El contrato eventual por circunstancias de la producción
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El contrato por circunstancias de la producción
El contrato por circunstancias de la producción, actualmente, es el contrato temporal fundamental tras la supresión del contrato de obra por le reforma laboral operada a finales del año 2021.
Este contrato está regulado en:
- El artículo 15 del Estatuto de lo Trabajadores y,
- el Real Decreto 2720/1998, de 18 de diciembre, por el que se desarrolla el artículo 15 del Estatuto de los Trabajadores.
Este tipo de contrato temporal sólo se puede realizar en las siguientes tres circunstancias:
- Necesidades ocasiones e imprevisibles, sean o no de la propia actividad normal de la empresa, que requieran de necesidad de una mano de obra.
- Cubrir las vacaciones de personas trabajadoras de la empresa.
- Cubrir situaciones ocasionales y previsibles, pero cuya duración no sea superior a un máximo de 90 días en el año natural, y nunca de manera continuada.
En caso contrario, el contrato puede encontrarse en fraude de ley, como más adelante detallaremos.
Claves del contrato de trabajo
En el informe de vida laboral, además de cuando se firma el contrato de trabajo, se establece una clave del contrato de trabajo que determina si es a jornada completa o parcial.
- Contrato 402, contrato de eventual a jornada completa.
- Contrato 502, contrato eventual a jornada parcial.
¿Cuándo se pueden hacer este contrato temporal?
Tras la reforma laboral, el contrato por circunstancias de la producción es el principal contrato temporal que una empresa puede realizar cuando tenga una necesidad temporal después de la eliminación del contrato de obra.
Por ello, el primer requisito para pode hacer este contrato es una necesidad coyuntural de la empresa, sea o no de la propia actividad, siempre que no se superen los límites como más adelante detallaremos.
El artículo 15 del Estatuto entiendo por circunstancia de la producción: «el incremento ocasional e imprevisible y las oscilaciones que, aun tratándose de la actividad normal de la empresa, generan un desajuste temporal entre el empleo estable disponible y el que se requiere.»
En cualquier caso, la reforma laboral también ha creado una excepción, pudiendo realizar este tipo de contrato temporal ante necesidades cíclicas conocidas de la empresa siempre que no se supere un máximo de 90 días de forma no continuada en el año natural.
Por lo tanto, aunque este contrato sólo se puede realizar para necesidades temporales, tras la reforma laboral también se habilita para necesidades de corta duración, aunque sea necesidades permanentes de la empresa que se repitan todos los años.
Por último, y siguiendo la jurisprudencia que había determinado el Tribunal Supremo como aquí explicamos, se puede realizar para cubrir vacaciones de los trabajadores fijos de la empresa.
En el convenio colectivo de aplicación al contrato de trabajo, se podrán determinar las actividades por las que un trabajador puede ser contratado como eventual por circunstancias de la producción, así como fijar criterios en cuanto a la proporción de trabajadores empleados bajo esta modalidad y el número de trabajadores totales de la empresa.
Formalización del contrato
El contrato deberá realizarse por escrito, aunque el artículo 8 permita que su forma no sea escrita cuando su duración sea superior a cuatro semanas y sea celebrado a jornada completa.
En cualquier caso, la ausencia de que el contrato no esté por escrito, sólo puede beneficiar al trabajador ya que el contrato se presumirá indefinido a jornada completa.
Por último, para que el contrato no esté en fraude de ley, tal y como determina el artículo 15 «será necesario que se especifiquen con precisión en el contrato la causa habilitante de la contratación temporal, las circunstancias concretas que la justifican y su conexión con la duración prevista.».
Duración y prórroga del contrato.
El Estatuto de los Trabajadores establece que la duración máxima de este contrato será de seis meses en un periodo de doce meses.
Ahora bien, el convenio colectivo sectorial de aplicación a la relación laboral, puede ampliar dicha duración máxima, sin que en ningún caso el contrato pueda superar el año de duración en un periodo de dieciocho meses.
No obstante, en los contratos temporales realizadas por una necesidad conocida, los contratos no podrán superar la duración de los 90 días naturales no consecutivos en el año natural.
Una cuestión fundamental en este caso, es que el límite de 90 días no es por contrato de trabajo, sino que es un límite que se le impone a la empresa de forma que no puede utilizar este contrato con varios trabajadores si superan los 90 días.
Por último, además de lo indicado anteriormente que es el plazo establecido para este contrato, existe otro límite general para la concatenación de contratos temporales es decir, contratos eventuales o de obra o servicio.
Tras la reforma laboral, este límite se ha reducido siendo actualmente de 18 meses en un periodo de 24 meses, además de incluir a todos los contratos, ya sea de sustitución o de formación.
Por ejemplo, si se realiza un contrato temporal de un año, si se realiza un contrato de sustitución cuya duración supera los seis meses obligatoriamente la persona trabajadora adquiriría la condición de indefinido.
Esta cuestión la explicamos de manera más amplia en este artículo…
En cuanto a la posibilidad de prórrogas del contrato, si el contrato se concierta por un plazo inferior a la duración máxima legal, o a la que indica el convenio colectivo, podrá prorrogarse una única vez por el acuerdo de las partes, sin que pueda exceder la duración máxima anteriormente indicada.
Si finaliza el periodo del contrato de trabajo, o excede los límites legales, y el trabajador continúa realizando la prestación laboral el contrato será considerado indefinido.
El contrato en fraude de ley
El contrato se entiende celebrado en fraude ley, y por tanto la relación se presume indefinida cuando se cumplen algunos de los siguientes situaciones:
- El contrato no se ha formalizado por escrito y la duración supera los 4 semanas.
- Ha superado la duración máxima recogida en el estatuto de los trabajadores o convenio colectivo.
- La causa del contrato no es temporal, sino indefinida o estructural.
En casos de que el contrato esté en fraude de ley, la relación será deberá ser considerada indefinida y por lo tanto, la empresa no puede extinguir la relación laboral por un fin de contrato temporal.
En el caso de que indique una finalización de contrato temporal, cuando éste se encuentra en fraude de ley, debemos demandar por despido en un plazo de 20 días hábiles desde la extinción.
Extinción de la relación laboral y necesidad de preaviso
El contrato se puede extinguir por cualquiera de las causas que indica el artículo 49 del Estatuto de los Trabajadores.
Aunque las dos causas más típicas son: finalización del contrato por alcanzar la duración del mismo o el despido realizado por la empresa.
Se produce un despido, principalmente, cuando la empresa extingue la relación laboral antes del plazo acordado en el contrato.
Sobre los derechos del trabajador en este caso, os recomiendo el siguiente artículo:
En caso de extinción de la relación laboral por fin de contrato temporal, la empresa tiene que cumplir los siguientes requisitos:
- No es necesario el preaviso de 15 días, al no superar el contrato el año de duración. Como mucho será igual al año, pero nunca superior.
- No es obligatorio que la comunicación sea por escrito. Es válida cualquier comunicación en la que se indique de manera clara e inequívoca la extinción de la relación laboral por fin del contrato temporal.
Indemnización
A la finalización del mismo, el trabajador tendrá derecho a recibir una indemnización de 12 días por año trabajado, o lo que es lo mismo, un día por cada mes de trabajo.
Es decir, si se trabaja seis meses se tiene derecho a 6 días de indemnización.
Para calcular la indemnización, se debe calcular el salario día, y para ello, se coge el salario anual y se divide entre 365 días, o se coge el salario mensual y se divide entre 30,42 días.
Aquí tienes una calculadora para que puedas conocer la indemnización que te corresponde.
Baja voluntaria o no renovación del contrato temporal
En caso de que el trabajador no quiera renovar el contrato temporal o continuar con la relación laboral, no deberá preavisar con 15 días, siempre que cumpla con lo indicado el tiempo acordado en el contrato de trabajo.
Por otro lado, si quiere renunciar a su puesto de trabajo antes de que finalice el contrato deberá notificar una baja voluntaria preavisando con lo que indique el convenio colectivo, o en su defecto se recomienda 15 días.
No es necesario preaviso si se encuentra dentro del periodo de prueba recogido en el contrato de trabajo.
Igual que en la situación anterior, no tendrá derecho a indemnización ni a prestación por desempleo, con la diferencia que si será necesario el preaviso.
Buenas tardes,
¿Es posible que después de que finalice un contrato eventual por circunstancias de la producción me vuelvan ha hacer otro contrato con la misma naturaleza (no prorroga) ? ¿Dónde se regula?
Sí, es posible. Ahora bien, no puedes estar trabajando más de 18 meses concatenando este tipo de contratos, ya que en dicho caso, el contrato está en fraude de ley.
Hola, buenas.Una pregunta,a mí me hicieron un contrato de 12 días por circunstancias de producción y he firmado una prórroga de 13 días más.Mi pregunta es si pueden hacerme otra prórroga o me cierran el contrato? Y si me pueden hacer otra prórroga estoy obligada a firmarla o no??Y si no la firmó tengo derecho a paro??
No, no pueden hacer otra prórroga de ese mismo contrato. Pueden convertir el contrato en indefinido, en cuyo caso, no tendrías derecho a paro si no estás conforme, o realizar otro contrato temporal.
Gracias
Buenas tardes, tengo un contrato eventual por circunstancias de la producción que firmé el 31 de marzo por 6 meses y ahora me han hecho una prórroga por 4 meses y 28 días (del 01/10/2022 – 28/02/2023). Está bien lo que acaban de hacer?. Cual es el significado de que sea así y no por 6 meses?.
Habría que ver que es lo que dice el convenio colectivo y la causa que lo justifica la renovación. Es decir, el tiempo viene marcado por la necesidad empresarial.
Buenos días,
Mi duda surge ya que en mi caso en octubre de 2017 firmé un contrato temporal que en Abril de 2018 pasó a ser indefinido, por lo que cuando reviso mi vida laboral es octubre de 2017 la fecha que me aparece como comienzo de mi indefinido. ¿los complementos salariales que tengo asociados a ese contrato indefinido deberían iniciarse con fecha de octubre de 2017 o con fecha de abril del 2018? Me surge esta cuestión ya que en mi empresa disponemos de un complemento de productividad fija por convenio a los 5 años de iniciar en contrato indefinido…
Gracias y un saludo
Indefinido es desde abril de 2018 a los efectos del convenio.
Hola, me han echo un contrato de producción por 6 meses en una entidad pública . Mi pregunta es si tengo derecho a los días por asunto propio. Me comentan que no pero no estoy segura
Sólo si el convenio colectivo de aplicación recoge esos días.
Hola, tengo un contrato por circunstancias de la producción en jornada completa, 401, desde el 23/05/2022 hasta 22/12/2022 (según ajusto son 7 meses, y no 6 como he leído que indica la ley como tiempo máximo) con 2 meses de prueba, ya superados.
– ¿qué ocurre con 7 meses en lugar de 6 meses? ¿podría sacar provecho de alguna forma de eso?
– ¿deben darme preaviso con antelación?
– Si en la fecha de finalización del contrato la empresa no se manifiesta entiendo que paso a ser indefinida en la empresa pero, ¿puedo negociar las condiciones de mi contrato de alguna forma? Sueldo anual, horario de trabajo (ya que no está indicado en el contrato solo h totales semanales).
– No me gustaría seguir con las mismas condiciones. ¿Se tendría que producir la baja voluntaria? Sería penalizante para mi pues no podré cobrar desempleo mientras busco otro empleo
Habría que mirar si el convenio permite contratos de más de seis meses. Si así no fuera, el contrato estaría en fraude de ley y se presumiría indefinido. No, no es necesario preaviso en caso de fin de contrato temporal, y en caso de que no se comunica nada, el contrato se prórroga en las mismas condiciones. Siempre se puede negociar, pero si la empresa no quiere, se mantiene las mismas condiciones. En otro caso, sería baja voluntaria.
Buenas noches. Quieren contratarme como administrativo desde agosto hasta octubre que empiezo en la universidad, es un hotel. Qué tipo de contrato sería el más correcto? La persona que ocupaba el puesto se fue voluntariamente por cambio de domicilio a otra cuidad. Sería posible un contrato temporal imprevisible? Sólo podría ser indefinido? Gracias
Depende de las necesidades de la empresa, el hecho de que te vayas a ir en octubre no determina que exista una causa temporal.
Hola, me he dado de baja voluntaria en la empresa con 6 años de antigüedad por que tenía contrato de media jornada indefinido. Y seguido he encontrado otro trabajo de 7 horas de Lunes a viernes pero he han echo contrato 502. Mi antigüedad sigue corriendo en esta otra empresa o tengo que empezar de nuevo.
Este nuevo contrato creo que sólo puede durar 4 meses. Por favor, quisiera que me
Dijera cuantas veces pueden prorrogar éste nuevo contrato para hacerme indefinida.
La antigüedad comienza desde cero en la nueva empresa. Sólo una prórroga.
Gracias, por tu respuesta.
Buenos días,
Tengo un contrato temporal por circunstancias de la producción de 12 meses, en septiembre de este año (2022) se termina y todo apunta a que continuaré en la empresa, mi puesto se ha consolidado. Mi pregunta es, ¿Con la nueva Ley si continúo sería ya un contrato indefinido? o ¿Pueden hacerme otro contrato temporal?
Gracias
Pueden hacer otro contrato temporal si existe causa para ello.
Buenas tardes,
Estoy cobrando el subsidio para mayores de 52 años y he empezado a trabajar en una empresa en la que me han hecho un contrato de DUR.DET.TIEMPO PARC.EVENTUAL PRODUCCIÓN por 3 meses, dando 6 horas semanales.
En el SEPE solicité seguir cobrando parcialmente el subsidio para > 52 años, porque la jornada laboral de esas 6 horas semanales es de sólo el 15%, por lo que me deben de seguir pagando el 85% del subsidio.
Todavía estoy en el periodo de prueba pero después de una semana no me termina de convencer del todo el trabajo.
– ¿Puedo darme de baja durante el periodo de prueba y volver a cobrar el subsidio para > de 52 años (he leído en algunos sitios que se considera «baja voluntaria», aunque se solicite la baja durante el periodo de prueba) o si solicito esta baja perdería el subsidio?.
– ¿Qué tendría que hacer para recuperar el subsidio de > 52 años, esperar a que termine el contrato de 3 meses y notificar que no quiero renovarlo…?
Muchas gracias y un saludo
Indicar un periodo de prueba no superado o solicitar no continuar con el trabajo por no querer renovar el contrato es asimilable a una baja voluntaria, sin derecho a prestación por desempleo.
Hola, he estado trabajando durante un año bajo un contrato 402 y ahora me pasan a un contrato indefinido. Me están liquidando y indemnizando para terminar la relación laboral antes de empezar el nuevo contrato. Me han dicho que de esta manera, pierdo la antigüedad y por lo tanto empieza a contar des del inicio del nuevo contrato. ¿Es cierto que están obligados a indemnizarme y a liquidarme y que esto supone la pérdida de la antigüedad? ¿O son cosas distintas?
Muchas gracias
No, en mi opinión, aunque lo hagan no se pierde la antigüedad si el contrato se hace uno detrás de otro o con un lapso inferior al mes.
Buenas tardes,
Os expongo caso :
Contrato temporal: Jornada parcial
Diciembre’22 (prórroga hasta febrero)
Marzo’22 -finiquito (parada)
Contrato temporal (misma empresa) :Jornada parcial
Abril’22 (prórroga hasta julio)
¿Podrían llamarme de la misma empresa para trabajar otra vez aunque haya pasado los 6 meses?
