¿Cuánto tengo que cobrar si estoy de baja por enfermedad común?
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Incapacidad temporal por enfermedad común.
En esta entrada explicaremos como el trabajador puede saber lo que va a cobrar durante la incapacidad temporal por enfermedad común o accidente no laboral.
Para ello, necesitaremos tener la nómina del mes anterior al de la baja, en la que aparece reflejada la base de cotización de contingencias comunes.
Normalmente, esa base aparece debajo a la derecha en la nómina (flecha roja que aparece en la nómina de ejemplo). No hay que confundirlo con la base de cotización de contingencias profesionales que esa es utilizada para calcular el importe que recibiríamos si la baja fuera por accidente laboral o enfermedad profesional como explicamos en esta entrada.
Sobre la nómina del mes anterior al día en el que estemos de baja, se van a realizar todos los cálculos. Así que para trabajadores con nóminas con conceptos variables pueden verse perjudicados (o beneficiados) en función del salario del mes anterior.
Es importante aclarar que lo indicado en esta entrada es el mínimo que el trabajador va a cobrar, ya que el convenio colectivo puede mejorar los derechos que aquí se indican (nunca empeorar).
¿El trabajador tiene que cumplir algún requisito?
Sí, para que la empresa nos pague durante el tiempo de incapacidad temporal derivado de enfermedad común es necesario tener cubierto un período de cotización mínimo de 180 días dentro de los 5 años inmediatamente anteriores al día de la baja por incapacidad.
En el caso de trabajadores a tiempo parcial, existen unas especiales explicadas más adelante.
Esta obligación no es aplicable a bajas derivadas de accidente no laboral, accidente de trabajo o enfermedad profesional.
Así lo establece el artículo 172 de la Ley General de la Seguridad Social.
¿Cuanto voy a cobrar durante la incapacidad temporal? Explicación de cómo se calcula.
Con la base de contingencias anteriormente indicada, la dividimos entre 30 días para conocer el salario día que será el salario de referencia.
Una vez tenemos el salario día, esto es lo que vas a percibir:
- Los tres primeros días no vas a recibir nada.
- Del cuarto al vigésimo se te abonará el 60%. Aunque el abono siempre te lo realice la empresa, a partir del decimosexto día tu salario corre a cargo de la Seguridad Social. Es decir, que la empresa reclamará el salario abonado a la Seguridad Social.
- A partir del vigésimo primero se te abonará el 75%. de tu base reguladora.
Ejemplo
Un trabajador que tiene un base de cotización de contingencias comunes de 1.340,54 €, ha estado de baja 22 días y el convenio colectivo no mejora la cuantía a percibir durante la incapacidad temporal.
- Base contingencias comunes 1.340,54 €/mes
- Lo dividimos entre 30 días. 1.340,54/30 días = 44,68 €/día
Detalle de los 22 días de baja.
- Los tres primeros días se perciben 0 €.
- Del 4º al 20º, es decir 17 días, se percibe el 60%,
- Cálculos necesarios: 44,68*60%*17 días = 455,74 €
- Del 21º al 22º, es decir 2 días, se percibe el 75%,
- Cálculos necesarios 44,68*75%*2 días = 67.02 €
En consecuencia, durante la incapacidad temporal se percibe 522.76 €, en lugar de los 848,92 € que correspondería si no hubiera una baja.
Está cantidad es en bruto, por lo que tendrá las mismas retenciones que la nomina de un mes sin incapacidad temporal.
Particularidades en la cobertura de los trabajadores contratados a tiempo parcial
Los trabajadores a tiempo parcial tienen las siguientes diferencias:
- En cuanto a la base reguladora, ésta se calcula cogiendo la media de las bases de cotización en la empresa durante los 3 meses inmediatamente anteriores a la fecha del hecho causante entre el número de días efectivamente trabajados.
- Para acreditar el periodo de cotización de 180 días en los últimos cinco años se computan exclusivamente las cotizaciones efectuadas en función de las horas trabajadas, tanto ordinarias como complementarias, calculando su equivalencia en días teóricos de cotización. Por lo tanto, para acreditar la cotización de los 180 días se incrementará en la misma proporción en que se reduzca la jornada efectivamente realizada respecto a la jornada habitual.
Preguntas frecuentes durante la incapacidad temporal
¿Me afecta a las pagas extraordinarias el hecho de estar de baja?
Sí. La base que de contingencias comunes que se utiliza como referencia para calcular lo que vamos a cobrar tiene las pagas extras prorrateadas y, en consecuencia, durante el tiempo de baja estaremos cobrando de manera obligatoria las pagas extraordinarias prorrateadas.
En consecuencia, cuando tenga que percibir una paga se tendrá que descontar el tiempo de baja.
A modo de ejemplo, si un trabajador ha permanecido de baja desde julio hasta diciembre, tendrá derecho a la mitad de la paga extra de navidad, si es que ésta se genera anualmente (lo indica el convenio colectivo si se genera anual o semestralmente).
¿Qué pasa si estoy de vacaciones y me dan la baja?
Si un trabajador en su periodo de vacaciones se encontrara en situación de incapacidad temporal, está circunstancia interrumpe su disfrute de vacaciones. Por tanto, un trabajador no pierde en ningún caso los días de vacaciones que le corresponde, si antes o durante el disfrute del mismo sufre una baja por incapacidad temporal.
En esa situación, deberá ir a la empresa, entregar el parte de baja, y en dicho momento se suspende el periodo de vacaciones y comienza la baja por incapacidad temporal.
¿Se generan vacaciones durante la incapacidad temporal?
Sí, durante el periodo de incapacidad temporal se generan vacaciones. Así lo ha determinado de manera consolidada la jurisprudencia, tanto en sentencia de la Audiencia Nacional como del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, en el sentido de que los períodos de IT no tienen ninguna incidencia en los períodos de vacaciones del trabajador.
¿Me pueden despedir estando de baja?
La respuesta es afirmativa, en casi todos los casos.
El hecho de estar de baja no goza de especial protección por parte de los tribunales ya que no consideran el derecho a la salud como un derecho fundamental. No obstante, existe alguna sentencia que indica lo contrario en casos de bajas de larga duración.
Salvo que el trabajador se encuentre en situación de especial protección como puede ser un embarazo, o reducción de jornada, el trabajador podrá ser despedido.
La indemnización dependerá de la causa que pueda acreditar la empresa.
Si finalmente el despido se produce, se deberá solicitar el pago directo a la seguridad social para cobrar mientras se mantenga la baja como explicamos en esta entrada…
¿Cuándo y cómo tengo que entregar los partes de baja?
El trabajador está obligado a entregar los partes de baja, confirmación y alta a la empresa. De forma resumida, el parte de baja, el trabajador tiene un plazo de tres días para entregarlos, y 24 horas. para el parte de alta.
En caso de incumplimiento, el trabajador podrá ser sancionada ya que se considerará como ausencia injustificada.
Hola! Llevo de baja desde el 28 de octubre por un accidente no laboral y cojo la alta el 5 de diciembre, ¿como calculo lo que puedo cobrar mas o menos en el mes de noviembre teniendo de base 1221,75€? Gracias
Esta explicado en el artículo, los tres primeros días nada, del 4 al 21 el 60 % y después el 75%, salvo que el convenio aumente dicha cuantía.
Hola, tengo salario base 1800 y complemento salsrial 1700 con contrato indefinido. Los porcentajes del 60% y del 75% se calculan sobre el salario base o sobre la suma?
Gracias
Sobre la base de contingencias comunes que aparece en la nómina que es la suma del salario base más lo complementos salariales y extrasalariales.
Estoy de baja por maltrato de género desde el día 8 de noviembre el 21 coji el alta pero no fui capaz de ir a trabajar y volví a coger el alta el día 22 y sigo de baja soy chófer de camión y el salario ba se es de 1256 cuanto cobraré este mes gracias
Dependerá de lo que diga el convenio, si no dice nada, los tres primeros días de baja no cobrarás nada, del cuarto día de baja al 21 cobrarás el 60% de la base.
Cual convenio la empresa aún no tiene convenio
Si no tiene convenio, habría que hacer los cálculos que te indico.
Llevo de baja desde el 6 de Agosto por operacion de hernia.
Me operaron por la S.S.,me dedico a conducir camiones.
Tengo 3 pagas anuales.
Mi pregunta es si me corresponde paga de Navidad.
Gracias.
Si, te corresponde, la cuantía de la misma ya depende de lo que diga el convenio, ya que puede que no sea completa.
hola buenas noches yo he cobrado este mes 334,66e si llevo desde el 23 de baja y estamos 9 de noviembre cuanto cobrare es una incapacidad comun…
Depende de varios factores, principalmente base reguladora y convenio..
Hola buenos días. Yo trabajo en el sector de la construcción. Llevo de baja desde julio de 2019 por hernia inguinal. En diciembre me tienen que pagar la extra de Navidad y a día de hoy sigo de baja. Me pertenece paga extra? Yo tengo por combenio 14 pagas no prorateadas
Habría que ver que es lo que dice el convenio, sobre si se complemente o no la incapacidad temporal y sobre si se genera anual o semestralmente. En base a estas dos cuestiones, cambiaría mucho la cuantía de la paga extra. Por ejemplo, si se generan semestralmente, y no se complementa, la cuantía de la paga extra puede ser ni una sexta parte en función del día que te dieron la baja o nada si por ejemplo la baja es el día 1 de julio.
Hola Alejandro.
He intentado hacer los cálculos y leerme todos los comentarios para ver si aclaro mi duda y no veo… durante el “mes” que causas una baja y después de calcular lo que te corresponde, te modifican el importe del salario base en la nómina? Esa cantidad de 522,75€ que pones en el ejemplo, quien la paga? Porque en mi caso pone “a cargo de la empresa” pero lo que han hecho es bajarme el salario base y complementarlo con ello.
Te comento mi caso:
Mis contingencias comunes son 1.197,55€ y he estado de baja del día 2 de octubre al 14 (13 días) y el convenio colectivo no mejora la cuantía a percibir durante la incapacidad temporal.
Base contingencias comunes 1.197,55 €/mes
Lo dividimos entre 30 días. 1.197,55/30 días = 23´95 €/día
Detalle de los 14 días de baja.
Los tres primeros días se perciben 0 €.
Del 4º al 14º, es decir 10 días, se percibe el 60%,
Cálculos necesarios: 23´95*60%*10días = 239,50 €
En consecuencia, durante la incapacidad temporal se percibe 239,50 €.
Yo todos los meses en acuerdo cerrado tengo un salario base de 900€ + un complemento salarial de 137,45 y tras las retenciones oportunas cobro SIEMPRE 950€ netos redondos.
Este mes he recibido 776,45€… como es posible? Por qué me ponen en la nómina un salario base de 540€+complemento salarial 82,48+ prestación enfermedad común los 239,50?
En definitiva… si bajan el salario base y lo complementan con el importe que debo recibir por la baja… no me están “pagando la baja” ???
Muchísimas gracias y perdona.
Hay cálculos mal hechos, 1197/30 no da 23,95 euros, sino 39,91 euros / salario día. no se si esos 776,45 euros son BRUTOS o netos, pero es normal que los días de baja te indiquen prestación por enfermedad, y se te descuente parte del salario base o complementos.
Muchísimas gracias Alejandro!
Los 776´45€ he recibido Netos.
Menudo robo! Cotizas pa ná… jajaja
Un saludo y de nuevo, Gracias!
Hola, tengo una duda e estado de baja del 9-9-19 al 2-10-19 el primer mes me an pagado 800 euros y el segundo mes me an vuelto a pagar lo mismo, esta bien?
Sin saber salario ni más datos es imposible saber si es correcto.
hola soy camarera de un hotel de 5* me coresponde nivel IV de convenio de hosteleria la tabla A. (1,456€)bruttos. Estoy debaja desde 11.11.2019 hasta 25.11 en total 15 dias. me han comentado q perdere unos 70€ de la nomina mas 50€ del transporte en total 120€ . Era una operacion planeada por S.s es correcto la candidad?? gracias. Saludos,Patricia
Habría que mirar el convenio colectivo, y por el tiempo que conlleva, lamento indicarte que no reviso convenios en las orientaciones gratuitas que realizo a través del blog.
hola buenos dias mis dudas son: estoy de baja desde el dia 20/09/19 el mes de septiembre lo e cobrado bien pero ahora que tengo que cobrar octubre, mi jefe se niega a pagarme por que dice que la
Seguridad Social no le ha descontado nada ni le ha ingresado nada de la parte proporcional que le toca y claro ahora me dice que hasta que la S.S. no le ingrese, que el ami no me paga.
Mis preguntas son :
¿es legal esperar a que la S.S. le haga el ingreso para yo poder cobrar?
¿si es legal hacer eso que dia cobraria ? y por ultimo?
¿si no puede hacer eso hasta que dia tendria para pagarme?
No, no es legal. Tiene que pagarte como otro mes.
Hola, hace unos días me ingresaron en el hospital pensando que era un infarto cerebral, tras 8 días ingresada y numerosas pruebas, afortunadamente no tengo lesiones ni secuelas. Ahora tengo el alta hospitalaria y de momento unas dos semanas de baja médica. Mi convenio es de distribución de productos al por mayor y no tenemos complemento de mejora por IT.
Conlleva algún tipo de descuento en nómina o al haber ingreso hospitalario no se descuenta nada y debo cobrar mi salario íntegro.
Gracias
Si el convenio no complementa, si que te descuentan algo como está explicado en el artículo, el existir una hospitalización no modifica la existencia o no de descuento.
Hola! he tenido en ese año una baja de un solo dia y ahora estoy en mi segunda baja de este año, al tener turno de noche fijo me han quitado la nocturnidad y mi salario base se ha visto bastante perjudicado, mi pregunta es…
¿ me pueden quitar la nocturnidad al estar de baja siendo mi horario fijo?
gracias.
Cando estás de baja, se abona según la base de contingencias comunes, y no te pueden sacar la antigüedad, ya que es un concepto que se debe incluir en la base. Es normal que te descuenten el día que has estado de baja, y por lo tanto, cobres menos ese mes, salvo que el convenio indique otra cosa.
hola llevo 35 dias de baja laboral por ataques de ansiedad y aun no me han pagado nada la seguridad social que tengo que hacer en estos casos llevo casi dos meses y no eh cobrado nada encima la empresa aun me esta pagando el mes de vacacio es de agosto y aun me falta cobrar parte del mes de septiembre trabajdo
No se si has solicitado el pago directo a la seguridad social.
Buenas estoy dado de baja comun por ernia discal y a espera para que me operen ase 60 día ay me estaba pagango el el 75 mi jefe y ahora me dijo mi jefe me dijo que el lunes para ponerme en el paro no se que aser porque ahora no se si cobro o no cobro nada ya y si el puede aser eso gracias saludos
Seguirás cobrando mientras sigas de baja, pero la cuantía que te corresponde por la prestación por desempleo, que puede que sea inferior a lo que estás percibiendo ahora. Habría que estudiar la posibilidad de demandar a la empresa por despido.
Buenas
Estoy de baja por un infarto de lo cual me han puesto un Sten, tengo por bastante tiempo de baja ,queria saber con un sueldo base de 1500 euros cuanto voy a cobrar con la mutua, aun no sabemos cuanto tiempo estare de baja pero varias seguro.Cobrare el 70% o el 100% ? Gracias , saludos
Lo explico en la entrada, pero si el convenio no complementa cobraras menos. Los tres primeros días nada, del 4 al 21 el 60% y posteriomente el 75.
Hola buenas
Si me queda medio mes para incorporarme ese medio mes se cobra?
Durante el tiempo de incapacidad temporal se cobra, aunque menos. Siempre que tengas cotizado los 180 días en los últimos cinco años que se exige.
Hola yo estoy de baja por enfermedad comun , cuando trabajaba cobraba 1. 380 pase a la seguridad social a parti del 10 de julio y cobraba 1, 134 € y hoy 31 de octubre solo e cobrado 1. 098 ,50 a parti de cuando mes te empiezan a rebajarte la baja ?
A los seis meses, baja al 50%.
Trabaje hasta el 15 de octubre y me operaron el día 16.Mi salario es de 1145E con todos los complementos y me pagaron 816E ¿puede ser esto correcto siendo indefinida con12 años en la empresa .Si con 15 días de baja me hacen ese des cuento con 1 mes me descontada más del 50%?
Como indico en la entrada. Los tres primeros días no se cobra nada, después el 60% y a partir del 21 e 75%. Por lo tanto, cobrarás más del 50% del salario. Además, habría que mirar el convenio, para ver si se puede reclamar el 100%.
Buenos días,
Estoy de baja laboral, y en mi convenio me pone que la primera IT del año con 90 días consecutivos cobraría el 100%, siendo una baja común, sin ser una baja por accidente laboral. Entonces entiendo que me pagan el 100% de mi sueldo durante tres meses no? Y quien me lo paga la empresa o la Seguridad Social?
Muchas gracias.
Lo abona la empresa.
Muchas gracias!!
Buenos días, en mi caso tengo 2 dudas, la base reguladora son todas las contingencias comunes juntas o sin el importe de las pagas extraordinarias. Y otra consulta, el importe que me sale es en bruto? Hay retención?
Muchas gracias de antemano
La base de contingencias comunes incluye las pagas extraordinarias. Sí, hay retención.
Hola buenas tardes
Yo estaba trabajando en un hotel como camarera de pisos mi contrato era temporal en agosto no pude trabajar porque tenía los nirvios de los manos inflamados y como estoy embarazada no pueden operarme hasta que nazca el bebé puis me mandó el médico a reposó ahora se me terminó el contrato en 1 de septiembre y me dijeron que la Mutua me va a pagar pero no se cuándo me van a pagar y que derechos tengo ?
Gracias
En primer lugar habría que revisar si el contrato temporal está en fraude de ley o no. En segundo lugar, te pagara la mutua y te pagará lo que te corresponde por desempleo.
Buenas tardes:
Acabo de estar de baja 3 días y me incorpore ya que me encontraba para trabajar, trabajé 2 días y me tuve que dar de baja otra vez 4 días, mi pregunta es: se considera recaída o son dos bajas?
Me han comentado que al ser dos bajas me quitan 6 días ( es decir no cobro nada)
Un saludo
Si es la misma causa, recaída. Las recaídas son todas las baja por la misma patología que se produce dentro de los 180 días después de un alta.
Mi hija trabaja en una peluquería.
Ese día tuvo q hacer un curso de 4 horas para la empresa y en el curso se desmayó,tuvo 5 puntos en la mandíbula dos dedos lesionados por q callo cn las tijeras,No había rotura desplazamiento de un nudillos xn heridas,esta embarazada de 21 semanas y la mutua de su empresa a dicho q no entra Xm accidente laboral. Puesto q un síncope es un enfermedad común. Eso fue el 30 septiembre y cobro su nómina de 850 q tiene.
Ahora a estado el mes entero de baja y el mes de octubre a cobrado sólo 591€ tiene baja todavía hasta el 28 noviembre q estará de 26 semanas de gestación. La cantidad a pagar es la legal ? Encima en diciembre se le acaba el contrato pero por su estado la doctora de cabecera creo q ya no le de el alta por q sigue cn dolor de cabeza y mareos. Tenía la mutua q hacerse cargo, si al final prescinden de ella quien paga si se le acaba el contrato y sigue de baja?
Le seguirá pagando la seguridad social mientras esté de baja, si le finaliza el contrato tendrá que pedir el pago directo a la seguridad social, además de revisar para demandar por despido nulo. Para que se considere accidente laboral tendrá que interponer un procedimiento de determinación de contingencias.
Trabajo a través de una ETT y estoy en situación de IT por enfermedad común.
Mi nómina dice literalmente que “está confeccionada según convenio de la empresa usuaria” y mi empresa usuaria complementa el 100% según convenio en los periodos de IT. Me correspondería ese complemento al trabajar por ETT?
Gracias de antemano
Un saludo
Es discutible, pero en principio no, ya que el complemento no se considera condición esencial de las condiciones de la usuaria.
Hola buenas,
Me han dado la baja por enfermedad común, en mi casa me rompí el pie fuera de mi jornada laboral. No sería un accidente no laboral en vez de enfermedad común. Por culpa de ser enfermedad común no estoy cobrando nada de la baja ya que no he cotizado lo requerido. Y me espera una baja bastante larga por ahora casi dos meses….
Alguien sabe si puedo reclamar que me hayan dado el alta por enfermedad común? Romperse un pie es enfermedad común?
Muchas gracias
Es un accidente no laboral, presenta un escrito en inspección de trabajo.
Buenas me gustaría hacer una pregunta. Mi mujer ha estado 4 días de baja por enfermedad común y al recibir la nómina ha visto que le ha pagado 200€ menos y quisiera saber si eso es correcto o debería de haber cobrado su mes completo. Creemos que le han descontado los 4 días y 2 días más que eran festivo.
Gracias
Habría que ver que es lo que dice el convenio, pero si te pueden descontar algo de la nómina como se indica en la entrada.
Buenos días Alejandro yo he estado tres meses de baja . Desde abril . Mayo . Junio me afecta en algo para la paga de julio . Gracias
Si, lo explico en la entrada. Sí que afecta, habría que ver que es lo que dice el convenio, pero puede que te descuenten el tiempo que has estado de baja a la hora de calcular la paga extra.
hola yo hacia 6 años y pico que trabajaba en servicio de salud publica era suplente extraordinaria y me despidieron estando con sartificado x depresión me tienen que pagar el despido o no gracias
Si es en España, depende de la causa del despido.
Hola, trabajo en una heladería a tiempo parcial, y tengo una baja por enfermedad común de 4 días, mi sueldo es de 900€,me podrías aclarar por favor cuanto se me descontará del sueldo por estos días de baja. Gracias un saludo
Depende de la base y del convenio colectivo. Pero si es de cuatro días, salvo que el convenio diga otra cosa, los tres primeros días no cobras nada, y el cuarto días cobras el 60 % de tu base de contingencias comunes.
Muy buenos días y gracias por sus contestaciones a todos.
Tengo un trabajador que está de baja por enfermedad común que alega que como en otras ocasiones le he pagado el 100% tiene ahora derecho a cobrar igualmente el 100%. Dado que la baja puede ser larga tomé la decisión de remitirme a lo establecido por normativa. He tenido que contratar a otra persona y no me puedo permitir complementar hasta el 100% a este trabajador. Según nos indica él se remite a lo que indica el convenio en cuanto a “condiciones más beneficiosas”. A lo largo de 8 años le he pagado 5 veces el 100%, ha sido por propia voluntad y sin haberse hablado nunca; ¿estoy obligado a seguir pagando la totalidad; es decir, a complementar del 75% al 100%?.
Muchas gracias
Es una cuestión discutible si se considera como derecho adquirido o condición más beneficiosa. Habría que ver que es lo que dice el convenio y te recomiendo este artículo.
Buenas noches Alejandro.
El convenio no expresa tal derecho (el de cobrar el 100% en procesos de baja por enfermedad común). Cuando entró este trabajador hace 8 años le dimos verbalmente una serie de derechos, entre ellos a cobrar el 100% en periodo de baja por un periodo máximo de dos meses. De tal derecho se informó a la gestoría con el fin de que lo tuviesen en cuenta.
El problema que tengo es que la “depresión” – la cual vino anunciando dos semanas atrás debido a que mi hijo iba a ser el responsable bajo mis órdenes – se está alargando, y ya va camino de dos meses. La gestoría se equivocó y no pagó la primera mensualidad salvo lo extrictamente establecido y que tú ya has mencionado en varias ocasiones (3 primeros días sin cobrar …..etc). Debido a este equivoco el nos ha mandado, vía whatsapp la advertencia de que o le pagamos inmediatamente o lo reclamará judicialmente. Esto es fácilmente solucionable y se le va a ingresar el dinero de inmediato. El problema es que nunca quedó por escrito que esto se establecía para un periodo máximo de dos meses y estamos seguros que va a reclamar ese “derecho” que dice tener por lo establecido en el convenio colectivo en relación a “condiciones más beneficiosas”. El convenio en ningún caso establece este tipo de mejoras, pero, y como he dicho, establecimos el periodo indicado por considerar que en dos meses cualquier enfermedad común estaría curada.
¿Qué podemos hacer?. Veo que tenéis un teléfono donde llamaros pero también veo que estais en A Coruña, siendo que nosotros somos de Madrid.
Un saludo y gracias por tu respuesta
El tiene la prueba de que es un derecho que le habéis reconocido en cuestiones anteriores, tu tendrías que acreditar que no lo concedisteis como derecho adquirido o con una limitación temporal. Es una problemática de prueba.
Buenos días, me podría decir en que articulo de la Ley General de la Seguridad Social, se recogen los porcentajes a percibir estando en situación de IT
Se ha desarrollado a través de reglamentos; RD 53/1980 de 11 enero de 1980, Artículo 2 del Decreto 3158/1966, artículo 14 del Decreto 1646/1972.
Buenas,
Estoy de baja por incapacidad temporal como enfermedad común pero con hospitalizacion.que en mi convenio de comercio marca que debo percibir el 100% desde el día de la baja.
Estoy cobrando el 75% de las contingencias profesionales por parte de la mutua. Pero para percibir el 100% la empresa debe abonarme el 25% restante de las contigencias profesionales
¿no es así?
Y sobre ello hacerme las debidas deducciones
Agradecería una respuesta,para salir de la duda
Habría que ver que es lo que dice el convenio colectivo, pero hay algo que no me cuadra. Por un lado, estas de baja por enfermedad común, pero por otro te paga la mutua por contingencia profesional (que es baja por contingencia profesional). Sea la baja como sea, la empresa es la responsable de complementar si así lo indica el convenio.
Ha sido operación con hospitalizacion,y en el artículo 20 del convenio del comercio,consta que de ser con hospitalizacion me correspondería el 100% asique entiendo que pasaria a ser enfermedad profesional.
La cuestión es que mis contigencias profesionales del mes anterior a la operación es muy alta dado a comisiones conseguidas.
Mas que mi salario normal.
En este caso para mi es más favorable porque percibiría más salario mensual.
Como se me debería desglosar en nómina?
me paga en 100% la empresa y de ahí deducciones? O por lo contrario el 75% mutua con deducciones y el 25% empresa con deducciones?
La empresa me a confirmado que desde el 21 de agosto de la operacion me abonarian todas las diferencias economicas de agosto y septiembre,pero en la nómina de octubre,solo cobre el 75% de la mutua y de ahí me hicieron deducciones.
Que haya sido operación y que el convenio indique se abone el 100% no modifica la causa de la baja, y si la enfermedad es por una cuestión no profesional, no se convierte en profesional.
Así como dice usted es baja enfermedad común,pero la empresa me ha reconocido que por hospitalizacion como así lo dice el convenio, me corresponde desde el mismo día de la operacion percibir durante la baja el 100%.
Entonces… mi duda es
Si ya la mutua me esta pagando el 75% el 25% me lo tiene que abonar la empresa y hacerme las deducciones sobre el 100% en total …..cierto?
Porque lo que he percibido en la última nomina es el 75% por la mutua y de ahí las deducciones .
