Qué costes puede tener un juicio laboral
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El coste de demandar a la empresa
En comparación con otro tipo de procedimientos judiciales, demandar al empresario en España no es caro, de hecho puede ser gratis.
De manera resumida, es barato por que no es necesario abogado, graduado social o procurador, ya que los trabajadores pueden demandar por si solos a la empresa y no se paga ningún tipo de tasas.
Además, por otro lado, salvo casos muy excepcionales, no existe la condena en costas.
Es decir, en caso de que no estimen la demanda y perdamos el procedimiento, no nos condenarán a pagar el abogado que ha defendido a la empresa.
Por lo tanto, el coste puede ser cero, si el trabajador presenta la demanda por si sólo.
De todos modos, en mi opinión, es recomendable ir asesorado de un abogado para una defensa de los derechos , ya que no sólo es importante tener la razón, sino saber demostrarla siguiendo el procedimiento adecuado dentro de los plazos establecidos para ello.
En cualquier caso, la posibilidad de ir sin abogado es sólo en primera instancia, ya que en caso de que perdamos el primer juicio y queramos presentar un recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia o posteriormente uno de casación ante el Tribunal Supremo será necesario la representación por medio de abogado.
Las opciones de viabilidad de estos dos recursos depende especialmente de los hechos probados en el primer juicio, y por ello, es de vital importancia que la reclamación inicial sea correcta.
¿Cuánto suele cobrar un abogado o un sindicato?
No existe una tarifa fija, y cada uno es libre de fijar los honorarios que estime convenientes.
Normalmente, el coste del procedimiento suele incluir un coste fijo más uno variable.
No obstante, existen algunos abogados o despachos que empiezan a cobrar sólo en caso de que existe un resultado positivo en el procedimiento, cobrando normalmente en este caso un porcentaje más elevado que si existiera un coste fijo.
Por ejemplo, la mayoría de los procedimiento (despido, accidentes de trabajo, reclamación de derecho o cantidad) es necesario presentar previamente una papeleta de conciliación laboral y posteriormente una demanda, el coste por dicho procedimiento suele estar entre los 300 – 800 €, además un importe variable que suele rondar entre el 7% y el 15 %, todo ello incrementado con el IVA correspondiente del 21% actualmente.
Hay que tener en cuenta que este es un coste aproximado que puede variar en función de la complejidad del caso y de la cantidad a reclamar, ya que en función de la misma depende la responsabilidad que asume el letrado.
Por otro lado, en el caso de la solicitud de una incapacidad permanente, el abogado suele percibir unas dos o tres mensualidades de la pensión como importe variable, más un coste fijo que oscila bastante entre los diferentes despachos.
Además, en ocasiones se cuenta con el informe de un perito médico cuyo coste suelen rondar los 900 €, en los que se incluye la defensa de dicho informe en la vista del procedimiento.
Es importante aclarar que estos precios son orientativos y las cuantías indicadas son las tarifas que suele encontrarme día a día y las que yo aplico en A Coruña, pero por supuesto hay abogados que cobran más y otros que cobran menos, ya que también es importante valorar la complejidad del caso y la cuantía que se va a obtener en el procedimiento.
¿Tengo derecho a un abogado de oficio?
Por el hecho de ser trabajador o percibir una prestación de la Seguridad Social se tiene derecho a un abogado de oficio.
Pero que sea de oficio no quiere decir que éste sea gratuito.
El abogado puede cobrar, en caso de que se estime la demanda hasta un máximo de una tercera parte de lo que se haya obtenido en el procedimiento.
Por lo tanto, puede ser más caro un abogado de oficio que uno que escogemos nosotros, toda vez que el abogado de oficio, sin poner en duda su valía, viene impuesto y no puede ser escogido por el trabajador ni negociar el presupuesto.
¿No existe la condena en costas en el procedimiento laboral?
No, aunque sí podrá ser condenada una multa por temeridad.
Existen dos sanciones diferentes que se pueden imponer; la condena en costas y una multa por temeridad.
En este sentido, el artículo 97 de la Ley reguladora de la jurisdicción social indica que:
La sentencia, motivadamente, podrá imponer al litigante que obró de mala fe o con temeridad, así como al que no acudió al acto de conciliación injustificadamente, una sanción pecuniaria dentro de los límites que se fijan en el apartado 4 del artículo 75. En tales casos, y cuando el condenado fuera el empresario, deberá abonar también los honorarios de los abogados y graduados sociales de la parte contraria que hubieren intervenido, hasta el límite de seiscientos euros.
En primer lugar, la condena en costas significa que aquella parte que haya «perdido» el juicio tiene que pagar las costas del procedimiento. Costas que suelen ser los honorarios de la parte contraria.
Es decir, que si hay una condena en costas, no sólo tienes que pagar la minuta acordada con tu abogado, sino la de la parte contraria.
En segundo lugar, puede existir una condena por temeridad, que es una cuantía que se abona a la administración.
No obstante, la persona trabajadora nunca podrá ser condenada en costas, ya que el citado artículo 97 lo limita a los empresarios, tal y como ha establecido la jurisprudencia, a modo de ejemplo la Sentencia del Tribunal Supremo de 28 de febrero de 2018.
Ahora bien, sí que podrá ser condenada a una multa por temeridad, cuyos límites vienen establecidos por el apartado 4 del artículo 75, estableciendo que la «multa que podrá oscilar de ciento ochenta a seis mil euros, sin que en ningún caso pueda superar la cuantía de la tercera parte del litigio.»
Por ejemplo, la sentencia de fecha de 31 de octubre de 2019 del Tribunal Superior de Justicia de Madrid que condena a 6.000 euros que multa por temeridad a una trabajadora que demando a una empresa con la que ya no tenía relación laboral desde hace tres años y de la cual había sido administradora.
Por otro lado, el empresario sí que puede ser condenado a costas con el límite de 600 € cuando exista mala fe o temeridad, o cuando no acuda al acto de conciliación.
En consecuencia, la persona trabajadora sólo puede ser condenada a una multa por temeridad y mala fe, por otra parte, el empresario puede ser condenado en costas o multa cuando no acude al acto de conciliación laboral o existe mala fe o temeridad por su parte.
En cualquier caso, si quieres más información te recomiendo este artículo donde amplia esta cuestión.
Costas en el recurso de suplicación y casación
Cuando indicamos que la condena en costas es algo excepcional en el orden laboral siempre se hace referencia a la primera instancia, toda vez que en el recurso de suplicación o casación sí que existe la condena en costas a la empresa.
Conviene volver a reiterar, que la persona trabajadora no puede ser condenada en costas en este tipo de recursos.
El artículo 235 de la LRJS establece que la sentencia impondrá las costas a la empresa estableciendo unas cuantías máximas de mil doscientos euros en recurso de suplicación y de mil ochocientos euros en recurso de casación.
Esta condena en costas se impondrá cuando la empresa impugne una sentencia que le había sido desfavorable en primera instancia y sea desestimado íntegramente el recurso presentado.
Deducir en el IRPF el coste de la defensa jurídica
Una cuestión muy importante es que los costes asociados por demandar a la empresa son deducibles fiscalmente en nuestra declaración del IRPF con un límite máximo anual de 300 €.
Esos importes se deducen el año en que se pagan, independiente de que se haya finalizado el procedimiento o de que se haya ganado o perdido.
Buenas tardes, mi despido se produjo a finales de 2022, pero el fin del procedimiento y el pago de la factura al abogado laboralista ha sido ya en 2023. ¿Puedo deducir los gastos en la Renta 2022 ahora o debo esperar al año que viene, a la Renta 2023?
