Cuándo existe cesión ilegal de trabajadores
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Cesión de trabajadores en España
El Estatuto de los Trabajadores no permite la cesión de trabajadores de una empresa para trabajar en otra.
Es decir, no está permitido que una empresa te contrate y te pague, y, sin embargo, trabajes bajo la dependencia de otra empresa.
Esta cuestión hay que diferenciarla de las subcontratación, es decir, la denominada descentralización productiva o externalización de servicios, una situación muy habitual en el mercado laboral, y sobre todo en determinado sectores como la construcción, servicios de seguridad, limpieza…
Por otro lado, tampoco se puede confundir la cesión ilegal o la descentralización con la existencia de un grupo de empresas laboral.
Nos encontramos ante un grupo de empresas laboral cuando se trabaja para un grupo empresarial, es decir se está contratado por una empresa A, pero realiza laborales para B y C, dentro del mismo grupo empresarial.
Por ejemplo, un administrativo que realiza labores de contabilidad para todas las empresas, aunque sólo esté contratado por una.
Por último, existe una única excepción que sí permite la cesión y estas son las empresas de trabajo temporal, las conocidas como ETT.
Así lo establece el artículo 43 del Estatuto de los Trabajadores:
La contratación de trabajadores para cederlos temporalmente a otra empresa solo podrá efectuarse a través de empresas de trabajo temporal debidamente autorizadas en los términos que legalmente se establezcan.
Establecido todo lo anterior, para saber si existe o no cesión ilegal de trabajadores, habrá que analizar cada caso de manera concreta como detallaremos en este artículo, ya que incluso dentro de una misma empresa o grupo de trabajadores puede existir cesión ilegal sólo respecto a unos trabajadores, y no respecto a todos.
Cesión ilegal de trabajadores
El artículo 43.2 del Estatuto de los Trabajadores especifica que se considera cesión ilegal de trabajadores en dos situaciones:
- Una empresa A cede a otra B, trabajadores, sin que la empresa A tenga una estructura, actividad o organización propia, es decir, es simplemente una empresa pantalla sin actividad.
- Una empresa A cede a otra B, trabajadores que la empresa A realice labores propias del empleador, es decir, no organiza su trabajado, sino que lo hace B, y en la práctica es con la empresa B la que da las órdenes.
De manera resumida, existe cesión ilegal cuando un trabajador está contratado por una empresa A, pero está dentro de la organización o bajo la dependencia de una empresa B.
Existen varias cuestiones que se deben evaluar para saber si nos encontramos ante una cesión ilegal.
Cuantas más preguntas de estas se respondan con la empresa B, la que no tiene contratado al trabajador, puede que nos encontremos ante una cesión ilegal:
- ¿Quién establece la jornada y horario de trabajo?
- ¿Quién organiza el trabajo diario y da las órdenes sobre el mismo?
- ¿Cómo se identifica el trabajador frente a terceras personas, ya sea otras empresas o clientes ( es decir, a que empresa indica pertenecer?, ¿tiene algún distintivo de la empresa?, ¿de que empresa es el uniforme o la ropa que lleva?
- ¿A quién le tiene que pedir las vacaciones o cualquier tipo de permiso?
- ¿A que empresa pertenecen los medios materiales que utiliza el trabajador para realizar sus funciones?
- ¿La empresa que me tiene contratado tiene como único cliente la empresa cliente?
- ¿La empresa que me contrata tiene una estructura empresarial para organizar el trabajo?
- ¿En qué centro de trabajo se realizan las funciones?
- ¿Quién realiza las sanciones o amonestaciones verbales?
La cesión ilegal puede tener lugar entre dos empresas reales, como entre una real y otra «ficticia».
En el caso de dos empresas reales los problemas consistirán en diferenciar la cesión de la contrata.
Diferencia entre cesión y subcontratación de obras y servicios.
La subcontratación laboral está recogida en el artículo 42 del Estatuto de los Trabajadores.
En este caso, una empresa A, contrata a una empresa B, para una determinada tarea, para la cual la empresa B tiene una estructura y actividad propia que le permite organizar el servicio y los trabajadores.
Por lo tanto, tiene que existir una independencia funcional, organizativa y material entre ambas empresas.
A modo de ejemplo, una constructora de un inmueble que subcontrata a otra para la instalación de la fontanería. La subcontrata tiene sus propios trabajadores, material y su organización productiva que será independiente de la empresa que está construyendo el inmueble.
La jurisprudencia acude a diversos criterios de valoración que no son excluyentes, sino complementarios para diferenciarla de la cesión ilegal:
- Justificación técnica de la contrata. Ha de mantener la organización, el control y la dirección de la actividad, con asunción del riesgo correspondiente a su condición de empleador, y, en todo caso, a los trabajadores en su plantilla
- Autonomía de su objeto.
- Aportación de medios de producción propios. La subcontratista cuenta con determinado capital, patrimonio específico, solvencia y estructura productiva.
En una sentencia del Tribunal Supremo de fecha de 17 de diciembre de 2019 indica que existe cesión ilegal cuando la empresa principal planifique en todo momento la mayor parte de la organización y gestión de la actividad contratada.
En dicha sentencia, el tribunal supremo tuvo en consideración que la empresa principal realizaba una formación conjunta, tenían un mismo uniforme, utilizaban el mismo sistema de control de acceso y las directrices eran conjuntas.
Consecuencias de una cesión ilegal y opciones de los trabajadores
La consecuencia más importante en caso de que exista cesión ilegal es que la persona trabajadora reclame la condición de trabajador de cualquiera de las dos empresas.
Normalmente, se suele iniciar esta reclamación por que las condiciones laborales de la empresa B son mejores, o incluso es una administración o empresa pública.
Ahora bien, para poder reclamar ser considerado trabajador de una de las dos empresas, es obligatorio que se inicie el procedimiento judicial mientras la cesión se mantenga vigente, por lo tanto, la acción judicial sólo podrá ejercitarse durante el período en que se mantenga la cesión ilegal, siendo el término temporal de referencia la fecha de presentación de la demanda.
Normalmente la cesión ilegal se suele solicitar en caso de despido, pero no es necesario esperar a que eso ocurra para demandar.
En caso de que se declare la existencia de cesión ilegal, se producen diferentes efectos en relación a los siguientes supuestos:
- Derecho de opción. Pueden adquirir la condición de fijos, a su elección, en la empresa cedente o en la cesionaria (A o B). El salario que corresponde al trabajador que ha optado por integrarse en la empresa cesionaria es el establecido en el convenio colectivo para otro trabajador del mismo grupo profesional y antigüedad.
- Fijeza en plantilla. En caso de no contar con un contrato indefinido, el trabajador tiene derecho automático a ser considerado como trabajador con contrato indefinido. La opción a integrarse en la plantilla fija de la empresa cedente o cesionaria corresponde al trabajador, pero una vez producida la opción, si media también despido y se declara improcedente, la opción entre la readmisión o la indemnización corresponde a la empresa en la cual se haya optado.
Por último, las dos empresas responden solidariamente de cualquier deuda que exista con el trabajador, ya sea salarios, indemnizaciones o cotizaciones a la seguridad social.
¿Qué plazo existe para demandar por cesión ilegal?
En relación con lo indicado en el apartado anterior, depende.
Si lo que se quiere reclamar es la fijeza o la condición de trabajador de una u otra empresa, la demanda de cesión ilegal se ha de interponer cuando ésta se produce, o en último caso, cuando se produzca un despido.
Sin embargo, tal y como recuerda la sentencia del Tribunal Supremo de 29 de junio de 2022 no se requiere que la situación de cesión subsista en el momento de la presentación de la papeleta de conciliación, si lo que se reclama es otro derecho como puede ser el cómputo del periodo en que hubo cesión ilegal a efectos de antigüedad.
En este último caso, no existe plazo para demandar la cesión ilegal, sin perjuicio del plazo de un año para reclamar cantidades.
Demandar en caso de despido
Una situación muy importante es ganar la impugnación de un despido por el hecho de existir cesión ilegal.
Esto es así, por que si existe cesión ilegal, habrá despedido una empresa que no es realmente la empleadora.
Por lo tanto, en caso de despido objetivo o disciplinario, el trabajador podrá demandar acumulando dos acciones, despido y cesión, para que sea declarado despido improcedente o nulo.
Si quieres demandar por despido te recomiendo que leas nuestra guia.
La cesión ilegal en la Administración pública
Lo normal es que exista cesión ilegal en caso de un trabajador que está trabajando para la administración pública a través de una empresa privada.
Sin embargo, también se puede producir la cesión ilegal entre administraciones.
Cuando la cesión ilegal se produce en la Administración Pública, los trabajadores cedidos adquieren la condición de trabajadores con relaciones laborales indefinidas, pero no son fijos de plantilla, los denominados personal laboral«indefinidos no fijos», pudiéndose extinguir el contrato al cubrirse reglamentariamente la plaza ocupada, todo ello para salvaguardar los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad en el acceso al empleo público.
Llevo 3,5 años trabajando para una consultora IT que de inicio me cedía a una entidad financiera, la cual ponía oficina y medios técnicos para trabajar. A los 2 años, sigo en mi consultora IT pero ahora me «ceden» a otra consultora (que es la que pone ahora los medios técnicos) que a su vez me cede a la misma entidad financiera para seguir haciendo lo mismo. Algo totalmente transparente que no ha supuesto ningun cambio en mi trabajo diario¿Esta situación es legal? Y si es así, ¿Cuanto tiempo puedo estar en esa situación?
habría que ver si es cesión ilegal, que podría serlo. Si no lo es, es decir, si no se considera cesión ilegal, no existe límite de tiempo de permanecer en esa situación.
Buenos días. Quisiera saber si utilizar la misma dirección de correo electrónico que los trabajadores de la empresa (somos un grupo de trabajadores externos) constituye un indicio de cesión ilegal de trabajadores y en caso afirmativo cómo debería cambiarse esa dirección de email. Gracias.
Si, es un pequeño indicio de que existe cesión ilegal. No se a que te refieres a cambiar la dirección del email, será una cuestión de la empresa.
Muchas gracias por responder. Me refiero a que si antes era anna.ruz@xxx.es, ahora es anna.ruz_ext@xxx.es, entendiendo “ex” como trabajador externo… esto es legal?
No se comete una ilegalidad por usar el email de otra empresa, pero puede ser un indicio de cesión ilegal.
buenas tardes
he estado prestando 15 años trabajo al Ayuntamiento
a través de una contratación de servicios…
¿¿ cuanto tiempo hay para poder denunciar ?? porque me fui hace 3 años por motivos personales tuve que cambiar de ciudad.
gracias
Si te refieres a cesión ilegal, ya no puedes hacerlo si no estás trabajando.
Hola, he ganado un juicio laboral, pero nadie me avisó, el abogado que llevaba el asunto era uno de oficio, lo vi solamente para llevarle papeles y demás, el jucio salio a mi favor, Despido/ceses en general.Fallo
Que estimando la demanda de despido y de reclamación de cantidad interpuesta por mi, contra la empresa , debo declarar la improcedencia del despido producido; y vista la imposibilidad de readmitir y la solicitud de la parte actora, resuelvo con la fecha del despido la relación laboral y condeno a la empresa al pago al actor de las cantidades que se dirán; sin haber lugar a salarios de tramites dada la fecha con la que se extingue la relación laboral y condeno al Fogasa, subsidiariamente, al abono de las cantidades, dentro de su limites legales. de XXX euros….me entero del asunto buscando algo mio ahora? pues nada puedo hacer parece ser, porque yo tendría que volver a pedir algo mas, es como que debia pedir la ejecución, Primero; nunca me enteré, al abogado en si no puedo encontrarlo, es decir el juez falló a mi favor pero habia que pedir la ejecución, nunca me notificaron de ninguna manera…es que es asi el derecho, la pretención que uno busca, la logra y despues hay que volver a pedir, estando una sentencia , un fallo ya del juez??? esto se perdió??? gracias
Todo depende del tiempo que haya transcurrido desde la sentencia. Pero si de manera voluntaria la empresa no cumplió con la sentencia, que seguramente no, hay que presentar ejecución.
Estimado Alejandro, buenos días. Mi caso es que llevo 7 años, soy indefinido en una empresa que presta un servicio a un Ministerio del Estado. Mi contrato es muy explicito en mis funciones, atención especializada y venta al público exclusivamente según puedo extraer de su lectura. Ocupo «el sitio» y hago las tareas de un funcionario que se jubiló (manejo dinero, controlo stocks, organizo el funcionamiento general). Supuestamente yo debería simplemente prestar apoyo al funcionario que tuviese esta plaza en la que estoy pero no han puesto a ningún funcionario nuevo en su lugar en todo el tiempo que llevo. En mi empresa únicamente rindo cuentas a nivel de horario y jornada laboral, vacaciones e informes de control de actividad. Para todo lo demás acato ordenes del Ministerio directamente o del personal de otro Ministerio que hay intermediario por diversas razones… Siempre me ha parecido que esta situación es irregular pero consentida. No se muy bien cuales son mis derechos, pero a mi entender, debería estar contratado directamente por el Ministerio para el que hago el trabajo y no por la subcontrata… puede tratarse de una cesión ilegal? Gracias por adelantado y un cordial saludo, su artículo es de mucha ayuda.
Podría tratarse de cesión ilegal, y si así lo consideras, deberás demandar mientras la cesión ilegal se mantiene activa.
Muy buenas, me gustaría saber acerca de un caso que me está pasando.
Llevo 10 años y 3 meses contratado por una empresa «A» que es la que me paga, pero mi trabajo lo hago para otra empresa «B» que es la que me pone los turnos de trabajo y me ordena los trabajos.
Yo entré en A para trabajar en la empresa B y así sigo.
Mi pregunta, es una subcontratación ilegal?
Muchas gracias.
Sí, parece que es una cesión ilegal, o puede que estés trabajando para un grupo de empresas laboral.
Hola Alejandro buenas,pues a mi me pasa igual ,llevo 17 años trabajando para la empresa A de los cuáles estoy cedido a la empresa B. Las directrices me dá la empresa B ,también el calendario laboral incluido vacaciones. Que puedo reclamar?
La consideración de trabajador en la empresa B, con las condiciones laborales de la empresa B.
Buenas noches
Durante 12 años he estado trabajando en la empresa B después entre por la empresa A y a los 4 años nos quieren volver a poner a la empresa B. Obviamente nos hicieron firmar en cuando llevábamos 12 años renunciar al puesto para entrar a la empresa A. Es legal volvernos a pasar a la empresa B?
Habría que saber la causa de que vayas a la empresa B, ya que eso determinará si es posible o no.
Buenas tardes, estoy trabajando en una empresa de servicios informáticos A que me subcontrata a otra B para trabajar en un cliente final C. ¿Que jornada laboral tengo que hacer? ¿La de mi empresa (A), la de mi cliente (B) o la del cliente final (C)?
Muchas gracias.
Salvo que exista cesión ilegal, quien ordena y establece la jornada que tienes que hacer es la empresa A.
Buenas!
En el caso de que una empresa1 tenga suscrito un contrato de obras y servicios (contrato de mantenimiento) con otra empresa2, pero lo que realmente esta ocurriendo es que hay una cesión ilegal de trabajador para cubrir la necesidad por la que se realizo el contrato. En el caso de que la empresa1 quiera rescindir el contrato de mantenimiento a favor de otra empresa mejor, al haber una cesión ilegal ¿simplemente tendrían que contratarme en contrato indefinido y realizar otro contrato con la otra empresa? ¿El contrato original de mantenimiento, seguiría existiendo con la empresa2?
No entendí muy bien la cuestión. Si existe cesión ilegal se debe demandar mientras la relación laboral está vigente.
Hola:
Nuestra situación es la siguiente:
Empresa por concurso coge un edificio municipal para hacer unos servicios.
Al mes comienzan los retrasos del pago a los trabajadores y la empresa hace escrito al ayuntamiento para que esos servicios lo adquiera otra empresa ( del mismo gerente,porque la empresa que gano el concurso tiene deudas con hacienda).
Ayuntamiento deniega y los trabajadores siguen haciendo servicios con esta nueva empresa,no la adjudicataria del concurso.
Viene pandemia y nos vamos al erte.
Comienza septiembre…octubre y noviembre…sin pagos de nómina.Empezamos a movernos y decidimos hacer huelga.
Antes que la huelga empiece ,ayuntamiento suspende las programaciones donde los trabajadores hacen el servicio.
Suspendemos la huelga.
Queremos cobrar los servicios prestados,pero el ayuntamiento hace caso omiso y la empresa dice que no tiene dinero,que mientras no le pague el ayuntamiento él no puede pagar…
No se que final tendria esto.