Y saun sin abonarme el faltante económico de las anteriores nominas
Gracias por la atención
Si lo dice el convenio, se lo tiene que reclamar a la empresa el restante 25%.
buenas tardes ,tengo una duda y me gustaria que me informarais un poco si puede ser,gracias .trabajo en un hotel ya llevo muchos años,hace 8 dias me operaron del menisco estando ingresada un dia,me gustaria saber cuanto me deben descontar
Depende del convenio, pero lo explico en la entrada. Los tres primeros días no cobraras nada, y del 4 al 21 el 60% de la base, y a partir de ese día, el 75%.
Hola una pregunta me ban a dar de baja por vertigos pero el mes pasado no trabaje estube cobrando renta agraria ahora yebo trabajando 5 dias cuanto me pagaran de baja
La base será la del mes en el que trabajas.
Hola yo me di de vaja el dia 14/de este mes este mismo mes empiezo a cobrar la vaja es enfermedad comun
Hola buen día. Yo tengo un contrato de 3 meses y me operaron al segundo mes del contrato y me dieron 40 días de baja médica el mes de baja me lo paga la empresa. aunque tengo el contrato de 3 meses ?
Si tienes cotizados al menos 180 días en los últimos cinco años si que tienes derecho a que te pague la empresa la baja.
Hola he estado de It de 31.05.2019 a 03.06.2019, acaban de pagar la paga de junio y veo qur me han retenido 160€, aqui no me cuadra, si son 4 dias salario b. 948+78de antiguedad /6meses /30dias=5.7*4dias sin 22,80, con irpf 8%
Hay algun cambio de ley?
Habría que mirar la nómima, pero no entiendo los cálculos que haces.
Ya esta, gracias x todo
Un saludo
Buenas, expongo el caso de mi padre.
Mi padre lleva de baja desde el día 12/05/2019 por enfermedad común, hoy hemos recibido la carta de la mutua en la que reconoce el derecho a percibirla prestación:
BR = 35,35 €
Período de abono: 15/05/2019 – 10/11/2019 cobrará un 70%
Período de abono: 11/11/2019 – hasta alta médica cobrará un 50%
¿Esto es correcto?
Según tengo entendido yo, los primeros 3 días no se cobraría nada. Luego del 4º al 20º se cobraría el 60% y a partir del 21º se cobraría el 75% de la BR.
Mi padre es taxista y le salió una ulcera en la planta del pie que se le infecto hasta llegar al caso de que le han tenido que amputar la pierna izquierda por debajo de la rodilla.
Necesito que me ayudarán, si tenéis conocimientos del caso para saber cuales son las gestiones a realizar.
Eso es correcto si han finalizado la relación laboral, es decir si le han despedido o han finalizado el contrato temporal. Es decir, los datos que indicas de tres días y de 4 al 20, es para un trabajador bajo una relación laboral, pero una vez se extingue la relación laboral, el trabajador percibirá lo que le corresponde por desempleo, es decir eso que comentas tu.
Hola Alejandro, gracias pro la información tan clara y específica.
Nuestra empresa solía complementar las nóminas por IT desde el día 1 de la misma. Este año a cambiado su política y sigue la normativa vigente que explicas en este post.
Nuestra duda es si la anterior conducta llevada a cabo por la empresa se podría considerar como derecho adquirido.
Por otra parte, existe alguna norma que oligue a las empresas a comunicar de manera oficial dicho cambio de política?
Gracias de antemano por tu tiempo.
Si es un derecho adquirido, que explico en esta entrada,, la empresa no puede cambiarlo de manera unilateral, sino que tendrá que seguir un procedimiento de modificación sustancial de las condiciones de trabajo.
Buenos días.
Antes de nada muchas gracias por la información que pones en el post. Tengo una consulta sobre los importes de la baja (del 16/04 al 03/05). He realizado el calculo y me sale correcto el 60% con respecto a la base de cotización del mes pasado, hasta ahí todo bien. Ahora mi pregunta es ¿de la baja te retienen concepto de Seg. Social, como cuota desempleo, contingencias comunes y cuota formación? Si es asi, ¿como se calcula la cantidad a la cual hay que aplicar la retención?
Seg. Social aparecen tal cual los conceptos duplicados con esas cantidades en la nomina.
1,6% desempleo, 4,70% contingencias, 0,10 formación ——> salario base 488,05€
1,6% desempleo, 4,70% contingencias, 0,10 formación ——> 562,85€ IT…. esa cantidad la sacan de lo que me han abonado de baja al día 22,51. Según la empresa sale de 22,51/0,6*15……
A parte de no entender esa ecuación si los 3 primeros días no me apagan pq lo tengo q dividir entre 15 y por que me retienen de un importe superior al abonado… La ultima pregunta es si a el concepto de prestación también se le retiene IRPF ya que me han sumado salario base e IT y me han aplicado la retención.
Muchas gracias de nuevo, disculpa por el texto y espero haberme explicado bien.
Las cotizaciones se calculan según la base de contingencias comunes que aparece en la nómina, que será superior a lo que has percibido. El IRP se retiene según lo percibido BRUTO en esa nómina, sin tener en cuenta la base de cotización, ya que es una cuestión diferente.
Hola, Antes que nada agradezco la clara información enunciada por vosotros.
Mi duda es la siguiente : He estado de baja por enfermedad común desde el día 10/04719 hasta el día 03/05/19 ( 24 días) , la empresa se rige al convenio del sector del metal.
La base sobre Contingencia Comun es 1352,96.-
Tal y como explicáis en vuestro apartado 1 de enfermedad común en la liquidación de la nomina correspondiente al mes de Abril están los conceptos SALARIO BASE, COMPLEMENTOS SALARIAL, PAGA VERANO, PAGA NAVIDAD,
I.T.ENF,A CARGO DE LA EMPRESA…….12……27,00……324,00 (EN ESTE CONCEPTO ES DONDE SURGE MI DUDA, Y ES SI CORRESPONDE ABONAR A LA EMPRESA EL 60% O EL 100% DEL VALOR BASE, ES DECIR 45,OO EN VEZ DE 27,00)
I.T.ENFERMEDAD 60% S.S………………….5……27,00……135,00
I.T.ENFERMEDAD 75% S.S…………………1…….33,75……33,75
el 100% es sólo si lo indica el convenio, sino se abona el 60 % del 4 al 21 día.
Hola, mi duda es la siguiente, he tomado una baja del 10/04/19 al 03/05/19 (23 días). En la nomina correspondiente a la liquidación de 01/04 al 30/04 esta detallada el concepto I.T. Enf. a Cargo de la Empresa con un Valor Base equivalente al 60% (45,00 al 60% = 27,00) ¿este valor es correcto? La empresa no esta obligada a pagar el 100% del valor base (45,00)????
Pertenezco al gremio del Metal.
Desde ya agradezco respuesta, o en su defecto alguna pregunta, que pudiera ayudar para deducir con mas exactitud la duda.
No, salvo que el convenio establezca otra cosa.
Gracias Alejandro por la pronta respuesta.
El convenio dice lo siguiente, (copio y pego del BOIB)
2.º Enfermedad común o accidente no laboral. Las empresas completarán la diferencia existente entre lo que perciban los trabajadores/as en concepto de prestación económica por IT por enfermedad común y la correspondiente base de cotización cuando el trabajador/a sea hospitalizado durante el tiempo que esté efectivamente internado en establecimiento hospitalario y hasta un máximo de 50 días de hospitalización y 15 días de convalecencia sea cual sea la duración de ésta, aun fuera del centro hospitalario. Percibirán por una sola vez al año y a partir del primer día, en los casos de IT por enfermedad común o accidente no laboral, la diferencia entre lo que cobra el trabajador/a de la Seguridad Social y el 75 % de la correspondiente base de cotización.
De todas maneras no me queda claro lo que debe abonar la empresa. En este fragmento del BOIB no expresa que sea el 60% que debiera abonarse, sino que hace referencia ” a la diferencia entre lo que cobra el trabajador de la Seguridad Social (que no esta claro lo que es ), y el 75% de la correspondiente base de cotización ( que entiendo que sería 45,00x 75%= 33,75) en este caso como se aplicaría la diferencia de lo cobrado por la Seguridad Social????
La verdad no es claro el convenio y parece establecer dos casos, en caso de hospitalización, o para la primera IT en el que se pagará el 75% de la base, indicando que “la diferencia entre lo que cobra el trabajador/a de la Seguridad Social”, que puede interpretarse desde el primer día, o solamente desde el día 16 al 21.
Hola mi pregunta, es llevo 2meses de baja. Por enfermedad comun. Las pagas no las tengo porreteadas y mi enpresa parace
Que a otros conpañeros le, descuentan. Cuando cojen bajas. Eso es normal.
No es que descuente, sino que durante la baja, las pagas extras están prorrateadas de manera obligatoria durante el periodo de baja, y por tanto, cuando vas a cobrar la paga extra, no cobras el tiempo que has estado de baja, puesto que ya lo has cobrado.
Hola buenas tardes, mi duda es que me dieron la baja el 28de febrero y el alta me la dieron el 28de marzo, trabaje el 29,30,31de marzo día 1de abril, el día 2no fui a trabajar porque estaba enferma y el día 3me dieron la baja por Otra enfermedad, mi base de cotización común es de 1050€,el mes de marzo me pagaron 700.13€ y ahora en el mes de abril 557.58€,SACANDO LOS CÁLCULOS COMO DISEN DE LA BASE DE CONTINGENCIA COMÚN NO ME COINSIDE CON LO QUE ME HAN PAGADO, EN MI CONVENIO PONE QUE EN LA PRIMERA BAJA DESDE EL PRIMER DÍA PAGAN EL 75%Y SI AHÍ UNA SEGUNDA BAJA EN EL MISMO AÑO, PAGAN LOS 3PRIMEROS DÍAS AL 60%Y EL RESTO AL 75%,SI ME PUEDE RESOLVER MI DUDA SE LO AGRADESCO, AHÍ ALGUN CONVENIO QUE DIGA QUE EL SUELDO NO SE PAGE A RAZÓN DE LA BASE DE CONTIGENCIA COMÚN?
No, se calcula sobre la base de contingencias comunes. Parece que no es correcto lo que te han pagado.
Muchísimas gracias
Buenas tardes estuve de baja dos meses por herni discal,la mutua me dice me pertenece 45e por dia segun pone mi contingencia comun,ellos me pagan 75%em convenio de la empresa dice que los primeros 3 meses pagan el 100%,la empresa me ha descontado los plus de todo esos meses y solo me pagn el sueldo y que segun ello no me vn a pgr ms estando de baja que trabajando pueo reclamar el dinero me falta gracias
Habría que ver el convenio, para ver si mejora o no y saber si le han pagado lo correcto.
Buens tardes!!
Estoy de baja desde el día 5de marzo por enfermedad común,y estoy embarazada ,mi vio la mutua y y mean mandado una notificación de pago delegado,pero todavía no e cobrado nada de nada desde el mes pasado,y sigo de baja quién me tiene q pagar?y q fecha pagan
¿Te han despedido mientras estás de baja? Normalmente paga la empresa en caso de enfermedad común, pero si no puedes solicitar el pago directo a las seguridad social como se indica en esta entrada.
Buenas tardes.
Con cuanto tiempo generas el derecho a percibir la prestación integra de baja por enfermedad común desde que te das de el alta en autónomos ¿A los tres meses o a los seis?
Gracias
Seis meses, 180 días.
¿Si, no llegase a los 180 días y causara baja que proporción se aplicaría para la prectación?
Gracias
No se aplica proporción, directamente no se tiene derecho a la prestación por incapacidad temporal si no se tiene cotizado al menos 180 días en los últimos cinco años.
A lo que me refiero es que si los 180 días cotizados tienen que ser en el régimen de autónomos o también se suman los cotizados en el régimen general . Y si esto influye para calcular el importe de la prestación de la baja, pues ni sé cómo se calcula, si es por la base de cotización de los 180 días en conjunto o del último mes en que causa la baja.
Gracias
Tengo mis dudas, aunque entiendo que pueden sumarse los dos regímenes. Pregunta en la seguridad social. La base de cotización, sería el mes anterior a la baja.
Hola estoy de baja porque estoy embarazada de 32 semanas trabajaba 40 horas a la semana en un salón de juegos lo que me ingresan a mi al mes son 1128€ quiero saber cuánto cobraría estando de baja de aquí asta k de a luz y esté de baja por maternidad.
Si estás de baja por riesgo, deberás cobrar el 100%. DE hecho, cuando cobres la pensión de maternidad cobrarás algo más ya que no habrá retención de IRPF.
Buenos días,tengo un problema con una baja por enfermedad, del 26 de febrero al 1 de marzo estuve de baja, y en mi nómina de febrero el salario base ha bajado de 1105 a 995, sin indicar en la nómina nada referente a eso, en cambio en la nómina de marzo se ve reflejado un descuento por enfermedad de 127€.
En mi empresa me indican que los 3 primeros días no tienen por que indicarlos en nómina, pero me parece raro que de donde me lo hayan quitado es del salario base de febrero, y que además en la nómina de marzo se indique otro descuento ademas de 127€, con lo cual por 4 dias serian como 240€?
Muchas gracias
Buenas tardes!
Pues el salario base mio fue 1660 el mes de febrero. Empeze la baja el 27 de marzo yme descontaron unos 200 euros de la nomina por los 5 dias de baja, quiero decir desde 27 al 31 de marzo. En abril sigo de baja, y en el convenio de hosteleria bizkaya pone:
ículo 24º.-SITUACION DE BAJA.
Los/as trabajadores/as que se encuentren en situación de Incapacidad Temporal por motivo de enfermedad
profesional, accidente de trabajo o que están ingresados/as en un centro sanitario y se justifique debidamente,
percibirán el 100% de su salario real desde la fecha de baja.
Si el motivo de esta Incapacidad Temporal fuera la enfermedad común, el/la trabajador/a recibirá el 100% de su
salario, siempre que la Incapacidad Temporal sea superior a los 30 días, entendiéndose que lo cobrará desde el
primer día de su IT
Si sigo de baja hasta el 28 de este mes, se supone entonces que me tienen que pagar el 100%? Yque pasa con lo que han descontado el mes de marzo?
Muchas gracias de antemano.
Si es por enfermedad común, si entiendo que superado los 30 días de baja deberán de abonarte todo, incluso lo descontado.
Hola mi pregunta es tengo la baja por operacion de tunel carpiano soy vendedora de una tienda y mi baja es enfermedad comun aunque ya entregue documentacion en el inss porque se considera profesional pero hasta dentro de meses no recibo respuesta. Me operaron el 15 marzo y recibi mi nomina con los descuentos y ahora en abril tengo todavia la baja , se que paga ahora seguridad social y mi pregunta es el pago es el 75% sobre el salario base o sobre el total que pone la nomina al final de base de contingencias comunes? mi salario es 912.80 y plus transporte 78.41 total 991.21
debajo de nomina pone remuneracion mensual 991.21 prorrata de pagas 228.20 total 1219.41
me podrias decir como me va a pagar la s.social por incapacidad temporal por enfermedad comun
gracias un saludo
Se calcula sobre la base total, es decir, sobre los 1219.,41 euros. Ahora cobrarás con las pagas extras prorrateadas, por lo que cuando tengas que cobrar la paga extra no será entera, ya que parte la has cobrado prorrateada.
Muchas gracias Alejandro le agradezco su respuesta.. buen trabajo de profesional.
Una pregunta. Si empiezo la baja el dia 25 del mes de febrero, supongo que me quitan dinero de la nomina. Si sigo de baja hasta el 27 de marzo, y he pasado 30 dias de baja, y en mi convenio pone; Si el motivo de esta Incapacidad Temporal fuera la enfermedad común, el/la trabajador/a recibirá el 100% de su
salario, siempre que la Incapacidad Temporal sea superior a los 30 días, entendiéndose que lo cobrará desde el
primer día de su IT.
Se supone que me devuelven lo que se me ha descontado en la nomina de febrero?
Si eso es lo que indica el convenio, sí que se debería cobrar la diferencia de lo que se haya descontado.
Buenas tardes, en julio cumpliré 62 años estoy de baja por artrosis en las dos rodillas, la empresa a los dos de baja me despido, con lo cual me está pagando la mutua, llevo para 7 meses y la mutua me ha reducido la cuantía de lo que cobro mi pregunta es porque, gracias por todo sobre todo por escucharme.
La mutua te está pagando lo que te correspondería por prestación por desempleo, y esa cuantía se redice en el séptimo mes al 50% de la base.
Hola, seria tan amable de responder a esta pregunta: ¿En la baja por ilt de autónomo, la exigencia de los 180 días cotizados es dentro de este régimen o cuenta lo acumulado en el general (ambos) ?
Agradeciendo su respuesta, un saludo,
Vicente
Alejandro, no me refería, al la reducción del importe que te pertenece en la baja, si no a cuando generas el derecho a percibir dicha baja y su cotización desde el alta en autónomos ¿A los tres meses o a los seis?
Gracias Alejandro
Buenas tardes,
La semana que viene me someto a una cirugía ambulatoria en el hospital pero creo que me darán de alta en el día. Mi convenio es el de la construcción y en el art. 43 pone que en caso de hospitalización complementan al 100% el sueldo.
Mi pregunta es ¿Deberían complementarme al 100%? Por que yo creo que aunque no haga noche en el hospital, ingreso hospitalario si hay.
Muchas gracias de antemano
En mi opinión sí, pero desconozco si existe alguna jurisprudencia al respecto.
Buenas noches. He faltado al trabajo dos dias por una gripe y me descuentan por la baja147€
Esto es normal, no lo veo justo la verdad. Me parece una barbaridad. Y que hay que hacer para que no te descuenten?? Justificantes médicos??? Gracias por la atención.
Si estás de baja por incapacidad temporal te pueden descontar algo, aunque entregues los partes de baja como se explica en la entrada.
Hola, tengo una duda en el ejemplo que habéis expuesto:
-Un trabajador que tiene un base de cotización de contingencias comunes de 1.340,54 €, ha estado de baja 22 días y el convenio colectivo no mejora la cuantía a percibir durante la incapacidad temporal.
Salario Base 1.340,54 €/mes
Lo dividimos entre 30 días. 1.340,54/30 días = 44,68 €/día
……….
Según observo dan el mismo valor a la base de contingencias comunes del mes anterior y al salario base. Ambos por el mismo valor. ¿No es un error?. La base de contingencias comunes es igual a la suma del importe de remuneración mensual (Salario base+ Complementos salariales+ Salario en especie+ Suplidos no exentos) más el importe de la prorrata de pagas extraordinarias.
Lo que se divide entre 30 días para obtener la base reguladora es la base de contingencias comunes del mes anterior …no el salario base como pone en el ejemplo.
¿Puede llegar a coincidir la base de contingencias comunes con el salario base?
Saludos.
Tienes razón, en el ejemplo es más correcto indicar base de contingencias comunes. La base de contingencias comunes, siempre será como mínimo, salario base más pagas extras.
Hola me gustaria saber cunato deveria cobrar teniendo en cuenta que llevo 2 mese y medio de baja por enfermedad comun,tengo un sueldo de 1360 euros con las paga prorrateadas y me estan descontando el los 2 meses completos que llevo de baja 300 euros cada mes,trabajo en hosteria en Valencia .
¿Es correcta la reducción ?
Un saludo y gracias de antemano
Podría ser correcto, habrá que mirar el convenio.
Me e dado de baja con gripe es solo 5 días quiero saber cuanto me pueden quitar yo cobro 900€
Está explicado en la entrada, los tres primeros días no cobras nada, y después el 60 %, es decir, que mas o menos de 150 € que deberías percibir, percibirás 36 €, salvo que el convenio establezca otra cosa.
Buenas tardes,
Tras pasar una temporada como parado de larga duracion entre a trabajar en una empresa en abril del 2018. En Julio tuve un accidente fuera de la empresa y estuve hasta finales de septiembre de baja. Al llevar años sin cotizar no me correspondia cobrar baja durante ese periodo, hasta ahi bien. El pasado mes de diciembre tuve un empeoramiento y estuve 5 dias de baja. Estos cindo dias tampoco me han pagado nada. En diciembre ya habian pasado los 180 dias de contrato. ¿Me corresponde cobrar baja por esa semana de diciembre? ¿Los meses que estuve de baja de julio a septiembre cuentan para esa antigüedad de 180 dias?
Gracias.
Salvo que el convenio establezca que se tiene obligación de cotizar, en mi opinión, durante ese periodo la empresa no cotiza y por tanto no se cuenta para los 180 días.
En ese caso aun no me correspondia en diciembre. Muchas gracias por la rapidez en responder.
Hola, comento soy un trabajador que ha estado tres años de formación me cumplió el contrato el día 29 de diciembre 2018 y como en ese periodo de tres años un mes estuve de baja 15 días pues resulta que me obligan a recuperarlo ese mes yo cobre menos por estar de baja…ahora que estoy recuperando los días me lo remuneran o no cobro nada? Y estoy dada de alta en el S.S.? Gracias
Te los pagan.
Buenas mira tengo una duda desde el día 27 que entregue mi documentación en la mutua asta el 21 d enero que tengo que entregar próximo parte Cuanto me pagan mi sueldo x mi empresa era de 621€ aquí como pagan Todos los días Se cuenta de lunes a domingo o solo de lunes a viernes gracias d ante mano
Te pagarán por la base de cotización mensual que tenías en la empresa, un porcentaje en función de la causa y de lo que diga el convenio como se explica en la entrada.
Hola le comento estoy de baja por enfermedad(deprecion) estava trabajando cuando me paso,llevo varios meses el 5 y 6 que creo devi cobrar unos 200€ falta por yegar,se que tengo una deuda en un juzgado y mi pregunta podra el juzgado estando cobrandome un tanto por ciento,o se equivocaron,me lo abonaran mas alante,que puede ser y que devo aser? Gracias por tanta ayuda,en verdad si todos,todos colores,estaturas,religion o lo que sea nos ayudaramos mas entre si…esta planeta en plena destruccion por el hombre seria algo magico,pues hay comida,medicinas,educacion y amor con respeto para todos,gracias por estar ahy vosotros…cinceramente gracias y si precisais un limpia,mantenimiento,pintor,albañil, decipmelo,yo por un plato y la oportunidad de ayudar y aprender,seria un orgullo para mi hija pero con humildad,humildad,bueno espero respuesta cuando podais y dar a los demas que nada hay tan fuerte,magico y mil cosas mas que ignoro,me presento como lo que sea no se me da mal muchisimas cosa palabra,,🖐️y siempre me falto actuar de verdad ayudando a personas miles o mas antiguos como cultura o como misterios increibes….bueno que aparte de la pregunta os admiro de verdad amigos,suerte y gracias
Habría que ver las nóminas, si estas trabajando pregunta en la empresa, si ya no y te paga la seguridad social, lo mejor es que preguntes a ellos directamente.
Trabajo en seguridad privada y llevo 1 año de baja por enfermedad común. No he cobrado nada de extra de Navidad. Esto es así?
Como indico en la entrada, durante la baja se pagan las pagas extras prorrateadas, por lo tanto, no se genera. Así que si llevas más de un año de baja, es correcto que no te paguen la extra.
Estoy embarazada de 7’5 meses y tengo un trabajo a media jornada. Me ha dado la baja el médico de cabecera. Voy a cobrar menos en la baja maternal ?
En la prestación de maternidad no vas a cobrar menos por estar ahora de baja.
Hola necesito ayuda porfavor, llevo 6 meses de baja por enfermedad comun y la mutua me pagaba el 75 por ciento, pero este mes e cobrado menos e llamado y me comentan que apartir del 6 mes se cobra el 50 por ciento y se descuenta de paro es eso cierto ? Y que se cobra el 50 por ciento?
Es cierto que se pasa al 50%, y sólo se descuenta el paro si se solicita.
Después de 6 meses se cobra el 50% de tu salario base? O de lo que te están pagando actualmente?
Si se te acaba el trabajo y estás de baja, de la base.
Hola buenas yo estado 15dias de baja por enfermedad laboral me provocaron infección en los riñones con partes hospitalarios el sueldo son 1200 brutos cuanto me quitarán trabajo en grupo arzabal gracias
Depende del convenio, y los cálculos están explicados en la entrada.
Porque no cobro el festivo trabajado durante el mes que he estado unos días de baja por IT? La empresa dice que es política de empresa però si los días trabajados me los paga la empresa, pq no me puede pagar el festivo, como siempre?
Si trabajas un festivo tiene que abonarlo como tal, el que estés ahora de IT no cambia nada.
He leído que para calcular las bajas se tiene en cuenta la base de contingencias comunes del mes inmediatamente anterior… pq representa que quien paga es la seg.social .. pueden alegar que no lo pagan por ese motivo???
No soy la única a quién se lo han hecho.
Según tu respuesta, la empresa lo esta haciendo mal?? Se puede reclamar?? Con que base legal?
Gracias.
No entiendo muy bien la consulta entonces. Se coge la base de contingencias del mes anterior, y te pagan sobre ello la baja por incapacidad temporal. ¿La pregunta puede ser que si hubieras estado de alta habrías trabajado en festivo y no se tiene en cuenta en la base reguladora? En dicho caso no se tiene que abonar.
A ver, en el mismo mes por ejemplo octubre, trabajo el 12 (festivo) y 14 me pongo mala y cojo la baja. Pagan el festivo en noviembre però no vuelvo de la baja hasta el 25/noviembre. Según la empresa no cobraré el festivo hasta que llegue la nómina de diciembre. Sería correcto?por lo que me has dicho entiendo que no…
Entiendo, un festivo trabajado antes de que coger la baja por incapacidad temporal, sí que debería de aparecer en la nómina del mes siguiente aunque estés de baja.
Buenas, estoy de baja desde el 29 de agosto de este año, y de la nómina de septiembre he percibido 303€, mi sueldo bruto son 800€ y según me indica la empresa se ha basado en lo que indica el convenio de tablas salarias estando de baja. El convenio sería despachos y oficinas de Madrid, realmente dudo que sea tan poco el sueldo. Si me pudierais ayudar? Gracias!
No realizo los cálculos en los comentario ni reviso convenios por el tiempo que conlleva, pero esa cuantía no es la correcta, ya que deberías cobrar más seguro. Habla con la empresa y sino acude a la inspección de trabajo.
Hola,,trabajo de vendedor en comercio y mis nominas son diferentes todos los meses debido a las comisiones que genero cada mes, si el mes anterior a la baja he tenido un mes malo de ventas y cobro menos de lo habitual, ¿que base reguladora se obtendrá?
La del mes anterior siempre, da igual que se tenga más o menos.
muchas gracias!!!
Hola el 14.9 que de baja por la Mutua ahora me van a dar el alta porque dicen que es enfermedad comun y que no les pertenece que la cojo por la ss o a trabajar, entonces voy a cojerla por la ss mi duda es como ya llevo o un mes de baja por la mutua al cambiat me siguen quitan los 3 o 4 primeros dias que no se cobra o paso directamente a cobrar el 75%? Muchas gracias
Hola,
Si tengo un contrato de 8 meses y en el 6º mes me cojo baja por IT, a partir de ahí me empieza a pagar la mutua (porque así lo tiene contratado la empresa), pero los 180 dias en que se me paga el 70% de la base reguladora de contingencias comunes, ¿cuando empiezan a contar? a partir de que ha comenzado mi IT el 6º mes de trabajo o a partir de que finaliza mi contrato (al finalizar los 8 meses de contrato)?