Muchas gracias. Un saludo.
Entiendo que depende de la fecha de la factura.
Hola Alejandro:
En primer lugar, muchísimas gracias por la atención, nos ayuda y nos tranquiliza mucho. Quería comentar: han despedido a mi mujer por consultar material de recursos humanos (excel con subidas de sueldo y nóminas de trabajadores de la empresa), alegando que es una falta grave. Material público y disponible, consultado desde su ordenador de trabajo, sin contraseñas ni restricciones de ningún tipo. La echan sin finiquito, pero con el paro. Además, justo volvía de una baja por ansiedad de 5 o 6 meses. ¿Tenemos alguna opción si vamos a juicio?
Depende del contexto, la responsabilidad que tenía, lo que venga en la carta de despido, el procedimiento que exige el convenio para el despido disciplinario…
Buenos días , causé baja voluntaria en mi empresa un 17 de diciembre , cobrando dos semanas de vacaciones que no pude disfrutar . Tenemos un bonus que se cobra en marzo donde al parecer hay una cláusula que te obliga a finalizar el año para poder cobrarla . Cuando me fui , me comentaron que cobraría la parte proporcional y nunca sucedió. He ido a un abogado que me comentó que se podía reclamar la cantidad , ahora , con el juicio a una semana, me dice que no lo ve claro … qué puedo hacer ? Tengo que presentarme igualmente? Si pierdo , tendré que pagar las costas / abogado que se supone que solo me cobraría si lo ganaba (por eso me decidí a demandar ?) muchas gracias
No existen costas, sólo lo que hayas acordado con el abogado, que si va a éxito no pierdes nada por ir al juicio.
Hola Alejandro,
El 31 de agosto 30 minutos antes de finalizar mi jornada me comunicaron mi despido «por faltas disciplinarias graves» y la verdad nada de lo que pone en la carta es cierto. Me acusan de causar ataques de ansiedad a mis compañeros e incluso al propio CEO de la compañía, además de diferentes faltas de respeto a mis compañeros con los que siempre he tenido buena relación.
A parte de esto, el 10 de Julio terminó mi periodo de prueba de 6 meses. El 24 de julio tomé vacaciones porque me casaba el día 31 y no volví hasta el 22 de agosto.
En el finiquito me han incluido el pago de los días por matrimonio que no había llegado a pedir.
He hablado con varios abogados y me han dicho que este despido se podría considerar como nulo, por el tema del matrimonio religioso. Me podrías dar tu punto de vista?
Esta semana tengo la conciliación y mi abogada no lo termina de ver claro.
Además, en este tiempo he sabido que la empresa está realmente mal en ventas, por lo que sospecho que como fui una de las últimas personas en entrar, puedo ser «la más barata de despedir», pero en este caso no entiendo que me hayan hecho despido disciplinario diciendo todas estas mentiras y que están calumniando y difamando contra mí, (después de mi despido se mandó un mail a todas los empleados dando a entender que soy un peligro para la empresa).
La empresa podría cambiar el motivo de despido alegando problemas económicos?
No, la empresa no puede cambiar las causas del despido. Veo complicado el despido nulo por el hecho de existir un matrimonio previo, aunque es cierto que existe una sentencia que lo ha considerado nulo, pero en mi opinión es la excepción.
Gracias por tu respuesta.
Lo que es muy complicado de entender es que mi periodo de prueba acabara el día 10 de julio y trabajase hasta el 25 y después vuelvo de vacaciones y me despidan por motivos absolutamente falsos anteriores a ese 10 de julio.
Desde su punto de vista, que tendría que hacer en la conciliación? Si no me paro en este punto y intento ir más lejos qué gastos tendría que estar dispuesta a asumir? Antes de «el juicio» la empresa podría hacer otra oferta?
Gracias
Teniendo ya una abogada, por respeto a su trabajo, debes preguntarle a ella ese tipo de cuestiones sobre que hacer o no en conciliación, así como los gastos que te supondría el juicio que sería lo que acordaras con ella.
Buenos días Alejandro,estoy de baja por ansiedad debido por acoso laboral,entre otras muchas cosas destacar que he podido obtener conversaciónes de uno de mis jefes que a su vez es el dueño de la empresa hablando sexualmente sobre mí y otras mujeres que traían el currículum ,,,lo único que lo he sacado de un chat que mantuvo con mi coordinador,,, sé que esto que hice puede ser ilegal pero estaba desesperada buscando pruebas,, además últimamente como no he querido acceder a hacer más horas de lo establecido en mi contrato han empezado las amenazas entre otras presiones.
Podría presentar esa prueba si voy a juicio o podría meterme en problemas por haber entrado en un chat sin autorización?
Gracias por lo que haces,un saludo….Eva
Habría que ver en profundidad para saber si es o no legal esa conversación, pero si no has participado en ella, en principio, lo veo complicado.
Buenos días, Alejandro:
Me han despedido por falta grave hace una semana. Iré al SMAC a reclamar la improcedencia del despido.
Dicho esto, en el último año, incluido el mes del despido, he tenido cuatro sueldos brutos, de 1000€ (1 mes), 1150€ (5 meses), 1200€ (5 meses) y 550€ de los 14 días trabajados en julio: ¿qué cantidad he de tener en cuenta para calcular la indemnización por despido improcedente…?
… ¿O simplemente he de calcularla a partir de la suma de esas 11 mensualidades y los días trabajados en julio?
Gracias por adelantado.
Habría que ver la causa de esas diferencias de salario, pero, en principio, se cogería el mes del despido con el salario que correspondería si hubieras trabajado todo el mes, es decir algo más de 1.100 euros en tu caso.
Genial, Alejandro.
El despido ha sido el 14 de julio. El mes anterior (en realidad, desde febrero de 2022) mi sueldo ha ascendido a 1202€ brutos. La diferencia de salarios brutos corresponde a las subidas del SMI.
Entiendo, por lo que comentas, que para calcular la indemnización la cuenta sería: 1.202*12/365=39,51€ (sueldo diario)… 39,51*17 meses de antiguedad*2,75=1.847€.
¿Sería correcto…? Mil gracias.
Sí. Puedes utilizar mi calculadora para saberlo exacto.
Hola,
Tenia acuerdo con mi abogado de un fijo más un % sobre lo ganado. Si al final no hay juicio, porque la empresa hace una oferta previa y yo acepto. Tengo que pagar al abogado el % ? O si no hay juicio, el % sobre lo recibido no se paga?
Depende de lo acordado con el abogado, normalmente el porcentaje se abona sobre lo obtenido del procedimiento, ya sea con juicio o con acuerdo previo antes del juicio, cuestión que es frecuente en un procedimiento laboral.
Buenos dias, respecto a este tema que comenta Ana, si al final no hay juicio por que la empresa se declara insolvente y se va al Fogasa, hay que abonar al abogado el % pactado por el proceso aunque este nunca se haya realizado (no juicio, no acto de conciliacion). En el contrato firmado con el no se expecifica este tramite. Por otro lado, el abogado esta muy interesado en tramitar los papeles del Fogasa poniendose como representante, pero puedo yo realizar este tramite ya que tengo todos los papeles. ¿no?.
Por otro lado, el juicio tiene fecha prevista para el proximo año (la empresa esta declarada en concurso de acreedores y el acreedor ha reconocido la deuda para ir al Fogasa), es necesario retirar la demanda y presentar los papeles al Fogasa. ¿es el abodago que ha interpuesto esta demanda el que tiene que retirarla a peticion mia?.
Muchas gracias.
El administrador concursal puede que no realice el informe para acudir al FOGASA si se mantiene la demanda, aunque por lo que comentas ya lo ha hecho. Respecto a la otra cuestión, depende de lo acordado con el abogado.