Muchas gracias
Tendréis que demandar y, en último caso, pagara el FOGASA. Sin ver el caso en profundidad poco puedo saber de como se resolverá.
Muchas gracias Alejandro
Pero habría también cesión ilegal,así como el ayuntamiento de permitirlo?
Podría haber cesión ilegal por lo que comentas.
Muchísimas gracias Alejandro.
Un saludo y felices fiestas
Hola,
He estado subcontratado durante 10 años en una empresa, después de 10 años he pasado a plantilla de la empresa donde estaba subcontratado, llevo 2 años contratado.
Tengo derecho a que se me reconozca la antigüedad desde que estaba subcontratado??
Un saludo
Ander
No, salvo que exista cesión ilegal de trabajadores o que exista una sucesión empresarial.
hola buenas quería preguntar una cuestión. Mi mujer trabaja en un hospital concertado, el servicio al que trabaja se externaliza (se fusiona con el mismo servicio de un hospital público), mi mujer esta disfrutando de una conciliación familiar i no sabemos si se la quitaran… Saben ustedes si esto se puede luchar de alguna forma o si la compensaran de alguna manera. De momento no la han informado.
Gracias.
¿A que te refieres con una conciliación? ¿Una excedencia, una reducción de jornada? Si existe sucesión empresarial, la empresa entrante tiene que respetar los derechos laborales de los trabajadores.
Hola
Pertenezco como personal laboral fijo a la plantilla del ayuntamiento «x» que asume respecto a mi persona las obligaciones laborales, de seguridad social y de salud laboral, pero mi centro de trabajo, por orden del ayuntamiento, es el de una empresa adjudicataria de un servicio a la que estoy sujeto en cuanto a horarios y ordenes del servicio. ¿Se puede interpretar que es una cesión ilegal?
Muchas gracias
Podría ser. Estar en el centro de trabajo de otra empleadora no determina que sea una cesión ilegal, pues es muy frecuente esta cuestión, por ejemplo, los empleados de seguridad o limpieza suelen ser de empresas externas. Ahora bien, el hecho de estar a órdenes de otra empresa sí que podría determina la existencia de un cesión ilegal.
Buenos días. Mi empresa quiere cambiar la razón social de la empresa pero se niega a hacer una subrogación. Creemos que nos quieren dar de alta en la nueva empresa empezando desde cero, es decir, perdiendo las nuevas categorías. Su intención es despedirnos, o hacer una baja voluntaria, aún no lo sé, y tenernos unos 15 días en el paro, trabajando además. Y luego darnos de alta en la nueva empresa. Lo que nos asusta además en que hace tiempo nos hicieron escribir y firmar en una hoja en blanco un reconocimiento de pérdida de nuestros derechos como reconocimiento de un error (para hacer una baja voluntaria). Sabemos que no debimos acceder, pero se nos dijo que si queríamos trabajar….
Les puedo demandar por despido improcedente?. Entiendo que están obligados a la subrogación de acuerdo al art. 44 del ET. Mi convenio además establece una clausula de subrogación. Y hacernos trabajar mientras estamos en el paro también podemos denunciar. Y si denuncio y se considera improcedente, pueden obligarme a reincorporarme a la empresa.
Muchísimas gracias
Las posibilidades son varias en función de lo que haga la empresa, y según lo que hagan, se podrá mirar si es conveniente demandar por despido o reclamación de derecho. Las posibilidades son varias en función del comportamiento empresarial.
Son vigilante y trabajo en la Administración del Estado desde hace 17 años me pregunta es si la Administración que es de un pueblo la cierran puedo denunciar a la Administración?.
Mi contrato con la empresa de seguridad fué para el servicio en dicha Administración.
No he dejado de prestar servicio desde que comencé.
Es posible que cierren en los proximos meses.
Gracias
En principio a quien tienes que demandar en caso de extinción de la relación laboral o modificación de las condiciones laborales es a tu empresa, no a la administración. Si consideras que existe cesión ilegal, tendrás que demandar antes de que la administración cierre.
Imaginemos que una empresa A cede un espacio a otra B para realizar su propia actividad. Los jefes de la empresa A ordenan a sus trabajadores que organicen y participen en dicha actividad, de la empresa B, de la cual no reciben órdenes. Aunque el trabajador que actúa como mando intermedio, se coordina con la empresa B para fijar las condiciones de dicha actividad. Es decir, la empresa B obtiene el beneficio de esa actividad y aporta algún trabajador, así como coordinación con el mando intermedio de la empresa A. La empresa A organiza la actividad de la empresa B y se ejecuta con trabajadores suyos y de la empresa B.
¿Qué figura es esa? ¿Cesión ilegal de trabajadores?
No entendí muy bien la cuestión, al principio dices que la empresa A cede un espacio y al final que la empresa A organiza la actividad.
Hola buenas tardes soy de Madrid y empece en mi trabajo trabajo el día 25/05/2020 de soporte técnico en mi empresa como llevo haciendo desde hace 2 años, pero en julio y septiembre del año pasado ya me mandaron a una empresa como externo, mi consulta es la siguiente puede mi empresa mandarme a una empresa para hacer dicho servicio,no obstante me han vuelto a mandar a esta misma empresa sin determinarme tiempo y con horario diferente al habitual.
¿Si en mi contrato pone que trabajo en una determinada dirección A?¿Pueden mandarme a otra dirección B con diferente horario?
¿Seria una cesión ilegal?
¿Como podría impugnar esto ante el SMAC?
Hola mi empresa se dedica a gestionar cocinas de otras empresas pone personal género y demás , mi pregunta es que mi centro a cambiado de dueños y no van ha renovar contrato con mi empresa , puedo negarme a ser parte de su plantilla ??? Mi empresa debe hacerse cargo de mi o despedirme con independización??Gracias.
Habría que ver el cambio de dueño del centro de trabajo, si existe cesión ilegal, quien es tu empleador.. si existe una sucesión empresarial, el trabajador no se puede negar.
buenas tardes, me parece muy interesante este tema, en mi empresa pasa algo y no se que..yo pertenezco a una empresa A, que esta dentro de un grupo de empresas, otra empresa del mismo grupo llamemos la B realiza sus trabajos en el mismo centro que la A, ahora bien, los trabajadores de la empresa A realizan trabajos de la empresa B, y llevamos ropa con el logotipo de la B , Es eso una cesión ilegal de trabajadores.
Con los datos que comentas, puede que sea un grupo de empresas laboral, sin perjuicio de que ese hecho, no puede perjudicar a los trabajadores con un convenio colectivo peor, por ejemplo.
Buenas,
Trabajo como empresa externa y tengo.. correo de interno (no pone nada solo querían que pusiera una firma de mi empresa externa) pero el dominio es exactamente igual, no tenemos aplicación de fichaje de nunca, nos daban ordenes gente interna hasta que han metido a una coordinadora de nuestra misma empresa, utilizo sus equipos y nos han mandado a teletrabajar a casa con equipos de la compañía a la cuál damos servicio, y nos hemos tenido que comprar nuestras sillas y pantallas para dar un servicio adecuado y no estar en una silla de cocina.
De las cuestiones que comentas, algunas son indicios de considerar que existe cesión ilegal.
Hola.
Soy Vigilante de Seguridad, en la actualidad Supervisor de CRA, central receptora de alarmas.
Trabajo en una famosa empresa de seguridad, pero mi labor es completamente administrativa en una entidad financiera en su departamento de seguridad, hasta el punto de que visto como ejecutivo, no llevo uniforme, utilizo sus ordenadores, recibo instrucciones directas de los trabajadores de la entidad financiera (recibo sus llamadas y las gestiono, genero avisos de las sucursales, hago fotocopias, escaneos….) , la empresa de seguridad sólo me paga y me gestiona un vigilante para suplirme en mis ausencias (vacaciones, bajas laborales..).
Llevo así desde el año 2001. Desde ese tiempo, la plantilla en el departamento a aumentado y no han contado conmigo nunca.
Creo que es un caso flagrante de cesión ilícita, no sé que le parece a usted.
Gracias, saludos.
Con los datos que me comenta, así lo parece.
Buenos días Alejandro. Tengo sentencia favorable en cesión ilegal con una administración local. Estoy a la espera de que resuelvan desde la propia Administración la sentencia. Ahora mismo estoy cobrando el paro.
Mi pregunta es si afectaría en algo, en el caso de que encontrara un trabajo eventual, a mi incorporación a la administración.
Muchísimas gracias de antemano. Un saludo.
Habría que ver la sentencia para darte una opinión, en principio lo que afectaría sería a los salarios de tramitación. Entiendo que has ido con un abogado, así que te recomiendo que le preguntes a el.
Buenas tardes, debido al Coronavirus, mi empresa no quiere acogerse al ERTE, trabajo en cosmética A y quieren reubicarnos en otra empresa que poseen los dueños cosmética B, de manera temporal mientras siga el estado de alarma.
Lugar de trabajo B, horario B.
¿Estamos ante una cesión ilegal?
Gracias de antemano
Hola Alejandro,
quería saber si estoy en cesión ilegal.
Soy contratado por una empresa A, para desarrollar mi trabajo en B
Realizo trabajo en las instalaciones de B
Las ordenes las da B
las vacaciones las controla B solo informo vía e-mail a A de que no estaré.
Los horarios también B ( diferentes a los que pone en mi contrato) y según las necesidades de B
Las tareas diarias las manda B.
Uso todos los programas y accesos de B, no hay otra persona con mí mismo cargo en B propia de la empresa.
Los ordenadores y material los proporciona B
La empresa A me proporcionó un e-mail, uso el e-mail de B ( en el e-mail se puede averiguar q soy externa) aun que el dominio es d B
La empresa A nunca me ha dicho cuales son mis tareas ya que fue una subrogación, de hecho solo he visto a mi jefe directo en una ocasión y varios emails.
Mi compañero ha denunciado a ambas empresas por cesión ilegal por un gran cantidad de dinero y están algo nerviosos.
Mi trabajo y situación es idéntico a mi compañero, tengo miedo a q me despidan para evitar que pueda denunciar.
Consideras que podría ser cesion ilegal? Debería denunciar?
Con los datos que me comentas entiendo que sí que existe indicios de cesión ilegal.
Buenas tardes
Estuve trabajando en una consultora multinacional del sector tecnológico con sede en España, para un único cliente en la administración local de Baleares (Ayuntamiento) .Esta relación laboral contratada por el ayuntamiento mediante un contrato de ‘Outsorcing’ consistia en trabajar en las oficinas municipales de este Ayuntamiento, en horario de 08:00 a 15:00 todos los dias del año durante 7 años. Estaba en el departamento de informática, departamento que en su momento no existia pues yo era el único integrante del mismo. Esta relación fue desde el año 04/2000 al 07/2007. Mi pregunta es, podríaa haber demandado cesión ilegal de trabajador? Prescribe? Todavía podría hacerlo?
Gracias
Trabajar en el centro de trabajo del cliente no determina por si sólo la cesión ilegal. En cualquier caso, ya no puedes demandar, puesto esto hay que hacerlo cuando está vigente la cesión ilegal.
Hola.
Soy administrativa , trabajo llevando toda la administración de dos empresas por un mismo sueldo mínimo, pero en el contrato es por una de ellas.Comparten oficina.
Es legal?Me puedo negar a hacer el trabajo de la empresa de dónde no estoy contratada.
Gracias
A lo mejor es un grupo de empresas laboral. No te recomendaría negarte, sino que habría que revisar el caso para saber opciones.
Hola soy de de ceuta, trabajo en las brigadas verdes, la empresa de llama Asociación de vecinos de ceuta, y subvencionado por el Ayuntamiento un convenio cada año, y llevamos 12 años el trabajo es limpieza y mantenimiento de barriadas incluso hacemos trabajos de jardinería con la ciudad autónoma, y claro mi pregunta es que nosotros no queríamos seguir con la empresa queremos que nos pase a una empresa municipal pero el Ayuntamiento jurídicos dice que es imposible, pero podemos ir a la empresa estatal tragsa, y el problema viene que tragsa tiene un monto de convenio, estos simplemente si vamos a tragsa es la sentencia del fin, TODO ESTO con el Comité que es CCOO , que no está ocultando algo y no nos fiamos siempre van a favor del empresario y el Ayuntamiento por lo menos aquí en ceuta. Un grupo de nosotros nos ido al abogado de sevilla dell sindicato CGT, Que aqui en ceuta no está implantado todavía. Dijo el abogado que firmeis a tragsa sino sería vuestro fin, y el secretario general de Andalucía de CGT, una reconciliación como testigo la directora de empleo de la delegación de ceuta,con la empresa y el Ayuntamiento y no se ha presentado ni la empresa y el Ayuntamiento y ahora a denunciar al juzgado. Por cesión de trabajadores. MI PREGUNTA QUE PROBABILIDAD HAY
Desconozco el tema para poder opinar de si existe o no cesión ilegal de trabajadores.
Hola, trabajo en una empresa de limpieza con contrato indefinido y antiguedad de 7 años. Me dicen que han creado otra empresa (de ellos mismo) y debo de darme de baja en la actual y al mismo tiempo paso a la nueva. No aceptan la subrogación. Dicen que firmamos un anexo donde la empresa se compromete a mantenernos las mismas condiciones y la antiguedad. Firmar la baja en la empresa actual, es una baja voluntaria, ellos dicen que no, que es una baja «por otras causas» (literal). Me va a explotar la cabeza. Esto es legal? o quieren despedirme en cuanto me pasen a la nueva empresa.
Si existe una subrogación que te la notifiquen ellos, pero no firmes una baja voluntaria. Habría que ver que es lo que te mandan firmar.
No es una subrogación, es una baja en la empresa actual y un alta en la nueva, con un anexo en el que garantizan la antiguedad, convenio d empresa y todas ls condiciones..indefinida, horas etc. Eso es lo que me han comunicado X teléfono, pero no sé si es un cierre d la actual y una creación d otra empresa nueva o un cambio d nombre. Si fuera un cambio d nombre, no entiendo la necesidad d añadir ese anexo que garantice las condiciones, ni si tiene validez ese anexo.
He leído en tu página que la antigüedad no se rompe si la empresa cambia d nombre, propietarios o accionistas.
No se pierde la antigüedad cuando es una sucesión empresarial, en tu caso, no se si es sucesión, pero los empresarios no lo consideran como tal, aunque respetan los derechos en un anexo. Si fuese sucesión, bastaría con que ellos te comunicaran el nuevo nombre sin necesidad de que tu firmes una baja voluntaria. Mi recomendación es que no firmes la baja, si quieres saber todas las implicaciones que puedes tener, concierta una cita con un abogado para entenderlo de manera más profunda.
Buenas noches, quería saber si estoy en cesión ilegal. Soy contratado por una empresa A, para desarrollar mi trabajo en un proyecto en las instalaciones de la AP.
Las ordenes las da AP.
las vacaciones las controla Ap.
Los horarios también.
Las tareas diarias las manda AP.
Incluso formaciones.
Los ordenadores y material los proporciona AP.
Mi pregunta es, ¿ se necesita un tiempo mínimo de servicio para demostrar cesión ilegal 2,3 o4 años ? ¿ es lo mismo un contrato indefinido que de obra y servicio a la hora de demostrar una cesión ilegal?
Es indiferente el contrato, y tampoco existe un tiempo mínimo…Hay que demandar mientras se está vigente la cesión ilegal.
Buenas tardes, trabajo hace 1 año par un banco contratado por una consultora, a su vez contratada por otra consultora que da el servicio. Mi relación con ambas no ha existido prácticamente, salvo con la que me paga q firme contrato, la entrevista fue con funcionaria del banco, trabajo haciendo sus tareas y no tengo contacto con mi consultora. La pregunta es, se puede ir contra el banco para que me contrate, me han dicho q como tengo 49 años ya no contrataría, pero les sirvo para trabajar, y en caso de emprender acción me podrían despedir. Gracias muy interesante todos sus comentarios. Saludos.
Si al demandar cesión ilegal, demandas a las dos empresas, a la que te tiene contratada y a la que realmente haces las funciones. Si te despiden al demandar, podría ser considerado despido nulo en virtud del principio de indemnidad del trabajador que explico en esta entrada.
Hay un tiempo mínimo ya llevo 1 año. Y conviene esperar más o a que cesen la contratación o hacerlo al mismo tiempo q se trabaja. Gracias
No existe tiempo mínimo. La cesión ilegal se debe demandar mientras exista.
Buenas tardes ,
Una empresa PEPITO gana concurso en la Administración Pública .
