Derechos en caso de parto prematuro o hospitalización del neonato

En caso de nacimiento prematuro, considerando como tal desde un punto de vista médico el acaecido antes de la semana 37, o en caso de hospitalización del bebé tras el nacimiento, los progenitores tienen derecho a una serie de permisos para conciliar la vida laboral y familiar.

Es importante aclarar, que podemos clasificar los permisos en dos grupos en función de quién es el responsable de los mismos;

  1. Abonado por la Seguridad social, se puede solicitar un aumento o suspensión del permiso de maternidad y paternidad.
  2. Abonado o soportado por la empresa, un permiso retribuido o reducción de jornada.

Aumento o suspensión del permiso de maternidad concedido por la seguridad social

La prestación de maternidad y paternidad puede ser suspendida o ampliada en caso de parto prematuro tal y cómo se establece en el artículo 48 del Estatuto de los Trabajadores. Son dos derechos complementarios y no excluyentes.

Si tenemos derecho a la suspensión o a la ampliación dependerá en función del número de días que este hospitalizada el bebé inmediatamente después del parto.

Para acreditar esta cuestión será necesario un documento expedido por el centro hospitalario acreditativo de dicha hospitalización, en el que se especifiquen las circunstancias del ingreso, así como las fechas de su inicio y de su finalización.

En primer lugar, existe la posibilidad de suspender el disfrute del permiso de maternidad/paternidad, siempre que el padre o madre lo solicite, para poder reanudar la prestación en la fecha del alta hospitalaria. Se excluyen de dicho cómputo las seis semanas posteriores al parto, de suspensión obligatoria del contrato.

En segundo lugar, en caso de que el menor esté ingresado más de siete días naturales el permiso de maternidad/paternidad se aumentará mientras se mantenga la hospitalización hasta un máximo de 13 semanas. Por lo tanto, en este caso, se podrá disfrutar de un total de 29 semanas de prestación de maternidad.

Una vez superado el periodo máximo de 13 semanas, se podrá solicitar la suspensión del permiso de maternidad explicado anteriormente.

¿Tienen derecho los dos progenitores a la ampliación o suspensión?

Antes de la reforma realizada por el Real Decreto 6/2019 en el año 2019, el permiso sólo era concedido a uno de los dos progenitores.

Con las últimas reformas, en mi opinión, el estatuto de los trabajadores recoge el derecho a los dos progenitores. Hasta la fecha, desconozco jurisprudencia al respecto que otorgue o deniegue tal derecho.

Reducción de jornada o solicitud de permiso retribuido a la empresa

El artículo 37 del Estatuto de los trabajadores recoge dos tipos de permisos complementarios que podrán ser disfrutados por ambos progenitores:

  1. Permiso retribuido de descanso de una hora por cada día de trabajo. Este permiso es independiente del permiso de lactancia, y se tendrá mientras el hijo permanezca hospitalizado después del parto. Al ser un permiso retribuido no puede llevar aparejada la disminución de salario.
  2. Reducción de jornada hasta un máximo de dos horas de la jornada diaria. En este caso, sí que lleva aparejada una disminución proporcional del salario en función de la jornada reducida. Sobre la concreción horaria, es el trabajador el que tiene que decir el número de horas y la nueva jornada. No obstante, la empresa puede oponerse a la nueva jornada por razones organizativa.

Como hemos indicado anteriormente, lo normal es que los progenitores disfruten de la ampliación de su permiso de maternidad/paternidad explicado en el apartado anterior, y disfruten de estos permisos soportados por la empresa, para el caso de que se agote la ampliación o no tengan derecho a la misma por el motivo que sea.

Nacimiento con discapacidad o enfermedad grave

Además de lo comentado anteriormente, el estatuto de los trabajadores establece que en el supuesto de discapacidad del hijo o hija en el nacimiento, el permiso de maternidad/paternidad tendrá una duración adicional de dos semanas, una para cada uno de los progenitores.

Es decir, si además del parto prematuro o hospitalización, el bebe nace con algún tipo de discapacidad, se aumentará el permiso en una semana más para cada progenitor.

Por último, si después de la hospitalización y del permiso de maternidad y paternidad, el menor sufre una enfermedad grave, el trabajador podrá solicitar una reducción de jornada como se explica en este artículo.

Otros tipos de permiso por el nacimiento

Por último, es conveniente recordar todos los demás derechos que tiene los progenitores para conciliar la vida laboral y familiar.

  1. Permiso de lactancia (más información). Ambos progenitores tienen derecho a disfrutar de un permiso de lactancia, acumulada y sin acumular en función del acuerdo que alcancen con la empresa.
  2. Adaptación de la jornada para conciliar la vida laboral y familiar (más información). Posibilidad, sin reducirse la jornada de trabajo, solicitar el cambio de la jornada para poder adaptarla a la conciliación de la vida laboral y familiar.
  3. Reducción de jornada para el cuidado del menor hasta los doce años (más información). Posibilidad de solicitar una reducción de jornada de mínimo un octavo hasta un máximo de media jornada. De esta manera, además nos protegemos ante un posible despido.
  4. Excedencia por cuidado de un menor (más información). Posibilidad de solicitar una excedencia hasta que el menor cumpla tres años, con reserva del puesto de trabajo.
  5. Permiso parental de 8 semanas.

Categorizado en: