Contrato para la formación y el aprendizaje
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El contrato para la formación y el aprendizaje
El contrato para la formación y el aprendizaje tiene como finalidad la obtención por parte del trabajador de una cualificación profesional mientras tiene un contrato laboral con una empresa.
Es decir, el trabajador recibe una formación, en el marco del sistema de formación profesional para el empleo (certificados de profesionalidad) o del sistema educativo (título de formación profesional) a la vez que tiene un contrato laboral, y por tanto, una remuneración salarial.
Este contrato viene regulado en el artículo 11 apartado 2 del Estatuto de los Trabajadores y desarrollado por el Real Decreto 1529/2012, de 8 de noviembre, por el que se desarrolla el contrato para la formación y el aprendizaje y se establecen las bases de la formación dual.
Para optar a este tipo de contratos, muy utilizados por las empresas debido a las bonificaciones existentes, el trabajador debe cumplir una serie de requisitos.
Requisitos de los trabajadores
Trabajadores mayores de 16 y menores de 25 (y menores de 30 años hasta que la tasa de desempleo esté por debajo del 15%), sin cualificación profesional obtenida y reconocida por el sistema de formación profesional para el empleo o del sistema educativo, y que no tenga cualificación para la realización de un contrato en prácticas.
No obstante, no existirá límite de edad cuando el contrato se concierte con personas con discapacidad y en los supuestos de contratos celebrados con alumnos participantes en proyectos de empleo y formación, y con los colectivos en situación de exclusión social previsto en la ley 44/2007, de 13 de diciembre para la regulación del régimen de las empresas de inserción.
Cuando no se pueden realizar estos contratos
El objetivo de estos contratos es dotar de una formación a aquellos trabajadores que no posean un formación profesional, por lo menos, en el sector en el que van a trabajar.
Por lo tanto, una vez realizado un contrato de la formación y el aprendizaje para una determinada formación y cualificación profesional con una duración superior a 12 meses, no podrá ser contratado bajo por la misma o distinta empresa, salvo que la formación inherente al nuevo contrato para la formación tenga por objeto la obtención de distinta cualificación profesional.
Duración
La duración establecida en el Estatuto de los trabajadores es la siguiente:
- Mínimo: 1 año.
- Máximo 3 años.
Por otro lado, el convenio colectivo puede establecer otras duraciones acorde con sus necesidades organizativas de las empresas, pero la duración mínima será en todo caso de 6 meses y la máxima 3 años.
La duración será interrumpida, en caso de situación de incapacidad temporal, riesgo durante el embarazo, maternidad, adopción o acogimiento, riesgo durante la lactancia y paternidad; debiendo la empresa comunicar dichas incidencias al SEPE a fin de que tenga efecto la interrupción de la duración máxima.
Si el contrato se realiza por una duración inferior a la máxima legal se puede prorrogar hasta dos veces por acuerdo entre las partes, pero cada prórroga no puede durar menos de 6 meses y la duración total de contrato jamás excederá de 3 años.
Si el trabajador no acepta una prórroga ofrecida por la empresa, se considerara baja voluntaria, y por tanto, el trabajador no tendrá derecho a recibir la prestación por desempleo.
Formalización
Deberá realizarse por escrito en los modelos oficiales establecidos por el SEPE, haciendo constar expresamente los siguientes contenidos:
- Contrato
- Acuerdo para la actividad formativa en contrato para la formación y el aprendizaje, que deberá de recogerse en formativo oficial a continuación de la autorización del inicio de la actividad formativa por el SEPE:
- La actividad formativa inherente al este contrato es fundamental en el mismo, por eso se han establecido límites al tipo de formación a impartir, así la formación tendrá que ser la necesaria para la obtención de un título de formación profesional de grado medio o superior, un certificado de profesionalidad, o una certificación académica o acreditación parcial acumulable, si no se podrá obtener uno de estos títulos el contrato no se podrá celebrar.
- Además como medida de control la formación tendrá que se autorizada de manera previa al inicio de la relación laboral, por el SEPE, por lo que la empresa tendrá que aportar, a través del registro electrónico, de manera previa al inicio de la relación laboral la solicitud de la autorización de manera conjunta con el acuerdo para la actividad formativa.
- Durante la vida del contrato habrá que comunicar a mayores al SEPE
- Cualquier modificación del acuerdo formativo, que tendrán que ser validadas.
- Los centros de formación, cada mes o al final del ejercicio presupuestario, tendrán que comunicar los mismos datos que deben figurar en la factura que emitan a las empresas, esto es:
- Datos de los participantes
- nombre del centro
- formación realizada
- número de horas realizadas en el mes
- fecha
- representante legal del centro
- Y por supuesto a la finalización de la actividad formativa, está también habrá que comunicarla.
En el plazo de 10 días empresario deberá de comunicar la formalización y finalización de los contratos y sus anexos al SEPE, así como el “acuerdo para la actividad formativa”.
Jornada
El tiempo de trabajo efectivo, no podrá ser superior al 75% el primer año o al 85% el segundo y tercer año, de la jornada máxima prevista en el convenio y si no existe convenio de la jornada máxima legal (1826 horas y 27 minutos).
Además no pueden concertarse a tiempo parcial (art. 12.2 ET; art. 8.1 R.D. 1529/2012).
Es importante tener en cuenta, que para los supuestos en los que la jornada diaria de trabajo incluya tanto tiempo de trabajo efectivo como actividad formativa, los desplazamientos necesarios para asistir al centro de formación deberán de computarse como tiempo de trabajo efectivo, aunque este no será retribuido.
Limitaciones en la jornada diaria
Las jornadas tienen las mismas limitaciones que las de cualquier contrato de trabajo:
- La duración máxima de la jornada ordinaria de trabajo será de 40 horas semanales de trabajo efectivo de promedio en cómputo anual.
- Entre el final de una jornada y el comienzo de la siguiente mediarán, como mínimo, doce horas.
- El número de horas ordinarias de trabajo efectivo no podrá ser superior a nueve diarias, salvo que por convenio colectivo o, en su defecto, acuerdo entre la empresa y los representantes de los trabajadores, se establezca otra distribución.
A lo que hay que añadir que, el trabajador no pueden realizar horas extras, salvo los realizados para prevenir o reparar siniestros o daños extraordinarios, y tampoco pueden realizar trabajo a turnos ni nocturnos.
Salario
El salario será el que indique el convenio colectivo para este tipo de contratos. que nunca podrá ser inferior al SMI, el cual está fijado para el año 2022 en 965 € en 14 pagas, en proporción al tiempo de trabajo efectivo.
Es decir, como mínimo el salario a percibir en un contrato de formación y aprendizaje es del 75% del S.M.I. durante el 1er año y del 85% del S.M.I. durante el 2º y 3er año.
Período de prueba
No existe ninguna peculiaridad en los periodos de prueba en estos contratos, por ello, para analizarlo nos remitimos al artículo referente al periodo de prueba.
En cualquier caso, si al término del contrato el trabajador continúa en la empresa, no podrá pactarse nuevo periodo de prueba y se computará a efectos de antigüedad la duración del contrato de formación.
Extinción del contrato
La finalización del contrato de aprendizaje por la duración del tiempo estipulado en el contrato no da derecho a ningún tipo de indemnización al trabajador, no obstante sí que tendrá derecho a finiquito.
Para dar por extinguido el contrato, se requiere denuncia de alguna de las partes y notificación con antelación mínima de 15 días a su terminación.
Si la empresa incumple el preaviso, deberá indemnizar con los días en que dicho plazo se haya incumplido. Si la finalización no se produce por el cumplimiento de la duración pactada, nos encontramos ante un despido que podrá ser, en función de las causas del mismo:
Si no existe causa para el despido, o no se ha seguido el procedimiento adecuado, el trabajador podrá demandar por despido improcedente en un plazo de 20 días hábiles desde la fecha del despido.
Derecho a prestación por desempleo
Los derechos del trabajador en relación con la seguridad social son los mismo que si fuera contratado bajo cualquier otro contrato. Es decir, la acción protectora de la Seguridad Social comprenderá todas las contingencias protegibles y prestaciones, incluido el desempleo. Asimismo, se tendrá derecho a la cobertura del fondo de garantía salarial.
Obligaciones del empresario
Proporcionar al trabajador trabajo efectivo relacionado con el perfil profesional del título de FP o del certificado de profesionalidad y garantizar las condiciones que permitan su asistencia a los programas formativos determinados en el acuerdo para la actividad formativa anexo al contrato.
- Requisito previo a la formalización del contrato: la empresa deberá verificar que, para ese trabajo efectivo, existe una actividad formativa relacionada con el mismo que se corresponde con un título de FP de grado medio o superior o con un certificado de profesionalidad.
- Como se dijo previamente, la actividad formativa, en cualquier caso, será autorizada previamente a su inicio por el SEPE competente, para lo cual la empresa deberá presentar el correspondiente acuerdo para la actividad formativa.
Una vez presentado por la empresa el acuerdo correspondiente el SEPE competente resolverá en el plazo de 1 mes, transcurrido el cual sin resolución se entenderá el silencio positivo y la solicitud estimada. La empresa informará a la representación legal de los trabajadores sobre los acuerdos suscritos.
En caso de que el trabajador no cumpla con sus obligaciones, y no de los cursos de formación o no respete la jornada máxima efectiva que puede realizar, el trabajador podrá demandar alegando que el contrato está en fraude de ley, y por lo tanto, es indefinido. Además se podrá reclamar todos los salarios adeudados por las horas trabajadas que superen la jornada pactada inicialmente.
Financiacion
Las empresas financiarán el coste de la formación inherente a este contrato a través de bonificaciones en las cotizaciones empresariales a la seguridad social, con cargo a la partida del presupuesto del servicio de empleo público.
Bonificaciones a la seguridad social
Las empresas tendrán derecho, durante toda la vigencia del contrato, incluida la prórroga, a una reducción del 100% de las cuotas empresariales a la seguridad social por contingencias comunes, así como las correspondientes a accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, desempleo, fondo de garantía salarial y formación profesional, si el contrato se realiza por empresas cuya plantilla sea inferior a 250 personas, o del 75%, en el supuesto de que la empresa tenga una plantilla igual o superior a esa cifra. los contratos celebrados o prorrogados según lo dispuesto anteriormente, se bonificarán el 100% de las cuotas de los trabajadores a la seguridad social durante toda la vigencia del contrato, incluidas sus prórrogas.
Transformación
En caso de que estos contratos se transformen en indefinidos a su finalización, tendrán derecho a una reducción en la cuota empresarial a la seguridad social de 1.500 euros/año durante 3 años. en el caso de mujeres, será de 1.800 euros/año.
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¿Puedo trabajar con un contrato de formación con fondos europeos en el cual habría que estar inscrito en Garantía Juvenil a día de inicio de contrato si a la vez estoy estudiando un ciclo formativo de grado superior no relacionado con la titulación por la que se me contrata?
Buenas,
Tienes un blog muy informativo y con buenas respuestas por cierto y por este motivo te realizo esta consulta:
Me interesaría seguir en una empresa en la que he hecho ya prácticas (con convenio con mi escuela). ¿podría proponerles un contrato de formación y aprendizaje si estoy al final de los estudios? Aún no los he terminado pero me quedan solo un par de meses de clases.
Gracias
No sería lo correcto para seguir en la empresa si has realizado un contrato en prácticas anterior.
ok gracias!
buenas , quería saber si a los estudiantes se les debe hacer si o si un contrato de formación o pueden hacer las «practicas» sin la necesidad de tenerles que hacer un contrato ?
Si existe relación laboral, tiene que existir un contrato. Cuestión diferente es que haya un prácticas curriculares o extracurriculares relacionadas con una universidad.
Buenas tardes,
Tengo una duda, llevo casi 2 años de contrato en formación que me finaliza dentro de un mes, durante el contrato he tenido la categoría profesional 1, ahora al hacerme indefinida cuando se me acabe el contrato actual me van a bajar de categoría a 8 (creo) porque no van a pagarme lo que le corresponde a una categoría 1, es eso posible cuando el trabajo que voy a realizar es el mismo (siendo cada vez más las responsabilidades que me dan)?
Muchas gracias.
Seguramente no, el grupo profesional en el que está encuadrado un trabajador depende de las funciones que realiza y lo que establece el convenio colectivo.
Hola, mi hija esta contratada con un contrato de formación con el cotiza por 1000 euros pero cobra mas. Actualment esta de baja, desde hace dos meses, hoy ha recibido un sms de el SAE , el servicio andaluz de empleo en el que le dicen que su demanda ha sido renovada automaticamente. Está asustada porque no sabe de que va. Es que la empresa le renueva demanda por el tipo de contrato? No se a ver si alguien me aclara dudas. Gracias.
Hola!
Tenia una duda acerca de los contratos para la formación y aprendizaje. Os pongo en contexto, estoy estudiando en la universidad y me ha surgido la oportunidad de trabajar con un contrato para la formación y aprendizaje. La empresa nos da unos días de vacaciones ya definidos y mi duda seria la siguiente: ¿para los días que tengo exámenes de la universidad podría pedir día libre en la empresa?
Gracias y saludos!
Te recomiendo que leas este artículo sobre derechos de los trabajadores para la formación fuera de la universidad.
con un contrato de formación, si la empresa quiere seguir contando contgio, puede hacerte un contrato eventual después del de formación?
o tiene que ser obligatoriamente una transformación en indefinido?
Si existe causa para ello, puede hacer un eventual.
Hola buenas, tengo un cto de formacion y lo tengo q renovar pero me dicen que en el convenio de la limpieza esto no se puede, pero se me hace raro porq todo lo q leo es que es min 6 meses y max 3 años. Alguien me puede ayudar
Hola tengo una pregunta.
Tengo contrato de formación desde Diciembre y me comentaron que tendría una actividad de formación, pero llevo meses trabajando y no he recibido ninguna actividad de formación y en vez de cumplir el horario del contrato, estoy echando 40 horas semanales.
Siendo el horario del contrato de 30 horas trabajando y 10 de formación.
Además de que apenas llevando meses tengo demasiadas responsabilidades en mi trabajo, me siento entre la espada y la pared y no sé que hacer.
Realmente hay algún problema si no se completa la actividad formativa cuando haya acabado el contrato?
El contrato será en fraude de ley, y deberás reclamar las diferencias salariales correspondientes.
Hola! Tengo algunas dudas sobre los contratos de formación con beca. La duda es si se puede interrumpir a los 6 meses dicho contrato y reactivarlo 2 meses despues otros 6 meses más. En el documento de DATOS BÁSICOS PARA EL PROGRAMA DE FORMACIÓN la fecha de inicio es del 04/02/2020 y fecha fin 15/03/2021. Sería para una formación en procesos de imagen personal, según el convenio colectivo de peluquería el minimo del contrato debe de ser 6 meses pero la fecha «FIN» es en 2021.
Voy a abrir una pequeña carniceria y un chico de 39 años m pidio trabajo ,m gustaria ponerlo a aprender del carnicero pero nunca trabajo en carniceria,puedo hacerle un contrato de formacion
Este tipo de contrato no se puede hacer en el caso que comentas.
Hola, buenas tardes. Tengo contrato para la formación y aprendizaje desde hace 11 meses, desde prácticamente el inicio del contrato estoy sola en mi lugar de trabajo y me tengo que encargar de llevar a cabo todo el trabajo con la responsabilidad que ello conlleva (apertura y cierre del local, caja, pedidos…). Además tengo que realizar horas extra cuando a él le viene bien, por ejemplo, se fue 20 días de vacaciones, funciones escolares… Me gustaría dejar el trabajo, pero he entendido que si lo dejo antes de cumplir el año perdería el certificado de profesionalidad que he ido realizando durante todo este tiempo así como el acumulo de paro. Necesito asesoramiento.
Gracias
Efectivamente, para no perder esos derechos, lo mejor es que demandes las irregularidades del contrato y las horas extraordinarias.
Buenas tardes! Tengo un contrato dr trabajo para la formación y el aprendizaje de 12 meses. Que consta de 30 horas laborales y 10 horas de formación online.
El dia 26 de Agosto finalizó la formacion online pero el contrato no me termina hata el dia 16 de Septiembre.
La empresa ya me ha comunicado que esas 10 horas de formación debo realizarlas laboralmente en la empresa no remuneradas.
Ésto se puede hacer? Se pueden traspasar las horas de formación a laborales? Me puedo negar a hacerlo? Que consecuencias me puede acarrear?
Espero su pronta respuesta.
Muchas gracias.
Un saludo.
Concepción T. Fernández
No, no se pueden hacer esas 10 horas de trabajo. Si se hace, entiendo que el contrato estaría en fraude de ley.
Buenas tardes.
Estoy con contrato de formación (con el puesto de teleoperadora) desde el 2017. En breve, cumple mi contrato ya habiéndose realizado las 2 prórrogas máximas permitidas, planteándoseme la opción de transformación en indefinido.
La transformación desea hacerla la empresa en el puesto de auxiliar administrativo, que por convenio colectivo aplicable (Hospitales y Clinicas Privadas de la Provincia de Málaga) pertenecen al mismo grupo que el de telefonista)
¿es posible esta transformación siendo ambos puestos de trabajo de la misma categoría o grupo, o por el contrario, al considerarse cualificado el trabajador, es preceptivo subirlo de grupo profesional?Por ejemplo subirlo a oficial administrativo
Espero su respuesta. Gracias. Un saludo.
El grupo profesional adecuado es según lo que indique el convenio colectivo en relación con las funciones que realice, no puede ser una decisión tomada por la empresa, sino que es la que es. Por ello, habría que ver el convenio y las funciones que realiza.
Ante todo, muchísimas gracias por su pronta respuesta.
Pero, independientemente de las funciones desempeñadas, que obviamente son de recepcionista y que pertenecen a un grupo superior, ¿No se supone que con la formación completada correctamente debería la empresa subir de grupo porque ya está cualificado?
Es decir, ¿Es legal volver a contratar a un trabajador en un mismo grupo tras haber sido cualificado para uno superior?
Que tengas una cualificación superior no obliga a contratarte dentro de ese grupo profesional, sino que será según el trabajo realizado en la empresa. Es decir, que un licenciado no tiene por que tener categoría de licenciado sino ejerce las funciones inherentes a dicho puesto.
Hola, estoy en un curso de formación y empleo de la selección Colombia. O peón de albañileria. Por los nueve meses que estamos nos toca 17 días laborables de vacaciones, si yo esos 17 días me los he cogido y me voy antes de cumplir los seis meses de contrato porque me ha salido otro trabajo o lo que sea, yo tengo que devolverles el dinero de estas vacaciones?
Las respuestas que realizo es para los trabajadores en España, ya que desconozco la legislación en otro países, pero en España puede que si que tengas que devolverlos.
Hola buenas, quería preguntar algo, es que el junio del año pasado entre a trabajar en una empresa por medio de la garantía juvenil y me quedé embarazada, el hecho es que en diciembre me dieron la baja por una lumbalgia y el marzo di a luz. Termino contrato en junio y no se si puedo darme de baja porque ahora tengo un lactante exclusivo y no sé que hacer.. No me importa no cobrar paro pero no se si es posible darme de baja.. Gracias
No se a que te refieres con darte de baja, ¿baja voluntaria? ¿baja por parte de la empresa?
Perdoname, el asunto es que tengo contrato hasta finales de este mes. Ahora mismo estoy en periodo de baja maternal, me queda un mes para finalizarlo, me puse en contacto con la coordinadora del curso y del trabajo y me dice que tengo el contrato parado y que tengo que recuperar el tiempo que he estado de baja unos 6 meses, la primera por una lumbalgia a causa del embarazo y la segunda por la baja maternal. La pregunta es ¿es legal que teniendo un contrato de formacion tenga que recuperar esos 6 meses habiendo cobrado mi año completo de contrato con baja incluida? Un último apunte, el inss me acepto el pago de la baja maternal hasta mi fin de contrato con lo cual mi ultimo mes de baja no lo cobro. Muchas gracias!!!
El último de mes si que lo cobras, ya que el contrato no finaliza se prorroga, por eso tienes que trabajar el tiempo de baja, pero será remunerado. Es como si el contrato durara al final seis meses más.
Tube un contrato de aprendizaje,2000h,más o menos,de albañilería y encontrador,de una escuela taller,(Obradoiro de empleo)desto hace 10 años o así,me puede valer para un certificado de profesionalidad nivel 2
Hola, tengo una duda. Tengo un contrato de beca (creo que se llama así); es mi primer trabajo y antes iba ala paro a sellar cada 3 meses.
Mi duda es: tengo que seguir yendo a sellar o ya no? Porque mi contacto es de beca renumerada pero no con convenio con algún estudio, sino que se llama así creo. O eso lo entendí.
Tengo que ir al paro a sellar o a avisarles de que trabajo o cómo? Gracias
Saludos y buenas noches
Hola buenas tardes, a mi me pasaron a indefinido, después del contrato de formación, y ahora creo que la empresa va a prescindir de los trabajadores, solo llevo indefinida 3 meses y me gustaría saber, si me cuenta la antigüedad de los dos años de contrato de formación como antigüedad para la indernizacion por despido improcedente
Muchas gracias
Sí, te cuenta toda la antigüedad.
Muchas gracias
Tengo una duda, yo actualmente tengo un contrato de formacion y cobro la ayuda de ayudante, la de 430 € y quería saber, ¿que ocurre en el caso que me despidan? ¿Tengo que devolver las subvenciones que han dado hasta el día de hoy? He cumplido hasta ahora de manera debida la formación
Buenas tardes. Se supone que la obligación es a realizar la formación y permanecer en el puesto de trabajo al menos 12 meses. Si fuese por despido, no habría que devolver las cantidades, pero finalizaría la ayuda. En el caso de dejar tú el trabajo antes de los 12 meses sí tendrías que devolver la ayuda. Un saludo
Buenas tardes, si me hacen este contrato con 29 años, que pasará una vez cumpla los 30 o 31? Sigue el contrato vigente con las mismas bonificaciones y características o cambiaria? Gracias.
Buenas, yengo un contrato en formación desde Agosto, tengo 27 años, con la nueva ley me puede renovar en formación? Espero que no 😤
Hola. Para contratos de formación que empezaron en el año 2018, y el cual está en otra cuenta de cotización, me informaron que la TGSS quería unificarlos en la misma cuenta general de la empresa.
Se esperaba que este hecho se diera antes del 1 de octubre de 2018, pero mi gestoría me indica que no tiene más noticias al respecto, y seguimos teniendo 2 cuentas de cotización.
¿se sabe cuándo se van a unificar? . (nuestra gestoría nos cobra por cada una de las cuentas de cotización, y por ello me interesa que estén unificadas)
Aprovecho para preguntar: el contrato de formación empezó en Febrero de 2018. Una duración de 18 meses. A la finalización: ¿se puede hacer otro contrato de formación, con otro curso a la misma persona? En un joven de 20 años.
tal y como indicáis en el artículo de arriba, ¿si se pasa a plantilla como indefinido, sigue existiendo la bonificación de los 1.500 euros al año, durante 3 años, para hombres? . en caso afirmativo: ¿y si en lugar de pasar a indefinido por 40 horas semanales, se le hace indefinido por media jornada, también habría bonificación?
Gracias anticipadas a la respuesta.
Buenos días, Susana. Todavía no se ha llevado a cabo esa unificación de CCC. Seguridad Social la tenía prevista para Octubre y la retrasó por otros 3 meses más como mínimo. Según indicaban, si tu empresa debe unificarlos, se pondrán en contacto directamente con vosotros.
En cuanto a realizar un contrato de formación a la misma persona. La normativa permite una duración máxima del contrato de formación de 3 años. Si el convenio lo permite, podríais hacerle hasta 2 prórrogas.
Si queréis hacerle un contrato de formación nuevo, para ello, debería realizar un puesto completamente diferente dentro de la empresa. Y entiendo que no va a ser así, por lo que no os lo recomiendo, porque vais a tener problemas con Inspección seguro.
Sobre la transformación del contrato en indefinido, si el convenio no os permite prórroga, sería la opción más recomendable. Podéis ampliar información sobre estas transformaciones en este enlace: https://www.grupo2000.es/como-transformar-en-indefinido-un-contrato-de-formacion/
Un saludo.
Gracias por la respuesta:
y, ¿se le puede seguir haciendo prórrogas del contrato de formación, hasta los 3 años? ¿en qué condiciones? ¿empezando con otro módulo/formación distinta o con tiene que ser con algún módulo semejante al que ha cursado ahora? ¿y empezaría de nuevo con un 75% de jornada de trabajo, o seguiría con las 85%?