Yo, pertenezco a la empresa MANOLITO , pero presto servicios en el centro de Administración Pública y llevo la tarjeta de acreditación de PEPITO , que es la adjudicataria del servicio .
En empresa privada si he visto que esta práctica está muy en boga , pero que lo haga la Administración ….. máxime cuando la Administración pagará 10 PEPITO , esta le pagará 6 a MANOLITO , y esta a su vez 2 al trabajador .
¿ Es esto legal ?
Seguramente es una cesión ilegal de trabajadores.
Hola Alejandro
Primeramente muchas gracias por tu dedicación y ayuda.
Te quería contar mi caso y ver qué opinas.
Trabajo en el departamento de ingenieria contratado por una empresa de fabricación de maquinaria por más de 10 años, actualmente esta empresa quiere externalizar mi departamento y para ello me hacen firmar un contrato nuevo dónde me mantienen mis condiciones con una empresa de outsorcing.
Me temo que dentro de algunos. tiempo le quitarán el contrato a la empresa de outsorcing para así podernos despedir procedentemente
Me puedo negar a firmar el contrato con la nueva empresa de outsorcing?
En este caso sería despido improcedente o procedente?
No sería un despido, sino que lo que tienes que hacer es impugnar la subrogación si está no es procedente. Sólo se puede subrogar a los trabajadores si así lo indica el convenio colectivo o si existe sucesión empresarial. Habría que ver si se cumple alguno de los dos requisitos para que puedas impugnar la subrogación que pretenden.
Buenas, la cuestión es que hay una entidad local que privatizó unos servicios públicos, con medios y personal, este contrato que era armonizado no fue publicado en el DOUE, por lo que se presume nulo. El contrato se ha cumplido hace 10 meses y la administración no ha hecho nada, ni tiene previsto hacerlo de momento, sí que el órgano de contratación decidió no renovar a la actual empresa antes de la fecha de finalización del contrato. En los Pliegos pone claramente la fecha de finalización y sus consecuencias, como es la reversión del personal y medios.
¿Cabría hablar de cesión ilegal puesto que, primero: el contrato no se ajustó a Derecho, segundo: el contrato está extinto desde hace 10 meses?
Muchas gracias!
Si no se siguió los trámites administrativos correspondientes no acredita que exista cesión ilegal. Habría que ver quien es la empresa que tiene contratados a los trabajadores y quien es el que realiza labores de empleador.
Buenos días:
Con lo que he leído en vuestra página estuve trabajando en una administración pública en cesión ilegal (contratada por hasta 3 empresas de consultoría, cambiando de empresa en cada concurso de la administración, las vacaciones, órdenes, permisos, equipo y trabajo eran en la administración pública) . En el último concurso no me cogieron en la siguiente empresa que ganó el concurso, hace ya 5 años que no trabajo en la administración ni en ninguna de las empresas que me tuvo contratada para trabajar en la administración
.La pregunta es que ahora he aprobado la fase de oposición de una oposición para otra administración pública y necesito justificar que trabajé en la administración para la fase de concurso de la oposición, la administración en la que trabajé se niega a hacerme el certificado (porque creo que piensan que lo quiero como prueba para justificar una cesión ilegal, de que trabajé allí y las empresas se niegan a hacerme un certificado donde conste que mi centro de trabajo fue en la administración, se le ocurre que puedo hacer? gracias
Lo veo complicado si en el momento no se acreditó que era cesión ilegal.
Hola,
trabajo en una empresa consultora informática A y, desde hace 14 años doy servicio en una empresa B donde, inicalmente, empezamos varios compañeros como un servicio pero, que poco a poco, se ha ido conviertiendo en una cesión ilegal: trabajo en las instalaciones del cliente, con el material del cliente, me identifico como el cliente, las ordenes las da el cliente, mis vacaciones las aprueba el cliente, tengo compañeros de la plantilla del cliente que hacen el mismo trabajo o parecido, …
Ahora, la empresa B me quiere contratar pero no me quiere reconocer la antiguedad que, al menos, llevo con ellos o, en esta situación de cesión ilegal.
Mi duda es, si contrato con ellos, y en poco tiempo soy despedido, ¿podría reclamar que se me reconozca la antigüedad a la hora del despido? ¿Sería sencillo conseguirlo o tengo pocas posibilidades llegado el caso?
En estos momentos, no quiero denunciar ni emprender acciones legales por no generar mal rollo, pero ante un despido….
Podría hablar con ellos directamente y explicarles que estando en situación de cesión ilegal tienen que reconocerme la antigüedad, pero podrían no reaccionar bien… no?
Me gustaría quedarme en la empresa B pero me da miedo irme sin nada de antigüedad.
Muchas gracias por tu ayuda!
La cesión ilegal se debe demandar mientras está vigente, por lo tanto, con la jurisprudencia actual entiendo que no existen probabilidades de que te reconozcan la antigüedad posteriormente.
Ante todo buenas tardes, mi situacion es la siguiente:
Estoy empleada por una empresa llamemosla «A», en la cual me encuentro como indefinida.
Mi lugar de trabajo es un ente de la administracion publica llamemosle «B», el cual me da las tareas a realizar en mi trabajo, establece mis periodos de vacaciones, me solicita justificantes en caso de no asistencia, me ha facilitado el material (ordenador) para realizar mi trabajo, realiza las acciones amonestatorias verbalmente, me solicita informes,….
En «B» se ha ido renovando mi contrato con «A» mediante licitaciones publicas en las que sin aparecer mi nombre, solicitaban especialmente mis caracteristicas (estudios, experiencia, etc…), actualmente debe de volver a salir dicha licitacion publica, y desde «B» me estan indicando que no saben si seguiran contando conmigo, me dan los ultimos meses que me quedan de prueba.
Mi pregunta seria, ¿es cesion ilegal de trabajadores?¿debo hacerme con toda la documentacion de los pliegos de licitacion desde que empece a trabajar en «B»? ¿Deberia hablar con «A» sobre la situacion en la que me encuentro?¿busco directamente un abogado laboralista?
Ante todo muchas gracias, y disculpad mi mala ortografía
Existen indicios claros de que es cesión ilegal, deberás demandar mientras la cesión ilegal exista, por lo tanto te recomiendo que actúes rápido.
Buenas Alejandro,
Soy compañera de profesión, con poquita experiencia.
leyendo tu post, me surge la duda, ya que estoy realizando un trabajo sobre este tema, en el caso de que se declare la cesión ilegal, te suena si «normalmente» la Empresa elegida por el trabajadora para la acción de fijeza es la principal. Nose si tienes conocimiento de algún dato que lo confirme.
Muchas gracias
Normalmente, la principal que suele tener mejores condiciones laborales, si se está cediendo es que la empresa que cede tiene peor convenio y peores condiciones laborales.
Hola,
Ante todo gracias por su tiempo.
Mi empresa(A) me ha cedido a una empresa(B) que a su vez me ha cedido a otra(C).
Ésta(C) a finales de Julio me avisó de que habían contratado a alguien para el puesto donde yo estaba. Avisé tanto a mi empresa(A) como a la primera cedida(B). A finales de Agosto pregunté a la primera cedida(B) si me podían recolocar a lo que dijeron que no. Que si había algo ya avisarían a mi empresa. Mi empresa se suponía me estaba buscando algo, pero aún no tengo noticias de ellos y hoy es el primer día que estoy en casa. Les he enviado mails e intentado comunicarme pero quien me llevaba no esta parece.
No me puedo presentar en las oficinas porque donde vivo no tienen oficinas, sólo tienen en Madrid y Galicia. Yo debería coger un AVE para llegar a Madrid.
Podrían despedirme alegando absencia laboral?
Que debería hacer?
El asunto me tiene un poco preocupada. Pues jamás me había visto en una situación similar.
Intenta recopilar pruebas de tu disposición para el trabajo, llama a la empresa (y graba la conversación) envia un burofax reclamando trabajo efectivo, y en caso de que no hagan nada demanda.
Buenos dias , soy u trabajador de mantenimiento para la administracion publica llevo trabajando con ellos unos 7 años con diferentes empresas por carta de surrogacion con contrato indefinido y en diferentes edificios publicos , mi preguntas serian relacionadas a si yo denunciara cual seria mi situacion con la administracion y el tiempo o represalias de la administracion a mi persona, gracias un saludo.
En primer lugar habría que ver si existe cesión ilegal o no, por otro lado, en principio, el trabajador tiene la garantía de indemnidad al reclamar sus derechos, es decir, que no puede sufrir represalias.
Buenas noches,
mi caso es algo distinto.Yo soy estatutario en la sanidad publica, trabajo en el departamento de cocina. Esternelizaron la cocina y ahora la gestion la realiza una emprensa privada con su personal y con nosotros que seguimos siendo personal de la sanidad publica. Con lo que conlleva que la empresa privada nos gestiona las tareas, horario y turnos, tambien los encargados y jefes de departamento pertenecen a la empresa privada, pero por otro lado mi nomina y mi contrtato es con la sanidad publica.
¿Esto es legal? o se puede considerar una cesion ilegal de trabajadores.
Si el que te paga y el que te ordena son empresas diferentes, se puede considerar cesión ilegal.
Buenos dias,
Tuve un.contrato en empresa A a finales de 2017 y de ahí nos pasaron con un contrato desde enero de 2018 en ett (empresa B) para prestar servicios en empresa A, donde a su vez hacemos todo el trabajo para empresa C. Trabajamos en instalaciones de empresa A con software de empresa A y C. Horarios, días libres, ordenes de trabajo viene todo de empresa A, algunas veces directamente y otras otras a través de ett. Hacemos las mismas funciones que los trabajadores de A, y nos supervisa y da ordenes jefes de A también. Nos audita el trabajo empresa A y C.
Podriamos decir que B solo nos paga y nos transmite información de contratos.
Mis preguntas son dos: ¿Puede considerarse cesión ilegal?. ¿Al llevar contratado por B más de un año tendría derecho a solicitar un contrato indefinido en A?
Muchas gracias y un saludo
Ana
Si la empresa B es una ETT no puede haber cesión ilegal, ya que ellos pueden ceder trabajador, en su caso podría haber cesión si la ETT os cede a A, y ésta a su vez a C, pero parece que no es el caso. Por otro lado, habría que ver el contrato, pero no por superar el año se convierte en indefinido.
Buenas noches.
Mi duda es sobre cesión ilegal Vs contrata. Llevo un año contratada por una empresa externa (consultora) en modalidad de Obra y Servicio para un proyecto de la administración pública. Dicho proyecto sale a concurso cada dos o tres años y se presentan diferentes empresas a concursar; anteriormente estuve dos años con una y llevo un año con la actual. No existe subrogación; la empresa ganadora es libre de suministrar su personal, pero normalmente terminan contratando a los antiguos por tema de experiencia. Esta licitación tiene como objeto la realización de tareas estructurales del ente público aunque el contrato se ha redactado como «autonomía y sustantividad propia» y cada vez que sale la licitación se cambia el nombre del proyecto y las cifras del trabajo a realizar, por lo que se entendería como un proyecto nuevo.
De las circunstancias mencionadas en este artículo para cesión ilegal, se cumplen algunas parcialmente: Los medios materiales, o los principales, son propiedad de la Administración. Los trabajos se ejecutan en el centro de trabajo del Organismo Público (pero está establecido así en el contrato por necesidades del servicio). Se dan órdenes a los trabajadores afectados. ( No está bien delimitado, en ocasiones recibo órdenes de mi jefe de proyecto (empresa externa) y en ocasiones por parte de funcionarios de la Administración. Mi consultora ejerce las facultades sancionadoras, vacaciones, pago de salarios, horarios (aunque los horarios coinciden con los del Organismo Público). No llevo identificación como empresa externa. He recibido cursos de prevención por parte de ambas (cesionaria y contratista). Mi empresa contratista tiene varios clientes en este momento, en su mayoría, otros Organismos Públicos.
¿Podría esto entenderse como cesión ilegal o es una mera contrata con irregularidades?
Gracias
Habría que ver má el caso, pero las fundamentales las realiza tu empresa:Mi consultora ejerce las facultades sancionadoras, vacaciones, pago de salarios, horarios , y por lo tanto, en principio, consideraría que no hay cesión ilegal.
Hola !
Mi caso (nuestro caso mejor dicho)
Somos un grupo de trabajadores de servicios con una empresa (1) hacemos trabajos en un fundición (2)
-Nos dedicamos a trabajar en las líneas cortando y desmoldear piezas y meterlas en cajas y etiquetarlas ( las etiquetas salen con el nombre del trabajador nuestro y sellada a nombre de la Fundicion )
-Hacemos el mismo horario que ellos hacen
-Los mismos grupos
-los jefes de la Fundicion dan órdenes directas a nuestros trabajos o atraves de los encargados
Nuestra empresa tiene dos carretillas y nos trae los ipes (guantes tapones máscaras…)
Mientras las máquinas y sus mantenimiento el Ordinador ,y las básculas y ,la impresora ,papel ,sobres, las cajas …etc ) es de la Fundicion
Hemos reunido (la mayoría de los trabajadores) para denunciar las dos empresas (sesión ilegal ) y la nuestra porque llevamos más de 7años trabajando en el mismo puesto de trabajo con un contrato de servicio y cobramos 6000€ anuales menos de lo que cobran los de la Fundicion
cuánto es la posibilidad de ganar en ese caso?
Y cuales son la pruebas que hay que presentar?
Gracias
Es más relevante quien da las órdenes, que que se hagan los mismos horarios. Lo que hay que acreditar es quien es el empleador, es decir, quien ejerce las funciones de empresario y sobre esa base coger pruebas, ¿Quién da las vacaciones? ¿A quién entregáis los partes de baja médicos? ¿como os identificáis ante terceros? ¿Quien es vuestro responsable? ¿Quién os organiza las tareas del día a día? ¿Quien establece el calendario laboral?….
Buenos días,
Tengo una consulta. Actualmente trabajo en una empresa cuyos dueños poseen otras empresas, pero que se diferencian completamente (no se trata de un grupo empresarial). Sin embargo realizo tareas tanto para la empresa que me tiene contratada legalmente, como para las demás.
Mi pregunta es si esto se englobaría dentro del concepto de cesión ilegal, y si podría haber repercusiones legales para los trabajadores que trabajen de dicho modo.
Sí, podría ser cesión ilegal, no hay repercusión negativa para el trabajado, sino para el empresario.
Buenos días,
la duda que se me plantea es la siguiente:
Estoy convencido de que soy victima de una flagrante cesión ilegal. El caso es ¿que ocurre si yo demando hoy, pero antes de que un juzgado pueda pronunciarse abandono voluntaríamente para aceptar otro empleo?
Lo digo porque si fuera un empleado «normal» de la empresa comitente, en caso de querer cambiar de empleo podría optar a pedir una excedencia de modo que mantendría cierto derecho para volver a mi puesto actual, mientras que estando subcontratado no puedo.
Además, ¿podría en este caso reclamar las diferencias salariales?
Muchas gracias.
Un saludo.
Si se extingue la relación laboral, considero que el pleito ya no tendría sentido. Si es una excedencia, sí que se podría demandar.
Buenas, comento mi caso, que creo que es cesión ilegal de libro.
Soy ingeniero informático, actualmente trabajo para una Administración Pública (la llamaré AP) pero como externo, siendo la empresa que me tiene en nómina una Consultora IT (a la que llamaré C). Yo creo que es cesión ilegal por:
– Trabajo en el centro de trabajo de AP
– Los fichajes y demás los controla AP
– Las órdenes de trabajo y demás lo hace AP
– C solo aparece para la nómina y poco más
– Los horarios lo ponen AP, no C (ellos nos dicen que es AP el que lo solicita)
– Todo el material para trabajar (equipos informáticos, programas, etc) lo suministra AP.
– C no es una ETT.
– Utilizamos los correos internos de AP, pero nos ponen «ext» para hacer referencia a los que estamos como externos.
Es entonces cesión ilegal?
Seguramente.
Ya me lo imaginaba. Entonces, que pruebas debería ir recogiendo para, llegado el momento, poder presentarlas y así que C ni AP no le den tiempo para eliminarlas? Para esta cuestión mejor un abogado laborista o uno normal o de sindicato?
Un saludo.
PD: Me encanta tu página en serio, toda duda legal me meto aquí y siempre encuentro la respuesta.
Siempre es mejor un abogado especializado en laboral. Por mi parte te recomiendo un abogado especializado, ya sea de sindicato o no. Tirando un poco para lo que me favorece, acude a un abogado y no a un sindicato. La cesión ilegal se tiene que demandar mientrás la relación la relación está vigente. Sobre las pruebas; emails, documentos por escrito, grabaciones, testigos….
Hola,
Mi caso es el siguiente: Después de mas de tres años he sido contratado por la empresa (B) en la que trabajaba como subcontratado. En esos tres años la única comunicación con la empresa (A) que me contrataba es un informe mensual de las horas trabajadas y dos peticiones de subida de sueldo, las cuales dependían de la aprobación de la empresa B. En mi contrato inicial ya se establecía la población de la empresa B como lugar de trabajo, no teniendo la empresa A ni centro, ni sede en dicha provincia. Que decir que todo el control sobre mi trabajo, horario, vacaciones lo tenia la empresa B y la comunicación a la empresa A se realizaba por el parte mensual de trabajo.
Mi pregunta es si aunque antes de dicha contratación no he denunciado la situación de cesión ilegal, aun siendo consciente, ¿Qué posibilidades hay en pedir que se me reconozca la antigüedad en la empresa A?
Gracias!!
En principio considero que pocas.
Hola, gracias por informar de los derechos que nos asiste como trabajadores. Mi caso es el siguiente, soy trabajador fijo de una empresa pública municipal «X» desde el año 2002 dedicada a la recaudación de los tributos municipales y otros servicios, en el año 2010 el ayuntamiento titular de mi empresa (la presidenta del consejo administración de mi empresa es la delegada de economía y hacienda del Ayto.) firma convenio con la diputación provincial y le delega la recaudación de los impuestos locales, aportando el Ayto. el personal de su empresa X encargado de la recaudación, entre los que me encuentro yo, (puesto que la empresa X tiene otros trabajadores que realiza otras funciones ajenas a la de recaudación) y aporta también el local y mobiliario de oficina (la misma oficina en la que la empresa X ejerce sus funciones). La diputación aporta el recaudador de quién pasamos a depender funcionalmente, es decir mi trabajo me lo organiza, dirige, corrige un funcionario de diputación. Tengo correo corporativo de diputación, acceso a mensajería interna de diputación, programas informáticos de diputación, órdenes directas de funcionarios jefes del recaudador, la diputación me ha formado con diversos cursos en sus instalaciones centrales como cualquier otro funcionario de diputación, le da el visto bueno a mis días de asuntos propios y vacaciones, realizo funciones de registro público de diputación, estando dado de alta como usuario en su programa de registro, sustituyo el trabajo de una funcionaria (que entro a trabajar con nosotros con posterioridad) de diputación cuando ella esta de vacaciones o ausente….. mi empresa X que es la que me contrato se limita a pagarme el salario ( bastante inferior al del funcionario de diputación que hace mis mismas funciones) y a controlar un poco la entrada y salida oficina y a firma los días de vacaciones y días de asunto propios ( aunque también pide el visto bueno de diputación).
Estaría en Cesión ilegal?, si denuncio ante el juez Cesión Ilegal, y el juez me la deniega, pasaría algo? seguiría trabajando en mi empresa X?, Si gano la Cesión Ilegal, te indemnizan con los salarios dejados de ganar durante el tiempo que llevo en Cesión Ilegal? ( van ya 8 años), o al menos la cotización (con vistas a la jubilación) sería la que realmente tendría que haber sido de haber estado contratado por la Diputación?
Saludos y gracias de ante mano.
Si demandas y pierdes no pasa nada. Si se acredita la cesión ilegal, podrás solicitar un año de salario si es que el salario en la diputación es mayor y la cotización de los últimos cuatro año. Siempre que acredites que llevas todo ese tiempo de cesión ilegal.
hola buenas :
Tengo una duda del articulo sobre la ilegalidad , ¿no se puede denunciar el caso a la inspección de trabajo y ellos que actúen de oficio? ¿o solo puede optar el trabajador a denunciar para poder conseguir algo?
Un saludo
Sí, se puede, pero la inspección no tiene la misma potestad de determinar que existe cesión ilegal. Es decir, su decisión siempre podrá ser recurrida ante un tribunal. Te recomiendo que leas esta entrada sobre las denuncias a la inspección de trabajo.
Hola Alejandro,
Tengo una pregunta, llevo como becaria algo más de dos años en una empresa, pero resulta que en en esa empresa, llamemosla N , no disponen de presupuesto para hacerme ningún tipo de contrato. La opción por la que he optado ha sido, empezar prácticas en otra empresa , llamada M, que rápidamente ha transformado mi convenio de beca universitaria, a un contrato en prácticas. Me ofrecen, prestar mis servicios a mi antigua empresa N. ¿Sería algún tipo de cesión ilegal?
Muchas gracias!
Puede ser. Depende de como organicen el trabajo.
Trabajo para un empresa de limpieza, que me manda a trabajar a una empresa que tiene su propio personal pero que necesitan completarlo por lo que hago tareas de limpieza del personal propio. Debo llevar mismo uniforme que su personal y recibo las instrucciones de sus responsables. ¿Se puede considerar que existe cesión ilegal de trabajadores?.
Sí, son indicios para considerarlo como cesión ilegal.
Hola.
Llevo trabajando sin interrupción para una empresa pública desde 2013, en el mismo centro de trabajo y ejerciendo siempre las mismas funciones. La contratación es mediante una empresa intermediaria y con un contrato de obra y servicio. Es por ello que en mi centro de trabajo, las personas que si están contratadas por la empresa pública cobran el triple que yo, realizando las mismas funciones.A lo largo de estos casi 5 años, la empresa pública ha cambiado de empresa intermediaria por diferentes motivos.
Según leo en el artículo 43 del estatuto de los trabajadores, la única forma legal de hacer esto, es mediante una empresa de trabajo temporal, y me vienen dos preguntas:
1) En caso de que la empresa que me contrata a mi no sea una de trabajo temporal, sino otro tipo de empresa ¿Puedo ejercer derecho a que me contrate la empresa pública, o luego en la práctica, aunque la ley lo diga finalmente no es así?
2) ¿No se está incumpliendo también en mi caso el artículo 15 apartado 5 del estatuto de los trabajadores, que establece una duración máxima de 4 años (3 +1) para este tipo de contratación?
Muchas gracias
Si, si es cesión ilegal puedes solicitar que te contrate la empresa pública. Si la relación se debe de considerar indefinida, por superar el límite temporal del contrato de trabajo.
Buenos días, tengo la duda de si la siguiente situación es cesión ilegal de mano de obra, yo creo que sí.
Empresa A contrata a empresa B para realizar trabajos en instalaciones de A, con los equipos de A y producir lo que produce A. Además, el jefe de la empresa B, no estará físicamente presente en las instalaciones de A.
A mi me parece una cesión ilegal de trabajadores de manual, es así?
Cono los datos que me comentas, parece una cesión ilegal de trabajadores.
Buenos días, mi duda es la siguiente:
He estado contratada en un hotel como limpiadora, me ha contratado un señor como autónomo, sin embargo, la explotación del hotel la lleva a cabo una sociedad limitada de la cual este señor es socio.
Me ha despedido y me ha dejado a deber tres meses de salarios, ¿puedo reclamar los salarios debidos a la sociedad, además de al señor que me ha contratado? ¿o tengo que realizar alguno tipo de gestión antes para probar la cesion ilegal?
En la Junta de Andalucía me han dicho q tengo que presentar una papeleta de conciliación para reclamar los salarios, pero ahora no se si reclamar a los dos o solo al que me contrato.
En caso de duda, reclama siempre a los dos e indica que existe cesión ilegal. Da igual como lo reclames, que siempre tendrás que interponer la papeleta de conciliación laboral.
Buenas, mi situación es la siguiente:
Trabajo para una ETT contratada por una empresa cesionaria, yo soy la encargada del equipo de trabajo, trabajamos por temporadas de unos 9 meses cada una en los últimos 3 años. Aparte de cumplirse muchos de las circunstancias ilegales que arriba menciona me gustaría que me informara sobre la siguiente situación; para la siguiente temporada van a coger el equipo de trabajo directamente con la empresa cesionaria y nos comentan que por problemas de vinculación laboral con dicha empresa no pueden contar con nosotras, que tenemos que estar como mínimo un año sin tener relación laboral con ellos,¿ es eso cierto?
De ser cierto ¿cuanto tiempo hay que estar fuera para perder dicha vinculación?
Si entre temporada y temporada trabajo como es mi caso en otras empresas ¿sigo teniendo dicha vinculación? ¿ O cuanto tiempo tengo que estar contratada por otra empresa para perder la famosa vinculación?
Eso no es cierto, lo que querrán es que no quieren que compute la antigüedad. En tu caso, ahora tienes toda la antigüedad desde el primer contrato.
Muchas gracias, le agradezco la información
Un cordial saludo
Buenas tardes Alejandro;
Mi cuestión es la siguiente; actualmente trabajo en una empresa subcontratado, mi contrato realizado por la subcontrata determina unas funciones que ya se han dejado de realizar y no se a notificado ese cambio a la subcontrata de las nuevas funciones.
Actualmente desempeño tareas que hacen mis compañeros que no son subcontratados sino que son fijos de empresa.
mi pregunta es; estoy en un claro caso de cesión ilegal de trabajadores?
Desempeño casi las mismas funciones que la gente de empresa siendo yo subcontratado, las herramientas que necesito son de la empresa no de la subcontrata, el equipo informatico si es de la subcontrata pero el resto de herramientas no…
Te agradecería me aclarases un poco el tema o si necesitas algún dato mas me dices y te lo aclaro.
Gracias de antemano!
No existe un artículo concreto de la normativa que defina que tiene que darse para entender que hay cesión ilegal de mano de obra, sino que han sido las diferentes sentencias de los tribunales las que han llevado a determinar cuando existe cesión, por lo que comentas, parece que las funciones son las mismas, y si hay confusión en las plantillas es un claro indicio, pero habría que analizar quien es quien te da las órdenes, quien organizan tu trabajo, de quienes son los medios materiales, etc. para saber si hay o no cesión.
Buenas de nuevo Alejandro;
Respondo a tus preguntas:
Las ordenes me las marca la empresa principal no la subcontrata, ( la responsable de mí, no esta en el mismo centro que yo, esta en la sede de la subcontrata)
Los que organizan mi trabajo es la empresa para la que presto servicio, los medios materiales son todos de la empresa a la que presto servicio menos el equipo informático que es de la empresa para la que trabajo ( subcontrata)
PD: soy inspector de calidad.
Saludos!
Podría ser un caso de cesión ilegal. Demanda mientras se mantenga activo.
Hola Alejandro;
He demandado por cesión ilegal y la empresa donde estoy cedido opta por llegar a un acuerdo económico y que me vaya, mientras que yo ya les he hecho saber mi voluntad de quedarme.
Tengo ya fecha de juicio y es mi intención pasar a formar parte de su plantilla pero según me han dicho, una vez me hagan fijo si el juez me da la razon “no me dan ninguna garantía” es decir que podrían torearme para que acabe causando baja voluntaria.
Mi pregunta es… una vez que voy a juicio y se declara cesión ilegal, ?podría acudir despues a la inspección de trabajo? Pues me consta que no soy el único cedido ilegalmente y, por el trato que estoy recibiendo no tengo intención de dejar ningún amigo en ninguna de las dos empresas y que sigan haciendo lo mismo con otros compañeros.
Saludos y gracias por la informacion que aportas en tus posts y comentarios
Sí, podrías sin ningún problema acudir a inspección de trabajo.
Buenas noches. Lo primero muchas gracias por tu artículo. Me parece muy interesante y me ha venido muy bien para entender nuevas cosas. No obstante, no me queda claro que pasaría en la siguiente situación. Un empleado está contratado por la empresa A, la cual presta servicios de asesoramiento y administrativos a la empresa B. Esas prestaciones de servicios las realizan varias personas de la empresa A, pero hay un empleado (de empresa A) que es el único que acude todos los días (salvo media jornada a la semana que acude a trabajar a la empresa A) a trabajar a las oficinas de la empresa B realizando funciones administrativas. No obstante, las vacaciones se las impone el directivo de la empresa A, sigue el mismo horario que todos los empleados de la empresa B, la empresa B no es el único cliente de la empresa A, a las reuniones que se realizan del departamento de la empresa B siempre es invitada,recibe órdenes tanto de la empresa A como de B, es sancionada por la empresa A y no realiza funciones similares a las de la los trabajadores de la empresa B. ¿Estaríamos ante una cesión ilegal de trabajadores en relación a las circunstancias expuestas? ¿Se necesita para cometer esta ilegalidad que sean varios los trabajadores o con uno es suficiente?¿o estaríamos incumpliendo algún artículo de alguna ley?Muchísimas gracias.
Con un trabajador es suficiente, es decir, sólo sería cesión ilegal respecto a ese trabajador. Es complicado a veces determinar si existe cesión ilegal o no, y es conveniente siempre estudiar el caso de manera completa. Mi opinión, con los pocos datos que existen, es que no es cesión ilegal.
Buenos días Alejandro,
mi pregunta es la siguiente: es necesario la presentación de la papeleta de conciliación para reclamar la cesión ilegal de trabajadores cuando una de las empresas que se deduce demanda es un ente público exente de reclamación previa?.-
muchas gracias
Entiendo que contra la empresa privada si. En un caso similar, yo la presenté por si acaso.
Gracias Alejandro.
Hola Alejandro,
Primeramente muchísimas gracias por tu web y por contestar a las dudas. Te planteo mi situación y espero que puedas aclararme algunas dudas.
Llevo trabajando 1 año en administración pública subcontratado por una empresa privada que ganó un concurso público. No tengo ningún tipo de relación con la empresa excepto cuando me pagan la nómina y cuando me validan las vacaciones. Mis vacaciones son exclusivamente cuando la administración cierra, esto es durante el mes de agosto. Además, en caso que el calendario laboral de la administración sea diferente al de la empresa, tengo la «obligación» de ir a la oficina a estar sentado y ver el tiempo pasar. Por ejemplo, el año que nochebuena y nochevieja sean entre semana, la administración cierra pero la empresa abre. Yo tendría que ir a la empresa.
El lugar de trabajo que pone en mi contrato es la calle donde está ubicada la empresa. ¿Tendrían que pagarme el kilometraje de la empresa al cliente?
¿Todo esto es cesión ilegal?
Muchisimas gracias y espero que puedas responderme.
No, no tienen que pagarte el kilómetraje, y la empresa que te da órdenes no es la administración, sino la empresa, por lo que tienes que acudir a tu puesto de trabajo, si así te lo exige tu empresa. Sobre si existe cesión ilegal, podría ser, pero con los datos que aportas no se puede dar una opinión.
Buenos días:
llevo diez años trabajando para un Ayuntamiento subcontratado a través de una empresa. Fui contratado para realizar tareas de refuerzo en el Departamento, aunque hago las mismas tareas e incluso, otras diferentes asumidas únicamente en mi caso y no en el de los trabajadores municipales.
En mi labor diaria me identifico, como trabajador del Ayuntamiento y con dominio (correo electrónico) del mismo.
No hay ningún tipo de coordinación entre mi empresa y el Ayuntamiento. Ni entre mi empresa y yo, que se limita a ingresarme la nómina en la cuenta y una vez al año mandarme el calendario de vacaciones, que yo mismo confecciono, en base a las necesidades del propio Ayuntamiento. Las ordenes las recibo del personal político de la Entidad.
Podría ser una cesión ilegal de trabajadores??
Sí, podría ser cesión ilegal.
Muchas gracias
Buenas tardes,
Tengo un caso propio de Cesión Ilegal. Eramos 13 trabajadores y denunciamos Cesión ilegal, a los 3 meses «casualmente» nos despiden a dos compañeros, y en ese momento también planteamos una denuncia por despido nulo. Tras casi seis años de pleitos, logramos ganar el de Cesión Ilegal, el de despido se fue atrasando hasta saber la resolución del de Cesión Ilegal, pues se ha ejecutado a medias, porque los 11 compañeros están trabajando desde hace ya casi un año y a Nosotros aún nos tienen esperando a ejecutar la sentencia completa, en esa espera y posteriormente a ganar el de Cesión Ilegal, se ha celebrado el de despido, y no lo han declarado nulo sino improcedente.
Mi pregunta, duda y con desconocimiento, razono que si tengo sentencia firme del Tribunal Supremo que dice que gané una cesión ilegal no prevalece sobre cualquier juicio de despido que además no ha sido efectivo hasta después de la sentencia firme del de Cesión ilegal.
No se supone que debemos entrar a trabajar cuando se ejecute totalmente la sentencia. Hay alguna repercusión negativa que pueda afectar a esa entrada a trabajar por haber declarado el despido improcedente?
Gracias por su tiempo. Un saludo
Dani
Si el despido es improcedente, no hay reincorporación salvo que la empresa quiera.
Lo primero Alejandro es agradecer la respuesta. Muchísimas gracias!!. Son muchas las dudas y ya muchos años, 6 con esa historia. Eso me temía que seguramente optaran por echarnos.
Entonces, rectifícame si me equivoco, la indemnización que ahora vamos a recibir por el despido improcedente es de la Empresa??, y si el Ayuntamiento finalmente no nos readmite, nos deben indemnizar entiendo desde el inicio de la cesión hasta la fecha del despido improcedente con salario del puesto que debía haber ocupado??
Es decir, dos indemnizaciones?? Porque en la sentencia del despido improcedente nos niegan los salarios de tramitación.
Y otra duda. Porqué si gano un juicio de Cesión ilegal en el Tribunal Supremo, el ayuntamiento lo hace mal, y el despido es improcedente, es decir, la empresa lo hace mal, el más perjudicado soy yo!! Al no poder optar a la readmisión en el puesto que es el principal beneficio para el trabajador? No lo entiendo!!! Me explico??? No hay forma de reclamar contra eso???
No tiene derecho a dos indemnizaciones. El artículo 56 indica que en caso de despido improcedente, que es lo que se ha producido, es la empresa la que decide si se readmite o no.
Gracias Alejandro por la respuesta.
Saludos!
Han hecho una subrogacion de una empresa de seguridad a otra. La entrante a rebajado los salarios un 30% mas menos de la anterior la cual pagaba a convenio colectivo esta nueva empresa tiene su propio convenio. Esto se puede hacer? Que podemos hacer contra esta nueva situacion
No, no lo puede hacer. Demandar a la empresa entrante.
Hola:
Estoy trabajando con un contrato en prácticas en una empresa X de determinada comunidad autónoma. No obstante, en mi contrato consta otra empresa y otra comunidad autónoma.
A la hora de firmar, me dijeron que no me preocupara, que a efectos prácticos, era empleada de X.
Hoy por hoy, tengo constancia de que fui cedida como empleada ilegalmente. ¿Qué derechos tengo? Se me acaba el contrato en enero y no sé si me renuevan.
Gracias
Demandar para que se te considere indefinida en la empresa que tu quieras, pero antes de que se te acabe el contrato.
Fui despedido hace 9 meses por despido improcedente con Indenizacion tras acuerdo el el Smac.
Tras ello tengo la posibilidad de trabajar para una empresa la cuál trabaja subcontratada por la empresa para la que trabajé y me despidió .
Tendré algún problema?
Tengo que declarar la Indenizacion por despido? Ya que la empresa que me va a contratar es subcontrata de mi anterior empresa?
Gracias
Mario López
Estuve trabajando en la Admón. Pública a través de una empresa privada. Cuando se terminó el contrato, no se realizó prórroga y la empresa privada nos despidió a 7 compañeros.
3 de ellos denunciaron por cesión ilegal de trabajadores y la sentencia del TSJ ha determinado que sí hubo cesión ilegal de los 7 trabajadores. Se nos han notificado todos y cada uno de los «pasos» seguidos por la jurisdicción social y siempre hemos estados todos, los 7, incluidos en el proceso si bien, insisto, no todos demandamos. Puedo ahora reclamar algo? si así fuera, qué pasos debo seguir ahora que se ha declarado la firmeza de dicha sentencia? en qué plazo?
Muchas gracias.
La sentencia no afecta a aquellas personas que no han sido parte en el proceso, por lo tanto, si no demandasteis, entiendo que no podéis reclamar nada.
Un Ayuntamiento tiene externalizados diversos servicios públicos y ahora quiere realizar los servicios directamente desde el Ayuntamiento.
El Ayuntamiento no va a realizar la subrogación de los trabajadores, porque entiende que es una ilegalidad, ya que todo trabajador debe entrar en la administración pasando unas pruebas( (debe haber publicidad, valorar el merito y la capacidad).
La empresa cuando realizó la oferta económica al Ayuntamiento, no valoró el coste de indemnización, aunque en el pliego de condiciones, ya dejaba bien claro que el Ayuntamiento no tenía ninguna relación laboral por los trabajadores que contratará.
PREGUNTA:
1º.- Si el Ayuntamiento no subroga a los trabajadores, la contrata les debe indemnizar?
2º.- Tiene la contrata el derecho a cobrar del Ayuntamiento el coste de las indemnizaciones, porque no las tubo en cuenta en su oferta económica y esta situación le crea perdidas.
Muchas Gracias.
La contrata es la quien tiene derecho a indemnizar, y entiendo, que no podrá reclamar dicho coste al ayuntamiento salvo que haya incumplimientos del pliego de condiciones.
Buenos días, trabajo desde hace 20 años en la junta de andalucia subcontratada por diferentes empresas que subcontratan al personal en las 8 provincias. Es legal que paguen diferentes sueldos al mismo puesto de trabajo según qué provincia sea? Incluso a trabajadores con menos antiguedad…solamente por realizar pactos personales…
Puede que existen diferentes convenios colectivos de aplicación. En principio es legal pactar diferentes salarios. Siempre y cuando no se demuestre que la causa de dichas variables es por una causa discriminatoria prohibida en la legislación, es decir, que se abona menos a las mujeres, o se abone menos a los de una determinada religión….
Buenas tardes Alejandro,
Me gustaría saber en mi caso si se puede contemplar cesión ilegal. Mi empresa, me destino hace 5 años a otra empresa, en contratos anuales. Los recursos (mesa, ordenador, teléfono, etc.), así como las tareas a realizar son organizadas por la empresa en la que desarrolló la actividad.
Gracias anticipadas por tu respuesta
Un saludo
Puede ser indicios, pero no los considero del todo concluyentes. Habría que estudiar más el caso.
Buenos días.
Llevo 17 años trabajando para A.E.A.T con infinidad de empresas, ya que cada dos años sale a concurso público, la empresa entrante a 4 trabajadores de los 9 que somos no nos quiere contratar.
¿Es cesión ilegal de trabajadores?
¿Podemos denunciar?
Gracias
Si tiene obligación de subrogaros es despido improcedente.
No la tiene, pero ¿Es cesión ilegal de trabajadores?
Habría que estudiar el caso, que se saque a concurso no quiere decir que haya cesión ilegal.
Buenos días, tengo una duda y me gustaría saber si es posible que me ayudaseis con ella.
Si una empresa (S.A., sector farmacéutico) me contrata como nutricionista para que trabaje directamente en instalaciones de diversos clientes.
¿Es una cesión ilegal o se trata de una subcontratación? ¿Puedo saber eso sin conocer el contrato existente entre mi empleador y el cliente?
No hace falta saber el contrato entre ellas, sino cual de las dos empresas es la que está realizando labores propias del empleador, de forma resumida, ¿quién es tu jefe? ¿Quién te sanciona?¿Con quién acuerdas las vacaciones?
Buenos días,
Me gustaría en primer lugar darte las gracias por esta ayuda que nos prestas.
Mi pregunta es la siguiente:
Estoy contratada como peluquera en la empresa A (pertenece a una franquicia) a tiempo completo.
Quieren, que a partir del mes que viene, comience a trabajar 1/2 jornada para esta empresa y la otra 1/2 jornada para otra empresa B (con distinto CIF pero perteneciente a la misma franquicia). El contrato lo seguiría teniendo a jornada completa con la empresa A y me cederían a la empresa B. Eso sería posible? Me supondría algún problema?
LA cesión de trabajador es ilegal. Al trabajador no le supone ningún problema, más allá de que esa práctica pueda permitir que un trabajado cobre por debajo del convenio de la empresa por la que debería estar contratadas. Por otro lado, se podría considerar que dichas empresas forman un grupo de empresas laboral en caso de despido.
Buenas,
Ante todo, felicitarte por tu web, y agradecerte tu labor.
Trabajo en el departamento de contabilidad de un colegio. Hace varios años, la empresa decidió abrir nuevos centros en otras ciudades, todo bajo el mismo CIF. Hasta ahí, todo correcto, vino más trabajo pero no parece haber ninguna irregularidad.
Sin embargo, en los últimos años, hemos abierto dos nuevos colegios, pero en esta ocasión con CIFs diferentes. Desconozco el motivo, aunque imagino que es para pagar menos impuestos, etc. Pero aunque se hayan creado como nuevas sociedades, todo lo relativo a la contabilidad y administración lo seguimos haciendo los mismos, que sólo tenemos contrato con la empresa inicial.
Los volúmenes de trabajo son inasumibles ahora, y el ambiente laboral se ha enrarecido. Personalmente me siento engañado por tener que trabajar para empresas con las que no tengo contrato, y no me gusta tener que hacerlo para un tipo de empresarios que antepone sus beneficios a clientes, trabajadores e incluso la ley.
Lo cierto es que no quiero seguir trabajando para determinado tipo de empresario que antepone sus beneficios a clientes, trabajadores e incluso la ley. ¿se está cometiendo alguna ilegalidad conmigo y mis compañeros de departamento? ¿Hasta que punto sería procedente o no un autodespido por mi parte?
Un saludo atento.
Os encontráis trabajando para un grupo de empresas laboral. En principio, por lo que comentas no hay nada ilicito en ello, y no existe alguna posibilidad de solicitar una extinción indemnizada.
Ok, muchas gracias.
Buenos días, Alejandro
Te planteo la siguiente cuestión, por si puedes ayudarme
Se rumorea que la empresa que va a subrogarnos ahora no quiere subrogar A PARTE DE LA PLANTILLA. ¿Es legal subrogar a unos trabajadores y a otros no?
Me encontraría entre los afectados y soy miembro del comité de empresa. ¿Pueden despedirme y luego denunciarlo y ganarlo (por supuesto); o directamente no pueden despedirme?
Muchas gracias de antemano y un saludo
Pueden despedirle, y para el caso de que lo gane, como miembro del comité tendrá derecho a los salarios de tramitación, y a la posibilidad de decidir entre volver a reincorporarte o a la indemnización por despido improcedente.
Hola, yo tengo una consulta, llevo seis años en el mismo puesto y centro de trabajo, pero contratada por varias empresas, subcontratas consecutivas, cada vez que hay un cambio de empresa se me liquida con finiquito y pierdo la antigüedad, es decir empiezo de cero.
La empresa que hay este año está despidiendo a compañeras y poniendo en su puesto otras trabajadoras que ya están contratadas por ellos anteriormente con la excusa de la antigüedad, ellas tienen más antigüedad con ellos en otros puestos y nosotras a efectos legales solo desde el 1 de enero de este año, a pesar de llevar realmente seis años, eliminan puestos de trabajo y así se ahorran gastos.
Quisiera saber si a día de hoy puedo solicitar el reconocimiento de mi antigüedad desde el primer día que estoy en el puesto.
También cómo he de hacerlo. Gracias
Había que ver esa sucesión empresarial, pero en principio parece que tienes derecho a la antigüedad de seis años. La antigüedad se exige si la empresa no te reconoce algún derecho al cual tienes derecho por razón de antigüedad, como puede ser un plus en el convenio, o si se produce un despido, y no te la reconocen. En dicho caso deberás demandar para conseguir una indemnización mayor. Es decir, que lo normal no es iniciar un procedimiento para que te reconozcan la antigüedad, hasta que este no reconocimiento te perjudique.
Hola Alejandro,
Soy pediatra y tengo una consulta privada, como nescesitaba servicios de una fisioterapeuta, me puse en contacto con una clínica que tiene a varios autónomos fisioterapeutas trabajando allí y acordamos que una de sus fisioterapeutas atendería a mis pacientes que lo necesitaran, y a final de mes yo pago la factura a la clínica (que no a la autónoma que supongo que recibe sus honorarios fijos por parte de la clínica). Eso es cesión ilegal de trabajadores? o más bien un contrato de colaboración?
No se si estoy haciéndolo bien, tampoco tenemos ningún acuerdo por escrito.
Gracias por tu tiempo.
Un saludo,
Por lo que comentas, parece una clara cesión ilegal de trabajadores.
Hola Alejandro!
Navegando navegando buscando algún tipo de aclaración he llegado a este, tu sitio, que me parece una gozada, muchas gracias por tu dedicación a aclarar las dudas que gente desconocedora como yo tenemos y darnos un poquito mas de certeza sobre la situación en que nos encontramos, sinceramente, muchas gracias.
Mi situación es la siguiente, tras sufrir todo tipo de mobbing y demás, conseguí demostrar y ganar un caso de cesión ilegal contra una Universidad.
La ejecución de la sentencia fué mas que irregular, fué un rosario de despropositos de cara a hacer mella en mi, en mi salud y en mi determinación pero al final logré, aunque no conforme, por supuesto, que me pusieran en mi puesto, así que soy un trabajador TEMPORAL EN COBERTURA DE VACANTE.
Un par de años después de haber iniciado mi proceso, un compañero de trabajo recurrió a mi para que le asesorara al respecto de la cesión ilegal.
Su caso es idéntico al mio, trabajamos en el mismo departamento, mismo nivel, casi mismas funciones.
Evidentemente el chico logró ganar la cesión ilegal igual que yo pero con la particularidad de que en su sentencia aparecía la coletilla de que debía ser contratado como FIJO en plantilla por la Universidad y al final así ha sido, habiendo sido corroborada su sentencia como FIJO de plantilla hasta por el TRIBUNAL SUPREMO.
Bien, en esta situación, me pregunto si tengo algo que hacer, es decir, me planteo si esto no genera una situación de discriminación al ejecutarse de forma diferente dos sentencias judiciales del mismo tipo, basadas en las mismas condiciones iniciales de cesión ilegal, incluso en el mismo dpto y bajo la misma jefatura.
Cabría algún tipo de reclamación? Ves factible el poder solicitar algún tipo de acción por mi parte?
En este momento y después de haber sido el primero y de haberme llevado todos los palos de mi Universidad y todas las triquiñuelas que han podido intentar ponerme en el camino, me encuentro un poco como las vacas mirando pasar el tren y por lo menos me gustaría saber si existe algún camino para avanzar desde mi situación de TEMPORAL por causa de Discriminación o similar.
Muchísimas gracias de antemano Alejandro.
Sin ver las sentencias poco te puedo ayudar, y analizar por qué se llego a diferentes soluciones ante un mismo caso. Siempre podrás reclamar tu condición de indefinido si tu contrato está en fraude de ley.
Buenas Fran,
Tu caso se parece algo al mío.
Yo entré por cesión ilegal en mi ayuntamiento. En mi caso puso el juez la coletilla de fijo pero estoy como indefinido no fijo. Me gustaría saber la sentencia de tu compañero para comentar con mi abogado que me esta llevando el caso de fijeza.
Un saludo
Hola Alejandro quería preguntarte hay alguna jurisprudencia en cuanto derechos adquiridos soydel sector limpieza,Gracia.
Es un pregunta muy amplia, evidentemente hay mucha jurisprudencia sobre el tema.
Buenas Alejandro y enhorabuena por el blog y tus respuestas.
Te cuento mi caso de forma resumida.
Llevo aproximadamente unos 10 años trabajando para un Ayuntamiento a través de empresas externas que van sucediéndose cada año o dos años.
Mi puesto es de Coordinador de un call center y mis funciones son las típicas de ese puesto y que además vienen definidas en el Pliego de Prescripciones Técnicas del Ayuntamiento.(control de operadores, cuadrantes, gestión de llamada, etc)
Sin embargo yo soy informático, y los diferentes responsables del Ayuntamiento que he tenido como jefe me han utilizado como informático.
En este sentido, y siempre con mi consentimiento, he recibido órdenes por parte de responsables del Ayuntamiento por las que:
– Me he integrado en varias comisiones de desarrollo o de adquisición de aplicaciones para el Ayuntamiento.
– He puesto y actualmente sigo poniendo en marcha aplicaciones tanto en mi departamento, como en otros departamentos del Ayuntamiento pertenecientes a otras delegaciones.
– Trabajo en la oficina del Ayuntamiento, con materiales de éste. Tengo correo electrónico con el dominio oficial, telefono fijo corporativo con mi nombre puesto, y durante unos 6 años tuve movil corporativo.
– Las ordenes de trabajo las recibo directamente del responsable del Ayuntamiento, que es al que le rindo cuentas y por parte de la empresa cedente la comunicación suele girar en torno a las horas trabajadas durante el mes a efectos de facturación, el reporte de bajas o ausencias, etc.
Cabe la posibilidad de que el servicio de «call center» del Ayuntamiento desaparezca a corto-medio plazo (2 años).
Quisiera saber primero si estoy en una situación de Cesión Ilegal, y en caso afirmativo, y suponiendo que pudiera ganarla y optar a un puesto en el Ayuntamiento, este sería como Coordinador del Call Center o como informático del propio Ayuntamiento?
Muchas gracias por tu dedicación.
Parece que si que existe cesión ilegal, y deberás demandarlo mientras exista la cesión. Por otro lado, tu puesto sería el Coordinador del Call Center, ahora bien, si realizas funciones para otros departamentos, no se podrá justificar un despido por que desaparece el call center.
hola tengo dos consultas la primera es que mi mujer lleva desde el año 98 pasando de una empresa a otra unas 5 mas o menos siempre respetandola todos sus derechos adquiridos ella a perdido el primer contrato que se le hizo como puedo saber las condiciones que tenia desde el primer contrato horarios y dias de trabajo que tiene que trabajar si de lunes a sabados o de lunes a domingo…y la segunda en esta ultima empresa sus nominas la ponen de antiguedad desde el año 2005 lleva 7 meses en esta nueva empresa que segun firmo la respetan todo se lo cominico y siguen sin ponerla su antiguedad que es del año 98 es ilegal??? en caso de denunciarles tengo posibilidades reales de ganar? gracias espero respuesta un saludo
Las condiciones laborales son las que tenga actualmente, y no las que firmo en su primer contrato, ya que éstas pueden haber sido modificadas por la empresa. En cuanto a la antigüedad, todo depende de poder demostrar que se pactó respetar la antigüedad, o en caso, atendiendo a la causa de la sucesión de empresas, ¿existió subrogación?
Hola, buenos días, esta consulta está enfocada a determinar si mi caso se consideraría una cesión ilegal y me gustaría que me lo confirmaras.
Estoy contratado en una empresa que se dedica a la consultoría informática.
Tengo un contrato indefinido con dicha empresa y llevo en plantilla seis años y medio aproximadamente.
Fui contratado expresamente para un puesto que se desarrolla en otra empresa (cliente) desde el primer día, y en el cliente tuve una etapa continuada de trabajo de aproximadamente cinco años (desde Junio de 2009 hasta Marzo de 2014), y a continuación se prescindió de mis servicios por parte del cliente.
Transcurrida esta etapa volví a desarrollar mi actividad laboral en mi empresa, peregrinando por varios clientes durante nueve meses, hasta que a dia de hoy, he vuelto al cliente de origen.
En este cliente utilizamos todos los medios materiales que nos proporcionan (pc´s, herramientas, etc).
Actualmente dependemos de un coordinador que pertenece a mi empresa, pero que está dirigido directamente por empleados del cliente, que a efectos prácticos en realidad, las órdenes vienen directamnete del cliente.
De hecho en el cliente hay trabajadores de su plantilla, que realizan prácticamente las mismas tareas que nosotros.
Otro aspecto a destacar es que este trabajo no podría hacerlo mi empresa desde sus propias oficinas, ya que no dispone de los medios técnicos y humanos para realizarlo.
Estas son algunas de las características que se producen en el dia a dia, y quisiera consejo al respecto de todo lo explicado anteriormente para actuar en consecuencia.
Gracias de antemano y un saludo.
En primer lugar, la existencia de una cesión ilegal la determina un juez. Con los datos que me indicas, aunque hay indicios para que se considere cesión ilegal, no creo que se pueda afirmar con rotundidad.
Muchas gracias por la respuesta.
Entonces, ¿qué pruebas serían necesarias aportar para intentar demostrar esta situación y cuales serían los pasos a seguir para denunciar lo que expongo?
Un saludo.
Buenas tardes Alejandro ayer estuve hablando con un conocido y le conté lo que me a pasado, yo tuve un accidente de trabajo y la empresa me despidió por coger la baja, resulta que esta empresa es una empresa externalizada mi empresa me paga la nomina pero quien me dice lo que tengo que hacer es la empresa para la que trabajamos además allí no hay personal de mi empresa menos mis compañeros de trabajo. Me han dicho que están haciendo una cesión ilegal de trabajadores y me dejo el caramelo en la boca y te quería preguntar si es verdad lo que me dice… Gracias
Puede ser que fuese una cesión ilegal. Si te han despedido, deberás demandar a las dos empresas. Tienes un plazo de 20 días hábiles desde que te han despedido.
Hola Alejandro, con estos datos, me podrías decir si se trata de una subcontrata, cesion ilegal u otro supuesto de contratacion?
Dña. Cristina Pérez, trabajadora de la empresa Fregados, S. A., realiza las tareas de limpieza en el centro de trabajo de Cable-emprendedora, S. A. en el Parque Tecnológico de Galicia, en virtud del contrato de prestación de servicios que esta empresa ha celebrado con Fregados, S. A., para la limpieza y mantenimiento de las oficinas.
En principio con los datos que indicas sería una externalización de la limpieza, una subcontrata.
Buenas noches Alejandro
estoy en una situación atípica y tengo dudas de que me pueda repercutir negativamente en algún momento
estoy contratado por la empresa A y llevo 3 años trabajando para la empresa B como subcontratado. Mis responsables directos pertenecen a la empresa B, desarrollo mi trabajo en la empresa B, hasta mi correo electrónico de trabajo es minombre@empresaB.com. En mi opinión, parece que estamos ante una cesión ilegal, consideras que se dan indicios?
En esta misma empresa B, para que pudieran delegar en mi, responsabilidades técnicas, me propusieron realizar lo siguiente: Con mi consentimiento y el de la empresa A, la empresa B me contrató por obra (y así figurar como empleado de B en la seguridad social). El salario que percibo por A (un tanto por ciento de mi salario original con B) me es descontado de mi salario en B, de tal manera que gano lo mismo. ese contrato de obra paso a indefinido porque según me comento RRHH, no podían seguir contratándome por obra. Cómo denominarías esta práctica por parte de A y B? puede considerase ilegal o anula de alguna manera la posible cesión ilegal ya que ahora soy empleado de A y B?
Muchas gracias por tu ayuda
Efectivamente es una situación atípica del cual no conozco un caso similar. Por tanto, para dar un opinión habría que revisar esos dos contratos y las nóminas.
Buenos días
tengo una duda.
he trabajado en un hipermercado durante dos años. Ahora se me acaba mi contrato y me quieren contratar para realizar lo mismo mediante una empresa externa.
¿pueden hacerlo?¿hay cesión ilegal?
¿tiene que pasar un tiempo mínimo para que me puedan contratar?
me dicen que si me hacen indefinida desde el primer día si se puede hacer. ¿es verdad?
Si va a hacer las mismas funciones, posiblemente se trate de una cesión ilegal. Pero no hay impedimento a que sea contratada. Posteriormente, demande por cesión ilegal.
Hola Alejandro,
Ante todo gracias por toda la información de tu post, pero tengo un caso que al leer todo esto me surge una duda.
Yo soy personal autónomo y tengo un contrato de colaboración (mercantil) con una Contrata para trabajar en la Administración Pública, trabajo en la AP desde hace 3 años como autónomo pero facturo mis servicios a la Contrata, aporto mis medios, tengo una mesa/puesto de trabajo como cualquier funcionario,mismo horario (solo de mañana) desarrollo laborales adicionales a mis funciones, una desventaja que si me quiero ir de vacaciones tengo que descontar de mi factura los días correspondientes a la Contrata.
Mi pregunta es, ¿podría demandar por cesión ilegal? en este caso ¿podría optar por elegir en que empresa quedarme,es decir, la AP?
Hace poco me han comunicado desde la Contrata que me tienen que hacer un contrato laboral con la Contrata y seguir prestando mis servicios en la AP, ¿esto puede beneficiarme?
Gracias de antemano y Un Saludo.
Parece que tu relación mercantil es fraudulenta, y por tanto por eso te tienen que hacer un contrato de trabajo, y pasar a una relación laboral. En caso de cesión ilegal, si que podrías solicitar la condición de indefinido en la AP, pero nunca serías funcionario.
Hola,
Buscando buscando he encontrado este post, es de hace tiempo, pero creo que esáa todo muy bien explicado y es muy explicíto.
Me gustaría comentarles mi situación y saber qué hacer.
Llevo 15 años trabajando para una universidad con contratos de diferentes empresas: es decir, siempre hago el mismo trabajo, pero me han pagado diferentes empresas y nos mueven cada cierto tiempo de contrato de una empresa a otra. Para que no nos tengan que hacer indefinidos (esto era con la legislación antigua).
No soy investigador, es decir, prestamos servicios directamente a la universidad, hacemos las tareas que debería estar haciendo el personal funcionario.
Realizamos tareas cruciales dentro de la universidad, tareas con datos sensibles e importantes, siendo el motor de cambio de la actualización de la universidad mejorando los servicios. en ocasiones decimos a los funcionarios como deben de hacer su trabajo.
Somos unas 25 personas y sólo 2 son personal de la universidad. El director del servicio y otra persona. Para los contratos de los que no somos de la universidad, la universidad suele sacar pliegos para subcontratar parte del servicio y lo han sacado diferentes empresas (las diferentes empresas que me han pagado) o se buscan proyectos u otras argucias para pagarnos.
Cuando hacemos colaboraciones o eventos con otras universidades nos piden que nos identifiquemos como personal de la universidad, de hecho hemos hecho labores de consultoría para otras universidades.
No tenemos ninguna vinculación con la empresa que nos paga, es decir, el sueldo, las vacaciones, los permisos, etc lo rige el director del servicio, cobrando mucho menos, llegando a cobrar menos que lo que paga la empresa subcontratada a sus trabajadores.
Mi puesto de trabajo es siempre el mismo, en instalaciones de la universidad con todos, todos los recursos de la universidad y ninguno de la empresa que nos paga. En ocasiones la empresa que nos paga ni nos conoce.
Yo creo que es una clara cesión ilegal y mi duda es muy concreta: ¿está la universidad obligada a contratarme o está obligada a sacar una plaza de funcionario para desempeñar el trabajo que yo hago?
¿Cómo hacen en otros casos? Mi principal miedo es que si lo denuncio y sacan una plaza, supongo que no me la asignen a mi directamente y hagan todo lo posible para que yo no la saque y no me vuelvan a contratar. De ahí que no haya hecho nada por ahora.
Un saludo y muchas gracias!
Si demanda por cesión ilegal, y se considera que existe, el trabajador podrá solicitar ser considerado indefinido del empleador que él considere oportuno, y en tu caso, de la universidad.
Hola Alejandro!
y en el supuesto de que una persona esté en situación de cesión ilegal y la opción de que te haga fijo la otra empresa no te conviene sino que te perjudica, y prefieres que te despidan, ¿cómo habría que proceder para eso? ¿»amenazar» con la denuncia?
Por si acaso y para que entienda la situación:
2 hoteles como comunidad de titulares, contratan a una empresa para ser su administradora, ésta les provee de contabilidad, un director y un recepcionista que cubra las vacaciones, bajas, etc de los recepcionistas de los propios hoteles (o sea hay recepcionistas con contratos con su hotel, menos el que cubre vacaciones que tiene un contrato con la empresa administradora, y este recepcionista utiliza el mismo puesto de trabajo, claro está que los otros que pertenecen al hotel). Al tener dos hoteles, hay suficiente personal y por tanto suficientes vacaciones para cubrir y así tener a este recepcionista a tiempo completo todo el año, pero sus horarios dependen claro del turno de la persona a la que sustituya, al igual que sus vacaciones que puede coger mientras los otros no cojan vacaciones, porque no habría quién cubrirlos y las órdenes las da el director del hotel, pero que pertenece a la empresa administradora, aunque siempre en nombre de los del hotel.
Si su contrato de indefinido pasa a ser con uno de los hoteles, sobraría una persona cuando no hubieran vacaciones que cubrir, así que habría que reducir las horas del contrato o hacerlo por obra y servicio, no sé, no lo veo como una solución buena, y si contratan los dos hoteles, habría que pagar el pato con hacienda al año siguiente. con esto creo que está claro que es una situación de cesión ilegal… pero parece más conveniente el despido, el caso es ¿cómo se procede cuando es esto lo que se prefiere?
Muchísimas gracias! saludos
Salvo que exista algun incumplimiento contractaul grave por parte del empresario, el trabajador no puede solicitar la extinción de la relación laboral con derecho a indemnización. La «amenaza» de una demanda de cesión ilegal no creo que sirva para que se produzca tal despido, si es lo que quieres, ya que la empresa en dicho caso tiene bastante más que perder.
Gracias por la respuesta. Pero creo que sí existe incumplimiento contractual, en el contrato pone «recepcionista (excepto de hoteles)» cuando el trabajo se realiza en un lugar de explotación turística como recepcionista de hotel, y por otro lado, el puesto de trabajo pone una dirección y se lleva a cabo en otras distintas… tampoco existe ninguna clausula de movilidad. Saludos
Buenas tardes,
un empresario que tiene dos empresas, cada una de un sector, ¿podría usar los trabajadores de la empresa A para sacar adelante un pedido de la empresa B? Sería para algo puntual y luego volverían a su empresa de origen. Gracias por su ayuda. Saludos.
Sí podría, siempre que se respetará el procedimiento y los límites de la movilidad funcional y geográfica si es que lo hubiera. Además en ese caso esas empresas se consideran un grupo de empresas laboral con lo que ello conlleva.
Soy personal estatutario con plaza en propiedad en SACYL (sanidad de castilla y león) desde el año 1990. En el año 2012 construyeron en Burgos un nuevo hospital por el procedimiento de concesión de obra pública. A partir de entonces el servicio al que pertenezco( mantenimiento) a pasado a desempeñarse por la empresa concesionaria. Nos quieren obligar a obedecer a esta empresa ya que dicen que nuestro sueldo se lo descuentan a ella. nosotros no hemos firmado nada que implique cambios en nuestra condición de personal estatutario. A tal extremo hemos llegado que hay dos compañeros a los que han iniciado expediente disciplinario por este motivo
¿Podemos denunciar al Sacyl por cesión de trabajadores públicos a empresas privadas?
¿Conocen jurisprudencia sobre casos similares?
¿Podemos denunciar a nuestros superiores del SACYL por prevaricación?
Buenos días ,me gustaría saber si me puedes resolver unas cuestiones, trabajo para una subcontrata tengo contrato con fin obra cada X tiempo se me da de baja y al tiempo cuando hay trabajo me dan el alta, así llevo casi 5 años, me gustaría saber cuando tengo derecho a que me hagan un contrato indefinido para agarrarme a una posible surrogación en caso de cese de contrato .Y la otra duda es que mi empresa no me paga debería de comentarselo a la empresa que paga a la empresa donde yo trabajo o directamente no tengo nada que hacer .
Hola Alejando,
Navegando por la red buscando respuestas he visto tu blog y quisiera hacerte una consulta.
Trabajo para una multinacional, pero no estoy en su plantilla, esta multinacional cuenta con una empresa de servicios, que a su vez ha contratado a otra empresa de servicios que es la que me paga la nómina. Tengo portátil de empresa, tarjeta de empleado (aunque de un color diferente a los de plantilla), etc.
Bien, la empresa que me contrata (la que me paga la nómina) ha comunicado a la empresa de servicios de la multinacional que quiere prescindir de mi. El hecho de querer prescindir de mi es porque mi multinacional ha cerrado una oficina en otra ciudad, y chicas que había en mi situación, han demandado porque hacían más tareas de las especificadas.
La cuestión es que para evitar posibles futuras demandas, prefieren deshacerse de mi, pero la multinacional me quiere a mi y están buscando a otra empresa que me contrate. De modo que, con la que me paga actualmente voy a tener contrato hasta el 28 de febrero y desde el 1 de marzo será otra empresa la que me contrate.
Ya, desde la empresa de servicios que tiene contratada mi multinacional están buscando alternativas y me han preguntado mis condiciones, para mantener todo igual. Pero… he de esperar algo diferente de la empresa que me contrata en mi última nómina.
Me van a respetar mi antigüedad en la nueva empresa que me contrate y me han pedido un listado súper pormenorizado de las tareas que hago para que todo conste en el contrato.
Gracias, siento que es un caso raro, creo que todo el legal, pero no se.
Buenas Noches
os cuento mi caso, para ver que opinais y si me recomendais algo…
Muchas gracias por adelantado y saludos.
Llevaba desde 2004 trabajando en una subcontrata X para una empresa tecnológica ligada a un gran banco español con gran componente internacional, trabajaba en las instalaciones del banco, con el material del banco ( ej teléfono ), Vacaciones validadas por el banco… incluso parking del banco.
El 30 de Noviembre, esta empresa ligada al banco ( capital100% del banco) me devolvio a mi empresa X, estamos a 5 de Enero y llevo un mes en mi empresa sin trabajo, malas caras, desplantes me han retirado el portátil, eso si me han dado una mesa con un sobremesa xp que le cuesta hasta arrancar, pero claro, sin trabajo… ya me han dicho que están esperando que presente la baja voluntaria por aburrimiento y la verdad estoy a punto de dejarme vencer porque cada día la situación es mas desagradable. Hasta el dia 30 de Noviembre en mi opinión estaba claramente en una situación de cesión ilegal, pero no denuncie por temor. Se puede hacer algo todavía?
La devolución a mi empresa se produjo de una manera muy precipitada, de un dia para otro, por temas de recortes, como el trabajo que hacía no lo pude transicionar me han llamado algún compañero de la empresa ligada al banco indicándome que quizás me subcontraten ( a través de mi empresa x ) de nuevo durante 2 o 3 meses para que transicione el trabajo. Si se da esta situación, aunque no lo veo probable. ¿ cambiaria algo mi situación ¿
Saludos.
Hola Alejandro,
Ya le hice una consulta el 14 de septiembre pasado. Mi empresa, por el momento ha cesado en el empeño de cedernos a la empresa «madre». Pero no para de presionarnos, para el mes de febrero, tienen previsto prejubilar (despidos pactados), a cuatro compañeros de los 18 que somos, 3 por tuno de 5 turnos y 3 relevos para cubrir ausencias. Nuestra jornada es de 9 horas, por lo que acumulamos un exceso de horas que se nos paga en vacaciones por convenio. Según dictamen de la inspección de trabajo, los turnos deben estar cubiertos, o sea, siempre debe de haber 3 por turno. Basándose en una evaluación de riesgos del puesto de trabajo, que hizo una empresa externa, estamos sometidos a fuertes cargas de trabajo y estrés, habiendo picos de sobrecarga de trabajo. Pues ya nos han soltado que no van a cubrir, que cuando falte uno el trabajo lo sacaran los otros dos. También quieren quitar la novena hora de cada jornada y usarla a su antojo haciéndonos ir en días de descanso. Y todo esto con chulerías, diciéndonos que se va a hacer si o si.
Ya les han puesto un par de multas por esto y les da igual. Nos presionan y nos amenazan. Se están saltando el convenio vigente y ninguneándo al inspector de trabajo.
Mi pregunta es: ¿vista la actitud del la empresa y el poco respeto que le tienen al inspector, deberíamos ir a los juzgados a solucionar el tema?
Saludos y Feliz 2015
Llevo mas de 20 años trabajando para una empresa A. La empresa A lleva prestando mas de 40 años servicios a la empresa B.
La empresa B saca a público el servicio realizado por la empresa A durante todos estos años.
La empresa A decide no presentarse y cerrar la empresa con el consiguiente despido objetivo de todos sus trabajadores.
La empresa que obtiene el contrato es una tercera.
Mi pregunta es:¿ Habría un subrogación de todos lo trabajadores ?
¿ Podrían plantear la subrogación para parte de la plantilla?
¿Qué derechos tenemos los trabajadores en esta situación?
Le agradecería enormemente que me pudiera contestar.
Muchas gracias
Existe esa subrogación si así lo exige el convenio colectivo que es de aplicación, por ejemplo en el sector de vigilantes de seguridad viene así recogido, y en muchos de limpieza. Por lo tanto, depende del convenio colectivo.
Hola, mi pregunta es la siguiente.Fui contratada por una subcontrata q prestaba servicios para la Junta de Andalucia en la que estuve durante varias temporadas sustituyendo vacaciones y 2 años y medio en plantilla fija con un contrato por obras y servicio.Mientras trabajaba sustituyendo vacaciones m aplicaban el convenio de empresa que viene en el pliego como al resto de compañeros , pero cuando pase a formar parte de la plantilla y durante 2 años y medio m estuvieron aplicando un convenio regional q tiene esta subcontrata( dandome una excusa tonta y por lo tanto engañandome)Al reclamar a la empresa verbalmente un cambio de situacion ya q habia un trato claramente discriminatorio, coincide con un recorte de horas de la Junta a esta empresa y me hechan ( no afectandome a mi centro de trabajo para nada ese recorte), y repartiendose mi jornada laboral entre compañeras de otro centro .Interpongo demanda a la empresa subcontratada en la cual llegamos a un acuerdo en CMAC ya que mi abogado era un desastre y lo preferi antes de quedarme sin nada .En la cual ellos reconocen el despido improcedente y otra de reclamacion de cantidades por el tiempo pasado con el anterior convenio y me indemnizan ya q no staban dispuestos a admitirme.Todo esto paso en mayo , y en octubre presento demanda en magistratura contra la Junta ya q intento poner en varias ocasiones en su conocimiento lo sucedido y el trato recibido y hacen caso omiso.Y en lo cual interpreto q la Junta tambien tiene parte de responsabilidad .Cree q estoy en lo cierto? Cree q habria una cesion ilegal ?.Ya que yo prestaba servicios en un centro perteneciente a la Junta y con su material , y las vacaciones nos la adjudicaba la subcontrata , pero siempre cuando le venia bien a la Junta para poder cubrir a sus trabajadores en horas libres y vacaciones aunque exactamente no haciamos el mismo trabajo pero si coincidian en algunas cosas.Deberia buscarme un abogado y denunciar independientemente de la denuncia en magistratura?? (Aunque si es asi espero encontrar alguno bueno , porque el anterior , un inepto).Ah , mi centro esta en Huelva .Muchas gracias ppr adelantado.
Al llegar a un acuerdo en el CMAC por la extinción de la relación laboral con una indemnización por despido improcedente, además de la reclamación de cantidades, ya no es posible realizar otro tipo de reclamación sobre la base de la misma relación laboral, porque ya se ha llegado a un acuerdo, en lo que se recoge que el trabajador no tiene nada más que reclamar por dicha relación laboral. Aun para el caso de que la Junta tuviese responsabilidad, ya ha sido asumida por la empresa que te reconoció la improcedencia. Por lo tanto, no encuentro motivos ahora para interponer esa denuncia, ni tampoco que reclamar.
Buenas noches Alejandro.
Llevo trabajando a través de varias subcontratas en la administración desde 2003 ininterrumpidamente hasta 31 Diciembre 2013 .
En febrero 2012 se presenta demanda por cesion , y señalan fecha para octubre 2014, dos años y medio mas tarde.
En enero del presente no se me renueva y termina mi contrato. Se presenta nueva demanda por despido improcedente.
Se acumulan los dos y se celebran juntos, Fallando el juez a mi favor, reconociendo la cesion y el despido.
Y le da al ministerio la opción a indemnizar o a readmitirme, yo quiero la readmisión , pero me quieren indemnizar.
Aun estoy con un recurso aclarativo.
Que puedo hacer ????
Muchisimas gracias
La opción de readmisión o indemnización corresponde siempre al empresario, salvo que el trabajador sea representante de los trabajadores.
La readmisión sólo se produce de forma obligatoria, cuando el despido sea declarado nulo.
.
Vaya…..
y a estas alturas, hay algo que este en mi nano??. podria hacer algo para que se declarase nulo el juicio???
Gracias una vez más.
Hola mi consulta es la siguiente :
trabajo ( trabajábamos ) dentro de las oficinas de una multinacional , los portátiles nos los facilita la mnultinacional , tenemos ( teníamos ) numero de empleado de la multinacional para arrancar el pc en el organigrama de la intranet colgábamos de directores de la multinacional , nos daban instrucciones los empleados de la multinacional , esto es cesion ilegal ???
Gracias
Buenos días Nacho,
Entiendo que estas trabajando para otra empresa, que no es la multinacional, y en dicho caso, son indicios de que se puede considerar cesión ilegal.
Buenos dias Alejandro,
Disculpe mi tardanza en responder.
Trabajo en Algeciras.
El asunto está parado, pero siguen lanzando dardos, amenazas de quitarnos las funciones y realizar ellos nuestro trabajo, que se realiza en su mayor parte por vía informática.
Saludos
Perdonen por mi descuido…
Saludos y gracias
Hola,
Mi empresa, que es líder mundial en el sector del transporte marítimo, quiere que el personal de mi departamento, 18 trabajadores a 5 turnos, 3 por turno más 3 relevos, pasemos a hacer nuestro trabajo + lo que se les antoje, a otra empresa del mismo grupo, pero que no realiza la misma actividad, con sede a 6 kms de donde estamos ubicados actualmente. Lejos del puerto, donde nosotros realizamos actividades de operaciones ligadas directamente al puerto. Nos han propuesto unas condiciones por debajo de las que tenemos y nos quieren sacar de convenio. Con un periodo de prueba de 6 meses, tras los cuales pasaríamos a ser plantilla de esta. Perdiendo todo vínculo con la anterior.
Sutilmente, nos amenazan con llevarse nuestro trabajo si no cedemos, o lo que es lo mismo, dejarnos sin contenido, alegan que hay un proyecto global de centralización y que se va a llevar a cabo si o si. Como medida de presión, han emitido un comunicado al resto de la plantilla, pidiendo voluntarios para incorporarse a la otra empresa, supuestamente para hacer nuestro trabajo.
Ya no es la primera vez que nos presionan para sacarnos de convenio, o cambiarnos las condiciones establecidas en nuestro convenio laboral.
Yo no pienso firmar nada, pues creo que sí no hay voluntariedad por parte de los trabajadores implicados, sería ilegal tanto llevarnos a los trabajadores, como llevarse el trabajo que realizamos.
Ya hemos puesto una denuncia en la inspección de trabajo,
Mi pregunta es: ¿Es ilegal lo que quieren hacer sí no vamos voluntariamente? ¿Se pueden llevar nuestro trabajo a otra empresa, aunque sea del mismo grupo?
Buenos días,
La empresa quiere realizar una modificación sustancial de las condiciones de trabajo. Para ello requieren de causas económicas, técnicas, organizativas y de producción, que deben notificarselas por escrito, siguiendo el procedimiento adecuado.
El procedimiento a seguir variará en función de si nos encontremos ante una modificación individual o de carácter colectivo. Se considera de carácter colectivo la modificación que, en un período de noventa días, afecte al menos a:
Diez trabajadores, en las empresas que ocupen menos de cien trabajadores.
El 10 por ciento del número de trabajadores de la empresa en aquellas que ocupen entre cien y trescientos trabajadores.
Treinta trabajadores, en las empresas que ocupen más de trescientos trabajadores.
La decisión de modificación sustancial de condiciones de trabajo de carácter colectivo deberá ir precedida de un período de consultas con los representantes legales de los trabajadores, de duración no superior a quince días, que versará sobre las causas motivadoras de la decisión empresarial y la posibilidad de evitar o reducir sus efectos, así como sobre las medidas necesarias para atenuar sus consecuencias para los trabajadores afectados. La consulta se llevará a cabo en una única comisión negociadora, si bien, de existir varios centros de trabajo, quedará circunscrita a los centros afectados por el procedimiento. La comisión negociadora estará integrada por un máximo de trece miembros en representación de cada una de las partes.
Se considera de carácter individual la modificación que, en el periodo de referencia establecido, no alcance los umbrales señalados para las modificaciones colectivas. La decisión de modificación sustancial de condiciones de trabajo de carácter individual deberá ser notificada por el empresario al trabajador afectado y a sus representantes legales con una antelación mínima de 15 días a la fecha de su efectividad.
No obstante, mi recomendación es que no firme nada voluntariamente, que sea la empresa la que tenga que hacer esas modificaciones, pro que no creo que exista causa. Una vez notificado impugnar la medida.
¿En qué ciudad trabajas?
Un saludo
Alejandro
Buenas noches
Mi pregunta es la siguiente:
La empresa para la que trabajo quiere subrogar a mi departamento a otra empresa ya que la division a la que pertenezco dentro de la empresa, la han vendido a nivel mundial a dicha empresa, pero no van a subrogar el trabajo que estamos realizando, ya que ese trabajo finaliza en octubre.
Lo que quieren es pasarnos a otra empresa sin tener ningun trabajo para que desempeñemos.
Ademas, la empresa a la que nos quieren subrogar no tiene ninguna sede en España y segun tengo entendido crearon la empresa quince dias antes de la primera fecha prevista para la subrogacion como una SL
Nos dicen que tenemos que elegir si queremos pasar o no y no nos dan mas informacion de que ocurrira si decimos que si o si decimos que no.
El comite no hace absolutamente nada por evitar esa situacion y quiero saber si eso es legal.
Nos dicen que ademas tiene que estar todo el departamento deacuerdo, o todos si o todos no,
quedando los que no queramos a merced de los que digan que si.
Puedo denunciar dicha situacion? en que momento debo hacerlo?
No nos han informado de cual es la fecha prevista para subrogarnos (echo que llevan intentando llevar a cabo desde el mes de mayo) y solo nos dicen que tenemos que decir si o no.
Deduzco por este hecho que la subrogacion no es legal, pues tengo entendido que la subrogacion legalmente realizada es obligatoria.
Gracias
Buenas tardes,
Cuando existe una sucesión de empresa, siempre es obligatoria la subrogación de los trabajadores. El trabajador está obligado a aceptar esa subrogación, pero también tiene derecho a que se le mantengan las condiciones.
En este caso, falta información para aconsejar de una manera más concreta. Por ejemplo, cuando la vendieron no subrogaron a los trabajadores, y en caso negativo como parece ser, que trabajo realizáis ahora.
Un saludo
Alejandro
Hola, yo trabajaba para el ministerio de defensa, varios trabajadores interpusimos la demanda sobre cesión, el caso es que ganamos la cesión ilegal pero los despidos fueron declarados improcedentes con lo que estamos todos en la calle, pero..Mi pregunta es:
¿Si tenemos reconocida la cesión ilegal por qué me deniegan certificado de méritos o algo para acreditar que he trabajado para la administración pública? y ¿puedo solicitar que se cambie mi vida laboral y que aparezca el ministerio en vez de la otra empresa? y ¿conseguiré algo además de perder el tiempo?….Muchísimas gracias por hacer esta página para todos los que estamos más que perdidos entre tanta burocracia y nos sentimos tan indefensos.
Hola, agradecería que me indicaras si esta situación se puede considerar cesión ilegal.
Trabajo en la empresa A ( Gerente, Dueño, X ) y (X) me envia reiteradas veces ha hacer servicios a la empresa B ( mismo Gerente, Dueño, X ).
Muchas gracias y enhorabuena por esta magnífica Web.
Hola Manolo, con la información que nos facilitas no podemos determinar si estamos o no ante una cesión de mano de obra.
En todo caso ¿quién hace las funciones de tu empleador, la empresa A o la B? ¿quién te da órdenes? ¿quién te paga? etc. que prestes servicios en unas instalaciones que no sean de tu empleador, no se traduce de manera inmediata en una cesión de mano de obra. Un saludo
Gracias por la respuesta, en cuanto a tus preguntas…. mi empleador es la empresa A, me paga la empresa A y las ordenes las da X.
Imagino que es más complejo de lo que pensaba, de nuevo gracias por la respuesta.
Buenas,
Según entiendo en la publicación: en caso de que se declare la existencia de cesión ilegal, el salario que corresponde al trabajador que ha optado por integrarse en la empresa es el establecido en el convenio colectivo para otro trabajador del mismo grupo profesional y antigüedad.
Pero si en la empresa cedente o cesionaria donde quiere integrarse el trabajador no tuviera convenio colectivo propio y no existiera esa categoría profesional ¿cómo se establecería dicho salario y categoría profesional?
Un saludo.
Hola,
Como la mayoría de informáticos me encuentro en una situación claramente de cesión ilegal de trabajadores. El trabajo lo desempeño en la empresa A, pero las personas que me dirigen y con las que gestiono las vacaciones, etc pertenecen a la empresa B. Y el contrato lo tengo con la empresa C. Claramente podría denunciar a la empresa B por el motivo que comentaba. La duda que tengo es sobre el salario que podría reclamar en caso de desear incorporarme a dicha empresa (B). ¿En caso que mi salario actual en la empresa C sea superior al convenio colectivo para mi misma categoría podría reclamar mantener mi salario? Si no fuera así no me interesaría denunciar, como es obvio.
Muchas gracias y un saludo.