Gracias.
A partir de que finaliza el contrato.
Muchas gracias!!!
Hola tengo un mes trabajar dado de baja por un esguince de tobillo pueden despedir del trabajo
Sí, pueden despedirte si existe causa para ello, aunque no por causa del accidente.
Buenas tardes:
Tengo unass preguntas para ustedes, os pongo en antecedentes.
Estoy de baja por accidente laboral y la empresa me ha despedido sé que me tiene que pagar la mutua,pero sigo dado de alta en la Seguridad Social? y si tengo una enfermedad comun estando de baja por accidente laboral y me dan el alta por el accidente y sigo con la enfermedad comun quien me pagaria?,seguiria dado de alta?
Muchas gracias.
No, no sigues de alta aunque tengas derecho a prestación. Una vez finalizado la prestación, podrás cobrar el paro.
Me está pagando la mutua muy por debajo de lo que me correspondería en relación con mi base de cotización. Se supone que los 180 primeros días corresponde el 70% de tu base de cotización y a partir del día 181 corresponde el 50%. Pero desde el primer mes me están pagando un 41%. Esto es legal? Me han comentado que tienen topes mínimos y máximos, es legal?
Habría que revisar por que te paga eso, pero efectivamente tiene que pagarte lo que corresponde con el desempleo en caso de que sigas de baja y ya no estés trabajando en la empresa.
Hola halejandro tepido porfabor ke meresuelbas estos estoi debaja del 18 junio eldia 1 julio mepaga de baja 230 eur. Mi pregunta es la sigiente dejamela todo loke tengo ke cobrar des contada lla laseguridad social mi nomina es 1200 sienpre mirando la de mallo y en contrigencias comunes pone lo mismo 1200. Mi baja es enfermedad comun .porfafor dame la cantidad exsacta delo ke tendria ke cobrar de baja este mes de julio des contando la seguridad social porke mi jefe es mui listo. Aparteporfabor .gracias aparte decirte nesesito un abogado bueno porke no puedo decirte nada poraki
Es imposible saber lo que te tienen que pagar sin saber lo que indica el convenio colectivo. Además, que estos cálculos llevan su tiempo y exceden de las orientaciones que realizo a través del blog. De todos modos, en unos cálculos rápidos a mi me salen unos 775 euros de salario.
Buenos días, me rijo por el convenio de hostelería de las baleares. Mi pregunta es: estando de baja desde el 20 de marzo de este año ¿Me tienen que pagar el 75% del salario base de la ultima nómina o el 75% del bruto de dicha nómina antes de estar de baja?
No reviso el convenio en consulta, pero la base reguladora es la del mes anterior a la baja, el salario bruto del trabajado teniendo en cuenta las pagas prorrateadas.
Hola quisiera saber si me doy de baja por la seguridad social por accidente laboral voy a cobrar lo mismo, estuve dada de baja por la mutua pero me dieron el alta y por la mutua cobraba lo mismo yo cobro 1042€ cuanto cobraría?
En principio, se cobra menos un 75%, pero depende del convenio.
Hola buenos dias estuve de baja desde agosto a diciembre del 2017, ahora en julio me dan la paga de verano de 2018 pero me han pagado cadi la mitad , tiene algo que ver con la baja??
Sí, durante la baja se paga la paga extra prorrateada por lo que la empresa te lo descuenta ahora de tu sueldo.
Buenas tardes Alejandro, soy fija discontinua, grupo de cotización 10, empecé la campaña el día 18 de octubre y hoy 11 de noviembre me han dado la baja por enfermedad común que se prevé larga. En la nómina del mes de octubre tengo una base de cotización por contingencias comunes de 506,40€ por diez días de trabajo. Sabes cómo puedo calcular lo que cobraré de baja? Porque al ser fija discontinua no sé si tengo que dividir esa base por los diez días, aplicar los tres primeros días sin paga, del cuarto al veinte el 60% y el resto el 75%. Muchas gracias.
Si con esa base se debe extrapolar a 30 días, y salvo que el convenio diga otra cosa, cobrarás lo que se indica en el artículo y en tu comentario.
Llevo trece meses de baja por enfermedad común y ya he cobrado el primer mes por la Mutua despues de los doce primeros que me abono la empresa. La Mutua me abono el 75% de mi base de cotización y me descontó los seguros sociales que me corresponden a mi como trabajador, bien todo, pero ¿cual es la razón por la que a pesar de tener en cuenta eso ahora cobro de baja 150 euros menos que en los doce meses anteriores ? La empresa no tiene ningún convenio que especifique que estando de baja por enfermedad se le abone al trabajador un plus adicional.
Muchas gracias
Habría que mirar por que abona menos, sin más información no te puedo dar una respuesta. Pregunta en la mutua.
Hola!! Ojalá puedan ayudarme! Estoy embarazada de 17 semanas trabajo de camarera en un restorante por lo cual corro mucho y cargo platos y cajas de refresco Y por lo mismo tengo un fuerte dolor de espaldas al final del día… tengo un contrato indefinido con un año de prueba desde el 19 de enero de este año, hoy fui a mi médico de cabecera y me dio una baja por enfermedad común pero al leer el parte de baja en la copia que es de La empresa me encuentro una parte que dice que : “ que si la baja médica es por enfermedad común y no acredita 180 días cotizados no tendrá derecho al subsidio de incapacidad temporal” y contando los días que llevo en la empresa son 175…. qué pasará?? Que no me pagaran nada?? Estando de baja? Por no llegar a los 180 días.. agradezco me puedan ayudar que estoy un poco confundida ya que mi jefe a la hora de comunicarle la baja se lo tomo muy mal y se enfado.. no sé qué hacer…
Si no alcanzas ese periodo de cotización efectivamente no te pagarán nada.
Nada, llame a la seguridad social me aclararon que es haber cotizado en los últimos 5 años un mínimo de 180 días… y claro que los tengo de mis trabajos anteriores y eso me vale
Hola!! Lo primero, muchísimas gracias por tu tiempo y ayuda.
Estoy embarazada de 34 semanas y desde hoy tengo la baja médica por enfermedad común. Mi empresa tiene contratada la gestión de las contingencias comunes a partir del 16º día de baja. Por lo que tengo entendido, del día 1 al 4 no cobro nada y del cuarto día al 16 el 60% (a cargo de la seguridad social). A partir de ahí, la mutua se hace cargo del 100% hasta que de a luz. Por un lado, ¿esto es correcto?
Por otra parte, una vez que entregue el papel de la baja a mi empresa, ellos se lo pasan a la seguridad social. Pero…¿y a la mutua? ¿se lo tengo que hacer saber yo el día 16?. Y cuando de a luz, ¿tengo que avisar a la mutua para que deje de pagarme o con ir a la seguridad social a pedir la baja de maternidad sería suficiente?
De nuevo, muchísimas gracias por todo.
el 100% te lo pagara la empresa si así lo dice el convenio colectivo, y siempre el encargado del pago lo tiene la empresa. Posteriormente, cuando solicites la prestación de maternidad después de dar a luz se lo comunicas a la empresa.
Empece el dia 31 mayo en una empresa nueva ett y el dia 4 me dieron de vaja por enfermedad comun
Me tendrian k pagar vaja?
Si tienes cotizado más de 180 días en los últimos cinco años si.
Si tengo mas de 180 dias
Hace 4 dias me dice la mutua k ellos me pagan
Mi pregunta es kien y cuanto me tendrian k pagar cuando en los ultimos tres meses solo trabaje dias sueltos
La empresa tiene derecho a pagarme los primeros 10 dias o solo me pagara la mutua?
Te pagan según la base de contingencias que tenías en la relación laboral vigente en el momento que tuviste la baja.
hola necesito ayudo e recibido la baja por depresión y la ett me a dado de baja y cobro por el inss la seguridad social, se que estos días me los quitan del paro, pero si yo cuando estoy bien en vez de ir al paro empiezo a trabajar? también me lo descuentan? necesito respuesta muchas gracias
No puedes ir a trabajar si no te dan el alta. Si te dan el alta, o pides el desempleo o trabajas, pero si no no te paga nadie.
Pero te pregunto si cuando me den el alta y no voy apuntarme al paro osea al desempleo me quitan los meses de paro por haber cobrado por la mutua? O solo me lo quitan si voy a pedir el paro? Si no cojo paro y busco trabajo no me descontaran paro? Gracias
Si cuando te den el alta solicitas el desempleo, sí que te quitan el tiempo que has estado de baja, pero si no coges el paro y buscas trabajo no te lo descuentan. La diferencia es que si no solicita el paro cuando te den el alta no te descuentan nada, pero ese tiempo no se entiende cotizado a efectos de jubilación y otras prestaciones.
hola buenas mi consulta es que el dia 12 de marzo , me dieron de baja por enfermedad comun , i el dia 26 de abril se me termino el contrato en la empresa , pero sigo de baja medica , i ahora la mutua es la que me va a pagar , me an dicho que cobro a ultimo de este mes , i queria saber si tengo que cobra del dia 26 de marzo en adelante ?? o me ingresan el mes de abril i mayo ??
El mes de abril entiendo que ya lo has cobrado, lo que te pagarán ahora es el mes de mayo.
No no lo e cobrado este mes es el 1 pago que me acen porque soliciter el pago directo en mayo
Entonces si que te pagarán desde la fecha de finalización del contrato
I el contrato finalizó el 26 de marzo
Tendría que pagarte desde marzo, de todas formas me parece muy raro que no te hayan pagado todavía, deberías de volver a hablar con ellos, por si hubiera algún problemas con tus datos.
Me pagan la semana que viene me an dicho
Soy Rodolfo de jesus elabore en una empresa y el jueves pasado me despididieron y me dicen el lunes 28 de mayo me dan mi liquidacon y el ahorro mio y el ke me da la empresa pero ya firme la renunciael jueves pasado
Necesitaría que me concretaras la pregunta para poder ayudarte.
hola mi pregunta es si mi base reguladora del mes de marzo que es el mes anterior al que cogí la baja es de 1478.54 euros que dividido entre los 30 días del mes da a 49,28 euros porque la mutua me dice que mi base reguladora es de 38,04 euros
Pregúntale a la mutua por que ha cogido esa base, en principio, estaría mal.
Hola estoy de baja , pero mi contrato es de 60 horas un salario base de 243 euros pero los últimos meses me an estado en la base de cotización cotizando 790 euros , que voy a cobrar estando de baja lo referido a mi salario base o a mi cotización de los últimos meses ?
base de cotización.
Hola, tengo una duda y quería ver si es cierta, estoy de baja desde el día 17 de marzo por un infarto, de la nómina me han descontado más de 300 euros, pero me han dicho que puedo reclamar ese dinero al servicio canario de salud antes de 2 meses a contar desde el primer día de baja. Que hay bajas como esta, que si te devuelven lo descontado de la nómina.
saludos y gracias
alberto santana
No, no es cierto.
Hola, mi caso es que he estado de baja de maternidad hasta el 24 d marzo, luego he disfrutado la lactancia acumulada hasts el 17 d abril y el 18 d abril m incorporecal trabajo y cambio mi cotizacion d 20 horas (por cuidado de hijo menor) (siendo este mi segundo embarazo) y cambio a 30 horas pero tuve problemas y el 19 d abril m dan baja por ansiedad (recaida porq durante el embarazo tuve ya una baja por lo mismo) mi duda es q cobrare??? Porque si toman el mes d marzo… m pago la seguridad y m pagaba el 100% porq habian pasado menos d 2 años d mi anterior embarazo y aunq estaba en el trabajo al 50% al ser por cuidado d hijo menor m consideraban encla baja d maternidad 100% d cotizacion (jornada completa q hacia antes) y bien en marzo tengo 23 dias q m paga la seg social a 100% d cotizacion y luego dl 23 al 31 d marzo m paga la empresa imagino q al 50% d la jornda porq entiendo q el csmbio al 75% d jornada m lo hacen el dia 18 d abril.. para pagarme esta IT por recaida.. q base reguladora dl mes pasado se toma????? Lo q m pagaba la empresa o la seg. Social? O todo junto un computo??
Gracias espero haberme explicado y se m hay entendido
La base reguladora del mes anterior a la baja, da igual quien te pague, que la base reguladora no se cambia por estar embarazada.
Buenos días. mi pregunta si mi empresa me puede descontar -128.31 de como complemento I.T.. Estoy de baja y la s.s. me ha pagado 22 días a 28.95. Yo tengo un contrato de 58% y algunos meses hago horas complementarias día. Una vez me paso y me dijeron que no podría cobrar más de mi sueldo. Pienso que no es así porque la s.s te paga por la ultima nomina. Necesito saber. porque me parece que me estan engañando. Gracias un saludo.
Como se explica en la entrada, salvo que el convenio complemente IT, se cobra menos estando de baja que trabajando.
Hola,
El pasado 23 de Marzo escribí un comentario con una duda sobre este tema, y me sigue poniendo que está pendiente de moderación… al ver que habéis contestado este comentario de ayer, me pregunto si es que hay comentarios anteriores a los que vais dando respuesta poco a poco, o si ha habido algún problema con mi comentario. Si es así, indicadmelo y os lo vuelvo a poner para ver si podéis darme respuesta.
Gracias por vuestro trabajo.
Hola buenas,
En mi caso he estado de baja por enfermedad común 3 días de FEBRERO, y mi convenio complementa con el 100% de los 3 primeros días. He cobrado 27 días de sueldo (30 – 3), y un complemento IT correspondiente a 3 días de mi base reguladora según el mes de enero, hasta ahí todo correcto. El problema o lo que no me cuadra es que a la hora de calcular los descuentos aplicados a contingencias comunes y profesionales, la base de cotización del complemento IT es de 5 días de mi base reguladora en lugar de 3, por lo que me descuentan más y acabo percibiendo menos sueldo. Me dicen que se descuentan 5 porque al ser Febrero hacen la cuenta de 30 – 25 días efectivos trabajados = 5 días de IT, cuando además en el caso de que realmente hubiera estado 5 días de baja. sólo hubiera recibido complemento por los 3 primeros.
Me dicen que esta práctica es legal, pero no lo tengo claro, porque al final estoy tributando esos 2 días de falsa IT dos veces, una en mi sueldo y otra en IT.
Un saludo y gracias por adelantado
Recibo demasiados comentarios, y a veces en un rato me conecto y respondo los últimos publicados, pero muchos días recibo más comentarios de los que me da tiempo a responder, y van quedando en el baul de comentarios pendientes, para que te hagas una idea actualmente más de 3.500 -pero le dedico más de una hora a responder consultas en los más de 100 artículos publicados-. Con lo que me comentas, si has estado de baja tres días y están complementados por el convenio, que lo hagan como quieran, pero tu salario no puede verse perjudicado.
Muchas gracias por contestar y por tu labor de asesoramiento, y entiendo lo difícil que debe ser gestionar ese número de peticiones. Saludos
Buenas,
Tengo un salario base de 840 y la nómina son 984. Mi consulta es que he estado de baja durante 7 días y me han descontado 208 euros. Me ha parecido mucho y he preguntado en la empresa y me han dicho que si que me han descontado los 3primeros días que no se cobra nada y los otros 4 solo he cobrado el 60%, pero que además cuando se está de baja se cobra por días que tiene el mes y que febrero solo tiene 28 y no 30 días.
Es eso así?? Gracias
Para calcular el salario que te descuentan al día, se debe dividir entre 30, aunque tenga 28 días.
ola buena esto de baja por arrimmia desde el 17 de enero asta el día de hoy 1 de abril .y cobro trabajando 800 eur y me an quitado ya de baja 700 eur creo que es una pasada a razón de mi sueldo
Si te han quitado 700 € en un mes, está claro que no puede ser correcto, de un salario de 800 €, pero como indico en la entrada se suele cobrar menos cuando se está de baja,
Hola Buenas, he estado de baja 4 días y me han descontado del salario base , eso estaría bien? se descuenta todo del salario base o en deducciones?
Efectivamente, se reduce el salario base y complementos.
Buenos dias…este febrero estado 12 dias de baja ( sigo todavia ) en la nomina me pagan 16 dias las empresa y 9 la ss ( 3 dias me los descuentan ) y el resto me pone a 18.41 aprox…luego me.pone un complemento IT que no se que es…si marzo seguiria de baja con una cotizacion de 930 brutos al mes cuanto cobraria?? Y otra pregunta al estar de baja las.pagas no se cobran?? Gracias y un saludo
Si al estar de baja las pagas extras se cobran prorrateada, y en el momento que se tenga que abonar una paga extra te abonara la parte generada. Sobre lo que te pagan en marzo, habría que mirar lo que indica el convenio colectivo, ya que si aparece un complemente de IT, te pagarán más de lo mínimo que recoge la legislación.
Tengo una duda: soy trabajador por cuenta ajena y mi convenio no tiene mejoras
En el mes de febrero estuve 2 días de baja por enfermedad común y mi base de cotización del mes de enero es de 1469€.
Cuánto me descuentan de la nómina?, porque me han dicho que 28 dias que tiene febrero menos 2 de baja, ha trabajado 26, entonces 1469:30*26. con lo cuál me descuentan el doble.
¿es esto asi?, me parece increíble que sea el doble de caro ponerte malo en febrero que en cualquier otro mes del año.
Alguien puede decirme si esto es correcto?
Muchas gracias
Es discutible como realizarlo, ya que la norma no lo aclara. Entiendo lo que ha hecho la empresa, y no es la única que lo hace, pero no comparto esa forma de calcularlo.
Hola! Necesito hacerte una consulta. Desde mediados de noviembre de 2017 hasta mediados de enero de 2018 estuve de baja por enfermedad común. Mi empresa complementa al 100% desde el 21° día hasta un total de cuatro meses de la primera IT que supere los 20 días dentro del año natural. Ahora vuelvo a estar de baja, cómo me pagarán? Cuentan esos 15 dias de enero como IT del año natural o empezamos otra vez desde cero, 3 días sin cobrar 60% hasta el 20 y luego 100%? Gracias!
Habría que mirar el convenio colectivo, es una cuestión de interpretar el convenio -cuestión que no siempre es sencilla-.
Buenos días, una pregunta, si tu baja empieza un viernes, el sábado y domingo cuentan también como días de baja?
si.
Hola, llevo desde noviembre de baja por enfermedad común, y este mes de febrero he cobrado 75 € menos, alguien sabe a que se debe? El primero cobre menos, y los temas igual, menos este que no se porque?
Puede ser que el convenio lo complemente y ahora ya no.
Hola buenas tardes estoy de baja por enfermedad común hase 6 meses y la empresa me ha dado la baja me pregunta eso premiro cuanto me cobro y quien paga secundo tengo derecho para pedir el finiquito o no gracias.
Bien
Si finiquito. Tienes que pedir el pago directo a la Seguridad Social.
hola hace cosa de un mes tuve que coger la baja 2 dias por enfermedad comun yo no la queria pero la empresa me dijo que la cogiera si no me descontarian loa dias por no ir… ahora estoy en la misma aituacion y me dan 3 dias de baja por virus . Cuanto me pueden descontar?
Los tres primeros días de la baja, salvo que el convenio complemente la IT, no cobrarás nada.
si llevo 6 meses cobrando por IT enfermedad común por mutua unos 1000€ porque ahora cobro unos 700???
Cuando estás de IT y no estás trabajando cobras lo mismo que si estuvieras con el desempleo, y por tanto, a los seis meses se reduce el porcentaje de lo que percibes al 50%.
Hola! Estoy de baja por enfermedad común, llevo ya 20 dias de baja, es verdad que a partir del 30 dia ya he de cobrar el 100%? Muchas gracias
Sólo si lo dice el convenio colectivo.
Hola, buenas tardes. Estoy embarazada de 20 semanas y desde el principio estoy con vomitos, mareos y ahora con dolores de espalda, trabajo como dependienta en una tienda de compro oro, estoy valorando la posibilidad de pedir la baja por la seguridad social ya que en la mutua me dicen que como trabajo tanto tiempo de pie como sentada no afecta a mi trabajo. Mi duda es si la seguridad social me da la baja cobraría el 75% de la base reguladora no¿ eso afectaría a la base de cotización para después una vez nazca mi hija cobrar la baja de maternidad?
Un saludo
no, no afectaría a la base del embarazo posteriormente. Lo que cobras depende del convenio colectivo, pero como mínimo los tres primeros días no cobrarás nada, desde el 4 al 21 cobrarás el 60 % de tu sueldo y posteriormente el 75%.
Mi pregunta es la siguiente.. Mi marido ingreso el día 25 de diciembre por una, neumonia, estuvo 17 días ingresado y aun esta de baja recuperándose.. Nuestra sorpresa es cuando llego el ingreso del sueldo y 200 y pico euros menos… Es posible???
Si, es posible. Como explico en la entrada se cobra menos estando de baja que trabajando, salvo que el convenio indique otra cosa.
Buenas tardes, mi consulta es sin tener los 180 dias cotizados para cobrar it, igualmente la empresa cotiza a la ss, es decir si mi primera baja no tenía la carencia necesaria, pero luego me di de alta y luego cogí baja otra vez y complete los 180 días Ya me corresponde pago por it ???
En mi opinión si.
Hola. Estoy de baja por enfermedad común. A los 10 días de comenzar la baja me operaron por lo que estuve ingresada. Estoy cobrando el 75% y una amiga en la misma situación, ha conseguido que le paguen el 100% por haber estado ingresada en una parte de la enfermedad, y dice que o también tengo derecho a solicitarlo. ¿Es así? ¿Si te intervienen y estás ingresado en un hospital tienes derecho a cobrar el 100% durante toda la it, o durante los días de ingreso?
Muchas gracias
Depende del convenio colectivo, no de si hay un ingreso o no. Puede que el convenio colectivo de tu amiga complementara, es decir, obligase a la empresa a abonar el 100% en caso de hospitalización.
Y en caso del convenio de discapacidad? Es que ayer, antes de preguntar, lo estuve mirando, pero creo que no estaba completo.
Muchas gracias, Alejandro
Desconozco ese convenio.
quisiera comentarle que he visto un articulo con ejemplo como pudiera ser mi caso ,si pudiera ratificarlo se lo agradeceria muchisimo.mi caso es :quede de baja el 12 de junio de 2017,y creia que me correspondia parte de la extraordinaria de navidad,tengo antiguedad en la empresa desde el año 1989.
y si tambien tendria derecho a la parte proporcional de la extra de beneficios.
en espera de su atenta respuesta se despide de usted atentamen y dandole las gracias anticipadas.
Depende de si la paga extra se genera anualmente o semestralmente, habría que revisar el convenio colectivo. Si éste no dice nada, sí que tiene derecho.
el convenio colectivo dice ,dispondran de tres pagas extraordinarias al año,siendo los vencimientos 31 de marzo, 15 de junio y 15 de diciembre.
al estar por baja I.T. me han pagado el prorrateo desde julio de 2017. y pregunto ¡que pasa con los meses de enero,febrero,marzo abril,y mayo de 2017?,no los tendria que recibir,estoy de baja desde 15 de junio de 017 y antiguedad en la empresa de 28 años
Como te comenté en la consulta anterior, depende también de como se generan esas pagas extraordinarias, anualmente o cuatrimestralmente. Si no dice nada, si te tienen que abonar la parte proporcional de los meses que comentas.
Hola buenos días, empecé un contrato laboral cubriendo una baja el 04 noviembre 2017, el 20 del mismo mes sufro un accidente de trabajo y me doy de baja, ya culminó mi contrato el día 10 de enero por alta de la persona que estuve cubriendo. Sigo de baja, no tengo paro… Cual será mi situación apartir de este momento… Espero vuestros comentarios.
Gracias
Si fue un accidente laboral, te seguirá pagando la mutua a pesar de que te haya finalizado el contrato de trabajo.
Gracias por contestar, entonces estaré cobrando el 100% o el 85% de mi sueldo…
el 75%.
Buenos días llevo 15 años trabajando en una gasolinera y he tenido que cojer una baja de 3 días por una fuerte gripe. Quisiera saber si me pueden descontar y cuanto. Un abrazo y gracias
Depende de lo que diga el convenio, pero si no dice nada esos tres días no te pagan nada de sueldo.
Yo solo he estado dos días sin ir a trabajar para el primero tengo justificante del segundo fui a trabajar y al ver mi estado me dio permiso para irme a casa quitándome 8 horas extras.Me interesa más cojer la baja para los dos días?
Si tu convenio complementa el importe que perciben los trabajadores durante las situaciones de IT desde el primer día, si coges la baja, cobrarás, sino, a efectos de importe que percibirás, no cobrarás nada los 3 primeros días, por lo que te daría igual, en ningún caso cobrarás nada por esos días..
Buenos días,
Llevo de baja por IT desde el 14/7/17, todos los meses he cobrado 992€ que es lo normal que cobro, en Octubre he cobrado 850€ y en Noviembre 726€. Disminuye la cantidad a cobrar después de X meses de baja? Donde puedo encontrar el convenio? Trabajo en una tienda de colchones.
Muchas gracias
El importe de la baja varía a partir del día 21, la razón por la que puede variar es porque tu convenio complementará el importe de la prestación en caso de IT hasta una fecha.
Para ver el convenio, revisa lo que pone en tu contrato ahí te vendrá el convenio, o pregunta en la empresa, y pon el nombre tal cual en google y lo encontrarás.
Hola! El 25 de este mes (noviembre) sufrí una parálisis total de la extremidad superior derecha y perdida de visión del ojo derecho a consecuencia de un ictus silente antiguo. Mi pregunta es que voy a cobrar a partir de ahora, me han dicho q la baja va para largo… Soy camarera, llevo 3 años en la empresa y cobro 1160€ netos. Gracias!!
Está explicado en la entrada y la forma de calcularlo, de todas maneras, tendrás que mirar el convenio coelctivo por si mejora lo que aquí te explico.
Si estás de baja por enfermedad comun los dos últimos meses de embarazo, una vez das a luz pasas a baja por maternidad. La cantidad q se percibe durante el periodo de baja maternal se ve afectada por los dos meses anteriores a esta q se ja estado de baja? O se cobraría exactamente lo mismo q si esos dos meses se hubiese estado en activo ? Gracias
Se cobra lo mismo, durante la baja, aunque cobres menos, no se reduce la base de cotización.
Buenas tardes.. señor Alejandro primero felicitarle por su post. Mi pregunta es la siguiente!! Estaba cobrando la prestación por desempleo, luego al agotarla pase a SS a cobrar por IT, por que estoy embarazada! Mi pregunta es la siguiente? El Inem me pagaba €630, la SS el primer mes me pago €240, el segundo €200 que no entiendo el por Que? Y tamp9co me lo supieron explicar.. Tengo entendido que tengo derecho a cobrar la baja maternal! Mi duda es cobraré lo que me pagaba el INEM? O la SS me pagara lo que me esta pagando? Estoy hecha un lío… gracias
No se si ahora estarás cobrando el subsidio por incapacidad, y en ese caso, puede que no tengas derecho a la pensión de maternidad. Pregunta en el SEPE.