Buenas. Cuando firme mi contrato el año pasado acordamos por escrito un salario bruto + 6000 euros de variable.
En todo el 2021 no me presentaron que tenía que hacer para conseguir el 100% o un porcentaje de ese variable. Es más al pedírselo a mi jefe , se echo a reír, diciendo que en esta empresa no existía tal variable.
Puedo reclamarlo ahora que me marcho de la empresa ??
Si puedes acreditar que pactaste esos 6000 € de variable, hay base para reclamarlo. Te recomiendo que leas este artículo.
Hola Alejandro,
Estoy de baja por depresion laboral y antes de estar de baja mi jefe tardaba mucho en pagarme,es decir me tenia que pagar el dia 5 y me pagaba el dia 24,25 cuando a el le daba las ganas y este mes me dijo que no sabe si me podra pagar..se puede denunciar ? Tendre esperanza de ganar el juicio?
Habría que ver que es lo que quieres reclamar judicialmente.
Buenas tardes, he conseguido el despido nulo con la reincorporación a mi trabajo y deben pagarme los salarios de tramitación, el abogado me dijo que me cobraría el 10% de los salarios … ahora cuando ha ido a emitirse la factura me solicita además del 10% de los salarios me suma tb un importe por indemnización improcedente, a mi no me han dado nada ya que no ha sido improcedente, he intentado explicarle que como me solicita dinero de un improcedente que yo no he cobrado y me indica que si debo pagarle también. Me puedes indicar? Me parece una tomadura de pelo . Gracuas
Me puedes decir que es una denuncia por la vía laboral
no se si se refiere a una denuncia ante la inspección de trabajo.
Hola! Me ha subrogado una empresa en cuya hoja de subrogación pone que me respetan los derechos adquiridos con la empresa anterior, no obstante, cuando les comunico que yo hago turno de mañana, me dicen que no me lo van a respetar a no ser que lo tenga por escrito. Le pido un certificado a la empresa anterior y me lo manda con las condiciones que ellos me contrataron aún no viéndose reflejadas en contrato y la empresa me dice que no dan por válido el documento. No sé si es legal o no. Porque me quieren cambiar el horario cuando siempre he estado de turno de mañana y no puedo hacer el turno de tarde ya que tengo menores a mi cargo a los que tengo que atender por la tarde. Les expongo el problema y me dicen que en ningún caso me lo van a respetar.
Es legal? Podría denunciarlos o pedir el despido por cambio de condiciones?
Gracias
Habría que ver la jornada que te imponen ahora para saber si es una modificación sustancial o no de las condiciones de trabajo. ¿No existen otros trabajadores que puedan acreditar el horario? ¿El registro de jornada?
Si! Todos los compañeros pueden corroborar que yo siempre he hecho esa jornada, supongo que será sustancial, ya que paso de un horario de 8-15:30, a rotar con horario de 13-20. Lo malo es que nunca nos dieron cuadrantes ni nada con la empresa anterior
Buenas dias tengo que presentarme juicio por darme de baja sin notificacion ninguna y el dueño es pakistani y ya no esta aqui asi que mi abogado le reclamara la cuantia mas los 600 de multa si no se presentan si eso es asi yo cobrare de fogasa los 600 euros de multa si no se presentan quien los paga.
Muchas gracias.
No, el FOGASA no abona costas. Si no las abona el empresario, nadie los paga.
Buenas,
Hay forma de poner reclamación judicial contra alta de mutua y confirmada por INSS sin necesidad de abogado?
En caso de poner la reclamación hay que incorporarse al puesto de trabajo?
Si puedes ponerla sin necesidad de abogado.
Hola,
He realizado una reclamación de cantidad a mi empresa por las horas extra trabajadas. La empresa no realiza el registro de horas. Solo con esto ya podría ganar el juicio o bien si mis compañeros vienen como testigos en mi contra daría igual que la empresa pese a que es obligatorio no haya llevado el control de registro/fichaje? Por otro lado también les he reclamado las vacaciones pese a que me las pagaron (cosa que no pueden demostrar ya que legalmente no es posible pagar las vacaciones). En este caso también prevalecerían los testigos ya que mis compañeros tienen constancia de que me pagaron.
Gracias
La valoración de la prueba depende del juez, el que no tenga registro no quiere decir de manera automática que la demanda vaya a prosperar, sino que dependerá de las otras pruebas, lo que declaren los compañeros u otros testigos…
Hola Alejandro,
mi empresa me despidió el mes pasado con una indemnización de 20 días por año un máximo de 12 mensualidades, el abogado que me ha llevado la demanda me pide un 10% de lo que me pagaron y otro 10% de lo que se sacó de más en el juicio, es legal que quiera cobrarme de lo que ya me pagaron antes de contratarle?
gracias.
Depende de lo acordado entre las partes.
mui buenas. tengo una duda sobre mi despacho de abogados contratados.demande a mi empresa con 1-reclamacion de cantidades y 2-despido inprocedente.el despacho me hizo un estudio y me dijo que se podia reclamar la cantidad de 11.786€ segun la ley.firme un contrato con el despacho para reclamar dicha cantidad.abonando yo ambas demandas,estudio y todos los gastos del proceso,y unos honorarios para el despacho del 15%+i.v.a de la cantidad.llegamos a un acuerdo en sede judicial por la cantidad de 9500€ netos.ahora el despacho se a cocbrado el 15%+ i.v.a de la cantidad reclamada y no de la cantidad acordada.
eso es legal aunque este por contrato? me cobran el %+ i.v.a de una cantidad que no se a alcanzado,la cual yo no consumo y tengo ke pagar ese i.v.a?
gracias.
Se paga en función de lo acordado con el despacho.
Hola! Tengo que presentar demanda de reclamación de cantidad de la parte variable de mi salario que tenía que haberse abonado el pasado 30 de abril de 2020. Sé que el plazo es de 1 año desde que me tenían que haber hecho el pago que se cumpliría el 30 de abril de 2021. No obstante al haberse suspendido los plazos procesales del 14 de marzo al 4 de junio de 2020, entiendo que aplicando esta suspensión el plazo para hacer la reclamación finalizaría el 4 de junio de 2021, es correcto? Muchas gracias de antemano
En mi opinión sí, pero no forzaría y presentaría la demanda antes.
Hola,
La semana pasada me despidieron con un despido objetivo por causas económicas, estando todavía en ERTE Etop por Covid. La indemnización ha sido de 22 días por año, pero no estoy conforme, entiendo que debería ser a 33 días como si fuera improcedente, según el artículo 2 del Real decreto ley 9/2020 puesto que no es justificable.
Tengo razón? Debería impugnar o no es recomendable?
Gracias
Habría que ver las causas del despido. No pierdes nada por impugnarlo.
Hola muy buenas tarde el pasado 26 de noviembre me despidieron y e tenido que demandar a la empresa ya tengo el dia del juicio mi pregunta es aprate de la indemnizacion que me tendrian que dar si gano el juicio me tendrian que pagar algun tipo de tasa mas ?a parte de la indemnizacion
En principio la indemnización, desconozco si en demanda estás reclamando algo más. No te van a conceder nada más de lo que reclamas.
Hola Alejandro. Tengo una pregunta. Tengo un juicio laboral dentro de 2 meses. El día de la conciliación la otra parte no se presento . Las cantidades son pocas, puedo reclamar costas el día del juicio. Es para saber para que no me cueste mas el collar que el perro por así decirlo. Gracias
Si no se presentó a conciliación, sí se pueden solicitar las costas. Pero hay que indicarlo en la demanda.
