El Contrato de relevo
El contrato de relevo
Concepto
El contrato de relevo, es un contrato temporal regulado en el artículo 12 del Estatuto de los Trabajadores, es aquel concertado para sustituir a un trabajador de una empresa que accede a la jubilación parcial.
En consecuencia, cuando se realiza este contrato, nos encontramos necesariamente con dos personas trabajadoras implicados en la empresa:
- Trabajador relevista: Trabajador que viene a sustituir, como mínimo, la reducción de jornada de un trabajador que se acoge a una jubilación parcial.
- Trabajador sustituido: Trabajador que se jubila de manera parcial reduciendo la jornada de trabajo.
Este artículo sólo hablaremos del contrato de relevo, en un artículo anterior comentamos los requisitos que tiene que tener una persona trabajadora para poder acceder a la jubilación parcial…
Requisitos del contrato de relevo y condiciones laborales
El contrato se formalizará siempre por escrito y en el modelo oficial que puedes descargar en la página del SEPE.
En este contrato debe constar el nombre, edad y circunstancias del trabajador sustituido y las características del puesto de trabajo que vaya a desempeñar el trabajador relevista.
Si no se realiza por escrito, el contrato temporal se presume en fraude de ley y la relación laboral se debe considerar indefinida.
Trabajador relevista
Sólo se podrá realizar este tipo de contrato con un trabajador que se encuentre en alguna de estas dos situaciones:
- Se encuentre anotado en el SEPE; no es necesario que esté cobrando prestación por desempleo, siendo únicamente necesario que se encuentre suscrito en el SEPE. Tampoco se necesita ningún tiempo mínimo como inscrito.
- Se encuentre contratado por la empresa que va a realizar el contrato de relevo a través de un contrato de duración determinada; contratos de obra, eventual, de interinidad o incluso con otro contrato de relevo en la empresa. No se incluye los contrato fijos discontinuos.
De todos modos, las empresas suelen contratar a trabajadores desempleados ya que así puede disfrutar de alguna bonificación de cara a la Seguridad Social.
Jornada completa o parcial
Depende de cómo sea la reducción de jornada que realiza el trabajador que se jubila.
En todo caso, la duración de la jornada deberá ser, como mínimo, igual a la reducción de jornada del trabajador sustituido.
Hay que tener en cuenta que la reducción del trabajador jubilado parcialmente siempre será como mínimo del 25%, pudiendo alcanzar un máximo del 75%.
En caso de que la reducción sea del 75 %, el contrato tendrá que ser obligatoriamente a jornada completa.
El horario del trabajador relevista podrá completar el del trabajador sustituido, e incluso simultanearse con él, pero la empresa tiene amplia libertad para establecer el horario que considere oportuno.
Funciones del trabajador
El artículo 12 en relación con el salario y funciones indica lo siguiente: «El puesto de trabajo del trabajador relevista podrá ser el mismo del trabajador sustituido.«
Por lo tanto, en cuanto a funciones, la legislación indica que podrá realizar las mismas funciones, dotando a la empresa de un margen en esta cuestión.
Aunque si que debe tener mismo grupo profesional o categoría equivalente
Salario del trabajador
El citado artículo 12 del Estatuto de los Trabajadores establece que debe de haber una correspondencia entre las bases de cotización según lo que establezca la Ley General de la Seguridad Social.
Por su parte, el artículo 215 de la Ley de la Seguridad Social establece lo siguiente:
(…) la correspondiente al trabajador relevista no podrá ser inferior al 65 por ciento del promedio de las bases de cotización correspondientes a los seis últimos meses del período de base reguladora de la pensión de jubilación parcial.
En consecuencia, las bases de cotización deberán de ser como mínimo el 65% de la media de la base de los últimos seis meses del trabajador que se jubila.
Sin embargo el salario, será el pactado entre trabajador y empresa, que siempre será como mínimo el establecido en el convenio colectivo para el grupo profesional por el cual ha sido contratado.
Duración del contrato de trabajo: temporal o indefinido
La duración del contrato será como mínimo igual al tiempo que falte al trabajador sustituido para alcanzar la edad de jubilación, es decir, que el contrato podrá ser temporal.
Sin embargo, si la reducción de jornada del trabajador relevado es del 75%, el contrato ha de celebrarse a jornada completa y la duración del contrato debe de ser indefinida, no pudiendo extinguirse antes de el resultado de sumar 2 años al tiempo que le falte al trabajador sustituido para alcanzar la edad ordinaria de jubilación.
En el supuesto de que el contrato se extinga antes de alcanzar esta duración mínima, el empresario está obligado a celebrar un nuevo contrato en los mismos términos del extinguido, por el tiempo restante.
Si al cumplir la edad de jubilación, el trabajador jubilado parcialmente continuase en la empresa, el contrato de relevo que se hubiera celebrado por duración determinada podrá prorrogarse mediante acuerdo con las partes por períodos anuales, extinguiéndose en todo caso al finalizar el período correspondiente al año en el que se produzca la jubilación total del trabajador relevado.
Negociación colectiva – convenio colectivo.
En la negociación colectiva se podrán establecer medidas para impulsar la celebración de contratos de relevo.
Finalización del contrato temporal o despido, derecho a indemnización.
El contrato se extinguirá al cumplir el trabajador sustituido la edad para jubilarse.
Si el contrato fuese un contrato temporal, tendrá derecho a recibir una indemnización de 12 días por cada año de contrato.
Es la misma indemnización que para los demás contratos temporales.
Las recientes sentencias del Tribunal de Justicia de la Unión Europea habría creado dudas sobre la indemnización correcta en caso de fin de contrato temporal es de los doce días que marca el estatuto, o 20 días por año trabajador para no crear una discriminación entre los trabajadores indefinidos y temporales.
Sin embargo, dicha controversia ha sido zanjada por la sentencia del Tribunal Supremo de siete de mayo de 2019 en el que establece que la indemnización a la que se tiene derecho es de 12 días por año trabajado.
En caso de que se produzca un despido, la indemnización que le corresponderá dependerá del tipo de despido.
En cualquiera de los dos casos, si el trabajador no está conforme con la extinción, tiene un plazo de 20 días hábiles para impugnar la decisión empresarial.
¿Una vez finalizado este contrato pueden hacerme otro temporal?
Sí, la empresa puede hacer otro contrato temporal si tiene causa para ello. Es decir, podrá hacer un contrato de obra o eventual.
Dicho de otro modo, no está obligado a realizar un contrato indefinido, salvo que la reducción de la jornada sea del 75% como hemos comentado en el artículo.
Obligaciones de la empresa
Si durante la vigencia de la relación laboral, se produjese el cese del trabajador, deberá ser sustituido en el plazo de quince días.
Esta obligación de sustituir al trabajado relevista existe aunque la empresa se encuentre de ERTE tal y como ha establecido el Tribunal Supremo en la sentencia de 25 de octubre de 2022
Si el trabajador jubilado parcialmente fuera despedido improcedentemente antes de cumplir la edad de jubilación y no se procediera a su readmisión, la empresa deberá ofrecer al trabajador relevista la ampliación de su jornada de trabajo y de no ser aceptada por éste deberá contratar a otro trabajador.
Para el caso de que la empresa incumpla sus obligaciones, o contrato de manera fraudulenta al relevista, deberá abonar el importe de la prestación de la jubilación parcial desde el momento de la extinción del contrato hasta que el jubilado parcial acceda a la jubilación ordinaria o anticipada.
Buenos días,
La consulta es la siguiente: Se va a despedir al trabajador relevista y la empresa tiene la obligación de sustituir a éste en el plazo de 15 días tras el despido. En el caso de que el despido se declarase Nulo y la empresa tuviera que readmitirle, ¿Qué pasaría con el último contrato de relevo realizado a raiz del despido? En este caso, la empresa tendría 2 trabajadores para el mismo objetivo.
Gracias
Sin conocer alguna sentencia referente a este caso, entiendo que existen causa para el despido objetivo de dicho trabajador.
-.Buenos días , pronto cumpliré 60 años y cotizados 39, trabajo en la misma empresa desde hace 13 años fijo indefinido con contrato de 40,00 horas
mis dudas son: ¿ donde y a quien debo solicitar el contrato de relevo? , ¿ de quien es competencia o potestad concederlo??..¿¿hasta cumplir los 65 años debería de seguir trabajando un mes al año??
-.Muchísimas gracias por su atención y por su tiempo
A la empresa tienes que solicitarle la posibilidad de jubilarte parcialmente, y si la empresa accede, solicitarlo a la seguridad social.
Buenas noches. He finalizado un contrato relevo de 4 años cuando la persona prejubilada ha cumplido los 65 años y se ha jubilado totalmente; y la empresa me ha hecho un contrato indefinido al finalizar el relevo.
Me gustaría saber si, al continuar la relación laboral con la empresa, no puedo recibir la indemnización por fin de contrato relevo, o si la puedo cobrar aunque continúe en la empresa con otro tipo de contrato.
Muchas gracias por la labor.
No, no se indemniza cuando la relación laboral continua.
Hola, el proximo 1 de septiembre comienzo mi jubilacion parcial al 50% con contrato de relevo, pertenezco a la Admon de la Junta de Andalucia (personal laboral), he firmado el nuevo contrato y me han comunicado que ya tengo relevista, por tanto solo falta que llegue la fecha de inicio.
Mi puesto de trabajo es a turnos, M/T/N , yo he llegado a un acuerdo con la admon. y trabajare 2 meses si y 2 mi relevista asi hasta la fecha de mi jubilacion y mi pregunta es si soy yo el que elije cuando trabajo y cuando descanso o obligatoriamente tengo que llegar a un acuerdo con el relevista.
Gracias
Sería con la administración con la que tienes que acordar los periodos, sin perjuicio de que ésta permita que seáis vosotros los que os pongáis de acuerdo.
Muchísimas gracias por tu respuesta….
Buenos días.
El 1 de septiembre comienza a trabajar la persona que le han dado mi contrataron de relevo. La reducción para mí sería del 75%,
Y lo haría todo seguido.
Me gustaria saber cómo se hace el calendario de trabajo de los días que me faltan para trabajar, teniendo en cuenta jornadas de 8 horas, cumplí los 62 el 24/04/22 , en convenio las horas laborales anules son 1788h.
Gracias.
Hubo promoción interna y quedé a las puertas dentro de dos meses el contrato de relevo se acaba a una persona y me gustaría saber si puedo pedir que se cree una bolsa para que se me contraté después de que acabe el contrato relevo soy trabajador de un ayto en otro servicio
buenos dias:cumplo todos los requisitos para una jubilacion parcial del 75% de hecho la empresa en principio estaba de acuerdo para hacerlo ,luego consultando con su agencia me lo denegaron porque segun ellos le suponia unos costes muy elevados ,mi pregunta es:cuanto le supone a la empresa mi jubilacion parcial del 75% en costes de seguridad social ,cotizaciones y aportaciones,muchas grcias
Es una pregunta que depende de tu salario actual, y más concretamente de las bases de cotización que tengas, y de la base de cotización que tendría como mínimo un trabajador nuevo en la empresa.
CUMPLI 61 AÑOS EL 9 DE ENERO DE 2022 Y EL CONTRATO RELEVO ME LO HICIERON DOS MESES DEPUÉS.
¿POR ESTOS DOS MESES, ME DEBE DE DESCONTAR LA EMPRESA DIAS A TRABAJAR DE LOS QUE ME CORRESPONDEN DEL 33% EN EL CÁCULO HECHO HASTA CUMPLIR LOS 65 AÑOS ???
Buenas.tenia un contrato firmado por obra y servicio sin fecha de duración determinada desde el 27 de septiembre de 2021.
Ahora ayer me presentaron el 25 de febrero renovar para 6 meses otro contrato,liquidando el otro.
Esto es posible?
Gracias
Sí, puede ser posible. Habría que ver los contratos.
Buenos días,
Cumplo los requisitos para solicitarle a mi empresa que me prejubile con contrato de relevo; para darle más argumentos a mi jefe, quisiera saber cuánto se ahorra la empresa con esta figura pasando yo a trabajar el 25% de mi jornada. Es una empresa que siempre están contratando personal por lo que no sería el caso que tenga que contratar «obligatoriamente» a alguien en mi puesto, solo sería hacer coincidir una de las contrataciones que hacen con mi salida, perdón si no me he explicado correctamente.
Un saludo
Rosa
Si es necesario contrato de relevo, no hay mucho ahorro por parte de la empresa.
Buenas noches:
Soy profesora en un colegio concertado y finaliza el mes que viene mi contrato relevo. Llevo 4 años trabajando, los 3 primeros con el 75% de la jornada y el último al 100%. En teoría, al acabar el contrato, me harán indefinida.
Quería preguntar si tendría derecho a paro si, al finalizar el contrato temporal, rechazase hacer un contrato indefinido. Gracias.
En mi opinión, no.
Siempre que haya fin de contrato tienes derecho a cobrar el paro.
Un saludo
Hola. Quisiera hacer otra pregunta respecto de la jubilación parcial: ¿Se puede contratar como trabajador relevista a alguien, que por su situación, sea bonificado en el SEPE?. Es decir, por el relevista, la empresa debe cotizar el 65% pero se puede contratar a alguien «bonificado» y así rebajar el gasto para la empresa?. Muchas gracias
Hola. Quisiera acogerme a una jubilación parcial pero, parece, que siempre es más gravosa para la empresa (es un organismo público) y, por lo tanto, suelen denegarla. Yo tendría una jornada del 50% y el relevista el otro 50%, pero yo cotizaría por el 90% (ahora, en 2021) y el relevista por el 65% (supongo que de la base de cotización que yo tengo ahora). Esto hace que esta modalidad de jubilación sea más cara para la empresa y no la concedan, ¿no?. Aunque yo tengas pluses, antigüedad, etc,,, y el relevista, no ¿sigue siendo más cara esta jubilación para la empresa?. Muchas gracias
Buenas tardes!
En este curso escolar he podido disfrutar de mi jubilación parcial con un 75% de reduccion de jornada. Actualmente mi horario semanal se reduce a los martes de 8 a 11,30 hrs y los miércoles de 9 a 13 hrs.
Mi duda es si puedo pedir a la dirección del centro otro horario para el próximo curso. Muchas gracias.
La jubilación parcial te limita en cuanto al número de horas a trabajar, no a su distribución, salvo que ya se haya pactado sobre ello.
Acabo de firmar un contrato relevo con mi empresa, tengo 61años y 45 años cotizados, el contrato es de un 67%-33%, asi que tengo que trabajar el 33% de la jornada, cuantas jornadas tendre que trabajar hasta los 65 años que pase a la jubilacion Ordinaria, si mi calendario es de 222 dias anual y 27 dias laborales de vacaciones?.
Gracias
Buenas tardes llevo trabajando en una empresa 30 años, y quisiera poder juvilarme con un contrato relevo.
tengo 40 años cotizados y 61 años cumplidos podria juvilarme?
tiene que ver si la empresa tiene mas o menos trabajadores? en este caso tiene 7 trabajadores
gracias
LA jubilación parcial sólo se puede realizar si existe acuerdo con la empresa o recoge la obligación en el convenio colectivo.
Hola, he estado trabajando con un contrato temporal de relevo, cubriendo una prejubilacion del 75% de la jornada durante 4 años.
Llevo en esa empresa y desempeñando el mismo puesto de trabajo (única y exclusivamente estaba yo) 5 años y medio.
Al finalizar la fecha del contrato del relevo me han despedido y pagado mi indemnización correspondiente. Pero mi duda es si tengo algún derecho para reclamar un contrato de trabajo? Ya que a los 3 meses de mi despido han metido a otra persona en el puesto que yo estaba, ya que al despedirme a mi se quedó vacío.
No sé si al haber estado tanto tiempo habré adquirido algún derecho sobre ese puesto de trabajo.
Gracias
no se adquiere ningún derecho sobre ese puesto de trabajo, lo que habría que ver es si el despido está bien realizado.
buenos dias, soy jesus, estoy prejubilado por contrato de relevo al 75% por lo que tengo que trabajar el 25%. el 30 de junio proximo hago los 65 años y paso a jubilacion total, por lo que me quedaria por trabajar segun lo acordado con la empresa que es un ayuntamiento la mitad, ya que hago los años el 30 de junio. pues bien mi ultimo dia seria el 14 de abril, he pedido las vacaciones y 1 moscoso que me corresponde y me dicen que las vacaciones si pero que el moscoso no me lo dan por necesidades del servicio, pero claro si no me lo dan lo pierdo porque ya no tendria que ir mas a trabajar. lo he solicitado con 22 dias de antelacion. Que puedo hacer o decir . gracias
En primer lugar, habría que mirar la normativa donde se regula ese moscoso, y ante la negativa, tendrás que presentar una reclamación previa.
Buenos días,
Muchísimas gracias por tu labor.
Mi cuestión es la siguiente: En noviembre se extingue mi contrato de relevo y la empresa me ha comunicado que tiene intención de contratarme posteriormente como indefinido, pero manteniendo el actual porcentaje de jornada, que es del 68%. Es posible? O debería pasar a cubrir la totalidad de horas de la persona jubilada?
Un saludo!
Buenas noches he estado trabajando con contrato relevo durante 3 años y 3 meses ,este contrato ha finalizado el dia 31/01/2021 ya que el hombre ya se ha jubilado , mi pregunta es: debo recibir una indemnización por el fin del contrato relevo ? y si es asi cuando me lo pagarían? ya que todavía no me han avisado del fin de este contrato y tampoco he firmado el contrato nuevo .
Gracias,
Hola me he prejubilado con un contrato relevo al 75 % desde el 1 noviembre,von 61 y 10 meses y 39 años y 80 dias cotizados e S.S.La parte proporcional a la paga de pensio me sacaron la media de los años correspondiente y dividieron por 322 y de esa cantidad me ingresaron el 75%, el otro 25%me lo abona la empresa.Tenia entendido que la empresa deberia seguir cotizando por mi por la misma base imponible que tenia , en cambio de hs reducido esa cantidsd en casi 300€.Debo reclamdrle que lo haga por ka cantidad que tenia antes de jubilar parcial?.Y la última duda si las cantidades vienen de dos pagadores aunque no llegué al tope psra hacer la renta me tocará hscerla.Que pasa con la cantidad que recibo de la pensión ,de la cudl no tengo irpf y luego me tocara pagar?,entonces si pago pongamos 90€ al mes seran 1180€ los que me tocará pagar con lo que al final no cobraré lo mismo que decían.Y con la tercera paga de beneficios ,si SS solo pdga dos que pasara.Gracias de antemano , Hacéis una gran labor.
Buenas tardes.
He leído su artículo y es realmente útil.
Mi hermana es profesora en un colegio concertado y finaliza el mes que viene su contrato relevo. Lleva 4 años trabajando, los 3 primeros con el 75% de la jornada y el último al 100%, le han dicho que van a hacerla indefinida. Entiendo leyendo su artículo que con ese porcentaje eso no es posible, ¿Verdad?
Sí, pueden hacerla indefinida si quieren.
Buenas,a partir de abril de este año, paso a la jubilación parcial, la empresa quiere ,ponerme al 50% cuanto tiempo tengo que trabajar con el contrato relevo, y estando al contrato relevo me puede mandar al ERTE, gracias
Tienes que trabajar el 50%, se puede acumular al año. No se cuanto te falta para la jubilación, sí te pueden mandar al ERTE.
Buenos días,
Mi pregunta está relacionada con petición de excedencia.
Desde el 11/03/17 al 09/11/20 he tenido contrato como relevista tipo 541 al 75%. A partir del 10/11/20, he pasado a tipo 200 al 63,4%.
El estatuto de mi empresa dice que tengo que estar un año fijo para pedir excedencia.
¿Si la renovación del contrato se efectuó al día siguiente de finalizar el 541 y pasar al tipo 200 (hace mes y medio) cuenta el tiempo trabajado como 541, o se reinicia el contador?
Gracias por su labor
¿Que tipo de excedencia? Si es una excedencia voluntaria no es necesaria que ese contrato sea indefinido. Si es por una excedencia voluntaria recogida en el convenio colectivo, habría que interpretar lo que dice el convenio, pero por lo que indicas, es un año desde indefinido, es decir, desde noviembre de 2020, en tu caso.
Gracias Alejandro, por su aclaración y pronta respuesta.
Buenas, el día 1 de diciembre empecé mi jubilación con contrato de relevo 80/20, voy hacer el 20% del tiempo de trabajo todo seguido.
Mi pregunta es, una vez finalizado este 20% del tiempo puedo trabajar en otra empresa como asesor?(es de la competencia). Muchas gracias por tu colaboración.
Preguntaría en el INSS. En mi opinión, no, ya que estás cobrando ya la jubilación. En esta entrada explico la compatibilidad entre el trabajo y la jubilación.
Muchas gracias por su atención
Hola buenos dias, si actualmente tengo un trabajo de 4 horas semanales y estoy dado de alta como solicitante de demanda de empleo ¿Puedo optar a un contrato de relevo o legalmente es imposible?
Gracias de antemano
Hola buenas tardes,
Soy profesora en un colegio concertado con un contrato indefinido de 3 horas semanales.La directora me confirmó
Que el año que viene,se prejubila un profesor y podré impartir parte de su docencia a un total de 15 horas.Esto es posible?.He leído la ley y compruebo que si ya estoy trabajando de forma indefinida,no es posible este contrato.Hay otra posibilidad para ampliar esas esas?
A lo mejor no es con un contrato de relevo. Desconozco si la jubilación de ese profesor es una jubilación parcial.
Muchas gracias por atenderme Alejandro.
Sí,el otro compañero has decido que el próximo curso,se jubilará parcialmente y en teoría yo debía ocupar las horas de docencia que ya no va a realizar.Pero como señala la ley,entiendo que si estoy contratada indefinidamente por el centro a 3 horas,esto no es posible?. Qué posibilidades caben para que pueda ampliar contrato con las horas de mi compañero que se jubilará parcialmente?. Gracias.
Si es necesario hacer un contrato de relevo, no es posible.
Buenas tardes
Mi padre se ha acogido a la jubilacion parcial por contrato relevo 25/75%. Mi pregunta es ¿sobre qué se calcula el 25% que va a cobrar por parte de la empresa?
He leído que se calcula sobre el salario bruto de un año dividido entre 14 pagas. ¿pero que año? ¿la suma de los últimos 12 meses antes de acogerse al contrato relevo?
En la primera nomina que le ha pagado la empresa en esta situación (el sigue trabajando 100% porque va a realizar todo su tiempo de una vez) han calculado la nomina correspondiente al mes de octubre (con sus extras y sus pluses de nocturnidad etc) y le han pagado el 25% de esta cantidad.