Hola, tengo contrato hasta el 31 mayo.
Estoy embarazada y me han dado la baja por ciatica por seg soc.
Mi pregunta:
Una vez q pase mi baja maternal y tenga q echar el paro.Q cuantia cobraria?
Mi nomina es d 1.111 eur brutos
Depende de la media de los últimos seis meses, pero con el salario de ahora unos 700 €.
Hola Alejandro:
Gracias por tu tiempo y a ver si puedes ayudarme con una duda (me he leído todos los comentarios pero no la vi respondida)
Me han despedido estando de baja por enfermedad y va a a pagarme Mutua Navarra (la baja y el despido han sido este mes)
En la empresa he trabajado poco más de dos meses.
Cumplo el requisito de 180 días cotizados en los 5 últimos años.
Verbalmente me dicen en la Mutua que cobraré según las cotizaciones medias de esos 180 días
¿Es correcto? He leído que se calcula según la nómina del último mes.
Gracias por tu tiempo
Se calcula como tu indicas si se mantiene la relación laboral, si se extingue, se percibiría lo mismo que se cobraría de prestación por desempleo, es decir, la media de los últimos 180 días.
Hola Buenas:
a ver . Yo estou en prorroga de iti. enfermedad comun.
solicito pago directo a la mutua correspondiente,
en sus abonos mensuales me descuentan tbm la cuota de contingencias comunes de la seguridad social. y demas descuentos..
como se fuera una nomina normal.
esto es correcto??? lo de los descuentos digo.
Mi contrato es a tiempo parcial. y fijo.
aaaaaaaaaaaaaaaaaGracias.
Si, es correcto.
Hola otra vez alejandro. Mire bien el convenio. Y me pone esto..en la enfermedad comun y accidente laboral, la primera baja del año natural la prestacion se complementara hasta el 100% del salario real.
Cual es el salario real?????
Te explico mi nomina..
Salario base: 747,75
Complementos salariales: plus de trnssporte 77,06 extra prorrateadas 139,15 plus vestuario23, 96
Total devengado: 987,93€
Total a deducir 904,94(que es lo que cobro todos los meses)
Base de cotizacion por contingencias comunes la de incapacidad temporal 987,93€..
Pos bien..mi primera pregunta es cual es el salario real??
La segunda cuanto me va a venir ahora en noviembre si del 1 al 13 de octubre estuve trabajando… Y del 13 hasta dia de hoy estoy de baja.. cuanto me tendra que venir??? Espero brev respuesta xk m urge. Gracias
Creo que te he respondido varias veces y siempre lo mismo. No existe salario real, se diferencia entre salario bruto y neto. En tu caso, salario bruto 987.93, salario neto 904.94. Salario que deberías percibir este mes lo mismo, 904,94 € netos.
Vale. Entonces me podrias decir la diferecia de esto:
En la enfrmdd comun.. la PRIMERA BAJA dl año natural LA PRESTACION se complementara hast el 100% del SALARIO REAL.
En la SEGUNDA BAJA del añ natural LAS EMPRESAS complementaran la prestacion hasta el 100% del SALARIO DE CONVENIO INCLUIDOS LOS COMPLEMENTOS.
Por eso te pregntaba que era el salario real. Que diferencia ai en eso que te escribo? En la segnda pon q complementa la empresa. Pero en la primera quien? Y a mi me afecta la primera. Mas que nada lo quiero saber x si me.ingresan menos de lo que es a quien teria k reclamar.
El salario según convenio es el salario mínimo que le corresponde al trabajador según el grupo profesional que está contratado. Por ejemplo, puede establecer un salario mínimo de 1000 €, pero la empresa puede pagarte más si quiere. Por ejemplo, 2.000 €. En ese caso, el salario real sería 2.000 €, el salario según convenio para la segunda baja seria de 1000€.
Entonces segun te he dicho com era mi nomina..cuanto me tienen que pagar? Gracias y de verd perdon por molestar.jj
Hola. Empece un contrato eventual en diciembre de 2016 y se me termina en noviembre deste año. Me puse de baja el 13 de octubre por enfermedad comun. Queria saber cuanto me vendra ahora en noviembre de sueldo. Mi nomina es de 904.9 per para calcular la baja son 987.. entre en el convenio de hosteleria y pone que es el 100% lo que te pagan si estas de baja. Gracias.
si el convenio pone que se te pagará el 100%, tendrás que cobrar exactamente lo mismo que estabas cobrando antes de estar de baja.
El convenio pone en caso de la imcapacidad temporal del trabajador tanto derivada de accidente como enfermedad la empresa complementara el 100% del salario real (salario base y pluses) mientres dure tal situacion. Entonces estando por baja de enfermedad comun me pagarian el total devengado o al deducir de la nomina?o me harianel 60%?? Graciasy perdon por molestar.
Si el convenio pone eso, sobre las contingencias comunes, sí que cobraras el 100% con las deducciones correspondientes.
En la nomina en contingencias comunes pone.. base incapacidad temporal….. Basr 987.93€… Tipo 23.60€…Aportacion empresarial 233,15€ Que significa eso? ??que me tiene que pagar eso x estar.d baja?Gracias. Y otra vez perdon.
987 menos los descuentos normales de cualquier nómina.
Entonces ahor cuamdo me ingresen en cuenta cuant me tiene qu venir?
Lo mismo que cobraste el mes anterior.
Vale gracias. Sino me viene ingresado eso tendre que reclamar entonces. Gracias ppr la ayuda.
Pero en el.convenio de hosteleria de lugo pone eso que te puse anteriormente. Que tanto x enfermedad com accidente la empresa complementara el 100% del salario. Lo que no pone es si es comun o laboral.X eso quiero salir de dudas.
Si no indica nada, no se debería diferenciar, así que incluye contingencias comunes y profesionales.
Buenos dias, Ami se me termino el paro estando de baja de enfermedad común, actualmente sigo con la baja, y es la seguridad social quien se encarga ahora de mi prestación. Yo tenía entendido que en la S Social iba a cobrar lo mismo que estaba cobrando de paro, pero el primer mes cobre 200 € menos y este segundo otros 200, es decir 400€ menos de lo que estaba cobrando de paro…mi pregunta es ¿esto es correcto o puede hay algún error? ¿Como voy a cobrar menos cada vez?
Habría que revisar las cantidades…
Buenos días quería sabíais es verdad k al ser mi primera baja laboral en la empresa cuando llevo trabajando 6 años no deberían descontar me algunas amistades me han dicho k no deberían de descontar me
Un saludo
Wendy
Eso depende de lo que indique tu convenio colectivo.
Buenas tardes,estoy dado de baja por una lesion en el dedo pulgar y he solicitadoel cobro de la baja,pero ahora he recaido con una enfermedad cronica que me detectaron hace un año ,colitis ulcerosa cronica,el especialista me pidio que no trabajara y pidiese la baja que quisas me harian pensionsta,ya que el unico tratamiento que me sienta bien me impide que el sol me de directamente,no puedo someterme a stres y sofocones,y mi trabajo es en el campo,encima con 20 personas a mi cargo,y estres y sofocones cada 2 minutos,mi pregunta es si estoy de baja por una lesion,como me dan de baja por mi enfermedad cronica,devo pedir el alta y una nueva baja o como actuo
Primero solicitaría la incapacidad permanente. Si todavía persiste la baja médica por la otra cuestión, yo no solicitaría el alta y sigues con la baja.
Muchas gracias por su informacion
hola tengo una duda, me dieron la baja hace 5 días.. estoy por ett el mes anterior (agosto ) cobre solo 360euros porque no trabaje entero, este mes si e trabajado entero menos estos 5 días de baja… y cobraría unos 800e, por lo que veo me pagaran las contingencias comunes del mes pasado… que son 17euros al dia.. no hay alguna manera de cobrar lo de este mes que cobre mas, me parece increíble cobrar tan poco estoy de baja por ansiedad y no puedo permitirme cobrar tan poco, hay alguna solución para cobrar lo de este mes que va acabar? y si la ett me despidiera y cobrara por la seguridad social cobraría lo mismo 17e al dia? gracias espero respuesta
Si la ETT te despidiera cobrarías lo que te corresponde por prestación por desempleo, que puede que sea más o menos que los 17 € de base diaria. Por otro lado no hay manera de modificar la base.
Hola llevo mas de 5 años sin esta dada de alta y en agosto me hicieron un contrato de 40 horas semanales asta noviembre con 1.300€ brutos mensuales, pero el 20/09 me an dao baja por 365 dias por enfermedad comun. Cuanto me pertenece cobrar todos los meses y si se me acaba el contrato y ya no lo renuevan me siguen pagando? Gracias
Si no tienes cotizados 180 días en los últimos cinco años no te corresponde prestación por incapacidad.
Pero yo quiero arreglar la minusvalia por que yo tengo la enfermedad muy rebelde y casi siempre me dan brotes muy segidos y quisiera arreglar una pension, es que no se explicarlo bien.
Deberás solicitar una incapacidad permanente, pero tienes que acreditar una cotización previa mínima. No por el hecho de tener una minusvalía tienes derecho a una pensión.
Estando de baja por enfermedad común se me acabo el contrato y ahora me paga la mutua cuanto tiempo me puede pagar la mutua? Y si me encontrará mejor y la misma empresa me volviera hacer un contrato si tengo una recaída tendría derecho otra vez que me pagara la mutua?
Te pagará hasta que te den el alta. Sí, en caso de recaída te volvería a pagar la empresa o mutua.
Entiendo que no hace falta que vuelvas a tener que cotizar otros 180 días no? Para que te vuelva a pagar la mutua.bueno muchas gracias alejandro
buenos dias paso a comentarle micaso: soy encargado de construccion en una empresa de mi hermano ,es S.L. estoy en regimen general s.s. con una nomina de 1.876€ brutos en nomina ,eldia 24/4/me dio un infarto estando de viaje trabajando en pezo a dolerme el pecho en el trabajo pero me fui al hotel por encontrarme mal ,el el hotel me puse peor, y fue cuando me trasladaron al hopital . bueno 1º LA MUTUA NO ME LO PASA COMO ACIDENTE LABORAN
2º LA MUTUA NO PAGA LA BAJA A LA EMPRESA
3º LA S.S.LE DESCUENTA A LA EMPRESA 700 €DE S.S.Y 700 €DE
DE SUELDO LO CUAL ME PARECE POQUISIMO
4ºLA EMPRESA PUEDE RECLAMAR A LA MUTUA LA TOTALIDAD DE
DE MI NOMINA
Un saludo y muchas gracias
Si las contingencias profesionales están contratadas con la mutua, no se harán cargo de ella si no se considera enfermedad profesional. Para ello, entiendo que previamente se deberá iniciar el procedimiento de determinación de contingencias.
hola alejandro hoy e estado en la mutua y me dicen que como e dejado de cotizar se me aplica el 70 de la bare reguladora en lugar del 75 es correcto?
gracias
Te abonan lo que te correspondería en caso de paro, puede que sea correcto si la baja es por contingencia común.
Buenas tardes . He sido despedido estando de baja por enfermedad comun, Pedi el pago directo a la mutua y me estan pagando ellos. Ya llevo 11 meses y sere dado de alta por el inss pronto, Mi pregunta es si cuando me den el alta me descontaran los meses ya cobrados del paro. He leido en algunos foros que si empiezo a trabajar sin pedir el desempleo no los pierdo y en otros foros que si, Me gustaria saber que hacer. y cuanto tiempo podria tardar en incorporarme a trabajar, si tendria que ser a otro dia del alta o mas dias, Gracias. Alejandro. Un saludo.
Si no los solicitas, no los pierdes, pero tampoco habrás cotizado durante ese periodo a la Seguridad social de cara a la jubilación. Si quieres pedirlo, tienes un plazo de 15 días.
hola era autonomo societario hasta agosto de 2016 me paga la mutua llevo 1 año de baja por depresion
y me an dado prorroga de 180 dias la pregunta es cuanto me tiene que pagar la mutua cada mes?
si mi base de cotizacion era de 1067,33€
muchas gracias.
Si te han dado una prórroga, lo mismo que antes.
Buenos días.
Tengo un trabajador de baja. Hasta el 30 de mayo tenía 35h pero desde el 1 de junio tiene jornada reducida de 20h. Cursa baja por enfermedad común el 9 de junio. En la nómina de junio se tiene en cuenta la base de cotización de mayo, pero en julio y siguientes meses no se contempla ya la base de cotización de las 20h?
Gracias
no, la base no varía durante la baja.
Hola Alejandro. Mi duda es la siguiente. Estando en el ultimo mes de contrato, me di de baja por enfermedad (operacion de perone y tobillo). La baja esta prevista hasta 5-6 meses. Mi pregunta es si al cobrar de baja por la seguridad social, me pueden quitar meses que tengo cotizados anteriormente a la baja. Espero su respuesta, un saludo.
No se a que te refieres con “quitar meses”… una vez finaliza el contrato laboral, y sigues cobrando la baja, al solicitar la prestación se te descontará el tiempo que hayas cobrado de baja.
Buenos días Alejandro y gracias por estar aquí.
Trabajo 8 horas en una casa y estoy de baja del día 12 de junio, el día 5 de julio la seguridad social me an pagado 15 , 30 céntimos, Quería saber quién tiene que pagarme del día 12 de junio al 30 .
Y el mes de julio voy a cobrar lo mismo? Estoy de baja por depresión laboral por culpa de mi jefe, maltrato sexual.
Muchas gracias
Para saberlo habría que mirar el convenio colectivo y el salario, los cálculos están explicados en la entrada.
Hola yevo un mes de vaja y e cbrado 500euros mas k el mes pasado porque
Comprueba que no te hayan dado de baja en la Seguridad social y te hayan despedido. En caso contrario, puede que el convenio amplíe a partir de determinada fecha la prestación que te corresponde.
Hola buenas tengo una duda estoy de baja desde el dia 30 de mayo por una amenaza de aborto en la baja me la an puesto por enfermedad comun mk empresa me despidio y ahora cobro de la mutua cotizaba solo 4 horas quieeo saver si desde el dia 30 asta fin de mes me paga ya la mutua todo o la empresa me tiene que pagar algo aparte de la mutua un poco lio
Te paga la mutua.
Hola Alejandro, ante todo gracias por tu atención, mi cuestión sigue siendo la misma….ahora he cobrado 350€ que me pertenecían de nómina de 10 días que había trabajado en una Coperativa desde el día 15, pero antes estaba de baja por una operación. Entonces desde el día 12 hasta el 15 me lo pago la mutua, pero del día 1 al 12 quien me lo tiene que pagar? A dónde tendría que reclamar? Muchas gracias
Revisando las dos cuestiones, depende de si has estado de alta durante todo este tiempo en la empresa. Si es así, reclámaselo a la empresa. En caso contrario, o el SEPE o la mutua, depende de con quien la empresa tenga las contingencias comunes.
Hola mi pregunta es llevo 10 meses de baja pasado por icam médico ss y mi pregunta es tengo sirigomelia asintomática yo quisiera saber tengo derecho una pension
Si te conceden la incapacidad permanente sí….es un criterio médico no jurídico la concesión de la incapacidad.
Buenas noches, tengo una duda…MI contrato esta regido por el convenio de comercio general para Valladolid.
El 8 de marzo caí de baja por un cuadrado estrés, lo que me provocó bloqueos en el sistema nervioso, por lo que el día 29 de marzo la médica de cabecera me hizo un cambio de patología en la baja para que a partir de ese día la baja constará por los bloqueos del sistema nervioso y no por el cuadro de estrés, ya que de eso ya estaba bien más o menos.
La pregunta es normal que me hayan quitado 3 dias de cobro por la baja del cuadro de estrés y otros 3 dias cuando me cambio la médica la patología para poner lo nuevo que me pasaba y por lo que seguía de baja??
Luego tengo una duda según mi convenio, el que os he indicado al principio, pone que estando más de 21 de baja debería cobrar desde el primer día de la baja y el convenio además recoge que se cobra el 100% de la base reguladora, eso puede ser?? Lo único que con lo del cambio de patología no se si el primer día será el 8 de marzo o el 29 de marzo, sabrían decirme?
Y la última duda que me queda de ser así como dice el convenio, si algo no me han pagado como son los 3 primeros días, se los tendría que reclamar a la empresa no?
Si la base de contingencias comunes anterior a la baja es de 1480,03€, un mes normal estando de baja que debería estar cobrando??
Un saludo y gracias
Son dos bajas diferentes, por lo que sí que te tienen que sacar los tres días. Si el convenio indica que a partir del día 21 te complementan hasta el 100% deberán pagártelo, pero contando desde el día 29 de la segunda baja. Los cálculos están explicados en la entrada.
Con respecto a que son dos bajas entendido.
Pero según indica convenio pone que se paga el 100% del salario siempre. Y únicamente si son más de 21 de baja, cosa que con la segunda baja si se cumple, se debe abonar desde el primer dia de la baja el 100%. Es decir entiendo que no se debe de descontar en la segunda baja los 3 primeros días y se deben de pagar.
Pero si la base de cotización del mes anterior a la baja es 1480,03€, y debo cobrar el 100% no se cuanto realmente en bruto debería ser mi nómina
Habría que mirar el convenio para ver que es lo pone y cómo. Si consideras que no te abonan lo correcto, demanda. Si complementa al e 100 % el bruo de la nómina debe de ser el mismo, es decir, no deberías cobrar menos por estar de IT.
Hola Alejandro, anti todo gracias por estar resolviendo estás dudas. Yo estuve de baja por ciática el día 19 de abril hasta el dia25. Hasta ahí todo bien, a final de mes me pagan 370€ de baja.E l día 26 me opero de la vista, tengo una semana de reposo que se ha convertido en 20 días casi, me incorpore a trabajar el día 17, previamente fui a la mutua una vez por que me llamaron para una revisión,ahora mi duda es…ayer me llamaron de la empresa para firmar un papel de cobro de la mutua…que es lo que me paga la mutua exactamente? Osea a partir de qué día me refiero. Muchas gracias
Lo normal es que si has estado de baja y mantenías el contrato te lo abone la empresa.
Hola buenas tarde hoy e ido porque me a solicitado el medico de mercadona y me a dicho que me iban a quitar el 25% dado que ellos me han propuesto volver a trabajar y yo no puedo, eso es legal?
El que determina el alta o baja es el médico, no la empresa.
Es lo que pienso pero mi pregunta es ¿ es normal que mercadona( su medico) me cite y me diga que ellos no creen en esa baja y que me descontaran un 25% de la nomina? Es decir es legal que me descuenten de la nomina por estar de baja
Habría que mirar el convenio, pero en principio legal no parece.
Lo que no tengo claro es si es legal que mercadona me quite el 25%, otra cuestion llevo mas de 30 dias de baja que es lo cobraria el 75% o tendria que ir aplicando los primeros dias sin cobrar luego x dias a 60% y luego el resto de dias al 75%, la primera nomina de estar de baja fue como a mitad de mes pero la pagaron completa y antes de ayer me cito el medico de mercadona y me dijo eso que me quitarian el 25% dado que para ellos no ceia en esa baja
Habría que mirar que es lo que dice el convenio colectivo.
Hola soy Cristina desde el 16 d noviembre estoy d baja xq tengo hernia discal y me tienen q operar además estoy muy mal co. Los dolores. La paga d diciembre me la Dieron
Mi pregunta es la d verano me la darán xq no baja sigue para larga
Gracias
lo que hayas generado.
Hola estoy de baja desde el 16 de Marzo por enfermedad común tengo contrato de media jornada y trabajo de ayudante de cocina .My jefe siempre paga en mano y a día de hoy no he cobrado nada yo pregunté al gestor y me dijo que eso selo daban a my jefe y que el Melo daba Amy .No se como es en este caso por que en ningún momento me han pedido my número de cuenta ni nada total que yo llevo desde Marzo sin cobrar nada de nada y nadie me dice nada a quien recurro???
Deberá presentar una demanda de reclamación de cantidad.
Buenas tardes. Yo llevo de baja desde el 31 de agosto de 2016 , cuando llegue a los 6 mese de baja la mutua me empezó a pagar el 50% menos que lo que había estado cobrando. Es legal que hagan eso??? Gracias, sigo de baja todavía y con visos de que va para largo
Si, le están abonando lo que corresponde de prestación por desempleo.
Hola Buenos día. Llevo desde el día 17-03 17 de baja por enfermedad Común el primer mes Me ingresaron 728.30 el segundo mes me ingresa 607e y el ahora me ingresan 510. E Quería saber porque cuanto más tiempo de baja me Quitan más
Es normal que hayas cobrado diferente ya que el importe a percibir en IT por enfermedad común es:
– los tres primeros días no vas a recibir nada.
– Del cuarto al vigésimo se te abonará el 60%. Aunque el abono siempre te lo realice la empresa, a partir del decimosexto día tu salario corre a cargo de la Seguridad Social. Es decir, que la empresa reclamará el salario abonado a la Seguridad Social.
– A partir del vigésimo primero se te abonará el 75%. de tu base reguladora
A partir de este mes ya cobrarás siempre igual
Buenas noches! Llevo desde el día 26 de julio de 2016 de baja y el día 19 de septiembre finalizó mi contrato y he pedido el pago directo a la mutua de la empresa y me pagan por la base de cotización pero a partir de-l séptimo mes me pagan un 50% de la base reguladora eso es correcto?
Gracias!
Sí, es correcto a no ser que la baja sea por accidente o enfermedad profesional.
Hola, el mes pasado estuve 3 dias, miercoles, jueves y viernes, de baja por farinjitis, volví a trsbajar el lunes y el martes tuve recaida y me dieron 3 dias más de baja. ¿es normal q me descuenten 6 dias enteros?
No, si es recaída no se descuentan dos veces. Si son por causas distintas si.
Hola estoy tarabajndo con un a empresa desde 11/11/2016 solo los fin de semana 3 días ala simana 12 horas semanales y en el 11/03/2017 ha aumentado el contrato (son el mismo dias viernes sabado domiengo peroven ves de 4 horas al dia serán 8 horas)24 horas semanales ,Mi ha dado de baja en el 18/04/2017 por enfermedad (espondelitis enquilosante) Mi contrato caba en 27/07/2017 Mi pregunta tengo derecho de cobrar la baja ,no lo si que tengo que hacer si tengo que reclamar Mi paga o no ,por favor si alguien tiene una idea que Mi hecha una mano.
Un saludo
Si que tienes derecho a cobrar durante la IT, en caso de que no te paguen tendrás que demandar a la empresa
Hola, estoy embarazada de 30 semanas, el Martes día 25 recibí mi nómina de Marzo.
El Lunes estaba enferma así que me dieron la baja por resfriado hasta el Miércoles 26, este día tenía que volver al médico por una vacuna y alfinal me dieron la baja por lumbago el Jueves 27 y estaré así hasta que de a Luz.
mi pregunta es he cogido 2 bajas es decir por baja no se cobran los 3 primeros días yo he de contar 6? porque son 2 bajas ?
La nómina de Junio ya será como las anteriores a la baja?
Muchas gracias de antemano
Por ser causas diferentes, sí que deberían descontarte seis días, salvo que el convenio indique otra cosa. la nomina de junio, debería de ser normal.
Buenos dias,
Estoy de baja por enfermedad comun, ciatica a causa del embarazo. Comence mi baja el lunes 3 de abril. Dudas:
1.?La base de cotizacion mes anterior es marzo, como tiene 31 dias, se dividiria entre 31 no?
2. ? A cuanto se me paga el dia 1 y 2? Lo que me de al dividir la base entre 31 x 3. Como fue sabado y domingo y realmente no trabajo no lo cobro?
3. Que retenciones me aplican ? Las mismas que en otras nominas: irpf, 4,70 cont. Com y 1,70 base accidente?
4. De cara a la prestacion por maternidad, tambien se tomRa como referencia el
Mes de marzo? Ya no me voy a incorporar salgo de cuentas el 8 de mayo.
Se divide entre 30. Cobras lo mismo todos los días. Sí, tiene las mismas retenciones. Se coge la base del mes anterior a la baja por maternidad -aunque cobres ahora menos la base no varía-
Hola Alejandro, lo primero gracias por la atención.
Mi duda es la siguiente.
A mi me ingresan la nomina el 15 de cada mes. Si mi he iniciado una baja larga el dia 20, me corresponderia el calculo del mes anterior, o del mismo mes ya que Ya me ha sido ingresada (supongo q sigue siendo la del mes anterior)
Y mi pregunta q mas me importa:
Disfruto de 10 dias al mes de excedencia de paternidad. Como se calcula entonces la base CC para el cálculo de prestación , dividiendo por 30 o dividiendo por 20 ??
Muchas gracias !!!
El calculo siempre se divide entre 30, cuestión diferente es que te abonen sólo 20 días. No obstante, si estás de baja, lo mejor es cancelar la excedencia. Da igual el día de pago, se coge el del mes anterior.
Hola de nuevo Alejandro,
Gracias porque me ha quedado muy clara la duda del calculo segun Bcc / 30 independientemente de excedencias…
He ido por partes porque mi nomina es compleja y comprende retribuciones exentas, variables, fijas .. etc…
Aclarado lo que te pregunte; imagino que igual que con la excedencia paternal, en caso de reducción por guarda legal, igualmente es la Base cc que ponga la nomina anterior.. Y, que pasa, si como es el caso de Abril o Marzo, tengo tres ingresos distintos de nomina el mismo mes, de la misma empresa claro, por razones de pagos diversos, que en todos el concepto es pago de nomina mensual, y cuya base CC no coincide? Al no ponerlo todo en una misma nomina sino en varias del mismo mes, no se que base cc resultante sale…
gracias
Trabajo en aviación. Y son nominas complejas.. yo las se desglosar pero alguna cosa como lo que te pregunto, se me escapa 🙂
Independientemente de como se hagan los pagos o abonos, lo importante es la base del mes anterior. El responsable del pago a partir del día 16 es de l seguridad Socia y ello sólo miraran la base y nada más.
Buenas tardes, Mi situación es algo complicada para encontrar trabajo dado que tengo diagnosticada la discapacidad por trastorno mental y artrosis. Debido a esos problemas me vi obligada a dejar mi trabajo de auxiliar de vuelo, igualmente, trabajos en el aeropuerto de atención al cliente, información a los usuarios del aeropuerto en diferentes departamentos. Todo esto me producía mucha ansiedad y estados depresivos constantes. El año pasado, terminé mis estudios de filología y me mudé a Barcelona para realizar el Máster de profesorado de secundaria, a medida que pasaba el curso comencé a padecer mucha ansiedad por el miedo y angustia que me producían la realización de las prácticas en un centro educativo, esto era algo que jamás hubiese esperado. Mi sueño de ser docente roto por mis problemas psicológicos. Ahora, he podido encontrar trabajo en un centro especial de trabajo para personas con discapacidad, es un Call Center, como teleoperadora. Al principio todo iba bien, pero a medida que iban pasando los meses he empezado a tener problemas con el sueño, ataques de ansiedad, debido a los comentarios de los clientes y compañeros, también por los objetivos que he de cumplir. Debido a esta situación, ayer, lunes, me dio un ataque de ansiedad y se me paralizaron las manos y perdí la visión. Inmediatamente, me trasladaron al hospital, por lo que me han dado la baja por incapacidad temporal, estimada de 17 días, por ahora. En el centro de salud mental, al que acudo como usuaria, me han dicho que debo pedir la incapacidad temporal total, ya que no puedo trabajar en esos trabajos que me generan tanto sufrimiento. Ellos dicen que debería haberla pedido hace mucho tiempo, que está más que demostrada, dado al número de informes médicos del que dispongo. Ahora mismo, me encuentro muy desorientada y triste, no paro de llorar, mi situación es muy mala. Mi sueño era venir a Barcelona porque pienso que hay mejores profesionales en salud mental y más oportunidades de trabajo. No sé si es posible pedir la incapacidad permanente total para la profesión habitual si mi contrato empezó en esa empresa el 12 de diciembre de 2016. Tengo más de 8 años dedicados a la atención al cliente y pasajero. Pero al ser el último trabajo el que van a tener en cuenta no sé si con tan poco tiempo tengo derecho a solicitarla. Por último, le pido si fuese tan amable de explicarme si con ese periodo de tiempo podría solicitar la incapacidad permanente total para la profesión habitual, y si he de seguir de baja o se puede iniciar el trámite ya.