Esta indicado en la demanda la no presentacion de la otra parte. Te refieres a eso con indicarlo?
Y solicitar la condena en costas en el suplico de forma expresa.
Buenos días. Pongo mi caso por si alguien puede ayudarme. Mi contrato laboral es de una reducción de jornada a 30 horas. La empresa me hace trabajar 40 horas semanales y solo me pagan 30. Tengo horarios y registros de firmas. La empresa me dice que en el futuro y debido a las circunstancias de hoy, la semana que no trabajo de cada mes me la devolverá en el futuro.
Es esto legal o están abusando de mi buena voluntad. Podría demandar a la empresa por incumplimiento de contrato.
Gracias de antemano
No entiendo muy bien esta frase: » la semana que no trabajo de cada mes me la devolverá en el futuro.», pero evidentemente no se puede trabajar más horas de las que se tiene contratado, y si se hacen, deben de considerarse como horas extraordinarias.
Hola, Alejandro:
Muchas gracias de antemano por responder a las dudas, se agradece muchísimo. Mi pareja ha recibido una carta de despido objetivo. Después de varias semanas garantizándole que se le movería a otro departamento que estaba dispuesto a acogerle tras el desmantelamiento del suyo por parte de la empresa por motivos organizativos, según ellos (aunque son de carácter estratégico), le comunicaron el despido a final de la semana pasada. Lo mismo le ha ocurrido a algunos de sus compañeros, pero el despido es individual. El documento aduce “causas objetivas de carácter organizativo”. Debajo explica que la empresa ha optado por un cambio de estrategia que ha ocasionado cambios en la organización y una reestructuración, afectando directamente a su equipo. Nos preguntamos si al no formar parte de un ERE/despido colectivo, este despido es efectivamente objetivo y no improcedente. La empresa le ha pagado los 20 días correspondientes de indemnización, pero indica que “de buena fe” le ofrece 13 días adicionales incluidos en el finiquito. Casualmente dan los 33 días que por ley tocan en un improcedente. Lo que nos preocupa es que estén intentando disfrazar un improcedente de despido objetivo, ya que de esta forma nos toca tributar el total de esos 13 días y pagar impuestos, cosa que no sucedería si el dinero se incluyera en la indemnización. En caso de que efectivamente fuera un improcedente mal tramitado o muy interpretable como objetivo, nos preocupa que sea peor el remedio que la enfermedad. Es decir, que los gastos de pasar por un proceso judicial superen a la cantidad que nos tocaría tributar (calculamos que son unos 1200 euros). De momento, le he recomendado firmar junto con un “no conforme”.
Muchas gracias por tu tiempo.
Si se entiende como un despido objetivo mejorada, puede que no tribute, pero habría que ver como se está reconociendo y abonando esa indemnización. En cualquier caso, no necesitas abogado para impugnar el despido y presentar la papeleta y posteriormente demanda.
Hola, me han despedido de mi empresa, mi abogada dice que podemos pedir despido improcedente porque las fechas del preaviso no han sido correctas y por la situación del coronavirus.
La abogada me pide 1000 si llegamos a un acuerdo
y 1400 si vamos a juicio,
Parece muy caro no ?
Los precios en la abogacía son libres, además que habría que valorar el importe de la indemnización que te corresponde.
Si
la empresa me ha realizado un despido nulo de libro, obrando de mala fe y sin comunicar ni el despido, el abogado me pide 12%+iva de la cantidad total de los salarios de tramitacion y ya que el juicio tardara entre 7 a 9 meses es una cantidad importante de mis salarios, se puede pedir que la empresa sea condenada a pagar las costas por obras de mala fe
Lo veo complicado que las concedan.
Buenas noches. Tengo una duda. Para la empresa que trabajaba, me despidió, dejandome a deber en total, con la demora, 3628’24 euros. No fué a la conciliación, no fué al juicio y me dice el abogado que al se una S.L, ha cambiado supuestamente de nombre y al no presentarse y que tengo que volver el dia 30 otra vez. Pero como no va a ir, que tengo que cobrar de los fondos del estado y no me van a pagar todo. Que puedo hacer en este caso. Puedo denunciarte de otra forma y cobrar mi dinero. Gracias.
Entiendo que te refieres al FOGASA. Si la empresa es insolvente, salvo que se pueda exigir la responsabilidad a otra entidad por circunstancias del caso, no hay forma de cobrar todo.
Buenas noches,
Tengo una duda, a ver si tengo suerte y me la podéis solucionar. ¿Una demanda grupal por perdida de derechos es igual que si lo haces individual? Me refiero a lo que cobra normalmente un abogado….
Muchas gracias de antemano
Depende de cada abogado. Puede que si sois muchos trabajadores cobre menos proporcionalmente que si sois sólo uno, pero lo normal es que no cobre como si de una solo trabajador se tratara.
Somos 20 personas y nos cobraría 600 por cada una. Crees que deberíamos mirar otros abogados? Muchas gracias de antemano.
Desconozco lo que reclamáis.
Hola. En unos meses tengo el juicio contra mi anterior empresa porque cuando fui a firmar a firmar el despido, me encontré con que habían puesto que era yo la que dejaba el trabajo, cuando habían pruebas de que no era así. No se presentaron a la conciliación. En principio está claro que gano el juicio. Hay intereses por no haberme pagado en su día porque actuaron de mala fé? Y al estar trabajando para otra empresa, no me harían reincorporarme? ya que estoy bien dónde estoy ahora. Gracias
La indemnización por despido no genera intereses, y además, si que puede solicitar la reincorporación.
Y te puedes negar si ellos optan por readmitirte? Porque claro si es mucho dinero la indemnización pues el empresario para fastidiar pues a lo mejor prefiere readmitir
Saludos
La negativa es como una baja voluntaria, te reincorporas, solicitas los salarios de tramitación, y después si no estás conforme te marchas de la empresa.
Buenas tardes el pasado 17/12/2019 me despidieron de mi empresa después de 22 años en Mercadona, alegando motivos falsos, tengo un cargo grande dentro del departamento de tiendas pero mi tipo de gerencia ya no existe en dicho departamento.
La empresa conoce mi enfermedad esclerosis múltiple y mi minusvalía y yo siempre he atendido las necesidades de la misma, así que me plantearon una indemnización por 79.000€ la cual rechacé, mi abogada me dijo que me conseguiría la readmisión o una buena indemnización, pero el coste de mi abogada sería muy elevado 15% más iva, así que….tengo muchísimas dudas, es correcto el porcentaje que me pide ? Es correcto lo que queremos reclamar?
Gracias
Sin saber el salario o la carta de despido no te puedo decir si es correcto o no la indemnización que te ofrecieron. De todos modos, si has contratado el servicio de una abogada, lo mejor es que lo hables con ella por respeto a su trabajo.
Hola buenas:
Mi empresa me ha despedido de forma disciplinaria, estoy seguro que es improcedente ya que no he cometido ninguna falta grave ni se tuvo una reunión conmigo para comentarme que tengo una bajada de rendimiento, que es lo que alegan como causa de mi despido. Si contrato un abogado particular ¿puedo alegar que me paguen los honorarios del mismo como costas ? Ya que me despidieron de esa forma para ahorrarse pagarme la indemnizacion
No. Sólo existe condena en costas a la empresa si se aprecia mala fe o si no se presenta al acto de conciliación laboral.
Hola,el registro de horario vale como documento de horas trabajadodos en cada dia?
Puede valer, pero no tiene por que coincidir. El registro horario acreditar horario de entrada y salida, pero no que todo el tiempo que medie entre ellos sea tiempo de trabajo efectivo.
