como funciona.? Te lo tramita el médico o se tiene q hacer algo?Gracias
Mientras exista la relación laboral, no consumes paro.
HOLA …ANTETODO GRACIAS…LE QUERIA PREGUNTAR TENGO UNA PRESTACION CONTRIBUTIVA O DESEMPLEO YA APROBADO DEL CUAL HE COBRADO APROXIMADAMENTE UN MES,ME QUEDA POR COBRAR TODAVIA UNOS TRES MESES PERO HE EMPEZADO A TRABAJAR,PROBABLEMENTE ME TENGA QUE DAR DE BAJA POR ENFERMEDAD,POR RECAIDA DE UNOS DOLORES EN LOS CODOS,Y QUISIERA PREGUNTARLE,SI ME DOY DE BAJA,EL TIEMPO QUE ESTE DE BAJA DESPUES ME LO DESCONTARIAN DEL DESEMPLEO QUE YA TENGO APROBADO?
Si estás trabajando, no.
Hola Alejandro a ver si puedes ayudar,mi duda es la siguiente:
En Abril de 2022 cogí la baja por enfermedad comun, al mes siguiente me hicieron un despido improcedente y seguí cobrando por la mutua, en agosto de 2022 me incorporé en un nuevo empleo y a los 20 días tuve que coger la baja por lo cual me despidieron por no superar la prueba, tuve que realizar pago directo con el INSS en mayo del 2023 tras pasar por el tribunal médico me dieron una prórroga de 6 meses más,solicité grado de incapacidad el cual me han desestimado tras la impugnación correspondiente, ahora tengo 20 dias para reclamar judicialmente y me encuentro sin recursos, hoy he ido a informarme al SEPE y me han dicho que no tengo derecho a ningun tipo de ayuda puesto que el requisito es estar 1 año en desempleo, pero a la vez me han dicho que si no solicito nada y vuelvo a trabajar aunque sea un día podria solicitar 14 meses de paro que tengo acumulado,lo cual no entiendo , tenia entendido que estando de baja por enfermedad común te lo descontaban de el subsidio, la ultima prestación la agoté en 2016.
Es correcta la información recibida , no entiendo que tenga 14 meses acumulados y tenga que trabajar mínimo 1 dia para solicitarlo. A ver si me puedes aclarar la situación, gracias.
Como explico en el artículo y según la información que te han dado, si solicitas el paro, el tiempo que has estado de IT sin relación laboral, la consumes del paro.
Buenas noches Alejandro.
Mi situación es esta.
Caí de baja trabajando en un supermercado,el cual me despidió a los 2 días de solicitar la baja.pase a la mutua y solicité pago directo mientras no me operaron del hombro…osea que estuve esperando la operación 1 año,me pagaron ellos.pasado el año me pasaron al INSS y seguí cobrando de la mutua.6 meses después me dan el alta en el INSS y empiezo a trabajar de nuevo.
Creo que me quedaban como 6 meses de paro antes de solicitar pago directo…
Me gustaría saber si ese paro fue consumido o todavía dispongo de el
Gracias de antemano
No, no lo has consumido al no haber solicitado el paro.
Hola soy fija discontinuo y estoy de baja desde septiembre por una cefalea y ahora me dieron el alta para el día 4 de febrero que me corresponde haser es mi primera baja de larga duración gracias
No se a que te refieres, con el alta, tienes la obligación de incorporarte a la empresa.
Hola Alejandro, muchas gracias por toda la información que nos brindas. Es de gran utilidad para tod@s los trabajador@s. Te quería preguntar porque yo estoy en una situación un poco peculiar, llevo unos cuantos meses esperando resolución de incapacidad permanente, que no me van a dar, porque en la cita del EVI hablando con la Dra las dos opinábamos que no era lo ideal dada mi situación. Así que me encuentro en la situación de prolongación de efectos económicos de la incapacidad temporal recogida en el art. 174.5 del TRLGSS, pero en situación legal de desempleo. Cuando salga la resolución de la IP, ¿todos estos meses de demora administrativa me los quitarán del paro al que tengo derecho? Si hubiera estado en el paro tendría que haber estado cobrando más estos meses porque tenía reducción de jornada por cuidado de menores, y en cambio tengo la prestación «congelada» al 75% de la base reguladora de la jornada reducida que hacía y no de la completa. Así que me veo perdiendo dinero también en todo este proceso… :S Muchas gracias de antemano por leerme. Un saludo!