No se si me parece del todo bien que se trabajen 8 horas en nocturno y la empresa solo te pague el 25% porque estas en este tipo de contrato. Estoy en lo cierto o la empresa lo esta haciendo correctamente¿?¿?¿
Le paga el sueldo del 25% que le corresponde en función del trabajo que esté realizando. Habría que ver ahora el caso, ¿ahora trabaja 8 horas por que está acumulando el tiempo de trabajo, sino trabajaría el 25% que es lo que le pagan?
Gracias por la pronta respuesta!!!!
Si, ahora trabaja el 100% del tiempo porque lo va a hacer todo de seguido. A partir de Enero no tendría que volver a trabajar, acordó con la empresa hacer el tiempo que le correspondía trabajar al 25% todo seguido de una vez.
Mi duda principal es ¿sobre que valor se calcula ese 25% que le va a pagar la empresa?
Deben de pagarle el 25% del salario que le corresponde en proporción a lo que cobraría actualmente si trabajar al 100%.
Y a partir de enero¿?¿?
cuando deje de trabajar entiendo que cobrara el 25% de su salario pero sin sumar los posibles extras que tiene en un mes que trabaja al 100% no¿?
Mantiene el salario del 25.
Buenos días, estoy prejubilado con contrato de relevo, tengo actualmente 63 años, quisiera saber si puedo pedir la jubilación total cuando cumpla los 64años aunque se me penalice la parte correspondiente por la seguridad social por jubilarme un año antes de los 65
Hola, mi base de cotización es de 4.070,10€ y mi sueldo bruto anual es de 53.666 €, puedo acogerme a la jubilación por contrato relevo 75%/25% en agosto de 2021(me lo ha propuesto la empresa) cuando cumpla 62 años, entiendo que mi empresa me abonaría el 25% de los 53.666 €, descontandome el 90% de las cotizaciones (4,70%+1,65%) sobre 4.070,10€, entonces la seguridad social me abonaría el 75% ¿sobre que cuantía? ¿sobre 4.070,10?¿ o sobre la pensión máxima actual 37.231,74 anual ?
Muhas gracias por su respuesta.
Sin saber si cumples requisitos para acceder a la jubilación parcial que explico en este artículo, el INSS te abonaría el porcentaje de la pensión de jubilación, no de tu sueldo.
Lógicamente te confirmo sin ninguna duda que cumplo todos los requisitos, mi pregunta era si el 75% que me pagaria el inss sería sobre la pensión vigente, que entiendo es tu respuesta, a día de hoy el 75% de 37.231,74€, usea se 27.923,8€ anuales en 14 mensualidades = 1.994,55 € y el 25% de 53.666 € = 13.416,5 € anuales en 14 mensualidades = 958,3 €, Total bruto = 41.340 € anuales, que son 2.952,9 € en 14 pagas. ¿Es así o no?
Gracias por su respuesta.
Sin comprobar los cálculos, si, el INSS paga por el porcentaje de pensión que te corresponde, que entiendo que es la máxima por lo que indicas.
Buenas tardes tengo 62 año y 2 meses e solicitado a la empresa un contrato de relevo tengo todos los recrisitos en el combenio también lo contempla pero me dice mi jefe que no encuentren a nadie para relevarme (tiene la empresa algúna tipo de obligacion de contratar a alguien)
Si así lo exige el convenio, en mi opinión, la empresa no puede no cumplirlo.
Muchas gracias por contestar Alejandro, pero te he de informar que el INSS, si cotizas por el máximo, 4707 €, te paga el 75 % sobre tu base reguladora y no sobre la pensión de jubilación máx.
De hecho la pensión máxima que es de 2707 € y mi base reguladora supera con creces esa cantidad, por lo que sintiéndolo mucho tu respuesta no es correcta. Compruébalo por favor. Saludos
Gracias por la corrección.
Revisando el asunto, el artículo 12 del RD 1131/2002 establece respecto a la cuantía de la pensión de jubilación parcial que: «será el resultado de aplicar el porcentaje de reducción de jornada al importe de pensión que le correspondería, de acuerdo con los años de cotización que acredite el trabajador en el momento del hecho causante, calculada de conformidad con las normas generales del Régimen de la Seguridad Social de que se trate» Es decir, que entiendo que no se aplica sobre la base reguladora, sino sobre la base reguladora de la pensión que corresponde, y en todo caso, entiendo que también se aplican los límites máximos.
La seguridad social te pagara el 75% de la base reguladora resultante de tu cotizacion los ultimos 23 años (esto va aumentano hasta llegar a los ultimos 25 años).
La empresa tiene que abonar el 25% de tu salario y pluses del ultimo año, no asi de horas extras.
Buenos dias, gracias de antemano por su respuesta a la siguiente cuestion
En nuestra empresa tenemos un trabajador relevado que va a realizar todo su tiempo de trabajo de manera intensiva y dentro de 2 meses habrá cumplido el total. Nuestra duda es si a partir de ese momento, sigue siendo parta de la empresa,si puede pasar a la jubilación total…..esta persona que se va a jubilar tienen certificado de discapacidad, y necesitamos saber hasta que momento su certificado nos computa para la cuota del 2% reservada para personas con discapacidad. Es muy importante para nosotros el cumplimiento de la LGD y neceitamos anticiparnos a si dentro 2 meses necesitamos tener en plantilla otra persona con cetificado.
Saludos y gracias
Con un contrato de relevo del 50%, entiendo que tienes dos pagadores no?, por una parte la empresa por la parte que trabajas y la otra el porcentaje de esa jubilación parcial. Es así? No me quedan claras las cuantía que percibiría y por quién. Gracias.
Sí, existen dos pagadores.
Buenas tardes Alejandro:
En primer lugar muchas gracias por despejarnos tantas dudas laborales.
Mi antigua empresa, un centro concertado, me ofrece un contrato de relevo al 50% de la jornada, yo he estado en el paro durante tres meses, pero actualmente me han contratado en otra empresa a tres horas diarias, por lo que compatibilizo el paro con ese pequeño sueldo.
He leido que para coger un contrato de relevista tienes que estar desempleado, con mi situación actual podria acogerme al contrato de relevista? Ya que tengo varios horas en el desempleo. O necesito dejar mi actual trabajo para quedarme desempleado al 100%?
Cuando finalize ese contrato de relevista, si la empresa queda contenta con la relacion laboral, podría hacerme un contrato indefinido con la ya jornada completa al jubilarse totalmente la persona?
Mil gracias
La empresa puede contratarte si quiere después del contrato de relevo sin problema.
Buenas, mi duda es la siguiente:
mi empresa me va a realizar un contrato relevo, pero ahora mismo me quedan dos meses y medio para llegar al tiempo necesario, pero me encuentro de baja, entonces esos dos meses aunque esté de baja siguen contando igual, o por el contrario una vez que me den el alta tendría que trabarlos, para poder optar al contrato relevo? Gracias de antemano, un saludo.
Buenas tares y muchas gracias por la información.
Mi pregunta es si los 12 días por año en caso de que se termine el contrato y no renueven son obligatorios, ya que en mi contrato de relevo dice que me darán 8 días por año.
Muchas gracias de antemano y un saludo.
Antes eran ocho, ahora son doce. Aunque depende del año de formalización del contrato.
Buenos días Alejandro.
Trabajo en el sector aeronáutico, y por la crisis del Covid está fatal, y se espera que esté peor, por lo que en mi empresa ya se rumorea un ERE masivo.
Buscando información parece ser que pueden despedir a empleados indefinidos con 5 o 6 años en la empresa, pero a relevistas con contrato de relevo que llevan 2 o 3 años, no. ¿Me puedes confirmar si esto es así? No me parece nada justo si así fuera.
Un saludo.
Buenas tardes
Me encuentro a pocos meses de finalizar mi condición como relevista con contrato de trabajo indefinido.
En primer lugar quisiera saber si para mí cambia alguna condición en el momento en el que la persona a la que he relevado haya finalizado su período de jubilación parcial.
En segundo lugar quisiera saber, en caso de un hipotético despido, cuáles serían las condiciones de la indemnización.
Gracias de antemano.
La indemnización es de 12 días por año trabajado. Por otro lado no se a que te refieres si cambia tus condiciones.
Buenos días. Por favor Alejandro ayúdame.
Llevo 8 meses como relevista a contrato indefinido, y tengo dos preguntas. El relevado ya se fue de la empresa hace 3 meses y siempre he estado a jornada completa.
Acaban de enviar un mail en la multinacional donde trabajo, de que van a actualizar y subir a todos el sueldo un 2’5% menos a los relevistas. ¿No es discriminatorio?.
Por otro lado, al tener un carácter indefinido el relevo, ¿esto quiere decir que dentro de un año terminará el relevo y seré empleado indefinido?
Gracias
Buenas noches Alejandro.
Se que posiblemente recibas muchos mensajes diarios como este.
Tengo una duda bastante grande que no sé si me podrías resolver.
La empresa para la que trabajo quiere recuperar las horas del permiso retribuido recuperable y ahora les está entrando mucha prisa por recuperar.
Viendo que muchas de las empresas de nuestro alrededor están entrando ya en Ertes y que nuestro cliente principal ha bajado ya sus pedidos un 30% a nuestra empresa, mi pregunta es:
¿Si la empresa realiza un Erte o Ere por bajada de producción de aquí a final de año, tendríamos los trabajadores que recuperar esos días o correrían a cargo de la empresa?
¿Te lo podrían desconectar de un finiquito si finalmente fuera un Ere?
¿Te podrían hacerlo recuperar en periodo de Erte de suspensión,en Erte de reducción de jornada o incluso en los periodos que estuvieses trabajando dentro de ese periodo de Erte?
Muchas gracias de antemano.
La recuperación de esas horas han de pactarse con los representantes legales de los trabajadores y han de recuperarse antes del 31 de diciembre de este año, si no se recupera por el motivo que sea, entiendo que ya no se puede exigir que se recuperen ni descontar de un finiquito. En periodo de ERTE se puede recuperar en función de lo que se acuerde, teniendo en cuenta que no se puede trabajar si se está en un ERTE de suspensión.
Hola, mi empresa a presentado un ERTE rotativo para toda la plantilla del 1 de mayo al 30 de septiembre ( se acortará si el trabajo mejora) y quisiera saber si teniendo contrato relevo indefinido me pueden meter. Un saludo
Sí, te pueden incluir.
Buenas tardes Alejandro,
Estoy trabajando en una administración local con un contrato de relevo a tiempo parcial (Cod.541) al 75 %, firmado en Julio de 2018 con duración hasta Agosto de 2021, que coincide con la fecha de jubilación a los 65 años del trabajador relevado.
Varias cuestiones:
– Si el contrato es del 75 % ¿Porque me han hecho firmar un contrato de trabajo temporal? ¿No debería ser indefinido en vez de reflejar la finalización del mismo?
– Además la jornada de trabajo indicada en el contrato es «A tiempo parcial» ¿No debería de tratarse «a tiempo completo»?
– El trabajador relevado ha decidido jubilarse a los 64 años, es decir, en Agosto de este año 2020 ¿Que ocurre con mi contrato? ¿Existe obligación o posibilidad de que me hagan una prorroga o firma de algún otro hasta la fecha de su jubilación? Y al llegar a la fecha de finalización o jubilación (65 años) ¿Existe posiblilidad de que la administración local realice algún ofrecimiento o tipo de contratación al relevista?
Muchas gracias. Un saludo.
Hola, soy Enrique y estoy exactamente en este mismo caso, os agradecería a Alejandro o algún otro experto, que pudiera contestar a Ricardo. Muchas gracias.
Estoy en la misma situación de Enrique y Ricardo. En mi caso en una Administración autonómica.
¿Sería denunciable el contrato al habernos hecho firmar como «temporal» … con una fecha de finalización en lugar de haber sido «indefinido» según Ley.?
Gracias anticipadas. Un saludo.
Hola Alejandro, quería consultarte una duda.
Si mi empresa hace un ERE o un ERTE por bajada de producción, ¿pueden despedir a un trabajador con contrato indefinido con más antigüedad y no a otro trabajador con contrato de relevo que entró más tarde a la empresa?
Gracias.
La empresa no está obligada,ni existe una norma que lo recomiende, a no despedir a los más antiguos.
Además en el caso del contrato de relevo que me comentas, ten en cuenta que si lo despide a él tendrá que contratar a otro, a que siempre que hay un jubilado parcial tiene que haber un trabajador con contrato de relevo, por lo que en ese caso además no tendría lógica que lo despidieran a él.
Hola una pregunta, en mi empresa van a hacer un ERTE de parte de la plantilla, ¿los trabajadores con contrato relevo pueden ir al ERTE si va a ser mas de 15 días o deberían quedarse?
Muchísimas gracias
Saludos
En mi opinión pueden ir al ERTE. De hecho, en el artículo 5 del RD 9/2020 se indica que los contratos de relevo afectados por ERTE se prorrogan durante el tiempo de ERTE.
Hola, soy un trabajador nacido en el año 1958 con más de 38 años cotizando y que estoy negociando con mi empresa para la obtención de un contrato de relevo (al 25%) para iniciarlo cuando cumpla 61 años y 10 meses.
Como resido a ciertos km de mi lugar de trabajo, la empresa me ha estado pagando un fijo mensual por ello, una parte de ella en concepto de complemento salarial que figura en la nómina y la restante, fuera de nómina en “B”.
Estamos barajando las dos opciones:
A) Seguir trabajando al 25% hasta la edad de los 65 años.
B) Acumular las horas y trabajar al 100% 9 meses y 15 días desde el inicio del contrato de relevo.
En el primer caso, la empresa me dice que me sigue pagando el fijo mensual por traslado en su totalidad, pero en el segundo caso, la empresa me comenta que sólo se hace cargo del complemento que figura en nómina y que la parte en “B” no me la paga.
¿Es esto así o la empresa se aprovecha de esta coyuntura? ¿Puedo reclamarle que me pague en su totalidad hasta los 65 años, que es cuando termina mi vinculación con la empresa?
Agradeciéndole su colaboración, reciba un cordial saludo.
No se puede cobrar parte en B, ya que es un fraude tanto por parte de la empresa como del trabajador. Dicho lo cual, si es un pago extrasalarial, es decir, se abona en concepto de unos gastos que se generan, se deberán pagar cuando existan esos gastos en función de lo acordado. Si es un pago salarial, se debe reduce en proporción a la jornada de trabajo.
Hola, tengo un contrato de relevo al 75% en Consejería de Educación «personal no docente», trabajo a jornada completa el 75%. La persona que se prejubilada ha estado de baja durante un año que yo he cubierto ese 25% (los primeros 5 días hábiles de cada mes , como así solicitó el prejubilado). Al darse de alta a mediados del mes de febrero , me comunican a mi que paso a trabajar nuevamente el 75% , pero que es desde el día que le dan el alta al prejubilado y yo tengo que ver reducidas mis jornadas al 75% en horas para deducirlo de la nómina.
Es posible cambiar las horas de jornadas al antojo de la empresa, cuando hay acuerdo mutuo de trabajar ambas partes a jornadas completas, insisto , a solicitud del prejubilado
NOTA: Este prejubilado está fuera de edad ordinaria de jubilación (con 67 años de edad y más de 40 años cotizados), con ampliaciones de prejubilación anual
Hola , no tengo claro las vacaciones que me corresponden. Tengo un contrato de relevo al 50%, pero en vez de trabajar a media jornada , trabajo 6 meses a jornada completa y los otros 6 no trabajo, ( aunque me pagan los 12 meses como media jornada) Mi pregunta es… Tengo 15 días o 30 de vacaciones? La empresa solo me da 15 días dentro de los 6 meses que estoy trabajando. Llevo 3 años con el contrato. Gracias de antemano
Entiendo que te de sólo los 15 días en los seis meses de trabajo al estar la jornada concentrada.
Buenos dias,
Tengo un contrato relevo de menos de un año. Deseo darme de baja por motivos personales. ¿debo dar un preaviso? . Estoy en el convenio del metal de Vizacaya
No se si ya está vigente el nuevo convenio, el del año 2008 recoge un preaviso de entre 15 días y dos meses en función de tu grupo profesional. Si no cumples el preaviso podrán descontártelo.
Buenas tardes, en mi caso tengo contrato de relevo del 50% de duración determinada hasta marzo 2022. Estoy en un ayuntamiento trabajo como técnico de Servicios Sociales. Jornada 37horas. Me ofrecen en otro ayuntamiento diferente un contrato de relevo del 50 % jornada de 35h hasta 2023. Es compatible la contratación?
Buenas tardes , mi caso es el siguiente:
Firmé un contrato relevo en febrero de 2018 teniendo un contrato por obra en la misma empresa desde 2014. Este contrato relevo ha finalizado hace unos días y en el finiquito me indemnizan solo por los 2 años del contrato relevo, ¿los otros 4 años anteriores de trabajo con contrato por obra no son indemnizables?
Muchas gracias
Buenas tardes,
Mi padre está prejubilado al 75%. El 31.12.19 ha cumplido los 64 años y lleva 43 años trabajando en la misma empresa al 100%. En su empresa determinados trabajadores, entre ellos mi padre, pueden acogerse a la jubilación total un año antes.
Cuando llegó el momento de solicitarlo, la empresa le informó que su relevista está de baja desde hace más de dos meses, sin duración prevista y que no puede jubilarse.
En el INSS le han informado varias opciones para solucionarlo, pero la empresa ha rechazado todas ellas.
¿Qué puede hacer?
Hola acaban de hacerme un contrato de relevo en el cual aparece que cobrare a razón de media jornada que trabajare la mitad del año es decir 6 meses yo seis meses jubilada parcial pero el contrato me lo hacen a jornada completa modelo 441 no tendría que ser a jornada parcial aunque se unifique en solo 6 meses a jornada completa???????
Gracias.
Buenas tardes:
Mi consulta es la siguiente, en la empresa existe un contrato relevo, en el que el relevista cesa voluntariamente por motivos personales y yo tengo 13 horas indefinidas en la empresa, y soy demandante de mejora de empleo sin prestaciones. Mi pregunta es ¿podría yo acceder de alguna forma a esas horas del contrato relevo que aun no ha acabado?¿me podrían hacer directamente indefinida de esas horas de contrato relevo? Gracias
Buenos días, tengo un contrato relevo a tiempo completo y soy indefinida. En agosto de 2021 se jubila el trabajador y me gustaría saber si mi contrato puede continuar una vez finalizado el contrato relevo y que indemnización me correspondería en el caso de terminar mi contrato o de ser despedida. He estado leyendo varios artículos y no me queda claro ya que en alguno se indica que después de la jubilación te blindan otros 2 años y la intención del contrato relevo es continuar en la empresa una vez se jubile el trabajador. Gracias
Hola.
Estamos en una situación parecida.
Pudiste hacerlo?
Agradeceria que alguien que haya pasado por la situación que voy a exponer me pueda ayudar a resolver mis dudas.
Mi situación es que me voy acoger a una jubilación parcial del 75% con un contrato de relevo, y he acordado con la empresa acumular mi jornada parcial del 25% para realizarla seguida durante los próximos 9 meses y así desvincularme totalmente de la empresa.
Mi pregunta es ¿ en el supuesto que la empresa cesase su actividad a partir del 9º mes como puedo reclamar la jornada que yo tuviese acumulada en ese momento?
Buenas tardes,
En caso de estar trabajando a tiempo parcial en una empresa y anotado como demandante de empleo (mejora de empleo), puedo optar a que me contrate otra empresa con un contrato de relevo?
Buenos días, tengo un contrato de relevo con una Adminsitración Pública para cubrir la jubilación parcial de un trabajador. Él trabaja 3 meses al año y yo 9. Por lo tanto, mi contrato es del 75%.
Me surgen varias dudas:
1.-como mi contrato se ha hecho para cubrir una jubilación del 75% ¿debería ser indefinido? Es que cuando me contrataron me dijeron que era por 4 años, que era el tiempo que le quedaba al trabajador sustitutido para jubilarse.
2.-Por otra parte, de cara a certificarme los servicios prestados en ese cuerpo o escala en esa Adminstración, ¿me computarán los 4 años o sólo el 75% de esos cuatro años? Lo cierto es que yo estoy dado de alta en la Seguridad Social los 12 meses para esa Administración y no me voy al paro ninguno.
Buenas tardes,
Me han realizado un contrato de relevo en un centro concertado en septiembre de 2019 al 80% y mi contrato de relevista es del 80% de la jornada y con fecha de finalización ahora el 25 de noviembre de 2019.
La persona que se jubila nació el 25 de noviembre de 1955, es docente en un centro concertado, por lo que tiene 63 años, 11 meses y 25 días. Sin embargo me dicen que se jubila si o si este próximo 25 de noviembre de 2019 con 64 años.
¿No debería ser mi contrato indefinido, a tiempo completo y por una duración no inferior a dos años después de la edad ordinaria (65 años) de jubilación? En su caso, correspondería con el 25 de noviembre de 2022.
Un saludo y muchas gracias por la información
estoy jubilado com contrato relevo, que termina el 31 03 2020 tengo derecho a cesta de navidad . en los dos años anteriores la revi y este año no me la han dado
Mientras se mantenga la relación laboral, deberías tener derecho a ella.
Buenas noches,
Hoy he sido convocada a una entrevista de trabajo para una empresa pública y la oferta era la siguiente:
– Contrato de relevo (era la primera vez que oía de la existencia de este contrato)
– Periodo: 1 de noviembre 2019 hasta febrero 2023
– Salario 950 Euros aprox.
– Jornada de 8 a 15 horas
– Cotización a la Seguridad Social como si fuera una jornada al 50%
** Si he entendido bien el periodo de trabajo anual sería de seis meses y los otros seis se cobraría pero no se trabajaría. De ahí que se cotiza como jornada al 50% pero durante seis meses se trabaja a jornada completa.
Quería hacerles dos preguntas:
1) Si esto de trabajar seis meses y seis meses no está regulado dentro del contrato de relevo y se puede hacer con todas las garantías laborales.
2) Si se puede hacer, entonces yo podría darme de alta en otro sitio, a jornada completa, durante el periodo de no trabajo, con el fin de poder cotizar al 100% durante el tiempo que dure el contrato de relevo ?
Muchas gracias y saludos
Concepción Fraile
Si, sería una jornada parcial, pero en lugar de trabajar 20 horas todo el año, trabajas 40 seis meses y otros seis meses descansas. Puedes trabajar en otra empresa, siempre que no exista competencia desleal o hayas firmado algún tipo de pacto no competencia.
Gracias por la información.
Un saludo
Hola Alejandro,
Debido ha la cuestión que te realizo Concepción y tu respuesta , tengo dudas.
La cuestión es que en primavera me salió una oferta de empleo público de relevista al 50% en la que estoy trabajando actualmente.
Me llamaron de una bolsa de empleo del inem, me comentaron que era de relevo y que 6meses los trabajaba yo y el resto la prejubilada.
A la que firmó vuelvo a preguntar y el hombre de rrhh me dice que no es tan así que me lo va a explicar mi superiora.
Ella me dice que es cuando quiera la prejubilada básicamente, sin horario anual ni nada. Y ya sospecho, porque aparte no firmo ningun acuerdo.
Pido cita para asesoría legal desde el primer momento y cuando contacto con el abogado es justo cuando ya agoto mis horas anuales.
He tenido problemas con ello porque me aconseja que quede de una forma amistosa y no atiende a razones.
Me quería a hacer viniera a trabajar en diembre y que ya me los daría en dias. Le digo que he sobrepasado horas y que pasa con mis cotizaciones. Me ha mareado durante todo el verano, diendome que las cosas se hacen así. Ya me paso con la misma empresa de empleo público que ni me pagaron ni me cotizaron unas vacaciones. Quiero mi jornada la que es por contrato, porque en cualquier momento me sale otra cosa mejor y me voy y no quiero llamar para reclamarles porque se que al final me toca denunciar y esto se va a haciendo cada vez más grande. Hablar con la tesorería es prácticamente imposible.
Y ellos fueron listos porque cuando les dije que me pasaba de horas me enviaron a casa para que no les pudiera denunciar.
Cosa que pedí firmada y encima se molestan.
Me temo que cuando vuelva en enero me van a tener con el mismo rollo y temo represalias de mobbing. Dado que mis últimas conversaciones con mi superiora me habla de sanciones y al final que si quería lo denunciará pero me iba a costar dinero.
Y en enero todavía no está organizada mi entrada, me tienen que contactar.
Que me aconsejas?
Estas situaciones me generan estrés. No sé ni mi horario real.
Gracias
Grabar las conversaciones y recoger pruebas para una posible demanda.
Hola buenas.
Quería preguntar si me hacen un contrato relevo, es decir trabajando en vez de 40h a la semana, haciendo 15 o así.. la cotización que yo hago de cuánto es? seguiría cotizando el 100% o cuanto?
Gracias
Hola llevo trabajando en la misma empresa ,q le trabaja al sas 19 años y medio con contractos temporales ,ahora tengo uno de relevo al50/ por ciento tiene fecha de inicio pero no de finalización mi pregunta es cuando esta persona de jubilé yo sería indefinida cogiendo su puesto?
Buenos dias,
Estoy en contrato de relevo por jubilacion a media jornada 17 horas semana 600 € 3 años .en administracion publica. y hoy mismo me dan incapacidad temporal . ¿ que porcentaje cobrare de la base de cotisacion ? en estos momentos tengo de base cotisacion 700 € en el sindicato me comentan que cobrare lo mismo que si estuviera trabajando a jornada completa . es cierto ??
Gracias de ante mano.
Empecé un contrato de relevo a tiempo completo en septiembre del año pasado, el contrato de relevo finaliza el 2 de noviembre, en la empresa me quieren hacer un contrato de suplencia y el indefinido dárselo a otra persona. ¿Es legal?. Gracias.
Buenos días, me gustaría saber si es posible compatibilizar un contrato de relevo al 50 % en la administración pública con otro contrato laboral (público o privado), y si es así si hay alguna limitación de porcentaje en ese segundo contrato. Muchas gracias de antemano,
Virginia
Desde un punto de vista laboral no hay incompatibilidad, habría que ver si tienes incompatibilidad de un contrato en la administración y un contrato en otra empresa.
Buenos dias, desde marzo de 2019 estoy haciendo un contrato de relevo en el Hospital Gregorio Marañon del 50%, me cumple en julio de 2022 pero mi compañera la que se esta prejubilando me dijo que si podia se queria jubilar un año antes osea en el 2021 y asi yo pasaria a trabajar en un contrato al 100% hasta la terminacion en julio de 2022. Eso es cierto o si mi compañera se jubila antes a mi se me acabaria el contrato.un saludo y gracias.
Si he estado 4 años con un contrato relevo en una empresa y una vez finalizado no continuo , cuanto tiempo tiene que pasar para que esa misma empresa si quisiera me volviera a contratar y en que condiciones podria hacerlo
No tiene que pasar ningún tiempo, dependerá de la empresa. Sobre el contrato, depende de las necesidades de la empresa, podrá hacer el que quiera, siempre que tenga causa para ello.
Hola , estoy a 25 % de jornada en este momento , me han denegado la jubilacion parcial en la seguridad social .He pensado que podria seguir con el 25% y hacer un convenio especial con la tesoreria de la seguridad social para seguir cotizando , no se si podria realizarlo, aun si la empresa accediera a seguir con el 25% y no ha contrato indefinido que tenia anteriormente .
Saludos…
Buenas noches Alejandro:
Estoy haciendo un contrato de relevo de una prejubilación de una compañera, empece el 01/01/2017 hasta el 19/12/2019, por13 días no completo los 3 años, estoy al 75% de la jornada, con jornada parcial, necesito que me saques de una gran duda que tengo, el puesto quedara vacante y se necesita cubrirlo, es cierto, como alguien me comentó , que si la empresa esta contenta con mi trabajo me lo tienen que ofrecer a mi primero , ya que yo he estado cubriendo ese mismo puesto?Muchas gracias de antemano por tu respuesta.
Patricia.
Hola, 14-09-2016 comencé un contrato de relevo temporal en una empresa pública, ha finalizado el 09-07-2019 por haber aprobado una plaza y he pasado a un contrato indefinido seguidamente, el 10-07-2019.
La empresa nos ha finiquitado solo la parte proporcional de la extra de diciembre, las vacaciones nos las han guardado para el contrato indefinido.
Y en mi caso no me han pagado la indemnización de 12 días por año trabajado del contrato de relevo.
Todo esto que ha hecho la empresa es legal?
Muchas gracias, necesito vuestra ayuda.
Saludos
Si el contrato finaliza por que has aprobado una plaza, y no por fin del contrato en sí, no se tiene derecho a indemnización. Por lo que comentas, puede que sea correcto lo realizado por la empresa.
¿Por qué cuando escribo un comentario nunca aparece publicado ?
Está pendiente de moderación, y puede que no lo responda por que no se muy bien la respuesta (hay cuestiones dudosas que me obliga a revisar jurisprudencia y no tengo tiempo para ello o no he tenido tiempo para leerla). Este blog tiene muchas visitas y consultas al día, para que te hagas una idea, ahora mismo tengo más de 11.000 consultas pendientes de moderación (acumuladas en los más de siete años de vida que tiene este blog). Recibo una media de 50 al día, TODOS los días. Echa cuenta, dedicándole un mínimo de dos minutos a cada una son casi dos horas todos los días, y como comprenderás no puedo dedicarle ese tiempo, además de seguir escribiendo artículos e intentar mantenerlos actualizados, y mi trabajo como abogado que es a lo que me dedico.
Gracias por la respuesta,
La pregunta se la he hecho porque la he realizado en varias ocasiones y como veía que al resto se le contestaban sus cuestiones me quedaba esa duda. Muchas gracias por su respuesta y aclaración. Espero que en un futuro pueda resolverme la duda que le planteo a continuación: » Este año termino mi contrato de relevo, que ha sido por cuatro años, y quisiera saber que opciones tengo de renovación en el caso de que quieran seguir contando conmigo. ¿Me tienen que dar ese puesto, el relevado se jubila definitivamente y el puesto se mantiene? ¿Me pueden dar otro de similares características en relación a tareas y condiciones laborales?¿Me pueden dar otro puesto con menos horas a la semana? ¿Tendrían que hacerme indefinido o pueden prorrogarme con otro contrato temporal de un año? » . Muchas gracias por su ardua labor, me consta que es un gran trabajo. Saludos
Salvo que el convenio indique otra cosa, no se tiene derecho a ese puesto de manera preferente. Te podrán contratar según las necesidades de la empresa, con un contrato temporal o indefinido. Es decir, que salvo que el convenio diga lo contrario, la empresa tiene total libertad para ofrecerte (o no) otro puesto de trabajo según las necesidades que tenga.
Muchas gracias y enhorabuena por su trabajo y su labor.
Un saludo
Buenas tardes.
En la actualidad tengo un contrato de relevo en la Junta de Andalucía, con 50% de la jornada, donde consta que “la distribución del tiempo de trabajo será de seis meses al año o parte proporcional”. Cuando me contrataron me dijeron que en lugar de trabajar todo el año a media jornada, trabajaría 6 meses a jornada completa pero que estaría contratada todo el año y cobraría cada mes el 50% (o sea media jornada) y que los meses a trabajar los elige la persona “titular” (la jubilada parcial). Según su elección yo estoy trabajando los meses de enero, mayo, junio, julio, agosto y septiembre y efectivamente como me dijeron cobrando todos los meses del año. Es decir, trabajo 6 meses a jornada completa y cobro 12 meses a media jornada. Todo ok desde julio de 2017.
Acabo de ser seleccionada para otro puesto de trabajo a jornada completa en otra Delegación de la Junta de Andalucía, que me interesa más por lo que presentaré mi renuncia al contrato de relevo, posiblemente con fecha 15 de agosto. Para entonces yo este año habré trabajado 4,5 meses y cobrado 7 meses y medio. Al preguntar en el departamento de personal cómo cobraría el resto (4,5 meses de trabajo a jornada completa, serían 9 mensualidades de sueldo a media jornada), me dicen que “eso no tiene remedio”. Desde mi punto de vista no tiene lógica pues yo he trabajado la jornada completa. ¿De verdad no tiene remedio?
Por otra parte, en mi lugar contratarán a otra persona, que mientras la Junta de Andalucía hace las gestiones oportunas será aproximadamente, para el 1 de septiembre. Como según el reparto de meses a mi este año solo me quedaría por trabajar el mes de septiembre, nos encontraríamos con que la persona nueva contratada trabajaría este año un mes y cobraría 4 (de septiembre a diciembre). Creo que tampoco tiene lógica.
¿Tengo derecho a cobrar 9 meses por 4,5 meses trabajados? ¿en que argumentos me puedo basar para solicitarlo?
Gracias de antemano
Es un caso excepcional. Entiendo lo que dice la Junta y me parece defendible, pero injusto. Tendrás que reclamar judicialmente para cobrar por lo menos lo que has trabajado.
Hola,yo estaba haciendo un contrato relevo.Pedi una excedencia voluntaria ver un año, renovandola voluntariamente otros 3 meses.
Ahora al pedir el ingreso de nuevo en la empresa,me comentan que el contrato relevo que estaba realizando yo,ha pasado a otra persona y que me irán haciendo contratos de tres meses.
Es legal?gracias
Si has pedido una excedencia voluntaria, no tienes reserva del puesto de trabajo, por lo tanto, pueden contratar a otra persona y después no tiene la obligación de darte ese puesto. Salvo que se haya acordado lo contrario o el convenio indique otra cosa.
Buenas días Alejandro,
me quedan unas pocas asignaturas para acabar la carrera (la acabaré en junio de 2020), además me encuentro en situación de desempleo pero en noviembre me van a hacer un contrato de relevo en una empresa por jubilación parcial de un trabajador. Es un puesto de cierta cualificación (nada técnico tampoco) pero aun no tendré el título. He buscado información y no he visto que para hacer dicho contrato sea necesario de cara a la Seguridad Social entregar título alguno. Entiendo que para hacer el contrato de relevo la empresa no necesita acreditar ningún título del relevante. ¿Estoy en lo cierto?¿O llegado noviembre tendré algún problema al carecer de título para que se haga el contrato de relevo?
Un saludo y gracias.
No es necesario ningún título para hacer un contrato de relevo, pero puede que sí lo sea para el puesto que vas a desempeñar. Es decir, no es relevante el contrato, sino el puesto de trabajo.
estoy jubilado parcialmente por contrato relevo al 85% seguridad social 15%empresa me prejubile el 1 del10 del 2018.
tenia una base de cotizacion antes de jubilarme de 1673 hasta octubre del2018.
de octubre del 2018a diciembre del 2018 en la cotizacion de la seguridad social aparece 397,70.
en el año 2019 aparece en la cotizacion de la seguridad social 486,40.
si para la jubilacion final esto es el 15% y de aqui sacan el100% .
el 100% de 486 son 3600 es esto correcto
Mi pregunta es: ¿pasados los 2 años de la fecha de jubilación definitiva del relevado, el contrato indefinido ordinario del relevista, a tiempo completo, puede prolongarse en más allá, o ese tiempo, esos 2 años, es la duración màxima que puede tener un contrato de relevo?
Segun el ET en el artículo 12.7 dice: El contrato de relevo deberá alcanzar AL MENOS una duración igual al resultado de sumar 2 años al tiempo que le falte al trabajador sustituído para alcanzar la edad de jubilación ordinaria….etc etc
Gracias
Buenas tardes,
Me acaban de comunicar que me van a cancelar mi contrato de relevo,hoy día 07/08/2019 siendo la fecha de fin el 31/08/2019 cuando finalizaba el 15/02/2021. Mi contrato empezó el 16/02/2017. He estado con ellos 2 años y 4 meses.
La razón: cuestiones organizativas.
Me ofrecen una indemnización de unos 3500 euros.
¿Es legal lo que están haciendo? Soy profe de lengua y literatura en secundaria (filóloga hispánica) y mis clases de lengua siguen existiendo.
Gracias
Parece que no, pero habría que ver la carta de despido.
En la carta de despido pone «por cuestiones organizativas». Sin más.
Demanda por despido.
Me han llamado del inem para una oferta que me apunté para administrativo de un ayuntamiento para contrato relevo a jornada de 18 h y sueldo de 1900, cuánto cobraría yo??
Puede ser el contrato de 18 horas semanales, la cotización a la seguridad social sería como media jornada. Gracias.
Habría que ver el trabajador relevado, y no se a que te refieres con sueldo de 1900, si es ya el sueldo, o lo que sería a jornada completa. Con los datos que me das es imposible saber el salario que te corresponde.
La oferta no especifica mucha, solo pone: «CONTRATO RELEVO A TIEMPO PARCIAL Y A TURNOS (TARDES Y FESTIVOS) CON SALARIO DE 1800 E/M. Jornada semanal de 18 h. Sábados, domingos y festivos.»
Gracias.
Entiendo que entonces ese será el salario que vas a percibir.
Se que el INSS admite la posibilidad de concentrar la jornada del jubilado parcial de forma que la totalidad de las jornadas pendientes hasta la jubilación total se acumule en un único periodo ininterrumpido.
¿Podría un relevista con contrato eventual a tiempo parcial (50%) acumular sus jornadas de trabajo y trabajar solo 6 meses al año hasta la fecha fin del contrato de relevo?
Gracias
Buenos días, y muchísimas gracias por atender nuestras dudas e inquietudes que a veces son muchas y no tenemos a quien consultar. Mi pregunta seguro que ya ha salido, pero no la he sabido interpretar, mi marido con 55 años está cubriendo con un contrato indefinido con un anexo de relevo por duración determinada a un compañero al 75% la duración es hasta noviembre de 2020, nosotros hasta ahora que está habiendo despidos en su empresa y algunos de ellos por tener este tipo de contratos, estábamos tranquilos nos quedamos que era un contrato indefinido y ahora, estamos un poco preocupados, que tiempo le puede quedar en la empresa con este contrato?? es una empresa grande y conocida que ahora mismo está reducíendo plantilla.
Muchas gracias
M
Buenas tardes,tengo un contrato de relevo temporal que inicié en octubre de 2017 y lo finalizo en julio de 2020 al 75% de la jornada. En estatuto del trabajador dice que si el contrato es al 75%, éste tiene que ser indefinido y a jornada completa. Yo lo que firme en 2017,fue un contrato temporal y al 75% de la jornada. No sé si esto es legal o no.
yo firmé uno, al 75 %, temporal, lo mismo que tu y con fecha fin. Si lleva fecha fin, es temporal. Hecha la ley, hecha la trampa. Si yo lo hubiera sabido, no hubiera firmado que tuviera fecha fin.
Igual el contrato no está bien hecho y se puede demandar.
Buenos días.
Voy a firmar un contrato de relevo indefinido por la jubilación de una administrativa de mi empresa. Actualmente tengo un contrato de administrativa temporal. Eso quiere decir que paso directamente a fija? O no lo seré hasta que se jubile esta señora y deberé firmar un nuevo contrato indefinido?
Gracias!!!
Buenas,
Trabajo en una empresa con un contrato de duración determinada por una baja de maternidad.
Se ha publicado una vacante en mi empresa para un contrato de relevo y estoy en el proceso pero me exigen renunciar a mi puesto y estar apuntado en el paro para continuar en el proceso.
¿puede la empresa ofrecer un contrato de de relevo exclusivamente solo para desempleados cuando por mi situación y según la ley reuno la condiciones?
Salvo que exista algún tipo de discriminación, es la empresa el que decide a quién contratar.
¿Puede hacerme la empresa un contrato de relevo de carácter temporal cuando el puesto que voy a desempeñar es una necesidad de carácter fijo y no eventual?
Si, la causalidad del contrato de relevo es simultanearlo con un trabajador de la empresa que se jubilación de manera parcial.
Buenas tardes,
En breve voy a firmar el contrato relevo (20% y 80%), tengo 61 años y 2 meses, pero estoy en IT (11 meses), puedo firmar en esta situación de IT, o por lo contrario debo de coger el alta?
¿Si puedo seguir en IT, cuando termine los días que me corresponde trabajar (47), debo de cogerme el alta, para ya jubilarme?
Por otro lado me han dicho que tengo 20 días de vacaciones, se pueden descontar de los días que tengo que trabajar, en caso de que tenga que cogerme el alta?
Muchas gracias
En 2003 firme un contrato de relevo a jornada completa con fecha de finalización 2005 por la jubilación parcial al 85% de un señor que en aquel momento ya había cumplido 73 años. ¿No impone o imponía en esa fecha la ley ningún impedimento con respecto a la edad máxima del trabajador a sustituir (ya tenía más que rebasada la edad legal de jubilación)?
El trabajador sustituido no ha causado baja voluntaria en la seguridad social hasta finales del 2018, momento en el que he recibido de la empresa preaviso de extinción de mi contrato en breve al finalizar el último periodo anual prorrogado. Si finalmente se extinguiera la relación laboral, ¿no se podría hablar de fraude de ley por tener a un trabajador durante más de 15 años con un contrato de relevo?
Tendría que revisar la legislación del año 2003 que ahora desconozco para darte una respuesta.
Le agradecería su orientación al respecto, cuando pueda revisarlo. Gracias
Intento resolver todas la consultas, pero esa cuestión excede del tiempo que puedo dedicar a cada pregunta. Respondo más de 50 consultas todos los días (unas dos horas de mi jornada de trabajo), y siempre me quedan algunas sin responder. Le recomiendo que acuda a un abogado para que estudie el caso con profundidad.
Hola, en un contrato relevo de más de 1 año de duración; es obligatorio que te avisen con un preaviso de 15 dias de antelación? Gracias
La legislación, salvo artículo que ahora desconozco, no lo exige.
Hola firme un contrato relevo en 2017 carácter temporal asta 2021 al 75 % que es lo que se acogió el relevado ,al año y medio me hicieron una ampliación de jornada al 100% por petición del servicio es en un ayuntamiento,mi pregunta es no me deberían haber hecho el contrato sin fecha fin y indefinido por que el relevado se acogió a la reducción del 75 % y la ley dice que tiene que ser sin fecha fin y a jornada completa?
Hola mi nombre es manuel, mi consulta es. puedo jubilarme parcialmente con contrato de relevo con la actual ley pues trabajo actualmente con contrato indefinido en una planta desaladora trabajamos con protectores auditivos en nave de proceso, hay peligro por alta presion en nave de proceso y realizamos las tareas de explotacion y mantenimiento de las instalaciones en geneal, donde llevo ahora 13 años , en turno de mañana, tarde y noche en los 365 dias del año jornada anual de 219 dias, el convenio colectivo es estatal de las aguas y en el viene recogido el contrato de relevo con jubilacion parcial,desde el primer convenio colectivo viene recogido así; ahora con la nueva ley de la seguridad social ya no se si me corresponde poder jubilarme parcialmente pues en septiembre de 2020 cumplire 61 años, y tendre cotizados 39 años, ¿hay alguna posibilidad de poder acogerme a esta ley? actualizada solo para la industria manufacturera, pues nosotros somos de industria de energia (agua).
Buenos dias. En noviembre pasado firme un contrato de relevo para sustituir a un trabajador que le quedan dos años para jubilarse. Sería al 50 %; el relevado seria de Enero a Junio y yo, el relevista, de Julio a Diciembre.
A 31 de Diciembre la empresa, me dan de baja de la seguridad social, y cual es mi sorpresa que a la hora de solicitar el subsidio de desempleo, me comentan que no es normal las formas y que no tengo derecho a ninguna prestación, así que hasta Julio que me vuelvan a contratar que medios o que podría reclamar.
Gracias por su atención y saludos
Habría que ver la causa de la denegación e interponer una reclamación previa a la SEPE.
cumplo 61 años en febrero,quisiera saber si las plantas de biometanizacion,son industria manufacturera,para solicitar el contrato de relevo.gracias
Tengo dudas sobre lo que se consideraría manufacturera a los efectos de la jubilación parcial. Tendría que revisar la legislación y jurisprudencia.
Gracias,esperaré a ver que me dicen en la seguridad social.
Buenos días:
En mi caso estoy trabajando con un contrato relevo a jornada completa, y la persona a la que estoy relevando cobra todavía de la empresa un porcentaje hasta que llegue su jubilación.
Por lo que he podido comprobar, mi salario es casi la mitad del que él cobraba en activo.
A mí me contrataron por el que me corresponde en categoría, sin ningún complemento de nada y aunque no tengo antigüedad en esta empresa, he desempeñado este trabajo desde hace 30 años en otra empresa similar, con las mismas funciones, con lo que tengo experiencia demostrada.
¿Tengo algún derecho legal a una subida alegando el sueldo de mi predecesor, o por ejemplo, poder reclamar ese porcentaje que todavía cobra él en el momento de su jubilación definitiva? ¿O sería una negociación particular?
Muchas gracias
Tiene que pagarte por convenio, y que las base de cotización sea por lo menos el 65% de la base que tenía su predecesor, más allá por lo que comentas no puedes reclamar nada,
Buenas tardes.Tengo un contrato de relevo que empecé en abril de 2016 y finaliza en febrero de 2019.
Hablé con uno del comité de la empresa y me dijo que por ley la empresa automáticamente me cesa.Mi pregunta es si eso es cierto o me puedo quedar trabajando con otro tipo de contrato,por cierto,al compañero que estoy sustituyendo se jubila ya definitivamente trabajando unos días que le quedan ahora en enero.
Pueden hacerte otro contrato si tienen causa para ello.
Ok gracias,el problema es que han abierto una bolsa de empleo y yo he quedado el tercero.Me temo que ahora cuando me cumpla el contrato llamen al primero de la bolsa…¿puede que sea así? Un saludo y gracias.