Y otra pregunta, es ¿aún existe la bonificación si se convierte el contrato actual en indefinido?
Y por último: si después de la formación, quisiéramos hacerle contrato, pero por media jornada, o por 6 horas diarias, ¿también habría bonificación?
gracias anticipadas
Hola! Tengo un contrato de trabajo a tiempo completo por el programa de garantía juvenil. El problema es que quiero hacer una baja voluntaria para dedicarme plenamente a estudiar unas oposiciones.
Me he intentado informar, pero no tengo claro si al darme de baja voluntaria estando en este programa me corresponde un finiquito o no…
También quisiera saber si al dejar voluntariamente el trabajo se me da de baja también en el programa de garantía juvenil.
Gracias.
Desconozco la regulación de ese garantía juvenil, si tienes derecho a finiquito aunque no derecho a indemnización. El finiquito puede ser cero, te recomiendo que leas este artículo. Recuerda que tienes que cumplir el preaviso indicado en el convenio colectivo.
Buenos días, Lucía. Coincido con Alejandro sobre el tema del finiquito y pre-aviso. Añadir, por si acaso, aunque no se especifica modalidad en tu comentario, que si tienes un contrato de formación con la ayuda de Garantía Juvenil de 430 euros, estás obligada a formarte y a trabajar en ese puesto durante al menos 12 meses. En el caso de que dejes el puesto antes de esos 12 meses, tendrías que devolver la ayuda, te la requerirán desde el SEPE. Dejo aquí toda la información sobre la ayuda por si es de ayuda:
https://www.grupo2000.es/ayuda-de-430-euros-para-contratos-de-formacion-de-garantia-juvenil-novedad/
En cuanto a la baja de Garantía Juvenil, se produce cuando tengas 30 años o si lo solicitas expresamente.
Aprovecho para desearos unas felices fiestas.
Muchas gracias por las respuestas.
No estoy en esa modalidad en la que me darían 430€ porque ni he hecho la solicitud ni cumplo los requisitos (tengo un grado y un máster). Y mi contrato de trabajo no era de 12 meses, sino de 6 meses. He hecho solo tres de ellos y me quedarían para terminar otros tres, que no quiero cumplir por los motivos expuestos anteriormente.
Yo sobreentiendo que tengo el mismo derecho que cualquier otro trabajador a hacer una baja voluntaria, no?
En lo que respecta al contrato laboral, sí.
Buenas, mi pregunta es la siguiente. He estado trabajando en una empresa 2 años y medio con contrato de formación y esa empresa cerró, ¿YO PODRÍA TRABAJAR EN OTRA EMPRESA CON OTRO CONTRATO DE FORMACIÓN? GRACIAS
si.
Buenos días, Jorge. Podrías trabajar en otra empresa con contrato de formación, si va a ser para realizar la misma ocupación, solamente los 6 meses restantes (hasta agotar los 3 años que es el máximo permitido). Podrías tener otro contrato de 3 años si se tratase de una ocupación diferente a la que has estado realizando. Un saludo
Hola, llevo desde el 1 de octubre con un contrato de formación para Carrefour, he pedido la ayuda ya que mi sueldo son 540 euros y me la han denegado, el motivo según ellos es que en la solicitud de la autorización formativa no se ha hecho constar que el contrato se acoge a los beneficios. Yo se que cumplo todos los requisitos porque los he leído por lo tanto es la empresa la que ha hecho mal el contrato, ahora me Dan 30 días para reclamar, que debo hacer?
Hola Aurora, buenos días.
Has de comunicar a la empresa (mejor por escrito) que modifique y corrija los datos de comunicación tanto de tu alta en SS como en la comunicación electronica de tu contrato (Contrat@) con la opción correspondiente a cuando el trabajador solicita la ayuda de acompañamiento. Puedes obtener toda la información en http://sepe.es/contenidos/personas/encontrar_empleo/normativa/ayuda-acompanamiento-sistema-nacional-garantia-juvenil.html. Verás que en el modelo de contrato correcto que se proporciona en la web, en su página 4 aparecen las opciones que hay marcar:
http://sepe.es/contenidos/empresas/contratos_trabajo/asistente/pdf/formacion_aprendizaje/Formacion.pdf
Suerte y un saludo.
Buenas, quería hacer varias consultas:
-Tengo un contrato de formación de administrativo que termina en unos meses, para la prórroga queríamos especializar mi formación en marketing o similar, pero me dice el gestor que el SEPE es quien decide el curso con el que debo seguir y no puedo elegir ni curso ni centro académico con el que seguir mi formación. ¿Es cierto?
-Otra duda es si mi jefe puede descontarme de mi salario las horas que estoy realizando los examenes correspondientes a mi formación.
El curso tiene que estar relacionado con las funciones que realizas. No, no te pueden descontar los exámenes.
Hola, muchas gracias por el trabajo que hacéis. Me he leído todos los mensajes y nadie pregunta lo que yo necesito, si me pudierais ayudar:
Tengo que convencer a una empresa para que me haga un contrato de formación, (puesto que un indefinido no me hace) yo querría que fuera de 30h trabajo+10h de formación (el máximo de trabajo efectivo), pero no se como funciona la formación:
Si yo hago un FP y tengo lectivas 25 horas semanales, sólo puedo trabajar 15 horas?(no habría otra manera para hacer 30h+10h para un FP)
Si hago un certificado de profesionalidad,
– ¿que suelen coger las empresas, un curso online de una empresa especializada?
– Hay cursos de empresas que son 10 horas semanales durante 1 año?
– Y si se me termina el curso, puedo hacer otro curso distinto para considerarse prorroga, o que se entendería por prorroga en este caso?
Si te hacen un contrato de un año, puedes hacer una formación especifica para el puesto de 10 horas, existen bastantes cursos. Si luego te quieren hacer otro contrato, tendrán que hacer otro curso, ya que cada curso está orientado a un número de horas. De empresas, te recomiendo GRUPO 2000.
Buenos días, Daniel.
En referencia a tu consulta, la formación que tiene que coger la empresa es formación oficial de Certificado de Profesionalidad. La formación es un 25% de tu jornada semanal, como comentabas 10 horas a la semana. Esta formación se ajusta a la duración de tu contrato, y según tu perfil académico, en función al puesto de trabajo que realices.
Una vez que finalice, para hacer la prórroga, realizarías formación oficial de nuevo, de Certificado de Profesionalidad.
Es probable que durante tu contrato hagas un certificado de profesionalidad y parte de otro, junto con formación complementaria de materias transversales como inglés u ofimática, por ejemplo.
Gracias, Alejandro, por tus palabras. Para cualquier cosa que necesitéis, estamos a vuestra disposición en http://www.grupo2000.es. Un saludo
Hola Daniel.
Intentaré completar la amable información de Alejandro y Ángela, porque la formación de este tipo de contratos no sólo ha de estar vinculada a los contratos de formación.
Si tus estudios actuales de FP están relacionados con el puesto a ocupar y el centro en el que los cursas está dispuesto a programar la formación que corresponde a tu contrato, puedes alternar perfectamente estos estudios con tu trabajo, siempre que en esa actividad formativa se programen al menos un 25% del total de horas de trabajo anual, por lo que la actividad laboral ocuparás como máximo el 75% de horas laborales en el año. Se te puede hacer una planificación formativa que ocupe más tiempo, por ejemplo de un 35 % de las horas anuales, y entonces trabajarías el 65 %.
Cómo decía, la formación no tiene porqué ser sólo de certificado de profesionalidad, puede ser modular de FP o certificación académica acumulable.
Te pueden prorrogar el contrato de formación hasta una duración máxima de 3 años siguiendo tu formación de FP si te quedaran las horas correspondientes para ello. En el segundo y tercer año de contrato, el tiempo de formación mínimo es de un 15 % y el máximo de trabajo un 85 %. En cualquier caso tu remuneración será la que corresponde a las horas de trabajo efectivo.
Es por esta proporciones por lo que los centros de certificados de profesionalidad programan cursos de 10 h/semana en el primer año y de 6 h/semana el segundo y tercero (25 % y 15 % respectivamente de las horas semanales), pero repito, se puede programar más formación y por tanto menos trabajo. En activadual.com te podemos ayudar.
Hola Alejandro…tengo un contrato formativo de un año. Qué pasa si decido pedir baja voluntaria a los 8-9 meses? La empresa podría verse perjudicada? Tendría que pagar toda la seguridad social que se ha ahorrado hasta entonces por no cumplir el año? Creo que la empresa no tiene xq perjudicarse xq la baja es voluntaria, pero aún así tengo dudas. Muchas gracias!!
hola, tengo un contrato de formacion y aprendizaje en vigor durante un año en la categoría de aprendiz, bajo el convenio de oficinas, 30 horas laborales y 10 estudiando, mi pregunta es la siguiente:
¿ seria posible que me contratasen como camarera en otra empresa con un contrato de distinta indole, unas 4 horas semanales para sacarme un extra lo fines de semana ?
Sí, podría.
Hola
Soy estudiante de relaciones laborales y recursos humanos y desde el 1 de diciembre estoy haciendo prácticas en una empresa. Primero hice 3 meses de prácticas extracurriculares, luego las 150 horas de curriculares que me correspondían del plan de estudios y consecutivamente agoté los 3 meses de prácticas extracurriculares que me quedaban. La cuestión es que he tenido que aplazar el tfg y una asignatura para noviembre, por lo que me tengo que volver a matricular, sólo que tengo la opción de presentar el trabajo y hacer el examen en noviembre. ¿Al seguir siendo alumna de la universidad, tengo derecho a otros 6 meses más de prácticas extracurriculares por haberme matriculado en un nuevo curso?
La segunda cuestión es que no se si podrán hacerme un contrato de formación y aprendizaje, puesto que yo realmente ahora sólo tengo el título de bachillerato. La duración mínima son 6 meses, en los cuales tengo que estar con esta modalidad, pero la pregunta es, una vez pasados estos 6 meses, ¿la empresa puede hacerme un contrato laboral en prácticas ya con mi título de grado? Espero haberme explicado bien. Gracias de antemano!
Saludos
En cuanto a las prácticas extracurriculares aquí tienes más información, pero depende de la universidad en gran medida. Por otro lado, pueden hacer un contrato para la formación en cualquier momento, pero también depende para que trabajo, es decir, no sería adecuado para el trabajo de relaciones laborales. El contrato en prácticas te lo puede hacer cuando acabes el grado.
hola ,he estado en contrato de formacion 2 años ,10 meses i 17 dias concretamente y me dicen de un dia al otro que me pasan de 34 horas semanales a 40 estaba de limpieza en un super y ahora pretenden convinarme la limpieza con estar en caja,llevo un mes con 40 horas segun me han dicho que fija y bueno la verdad no estoy agusto ,probé un dia en cajas y me daba ansiedad.mi pregunta es ;puedo mantenerme en limpieza a 30 horas ? o por ley o convenios tienen que mantenerme a 40 h preciso? pueden echarme por pedir que me bajen a 30??
Pueden echarte, pero no pedir que te bajen las horas, aunque la empresa puede hacerlo si llegáis un acuerdo. Del mismo, modo puede cambiarte las condiciones laborales si existe una causa para ello. Por otro lado, tu relación es indefinida ahora con el cambio que han realizado.
hola ,buenas llevo tres años con contrato de formacion el primer año estuve a 30 h y el segundo y tercer año a 34h en la limpieza de un super ,ya escrivi antes ,pero me gustaria saber varias cosas primero ahora llevo un mes i una semana con 40hy segun ellos fija,solo firme una hoja informativa que ponia que se termina el contrato formativo y me pasban a 40 ,pero no firme nada mas y me combinan ahora limpieza y enseñarme a cajas para ponerme a ratos.mi pregunta es;la empresa esta obligada a mantenerme a 40 horas ??? y si es asi, hasta cuando????
por otra parte ,si les pido una reduccion de la jornada me pueden bajar a 30 horas y seguir fija,solo en la limpieza???,dado que sufro de ansiedad y me viene mejor ,me da miedo que a la larga me ponga mala de la ansiedad por estar tantas horas y encima cada dos por tres que me llamen a cajas???
Gracias de antemano.
Si te han pasado a un contrato a 40 horas, en principio, se mantiene así. Puedes pedir una reducción de jornada por cuidado de un menor, pero no puedes pedir una reducción de jornada si no existe causa para ello. Aunque de común acuerdo, sí que puedes reducirla. Si la reduces, depende de ellos las funciones que te den.
Buenos días mi caso es el siguiente, la empresa en la que estoy actualmente me matriculó en un curso de la universidad ENyD para poder hacerme el contrato en prácticas. Primero en un curso de 6 meses y después en otro de 6 meses (por lo que me hicieron dos contratos de 6 meses).Ahora me acabo de enterar que desde septiembre hasta mayo no he estado dada de alta en la seguridad social (yo pensaba que si porque me pidieron el número SS antes de empezar). Me gustaría saber si eso es legal.
Por otro lado de cara al verano pregunté por mis vacaciones, a lo que me respondieron que por mi contrato (en prácticas) no me corresponden. ¿Es eso verdad?
Muchisimas gracias!!
No, no es legal y puedes reclamar poniendo una denuncia en la inspección de trabajo, además de que también te corresponden vacaciones.
Buenas tardes. Antes que nada hay que distinguir si se trata de un contrato de prácticas o convenio de prácticas. Si se trata de la primera opción, coincido con Alejandro. Si se trata de convenio de prácticas habría que ver las condiciones del convenio. Al ser por un número de horas muchas veces no tiene vacaciones. Ni es una relación laboral. Te recomiendo hablar antes con tu tutor de prácticas o con la oficina de atención al estudiante. Un saludo
Sobre todo, me da la sensación de que es lo segundo al decir que te tuviste que matricular para hacer las prácticas, cosa que suele pasar en los convenios de prácticas. Para poder hacer contrato de prácticas se pide como requisito justo lo contrario, estudios terminados. Un saludo
Si, cierto es en que habría que ver si es un convenio con la universidad. Pero me suena a contrato fraudulento. Gracias por la aportación.
Encantada de Saludarle. Actualmente tengo un sueldo de unos 850€ con pagas incluidas y estoy en contrato de formación. Finaliza en octubre de este año. Mi duda es la siguiente: si me hacen indefinida al finalizar el contrato tendría derecho a algún tipo de aumento de sueldo? Gracias de antemano.
Depende de la jornada del contrato y lo que indique el convenio colectivo.
Buenas tardes tengo varias preguntas?
1. Mi salario tiene que ser el que marque el convenio colectivo, y proporcional a lo que trabaje en función a la cantidad de tiempo que lleve ?
2. Bajo este formato de contratación tengo derecho a pagas extra? Bono de transporte? Y otros?
Muchas gracias.
Si, según lo indicado en el convenio. Se tiene derecho a pagas extras, el plus transporte o demás convenios si lo marca el convenio.
Buenas tardes gracias por su pronta respuesta. Lo que dice mi convenio colectivo de textil de pontevedra en el apartado de contrato de formación.
» Contrato para a formación.—A súa duración mínima será de 6 meses, ata un máximo de 30
meses, prorrogables de seis en seis meses.
A partir da entrada en vigor do convenio, a retribución a aboar será o 85% da categoría
para a que se vai formar, durante o primeiro ano de contrato; o 95% durante o segundo ano
de contrato e o 100% polo que resta do terceiro ano de contrato (6 últimos meses).
No non disposto estarase ao establecido no artigo 11º do Estatuto dos Traballadores.»
Pero en el convenio en otro apartado sale dos pagas extra el plus de transporte entre otros.
Aplica para esta forma de contratación o tiene que estar detallado en el apartado de contrato de formación.
Muchas gracias.
No, se aplica. Tienes derecho a la paga extra y al plus transporte.
Hola,
Quería comentar unas dudas sobre mi contrato de formación. En primer lugar mi contrato es de 40 horas semanales (30 laborales y 10 lectivas) entonces ¿a la hora de cobrar mi salario mensual me pagan las 40 horas o solo las 30 laborales?
Por otro lado, mi contrato es de un año y se que tengo 30 días de vacaciones, pero ¿esos días tienen que ser seguidos a pesar de que no sea así con el resto de compañeros? O yo podría elegir mis vacaciones igual que los demás (que no estan en contrato de formación)
Gracias de antemano
Se abona en función del trabajo efectivo según lo indicado en el convenio. Es decir, sobre 30 horas. Las vacaciones, habra que ver que es lo que dice el convenio, pero puedes disfrutarlos como quieras.
Buenos días.
Hace casi un año que estoy trabajando. El tipo de contrato que me hicieron fue de formación, el cual me pedían como requisitos tener mínimo la E.S.O, menor de 30 años y estar inscrito en garantía juvenil. El contrato es de duración de un año. Mi pregunta es la siguiente: dentro de mes y medio finaliza mi contrato, ya que cumple un año. En el caso de que quisiera el empresario seguir contando conmigo, ¿que tipo de contrato está obligado a hacerme el empresario despues de haber estado 1 año con el contrato de formación?¿puede hacerme el mismo contrato de nuevo? ¿o está obligado a hacerme uno indefinido? Un saludo y gracias.
Tiene las mismas limitaciones que antes, si tiene causa de temporalidad, puede hacer un contrato temporal, sino tiene que ser indefinido.
¿como puedo saber si tiene el contrato causa de temporalidad?
Depende de las necesidades de la empresa. Si te hacen un contrato temporal, en el mismo tendrá que venir indicado la causa temporal que justifica ese contrato.
Buenos días, Daniel. El contrato de formación y aprendizaje se puede prorrogar hasta por 3 años, es decir, se te podrían hacer dos prórrogas más de contrato, hasta esos 3 años (siempre hay que revisar el convenio colectivo para ver la duración máxima permitida). Una vez finalizados los 3 años, la empresa te puede hacer una transformación en indefinido, con la que tendrían derecho a bonificaciones en los seguros sociales.
Importante: para hacer la prórroga del contrato, desde la Delegación de Empleo, van a tener en cuenta tu evolución respecto a la formación. En el caso de que la formación no se haya realizado adecuadamente, podrían denegarla.
Un saludo
Muchas gracias por la información. Una pregunta más por curiosidad: Cuando cumpla el año de contrato, si el empresario decide renovar mi contrato, ¿recibe este algún tipo de bonificacion (dinero) por renovarme?
Hola me han hecho un contrato formación de 1 año me han denegado la ayuda juvenil me dicen que la empresa de formación no ha marcado la casilla y la empresa me dice que no le dejan marcarla porque el curso que realizó las horas son superiores al año de contrato
Desconozco la ayuda juvenil que me comentas.
Hola. Sobre la ayuda para el contrato de formación, habría que ver cuándo se tramitó el contrato. Esta ayuda no entró en vigor hasta el 4 de agosto, antes de esa fecha no existía la casilla para indicarlo. En el momento de solicitar la autorización para el contrato ya se debe avisar al centro de formación para que la marque, si no se hace, luego no se podrá marcar y la ayuda será denegada. Puedes ver todos los requisitos para esta ayuda aquí: https://www.grupo2000.es/ayuda-de-430-euros-para-contratos-de-formacion-de-garantia-juvenil-novedad/ Un saludo
Hola,
Para acudir a trabajar a un evento de fin de semana tuvimos que trasladarnos 170km y estar allí de jueves a domingo noche. ¿Es legal hacer esto a trabajadores con un contrato de formación? ¿Si es legal, cómo se deberían retribuir las horas extra, solo horas trabajadas o desplazamiento en general? Nos dio solamente 100€ de más que es lo mismo que cobramos cuando estamos en eventos de fin de semana en nuestra ciudad.
Gracias
El tiempo de desplazamiento se debe considerar como jornada ordinaria, y todo lo que exceda de jornada, como hora extraordinaria habría que mirar el convenio colectivo.
Hola! Tengo una duda. Mi contrato es de formacion, en teoria son 30 horas de trabajo y 10 de estudio. Mi jefe me paga por horas, segun las que haga cada semana que suelen ser diferentes.. cuanto tenga mi semana de vacaciones, cuantas horas me corresponde que me pague? 30 o 40? Muchas gracias!
Como si trabajases 30 horas, pero es que todo el contrato debería ser así.
Muchisimas gracias!
Buenas! A ver he hablado con mi jefe ya que ni a el ni a mi nos interesa seguir manteniendo una relación laboral y me ha dicho que va a ver si puede darme el certificado de empresa para poder cobrar el paro, pero que antes quiere averiguar si tiene que pagar algun penalización por echarme antes de que cumpla mi contrato, mi contrato de formación (que he renovado 1 vez) cumple en noviembre del 2018. Tendria el que pagar alguna indemnización por echarme antes de la finalización del contrato?
Quedo a la espera de tu comentario
Gracias y saludos
En principio no, aunque desconozco que ayudas ha solicitado tu jefe para ese contrato.
Buenas tardes,
Tengo una trabajadora que ha estado contratada con un contrato de formación durante 3 años, se la ha transformado a indefinida. Durante el primer mes de la transformación ha caído de baja por it, para calcular su prestación en la nomina que base de cotización debo coger, la del mes anterior o la del mes en curso al haber cambiado de CCC este mes.
La del mes anterior.
Hola. Una amiga tiene un Contrato en formación, en su nómina pone 735,41 euros total devengado, total a deducir 19,61, líquido total a percibir 715,80euros.
La cosa es que ella a firmado las nóminas, pero le están pagando 540 euros, además en metálico. Yo creo que se están quedando con paerte de su salario y que además no tiene forma de de demostarlo.
Gracias
que no firme las nóminas si no le pagan lo que corresponde. Aunque las haya firmado, si puede acreditar que no le pagan lo correcto con testigos o con otro tipo de prueba, puede demandar.
Buenos dias, en abril me cumple mi última prórroga del contrato de formación, que opciones de contratación tendria la empresa conmigo?, Tendría que ser ya obligatoriamente indefinido o podria contratarme por cualquier otra modalidad?
Podría contratarte con cualquier otro tipo de modalidad si tiene causa para ello.
buenas, tengo un contrato de formación, y en marzo cumplo los 30 años…pero solo llevo contratado en la empresa 7 meses…me pueden despedir?
no por esa causa.
Buenos días.
Para el contrato de formación lo importante es que el requisito de la edad se cumple en el momento del alta. Una vez ya iniciado no te afecta. Incluso podrían prorrogártelo hasta por dos años más ( según el convenio) si ambas partes estáis de acuerdo. Un saludo
Hola, tengo un contrato de formación y mi jefe no puede pagarme. Quería saber que consecuencias habrían si el me hace un despido para irme al paro. queria saber las consecuencias tanto para el y para mi. Gracias
¿A que consecuencias te refieres? Salvo la obvia de perder empleo, no existirían más consecuencias. Cobrarás el desempleo si has cotizado lo suficiente para ello.
Buenas tardes, me llamo Irene empezado con un contrato de formación desde el día 2 de noviembre pero lo firme el 31 de octubre, pero antes de esa fecha mi jefa me hacía trabajar varios días por solo 15 euros por 7 horas trabajadas. Supuestamente tanto mi contrato como mi formación son dependiente de comercio, trabajo en una pastelería. Lo que mi trabajo iba funciones dependienta, atender y organizar la tienda, se ha convertido en limpiarle toda la tienda de suciedad de años atrasados entre otras cosas más, por no decir que no hay nadie que me supervise, mi jefa desde el primer día me deja sola cargo de la pastelería, tanto limpieza, elaboración, horneado, congelación, arqueo de caja…etc., todo lo respecto a llevar una pastelería, este trabajo es nuevo para mi y no tener alguien que me supervise se me hace muy difícil, dado que cuando viene mi jefa me culpa de todo lo que se estropea en la tienda cuando ni si quiera lo tocado y hecho los mandados que me manda, por no decir que tiene cámaras en todos los puntos me observa.
En mi contrato no específica nada todo pone según convenio no se a lo que se refiere lamento mi poco entendimiento sobre el asunto; a parte no solo hizo el contrato de formación sino también la ayuda del sistema de garantía juvenil y programa integral de empleo (PICE).
Yo estoy intentando aguantar porque quiero trabajar y seguir adelante, pero ni me siento valorada y veo me trata una criada de hecho alguna vez me llamado así, me esta costando mi salud.
Mi único miedo y duda por es no decidido dar el paso, dado que es la primera vez que veo un contrato así todo esto no me lo han explicado es nuevo para mí, mis dudas son si yo dejara el trabajo habría alguna sanción para mí o algún problema legal, o si buscara trabajo mientras estoy trabajando y pasara una entrevista podría cambiarme sin problemas, la verdad tengo miedo no quiero que me perjudique de alguna forma, solo deseo buscar otro trabajo para poder irme de este trabajo, solo deseo saber si lo dejo no me traerá consecuencias.