Buenas noches,
En diciembre de 2018 me despidieron,fue un despido objetivo por causas económicas,el cuál yo denuncié a la empresa.
En noviembre de 2019,fuimos a juicio y se llegó a un acuerdo de conciliación en el pasillo del juzgado,por lo que yo recibí una cantidad en concepto de «indemnización por despido donde la parte demandada reconoce la improcedencia del mismo»y además el abogado me hizo una factura con la minuta+IVA del % q se llevaba del dinero ganado.
Puedo deducirme esos gastos en la renta de este año pero solo hasta un máximo de 300€.La factura sube a mayor cantidad.Al ser de Valencia,hay alguna ley de la comunidad que indique que pueda deducirme más gastos y sea compatible con la estatal?
Por otro lado,de ese dinero ganado que obtuve en el acta de conciliación del juzgado en concepto de indemnización por despido(es decir,en su día me pagaron una parte y en noviembre me saldaron la otra)tengo que declararlo en la renta ese último importe?
Gracias
Desconozco la normativa autonómica fiscal de valencia y por lo otro, la indemnización si es recogida en la conciliación y no supera los 180.000 euros o lo que te corresponde por improcedencia, no tributa.
Muy buenas. En mi trabajo desde hace mucho tiempo han impuesto realizar trabajos que requieren formacion de certificacion, es un carnet profesional (RITE) y manipulacion de gases fluorados. Despues de mucho tiempo vengo solicitando formacion y al final me llego pero solo me computan el 50%. Mi preguntas: ¿ La formacion no es al 100% a cargo de la empresa? Y si les demando y perdiese yo… ¿ Yo tendria que pagar las costas del juicio? Muchas gracias y un saludo
No existen costas en el procedimiento laboral (salvo temeridad o cuestiones muy particulares) pero no sería tu caso. Habría que ver la necesidad de dicho curso. Demanda, no tienes nada que perder.
Buenas tardes :
Soy personal laboral fijo en un ayuntamiento y estoy sindicada.
Mis compañeras y yo queremos demandar porque no se nos paga complemento específico y al resto de trabajadores sí. Además se recoge en nuestro convenio.
Al estar sindicada a mí no me conbran nada. Pero a ellas unos 300€.
Me dicen que prefieren ir por privado. Evidentemente yo no quiero pagar dos veces por lo mismo.
¿Esto puede perjudicarnos?
¿Es mejor presentar demanda colectiva o individual? ¿Qué es más rápido?
He pensado ir por sindicato yo sola y ellas por privado.
Un saludo.
No debería perjudicar que existan demandas por separado.
Mi duda es la siguiene. Se me finaliza el contrato el dia 31/12/2019. Me deben una parte de la nomina de Noviembre. Y el mes de Diciembre no me daran la nomina, ya que segun la empresa. No sabe cuando me podra pagar. Mis preguntas son:
1) ¿Si en Enero, no me han pagado todo lo que me deben. Podria empezar a iniciar una demanda?
2) ¿Que seguridad tengo, en el caso que se fuera a juicio. En ganar?
Gracias.
Puedes presentar la demanda desde el 1 de enero. Las probabilidades de ganar son todas si no te han pagado, la cuestión que te paguen, ya que una cosa es que te estimen la demanda, y otra cosa es que lleguen a pagar algo. En última instancia, te pagará el FOGASA si la empresa es insolvente.
Me han despedido de la empresa en la que llevaba más de 7 años trabajando. Hace unos meses solicité un cambio de puesto, al que por motivos de personal me incorporé parcialmente, trabajando 3 horas en el nuevo puesto y 5 en el anterior. Hace 2 días decidí que no quería seguir en el nuevo puesto, porque no estaba de acuerdo con el rumbo que la gerencia quería tomar. Hablé con la gerente, que aceptó bastante enfadada que volviera a mi puesto anterior.
Ayer se me amonestó verbalmente por estar hablando con una compañera, lo que yo entendí como una represalia por todo el tema anterior y envié un email a toda la empresa explicando los motivos por los que había tomado esa decisión. Ayer por la tarde me entregaron una carta de baja voluntaria, pero continúa diciendo que si no se pudiera entender que esto es cierto, me despiden por causas disciplinarias, por abandono de puesto y por ofensas verbales. Lo de las ofensas podría ser cuestionable, aunque no creo que en ningún momento insulte a nadie, pero el abandono es rotundamente falso y lo de la baja voluntaria es directamente absurdo.
Pedí que estuviera presente un representante sindical y no firmé la carta de despido, por lo que tampoco me entregaron la liquidación.
Estoy un poco perdida y no sé cómo actuar. Me imagino que tendré que denunciar? Mientras tanto, puedo solicitar la prestación por desempleo?
Lo que me parece increíble es que tenga que pagar un abogado cuando la empresa está obrando de mala fe…
Si, puedes pedir la prestación por desempleo y tenes un plazo de 20 días hábiles para impugnar el despido, presentando previamente la papeleta de conciliación laboral.
Me parece súper interesante la información pero se puede solicitar las costas de todos los juicios y pedir daños y perjuicios por el simple hecho de verte tener que demandar por las irregularidades de la empresa?
Que pasa si no cumple la sentencia la empresa, solicitas al juez que ejecute la misma y aún y todo sigue sin cumplirla y así con todas las sentencias?
Por poner ejemplos, declara el juez el indefinido y te lo hacen cotizandote por un porcentaje de jornada ridiculo, sentencia a entregar nóminas y contrato y pasan olímpicamente de ello y así un sinfín de cosas…
Que sabe el empresario que el trabajador no sabe para qué una empresa actúe tan libremente de esa manera? Con todo el coste económico que conlleva para el trabajador… Porque claro, aunque le impongan pagar las costas si pasa de ello…
Se puede llegar a solicitar a la empresa por temeridad, pero son poco los jueces que lo conceden, y por una cantidad que no suele cubrir los gastos de abogado. Cuestión diferente es que si no cumplen la sentencia y haya que ejecutar, ahí se puede solicitar costas. Si no cumplen la sentencia, presenta una denuncia en inspección.
Buenas tardes Alejandro,
Empecé a trabajar el día 14 de octubre como recepcionista en una clínica dental y mi jefa no me dio de alta en la seguridad social hasta el día 21, pagándome en un sobre una cantidad irrisoria por esos días. Tal día 21 firmamos contrato y me da de alta despidiéndome ayer 28 sin explicación aunque esto ya sé que en el período de prueba es completamente legal por ambas partes. El caso es que por error me llevé la carta de despido y finiquito que yo había firmado y también la copia que me correspondía. Ella no me ha llamado para que se la devuelva y es posible que falsifiquen mi firma para presentar los papeles. Por supuesto en mi liquidación no vienen abonados los días en los que estuve trabajando sin contrato ni alta.
Necesitaría saber si hay algún entresijo legal para actuar y denunciarla porque verdaderamente me siento estafada y ninguneada por el trato tan sucio recibido.
Te agradezco de antemano la ayuda.
Un saludo.
Si puedes acreditar que has estado trabajando desde el día 14 al 21 puedes presentar una denuncia en inspección de trabajo. Por otro lado, puedes impugnar la extinción de la relación laboral alegando que el periodo de prueba es nula, por haber estado trabajando días anteriores antes de que te establecieran un periodo de prueba el día 21 cuando firmasteis el contrato.
Buenos dias.
Primero de todo muchas gracias por las preciada información que dais en esta web.
Te comento mi caso.