Hola buenos dias mi caso es el siguiente:
La empresa para la que trabajo fue subcontratada por otra para hacer el mantenimiento de su maquinaria ya que estos no podían por cuestiones de producción, la cosa es que al llegar al centro de trabajo había dos empleados de esa empresa que anteriormente ya se dedicaban al mantenimiento pero al externalizar el servicio no tenia que hacer por lo que su empresa le dijo a la mía que los ponía a su disposición para que les dieran las ordenes pertinentes de trabajo.
la cuestión es que ellos tienen un convenio colectivo muy favorable y sus salario en la m sima categoría que la mía es superior y quisiera saber si yo puedo reclamar que se me aplique el convenio colectivo de ellos o bien existe una cesión ilegal por parte de la empresa que contrato a mi empresa, y por lo tanto seria mi convenio colectivo el que se les tendrá que aplicar a ellos.
Muchas gracias espero que se me haya entendido.
Un cordial saludo
Hola Mateo, el hecho de que trabajadores de la empresa que os ha subcontratado este realizando las mismas funciones que vosotros, es muestra de una posible cesión ilegal, que podría llevar aparejada que seais considerados trabajadores de la otra empresa, y por consiguiente que se os aplique su convenio.
La demanda de cesión ilegal hay que plantearla mientras que la relación laboral esta viva.
Por otra parte la posibilidad de que sin demandar por cesión ilegal te garanticen el pago en atención a la tablas salariales que le son de aplicación a otra empresa, lo veo casi imposible, toda vez que el empleador de estas personas es otro, y por lo tanto no podría considerarse que hay discriminación, y ello sin perjuicio de que si tu empresa os está aplicando un convenio que no procede deberá de corregirse este hecho.
Alejandro
Hola buenas tardes.
Necesitaría opinión sobre un par de puntos en esto de la cesion ilegal.
Un grupo de trabajadores acabamos de ganar una cesion ilegal en primera instacia contra un organismo publico (en nuestro caso, una cesion ilegal al ayuntamiento), y en la sentencia dice que tenemos efectuada la opcion de los actores por ser trabajadores laborales del ayuntamiento.
Como bien dices ( aparte de que van a recurrir al supremo, como se nota que el dinero no es de sus bolsillos), pasariamos a ser laborales indefinidos.
Estan forzados a crear nuestras plazas en el ayuntamiento o nos pueden dejar ahi sin crearlas? puede extinguir nuestro contrato sin haber creado nuestras plazas? o deben cubrirlas ofertandolas? las pueden amortizar sin mas ? ( nos despedirian sin mas, es que ya nos estan amenazando con ello)
Otra cosa que a lo mejor no tiene nada que ver, pero que se esta dando es lo siguiente:
Vamos a realizar una reclamacion de cantidad por el timepo que hemos estado trabajando juntos a laborales del ayuntamiento haciendo lo mismo pero cobrando mucho menos y la pregunta es:
Desde cuando podemos reclamar la diferencia de salario? desde un año antes a la demanda o un año antes a la sentencia? es que no lo tenemos claro y me gustaria tener una segunda opinion referente a ello. Nuestra abogada (pertenece a un sindicato) dice desde la sentencia y a nosostros nos extraña.
Ante todo darte las gracias de antemano y un cordial saludo.
Hola RCC, el ayuntamiento debe de daros ocupación efectiva en el puesto en el que estas asignados, y como bien dices seríais trabajadores laborales indefinidos, pero ojo no funcionarios, por lo que podrían despediros.
En relación a la reclamación de cantidad, el plazo de caducidad es de una año, dado que la presentación de la reclamación por despido es independiente de la reclamación de cantidad, toda vez que una no obstaría la presentación de la otra, a mi entender es de una año desde que la presentéis, ni de la sentencia ni del despido, así que os recomiendo que la presentéis cuanto antes.
Si necesitais abogados nosotros podemos recomendaros a uno de vuestra zona de confianza.
Alejandro
Hola, soy estudiante de Derecho y tengo una duda sobre la cesión ilegal.
el caso es:
Los trabajadores que venían trabajando para la empresa A por cuenta de la empresa B, empresa que tiene por objeto la actividad de transporte, tanto de carga completa como de carga fraccionada.
Los trabajadores realizaban sus funciones en las instalaciones de la empresa A, conduciendo camiones propiedad de esta empresa y sometidos a las condiciones de trabajo establecidas en la misma, recibiendo órdenes directas de los mandos de esta, siendo retribuidos por la empresa B de acuerdo con los salarios establecidos en la empresa A.
¿se aceptaria demanda por parte de los trabajadores contra dichas empresas por estimar que se había producido un supuesto de cesión ilegal?
Gracias,
un saludo
María hay que trabajar más y solventar las dudas mediante el esfuerzo,sacrificio y trabajo.
Att: Tu profesor.
Buenas tardes,
Por explicar ligeramente mi situación diré que acaban de despedirme mediante despido disciplinario de una empresa en la que llevaba 12 años. El tema, además de que el despido es claramente un lavado de cara, es que me he dado cuenta de que la empresa en la que he estado trabajando los últimos 5 años no es la que me despide, ya que mi contrato es de otra.
En breve tengo la conciliación, pero me gustaría saber si pueden haber incurrido en alguna ilegalidad y las repercusiones que pudiera tener para la empresa.
Ambas empresas pertenecen ahora a un grupo.
Buenas!
Llevo trabajando 5 años para una empresa A (informatica), pero, realmente, mi trabajo se desempeña en otra empresa B, con sus medio (desde los ordenadores, hasta el papel) ni siquiera se donde estan fisicamente las oficinas de «mi» empresa, incluso, cuando hice la entrevista de trabajo, unicamente ha hice en la empresa B.
Mis vacaciones, las consesuo con persona de otras empresas y las supervisa gente de la empresa B. (como casi todos los informaticos hoy en dia)
En ningun momento se me ha echado ni mucho menos, es mas, sigo trabajando todavia en la empresa A, pero para la empresa B y en la sede de la empresa B y sin que haya ningun tipo de movimiento.
Que creeis que puedo conseguir? Podria de alguna manera «apretar» a la empresa B para que me contrate directamente? (es evidente, que ni los sueldos, ni las condiciones ni nada de nada de la Empresa A tiene nada que ver con la empresa B)
Muchisimas Gracias!
P.d.: Estoy dispuesto a llegar a los tribunales si fuese necesario.
Hola Antoñito,
Al a vista de tu situación es evidente que tu situación se podría catalogar como de cesión ilegal de trabajadores. Si estás dispuesto a llegar a los tribunales acude a un abogado laboralista y demanda a tu empresa.
Un saludo
Alejandro
Hola, estoy casi seguro de estar en esa situación pero no se muy bien los efectos que pueda tener una demanda y si es mejor demandar o llevar el caso a la inspección de trabajo. Expongo el caso:
1) Estoy contratado por una empresa A que sólo se encarga de pagarme, el salario base y las dietas correpondientes. Estas se les envían todos los meses a la empresa A y ella después de contrastarlos con la empresa B me los incluye en la nómina.
2) Todas las ordenes las recibo a traves de la empresa B.
3) Todo el material con el que trabajo es propiedad de la empresa B.
4) Los turnos y horarios que realizo no son los que figuran en mi contrato si no los correspondientes a los trabajadores de la empresa B.
5) Aún sin tener ningún documento me acredite como tal ,siempre que es necesario, lo hago como trabajador de la empresa B.
Además la empresa A no dispone del material necesario para realizar mi labor, he sido desplazado geográficamente para desarrollar mi trabajo, mi salario y condiciones (vacaciones, salario base, horas extra, economato, pluses…) son diferentes y muuuuuy inferiores a los de los trabajadores de la empresa B y seguro que hay más.
Ahora la situación es ya insostenible (por poner un ejemplo llevamos 4 años sin vacaciones) Mis dudas son:
1) Es posible denunciar y seguir trabajando. (Siendo realistas quiero decir con «es posible»)
2) Se puede reclamar la diferencia salarial con mis compañeros reales de estos 4 años. Y las vacaciones y demás.
3) Mejor abogado o inspección de trabajo. ¿Tal vez ambos a la vez?
Menudo toston me ha quedado. Consultaré con un abogado de todas formas pero es por ir haciendome una idea (ah, es que además de todo lo anterior, practicamente todos los dias de trabajo los paso integros, desde que amanece hasta que me echo en el hotel, fuera de la provincia en la que esta mi centro de trabajo y mi casa, como es el caso en este momento)
Muchas gracias por contestar y por el artículo que me despejó muchas dudas.
Hola Juan,
La inspección no pueden determinar que hay cesión ilegal, eso es sólo competencia de los tribunales. No obstante, si considera que hay cesión ilegal puede «recomendar» a la empresa que regularice al trabajador ya que puede demandar de oficio y elevar la cuestión a los tribunales.
En caso de acudir a la inspección de trabajo no de su nombre. Muchas veces el inspector tiene en su oficina la denuncia con la indicación de la persona denunciante, y puede que en un descuido tus jefes observen el denunciante.
En cuanto a la reclamación de cantidades por la diferencia salarial, éstas sólo podrán ser reclamadas las del último año.
Una vez demandadas a las empresas por cesión ilegal, y demostrada la existencia de la misma usted puede solicitar ser considerado trabajador indefinido en la empresa que usted desee, A o B.
Las posibilidades de permanecer en la empresa dependerá de la situación de la misma, ya que siempre podrá ser despedido si existen causas objetivas para ello, con la correspondiente indemnización. O si la empresa quiere, y no existe causa justificativa, despedirle con despido improcedente y abonandole la máxima indemnización que contempla nuestro ordenamiento.
Como conclusión, y ya dando una opinión personal, dependerá de la empresa y del tamaño de la misma de que usted permanezca o no en la empresa, y de las posibles «represalias» que pueda tomar. Así que habría que analizar el comportamiento que ha tenido la empresa en situaciones similares.
Un saludo
Alejandro Aradas
Buenas tardes.
Mi caso es el siguiente. Me encuentro trabajando para una subcontrata que presta servicios a una Operadora móvil que tiene como cliente a la Junta de Andalucía.
Mi caso no es que nos quieran despedir pero existen multitudes de situaciones que pensamos que podrían estar incurriendo en una cesión ilegal de trabajadores.
Lo primero es que nosotros desde la firma del contrato no sabemos mas de la subcontrata que el ingreso de la nomina que nos efectúan cada mes.
Todas las herramientas software que utilizamos para efectuar nuestro trabajo y por las que nos llegan las incidencias son de la Junta o de la Operadora móvil, ninguna herramienta por parte de nuestra subcontrata excepto 3 o 4 ordenadores físicos.
A nosotros no nos encomienda las labores nuestra empresa sino los service manager de la Junta o los de la operadora móvil, teniendo que asumir como parte de nuestro trabajo labores que la propia operadora tiene subcontratada a una empresa aparte de telemarketing.
Somos el único departamento que trabaja 24h al día por 365 días al año y aprovechan que otros departamentos pertenecientes a otras empresas están saturados para saturar el nuestro durante las noches y los fines de semanas.
Esto es solo una parte de lo que nos ocurre, sin contar que a principios de año nos quitaron casi 100€ de la nomina para ponerlos como plus de transporte y así reducir la base de cotización.
Que trabajemos turnos continuos de 12 horas los fines de semana sin descansos ni pausas para el cafe.
Me gustaría que me dierais vuestra opinión de si esto es denunciable.
Hola JRC,
Con los datos que nos proporcionas, tu situación es claramente irregular.
respecto a la cesión ilegal tienes dos opciones:
1.- Demandar mientras la relación laboral está viva, para solicitar que la empresa que tu verdadero empleador es otro.
2.- En caso de despido, deberías demandar indicando la existencia de una cesión ilegal a fin de que se te considere la improcedencia del despido.
Por otro lado, también es irregular, con carácter general, los turnos continuos de 12 horas.
Mi consejo, y ante la necesidad para la demanda de un abogado que te asista en sala, es que acudas a él directamente.
Un saludo
Alejandro Aradas
Muchisimas gracias Alejandro. Eres abogado ? Como puedo contactar contigo ?
Hola Jrc,
Soy abogado, pero resido en A Coruña. Como indicaste que tu cliente es la Junta de Andalucía, presumí que la empresa también está ubicada en dicha Comunidad Autónoma.
En cualquier caso, nosotros tenemos un servicio online de consultoría y asesoría jurídica en Cuestiones Derecho, pero que para esta situación en la que vas a necesitar un abogado presencial es mejor acudir a él directamente y, así, no incurrir en el doble gasto de que estudiemos nosotros el caso y luego el abogado que te lo lleve.
Un saludo
Alejandro Aradas
Buenas, considero que vivo actualmente esa situación.
Llevo cerca de 6 años trabajando en una empresa que presta servicios a la Junta de Andalucía. De esos 6 años he pasado por 3 empresas distintas. La empresa que gana el proyecto de adjudicación, una vez firmado el contrato, no vuelve a verme el pelo. Trabajo en las oficinas del cliente, con el horario del cliente, vacaciones… y bajo las órdenes del mismo. Ahora, parece que no van a contar más conmigo… y claro, me van a despedir con un finiquito de 2 años por obra y servicio… y no por los casi seis años que llevo aquí.
¿Es denunciable mi situación? ¿a quién debo denunciar? ¿cuánto puede durar el proceso?
Gracias
Hola DST,
Aunque en un principio parece ser un caso de cesión ilegal, con los datos facilitados no se puede saber con certeza. En cualquier caso, intento responder a las dudas que me planteas.
En primer lugar sí es demandable tu situación. Habría que analizar el pliego de condiciones de la adjudicación.
En segundo lugar denuncia a la empresas con la que tienes ahora mismo una relación laboral y además a la Junta. No obstante no me ha quedado del todo claro las empresas en juego.
En tercer lugar desconozco cómo de saturado esta el sistema judicial en Andalucía, y si van a existir recursos a las posibles sentencias, así que como ves, depende de varios factores la duración. Por indicar una duración, un año tranquilamente.
Un saludo
Alejandro Aradas
Buenas tardes !
Trabaje en empresa de venta de coche durante 11 años como limpiadora.mi empresa decidió externalizar el servicio de limpieza según elmart 44 ET.Pero la empresa sigue funcionando. Me pasaron a la empresa de limpieza .Me tenía que pedir consentimiento?pregunto por que me parece raro .todo esto lo hizo para quitarme del medio por varias quejas mías después de tener mi hijo.estuve de baja por ansiedad por todo lo que sufría en la antigua empresa.la nueva empresa tarda en pagar el sueldo,no me da las nominas ,me dieron de alta tarde a la seguridad social y estoy descubierta con días de cotizacion.cuando me incorporo el ex jefe me da orden que oare de trabajar.recibo llamada de la actual jefa mandándome de vacaciones forzadas. Me niego si no me las da por escrito.me mandan por escrito que el día siguiente entro en vacaciones 15 días.y que también me vaya para mi casa el mismo día que me lo haga igual.me niego y le digo que si no me da por escrito será abandono de trabajo.al final seguiré mi jornada.cuando llega al medio día a este centro hablamos sobre varias cosas donde resulta que ella no savia mi horario .ya son 5 meses desde que hicieron la surogacion. Indico que desoues de hacer este cambio mi antigua empresa no aportó ningún documento mío.y me salto en la seguridad social que estoy con media jornada.tuve to que hablar con mi abogado para rectificar todo esto.la antigua empresa no les aportaron ni nominas ni cuenta bancarias,ni contratos,reduccion de jornada.
Demande a la nueva empresa por falta de nomonas,tardanza de pago de sueldo,vacaciones forzadas.
La semana pasada recibo burofax con cambio de centro en otra localidad .este cambio me supone un tiempo te 4 horas de transporte público.tengo jornada partida de 7 horas(reducir una diaria por guarda legal).en mi contrato lo dice claro que mi trabajo es donde he tenido el contrato durante 11 años.se considera translado si sobrepasa 25%el trayecto del la jornada laboral?
Tuve juicio por tema vacaciones y no se presentonpor no estar citada.volvemos esta semana con el juicio.
Hace dos días recibo por burofax admonestacion falta grave mintiendo todo .claro que la voy a impugnar.y también del translado .
Mi principal pregunta es si puedo hacer algo referente a este cesion,la antigua empresa existe en el mismo centro.
Todo lo que me pasa es nada más lo que ordena el jefe de la primera empresa a la nueva para marcharme voluntariamente.
Puedo denunciar esta cesión?
Faltaba mi consentimiento para pasar a la nueva?
Muchas gracias y espero recibir una respuesta lo antes posible!
Es una cuestión amplia que habría que revisar toda la situación. Además, teniendo abogado que conoce más el caso en profundidad, por prudencia y respeto al trabajo de mi compañero, no te puedo responder. Lo mejor es que lo hables todo con el.