Les agradecería mucho su ayuda, muchas gracias por adelantado, disculpen las molestias por la extensión, un cordial saludo.
El convenio colectivo, que tiene que aparecer en el contrato de trabajo, es un documento, fruto de la negociación colectiva, que regula y mejora los derechos laborales que viene recogidos en el Estatuto de los Trabajadores. Si abandonas el puesto de trabajo, debes de preavisar con lo que indique dicho convenio, si no dice nada se recomienda dar 15 días. No hay ningún problema en buscar otro trabajo, además que perfectamente podrías trabajar en dos sitios a la vez.
Buenos días,
Voy a cumplir en junio mi segundo año de contrato formativo y me gustaría saber si la empresa pierde las bonificaciones en caso de que no decidan renovarme. Gracias
Hola tengo una hija trabajando en contato de formación lleva Ali inédito de dependienta en una pateleria le falta otro medio para hacer los dos mis preguntas una vez q cumpla los dos años trbajados a derechos tiene la niña en el trabajo?? Y la otra pregunta esta cobrando 600 euros por trabajar 6h de miércoles a domingo se entiende al mes está bien pagado??
hola buenas, mira soy estudiante y tengo un trabajo a media jornada, el cual nos han mandado a hacer un curso de formación, el cual lo hacemos desde casa , le debemos dedicar un mínimo de 7,5 horas y no es remunerado. yo terminé el curso en tres horas pero me exigían estar un mínimo de 7,5 horas y estoy en época de exámenes y no puedo dedicarle mas tiempo a algo que ya terminé y que no me pagan por ello , ademas se lo comunique a mi jefe y me amenazó echarme si no conseguía el numero mínimo de horas
Si no es remunerado es voluntario, o si es obligatorio se debe de considerar como hora extraordinaria y ser voluntario. Si está dentro de la jornada, sí que estarías obligado a hacerlo, pero en cualquier caso, debería de ser remunerado.
Hola muy buenas mi nombre es Jesús,he finalizado el contrato de formación de tres años.Aunque he trabajado siempre muy bien o mas de lo que me correspondia a mi parecer,no he terminado de tener buena relación con la empresa,ya que de manera continuada han estado buscando traquiñuelas para colarla por algún sitio;tanto que me engañaron diciendome que finalizaba un dia mas tarde de mi contrato laboral,habiendo avisado que no era asi.Al llamarme diez dias mas tarde para firmar el finiquito lo eche para atras ya que ese dia no salia percibido,me dijeron que se habian equivocado y no deberia de haber trabajado ese dia,que no habia modo de pagarme ese dia,bueno pues me entro 23 dias mas tarde yendo a diario porque me dan largas,para ofrecerme de nuevo el finiquito ademas de lo que es mas importante recibir el certificado de empresa y poder recibir el paro,porque al parecer hasta que no firme el finiquito no me dan el certificado y estan a diario jugando conmigo diciendome que vaya y cuando voy o no estan los responsables o el papel desde la central no ha llegado.Le sere eternamente agradecido a quien pueda ofrecerme alguna solución,gracias.
Aunque no firmes el finiquito tienen que darte el certificado de empresa. Además, deberías haber ya solicitado la prestación por desempleo, si no lo has hecho. Presenta una papeleta de conciliación para exigir el pago del finiquito.
Hola tengo un contrato de formacion qie termina la semana que viene la duracion de tres años… que opciones o contratos me puedes hacer pars seguir en la empresa? Gracias
Si es para el mismo puesto, salvo otro de formación cualquiera en función de las necesidades de la empresa, obra, eventual, interinidad…
Buenos días, Alejandro.
Hay una opción muy interesante, tanto para ti, como para la empresa. Ya que al finalizar el contrato de formación, si lo transforman en indefinido, la empresa tiene derecho a una bonificación de 1.500 euros anuales durante 3 años.
Para acceder a esta bonificación es importante que estén atentos y el último día de contrato lo transformen.
Un saludo
Matizar además que esta bonificación, en el caso de que la trabajadora sea mujer asciende a 1.800 euros por año, durante 3 años.
Pero se puedee hacer directamente despues de terminar el de formacion o tienes que estar algun tiempo en paro y despues te lp hacen. Gracias
puede ser al día siguiente, no hace falta ningún tiempo ni que te apuntes al paro.
Buenas tardes, María. Es muy importante que la transformación la tramiten el último día de tu contrato. Si se retrasa algún día, ya no le van a aplicar en Seguridad Social la bonificación por transformación en indefinido para contratos de formación.
No es necesario que te inscribas en el paro.
Si tu empresa necesita ayuda, pueden ampliar información sobre cómo realizar la transformación aquí: https://www.grupo2000.es/como-transformar-en-indefinido-un-contrato-de-formacion/
Un saludo
Pero si me pueden hacer otro de formacion en la misma empresa pero diferente categoria laboral verda?
Más que diferente categoría profesional, para un puesto totalmente diferente, entiendo que sí que se podría.
Hola de nuevo. Cómo muy bien dice Alejandro, si se hace un nuevo contrato de formación, tendría que ser por un puesto que no guarde ninguna relación. Aunque la empresa debe saber que, con toda seguridad, si se da este caso, será revisado por la Delegación de Empleo que concede la autorización para iniciar el contrato e Inspección de Trabajo, para verificar que no se está haciendo un uso fraudulento del contrato. Un saludo
Buenos días, tengo un contrato en prácticas por 2 años, (acabando el mismo el próximo mes de enero). Actualmente llevo 2 semana de baja por enfermedad común, mi duda es si una vez llegue la fecha de fin de contrato, éste se alargaría obligatoriamente por el periodo que haya estado de baja, o no tiene por qué ser así?
Mi intención no es la de renovar ( si es que la empresa lo ofreciera) puesto que no me siento a gusto en el puesto.
Muchas gracias,
Un saludo.
No, el contrato no se prolonga si tu contrato es en prácticas. Sólo se prolonga en el contrato para la formación.
Buenas tardes, trabajo en un aula matinal que suponen 7,5 horas a la semana, es un contrato por obra y servicio y he encontrado otro trabajo que me haría un contrato de formación, mi pregunta es: ¿son compatibles dichos contratos? ya que no me pisa el horario, no quiero dejar el aula matinal.
si, son compatibles.
Y para la empresa que hace el contrato de formación le supone algo? es decir, recibe la subvención o le quitan? Gracias!!!
Desconozco las subvenciones o ayudas que haya solicitado la empresa, pero con casi total seguridad no le va a afectar.
Hola, mi caso es el siguiente; me hicieron un contrato formativo a jornada completa en abril de este año, los 3 primeros meses me pagaron 200€/mes y trabajaba 27 horas a la semana no echaba las 30 porque me decían que no tenía que ir , tampoco alegando que cuando vinieran las ayudas de la junta me subirian el sueldo tambien me entere que tenia una plataforma a los 3 meses cuando reclame el sueldo, a dia de hoy no me han pagado ninguna nomina impagada y siguen quitandome horas de mi nomina para pagarme menos cusndo las trabajo, no se que hacer y encima creo que m quieren reemplazar por otra chica ya que han puesto un anuncio en si pagina
Tendrás que demandar reclamando el salario y si el contrato está en fraude de ley.
Hola, tengo varias dudas.
Por cada renovación de contrato, tengo que recibir un finiquito?
Me quedan dos meses para que me renueven o me hagan fin de contrato, tengo derecho a paro si yo no quiero renovar?
Tienen obligación de avisarme de que si me vanha a renovar o no?
Si no me avisan, yo tengo obligación de venir el día siguiente del fin del contrato?
Gracias.
No se finiquita si existe renovación, de hecho si no se dice nada, el contrato se entiende renovado y tienes que continuar trabajando. Si eres tu el que no quiere renovar el contrato pierdes el derecho a la prestación por desempleo.
Hola Alejandro, siento disentir, pero mi opinión es que en el contrato de formación y aprendizaje no hay renovaciones, sino prórrogas, y si el trabajador no quiere prorrogar se produce una finalización de contrato, por lo que tendrá derecho a percibir la prestación por desempleo. De hecho, para hacer la prórroga de un contrato de formación se ha de solicitar autorización de la formación al SEPE con un mes de antelación, y por tanto no se da una «renovación automática», es más si no se solicita esta autorización en tiempo y forma no se puede hacer la prórroga, y por lo tanto el contrato se da por finalizado.
Otra cosa es que el trabajador quiera darse de baja voluntariamente antes de que llegue la finalización del contrato y por tanto antes de la fecha de prorrogarlo, que es entonces cuando se pierde el derecho a la prestación.
En cuanto a la comunicación que ha de hacer el trabajador, yo entiendo que se ha de comunicar a la empresa con 15 días de antelación la baja por finalización del contrato, pero esto supongo que lo podrás corroborar tú con más exactitud.
Un saludo.
Gracias por el comentario. Efectivamente creo que mi respuesta no ha sido del todo acertada. De todos modos, si ninguna de las dos partes indica nada, entiendo que la relación laboral continua, y si no se realizar la prórroga de manera correcta por parte de la empresa, el contrato se encontrará en fraude de ley y la relación laboral será indefinida.
Si tengo un contrato para la formación en una empresa y me llaman de otra en la que ya estaba (contratos por días sueltos, normalmente 2 días semana 7 horas/día turnos rotatorios), podré pedir en la empresa con contrato para la formación de forma muy puntual falta por motivos de trabajo en otra empresa?. Sería muy esporádicamente, pero bueno algún día a a la semana igual coincide. Gracias
No, no puedes solicitar ausentarte de la empresa.
Hola , en dos meses haré tres años con contrato de formación y me han comunicado que me lo transformarán a indefinido mi duda es : si actualmente trabajo 36 horas y las 4 restantes se suponen que es de formación , al hacerme el nuevo contrato tendría que trabajar esas cuatro horas más o por el contrario si me deja las 36 horas semanales me reducirán el sueldo?.
Si trabajas 36 horas no te reducirán el sueldo, pero no sería un contrato a jornada completa. Si por el contrario, ahora trabajas cuatro horas más te tendrían que pagar un salario mayor.
Hola buenas, me han ofrecido un contrato de formación en la hostelería y estoy estudiando Administración y Dirección de Empresa en la universidad, ¿habría algún inconveniente en estar matriculado en la universidad y estar trabajando con un contrato de formación ?
no.
Buenas tardes, ante todo gracias por las respuesta.
Tengo un contrato de formación en hostelería, y tengo que hacer un examen, o sino me podrían echar del contrato. ( es esto cierto ?)
y en el caso en el que sea cierto, sabrías en que consiste el examen?
No, no te podrían despedir por eso.
Hola me podrías decir si la junta de Andalucía tiene paralizaos los contratos de formación? Gracias
Lo desconozco.
Hola quisiera saber si la junta de Andalucía tiene paralizados los contratos de formación?
Buenas tardes. Tengo una duda respecto a mi contrato de trabajo. Le explico en principio me hicieron un contrato de trabajo temporal por obra o servicio determinado, y donde indica realización de obra o servicio, pusieron, formación como vendedora de tienda. Ademàs con una jornada a tiempo completo (donde solo estuve a tiempo completo 2 semanas y luego solo trabajando 6 horas los domingos), solo indica la fecha de inicio 19/08/2016 más no la fecha de finalización. Ya que me dijeron que este contrato duraría solo por unas semanas, y que después me cambiarían de contrato, pero no fue así, y ya va a ser un año hasta fines de julio del 2017 con el mismo contrato. Por ello, les comunique que voy a seguir trabajando solo hasta julio 2017 por diferentes motivos no me interesa seguir en la empresa y que las vacaciones que no he disfrutado me las paguen, ya que anteriormente una encargada me dijo que las podría disfrutar los 30 días naturales o bien pedir que me las paguen, grande fue mi sorpresa cuando la encargada de recursos humanos me dijo que no podía pagarme las vacaciones y que el preaviso lo enviase por correo, escrito y firmado y que desde el momento que le enviaba el preaviso estaría de vacaciones…¿es eso posible? ¿es correcto el contrato?
Un saludo
Muchas Gracias
Las vacaciones se deben de pactar de común acuerdo con una antelación de dos meses y habrá que tener en cuenta lo que diga el convenio colectivo. Por lo tanto, no no te pueden dar las vacaciones de esa manera. Ahora bien, si no quieres continuar, si que tienes que comunicar tu baja voluntaria respetando el preaviso que indica el convenio colectivo.
Hola buenas noches, estoy empezando con un contrato de formación, y tengo una y varias dudas pero la primera y la que quiero hacer es la siguiente. La empresa me ha hecho un contrato de formación de 1 año con un período de prueba de 3 meses, el trabajo es en un super y hay un nivel de exigencia altísimo en cuanto al trabajo, si me despidieran a los 3 meses o antes, otra empresa podría hacerme un nuevo contrato de formación o solo se puede hacer una vez en la vida? un saludo
Podrían hacerte otro.
Si ya has estado contrato con un contrato de formacion y se cesa la relacion por baja voluntaria otra empresa podria hacerte un contrato de formacion aun habiendo estado un año de formacion en otra ya?
si, se puede
Hola buenas tardes. Mi duda es, llevo casi 3 años con el contrato de formación y acabo en un par de meses, si la empresa decide hacerme indefinido esta obligada a hacerme con 40 horas o podria hacerlo con menos horas? Muxas gracias un saludo.
Podría hacerte con menos horas.
Hola queria saber si para que te hagan un contrato de formacion es obligatorio estar inscrita en el INEM, si tengo otro trabajo podrian hacermelo?
No, no es obligatorio. Aunque, para que la empresa lo bonifique sí.
Para que la empresa lo bonifique tendria que estar desempleada un poco antes de entrar en septiembre o desde ya que se estan llevando a cabo los trámites??
Buenos días, Alba.
Para que la empresa lo bonifique deberías estar inscrita al menos 1 día antes del alta del contrato.
Un saludo
Y cuando me hagan el contrato podria compaginarlo con otro trabajo o le quitarian la bonificacion? Gracias
Hola , me llamaron el abril de una empresa para hacerme un contrato de formación me dijeron que los trámites de ese contrato tardaba mucho y que si todo iva bien y no me lo echaban para atras el contrato en septiembre entraría a trbjar pero en abril me avisaron para trbjar en una guarderia y y voy a estar trbjando hay hasta agosto me perjudicaria estar trbjando en otro sitio para los trámites del contrato de formación?
No, en principio no te perjudicaría.
Buenas tardes. Mañana día 30 finaliza la duración del contrato de formación que le realicé a una trabajadora. Le entregue notificación fin de contrato a principio de mes, pero el día 5 de mayo se dio de baja por IT con previsión de que esté por lo menos 3 meses de baja (ansiedad y depresión). Se que con la IT, se suspende la duración del contrato y que podría prorrogarle 2 años y además los días que esté de baja, pero ¿y si no quiero? realmente no me interesa renovarle más y querría extinguir la relación laboral mañana por fin del plazo de duración estipulado. ¿Me tengo que esperar a que se reincorpore de la IT y a que complete el año de formación?
Muchas gracias, un saludo.
Que duración inicial tiene el contrato? Como bien dices, la IT suspende el contrato por lo que se alarga hasta que se cumpla el tiempo estipulado en el contrato. Si no quieres cumplirlo, tendrás que despedirla, pero cuidado si no existe causa que ahora puede ser declarado nulo.
El contrato se formalizó el 31/05/2016 y tenía una duración inicial de un año, es decir, hasta ayer día 30/05/2017. Queríamos prorrogarle un año más, pero como te digo el 05/05/2017 se dio de baja por depresión y tiene un pronóstico de continuar al menos 3 meses. Entonces, resumiendo, le puedo rescindir el contrato pero asumiendo que me puede demandar por despido no? en cuanto a las bonificación en los seguros sociales percibidos todos estos meses, entiendo que no habría que devolver nada no?
Muchas gracias, un saludo
Si rescindes antes de que finalice el contrato, sólo se podrá hacer mediante despido. Si demanda podrá ser considerado como despido nulo.
Hola buenos días hay algún inconveniente si a los 4 meses que llevas en el contrato de formación te quedas embarazada? Me van hacer un contrato de formacion de tres años,el miedo que tengo es de una vez que lo tenga si podría incorporarme.
Ningún problema. El contrato se extiende automáticamente y no se tiene en cuenta el periodo de embarazo, aunque nunca perderás salario ya que lo cobrarás igualmente durante la baja.
Hola buenas tardes;
Si mi empresa me despide a mitad de contrato de formacion de un año a los 7 meses, tengo derecho a cobra paro?
Si has cotizado más de un año, es decir, tienes otro trabajo anterior sí, tendrás derecho a paro, sino no has cotizado lo suficiente y podrás pedir subsidio.
Buenos días.
El contrato de formación tiene derecho a prestación por desempleo. Ya lo que habría que ver es si has cotizado lo suficiente para pedir la prestación. Al ser despedido, tendrías derecho a cobrar el paro si has cotizado el mínimo necesario (este requisito es fundamental, independientemente del tipo de contrato). Te recomiendo consultar esta página: https://sede.sepe.gob.es/es/portaltrabaja/resources/pdf/prestaciones/guia_uso_solicitudes_prestacion.pdf
Un saludo
Hola buenas, le comento mi caso, estuve dos años contratado como formacion y aprendizaje, y mi jefe me comenta ahora que me va a hacer un contrato de prácticas, que derecho tengo a que me haga indefinido? La antigüedad la conservo? Tengo derecho a subida de sueldo?
Tengo 1 grado superior terminado hace me os de 5 años y otro que lo deje en 1°
Del mismo sector ambos dos son.
Si el contrato está en fraude, es indefinido.
En relación a la antigüedad, sí que la conservas.
Hola.
Me gustaría saber que pasa si se suspenden los exámenes del contrato de formación.
Gracias.
Nada, que no te den el certificado pero no pasa nada.
¿ La empresa no perdería la bonificación verdad?
¿Y a mí me podrían volver a renovar con el 2° año con el mismo contrato de formación?
GRACIAS.
Buenos días, Leopolda.
En referencia a tu consulta, no pasaría nada si suspendes el examen, aunque la asistencia a éste sí es obligatoria, y lo suyo, ya que tienes que hacer la formación, es que aproveches la oportunidad de obtener el Certificado de Profesionalidad.
En cuanto a la formación, es obligatorio realizar la entrega de todas las actividades y un mínimo de conexión al aula virtual, sin esto, es bastante probable que desde la Delegación de Empleo no autoricen la prórroga y no se pudiera renovar el segundo año.
Espero que sirva de ayuda.
Un saludo
Hola mi duda es la siguiente, si me anulan el contrato de formacion por no presentarme al examne, la empresa podria hacerme otro tipo de contrato? gracias
No te van a anular el contrato.
Buenas tardes, Carmen.
La asistencia a los exámenes es obligatoria. Si no asistes al examen tiene que estar debidamente justificada. En el caso que no puedas aportar justificante, la Delegación de Empleo puede tomar las medidas oportunas, entre ellas instar a la empresa para finalizar el contrato.
Es decir, que no es algo automático, pero si tendría como consecuencia el inicio de un proceso que puede finalizar en el despido objetivo. Ya que tal y como indica el art.16 del Real Decreto 1529/2012: «la persona trabajadora contratada para la formación y el aprendizaje
estará obligada a prestar el trabajo efectivo y a participar de manera efectiva en la
actividad formativa relacionada. Las faltas de puntualidad o de asistencia no justificadas
de la persona trabajadora a las actividades formativas podrán ser calificadas como faltas
al trabajo a los efectos legales oportunos.»
Además, te animaría a asistir al examen porque, ya que estás haciendo la formación, sería genial que te presentases para obtener el Certificado de Profesionalidad.
Un saludo.
Hola buenas, en primer lugar enhorabuena por responder a las dudas que tenemos. Mi duda es la siguiente. Me van hacer un contrato de formacion y me dicen que voy a cobrar 530€, que es el 75% del SMI, eso es correcto? En el convenio no dice nada del salario de un contrato de formacion. He leido que tendria que cobrar el 75% del salario segun el puesto que voy a ocupar. Cual es el salario que tendria que cobrar? Gracias de antemano.
Si hay convenio el 75% convenio.
Hola,quisiera saber si tengo derecho a reclamar la falta de preaviso en un contrato de formación de un año exactamente, no más de un año como marca la legislación. Gracias
No, si no supera el año no es necesario el preaviso.
Hola! Quisiera saber si es cierto que tengo que recuperar el tiempo de formación si estoy de baja
Por ejemplo si estoy de baja 4 meses tengo que recuperarlos?? Me lo dijo la gestoria de mi empresa
Les explico mi caso en diciembre se me acaba el contrato de formación este ya sería el tercer año
El jefe me quiere hacer un contrato ya definido por un año pero yo no quiero seguir porque estoy embarazada y trabajo casi todo el día
En principio cojeria la baja en septiembre y en diciembre me terminaría el contrato
La gestora dice que tengo que recuperar ese tiempo que este de baja en formación es así??
Si, el contrato se alarga por causa del embarazo o incapacidad temporal.
Hola tengo una duda sobre estos contratos de formacion.A mi me van a contratar con un contrato de esto en una lavanderia.Me preguntaron que si tengo la ESO(la SEPE) pero yo tengo el bachillerato.Despues de eso me ha dicho que tambien voy a tener ese contrato y que voy a trabajar y voy a hacer ese curso o que es.Pero yo no se mucho de esto si yo voy a tener derecho al paro si o no ?Estoy interesada en esto si alguien lo save.
Gracias.
Sí, al finalizar el contrato tendrás derecho al desempleo.
Buenas noches me gustaría saber si se pueden hacer esos contratos a menores de 30 años mecánicos. Gracias
si.
Hola buenas, me van a hacer un contrato para la formación y la practica de duración de un año, pero alomejor me llaman de otro sitio , otro empleo mejor e indefinido, quisiera saber si la empresa puede cargar contra mi de alguna manera si en mitad del año por decir algo me quiero ir al otro empleo, o puede tomar medidas contra mi.
Gracias por adelantado.
Preavisa con lo que indique el convenio tu baja voluntaria y ya está.
Hola buenas noches , mi pregunta es la siguiente tengo un contrato de formacion laboral , es un curso que me pagan .. el caso es que estoy embarazada y queria saber si me dan la baja x materninad , no cobraria o si es que no se k pueda pasar decir que el contrato es de 9 meses con dos de prueba
Sí que tendrás derecho, si cumples los requisitos establecidos para ello. Lee el apartado de requisitos: http://www.seg-social.es/Internet_1/Trabajadores/PrestacionesPension10935/Maternidad/RegimenGeneral/Situacionesprotegid28301/index.htm#35567
Hola, tengo un contrato formativo. Este es mi segundo año y me piden 4 horas mas xk es verdad que a partir del año te pueden pedir el 85% de la jornada laboral. Mi horario pone de lunes a sábados de 10 a 15, me hacen rotar y ir por las tardes y ahora doblar para hacer esas 4 horas de mas. Mi pregunta es si son ellos los que eligen cuando hacer las 4 horas mas xk quieren ponerme todos los sábados a doblar. Gracias un saludo
Sí, son ellos. Aunque en principio los contratos de formación y aprendizaje no pueden hacer turnos rotativos.
Hola, estoy actualmente trabajando con un contrato de formación del cual se esta incumpliendo muchas cosas por ejemplo: hago 55h semanales (un dia a la semana 15H seguidas sin descansos solo 15 min para comer) mas las 10h de formación online.
La semana que viene tengo un examen presencial a 40km de mi trabajo y en horario de trabajo.
Mi pregunta es: ¿me pueden obligar a cambiar mi turno por la tarde para ir al examen toda la mañana y luego trabajar por la tarde?
un saludo y gracias.
INFO: El derecho a la formación
Hola David,
Lo primero, en cuanto al horario, ha de ser el que aparece en el contrato que firmaste, pues tienen que venir reflejadas las horas de trabajo, 75% del tiempo, como las de formación, el 25%, es decir se indicarán 30 h/semana de trabajo y 10 h/semana de formación (si no se pactan otros periodos con diferente porcentaje, siempre respetando esta proporción de 75%/25% en el tiempo total del contrato).
Además, en el anexo al contrato, se refleja la planificación formativa, indicando los exámenes, el sitio y el horario de realización de los mismos. Las horas de desplazamiento se contarán como horas laborales.