Atentamente le saluda, Olvido.
Se considera profesión habitual la que se realizaba durante el período de 12 meses anteriores a la fecha en que se hubiese iniciado la incapacidad temporal de la que se derive la incapacidad permanente. Salvo que se considere como enfermedad profesional y, en dicho caso, se considerará por profesión habitual la desempeñada normalmente por el trabajador al tiempo de sufrir el accidente.
Por otro lado, se puede iniciar el trámite en cualquier momento. —> En esta entrada te lo explico. Como solicitar una incapacidad permanente
La baja es por enfermedad común. Mi duda es si no puedo solicitar la permanente total si estoy en esta empresa cuatro meses. Es la primera vez que realizo el trabajo de teleoperadora.
Puedes solicitarla, de hecho cuando pides una incapacidad permanente no solicitas el grado, sino que lo pides genéricamente. Ahora bien, no se va a considerar el trabajo de teleoperadora como profesión habitual.
Hola. Estoy de baja por enfermedad común. Estoy embarazada de 7 meses. Tengo placenta previa. Tengo contrato parcial. Me di de baja el 28/02/2017. Y me pagan mes atrasado. La de enero en febrero. Entiendo que me tienen que pagar en función de las últimas tres nominas anteriores a la baja. En este caso. Sería enero, diciembre y noviembre. Aunque mi baja se haya producido el último día del mes. Verdad?. Pero me han pagado en función de la nómina de febrero. Es correcto?. Me han indicado que el otro mes si me pagaran de las últimas 3 nominas. Las que te indicó anteriormente. Yo no cobro lo mismo todos los meses. Ya que tengo comisiones por ventas. Tengo un cierre de mes y otro comercial. Tiene algo que ver? Me han indicado que me paga la empresa este mes. No la mutua colaboradora. Pero me parece súper raro que me paguen la nómina un mes basándose en una nómina y el otro en base a las otras nominas. Además no me han hecho descuento alguno. Solo la seguridad social. Solo me han pagado el sueldo base. No de contingencias comunes. Espero tu respuesta gracias.
Si es un contrato a tiempo parcial son los tres meses, da igual como sea tu salario, lo importante son las base que has cotizado.
Hola tengo una duda, estoy de baja por enfermedad común 13 días. Como he leído los 3 primeros días no cobro nada y despues un 60%..pero no se cuanto me pertenece porque no tengo ninguna nomina y llevo casi 3 meses en la empresa. Me gustaria mas o menos saber que puedo cobrar, mi contrato es temporal para cubrir una excedencia y especifica que trabajo 6 dias a la semana y pone un salaria pero yo no cobro eso, es mas yo cobro los dias de semana una cantidad y los fines de semana otra. Ademas me gustaria saber en que afecta a las pagas extras. Este mes de marzo me pertenece una, ¿ yo la voy a cobrar igual que si no hubiera estado de baja? y ¿ en las demás pagas de verano y navidad no me afecta nada no?
Habrá que mirar la base de contingencias. Sobre las pagas extras, tendrás derecho a la parte generada, teniendo en cuenta que cuando estas de baja se te abona de forma prorrateada.
Estoy de baja por intervención quirúrgica del túnel de Carpio. Me operaron el 16de mayo y la empresa me ha pagado 485y mi sueldo es de 571mi pregunta es eso es lo que tenía que cobrar la empresa me dice que como estado de baja anterior mente en abril pero también me descontaron y me dicen que si es por la vaja anterior necesito respuesta graciad
Puede que sea correcto, habría que mirar el convenio y la nómina.
Mi convenio es el de limpieza y mi nómina no la entiendo ni yo el convenio dice que por operación quirúrgica deberían pagar el100x100mas partes de la antigüedad yo no entiendo muncho graciad
A parte del convenio, habría que revisar la nómina. Sin revisar documentación no puedo darle una respuesta. En las orientaciones que realizó a través del blog no reviso documentación.
Hola muy interesante. Tengo dudas el 1 d febrero el médico de la s.s me dio una baja médica por un año estoy fija discontinuo en la empresa y embarazada como es el pago ahora cuanto cobro? Gracias
Mientras estés de baja cobrarás, si se te acaba el contrato cobraras lo que te correspondería por prestación por desempleo. Luego podrás solicitar la prestación por maternidad.
Hola, buenos días!
Llevo desde el 28 de Noviembre de baja, me han dicho que cobraré el 100℅ por convenio, mi empresa me paga el 28 de cada mes. Estando de baja, seguiré cobrando el 28? O cuándo cobraré?
Muchas gracias
Lo paga la empresa, así que no debería de haber ningún cambio en cuanto a la fecha de pago.
Buenas noches!! Te expongo mi caso, un poco curioso y preocupante. Yo tengo que hacer mis 164 horas mensuales, y resulta que el día 27 de este mes cojo la baja por emfermedad comun, ya que la mutua no reconoce mi contractura en la espalda y cuello como laboral realizando un servicio ( soy conductor de ambulancia ) vamos a lo curioso: mi convenio se cobra a partir del tercer día. Al haber trabajado el día 26, ya he hecho mis 164 horas mensuales y tengo ya hechas 16 horas extras, si estoy 4 días de baja de este mes, que me va a descontar de la baja si ya he realizado mi jornada mensual??? El mismo problema voy a tener en octubre, ya que la baja se alargará hasta el día 8, y aún así trabajaré 17 días a 12 horas, haciendo otra vez mi jornada mensual de 164 horas y 40 horas extras. Es una duda que nunca nadie se había planteado entre mis compañeros y yo me dado cuenta sacando cuentas. Me van a quitar dinero aún habiendo trabajado mis horas mensuales ???
Las horas extras deben abonarse como tal, y en principio, no se puede considerar “trabajo adelantado”. Digo en principio, por que habría que mirar más en profundidad el caso.
Buenas tardes,llevo mas de un año de baja por incapacidad, la mutua se ha hecho cargo de mi nomina, pero lo extraño es que la empresa aun me esta pagando, ya llevo el mes de mayo y junio cobrando por ambos sitios, me he dado cuenta hoy al ver los movimientos bancarios, que es lo que podria pasar? El error es de ellos debido a que no se ponen en contacto conmigo para nada,por favor necesito una respuesta lo antes posible y felicitaros por vuestra página, gracias
Habla con ambos, ya que más tarde o más temprano te solicitarán la devolución.
Hola y gracias de ante mano.La mutua me dio un NO apto para mi trabajo habitual por unas secuelas de un iptus, estoy de baja desde junio de 2015, en septiembre del mismo año mi empresa me despidió,estoy cobrando de la mutua y esperando la llamada del inss, pero este mes(abril de 2016) me pagan menos y me dicen que a partir del sexto mes de baja me rebajan al 50%. Mi consulta es: Debo reclamar o es correcto esta rebaja. Gracias, un saludo.
Está cobrando como si cobrase la prestación por desempleo. Es correcto.
creo que si, lo que se seguro es que me descuentan los días que este de baja por prestación de empleo
Buenos días,
Acabo de incorporarme a mi puesto de trabajo después de una baja por enfermedad común de 34 días y mi empresa me ha descontado muchísimo dinero por ello.
He estado mirando en la pagina de la seguridad social y he visto los porcentajes en enfermedades de mas de 30 días pero también he visto que si tu empresa pertenece a un convenio colectivo que mejora dicha situación completando el salario hasta el 100% (ingenierías y estudios técnicos), están obligados a cumplirlo. Esto es así? Entiendo que no pueden coger lo que más les conviene del convenio y lo que no no, verdad?
Gracias por vuestra ayuda
Se me olvidó comentar que tengo contrato indefinido y llevo trabajando 10 años en la empresa.
Gracias
Efectivamente han de cumplir el convenio Por lo que si complementa el 100% tiene que hacer una reclamación de cantidad.
Muchisimas Gracias, me pondre con ello, a ver qué me dicen. Hablar de estas cosas nunca es facil…
Gracias de antemano por su ayuda.
Después de explicar lo que indica el convenio y mi disconformidad, todavía no me han pagado la parte correspondiente al complemento.
Tengo varias dudas…
Qué significa exactamente que deben cumplir con el convenio? Cuanto tienen que complementar exactamente? Como si hubiera trabajado un mes normal? o deben descontar los primeros días de baja?
Además, otra cosilla, cuando llevaba solo dos años en la empresa tuvieron que intervenirme y estube un mes y poco ingresada en el hospital y me descontaron también mucho dinero….eso se podría reclamar de alguna forma?
Muchisimas Gracias
Tienen que complementar de la forma y en la cuantía que lo indique el convenio colectivo. Lo de hace dos años ya ha prescrito.
Hola! Teng 7 meses cotizados, por lo que a lo único q tendría derecho es al subsidio. Estoy de baja por enfermedad común y quisiera saber una vez se acabe mi contrato laboral, ¿seguiré cobrando ? Y si no tengo derecho a cobrar el paro, de dónde me van a descontar el tiempo de baja que esté una vez ya no esté trabajando? Muchas gracias
Si que seguirás cobrando, simplemente no te lo descuentan.
hola buenas tardes me gustaria saber si por estar ingresado en el hospital por neumonia durante dos semanas me quitarian mucho al cobrar?
Hola buenos días mira estoy trabajando y estoy enabaeazada, mi contrato termina en una semana y tengo ciática como para que me den la baja, si cuando se me acabe el contrato me apunto al paro y me da la baja mi médico que cobraría lo mismo? O cobraría más??teniendo en cuenta que el paro que cobraría ya lo tengo empezado y va por el 50% , cobraría más o seguiría con el 50%. Y si me doy de baja antes de que acabe el contrato y dos días después me voy al paro? Que cobraría? Mi nómina anterior? O el paro? Y la perjudicaría a mi jefa??? Gracias espero su respuesta
Cuando estés de baja cobrarás lo mismo que en el paro. Pero lo mejor es coger la baja cuando la necesites.
hola yo estuve cobrando seis meses de subsidio despues de despedirme, cobraba 900 euros. antes de que se me terminara cai enferma y llevo casi un año de baja medica.y me estan pagando 395 euros al mes la S.S.. ¿es normal cobrar eso?
llevo 1 año de I.T.¿si estuve ingresado por operacion me perteneceria el 100% ?( me estan pagando el 75% )
No, no modifica la prestación.
He causado baja en mi empresa por una incapacidad por contingencias comunes y la empresa no me ha abonado ninguna prestación, ¿que debo hacer?
Si no se realiza el abono de forma voluntaria, la única forma de exigirle el abono es mediante una demanda judicial, previa presentación de la papeleta de conciliación laboral.
Buenas tardes
Si la empresa no te abona la baja, tienes que ir a inspeccion de trabajo y poner una denuncia (no hace falta abogado) es un impreso que tu misma cumplimentas y en el que aparte de tus datos, tienes que dejar constancia por escrito de lo que sucede.
Una vez hecho esto, te pones en contacto con la mutua de accidentes y les pides que te den información para presentar PAGO DIRECTO POR INCUMPLIMIENTO EMPRESARIAL
Ellos te dirán la documentación que necesitan; fotocopia dni, baja mñedica, vida laboral o últimas nóminas, la denuncia qu ya has presentado en inspección de trabajo y rellenar el modelo 145 (te lo puedes descargar de internet) es para saber tu situación familiar, si tienes hojos, etc y con todo esto, les solicitas a ellos el pago directo, esd ecir, que en lugar de abonarte la baja la empresa, te la abonen ellos.
Eso sí, recuerda mandar a la mutua los partes de baja como muy tarde, tres días después de recogerlos del médico
buen dia…te agradecere me contestes la siguiente consulta..
estoy de baja por enfernedad…y antes de la intervencion quirurgica mi nomina estaba embargada por sentencia judicial…es correcto que pagandome la seguridad social a partir de la fecha que corresponde la empresa me siga aplicando el embargo no existiendo ninguna sentencia judicial que indique a la seguridad social embargamiento del monto que me corresponde por baja de enfermedad o se incurre en descuento indebido
El pago es delegado, es decir, el que te abona el salario es la empresa, aunque luego ésta se lo reclamara a la Seguridad Social. Por tanto, en mi opinión, la empresa seguirá embargándote la parte de la nómina que tenías embargada.
Hola buenas mi pregunta es ,estoy de baja desde hace 10 meses y es de enfermedad comun y mi gefe me a dicho q lo mio no tiene cura y m a propuesto q m juvile pero yo tengo una incapacidad permanente total y cobro x ella. Mi jefe m dice q m pueden dar una i.p.absoluta peero ni tengo idea de cuanto m puede kedar de pension tengo 41 años d edad y 16 y medio cotizados de los cualees 6 trabajando para la once con discapacidad ,mi pregunta es cuanto m quedaria de la nomina y si m dejan la otra pension de i.p.total
La respuesta varía en función tu bases reguladoras. Lo mejor es que preguntes en la Seguridad Social.
Este año he trabajado los 3 primeros meses y ahora estoy baja por enfermedad. En agosto cobre
800 euros de paga extra y ahora en navidad 400 ¿es legal esa rebaja?.
(estoy fijo y cada mes cobraba 1375 euros)
Durante la incapacidad, las extras se abonan de forma prorrateada por lo que no se generan paga extra. En consecuencia, sólo te han abonado la parte generada desde las navidades pasadas que no estuviste por incapacidad. Con ello no te indico que la cantidad sea correcta, pero en principio el comportamiento de la empresa parece correcto.
hola buenos dias estoy de baja por enfermedad comun y cierra la empresa y sigo de baja, en condeciones normales que cobraria y estando en el paro que cobrare. Al estar de baja pierdo paro o me lo respetan. gracias por informarme
Si la empresa cierra, cobrarás mientras mantengas de baja la cuantía que te corresponde por desempleo. Posteriormente, una vez te den el alta, cobrarás la prestación por desempleo sólo si has estado menos tiempo de baja que el tiempo que has generado por prestación por desempleo. Es decir, que si habías generado cuatro meses, y estás tres meses de baja te quedará un mes. Si por el contrario estás seis meses de baja, cobrarás esos seis meses pero luego no cobrarás nada de prestación por desempleo.
Buenas tardes Alejandro
Mi pregunta es yo e cobrado la extra de diciembre soy fijo y e estado dos meses justos de baja por SS Del 16/10/15 hasta el 16/12/15 cobro normalmente unos 1100€ de extra y ahora en diciembre solo e percibido solo 640€ es esto normal gracias y un saludo
Durante la baja se prorratea la paga extraordinaria por lo tanto, es normal que se te descuente algo. No he hecho las cuentas, pero me parece excesiva la diferencia.
Me gustaría saber una cosa .Estoy de baja dese el día 3 de Diciembre llevo casi 10 años con la empresa y no se hacer el cálculo. Cuanto deverias cobrar si mi baja dura todo el mes Pq mo recuperación no es rápida gtacias
Se calcula en función de la base por contingencias comunes que aparece en la nómina.
llevo 10 años dos dias a la semana limpiando una casa , le dijo porque no me a segura i me dice mas alante, llevo 10 años con la misma historia . que puedo hacer.
Demandar ante el juzgado de lo social, o poner una denuncia en la inspección de trabajo.
Puedes hacer 2 cosas. Aguantarte sin que te de de alta, o denunciar
gracias Snr. Alejandro,me has sido de grand ayuda…he mirado en tu contestacion en +info.y alli se habla solamente de dias..que podria cobrar…pero . my operacion tiene 6 meses de recuperacion…cobraria la baja los 6 meses??
Cobrarás el tiempo que estés de baja.
Buenos días Alejandro, mi problema es que empecé ha trabajar el día 17 de octubre y el jueves 5 de noviembre me fui al médico por un supuesto virus me dio reposo 48 horas y sino mejoro o empeoro vuelva al hospital el sábado 7 volví al trabajo y el domingo también pero me dio una recaída el domingo 8 y me fui al hospital con un fuerte dolor de cabeza y cervical debido Q mi trabajo es de mucho esfuerzo, el lunes 9 me dio la baja por cefalea mi médico de cabecera de 4 días de momento Y quisiera saber si estos días me los van ha pagar o no me corresponde nada,también quiero saber si yo estaba bien antes de empezar ha trabajar de la espalda cuello y cabeza puede ser a causa del trabajo mi enfermedad?? Muchas gracias por todo un saludo!
Te pagarán lo que indica esta entrada, y en función de lo que indica el convenio colectivo. Por otro lado, los síntomas pueden ser provocados por el trabajador, pero será muy complicado su consideración de enfermedad profesional.
Hola buenas tardes Alejandro, tengo una gran duda, estoy de baja por contingencias comunes la ett finaliza mi contrato, y cogi el paro antes de entrar en la empresa, me quedan 3 o 4 meses de paro, ahora tengo derecho a cobrar por el inss? Lo digo porque como ai que tener 180 días cotizados y cogi el paro y me quedan 3 o 4 tengo días cotizados o es como empezar de cero gracias
haber cogido el paro no significa haberlo gastado a los efectos del requisito de tener cotizados 180 días. Es decir, que si ahora estás cobrando la baja, la seguirás cobrando mientras estés de baja. Tendrás que solicitar el pago directo a la seguridad social.
Hola.estando de baja por E.Común se acabo mi contrato.me esta pagando la mutua pero me ha dicho que solo 6 meses, que es lo que me corresponde de paro. Tienen que operarme de la espalda.mi pregunta es: pasados esos 6 meses cm se que cantidad me pagara la según social, gracias
Mientras estés de baja te seguirán pagando la misma cuantía que percibes en caso de prestación por desempleo.
buenas noches,
soy una trabajadora del SERGAS que he estado de baja durante un año por motivo de una operación. Se me ha pagado el 100 % desde el principio ya que tuve ingreso hospitalario. la nómina anterior a la baja:
– nómina ordinaria: base contigencias 1987.07, base IRPF 1987.07
– nómina regularización (es la que tiene noches, festivos…): base contigencias 578.68, base IRPF 578.68.
por lo que me sale una base de cotización de 2565.75; aplicándome un descuento IRPF 20%, seguridad social 4.70%, formación profesional 0.10, descuento desempleo 1.55.
¿Cuánto tendría que cobrar al mes?
Las consultas que requieran de realizar cálculos tiene un coste. No obstante, si continúas de baja cobrarás lo mismo que durante el periodo de baja de un año.
hola buenas tardes,, estoy contrata por un tiempo de 6 meses,, lo cual tuve un accidente laboral y llevo casi dos meses de baja eso como me lo pagaran o quien se ace cargo del pago,, ando perdida en ese tema
La responsable del pago mientras estás de baja es la empresa, sino es la mutua.
Buenas tardes,
esta mañana he ido a trabajar encontrandome mal pero como sabia que era muy dificil substituirme he hecho las primeras horas y luego le he dicho al jefe que tenia que ir a urgencias pues estaba con fiebre y con anginas con pus. El médico me ha hecho un justificante médico donde recomienda el reposo de 48horas y la toma de antibiótico y analgésicos para la fiebre. Llamé para decirle al jefe le resultado y me dijo que tenia que hacerle el favor de abrir una hora para hacer la caja del dia y darsela y vender y que mañana a la mañana tambien tendria que ir. Yo le he dicho que depende de si me encontraba bien o no iria. Total que cuando estaba haciendo la caja me llama y me exige que pida la baja; no dejandome opcion, me dijo o trabajas o me traes la baja, una de dos. Yo como una tonta me fui al centro médico y pedí la baja, les expliqué lo ocurrido, y el médico sin hablar conmigo ni nada salió de la consulta con la baja para tres dias. Ahora estoy informándome un poco y veo que si estoy tres dias de baja pues seran 3 dias que no cobraré que para mi significan mucho. Mi pregunta es: él puede obligarme a darle la baja el primer dia? Y segundo si yo mañana estoy mejor y quiero ir a trabajar podran hacerme la alta sin problema? Lo complicado del asunto es que mi jefe no está bien de la cabeza y no se puede hablar con él como una persona normal. Gracias de antemano por su ayuda y asesoramiento. Le agradeceria que me contestara con la maxima brevedad posible.
La única persona que puede dar una baja es el médico. Es decir, el empresario no puede obligarte a coger la baja porque será el médico el que en todo caso la conceda. Por otro lado, se puede pedir sin problemas el alta voluntaria, aunque no te lo recomiendo. Sobre los tres días, puede que el convenio complemente dichos días y no pierdas salario.
Buenas noches,
He estado una semana de baja por atropello y como bien explica en mi ultima nomina me han quitado tres dias de sueldo y dos al 60%, esta cantidad que no he percibido se la puedo reclamar al seguro de la persona que me atropello? Al fin y al cabo he faltado a trabajar porque su asegurada se salto un paso de peatones y me imposibilito ir a trabajar…
Ahora me encuentro en rehabilitacion, hasta que mi fisio no me diga que estoy apta puedo reclamarle lo que me tienen que indemnizar por baja no impeditiva? o como se realiza el calculo.
Muchas gracias.
Un saludo
Efectivamente, puedes reclamarle todos los daños y perjuicios ocasionados en los que puedes incluir dichos conceptos.
Buenas, mi madre lleva 9 años trabajando en una empresa, lleva 10 meses de baja por incapacidad temporal y le han quitado el complemento por antigüedad y no le están dando las pagas (las cuales se generan cada 6 meses) ¿es legal hacer esto?
Gracias y un saludo!
El complemento de antigüedad no se lo pueden quitar, no obstante en cuanto a las pagas, éstas se abonan dentro de la prestación por incapacidad temporal, por lo tanto cuando se está de incapacidad temporal, las pagas “se prorratean”.
Buenos dias, mi situacion es un poco confusa, en este momento estoy de baja medica, debido a que me tuve que operar del corazon, 2 bypass y reparacion de valvula mitral, de esto hace 3 meses, tengo 62 años y mi contrato con la empresa se me termina el dia 30 de setiembre, estoy acudiendo por las bajas correspondientes todas las semanas, e icluso la visita medica una vez al mes, tambien estoy concurriendo a la mutua Asepeyo, una vez al mes para llevar dichas bajas y ser sometido a un seguimiento, mi consulta es, una vez que se me termine el contrato y al no tener todavia el alta medica, debo seguir asistiendo a la mutua, seguire cobrando lo mismo que hasta ahora y lo principal y aqui viene lo mas complicado, soy Uruguayo, tengo cotizados en mi pais 20 años y aqui llego a los diez, visto mi estado de salud y mi edad, creo muy dificil poder volver a trabajar, mas que nada porque la cirugia fue muy delicada y aun me falta tiempo para estar en un buen nivel fisico, hace unos 5 años ya me han dado el subsidio de los 426 euros, mi consulta es, puedo tramitar por el convenio bilateral que existe entre España y Uruguay una prejubilacion o en su defecto una jubilacion ya que en Uruguay la edad para jubilarse es de 60 años y 30 años cotizados, la duda es si puedo juntar los 10 de España con los 20 de Uruguay, agradezco puedan aclararme esta situacion que me tiene bastante preocupado, ya que mi esposa no tiene trabajo hace ya 4 años y a pesar de su incesante busqueda por el mismo, no logra que la llamen de ninguna parte, ella tiene 59 años, sin otra particular y a la espera de una pronta contestacion, les queda agradecido y les saluda atte. Roque.
Las consultas que requiere un estudio más profunda del caso tienen un coste. Si quiere puede enviarme un mail a: abogado@alejandroaradas.es
Hola: Alejandro. Asunto : tengo derecho a vacaciones despues de unas largas incapacidades aproximadamente un año y medio producto de una operacion a corazon abierto por remplazo valvular (mitral y ahortica) luego de que el fondo proteccion me evaluo con un punteje :de 29.6 muy bajo el puntaje, me encuentro trabajando actualmente con unas recomendaciones por el medico laboral.
Si, tienes derecho a vacaciones, las que no hayas podido disfrutar este año y las del anterior.
Hola soy Raquel
Tengo unas dudas respecto al contrato de formación:
Se puede despedir al trabajador dado de baja en un contrato de 1 año, lleva 3 meses
Se hizo daño al bajarse de una escalera la semana pasada, ha estado trabajando y bien .., no tenía nada solamente un poco de inflamación, y el viernes cobro su nómina, al cabo de la semana el lunes manda un mensaje que no va a trabajar y se va a la mutua para que le den la baja
Es una estafa, que se puede hacer en estos casos?
Demandar por despido improcedente. Tienes un plazo de 20 días hábiles desde la fecha de baja.
buas tardes, no se si este hilo seguira abierto pero es que tengo una duda. EMPECE A TRABAJAR EL 15 DE JUNIO DE ESTE 2015 PERO EL 7 DE JULIO me dieron la baja por una infeccion que tenia que me causaba fiebres malestar etc… la cual a dia de hoy aun no esta clara de dnd procede…. pero es no el caso jejejjee. Esta empresa es de comerciales y tengo un contrato de prueba de 2 mesesy el horario es de 36/h semanales con un sueldo bruto al mes de 765€, el mes anterio cobre el 29 de junio, pero este mes aun no he cobrado, mi jefe no sabe nada y dice que esta de vaciones que ya preguntara y ahi va mi duda, quien me abona la nomima si estoy de baja por la SS por contingencias comunes a pesar de que la mutua me esta haciendo un seguimiento tambien. En la mutua me han dicho que al estar dada de alta en la seguridad social me lo abona la empresa
Estoy confusa y sin un €
Muchas gracias
un saludo: cary
Si has cotizado al menos 180 días en los últimos cinco años te lo tiene que abonar la empresa tu salario.
Yo creo que quien debe pagarte es la empresa que es la que te tiene contratada. Otra cosa distinta es que luego tu sueldo se lo tenga que abonar la seguridad social
Hola Alejandro, la pregunta es: trabajador que tiene accidente de trabajo el 1-2-15 (accidente in itinere), quiero saber si al ser accidente de trabajo se le descuenta o no la parte proporcional de las pagas extras?
Gracias y un saludo.
En el pago de la baja por accidente profesional, ya se incluyen las pagas extraordinarias, por lo tanto no es que se te descuentan y las pierdas, sino que durante dichos meses las tienes prorrateadas.