Soy trabajador eventual a tiempo parcial, con contrato de 20 horas semanales y sin pacto de horas complementarias tal y como exige el estatuto de los trabajadores. Aunque en el contrato hay un clausula que simplemente dice que estoy dispuesto a hacer horas complementarias, no se especifican cuantas serán, ni como se distribuirán ni nada de lo que debería tener un pacto de horas complementarias. Por lo tanto a mi entender el pacto sería nulo, o no existe si quiera.
Por otra lado, he estado realizando un media de 35 horas semanales, las cuales se me abonan en el recibo de nomina como horas complementarias.
Mi contrato se rige por el convenio de hostelería de las islas baleares, en el cual no se especifica nada sobre las horas complementarias, por lo tanto, según el estatuo de los trabajadores estas no podrán superar el 30% de las horas del contrato.
Por todo esto, me gustaría demandar la empresa para que me abone como horas extraordinarias, todas las horas que he realizado y hayan superado las estipuladas en el contrato, en caso del que pacto de horas complementarias se considere nulo, o en caso contrario todas las superan las 26 horas semanales(20horas+30%).
Ya que se me están abonando como ordinarias.
Me gustaría saber si la demanda sería viable y los motivos bien fundamentados. Para todo ellos dispongo de horarios de trabajo, nóminas y el registro de horas por huella dactilar al cual tengo acceso a través de la web de la la empresa.
Muchas gracias de nuevo por la atención, saludos.
Veo que tienes bastante clara la demanda, y me parece bastante adecuada en los términos que planteas. En una demanda laboral no es necesario indicar una fundamentación jurídica, aunque sin duda ayuda, sino simplemente describir los hechos de manera correcta y lo que se reclama. Plantea la demanda en los términos que indica, pero recuerda que antes es obligatorio presentar una papeleta de conciliación laboral.
Muchísimas gracias por tu rápida respuesta. Tú web ayuda a mucha gente y sin duda tu trabajo como abogado debe ser genial.
Ya tenía en cuenta lo de la papeleta de conciliación, porque lo he leído a fondo de tu artículo al respecto.
Gracias de nuevo y que tengas un buen domingo.
Hola trabajo en una empresa de transporte de conductor de autobús en los meses cuando no hay trabajo y a lo mejor solo hay unas horas de conductor el resto me obligan a hacer tareas de limpieza y mantenimiento en la nave donde estan aparcados los autobuses ¿Me pueden obligar o estoy en mi derecho de negarme a hacer otras tareas distintas de mi contrato en la que pone que soy conductor?
En mi opinión, salvo que vulnere la dignidad del trabajador, entiendo que puede hacerlo.
Hola Alejandro soy una mamá que a pedido reducción de horas de 40h a 35h …mi empresa me obliga a hacer dos tardes y tres mañanas ya que mis horarios eran rotativos…en un principio solicite miércoles y jueves para poder compaginar me con los de mi novio.pero ahora el ha cambiado de puesto y le han cambiado días libres siendo lunes y domingo por lo tanto solo podré hacer una tarde..entonces pedí a la empresa todos mañanas y me lo deniegan con justificación de que por las tardes hay mayor afluencia de gente pero me queda un día que no tengo con quien dejar a la niña..ya que la guardería ala que empezó es municipal y solo es por la mañana.
Si denunciase a través de sindicato que estoy afiliada que posibilidades tengo…y es una empresa grande pero tienen convenio propio..y tengo miedo a demanda y perder ,que puedo hacer!
Es una cuestión que dependerá de la justificación que tenga la empresa para denegarte esa concreción horaria que solicitas. Sin conocer la empresa, es imposible que te diga posibilidades o no de ganar el pleito. Habla con el sindicato. De todas maneras, si pierdes el juicio, no tiene ninguna repercusión.
Hola, trabajo en negro hace 3 años y medio, ahora volviendo de mis vacaciones no me han restituido las horas. Yo sé que los dueños de la empresa no viven en España ni son españoles.
Si no se llegará a un acuerdo y yo ganará la demanda como harían frente a lo que deberían pagarme.
Gracias
Si se declara insolventes, te pagaría el FOGASA.
Buenos días
hace un año demande a mi antigua empresa por despido improcedente y horas extras pendientes, en el despido improcedente llegamos a un acuerdo aceptando la improcedencia y hace dos meses tuve el juicio por cantidades, dándome la razón el juez y condenando a la empresa a pagarme las horas extras, ahora la empresa ha recurrido a la sentencia, mi duda es si puedo pedir costas ya que a parte de alargarse el juicio me supone un coste mas (por haber recurrido mi abogado me cobra como un juicio nuevo) al final la mitad de la cuantía se la lleva el abogado y no lo veo justo si yo tengo razón (que por ahora es lo que ha dictado el juez)
gracias
En suplicación, si que puede existir condena en costas.
Hola Alejandro, ¿ me puede despedir mi empresa cuando me reincorpore de una baja por ansiedad y habiéndome pedido la reducción de jornada? Estoy a la espera de un juicio por demandar a la empresa por no llegar a un acuerdo con el horario solicitado.
Si existe causa para ello, siempre se puede despedir a un trabajador. Ahora bien, en tu caso, se revisaría mucho las causas del despido.
Buenas tardes: trabajo a través de una ETT desde hace más de un año y se niegan a darme las vacaciones que me corresponden. ¿Es legal? En mi empresa dicen que me las pueden dar o no, que ellos pueden tomar esa decisión. Gracias de antemano.
Entiendo que tienes derecho a disfrutar vacaciones, si llevas trabajando más de un año.
Buenas tardes Alejandro trabajo en Fábrica hace 13 años y me pusieron una sanción de falta muy grave echándome la culpa de un desperfecto cuando somos 8 trabajadoras en esa línea yo firme la Sanción y después acudí al Sindicato ya hubo acto de Conciliación y no se llego a un acuerdo yo soy fija discontinua y ahora estoy de baja por depresion el juicio dice que será en junio no se los Pro y los contras en ese papel dicen cosas que no son ciertas y yo se lo dije al encargado y el dijo que no cobraría indemnización ni nada.Explicame por favor . Saludos
La pregunta es amplia, en el juicio la empresa tiene que acreditar que los hechos que se indican en la carta de sanción son ciertos. La indemnización supongo que te refieres en caso de reincidencia y un posible despido disciplinario. Te recomiendo que si tienes dudas le preguntes al abogado del sindicato.
hola mi situacion es la siguiente tengo un contrato indefinido a tiempo parcial desde hace 4 años hace un año me subrrogo una empresa con las mismas condiciones que tenia pero ahora me van a volver a subrrogar y me dicen que no pueden mantenerme las mismas condiciones y me rebajan la jornada y el sueldo .lo pueden hacer y si no pueden que tengo que hacer .gracias
Se trataría de una modificación sustancial de las condiciones de trabajo, y en esta entrada te explico las opciones que tienes.
Hola muy buenas noches.
Me llamo Adoniram. Tengo 23 años y recurro a comentarte mi caso.
He estado trabajando desde septiembre del 18 hasta (oficialmente) ayer dia 10 de julio conforme mi carta de despido.
El caso es que quiero declararla como improcedente. Ya que las razones expuestas son por un despido disciplinario en la cual yo agredi a una compañera, insulte a un cliente y golpee varios muebles antes de irme.
Cuando realmente lo que hize fue dar a mi compañera un manotazo para que no me tocara. (Algo por lo cual acepto mi despido de ser asi.)
El caso es que no contento con esto, ¡No e firmado nada salvo una hoja de SUSPENSIÓN y ya se ejecutó absolutamente todo sin posibilidad de defenderme.
Entonces. Antes de yo recurrir te pregunto..
¿Se considera como improcedente o nulo un despido el cual no e firmado?