Buenos días!
Mi situación es la siguiente:
Contrato a un trabajador con un contrato para la formación. Pago cada una de las mensualidades correspondientes a la formación que el trabajador recibe y se respeta la jornada de trabajo que el trabajador emplea para la formación . Transcurren un año y medio y recibo una inspección de trabajo en la que me sancionan con la devolución de las bonificaciones más el recargo correspondiente, además me ponen una multa y me obligan a hacerle un contrato fijo al trabajador porque dicen que no he cumplido con mis obligaciones como empresario. El tema está en que el trabajador no ha realizado los test del curso de formación básicamente porque reconoce que no ha querido hacerlo. He obrado de buena fé y encima me sancionan. El trabajador ha imcumplido porque no ha dedicado la parte de su jornada de trabajo que le correspondía a su formación y encima se queda con un contrato fijo en la empresa. Que puedo hacer ante esta situación????
Habría que mirar la resolución de infracción e impugnarla.
Habría que ver en qué se basa esa resolución, y ver con detalle toda la situación. Si lo deseas, puedes contactar con nuestro centro y podemos estudiar contigo la situación.
Un saludo.
Hola, gr a xi por solventar nos estas dudas la verdad es que me has quitado un peso de encima.. Pero si yo en mi segundo año de formación me quedara embarazada puede hechar me sin ningún problema? Un saludo y gracias
Hola, me encanta tu pagina y la verdad necesito tu ayuda. soy una trabajadora de una tienda de telefonia movil, me hicieron un contrato de formacion de 30h en diciembre de 2014, contrato que le renovo a mi segundo año de formacion de 34h en diciembre del 2015, mi pregunta es: en enero yo cumplo los 30 años y tengo entendido que con 30 años ya no puede renovarme a formacion pero como los cumplo un mes despues de que se haga la renovacion de mi contrato se puede hacer o me tendria que hacer fija??
la segunda duda que tengo es : mi jornada laboral es de lunes a sabado , con turnos rotativos el cual nunca hago porque casi siempre voy de tarde. lo unico que roto son en horas, es decir, un lunes hago 8 h el martes 4 el miercoles 5 y asi sucesivamente hasta hacer las 34h. mi pregunta es: puede mi jefa ponerme 34h de lunes a viernes y contarme el sabado como vacaciones, es decir ella lo que pretende es darme dias sueltos de de vacaciones quiere darme una semana pero con dias sueltos 1 sabado, de la siguente semana jueves viernes y sabado y segun ella como ya hay 2 domingo tambien cuenta como vacaciones , pero lo que me parece raro es que si me da las 34h para hacer de lunes a viernes me cuente el sábado como dia de vacaciones y no como festivo.
espero tus respuesta porque la verdad despues de casi dos años me estoy dando cuenta que no le importa lo q pienso siemplemente mira por su tienda y por jodernos a las trabajadoras con chanchuyos raros
un saludo
De forma resumida
Buenas tardes, en primer lugar muchísimas gracias por atender a cada duda que surge. Yo estoy en una situación que no encuentro la respuesta a mis preguntas. He comenzado a trabajar en una fábrica, llevo una semana, el jefe me dijo que me haria contrato de formación con mis 8 horas de trabajo diarias (aunque en realidad se echan horas extras y sábados, que me he dado cuenta al pasar los dias y hablar con compañeras) la cuestión es que aún no me ha hecho el contrato y cuando le pregunto dice que tiene que esperar un mes a que le den autorización, que como aún no hay gobierno no se puede hacer nada…. He estado leyendo en internet y si que hay que pedir autorización, pero hay que notificar desde el primer día. Mi duda es, ¿es eso cierto? ¿tanto tarda? ¿y en el caso de que lo aprueben, yo cotizare desde el dia que comencé a trabajar?
Me siento engañada la verdad y no encuentro información útil en la web.
Gracias
Si no has firmado nada tu contrato es indefinido y a tiempo completo, por lo tanto, tus condiciones son mejores que si hubieras firmado. Aunque el contrato no este por escrito, la empresa tiene la obligación de cotizar y de abonar tu salario
Muchas gracias por tu respuesta, pero no creo que vaya a cotizar este mes. No me dieron de alta en la seguridad social y ellos van a hacer el contrato de formación «supuestamente» en estas semanas… ¿cómo cotizo entonces si lo paga en negro? y dice que es culpa del gobierno que siempre explota al pequeño empresario…
Hola buenas , yo tengo casi el mismo problema que tú , esperanza.
Yo firme el contrato de formacion hace un mes, y ‘supuestamente’ tardaría entre dos o tres semanas y hasta que no lo aprobarán no podría firmar el contrato… y estoy desesperada , sin ninguna respuesta.
Buenos días,
Mi caso es el sigueinte:
Un inspector ha declarado mi contrato en formación en fraude por irregularidades en la formación. El inspector propuso a la empresa la conversión a indefinido (que es realmente lo que me interesa) antes de multar a la empresa, pero la empresa ha decidido pagar la multa y no convertir el contrato.
Mi pregunta es, ¿como debo proceder ahora para que mi contrato se convierta en indefinido?
Gracias y saludos.
Demandar a la empresa, presentando una demanda ante el juzgado de lo social.
Buenos días:
Tengo un Contrato de Trabajo para la formación y el aprendizaje, apoyado por el convenio colectivo de PANADERIAS PASTELERIAS 2014.
No estoy recibiendo clases de ningún tipo ni reducción de jornada, solo me ha pedido que rellene unos test en 11 meses de trabajo que llevo hasta la fecha.
Hay semanas que no llego a las 40 horas semanales y otras las supero con creces.
Haciendo caso omiso a mis nóminas, el jefe nos paga a 5€/hora, teniendo que devolver la diferencia del ingreso (últimamente ya no paga la cantidad marcada en la nómina, sino la correspondiente a nuestras horas).
Comenta que las vacaciones no las paga como trabajadas, es decir, si yo cojo una semana de vacaciones, esa semana no cobro.
Además del año pasado sólo disfruté 4 de los 15 días que me pertenecían, mediante acuerdo verbal se pactó que las podría disfrutar este año y temo que no sea así.
A su vez, he leido en el convenio que tenemos derecho tanto a las vacaiones con salario como a tres pagas extras, de las cuales ni yo ni mis compañeras sabemos nada.
Las horas extras las paga como una hora ordinaria, no tenemos plus de nocturnidad, trabajamos a turnos, aveces sin descanso de 12h y los festivos también los contempla como días ordinarios.
¿Que he de hacer para poder reclamar lo que por derecho me pertenece?
Gracias de antemano.
Presentar una reclamación de cantidad, y una denuncia ante la inspección de trabajo.
Tengo contrato de formación, casi ya dos años y voy a cumplir 30 años, puedo exigir el cambio de modalidad
Mi pregunta es la siguiente:
Me van a hacer un contrato de formación y aprendizaje por un año, pero actualmente trabajo con un contrato temporal a tiempo parcial en el comedor de un colegio. Serían compatible los dos contratos a la vez.
Si
Hola tengo unas dudas, tengo un contrato de formacion que cumple en julio, tube un accidente laboral en diciembre y esta semana me dieron el alta,cual fue mi sorpresa que al avisa a mi jefe para incorporarme al trabajo me dice que no que estoi despedida..sin previo aviso ni nada..y encima quiere que firme la baja voluntaria…me gustaría saber que es lo que me pertenece para estar preparada para cuando me llame a recojer los papeles.
Gracias
En primer lugar, demanda para conseguir una indemnización por el accidente de trabajo. En segundo lugar, no firmes nada, y si no te da carta de despido mejor, a que ganaras más en un posterior juicio. Comprueba si ya te dio de baja en la Seguridad Social, y en ese caso, demándalo.
Buenos días,
Respecto a la demanda por accidente de trabajo estoy de acuerdo en cuanto a la presentación de una demanda.
No obstante, estoy en total desacuerdo con lo de no firmar nada para poder ganar más en un posterior juicio.
Yo generalmente suelo aconsejar que firmen pero con un NO CONFORME y que escriban además fecha y hora de la entrega de la carta de despido, ya que así nos darán copia y podremos en la demanda argumentar con más motivos los hechos alegados. Si no firmas, no te dan copia de la carta de despido y demandas un poco a ciegas, sin saber exactamente el por qué.
Sin olvidar que si no quieres firmar puede el empresario llamar a dos testigos para que puedan decir que ellos te han entregado la carta de despido pero no la has querido coger.
PD: felicitaciones por el blog!
Gracias por el comentario con el cual estoy muy de acuerdo. En este caso concreto me refería a que no firmara nada en referencia a la baja voluntaria. Por querer ser demasiado conciso, no fui lo suficiente preciso.
Buenas, acaba de finalizar mi contrato de formación durante 3 años, quisiera saber cuántos días por años trabajo me pertenece a la hora de cobrar el finiquito. y si me puede contratar la misma empresa con otro contrato de formación.
gracias
No tienes derecho a indemnización, aunque si finiquito, y si en función de las causas podrán hacerte otro contrato.
Que pasaria si me quiero ir de la empresa y no e terminado el contrato? Tendria mi jefe que pagar por yo incumplirlo?
Debes de respetar el preaviso que indica el convenio colectivo.
buenas tardes, yo tenia un contrato de aprendiz y no pude volver porque se estaba crzando con mi horario de universidad. yo quedo betada para tomar un nuevo contrato de practicas empresariales y cunato tiempo quedo por fuera. gracias.
Buenos días
Mi duda es si tras la finalización del contrato de formación, se puede realizar un contrato de obra y servicio, debidamente justificado por supuesto.
Gracias
Si hay causa si.
Hola, si una empresa que tiene contratado a un trabajador de estas características, no ha bonificado la parte de formación teórica durante un mes, ¿puede hacerlo con posterioridad, aunque hayan transcurrido varios meses?
Hola, puedes solicitar a la Seguridad Social las bonificaciones atrasadas que correspondan al año en curso mediante una «Devolución de ingresos indebidos».
No suelo tramitar contratos, así que no puedo responderte a tu pregunta.
Hola, dentro de poco empezaré a trabajar con un contrato de formación de 9 meses, al terminar me darán un certificado de profesionalidad. En junio de 2015 terminé un grado medio de FP, ahora quiero hacer un grado superior de FP. Mi pregunta es: ¿Puedo trabajar con el contrato de formación y estudiar un grado superior de FP al mismo tiempo? trabajaría por las mañanas y estudiaría por las tardes.
No son incompatibles.
Muchas gracias, pero las bonificaciones corresponden a un mes de 2015, ¿se puede presentar la solicitud de devolución de ingresos indebidos?
Ves a Tesorería a ver si te dejan presentar la solicitud presencialmente, pues generalmente las aceptan. Telemáticamente imposible.
Muchas gracias, eso intentaré.
Buenas tardes se puede firmar un contrato para teleoperadora y una vez finalizado para otra profesión, por ejemplo, para contable?
Gracias!
Si, sin ningún problema.
Ola buenos días a mi se me cumple el contrato de formación los 3 años quería saber si tengo derecho a liquidación y cuantos días por año me tendrían que dar
Liquidación si, pero no existe derecho a indemnización.
Hola, en primer lugar felicitarle por la gran labor que haces y la ayuda que nos das a todos los que no sabemos del tema.
Le cuento brevemente mi caso:
En Septiembre me hicieron un contrato de formación por el periodo de un año, a los 6 meses del cumplimiento del mismo, sin preaviso de un día para otro me comunican que me despiden y que me hacen una especie de finiquito con liquidación.
Las cantidades a priori parecen correctas, pero no se yo si tengo derecho a reclamar algo, puesto que no me han avisado al menos con 15 días de antelación y por que estaba bajo un contrato fraudulento de contrato de formación cuando no hacia nada teórico y realizaba jornadas laborales de 9 y 10 horas al día.
Si me pudieran orientar un poco les estaría muy agradecido.
Saludos y gracias por su atención.
Depende de la causa del despido debería avisarle con 15 días de antelación. Sin embargo, normalmente en estos casos la empresa reconoce la improcedencia, de esta forma se le tiene que abonar además del finiquito unos 16 días de indemnización en su caso.
hola, queria saber si los dias de vacaciones que me deben del 0primer año de formacion me lo tienen que resolver en finiquito al terminar el primer año o se guaran si se prorroga el contrato por segundo año y se acumulan a futuras vacaciones y en segundo lugar en primer año realizo una jornada de 30 horas a cuanto es prorrogable es decir cuantas horas realizaria en segundo año y cuanto se incrementa el salario. gracias
un saludo
Las vacaciones que no se disfruten en el año natural se pierden, salvo que no se disfruten por culpa del empresario. Es decir, no se pueden acumular vacaciones para periodos futuros.
Hola Alejandro, en primer lugar gracias por resolver todas nuestras dudas, quería comentarte mi caso y mis dudas personales. El 1 de septiembre del 2015 firmé un contrato para la formación y el aprendizaje de un año que se estipulaban 30 horas laborales y 10 de estudio por semana, lo que se convirtió en 40 o más semanales, pagadas como extras, las jornadas suelen pasar las 9 horas continuas de trabajo, sin descanso y una vez acabada la jornada según turnos pueden pasar menos de 12 horas de descanso antes de la siguiente jornada, además se suman turnos nocturnos y en ciertas ocasiones turnos partidos. A día de hoy tras casi 7 meses de trabajo me han concedido tan solo 3 días de vacaciones, y al ser hostelería no nos van a dar vacaciones de aquí en adelante, como mucho 3 días más. Mi pregunta es, ¿puedo pedir, exigir o presionar para conseguir los días de vacaciones que me corresponde o la empresa puede negarse a dármelos? Dado que tienen bastantes irregularidades en los contratos ¿puedo entonces por mí cuenta forzarles para que cambien de idea con la amenaza de una denuncia, o debo esperar a que acabe mi contrato (que al ser de este tipo pueden prolongarlo otro año) o avisarles con antelación que no quiero continuar? No sé qué debería hacer ni cuál es la mejor opción. Gracias por tu atención y tu consejo. Un saludo.
Puedes demandar ante la situación actual, indicando que tu contrato está en fraude de ley, y por tanto que debes ser considerado infinido. Por otro lado, las vacaciones, y en relación con lo que indique el convenio, se deben de preavisar con dos meses de antelación. Es decir, que ahora no puedes exigir, salvo que sea de común acuerdo, el día de disfruta de las vacaciones. En caso de discrepancia, se deberá acudir a los tribunales, es un procedimiento que tiene tramitación preferente.
Hola buenas, tengo una pregunta.
Tengo un contrato para la formación y el aprendizaje, pero la empresa no me da ninguna formación teórica.
¿Qué debería hacer?
Demandar por contrato en fraude de ley.
Hola he leído los comentarios y he entendido que si dejas un contrato de formación no tienes derecho a la ayuda de paro cierto? Pero mi duda es si yo dejo el trabajo porque no cumple las condiciones de horas ni salario establecido sigo sin tener derecho a la ayuda de paro?
En caso de que no cumpla las obligaciones como empresario debes reclamaras y exigirlas judicialmente, y en caso de que dichos incumplimientos sean graves se podrá solicitar la extinción de la relación laboral. En dicho caso tendrías derecho a paro. Es decir, que para que tener derecho a paro es un juez el que determina que existen incumplimientos graves. En cualquier caso, realizar horas extraordinarias no se considera un incumplimiento para solicitar la extinción, sino que se deberá reclamar el importe de las mismas.
Hola Alejandro,
en este caso según la normativa, Real Decreto 1529/2012, de 8 de noviembre, por el que se desarrolla el contrato para la formación y el aprendizaje y se establecen las bases de la formación profesional dual, se establece en el punto 4 del artículo 8 que «Los trabajadores no podrán realizar horas extraordinarias, salvo en los supuestos previstos en el artículo 35.3 del Estatuto de los Trabajadores. Tampoco podrán realizar trabajos nocturnos ni trabajos a turnos», por lo que si entiendo que podrá solicitar la extinción o la demanda por contrato en fraude de ley.
Contrato en fraude de ley y horas extraordinarias si, extinción no creo que se consiga.
Buenas tardes
Me he incorporado de una baja de maternidad y he disfrutado de mis vacaciones del año 2015( 30 días). Me incorporado el 4 de abril después de disfrutar mis vacaciones(2014) y mi lactancia.
Tengo derecho a vacaciones del presente año?
Muchas gracias
Si, tienes derecho a ellas.
Hola Alejandro,
antes de nada felicitarte por este servicio, tus respuestas son certeras y no dan lugar a dudas. En ninguna web de centros de formación especializados en contratos de formación he encontrado un asesoramiento tan preciso.
Paso a mi consulta, quiero contratar a una persona como representante comercial, viajando y visitando clientes, y estoy valorando hacerlo con un contrato de formación vinculado al ciclo formativo de título de grado medio de Formación Profesional, pero en mi asesoría me han dicho que este tipo de contrato «no es conveniente» para trabajadores que ejerzan su actividad laboral de forma independiente, porque han de estar «tutelados» constantemente, y les he pedido que me aporten la normativa, para lo que me hacen referencia al apartado 1 del Artículo 20 del Real Decreto 1529/2012, de 8 de noviembre:
«Artículo 20. Tutorías vinculadas al contrato.
1. La persona titular de la empresa deberá tutelar el desarrollo de la actividad laboral, ya sea asumiendo personalmente dicha función, cuando desarrolle su actividad profesional en la empresa, ya sea designando, entre su plantilla, una persona que ejerza la tutoría; siempre que, en ambos casos, la misma posea la cualificación o experiencia profesional adecuada».
¿Este «tutelar» significa supervisión constante y continuada y por tanto no permite al trabajador desarrollar su actividad laboral de forma independiente?
En definitiva, ¿puedo contratar en formación y aprendizaje a una persona para la activad de representante o vendedor comercial ejerciéndola viajando o visitando clientes?.
Muchas gracias por tu respuesta y un cordial saludo!
Estoy de acuerdo con la opinión de la gestoría. El contrato de prácticas tiene como objeto dotar a un trabajador de una cualificación profesional alternando el trabajo efectivo con la realización de un curso práctico. Cada vez son más frecuentes las inspecciones de trabajo relativos a este tipo de contratos, ya que su uso, por los beneficios que otorga, aumentó considerablemente. La tutela necesaria tiene que ser analizada para cada caso concreto, y por tanto, siempre existirá el riesgo de que el contrato se considere fraudulento.
Muchas gracias por tu respuesta, Alejandro.
Reitero mi enhorabuena por tu excelente servicio.
Un saludo!
Buenos días, mi pregunta es la siguiente. Si poseo un titulo universitario de Grado en Sociología, ¿podría tener un contrato para la formación y aprendizaje (NO en prácticas) para el puesto de dependienta, cumpliendo las demás condiciones necesarias? Es decir, si yo poseo titulo universitario no relacionado con la formación que se me va a impartir ( actividades de ventas, sería) ¿Podría tener este tipo de contrato? UN saludo, gracias.
Si, se podría tener ese contrato para la formación.
Buenos días
Mi pregunta es la siguiente.
Tengo un contrato de formación donde por cosas de la vida me he cogido la baja de maternidad así como mis días de lactancia. A la empresa le ha sentado súper mal y han mandado a la contable a decirme que no me renuevan el segundo año.
En nómina ya me empieza a salir mas salario de lo que cobro, pues no voy a firmar nada y reclamar lo que falta.
Pero respecto a la no renovación puedo hacer algo?Ya que quien me ha informado ha sido una compañera ?
Otra cosa he hecho horas extras y como soy precavida he hecho que la empresa me las firmará en su momento, por qué importe me las tendrían que abonar?
Muchas gracias de ante mano
No dudes en demandar por despido nulo cuando te indiquen fin de contrato. Tienes un plazo de 20 días hábiles.
Muy buenas. Estoy trabajando en una empresa a través de Feuga, pero la desinformacion es total. En caso de que no se cumplan las condiciones preestablecidas por parte del empresario, ¿que opciones tengo? ¿perderia la beca? Gracias.
En primer lugar, habría que saber las condiciones de la beca. Entiendo que la parte proporcional de lo que has trabajado no se te puede denegar, pero no conozco las condiciones de la concesión de la beca para darte una opinión al respecto.
Hola, yo quería saber si cuando termine mi primer año de contrato tengo que firmar uno nuevo o se renueva automáticamente. Ya que el contrato que firmé dura un año y no sé si se renueva automáticamente o me tienen que hacer otro contrato para el segundo año.
Gracias, un saludo!
Se entiende prorrogado, sin necesidad de firmar otro.
Hola, el día 5 de marzo Hago 1 año en mi empresa con un contrato de formación, hace 1 mes que le comunique a mi empresa que no fuese renovada, puesto que estoy buscando otro trabajo que pueda atender mejor,seria fin de contrato,no? No podrían alegar baja voluntaria? Por favor necesito saberlo. Gracias
La decisión de indicar que no quieres aceptar una renovación es considerada como baja voluntaria. Cuestión diferentes es que la empresa indique como causa finalización de contrato.
Hola, tengo una duda, hace casi un año empecé mi curso de formación , el día 5 de marzo se me cumple, e pedido que no me renueven, podria la empresa presentarlo como baja voluntaria? O como finaliza mi contrato. Seria finalizaron. Me da miedo que pueda perder mi derecho a paro
Puede ser equiparable a baja voluntaria.
Hola Alejandro,
Tengo una duda con respecto a mi contrato de formación. He presentado mi baja voluntaria antes de que finalice mi año de contrato, no di un preaviso de 15 días puesto que en mi convenio colectivo no especifica nada y ahora la empresa dice que no me corresponde finiquito ¿es cierto?. Por otro lado, yo he ido firmando mis nóminas pero realmente me pagaban menos de lo estipulado, ¿puedo reclamarlo? o ¿al haber firmado nóminas ya no tengo nada que hacer?.
Gracias
Si te pagaban menos de lo estipulado siempre podrás reclamarlo, cuestión diferente será demostrarlo. El finiquito puede ser cero, en el se tienen que abonar las vacaciones generadas y no disfrutadas así como la parte proporcional de las pagas extraordinarias.
tengo un contrato indefinido con un periodo de prueba de 6 meses y un mes de formación ¿podria dejar la empresa en el periodo de formación?
Puede finalizar cuando quiera. Si está dentro del periodo de prueba no requiere preaviso, en caso contrario, lo que indique el convenio.
Hola Alejandro
Tengo un contrato de formación desde hace 4 meses y me han avisado con 15 día que por tema de producción van a despedirme. ¿Sabes si tengo derecho a indemnización? y de cuanto sería?
Gracias
Si es por temas productivo, 20 días por año trabajado, es decir, unos 6 días en tu caso de indemnización y un preaviso de 15 días.
perdona, entonces mi contrato q es dw un año de 5de marzo de 2015a 5de marO de 2016,q pone la fecha en el contrato. en el cual he trabajado hasta julio de 2015y de baja por riesgo hasta octubre y ahora maternidad hasta febrero. entonces mi contrato se deberia de alargar hasta siete mesws mas? antes tuve un contrato de seis meses pero cambiarin el nombre a la empresa y me hicieron un año. pero me temo q si se caducara. no me renueven
hola, comentó. es que mi contrato de formacion acaba el 5marzo. he estado de baja por riesgo en el embarazo desde los seis meses. y ahora estoy con las maternidad. me reincorporó el 25de febrero. mi duda es q los meses q no htrabajado, se me alarga en el contrato o se me cumple en dicha fecha q pone fin de contrato?
Se debe alargar el contrato.
Hola muy buenas Alejandro, estoy terminando mi tercer año de contrato formativo en un hipermercado de cajero, y mi pregunts es .. Cuando acabe este ultimo año tendré derecho a liquidacion o finiquito?
He estado buscando información sobre esto pero no me queda nada claro, un saludo y gracias de antemano.
No tendría derecho a indemnización, pero si a finiquito: es decir, las vacaciones generadas y no disfrutadas y las pagas extras generadas, si es que no las tenías prorrateadas. En caso de que no te adeudaran nada por estos conceptos, en principio, el finiquito sería cero.
Mi duda es si en este contrato para la formación y el aprendizaje, si lo quiero dejar, tengo que preavisar a la empresa por ley?
Dependerá de lo que indique el convenio colectivo. En otro caso, siempre es recomendable 15 días. La ley lo que indica es «lo que marque el convenio colectivo o la costumbre del lugar»
Hola,
La empresa-cooperativa donde trabajo ha tomado la decisión de NO prorrogar el tercer año de contrato de aprendiz a ninguno de sus trabajadores, lo que significa, que cuando cumples tu segundo año como aprendiz, NO TE RENUEVAN EL TERCERO.
Esta decisión ha sido tomada ya que en una inspección se dieron cuenta de que habia trabajadores que habian trabajado en la empresa varios meses y despues de esta relación laboral, se iniciaron y completaron varios contratos de aprendiz completos (los tres años), por lo que la inspección dictaminó que esos trabajadores debian hacerlos indefinidos.
Mi pregunta es:
¿Es esto legal? La empresa se beneficia de los descuentos del estado pero no con la intencón de formar a sus trabajadores, sino para un ahorro exclusivo. Es verdad que cumple con los requisitos de formación en cuanto a horas y materiales, pero nunca con la intención de que ningún trabajador cumpla los tres años de aprendiz.
Se da el caso de que cuando terminas el segundo año de aprendiz, te despiden y pasados 6 meses te vuelven a contratar (ya no como aprendiz), sino un contrato normal.
Espero que entendais la pregunta, el caso es un poco complejo, pero está pasando.
¡Saludos!
El contrato de formación puede ser realizado por un tiempo entre uno y tres años. En ningún caso la legislación obliga a que se de una formación de tres años, por lo tanto, si la empresa cumple los requisitos de formación, en cuanto a horarios, tiempo de trabajo efectivo, formación dada al trabajador será legal. Si bien es cierto, que este contrato, dado sus bonificaciones, está siendo abusado por las empresas con un fin de ahorro, más que de impartir formación. Si consideras que tu contrato no es correcto, deberás demandar por despido improcedente.
Hola buenos días,yo tengo un contrato de formación de un año y se me acaba el próximo mes de febrero. Mi duda es que del mes de vacaciones que me pertenece solo e disfrutado una semana podría pedir las tres semanas restantes ahora?
Las vacaciones deben de cogerse con dos meses de antelación, así que a no ser que sea con acuerdo de la empresa, te las abonarán en el finiquito.
Buenas noches, tengo varias dudas, comento mi caso. Me he llevado 6 meses con contrato de formación con una base de salario de 840€ y una retención de IRPF DE 2% que en realidad no lo cobraba, solo cobraba por día trabajado. Después de estos 6 meses me han hecho una prórroga de un año más y ahora me acaban de decir que el bar cierra, es decir con este nuevo contrato solo he trabajado 1 mes.además de esto en mi nomina aparece que en la prorrata incluye el finiquito, es posible que no me den finiquito? pueden cortar el contrato de este modo? Con este tipo de contrato tengo ayuda? (solo he estado cotizado 8 meses) muchas gracias por leerme de antemano. Un saludo
deberán abonarte una indemnización por despido de 20 días por año trabajado, en caso de que no te lo abonen deberás demandar por despido improcedente, para conseguir una indemnización mayor. En cuanto al finiquito, te corresponde las vacaciones generadas y no disfrutadas, así como las pagas extras si es que no las tienes prorrateadas.
Hola me hicieron contrato de formación. Me van a renovar ahora en enero con una prórroga pero resulta que yo en febrero cumplo los 30 años pueden prorrogarle ese mismo contrato de formación por 1 año más teniendo 30 años
Sí, lo importante es cumplir los requisitos en el momento de formalizar el contrato.
Hola Alejandro, tengo unas dudas en cuanto a este contrato. Llevo trabajando en una empresa privada con este contrato desde hace un año y medio. La primera de mis dudas es: ¿este contrato pueden hacérselo a personas graduadas en la universidad?. Otra de mis dudas es que en todo este tiempo no me han dado ningún tipo de formación, ¿eso lo pueden hacer? En caso de que no, ¿qué puedo hacer? Muchísimas gracias por la ayuda.
Se puede hacer aunque tengas formación universitaria, siempre que no coincida la formación que dispones con tus desempeño del puesto de trabajo. No obstante, en caso de que no te den formación, el contrato está en fraude de ley, y por tanto deberá ser considerado como indefinido y abonarte el salario correspondiente a un contrato indefinido y no de carácter temporal.
Hola muy buenas, yo estoy trabajando 9h i media cada día mas algún sabado. Es le Legal?
Me pagan un salario base de 600 euros y lo demás pone como incentivos etc.
Me he hecho daño en la espalda cargando un Motor y no se si tengo derecho a baja. Fuí a la mutua de empresa y tan solo me han dicho que me ponga una pomada y a correr, pero me pegan tirones y estoy seguro que tengo una lesión. Que puedo hacer?
También en mi contrato pone que no existe titulo de F.P cuando sí que tengo un Grado medio de Electricidad y Automatización. Haré 4 meses ahora al finalizar Enero y no se hasta cuando es el periodo de prueba. Luego Cotizo todo el salario o solo el Base?. Para finalizar no se si puedo exigir un cambio de horario o contrato. Gracias
A SI! También he firmado unos papeles conforme he recibido una formación en la empresa que ha sido inexistente. No he recibido nada de formación ni si quiera de riesgos laborales
Acude a tu médico de cabecera para que te de la baja laboral. Por otro lado, el contrato está en fraude de ley y deberás reclamar un salario acorde con el convenio colectivo de un contrato normal, que será mayor que el de uno de formación. La cotización es de todo el salario.
Por otro lado, salvo que exista acuerdo o una causa justificada, el trabajador no puede solicitar el cambio de horario.
hola buenos días, yo tengo un contrato de formación y aprendizaje y en mi nómina no tengo retención ninguna solo por irpf, cobro 750 e, tendría derecho a paro? y cuanto me correspondería?
Si, tendría derecho a paro. La cuantía varía en función de la cotización de los últimos seis meses, y la duración de la misma en función de lo cotizado en los últimos seis años.
Buenas yo tengo un contrato de formación que supuestamente cobro 600 euros que en realidad me pagan300 llevo 7 meses y ahora me acaban de despedir sin haberme avisado antes ni nada y me han despedido por teléfono maňana tengo que firmar el despido me puedes aconsejar que es lo que tengo que hacer? Gracias
Firma no conforme la carta de despido, y lo demás si no lo ves claro no firmes nada. Posteriormente tienes un plazo de 20 días hábiles para demandar por despido, y un año para los salarios si es que te estaban abonando por debajo de convenio.
Buenas, tengo una duda. Una empresa me ha propuesto un contrato formativo (¿aunque tenga una licenciatura pueden hacerlo?). A la vez, otra empresa me ha propuesto un contrato a media jornada. ¿Sería posible compatibilizar los dos contratos? Porque al ser de 8h diarias el formativo, no se si llega ya al cupo máximo o puedo trabajar más horas en otra empresa. Gracias
Sería posible compatibilizar ambos trabajos.
Yo estoy en una situación parecida, pero tengo otra duda.
Si acepto los dos trabajos, ¿puedo interrumpir yo mismo el contrato formativo unos días antes del contrato temporal a media jornada para así tener derecho al paro que tengo acumulado? (Ya se que si yo dimito en un trabajo no tengo derecho al paro).
No hay problema por hacerlo, siempre que lo preavises con lo que indica el convenio colectivo o la costumbre del lugar. En cuanto a la derecho a prestación, el siguiente contrato tiene que tener una duración superior a tres meses y que no finalice por baja voluntaria.
Hola, mi caso es el siguiente.
Me hicieron un contrato de formación para 1 año después de llevar 20 días trabajando sin ningún tipo de contrato, a ésto hay que sumar que se me exige hacer horas extra «voluntarias», las cuales no se pagan posteriormente.
El caso es que sólo llevo dos meses y medio trabajados y mi duda es, ¿si yo decidiese dejar el empleo cómo debería proceder para poder optar a finiquito y no tener ningún tipo de penalización?
Preavisar con lo que marque el convenio colectivo, o en su defecto, 15 días. Si abandonas el puesto de trabajo no tendrás derecho a indemnización, aunque si al finiquito, pero éste puede que sea cero euros.
En cuanto, a su relación laboral las horas extras no existen en el contrato para la formación y el aprendizaje, además que salvo las de fuerza mayor, son voluntarias. Así que puede negarse, además que si su contrato está en fraude de ley podrá demandar la condición de indefinido.
Hola Alejandro, necesito ayuda.
He estado trabajando con un contrato de formación y aprendizaje en una empresa privada. A los 20 días desde que empezé a trabajar me dieron para firmar el contrato por seis meses en el que ni me dejaron leerlo. Empezé el 15 de Octubre y ayer 1 de Diciembre cuando acabe de trabajar y me iba ya, me dice la encargada que vaya a la oficina y me da el despido enviado por el jefe con la razón de que no e superado el periodo de prueba y que ya me llamara para el finiquito. Mi duda es si después de estar 1 mes y medio trabajando me tenían que haber avisado con 15 días de antelacion no el despido de repente y quería saber cuanto tiempo es el que tenia de prueba porque pensé que ya lo había superado y que era de un mes. Gracias.
El periodo de prueba no requiere preaviso, y la duración que indique el contrato, que no puede superar lo recogido en el convenio colectivo.
Buenas tardes,
tengo un contrato de formación de 1 año, pero hoy me acaban de decir que me rescinden el contrato, la cosa es que llevo solo 6 meses en la empresa, qué pasa con los otros 6 meses restantes? Me los tienen que pagar?
Me dan indemnización y pagas extras pero solo de estos 6 meses, que pasa con el resto? Me tienen que pagar algo más??
Muchas gracias, un saludo.
La empresa está procediendo a un despido, y por lo tanto, y deberá abonarte una indemnización. Esta indemnización varía en función de la causa de la extinción de la relación laboral, la antigüedad y el salario, pero nunca te tendrán que pagar los seis meses que quedan de contrato.
Buenas
Tengo varias dudas, si un trabajador no hace el curso del contrato formativo, ¿que consecuencias tiene para la empresa y cuales para el trabajador? ¿se puede dar de alta de comercial a un licenciado? ¿puede ser variable el sueldo de un contrato en formación? ¿la prestación por desempleo esta estipulada para este tipo de contrato o varia en función de lo que gane?¿tiene un sueldo máximo?
Muchas gracias
No habría consecuencias. Si es posible. Si, pero siempre tiene que cobrar lo mínimo que indique el convenio colectivo o el ET. Varía en función de la base de cotización al desempleo, que a su vez depende del salario. No.
Muchas gracias por sus respuestas. Entonces una empresa se puede beneficiar de una bonificación y no pagar seguros sociales aunque el trabajador no haga dicha formación. Pensaba que se tendria que devolver la bonificación. Muchas gracias
La empresa tiene que dar la formación pertinente al trabajador, ahora bien, si el trabajador no cumple con la formación y no la realiza los exámenes o test, no se puede culpar a la empresa.
hola buenas tardes
tengo una duda…….. tengo un restaurante y tengo una chica que esta de baja por embarazo, esta de baja desde 4 meses y le termina el contrato en abril, estos meses de baja lo tiene que recuperar???me explico si le termina el contrato en abril ella si puede reincorporar hasta que cumpla los 12 meses de trabajo???
gracias
Nunca los tiene que recuperar, no obstante, durante la maternidad en determinados contratos el tiempo de maternidad no cuenta a los efectos de duración, por lo que la duración del contrato aumenta, pero en cualquier caso siempre son remunerados. Es decir, no es que tenga que recuperarlos, sino que la duración inicial del contrato aumenta.
Buenos días,
Necesito ayuda respecto a un tema de mi contrato de formación.
Me hicieron un contrato de formación de 1 año y mañana se me acaba y no me van a renovar.
Mi contrato es de lunes a viernes 8 horas al día, 6 de ellas en la empresa y 2 dedicadas ha hacer los libros de formación, pero en mi empresa no me dejaban hacerlos en el horario que ponía en mi contrato, me decían que si quería hacerlos los hiciese en mi casa.
Según tengo entendido con los contratos de formación no se pueden hacer horas extras pero yo tenía que ir a trabajar 4 horas los sábados que además no se me pagaban.
Mañana es mi último día de trabajo y no se si puedo reclamar de alguna forma esas horas que echaba de más todas las semanas y que no se me pagaban.
Un saludo.
Si realizas horas extraordinarias, puede considerarse que el contrato estaba en fraude de ley, y por tanto, reclamar no sólo las horas extraordinarias sino la diferencia salarial entre lo que deberías haber percibido y lo que te pagaron. En el momento que presentas la reclamación, puedes reclamar un año para atrás.
Hola, mi duda es la siguiente, yo tengo un contrato de formativo de 1 año y se amplia hasta 3 años de contrato y ahora voy hacer el primer año y me Renuevan el segundo año de formativo. Mi pregunta es.. Si yo firmo este segundo contrato de formativo de otro año y lo dejara antes de terminar el segundo año (dando los 15 dias) es verdad que pierdo todo lo trabajado de formativo del primer año? gracias ante mano! Un saludo.
A qué te refieres con que pierdes todo lo trabajado, lo que no tendrás derecho es a prestación por desempleo si abandonas el puesto de trabajo.
Hola llevo un año con el contrato de formacion en septiembre me renovaron y ahora me kiero ir si ellos llegan a un acuerdo con migo se darme los papeles tengo derecho a la prestación? Me voy por que me deben 5 meses de trabajo
Si llegas a dicho acuerdo, si que tendrías derecho a la prestación, pero ten en cuenta que es un comportamiento fraudulento y por tanto, si la Seguridad Social se enterase (situación complicada), podrían denegarte la prestación.
Hola tengo una duda,llevo 1 mes con el contrato de formación, que porfin he conseguido que me lo hiciese despues de lleva rcasi 5 meses trabajando… y ahora me enterado q estoy embarazada y mi medico me quiere dar la baja … y no quiero cojerla porque tengo miedo de no cobrar nada y qedarme sin el trabajo y sin ninguna ayuda…me podrias ayudar a resolver esta duda q me esta matando?
La baja por incapacidad temporal, o ?la baja de la empresa? En el primero de los casos, la baja por incapacidad temporal cobrará si tiene más de 180 días cotizados en los últimos cinco años. En el otro caso, no firme nunca una baja voluntaria, si no es su intención abandonar su puesto de trabajo.
Buenas tardes, tengo una duda, tengo contrato de formación de 6 meses y me finaliza esta semana, pero me renuevan.
De los 15 días de vacaciones correspondientes disfrute 2, los demás me los tienen que abonar no?
Muchas gracias de antemano. un saludo
Las vacaciones generadas en el año natural tienes que disfrutarlas dentro del mismo año, si te renuevan el contrato cuenta el tiempo que has trabajado este año y disfrutalas antes del 31 de diciembre. Solicita las vacaciones a la empresa, si no te las concede (ya que se tienen que avisar con dos meses de antelación) deberás disfrutarlas el año que viene, o en último caso deberán abonártelas en el finiquito una vez finalice la relación laboral.
hola, he estado 3 años con un contrato de formación, y en abril me transformaron a indefinido, però ahora me han dicho que me despiden el dia 31 de octubre. por tanto…¿la indemnización será de 33 dias/año?..¿pero desde qué fecha me haran el cálcuolo?…desde la transformación en abril?(porque formación no tiene derecho a indemnización) ¿o desde el dia que empezó el contrato de formación?.
grácias.
La indemnización dependerá de la causa, 0 días en caso de disciplinario, 20 días en caso de objetivos y 33 en caso de improcedencia (sin causa). Se contará desde el primer contrato, es decir que sí que incluye el de la formación. En cualquier caso, si no te dan los 33, se podría impugnaren un plazo de 20 días hábiles la decisión empresarial y comprobar si se realizado siguiendo el procedimiento y la justificación que la legislación exige, en caso contrario, se conseguirían los 33 días.
hola tengo un contrato de formacion de 6 meses de duracion ….. todo el verano me he tirado echando de 14 a 15 horas diarias , descansando solo un medio dia a la semana …….queria saber si una vez que finalice el contrato me pueden despedir sin pagarme nada o si me pueden cambiar a un contrato normal de 40 horas semanales…. necesito que me expliqueis bien por que en esto soy nueva …. todos mis contratos han sido los normales vaya de 6 u 8 horas mas nunca uno de formacion … gracia
El contrato está en fraude de ley si realiza ese número de horas, por lo que si al finalizar el contrato no le abona una indemnización demande en un plazo de 20 días hábiles para conseguirla.
Hola,
Llevo en un sitio trabajando 10 meses con un contrato de formación de 40 horas a la semana de las cuales 10 horas las dedico al estudio en mi casa, por lo que en la oficina solo estoy por las mañanas.
Me acaban de ofrecer otro trabajo fijo-discontinuo de otra cosa por un total de 20 horas semanales, pero como se trabajan el fin de semana y el viernes por la tarde no influyen en mi otro trabajo ni en mi estudio.
¿Podría aceptar el nuevo trabajo sin incompatibilidades ni problemas? Según he leído el máximo que podría trabajar seria de 10 horas, esto es correcto?
Estoy un poco indecisa ya que tengo que decidir antes del jueves, así que agradecería mucho su ayuda!
No existiría ningun tipo de problema, siempre que no entre en concurrencia desleal (+INFO) con la empresa actual.
Hola, me han ofrecido un contrato de formación y aprendizaje con una duración de 1 año, si yo quisiese dejar el trabajo antes de cumplirse el año, ¿qué tendría que hacer? ¿Tendría que pagar algo a la empresa? ¿Perdería parte del sueldo?. No se muy bien como funciona y tengo que decidir si acepto el contrato o no.
Gracias.
Tendrías que preavisar con la antelación que indique el convenio colectivo, o en su caso, el contrato de trabajo. En caso de que no indicara nada, deberás de preavisar con 15 días de antelación, y de esa manera no se te descontaría nada ni tendrías que pagar nada a la empresa.
Muchas gracias.
Hola. Tengo un contrato de formación de 6 meses de 37 horas semanales. He leído que no se puede hacer horas extras , pero en el mes de agosto hice 40 y 50 horas semanales. ¿Esto es posible? Supuestamente pagan las horas extras un mes después de su realización ¿que hago en caso de que no me las paguen? ¿Puedo reclamar ? O ellos pueden inventarse que nunca hice esas horas extras . Gracias
Tu contrato está en fraude de ley, no sólo te deberán abonar dichas horas extraordinarias sino también el salario correspondiente a tu categoría profesional. Además deberás ser considerado como trabajador indefinido, en lugar de temporal.
Buenas tardes y gracias por su ayuda,
Tengo un contrato en formación que me cumple dentro de 1 mes pero no quiero seguir en la empresa, tengo que decirlo 15 dias antes de la finalización del contrato? En caso de que me quieran renovar no tendre derecho a paro?Muchas gracias de antemano!
Hola Clara, si te quieren renovar y eres tu la que no quiere, se considera baja voluntaria por lo que no tendrás derecho a prestación por desempleo. Un saludo
Hola buenas!tengo la siguiente situación-tengo contrato de formación para6 meses y voy a empezar a otro sitio .La duda que tengo es que si no cumplo mi contrato aqui se puede dar de baja antes de los seis meses i si se puede tengo que pagar yo lo que me queda del contrato o son tonterias de mis jefes?? Gracias ! Un saludo
Si te vas de la empresa, y realizas el preaviso indicado en el convenio colectivo, no tendrás que pagarle nada a tus jefes.
Buenos dias,
Me gustaria hacerle una consulta.
Es posible tener un contrato de formacion en hosteleria de 30h mas 10 de formacion y luego tener otro de 6 horas semanales en enseñanza? O no se pueden trabajar tantas horas con contrarto? Muchas gracias.
Se puede compatibilizar sin ningún tipo de problema.
Hola buenas tardes!!
Mi situacion es la siguiente:
Tengo un contrato de formacion y aprendizaje con una duracion de un año. Hasta ahora llevo 8 meses. Hace sobre 15 dias el medico me dio de baja por una lesion en un nervio del brazo y cuando he ido a llevar el parte a mi jefe me ha dicho que me despide.
Mis dudas son:
¿por estar de baja me puede despedir asi como asi?
¿Tengo derecho a paro al no haber acabado el año completo?
Espero su respuesta
Muxas gracias
Si, puede despedirte, pero en ese caso deberá indemnizarte a razón de 33 días por año trabajado. Tendrás derecho a prestación por desempleo, si has cotizado al menos un año en los últimos seis años. En otro caso, puede que tengas derecho al subsidio.
Hhola Buenos días, quería exponer mi caso puesto que he entrado recientemente en el mundo laboral y tengo varias dudas:
Me hicieron un contrato de formación de un año, 30 horas de trabajo efectivas y 10 horas de formación, a la semana.
El caso es que esas 10 horas de formación no tenia nada porque estaba en mi puesto de trabajo sola, como si siguiese haciendo las 30 horas de trabajo efectivo, osea hacia 40 horas se manales de trabajo efectivo, eso los dias que no me pedían que entrase antes.. por lo tanto haciendo horas extras.. Al final me maché visto el panorama, pero ahora no me quieren pagar ni las horas extras que hice , ni las 10 horas de más que hacia de trabajo efectivo que se suponen que tendrían que ser de formación; cuando de formación sólo me han dado dos libros que tenia que hacer las actividades a los 6 meses… No sé que debería hacer, ni a quién tendria que acudir, a otras compañeras le ha pasado igual y se han quedado sin cobrar ni las horas extras ni las 10 horas de más trabajadas… como acabará la cosa?? Muchísimas Gracias por contestar todas las dudas que tenemos!!!
Si la empresa no te las abona voluntariamente, debes reclamarla judicialmente. Es decir, una reclamación de cantidad sobre las horas realizadas a mayores de las que figura en el contrato. Tienes un plazo de un año para ello. En primer lugar se debe presentar una papeleta de conciliación laboral, y en caso de no llegar a un acuerdo, presentar demanda.
Buenas tardes:
Tengo un contrato de formación que finaliza ahora en Julio después de 2 años, mi duda es: ¿tengo derecho a finiquito?
Gracias,saludos.
Siempre se tiene derecho a finiquito, independientemente de la causa de la extinción de la relación laboral. Otra cosa diferente, es que ese finiquito sea una suma de dinero positiva, y otra también diferente, es que tengas derecho a indemnziación. En este caso, en los contrato de formación no existe el derecho a indemnización, pero sí a finiquito. Para saber cual es la cuantía del finiquito lo explico en esta entrada.
Hola:
Tengo una duda, llevo trabajando con un contrato de formación 8 meses y mi jefe me dijoque con este contrato no tengo derecho a paro, en cambio acabo de leer arriba que si que tenemos derecho a paro. Entonces no entiendo si es q el esta mal informado o no se.
El contrato de formación y aprendizaje genera derecho a desempleo.
Hola, voy a empezar en una empresa con un contrato para la formación y el aprendizaje, el horario sería de mañana.
Mi duda es puedo tener este contrato y seguir estudiando por la tarde Bachillerato a parte ?
Si, no hay ningún problema.
Muchas gracias
Hola! he leido el post y los comentarios y la verdad que me ha solventado muchas dudas, pero tengo una en particular que quiero consultar:
a finales de este mes termino el contrato de formacion (ya llevo los 3 años, desde el 2012). y me surgen dos dudas porque mi jefe me puede salir con cualquier cosa y quiero estar preparada:
1ª duda: la empresa me puede hacer otro contrato de formacion alegando otro puesto de trabajo (aunque realmentre vaya a ser el mismo) y por tanto otro tipo de formacion?
2º duda: si no quiero aceptar las condiciones del nuevo contrato que me ofrezca, tendre derecho a paro igual o como estoy rechazando el trabajo puedo quedar sin derecho a paro?
Muchas gracias por su ayuda
No es posible realizar otro contrato de formación para el mismo puesto de trabajo, y para el caso de que te lo hagan, sería el contrato en fraude de ley, que salvo prueba en contrario, se considerará indefinido. Por otro lado, si te ofrecen la renovación con un contrato adecuado y las mismas condiciones y tu no las aceptas, puede que la empresa lo considere baja voluntaria.
Hola, este año cumplo tres años con el Contrato de formación(desde 2012), tendría derecho a indemnización por estos tres años tras la finalizar el contrato? Mi nomina es de 650€ ¿cuanto me perteneceria? Y,Mi empresa tendría reducción en la seguridad social si me hace indefinida? Gracias
No existe el derecho a la indemnización por la extinción de un contrato para la formación y el aprendizaje por el cumplimiento de la duración acordada en el contrato.
tengo un contrato de formacion de 12 meses… tengo derecho a 30 dias de vacaciones, pero cuantos dias de asuntos propios???
y derecho a pagas doble???
Los días de asuntos propios que indique el convenio colectivo. Ademas la estructura salarial, así como el número de pagas extras también vienen recogidos en el convenio colectivo.