Hola, este mes he estado de baja dos veces. Una primera baja de 6 días. Tres días después del alta empieza la segunda baja por recaída de la misma enfermedad y con ingreso hospitalario de mas de 24 horas . es correcto que me descuenten los 3 días de sueldo de la primera baja? O al haber ingreso en la recaída no me tienen que descontar nada?
Es correcto ese descuento si el convenio no indica que cubre los tres primeros días de baja por incapacidad temporal.
Buenas tardes
He estado de baja 11 días se debe descontar el 60% pero de lo que yo cobro en nomina ? , es decir , en nomina me tienen una cantidad , pero me suelen pagar 50€ de más de lo que cobro en nomina . Se me debe descontar de la cantidad de la nomina que yo firmo todos los meses.¿ El dinero que me dan aparte no tiene nada que ver ?
Esos 50 € que te aportan fuera de nómina es un pago ilegal, en el sentido que ni la empresa cotiza , ni el trabajador cotiza ni tributa por ello. Por lo tanto, al no estar recogido en la nómina no entra dentro de los cálculo para la prestación, y será la empresa la que decida el abono. En cualquier caso, lo más recomendable es que se recoja en nómina y así se lo demandes a la empresa, si puedes demostrar el pago se debe considerar como un derecho consolidado que no te lo pueden quitar.
Hola buenos días,tengo una duda x favor si m podéis ayudar OS lo agradecería,trabajo en una empresa de trabajo temporal,el año pasado stuve trabajando ahí también pero ste año cuando llevaba poco mas d un mes me dio el medico la baja x incapacidad temporal de enfermedad común llevo mes y medio en la baja,mi trabajo consiste en manipular frutas,se trabaja y cobra x horas trabajadas quisiera saber cuanto cobrare de seguro puesto k el mes y algo k stuve trabajando no se trabajaban todos los días,muchas gracias,nose si se rigen x el sueldo base o x lo k cobre el ultimo mes k trabaje y cuanto tarda en pagar la seguridad social,arregle los papeles hace 9 días y hace 7 días m llego un sms k staba aprobada la solicitud,muchisimas gracias.
Si sigues contratada, cobrarás lo indicado en la entrada, cogiendo la base de cotización de contingencias comunes del mes anterior. Si ya no sigues contratada, cobrarás lo mismo que si estuvieras cobrando la prestación por desempleo, y para su cálculo se tiene en cuenta la base de los últimos seis meses de cotización.
Llevo desde el 4 de marzo de baja por accidente y para el calculo se a cogido la base reguladora de febrero dividido entre 28 y se me han pagado 27 dias de marzo a razon de esa cantidad. Hasta ahí todo perfecto, ahora mi pregunta es la siguiente: ¿Para calcular los dias de baja de abril se coge la misma cantidad de febrero o tengo que irme a la base reguladora de marzo?
La base reguladora de febrero.
buenas noches, la diputación de almeria me hace un contrato que empieza el dia 15/12/2014 hasta el dia 22/02/2015, el dia 31/01/15 tuve un accidente y tuve que coger la baja. hasta el dia 25/02/15, ya se habia cumplido el contrato, cuando fuy a cobrar me dicen que no tengo nada que cobrar porque en los ultimo 5 años no he cotizado 180 dias. quisiera saber si tienen razon o no y que puedo hacer. gracias
En principio no tiene derecho a la prestación por incapacidad, a no ser que el convenio estipule otra cosa, no obstante si que tiene derecho a las vacaciones generadas y no disfrutadas y a la parte proporcional de las pagas extras, si no las tienes prorrateadas.
Buenas tardes,
Mi pregunta es la siguiente, yo tengo un contrato a tiempo parcial, y estoy embarazada.
A partir del próximo 6 de Abril cogeré la baja por contingencia común, necesitaría saber como calcular mi salario, ya que en mi nomina aparecen,
Salario Base
PP Pagas Extras
Comisiones
Pacto competencia.
El importe total de cotización es variable todos los meses.
Mi duda es si están obligados a coger la cotización del mes anterior o si de lo contrario, lo calculan sobre el salario base sin comisiones ni nada.
Media de la base de cotización de contingencias comunes de los últimos tres meses anteriores a la fecha de la baja.
Me refiero a una baja por contingencia comun, la baja de maternidad me han comentado que es en base a los 12 meses anteriores al ser un contrato de jornada patcial.
Es correcto?
Una baja por contingencias comunes en un contrato parcial, la base reguladora se calcula dividiendo la suma de las bases de cotización en la empresa durante los 3 meses inmediatamente anteriores ala fecha del hecho causante.
En caso de la cobertura de maternidad, en los trabajadores contratados a tiempo parcial, la base reguladora diaria de la prestación será el resultado de dividir la suma de las bases de cotización de los últimos doce meses anteriores a la fecha de inicio.
Buenos días.
Una consulta. Estuve de baja por gripe del 17 al 20 de febrero, entonces el cuarto día de baja (20 de febrero cobré el 60%).
23 y 24 d febrero volví a trabajar. El 25 de febrero volví a empezar una nuev baja por el tema de una operación, es decir una baja diferente. Actualmente estoy de baja.
En mi trabajo me van a descontar en el mes pasado lo correspondiente en los días 25,26 y 27. Realizarán un reajuste en mi nómina.
Al ser una baja diferente y entre medio de las 2 haber trabajado un par de días. ¿Debería contar la baja a partir del 25 de febrero como otra diferente? Es decir 25, 26 y 27 que sean lo 3 días donde cobro el 100% y a partir del cuarto día de esta nueva segunda baja cobrar el 60%, ¿Sería eso lo correcto? ¿Cuánto tiene que pasar entre una baja y otra para que se considere diferente y vuelva a tener los 3 primeros días cobrando el 100%?
Muchas gracias por su tiempo
Para cobrar el 75% de la base de contingencias comunes, y se considere recaída, debe tener como causa la misma que provocó la anterior baja por enfermedad común y dentro de un plazo de seis meses.
Hola.
Trabajo en una farmacia y llevo d baja casi un mes por embarazo…mi jefe no m mando la mutua así q m la he cogido X la seguridad social. ..mi pregunta es …cuanto voy a cobrar y si esta obligado mi jefe a pagarme puesto que mis compañeros ya han cobrado y yo no.
Un saludo
Hola estoy de baja por enfermedad(trastornos de panico) ansiedad que denominan.Mi primer mes cobre 653€.Cuanto deberia cobrar el 2 mes al estar de baja? y mi siguiente pregunta es, cuantos contratos al año puede hacer un empresario(llevando ya 2 contrataciones de tres meses) estaria obligado a tener que hacer contrato fijo? Gracias
Con los datos que me aportas es imposible hacer el cálculo, tienes la información en esta entrada. En cuanto a los contratos que puede realizarte, debo responderte de la misma manera, depende de los mismo. No osbtante existe un límite para la concatenación de contratos de 24 meses en un período de 30, sea para el mismo o diferente puesto de trabajo, misma empresa o grupo de empresas, y que no es de aplicación a los contratos formativos, de relevo o interinidad, a los celebrados en el marco de programas públicos de empleo ni los utilizados por las empresas de inserción.
hola llevo dos años contratado por horas y he caido enfermo ¿puedo pedir la baja ?y si es asi ¿cuanto percibire de salario ? gracias de antemano
Hola mi nombre es maite
Me gustaria saber si el 75% de lo que me pagan por la baja es del salario que cobraba o del salario sin descuentos porque decis que es de contingencias comunes,
Osea que no se que cantidad tengo que cojer de la nomina para saber si me estan pagando bien
Me podrias poner una foto de cual cantidad es
Saludos maite y gracias
Hola,soy empleada de hogar.el dia 6 de noviembre me han dado de alta en la seguridad social.el dia 9 de diciembre me operaron de urgencia porque tenia un embarazo extrauterino.el medico me ha dado 15 dias de baja.que me toca hacer ahora?quien me paga esto?
A partir del día 4 de la baja le deben abonar el 60% de su salario, y a partir del día 21 el 75% de su salario. Debe de reclamárselo al empresario, o en su defecto a partir del noveno día a la Seguridad Social.
Hola Alejandro!
El 24/10 me dieron la baja por fisura en el brazo; el 5/11 me ingresaron la nómina descontandome poco menos de 40€, el 18/11 me Dan el alta y ayer 3/12 me ingresan solo 167€ de 805€ que cobro mensual. Me dicen que ese es el % que le corresponde a la empresa y la SS me ingresará luego el pago. Que debo hacer? Esos 167€ no son ni los 12 días que trabajé de noviembre.
Te recomiendo que leas esta entrada, ya que tu caso es diferente al ser empleada del hogar.
Buenas, qué pasa si no me doy de baja aunque esté con fiebre pero en mi puesto de trabajo tampoco hago nada? Puede la empresa me obligarme a irme a casa?
ESQUE NO ENTIENDO BIEN LO DE LOS SEMESTRES.SEGUN EL CONVENIO DE LIMPIEZA EN ART-45 DICE : DESVENGO DE GRATIFICACIONES EXTRAORDINARIAS A CONSECUENCIA DE SITUACIONES DE INCAPACIDAD TEMPORAL DE ENFERMEDAD COMUN Y ACCIDENTE NO LABORAL—-CUANDO SE PRODUZCA LA PRIMERA Y SEGUNDA BAJAS POR ENFERMEDAD COMUN O ACCIDENTE NO LABOLAL DENTRO DE CADA SEMESTRE NATURAL, ESTOS DOS PRIMEROS PERIODOS DE INCAPACIDAD TEMPORAL DERIVADO DE DICHAS CONTINGENCIAS NO SE DEDUCIRAN DEL DESVENGO DE LA GRATIFICACION EXTRAORDINARIA QUE CORRESPONDA AL SEMESTRE DEL QUE SE TRATE .
LAS SUCESIVAS BAJAS QUE SE PRODUZCAN DENTRO DEL MISMO SEMESTRE NO DARAN DERECHO A LA PERCEPCION DE LA PARTE PROPORCIONAL DE LA GRATIFICACION QUE CORRESPONDA A DICHO PERIODO.
RESPECTO DE LA PAGA DE BENEFICIOS ,EL DESVENGO DE ESTA GRATIFICACION EXTRAORDINARIA SOLO QUEDARA AFECTADO A PARTIR DE LA 5ª BAJA PRODUCIDA EN EL PERIODO ANUAL DE REFERENCIA.
COMO NO LO ENTIENDO MUY BIEN ,SOLO QUERIA SABER SI TENGO DERECHO AL 100% DE LAS PAGAS .
DESDE EL DIA 1 DE SEPTIEMBRE DEL 2014 ESTOY DE BAJA Y SIGO A DIA DE HOY 6 DICIEMBRE DEL 2014
ES LA 2ª BAJA DEL AÑO
LA 1ª BAJA FUE DE 9 DIAS EN ENERO DEL 2014
MUCHISIMAS GRACIAS.
HOLA ALEJANDRO, TRABAJO DE LIMPIADORA Y ESTOY DE BAJA POR ENFERMEDAD COMUN DESDE EL 1 DE SEPTIEMBRE POR CERVICALES,ESPALDA Y RODILLA …..ACTO SEGUIDO ME OPERARON EL DIA 30 DE SEPTIEMBRE DEL UTERO Y TROMPAS….Y SIGO AUN TODO LO QUE LLEVAMOS DE DICIEMBRE( HOY ES 6 ) EL MEDICO DE CABECERA Y TRAUMATOLOGO ME SACARON ESPONDILOSIS Y ESPONDILOARTROSIS .ME TIENEN QUE MANDAR ANALISIS PARA DESCARTAR FRIGOMIALGIA ….CON LA MUTUA TENGO CITA EL DIA 12 DICIEMBRE PARA QUE ME VEAN ELLOS. MI PREGUNTA ES SI TENGO DERECHO A LA PAGA EXTRAORDINARIA DE DICIEMBRE Y BENEFICIOS AL 100% . O SOLO TENGO DERECHO A UNA PARTE
YA QUE ES LA SEGUNDA BAJA DEL AÑO,PUES LA PRIMERA FUE DE 9 DIAS EN ENERO DEL 2014.
MIL GRACIAS POR TODO DE ANTEMANO.
hola,
alejandro . me dieron la baja en noviembre del 2012 asta el 10 de abril del 2014 que me dieron el alta sin estar bien . despue el 27 de junio me volvieron dar la baja hoy en dia sigo de baja. lo que no entiendo que no me de la incapacidad despue de tanto tiempo de baja.ellos dicen , que si trabajara de albañiz me la darian. aparte tengo ya 59 años. estoy perado de dos hernia discal de 4 que tenia me quedan dos que no me la pueden tocar
Buenos días,
Estando de baja por enfermedad, finalizo en un mes la prestación desempleo de 2 años que me concedieron tras ser despedido, y habiendo cotizado antes en empresas 29 años.
Cumplo 55 años en tres meses.
PERO el alta médica no se prevé antes de cinco meses (luego con los 55 años ya cumplidos).
Tras el alta, y suponiendo rentas inferiores a 75%SMI,…:, y demás requisitos:
¿Se me podría conceder directamente el subsidio para mayores 55?.
¿O tendría que pedir primero el de mayores de 45 teniendo luego derecho a transformarlo en el de 55?.
¿O solo podría pedir el de mayores 45, pero sin derecho ya al de 55 salvo que vuelva a trabajar unos meses?.
Muchas gracias
Estuve de baja por accidente de trabajo 3 semanas en la mutua me dijeron qué tengo hernia disco y qué me van a dar de alta el segundo dia me fui al médico de cabecera i me dio un par de semana más quien me va pagar ahora llevó 6 años en la empresa con contrato indefinido y una nómina de 1100 € cuánto tengo q cobrar un saludo gracias
hola buenas tengo una pregunta si algien me puede ayudar ,yo trabajo de limpiadora con contrato de fijo discuntinuo y el dia 12-11-2014 segun sali del trabajo me fuy a urgencias por qe tenia un dolor muy fuerte en las lumbares y elmedico me dijo qe al dia igiente fuera a mi medico de cabezera el cual me dijo qe tenia una lumbalgia aguda por lo cual me mando un tratamiento y reposo me dio jutificnte de 48 horas por qe los fines de semana decanso y el dia 17 18 estube en el trabajo pero recai otra vez como al primcipio y el dia 19 volvi al medico y me dio jutificante de 72 horas y hoy me llama la empresa y me dice qe tengo qe presentar la baja y mi pregunta es teniendo un contrato de 3 horas 40 minutos cuanto me tien qe qitar por haber estado de baja si mi sueldo no llega a los 600€
hola
Llevo desde el dia 13 de octubre de baja y aun continuo,yo trabajo en un centro comercial pero solo trabajo y cotizo 4 horas al dia, mi pregunta es, ¿Cuanto deberia cobrar si cobro alrededor de 600 euros? solo me pagaria la empresa o tambien me debe pagar la SS? porfavor necesito respuesta un saludo
Hola quisiera consultarle quedesdel dia1 desptiembre e pasadoa incapacidad temporal ya que llevo masdeun año de baja despues de averme operado y no quedar bien,ya me confirmaron que a partir del 1 de septiembre el inss se aria cargo de mi sueldo,ya a pasado un mes hoy dia unode octubre y no me an ingresado es normal? cuando se cobra dia 1 o dia 10
gracias por su atencion un saludo si alguien lo sa ve que tambien pueda quitarme esta duda mi correo es franpe35@hotmail.es
Hola, ¿y cuando estas de baja por incapacidad temporal también te quitan dinero del complemento por antigüedad?
hola mi preguntas es llevo trabajando 7 años en la empresa con un contrato endefinido
e tenido un accidente en la callle me han dado de baja por 3 semanas quiero saber quien me paga la empresa o la seguridad social y cuanto tengo que cobrar gracias
Hola Alejandro,
me gustaría que me aclarases un par de dudas que tengo si no es mucho pedir.
Tenía un contrato de 3 meses hasta el 22 de septiembre, en este periodo tuve una baja de 7 días por una lumbalgia (del 10 de julio al 17 del mismo) ya que me hice daño moviendo unas cajas en la fábrica donde trabajo. Al poco tiempo me llegó una carta diciéndome que no tenía derecho a cobrar nada por no tener al menos 6 meses cotizados en los últimos 5 años.
Hasta ahí de acuerdo, pero no se trata eso de una enfermedad laboral?
Por otro lado después de darme el alta continué trabajando pero el 19 de septiembre tuve una recaída por lo mismo hasta fecha de hoy y va para largo. Mi duda es si tengo derecho a algún tipo de paga ya que una vez cumplido mi contrato, sí tengo los 6 meses que me exigían al principio? Decir que no tengo derecho a prestación pues iba a pedir el subsidio de los 420€, en caso de que me paguen algo repercute en dicho subsidio?
P.D. Todo esto lo gestioné por la S.S ya que tenían todo mi historial sobre mi espalda. Pero ahora me han llamado para presentarme en la mutua en una semana pero no sé muy bien para qué…
Gracias de antemano, un saludo.
hola yo trabajo desde hace 4 meses en un centro especial de empleo y estaba a 40 horas 20 de limpieza y 20 de operario de oficina la pregunta es que me quieren bajar la jornada a media por que no soy apta en le puesto de limpieza. que puedo hacer además la empresa me quiere haces una extinción de trabajo para que deje el trabajao alguien me puede ayudar.
Hola,
Mi pregunta es que en mi empresa segun el jefe me pagaron 1636€ de mas durante los 3 años anteriores por convenio,en la nomina pone eso de ´´a cuenta convenio¨¨me sacaron las cuentas y salen unos 36€ de mas al mes, la cosa es que ahora estoy de baja y la empresa me quita 100€ todos los meses para recuperar los 1636€ la empresa, la pregunta es si es legal porque la empresa sabe lo que me paga,puedo denunciarle por intentarme despedir y por lo del dinero y cuanto tiempo tengo para reclamar.
MUCHAS GRACIAS.
UN SALUDO
hola estoy de baja por accidente labora(itinere)por mutua mi pregunta es que quien me tiene que pagar la mutua o la empresa .perdona si la respuesta es obvia pero es que nunca he estado en esta situacion.un saludo y gracias
Hola buenas. Estoy embarazada de 32 semanas y de baja por la mutua. El mes que viene hago un trienio en el trabajo. Eso cuando me lo empiezan a pagar?
Y mi contrato es d 18 h semanales, 3h diarias. Podria coger el permiso d lactancia acumulado? Soy limpiadora.
Gracias
me hicieron un contrato de mes y medio en la once pero el primer dia de trabajo me dieron vertigos y me dieron la baja llevo seis meses de baja y me siguen pagando la seguridad social todos los meses aunque a mi el contrato se me acabara al mes y medio de entrar a trabajar me gustaria saber si estos meses que estoy de baja aunque no tenga ya el contrato con la once y me pague la seguridad social si estos meses me estan cotizando y me vale como cotizaciones a la seguridad social o sin embargue esto no cotiza
Hola segun mi experiencia te lo están restando de tu SS.
Hola señor Alejandro tuve un accidente laboral lamiyua medio 4dias de baja seguía con mucho daño en la mano y la medico de cabesera medio labaja 4dias por que ni lo veia bien paraincorporarme al trabajo ya que tengo los tendones inflamados mi contrato de 3meses a terminado y ,e han dicho que me harían una prologa mas no e firmado dicha prórroga y mi accidente fue 2 días después qué mi contrato terminara me dicen en la empresa que no me pagará por que mi nomina varia en la mutua me dicen que cobraría el 100% cuanto me descontará si la base de cotización es de1.113€ me gustaría que me ayudaras a aclarar estas duda gracias
Hola Francy.
En primer lugar debes de asegurarte que sigues contratado por la empresa, y una vez se sepa esto se podrá comprobar quien es el que te tiene que pagar.
Cuando lo sepas, si quieres llámame y lo miramos con mas detalle.
Un saludo
Alejandro
hola k tal? Me llamo Rosa comence a trabajar de limpieza en unas ofivinas contratada por Sifus, tengo un 33% d discapacidad, despues d siete meses en paro, a los cinco dias me cai d una escalera reponiendo servilletas en el cuarto d baño, segui trabajando 5 dias asta k ya no pude más, tengo el menisco roto, el brazo dañado el carpiano, no tengo sendibilidad en la mano, el 23 coji la baja por la seguridad docial, ya k ni me dieron la dirección d la mutua ni el nombre de ella, ahora llevo un mes d baja y hoy me dicen k no me pagan mientras este d baja porq no tengo los 180 dias cotizados en los cinco años, (antes d este trabajo estuve siete meses en paro),¿que tengo k hacer, porq fue accidente laboral, pero por no informarme me fui a la s.s….estoy pagando una hipoteca , el menisco seguro k me tien k operar,el brazo recuperación k ahun no llamarón…osea k si no me paga la empresa¿para k le mando x fax los partes¿para k me mantengan el puesto d trabajo?? casi prefiero k me echen y vobrar finikitoporq este mes me dejaron en pañales,¿si no les mando el parte me despediran?,¿wue puedo hacer? la mutua me visita tambien, pero despues d ir al seguro por mi cuenta¿porq si no me pagan?, que pudo hacer estoy desssperada. atentamente un saludo y gracias de antemano.
Hola buenos días, estoy de 8 meses de embarazo y el medico me a dado la baja, tengo una base de cotización de 1000€ ( tengo convenio de mensajería) cuando me debe descontar la empresa hasta que de a luz?
Saludos
Buenos días. Me operé de una uña de un pié y estuve ese día y otros dos mas sin asistir al trabajo. No solicité la baja porque, por desconocimiento, ignorancia o mala información, creía que podía estar un máximo de tres días sin solicitarla, aunque tengo justificante medico de la operación. El caso es que después de echarme la gran bronca los de RRHH de mi empresa, que si me pueden sancionar, etc, han quedado en que me lo rebajaran de la nómina. ¿Cuanto pueden descontarme? ¿Descuentan igual los tres días, aunque uno sea de intervención quirurgica? Gracias
Hola Alejandro, mi pregunta es la siguiente, el 1 de agosto hace un año que estoy de bajá, tengo tres hernias en las cervicales y estoy bastante fastidiada, me gustaría saber si pasado el año que la baja me la da la inspección cuanto te rebajan el salario? Un saludo
Hola, el pasado 18/5 me rompi un brazo (accidente no laboral). Llevo 7semanas de baja . Quisiera saber si es correcto que me decuenten dinero de la nómina o si deberia cobrar el 100%. El convenio de mi empresa es el de consultoria y estudios de mercado y opinion pública. Muchas gracias por su ayuda. Un saludo
Estimado , mi consulta es la siguiente, tengo alta laboral de dia 12 de junio 2014. Me corresponde cobrar mes completo de sueldo ? ahora los primeros dias de julio 2014. O solo proporcional por los dias trabajados de junio.
Gracias
Buenos días,
Mi consulta es la siguiente. El pasado día 26 cause baja en la empresa por accidente laboral (por lo que la baja me la concedió la mutua). Soy encargada de una tienda y la empresa me fina unos objetivos de venta trimestrales y si los supero me pagan un bonus a mes vencido. Es decir que el correspondiente a abril / mayo / junio me lo deben de pagar en la nómina de julio. Yo realmente el día que cojí la baja ya había alcanzado dicho objetivo, es decir que lo que vendieramos en los últimos días del mes era ya por encima. Mi pregunta es, tiene la empresa la obligación de pagarme dicho bonus? o por el contrario puede decir que no finalice el trimestre completo?
Mil gracias
Saludos
Carol
Hola buenas tardes, les agradeceria que me resolviera una duda, llevo un año de baja por enfermedad común, ahora me concedieron una prórroga en el inss por 6 meses y paso a cobrar directamente de la mutua, mientras me pagaba la empresa tenia un sueldo mensual de 1500 euros limpios mas 4 pagas, sin embargo la mutua en mi primera mensualidad me abona 1195 euros por 26 dias, por lo que me surgen las siguientes dudas:
-La mutua me abona también las pagas?
-A que se debe la reducción de 300 euros en mi nomina?
Gracias de antemano, un saludo
Buenas tardes, estoy embarazada de 35 semanas, estuve de bajá al principio del embarazo durante el primer trimestre y luego volví a trabajar. Ahora vuelvo a estar de baja x enfermedad común hasta la fecha de parto. Quería saber si al tratarse de una baja x recaída si m descuentan nuevamente los 3 primeros días, cobrar el 60% hasta el 20 día o al continuar un proceso anterior comenzaría directamente con el 75% ????
Gracias, un saludo
Buenos días Marina,
Si es una recaída, se cobra directamente el 75%.
Un saludo
Muchas gracias, enhorabuena por el blog
Tenía otra pregunta, según otras compañeras que ya han estado de bajá maternal, según nuestra empresa (sector privado), nos corresponden por lactancia entre 10-12 días naturales según un cómputo que hacen en personal, pero a mi no me salen las cuentas, a 1 hora diaria en días laborables durante 20 sem?????
Gracias de antemano
Un saludo
Marina
Hola Alejandro:
Trabajo hace doce años en un colegio en Servicios Generales, Tengo un contrato indefinido a tiempo parcial (20 horas semanales), los meses de Julio y Agosto, no trabajamos pero si cobramos porque nos prorratean el sueldo y las pagas.La empresa está en un Ere, y en julio despidieron a cinco trabajadoras, a mí me cambiaron de puesto de trabajo con un aumento de jornada (25 horas semanales) en limpieza. Este mes de septiembre comencé pero la dureza del trabajo y el estrés me provocaron un transtorno distímico ( depresión y ansiedad).
– Para calcular el importe de la baja se toma como referencia el último mes trabajado? en mi caso septiembre?
– Si es así, me han estado pagando menos, ¿ puedo basándome en el artículo 50 del estatuto de los trabajadores solicitar la rescisión del contrato? si es así, tengo derecho a percibir el finiquito?
– el viernes les llevé una carta en la q les indico las cantidades q he dejado de percibir , pidiéndoles q me cuñaran el registro de entrada y se negaron
– que puedo hacer?
Gracias anticipadas por su respuesta
Hola Pilar, efectivamente la base para el cálculo de la baja es la de los últimos 30 días.
Que la empresa te pagara de menos (ten en cuenta que la empresa sólo paga parte de la baja), en los extremos que me comentas no es un comportamiento lo suficientemente grave como para solicitar la extinción de la relación laboral de manera indemnizada, lo que puedes hacer es reclamar el importe que te han abonado de menos.
Si se niegan a recibir tu comunicado, mándaselo por burofax, en todo caso deberías de reclamárselo por vía judicial, si estas interesada nosotros podemos llevarte la reclamación.
Un saludo
Despues de 30 años en la misma empresa y ultimamente con muchos problemas, he cogido mi primera baja de larga duración, ansidedad, stress….etc,
mi base de ss es de 3500€ y mi base de IRPF es de 4500
Que percibire estando de baja “me parece que va para largo”, ¿durante cuanto tiempo?, quien me lo paga, la empresa o la SS.
Muchas gracias
Hola Jose Maria, por lo que comentas tienes bases máximas 3.597,00€, en estos casos, como en todos los demás, independientemente de lo que cobres, la base para el cálculo de la IT en la de base reguladora del mes anterior, esto es 3597.