Buenas tardes, tengo un contrato de relevo indefinido en el cual el trabajador al que sustituyo se jubilara totalmente en tres meses. Tengo entendido que la empresa debe mantenerme al menos 2 años más, es correcto? Hay alguna forma de saltarse esa norma, por ejemplo poner a otro trabajador que ya está en plantilla por mi?
Si el contrato de relevo es indefinido, la relación continua después de que el trabajador se jubile. En caso de que no cumpla esos dos años que indicas, tendría que hacer otro contrato de relevo a otro trabajador.
Buenas tardes,
He visto varios comentarios preguntando sobre las vacaciones, no entiendo a qué te refieres si se «acumula», te refieres a realizar el periodo de jubilación concentrado en un año?
gracias!!
Efectivamente, hablo más sobre esto en esta entrada.
buenas la empresa me plante, en diciembre me acojo al contrato relevo,la empresa me plantea que el tiempo de trabajo , que es un 25%, sea todo seguido, mientras que mi propuesta es hacer cada año ese 25 % hasta que cumpla los 65 años, puede la empresa obligarme hacerlo todo seguido?
habría que ver que es lo que dice el convenio, pero la legislación, no establece quien a priori tiene preferencia, os tenéis que poner de acuerdo.
La Administración Pública donde trabajo, ¿Puede realizar un contrato de trabajo de relevo para un grupo o categoría profesional 2, cuando la personal que se jubila parcialmente pertenece al grupo 4?, ¿Aun teniendo este trabajador una encomienda de trabajos de superior categoría desde hace años?.
Gracias.
Lo importante es que haya equivalencia en las bases de cotización.
Hola.
Uno de los requisitos para optar a la jubilación anticipada es tener contrato a jornada completa, vale…., pero si yo tengo media jornada en una empresa por la mañana y media jornada en otra por la tarde, haciendo asi el computo como una jornada completa, y así durante mas de 33 años (el resto de requisitos de tiempo etc los cumplo..), ¿puedo solicitar la jubilación anticipada..? supongo que el resto de requisitos se deban de dar en ambas empresas, es decir ambas deben estar de acuerdo en aceptarlo y ambas deban de contratar a un relevista por mi.. ¿ es asi o estoy equivocado y no se pueden tratar dos «medias jornadas» como una jornada completa..?.
Gracias.
Entiendo que no se tendría derecho.
Buenas, he estado trabajando en el ayuntamiento con un contrato de relevo durante 1 año y cobrando la mitad del sueldo, ha pasado el año y el hombre al que le hacia el relevo ya se ha jubilado y a mi me han echado a la calle, esto es legal ya que estaba substituyendo a este hombre para entrar yo después en su sitio. Gracias
Sí, puede ser correcto. El contrato de relevo es un contrato temporal.
Hola, buenos días…
Mi pregunta es la siguiente…
Quedé seleccionado en una entrevista para trabajar como técnico de mantenimiento y me indicaron que me iban a hacer un contrato por 6 meses como prueba y luego de dar resultados me pasaban a trabajar indefinido y que mi sueldo sería para comenzar de 1300 euros mensuales y que con el tiempo el máximo sería de 2400 euros.
Resulta que me llaman y me dice la persona que me entrevisto, que hubo un cambio y que mi contrato iba a ser a ahora de tres meses y que igualmente si yo dada buenos resultados quedaría fijo y que sali beneficiado porque iba a salir una persona para jubilarse y que me iban a pagar el máximo de 2400 euros entrando ya que esta persona se iba a prejubilar…
Esto es cierto???
Porque parece mucha casualidad o suerte…
Gracias!
Si la empresa te indica eso, no veo por que no puede ser.
Buenas tardes, Estoy apunto de coger una Jubilación por sustitución del 50% de la jornada anual, pero me surgen algunas dudas, aunque la información que me han facilitado en la SS, creo que ha sido muy correcta, pero no me dicen que pagaré de IRPF, tanto de la parte de la jubilación de la SS, con una base de 2185€ y por parte de la empresa con la base de cotización de 1300€ x 1 mensualidades, podría usted orientarme en esta tema?
La otra duda que me surge es, como se estipula el calendario a trabajar esa jornada del 50%, negociación con la empresa, lo decide la empresa o el trabajador?
Espero me pueda orientar
Gracias por su atención
Normalmente se decide por acuerdo, el IRPF depende de las características de cada trabajador así que no puedo ayudarte, hablalo con la empresa.
Buenos días, con el debido respeto paso a comentarles mi caso. Soy trabajador de una empresa en la que llevo 30 años. Cumplo 62 años en Enero de 2.019. Tengo más de 35 años cotizados. Pretendo una jubilación parcial, al 25%. Con la empresa, en principio no habría problema, el problema radica en que el sueldo y cotización del relevista.
Mi base de contización es la máxima. Mi sueldo esta compuesto de un fijo más un porcentaje. El sueldo del relevista cuanto tendría que ser?. Tendría que tenerse en cuenta mi porcentaje?
Tiene que haber una correlación en las bases, lo que implica que tiene que tener el mismo salario en el porcentaje de jornada.
Se puede, pero tendrás que estar unos días apuntados en el desempleo.
Hola, tengo actualmente un contrato de relevo. Me podrían hacer otro contrato de relevo al finalizar este, o no se puede realizar esta acción? Espero salir de dudas! Gracias.
Se puede, pero tendrás que estar unos días apuntados en el desempleo por el medio.
Buenos dias. Actualmente tengo un contrato de relevo al 75% que inicié en abril de 2018 y que finaliza en el año 2021. Ha surgido una oferta de trabajo en la misma empresa en la que actualmente tengo mi contrato de relevo, para cubrir otro contrato de relevo al 75% pero en una categoría superior y con fecha de fin para el 2022. ¿Podría presentarme a esta nueva oferta estando actualmente con un contrato de relevo y renunciar a mi contrato de relevo actual llegado en caso de ser seleccionado? Sigo apuntado en el desempleo como mejora de empleo, y he realizado mi demanda e inscripción a dicha oferta por este servicio de empleo, ya que se publicó la oferta por esta vía. Gracias por su atención.
En mi opinión no podrías, tendrías que hacer baja voluntaria estar un día en el desempleo y después optar por el.
Deben pasar al menos 6 meses desde que finalizó tu última relación con la empresa para no tener problemas con el contrato de relevo. Hemos tenido un caso de una chica que trabajó en verano unos días, se dio de baja voluntaria por un asunto personal y nos interesaba para un contrato de relevo. Desde la administración nos han exigido que pase un mínimo de 6 meses para no tener problemas.
Buenos dias.
Mi consulta es porque yo firmé contrato relevo al 75% de las horas,pero el relevado al final hizo las horas seguidas,es decir,no hizo el 25% en el transcurso de los 3 años y 9 meses que yo firmé para suplirlo.Me comentaron en la empresa que era legl,pero no lo ví claro porque entonces yo durante 3 años no he echo el 75% de la jornada sino el 100%…
Finlizado mi contrato la empresa me presenta una propuesta de renovación del total de la jornada(hacer 11 horas más semanales)por el mismo sueldo que tenía con el contrato de relevo(75% y hacía 29h semanales)….con casi 40 años y un niño pequeño firmé presionado pero me parece que me han tomado el pelo….
Es legal esto que me han echo?Vale la pena denunciarlo?pueden ofrecerme el mismo salario por una renoación de 11 horas más semanales?además que antes éramos 4 conserjes y hemos pasado a 2 con el aumento de trabajo que supone…
Te agradecería una respuesta pòr si puedo tomar cartas en el asunto…Firmé renovación el 29 de junio de 2018….
Gracias de antemano y saludos.
En relación a este nuevo contrato habría que mirar si se respeta el salario según el convenio colectivo.
hola, mi contrato de relevo eventual de 4 años termina em febrero de 2020, ¿que posibilidades tiene la empresa de hacer conmigo? me tienen que hacer indefinido, o pueden seguir haciéndome contratos eventuales, ¿tengo que coger el paro un mínimo de tiempo en alguna de esas dos opciones?
Puede hacer un contrato temporal en función de la necesidad de la empresa, sin que sea necesario que te apuntes al paro.
Buenas noches,
Actualmente estoy trabajando a través de una ETT mediante un contrato eventual. La empresa usuaria tiene intención de prejubilar a un compañero de mi departamento y sustituirle a través de un contrato de relevo.
Mi pregunta es, en mi condición actual(contrato de puesta a disposición), ¿sería elegible para ocupar su puesto como relevista?
Sé que el ET dicta lo siguiente
«Se celebrará con un trabajador en situación de desempleo o que tuviese concertado con la empresa un contrato de duración determinada.»
¿Mi caso entraría dentro del segundo supuesto o por el contrario soy considerado como un trabajador externo a estos efectos?
Un saludo
Desconozco jurisprudencia en este caso tan concreto, aunque en mi opinión sí que estarías en situación de optar a dicho puesto.
Hola, mi contrato de trabajo finaliza a primeros del año que viene y me informado que una empresa te tiene que hacer fijo si en un periodo de 30 meses, llevas contratado mas de 2 años de forma temporal. Actualmente estoy con un contrato de relevo y anteriormente me hicieron dos contratos temporales de 6 meses que me lo cambiaron por este ultimo, el de relevo. Como se debería proceder ante este caso? Saludos y muchos gracias por esta buena labor que haces con este blog tan completo.
El contrato de relevo no entra para el cómputo del límite de 24 meses en un periodo de 30, sólo cuentan los contratos de obra y servicio y los eventuales por circunstancias de la producción.
Hola, buenas tardes
Una duda, este mes tengo que firmar el contrato relevo con mi empresa. Llevo en la empresa 26 años. actualmente estoy de baja(llevo 8 meses), mi duda. Puedo firmar el contrato de relevo estando de baja? o tengo que coger el alta medica para firmar el contrato relevo? Una vez firmado el contrato puedo coger la baja de nuevo? En principio no iba a coger el alta, pero si no puedo firmar el contrato, tendria que cogerla, a mi pesar, no quiero perder la opcion de acogerme al contrato relevo.
Gracias
¿que tipo de contrato tienes? si no es de duración determinada, tendrías que estar un día en el desempleo.
Por otra parte para tramitar la conversión, si tienes un contrato de duración determinada no hace falta estar de alta,, asi que depende el tipo de contrato que tengas tendrás que tramitar el alta o no.
Imagino que eres el relevista. La Seguridad Social esta poniendo pegas si se hace un contrato relevo estando de IT. Mi consejo es que cojas un día de alta y al siguiente de la firma cojas la baja. Esta es un cuestión qeu según sea el Director General de la S.Social lanza una directriz a todas las oficinas de la S.Social y las pegas le toca sufrirlas el ciudadano.
Gracias, yo soy el que se acoge al contrato relevo, tengo 61 años, tengo la baja hasta el 18 de octubre. La empresa en un principio me dijo que no me podia firmar el contrato relevo estando de baja, pero al siguiente dia me llama y me dice que me esta preparando los papeles, que los vaya a recoger mañana y los lleve al INSS, no entiendo. Entonces a la empresa le da igual, la que pone pegas es la S. Social? y se puede hacer eso de coger un dia el alta, firmar en la SSocial y volver a coger la baja? No pondran pegas? a mi me queda todavia disfrutar del mes de vacaciones. Si la SSocial pone pegas, tambien podria coger el mes, o 15 dias de vacaciones, firmar y volver a coger la baja? es un lio, luego esta que. Medico acepte. Mi historial medico. Es largo, con decirte que en estos 8 meses de baja, no me ha llamado nadie de la SSocial, inspeccion, etc, cuando a los 15 dias normalmente ya estan llamando para que vayas a reconocimiento.
Bueno, veremos a ver. Gracias de todas formas, un saludo
Buenas noches:mi pregunta es,una trabajadora ,jubilada parcial con contrato de relevo ,que causara baja x enfermedad durante el tiempo que tiene que trabajar, tiene que recuperar esos días de baja???,gracias x su respuesta
En mi opinión, no.
Buenas tardes, mi pregunta es la siguiente….se puede convertir un contrato de relevo temporal en indefinido antes de la fecha de vencimiento de la jubilación ??? Me termina el contrato de relevo en 2 años, podría la empresa hacerme indefinido ya? Mi jornada es del 75% y el prejubilado 25%
Siempre tiene que mantener un contrato de relevo, si te modifica el contrato de relevo, tendría que contratar a otro. Pero sí que puede.
La intención sería seguir con el contrato de relevo con la misma persona pero de forma indefinida, en lugar de temporal….
Es viable???puede modificarse fecha contrato antes del vencimiento???por cuestiones internas de la empresa quieren hacerme indefinida antes del vencimiento de la jubilación de la otra persona. Muchad Gracias de antemano. Espero su respuesta.
Entiendo que no habría problema de pasar el contrato a relevo indefinido.
hola, yo en Noviembre del 2019, cumplo 61 años, y pertenezco al convenio del transporte de mercancias por carretera, me puedo prejubilar a los 61 años justos..o debo esperar mas?
Se necesitan más datos, aquí puedes encontrar más información
Hola,
Pongamos de ejemplo una empresa con un jefe de almacén que quiere acogerse a la jubilación por relevo, en la misma empresa hay mozos de almacén y mozos cualificados con años de experiencia en la empresa ¿podría sustituirle uno de estos mozos subiendo al nivel de jefe de almacén o debe ser alguien ajeno y que se encuentre en paro?.
Gracias
Alguien ajeno o con un contrato temporal (de obra o eventual) en la empresa.
Hola,
Estoy en una bolsa de la Comunidad de Madrid, me han ofrecido un contrato de estatutaria de una prejubilación al 50%, me obligan a estar en el paro.En el caso de que no lo estuviera, ¿podrían echarme de la bolsa de empleo?
También me obligan a hacer 4 horas al día, en vez de hacer 8, y completar de igual forma las horas mensuales. ¿Pueden obligarme a ello?
muchas gracias
Si no estás anotada en el paro no te pueden hacer ese contrato de relevo. No se a que te refieres con lo de complementar.
buenos dias, he hecho una entrevista para ocupar una plaza de relevista, para la cual (en caso de que me cogiesen) tendría que estar en el paro para poder aceptar, actualmente mi empresa no me despediria y tendría que cursar baja voluntaria, ¿podria entonces apuntarme al paro para poder optar a este contrato? se que no puedo optar a una ayuda con baja voluntaria pero no se si puedo apuntarme.
Muchas gracias
Sí, puedes.
Hola, buenos días.
Me han hecho un contrato de relevo a jornada completa para sustituir a una persona que se ha prejubilado y solo tiene que hacer un 25 % de jornada. Mi problema es que en el contrato me han puesto un sueldo, pero a la hora de la verdad, me pagan 600 € menos. Cuando reclamé (dos meses después) me han dicho que se habían equivocado, pero no me lo creo y tampoco me comunicaron que había habido un error.
Mi pregunta es: ¿tengo que aguantarme cobrando casi la mitad de lo que cobraba la persona a la que estoy relevando, cuando además en mi contrato pone una cantidad superior y está firmado por la empresa? Y ¿cuánto tiempo tengo para reclamar?, porque me temo que me despidan si reclamo.
Muchas gracias
Tienes que cobrar el salario pactado, que no tiene por que ser el que cobraba la persona que sustituías. Tienes un año para reclamar.
Si se hace una jubilación con contrato de relevo, el que se jubila parcialmente por que base de cotización cotiza?, por la del % de jornada real que haga o en 2018 el 75% de la que le correspondería de seguir trabajando a jornada completa?
Buenas! Le expongo una duda:
Si un trabajador con contrato de relevo (relevista) pide una excedencia voluntaria que acaba antes de la jubilación total, ¿como puedo sustituir al trabajador? ¿Con otro nuevo relevista? ¿Qué pasaría con el segundo relevista en caso de que el primero decida volver? Muchas gracias
Contratas a otro relevista, si solicita reingreso el primer relevista no tendrá derecho ya que la excedencia voluntaria no te guarda el puesto de trabajo.
Este tipo de contrato los de relevo suelen ser contratos que pasan a indefinido a regla general en todas las empresas?
no
Entre a trabajar en 2016 a una empresa con un contrato de 6 meses y me lo cambiaron por uno de relevo, cuando finalice el contrato en 2019, sino me hacen indefinido que otros tipos de contratos me pueden ofrecer? Me gustaría saber los tipos de contratos posibles para informarme de cada uno de ellos. Gracias.
Según la necesidad de la empresa, podría hacerte cualquier contrato, eventual, de obra o interinidad.
Buenas tardes, trabajo en unos grandes almacenes como relevista desde hace 3 años, ahora que voy a entrar en el cuarto, me comunican que se ven obligados a ampliar mi jornada laboral al 100 por 100 ( -ya que hasta ahora a sido del 92,5) y que junto a este condicionante, se ven obligados a sustituir mi turnicidad por un turno fijo de tardes. Yo quisiera saber si estoy forzada a firmar estas condiciones o si puedo forzar la continuidad de mi contrato firmado de inicio hasta su fecha fin. Gracias de antemano
Se trata de una modificación sustancial de las condiciones de trabajo y cómo tal, si no estás conforme puedes solicitar la extinción de la relación laboral, pero no puedes oponerte a la medida.
Hola Alejandro, felicidades por este magnifico blog que tantas primeras dudas resuelve. En mi caso estamos estudiando con la empresa la posibilidad de una prejubilacion anticipada parcial al 50% para el 30 de diciembre de 2018. Tenemos claro que hay que hacer un contrato de relevo, con jornada tambien al 50 % y de duración mínima hasta que se cumpla mi edad legat de jubilación.En diciembre me faltaran 3 meses para cumplir los 64 añosd
Las dudas son: A partir del 1 enero 2019, yo percibria el 100*100 de la pensión que me corresponderia al jubilarme a mi edad legal ? Que proporción corresponde liquidar a la empresa y qual a la SS ?
El contrato de relevo tendria que percibir el mismo sueldo que percibo yo actualmente ( la parte proporcional, se entiende, el 50%) ?
Significaria algun sobre coste para la empresa ? En caso afirmativo, qual ??
Muchas gràcias !
Josep
El coste que supone la empresa es en cuanto a la base que tiene que tener el relevista, pero no tiene que tener el mismo salario. Si tienes un contrato de relevo al 50% la empresa te paga el 50% del salario y la SS el 50% de la jubilación. Pero una vez te jubiles cobrarás el 100%.
Hola de nuevo Alejandro
Siguiendo el hilo de la anterior consulta y esperando no hacerme demasiado pesado, te he de decir que la empresa me ha denegado la jubilacion parcial al 50 % porque dice que SI que tiene un coste extra, a parte del salario que percibo, que como bien me explicaste, se repartiria entre yo y el relevista. No sé si me toman el pelo o si realmente estos és así. (Calcularon el coste extra durante el próximo año, en unos 2700 euros). Me lo puedes aclarar
Muchas gràcias
Como te indique lo que tienen que respetar en parte son las cotizaciones a la Seguridad Social, y puede que quieran pagar menos al nuevo empleado, pero tendrán que respetar un porcentaje de tu base.
Primero de todo, MIL GRACIAS por tu ayuda.
Mi consulta es:
Trabajador jubilado a tiempo parcial, 75% de la jornada. Se jubila en Abril de 2017.
Se había contratado a un relevista, debería haber permanecido a la empresa hasta abril de 2019. Pero por error en la empresa, cuando el trabajador se fue voluntariamente en octubre de 2017, no se le sustituyó por otro.
He estado viendo que si se incumple hay que pagar la prestación de jubilación desde el cese del relevista hasta la jubilación del jubilado. PERO este caso es peculiar porque el jubilado ya se jubiló al 100% con 65 años en abril de 2017. Pero la empresa ha incumplido en octubre de 2017
¿Qué consecuencias puede tener? ¿Si ahora se contrata a otro y se hace constar ahora el relevo, solucionamos algo? ¿El INSS controla esto mucho, una vez jubilado el anterior trabajador?
Muchas gracias.
Como comentas, es un caso peculiar, que tendría que revisar jurisprudencia. No te podría dar una respuesta.
Buenos días,
Desde 1974 que comencé a trabajar, con 34 años cotizados ahora quisiera poder acogerme a la jubilación parcial y que la empresa contratara a una persona relevista. Esto se puede hacer?
Gracias.
La empresa no está obligada salvo que se hubiera acordado en el convenio.
Pero habiendo comenzado mi primer contrato en 1974, si la empresa esta de acuerdo, se puede solicitar la jubilación parcial?
Había oído que el primer contrato tenía que iniciarse antes de esa fecha en la que yo comencé a trabajar, esa es mi duda.
Gracias por su respuesta.
Si tienes los años cotizados, se puede.
Hola buenas,
Mi caso es un poco atípico, a ver si puedes ayudarme. Existe alguna cláusula que estipule tiempo mínimo para estar en el paro? Lo pregunto porque me han llamado de un colegio para un contrato de relevo y no sé si me podrán contratar. Mi situación:
– Estoy apuntada al paro desde hace más de 3 meses, pero la semana pasada me marché con mi pareja a EE.UU. durante más de 15 días, así que me suspendieron la ayuda. No sé si esto significa que tampoco estoy en el paro, y por tanto, no puedo demostrar mi situación de desempleo durante este tiempo. Vuelvo una semana antes de firmar el contrato. Si no hay tiempo mínimo de situación de desempleo, no tendría problema, pero si hay tiempo mínimo no sé si me podrían contratar. Podrías ayudarme?
No hay tiempo mínimo.
Hola!!! Empecé un contrato de relevo en diciembre del 2013 en enseñanza concertada, con un 72,5% de la jornada. Al cabo de los 2 años, me aumentaron la jornada al 100%, en diciembre del 2017, año en q finalizó mi contrato de relevo, me renovaron hasta el 31 de agosto del 2018 tambien con jornada completa. En esa fecha, me hanharenovaran comunicado me renovaran con una reduccion de un quinto de la jornada hasta agosto del 2019. Me dicen mi contrato se ira renovando dos tres veces, segun marca la ley hasta hacerme indefinida. Esto es asi?? Cuenta como renovacion la de diciembre del 2018??
Millones de gracias
Habría que nuevos contratos te han realizado y cual es la causa de cada uno.
Contrato de obra o servicio a tiempo completo
Muchas gracias por todo
Estarán tres años con un contrato de obra, que puede que sea la duración máxima de dicho contrato y luego te harán indefinida. Seguramente ese contrato de obra esta en fraude de ley, pero si al final te hacen indefinida no tiene mucha repercusión. Si te extinguen el contrato de obra y no te hacen indefinida, demanda por despido.
Hola: Mi nombre es Paula.
Tengo firmado un contrato de relevo con la Consejería de Educación de la Junta de Andalucía al 50% de jornada.
– Es cierto que no puedo estar dada de alta como autónomo en simultáneo?
– Me dicen que solo tengo derecho a 15 días de vacaciones?
Gracias anticipadas.
30 días de vacaciones. Para firmar un contrato de relevo tienes que estar desempleada. Aunque luego nada impide que te desde de alta en autónomos, salvo que exista algún tipo de incompatibilidad desde un punto de vista administrativa.
Buenos dias
Mir pregunta es si se puede utilizar un contrato de obra o servicio para transformar en indefinido de relevo.
En la legislación he leido que se puede realizar con un contrato temporal en vigor, pero como el contrato de obra no tiene fecha de finalización no se si es posible transformarlo en contrato de relevo
Gracias
En mi opinión si.
Buenos días.
El pasado día 22 de junio, termino mi contrato relevo en la empresa donde trabajaba por jubilación, he estado al 25% de jornada el resto pensionista hasta aquí todo correcto.
Mi pregunta es si tengo derecho a una liquidación (finiquito) por termino de contrato donde se me incluya la parte proporcional de las pagas extras, mi empresa se ha limitado a pagarme los 22 días del mes de junio y creo que me corresponde como cualquier finalización de contrato aunque sea por jubilación.
Gracias
Efectivamente te corresponde finiquito.
Inicié contrato de relevo en septiembre del 17 a jornada completa y de duración 3 años( hasta q se jubile a quien relevo). En enero nos subroga otra empresa con otro convenio. Mi pregunta es: tengo derecho a cambiar de convenio( el nuevo tiene mejores condiciones economicas) como han hecho otros compañeros. A mi me dicen q no hay nada que hacer. Hay alguna forma legal?
Si pasan a unos compañeros, salvo que exista una justa causa, deberían también hacerlo en tu caso, ya que atenta contra el principio de igualdad.
Buenos días,
tengo un contrato de relevo a tiempo parcial que finaliza el 7 de noviembre por la jubilación definitiva del profesor con quien comparto horario que está en jubilación parcial. Mi convenio es el de Enseñanza privada sostenidad total o parcialmente con fondos públicos.
Mi pregunta es si la empresa me podría hacer un contrato indefinido a partir del 8 de noviembre, directamente, sin pasar por un proceso de selección de profesores. Tanto al instituto como a mí nos interesa que me quede de manera indefinida.
Si no, ¿me podría hacer un contrato de duración determinada hasta el final del curso escolar? Muchas gracias
Habría que mirar el convenio, pero creo que no existe ningún impedimento para que te haga un contrato indefinido o temporal si tiene causa para ello.
Buenos días , el trabajador relevista podría ser un trabjador fijo discontinuo de la misma empresa ?
No, no podría.
Hola Alejandro!
Podría el fijo discontinuo escindir su contrato para luego celebrar a los días un contrato de relevo? O se consideraría fraude de ley?
Muchísimas gracias por tus aportes
Hola! Tengo firmado un contrato de relevo . Ahora yo no se si el contrato acaba cuando la senora se jubile dentro de 4 anos o podre seguir teniendo el puesto porque es un contrato indefinido. Y que pasaria por ej si durante estos cuatro anos me quedare embarazada? Gracias y espero su respuesta!
Si el contrato es indefinido, luego sigues en la empresa. Si te quedas embarazada, tendrás derecho a todos los permisos como cualquier otra trabajadora.
Si llegado el momento, el año próximo,mi empresa accede a concederme una jubilación parcial con un contrato de relevo por parte de otra persona, yo seguiría cobrando lo mismo? Es decir la empresa pagaría una parte y la administración el resto? O el total del mes sería distinto al de ahora? Gracias
Puede que la cuantía sea inferior, ya que cobrarías parte de salario y parte de jubilación, y a lo mejor la jubilación es inferior al salario.
Buenos días: Trabajo para una empresa que gestiona varios centros de residencias etc .Estoy haciendo un contrato de relevo desde el 01/01/2017 al 19/12/2019.
Tenemos una compañera de otro centro a la que la empresa la contrato primero para un centro, (por promocion interna)y despues la han puesto a cubrir las vacaciones de ambos centros e integrarla en los turnos de trabajo de ambos centros(para no tener que despedirla,pues en su centro se ha eliminado el turno de noche y ella es la que menos tiempo lleva en el puesto de ambos centros),,,en su contrato aparece como trabajadora de los dos centros, yo llevo mas tiempo en el puesto, pero ella lleva más tiempo en la empresa,pero vamos a seguir necesitando a alguien que cubra las vacaciones y bajas..Cuando acabe mi contrato de relevo es posible que cuenten conmigo para seguir en este puesto? o es probable que prescindan de mi.
Gracias por su atención
Depende de lo que ellos quieran, pueden contar contigo.
Gracias por tu pronta respuesta. .
Buenas tardes, en 3 semanas cumpliré 64 años y quiero jubilarme ya. Tengo cotizados más de 43 años y en la SS.SS no me han puesto ningún problema y ya me han informado de lo que cobraría.
Mi pregunta es si debo avisar a la empresa con un tiempo de antelación y si ésta está obligada a contratar a otro trabajador en mi lugar?
Me toca finiquito?
Muchas gracias.
Si no se trata de una jubilación parcial, la empresa no tiene que contratar a nadie para sustituirte. Si se trata de una jubilación parcial sí, la empresa tendrá que contratar a alguien, además de que no estarán obligados a hacer la jubilación parcial si no se ha acordado en el convenio. Sí, te corresponde finiquito con las vacaciones generadas y no disfrutadas así como la parte proporcional de las pagas extras, además de una indemnización si así lo recoge el convenio.
Me van a hacer un contrato de relevo, indefinido y a jornada completa.
El relevado tiene una categoria superior al relevista pero en el contrato no la igualan pese a desempeñar la misma labor en el mismo puesto de trabajo.
Es legal esto?
Podría ser correcto, lo que se exige es la existencia de una correspondencia entre las bases de cotización de ambos, de modo que la correspondiente al trabajador relevista no puede ser inferior al 65% del promedio de las bases de cotización correspondientes a los 6 últimos meses del período de base reguladora de la pensión de jubilación parcial.
Lo que me comentas es totalmente correcto pero solo es aplicable cuando el puesto de trabajo no tiene relacion alguna entre el relevista y el relevado. Y yo tengo el mismo
Poner en una u otro grupo profesional, depende del convenio colectivo, que es el que determina que tipo de funciones realiza cada grupo profesional, por lo tanto, habrá que revisar el convenio, pero en mi opinión, no por ser un contrato de relevo tiene que ser el mismo.
Buenos días. En el año 2016 me hicieron un contrato relevo indefinido. Ya llevo dos años con él y quedarían dos años para la jubilación total de la persona a la que relevo. Mi pregunta es, en caso de ERE, ¿podrían despedirme? ¿qué pasaría con la compañera a la que relevo? Gracias.
Entiendo que si que podrían despedirte por un ERE, si despiden al otro trabajador.
Buenos días,
Me contrataron para 2 años como Relevista en un concertado.Ahora van a rescindir mi contrato para el.curso próximo por un imprevisto , «restructuración de la plantilla». ¿Esto es legal?; ¿Deben darme una solución? (La indemnización es irrisoria)
Gracias
Tienen que abonarte la indemnización correspondiente que depende del tiempo que lleves trabajando, por ello la indemnización seguramente será pequeña.
Hola, empeze a trabajar para una empresa en 2016 con un contrato de duracion determinada al cabo de 6 meses me hicieron otro de 6 pero al mes me lo cambiaron por uno de relevo que me finaliza en marzo de 2019. Mi convenio colectivo estatal es el de grandes almacenes( estatuto 12.6 de los trabajadores) Es posible que me hagan fijo? Si llevo mas de 3 años en la empresa me tienen que hacer fijo? En caso contrario de que no me hicieran fijo puedo seguir con otro tipo de contrato mas tiempo? Un saludo y gracias.
Si, si el contrato de relevo no es indefinido, podrían hacerte uno de interinidad por ejemplo.
Buenas tardes,
Tengo un contrato de relevo que finaliza proximamente ya que la señora con la que comparto la jornada se jubila completamente al cumplir 64.
Me han confirmado que, inmediatamente después de esto, me harían un contrato de un año a jornada completa para una vez acabara éste, dicho puesto lo desempeñaría otra compañera al tener preferencia por antiguedad.
Podríais decirme si me corresponde finiquito entre un contrato y otro, es decir, cuando finalice el contrato de relevo? Estoy obligada a aceptar el segundo contrato para poder optar al finiquito? Alguna sugerencia?
Gracias de antemano
No estás obligada a aceptar otro contrato. En mi opinión, tienes derecho a la indemnización de fin de contrato.
¿me podrías aconsejar? mi contrato de relevo termina el año que viene pero el profesor que tiene el 25% le han concedido la jubilacion a finales de este mes. La empresa me comunica que mi contrato termina y a la calle. ¿tengo derecho a reclamar el año que me queda? o al ser relevista a tiempo parcial no tengo derecho? gracias
Tengo mis dudas podrás demandar por despido improcedente en todo caso, pero no reclamar el año que queda de contrato.
Buenas tardes.
Lo primero gracias por tu Blog.
Tengo la siguiente cuestión:
Soy relevista en un contrato de relevo indefinido. La persona a la que sustituyo está en otro centro de trabajo, en una localidad diferente. Nos regimos por diferentes convenios colectivos y mi me gustaría pertenecer al suyo porque tiene más ventajas. ¿Es posible? ¿qué me recomiendas?
Muchas gracias y saludos
Cada trabajador se tiene que regir por el convenio colectivo que esté dentro de su ámbito de aplicación, es decir, no es disponible por las partes la aplicación del convenio colectivo.
Buenas tardes; actualmente estoy enbun empresa con un contrato de relevo, si quisiera cambiar de empresa, me poderia cambiar o estaria vinculado obligatorio a la empresa actual hasta la finalizacion del contrato de relevo.
Muchas gracias
Te podrías cambiar como con cualquier otro contrato, lo único que tienes que hacer es respetar el preaviso acordado, y en caso de que no lo respetes esos días se te descontarán del finiquito.
Hola, hay alguna diferencia en cuanto a ventajas para el trabajador entre un contrato de relevo y uno indefinido? Voy a empezar a trabajar en una empresa en la que me han pedido hacerme un contrato de relevo en vez de indefinido porque les viene mejor pero no sé si tengo alguna desventaja por aceptarlo.
Muchas gracias de antemano.
El contrato de relevo puede ser indefinido o temporal, entiendo que en este caso te están diciendo que te van a hacer uno temporal.
La diferencia es que en el contrato indefinido,no hay fecha fin prevista del mismo, y en el contrato de relevo el contrato finaliza cuando la persona a la que estás relevando acceda a la jubilación.
En principio es mejor un contrato indefinido, pero teniendo en cuenta que no hay limitación alguna a despedir en la mayor parte de los casos, sólo pagar una indemnización, tampoco me preocuparía demasiado.
Hola…tengo 61 años y voy a acceder a un contrato de relevo 15% de jornada.
La parte proporcional hasta los 65 años se va a hacer de seguido a la fecha del contrato de relevo.
Mi pregunta es …¿tengo que descontar las vacaciones de los 4 años que faltan para los 65 años?
Gracias
En mi opinión, sí. Si vas a acumularlo, no tendrías derecho a los 30 días, ya que algunos de los días irían dentro del periodo acumulado.
Gracias por la rapida respuesta….pero Esos 4 años que faltan no tienen vacaciones para descontar ?
Un saludo alejandro
Compatibilizas parte de la jornada con la jubilación, generas vacaciones durante la jornada de trabajo. Si no lo acumulas, tienes derecho a 30 días de vacaciones, pero si lo acumulas, deberás disfrutar la parte proporcional de las vacaciones, a que de otro modo, disfrutarías más vacaciones de las que te corresponden.
Buenos días.
Hecha la consulta a la Seguridad Social, me comunica que reúno los requisitos para acceder a la jubilación parcial a partir del 11/04/2018. Mis dos consultas son las siguientes:
1.- Mi intención es de jubilarme parcialmente al 25%, es decir trabajaría un 75%. Con esta reducción mi base de cotización no se vería reducida en nada ya que, aun reduciendo mi sueldo en un 25%, estoy por encima del máximo de cotización.¿ Al hacer un contrato a un relevista cuanto seria la base de cotización de este?, ya que por mi seguiría cotizándose lo mismo, es decir no habría reducción de cobro por parte de la SS.
2.- ¿Las pagas extraordinarias y las vacaciones se veria reducidas en un 25%?
Muchas gracias.
Atentamente.
Al acceder a una jubilación parcial se verá reducido en un 25% el salario y las pagas extras. Las vacaciones, depende de como se realice esa jubilación parcial, si se acumula o no, pero, en principio, se mantiene el número de días de vacaciones al que se tiene derecho.
Buenas tardes, querría preguntarle sobre si puedo acogerme a algo legal por mi situación. Trabajo en un centro concertado desde 2007 y desde esa fecha tuve un contrato de un año(curso2007/08), en 2008 otro contrato de un año que finalizó (curso 2008/09) y tras dos meses de paro en noviembre de 2009 firmé un contrato de relevo hasta 2014, este finalizó y me hicieron otro contrato de relevo hasta julio de 2018. Durante este periodo han ido haciendo fija a gente y a mí no, no sé si tengo prioridad, si deben hacerme indefinido, si puedo hacer algo de manera legal o simplemente resignarme y que vayan haciendo esto hasta los restos o me despidan. Muchas gracias.
Salvo que algún contrato esté mal realizado o se recoja algún derecho en el convenio, no tienes obligación de hacerte indefinido.
Muchas gracias, por su respuesta.
Hola Alejandro
Pues tenemos una legislación laboral muy injusta yo estoy en una situación similar desde 2005 En todo este periodo 14 años y siete meses unos seis meses en el paro en total
57 contratos los 2 últimos de relevo sin derecho a plaza y ya han realizado más de 20 contracciones indefinidas
Siempre soy el eventual que nunca se puede negar a nada por miedo a que no le vuelvan a contratar
Es increíble que la legislación permita estas injusticias
Hola, estoy de relevista en un centro de enseñanza concertada, termino el contrato en noviembre y la persona se jubila totalmente, Es una cooperativa y dentro de dos años se incorporara el hijo del jubilado que es socio de la misma. El colegio quieren que siga yo durante los dos años que quedan para su incorporación . Pueden hacerme un contrato temporal por esa duración? o forzosamente me tendrían que hacer indefinido? Gracias
Depende de la causa que tengan. por lo que indicas debería de ser indefinido.
Ellos no quieren hacer nadie fijo, pero al parecer no pueden hacerme un contrato temporal, a mí me interesa que lo hagan así, porque con mi edad (60años) me vendría bien para cobrar el paro y jubilarme, necesito esos dos años para tener las cotizaciones justas. Gracias
da igual lo que las partes quieran, el contrato es el que es. De todos modos, si a los dos os interesa de esa manera, no hay problema en hacerlo así.
Buenas tardes. Me hicieron un contrato relevo con fecha 1 de enero. La persona a la que relevaba le ha venido denegada la prejubilacion. La empresa me ha cancelado el contrato y quiere que devuelva los dos meses que me han pagado. Es legal.?
Los dos meses que me han pagado son del periodo de inactividad.
En mi opinión, no, no deberías de devolverlos.
Buenas tardes:
Tengo un contrato indefinido, hay un trabajador que va a jubilarse en un 75% de la jornada laboral, ¿podría ser yo el contrato de relevo al ser al 75% la pre jubilación? ¿que ocurriría si me lo hicieran?
Muchísimas gracias
No, tiene que ser temporal o desempleado.
Hola buenas tardes!
Tengo una pregunta, Mira tengo un contrato de relevo de 4 años pero en el contrato pone indefinido con fecha de caducidad hasta mayo del 2022 me pueden hechar si me quedo embarazada dentro del plazo este o que podría pasar ?
Con la persona a quien relevo? Gracias
el embarazo no afecta al contrato, y te podrían despedir si existe causa para ello, pero nunca la causa puede ser el embarazo.
Mi caso es muy similar al tuyo, pero yo tengo otra duda, la persona que estoy cubriendo trabaja un 25% yo trabajo un 100% y lavpregunta es: Una vez llegados al fin de contrato ¿Es posible prorogarlo? ¿Continuar en la empresa sin causar baja obligatoria? Decir que es un contrato dentro de la administración pública.
Hola! Me gustaría que me ayudarás con una duda…un fijo interino puede solicitar un contrato relevo?
Un saludo
No. Desempleado o con contrato temporal.
Hola; Les agradecería que me informasen de mis derechos si es posible. Llevo en una empresa pública con contratos temporales desde hace ya 14 años, los dos últimos siendo contratos relevo, uno de tres años y el siguiente y actual de cuatro años con una diferencia entre ambos de seis meses. Con todos estos años trabajados, podría exigir que me hicieran indefinida? Muchísimas gracias de antemano.
Depende del tipo de contrato.
Hola.
Trabajo en un Servicio de Prevención ajeno , tengo 62 años y reuno los requisitos legales para acogerme a un Contrato de Relevo.
La modalidad de contrato de Relevo figura en el Convenio Estatal.
La empresa se puede negar a subscribirlo.
un saludo
Muchas gracias
Si la empresa ha suscrito un convenio con la seguridad social, tiene que aparecer el nombre del trabajador que se jubila. Si no se ha suscrito, y el convenio obliga a realizar un contrato de relevo y a la jubilación parcial si. Pero por el simple hecho de que el contrato de relevo aparezca en el convenio no quiere decir que la empresa esté obligada.
Hola.
Gracias por dar contestación a mi pregunta.
Abusando de su paciencia mi duda sigue siendo esta : Con el redactado del art 28 del Convenio de los Servicios de Prevención Ajenos, puedo exiguir a mi empresa que acceda a formalizar un contrato de relevo
Artículo 28. Contratos de relevo.
El contrato de relevo previsto en el art. 12 del Estatuto de los Trabajadores se
podrá concertar por tiempo indefinido o bien con duración determinada
mientras dure la situación de jubilación parcial de la persona sustituida.
Muchas gracias por el tiempo dedicado
Reciba un cordial saludo
No, ahí sólo se recoge la regulación del contrato de relevo.
Hola Alejandro.
Deduzco que si la empresa dice que no, sera no. ?
muchas gracias por la rapidez
un saludo
Hola.
Perdón, anttes se me ha olvidado comentar : En caso de que la empresa diga que no, puedo intentar poner una reclamación a Inspección de trabajo ?
muchas gracias
La denuncia en la inspección no va a valer para mucho si la empresa no está obligada a darte ese derecho.
Muchas gracias por el tiempo dedicado.
Un saludo
Hola! Me consulta es que yo hice un contrato de relevo hasta el 8 enero de 2018, pero me aumentaron la jornada a tiempo completo el 9 enero del 2017 ya que mi relevista se acogió a su jubilación con anticipación pero yo todavía figuraba con mi contrato de relevo hasta este 2018 y he firmado un contrato indefinido pero a 23 horas en lugar de las 25h que estaba realizando hasta ese momento… en el contrato que he firmado pone grupo de cotización 200 pero en mi vida laboral que solicito cada cierto tiempo aparece GC 100, que se supone que es a tiempo completo. ¿Como puede haber esa contradicción? Y cual tiene validez? Muchas gracias!
Lo relevante son las horas que realizas. Habría que mirar esos cambios en el contrato.
Muchas gracias Alejandro!
Hola buenas tardes acabo de coger un contrato de prejubilación durante 4 años mi pregunta es puede renunciar a este contrato por una mejora de contrato en diferente categoría pero en la misma empresa
Sí, se puede renunciar.
Buenas tardes,
Actualmente soy el relativista de un contrato de relevo del 75 por ciento, en el otro 25 por ciento que no trabajo he tenido una baja de diez días ¿ tendría 10 días adicionales a los que me corresponde ? gracias.
No, no varia el contrato por estar de baja.
pero el periodo que estoy de baja (con baja oficial ILT o simplemente certificado medico????) ese periodo de 20 días que estoy de baja…………. se para mi periodo de recuperación o ha seguido contando, y cuando llegue a la fecha acordada, me retiro.
No entiendo muy bien a que te refieres.
Buenos días. Cuando hablamos de reducción proporcional, incluimos vacaciones, asuntos propios. .? , o se mantienen los 30 días, 6 asunto propio, canoso. …Estoy en una administración pública.
Lo que se reduce es la jornada de trabajo, y por tanto el salario. Los días de vacaciones no se reducen, lo que se reducirá será el salario que se percibe durante esos días.
¿Pero lo importante no son las horas trabajadas?. En el caso de las vacaciones, por ejemplo, no es lo mismo disfrutarlas en un contrato del 75% si se trabaja durante todo el año que si se tiene concentrado el trabajo en, digamos, 9 meses, como es habitual.
En el primer caso disfrutaría de 22 días de vacaciones, si, pero dejaría de trabajar jornadas de 5 horas (por ejemplo). En el otro disfrutaría de 22 días de vacaciones pero dejaría de trabajar jornadas de 7 horas.
Dicho de otro modo, no serian las mismas horas las efectivamente trabajadas anualmente.
Un saludo y gracias por las aclaraciones
Tienes razón en el caso de que se acumule la jornada. No es lo mismo realizar una jornada parcial de 5 horas a a semana, que una jornada parcial acumulada en 9 meses. Quizás debí ser más preciso en la respuesta.
Buenos días días tengo contrato hasta octubre 2020 que pasaría con mi contrato si el relevado se jubila por emfermedad
Se debe de mantener el contrato de relevo, si se jubila antes.
Gracias alejandro
Entonces si este hombre se jubila antes de tiempo me tienen que respetar el contrato
una pregunta que me surge, si en el casode si acepto la jubilación parcial anticipada del 25% ,si al cabo de un año no quiero seguir trabajando el 25% y me falta 18 meses para jubilacion 100% llegar a los 65 años ,puedo pedir la baja voluntaria, y que consecuencias tendría para trabajador y para empresa, gracias
No conozco un caso similar, pero si firmas una baja voluntaria, no tendrías derecho a la jubilación parcial por lo que se podría considerar como cobro indebido lo que has cobrado de jubilación.
tengo un contrato de relevo que termina en noviembre del 2019 cuando se jubila el trabajador relevado , mi pregunta es ¿puede cambiarme la empresa la fecha de terminación del contrato de relevo por indefinido ?. Gracias
Si, no existe ningún impedimento por el cual la empresa pueda hacerte un contrato indefinido.
Hola.
El 26 de Febrero 2018 finalizó mi contrato de trabajo temporal en una Administración Pública para cubrir como contrato de relevo a tiempo completo desde el 07/07/2014 hasta el 26/02/2018 a un trabajador con una reducción del 75%. Finalizado el contrato me finiquitan sin ningún tipo de indemnización salvo las vacaciones pendientes no disfrutadas.