Hola, tengo contrato de formacion 6h de trabajo + 2h de formacion, desde el 05/05/2014 hasta 05/05/2015 me gustaria saber cuantos dias vacacionales me tocan y como se cuentan.
Del 05/05/2014 hasta 31/12/2014 son 15 dias los que puedo coger de fiesta (contando 6h trabajadas) o deberia de contar como si trabajara 8h?
Espero alguna respuesta
Gracias
Independientemente de la jornada, tienes derecho a un mínimo de 30 días de vacaciones, habría que comprobar el convenio colectivo para ver el número de días exactos. No obstante, salvo acuerdo entre empresario y trabajador, o que exista justa causa las vacaciones caducan en cada año natural. Por lo tanto hay que cogerlas vacaciones que le corresponden en cada año, sino se pierden.
Hola buenas tardes. He estado trabajando 6 meses con contrato de formación y se me acaba a final de este mes, me han dicho que no me pueden renovar por que aun no he entregado los libros, la verdad no los había finalizado todavía con todo el estres del trabajo. ¿Querría saber si tengo una fecha tope de entrega y si aún podría entregarlos hasta antes de que finalice el contrato? o ya es imposible? Muchas gracias
Hola, hace nada que se me ha acabado el contrato y no me han renovado. estado trabajando durante dos años con contrato de formación y durante todo este tiempo no me han dado la formación. Tres meses antes de que se me acabara el contrato me dieron unos libros y me dijeron que los tenia que hacer en casa. Me estuvieron llamando de la academia metiéndome prisa para que los hiciera y los enviara. Total, que los hice y los envie, pero durante estos dos años no me han impartido la formación. Podria reclamarle algo a la empresa. Por no darme la formación en el horario establecido para la formación en el contrato? aunque me obligaran hacer los libros y enviarlos una semana antes de que se me acabara el contrato?
Podrías demandar por despido improcedente, por ser el contrato fraudulento, y por tanto indefinido. Tienes un plazo de 20 días hábiles desde la finalización del contrato.
Hola buenas tardes.
He comenzado a trabajar en una tienda de ropa, me exigen hacer 40 horas de formación la primera semana pero sólo cobraria 15.
Después tendría que trabajar 19 horas y sólo cobraría 15 porque según ellos es política de la empresa trabajar 4 horas de más todas las semanas. Mi contrato es de 15 horas solamente como dependiente y no de formación.
¿Hasta qué punto es legal la formación? ¿Qué pruebas debería de tener para acusarles? Ya que, según tengo entendido a varias chicas las han tirado después de hacer las 40 horas semanales alegando que no pasa el periodo de prueba.
Muchas gracias.
Hola! necesito por favor saber si el finiquito que me van a dar es correcto… He trabajado un mes en un restaurante con contrato formativo, al finalizar el mes de prueba me dijeron que ya no continuaba. quieren pagarme de finiquito 39 euros. El salario bruto mensual es de 1050 euros. Muchisimas gracias.
Hola buena.
Tengo un contrato de formación que estoy a punto de terminar,voy a hacer los 3 años de máximo que tiene este tipo de contrato.Mi pregunta es que si a la finalización del contrato de los 3 años y tanto por el cambio de contrato como por que no quiera seguir contando conmigo tengo derecho a paro o a liquidación después de estos 3 años.
Tengo un contrato de formación de hostelería.
Buenas tardes, tengo actualmente un contrato de formación, con lo que la empresa no esta pagando seguro social por mí. El contrato es de un año y actualmente llevo 6 meses, la empresa pretende hacerme un contrato fijo para beneficiarse de una ayudas propias y a mi me parecería bien ser indefinido.
El problema está en que no saben si les podrían reclamar la seguridad social de estos 6 meses que he tenido contrato de formación por no haber terminado el año completo.
Gracias de antemano.
Un saludo.
Hola! Ante todo dar las gracias por lo que haceis, es muy importante.ahi va mi duda: se me contrato con un contrato de formacion de 1 año y cumplido este se me prorrogo otro año. Pues bien, cumplido de nuevo ese año se me ha prorrogado por 6 meses mas. Sabiendo que mi convenio es el del metal de madrid se me podria hacer una tercera prorroga para los 6 meses que quedarian? Gracias de antemano!
Hola,
Estoy trabajando en una empresa con un contrato de aprendizaje desde hace 1 año, ahora me acaban de renovar otro año más pero mi duda es, ¿ cómo puede ser que me hagan este tipo de contrato si tengo una Diplomatura Universitaria en la Universidad Pública, Es decir, tengo un título oficial acreditado el cuál creo que el SEPE debe saber, es decir, ¿si este tipo de contratos es sólo para personas que tengan títulos como mucho de FP? ¿ cómo puede ser que me lo hagan a mi?
¿ Qué debo hacer? ¿ informo al SEPE?
Ciertamente me molesta bastante que me hagan este tipo de contrato para ahorrarse dinero de la seguridad social cuando yo no me encuentro realmente en esa situación. Además, se supone que tengo entregar los exámenes de los libros que me envían de la parte formativa que debo hacer, pero todo esto, obviamente es inferior a la cualificación que tengo.
Espero tu ayuda.
Gracias.
Hola,cómo puedo calcular el finiquito en un contrato de formación? La causa del despido es reducción de personal,no llego a los 6 meses. Cuántos días por años trabajado me corresponden? Gracias
Hola tengo un contrato formativo aparte que de hago más de mis horas, trabajo de lunes a sábado llevo 7 meses trabajando ahí y las vacaciones solo me da 7 días contando el domingo como día laboral según ella y ahora me he puesto malas porque sufro de convulsiones le echo la bronca a mis compañeros por ayudarme cuando estaba en.ese estado y ahora me mando el.médico de baja siete días y una medicación más fuerte nose si me.de más días de baja o no me ella me dijo que si iba a estar más días de baja que me cogiera la.baja yo la.entendí cómo la voluntaria y no la pienso coger. Me podían dar un consejo sobre que hacer o si me puede echar estado asii de baja son poder reclamar…
Buenas tardes:
Tengo una duda. Actualmente tengo un contrato de formación y aprendizaje. Me queda un mes y medio para la finalización y ahora me encuentro de vacaciones. Por motivos personales tengo que dejar el trabajo antes de llegar al vencimiento del contrato, pero necesito cobrar el paro y por eso no puedo firmar baja voluntaria. Mi pregunta es si una vez finalizadas las vacaciones no acudo a mi puesto de trabajo ¿ese absentismo sería tomado como baja voluntaria si la empresa me rescinde el contrato? ¿Hay alguna manera de poder finalizarlo sin formar baja voluntaria?
Un saludo y gracias.
Hola, tengo a mi pareja preocupada, le han hecho un contrato de formación de un año hace dos meses, en un coviran de barrio, ahora la asesoría, le dice al jefe que tiene una deuda con hacienda y no se puede beneficiar de la bonificación, con lo cual lo quieren hechas, el puede reclamar¿ y tampoco sabe si le tienen que indemnizar por favor haber si me podéis ayudar hay muchas abusos hoy en día y no es justo que paguen justos por pecadores ahhh y en nómina supuestamente cobre 700 euros pero en realidad cobra 400 en negro hechando 8 horas más de las que en su contrato pone gracias. Espero que me puedan hecha un cable
Puede reclamar en función del despido que le hagan, en principio, si no existe justa causa le deben de abonar una indemnización de 33 días por año trabajado, si la antigüedad es de dos meses, la indemnización sería de 5.5 dias de salario.
Muchas gracias por su respuesta Alejandro, gracias por prestar su ayuda públicamente Un Saludo.
Hola tengo un contrato de formacion ……entre comillas porque lo firme y me dieron unos libros
quen van con un cursillo o algo asi…que me dijeron que ni caso a los libros .soy la unica de mi empresa que tiene este contrato y ago las mismas horas incluso mas de 10 a 2 y de 4,30 a 8,30 solo libro una tarde cada 2 semanas…y con las navidades se me an implantado los domingos sin podeme oponer y en vez de salir ahora a las 8.30 salgo alas 9.30 me dijeron la semana pasada que azia el ultimo domingo pero ayer sabado me avisaron alas 10 de la noche que tenia que ir tamen y me nege y me dijeron que estoy despedida,no es la primera vez que me amenazan pero antes no me oponia……que devo hacer?me pueden echar yevo 5 meses
Denunciaaa!!!!!!!
Hola, mi pareja tiene un contrato de Formación.
Este miércoles 31 finaliza su contrato y él no quiere renovar. Ha pedido sus papeles y todo, pero resulta que su jefe le ha hecho firmar los papeles de Audiolis, la empresa de formación, pero los papeles que debe entregar al paro dice que los envía él directamente al Inem, y que no le hace falta firmar nada.
Yo tuve un contrato igual y me dieron todos los papeles, el certificado de empresa y el que se entrega al sepe hace escaso mes y un par de días.
Creemos que lo que quiere hacerle es ponerle «baja voluntaria» y no finalización de contrato.
Le quiere dejar sin paro, o efectivamente los papeles los manda él al Inem?
Por el sistema de comunicación entre empresa y seguridad social, en muchos casos ya no es necesario el certificado de empresa, por lo tanto, en principio el comportamiento de la empresa es correcto.
Hola, se me ha acabado el contrato de formación de tres años y no m renuevan. Que finiquito me corresponde? Me tienen que dar indemnización? Gracias
No corresponde indemnziación, en cuanto al finiquito depende de las vacaciones generadas y no disfrutadas así como si tenías prorrateadas las extras. Aquí puedes calcularlo.
Tengo una duda.
Tengo un contrato de formación de 1 año, en el cual llevo dos meses. En él se estipula que me pertenecen 30 días de vacaciones. Ayer me puse malo con diarrea y vómitos, con lo que hoy no he podido ir a trabajar. Mi jefe me ha dicho que me tome el día libre, lo que me da a entender que se refiere a tomarmelo como un día de vacaciones. ¿Es legal? ¿Me corresponden días de asuntos propios?
En dicho caso, acude a un médico para que te de la baja médica, o al menos el justificante de que has ido al médico. En otro caso, es mejor que el empresario lo considere como día de vacaciones que como ausencia injustificada por las consecuencias que ello puede acarrear.
buenas
tengo contrato de formación… se me va a finalizar el contrato el cual era solo por un an’o , no me van a renovar el contrato porque estoy embarazada de cinco meses…así que tengo dos preguntas espero que me puedan ayudar..
pueden dejarme sin trabajo estando en ese estado?
tendría derecho a paro al haber trabajado un an’o ?
cordial saludo
fany
Tendría derecho a prestación por desempleo, si ha cotizado al menos un año en los últimos seis años. Por otro lado, en cuanto a la renovación del contrato, no existe la obligación del empresario de realizar tal renovación aunque la trabajadora se encuentre embarazada.
hola buenos dias, a fecha de hoy tengo un contrato eventual hasta el 31 de diciembre y el 2 de enero me quieren contratar por otra empresa con un contrato de formacion.
Mi pregunta es: es necesario estar en paro para firmar un contrato de formacion?
Gracias
No hace falta que este inscrita en el servicio público de empleo, no obstante las bonificaciones existentes para dicho contrato sólo serán posible si se contrata a personas que sí que lo estén. Por lo tanto, desde el punto de vista empresarial, se suele contratar trabajadores que se encuentren inscritos en el servicio público de empleo.
Hola. Tengo un contrato de formación y me contrataron por el bono de empleo joven (soy andaluza). Mi duda es la siguiente: mi contrato es de administrativa aunque trabajo de comercial de ventas; quiero pedir días de asuntos propios pero le he preguntado a mi gerente y no me dice si me corresponde o no me corresponde días de asuntos propios. Mi compañera de la oficina también es administrativa pero ella sí que lo es y dice que en su convenio le correpsonden dos días de asuntos propios. ¿Es el mismo convenio?. Por favor, ¿alguien que me pueda solventar la duda?
Gracias.
Es el mismo convenio que el de su compañera, por lo tanto tiene que tender derecho a los mismo días de asuntos propios.
Buenos días:
Antes de nada agradecer las respuestas a todas nuestras dudas 😉
Mi caso es éste.
Se me a contratado con contrato de formación. Yo trabajo 9 horas ( media hora descontada de desayuno y media hora que trabajamos de gratis) , y cuando tengo unos minutos libres hago los tests de los libros de formación. En total hago más de 160 horas al mes y cobro de nómina 630€, és correcto? no se me debería de pagar las horas de más aparte? mi convenio es pymes del metal de cadiz. y el contrato es de administración. En mi opinión es un poco abuso, pero ya me han dicho que es lo que hay… Hablé con gestoria y legalmente es correcto debido a que el salario mínimo de 6 horas es 400 y algo..?????? también tengo entendido que para las personas que trabajan con dinero, pagando y cobrando tienen un plus de 30 y pico euros en nómina, en el contrato de formación se podría aplicar? Gracias
Buenos días
Tengo una duda. Actualmente estoy contratada de lunes a viernes con un contrato formativo. Me ha surgido la oportunidad de trabajar fines de semanas con otro tipo de contrato, es compatible?
gracias
Es compatible siempre que no entre en concurrencia desleal explicada en esta entrada:
https://www.cuestioneslaborales.es/trabajar-en-otra-empresa-pacto-no-concurrencia/
Buenas tardes , primero agradecer toda la información que se da en esta página.
Tengo una duda , a ver si me podeis ayudar.
Tengo 26 años y un fp de comercio y marketing con mis ptácticas y mi formación previa aprobada , me han llamado para empezar a trabajar en una tienda en sector de joyeria que imagino que me pondrán como dependienta … pero a parte de tener la formación también tengo experiencía de bastante tiempo en este sector . El caso es que me quieren hacer un contrato de formacion .. seria legal ? Ya que ya he trabajado anteriormente y también tengo la formación ?
Sabéis que sueldo seria a 40 h?
gracias por la ayuda .
Hola a todos.
De primeras, felicidades y gracias por toda la información que habéis expuesto y que me ha sido de gran ayuda.
Ahora va mi caso.
En junio empecé a trabajar en un bar, con contrato de formación.
Cobro 200 euros fijos cada domingo, o sea unos 800 al mes.
Ahora viene el problema, trabajo 12h diarias 6 días a la semana, librando los lunes.
Además los fines de semana, viernes y sábados, suele ser más, porque la gente se va tarde, sobre 01:30 o 02:00.
¿Es legal? ¿Si viniera una inspección habría multa o algo?
¿Podría yo denunciarlo?
Espero vuestra respuesta, un saludo y gracias.
No es legal ese jornada de trabajo, además que seguramente estás cobrando por debajo de convenio. Puedes denunciarlo ante la inspección de trabajo, así como ante la jurisdicción social.
Hola, soy una chica de 30 años, mi Pregunta es, es verdad que en un contrato de prácticas de formación laboral «Dual» el máximo de edad psra hacerlo es ser menor de 25 años? Espero vuestra respuesta.
Gracias por las molestias.
Por un lado, el contrato en prácticas debe celebrarse dentro de los cinco años inmediatamente siguientes a la terminación de los correspondientes estudios, o siete años cuando el contrato se concierte con un trabajador discapacitado.
Por otro lado, el contrato para la formación y el aprendizaje, el trabajador tiene que ser mayor de 16 y menor de 25 (y menor de 30 años hasta que la tasa de desempleo esté por debajo del 15%).
Son dos contratos diferentes, y los requisitos del trabajador son diferentes.
Hola me llamo aurora tengo 22 años tengo un contrato de formacion no estan cumpliendo con el. Contrato pa colmo las nominas son ochocientos y algo yo firmo pero en realidad me estan dando 600 euros estoy jornada completa de lunes a sabados. Y sabado por la tarde .en Septiembre a mitad de mes entraba de mañanas a mi hora 10:00 a 14:00 por la tarde en vez de entrar ami hora que era alas cinco entraba de 16:30 a 9:00 y en octubre otras cuartas de lo mismo.
Hasin me tire hasta el dia 5 de nobiembre…
Lo que yo no entiendo esque si yo tengo jornada completa de lunes a Sábado y sabado por las tardes y yo le dije a mi jefa que los sabados por las tardes no puedo venir porque tengo qué hacer mi casa ir a comprar y me dice que si los sabados por la tarde no voy me quita 200 de los 600 euros que me esta dando de lunes a sabados mananas y tardes por 600 euros…
Buenas tardes Aurora,
En primer lugar, en cuanto a la retribución para el contrato de formación y aprendizaje esta fijado según convenio colectivo, nunca inferior a la parte proporcional correspondiente al 75% del Salario Mínimo Interprofesonial, el cual es de 645, 43 € mensuales. Por lo que el salario minimo seria de unos 484.07 € mensuales, sin embargo debes de recibir los mismo complementos salariales que el resto de tus compañeros en su parte proporcional.
En segundo lugar, la jornada laboral para los contratos de formación y aprendizaje suele estar en unas 40 horas semanales salvo que el convenio establezca otra duración. Por lo tanto 30 horas semanales estarán destinadas a trabajo efectivo (75% de la jornada) y 10 horas a la formación (25%), esto quiere decir que si trabajas de lunes a sábado dedicarias 5 horas diarias a trabajar y 2 horas de lunes a viernes tendrías que dedicarlas a formación. Si esto no es así y hubiese una inspección de trabajo, tu contrato estaria considerado como contrato en fraude de ley, por lo que pasarías a ser indefinida.
Y en tercer y ultimo lugar, No podrías trabajar de lunes a sábado (sábado tarde incluido) en ese horario, puesto que se estaria incumpliendo el dia y medio ininterrumpido de descanso que establece la ley.
Espero haberte podido ayudar.
Un saludo.
Buenos dias,
Tengo un contrato de formacion de 6 meses prorrogables, trabajo de camarera de pisos a traves de una ett y mis compañeras fijas cobran segun convenio de hosteleria 1050 €, y creo que a mi me aplican otro convenio, el de limpieza ya que cobro 613 . Los dos primeros meses cobre 820 que es mas o menos el 75% de los mil cincuenta euros, al 3 mes me dijeron que me habian pagado de mas y bajo el sueldo.
¿ Puedo reclamar que me apliquen sueldo convenio hosteleria o es correcto que tambien apliquen el de limpieza?
¿Al llegar el fin de los 6 meses puedo yo decidir no seguir la prorroga? O se considera baja voluntaria?
¿ Pueden cambiarme constantemente de hoteles?
Muchas gracias.
Tienes que tener las mismas condiciones laborales que tus compañeras de trabajo.
Al llegar el fin de los seis meses, si ellos te prorrogan el contrato, y tu no quiere, se consideraría baja voluntaria.
El cambio de hotel que no implique cambio de residencia entra dentro del poder de dirección del empresario, siempre que se realice con justa causa, y avise al menos con cinco días de antelación al trabajador. Este preaviso, puede ser mayor si el convenio indica más días.
Me quieren hacer un contrato de Formación que AUN NO HE FIRMADO, necesito ayuda:
– El trabajo es en tienda
– Trabajaría una semana de mañana y otra de tarde (sab. y dom. incluidos)
– Trabajaría 40hs semanales.
– Me dicen que la formación la recibo mientras estoy trabajando, que así es como se aprende.
Esto es legal? Me da miedo hablar con la empresa, por si me despiden porque necesito el trabajo… pero tengo entendido que esto no se puede hacer… AYUDA POR FAVOR
Buenas tardes Lidia,
Esto que nos comentas no seria legal por dos razones, una porque el contrato de formación no permite trabajo a turnos, es decir una semana de mañana y otra semana de tarde.
Por otra parte en ningún caso la formación podría realizarse en la misma franja horaria que el trabajo efectivo. Para evitar esto junto con el contrato debe aportarse un Anexo II en el cual viene reflejado dicho horario de formación que deberá ser presentando al Servicio Publico de Empleo.
Un saludo.
Hola buenos días,
Tenia una consulta , he leído un poco sobre características del contrato formación y aprendizaje pero no consigo encontrar información con respecto a las vacaciones.Mi duda es si la empresa antes de finalizar el contrato ha de darme vacaciones correspondientes que son 15 en mi caso o si es legal que se me las abone como extra a parte porque no pueden debido a que disponen de poco personal y el volumen de trabajo es alto.
Gracias, un saludo
Las vacaciones hay que disfrutarlas en el año natural. Si finaliza la relación laboral antes del año, las vacaciones generadas y no disfrutadas puede abonártelas en el finiquito.
Hola! Tengo un contrato para la formación y aprendizaje, y mi duda es: ¿Qué pasa si no aviso de una baja voluntaria con 15 días de antelación? Muchísimas gracias de antemano.
Le pueden reclamar esas cantidades.
Hola buenas, tengo una duda muy grande empece a trabajar en una fabrica de pescado el dia 7 de Octubre y el dia 11 me entere que estaba embarazada, tengo un contrato de prueba hasta el dia 30 de octubre pero luego me lo amplian hasta el 22 de diciembre porque las fabricas cierran en el periodo de navidad. Yo agote el paro y ayuda familiar,si cojo la baja por maternidad ahora estando en el periodo de pruevas que seria lo que me pertenece?? Nunca me paso esta situacion.. gracias de antemano..
Buenos días.
Mi suegro quisiese darme trabajo en su empresa de mecánica, lógicamente deberá pagar mi seguridad social pero debido a mi inexperiencia resultaría perdiendo dinero ya que no puedo realizar todas las funciones de un trabajador normal. Si son tan amables de informarme si podría contratarme para la formación y el aprendizaje se lo agradecería. Tengo 22 años, he trabajado pero nunca he cotizado y llevo dos años sin estar apuntado en el paro. Muchas gracias por adelantado.
Hola, queria saber que dias de fiesta me corresponde, o si se los tendría que deber o me lo descuentan del sueldo. Soy de Sevilla. Muchas gracias
Hola , me han hecho un contrato para 15 días,pero me quiero ir de la empresa ya que me tenían que formar a la par de trabajar en esos quince días y dicha formación que he recibido es insuficiente para poder desempeñar mi trabajo correctamente,lo que implica que lo pase bastante mal en alguna que otra situación.Que tengo que hacer? puedo decir que me voy e irme al momento ?(dado que el contrato solo es de 15 días por producción de la empresa)
Buenos días,
Comprueba si tu contrato tiene un periodo de prueba, tiene que venir reflejado en el contrato seguramente en la segunda cara. Si viene reflejado, puedes irte de la empresa sin dar ningún tipo de justificación.
En caso de que no venga recogido el periodo de prueba, indica a tu empresa tus intenciones, ya que normalmente la baja voluntaria requiere un periodo de preaviso indicado en el convenio colectivo que suele ser de 15 días o un mes, por lo que podrían reclamarte una cantidad si no cumples ese preaviso.
Un saludo
Alejandro
He visto el contrato y la opción de periodo de prueba , no esta señalada, sino que los 15 dias son por »producción de la empresa», entonces si me quiero ir y llevo 8 días trabajando,no puedo dar un preaviso de 15 dias ,¿que crees que puedo hacer? Muchas gracias
Saludos
Hola me gustaría que me ayudaran tengo un contrato de formación de un año del cual tengo 7 meses y me a dicho que me va hechar y quería saber si me tiene q indemnizar los meses q faltan de contrato trabajo la hostelería les agradecería mucho vuestra ayuda
Alfinal que te indeninzaron ono ejk yo tengo.el mismo problema envez de siete tres.meses trabajados y kedanme nueve
Hola y gracias anticipadas por la infor:
Me han hecho un contrato de formacion y hay coas que no entiendo o no interpreto, haber si me puedes hechar una mano .
– el centro de trabajo esté en Azagra, eso está en Navarra,
– yo voy a trabajar a Madrid.
-No se especifica el centro de trabajo, lo cual podría facilitar una movilidad geográfica
-Veo una contradicción respeto a la reducción de cuotas de la SS, en el contrato pone que si pero en el anexo al contrato pone que no
-No me queda claro el apartado de la jornada, dice que son 30 horas y de ellas 10 para la actividad formativa cuando en el anexo pone que tienes 30 horas semanales efectivas de trabajo
No me han dado el calendario de formación tal y como se expone en la cláusula segunda
-No han especificado en el contrato la retribución (se remiten al convenio).
– no tengo claro la jornada:
– Jornada 30h + 10 Formación : 40 semanales
-* seria 30h – 10 Formación :20 semanales
– ¿ que tipo de jornada seria ….» seria media jornada » como se interpreta esto
(cotizaría por 30 horas) ????