Abril’22
Sí, pero habría que ver el tipo y causa del contrato.
Buenas, tengo el caso de una trabajadora que tuvo un contrato eventual de 6 meses desde el 02/11/2021 hasta el 01/05/22. Nuestro convenio para el anterior eventual, dejaba prorroga a 12 meses, pero el convenio esta caducado.
Ahora queríamos hacerle un eventual causas no previsibles, colectivo 967, hasta el 30 de septiembre, es posible?.Muchas gracias
No se a que te refieres exactamente por causas no previsibles, y si son diferentes al anterior contrato eventual, pero si es una causa temporal y diferente entiendo que sí que sería posible.
Buenas tardes,
Tenemos un compañero que se le realizo un contrato eventual por necesidades de la producción el 21/12/2021 hasta el 20/06/22, 6 meses, hoy 21/06/22 me llega para firmar una prorroga de otros 6 meses más hasta el 20/12/22.
¿Este contrato puede estar en fraude de ley?.
Es un contrato en una empresa del metal y para un centro de Pontevedra, centro que por cierto ni ha pisado, porque siempre ha estado en centros de trabajo en Madrid.
Muchas gracias por vuestra contestación.
Con lo indicado no es posible indicar si está o no en fraude.
Buenas, me hicieron un contrato eventual por circunstancia de la producción de un mes (abril-mayo), al finalizar dicho contrato, hicimos una prórroga que esta próxima a vencer, ¿es posible una nueva? ¿Si es necesario que continue en el trabajo, hay alguna forma que pueda seguir sin pasar a ser indefinida? Muchas gracias.
Del mismo contrato no se puede hacer más prorrogas. Sobre hacer otro contrato temporal, dependerá de las necesidades de la empresa.
Hola buenas tardes llevo 7 meses trabajando para una empresa con baja y alta a la SS cada 3 semanas, según la nueva normativa he superado el límite legal para que me hagan fijo- discontinuo u otro tipo???
Saludos, gracias de antemano.
Por tiempo trabajado no.
Buenos días.
Gracias por la información.
Tengo una “Comunicación del contrato de trabajo temporal por circunstancias de las producción tiempo parcial código 502” pero la única información del “contrato” son los datos básicos de la empresa y los míos, más una descripción básica de ocupación )profesor!, las fechas y las horas. En ningún sitio parece el sueldo ni ninguna descripción de beneficios / derechos (días justificadas, por ejemplo). ¿Esto es normal? ¿Qué información tienen que incluir?
El contrato suele incluir la indicación de salario «según convenio» e indicar el convenio colectivo de aplicación. Con ello, se podría ver el salario que corresponde.
tengo un contrato de trabajo eventual por circunstancias de la producción por 6 meses, jornada completa. Tengo 3 meses trabajando. Si deseo renunciar al trabajo debo dar preaviso de 15 días o no es necesario?
Sí, el preaviso que indique el convenio colectivo.
Buenos días, actualmente estoy con un contrato DURacion DETeterminada TIEMPO COMPLeto EVENTUAL PRODUCCION hay que dar preaviso para abandonar la empresa por deseo propio, ya que he encontrado un nuevo trabajo mejor remunerado, para cobrar el finiquito? y a que tengo derecho en ese finiquito?
Sí, tienes que preavisar con lo que indique el convenio colectivo. El finiquito, las vacaciones generadas y no disfrutadas así como la parte proporcional de las pagas extras.
Hola buenas, me gustaria saber si con un contrato por aumento de produccion, se me puede no renovar para no hacerme fijo, y contratar a otra persona, o no lo permite la ley, gracias
Depende, la cuestión depende bastante del caso concreto y necesidades de la empresa. Si no te hacen otro contrato temporal y contratan inmediatamente a otro trabajador para el mismo puesto y funciones, seguramente no sea correcto.
Buenos dias. El dia 18 de marzo de 2021 empece a trabajar en una cafeteria con un contrato de DUR.DET.TIEMPO PARC.EVENTUAL PRODUCCIÓN. Solo he firmado 2 prorrogas de fueron de mes a mes y desde ahi no supe nada más del contrato. A dia de hoy, despues de 1 año y 2 meses, sigo trabajando en el mismo sitio. Ya estaría como contrato indefinido? Un saludo.
Seguramente, puedes revisarlo en el informe de vida laboral viendo el Código de contrato.
En la vida laboral me pone C.T 502.
Si ya llevas más de un año con el mismo contrato eventual, ese contrato está en fraude de ley, y tu relación laboral es indefinida.
Buenas tardes,
La empresa me contrató con un contrato de interinidad (sustitución de una persona con derecho a reserva de plaza) por baja de enfermedad de una persona (estaba de baja pre parto). Ese contrato duró doce días. Posteriormente esa misma persona entró en baja por maternidad, lo cual causó el fin de ese contrato y se me hizo un nuevo contrato para cubrir esta última baja, previa inscripción como demandante de empleo por mi parte por dos días. Ese contrato finaliza el próximo 30 de junio. La pregunta es ¿podría la empresa contratarme ahora con un contrato por Circunstancias de la producción ( por las vacaciones de sus empleados fijos)?
Muchas gracias.
Sí, si existe causa para ello.
Hola Alejandro,
Si tienes un contrato temporal de 6 meses de jornada completa en horario partido es obligario hacer fija a la persona pero, pueden pasarla de jornada completa a media jornada para hacerla indefinida y contratar a otra persona a media jornada? Quieren dejar a una persona 4 horas por la mañana y otra 4 horas por la tarde. Es posible o debería hacerla indefinida a jornada completa obligatorio? Gracias
Depende de cómo se realice. La empresa puede finalizar la relación laboral y ofrecer un contrato indefinido a jornada parcial de cuatro horas. Si la empresa directamente transforma el contrato temporal en indefinido, sí que deberá de ser a jornada completa.
Si lo transforma a 4 horas tiene que contar con otro trabajador o piede ser el mismo que estaba a 8 horas?
Si finaliza el contrato temporal, la empresa puede tener una necesidad de contratar a alguien indefinido sólo 4 horas, sin que tenga que contratar a otro trabajador. Si se transforma el contrato temporal, tiene que ser el mismo trabajador el que realiza las ocho horas.
Hola
Estoy en un contrato de larga baja médica, si llevo 1 año y la persona no vuelve porque la incapacitan, tienen que hacerme indefinido?
No, cuando finalice la causa del contrato temporal, se puede extinguir la relación laboral.
Aunque sea un puesto de estructura y tengan que cubrirlo si o si? No tengo ninguna prioridad? Gracias
No, salvo que el convenio indique otra cosa.
Hola buenas tardes me hicieron un contrato eventual por cincunstancias de la produccion a tiempo completo en caprabo desde el día 17 de marzo hasta el 28 de mayo del 2022 me pueden hacer otro contracto y de cuanta duración gracias y un saludo
Si, podrían hacerte otro contrato temporal si existe causa para ello. Sobre la duración depende bastante, del tipo de contrato, la causa del mismo y el puesto a desempeñar.
Buenas tardes.
Tengo un contrato temporal eventual por circunstancias de la producción de 6 meses desde el pasado octubre.
Este mes de abril tras finalizarse, me han ofrecido renovarlo por otros 6 meses, ¿es esto correcto o debería ser indefinido? Muchas gracias.
Si el convenio lo permite, se puede prorrogar.
Si tengo un contrato eventual por cincunstancias de la produccion a tiempo completo del 18 de abril al 15 de mayo, cuantas horas extras puedo hacer como maximo?
Depende. El estatuto habla de 80 horas anuales, y ese será el límite. Pero también depende de lo que diga el convenio o de si compensan con descanso o son retribuidas.
Me quieren contratar para hacer una sustitución por maternidad. El caso que la posibilidad de formarme con dicha persona los 15 días antes de que coja la baja es muy escasa. La empresa considera contratarme mediante un contrato para cubrir situaciones ocasionales y previsibles, pero cuya duración no sea superior a un máximo de 90 días en el año natural, y nunca de manera continuada. La pregunta es ¿me pueden contratar 80 días y después mandarme dos días al paro y volver a contratarme por sustitución por maternidad?
Muchas gracias.
La posibilidad de contratarte, estar dos días en el paro, y volverte a contratar es posible. Ahora bien, lo discutible aquí sería la causa de temporalidad del primer contrato.
Es que dicen que necesitan por lo menos dos meses para enseñarme lo que hace la trabajadora a la que voy a sustituir durante la baja, que con quince días, que es lo que deja el contrato de sustitución es imposible .
Buenas tardes,
Tengo una consulta, tengo un contrato eventual por circunstancias de la producción a tiempo completo con una duración de 364 días. Cómo puedo saber si el contrato no se encuentra en fraude?? Gracias. Un saludo
Habría que revisar el convenio colectivo y el contrato temporal, para saber si cubre una necesidad temporal o indefinido.
Hola Buenos días. Mi consulta es que tengo un contrato eventual por circunstancias de la producción desde el 29/11/2021 de 4 meses Oseas hasta el 28/03/2022 y estoy embarazada la empresa lo sabe.
Mi pregunta es podrían no renovarmen ?
O por estar embarazada la ley me protege?
Gracias de ante mano
Podrían renovarte si quieren, pero el hecho de estar embarazada no les obliga a ello. Ahora bien, no podrían extinguir la relación laboral por fin de contrato temporal si éste está en fraude de ley. Si eso pasa, acudiría a un abogado de tu localidad.
Hola Alejandro,
El 18/05/2021 firmé un contrato temporal (Código Contrato: 410 – Categoría: Jefe de Obras) con un Ayuntamiento para sustituir a un Arquitecto Técnico por enfermedad grave (Yo era el primero de una Bolsa de Trabajo por concurso-oposición). El 23/01/2022 me dijeron desde RRHH del Ayuntamiento que causaba baja porque el compañero al que sustituía le habían dado una baja permanente y había perdido el derecho de reserva de su plaza. Durante este periodo estuve desarrollando todo tipo de trabajos de diversas responsabilidades (Dirección de Ejecución de Obras municipales, firmas de todo tipo de informes (tales como de Protección de la Legalidad Urbanística e Infracciones urbanísticas, Informes Licencias de Ocupación de Vías Públicas, de Permisos de Vados, sobre Expedientes de reclamación Patrimonial, de Valoraciones, redacción de Pliegos y Memorias para Contratación Pública, etc…), participando en Mesas de Contratación Municipal firmando sus Actas, e incluso participando en Tribunales de Concursos-Oposiciones de convocatorias para contratar personal laboral.
Al día siguiente, el 24/01/2022 me dieron de Alta mediante un contrato eventual por acumulación de tareas por 6 meses que prorrogarán a seis meses más una vez que modifiquen el Convenio Laboral Municipal vigente (Código Contrato: 402 – Categoría: Jefe de Obras) que a fecha de hoy aún no he firmado, y sigo desarrollando los mismos trabajos relacionados en el párrafo anterior, de los que tengo documentación de todos ellos firmados electrónicamente.
¿Crees que a día de hoy mi contrato podría estar en fraude de Ley?
Si así lo fuera ¿Crees que sería mejor denunciar ahora o cuando me notifiquen la baja al final del periodo el 23/01/2023?
GRACIAS
Si no has firmado el contrato de trabajo, la relación laboral se presume indefinida. Demandaría ahora.
Perfecto, y ¿crees que sería también fraude de Ley, el hecho de estar trabajando con la categoría de Jefe de Obras y estar desarrollando trabajo estructural?
La categoría no está automáticamente relacionado con si es una necesidad indefinida o temporal.
buenas tardes,el 1 -9-2021 empeze a trabajar ,me hicieron un contrato de DUR.DET.TIEMPO PARC.EVENTUAL PRODUCCIÓN,hasta el 23-12-2021 me renovaron, y me lo ampliaron hasta el 28-4-2022,cuanto es el tiempo maximo que puedo estar con este contrato?Muchas gracias
Sólo una prórroga. Se podría hacer otro diferente con otra causa.
Hola! En Enero me hicieron un contrato de obra y servicio, con la nueva normativa se supone que tienen de limite 6 meses, una vez pasados esos 6 meses y la empresa lo necesita, ¿podrían hacerme otro contrato temporal por circunstncias de la producción o de sustitución? ¿entre contrato temporal cuanto tiempo tiene que pasar, si así lo quiere la empresa?
Sí, pueden hacerte otro contrato temporal sin necesidad de que pase un tiempo mínimo.
Buenos días, si me termina el contrato por circunstancias de la producción con un período de prueba de 2 meses, y me van a hacer un contrato de prórroga de 2 semanas más.
¿Lo tengo que tener por escrito?
¿Me tienen que finiquitar el primero?
Mi contrato es de chófer-repartidor, pero estoy haciendo labores telefónicas y de Oficina
¿Es correcto que cubra estas otras necesidades?
Sí, la prórroga debería de ser por escrito y si es una prórroga no se debe finiquitar el anterior. Si haces otras funciones, el contrato podría estar en fraude de ley.
Tengo un contrato por circunstancias de la producción y se termina en 7 días, si no me quieren renovar, ¿tienen que avisarme con antelación?
No, salvo que el convenio lo establezca.
Buenos días, he estado contratado por campaña de navidad desde noviembre hasta mediados de enero con un contrato eventual por circunstancias de la producción a jornada completa.
Mi contrato se extinguió y quiero saber si me correspondería bolsa de vacaciones pertenecientes a los 2 meses trabajados en el finiquito a pesar de que ya finalizó el año 2021.
Si, te deben de pagar las vacaciones generadas y no disfrutadas en el finiquito.
Buenos días,
Mi duda es sencilla…
A fecha de 28/01/2021 se me hace contrato eventual por circunstancias de la producción durante 6 meses, se me hace prórroga de otros 6 meses.
¿La siguiente vez que se me renueve pasaría a ser indefenido?
Muchas gracias por su trabajo.
No de manera obligatoria, depende de las necesidades de la empresa. Podrían tener causas para un contrato de sustitución.
Buenos días,
Tengo un contrato con código 402 a 40H semanales.
El problema viene cuando la empresa desprograma turnos y a final de mes, sólo paga las horas efectivas que sí que se han trabajado. ¿Es correcta esa forma de proceder o deberían pagarme las 40H semanales independientemente de si las he trabajado o no?.
Muchas gracias y un saludo.
Si estás contratado a jornada completa, se deben de pagar todas las horas, aunque no la empresa no te de trabajo efectivo.
Buenos dias
En agosto me hicieron un contrato por circunstancias de la producción, prorrogado otra vez del 2 de octubre al 31 de diciembre. En fecha 1/1/2022 me han hecho otro contrato por circunstancias de la producción del 1/1/2022 al 31/03/2022. Dando baja y alta a la seguridad social, pero sin liquidar el anterior contrato me indican que lo haran cuando finalize este, es eso correcto?
Gracias
Si son dos contratos diferentes, se debería indemnizar.
Buenas , expongo mi caso. Llevo 36 meses ininterrumpidos con contratos en mi empresa actual. Los 12 primeros meses son de contrato interinidad así que estos no me cuentan. Mi pregunta seria la siguiente, si ya dispongo de 24 meses seguidos con contrato eventual sin llegar a los 30 meses, ¿tendría ya carácter de indefinido o por el contrario tengo que esperar a que llegue a los 30 meses?. Espero vuestra respuesta, gracias.
Si estás más de 24 meses con dos o más contratos temporales, la relación laboral ya debe ser indefinida, no es necesario esperar a los 30 meses.
Buenas noches, yo cubría una excedencia que finalizaba en enero pero la chica a la que sustituia vino en octubre a renunciar y en el mismo momento me tuve que marchar, el contrato era de circunstancias y tenía un periodo de prueba de 6 meses. Me dijeron que no me podían hacer ni circunstancias ni fomento, que la plaza había desaparecido y que si algún volviera tendría que ser indefinida, ¿me lo podría explicar? Muchas gracias
La pregunta es muy amplia, no se a que te refieres con la explicación. La empresa entiendo que ha indicado un periodo de prueba no superado y te podrá volver a contratar en función de las necesidades empresariales. Si tiene una causa temporal, podrá hacer un contrato temporal.
Si el mismo día que Firmas contrato después de terminar tu Jornada, Te encuentras a tu Jefe Pedo y te despide ppr la cara…Aunque el contrato ses temporal…ha de preavisarme no?? Aparte es despudo improcedente…ya que tengo priebas de que no tivo nada que ver con el trabajo..sino con que quiso humillarme en público…y al no conseguirlo..ese fue su jaque mate… GRACIAS POR SU ASESORAMIENTO
Depende de la causa de extinción, pero por lo que comentas se trata de un despido sin carta de despido, que no requiere preaviso, aunque seguramente sea improcedente.
Al acabar un contrato eventual por cincunstancias de la producción, se podría hacer otro a la misma persona si hay causa para ello? ¿Cuanto tiempo tiene que pasar entre uno y otro?
Sí, se puede sin que sea necesario que pase un tiempo.
Me hicieron un contrato eventual por circunstancias de la producción de 2 meses y después una prórroga de 6 meses. Ahora la empresa dice que no me puede renovar más ya que supondría pasarme a indefinido y no quiere. ¿Es así? Y, ¿No podrían hacerme otro tipo de contrato como por obra y servicio para poder seguir trabajando allí?
Sólo puede hacer un contrato temporal si tienen causa para ello. Así que dependerá de las necesidades que tenga la empresa.
Sí, la duda era si se podría pasar de contrato ‘por circunstancias de la producción’ a ‘por obra y servicio’ si hay causa para ello. Porque como solo se puede hacer una prórroga en ‘por circunstancias de la producción’… sería una manera de seguir trabajando allí, que necesidad de seguir contando conmigo en la empresa hay, pero no quieren hacerme indefinido.
No sería cambiar el contrato, sino hacer uno nuevo, que se puede si existe causa temporal. Sólo que si superas los 24 meses en 30 deberían hacerte indefinido.
Buenas tardes,
tengo una duda bastante urgente,
os pongo en situación: El 24/11/2020 me hacen un contrato eventual de 3 meses, el 23 de febrero de 2021 que se me cumplia me hicieron una prorroga de otros 3 meses, y en mayo no me notificaron ninguna prorroga, seguí trabajando y a día de hoy la empresa me quiere despedir y quieren que firme un documento en el cual redacta que en mayo se me hizo una prorroga de 6 meses y que para subsanar la fecha de finalizacion omo el 23/11/2021 firman ambas partes siendo conformes.
Obviamente no he firmado aún hasta poder entenderlo, pero esa prorroga de 6 meses yo no la he firmado ni me ha sido comunicada.
¿puedo constar como que he pasado a ser indefinida ?
un saludo, y muchisimas gracias
Si la relación laboral se presume indefinida con los datos que comentas.
Hola buenas, tengo un contrato de código 502 de trabajo eventual a tiempo parcial por 3 meses y 2 semanas de prueba, ya mi contrato termina el 15 de noviembre pero me ha salido una oferta mejor, con cuánto tiempo debo avisar mi renuncia?
Muchas
Si estás dentro del periodo de prueba, no es necesario preaviso. Si ya lo has superado, lo que indique el convenio colectivo de aplicación.
Para un contrato temporal de 6 meses por circunstancias de la producción como axuliar administrativo en adminsitración local cuanto tiempo de preaviso marca el convenio?
Alejandro hola, me han hecho un contrato 402 de meses de duración y hoy justamente me lo han renovado un mes más. ¿ Al termino de este último mes de contrato, la empresa está obligada a hacerme indefinido? Gracias de antemano y un saludo.
No necesariamente, podrían hacer un contrato temporal si tienen causa para ello. Por ejemplo, una interinidad.
hola
acabo ahora un contrato de circunstancias de la producción de 12 meses, me lo pueden prorrogar otros 12 meses?
qué contratos hay alternativos para no hacerme indefinido?
gracias
No te lo pueden prorrogar. Podrían hacerte otro contrato temporal según las necesidades de la empresa. Por ejemplo, un contrato de interinidad, obra u otro eventual.
Buenas tardes Alejandro, ¿y en el caso de que sea un contrato temporal de 6 meses, que ya se me ha renovado 3 meses, se supone que ya hay una relación contractual indefinida? Es decir yo le puedo reclamar ese estatus de contratación a la empresa?
No, con los datos que me indicas no se puede establecer que la relación sea indefinida.
Buenas tardes. Me gustaría saber cuál sería mi salario según convenio con un contrato de 25 horas semanales de auxiliar administrativo ( 502 grup 7) contrato de un mes de duración, y si me hicieran alguno de más tiempo si cambiaría el salario base. Gracias
Hola
Buenas tardes, tengo un contrato de trabajo eventual a tiempo parcial circunstancias de la producción, con 34horas de jornada.
Mi pregunta es si estoy obligada a realizar horas complementarias, ya que estás hora me las pagan por un importe muy bajo y no me compensa…
Soy recepcionista de una clínica dental y quiero saber si estoy obligada a realizar esas horas ya que nunca salgo a la hora que se establece en mi contrato de trabajo.
Con este tipo de contrato se genera paro,para poder cobrar el día de mañana?
Te recomiendo este artículo donde lo explico.
Hola Alejandro ,una pregunta ,si tienes un contrato eventual con una empresa ,y recibes una oferta de otra, pero del mismo grupo de empresas(solo los nombres de las mismas son diferentes) ,debes seguir con el mismo contrato eventual hasta un año ,o te puede hacer otro eventual ( me refiero que si puede seguir un año entero en la segunda)
Sería otra necesidad, así que hay que hacer otro contrato temporal.
Buenas
El 15 de Octubre me contrataron en una empesa con un contrato 502 hasta el 30 de diciembre. Cuando termine me ampliaron el contrato hasta el 31 de marzo momento en el que me finiquitaron y me volvieron a contratar con un 502 1 mes más (mes de abril). Una vez mas acabado dicho contrato me hacen otro desde el 1/5 al 30/9 y según mi contrato pone » primera prorroga» (para cubrir vacaciones). En resumen:
15/10 -> 31/12 (502)
1/01-> 31/03 (502) me finiquitan
1/04 ->30/04 (502)
1/5-> 30/09 (502) para cubrir vacaciones (segun pone en mi contrato seria mi «mi primera» prorroga)
Mi pregunta es, existe la posibilidad de que una vez finalice mi actual contrato siga en la empresa sin que me tengan que hacer fija? si no… iría a la calle.
GRACIAS.
Depende de las necesidades de la empresa, podrían hacer un contrato de interinidad, si hubiera causa para ello.
Tras un contrato eventual por circunstancias de producción de 12 meses, ¿ se puede hacer un contrato por obra o de cualquier otro tipo? En caso afirmativo, por que periodo máximo?
Sí, se puede, pero si el contrato de obra supera los doce meses, la relación laboral será indefinida como explico en este artículo.
Buenas tardes, me hicieron un contrato de 6 meses y luego una prórroga de otros 6 meses, cuantas vacaciones me pertenecen? Y están pagas mis vacaciones? Que porcentaje? Muchas Gracias
Mínimo son 30 días de vacaciones al año, o 2,5 días de vacaciones por cada mes trabajado.
Buenos dias
Llevo 1 semana trabajando con un contrato eventual por circumstancias de la empresa de 6 meses y tengo dos meses de prueva
Me ha salido un trabajo mejor y necesito saber si debo avisar con 15 dias de antelacion ke me voy durante el oerido de prueba o si no aviso me lo pueden descontar ?
Durante el periodo de prueba establecido en el contrato de trabajo, no es necesario el preaviso.
Buenos días,
Llevo año y medio con un contrato de interinidad a tiempo parcial por una baja, ahora que se reincorpora el trabajador, como va a estar de vacaciones me quieren pasar a un contrato temporal por vacaciones, intuyo que este modelo. Tengo dudas:
Quiero que me respeten las dos semanas de vacaciones y la antigüedad, es posible? Si no lo es y me niego a firmarlo, pierdo el derecho a paro?
Si cuando finalice este contrato temporal parcial me ofrecen otro a tiempo completo pero las condiciones no me convencen, tendría o no derecho a paro?
Gracias.
La antigüedad se respeta, diga lo que te indique la empresa. Sobre las vacaciones, no se si te refieres a unas fechas que tenías ya seleccionadas, ya que también deberían respetarse.
Una pregunta concreta ¿se puede hacer conversión de un contrato 402 en indefinido antes de la fecha finalización del contrato temporal?
Gracias
Sí, se puede.
Buenos días, me acaban de dar de alta en una empresa y todavía no me han dado el contrato aunque sí he recibido un mensaje de la seguridad social diciéndome el nombre de la empresa y la fecha desde la que me han dado de alta (1/6/21), en mi vida laboral aparece fecha de alta 1/6/21 – ct 502 ctp 37,5 gc 7 ¿Me pueden aclarar el tipo de contrato, y me pueden decir lo que cobraré? (soy administrativo.
Muchas gracias
Es un contrato eventual a jornada parcial. El salario, depende de lo que diga el convenio colectivo. Mínimo el SMI que con tu jornada, serán unos 415 euros.
Hola! ¿Un 502 genera derecho a vacaciones? Si se produce un despido hay que incluirlas en el finiquito?
Gracias!
Todos los contratos generan derecho a vacaciones, y las no disfrutadas, deben incluirse en el finiquito.
Buenos días,
actualmente estoy trabajando con un contrato eventual por circunstancias de la producción durante 6 meses. En principio, van a renovarme este contrato y querría saber, por un lado si al renovarme me correspondería una subida de sueldo aunque sea el mismo contrato, y por otro lado si me renuevan 6 meses más, ya no podrían seguir renovándome con este tipo de contrato, no?
Muchas gracias.
Sólo se puede renovar una vez, y la renovación no implica de manera automática el derecho a una subida salarial.
Buenas,
Tengo una duda, Si es el empleado el que no quiere renovar el contrato, hay que pagarle indemnización o no a la hora de liquidar el contrato?
Saludos
En mi opinión, sí.
Buenas tardes, tengo un contrato eventual de dos meses con fecha de finalización, cuando termine no quiero seguir en la empresa, puedo reanudar mi paro? Muchas gracias
Depende, si la empresa te notifica el fin del contrato temporal, sí. En caso contrario, la relación laboral continua y si tu no quieres continuar, no tienes derecho a desempleo.
Buenas noches , tengo una duda. En mayo del 2020 me hicieron un contrato eventual por 6 meses y en noviembre me hicieron una prórroga del contrato actual unos 4 meses. Ahora me han hecho otra contrato de dos meses pero con fecha de antigÜedad desde este mes , por lo tanto en la nómina de marzo me han incluido una indemnización y no se por qué , cuando no me han despedido y sigo teniendo el mismo tipo de contrato. Gracias
Puede ser que hayan hecho otro contrato eventual e indemnizan el anterior.
Buenos días.
En un período de 12 meses me han realizado 4 contratos eventuales por circunstancias de la producción (modelo 402), con una duración de 2 meses cada uno. ¿Los nuevos contratos se consideran prórrogas? ¿Esto estaría en fraude de ley?.
Gracias por la atención.
Depende de si es la misma causa o son diferentes causas.
Hola, en mi caso: 1er contrato eventual por circunstancias de la producción y duración 6 meses, 2o contrato mismo tipo y mismo plazo (llevo un año con ellos).
– ¿el 3er contrato debe ser indefinido o pueden hacerme pero contrato eventual?.
-en caso de que el siguiente contrato no sea indefinido, ¿Tendría que acumular 24 meses contratado en 30 meses?.
Gracias
Te pueden hacer otro contrato temporal en función de la causa. Sí, si superas los 24 meses deberían de hacerte indefinido, pero en ese plazo no cuentan los contratos de interinidad por ejemplo, y es un contrato que podrían hacerte ahora (si tuvieran causa)
Buenas tardes Alejandro,
Qué tipo de contrato deberían hacerme si voy a trabajar a jornada completa pero días sueltos en el mes durante 4 meses (participación en congresos como azafata)? Tendrían que darme de alta todo el período o sólo cada vez que haya un congreso (con lo cual puedo juntarme con 8 ó 9 contratos temporales de escasos días, y además sólo estaré de alta un total de unos 18 días)?
Gracias y saludos
Pueden hacer un contrato por cada evento, o uno temporal más prolongado en función de la necesidad de la empresa.
Muchas gracias Alejandro.
Buenos diassssss!!! necesito ayudaaa!!!!En enero me llamaron para hacerme un contrato de 5 meses y despues uno de 4 meses. Termine el ultimo en octubre. Cuanto tiempo tiene que pasar para que puedan volver a hacerme otro contrato?? Hablo de un contrato eventual..
No existe ningún plazo que tenga que esperar, aunque las empresas suelen esperar seis meses.
Buenos días, si por favor pudieran responderme una pregunta sobre este tipo de contrato…
Antes tenía un contrato por aprendizaje y percibía en sueldo poco más de 1000€ (1041,95€), trabajando a jornada completa. Ahora, me han hecho un contrato por seis meses Eventual por circunstancias de la producción trabajando las mismas horas, y no he llegado a los mil euros. No sé si se debe al cambio de contrato, un error o qué.
Me resulta raro ya que yo debería seguir en el mismo grupo de cotización (7) y el salario base no ha cambiado a menos.
Si por favor alguien puede ayudarme con el tema
Muchas gracias! 🙂
¿Puede ser la retención del IRPF? Habría que ver la nómina.
Si, finalmente me llegó la nómina y es por la retención. ¿Pero por qué tanta retención?
Pasarías de una retención de un 2%, al porcentaje que te corresponde. Lo explico en este artículo.
Buenas te expongo mi caso. Llevo trabajando en acciona como limpieza de trenes desde septiembre 2020 con contrato de eventual por circinstancias de producción. He estado trabajando 10 días o 15 días etc. Desde diciembre 2020 me pusieron a jornada completa pero con el mismo tipo de contrato. Ahora estoy mes a mes y hasta el último día no me dicen si me renuevan o no. Que puedo hacer? Muchas gracias de antemano.
Tendrás que esperar a que te digan si te renuevan o no. Si no lo hacen, habría que ver si el contrato está en fraude de ley para impugnar el fin de contrato.
Pues termino este 28 de febrero pero los días 26 27 y 28 son mis días festivos. Me pueden avisar en estos 3 días de fiesta? Porque si no me avisan sería prorrogar el contrato? Mil gracias y ya no te molesto más.. Un abrazo
Sí, te pueden avisar en esos días.
¡Saludos! Estaba trabajando en una empresa a través de una ETT y tenía contrato eventual por circunstancias de la producción hasta el día 28 de febrero 2021 el viernes 12 de febrero me llama la ETT y me dicen que por diferencia en cuanto a pareceres a la hora de desarrollar el trabajo la empresa usuaria no quiere que trabaje más allí y la ETT me cita para el lunes 15 de febrero en su oficina, cuando acudo a la cita mi sorpresa es que la ETT me entrega una carta de fin de contrato en la que alegan que la duración del mismo había concluído lo cual no es cierto, he firmado no conforme tanto a esa carta como al finiquito, mi duda es para hacer la demanda ¿qué podría reclamar ya que no hay despido? ¿Un despido improcedente? ¿La reincorporación al puesto de trabajo por el tiempo que resta del 15 al 28? ¿Tendría algún problema, si no formulo la demanda, para cobrar la prestación por desempleo ya que el motivo de finalización del contrato no es cierto?
No deberías tener problemas con el desempleo, y lo que tienes que reclamar es el despido improcedente.
Buenos días: Tras un contrato de prácticas de 2 años en el Grupo Cotiz 2, me han hecho un contrato 402 por acumulación de tareas de 1 año de duración en el Grupo Cotiz 7 en el que no tienen en cuenta ni mi nivel formativo, se indica «enseñanzas bachillerato» y dispongo de formación profesional acreditada para mi puesto.
Figuro como auxiliar administrativo pero ejerzo como Responsable PRL, Cal y MA.
No entiendo cómo la legislación puede permitir estas situaciones, que alguien me lo explique….
Lo importante es ver las funciones que realizas y los grupos laborales que indique el convenio colectivo. Es decir, que si realizas funciones de un grupo superior deberás reclamar dicho grupo así como el salario que corresponde.
Buenas me hicieron un contrato por el ayuntamiento de peón de jardinería de 92 días contrato 402 fecha del 2-7-2018 a 1-10-2018 y el día 12- 11-2018 me hicieron otro de peón de jardinería el 401 temporal en que pone que estaría un periodo de 6 meses hasta que entrara una empresa externa del ayuntamiento pero no ha sido así y termine el día 25-11-2020. Estaría en fraude de ley. El despido sería improcedente?
Si el segundo es un contrato eventual, sí, estaría en fraude de ley al superar el año de duración.
No el primero es eventual de 3 meses y dos días (contrato 402)
Y el segundo es de obra y servicio de 24 meses y 13 días (contrato 401)
Los dos contratos son temporal computan no?
Sí, computan.
el primero es eventual el 402 duracion 92 dias y el segundo es por obra y servicio el 401 duracion 24 meses y 13 dias. al tener dos contratos en periodo de 30 meses seria fraude de ley . por que creo que si computan al ser los dos contratos temporales.¿ no? me puedes decir algo gracias
Si con dos o más contratos temporales superas el tiempo de contratación de 24 meses con un eventual o una obra, como comentas, la relación es indefinida.
Buenas tardes hoy me han dicho que tengo que cambiarme de centro de trabajo pero mi puesto laboral está vigente llevó 7 años trabajando en el mismo lugar y empecé con un contrato eventual por circunstancias de la producción y ahora tengo un indefinido mi pregunta es ¿me pueden cambiar así como así o me puedo negar y que me dejen en el mismo lugar trabajo sin que me manden al paro ? Gracias
Habría que ver el cambio de centro de trabajo y si implica un cambio o no de lugar de residencia. Te recomiendo este artículo donde explico las opciones.
Tengo un contrato temporal que finaliza el próximo 31 de diciembre de 2020, pero del 30 de octubre y hasta el 22 de noviembre he estado en ERTE de impedimento. Actualmente ya no estoy en ERTE ¿Me tienen que garantizar esos días 23 días de erte y finalizar el 23 de enero? o por el contrario al no estar ya en ERTE lo pueden finalizar?
Gracias.
Aunque es una cuestión dudosa, entiendo que no se debe de garantizar esos 23 días, aunque habría que ver la causa del contrato.
Buenos días, he terminado un contrato 402 por circunstancias de la producción de un año, y me dicen que no pueden contar conmigo mínimo pasados 6 meses, mi pregunta es la siguiente: ¿en estos 6 meses podría cubrir una baja por enfermedad de otra persona o uno de interinidad? Gracias.
Si, puedes. No es cierto que no te puedan contratar en seis meses, lo explico en este artículo.
hola,buenos dias,tengo una pregunta relacionada con un contrato eventual por circunstancias de la produccion,termino mi contrato de un año el mes de diciembre (07/12/2020),me han dicho que tengo que estar fuera de la empresa 6 meses,para volver a empezar.¿esa es mi pregunta,estoy obligado a estar fuera 6 meses?,¿como puedo buscarle las vueltas?Gracias ,Jose.
La empresa lo hace para evitar la obligación de que te hagan indefinido. Aquí lo explico.
Buenos días:
He participado en un proceso para la confección de una lista de reserva y he quedado primero en la misma. Después de haber trabajado 24 meses con tres contratos eventuales por circunstancias de la producción (6 meses, 1 año y 6 meses) me transmiten que al cumplir con dicho período de 24 meses, no podría volver a ser contratado por esta sociedad pública. Tras pasar 6 meses después de la última contratación, ¿los llamamientos tendrían que comenzar por el primer puesto?
Buenas Tardes,
Estoy contratado con una prórroga de 6 meses sobre un contrato 402.
El caso es que mi puesto es de Ingeniero, siendo el único en plantilla y como tal asumo el cargo de responsable técnico de la empresa, tal y como establece la normativa estatal para las instalaciones objeto de la empresa.
En mi opinión, mi contrato debería ser indefinido puesto que la actividad de la empresa seria imposible de realizar legalmente sin un Ingeniero responsable técnico que firme las instalaciones
Como lo ven?
Muchas Gracias
Si no estás cubriendo una necesidad temporal y coyuntural, sino estructural, el contrato debe de ser indefinido.
Buenas trabajo en una residencia de auxiliar de enfermería con esa categoría, me hicieron un contrato de dos meses y no cogí vacaciones y después seguicon una prórroga de 10 meses, me di de baja laboral tras un accidente de trabajo, hasta un mes antes de finalizar contrato.¿ me tiene que dar mis vacaciones ,y al terminar mi contrato mi finiquito, o al estar de baja laboral no te pertenece vacaciones ni finiquito?
Aunque estés de baja, te corresponde finiquito e indemnización cuando se extinga la relación laboral. La indemnización depende de la causa de la extinción, si es por un fin de contrato la indemnización es de 12 días por año trabajado.
Hola en julio 2019 firme un contrato 402 de 3 meses tiempo completo, al finalizar me dieron otros también 402 por 9 meses tiempo completo; estuve en ERTE por 40 días, por lo que mi contrato se prorrogo por igual cantidad de días. Luego me hicieron firmar una carta de despido y de inmediato un contrato 401 (tiempo completo) por un motivo especifico y cambiándome en cargo.
Mi pregunta ese contrato 401 es legal y si se termina el motivo del contrato 401, o me despiden tengo derecho a cobrar el paro.
Puede que sea correcto ese nuevo contrato si la causa es diferente. Cuando se extinga la relación laboral por fin de contrato temporal, tendrás derecho a paro si tienes cotizado más de un año como parece que tienes.
Buenas noches, en el contrato eventual por circunstancias de la producción cómo se contemplan las horas de formación que te obligan a hacer? Se deberían hacer en horario laboral? en el caso de que no, se tienen que devolver esas horas o remunerarlas? O por lo contrario te pueden obligar a hacer tantas horas como deseen sin devolvértelas ni remunerártelas?
Muchas gracias de antemano 🙂
Habría que ver esa formación, pero en principio, son jornadas de trabajo que deben remunerarse y no deben de recuperarse.
Hola, quería hacer una pregunta si yo trabajé en una empresa con contrato con jornada variable y por circunstancias de la producción durante 1 mes y medio y después con una prórroga de 2 meses.
La empresa puede hacerme algún otro contrato y cuánto tiempo tendría q pasar para que me vuelvan a contratar.
Gracias.
No es necesario que pase ningún tiempo, y la empresa puede hacer un contrato según sus necesidades. Lo explico en este artículo.
Buenos días, tengo un contrato temporal por circunstancia de la producción de un año de duración y con una jornada de 7.40 horas semanales (un día a la semana)que termina este mes. Mi pregunta es : se puede renovar este contrato de la misma forma por una mas? contando que es trabajar solo un día a la semana.
Gracias
No, no se puede estar más de un año contratado con un contrato eventual, la relación laboral se convertiría en indefinida al estar el contrato en fraude de ley.
Buenos días,
Quisiera hacerles una consulta acerca del contrato laboral que correspondería que mi empresa me haga en la próxima renovación. En septiembre de 2019 me hicieron un Contrato eventual por circunstancias de la producción de 6 meses, que finalizó en marzo de 2020 y debido al covid 19 no me renovaron y me quedé en paro, en junio de este año de 2020 esta misma empresa me volvió a contratar haciéndome un Contrato eventual por circunstancias de la producción por otros 6 meses, este contrato finaliza en diciembre y la misma empresa están en duda de si puede hacerme otro contrato eventual o tienen la obligación de hacerme el indefinido. La duda es porque como me dejaron en paro y me volvieron a contratar a los 3 meses no saben si este último contrato es como empezar de nuevo con la empresa o se consideraría prórroga del anterior ¿tienen que hacerme indefinido o pueden hacerme otro contrato temporal?.
También comentar que leyendo el resto de preguntas, al finalizar mi contrato en marzo no me dieron la indemnización de los 6 días que me hubiesen correspondido, solo me pagaron los días de vacaciones no disfrutadas. Como no tenía ni idea de que me correspondía indemnización no la reclamé.
Muchas gracias
Saludos
Te pueden hacer otro contrato en función de las necesidades que tengan, es decir, puede ser un contrato de interinidad si tienen la necesidad de cubrir un puesto de trabajo. Eso si, si te hacen otro contrato temporal de obra y servicio o eventual no puede superar la suma de 24 meses contratado en un periodo de 30 ya que deberían de hacerte indefinido.
Hola Alejandro.
Tengo un contrato tipo 502 (eventual por circunstancias de la producción)
Me hicieron una prórroga de 6 meses más En octubre haría 1 año y fin de contrato.
Me van a liquidar y hacerme un contrato fin de obra.
Pero no quiero seguir en la empresa
Si no firmo el contrato fin de obra , tengo derecho a paro?
Tendría que dar preaviso a la empresa?
Gracias , un saludo.
Buenas tardes,
Llevo 4 contratos por circustancia de la producción de 4 meses y medio (1 junio hasta 15 Ocrubre) en 3 años, en una administración pública. ¿Tengo viabilidad en una denuncia para pedir indefinido no fijo o fijo discontinuo?
Gracias.
Si es la misma causa, sí que podrían estar en fraude de ley. Habría que ver los contratos.
Gracias.
Hola Alejandro, acabo de terminar los 6 meses de un contrato eventual por acumulación de trabajo y quieren que continue con otros 6 meses para otro puesto de trabajo en misma empresa( no hay prórroga de convenio), si acepto este nuevo contrato eventual , cuando lo finalice, puedo denunciar para ser indefinido o entra el límite de los 24 meses dentro de un periodo 30 meses?, muchas gracias y enhorabuena por tu blog.
Si son dos contratos temporales diferentes, no alcanzarías el límite de 24 para ser declarado automáticamente indefinido.
Hola. Me han hecho un contrato 402 de 6 meses y al mes y medio por circunstancias de producción me han parado. A mis compañeros que llevaban bastante más tiempo les han hecho un ERTE. Tengo yo el mismo derecho? Gracias y saludos
¿A que te refieres con que te han parado? ¿Han extinguido la relación laboral? Habría que ver la causa, puede que se trate de un despido improcedente.
El pasado 30 de mayo firme un contrato eventual por cincustancias de la producción de 6 meses que acaba en noviembre. Me ha salido un trabajo en otra compañía y quiero empezar el 1de septiembre, tengo que dar el preaviso de15 días? En convenio colectivo no indica nada al respecto , gracias por si atención
Si es acabar antes de que acabe el contrato, sí, tienes que preavisar con lo que diga el convenio colectivo.
Buenos días y gracias por su contestación, En Febrero 2020 empecé a trabajar con un contrato 502 de tres meses (hasta Mayo 2020) en Mayo me han echo una prórroga de tres meses más hasta Agosto de 2020. ¿ Pueden seguir con más prórroga? trabajo en una gestoria.
De ese mismo contrato, no se puede hacer más prórrogas.
ayer 23/08 se me ha acabo dicha prórroga y hoy me han dicho que el contrato se prórroga automáticamente en el SEPE hasta el 23/11 porque este tipo de contratos pueden durar hasta nueve meses, pero que por escrito no se puede hacer una prorroga porque solo admite una. Un contrato eventual por circunstancias de la produccion, esto es normal? porque hasta hora no hubiera oído decir nada de eso.
Podría estar en fraude de ley.
es un contrato 502, convenio asesorias, creo que a.juridica
Buenas tardes,
Una consulta, a principios de año me hicieron un contrato 402, de 3 meses posteriormente una prórroga de otros 3 meses de ese contrato y ahora al acabar la prórroga me han dado de baja el día que acabó la prórroga y me ha vuelto a dar de alta al día siguiente con otro 402 ahora de 6 meses de duración en el mismo puesto. Esto se puede hacer o tendrían que haberme hecho indifinido?, cuando se me acaben los 6 meses actuales me pueden hacer otra prórroga o ya tiene que ser indefinido? Gracias y saludos
Habría que ver la causa del contrato. Si es la misma, puede que el contrato esté en fraude de ley.
Muchas gracias por la respuesta, la única diferencia entre ambos contratos ( el primer 402 y el segundo 402)es que uno se indica que se me contrata y presto servicios con técnico y en nuevo 402 que se me contrata y presto servicios como graduado, por lo demás los 2 contratos son idénticos . Y he visto que he perdido la antigüedad al darme de baja y volver a darme de alta con el nuevo contrato. Gracias y saludos
Si la causa es la misma, entiendo que está en fraude de ley. La antigüedad no se pierde, aunque la empresa indique lo contrario.
Buenos días. Yo empecé a trabajar con un contrato de 402 en 18/04/2018, a los tres mese me hicieron prórroga hasta el 13/10/2018, el año siguiente empecé en la misma empresa el 1/04/2019 con el mismo contrato 402, igual a los tres meses una prórroga hasta el 15/10/2019.
Esté año empecé en 15/07/202 con el mismo contrato de 402 hasta el 30/09/2020. Es legal o me tenían que hacer fija discontinua?
Si la causa es la misma, seguramente la relación debe de ser indefinida o fija discontinua.
Buenos días Alejandro empece en mi empresa el 1 de abril del 2019 con contrato eventual a día de hoy he llegado al año. Mi empresa me metió en erte con el estado de alarma.Cuando finalice mis 15 días que me quedaban de mi contrato me dicen que me hacen un contrato por erte de obra y servicio de 6 meses. Después de 12 meses en contrato eventual eso pueden hacerlo o deben dejarme fija?, Gracias y saludos.
Pueden hacerte otro contrato temporal si existe causa para ello.
Buenas tardes,
En noviembre del año 2019 firmé un contrato (402) que se ha prorrogado, de momento, una vez más (hasta principios de agosto de 2020). Ahora mismo me encuentro en un ERTE desde el 16 de marzo cobrando el 70%. Mi pregunta es: después del ERTE, de la finalización del Estado de alarma, me pueden echar en agosto o tienen la obligatoriedad de mantenerme más tiempo por ese ERTE? El ERTE es por el covid-19.
Muchas gracias.
Es una causa discutible que depende de la causa del contrato y de si ésta ha finalizado o no.
Buenas noches.
Gracias por resolver todas las dudas que tenemos.
En mi caso, inicie a trabajar el día 2 de marzo con un contrato 402, (no firme contrato, el tipo de contrato lo se por que se ve reflejado en la vida laboral). El día 11 de marzo por causas personales solicite la baja voluntaria sin preaviso, el 13 de marzo cerraron todo hostelería y desde ese momento la respuesta de ellos es que debo esperar para el pago de esos días.
Al no tener nada firmado, temo por el incumpliendo de pago, se que es poco pero en estas fechas es una boca que alimentar. Que puedo hacer?
Un saludo,
Si no te lo paga de manera voluntaria, tendrás que reclamarlo judicialmente, pero ahora esta cuestión está parada. Así que ahora mismo poco puedes hacer más allá de presentar una denuncia en inspección para obligar a la empresa a que te pague el salario.
Hola. En la actualidad estoy con un contrato 502, el cual finalizó el 30 de abril y me hicieron una prórroga de 1 mes (hasta el 31 de mayo). A día de hoy estamos ya a 19 de mayo y aún no he firmado dicha prórroga, simplemente se me informó verbalmente pero no ha quedado registrada de forma escrita. ¿Es obligatorio que la prórroga quede firmada por parte del trabajador? ¿Existe algún plazo para firmar dicha prórroga? Muchas gracias de antemano.
Buenas noches Alejandro. Necesito ayuda. Comencé en una empresa el día 10 de febrero con un modelo de contrato 402 , en marzo sucedió el anuncio de el estado de alarma aquí en España y mi contrato se cumple el día 9 de mayo.No quiero que me renueven el contrato y así se lo he comunicado a la empresa ya que no me pagan lo que reflejan las nóminas y varios temas más . Mi pregunta es la siguiente , tendría derecho a mi prestación de desempleo? Muchísimas gracias de antemano.un saludo
El no renovar un contrato temporal no te da derecho a prestación por desempleo, salvo que la empresa indique en el certificado de empresa otra causa.
buenos días ,
si tuve un contrato 402 desde el 1 de junio al 30 de septiembre, y el 28 de octubre me contratan con otro 402 hasta el 27 de enero, pueden hacerme prórroga? y si pueden hacérmela, hasta qué fecha sería? hasta el 31 de mayo o hasta el 27 de octubre?gracias
Habría que ver que es lo que dice el convenio, pero si son dos contratos diferentes, entiendo que la prórroga puede ser hasta el 27 de octubre siempre que el convenio lo permita.
Hola soy conductor profesional mi contrato es parcial con 892 horas al año como firme, pero mis servicios pone conductor por horas y me pagan como por horas.
Yo firme un contrato parcial como pone y el pago es distinto, no lo entiendo.
Me dicen que tampoco me corresponde vacaciones , van metidas en las horas.
Pero si es cierto que sino llego a las horas pagan el salario base que me corresponde a la mitad de uno de jornada completa.
Me podrías explicar si lo están haciendo bien? Ya que ellos dicen que para ellos es más cómodo hacer, hora trabajada hora pagada.
Otra cosa que no entiendo es, me pagan del 24 de un mes al 23 del siguiente y en nómina pone del 1 al 31 , es legal hacer estas cosas?.
Muchas gracias Alejandro.
Saludos . Zaragoza.
Habría que ver el contrato, aunque paguen por horas, si trabajas todo el año tienes que tener derecho a vacaciones remuneradas. Por otro lado, el pago no debería demorarse más de un mes. Podrían pagar los días 24, si todos los meses pagan ese día.
Hola Alejandro,
Me contrataron por un contrato eventual por circunstancias de la producción durante 6 meses y se prorrogó otros 6 meses.
Después no me renovaron, sin embargo, han contratado a otra persona con el mismo contrato eventual y mismas funciones que yo por otros 6 meses prorrogables a 6.
¿Se puede hacer esto o tendrían que haber seguido conmigo? gracias!
Si la causa de temporalidad no existe puedes demandar por el fin de contrato para que se considere un despido improcedente.
Si no hay causa de temporalidad, el contrato no debería de ser temporal, pero la única manera de evitar esto, es demandar.
Llevo en mi empresa 3 meses por ETT y, 6 meses + 6 meses en plantilla con contrato 402 (del 1/04/2019 al 31/03/2020).
Me comunicaron el día 17 ante la situación por la que pasamos que no me renovarían y el 31 de marzo concluyó mi contrato. Entre ambas fechas se han acogido a ERTE. Mi duda es, ¿No me correspondería prórroga por el Real Decreto de contratos Temporales?
Gracias.
No se puede finalizar por causa del coronavirus, pero si no te afecta el ERTE, el contrato no se prorroga. Lo explico en este artículo.
Buenas tardes, he estado contratado en mi empresa hasta el día 12 de marzo con un contrato tipo 402 de duración un año, al pasar esta fecha he seguido trabajando de manera normal sin ninguna comunicación por parte de la empresa.
El día 31 de marzo me entregan para que firme un contrato tipo 401 con fecha del 13 de marzo, que aún no he firmado.
Debería firmarlo o mi contrato anterior se transformaría en indefinido? Gracias
Tu contrato anterior se tendría que haber transformado en indefinido, pero si la empresa no te lo reconoce tendrás que demandar.
Buenas llevo con un contrato temporal, de duración determinada a tiempo parcial eventual por circunstancias de la producción , desde 1-06-2018 con prórrogas ,todas y cada una de ellas encadenadas sin ningún despido entre medio de ninguna de ellas en 24 meses, el ultimo contrato me cumple el 31-05-2020.
El primer contrato fue realizado con una duración de 3 meses, y posteriormente 5 prórrogas; la primera de 3 meses, la segunda de 2 meses,la tercera de 5 meses, la cuarta de 5 meses y la quinta de 6 meses.
Me han realizado un ERTE , lo cual tengo varias preguntas, ¿ si me cumple el contrato estando todavía en casa por el tema coronavirus tengo derecho a una ampliación de contrato? ¿ Si me incorporo a la actividad antes del cese del contrato tengo derecho al aumento de los 6 meses mas de trabajo que ha expuesto el gobierno?
Mi contrato al ser temporal eventual por circunstancias de la producción es legal al llevar 2 años con el, o por lo contrario es un contrato en fraude?
Se prorroga el contrato mientras está de ERTE. Sobre los seis meses no se aplicaría a los contratos temporales lícitamente realizados, pero en tu caso, el contrato seguramente está en fraude de ley, y por lo tanto no pueden indicar como causa de extinción un fin de contrato temporal. Te recomiendo que leas este artículo.
Buenas tardes, mi contrato es eventual por sircunstancias de producción (502) desde 1 de abril 2019finaliza el 31 de marzo 2020 mi empresa me ha comunicado que van a solicitar un erte hasta mi fin de contrato y no me van a renovar por no tener actividad. Mi pregunta es ¿puedo acogerme a el Real decreto recientemente aprobado de prohibir los despidos de contratos temporales aunque mi contrato termine el 31? Gracias
Si, entras dentro del ERTE, el contrato se debe prorrogar.
Hola. Como mucha más gente que lee este post, mi contrato es eventual por circunstancias de la producción (402). El contrato inicia el 2/01/2020 y finaliza el 2/04/2020. La empresa donde trabajo ha presentado un ERTE el día 26/03/2020 (ayer) en el que estoy incluido. Si es aceptado el ERTE y no prorrogan el contrato, pero tampoco me dicen expresamente que me han despedido, ¿se considera prorrogado el contrato e indefinido? ¿Sería bueno solicitar que prorroguen el contrato? Si no conceden el ERTE y ha pasado la fecha de finalización del contrato, ¿se considera prorrogado o indefinido si no me han dicho lo contrario?
Si no comunican nada, el contrato se entiende prorrogado. No obstante, mañana van a sacar un real decreto que parece que van a prorrogar los contratos temporales.
Buenas tardes, el 31 de enero me hicieron contrato por producción de 3 meses, el 16 de marzo por teléfono me indican que al día siguiente me quede en casa ya que cierran la delegación donde trabajo dada la situación actual (hay otra delegación abierta) y “me lo dan de vacaciones” hasta el día 30 que tendré qe acudir a la central a firmar los papeles. Me surge la duda, entiendo qe son demasiados días de vacaciones para el corto plazo qe llevo en la empresa, y al ser comunicado todo telefónicamente no queda constancia de lo informado pudiendo así perjudicarme alegando qe he faltado a mi puesto. Esto es legal? Se disponen tantos días “de vacaciones”? Es un despido procedente? Gracias
Es un fin de contrato, y aunque no los hayas generado no te pueden descontar nada del finiquito. Es decir, al ser la empresa la que te ha enviado a casa no se puede considerar que hayas disfrutado de días de vacaciones que no te corresponden. De hecho, es que no te podrían hacer disfrutar así las vacaciones.
Buenas tardes, en Febrero concretamnte el día 10/02/2020 comencé en este nuevo trabajando habiendo solicitado una excedencia de un año en mi trabajo anterior para comenzar con el nuevo, hasta aquí todo bien, me hicieron un contrato 502 – EVENTUAL A TIEMPO PARCIAL CIRCUNSTANCIAS DE LA PRODUCCIÓN como recepcionista a jornada parcial 20 horas semanales. El dia 18/03/2020 debido a las circunstancias que estamos pasando en este momento me comunican mi despido dado que soy de contrato eventual, pero me dan una carta de despido alegando que no he superado el periodo de prueba cuando es algo completamente incierto ya que ya he pasado el periodo de prueba y he estado muchos turnos yo sola, llamo a recursos humanos para ver si se trata de un error y me dicen que debido a las circunstancias es la situación que hay en este momento, les pido una copia de mi contrato que firmé hace poco más de un mes y me dan largas ya que me dicen que el jefe de recursos humanos aún no ha firmado mi contrato por lo que no me lo pueden dar. ¿es esto normal??
MUCHAS GRACIAS
Habría que comprobar el contrato el trabajo y el convenio colectivo para verificar que el periodo de prueba es correcto. En caso de disconformidad, debes impugnar el despido en un plazo de 20 días hábiles desde la fecha de efectos del despido.
Buenas noches. Desde octubre de2019 he estado prestando mis servicios en un empresa con un contrato temporal por circunstancias de la produccion a tiempo parcial. Debido a la situación actual en la que nos encontramos, el pasado domingo mi jefe me dice que esta semana vamos a tenerla de vacaciones para descansar en casa. Al dia siguiente voy a la oficina para llevarle unos papeles y me entrega un papel el cual me dice que es el preaviso de finalizacion de contrato ya que mi contrato finaliza el 6 de abril, de modo que le pregunto que si no me va a renovar a lo cuál el me responde que no lo sabe por la situación actual y que vamos a ver como transcurre la semana por lo que le firmo el papel y se lo entrego confiando en su palabra. Hoy al ir a guardar la copia del documento veo que está mal redactado ya que pone que mi contrato finaliza el 5 de abril sin embargo en el contrato la fecha fin es el 6 de abril y además ha puesto que desde el dia 16 me encuentro disfrutando de las vacaciones que he devengado durante los 6 meses de contrato. ¿Esto es legal? Estamos en estado de alarma por un virus y nos han recomendado no salir de casa y cuándo el me aviso de que no fuera a trabajar en ningun momento mencionó que esto formara parte de la no renovación. De hecho me dijo q estaria de «vacaciones» esta semana no que me fuera a dar dos semanas de vacaciones para no pagarmelas al no renovarme el contrato. De todas formas aunque no quisiera renovarme el contrato por la situacion actual,¿Puede descontarme estos dias de mis vacaciones aunque me haya dicho de no trabajar por el estado de alarma o deberia dejarmelos intactos y pagarmelos? Agradeceria un poco de ayuda. Gracias
Primero habría que ver lo que has firmado. El estado de alarma no impide extinguir un contrato temporal por haber alcanzado su duración establecida, siempre que el contrato fuese correcto. En cuanto a las vacaciones, no pueden decidirse de manera unilateral por el empresario, pero no lo que has firmado.
Hola, buenas tardes. Estoy contratada en una empresa con un contrato de tipo 402-Temporal eventual por circunstancias de producción. Debido a ciertas situaciones que han ocurrido en el trabajo me gustaría poder dimitir. Por ello, me gustaría saber con cuanto tiempo de antelación debo comunicarselo a la empresa estando acogida a dicho contrato, y en caso de dimitir sin avisar previamente, ¿a que problemas me puedo enfrentar?
Muchas gracias,
Todo dependerá de lo que indique el convenio colectivo. Normalmente son 15 días, aunque puede ser más, y en el mismo convenio debe indicar la penalización por la ausencia del preaviso. Por otro lado, hay que tener en cuenta que si estás dentro del periodo de prueba recogido en el contrato de trabajo no es necesario el preaviso.
Buenas tardes, mi caso creo que es bastante concreto. Comienzo contrato 1/03/20 eventual por circunstancias de la producción a tiempo parcial con fecha de finalización 30/04/20. Debido al “ coronavirus” Quieren terminar la relación el día 31/03. Me dicen que este contrato puede ser modificada la fecha de finalización con lo cual entiendo que así ellos de esta manera no tienen que despedirme. Me comentan también que me coja los dos dias de vacaciones que me pertenece y a continuación vaya a firmar.Es esto legal? Se puede cambiar la fecha de finalización de este tipo de contrato??? Gracias.
No se puede cambiar la fecha, se trata de un despido improcedente.
Alejandro quiero puntualizar que en el contrato bajo la casilla de tiempo parcial indica.. “atender a las exigencias circunstanciales del mercado acumulación de tareas consistentes en…. cubrir baja it de autonomo.
Es posible que el cambio de finalización que ellos dicen q se puede hacer sea porque quiera darse de alta el autónomo? Muchísimas gracias.
En mi opinión, no.
Hola, tengo un contrato 402 (Tiempo completo). Comencé en Julio 2019 con 3 meses de contrato , después me ampliaron 9 meses más hasta su finalización en julio 2020. Mi pregunta ante esta situación del Coronavirus es:
¿ Pueden rescindir mi contrato? ó ¿ en que tipo de situaciones me puedo encontrar?
Gracias anticipadas.
Saludos
Si no cumplen el contrato se trataría de un despido, y habría que ver la causa alegada por la empresa. En ese caso, te correspondería una indemnización de 20 días por año trabajado y un preaviso de 15 días, pero puede que incluso a la empresa le salga más barato hacer un despido improcedente (con 33 días de indemnización) que no requiere preaviso, a través de un despide disciplinario en el que se recojan hechos que no son ciertos.
Hola! En la ETT en la que estoy me hace contrato eventual para el mismo servicio en otra empresa, cada mes, los días o semanas sueltos que trabajo. Generalmente son al menos 10-15 dias y llevo desde Mayo del año pasado. La cuestión es que me dan de alta solo los dias que trabajo y no el mes entero. Para ser fraude de ley deben concatenarse 6 meses de trabajo sin ser todo el mes? o tienen que ser todos los dias?. En mi caso sería justo reclamarlo?. Gracias!!
En teoría se computa todos los días dado de alta, no obstante, habría que ver la causa del contrato para saber que opciones tienes ya que puede estar en fraude de ley si realiza siempre el mismo contrato.
Hola . Me hicieron un primer contrato de 3 meses. Luego una proroga de 3. Sigo trabajando y no firme nada y me decieron que pase indefinido. Pero averiguando en el seguridaf socialel mi contrato es todavia «402».
Me esta mentiendo mi empresa ? Mismo pq en la nomina sigo cotizando 1.60 como fuera temporal.
La transformación es automatica ?
No, no es automática si no la tramitan ellos, aunque el contrato podría estar en fraude de ley.
Hola, el 26/06/2019 me hicieron un contrato 402 eventual por circunstancias de producción hasta el12/12/2020 y después una prórroga hasta el 23/06/2020 me pueden hacer más prorrogas
De ese contrato no. Te pueden hacer otro contrato temporal si existe causa para ello.
Buenas!
En mi entrevista de trabajo me dijeron que me harían 3 contratos temporales, en meses de 3+3+6, y que después de ese el indefinido.
Firme mi primer contrato por circunstancias de producción y a los 3 meses la renovación, el cual se cumplió hace 5 días y no me han dicho nada del nuevo contrato. Después de leer información, entiendo que, después de la primera prórroga por circunstancias de producción, deberían hacerme indefinido, pero por qué me dijeron que sería de 6 meses? Es legal?
Me llegó el mensaje de la TSG de la baja el último día de contrato y el alta al día siguiente. Al hacer el corte, es una renovación o lo hacen para no hacer el mismo tipo de contrato??
Efectivamente no se puede realizar tal y como indica la empresa, aunque puede que hagan dos contratos temporales con dos causas diferentes y no se trata propiamente de una prórroga. En cualquier caso, seguramente el contrato está en fraude de ley por cubrir una necesidad indefinida.
Buenos días,
Llevo 2 años temporal con un contrato en prácticas y esta semana, al terminar, me cambian a otro contrato temporal. El de «por circunstancias de la producción» para estar otro año más sin un contrato indefinido, tengo derecho a protestar por esta situación?
Gracias y saludos.
Puede ser correcto si la empresa tiene causa para realizar ese contrato.
Hola, me gustaría saber si se tiene derecho a indepnización pasando a contrato indefinido.
Saludos.
En mi opinión no.
Buenas quiera saber si este tipo de contrato cuenta a la hora de cobrar el paro, ya que lo solicite y me pusieron pegas dado que los dias que trabaje lo hice bajo este tipo de contrato, fui a la oficina de empleo a reclamar pero hubo un silencio administrativo que me dejo claro que no me lo iban a dar, decir que el contrato terminó y no me lo ampliaron, un saludo y gracias.
Si este contrato se tiene en cuenta para el paro, todos los contratos cuentan.
Hola, buenos días!!
Tengo una duda, mi último contrato de eventualidad fue desde Junio 2017 a Junio 2018, luego estuve fuera 6 meses y volvi a entrar en Enero 2018 y ahí solo trabaje 3 meses y una prologa de 3 meses para finalizar el contrato en Junio 2018. Disfrute vacaciones y volví a entrar en Agosto pero con un contrato de interinidad.
Desde Agosto hice un contrato de interinidad hasta Noviembre y ahí al volver el compañero me hicieron otro contrato de interinidad que por lo que me dicen estaré hasta Marzo de este año( todos ellos seguidos).
Mi pregunta es: ¿al acabar está interinidad, me podrían volver hacer un contrato de circunstancias de la producción sin afectar a los plazos de permanencia de contrato (12 en 18 o 24 en 30)? ¿ Cuántos contratos puedes hacer de interinidad seguidos por diferentes compañeros y motivos? Me podrían hacer otra baja al acabar está y ser 3 seguidas?
Gracias de antemano.
El contrato de interinidad no tiene límites en cuanto a su concatenación, más allá de que sean para cubrir un trabajador con reserva de puesto de trabajo. Sí, podrían hacerte un contrato temporal eventual si hubiera causa para ello.
Empecé con un contrato eventual por circunstancias de la produccion por 2 meses, de este se me hizo una prorroga de 190 dias, ahora quieren hacerme uno de sustitucion haciendo el mismo trabajo y sin realmente sustituir a nadie de mi departamento, es esto legal o un fraude de ley?, muchas gracias
Puede ser un contrato de interinidad para sustituir a un trabajador aunque no sea de tu departamento. Habría que ver la causa del contrato.
Buenas tardes, me hacen contratos parciales todos los meses por circunstancias de la producción, de 11 días al mes durante 5 horas, mi pregunta es por cuento tiempo me pueden estar haciendo estos contratos? Mas de un año?
Habría que ver la causa de los contratos, si son el mismo o diferentes, no podría superar como máximo un periodo de 24 meses contratado en 30 meses.
Buenos dias Alejandro. La causa es siempre la misma.
Muchas gracias
Si es siempre la misma, no deberías estar más de seis meses, un año si el convenio lo permite.
Hola, he estado trabajando en una empresa de colectividades desde el 08/01/2019 al 08/12/2019 a tiempo parcial con un contrato eventual por circunstancias de la producción y al finalizar el contrato me dieron de baja y volvieron a darme de alta en fecha 10/12/2019 aL 26/12/2019a tiempo completo Con un contrato de obra y servicio, pero no me han dado ninguna indemnización por el contrato de 11 meses.
Tengo derecho a una indemnización.?
Sí, los contrato eventuales tiene derecho a una indemnización de 12 días por año trabajado, o lo que es lo mismo, un día por cada mes de trabajo.
Tengo una duda firmé un contrato eventual con fecha 8 de octubre hasta el 8 de enero y me han dado de baja el 7 de enero a las 10’00AM de la TSG. Dándome de alta en otra empresa de la misma compañia el 8 de enero.
No hubiese sido lo normal darme de baja el mismo 8 de enero? Al darme de baja el 7 de enero me finiquitan un día menos y ese día no lo he cotizado?
PD Los días 7 y 8 los trabajé integros.
Si te han cotizado el día 7 con una empresa y el día 8 con otra, se entiende cotizado los dos días.
Buenos días, espero que me pueda clarar unas dudas.
Tengo un contrato temporal a jornada completa (médico, con guardias), generlamente me lo renuevan mes a mes, o en este último caso 2 meses, finalizaré el 31 de enero. Actualmente estoy embarazada de 26 semanas, y hay varias cosas que no puedo realizar de mi trabajo, pero tengo entendido que si me doy de baja médica y termina mi contrato, ya no tendré derecho a la bajar maternal, salvo que me solicite mi prestación de desempleo (paro).
La pregunta es sobre todo, si me llegaran a renovar todo el mes de febrero, y me doy de baja médica al empezar el mes, el empleador podría terminar mi contrato antes de tiempo???
Gracias por su atención.
el empleador no puede finalizar el contrato antes de que éste termine por el hecho de estar de baja médica o con baja por maternidad.
Hola tengo un trabajador con contrato 402 Eventual producción del 31-01-2019 a 25-05-2019 y una prologa del mismo del 26-05-2019 al 28-12-2019.
Mi pregunta es si hay alguna bonificación en transformación en indefinido. y si no la hay si me interesa más finalizar el actual contrato y realizar un nuevo contrato indefinido por si fuera más ventajoso a la hora de la indemnización?
Muchas gracias.
Muchas gracias por el post, aún así, estoy en una circunstancia algo particular de la que espero me puedan ayudar a resolverla. Mi situación actual es que llevo más de un año con contrato eventual (renovándolo cada 6 meses con uno nuevo). Actualmente llevo 2 meses de mi tercer contrato, es decir, llevo 1 año y 2 meses. El caso es que me ha surgido una oportunidad laboral mejor. Mis preguntas son dos. La primera, es necesaria la formalización escrita de la baja al llevar más de 1 año en la empresa o no es necesario puesto que el contrato actual es inferior a un año? y la segunda, en caso de causar baja voluntaria y no avisar con 15 días, qué podría ocurrir? Penalización económica? Puesto que igualmente no iba a tener derecho a indemnización. Gracias, un saludo!
Al ser baja voluntaria tienes que preavisar con lo que diga el convenio colectivo, y si no lo haces, te pueden penalizar según lo indicado en el convenio.
Buenas tardes:
Espero me pueden ayudar. Postule en un anuncio de Infojobs a una oferta de trabajo con contrato indefinido a tiempo completo. Me contactó una consultora de selección de personal. Comencé finalmente a trabajar el 4 de noviembre. Desde el inicio insisti en la firma del contrato.El 18 de Noviembre me envían una copia por WhatsApp y el contrato es 402. Durante este tiempo he reclamado que sea indefinido como se me indicó y proceder a su firma. Pasados 45 días trabajando vuelvo a preguntar y me indican que no se puede hacer nada y que firme el eventual. De no ser así perderé mi derecho a para. Indicar además qué no se me ha entregado uniforme, no me han facilitado hoja de horas para rellenar, y en los horarios no indican mi nombre. He confirmado el alta en la seguridad social. Qué puedo hacer con el asunto ante su insistencia en la firma?
Mi recomendación sería que no firmaras el contrato. La represalia puede ser el despido, en dicho caso, demanda.
Hola ,porfavor una pregunta ,al finalizar un contrato eventual la empresa decide no renovar ,en ese caso la empresa debe entregar la carta de despido o se puede comunicar solo verbal tambien ? Gracias
Se puede comunicar de manera verbal, no es necesario la comunicación por escrito.
Trabajo en una empresa de seguridad, me han hecho un contrato temporal por exceso de producción,de 6 meses y hace poco me lo han renovado a otros 6 meses…mi pregunta es : me lo pueden renovar otros 6 meses más.?
El eventual no, no podrán renovarlo. Podrán hacer otro contrato temporal si tienen causa para ello.
Hola buenas tardes tengo un contrato temporal eventual por Circunstancias de la producción del 28de noviembre al 27 de enero. Tengo una clausura que pone » las partes de común acuerdo establecen que a la finalización del presente contrato,el mismo quedara automáticamente extinguido, sin necesidad de preavisar la finalizacion del mismo» eso significa que entes de renovarme me lo tiene q decir y si yo no quiero tengo derecho a todo. Gracias
En un contrato eventual por circunstancias de la producción de 6 meses, ¿me corresponde la parte proporcional de los días de asuntos propios? ¿me pueden obligar a coger mis días de vacaciones?
Sí, te corresponden días de asuntos propios siempre que lo indique el convenio colectivo. Sobre obligar a coger vacaciones, depende de lo que diga el convenio.
Buenas noches,
Quería exponer mi situación a ver si me puede ayudar aclarando una duda.
Empecé a trabajar en una empresa en diciembre de 2016, tras un año, me mandaron a otra tienda con el mismo nombre comercial pero diferente razón social, aún que todas forman parte de lo mismo. Al tiempo me volvieron a cambiar a otra tercera tienda igual, mismo nombre comercial, diferente razón social. En toso momento he estado con contratos de obra y servicio. Mi pregunta es, es ilegal? Podría reclamar el derecho de pasarlo a indefinido?
Gracias, un saludo
Habría que ver los contratos, pero sí, entiendo que habría alguna opción.
Hola Alejanndro,trabajo en una empresa con un contrato eventual de 3 meses y se me ha echo una proroga de otros 3 meses como vendedor reponedor de tienda ,se podria hacer otra proroga del mismo contrato o uno nuevo tambien eventual en otro sector de la empresa como seria en Logistica carga y descarga? Muchas gracias
No se puede hacer una nueva prórroga, pero si un nuevo contrato si existe causa para ello.
Hola Alejandro
En primer lugar agradecer toda tu labor , respondiendo las cuestiones, te expongo mi caso empecé trabajando en una fábrica cubriendo una baja por maternidad por 3 meses, luego al finalizar esta cubrí sus vacaciones y luego al terminar esta, una nueva baja siendo esto unos 3/4 contratos, posteriormente me hicieron un contrato por circunstancias de la producción con una duración de 12 meses, están obligados a hacerme fijo al finalizar este contrato? , tengo la incerstidumbre de que me obliguen irme al paro , para acojer otro tipo de contrato y asi evitar hacerme fijo , que situaciones pueden darse? es esto legal
Si tienen por ejemplo otra causa para hacer un contrato de interinidad, no tendrían la obligación de hacerte indefinido.
Buenas noches,
Yo empezé a trabajar el 10/12018 con con un 402 por 3 meses,,luego me hicieron otro igual por 9 meses,el próximo contrato puede ser temporal (si es así por cuánto tiempo) o tiene que ser ya indefinido?. Gracias.
Depende de las necesidades de la empresa, podría ser por ejemplo uno de interinidad, mientras haya causa para ello. En definitiva, se podría hacer un contrato temporal si existe causa para ello, siendo el tiempo máximo dependiendo del tipo de contrato.
Buenas tardes, tengo un contrato 502 y finalizo el 25 de diciembre después de 7 meses en la empresa. Me dijeron que si no me decían nada paso a ser indefinido(no especificaron tipo) pero me estoy planteando dejar la empresa después de esa fecha porque estoy contratado por horas y me gustaría tener un trabajo con un salario más estable. Me gustarías saber el tiempo de aviso para comunicarles que pasada esa fecha no seguiría y si tendría derecho a indemnización.
Gracias de antemano y un saludo
Si el contrato no supera el año, y lo que quieres es NO renovar, no es necesario preaviso, pero no tendrías derecho a indemnización ni prestación por desempleo.
Discrepo, puesto que se trataría de un fin contrato a instancia del trabajador sin derecho a desempleo pero si se mantiene el derecho a la indemnización fin contrato..
Tiene derecho a finiquito pero no a indemnización ni paro ya que es una baja voluntaria.
Buenas tardes
Tengo u n contrato temporal por circunstancias de la producción con duración de 3 meses, ahora me hacen una prorroga hasta llegar a 12 meses, pero me quieren cambiar las condiciones….es legal eso?
Habría que ver la entidad de los cambios que pretenden hacer, podría ser una modificación sustancial de las condiciones de trabajo.
Hola,
En el caso que la empresa te llame para un nuevo contrato (no prórroga del anterior contrato temporal, )Habría derecho a prestación por desempleo?
Si finalizan el anterior contrato , se cobraría la prestación por desempleo. El problema viene cuando existe una continuidad, y la empresa entrega el otro contrato cuando ya se ha iniciado la relación laboral.
Hola buenas tengo un contrato a jornada completa de 40 horas semanales pero en la otra pagina del contrato pone una casilla tachada eventual por circunstancias de la producción he trabajado 1 mes y 27 dias me corresponde finiquito y los dias de vacaciones mas indenisacion?
No se cual es la causa de la extinción para saber si se tiene derecho a indemnización ya que depende mucho de ese factor. El finiquito serán los días de vacaciones y pagas extraordinarias si es que no las tienes prorrateadas.
Buenas!!mi caso es que llevo trabajando en una empresa desde 2011 por contratos temporal por obra o servicio sin especificar fecha límite de ese contrato desde 0ctubre a marzo año tras año mi pregunta es: desde cuando me cuenta mi antigüedad y si tengo derecho a indemnización en caso de despido. Gracias
La indemnización dependerá de la causa de la extinción de la relación laboral, en cualquier caso, si hay un despido la antigüedad es desde el año 2011.
Buenas tardes Alejandro, he trabajado 6 meses con un contrato tipo 402,
Tengo derecho a indemnización por 6 meses o como mínimo hay que trabajar 12 para percibirlo.
Gracias por tu ayuda.
Se tiene derecho, no es necesario estar un año. En tu caso, te correspondería una indemnización de seis días, más el finiquito correspondiente.
Llevo un año trabajando con un contrato de circustancias de la produccion, me han dado el contrato de trabajo indefinido y pone auxiliar administrativo grupo 2, y que percibiré retribucion total segun convenio euros brutos mensuales que se distribuiran en los siguientes conceptos salariales, SALARIO BASE, COMPLEMENTOS SALARIALES, PRORRATEO DE 1 PAGA y 2 PAGAS EXTRAORDINARIAS, qué quiere decir todo esto? cómo sé lo que debería cobrar?
Habría que mirar el convenio colectivo para saber el salario.
Buenas tardes ,me puede obligar la empresa a coger vacaciones el ultimo mes de un contrato eventual de 6 meses siendo la notificacion de las mismas unos dias antes de entrar en el ultimo mes,el convenio es de grandes almacenes ? Muchas gracias
En mi opinión no, ya que el estatuto indica que se tiene que conocer con al menos dos meses de antelación. De todos modos habría que ver que es lo que dice el convenio al respecto.
Buenos días,
Mi duda es la siguiente: tengo un contrato eventual por circunstancias de la producción a tiempo completo iniciado el 1 de Junio con duración de 6 meses. El 30 de Noviembre llega a su fin. La empresa ha bajado los ingresos y el director me ha propuesto no hacer una prórroga del contrato (ésta prórroga la tenía de condición cuando acepte el contrato: 6 meses + 6 meses prorrateados + indefinido), a cambio de un nuevo contrato a tiempo parcial.
Le respondí que esta oferta no me favorecía (menos sueldo) y que prefiero un fin de contrato, que así me pertenece prestación por desempleo mientras busco trabajo. El director me «amenazó» con que no me facilitaría la causa de fin de contrato.
Que me recomienda hacer? estoy entre la espada y la pared. Quiero continuar trabajando en la empresa pero, obviamente, con la condición de una prórroga como habíamos pactado (tiempo completo), y no con un contrato nuevo a tiempo parcial.
Gracias de antemano, un cordial saludo.
Buenas tardes, estoy trabajando en una empresa con un contrato temporal de 6 meses (que inició en febrero de 2019) y ya voy por la primer prorroga de dicho contrato. Me tomé los primeros 15 días de vacaciones en Agosto y luego me tuve que tomar apenas comenzó mi prorroga otros 15 dias mas de vacaciones, los pedí y me dijeron que no habría problema. Cuando me llegó el pago del mes de Septiembre noté que me habian descontado una gran parte de mi sueldo y cuando pregunté la razon me dijeron que eran los dias de Septiembre que no habia trabajado, el primer dia de mis vacaciones fue el dia 25 de septiembre que fue fiesta y luego del mes de septiembre solo 3 dias no trabajé pero igualmente me quieren descontar tambien el dia 25. Mi consulta es, ya que ellos no me tomaron las vacacones como vacaciones, sino como dias sin goce de sueldo, es posible que me descuenten el dia de fiesta? Y por otro lado, yo ya estando en la primer prorroga de mi contrato no tengo derecho a tomarme los 30 dias de vacaciones totales anuales?
Muchas gracias.
Si has empezado en febrero, no has generado los 30 días de vacaciones, sino menos en este año. Por otro lado, entiendo que no te pueden descontar el día festivo.
Buenos días de nuevo. En mi contrato pone 402 y en la vida laboral 502. Nadie me sabe decir nada al respecto. Cual es el válido. Que tendría que hacer?
Muchísimas gracias
Lo correcto sería que el contrato y el informe de vida laboral sean iguales. A efectos de la seguridad social, el válido es que el te aparece en el informe de vida laboral, pero si no es correcto, deberás demandar a la empresa. Si trabajas a jornada completa, 402, es el que debería de aparecer en el informe.
Buenos días, me hicieron un contrato de trabajo 402 eventual a tiempo completo circunstancias de la producción con fecha del 10/04/2019 al 24/10/2019. En junio me pusieron unos días a media jornada y el mes de julio estuve también a media jornada. Ahora a partir del 14/10/2019 hasta el 24/10/2019 otra vez a media jornada. Eso es legal? Muchas gracias
No, ese tipo de cambios sólo se podría realizar de mutuo acuerdo.
Buenos días;
Soy Raquel, yo tengo un contrato eventual por circunstancia de la producción de 4 meses tuve 4 días de formación y dentro de esos 4 días el primer día me puse mala ya que estoy embaraza y estuve de baja esos 3 días más hasta que libre, después seguí estando con síntomas del embarazo( lo normal) y el médico me dio la baja y hasta ahora sigo de baja, mi contrato se acaba finales de diciembre y de momento no sé si voy a seguir de baja o no? Entonces mi pregunta es: ¿si me dan la baja maternal y en diciembre que se acaba mi contrato estando de baja me podrían echar con normalidad? ó no?
Si, si la causa del contrato ha finalizado, se puede extinguir la relación laboral. Pero habría que ver si el contrato está en fraude de ley.
Hola Alejandro.
Muchas gracias por tu tiempo y por tu trabajo.
Quería preguntarte si es normal que en la información que consta en la seguridad social en el Informe de bases de cotización en la consulta de bases recoge como días 31 días durante el mes de agosto pero la nómina me la han hecho por 22 días, no es esto una incongruencia entre la nómina y la información que consta en la seguridad social?
Gracias nuevamente.
Tengo un contrato 502 de 30 horas trabajo a turno partido y dos días libres? Cuantas horas tengo que hacer diarias por ley
No se establece un número de horas diarias por ley, se establece un máximo. Por ejemplo, podrías hacer una jornada de ocho horas y puede ser correcto, a pesar de que tengas una jornada parcial.
Muy buenas, mi duda es la siguiente, entre a trabajar en una residencia con un contrato temporal por circunstancias de la producción de una duración de 6 meses, (este contrato se realizó por la excedencia voluntaria de la anterior trabajadora que estába ya indefinida por una duración mayor a un año), a los seis meses pósteriores se me renueva el mismo contrato seis meses más, y al final del mismo, no se me renueva por no querer hacerme indefinida, ya que comenta que la empresa es muy reacia a hacer indefinidos. Mis dudas son laa siguientes;
1)Se me avisa con 4 días solo de antelación de que no se me renueva, es posible ?
2) se busca una nueva empleada/o con anuncio de la búsqueda el mismo día que acaba mi contrato, (si se trata de un puesto fijo y necesario diariamente) porque se puede cubrir continuamente con contratos temporales? Asimismo si la antigua excedencia no regresa, no debería ser mío el puesto y hacerme el mismo contrato que la persona que yo cubría?
Gracias por resolver mis dudas Alejandro, siempre estás hay cuando te necesitamos!
Un saludo y gracias por su labor.
No es necesario el preaviso al no superar el año de duración. Sí, parece que el contrato está en fraude de ley al cubrir una necesidad indefinida, o por lo menos de más duración que la finalización del contrato que te han realizado.
Buenos días, tengo un contrato laboral temporal por circunstancias de la producción . El contrato comenzó el 20 de junio y finaliza el 30 de septiembre. ¿ Podría la empresa ( entidad financiera) renovarme seis meses más o cuál sería el periodo máximo?
Gracias
Un saludo
Si el convenio lo permite si, se podría renovar seis meses más.
Buenas.
Estoy trabajando en una empresa donde me hicieron un contrato eventual por circunstancias de la producción a jornada parcial (502) durante 6 meses.
Pasado ese tiempo me comunicaron que iban a renovarme, pero antes me dieron de baja en la seguridad social durante 8 días. Después me hicieron un nuevo contrato con las mismas características por otros 6 meses.
Ahora, finalizando ya los 6 meses, quieren volver a renovarme con el mismo contrato por un periodo similar por tercera vez.
Mi duda es la siguiente: ¿No deberían hacerme indefinido esta vez? ¿Cuenta como prórroga del primer contrato o acaso esos 8 días en el paro les permite evitar la limitación de prorrogar este tipo de contrato una única vez?
Un saludo y muchas gracias.
Samuel
Habría que ver las causas de los contratos, puede que la anterior, no sea una prórroga del primero, sino un nuevo contrato eventual por otra causa diferente. No es posible ampliar ese contrato, pero sí que sería posible hacer un nuevo si se tiene causa para ello.
Hola buenas tardes, mi consulta es lo siguiente, entre a trabjajar a un hotel el 01 de agosto, me dieron de alta el mismo día, pero estando a fecha 28 todavía no firmo contrato, es a jornada completa, que inicialmente de palabra me dijeron 4 meses. Pero tengo un problema ahora me llamo la empresa donde siempre entro a trabajar y es para comenzar este 2 de septiembre, pero como no firmé el contrato aun así tengo que notificar los 15 días de anticipación o que pasaría si me voy y no me presento el día 01 a trabjajar en el hotel. Espero su respuesta lo más antes posible, de ante mano muchas gracias.
Aunque no se haya firmad el contrato, se está obligado a respetar el preaviso que indique el convenio colectivo. Que pueden ser 15 días o mas.
Hola llevo desde mayo haciéndome contratos de un mes., después me lo anplian y me di iquitaron y ahora me han hecho de un mes más. Y. Yo creo que ya nos despiden por3esos contratos son malo verdad?
Habría que ver los contratos y las causas de los mismos.
Pero podría hacerme otro contrato? Son contratos 502
Si existe causa para ello, sí podría.
Buenos días tengo un contrato eventual por circunstancias de la producción tipo 402, de 3 meses si decidiera no seguir cuando finalice mi contrato tengo derecho a desempleo? Gracias
No, la no renovación del contrato temporal equivale a una baja voluntaria y no se tiene derecho a desempleo.
llevo 5 meses y 24 días trabajando para una empresa de turismo quien me hizo un contrato eventual por circunstancias de la producción por 6 meses ( Comenzó el día 04 de Marzo de 2019), lo cierto es que ya les dije que no quiero la renovación y que quiero terminar mi relación laboral el día 3 de septiembre cuando este contrato culmina, la empresa me debe 5 días de vacaciones y les he manifestado que no quiero que me las paguen que me las voy a tomar, a lo que se niegan a dármelas, puedo entonces renunciar y así finiquitar mi relación laboral pedirles que me den de baja el día 28 de agosto , y sin represalias como no pagarme mi salario de agosto por ejemplo? o pueden ellos descontarme dinero de mi salario de agosto.
No, no puedes de manera unilateral coger las vacaciones, si no es con acuerdo con la empresa según lo que indique el convenio colectivo. Por otro lado, si quieres acabar el contrato antes, se tratará de una baja voluntaria, y tendrás que preavisar con lo que indique el convenio colectivo. Es decir, no puedes exigir acabar el contrato antes, lo que puedes es notificar una baja voluntaria.
Llevo tres semanas trabajando en una fábrica con un contrato temporal, y ya no quiero seguir trabajando allí, le he dicho a mi jefe que ya no quiero más y me ha dicho que no puede darme la baja porque los asesores y los contables están de vacaciones… Dice que tengo que trabajar obligada por lo menos dos semanas más. ¿Tengo que seguir trabajando como el dice?
No, les indicas una baja voluntaria o un periodo de prueba y ya está. Nadie te puede obligar a seguir trabajando si no quieres.
Buenas. Tengo un contrato de duración determinada de obra o servicio de los trabajos con sustantividad sin fecha de finalización (indica hasta la terminación del servicio pactado). Parece ser que quieren que continúe tras llevar 2 meses trabajados pero mi intención es no continuar, ¿cómo se consideraría esa finalización de la relación laboral? ¿fin de contrato? ¿baja voluntaria? ¿tendría derecho a indemnización y/o prestación por desempleo?
Por otro lado, indica un período de prueba de un tercio de la duración total del contrato, pero si no tengo fecha de fin de contrato cómo se establece.
Gracias. Un salud.
Baja voluntaria, sin derecho a indemnización ni paro. Sobre el periodo de prueba habría que ver que es lo que dice el convenio, ya que me extraña esa norma de indicar la duración del mismo. de todas maneras, aunque estuvieras dentro del periodo de prueba, tampoco tendrías derecho a paro ni indemnización. La diferencia es que dentro del periodo de prueba no es necesario preaviso, y baja voluntaria deberás de preavisar con lo que indique el convenio colectivo.
Buenas tardes,
Tengo una duda. En Agosto cumplo 1 año en la empresa con un contrato temporal, al finalizarlo me quieren hacer uno para sustituir a una compañera que ha pedido una excedencia de un año. ¿Me tienen que liquidar el contrato anterior para poder iniciar el nuevo?
Graciass
Si, deberán abonar la indemnización correspondiente.
Buenas tardes, tengo una duda sobre mi contrato eventual. Finalizó hoy a las 15:00 horas de la tarde, y la empresa quiere prorrogarlo una semana más. Estamos dentro de plazo o sería ya un fraude ? Gracias de antemano
Se está en plazo.
Buenas tardes.
Tengo un contrato eventual por circunstancias de la producción. El contrato inicial fue de 3 meses, empezando el 1 de abril, y posteriormente me hicieron una prórroga de 9 meses; es decir, el contrato finalizará el 30 de marzo de 2020.
Se supone que tengo derecho a 30 días de vacaciones por año, pero mi duda es cuando deberían dármelas, si antes de que finalice este año, el 2019, o se refiere a el año trabajado (hasta marzo del año que viene).
Otra duda es, ¿pueden no darme vacaciones, y simplemente pagarme los días correspondientes una vez finalice el contrato?, ¿esto deben comunicármelo por adelantado, o pueden simplemente hacerlo sin consultarme?
Gracias por adelantado, un saludo.
Aquí lo explico, las vacaciones deben disfrutarse dentro del año natural.
Hola buenos dias,
me gustaria saber si firmas un contrato temporal por duracion determinada por circunstancias de la produccion y te dicen que acabas el dia 25 por ejemplo, pero luego te quieren hacer prorroga y tu ya no puedes por que tienes otra cosa por la que tienes que decir que no, que pasa, es como un abandono voluntario o es fin de contrato y vas al paro y ya esta?
el contrato establece dia de inicio y dia de fin, el caso es que no sé si podria prrorogar pero no quiero perder el paro.
Se considera baja voluntaria, y no tendrías derecho a paro ni indemnización.
Hola!! Me gustaría plantearle una cuestión. Me hicieron un contrato de 6 meses de duración, a jornada completan llevo así desde marzo de 2017, que fue cuando empecé en esa empresa y me han ido despidiendo y haciendo nuevo contrato de 6 meses, con las mismas condiciones. Ahora me dicen que me van hacer una prórroga de 4 meses, hasta diciembre. Como se suponía que en agosto me echaban, yo he gastado todas mis vacaciones y claro ahora no se si me corresponde algún día de vacaciones? Para esos 4 meses de prorroga También me gustaría saber si ese contrato sería legal, ya que llevan dos años echándome y volviéndose a contratar?? No debería ser indefinido??? O para eso tendría que estar un año más así???? Gracias por su atención
Tienes mínimo 30 días de vacaciones por cada año trabajado, salvo que el convenio establezca más días, no se cuantos días has disfrutado. Por otro lado, habría que ver los contratos para saber si ya puedes reclamar la condición de indefinido o no.