Es correcto esto?
Al final del contrato no corresponde indemnización?
Te agradecería respuesta. Muchas gracias.
No, te debería de abonar una indemnización de doce días por año trabajado.
Buenas tardes,
¿Cuánto tiempo tendría que estar en situación de desempleo para ser relevista?
Tengo un contrato de sustitución y me han ofrecido un contrato relevo en la administración pública. ¿Podría rechazar hoy mi contrato actual, darme de alta como desempleada y firmar el contrato relevo seguido?
Muchas gracias.
Con un día en el desempleo llega.
Hola, me contrataron para sustituir a la persona que se jubilaba,con un contrato de relevo por 4 años jornada completa .
Pasados 2 años y medio me quieren despedir alegando falta de trabajo.
Mi pregunta es : ¿ tengo derecho a indemnización por incumplimiento de contrato ? Si es así ¿ dé que cuantía ?
¿ Podría reclamar el año y medio faltante de contrato ?
Depende del despido que te realicen, podrás reclamar una indemnización, pero no podrás reclamar el cumplimiento del contrato.
Buenas noches. Tengo un contrato de relevo al 75% de la jornada. El trabajador al que relevo tenia un puesto de responsable y el mio es de encargado(con las mismas funciones). Por convenio me aplican las reglas vigentes anteriores a la ley 27/2011 de 1 de agosto, concretamente RD 1/1994 modif. 05/12/1007. Basándose en esto [apartado e) art.166.2] dicen que mi base de cotización no tiene porqué tener correspondencia con la del trabajador sustituido, puesto que mi trabajo es similar al del trabajador relevado y por ello me pagan menos del 65%. ¿Es esto correcto o deberia mi base ser igual a la del trabajador relevado, al ocupar un puesto similar?
No había contestado antes, por que tendría que revisar la legislación que comentas y no me da tiempo a responder todas las consultas. De todos modos, no tiene que coincidir la base, y la legislación anterior era menos restrictiva que la actual, así que puede ser correcto lo que te indican desde RRHH.
Hola:
Me quedan un par de meses para acabar el contrato de relevo, 75% jornada, a fecha fija de finalización y sin pretensiones de poder seguir. Es por eso que me estoy moviendo, envíando Cv , etc. He ido a una entrevista, había más candidatos pero según me han dicho la incorporación sería inmediata, una semana a lo sumo. Mi pregunta es esta, Alejandro: Si me saliera empleo, sea este o alguno en este plazo que me queda a finalización, sé que tengo que comunicarlo en donde estoy ahora, con quince días de tiempo, pero si me dijera la empresa incorporación , YA, ¿qué ocurre si, por fuerza mayor, digo que en dos días me cambio?
Gracias por la respuesta, a Vd. o algún otro forero si la conoce.
Le podrán descontar del finiquito los días de falta de preaviso, que pueden ser 15 días o lo que indique el convenio colectivo.
No me dí cuenta y pregunté en el hilo de Agf. Disculpas a Agf por mi intromisión.
O sea, pueden descontar. Pero en este caso, la empresa, un ente público no paga vacaciones no disfrutadas, por lo cual, he ido disfrutandolas como he podido. O sea, mi finiquito es del porrateo pagas extras y los 9 dias (uno por mes trabajado)
Mi pregunta es (si me la puede contestar) ¿Podrían cotizarme, a fecha fin de contrato esos dias vacaciones no disfrutados (serían unos 5 -dos meses-??
Y en caso de irme, tal como Vd. me ha respondido, ¿de donde quitarían esos dias de finiquito? (en convenio no viene nada de esto -me rijo por uno de un ayuntamiento-)
Si ve mi mensaje agradecería de nuevo respuesta. Gracias de nuevo.
Los días de vacaciones si que los cotizarían aparte, y se considerarán como días trabajados a efectos de prestación por desempleo, jubilación, etc.
Los días o importes que te tengan que descontar en general, sí que te los descontarán del finiquito, y sino es suficiente podrán reclamarte la diferencia vía judicial.
Muchas gracias por su pronta respuesta.
Muy aclaratoria.
Buenas tardes, me podrías indicar si un trabajador con contrato temporal de obra y servicio a tiempo que pasa ser relevista a tiempo completo de un jubilado parcial…se le debe liquidar el primer contrato? es decir, finiquitar por fin del contrato temporal, pese a que no sea por fin obra?, o, simplemente con cambiarle el tipo de contrato en afiliación de TGSS es suficiente?
Quedo a la espera de su respuesta, muchas gracias de antemano.
Si la modificación viene impuesta por la empresa sí que se debería de finiquitar, por el contrario si es una propuesta de la empresa que ha sido aceptada por el trabajador, entiendo que no.
Muchas gracias por la pronta respuesta. Un saludo
Buenas noches.Tengo un contrato de relevo en uba adminustracion pública.Trabajo la mitad del mes a dias completos.Me dan 11 dias habiles de vacaciones al año.¿Esta bien asi o tendrian que ser 22?Muchas gracias
Voy optar a un contrato relevo con el 85%-15%. Tengo 3 preguntas que estan relacionadas entre si. En la empresa hace mas de 5 años que no tienen convenio, la pregunta es:
Pueden aplicarme el convenio nacional, al no existir convenio regional?
y la segunda: de ser así, es legal tener una tabla salarial diferente al trabajador que se jubila? y por ende una tabla salarial diferente a la de los trabajadores que hay en la empresa, haciendo el mismo trabajo?
Porque la base de cotizacion tiene que ser como minimo el 65% de la base del que se jubila no?
Gracias
Si entras dentro del ámbito de aplicación si que se puede entrar. Si se puede tener una tabla salarial diferente si ahora no existe convenio, ellos tiene ese salario por que en ese momento existe convenio, ahora se considera ese salario como derecho adquirido. Por una cuestión de la Seguridad Social.
Buenos días. En mi empresa, que es una fundación pública, se va a ofrecer un contrato de relevo en administración. El puesto de trabajo a relevar es categoría c1 pero el contrato de relevo es técnico en Gestión de Recursos Humanos con categoría A-2, puesto de trabajo que no existe en la RPT y que no se ha modificado. ¿Esto es legal?
Si es una empresa, entiendo que no es necesario el RPT, que es propias de las administraciones públicas.
Buenos días.
¿Podría el trabajador relevista hacer funciones diferentes al relevado? ¿Podría el trabajador relevista cobrar más que el trabajador relevado?
Si a las dos.
Buenos días. Mi pregunta es la siguiente. Llevo 38 años cotizados. Trabajo en enseñanza concertada. En junio del 2018 cumplo 61. ¿Podría solicitar jubilación anticipada? De ser así, qué % me reducirían?
Sólo una jubilación parcial y si existe acuerdo con la empresa o se ha acordado en el convenio colectivo.
Hola!! una duda. Tengo un contrato relevo en un colegio concertado y cumple en 2020. Cuando me hagan indefinida en el cole ya cobraría mi primer trienio? o sólo cuenta cuando eres indefinido?? Gracias
Si el trienio viene recogido en el convenio colectivo, es independiente que seas indefinida o no, así que cuando tengas tres años de antigüedad tendrás que cobrar el trienio.
Buenos días. Vuelvo a plantear la cuestión pues resultaría muy útil su respuesta. Me han planteado incorporarme a una empresa con contrato de relevo, en jornada completa, por un relevado que se jubila parcialmente al 75%, pero la modalidad de contrato que me ofrecen sería Temporal. ¿Es posible que me hagan un contrato temporal en este caso? Si no he interpretado mal la legislación actual sobre el contrato de relevo, para que el relevado pueda jubilarse parcialmente al 75%, el contrato de relevo que se celebre, es decir, el mío, debería ser indefinido, de forma que entiendo que en la fecha de jubilación total de mi relevado, yo automáticamente continuaría en la empresa como indefinida.¿Lo interpreto bien? Muchas gracias,
El contrato obligatoriamente tiene que ser a jornada completa, e indefinido.
Lo que significa que desde ya es indefinido.
Hola, estaba contratado con un contrato de obra y servicios que finalizaba en marzo. Hoy me han hecho un contrato relevo que finaliza en el 2020 a tiempo completo. Mi pregunta es ¿así no entro directamente en el artículo 15.5 del E.T? en cuanto a concatenación de contratos o tienen un trato diferente los de relevo. La persona a la que relevo reduce la jornada un 75%
no, los contratos de relevo no se tienen en cuenta para el 15.5.
Hola tenia un contrato de relevo duración de 3 años y 1 mes me echaron a p… calle 8 meses después me llamaron y firme otro contrato de relevo que su duración es de 2 años
Mi pegunta es que no tengo derecho de estar o reclamar un contrato fijo indifinido. .
Un saludo y gracias
Si no está en fraude no.
Buenos días
Mi contrato de relevo tiene fecha de fin de contrato(15/02/2018) y la persona a la q yo relevo iba a jubilarse ese día, (en el q cumple 64años) parece q por no se q motivo exactamente(creo q pierde parte de su salario pq tiene tb otro trabajo) ahora ha decidido jubilarse más adelante.
De hecho me pasaron el comunicado de q no me iban a contratar a mi para la sustitución del “supuesto jubilado”
Las preguntas son:
Mi contrato sigue vinculado al prejubilafo hasta q decida jubilarse? Tienen q hacerme una prórroga o un nuevo contrato? De cuanto tiempo? Pueden prescindir de mi? Esta mi contrato blindado al suyo o al tener una fecha concreta me tienen q hacer uno nuevo?
Se q quieren contratar a otra persona en mi lugar.
En principio el trabajador ya ha accedido a la jubilación parcial por lo que la situación que planteas no podría darse.
En todo caso, a mi parecer, y aunque desconozco como puede darse esa situación, en caso de que se prorrogue el contrato de relevo, también se prorrogaría el contrato temporal vinculado al mismo. Y para el caso de que el contrato de relevo finalice, el contrato temporal también finalizaría sin que tenga la obligación de contratarte con otro contrato.
Buenas tardes. Me han planteado incorporarme a una empresa con contrato de relevo, en jornada completa, por un relevado que se jubila parcialmente al 75%, pero la modalidad de contrato que me ofrecen sería temporal. ¿Es posible que me hagan un contrato temporal en este caso? Si no he interpretado mal la legislación actual del contrato de relevo, para que el relevado pueda jubilarse parcialmente al 75% el contrato de relevo, es decir, el mío, debería ser indefinido, de forma que entiendo que en la fecha de jubilación total de mi relevado, yo automáticamente continuaría en la empresa como indefinida.Le agradecería enormemente su opinión.
Efectivamente el contrato tendría que ser indefinido, de todas formas se tendría que revisar si el jubilado está incluido en algún colectivo especial, que permita especiales condiciones de jubilación parcial.
Hola mi pregunta es si una persona con jubilación con contrato relevo puede acumular el tiempo que le queda por trabajar o tiene que ser pactado con la empresa? Es decir, legalmente está amparado el derecho a acumular ese tiempo o siempre tiene que ser negociado con la empresa? Otra cuestión que me gustaría hacerle es si en las cuentas del tiempo que queda por trabajar tiene derecho a que se incluyan los días de asuntos propios y los días festivos locales.
Muchas gracias
Se debe de estar a lo pactado entre las partes. Se tiene que realizar el porcentaje de jornada establecido, teniendo en cuenta los días de asuntos propios, vacaciones, festivos…
Muchas gracias por su respuesta
Considerando que cumplo todas las condiciones exigidas, para acceder a la jubilación parcial con contrato de relevo, me surgen las siguientes dudas:
El tiempo que estuviera con esta jubilación parcial hasta la jubilación ordinaria, la cotización a la S.Social como seria? . Entiendo que no me veria perjudicado en las bases de cotización de este tiempo parcial
Quien y Como cobraria el salario? , de la S.Social y de la Empresa ?
Si me pudiera comentar con el mayor detalle posible, quedaría muy agradecido
Muchas Gracias
no te perjudica la base, y efectivamente cobrarías parte de jubilación y parte de salario de la empresa. Aquí tienes más info —>Requisitos para acceder a una jubilación parcial.. De todos modos, la duda que comentas es bastante amplia que supera la orientación que se realiza en los comentarios, por lo que te recomiendo que acudas a un abogado para resolver todas las dudas.
Hola me contrataron de relevista para una jubilación anticipada y cuando me incorpore a trabajar pusieron a un antiguo trabajador de la empresa de categoría y grupo inferior en el puesto de la persona a la que debería relevar y a mi me enviaron a hacer las tareas del trabajador con categoría inferior (no me han bajado el sueldo).
¿Esto es legal? ¿Puedo negarme? ¿ Puedo reclamar algo?
Gracias
Es legal y no puedes negarte, salvo que vulnere tu dignidad como trabajador las funciones que te han encomendado.
Muchas gracias por su pronta respuesta.
Hola, tengo un contrato de relevo 75% de una persona que se prejubiló desde diciembre de 2015, este año, en diciembre de 2018 la persona a la que relevo se jubilará definitivamente y previsiblemente me harán fijo. El caso es que una compañera que acaba de entrar hace menos de un año a mi misma empresa y con mi mismo trabajo le han hecho exactamente el mismo contrato con otra persona prejubilada, pero en ese caso, esa persona prejubilada no agotará sus tres años de prejubilación si no que se jubilará definitavamente en marzo de este año (antes de que lo haga la persona que relevo yo) y por tanto la harán fija a ella antes que a mi a pesar de que yo llevo bastantes más años en la empresa que ella, que acaba de entrar.
La pregunta es:
¿Se puede realizar legalmente un cambio de contrato y en marzo de este año cuando se jubile la persona que releva la otra persona, ser yo quien entre como fijo y no ella? ¿Habría que hacerlo durante el contrato de prejubilación de ambos o esperar al día que se jubile en marzo?
Sé que es un teme complejo. Le agradezco mucho su respuesta. Un saludo.
Es una decisión de la empresa a quien hacen fija, si te hicieran a ti, tendrían que contratar a otra persona con el contrato de relevo. Es decir, se podría hacer, si la empresa quiere.
Buenas tardes, tengo un contrato de 3 años como relevista, cubro el 60% de la jornada laboral de un prejubilado y en mayo se me acaba el contrato. La duda es la siguiente: cuando se jubile el prejubilado si la empresa me hace indefinido tiene obligación de hacerme indefinido a jornada completa o puede hacerme indefinido con las mismas horas que estoy realizando en la actualidad (60%). Muchas gracias
Si dices que se te acaba el contrato entiendo que es porque el contrato es temporal, por lo tanto, llegada la fecha la empresa podrá hacer lo que considere, ya que se trata de un nuevo contrato que nada tiene que ver con el anterior.
Si el contrato de relevo no fuera temporal, tendrías un contrato indefinido a jornada completa.
Tengo 63 años y 9 meses, y 17 años de cotización. Puedo acogerme a una jubilación anticipada?
Te recomiendo que leas este artículo: Opciones de jubilación
Estoy en contrato relevo 75%/25%. Mi pregunta es la siguiente:
El importe de la nómina se mantiene igual durante los 30 meses hasta la jubilación o me corresponden los aumentos que la empresa pacte con los trabajadores 100% activos.
Gracias y un saludo
Te corresponden los aumentos correspondientes.
Hola:
Soy relevista, de relevista. Me explico: una relevista anterior se dio de baja, y fui contrata como relevista de la relevada. El contrato de relevo termina en tres meses (en total lo trabajado por mi será de nueve meses) Mi pregunta es:
– A fin de contrato, ¿me han de dar algún tipo de indemnización? ¿Me han de dar preaviso de quince días? Y otra, si no es mucho molestar: Si yo aceptara irme, baja voluntaria, por otro empleo ¿he de avisar con esos quince días?
Yo no he visto a la relevada en todo este tiempo, porque se supone que lo que le quedaba el 25% (el 75% que hago yo, y que empezó haciendo la otra persona que lo dejó), ya lo había hecho. ¿Eso es normal?
Gracias por su respuesta que la espero con ganas.
Saludos
Si, indemnización de doce días por año trabajado y no es necesario el preaviso. Si quiere irte, no tendrás derecho a indemnización y tendrás que preavisar con lo que indica el convenio colectivo, o en su defecto, 15 días.
Muchas gracias por su respuesta, clara y concisa. Solo una duda, Alejandro: doce dias por año trabajado pero ¿y si no llega a un año, como es mi caso, que en total habrán sido nueve meses y medio?
Gracias por su respuesta, de nuevo.
Me refiero a que si se porratean los doce dias por año, en este caso dividido, y multiplicado por nueve meses.
Se prorratean por meses completos, como has trabajado nueve meses y medio, la indemnización es de 10 días.
Muchas, muchas gracias por la respuesta.
¿A la hora de calcular los días de indemnización, y el porrateo por pagas extras, que he de tener en cuenta? Solo el sueldo base o he de sumarle, tambíen, el plus convenio y el complemento por puesto de trabajo????? (gracias a estos complementos, sube algo mi nómina)
(Estoy haciendo números , calculando, y tropiezo con esta duda)
Gracias de nuevo y saludos.
Todos los componentes salariales, es decir, sueldo base y la mayoría de los complementos. —Más info: ¿Qué salario se ha de tener en cuenta en la indemnización?
Gracias , de nuevo, Alejandro. Utilísíma esta web
trabajo en una empresa de alimentos congelados, estoy de baja por accidente laboral el mes k viene cumplo 61 años y por lo que me dicen los médicos estaré de baja de tres a cuatro meses, la empresa me va a hacer un contrato de relevo tengo que trabajar un 15% de la jornada la cual la voy a hacer continuada, mi duda es, ¿los días que este de baja me cuentan como días trabajados de la jornada a realizar, es decir del 15%?
No se si se podría realizar esa modificación de contrato estando de baja, en caso de que se pudiera, sí que se contaría al 15%.
Muy buenas,
¿Se sabe cuál va a ser el futuro del Contrato Relevo? ¿Se va a poder seguir haciendo dentro de 1, 2 ó 3 años? ¿O está a punto de desaparecer? Leí algo al respecto hace tiempo , pero no encuentro nada que hable de plazos de vigencia.
Muchas Gracias
Siempre que se habla de una nueva reforma laboral se comenta la posibilidad de suprimir contratos temporales, y entre ellos el de relevo. Pero no creo que sea a corto plazo.
Hola, esto del contrato relevo tiene fecha de finalización? Lo tiene que prorrogar todos los años el gobierno? Es seguro, probable …. que siga habiendo la posibilidad dentro de 1,2,3.. años? Es que oí algo hace tiempo y buscando por internet , no encuentro nada al respecto.
Gracias
Mientras no se modifique, sigue vigente.
Buenas tardes. Tengo un contrato de relevo del 75 % (por 3 años)unque cubró el 100% de la jornada( la persona parcialmente jubilada está de baja) aunque no se especifica esto en el contrato.
Otra empresa nos ha subrogado con otro convenio diferente.
Mi pregunta es: por que yo no tengo derecho a elegir ese nuevo convenio si no que tengo q aceptar la decisión de la persona parcialmente jubilada más de baja.
Un detalle trabajo en sanidad y el nuevo convenio es mejor económicamente y me permitiría hacer la carrera profesional.
Muchas gracias
No se tiene derecho a escoger convenio, sino que se mantiene el convenio que tenías de la empresa hasta que éste caduque o se negocie de nuevo en la empresa que estés. No obstante, a lo mejor podría reclamar esa nuevo salario en base al derecho a la igualdad.
Muchas gracias. Es lo q me temía.
Caducar significa que la nueva empresa lo anule o la vigencia a día de hoy?
Gradías de nuevo
No lo puede anular, sino que finalice la vigencia temporal que viene indicado en el convenio.
Estaba haciendo un contrato relevo del 75 estoy de baja x maternidad.se me acababa en octubre.
Tuve desde el dia 25 perdidas(embarazo de riesgo) estando trabajando y he estado de baja x ello en la seguridad social
La empresa me hizo coger las vacaciones del año pasado y me pidio que cojeria alta para vacaciones y luego baja x mutua.
Ya pase revision mutua y me acaban de rescindir porque le han jubilado anticipadamente. El contrato expiraba en noviembre(4 años de duracion).gracias
¿Cuál es la duda? Si es correcto, habría que revisar el contrato. Si no estás conforme, tienes un plazo de 20 días hábiles para impugnar la decisión.
Buenas tardes, he firmado un acuerdo de jubilacion parcial con la empresa 85%/15%, he firmado un contrato nuevo y desde el 13 de enero estoy haciendo la recuperacion del 15%, mi pregunta es la siguiente: la empresa esta obligada a liquidarme o imdenizarme? He mirado el convenio pero no me pone nada, un saludo.
Si no indica nada, sólo tendrás derecho a la parte proporcional de las pagas extraordinarias y a las vacaciones generadas y no disfrutadas.
Buenas tardes, tengo mi contrato de relevista hasta Enero del 2019 (25-75%), cuando llegue esta fecha llevare ya 5 años en la empresa, me podrian cesar al finalizar el contrato o al llevar ese tiempo pasaria a indefinido.Tendria derecho a indemnizacion si me echan?
Gracias
Si el contrato es temporal, no tienen por que hacerte indefinido. Si extinguen la relación laboral, deberán indemnizarte en función de la causa, si es por fin de contrato 12 días por año trabajado.
hola, llevo casi un año con un contrato de relevo, y me gustaría saber si al darme de baja voluntaria me corresponde algun tipo de indemnización. muchas gracias
No, no tiene derecho.
Hola, el 12 de enero acabo de cumplir 61 años y la empresa me a ofrecido la jubilacion parcial 15%/85%. Trabajo en el sector de seguridad privada, mi jornada anual segun el convenio es de 1.782 horas (11 meses × 162 horas mes). Mi empresa me dice que tengo que recuperar el 15% de 162 horas mes × 12 meses, incluye el mes de vacaciones, mi pregunta es la siguiente: que jornada tengo que recuperar? El 15% de 1.782 horas de 11 meses o el 15% de 1.944 horas de 12 meses? Un saludo.
El 15% de tu jornada, es decir, de 1782.
Muchas gracias por haberme contestado tan rapido y por la respuesta que yo esperaba, nuevamente GRACIAS.
Hola,
Me plantean la jubilación parcial con la antigua ley (85%-15%) y cumplo los requisitos,
pero hay una apartado en el convenio colectivo que me aumenta el salario después de acceder a la jubilación parcial,
mi pregunta es si la empresa se lo ha de aplicar también al relevista,
por otro lado creo que la empresa ha de calcular el promedio de los últimos seis meses de las bases para el cálculo
del salario y que el relevista ha de tener una mase mínima del 65% de la mía pero en el momento del hecho causante no después, ¿es así?