– se deducen las horas de formación
– anivel de cotizacion a la seguridad social de cuanto finalice de 40 horas semanales
– La actividad laboral se desarrollará dentro del horario contratado. Lunes a Jueves de 8:30 a 14:00 horas de la mañana y tardes de 15:00 a 18:30, con dos descansos de 15 minutos, uno por la mañana y otro por la tarde.
Viernes de 8:30 a 14:30 horas.
_Cuando las circunstancias de producción así lo requieran, se trabajara también los Sábados en horario de 8:00 a 14:30 horas de la mañana.
_Se acuerda expresamente entre empresa y trabajador que este horario puede variar en función de las necesidades económicas, organizativas y
hola tengo un contracto en practicas por 6 meses me puede el empresario poner otro trabajo distinto a mi titulacion muchas gracias
Hola Alejandro. Me gustaría saber si me pueden hacer este tipo de contrato con el convenio de tiempo libre siendo diplomada en magisterio. Muchas gracias de antemano. Un saludo
buenas tardes teng un cpntrat de formacion y aprwndizaje en una empresa de limpiza y hago 160(40semanales) horas al mes. y yo se q me corresppmden hacer las 120 per mi jefa dice q teng q hacer las 160 y me pagan 900 y q en teoria pagan 800 el sueldo s fueran las 30 h (120)per como quiere q yo haga las 40 horas(160al mes) me pagan los 100 mas q ekivalen. a 900 esto es legal? y no hago nada de formacion solo trabajo y tengo 20 añps y ahy dias q hago 5 ehoras y otros q hago 11 horas siento q me explptan per ella muere en q yeng k trabajar las 160 y me hace trabajar extras quieero ir a un abogad per no teng tiwmpo haber si me sale x ahy libre aunq trabajo de lunes a sabado nose q hacer
Buenos días. Tengo un contrato de formación para menores de 30 años, que termina en enero del 2016. Estoy embarazada, mi fecha probable de parto es a fines de febrero, en marzo cumpliría los 30 años. Me corresponde la baja por maternidad? De no ser asi tengo derecho a cobrar el paro? El contrato queda en pausa o pierdo la continuidad? Gracias quedo al aguardo de su respuesta.
Hola, tengo una duda con los contratos de formación y aprendizaje. Yo estoy contratada en una empresa con un contrato de formación, pero me gustaría a su vez trabajar en otra, que me han propuesto, ya que necesito dinero para poder mantener a mi hijo.¿Sería compatible? ¿Cuántas horas puedo realizar en el segundo trabajo?
Saludos
Buenas Alejandro que tal te quería comentar si mediante un Taller de Empleo uno cotiza a la Seguridad Social para cuando lo terminase pudiese tener derecho a cobrar prestación por desempleo o subsidio.
Saludos
Hola . Tengo 27 años, con dos ciclos de grado superior como estudios ( Uno en secretariado, y otro en administración y finanzas), me han hecho en mi empresa: una panadería, pastelería-cafetería, un contrato de formación y aprendizaje desde el día 14-04-2014 extendiéndose por 12 meses hasta 13-04-15.Donde trabajo de camarera. Estoy contratada por 40 horas semanales, echando realmente 42. En el contrato la verdad que solo hay cierto el como me llamo, porque es de risa, todo lo que se pueden inventar las empresas parar ahorrarse la seguridad social.
Ya paso el periodo de prueba. Por favor quiero saber si me hacen un despido improcedente, osea si mi jefe interrumpe el contrato antes de los 12 meses, tengo algún tipo de indemnización? cual es?
Gracias.
buenos dias,
llevo trabajando bajo un contrato de formación desde Septiembre de 2013, en ningun momento se me informo de las condiciones de este tipo de contrato hasta que yo misma busque por internet las mismas. En mi empresa me informaron de que hacian el cambio de contratacion solo para arreglar «unas cositas», habiendome informado por mi cuenta exigi que me indicaran con que empresa tenia la formacion para poder realizarla ya que a mi no me iria nada mal conseguir la titulacion. Pese a mi insistencia de trabajar las 6 horas diarias y las 2 horas restantes dedicarlas a la formacion mi empresa me lo nego y me indico que debia seguir trabajando como si nada hubiese cambiado o dejaba de trabajar. He realizado la formacion por las noches ya que es a distancia y lo puedo realizar, pero quiero exigir de nuevo mis horas de formacion para poder utilizarlas para seguir mi curso, es posible recuperar las horas pasadas? o deberia hacer jornada de 6h a partir de ahora y el resto se pierden?
Hola soy belen y me han hecho un contrato de aprendisaje. Mi contrato pone de lunes a viernes con horario de 10;30 a 14 y de 18 a 21 horas. Pero yo trabajo los sabados con el mismo horario que acabo de poner. Y ensima me hace trabajar algunos domingos y no me lo paga ni tampoco me da un dia libre a la semana. Aaa y si fuera poco me hace firmar una nomina de 700 euros y me da 500.que puedo hacer tampoco me quieee dar vacaciones lo puedo denunciar .ella cuando entre a trabajar me dijo que el sueldo hera lo acordado co ella y las vacaciones me dijo que no me las daba yo le dije que por ley me las tiene qe dar pero me dijo quw ella no hace caso al contrato.no se que hacer tendria que cawe una inspecion
Hola, no se si aun estarás dudando, si es así ablame a mi correo, y te digo paso a paso que deberías de hacer, así desde luego no puedes seguir un saludo
Buenos dias, me gustaría saber si le puede pasar algo a un empresario que contrata a una persona en formación y el empleado no termina el curso que tiene que hacer. ¿Pueden sancionar al empresario porque su trabajador no termine el curso?
un saludo y gracias
Buenas tardes, antes que nada muchas gracias por dar tanta información en este site, de verdad se agradece.
El año que viene quería realizar un FP Dual en hostelería y he visto que para realización de contrato deben ser menores de 25. El caso es que el FP dura dos añios y yo en Septiembre cumplo 24, ¿Se me podría hacer el contrato de formación y aprendizaje? Gracias.
Buenos días,
No habría ningún problema ya que se podrán realizar con menores de 30 años hasta que la tasa de desempleo esté por debajo del 15%
Un saludo
Hola hago 1 año en agosto y se me termina el contrato , tengo un contrato de formacion y aprendizaje , quisiera saber si tengo derecho a paro, o que tipos de ayuda puedo obtener. No tengo cargas familiares.
Buenas tardes!
Me gustaría saber si con el contrato de formación las vacaciones son remuneradas.
Gracias.
En todos los contratos las vacaciones son remuneradas
Un saludo
Hola mi pregunta es si me hacen un contrato de formacion por un año y al llevar 7 meses me despiden tengo derecho alguna ayuda por haber cotizado 180 dias, gracias.
Hola en el siguiente link puedes revisar los requisitos que tienes que cumplir para poder acceder al subsidio por desempleo, no te puedo concretar más, por la poca información que facilitas
Requisitos para cobrar el paro: duración y cuantía.
Esperamos que te sea de ayuda
Un saludo
Buenos días. Me hicieron un contrato de formación y aprendizaje en Octubre, quisiera saber si tengo derecho a paro y ayuda por cargas familiares, en el caso de quedarme sin trabajo.
Hola Lucía, depende cual sea la causa de tu baja, por ejemplo con baja voluntaria no, pero en general si has cotizado el tiempo necesario, sí que tendrás derecho a prestación.
Un saludo
Hola,
Me llamo Raquel y me gustaría exponer mi caso,
Acaban de contratarme como dependienta con un contrato para la formacion y aprendizaje en el cual se indica que la jornada laboral será de 30h y 10h para la formacion. El salario indica según convenio, (comercio textil Sevilla) me gustaría saber cuánto me corresponde,si el de una jornada de 40h o el de 30h,y cuánto es dicha cantidad.
Por otro lado me están haciendo trabajar 6 horas diarias y en turno partido, en caso de decidir finalizar mi contrato antes de finalizar el período de prueba, me gustaría saber cuál es el procedimiento que debo seguir, si tengo derecho a prestación por desempleo y a una liquidación proporcional a los días trabajados.
También me gustaría saber cómo este tipo de contrato repercute a la hora de cotizar, pues si en un futuro quedara en desempleo me gustaría poder disfrutar de una presentación.
Espero vuestra respuesta,
Gracias.
Hola buenas tardes yo tengo una pregunta, hace unos años me contrataron en una empresa como formativa y me cambiaron en su tiempo a contrato normal… He tenido más trabajos y han sido contratos pues normales hasta este último… Que me contrataron en la empresa que ahora mismo estoy y me hicieron contrato formativo otra vez… Esto es legal? Yo les había comunicado que ya me habían hecho uno y su contestación fue… No pasa nada Esque no tenemos otra manera de contratarte y debe ser así pero no llegará al año porque te haremos fija, en junio se cumple el año y aun sigo esperando…
Que puedo hacer?
Gracias y un saludo
Depende de cuanto tiempo duró el primer contrato formativo y si este segundo tiene la misma ocupación.
Hola! Tengo un contrato de formación hace mas de un año y medio, nunca me he dado de baja, pero hace unos días tuve un accidente común y estoy de baja por contingencias comunes, cuanto y quien me debe pagar la baja? Me paga mi jefe los primeros días? o se ocupa la mutua…?? Gracias
Hola Sofia,
En esta entrada ya te explicamos como y quien te paga en los periodos de baja por incapacidad temporal
Un saludo
Alejandro.
Buenos días. Alejandro. Voy a comentarte mi caso.
Comense a trabajar hace 8 meses como camarero , con un contrato de formación. Mi jornada de trabajo es de 10 horas al día , y a veces asta 13 horas… Al principio me dijo q me pagaría en nomina como jornada completa, y el resto en negro. Asta llegar a 1200 al mes. En su momento acepte. Pero ahora an cambiado mucho las cosas,. Hago horarios partidos de 6-11:30 y de 16-21:30, también de 6-16 . ahora mismo sigo trabajando pero ciento que no están haciendo las cosas bien. Aparte llevo todo el mes de abril sin librar ningún día a la semana, y ya a pasado otras veces… Asta 2meses sin librar.
Esto y muchas cosas mas. Me gustado saber q puedo hacer. Y que derechos tengo yo como trabajador. Y terminando, diciendo q no soy el único de la empresa que tiene estos contractos de formación y aprendizaje. Gracias por su tiempo..
Un saludo.
Buenos días. Alejandro. Voy a comentarte mi caso.
Comense a trabajar hace 8 meses como camarero , con un contrato de formación. Mi jornada de trabajo es de 10 horas al día , y a veces asta 13 horas… Al principio me dijo q me pagaría en nomina como jornada completa, y el resto en negro. Asta llegar a 1200 al mes. En su momento acepte. Pero ahora an cambiado mucho las cosas,. Hago horarios partidos de 6-11:30 y de 16-21:30, también de 6-16 . ahora mismo sigo trabajando pero ciento que no están haciendo las cosas bien. Aparte llevo todo el mes de abril sin librar ningún día a la semana, y ya a pasado otras veces… Asta 2meses sin librar.
Esto y muchas cosas mas. Me gustado saber q puedo hacer. Y que derechos tengo yo como trabajador. Y terminando, diciendo q no soy el único de la empresa que tiene estos contractos de formación y aprendizaje. Gracias por su tiempo..
Un saludo.
Tienes los mismos derechos que cualquier otro trabajador
Hola buenas tardes, queria hacer una consulta: tengo contarto de formacion de jornada completa y queria saber si cotizo por las 30 horas reales o cotizo por 40 horas.muchas gracias
Hola buenas, mira tengo una duda y no me aclaro te pido por favor que me ayudes con el tema… Hace una semana me hicieron un contrato para la formación y el aprendizaje para trabajar como jardinero durante 1 año. No se si esta bien lo que están haciendo conmigo ya que estoy echando mas horas que un reloj.
La jornada laboral que me han puesto es de LUNES a VIERNES de 08:00h a 14:00 y de 16:00h a 18:00h y SÁBADOS de 08:00h a 14:00h. Un total de 46h a la semana y no estoy recibiendo nada de formación. Me da cosa de hablar con el empresario y decirle sobre el tema sin saber nada acerca de esto.
Muchas gracias, un saludo.
Hola Juandi, cuando te hacen un contrato para la formación y el aprendizaje no se pueden realizar más de 75% de la jornada el primer año y el 85% el segundo, esto es, en una jornada de 40 horas, no podrías estar trabajando más de 30 horas el primer año y 34 el segundo.
Respecto a la formación, el empresario tiene que tener contratada con una empresa homologada, tu formación, por lo que mejor o peor, deberías de estar recibiendo formación.
Por otra parte, e independientemente del tipo de contrato que tengas, la jornada máxima que se puede hacer en España es de 40 horas semanales, por lo que en ningún caso podrías tener una jornada de 46 horas.
Entiendo que es violento comentárselo a tu jefe, pero a lo mejor puedes planteárselo diciéndole que tienes un conocido que también tiene este tipo de contrato, y que la empresa le está dando formación, que aunque sólo sea para poder poner en el curriculum que te diga con que empresa a contratado tu formación, a lo mejor es que ni ha contratado la formación, y le estas haciendo un favor recordándoselo, porque como algún día tenga una inspección lo van a sancionar. Respecto a las horas, no hay manera suave de decirlo, porque aunque desconozca las horas que se pueden hacer en un contrato para formación, si que es de saber popular que la jornada máxima son de 40 horas semanales, por lo que si te hace trabajar más es sabiendo lo que hace.
Espero haberte sido de ayuda.
Hola buenas, le comento mi caso a ver que me pueden contestar
Despues de 4 años en la misma empresa decidieron hacerme un contrato de aprendizaje y formacion para ahorrarse unos cuantos euros, me hicieron el dicho contrato con 2 meses de prueba, trabajaba mas de 8 horas diarias y sin descanso a comer y haciendo el.mismo trabajo que hacia antes de tal contrato, harto del.abuso pedi la baja voluntaria al 1 mes del contrato respetando los dos meses de prueba mi pregunta es ; lo hice sin preaviso puesto que la costumbre alli es hacerlo asi y sin terminar el plazo de pruebas salgo perjudicado en algun caso?
Hola Jorge, no es necesario respectar el período de prueba mientras que exista preaviso, por lo que por este lado no sales perjudicado.
Podemos considerar que si sales perjudicido, en dos aspectos: 1.) al ser baja voluntaria no tendrás derecho a la prestación por desempleo. 2.) Estabamos ante un claro caso de fraude, y si hubieras demandado tendrían que haberte transformado probablemente a indefinido, y abonarte el salario y cotizar igual que le corresponde a un trabajador de tu categoría profesional con un contrato normal.
Un saludo
Buenas Tardes:
Quería hacer una consulta, queremos contratar a una chica que actualmente está realizando prácticas de sus estudios en nuestra empresa.
Los estudios que está cursando actualmente es un grado superior de Administración y Finanzas, que finaliza en Junio.
¿Podemos contratarla bajo un contrato de formación y aprendizaje en Abril aunque finalice sus estudios en Junio?
¿Durante el contrato tiene que seguir estudiando en el mismo centro o en otro centro o a distancia aunque haya acabado el grado superior como he mencionado en Junio?
Si el contrato que firmamos es de 1 año, Si finaliza sus estudios y se desea prorrogar, ¿tiene que seguir estudiando? ¿Los estudios los puede cursar por su cuenta?,
¿Se puede prorrogar dicho contrato hasta los 3 años aunque haya acabado su titulación?
En el caso de que tenga que seguir estudiando, y teniendo el 100% de las aportaciones a la seguridad social de la empresa y del trabajador bonificadas, ¿Quién asume los gastos de la formación del trabajador?, La seguridad social los abona a la empresa independientemente de la bonificación del 100%?
Muchas gracias por vuestra atención
Buenas tardes,
Tenía 29 años cuando me hicieron el contrato de formación y ahora tengo 30 y continuo con el mismo contrato. ¿Es correcto?¿No deberían cambiar mi contrato?
Gracias por las aclaraciones
Buenas tardes.
Tengo un contrato de formación del año pasado, cuando tenía 29 años. Este año cumplo 30. ¿Puedo continuar con el mismo contrato o tendría que modificarlo por otro tipo de contrato?
Gracias
Las condiciones para la realización de este tipo de contratos tiene que darse en el momento de la celebración del mismo no durante todo el tiempo que dure la relación laboral, por lo que no tendrían que modificarte el contrato. Un saludo
Hola Alejandro, soy una empresa y contrate el año pasado a una amiga por contrato de formación ya que son más barato, la empresa a ser una tienda de temporada solo la contrate de (marzo a septiembre). El 31 de septiembre le hice un despido por cierre de empresa. Mi pregunta es ahor en abril voy abrir de nuevo la tienda y me gustaria saber si puedo contratar de nuevo a mi amiga en contrato de formación
¿Me tienen que dar el fin de contrato firmado 15 días antes?es que tengo contrato de formación y ya ha pasado el primer año.
Si el contrato ha tenido una duración superior al año te deberán de comunicar la finalización de mismo con 15 de antelación, a no ser que la fecha fin venga marcada desde el inicio de la relación laboral en cuyo caso no se necesitar preaviso porque ya conoces la fecha fin. Un saludo
Buenos días, yo tengo una pregunta yo tenia un contrato de duración determinada hasta agosto del 2014 pero ayer me despidieron por objetivos, el jefe me estuvo explicando que necesita gente de formación porque claro se ahorra dinero, mi pregunta es: SI YO ESTADO EN LA EMPRESA 8 MESES, ME DESPIDEN, DESPUÉS PUEDEN COGERME DEL PARO CON UN CONTRATO DE FORMACIÓN LA MISMA EMPRESA.???
Porque yo tengo entendido que sí, sin ir mas lejos hace justo un año en una empresa multinacional me lo ofreciron pero no llegaron hacermelo porque en la empresa consto que trabaje 1 año y 11 días, y como aqui llevo 8 meses por eso, mi jefe me dijo que su gestora le dijo que no, pero en ningun lado no veo yo eso y yo tengo 21 años, que cumplo los requisitos para poder hacer dicha formación.
gracias
un saludo
espero una respuesta es urgente!
Tengo un contrato de formacion de hosteleria de un año,Llevo trabajando en un bar de andalucia desde octubre de 2012 y me han renovao el mismo contrato de formacion en octubre de 2013 por un año mas, necesito un dia de asuntos propios y mi jefe no me lo quiere dar, El año pasado no me dejo ningun dia de asuntos propios, quisiera saber si a este tipo de contrato no le corresponden dias de asuntos propios.
Gracias
Hola Helen, tendrás que revisar lo que establece el convenio que te es de aplicación, si recoge la existencia de asuntos propios o no.
Un saludo
Hola, soy una empresa y contrate el año pasado a una amiga por contrato de formación ya que son más barato, la empresa a ser una tienda de temporada solo la contrate de (marzo a septiembre). El 31 de septiembre le hice un despido por cierre de empresa. Mi pregunta es ahor en abril voy abrir de nuevo la tienda y me gustaria saber si puedo contratar de nuevo a mi amiga en contrato de formación.
Hola Alejandro, soy una empresa y contrate el año pasado a una amiga por contrato de formación ya que son más barato, la empresa a ser una tienda de temporada solo la contrate de (marzo a septiembre). El 31 de septiembre le hice un despido por cierre de empresa. Mi pregunta es ahor en abril voy abrir de nuevo la tienda y me gustaria saber si puedo contratar de nuevo a mi amiga en contrato de formación
Hola Paloma, aunque es cierto que si todavía no ha adquirido la formación suficiente, cosa que no habrá hecho al no estar durante un año seguido con la formación, podrías volver a hacer un contrato para la formación a tu amiga, podría resultar sospechoso en caso de inspección de trabajo que la misma persona tenga dos contrato para la formación y el aprendizaje por el mismo puesto en la misma empresa, deberás de valorar si te merece la pena correr el riesgo.
Un saludo
Hola buenas noches, os comento mi caso…el dia 3 de febrero me han echo un contrato de 1 año de formacion, llevo un mes y medio y es insoportable el trabajar alli…puede que estr embarazada…mi pregunta es si lo estuviera y no me fuese nada bien el embarazo me podrian dar la baja? Y estando de baja no me pueden echar no? Un saludo gracias
Hola Sandra, tengas el tipo de contrato que tengas, si existe riesgo durante el embarazo, y el médico así lo considera puedes coger la baja.
En relación al poder despedir a una mujer embarazada, lo cierto es que es muy dificil y si no hay causa, el despido sería nulo, no improcedente como en el resto de los casos, causa esta por la que las empresas no suelen despedir a mujeres embarazadas.
En tu caso las únicas causas de extinción del contrato sería la finalización del mismo, por lo que es bastante probable que si coges la baja no te despidan.
Alejandro
Hola, tengo una duda con algo que me está sucediendo, os comento por si me podeis ayudar a resolverlo.
Me contrataron en un hotel con un contrato de formación y aprendizaje, a los dos días me echaron diciendome que no superé el período de prueba. Por esos dos días debería cobrar 52 euros pero me han ingresado 22.02, los llamé por teléfono y me dijeron que se debe a que me han descontado el importe de todo el mes de la cuota de la seguridad social y el irpf. Mi cuentión es si eso es posiblie y pueden descontarme la cuota de todo el mes y no una parte proporcional ya que yo solo trabajé 2 dias.
Un saludo y gracias de antemano.
Hola Yaiza, sólo tienen que descontarte el tiempo que has estado dada de alta, no todo el mes. Dado que por lo que veo es poco dinero, te recomiendo que vayas a la empresa, y que le digas que o te pagan bien o vas a la inspección de trabajo y presentas una denuncia, ya veras como te pagan lo que te deben
Alejandro
Si puede ser. Porque en los contratos de formacion la retribucion a la seg social es 17.91 al mes da igual los dias que trabajes. Es una putada
El salario es un fijo mes, y el horario debería de ser todos los meses el mismo, por lo que no entiendo muy bien tu pregunta.Un saludo
Hola!
Tengo una duda con el contrato de formación y aprendizaje cuando la Formación te la dan en un centro educativo (formación en alternancia).
Para calcular el trabajo efectivo, se mira el programa de formación anual para saber las horas de formación y calcular el trabajo efectivo.
La duda que tengo es la siguiente: Si el contrato empieza en junio del 2014 y acaba en junio del 2015, y la formación la recibes de septiembre 2014 a junio del 2015, y no todos los meses recibes el mismo nº de horas de formación. ¿Cómo se calcula el trabajo efectivo mes a mes o lo determinas anualmente, y cobras todos los meses igual.
Espero su respuesta, gracias.
Cobras todos lo meses igual, respecto a las horas de formación tienen que ser las necesarias para obtener la titulación por la que te están formando, respectando en todo caso, eso sí, los limites de jornada que marca la ley.
Buenos días, soy recién titulado como Técnico Superior en Administración y Finanzas (Ciclo de Grado Superior) y me han realizado un contrato para la formación como teleoperador, realizando llamadas a posibles clientes durante toda la jornada laboral. En el anexo del contrato pone que realizo formación a distancia de grabación de datos, y no sé si esa formación al no corresponder con un certificado de profesionalidad tendrá alguna validez. Además se supone que el objeto del contrato es darme formación, pero si hago llamadas y me formo en grabación de datos, siendo yo titulado en administración, ¿no sería fraude?
Hola Victor, si te han hecho un contrato para la formación y el aprendizaje el curso que te están dado tiene que estar homologado.
Respecto a lo de tu titulación y la compatibilidad, lo cierto es que a mi entender si es compatible, porque si tu formación esta enfocada a las finanzas, es compatible.
Eso si, asegurate que las características de este tipo de contratos se cumplen, no haces más horas de las debidas, el salario, no trabajas a turnos, no tiene horario nocturno, etc
Un saludo
hola, tengo un contrato para la formación y el aprendizaje de un año como limpiadora de una residencia. Llevo ya 7 meses, pero por razones personales no voy a poder seguir trabajando. Asi que voy a tener que hablar con mi empresa para dimitir.
mi pregunta es la siguiente: si dimito pero avisando con sus 15 días correspondientes, ¿tienen la obligación de darme los papeles para echar el paro o ayuda? en el caso de ser afirmativo que pasa si se niegan? ya que seria por una razón justificada el no poder seguir trabajando.
Un saludo.
Hola Amanda, si eres tu la que dimite, en ningún caso tendrás derecho a la prestación, pues la baja voluntaria no es una causa legal de desempleo, para poder tener derecho al desempleo tendría que sea la empresa la que te despidiera, cualquier tipo de despido te permitirá acceder al paro, por ejemplo valdría un despido disciplinario, hablalo con la empresa, a lo mejor pueden proponerte algo que te interese.