Teniendo una baja por enfermedad común, los tres primeros días no vas a recibir subsidio alguno, del cuarto al decimoquinto día será la empresa la que se encargará del abono de tu subsidio, que ascenderá al 60% de tu base de cotización (2.158€), y a partir del decimosexto día y hasta el vigésimo, correrá a cuenta de la Seguridad Social el abono del 60% de la base, y te abonará el 75% a partir del día vigésimo primero (2697€).
Un saludo
Hola:
Soy empleada de una caja de ahorro. He cogido dos bajas este año porque eh estado embarazada y manchaba. Ahora estoy en la recta final del embarazo y tengo bastantes dolores de espalda. He leído en el convenio colectivo que la tercera baja del año natural abonan un 80% del salario los tres primeros días. ¿Cuanto abonan después? ¿Cuanto cobraría?
Muchas gracias
Hola Ana, depende de la causa de la baja. Si no se establece otro complemento en el convenio y siendo enfermedad común, los tres primeros días, por así establecerse en el convenio (tal y como comentas) cobrarás el 80%, del cuarto al decimoquinto día será la empresa la que se encargará del abono de tu subsidio, que ascenderá al 60% de tu base de cotización, y a partir del decimosexto día y hasta el vigésimo, correrá a cuenta de la Seguridad Social el abono del 60% de la base, y te abonará el 75% a partir del día vigésimo primero.
Un saludo
Hola.
He sido autónomo durante muchos años. Tuve que vender mi negocio a acusa de una enfermedad. Dentro de las condiciones de la venta de mi negocio estaba mi contratación en el régimen general, aceptando de palabra las posibles bajas por enfermedad. Cual es mi sorpresa que a los trece días de tener la baja me encuentro con la carta de despido.Despido que entra dentro del “periodo de prueba” y me encuentro con una duda:
¿Quién se tiene que hacer cargo de mi baja laboral?
¿Dónde he de entregar los partes de baja?
y principalmente, ¿Tendré problemas con mi baja? ¿Pueden negarme el cobro de la prestación?
Gracias por sus respuestas
Buenas queria consultar una duda a mi pareja la han operado y esta de baja por su medico desde el dia 20 de marzo pero la gestoria de la empresa le a dado la baja a partir de l 10 de abril “para que no choquen” ademas nos dicen que la seguridad social no lleva nada que eso lo lleva la mutua. No a sido accidente laboral. A dia de oy aun no a cobrado nada y queria orientarme si es normal o deberia hablar con un abogado laboralista
Hola buenos días.pedí opinión hace meses sobre una baja que la cojii el 28 de enero. me dieron alta el día 23marzo el día 28marzo acudí a mi médico por qué mi enfermedad en las manos volvió aparecer .cuando comunique a la empresa que me volvieron a dar baja se pusieron de mala ostia.me llamaron hoy día 2 para decirme que no me pueden aguantar más estando de baja por que corren demasiados gastos .mi baja es por enfermedad común de momento por qué están investigando a ver si es por el trabajo lo que me sucede en las manos.me dijieron en la empresa que firme un papel como que me mandan al paro.quiero saber si me pueden echar si estoy con la baja y de lo contrario que tengo que hacer por qué no se como tengo que actuar.empeze en la empresa el día 1 de marzo del 2013 .las vacaciones del 2013 no me las dieron por qué supuestamente me las pagaban.por favor decirme cuáles son los pasos que tengo que hacer.un saludo.gracias.
Buenas tardes Remus,
La empresa no puede despedirle estando de baja -a no ser que existan causas objetivas para ello, pero estar de baja no es una causa justificativa del despido.
No firme nada sin el asesoramiento de un abogado laboralista, tenga en cuenta que si firma una baja voluntaria luego no tendrá derecho a paro, ni a indemnización.
Firme no conforme, y exige una copia de todo lo que vaya a firmar previamente firmado por la empresa, para que se pueda quedar con una copia con la firma de la empresa.
Indiquenos su ciudad, (o código postal) y le recomendaremos un abogado colaborador.
Un saludo
Alejandro
Buenas tardes:
Quería realizar una consulta, desde el mes de Enero estoy de baja por un accidente (no laboral), mi contrato está regulado por el convenio del Telemarketing.
¿Quisiera saber si los abonos y deducciones de cada uno de los meses que permaneceré de baja se calculan del bruto de la última nómina completa estando trabajando (en este caso la de Diciembre) o se calculan según el bruto de la nómina inmediatamente anterior (es decir la de Enero según Diciembre, Febrero según Enero, Marzo según Febrero, y la última Abril según Marzo) es decir aún estando de baja?
Es importante en este caso por que yo si bien tengo un sueldo fijo, y pluses fijos, tengo otros pluses como nocturnidad, festivos, domingos, etc, que solo los cobro según se den.
Por que estoy revisando la nóminas y no hay nada que me encaje, incluso el bruto de la nómina de marzo es igual al bruto de Febrero. Sin embargo las la base de cotización y desempleo es bastante superior.
¿También tengo las pagas extras prorrateadas, tendrías derecho a cobrarlas?
En la última nómina (que sería el 100% según el convenio) me aparece.
Prestación enfermedad al 75 – 795€
Complemento de I. T 93€ (¿No tendría que ser 295€ hasta llegar al 100%)
Luego las deducciones me las hacen en base a 1030€. Por lo que no entiendo nada.
Gracias
Un saludo.
Mi pregunta es: ¿Cuanto tiempo hay que tener cotizado para tener derecho a una prestación si te han dado la baja?.
Buenos días Alberto,
Para poder tener derecho a prestación durante el tiempo que se esté de baja por enfermedad común, y por lo tanto no siendo la causa de la misma accidente o enfermedad profesional es necesario tener cubierto un período de cotización mínimo de 180 días dentro de los 5 años inmediatamente anteriores al hecho causante.
Un saludo
Alejandro
hola.. si se rescinde el contrato de trabajo en situacion de ilt, con inicio de expediente de incapacidad por la inspección, donde hay que presentar los partes de baja que se venian remitiendo a la empresa semanalmente.
Gracias
Buenas Tardes;
Estoy embarazada y me gustaría saber si al tener una baja medica por embarazo (como ciatica, tensión …) la empresa abonaría el 100€ del sueldo o no? Hablo de baja por enfermedad por embarazo no por riesgo de embarazo ya que la mutua considera que mi puesto de trabajo no es de riesgo y hasta las 37 semanas no considera que debo dejar de trabajar.
Esperando su respuesta
Muchas gracias por todo
ola quisiera saber si pueden echar a una persona con 33 de incapacidad por estar de baja por enfermedad cuyo cual ellos cobran por nosotras
Hola Toñi, mientras que el motivo del despido no viole ningún derecho fundamental, y se abone el importe de la indemnización que proceda se puede echar a cualquier trabajador, sin ser esta una lista cerrada son las mujeres embarazadas, los trabajadores con reducción de jornada, y los representantes legales los que gozan de especial defensa.
Un saludo
hola,no he trabajado en los últimos 5 años en España por residir en Australia,ahora llevo 3 meses trabajdando en un centro especial de empleo ya que tengo 51%de discapacidad.Debido a la tenndidnitis calcificante en ambos hombros tengo mucho dolor ya que el trabajo es de freganchin en un hotel.mi pregunta es si cojo la baja por incapacidad laboral tendria derecho a cobrar por la S.S.cuando la empresa rescinda en contrato?.He leido tambien quelos centros especiales de empleo deben tener en cuenta que tipo de minusvalia se tiene a la hora de ubicarte en un trabajo, ami me han puesto en el trabajo más duro y no lo puedo seguir realizando por el fuerte dolor que tengo.Gracias
Hola, si estando de IT te rescinden el contrato, seguirás cobrando la baja hasta que te den el alta. Si una vez que te den el alta, no has consumido toda la prestación, cobrarás a lo que tengas derecho.
En relación al puesto de trabajo, entiendo que te habrán realizado un reconocimiento médico y que el equipo de valoración habrá dado un apto para el puesto que estas desempeñando. En todo caso si no estás en condiciones de trabajar acude al médico y que él valore si debe de darte la baja.
Un asludo
Actualmente trabajo, pero que pasa si el mes anterior a estar de baja por enfermedad común (IT), no has trabajado (mes sin sueldo) y por tanto no has tenido nomina. Como se calcularía la prestación a percibir?
Hola Andres, si el trabajador inicia la relación laboral en la empresa en el mismo mes en que se inicia la incapacidad, la base de cotización que se toma es la de dicho mes, y se divide por los días efectivamente cotizados. Este divisor también, se tomará cuando el trabajador no ha permanecido en alta durante todo el mes natural anterior.
Un saludo
Tengo una baja por enfermedad comun grave y estando trabajando me han despedido .
La mutua dice que me pagara hasta 12 meses , cuanto cobraria durante este tiempo
y que me puede hacer la mutua en cualquier caso habiendome dado de baja el medico
de cabecera ? convenio de seguridad privada .
Hola Carlos, cobrarás lo mismo que cobrarías si estuvieras cobrando el paro y ello durante todo el tiempo que dure la baja, no sólo durante 12 meses.
Un saludo
Si faltas al trabajo por estar enferma y tienes justificante médico en el cual te pone reposo de 24horas,es legal que el empresario te quite del sueldo ese día y te ponga en la nómina absentismo?
Gracias y un saludo
Hola Sandra, depende de lo que ponga en el convenio que te sea de aplicación, pero si no pone nada, si no vas a trabajar, independientemente de que sea por una causa justificada, no tendrás derecho a ese día de salario, a no ser eso sí, que la asistencia al médico fuera por razones de embarazo.
Un saludo
Hola esyoy de baja desde el dia 2 por estress i ataque de ansiedad, acausa de muchos ataques del Jefe, siempre chillando , todo va mal todo se hace mal, y no dandose cuenta que tiene muchisima clientela, por el tiempo en que estamos. Hace 2 años y 4 meses que abrimos la tienda, y estaba yo sola todo el dia, ahora somos 4 personas y todo el dia hay muchisima faena, debido a ese estress me entro una mañana un ataque de ansiedad, y tuve que coger la baja, en ningun momento de todo este tiempo que llevo de baja , casi un mes, ni me han llamado ni se han preocupado de nada , yo tendria que empezaar vacaciones el dia 13 de Abril, hasta el 25 Abril, si yo estoy de baja pierdo mis vacaciones, o me quedan aplazadas…. Atentamente.. maica
las vacaciones no las pierdes porque estes de baja, podrás disfrutarlas más tarde.Un saludo
Buenos días,
Soy administrativo embarazada de 17 semanas y llevo de baja por lumbago y ciatica desde el 3 de Marzo por el INNS. En principio me han dado IT de larga duración. No se considera embarazo de riesgo.
Quisiera saber como se me quedaría la nómina con los siguientes datos que aporto.
Base A.T. y Des 1.415,14 €
Salario Base 1.029,17 €
Embargo nómina 107,58 € ( continúo )
I.R.P.F 10,20
Muchas gracias de antemano.
hola, me gstaria saber a donde tengo que ir para que me pagen mi base de cotización que tengo ya que desde el primer dia que epece atrabajar en la empresa consta de que yo estoy de baja y no es cierto empece ha trabajar en marzo del 2013 y me he dado de baja en septiembre del 2013 y estando de baja me han mandado la empresa una nomina de que en noviembre me dieron de alta y tengo los partes de baja. Gracias.
Hola Carlos, te recomendaría que fueras a un abogado para que te revise tus bases y las fechas en las que figuras de alta y en situación de IT en tu empresa, si nos dices que ciudad eres podemos facilitarte los datos de uno.
Un saludo
Hola Carlos, puedes ir a la inspección de trabajo y presentar una denuncia y/o ir a un abogado para que te revise las bases de cotización las fechas en las que figuras de alta y de baja, y en su caso si procede reclamar. Si decides acudir a un abogado nosotros te podemos indicar unos de tu ciudad.
Un saludo
estoy dado de baja por operacion de menisco interno y externo de la rodilla derecha desde el 11 de febrero me han descontado 20euros de la antiguedad es legal tocar la antiguedad estando de baja
Hola , estoy de baja desde el 24 febrero por fractura de peroné ( no accidente laboral) tengo el miembro inferior inmovilizado , no puedo apoyar y tengo que hacer reposo, tiempo estimado 45 dias de baja y luego rehabilitación. Soy funcionaria trabajo para la Conselleria de Educación de la Generalitat Valenciana. ¿ Cuanto me van a descontar?
necesito saber que convenio en concreto te es de aplicación para poder contestarte.
Alejandro
Hola. Necesito un poco de orientacion. Tenía un contrato de media jornada por seis meses, que se prorrogó uno más. Me dió un infarto en el mes cuarto, y claro, tengo una baja por enfermedad, ya que estoy pendiente de cirugía cardiaca. Quisiera saber si tengo derecho a cobrar, pues desde el día de la baja no he cobrado nada. La seguridad social me dice que la mutua, la mutua que mi jefe, y yo aqui sin ver nada…. Me podeis ayudar? Gracias.
Hola Maite, claro que tienes derecho a cobrar, y si nadie lo está haciendo tendrás que demandar, tanto a la empresa como a la mutua como al INSS, si quieres te podemos recomendar a un abogado de tu zona que te ayude con este trámite.
En todo caso y dado la gravedad del caso, también te recomendaría que fueras a la inspección de trabajo y que presentaras una denuncia.
Alejandro
firme un contrato de mes y medio antes de la finalizacion del contrato cai enfermo y el medico me dio la baja antes de que finalizara el contrato la empresa que me habia firmado un mes y medio me despidio pero yo sigo de baja me han mandado una carta diciendo que la seguridad social me tiene que pagar los dias que este de baja,mi contrato se acaba dentro de 15 dias, si cuando se me acabe el contrato la seguridad social me ha dicho que ella seguira pagandome hasta que el medico me de el alta ese dinero me lo descontaran luego del paro si es que me corresponde o no me lo descontaran pues en la carta me dice que durante los primeros 6 meses si estoy de baja me daran una cantidad y los 6 restantes me daran otra, eso quiere decir que si me tiro un año que es lo que la carta dice he cobrado de la seguridad social,y luego me seguiran pagando el paro despues o todo lo que he cobrado de la seguridad social me lo han ido descontando del paro
Hola Luis, el tiempo que estés de baja te lo descontarán de tiempo de paro.
pero es que yo estaba cobrando antes de que me hicieran un contrato de mes y medio la ayuda del para de 426 y me han dicho que el tiempo que este de baja no me lo descontarian del paro me han concedido un periodo de baja la seguridad social de 1 año y el contrato que firme ya se me ha acabado y si al cabo del año sigo de bqaja que pasaria pues ahora despues de que sigo de baja y que el contrato se me acabo me han llamado de la seguridad social para que me presente a un reconocimiento que puede pasar y que miran para que a mi me sigandando la baja pues sigo con muchos vertigos y la radiografia que me hicieron me ha dicho el medico que tengo las vertebras 4, 5 y 6,destrozadas y que me va a mandar a reabilitacion si yo les esplico esto cuando valla al reconocimiento ustedes creen que me seguiran dando la baja hasta que me ponga mejor
Hola Luis mientras que estés de baja seguirás cobrando, y ello aunque no tengas derecho a prestación.
En relación a que te mantengan la situación de baja, si tu situación es tan delicada como comentas si que te la mantendrán, de todas formas si te dan el alta y no estás de acuerdo siempre puedes impugnar el alta.
Por otra parte el tiempo máximo que se puede estar de baja es de 18 meses, ampliable en 6 meses más, si pasado este tiempo sigues en situación de baja, te deberán de reconocer una incapacidad o darte el alta.
Un saludo
¿Cuánto me descontaran de la nómina de 13 días de baja por enfermedad común?
Depende de tu base de cotización y de si la baja entra toda dentro de un mes, un saludo
hola , en mi empresa ahora no tenemos convenio , el comite lo esta negociando con la empresa , yo estoy de baja por tenerme que operar el dia 24 de marzo de cadera , estoy de baja desde 30 de enero , mi pregunta es , no e cobrado el 100% , porque dice la empresa que no tenemos convenio y se agarra al e.t.t , es legal , muchas gracias
para poder asegurar que el convenio no está en vigor revisar la cláusula en la que se pacta la vigencia, si dice que hasta que se firme otro está en vigor, no pierde su vigencia, por lo que tendrían que complementarte.
De todos formas habla con tus representantes, ellos sabrán confirmarte si está o no en vigor, o si han pactado que se siga manteniendo su vigencia mientras que se firma el nuevo.
Un saludo
Hola me dedico a la hostelería llevo 21 año y sólo e estado de bajá dos veces trabajando en el mismo bar con el mismo jefe hace dos años estuve una semana ingresado en el hospital de bajá por enfermedad,bueno ahora llevo desde el 18 de febrero con bajá por enfermadas común según el médico de la mutua y según la seguridad social no está muy claro pues fue colgando una pantalla de 62 kl cuando empezaron los dolores de cervical que me pilla todo el brazo izquierdo el que más utilizo con la bandeja,en fin esto me imagino que lo tendrán que resolver los médicos.
Mi jefe me esta amenazando con despedirme si no vuelvo pronto al trabajo y al 100% como esta acostumbrado que le lleve todo el negocio y los médicos me hablan de operación
Mi pregunta es,si me despide estando de baja tengo derecho a indemnización y si es si será la misma que sí estuviera de alta ? Qué creo que es 20 días por año trabajado y no más de 4 años aunque tenga 21año trabajado
GRACIAS POR VUESTRA AYUDA Y VUESTRA WEB
Hola Francisco, aun estando de baja si que deberán de abonarte indemnización, es más si no hay causa el despido sería improcedente.
Respecto a la causa de la baja, yo acudiría a un abogado, porque no es lo mismo que la causa sea enfermedad común, que enfermedad profesional, ten en cuenta que si tu baja se alarga, eso puede influir en que te reconozcan o no, una incapacidad y la paga que en su caso te corresponda.
Si estas interesado nosotros podemos ayudarte a encontrar uno de confianza.
Un saludo
hola
mi baja a sido del 31 de enero al 17 de febrero.
e estado 17 dias de baja de febrero y 1 de enero
me an quitado 70€ de la paga extra
y me an dado solo 9 dias de traqnsporte.
¿me tienen que quitar tanto de la paga extra y tantos dias de transporte?
Hola Conchi siento decirte que con los datos que nos das no podemos ayudarte. Necesitaría saber cual es tu base de cotización para saber cuanto de extra procede que cobres.
Respecto al transporte, habrá que atender a la redacción que se establece en el convenio de cuando procede pagarlo, pero si te pagaron 9 días en febrero, no tiene porque estar mal, ten en cuenta: 17 días de baja (probablemente no proceda), 2 días de fin de semana (no procede) te pagaron 9 días, ya dan los 28 días de Febrero.
De todas formas lo que te comentaba hay que comprobar lo que establece el convenio.
Un saludo
Hola buenas soy camarero y he cojido la baja 28 de enero por unas cosas en las manos que me han salido .entonces el 1 de febrero fui a la empresa a cobrar mi sueldo por qué todavía estoy con la baja .la empresa me pago 485.euros y no me han dado ninguna explicación .yo estaba a media jornada aún que trabajaba 12 horas diarias a la mitad del mes de enero me subió las horas de cotización por una inspección que tuvieron.me fui a la tesorería a pedir explicaciones me han dado un informe de bases de cotización y el mes de enero tengo 798.84 según mis cálculos tenía que a ver cobrado unos 700 y algo .que tengo que hacer por favor si alguien me puede dar alguna explicación por qué estoy arto de impresarios ladrones.gracias.
Hola Remus, si la baja la cogiste el 28 de enero, deberías de cobrar por los 27 días que trabajaste hasta la baja 718,96€, por el día 28, 29 y 30 nada, y por el día 31 de enero 15,98€, es decir un total de 734,93€.
Si estas interesado podemos ayudarte a encontrar un abogado de confianza
Un saludo
Si claro .estoy interesado por qué además mi médico me comunico que me daría el alta el lunes 17 marzo aún que todavía no tengo un diagnóstico claro me han encontrado nada más alergia al marisco y aparte tengo entendido por clientes que me van a despedir .no he cojido ni las vacaciones del 2013 ni pagas extras ni na estoy muy indignado con mi empresa .llevo muchos años con ellos y digamos que me explotan pero por la situación que hay callo y aguantó por qué tengo un niño de apenas casi 7 meses.
Buenas Tardes,
Mi consulta es la siguiente: Acabo de sufrir una rotura de menisco (No ha sido accidente laboral) y los médicos me recomiendan que esté en reposo durante tres semanas y si la rotura no se solda por si sola tendré que someterme a una intervención quirúrgica (artroscopia) prolongando así la baja no sé por cuanto tiempo más!!
Yo tengo el convenio de Banca. En este caso, como afectaría sobre mi sueldo una baja de unos 40 días???
Muchas Gracias por su ayuda.
Saludos
Hola Laura, atendiendo a lo establecido en el art. 34 del convenio de banca, cobrarás el 100% del salario, esto es cobrarás lo mismo que antes de la baja.
Un saludo
Buenos días :
He estado de baja el 26,27 y 28 de Febrero y me han descontado el 100% de 5 días.
Donde yo trabajo cobramos las nóminas a 30 días
¿esto tiene que ser así?
Muchas gracias
Hola Marivi, si has estado de baja 3 días, no te pueden descontar 5 del salario, y ello aunque estemos en el mes de febrero que no tiene 31 días.
Un saludo
entre a trabjar en la once el dia 14 de febrero con un contrato de 1 mes y medio y el primer dia me dieron unos ataques de vertigo, me fui al medico y me dio la baja, el dia 20 recibi un burofax de la once diciendome que estaba despedido, asi que fui a la seguridad social, y me dijo que a apartir de ahora me pagaria la seguridad social, si sigo de baja cuando pase mas del mes y medio que tenia de contrato, la seguridad social tiene que seguir pagandome hasta que me den el alta, o si se cumple el mes y medio del contrato que tenia con la once y sigo de baja quien me paga,o tengo que ir al paro respondanme por favor a mi email muchas gracias
Hola Luis, si la causa de la baja es enfermedad común, cuando finalice tu contrato, seguirás cobrando la prestación, pero los días que estes de baja se descontarán del derecho a paro que tengas generado.
Un saludo
o sea que si mi contrato de la once era de mes y medio y me tiro de baja 3 meses el mes y medio de diferencia no me lo sigue pagando la seguridad social como ahora
mientras que estes de baja seguirás cobrando, pero se te descuenta del paro. Y sino tienes paro evidentemente no se te descuenta, pero lo cobrarás igual.
Buenos días,
me operaron el dia 12 de febrero de urgencia y me cogí la baja el día 14 que fue cuando salí del hospital. No se en primer lugar si empieza a contar desde el día 12 o desde el 14 la baja.
Además mi convenio dice que “En caso de incapacidad temporal derivada de cualquier contingencia se completarán las prestaciones básicas de la Seguridad Social hasta alcanzar el 100% del salario real correspondiente al trabajador afectado. Esta mejora se devengará desde el primer día de la baja hasta un tiempo máximo de nueve mensualidades.”
¿Qué debería cobrar? Trabajo media jornada pero creo que eso no influye para nada.
Gracias de antemano
Hola Paola,
si tu convenio complementa el 100% deberías de cobrar lo mismo que vienes percibiendo el resto de los meses, esto es como si no estuvieras de baja
Un saludo
Y el plus de transporte, que desde este pasado mes de enero se tiene en cuanta para calcular la retención, también debería cobrarlo o no? Porque es la parte que me han quitado de sueldo..
Muchas gracias!!
Hola Paola, en el convenio que te sea de aplicación vendrá recogido si procede o no que te abonen el plus de transporte, en todo caso, si con anterioridad te lo estaban pagando ahora no te lo pueden dejar de pagar, por se considera un derecho adquirido.
Ahora bien si al final de mes cobras el mismo bruto que cobrabas antes, en realidad lo que han hecho es meterlo todo en el importe del salario base, antes de la reforma les interesaba pagarte el plus de transporte porque así ellos tenían que soportar menos coste, y ahora como también cotiza les da igual ponerlo en un concepto y en otro.
Un saludo
En caso de incapacidad temporal derivada
de cualquier contingencia se completarán las prestaciones básicas de la
Seguridad Social hasta alcanzar el 100% del salario real correspondiente al trabajador
afectado. Esta mejora se devengará desde el primer día de la baja hasta
un tiempo máximo de nueve mensualidades.
Buenos dias, mi marido trabaja para una Consultora que a su vez esta contratada por otra Consultara y para acabar en una empresa final.
La consulta es que ha estado de baja por un problema cardiovascular que el ya tiene, en la baja le ponen enfermedad común.Y ha estado de baja 13 dias este mes de Febrero. Hemos visto que le han quitado del sueldo la mitad.
Mirando el contrato se regula por el convenio colectivo de Empresas Consultoras.
Mi pregunta es, ¿es correcto que le quiten tanto sueldo?
Ahora tienen que hacerle una especie de intervención, y otra vez le vuelve a pasar lo mismo.
¿Y si esta un mes de baja que pasa?
Un saludo
Gracias
Hola Mar.
En primer lugar, respecto al convenio de aplicación, ten en cuenta que no tiene porque ser el de empresas de consultoría, toda vez que la empresa para que trabaja tu marido puede tener convenio propio.
En segundo lugar, respecto al salario abonado a tu marido, para calcular el importe que procede abonar se tiene en cuenta la base de los últimos 30 días, esto es la del mes anterior, revisa la nómina y si quieres dinos cual es la base y te ayudamos a calcular cuanto tendría que cobrar
En tercer lugar, en relación a la intervención, si la consideran una nueva baja si volverá a pasar lo mismo, si se considera una recaída, se tendrán también en cuenta los días que estuve de baja la primera vez.
Un saludo
Llevo 8 meses de baja por deprecion y cobrando por la enpresa cuando pasaria acobrar por la seguridad social
Mientras sigas trabajando para la empresa, ésta te seguirá abonando la baja.
hola mi problema es el siguiente .Estoy de baja por la Seguridad Social y me han operado de rizartrosis (enfermedad no laboral )segun la mutua.
La mutua que tiene mi empresa me ha efectuado dicha operacion y estoy haciendo rehabilitacion,
que me ha prescrito la Dra que me opero .
Ahora dicen que el coste de los traslados al centro de rehabilitacion ,los tiene que pagar la empresa y la empresa dice que la mutua,se estan pasando la pelota unos a otros y yo enmedio
sin cobrar los traslados (17€ diarios sin tomar ni un solo cafe) .Espero que me ayudeis pues no se que tengo que hacer. GRACIAS POR VUESTRA AYUDA
UN SALUDO
Buenas tardes Maribel.
En atención a lo establecido en la Orden TIN/971/2009, de 16 de abril, por la que se establece la compensación de gastos de transporte en los casos de asistencia sanitaria derivada de riesgos profesionales y de comparecencias para la realización de exámenes o valoraciones médicas, le corresponde a la mutua hacerse cargo de estos costes.