¿Te refieres a situación legal de desempleo por que ha existido una extinción de la relación laboral? Si estás cobrando el 75% tras la extinción de la relación laboral es por que la contingencia es profesional, y en dicho caso no consumes paro.
Eso es, ha sido tras la extinción de la relación laboral vía judicial, pero la contingencia se ha determinado como común por el INSS. La extinción se dio una vez pasados los 545 días de la IT mientras estaba pendiente de citación para valoración por el EVI de una posible incapacidad permanente, y desde entonces la mutua me sigue abonando el 75% de la base reguladora, no ha cambiado los importes.
Si es común, sí que consumes paro, y quizás la mutua regulariza los pagos que no han sido correctos.
Hola Alejandro estoy de baja x artritis osea enfermedad común y tengo contrato fijo me correría el paro graciasss
Mientras estás trabajando, no consumes paro.
Buenas tardes estoy de baja por contingencias comunes por que estoy embarazada de 11 semanas y tuve una pelea con mi jefe y me fui.sigo de baja médica imagino que me paga el INSS pero consumo paro?después mi padre me dará de alta en su empresa para poder cojer el paro en unos meses.me gustaría que me ayudara gracias
Si no solicitas el paro cuando te den el alta, no consumes paro.
Estoy de baja .me despidió la empresa tenía cuatro meses de paro i los e consumido .sigo cobrando igual que antes
Si sigues de baja iniciada antes del despido, sí, seguirás cobrando los mismo.
Buenos dias, yo estoy de baja por depresion y ansiedad y se me acana el contrato el 13 de febrero, he trabajado 1 año, que me aconseja qie siga de baja o pido el subsidio?
Gracias de antemano
Normalmente es recomendable mantener la baja.
Buenas Alejandro, gracias a tus ayudas por resolver muchas dudas de muchas personas que no estamos bien informadas o que no sabemos cómo va el tema. Mi duda es; estoy de baja por enfermedad común y me dan el alta el mismo día que termino mi contrato. Si solicito el paro me descuentan los días que he estado de baja?
No.
Buenas alejando! Entonces si estoy de baja por contingencia común con un contrato fijo, además de no gastar mis prestaciones genero más paro?
Mientras se mantenga la relación laboral, sí.
Llevaba un mes en el paro y tengo un accidente practicando deporte.
Informe al SEPE y ahora me paga el INSS, pero el paro sigue corriendo. Eso es correcto?.
Hay alguna manera de que no corra el paro y que el INSS se siga haciendo cargo del pago?
No, el paro sigue corriendo.
Hola podría consultarle?
Hola muy buenas sr Alejandro estoi de baja por accidente y he finalizado el contrato consumo la ayuda familiar estando de baja
no, los subsidios no se consumen.
Si
Gracias Alejandro como puedo contactar con usted
Buenas estoy de baja y me termina el contrato no tengo paro que cobraré igual la baja o cobraré el 80% del Iprem
Cobrarás la baja, pero la misma cuantía que te correspondería de paro.
Tengo una duda, se me ha acabado el contrato estando en una IT, por enfermedad común. Esos días la mutua dice que me los paga por paro directo. Pero y sino pido el paro después en el SEPE, que pasa? Cuenta como he pedido el paro o me descuentan los días para una futura prestación.
si no pides el paro no se te descuenta.
Excelente artículo. Muchas gracias!