Muchas gracias por la ayuda
En principio no, habrá que revisar que es lo que dice el convenio colectivo. Si, en el momento que se hace el contrato, el porcentaje depende de la normativa y tipo de contrato.
Buenas,
Quería comentar una circunstancia un tanto especial. Tengo una persona allegada que trabaja actualmente con un contrato de no docente y quiere aspirar a uno de los contratos de relevo en su empresa. Aunque tiene un contrato indefinido, está dispuesto a perderlo y perder también su antiguedad en la empresa. La empresa está dispuesta a concedérselo pero se encuentra con el problema de que debe coger a una persona en desempleo o con duración determinada. Por tanto la empresa le ha planteado la posibilidad de irse voluntariamente durante 6 meses al paro y luego volver a cogerlo con un contrato de relevo.
Mi pregunta es si es necesario tanto tiempo en el paro para poder hacer este trámite, puesto que esta persona no podría recibir ninguna prestación por desempleo, o cuál es la mejor solución para que ninguna de las partes quede perjudicada ni, por supuesto, incurrir en ninguna ilegalidad.
Muchas gracias.
Entiendo que lo de los seis meses es para que pierda la antigüedad. La legislación sólo indica situación de desempleo. pero ¿para que quiere el contrato de relevo?
Quiere cambiar a ese contrato para poder acceder a un contrato de docente, que es para lo que ha estudiado y lo que le gusta de verdad.En este sentido no tiene ningún problema en perder su antiguedad. Entonces por lo que entiendo, si se diera de baja voluntaria y le vuelve a contratar la misma empresa aunque sea un mes después.¿ No incurriría en ninguna ilegalidad?
no.
Buenos días
Acabo de iniciar mi pre jubilación con contrato de relevo, mi empresa es una empresa de Servicios que trabaja para otra empresa, me comenta mi empresa que le ponen trabas para incorporarse a trabajar a la persona relevista tanto por personal y sindicatos de la propia empresa, como por parte de la empresa a la que se le realiza el Servicio. Me amenaza mi empresa verbalmente que dará de baja al relevista y que tendré que asumir esas circunstancias y volver a solicitar la pre jubilación.
Mis preguntas son ¿puede tomar esa decisión mi empresa inpúnemente? ¿Tendría que resignarme ante esa maniobra y volver a solicitar dicha pre jubilación?¿serían responsables ambas empresas de la decisión adoptada por la mía?.Gracias y un saludo
podrías estar en un cesión ilegal de trabajadores. La segunda empresa no se podría negar al relevista, es más, en principio, no tendría nada que decir.
Un contrato de relevo que finaliza en los próximos meses, la empresa decide en el 2018 por la antigüedad de contrataciones que tiene el trabajador, hacerlo indefinido. ¿tiene derecho el trabajador con este cambio de contrato a indemnización?
No.
Buenos días;
Estoy prejubilado con contrato de relevo al 75%. he estado prestando mis servicios (25% de la jornada), durante tres años, trabajando una semana al mes, de acuerdo con la empresa; cumplo los 65 años dentro de siete meses y, para este año, la empresa, por «razones de espacio» quiere que haga las siete semanas que me faltan, seguidas, en verano, para sustituir a los compañeros que esten de vacaciones. Pueden imponerme ahora esta medida? Me pueden trasladar a otro centro de trabajo?
Gracias.
Se podría entender que es una modificación sustancial de las condiciones de trabajo o movilidad geográfica en su caso, y sí, siempre que existan causas justificativas para ello podrían hacerlo.
Buenas tardes:
Tengo un contrato de relevo como enfermera. En junio la prejubilada se jubila al 100% y en su dia me dijeron que para cubrir ese cuarto año al firmar el nuevo contrato tenia que estar dada de alta. Una compañera en la misma situciacion que yo se dio el alta medica solo para poder firmar el contrato y al dia siguiente volvio a estar de baja.
En mi caso cuando haya que firmar dicho contrato estaré de baja maternal. Habria algun problema?
No debería, aunque no entiendo muy bien el proceder de la empresa.
Trabajo en sanidad. Por lo que he escuchado cuando me incorpore de la baja maternal me trasladarán de departamento, yo trabajo en un centro de salud y me llevaran al hospital, dando mi puesto que cubría con la prejubilacion a otra persona con más antigüedad. Me quedaría un año de contrato. Eso lo pueden hacer?
Gracias
Desconozco eso de cambio de departamento, supongo que podrán hacerlo si por motivos de salud no puedes trabajar en tu departamento. En dicho caso, sí que podrían hacerlo. De todos modos, habría que ver los motivos de ese cambio.
Buenas tardes.
En septiembre de 2018 cumplo 60 años.
Segun la legislacion actual.Con que edad me puede ofrecer la empresa una contrato de relevo?
Que tiempo parcial debería trabajar?
Perdería dinero con relación a mi salario actual?
Tengo cotizados actualmente 38 años y medio.
Muchas gracias
En esta entrada explicamos los requisitos…Requisitos para acceder a una jubilación parcial.
Buenos días, me han contratado en una empresa por una persona que va a prejubilarse, pero solo tengo en 25% de sus horas y no sé si realmente se trata de un contrato de relevo. Gracias. Saludos.
¿No firmaste ningún contrato?
Hola! Estoy contratado en una Administración Local como personal laboral indefinido (modalidad contrato relevo). Cuando finalice el tiempo de relevista, se extingue directamente la relación laboral (tengo derecho a indemniación por despido)? o seguiría trabajando como indefinido hasta que se convocase un procedimiento selectivo por mi puesto de trabajo? Que suele suceder en estos casos?
Gracias!
Lo normal es que se extinga la relación laboral, pero tu relación no es indefinida, sino que serás un personal laboral temporal. Si quieren mantenerte en el puesto hasta que se cubra, deberían de hacerte otro contrato de interinidad.
En un contrato de relevo pueden trabajar al mismo tiempo el trabajador relevado y el relevista?
si.
Como continuación a mi anterior consulta. ¿Y estando inscrito como «mejora de empleo» se cumple el requisito, se considera desempleado?
No.
¿Si te despides voluntariamente de un trabajo con contrato indefinido y te inscribes como demandante de empleo, cumples el requisito para poder ser contratado como relevista en un contrato de relevo o, por el contrario, se requiere estar inscrito como demandante de empleo durante algún plazo previo determinado? Gracias por vuestra atención.
se necesita sólo un día.
Buenos días,
Acabo de finalizar mi contrato relevo (realizaba yo el 75% y el recien jubilado el 25%)y No se me ha dado continuidad, la empresa me ha indemnizado. He ido a solicitar la prestación por desempleo y no me han aclarado si me corresponde el 100% de la prestación o no.
Me podríais aclarar esta consulta,
Gracias
Al ser una jornada a tiempo parcial, los máximos y mínimos de la prestación se reduce proporcionalmente, puede que no te afecte depende de tu base.
Muchas gracias,
Por la base que tenía me correspondía los máximos, pero la prestación que voy a recibir se reduce por haber trabajado un 75%.
Hola Alejandro:
El próximo 10 de marzo de 2018 finaliza mi contrato como relevista, el cual empezó el 10 de marzo de 2014, pero se hizo a partir de una sustitución por baja de un trabajador en julio de 2013. Mi duda es que cuando finalice el contrato si me van a finiquitar o por el contrario me van a mantener la antigüedad y pasar contrato a indefinido, en el caso de que no me despidan.
O te finiquitan, o si continúan en la empresa, deben de mantenerte la antigüedad. No necesariamente tiene que hacerte un contrato indefinido, pueden hacerte otro temporal en función de la necesidad de la empresa.
Me jubile con un 85% -15%. La empresa me paga el 15% del salario base más la antigüedad. Yo,cobraba varios pluses en mi nómina,con lo cual,considero que el 15% debería calcularse sobre el salario bruto que yo cobraba. Es decir: el 15% del salario bruto anual dividido entre 15 pagas que cobraba.
Le agradecería su opinión al respecto. Gracias.
No es tan sencillo de responder, ya que habría que revisar el convenio colectivo y los concepto de dichos pluses.
Buenos días, tengo un contrato relevo como maestro de duración 4 años que finaliza el 31/08/18. Hoy 21/11/17 se ha quedado vacante una plaza como profesor en este mismo centro. ¿Podría como trabajador rescindir el contrato relevo y aplicar a la nueva vacante, aunque se trate de la misma empresa? Se trata de un centro concertado.
Gracias
No existe ningún impedimento para ello. Pero lo mejor es optar a ese puesto sin renunciar al contrato de relevo, y renunciar en caso de que te lo concedan.
Buenas, tengo un contrato de relevo al 75%, trabajo a tres turnos, mañanas, tardes y noches, lo que se conoce como turno A. La empresa ahora quiere cambiar mi contrato actual, a turno C, o lo que es lo mismo a dos turnos, mañana y tarde, con la merma salarial que conlleva.
Puede hacerlo?
Se trataría de una modificación sustancial de las condiciones de trabajo. Sí que puede si existe una causa para ello.
hola con una jubilación parcial con contrato relevo en el tiempo que me queda por trabajar, que ya se que puedo trabajarlo de manera acumulativa, que pasa con los derechos que tenía en la empresa como son horas de médico, permisos , licencias, etc? Tengo derecho a ellas igualmente o los pierdo a estar en esta situación nueva? En la empresa me han dicho que los pierdo todos, es eso verdad? no tengo derecho a la parte proporcional que me corresponda?
No pierdes los derechos por disfrutar de la jubilación parcial, ahora bien, habría que ver de forma más concreta a que te refieres y que indica el convenio colectivo. Los permisos retribuidos se disfrutan cuando existe un hecho causante
Hola! Tengo un contrato de relevo el cual cumple dentro de 1 año. La persona a la cual estoy relevando, laboral de una administración pública, ha decidido jubilarse totalmente ahora. ¿Pueden rescindir mi contrato sin mas? O ¿estan obligados a hacerme un nuevo contrato que abarque hasta la fecha que firmamos? Gracias
El contrato debe continuar hasta la fecha normal de la jubilación.
Buenas tardes.
Acabo de cumplir 61 años, con 35 años cotizados, me gustaría jubilarme parcialmente al 30%, la empresa esta de acuerdo. El problema es que la empresa no tiene ningún problema en contratar a un relevista, pero con otro tipo de contrato al mío, pero de inferior categoría y más baja cotización, ya que la persona que me va a sustituir en mi puesto, dirección, ya esta contratada.
Mis preguntas son:
1.- ¿Es posible?
2.- ¿Si el trabajador es contratado al 100% y no al 30% con carácter de fijo, y su cotización equivale al 30% de la mia, es posible?
3.- ¿Seria posible sustituirme por 2 trabajadores que su cotización superen el 30% de la mia?
4.- ¿Cuándo podría hacerlo?
Muchas gracias.
La jornada del contrato de relevo ha de ser como mínimo a la reducción acordada por el trabajador sustituido. En cuanto a las bases de cotización, ndependientemente de que el relevista ocupe o no el mismo del trabajador sustituido, se exige la existencia de una correspondencia entre las bases de cotización de ambos, de modo que la correspondiente al trabajador relevista no puede ser inferior al 65% del promedio de las bases de cotización correspondientes a los 6 últimos meses del período de base reguladora de la pensión de jubilación parcial.
Entiendo que no se pueden hacer dos contratos de relevo.
Buenos días.
Muchas gracias por su pronta contestación.
Es decir, entiendo, que si mi reducción en la cotización del 30% es inferior al 65% del 100% de la cotización del relevista contratado a jornada completa, la jubilación parcial al 30% es viable, ¿No?
Abusando de su amabilidad y de su tiempo, ¿Si tengo 61 años desde octubre y 35 años cotizados cuando podría realizar la jubilación parcial?
Muchas gracias.
Atentamente.
No entendí muy bien la pregunta, pero lo que tiene que haber es una equivalencia de las bases. Si quieres información sobre la jubilación parcial que quieres revisa esta entrada.
Hola. He tenido durante 3 años un contrato de relevo que hubo de ser extinguido para que la persona relevada pudiera jubilarse totalmente. Firmé el cese en ese contrato para poder ser contratado ya a jornada completa durante un año entero en concepto de obra y servicio, siendo la cláusula adicional el concepto de «cubrir jubilación».
Ahora no me renuevan y voy a solicitar la indemnización por la finalización del contrato temporal. Mi pregunta es: al haber firmado el cese del relevo el año pasado, ¿me corresponde indemnización de 12 días por año sólo de este año de este año de obra y servicio o de este año + los tres años de relevo (aún habiendo firmado rescisión de contrato)?
Le estaría muy agradecido
Gracias
Sólo por el tiempo del contrato de obra, es decir, sólo un año.
Gracias por la pronta respuesta.
Eso tenía entendido yo, sin embargo, como el Tribunal Superior de justicia falló en 2010 que los contratos de relevo también debían tener indemnización, de ahí mi pregunta.
Me comentaron en un sindicato que sí podría reclamar lo anterior, ya que la rescisión del contrato de relevo era obligatorio para poder la titular jubilarse totalmente.
Gracias
Son dos cuestiones diferentes, ahora se extingue este contrato con 12 días, cuestión diferente es que también puedas reclamar si estás en plazo, la indemnización del otro contrato, pero no se acumulan puesto que son dos contratos diferentes.
Mil gracias. Con 12 días me conformo.
Gracias por aclarar que son dos temas diferentes.
Sé que hay un año natural para reclamar estas cuestiones. Última pregunta, prometido:
¿tengo derecho a reclamar esa indemnización del relevo aún cuando yo firmé el fin de contrato de manera voluntaria? A ver, yo firmé el fin de contrato para poder firmar ese mismo día el nuevo de obra y servicio, pero en definitiva, fui yo quien de manera «voluntaria» terminó con ese contrato antes de tiempo para poder adherirme al otro. No sé si me explico.
Agradecido siempre.
Depende de lo que hayas firmado, si sólo firmaste la comunicación del fin de contrato sí que puedes. Si firmaste baja voluntaria no.
Buenos días
El próximo 13 de abril terminó el contrato de relevo 75/25 % de duración 3 años 7 meses 5 días, en el contrato pone tiempo completo y en realidad así a sido
Me gustaría saber a qué tengo derecho cuando termine el contrato? Si en el supuesto me hacen fijo, temporal o rescinden mis servicios ?
Gracias por su atención
Es una pregunta muy amplia por que las posibilidades son bastantes. Lo importante es que cuando la empresa extinga la relación laboral tienes un plazo de 20 días hábiles para impugnarlo en función de la causa que indiquen.
En todo el artículo sólo falta detallar cuáles son los porcentajes de base de cotización mínimos sobre la base de cotización del relevado, por los cuales deben tanto el relevista como el relevado cotizar.
Hola,
Actualmente tengo un contrato de relevo que finaliza el dia 14 de septiembre del 2018. Estoy embarazada y mi baja coincidirà con la extincion de dicho contrato… Entiendo por el tipo de contrato que la empresa no tiene obligación de contratarme indefinida al finalizarlo. Pero mi pregunta es, que suecede si me finalizan contrato y estoy de baja? las mujeres embarazadas tenemos algun tipo de protección en estas situaciones?
Saludos y gracias
Depende de la baja que tengas en ese momento, pero con carácter general, si sigues de baja seguirás cobrando. Sobre la baja de maternidad en esta entrada puedes tener más info
Mi empresa tiene un acuerdo de jubilación parcial y estoy e la lista de trabajadores que podemos acceder al ella antes de diciembre de 2018. He cumplido 61 años y tengo los requisitos para acceder al ella
¿puede negarse la empresa a hacer el contrato de relevo?
Graciss
Si se ha negociado la obligación de la jubilación parcial por convenio colectivo no, no se puede negar.
No es por convenio colectivo sino por acuerdo de empresa
Si hay un acuerdo podéis exigir su cumplimiento.
Hola mi contrato es de relevista. Finaliza el día 3 de noviembre. Y no me han dicho nada. Soy oficial de 1ª conductor. Me podrían hacer uno nuevo codo finalice de inferior categoría o pararme. Gracias
Podrían hacerte otro tipo de contrato o extinguir la relación laboral.
Vale gracias. A ver si hay suerte. Un saludo
Buenas,a mi mujer le han echo un contrato indefinido de relevo por 4 años a un 85%. Mi mujer tiene contrato de ayudante de dependienta y al que va a relevar tiene contrato de Dependienta en el contrato biene un anexo que dice :mi mujer (1),con categoría ayudante pasa a relevar a fulanita(2) con categaria de dependienta y mi mujer sigue de ayudante dependiente. .. esto es así o mi mujer debería haber tener la categoría del relevado … lo digo porque todas las compañeras que conoce mi mujer las cuales han echo un contrato de relevo han pasado a subir de categoría y mi mujer no…no se porque esto es así o cólera la categoría cuando se jubile la otra persona ..es camarera en el aeropuerto. ..a ella le dijeron que subiría de categoría y cuando ha firmado de pone lo mismo ayudante…. le agradecería me echará un cable a entender que puede estar pasando..
No es necesario que tengan la misma categoría, aunque sí que debe de haber una correlación entre las bases de contingencias de al menos el 80%.
jose miguel:
he realizado contrato-relevo 15%/85% . En la nómina de la empresa me han pagado el 15% de todos los conceptos .
En mi opinión hay un derecho que es la Antigüedad que no debiera estar sujeto al 15% , sino que tendría que ser el 100%.
Me puede dar su opinión?
muchas gracias de antemano
Depende de lo que diga el convenio, pero si no dice nada, entiendo que debe ser proporcional a la jornada.
Gracias
Buenos días Alejandro,
Firme un contrato relevo el 26 de noviembre de 2013 que termina el próximo 26 de octubre de 2017.
Me entregaron la carta de despido el pasado 19 de octubre, una semana antes de su finalizacion.
Mi duda es si la indemnización que me corresponde es de 10 días por año trabajado hasta 2015 y de 12 días de 2015 a 2017? O bien es de 10 días los 4 años ya que lo firme en el año 2013?
Agradecería me pusiesen aclarar esta duda lo antes posible.
Itziar
10 días.
M. JOSE:
Buenas tardes
tengo 61 años y cuatro meses mas, estoy negociando un contrato de relevo con la empresa de 75% y 25%, mi pregunta es: CUANTOS DIAS, o MESES, ME PERTENECEN TRABAJAR AL AÑO, y si esos dias, se pueden hacer en el menor tiempo posible (ejemplo tres meses seguidos y el resto no trabajar).
MUCHAS GRACIAS ANTICIPADAS. Si alguien me pudiera informar. Un saludo
Sí, se podría acumular. Los meses depende del calendario laboral y la jornada anual.
En que ley aparece que las ETT puedan realizar contratos de relevo? Gracias
Las ETT no pueden hacer contratos de relevo. Supongo que me lo preguntaras, por que en una respuesta he indicado que sí, pero ya ha sido corregida.
Muchas gracias. Sabes donde aparece la prohibicion?
Más que prohibición, no se permite en la ley de empresas de trabajo temporal, artículo 6.
Estimado Alejandro, tengo unas preguntas para Ud, que la SS no ha sabido o no ha querido el funcionario responderme.
Tengo 61 años y según las SS (lo tengo por escrito) ya puedo acogerme a la jubilación parcial por contrato relevo (siempre pensé que eran 61 años y 5 meses), pero parece que en mi caso no es así.
Las condiciones son, la SS me abona el 85% de la base reguladora y la empresa el 15% de mi salario.
¿Puede negarse la empresa a aceptar la jubilación parcial por contrato relevo?.
¿Puede imponerme un horario a su arbitrariedad para el tiempo que tengo que trabajar hasta pasar a la jubilación por edad?.
¿Puedo ser despedido estando en situación de jubilación parcial?.
¿Podría presentar un ERE y meterme en el?.
Muchas gracias
Si, la empresa no tiene la obligación de concertar un contrato de relevo. El horario, deberá ser el mismo dentro de la jornada que tu tenías, pero en principio, es el empresario el que decide el horario. Sí, podrías ser despedido o sufrir un ERE.
Buenos días, tengo 59 años y cotizados 34 al régimen general de la seguridad social, mi pregunta es la siguiente: en que fecha me puedo acoger a un contrato de relevo, creo que hasta la nueva ley de reforma laboral era a partir de los 60 y ahora? Muchas gracias por su tiempo.
Depende de los periodos cotizados del trabajador. La realización de un contrato de relevo requiere acuerdo con la empresa, y en primer lugar habría que revisar el convenio colectivo.
Hola tengo contrato relevo . Pero no cobró como los fijos de la empresa . Me hicieron un contrato relevo con el convenio del metal . Y los demás trabajadores tienen convenio de empresa y cobran mucho más. Es legal esto ??
No, el convenio no puede ser decidido por la empresa, sino que es el que corresponde según el ámbito de aplicación.
Entonces no me pueden aplicar el convenio que quiera la empresa . Sino el contrato que tenía el relevo ?? Como puedo saber si cobra la empresa por mi las subvenciones a razón del contrato por el que estoy relevando o si a presentado mi contrato inferior ?
Se tiene que aplicar el convenio correcto.
El convenio que tiene la empresa y la persona que está para jubilarse. Muchas gracias
Buenas tardes
Actualmente estoy trabajando para una empresa con un contrato de relevo a media jornada. Y la empresa ha hecho tres interinidades. Dos de ellas son personas que están detrás de mi en la bolsa de sustitución. ¿Podría solicitar una de esas plazas alegando una mejora de empleo? Ya que son interinidades a jornada completa.
Gracias
Salvo que el convenio recoja ese derecho, no puedes exigirlo.
Buenos días Alejandro,
En mi empresa cumplo con todos los requisitos para pedir el contrato de relevo la unica duda que tengo de si puedo pedirla o no es que actualmente estoy con una jornada reducida del 50% por cuidado de familiares pero la empresa no me cotiza solo por el 50% a la Seguridad social si no que me complementa la cotización hasta el 100%.
Un saludo
Sí, aunque depende de la empresa hacerla o no.
Se puede jubilar un trabajador con contrato relevo a los 63 años
Podría, si cumple los demás requisitos y la empresa está dispuesta.
Buenos días,
a mi me comunicaron la conversión del contrato temporal en contrato INDEFINIDO en base a un anexo de contrato de relevo al 75%.
Una vez que la persona a que relevo cumpla su edad de jubilación la empresa puede proceder a la extinción del dicho contrato indefinido? Si es que si que tipo de indemnización me corresponde contando que llevo trabajando con dicho contrato aproximadamente tres años.
Muchas gracias.
Podría, si tiene causa para ello como cualquier otro tipo de contrato indefinido. La indemnización, en función de la causa del despido -20 días por año- si es objetivo o nada si es disciplinario.
Buenas,
Acabo de firmar un contrato de relevo por 4 años. Me gustaría saber si en caso de echarme antes de que se termine mi contrato, me tendrían que indemnizar. Gracias!