¿Se puede acusar de esa manera a un trabajador sin dar posibilidad a defenderse?
¿Se puede llegar a una solucion pacifica para limpiar mi nombre?
Gracias y espero tu respuesta amigo. Ojala me ayudes.
No es nulo por no haber firmado el despido. Si la empresa no entrega la carta de despido al trabajador, se considera que el despido será improcedente (o nulo) por no seguir el procedimiento establecido para ello. Pero no por seguir el procedimiento será nulo, tendrá que haber otra causa para su nulidad. No es necesario que la empresa de un plazo al trabajador para que responda, el trabajador si no está conforme, puede impugnar el despido. Si, puedes alcanzar un acuerdo con la empresa.
gane una sentencia de accidente laboram de 70000 € ,mi avobogado ma quitado 20000€, no habia gastos .
el avogado no agastado nada
es justo cobrar esa cantidad? ,me dijo luego va hacer el calculo cuando cobramos los recargos
Habría que ver lo que habéis acordado como honorarios.
Hola Alejandro,
Hace unos días la empresa en la que trabajaba con un contrato de fin de obra o servicio y durante 10 meses ha decido finalizar el contrato. Cuando fui a firmar el finiquito no aparecía ni la indemnización ni el finiquito por las vacaciones no disfrutadas, por lo que me negué a firmar. La empresa alegaba que como se había acabado el contrato no tenían que indemnizar y me intentaron engañar. Ahora, y tras soportar que la empresa haya hablado mal de mi al resto de trabajadores porque lo he comentado con otros compañeros que les ha hecho lo mismo, la empresa está dispuesta a pagarme lo que tengo derecho por ley. En cambio, otros compañeros no han tenido la misma suerte y año tras año los despedían durante el mes de agosto, sin pagarles finiquito ni vacaciones, y en septiembre los volvía a contratar, hecho reconocido por los propios empleados (y que no sabía que ocurría hasta este momento) y que nunca se les ha pagado finiquito. Además, las horas extras las pagan en negro, e incluso hay quien cobra por debajo del salario mínimo de 900€ desde que entró en vigor la nueva ley en enero.
Con todo esto y sumando que mi despido ha ocurrido una semana después de que la empresa haya sabido por mí que me van a operar, ¿cómo debo proceder para denunciar? Quiero que se haga justicia por la parte que me toca, pero sobre todo por los compañeros que siguen trabajando y no se atreven a reclamar sus derechos por miedo a ser despedidos.
Puedes presentar una denuncia o en inspección, o demandar ante los tribunales. El procedimiento de demanda dependerá de lo que quieras reclamar, ya que sólo puedes demandar en tu nombre.
Muchas gracias por responder tan rápido.
Un saludo
Hola, mi situación es la siguiente, tenía una lesión en un dedo que me impedía trabajar, por ni coger baja, le dije a la empresa que me despidieran y cobrar el paro, pero en la carta de despido me pusieron abando de trabajo en mitad de servicio y me han denegado el paro, siento rabia y me sale demandar, pero me pregunto que saco si gano, obligar a que me vuelvan a contratar…?
Una indemnización o readmisión si el despido es improcedente, en función de lo que decida la empresa.
Hola, he firmado el finiquito. No estoy del todo de acuerdo con él, pero si que quiero terminar la relación laboral cuanto antes ya que este proceso lleva mucho desgaste mental.
La empresa quiere demandarme porque borré los datos del móvil antes de entregarlo en mi dimisión como trabajador. También quiere demandarme porque creé sin el permiso de la empresa un grupo de whatsapp a través de su empresa asesora de gestión de protección de datos.
Sin embargo, yo contra ellos tengo a favor que no me pagan según convenio, mi salario base y plus transporte están bastante por debajo de lo que toca, lo que puede conllevar a que les denuncie y tengan una inspección de trabajo, con sus correspondientes multas. Aunque quizás no me pertoque ninguna retribución al haber firmado el finiquito, pero la inspección se la harán.
Mis preguntas son: con estos datos, crees que la empresa preferirá negociar antes que verse sometida a una inspección de trabajo por incumplimiento de convenio? Existe o es legal un documento que firmen ambas partes para no denunciarse mutuamente? Podria la empresa firmar ese pacto pero después verme demandado por la empresa de protección de datos con la que se asesoran?
Gracias y saludos
Es legal firmar un acuerdo transaccional en el que se acuerde no acudir a los tribunales, pero habría que ver que acuerdo se alcanza y en qué términos, ya que puede ser nulo. Sobre el comportamiento de la empresa, es imposible hacer suposiciones sobre lo que va a hacer.
Hola buenas tardes hemos denunciado a la empresa por que nos aplico un ERE. Por ser una subcontrata el cliente rompió el contrato con la subcontrata esta tiene donde recolocarnos. Aún así nos dieron 20 días por año. Exigimos mínimo un despido improcedente. Hemos perdido el juicio. Queremos recurrir y va al supremo. La empresa amenaza que si volvemos a perder nos va a pedir daños y perjuicios. Eso puede ser posible. Muchas gracias.
No, todo los trabajadores tienen derecho a acudir a los tribunales sin que la empresa pueda tomar represalias por ello.
Muchísimas gracias…. Por responder tan rápido. Un saludo…
Hola Alejandro.
Reientemente he cerrado mi empresa, pagando el finiquito a todos, ya que estoy en baja por infarto, a la espera de incapacidad permanente. De todas maneras, como la empresa iba desde que me puse en baja mal, fue un despido objetivo.
A una trabajadora, le di el dinero, mas delque le pertenecia por no tener problemas y no me lo firmo, alegando de estudiarlo.
A los pocos dias me llego la papeleta de conciliacion, total, que al no tener firmado nada, consta como que no le ofrecí nada.
He pensado en presentarme a ese juicio sin abogado, ya que como mis calculos le pague un despido improcedente.
Mi empresa era una SL. que pasa si no le pago lo que diga el juez.
Intentarán embargar los bienes de la sociedad para pagar la deuda del despido.
Buenas Alejandro.
Solicite los servicios de un abogado laboralista para una rescisión de contrato con mi empresa por mobing por parte de superiores. He estado de baja 14 meses. Por ansiedad severa.
Se ha celebrado el juicio y al no poderse demostrar por falta de testigos el mobing se ha fallado a que debo de reincorporarse. La empresa.
Mi pregunta es la siguiente. Mi abogado pedía rescisión de contrato +indemnización por daños morales y pérdida de ingresos por estar de baja.
Al perder el juicio y tener que incorporarme a la empresa. Tengo que pagar algún honorario a mi abogado.?
Este en su día me cobro 30 euros de la consulta pero no me pidió nada ni me dijo que porcentaje me llevaría de cantidades y tampoco firmamos ningún acuerdo.
Lo que hayáis pactado. Es una cuestión que tendrás que hablar con el.
buenos días estoy afiliada a un sindicato y tengo interpuesta dos demandas, ahora quiero cambiarme de sindicato y me han comentado que están obligados a darme las demandas interpuestas con la posible penalización de abonar el coste de las demandas. Es correcto? cuánto puede resultarme estos costes?
Tienen que entregarte las demandas, el coste que hayas acordado con ellos.
Hola, hace 12 años que entré por 1ª vez en una empresa y desde entonces es contrato tras contrato, temporal obviamente, ITs, obra y servicio, campañas, etc. A día de hoy no soy fija aunque pase periodos de año, año y medio, dos… Continuadamente (concatenación de contratos creo que es, lunes finalizó uno y martes sigo con otro, eso sino me dan un día libre entre medio de contratos para que vaya a la INEM a apuntarme como demandante de empleo, creo que les bonifican…) Me echan 6 meses a la calle y vuelta a empezar. Vacaciones casi inaccesibles, cambios de turnos de un día para otro, entre muchas otras cosas… Creo que mi situación no es del todo legal y no se si podría hacer algo al respecto y por donde debería empezar. Muchas gracias
Hay varias cosas que demandar en lo que comentas. Lo más importante es revisar los contratos para ver si puedes reclamar ser indefinido. Por otro lado, comprobar si estás cobrando por convenio y reclamar las vacaciones si no te las respetan.
Próximamente tengo un juicio contra la empresa ya que me adeuda 3 nominas y una paga extra (ya no estoy vinculado a la misma) y la empresa solicita mi interrogatorio. Que se propone con eso a que puede ser debido?
Que lo hayan solicitado no quiere decir que lo vayan a proponer posteriormente en la vista, salvo que haya alguna cuestión que no sea cierto en la demanda, seguramente no soliciten tu interrogatorio.
Buenos días,
Contrate un abogado, para denunciar a mi exempresa por despido objetivo. En la hoja de encargo, pone que tengo que pagarle un fijo, y luego si se declara improcedente un %, si se declara nulo o readmisión otra cantidad y nada mas. Bueno, pues finalmente no se ha llegado a celebrar el juicio, y la empresa a hecho una mejora de indemnización, pero el despido sigue siendo el que era.
A mi abogado solo debería pagarle la parte fija, al no darse ninguno de los supuestos en la hoja de encargo, no? Gracias
Háblalo con tu abogado, desconozco lo que habéis acordado, pero normalmente se pacta un porcentaje sobre lo conseguido en el procedimiento, ya sea con acuerdo o con sentencia, se declare el despido improcedente ya que ese acuerdo que comentas es frecuente.
En una subrogación de empresa , la nueva empresa tiene la obligación de quedarse con todos los empleados?
En caso de que no quien debería asumir el despido?
Si, si la nueva empresa no quiere asumir un trabajador tendrá que despedirlo.
Si con la empresa tuve un primer contrato de interinidad de 7 meses ( sin finiquito) y después sin ningún paron un contrato de obra y servicio que pasados 4 años desde el inicio de este mismo, paso a indefinido en diciembre de 2018. Si la nueva empresa quiere finiquitar el contrato el importe se calcularía desde el inicio del primer contrato de interinidad o desde el contrato de obra y servicio?
Un saludo y muchas gracias
Desde el primer inicio de la relación laboral, pero supongo que te referirás a un posible despido.
Hola,mi nombre es María tengo un juicio laboral por no pagarme el sueldo se ha celebrado 2veces y rl empresario no se ha presentado le oedi a mi abogada que lo multen para venir y ne dice que no puede y que se tirne que terminar aunque el no se presenta y que el juez nos da la razón pero yo no tengo claro cómo puedo recuperar mi dinero sevtrata de tres meses y mi abogada me ha cobrado 600 euros y shora me foce que yo tengo ls razon y hay que hacer otro juicio para recuperar el dinero, pero como se recupeta si rl empresario ni aparece ni tiene bienes ni cuenta ni nada y ne interesa si puedes contestar wue cantidad de dinero se paga para finalizar este proceso porque yo ya no me fio de mi abogada por favor contesteme un saludo;
Si la empresa no tiene bienes, al final paga el FOGASA con ciertos límites. Habría que ver como esta el asunto, pero te recomiendo que le preguntes a tu abogada.
Muchas gracias. ¿Se presenta una demanda tipo a las que hay en las redes y ya está no? O tiene algún otro proceso?
¿Al juicio puedo ir sin abogado?
Gracias.
Puedes coger un modelo de los que hay por internet, pero tienes que poner todos los datos relevantes a tu caso. Si, puedes ir al juicio sin abogado.
Hola! Buenas tardes. Mi empresa no se ha presentado al cmac y voy a demandar, ¿podría presentar yo la demanda sin abogado? ¿Tendría algún coste? ¿Cuál es el procedimiento?
Gracias.
Puedes presentarla sin abogado, y no tendría ningún coste.
Hola,
Mi empresa me ha despedido sin darme ningun motivo, han escrito una carta de despido procedente con todo mentiras. Próximamente tengo la conciliación, yo no quiero el dinero solo la readmisión.
Mi pregunta es: ¿Si en la conciliación no acepto el dinero de la indemnización y voy a juicio, y el juez acepta lo que la.empresa me ofreció en la conciliación, tengo que pagar las costas del proceso???
Un saludo y muchas gracias
No, nunca hay costas en el proceso.
Muy buenas. Tengo un bebe de 8 meses y el mes que viene acaba mi excedencia y tendria que volver al trabajo. He solicitado la adaptacion al trabajo para teletrabajar por el art 34.8 del ET pero desde Recursos Humanos me dicen que me lo van a denegar porque se lo deniegan a todos. Solo pido teletrabjar en mi horario habitual, como hice el año pasado durante varios meses sin ningun problema y siguen haciendo actulmente en algunos casos. No hay ningun gasto para la empresa ni pido un cambio de mi horario, nose si seria probble ganar el juicio si demando y que pasos deberia seguir.
Un saludo. Muchas gracias.
Habría que conocer las necesidades operativas de la empresa para saber si la negativa está justificada o no y que probabilidades hay de ganar un posible juicio. No se si deniegan todos sin justificación o con ella.
Hola!!! Estoy de baja por ansiedad desde finales de abril y la empresa sin preguntarme que me pasaba tomo la decision de no pagarme el sueldo por lo que tuve que demandarlos, tengo la conciliacion el 17 de agosto, sigo de baja, si llegamos a un acuerdo de despido ese dia y teniendo yo la revision del medico el lunes 20, podria cojerme ya el alta o hasta cuando tendria que esoerar???? URGENTE!!!!!!
Si no te paga nada y sigues de baja puedes denunciarlos por apropiación indebida. Puedes coger el alta en cualquier momento, es independiente de que alcancéis un acuerdo.
Hola Alejando!
Por favor ayudame y respondeme a estas preguntas teniendo en cuenta lo que te digo :
En el caso de que la otra parte recurre ante unos de estos (TSJ, TS, TC) y teniendo en cuenta que esto no supone otro juicio presencial, hace falta tener abogado para que me represente ?
Si hace falta abogado que me represente en el caso de que la otra parte recurre la primera sentencia, cuanto seria, mas o menos, el coste del abogado ?
En este caso me puede representar otro abogado, no aquel que me ha representado hasta ahora teniendo en cuenta que la hoja de encargo profesional es solo para defensa y representacion en primera instancia y aunque hay una clausula de desitimiento donde pone «posterior a la demanda «x %» de las cuantias reclamadas» ? En este caso se aplicaria este clausula ?
Si me hace falta abogado para representarme cuando la otra parte recurre la primera sentencia y me representa otro abogado, y en este caso el primer abogado que tiene que cobrar un «x %» dinero por el pleito y yo pierdo y en la sentencia recurrida y gano menos dineros de que la primera vez, entonces el primer abogado cobra segun gano en lo que se ha recurrido ?
¿ Como seria en estos casos de arriba ?
Si quiere no poner el comentario…mejor, pero por favor respondeme por email a estas preguntas porque no se como va esto…
Entiendo que sí que es necesario abogado, aunque tengo mis dudas de si es la empresa la que recurre y el trabajador no se opone al recurso. Tienes libertad de elegir abogado y no es necesario que escojas el actual, cuestión diferente es lo que hayas pactado con el actual abogado en cuanto a su remuneración. El coste del abogado también puede variar, y depende de la cuantía y tipo del procedimiento.