Un saludo
Hola Alegrandro : muchas gracias por su ayuda ,mañana hablare con la mutua y he casado por internet una copia BOE para presentarlo.Ya le informare de como vaya el problema .
muy agradecida Maribel
Mi pregunta es la siguiente, si cojo la baja el 20 de febrero cuantos dias de baja cobraré? hasta el 28 de febrero o contará hasta 30 dias, como en el pago mensual se cuentan todos los meses de 30 dias, no se si cobraré de baja 10 dias o 12
Hola,
Una compañera ha estado 3 semanas de baja por una gripe en Enero de 2014, la baja se la dio el medico de cabecera.
La mutua la pidió la vida laboral a los pocos días de caer de baja.
La han dado el alta el 10 de Febrero de 2014.
Y ha recibido una carta de la mutua diciéndola que esas 3 semanas de baja no se las pagan porque no ha cotizado los días suficientes.
Su contrato empezó el 01 de Mayo de 2013. Trabaja 3 días a la semana como limpiadora en una oficina bancaria en Santander (Cantabria).
Mi pregunta es, si la respuesta de la mutua es acertada. Y sino es asi, que puede hacer.
Un saludo y gracias por adelantado.
Hola David
para poder tener derecho a prestación durante el tiempo que se esté de baja por enfermedad común, y por lo tanto no siendo la causa de la misma accidente o enfermedad profesional es necesario tener cubierto un período de cotización mínimo de 180 días dentro de los 5 años inmediatamente anteriores al hecho causante.
Por lo que puede ser correcta la actuación de la mutua
Un saludo
Hola,
Soy profesora de educación secundaria, funcionaria y llevo de baja un mes, en el que me han descontado un 50% los 3 primeros días, un 75% hasta el día 21 y a partir de ahí, cobro mi sueldo integramente creo que hasta el comienzo del cuarto mes. Mi pregunta es si el próximo año esta deducción de haberes dará lugar a alguna devolución al hacer la declaración de la renta.
También quisiera saber cual seria mi situación en el caso de recaer en el mismo año natural y si las recaídas suman días de baja incluso tratándose de un nuevo año natural. Es decir, si por ejemplo este año acumulase 6 meses de baja y el próximo otros 6, se entendería que he estado 1 año entero de baja, aunque haya transcurrido un tiempo entre una baja y otra? Cuanto tiempo debe transcurrir entre bajas para que el computo de “rompa”?
Muchas gracias!
Hola trabajo en el campo d la hostelería soy camarera con 7 años d antigüedad en la empresa llevo de baja desde hace 10 días…y necesito saber cuanto m descontaran. La empresa quiere gestionarme dice mis vacaciones y yo al estar embrazada necesito pillar mis vacaciones después de mi baja maternal
Hola, he faltado un día al trabajo por enfermedad común y mi medico me ha dado el alta y baja de ese día. Mi convenio es el Convenio colectivo de trabajo de la enseñanza privada reglada no concertada de Cataluña y dice sobre enfermedades: Los trabajadores en situación de incapacidad temporal y durante los tres primeros meses, recibirán el complemento necesario hasta completar el 100% de sus retribuciones salariales totales, incluido los incrementos salariales producidos en
el período de baja. En caso de continuar la incapacidad, se abonará hasta el 100%
un mes más por cada trienio de antigüedad.
Mi pregunta es ¿Debe cobrar ese día de trabajo?
y los primeros 10 dias del mes de diciembre que estube trabajando no cuenta?estoy de baja por enfermedad comun desde 12 de diciembre y he cobrado 600 euros y la base de cotizacion es de 1117,01 euros.salario base 869,52 y pagas extr prorateada 147,93.Si me pueden aclarar les estare eternamente agradecida.Un saludo
hola, me gustaria saber cuanto puede tardar en cobrar la baja, mi marido esta de baja desde 7 de noviembre, estamos a 27 de diciembre i lo unico que tenemos es un sms que la baja asido resuelta favorablemente. gracias
Hola, el mes pasado estuve dada de baja 5 días por una operación (enfermedad común). Mi duda está en que no consigo que me cuadren los cálculos con los reflejados en nómina. Además creía que no se me iban a descontar los días de baja, ya que en en convenio colectivo que regula mi actividad laboral recoge literalmente “En los supuestos de incapacidad temporal y durante los tres primeros meses, se abonará al trabajador, el complemento necesario para alcanzar el 100% de la retribución salarial mensual de convenio (Salario base, CPP, y Complemento especifico, en su caso), que le correspondería de haber podido desarrollar sus actividades laborales. No se abonará este complemento en las pagas extraordinarias, estén éstas prorrateadas mensualmente o no, ya que, las citadas pagas extraordinarias, se devengan exclusivamente en proporción a los días efectivamente trabajados.
Este complemento se aplicará siempre que exista derecho a la percepción de la prestación de la seguridad social.”. Por lo que dice en este artículo, no debía haberse visto afectado el líquido a percibir, ¿verdad?
Muchas gracias
Hola María Jesus,
Desconozco el descuadre que actualmente tienes en la nómina con los días de baja, pero efectivamente tu convenio colectivo complementa los días de baja los tres primeros meses, lo que no complementa son las pagas extras, por lo que la parte proporcional de la paga extra de esos días de baja no se te abonará. En el caso de que estén prorrateadas y tengas 12 pagas cobrarás un poco menos cuando estés de baja debido a que se te descuenta el prorrateo de las pagas extras. Puede que por ahí venga el desfase de tu nómina.
Un saludo
Alejandro
Muchas gracias por la respuesta Alejandro. Lo que aún no tengo claro es si, aunque mi convenio complemente los días de baja, es a partir de que se rebase el cuatro día cuando la empresa incrementará hasta el 100% (CC “se aplicará siempre que exista derecho a la percepción de la prestación de la seguridad social”) o si los tres primeros días también están cubiertos. Además veo en mi nómina que la partida de antigüedad también se ha visto reducida proporcionalmente (los 5 días de baja no se han contabilizado), no se si ésto es correcto.
Quedando agradecida de nuevo, reciba un cordial saludo
Atentamente,
Mª Jesús
Hola:
yo tengo una duda similar a la de Miquel. Llevo de baja desde el 14 de noviembre y espero reincorporarme el día 23 de diciembre. ¿Como afecta mi baja de estos días a la paga extra?
Gracias con antelación.
Hola Sonia,
He actualizado la entrada con la respuesta.
Un saludo
Alejandro
Buenos días
¡Cómo impacta la baja por IT en el caso de la paga extra, aunque la empresa cubra el 100% de tu salario mensual?
Gracias.
Hola Miquel,
He actualizado la entrada con la respuesta.
Un saludo
Alejandro Aradas
ola llevo desde agost i estoi de vaja por depresion i ansiedad i ahora dan la pada doble me pertenece algode paga doble muchas gracias i un saludo
Hola Dilan
He actualizado la entrada con la respuesta.
Un saludo
Alejandro
Muchas gracias Alejandro .
Hola ,Alejandro tengo una pregunta : empece a trabajar en un hotel el día 15 de nov. El día 23 me dieron de baja en urgencias con un diagnóstico de síndrome del túnel carpíano le avía dado mis documentos a la empresa desde el primer día para darme de alta y resulta que todavía no estaba dada de alta dicen que por un error ( no avia llegado el correo a la gestora con mis datos para darme de alta ) mi pregunta es que he de hacer en este caso quien me pága a mi la baja ¿porfavor contéstame
Buenas tardes Laura. Si no estabas dada de alta, nadie va a poder pagarte la baja.
Revisar si la empresa te ha dado de alta, aunque sea fuera de plazo, y para el caso en el que no lo hubiera hecho deberías de demandar en el Juzgado y poner una denuncia en la inspección.
Un saludo
Buenos dias.Estuve de baja casi 90 dias por un corte en un pie(accidente no laboral)y cobrando a partir del dia 21 el 75%.Llevo de alta desde el dia 12 de este mes y mi duda es si este mes tambien cobrare el 75% o el sueldo completo.Gracias.
Hola Fanny,
Los días del mes que estuviste de baja, cobrarás el 75 % abonado por la Seguridad Social, y el resto del mes cobraras el 100% abonado por la empresa. Es decir hasta el día 12 el 75%, y del 12 al 30 el 100% de tu salario.
Hola ,tengo una duda trabajo en un hotel desde hace una semana no he firmado ningún contrato todavía y tengo la mano izquierda como dormida desde hace 2 días supongo que es por levantar pesó de las camas etc . Mi pregunta es al no tener nada firmado con ellos si voy al médico y me dan de baja cobro algo o nada ¿ gracias .
tengo dudas en la que empresa hace trampas del dia 14 de agusto estoy de baja , la empresa el dia 16 de agusto me dan de baja el dia siguente 17 de agusto me dan vaccansiones hasta el dia 30 de agusto ..Es legal que yo estoy de baja y empresa me dan vaccanciones….gracias
hola soy radu ..del dia 14 de agusto soy de baja y del dia 16 de agusto la empresas man dau de baja el dia siguente 17 de agusto estoy de vacancioneses.. legal
Buenos días,
Estoy de baja por un tratamiento médico. Al no trabajar todos los días ( semana corta, semana larga) sólo necesito estar de baja dos días. Cuanto me descontaran?
Gracias
Hola Marya,
Estarás de baja el tiempo que así lo estime el médico.
No obstante y bordeando la legalidad, si hay días que no vas a trabajar porque coincide con tu descanso, puedes comentarle al médico tu situación para acomodar la baja a los días laborales. Siempre que estimes que cuando tengas que volver a ir a trabajar tu situación de baja efectivamente ya no exista. Espero haberme explicado.
Un saludo
Alejandro Aradas
Hola buenos días:
Yo tengo una duda, el mes pasado estuve de baja, el caso es que tube q pedir un dia de baja por enfermedad comun( un miércoles) el sábado de esa misma semana empeore y trabaje medio día. El lunes, con fecha del mismo día, me volvieron a dar la BAJA POR RECAIDA hasta el jueves, el viernes ya empece a trabajar. Mi pregunta es si los3 dias q no cobro son miercoles, lunes y martes o son 4 dias los q no voy a cobrar, el miércoles por un lado y los 3 primeros dias de la siguiente semana por otro. El resto creo que lo tengo claro. Muchas gracias espero su respuesta.
Hola Irene,
En caso de recaída de la misma enfermedad las dos bajas se acumulan y dan un lugar a un mismo proceso de Incapacidad temporal, en consecuencia, no son dos bajas de incapacidad temporal.
Los días que no se te abonarán son los tres primeros días de baja: miércoles, lunes y martes.
Un saludo.
Alejandro
Buenos días. Estuve de baja por postoperatorio 4 dias este mes de octubre. En mi convenio (agencias de viaje) pone que se establece como mejora a la accion de la ss, a cargo de la empresa, que el trabajador perciba la diferencia entre la prestación económica de la ss y el 100% del salario real..
Con esto entiendo que debería cobrar el 100% a partir del primer dia de baja?
Muchas gracias y un saludo.
Hola Ana,
A mi modo de ver y atendiendo a la literalidad de “como mejora a la acción de la SS”, entiendo que dicho complemento hace referencia a que cobrarás el 100% a partir del 16º días que es cuando la Seguridad Social abona parte de tu salario.
Un saludo
Alejandro Aradas.
Hola muy buenas.
Estoy de baja por ansiedad y depresion ( enfermedad comun ), desde el dia 3 de octubre 2013.
Queria saber si me pueden decir quien me va a pagar, xq hoy es dia 5 de noviembre, llevo 1 mes y 2 dias de baja y todavia no he cobrado nada del mes pasado. Cuando me pagaran o a quien reclamo mi pago ?
Me pueden decir cuanto voy a cobrar, yo cobraba limpios 870, 19 €, en la nomina me pone :
Bases de cotizacion x contingencias comunes :
– Remuneracion mensual ………………..914,33
– Prorrata pagas extraordinarias……….147, 82
TOTAL…..1.062,15
El procentaje que se cobra es de lo que yo cobraba limpios o del total de las bases?
Y en diciembre cobrare mi paga extra entera como siempre?
Saben si me pueden echar del trabajo estando de baja ?
Y hay alguna posibilidad de que me echen para cobrar mi indemnizacion y el paro ?
Es q mi trabajo supone mucha concentracion, trabajo con dinero, no libro, hago 3 trabajos, aguanto mucha presion y despues de 10 años me ha pasado esto x el cumulo de cosas de este empleo…estoy llendo al psicologo, y solo pensar en mi empresa me altero, lloro y lo paso muy mal….y en este momento seria peor si volveria….y no se q hacer para no perder mis derechos….xq esta situacion tampoco me gusta….xo pienso buscar otro trabajo cuando este mejor….y plantearme no volver en aquel infierno.
Muchas gracias y espero su respuesta.
Hola Sara,
Su consulta requiere un análisis más profundo para responderle de manera correcta.
Lamento no responderle a través del blog.
Un saludo
Alejandro Aradas
Hola buenos días, me han operado y he estado 8 días de baja (incluido el de la operación). Pertenezco al convenio de las TIC, me gustaría saber cuánto me deben de descontar. Mi sueldo bruto son 1000 euros, cobro 936 neto. Mi base de cotización creo recordar que es de 1000 euros. MUchas gracias
Hola Rocio,
El convenio de las TIC no complementa la incapacidad temporal, así que sólo cobrarás a partir del cuarto día. Para ello sólo tienes que hacer los cálculos que indicamos en la entrada.
Un saludo
Alejandro
Buenas, no estoy de acuerdo con la afirmación comentanda acerca de que las TIC no complementan la incapacidad temporal, concretamente en el 2º punto del artículo 26 del convenio vigente se comenta lo siguiente, algo que es bastante ambiguo y no queda claro del todo, ¿podrían explicarlo?:
Artículo 26. Prestaciones por enfermedad y accidente de trabajo.
…
…
2. Las empresas afectadas por este Convenio, desde el quinto día de la correspondiente baja, inclusive, en enfermedad de más de treinta días, complementarán las prestaciones de los seguros de enfermedad y accidentes de trabajo, hasta el 100 por 100 del salario durante un plazo máximo de doce meses, a partir de la baja.
…
…
¿En cualquier caso se contabilizan días naturales o laborales?
Hola Juanjo,
Entiendo que para enfermedades de más de 30 días complementan el 100% a partir del 5º día. Es cierto que la respuesta a la anterior pregunta debió de ser;
“para tu caso que es una baja de ocho días el convenio TIC no complementa”
Es decir aunque es correcta, puede dar a apreciaciones incorrectas.
En definitiva los tres primeros días no cobras nada, el cuarto el 60% y el quinto día el 100% de tu salario, poer sólo si estás de baja más de 30 días.
Los días se contabilizan como días naturales.
Un saludo
Alejandro
Buenas,
En caso de que sean meses enteros, al 75% cubierto por la SS ya, ¿los días festivos se cobran, o al contar los días para multiplicar solo hay que contar días en los que irías a trabajar si estuvieras de alta?
Muchas gracias.
Hola Ainhoa,
En caso de que tu salario sea mensual, se te abonará el 75% respecto de tu base de cotización independientemente de los días festivos o número de días del mes.
Un saludo
Alejandro
Hola Alejandro,
Muchas gracias por la respuesta 🙂
La base de cotización es la que tengo en la nómina del último mes trabajado sin días de baja, ¿verdad? Es decir, como me dieron la baja el viernes 27 de setiembre, tengo que usar para calcular la base de cotización del mes de agosto, ¿es correcto?
Gracias de nuevo ^_^
Saludos!
Hola Ainhoa,
Exactamente la base es la que tienes en el último mes trabajado. Si te dieron baja el 27 de septiembre, si tu convenio no te lo complementa los tres primeros días no cobras nada.
Lo del 75% sólo es aplicable a partir del vigésimo primer día de baja. Hago esta apreciación por si acaso lo has comprendido mal.
Un saludo.
Alejandro Aradas
Hola, buenas tardes:
Me he puesto enfermo en el trabajo y me he ido al médico habiendo cumplido más de la mitad de la jornada, el médico me ha dado la baja y la empresa dice que me desquita el día de trabajo aunque haya realizado más de la mitad de la jornada. ¿Es correcto? En caso de que no lo fuera, ¿Donde viene recogido ese punto? He buscado en el estatuto de los trabajadores y no encuentro nada.
Muchas gracias
Hola Paco,
La actuación de tu empresa es correcta, y ese día no se abona en caso de enfermedad común.
Artículo 131 del Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social
Un saludo
Alejandro Aradas
Buenos días Paco.
Después de comprobar la práctica de las empresas, respondí a su consulta, indicándole que no se lo pagarían. Pero dado que entendía que esto no era lo correcto, elevé la consulta a la Seguridad Social, y para el caso en el que el médico haya indicado como día de baja, el siguiente al día que acudió al médico, la empresa deberá de abonarle el día de trabajo, aunque sólo acudiera al mismo la mitad de su jornada.
Un saludo
Alejandro Aradas
Hola, en primer lugar felicitar a toda la gente que nos ayuda con las dudas que tenemos con estos temas de las bajas, soy grandes!!!!. mi consulta es la siguiente: enterado de lo que puedo cobrar por baja por enfermedad(accidente de circulacion al ir al trabajo no itinerante) que descuentos se aplican a la nomina, los normales conting. comunes+des.fp y f.g. sal.+irpf, etc.?
Hola Jose,
La obligación de cotizar permanece cuando hay incapacidad, es decir se aplican los mismas deducciones.
Un saludo
Alejandro
Hola buenos dias, estoy de baja por ansiedad, y es que en casa todos son problemas mi madre que hemos siempre estado muy muy unidas tiene cirrosis hepatica terminal, y lo estamos pasando fatal, tengo 2 niñas pequeñas y no puedo abarcar con todo, estoy hecha polvo porque no la puedo ayudar más de lo que hago, bueno si siguiera me pondría a llorar, brefff, me cuesta levantarme de la cama pero al final lo consigo, solo pienso en mi madre apenas como ni duermo, para colmo estoy en una empresa de limpieza de escaleras y la semana pasada cuando decidí que necesitaba cojer la baja me llamó la empresa para decirme que habian hecho recortes y canbiaban a todos de zona, es decir que ahora puedo encontrarme como al principio pero peor, porque cuando empeze en esta empresa por no perder el trabajo , limpiaba escaleras con cucarachas enormes de esas que vuelan, con prostitutas en las mismas escaleras, con drogadictos o tener que cojer el ferrocarril, metro y bus para limpiar una escalera, y seguir haciendo despues otras 4 en otros lados, es decir tengo miedo a cojer el alta porque en la situacion que tengo en casa no me encuentro con fuerzas de encontrarme todo esto en el trabajo.
Tengo miedo a perder el trabajo, aunque en febrero haré el año, y si no me equivoco me han dicho que me hacen fija o tienen que echarme.
Pueden despedirme estando de baja por ansiedad? encima lucho por estar con mi madre y ponerla buena cara, aunque estoy casi siempre llorando, sin ganas de comer , sin nada, me falta aire y todo se me esta haciendo enorme. Que puedo hacer?
Hola Merche,
En primer lugar decirte que siento la difícil situación personal que estás atravesando.
Por último darte ánimos, y no dudes en contar con nosotros para lo que necesites.
Un saludo.
Hola:
El ejemplo me ha ido fenomenal para calcular lo que percibiré a final de mes pero mi pregunta es el segundo mes de la baja se tiene en cuenta la base a la seguridad social (salario + extra) del ultimo mes o del ultimo mes trabajado?
Hola Joan,
La base no se modifica durante toda la baja, así que, y para responder a tu pregunta se tiene en cuenta la base del último mes trabajado.
Un saludo
Alejandro Aradas
hola me llamo alfredo te comento haber si alguien supiese cuanto puedo cobrar estando de baja por enfermedad comun cobrando de salario neto 800 estoy en una empresa de minusvalia me encuentro de baja por psicologica haber si alguien supiese cuanto cobraria
Hola Buenas tardes
Soy profesor del ingles y el convenio de aplicacion es ensenanza no reglada. De vez en cuando me contrataron (la empresa) para hacer examens externas de Cambridge fuera de mi horario habitual. Acabo de recibir cita en Puerta de Hierro para hacer un intervencion medica y estare de baja por lo menos dos semanas. No puedo cumplir mis deberes y hacer los examenes de Cambridge. ¿Tengo derecho a recibir mis honorios por el trabajo que esta contratada por no puedo cumplir por baja de efermedad comun?
Un Saludo
Paul
Estimado Paul.
Si ya estás contratado para realizar estos exámenes, sí que tienes derecho a estar de baja, y cobrar lo que en su caso te corresponda.
De todos modos, necesitamos más datos para poder contestar con total certeza.
Un saludo
Tengo derecho a la jubilacion con 15 años cotizados y cuanto seria
Buenas tardes Jose Manuel.
Con los datos que nos indicas no podemos contestarte a la cuestión que nos planteas, además los temas de jubilación necesita un estudio personalizado.
Si estas interesada en contar con nuestro asesoramiento deberás de realizarnos la consulta a través de nuestra consultoría online, para ello pincha aquí encima.
Un saludo
Hola yo tengo una pequeña duda…si estoy todo el mes por una baja de enfermedad comun,los tres primeros días no percibo nada del cuarto al quinceavo,un 60 por ciento por parte de la empresa,del dieciseisavo al veinteavo,otro 60 por ciento por parte de la ss y del veinteavo hasta el último día del mes percibo el 75 por ciento de la ss….si al mes siguiente sigo estando de baja ¿ cobraré todo el mes al 75 por ciento?
gracias.
Hola Javier,
Exactamente, a partir del 21º día de baja cobrarás el 75% de tu salario hasta que no te den el alta. Es decir no se “reinicia” cada mes esta cuenta sino que una vez superados los 21 días de baja percibirás siempre el 75% de tu salario hasta que no te den el alta.
Un saludo
Alejandro
hola
Más de la mitad de mi sueldo son comisiones de ventas.
La base son unos 900 y en comisiones saco unos 1300 al mes.
Si me tienen que operar de ambas rodillas estaré unos 6 meses de baja.
La pregunta es: las comisiones forman parte del sueldo a la hora de calcular el importe de la baja?
Gracias.
Buenas tardes Sau.
Para poder contestarte necesitamos ver tu nómina, porque depende de si te estas metiendo las comisiones en un concepto cotizable o no.
Un saludo
hola soy jessica
Soy teleoperadora y estoy de baja desde el 30 de set, por amenaza de aborto. En mi nomina pone devengos cotizables 882.54 y yo cobro 826,06 pero estaré de baja 2 semanas en principio y pienso pedir el alta porq no puedo llegar a fin de mes pero necesito que me ayude a saber a cuanto cobrare este mes, en mi nomina incluyen las pagas extras prorrateadas. Muchas gracias
la nomina pone
Salario base 756.46
paga extra 126,08
deducciones
contingencias comunes 4.70% 41.48
desempleo 1,60% 14,12
formacion profesional 0.10% 0.88
total a deducir 56.48
total a cobrar 826,06
Buenas tardes Jessica.
Si la causa de la baja, es riesgo durante el embarazo, tiene derecho al 100% de tu base reguladora, entonces por lo que nos comentas tu subsidio sería de 882.54€ brutos.
Un saludo
Hola, mi nombre es Jessica y estoy de baja por amenaza de aborto en principio una semana y seguramente me la den una mas porq no estoy bien aun. Soy teleoperadora y me pagan y el salario bruto o devengos cotizables es de 882.54 cuanto cobraria. Estoy de baja desde el 30 de setiembre. Es
Hola buenas, yo quisiera saber, estoy enfermo, tengo vertigo vestibular y no hay manera de q me lo curen, más llevo 15 años con estado depresivo ansioso, la espalda un poco mal, rodillas sin cartilagos… fibromialgia… etc, varias cosas puntuales más q no importan tanto, el caso es q mi profesión era conducir autobuses y lo dejé ante la imposibilidad de conducir por los mareos, ya q es un riesgo, ya q llevo vidas en mis manos. estoy tratando de curarlo y llevo tres años así sin soluciones, quisiera saber, solo tengo 5 años cotizados, ahora sin trabajo, podría pedirse alguna incapacidad o subsidio o algo q me permita ir tirando hasta dar con mi estado de salud decente? muchas gracias por la atención
Buenas tardes Bastion.
Por lo que nos comentas entiendo que no te han reconocido una incapacidad, lo que te daría acceso a una prestación, por lo tanto, tendrás que intentar conseguir algún tipo de ayuda no contributiva, para eso te recomiendo que acudas a el/la asistente/a social de tu municipio, ella podrá informarte sobre las ayudas específicas de tu comunidad autónoma.
Un saludo
Por favor tengo una inquietud y es k yo estaba trabajando y en el trabajo tenía que levantar más de 40 kilo diario y eras dia por día durante 10 mese y uvo un día k salí muy mal y volví el día siguiente pero no pudes seguir trabajando y le dije al jefes k iba ala mutua y el medijo k no yo fui Ami médico de cabecera pero cuando ya tenía un mes medepidieron y el último mes ante de pasarme eso cobre 1390 euro y me pasaron ala mutua y dure 6 mece la mutua mepagaba solo 996 euro pero ahora solo cobro 712 euro y 689 euro está bajando quiero saber si cada mes k pase seguirá bajando y me ampuesto baja común pero fue por rotura del viser del hombro izquierdo y me operaron y estoy en reabilitacion y me pagan como enfermedad común que podré aser por qué fue una baja laboral y tengo prueba que estoy operado y me pagan como enfermedad comun
Sólo hay una bajada al sexto mes, luego no volverá a bajar más mientras sigas de baja. Si quieres que se considere como accidente laboral tienes que seguir estos pasos.
Buenas tardes, mi baja laboral viene derivada por una pérdida de embarazo y legrado posterior. En mi convenio se recoge que las IT por enfermedad común durante el período de embarazo percibirán el 100% de la retribución salarial mensual, sin embargo mi empresa me ha aplicado justamente el descuento salarial que se explica en este artículo. Mi pregunta es, dado que este convenio es del año 2009, ¿qué se debe aplicar en estos casos: el convenio vigente o la legislación laboral aunque sea posterior a ese convenio? Muchas gracias y un saludo.
Hola Elena,
En primer lugar se aplicará el convenio vigente, tienes que mirar el periodo de vigencia si existe cláusula en la que se prorroga automáticamente se considerará vigente.
En segundo lugar, en sentido estricto el legrado es una baja por incapacidad temporal posterior al embarazo, por lo tanto no debe ser incluido dentro del periodo de embarazo por que ésta ya no existe. En ese casa debes comprobar si complementa la incapacidad temporal.
Un saludo. Estamos a su disposición para lo que necesite.
Alejandro
hola mi pregunta es a partir de cuantos de mi baja medica la empresa que yo trabajo resibira el renvolso del dinero por la seguridad social
Buenos días Gerardo.
la Seguridad Social no va a reembolsar en sentido estricto el dinero al empresa.
El empresario debe de solicitar la compensación en la siguiente presentación del boletín de cotización (TC-2).
Un saludo
Me rijo por el convenio de la hosteleria, pues trabajo en un hotel, quisiera saber si cobrare menos este mes, que he estado de baja 15 dias por un accidente domestico, me queme las manos!! Muchas gracias de antemano por su respuesta. Les agradeceria me contestaran a mi correo.
Un saludo