Sí, en función de la causa de la extinción sería la indemnización.
Un duda
-Cuanto tiempo tiene que pasar desde que se reincorpora el tranajdador de una baja hasta que le admiten el contrato relevo?
No entendí la pregunta.
Buenas tardes Alejandro,
Mi duda es la misma que la de un compañero anterior, por lo que escribo matizándola sobre ella.
como tu indicas, si la jornada reducida del trabajador que se jubilará es superior al 75% se debe hacer un contrato indefinido…
¿es normal o aceptado por el SEPE que se le haga al relevista un contrato de trabajo temporal a tiempo PARCIAL con una duración determinada por 4 años (fecha final sería cuando hay la jubilación completa) si la el trabajador a jubilarse reduce en más del 75% su jornada??
En el anexo del contrato temporal figura que se realiza por RELEVO.
También se indica que la reducción de jornada y salario podrá alcanzar el 75% cuando el contrato de relevo se concierte de manera indefinida y a jornada completa.
Mi contrato ha sido realizado a tiempo parcial y por duración determinada de 4 años menos 2 meses, reduciendo la jornada el trabajador al que sustituyo en un 75%.
¿No me lo deberían haber hecho a tiempo completo e indefinido?
La fecha del contrato es 29 de abril de 2016 y su efectividad desde el 18/04/2016
Gracias por tu atención en mi consulta. Saludos,
Una persona que es el.relevista en.un contrato de relevo del 50% de la jornada, podría ser también relevista al 50% de la jornada de otro trabajador que se prejubila en la misma.empresa. O sea, un mismo relevista puede ser relevista de dos personas distintas q se prejubilan en la misma empresa?
Tengo 62 años y cumplo todos los requisitios que la ley establece para jubilarme la empresa esta en la relacion de empresas afectadas Conv/Acuerdos con Planes de Jubilacion Parcial .La SEGURIDAD SOCIAL me a dicho que
cumplo todos los requisitos pero la empresa no me quiere conceder la jubilacion con contrato de relevo, esta la empresa obligada a concedermelo.
gracias un saludo
No, no está obligada.
Hola para hacer un contrato relevo puedo hacerlo todo condensado y no en 4 años o sea unos 10 meses y terminar
Hola! Mi marido tiene un contrato de relevo de 4 años q finaliza en menos de 9 días y no le an notificado finalización, es obligatorio q le notifiquen? Y le han dicho q no le corresponde indemnización, es eso cierto? Michas gracias! Un saludo.
El contrato de relevo si que se tiene derecho a indemnización, además de 15 días de preaviso.
Buenas tardes:
Un supuesto. El contrato del trabajador que se va a jubilar es del 25 por ciento de la jornada, y el contrato del relevista es del 75 por ciento de la jornada como mínimo. Para que el contrato de relevo tenga validez tienen que ser las bases de cotización parecidas. Mi pregunta es la siguiente. Las bases de cotización enteras al 100 por cien?. O la parte del 25 por ciento de la base de cotización del trabajador que se jubila y toda la base de cotización del trabajador relevista?
Buenas tardes , cuento mi situación, trabajo en un colegio concertado durante los últimos 4 años (nunca con jornada completa), en los dos últimos años me hacen un contrato indefinida para 4 horas de mi jornada laboral.Ahora se produce que hay una compañera que se va a prejubilar y la intención tanto de ella como mia es la de que yo acceda a un contrato de relevo. desde el colegio me dicen que eso no puede ser porque tengo un contrato indefinido , que les han dicho desde el INSS que es imposible que yo pueda acceder a ese contrato.Yo estoy leyendo artículos de leyes y la unica condición que pone es que cuando yo acceda a ese contrato de relevo yo debo de estar desempleado.¿estoy en lo cierto? y si estoy en lo cierto ¿cuanto tiempo tengo que estar desempleado? Muchas gracias.
En principio, no se exige un tiempo mínimo.
Hola:
Me encuentro en la misma situación que tú. Por favor, si te informa alguien de que se puede hacer, contacta conmigo, gracias
Hola estoy en la misma situacion, me gustaría saber si solucionaste algo y si puedes despedirte de la empresa y acceder al paro y que te vuelva a contratar la misma empresa.
Hola:
Actualmente trabajo en un colegio concertado donde uno de los profesores va a coger la jubilación parcial con contrato relevo. La idea era que yo, con media jornada e indefinido, coja la otra media como relevista, pero desde la gestoría nos dicen que no es posible con esta modalidad de contrato, ¿es así?, ¿en qué organismo oficial puedo ir a consultarlo? Un saludo y gracias
La Seguridad Social, pero suelen informar de manera genérica. Es mejor que acudas a un abogado u otra gestoría si quieres una segunda opinión.
Estando próximo a pedir un contrato de relevo, me encuentro que la empresa( administración) me impone la distribución. Ahora es mes si , mes no de trabajo, pero está pensando en que sea la mitad de la jornada diaria, es decir acudir cada día media jornada. Yo había pensado ó por medio año o por trimestres.
¿Depende sólo de la empresa definir el horario?
Sí, puedes negociar, pero es la empresa la que impone el horario.
Buenas tardes,
Actualmente estoy trabajando en una administración pública en jornada completa y me ofrecen un contrato de relevo en un colegio concertado. Mi idea es compatibilizar ambos empleos.
¿Podrían contratarme? ¿Y si no fuera por contrato de relevo?
Saludos y gracias.
Buenos días,
Trabajo en la misma empresa desde hace casi 8 años y medio. Los primeros 5 años y medio fue mediante contratos de obra que se iban renovando cada cierto tiempo. Nunca recibí ningún finiquito ni hubo ningún día de corte en la relación laboral. En 2014 me dicen que me van a hacer un contrato de relevo, de duración 3,5 años, y me indican que tengo que «aplazar» el cobro de mi finalización del contrato de obra hasta la siguiente renovación. Hoy en día, ha llegado el momento de la nueva renovación, y dicen que no me corresponde nada, y que me van a hacer un nuevo contrato de relevo. Me he quedado con duda de qué están haciendo…
Muchas gracias
Los contratos temporales no se tienen que indemnizar, si la relación laboral se transforma en indefinido. En caso contrario, en mi opinión, si que tiene que indemnizarse los contratos temporales.
Hola trabajo en una empresa a través de ett con contrato de Obra. La empresa me ha ofrecido firmar un contrato de relevo al 100 por 100 de jornada y el jubilado parcial quedaría con el 15 por ciento de la jornada.
Mis dudas son: siendo temporal a través de ett puedo acceder a este tipo de contratos?
Soy indefinido o no? Al ser la jubilación parcial de un 85 por cien de la jornada
Puede ser temporal o indefinido, y
sí pueden hacerte este contrato.las ETT no pueden hacer ese contrato.Si como relevista, con un contrato de relevo a tiempo parcial (50% de la jornada),con fecha fin la edad ordinaria de jubilación del.trabajador que se jubila parcialmente. Si el trabajador decide en.medio de dicho contrato, exactamente dos años antes, acogerse a la jubilación anticipada y decide jubilarse. Qué pasa con mi contrato de relevo cómo relevista? A qué situación.pasaría yo?
Hola a todos, mi hijo ha estado cubriendo una jubilaccion parcial de un trabajador que se ha jubilado parcialmente, durante casi cuatro años ha trabajado el 50% de la jornada
Ahora este trabajador que es personal laboral fijo de la administraccion, ya se ha jubilado del todo y a mi hijo le han comunicado que termina su contrato porque la bolsa de la que el salio ya esta caducada y ahora cogeran a un trabajador de una bolsa posterior,
A el ni tan siquiera se lo han notificado por escrito.
y le han pagado la parte de la paga del mes y una pequeña cantidad del prorrateo de las pagas dobles.
Por favor alguien me puede informar.?
Everdad que tiene hasta un año para poder reclamar?
20 días para reclamar la extinción de la relación laboral, un año en el caso de que sólo quiera reclamar cantidades por que le han pagado de menos.
Si era un contrato de relevo en una administración, seguramente tendría al menos un 75 % de jornada. No han de enviarle preaviso, porque en el propio contrato de relevo aparece la fecha de finalización, que coincide con la jubilación total del trabajador relevado. Tiene derecho a la liquidación de su salario, pagas extras y a una indemnización que puede ser de hasta 12 días por año trabajado, o su parte proporcional, dependiendo del año en que firmara el contrato.
Hola,
Me acaban de ofrecer un contrato de relevo para la sanidad pública madrileña. Voy a tener un bebe en noviembre y me gustaría saber si tengo derecho a reducción de jornada por cuidado de hijo o cambio de turno, ya que el horario es de 15 a 22h y es incompatible con el cuidado del bebe. Tendría derecho a alguna de las dos cosas?
Gracias y un saludo
A la reducción de jornada siempre.
Alucino con las maternidades. Simplemente por ser un contrato de relevo ya tienes una jornada reducida al menos en un 25 %, y aùn así quieres reducir más. Así no sale el pais adelante, con tan poquitas ganas de currar…. mal vamos.
Hola.
Entré a trabajar en el puesto de un compañero prejubilado y mi contrato es de relevo indefinido.
En el caso de que quisiera dejar este trabajo, cuento con los mismos derechos y obligaciones que con un contrato indefinido normal?
Estoy en el convenio del metal.
Muchas gracias.
Sí, preavisar con lo que indique el convenio colectivo.
Hola que tal !!!
Miren llevo ya un tiempo comiendome la cabeza desde que firme el contrato de relevo,busco soluciones en internet y no encuentro lo que quiero buscar , haber si ustedes me podrian ayudar
Yo firme un contrato de relevo el 1 de diciembre de 2014 con el 75 % del sueldo lo que pasa que yo en ese momento le dije al jefe que si iba a cobrar el 75% del sueldo le iba a trabajar el 75 % de las horas proporcionales que pertenecian a ese 75 % el jefe claramente se molesto y me dijo que si no lo queria que tenia la puerta , claramente cedi en aceptar el contrato porque como estan las cosas…. a la conclusion es que a la semana me dice la secretaria y el encargado de turno que iba a cobrar el 100 % de las horas porque el jefe penso que yo tenia razon en las horas proporcionales a esos 75% y me puso a cobrar el 100 % del sueldo y a trabajar el 100 % de las horas para que pudiera salir como los demas compañeros de turno con eso confirmo que mi contrato es Jornada Completa pero a su vez pone que mi finalizacion del contrato es el 1 de Junio de 2018 una vez ese dato son 42 meses continuamente trabajando habiendo sido subrogado 2 veces y con lo cual esa fecha el jubilado ya cumple su finalizacion laborista ahora mi pregunta es….
¿Soy fijo en la empresa por llevar 42 meses trabajando continuamente por tener un contrato de jornada completa a pesar de poner una fecha de finalizacion de contrato a pesar de 2 subrogaciones?
Gracias
No, depende tanto de la duración, sino de la reducción de la jornada y del tipo de contrato que te han hecho. si el contrato indica que es temporal, en principio, no eres indefinido.
Pero no hay una ley que pone que si llevas mas de 30 meses o 36 meses automaticamente te hacen indefinido?
Si encadenas dos más contratos temporales de obra o servicio o eventuales, no para los contratos de relevo ni formativos ni de interinidad.
Buenos días, mi marido tiene un contrato de relevo temporal de 8 años que finaliza ahora en julio, pero el que esta relevando lleva casi 4 años jubilado totalmente, esta mi marido fijo en la empresa?
hola, firme un contrato de relevo ( yo era el relevista ) en el año 2010, el que se jubilaba tenia solo 25 % de jornada por lo que me hicieron mi contrato indefinido a jornada completa (mod 100) desde el principio. Éll se jubilo defintivamente en 2012, y sigo con el mismo contrato. Entiendo que a todos los efectos soy un laboral fijo verdad?
Muchas gracias
Hola, tengo un contrato de relevo al 50%, pero como se supone que la base de cotización debe ser equitativa a la del relevado cobrando un sueldo menor y ademas de media jornada tengo una base de cotización altisima, eso es legal?, o lo legal hubiera sido cotizar por mi parte correspondiente de esa base de cotización?
También me gustaría saber si una vez terminado el contrato me hicieran fija si la empresa tendría ventajas a la hora de pagar seguros sociales.
Gracias.
Efectivamente la base tiene que ser en proporción a la del jubilado parcial, pero no solo tienen que garantizarte la base sino también el sueldo, en todo caso tener una base alta, te beneficia a efectos de seguridad social, aunque tendrás que tener un tipo de tributación mayor.
En relación a la pregunta de los beneficios que pudiera tener el empleador por transformar tu contrato, depende del tipo de contrato que tengas, es decir si es o no temporal, y del que te hagan.
Hola
Me ofrecen un contrato de relevo con una cotizacion superior al sueldo. Esta cotizacion superior me valdria para el paro o jubilacion ?
Sí que te serviría.
Ademas deberías de saber que no es legal que te paguen menos de lo que te cotizan, por lo que podrías reclamar la diferencia entre las cantidades.
Buenas! Estoy cubriendo un contrato de relevo y mi consulta es si tuviese que coger una baja de maternidad, si estando de baja podria optar a alguna plaza vacante fija en el caso de que se convocará.
Gracias.
Sí, podrías optar.
Hola. He tenido un contrato relevo al 50%. Me dijeron que yo como relevista iba a trabajar medio año y el otro medio el trabajador. Yo empeze a cobrar mi media jornada de diciembre 2015 y en junio 2016 que me tenia que incorporar me salió un trabajo a jornada completa y renuncié al contrato relevo. Me dijeron que tenia que devolver el dinero de palabra, pero hasta hoy 12 de abril 2017 no me lo han mandado por escrito. Es legal la acumulacion de trabajo de medio año? Que plazo hay para que la empresa me pida devolver el dinero? Parte de el dinero es ya de hace mas de un año.
Si, es posible acumular. Un año para la reclamación de cantidad.
Buenos días,
Acabo de pasar a jubilación anticipada con contrato de relevo (61 años y 5meses).
¿Tiene que darme la empresa de baja en mi antiguo contrato, y hacerme uno nuevo?
¿Procede finiquito?
¿En que situación laboral me quedo, en caso que la empresa quebrara, o me despidiese, qué indemnización me correspondería?
El tiempo que tengo que dedicar a la empresa, según convenio, lo hago continuo (5 meses).
Muchas gracias
Procede finiquito e indemnización si así lo recoge el convenio colectivo, pero en principio. Si la empresa quiebra o te despide habrá que valorar las causas del despido y situación de la empresa, las posibilidades son muy amplias para explicarlas. Así que si alguna cosa de esas pasara, habrá que valorar el caso.
En octubre mi empresa me hacen una jubilación parcial al 85-15, entre el INSS y mi empresa, me tienen que pagar el 100% de lo que gano ahora, me tienen que indemnizar o finiquitar mi empresa.
Muchas gracias
Finiquitar en su momento, indemnizar salvo que lo indique el convenio no.
Tengo 62 años y llevo 8 meses de baja por enfermedad crónica, si paso el tribunal médico me dícen que tendría un invalidez del 55% mas un 20% por la edad, por lo que me quedaría refucida bastante la pensión
Se le puede exigir a la empresa el contrato de Relevo?
La empresa no tiene ningun beneficio por hacer un contrato de relevo?.
Muchas gracias de antemano.
No, no se le puede exigir.
Hola yo he firmado mi contrato relevo con fecha del 1 de marzo del 2013 pero cuando firme estaba aun con un contrato de un año q terminaba el 13 de marzo del 2013 y q habia empezado el 14 de marzo del 2012. El relevo se me termino el 7 de enero del 2017. Cuantos dias m pertenece d loquidacin?
Hola!
El mes que viene se me acaba mi contrato de relevo. Me han dicho que me renuevan, pueden hacerlo con otro contrato de relevo? o ya están obligado a hacerme indefinida?
Gracias
Saludos
Montse M
Depende de las necesidad de la empresa
Hola me llamo David tuve un contrato relevo 2011 hasta fecha marzo 2016 el jubilado estaba a jornada completa y a mi me pusieron a 5 horas el estaba de día y yo de noche todo lo contrario esto es contratas ferroviarias ahora en febrero tengo el juicio con la subcontrata actual sabéis si me puedo quedar fijo en la empresa o me darán el dinero …..muchas gracias al k lea esto y me conteste
Es una decisión de la empresa
La baja por maternidad se puede considerar como contrato de duración determinada
Si es para cubrir ese puesto, lo correcto sería un contrato de interinidad.
Buenos días
Si el contrato de relevo es firmado en 2012 que indexación me corresponde ,? Cuantos días por año? Gracias
9 días.
Mi empresa y el Comité están negociando el próximo convenio y están están estudiando si hay alguna posibilidad de que los 16 contratos de relevo que tienen desde ahora al 2018 pueden ser ofrecidos a los 16 primeros trabajadores fijos discontinuos de la empresa al 75% con carácter indefinido.
Agradecería enormemente tu respuesta ya que se dicen muchas cosas al respecto pero ninguna clara
Gracias
Hola,
Puede ser el relevista una persona contratada para ello, aunque actualmente esté en otra empresa o tiene que ser necesariamente desempleado?
Se celebrará con un trabajador en situación de desempleo o que tuviese concertado con la empresa un contrato de duración determinada.
Gracias Alejandro,
me surge otra duda … el contrato de relevo se puede realizar un mes antes de que el relevado pase al contrato temporal o deben ser simultáneos en la fecha
Buenas,
Tengo un contrato relevo que finaliza próximamente.
La empresa me esta ofreciendo un nuevo contrato temporal.
¿Tengo derecho de todas maneras a la indemnizacion? ¿Continuo aumentando la antiguedad en la empresa?
Gracias por sus respuestas
Sí, tiene derecho a la indemnización.
Sí, todo los contratos se suman a efectos de antigüedad.
Si me llaman de una bolsa de trabajo para un contrato relevo, puedo renunciar a mi actual trabajo y tener derecho a coger el contrato de relevo?
Tengo la misma duda….yo no soy fija en la empresa en la que actualmente trabajo alguien me puede ayudar?? Me puede pedir mi actual empresa que justifique que me voy a un organismo publico, me pueden negar los papeles del paro?? Gracias
Tendrías que ser baja voluntaria en la empresa en la que trabajas actualmente y no tendrías derecho a prestación por desempleo. Puedes tenerlo en función de la extinción que se produzca en la nueva empresa que trabajes.
Buenas
He echado la solicitud a un proceso selectivo en un hospital público para un contrato de relevo. Como tengo 62 años me dicen que no reúno los requisitos porque soy mayor que el trabajador que se prejubila. Si el que prejubila hace uso de un derecho que es el de prejubilarse ¿no puedo yo a la vez ejercer mi derecho al trabajo?
¿No se trata de una discriminacion por razón de la edad?
Gracias
Hola,
Me gustaria saber, si la empresa quiere despedir al relevista a falta de 1 año para el fin del contrato de relevo, porque el trabajador resulta que no trabaja (rendimiento extremadamente bajo), es legal despedirlo con indemnización y formalizar otro contrato de relevo por el tiempo restante?
Muchas gracias.
Por lo que e indicas, la empresa le quiere realizar un despido disciplinario por un descenso continuado en el rendimiento de trabajo normal o pactado, pero reconociendo la improcedencia del despido, ya que le ofrece una indemnización. En dicho caso, salvo que exista una causa de nulidad (más información), si que es legal.
Buenas tardes Alejandro,
como tu indicas, si la jornada reducida del trabajador que se jubilará es superior al 75% se debe hacer un contrato indefinido…
es normal o aceptado por el SEPE que se le haga al relevista un contrato de trabajo temporal a tiempo completo con una duración determinada por 4 años (fecha final sería cuando hay la jubilación completa) si la el trabajador a jubilarse reduce en más del 75% su jornada??
en el anexo del contrato temporal figura que se realiza por RELEVO. También se indica que la reducción de jornada y salario podrá alcanzar el 75% cuando el contrato de relevo se concierte de manera indefinida y a jornada completa.
Gracias por tu atención en mi consulta. Saludos,
Buenos Días,
En el caso de un contrato relevo indefinido. En el caso de relevista.
Se me plantea la duda en el cálculo de la indemnización en caso de despido improcedente. Si se aplican los mismos derechos que a los trabajadores; que tienen 33 días/año ó se aplica la distribución de días según la tabla para el contrato definido hasta la jubilación total del trabajador:
1.2013: 10 días de salario por cada año de servicio
2.2014: 11 días de salario por cada año de servicio
3.2015: 12 días de salario por cada año de servicio
¿que se le aplica al relevista en el caso de que el despido sea posterior a la finalización del contrato por parte del trabajador?
gracias de antemano por vuestra colaboración
En caso de despido improcedente la indemnización sería de 33 días.
Buenos días, un contrato indefinido ordinario (100) que lleva un anexo de contrato de relevo. Finaliza cuando comentáis en el blog o sigue el contrato indefinido cuando finalice el relevo, finalizando solo el anexo de relevo?
Saludos y gracias.
un contrato indefinido, no tiene fecha fin de contrato, por tanto el contrato continúa.
Aclarado entonces, muchas gracias, es que al leer el blog, tenia dudas que finalizarán ambos contratos al finalizar el anexo de relevo (fuera vinculante), entonces entiendo que solo finaliza el anexo de relevo, continuando el contrato indefinido del trabajador que entro al relevo.
Saludos.
Buenos días:
El contrato de relevo se celebrará con un trabajador en situación de desempleo o que tuviese concertado con la empresa un contrato de duración determinada. Yo tengo ahora contrato indefinido, y otra empresa me ofrece un contrato de relevo. ¿puede contratarme? ¿si estoy 1 único día en desempleo después de haber comunicado a mi empresa mi baja voluntaria sería factible? Gracias.
A la hora de un contrato de relevo, la empresa puede cojer a una persona (ett) para hacer las labores del trabajador relevado, y al trabajador relevista, darle unas tareas diferentes en trabajo y categoría de las que tenía el trabajador relevado?
En dicho caso, el contrato de relevo pude considerarse en fraude de ley y por tanto indefinido.
Buenos días.
He leído en su blog que para acceder a un contrato de relevo se ha de contratar a una persona en situación de desempleo o que tuviera un contrato de duración determinada con la empresa. Mi pregunta es,¿de cuanto tiempo como mínimo ha de ser ese contrato de duración determinada? Muchas gracias.
Buenos dias.
quisiera acceder a la jubilacion parcial, he recibido una comunicacion de la tesoreria de que reuno los requisitos y me asignan una coeficiente reductor del 50% ,entendiendo que seria la reducion de jornada, sin embargo la empresa dice que solo me corresponde el 25%,ya que ellos tienen que cotizar por el 75%.
Mi pregunta es si es correcta la posicion de la empresa.
Gracias por su atencion
Si la reducción es de un 50%, la reducción de la jornada también debería ser de un 50%.