En relación al preaviso, si no hablas con la empresa te recomiendo que lo respetes porque asi evitas que la empresa te lo descuente del sueldo.
Un saludo
Hola mi nombre es Andrea, llevo ya casi dos años con un un contrato de formación y aprendizaje, dentro de 12 días se termina mi contrato y me e enterado que estoy embarazada de 7 semanas se lo e comentado a mi jefe y al parecer no me va a renovar entonces quiero cojer la baja por que tengo fuertes dolores de lumbago y lo que me gustaría saber es si puedo darme de baja antes de que finalize el contrato para poder cojer la ayuda y si me dan la ayuda cuanto me correspondería mi nomina actual es de 830 euros pero como el contrato es de formación no se cuanto en realidad me corresponde gracias.
Hola, en relación a cogerte o no la baja, no puedo ayudarte en eso toda vez que es el médico el que deberá, después de analizar tu situación, si estas o no en condiciones de trabajar.
Respecto al importe que cobrarás, dependerá del convenio que te sea de aplicación, de si complementa o no las bajas, y de la causa de la baja, si es por riesgo durante el embarazo o no.
Para poder ampliarte la información necesitaría que me contestaras a estas preguntas, como mínimo a la del convenio de aplicación
Un saludo
Hola, os comento mi caso: tengo firmado un contrato de formacion de seis meses en hosteleria y voy camino del tercero, me finaliza en junio » la cuestion» esque acabo de cumplir el segundo mes de embarazo y me entero ahora debido a mi irregularidad menstrual y de momento no he dicho nada porque tengo panico a que me tiren pero claro.. el asunto crece… por otro lado tengo 8 meses cotizados mas estos casi tres que llevo de formacion y nose si aguantando un mes mas para tener cotizados los 12 me quedaria paro con dicho contrato, si seria mejor decirlo y cojerme baja o esque nose que hacer no quiero verme en la calle con la tripuncia sin paro y con una mano alante y otra atras, que me recomendais? Me callo y lo digo cuando no quede otra y mientras cotizo lo que me kede hasta llegar a 12 meses o estando de baja se cotiza igual y no pongo en peligro mi bebe… bff espero respuesta lo agradecere en el almaa saludos!
Hola Sonia.
En primer lugar la duración mínima de un contrato para la formación y el aprendizaje es de 1 año, ¿estas segura que es este tipo de contrato el que tienes?
En segundo lugar, porque te despidan no te preocupes porque el riesgo de despedir a una mujer embarazada es muy elevado, ten en cuenta que el despido sería declarado nulo y tendrían que reincorporarte a tu puesto de trabajo pagándote los salarios que no te hubieran abonado, y eso es un coste elevadísimo para la empresa.
Yo te recomendaría que, si el médico te dice que puedes seguir trabajando sin ningún riesgo para el niño, comprobaras el período de prueba que tienes en el contrato, y no decir nada en tu empresa hasta ese momento, y después de ese día si vas al médico y te recomienda que cojas la baja, cojela sin ningún miedo, porque si te despiden lo más seguro es que sea declarado nulo.
Si necesitas en algún momento un abogado no dudes en ponerte en contacto con nosotros, podemos ayudarte a encontrar uno. Solicitaremos varios presupuestos a abogados de tu zona y tu después sin ningún compromiso ni coste, si alguno te convence lo contratas
http://cuestionesderecho.es/contacta-con-nosotros/
Un saludo
Hola buenas tardes me dirigo a ti para ver si me puedes echar una mano ya que he acudido a preguntarte al inem y solo me refieren a la paguina suya por internet y no me aclaro.
Me están ofreciendo un contarto de formacio por seis en un bar,con una jornada de 30 horas semanales mas 10 horas dedicadas a mi formación y mis dudas son cuanto seria el sueldo ya que la empresaria me dice que que lo pactemos entre nosotras pero claro yo no se cuanto es el minimo que se establece para este tipo de contratos loguicamente y además saber si yo puedo trabajar en nocturnidad ya que tengo entendido que con este tipo de contratos no se puedo pero………,
Tambien quisiera saber si tengo derecho a pagas extras y como se cuanto seria el importe, a vacaciones y de cuanta durabilidad,y por ultimo a finiquito a la hora de mi despido cuando acabe mi contrato.
Muchas gracias, y agradezco tu tiempo dedicado.
Mi correo por si me quieres contestar por hay mejor es XXXXXXXXX.
Hola Jonathan
Respecto a lo que nos comentas hay varias cuestiones
1.- la duración mínima de este tipo de contratos es de 1 año
2.- En relación al salario depende del convenio que le sea de aplicación a la empresa para la que vas a trabajar, en todo caso si lo que se le aplica es el Estatuto lo mínimo que podrían pagarte es el 75% del SMI (483,96€* 14 pagas), es el mismo que en el año 2013 https://www.cuestioneslaborales.es/la-diferencia-entre-el-smi-y-el-iprem/
En tu caso, yo me informaría de cuanto está cobrando un camarero haciendo ese trabajo en tu zona, o incluso los que vayan a ser tus compañeros y pídele un 75% de ese sueldo.
3.- Si que tienes derecho a pagas extras, o puede ser que las mismas te las prorrateen mes a mes, eso depende de como proceda al pago de las mismas tu empleador o lo que acuerdes tu con él.
4.- Las vacaciones vienen marcadas en el convenio que te es de aplicación, pero como mínimo tienes derecho a 30 días naturales. Y a un descanso de día y medio mínimo a la semana.
5.- Con este tipo de contratos no se puede puede trabajar en horas nocturnas.
6.- Este tipo de contrato no lleva aparejada indemnización a la finalización del mismo, lo que no obsta que deban finiquitarte y por lo tanto abonarte las vacaciones que hubieras generado y no disfrutado y el período del mes que hubieras trabajado.
Un saludo
Hola,
La empresa me hizo un contrato de formación de programador informático, yo tengo titulación de grado superior en Turismo y en Márqueting.
Mi trabajo ha consistido las 8 horas o más diarias en contactar con proveedores para incorporarlos a la red de la empresa. Nada que ver con lo que dice el contrato, pero era aceptarlo o no trabajar. El sueldo, por llamarlo de alguna manera: 300 € mensuales.
Las irregularidades de la empresa son tantas que me quiero marchar ya, pero me amenazan con no pagarme los primeros dias en los que he trabajado sin contrato, ya que no me lo habian hecho, aunque yo lo habia reclamado.
¿Que pòsibilidades tengo si los denuncio?
Muchas gracias
Hola Marcos.
Puedes denunciar a la empresa por fraude en la contratación, y tu contrato se transformaría en contrato indefinido.
Además deberían de abonarte el salario que le correspondería a un trabajador que realizara tus funciones, que será más que los 300 euros que dices te están abonando. Y si deciden finalizar tu relación laboral tendría que abonarte la indemnización de un despido improcedente.
Y ello sin entrar a valorar la posibilidad de poder defender un despido nulo, por entender el despido una represalias por ejercer tus derechos.
En relación al no abonarte los días que has estado trabajando y no dado de alta, si puedes demostrar que estuviste trabajando, no te preocupes porque tienes todas las de ganar.
Desde mi punto de vista, la empresa sólo te está amenazando por si consigue algo, pero tu eres el que tiene todas las de ganar.
Puedes hacer varias cosas, o todas las que te expongo:
1.- Comentarle a la empresa lo que te expuse
2.- Ir a la inspección de trabajo y denunciar tu situación.
3.- Decirle a la empresa que o regulariza tu situación o irás a la inspección de trabajo
4.- presentar demanda en el social, reclamando cantidad y derecho, o si te despiden despido improcedente
Un saludo
Hola, me gustaria plantear unas cuestiones a ver si melas pueden contestar:
Tengo un contrato de formacion y aprendizaje he firmado por un año y ya en abril se me acaba, si no me renuevan tengo derecho a liquidacion y cobrar desempleo?
Muchas gracias
Hola Maria
el contrato para la formación y el aprendizaje no lleva aparejada indemnización a la finalización del mismo, no obstante, la liquidación que el pago por parte de la empresa de los derechos generados hasta la finalización de la relación laboral si que tienes derecho, por lo que si no has disfrutados todas las vacaciones que has generado tendrán que pagartelas, así como la parte del nómina que proceda.
Respecto al derecho a la prestación por desempleo, si has cotizado tiempo suficiente, no hay problema en acceder a ella.
Un saludo
Hola, quisiera saber que puedo hacer.
Fui contratado para una panadería/cafetería con contrato para la formación y el aprendizaje. La realidad de mi situación laboral es la siguiente:
Trabajo siete días seguidos, librando el octavo, así sucesivamente sin derecho a días de asuntos particulares ni compensaciones horarias.
Trabajo de 10:30 a 14:30 y de 18:00 a 22:00 siempre quedandome quince minutos más de gratis a las 14:30 y a las 22:00.
No pagan las horas extra. Y realizo el mismo trabajo que los empleados contratados con contrato ordinario.
En este caso se esta incurriendo a un fraude de ley? que opciones tengo de denunciarlo? dónde tendría que denunciarlo?
Hola Tomás
La jornada de trabajo en los contratos para la formación y el aprendizaje no puede ser superior al 75% de la jornada durante el primer año o el 85% durante el segundo y tercer año de la jornada máxima prevista en el convenio colectivo o, en su defecto, a la jornada máxima legal.
En tu caso, al estar trabajando 8 horas al día durante 7 días, no sólo estarías trabajando más de las horas permitidas para tu tipo de contrato, si no que estarías trabajando más de lo que permitiría cualquier otra modalidad contractual, que serían 40 horas a la semana de promedio, además tendrías que descansar mínimo un día y medio a la semana.
Respecto al pago de las horas extras, en los contratos para la formación y el aprendizaje están prohibidas las horas extraordinarias, salvo las destinadas a prevenir o reparar siniestros y otros daños extraordinarios y urgentes.
Lo que tendrías que hacer es presentar una papeleta en el servicio de mediación de tu comunidad por fraude en la contratación y solicitando que el contrato que te une con tu empresa sea de carácter indefinido
Si necesitas más información no dudes en volver a ponerte en contacto con nosotros
Un saludo
Muy buenas;
Lo primero agradecer el buen trabajo con la contestación de los post.
Yo tengo una duda, que no encuentro,
Si una persona está contratada en régimen general una hora diaria, podría hacerse un contrato de formación con otra empresa en otro horario distinto?
Gracias
El objeto del contrato es la cualificación profesional de los trabajadores por lo que si una persona ya está cualificada y tiene experiencia en el puesto no podrá utilizarse esta modalidad contractual para desempeñar ese puesto.
En relación a la formación hay que precisar que no se pueden celebrar contratos para la formación y el aprendizaje cuando el puesto de trabajo correspondiente al contrato haya sido desempeñado con anterioridad por el trabajador en la misma empresa por tiempo superior a 12 meses.
Un saludo
Hola necesito ayuda , os comento mi caso tengo un contrato para la formacion y aprendizaje , llevo 6 meses trabajando pero quiero cojer la baja por embarazo , ya que tengo mucho estres , echo mas horas de las que me pertenece, mi pregunta es una vez que coja la baja , y mi contrato finaliza en julio del 2014 , los cuatro o cinco meses esos que estoy de baja y si finaliza mi contrato , una vez que me den el alta que pasa si no quiero volver a la empresa ya una vez que me halla finalizado el contrato , espero una contestacion gracias
Cuando finalice el contrato te darán de baja por finalización del mismo, y ello independientemente de tu situación personal, esto es estes o no embarazada.
Por otra parte, si tu voluntariamente dejas de ir a tu puesto de trabajo, o no acudes cuando deberías de hacerlo la empresa puede proceder de dos maneras, entender que tu comportamiento es causa de despido disciplinario o considerar que es un abandono del puesto de trabajo (dimisión tácita).
Un saludo
Buenas tardes:
Tenía un contrato formativo, y me acaban de despedir.
Por trabajos anteriores sumado a éste, tengo derecho a paro, pero mirando mi nómina (del contrato formativo), la Base de contingencias comunes es MUY baja, inferior a lo que es el sueldo, mi pregunta es ¿Estoy cotizando en base a esa cifra? con lo cual ¿mi prestación por desempleo irá en función de éso?
Hola necesito ayuda , os comento mi caso tengo un contrato para la formacion y aprendizaje , llevo 6 meses trabajando pero quiero cojer la baja por embarazo , ya que tengo mucho estres , echo mas horas de las que me pertenece, mi pregunta es una vez que coja la baja , y mi contrato finaliza en julio del 2014 , los cuatro o cinco meses esos que estoy de baja y si finaliza mi contrato , una vez que me den el alta que pasa si no quiero volver a la empresa ya una vez que me halla finalizado el contrato , espero una contestacion gracias
Si tu prestación va en función de tu base, pero si no estas de acuerdo con ella, o cobras como dices mucho más de lo que aparece en nómina deberías de demandar a tu empresa a fin de que consideren salario todo lo que cobras, y que coticen por ello.
Un saludo
Tengo un contrato formativo como recepcionista de hotel durante 1 año, pero llevo 6 meses y quiero dimitir cuanto antes.
Las razones:
– En mi contrato pone que trabajo 6 horas al día y realmente estoy 8 (algunos días hasta 9)
– Hago turnos rotativos cuando está prohibido
– No tengo tiempo de descanso para comer en las 8 horas que estoy
– Estoy SOLA en todo el hotel, sin vigilantes ni botones y me he visto en más de una situación de riesgo por ello, además de cargar con problemas del propio hotel cuando se mete en overbooking
– Libro menos de 2 días por semana. Apenas libro 1 y doy gracias
Por todo ello he decidido pedir dimisión, pero no voy a cumplir el amplio plazo de 15 días.
Quería saber si, al ser un contrato no superior a un año, estoy obligada a dar el preaviso de 15 días y si no los doy, cuáles son las consecuencias sobre mi finiquito.
Un saludo
depende de lo que diga el convenio que te sea de aplicación te descontarán o no el preaviso.
En todo caso, podría ser más interesante que demandaras reclamando que se reconozcan tus derechos, relativos a la jornada, a los descansos semanales. etc
Un saludo
me pueden reducir la jonada en un contrato para la formacion????graciasss
Hola Yoli,
No cabe celebrar a tiempo parcial un contrato para la formación.
Un saludo
Alejandro
hola tengo un contrato para la formacion de un año pero me quieren despedir ahora que llevo 7 meses por falta de trabajo, me gustaria saber por favor a que tengo derecho gracias.
Hola. Yo tengo un contrato para la formación y el aprendizaje que dice que la jornada laboral será de 40h y el tiempo de trabajo efectivo de 30h, el salario se fijará según convenio. El convenio es el del comercio del metal de Cantabria. Me gustaría saber cuál debería de ser mi salario. Muchas gracias.
Un saludo.
Buenas tardes David, en los contratos para la formación y el aprendizaje la retribución se ha de fijar en proporción al tiempo de trabajo efectivo, de acuerdo con lo establecido en convenio colectivo, en el que caso del convenio del metal de Cantabria las últimas tablas actualizadas puedes encontrarlas en la Sentencia número 3/2013 del Juzgado de lo Social Número 2, de Santander.
Conforme venía interpretándose con la normativa anterior, si no existiera previsión al respecto, la remisión debe entenderse efectuada a la retribución prevista convencionalmente para el puesto desempeñado por el trabajador en formación.
Eso si recuerda que en ningún caso, tal retribución no puede ser inferior al salario mínimo interprofesional en proporción al tiempo de trabajo efectivo
Un saludo
hola, mi pregunta es la siguiente, si me encuentro contratado en régimen de contrato de formación, de un año de duración, el cual llevo cumplido 3 meses, la empresa no esta contenta con mi labor y quiere despedirme,
e aqui mis preguntas.
¿Tienen la obligación de avisarme con X dias de antelación al ultimo dia laborable(dia de despido)?
¿A que tendría derecho en caso de despido en esta modalidad de contrato?
¿En caso de que la empresa no me avisara con X dias de antelación que ocurre?
Con solo 3 meses cumplido del contrato de 1 año de formación,¿ que parte proporcional me pertenece de las pagas anuales y vacaciones, finiquito o despido …?
muchas gracias, tengo una semana para saber todo esto, por eso agradezco que me ayudéis lo antes posible.
La consultas que nos planteas necesita un estudio más personalizado por lo que ten agredeceríamos que la plantearas a través de nuestra sección de consultas
Un saludo
Si la empresa no está contento con tu trabajo y ya no estás dentro del período de prueba, tendrá que proceder a tu despido bien por causas objetivas, si existe causas y en ese caso tendría que bien preavisarte bien abonarte la falta de preaviso, además de la indemnización de 20 días por año de servicio. O bien despedirte improcedentemente, en cuyo caso no habría preaviso.
Un saludo
Buenas tardes, no se dónde acudir, sindicato, etc.
Tengo un contrato de formación y aprendizaje.
Os resumo mi caso. Dada de alta desde el 22 de agosto, prácticas en otra franquicia durante ese mes, remuneradas. La empresa quería abrir el 1 de septiembre pero no le daban la luz así que nos incorporamos la última semana a trabajar, yendo algunos días a limpiar el local. Nos pagan el mes completo. Esa semana en vez de mis 30 horas hago 42……
Pasó los dos meses de prueba y el día 1 de noviembre comunico mi baja voluntaria. Hago turnos partidos. Otra duda que tengo. Mis últimas 2 semanas el martes no voy por encontrarme de bajá, el viernes voy mala y nada más salir voy al médico para la baja, me comenta que no la da por adelantado, que me pase el lunes y me la da con fecha del sábado. Pues bien, todos los domingos nos mandan un correo con el horario…. Este domingo no me llega,a mis demás compañeros si, y me acerco al local, y me dicen que me ha dado vacaciones……..estando de baja, vacaciones……tengo el horario ya en mi correo donde aparece que estoy de vacaciones ya que me lo paso una compañera. El lunes llevo la baja hasta el miércoles. A parte, me dice el encargado que por lo visto esos días me los regala…..porque no me pertenecían tantos……
A parte de lo que he comentado de que estaba de baja, mis preguntas son: libro dos días a la semana, si me da vacaciones no tendría que tener esos días primero libres?? Mi último día fue el 15 de noviembre. A lo que se refiere el encargado es que los días que no trabajamos por no haber luz, nos lo pretendían dar cómo vacaciones……eso podría ser??
Por ultimo, soy técnico superior en información y comercialización turística, mi contrato es de camarera, aprendiz.
Los puntos son:
– Vacaciones de un día para otro????
– Vacaciones estando de baja
– Semana 42 horas
– Turnos partidos
– Con el Grado Superior es posible ese contrato?
Me gustaría saber si es legal todo esto y si lo podría denunciar. Aún no he firmado el finiquito. Le he pedido la nómina porque tampoco las teníamos……no le llegaban…..
Muchísimas gracias de antemano
Rocío
Hola Rocio,
Te he respondido al correo electrónico.
Un saludo
Alejandro Aradas
De lo mio no sabras nada? Soy David del ultimo comentario.
Hola, tengo una duda, si ahora mismo tengo 30 años (no cumpliré 31 hasta Julio de 2014), ¿me pueden hacer un contrato formativo?
Gracias
Hola César,
Entiendo que la ley indica menor de 30 años, con lo que si ahora tienes 30 años cumplidos no te pueden hacer un contrato formativo.
Un saludo
Alejandro Aradas
¿Me pueden realizar un contrato para la formación y el aprendizaje como «Administrativo comercial», y ofrecerme la misma formación profesional que ya poseo (Grado Medio en comercio y marketing) ?
Hola Radious,
El contrato de formación y aprendizaje sólo se podrá celebrar con trabajadores que carezcan de la cualificación profesional reconocida por el sistema de formación profesional o que los estén cursando en dicho momento. Si ya lo has finalizado, como es tu caso no se podría realizar dicho contrato.
Un saludo
Alejandro Aradas
Hola Alejandro,
Ante todo gracias por responder tan rápido. Tengo otras consultas: ¿Si se hubiese realizado en estas condiciones sería fraude de ley? ¿Tendría que denunciar? ¿Que puede ocurrir si denuncio?
Gracias,
Hola Radious,
Sí, sería un fraude de ley.
Con carácter general, la consecuencia en caso de demanda será la transformación en un contrato indefinido.
Un saludo.
Alejandro
hola, muy buenas, he intentado investigar sobre el contrato en formacion y solo encuentro los beneficios para los empresarios, pero que pasa con el de los trabajadores??
me gustaria saber, si tengo derecho a un dia de descanso semanal, ya que en las clausulas del contrato pone que si, pero mi encargado dice que es segun necesidades de la tienda, y no me lo da, tambien tengo entendido que no puedo hacer turnos partidos y los hago, alguien sabe mas ventajas sobre mi contrato???
Hola Pringle,
El contrato de formación está pensado para compaginar el trabajo en una empresa, con la formación de un oficio para el trabajador, con una duración mínima de un año y máxima de tres. La actividad formativa inherente al contrato debe ser la necesaria para la obtención de un título de formación profesional de grado medio o superior o de un certificado de profesionalidad o, en su caso, certificación académica o acreditación parcial acumulable.
El contrato puede celebrarse con trabajadores que reúnan simultáneamente los siguientes requisitos:
Además los trabajadores no pueden realizar trabajos nocturnos, ni a turnos , ni horas extraordinarias, salvo las destinadas a prevenir o reparar siniestros y otros daños extraordinarios y urgentes
Por otro lado tienes derecho a un descanso semanal mínimo de día y medio ininterrumpido a la semana, aunque por convenio pueden limitarse. No obstante si tu contrato indica que tienes derecho a un día, no pueden negartelo.
Es decir, el empresario está incumpliendo los requisitos para realizar un contrato de este tipo
Un saludo
Alejandro Aradas
Hola tengo una duda, si me despiden llevando solo 3 meses de contrato, por falta de trabajo, ¿Me perjudicaría en algo? ¿Tengo derecho a alguna indemnización? Gracias
Buenas tardes Loreyn.
Entiendo que la modalidad de tu contrato es un contrato para la formación y el aprendizaje.
Una vez aclarado esto hay que decir que, las causas de extinción de este tipo de contratos son las mismas que para el resto, esto es:
– mutuo acuerdo, que entiendo que no es tu caso.
– causas consignadas en contrato, puede que sea un período de prueba no superado, cuestión que habría que revisar porque puede que ya no estuvieran en plazo para dártelo.
– por despido objetivo (sí tendrías derecho a indemnización)
– si en el despido te reconocen la improcedente (sí tendrías derecho a indemnización)
Respecto a que te perjudica, dado que sólo has estado tres meses, podrías volver a ser contratada con esta misma modalidad para obtener el mismo certificado de profesionalidad, pero de la duración máxima de este tipo de contratos tendrían que descontar el tiempo que ya has estado contratado.
Un saludo
Tengo una duda si el contrato acaba antes de los 6 meses por voluntad del trabajador ya que ha conseguido un trabajo. Mas tarde tendra derecho a optar por este mismo contrato? O nunca mas podra hacerlo?
Buenas tardes Pepi.
En el momento en el que optas por la extinción de la relación laboral, esta finalizá, y sólo podrás volver a trabajar para la empresa, si esta está interesada en contar contigo de nuevo.
Un saludo
Buenas tardes Judit,
las causas de extinción de un contrato para la formación y el aprendizaje son las mismas que operan para cualquier otro contrato, es decir, siempre tiene que existir una causa que motive la extinción de la relación laboral.
Si bien esta puede ser un período de prueba no superado, que es lo que más se parece a una finalización «sin motivo».
Para saber el período de prueba tienes que revisar lo que pone tu contrato, si no establece no se pueden acoger a esta causa para extinguirte el contrato.
No se pueden celebrar contratos para la formación y el aprendizaje cuando el puesto de trabajo correspondiente al contrato haya sido desempeñado con anterioridad por el trabajador en la misma empresa por tiempo superior a 12 meses.
Respecto a si te corresponde o no indemnización por finalización, depende de la causa, si es por un período de prueba no superado o por expiración del tiempo convenido no. En todo caso la causa del despido tienen que comunicártela, sino es improcedente, y tendrás derecho a la indemnización correspondiente.
Un saludo
claro el despido seria antes de la finalizacion del contrato de un año
Hola, necesito ayuda por favor. Alguien me puede explicar que pasa si tengo un contrato de formacion para menores de 30 años y me despiden sin motivo. Despues me pueden volver a contratar? ¿tendrian que pagarme para despedirme sin motivo?