Buenas tardes
Estoy de baja medica desde el 2/9/2022 prorrogada por el INNS el dia 6/9/2023,el pasado 16 de Agosto se agotó mi prestación por desempleo ¿me pueden decir si voy a cobrar alguna prestación por parte del INNS y cual sería la cuantía a percibir? Actualmente tengo 60 años y en el SEPE me dicen que no puedo solicitar el subsidio para mayores de 55 porque dependo del alta médica del INNS y cuando la reciba,tiene que pasar 1 mes para poder acceder a este.
Gracias
Puedes pedir al SEPE el subsidio por incapacidad temporal si mantienes la baja, que es parecido al subsidio de mayores de 52 años, aunque no es el mismo ni con los mismos derechos.
Hola buenas tardes mi nombre es Santiago estaba cobrando el paro y la empresa en la que trabajo me llamo a trabajar, y le dije que no podía ir porque estaba enfermo, me dijo que le tenía que mandar la baja médica, yo sigo cobrando el paro o por estar con la baja el paro se me suspende.
El paro no se prolonga por el hecho de estar de baja por incapacidad temporal, es decir, la duración es la misma.
Hola, gracias por tu labor, querría hacerte una consulta, en el caso de estar de baja por depresion laboral y la empresa cierra y me voy al paro, la base de cotización es la misma que tenía mientras estaba trabajando? O baja la base? Me encuentro de baja y la empresa lo más seguro es que cierre en unos meses, y mi duda es si me afectará a la hora de pedir el paro? Si cobraré menos por haber estado de baja.
Espero haberme explicado bien y muchas gracias
Una vez cierre la empresa, seguirás cobrando, pero no cotizas. Lo que percibes es lo mismo que cobrarías en caso de desempleo, y por otro lado, cotizas, si cuando te den el alta, solicitas el desempleo, pero sólo cotizas el tiempo que tuvieras derecho a desempleo. Está explicado todo en el artículo.
Buenas yo estoy cobrando paró, y estoy debajo por enfermedad común la baja me la dio el médico de cabecera, mi pregunta es la siguiente cuando se me termine el paró sigo cobrando????
Dejarás de cobrar el paro, empezarás a percibir el subsidio que si tu último contrato era a jornada completa, es de unos 480 euros.
Hola yo he tenido accidente de iT se me acaba el contrato ahora me sigue pagando la seguridada social .pero me lo van a descontar del paro ??o el paro se queda guardado para cuando esté de alta?
Si es un accidente laboral, no consumes paro.
Buenas tardes.
Tengo una duda. Estaba trabajando y me fui de baja por contingencias comunes, pero ayer se me acabó el contrato y yo sigo de baja. Tengo que pedir el paro o tengo que esperar a que me den el alta para poder pedirlo?
En el caso de que no pueda pedir el paro hasta finalizar la baja que tendría que preguntar a la mutua si estos días sin trabajar me los tienen que pagar ellos??
Muchas gracias de antemano.
Un saludo.
Tamara.
El paro lo pides cuando te den el alta, y mientras te sigas de baja te paga la mutua o el INSS en función de con quien tenga la empresa las contingencias comunes. Seguramente será la mutua.
Hola. Me despiden estando de baja. Me paga la mutua la IT. Yenia 8 meses de paro y se me acaban este mes. Cuando se me acabe, quien me paga y cuanto me pagan hasta que me den el alta?. Gracias
Aunque se te acabe el paro que tenías, te sigue pagando la mutua.
Buenos días Alejandro!
Primero de todo,felicitarte por la enorme labor de ayudar a esclarecer tantas dudas,gracias por ello.
Segundo,expongo mi caso:estoy de baja por una recaída que está especificada con tal en el parte de baja,se me acabó el contrato el día 1 de mayo,y me han notificado que no me renuevan. Mi duda es: Si sigo de baja,que es lo más probable,estaré consumiendo el paro? Al ser una recaída,tengo mis dudas. Gracias de antemano,un saludo
Si la baja es por contingencia común, sí, consumes paro si luego lo solicitas.
Muchas gracias por tu pronta respuesta 😊