Buenos días,
En mi caso he tenido un primer contracto por circunstancia de 3 meses a 30h semanales, seguido de una proroga de otros 3 meses. Ahora me han dado de baja este contracto y me han echo otro nuevo siempre por circunstancia de la impresa pero está vez solo de 1 mes. Es esto legal
habría que ver las causas de los contratos, pero entiendo que son dos diferentes, con dos causas diferentes.
Saludos Alejandro, me encanta la labor que desempeñas, felicidades. Quería preguntarte por el siguiente caso, que creo que es un fraude de ley de libro. Se firma un contrato de este tipo a media jornada. Pasan 18 meses y el empresario anuncia que va a despedir a la trabajadora, pero aqui viene la duda. La dice que se quede 10 dias más del cumplimiento de la fecha tope (18 meses) y que después se coja sus vacaciones y después la dará el finiquito y la indemnización.
Entiendo que el contrato se considera indefinido a todos los efectos, y que los 10 días serían el preaviso (mas las vacaciones) para que todo sea legal? en concepto de qué estaría trabajando la chica esos 10 días? muchas gracías.
Un contrato eventual puede durar como máximo un año, por lo tanto, pasado ese plazo, está en fraude de ley.
Buenos días.
Si estoy contratado al 20% cuantas horas debo trabajar al mes?
Depende de lo que diga el convenio colectivo y el tipo de jornada que tengas y contrato. Se puede dar el caso de que un mes trabajas 160 horas y cuatro meses no trabajes nada (todos ellos remunerados) y sea correcto.
Buenos días y gracias por tan pronta respuesta.
Perdone que le reformule la pregunta, pero es que sigo con la duda.
Le explicaré que es lo que deseo saber. Estoy cobrando paro y me han hecho un contrato al 20% para atender eventualidades, mi pregunta es la siguiente:
Cuantas horas debo trabajar al mes si mi contrato pone que estoy al 20%?
Muchas gracias por su atención.
En principio, serían 8 horas a la semana, pero habría que mirar el convenio y el contrato. No es posible dar una respuesta de X horas, por que puede variar como te indique en la respuesta anterior.
Buenas tardes,
Este verano he firmado un contrato tipo 502 desde el 28 de mayo al 14 de julio. Tengo una jornada laboral de 30 horas/semanales. No obstante, en la práctica, hay semanas que hago mínimo 4 horas, y sólo cobro esas 4 horas. ¿Este tipo de contrato permite eso?
Un saludo
No, depende del tipo de contrato, pero a ti te tienen que pagar por la jornada que te tienen contratado que puedes ver en el informe de vida laboral. No es problema tuyo que luego no realices todas las horas. En mi opinión, deben de pagarte siempre por las 30 horas si eso es por lo que te tienen contratado.
Hola Buenos días, paso a comentar mi caso, fui contratado por una empresa el día 12/01/19 por 3 meses a media jornada,contrato eventual (502), luego firmé una prórroga , que se extenderá hasta el dia 10/09/2019 con el mismo contrato a media jornada 502, llegada esa fecha, la empresa cerrará 1 semana por vacaciones y me habían comentado que la idea era prorrogar desde el 10/09 hasta 10/01/2020. Pero la semana pasada me avisaron, que su gestoría le informó que tal vez no se puede prorrogar por un tema legal, y como yo no tenía intenciones de pasarme a jornada completa para hacerme indefinido, no se podría llevar a cabo, pero realmente aún no me lo confirmaron.(Previamente,a comunicarme lo de su gestoría, me hicieron firmar una solicitud para pedir la prorroga hasta el 10/01/2020). Mi consulta es,si realmente ésto es así como dice la gestoría y si me corresponde indemnización o nó, llegado el fin del contrato que será el 10/09. Muchas gracias
Sólo se puede hacer una prórroga de ese contrato, y si te corresponde indemnización por fin de contrato, de un día de salario por cada mes trabajado.
Buenos días Alejandro, Gracias por responderme. Tengo una nueva consulta ya que no me consigo aclarar. Contrato eventual, media jornada 20 hs semanales de lunes a sábados.
Mi inicio del contrato es el 12/01/2019 por 3 meses y luego una prórroga hasta el 10/09/2019, dado que ya me informaron que no me renovarán, quisiera saber cuántas vacaciones me corresponderían, y del tema indemnización cómo sería, porque mi jefe me dijo que su gestoría le dijo que me tocan sólo 8 días de vacaciones y en mi contrato dice que son 30 dias naturales al año.
Es decir, en mi finiquito, me corresponderían los siguientes detalles:
* casi 8 meses de trabajo X 2,5 dias de vacaciones por mes = 20 dias
* casi 8 dias de salario de indemnizacion
* el prorrateo de paga doble ya me viene en la nómina
Me podrías confirmar si éstos cálculos serían los correctos?
Muchas gracias nuevamente. Saludos
Sí, son correctos los cálculos que comentas. En cuanto a la indemnización se cuenta por días enteros, por lo tanto, si trabajas por ejemplo 1 mes y dos días, a efectos de indemnización son 2 meses = 2 días de indemnización.
Buenos días,
Primeramente agradezco mucho toda la información que proporcionas y el tiempo que tomas en resolver dudas. Es una gran labor.
Mi caso es el siguiente.
Fui contratada mediante ETT para una empresa de proyectos el 13/03/2018, tres meses después, pasé a formar plantilla de la empresa el 12/06/2018 como eventual por circunstancias de la producción.
Tras esto, seis meses después, firmé una prórroga el 12/12/2018 de seis meses.
A lo cual, llegó el 12/06/2019 y dado que no tenía noticias pregunté a mi responsable y este me indicó que finalizaban mi contrato porque estaban obligados a hacerme indefinido y la empresa no estaba interesada.
A pesar de que es una empresa de proyectos, el puesto es muy necesario y de larga duración por las funciones que conlleva, además de que disponen de este proyecto mínimo dos años y medio más. Y cabe destacar, que el resto de mis compañeros han tenido también este tipo de contratos mediante ett o temporales hasta llegar al menos a obra y servicio, cosa que en mi caso no fue así.
Incluso mi responsable me había dado el ok para unas vacaciones que iban a ser dos semanas después por lo que me dejaron con la tranquilidad de que renovaría pero no fue así.
¿Es legal? ¿Debería reclamar este despido?¿Si reclamo pueden alegar otros motivos y cuales podrían ser? ¿Algún consejo sobre como debería proceder?
Muchisimas gracias.
Si el contrato temporal está en fraude de ley, por que la causa del contrato no es temporal o no ha finalizado, puedes demandar por despido en un plazo de 20 días hábiles para que se considere despido improcedente. La única causa que puede alegar la empresa es finalización del contrato temporal, que es la que te han indicado para extinguir la relación laboral.
Entiendo lo que me has explicado.
Es más, estoy al corriente de que han encontrado a una nueva persona mediante ETT para cubrir el puesto que yo llevaba, por lo que es más que claro que no tiene nada de eventual ¿No?
Yo quiero que el despido se considere nulo y continuar realizando mi labor, que es algo que nunca he dejado de hacer.
Respecto al acto de conciliación ¿es obligatorio llevar abogado? No tengo dinero lo cual me sería muy difícil.
¿Qué ocurre si en el acto de conciliación no llegamos a un acuerdo? ¿Yo como demandante de conciliación tendré que pagar algo? ¿Y si no llegamos al acuerdo pero el árbitro presente está a mi favor? ¿En ese caso se tendría que llegar a juicio?
Gracias y disculpa las molestias de antemano.
No es necesario ir con abogado, ni como tampoco tendrá ningún coste en caso de que alcance o no alcances un acuerdo. Sobre esos temas tengo escrito estos artículos, costes juicio laboral y papeleta de conciliación laboral y acta de conciliación.. De todos modos, con los datos que me comentas, el despido no sería nulo, sino improcedente, por lo que la empresa podría abonarte una indemnización en caso de que se considerara que el contrato está en fraude de ley.
Hola, buenos días. El pasado 3 de septiembre de 2018 me contrataron con el contrato eventual por las circunstancias de la producción a jornada completa, cuya duración fue hasta el 21 de diciembre de 2018. Llegada esa fecha, me prorrogan el contrato hasta el 21 de marzo de 2019 a jornada parcial, 5 horas. Al llegar al 21 de marzo, me lo volvieron a prorrogar hasta el próximo 28 de junio de 2019. Entiendo que está en fraude de ley, y que automáticamente soy indefinido, ¿Pero indefinido a tiempo parcial o indefinido a jornada completa?. Otra cuestión que tengo al respecto es, en caso de que quiera marcharme a trabajar a otro lado actualmente antes del día 28 de junio, ¿Debería de avisar con 15 días de antelación? ¿O podría marcharme?
Un saludo y muchas gracias
Se podría considerar en fraude de ley, con la jornada que tienes actualmente, es decir la parcial. Si quieres marcharte tendrás que preavisar con lo que diga el convenio colectivo, o en caso de que éste no diga nada, se recomienda 15 días.
Buenas tardes,
Me hicieron un contrato eventual por circunstancias de la producción 402 por un periodo de 9 dias. Tras dos dias de su vencimiento me hicieron un segundo contrato eventual por circunstancias de la producción 402 por un periodo de 35 dias.
este ultimo ha sido prorrogado por un periodo de 30 dias y me vence al final de este mes (30 de junio de 2019).
tengo dos preguntas:
1-Es legal esta forma de contratacion, el no haber prorrogado tras el primer contrato, si no esperar dos dias y volver a contratar?
2- Si la empresa quiere que siga con ellos, que tipo de contrato/prorroga etc.. procede ahora al vencer esta prorroga?
3- Si ya no quieren contar con migo, que puedo reclamar?
Gracias de antemano
Es legal esa forma de proceder, pero habría que ver la causa de los contratos. Entiendo que tienen dos causas diferentes de contratos y por eso hace dos contratos. Después de éste, podrá hacer otros contratos temporales siempre que tenga causa para ello, obra, interinidad, otro eventual… Si no quieren contar contigo, habría que mirar los contratos para saber si se puede reclamar algo.
Buenos dias Alejandro,
Gracias por su rapida respuesta. La causa de contrato en ambos casos es: 402 – EVENTUAL A TIEMPO COMPLETO CIRCUNSTANCIAS DE LA PRODUCCIÓN, por eso me surgio la duda de si era legal esperar 2 dias tras el vencimiento del contrato inicial y volver a contratar me? para luego prorrogar legalmente este segundo, que es lo que hicieeron, o si me tenian que haber prorrogado el contrato inicial y por consecuente la prorroga del segundo contrato seria una segunda prorroga que en ese caso seria ilegal?
Gracias
El 402 es el tipo de contrato, no la causa temporal del mismo que tiene que venir indicado en el contrato. Si las causas son correctas, es posible hacer un contrato de un par de días, y después otro y prorrogar el segundo, sin obligación de haber prorrogado el primero. Pero para ello tiene que existir causa.
Buenas tardes, a ver. Llevo en la actual empresa desde diciembre de 2017. Desde esa fecha, en la que abrió la empresa y yo me incorporé, me dieron de alta con un contrato de formación a jornada completa. En Julio de 2018, me hicieron firmar otro contrato, aunque mi trabajo y mi jornada en la empresa era la misma. Hace cosa de un mes que me dio por mirar la vida laboral para corroborar el tipo de contrato que tenía, porque no me estaban llegando las nóminas como antes, me llegaban por partes y me despertó la curiosidad. Se lo pregunté al gerente y decía que no sabía nada. Así pues, vi en la vida laboral que a pesar de estar haciendo mis 40 horas semanales, tenía un contrato 502 y me tenían dado de alta al 75% de la jornada. Me dijeron que lo modificarían, que no se habían dado cuenta, pero a día de hoy en la vida laboral me sigue apareciendo el mismo tipo de contrato. Decir que mi contrato me lo hicieron sin fecha fin, a pesar de ser por circunstancias de la producción. Esto un poco perdido con el tema, ¿Son normales estos cambios? ¿Es legal? ¿Cómo afectan a mí vida laboral?
El contrato eventual puede ser de una duración de hasta un año, si así lo permite el convenio, habría que mirar el contrato y el convenio para ver si es correcto. Por otro lado, tienen que estar cotizando según la jornada que realizas, si estás en una inferior te perjudica de cara al paro, a la jubilación…
Empece el trabajo el 02 de enero de 2018 , dia en que figura mi situacion de alta, a dia de hoy sigo teniendo en mi nomina el tp 402. ¿puede ser esto asi?.
La relación se debe presumir indefinida, sólo que la empresa no ha hecho el cambio de contrato a indefinido. Es decir, ya no debería de ser 402.
Muchas gracias por tu rapida respuesta y al merito que tiene que ayudes a disipar dudas de la gente de forma tan solidaria, me encanta. Que te vaya fenomeno.
Buenos días,
Tengo un contrato de trabajo temporal con periodo de prueba de 2 meses. Estoy como peón, y con finalización el 22/01/19, pero sigo trabajando desde entonces y estamos ya en junio. En la seguridad social sale Contrato temporal a tiempo completo y ya hace tiempo se ha vencido, pero ni me han renovado, ni me dicen nada. Aún continúa dado de alta en la seguridad social. En total llevo en esta empresa más de 230 días. ¿seguiría como temporal o ya ha pasado a indefinido?
Si es un contrato eventual y ha superado los límites del contrato, la relación se entiende indefinida.
Muchas Gracias Alejandro por tu pronta respuesta y tu ayuda. Entonces, al vencerse el primer contrato que era eventual y no habiendo existido una renovación del mismo, he de entender que mi relación laboral es indefinida, es cierta así?.
Y reitero, gracias por tu aportación que ayudas a tanta gente como yo.
efectivamente.
Buenos días Alejandro.
Me gustaría saber si es posible, en un contrato eventual por circunstancias de la producción por 6 meses con período de prueba de 3 meses (lo refleja el convenio colectivo), si a los 2 meses y 2 días te comunican que no has superado el periodo de prueba y se da por finalizada la relación laboral, ¿el trabajador también tiene derecho a la indemnización de 12 días por año trabajado o solo se tiene derecho si el contrato finaliza por llegar al final del periodo contratado? Supongo que también se tiene derecho ya que el tipo de contrato es el que se habla en este artículo y la finalización del contrato es por causas ajenas al trabajador.
¿Y la indemnización tendría que ser por esos 2 meses y 2 días trabajados o por los 6 meses que era el contrato ya que la extinción del contrato es por voluntad de la empresa y no el trabajador?
Saludos y muchas gracias.
No, no se tiene derecho, y en el caso de que así fuera, la indemnización siempre se calcula sobre el tiempo trabajado (y no por lo que resta de contrato)
Tengo un contrato eventual, me lo hicieron por 3 meses y me lo han prorrogado por 2 veces más. En la ultima prórroga ponía hasta el 31 de Marzo. Desde entonces no se me ha realizado ninguna prorroga más, sigo dada de alta y a final de este mes me tienen que hacer un contrato de obra y servicio. Tendré algún problema por no haberme hecho la prórroga?
Muchas gracias de antemano.
Un saludo.
Si continuaste la relación laboral una vez finalizado el contrato, la relación laboral se puede entender indefinida.
Muchas gracias
Buen día Abg. Aradas
Tenía un contrato por Circunstancias de la producción 502 con fecha de julio 2018 a diciembre del mismo año. Fue prorrogado por 6 meses más del 01 de enero de 2019 y culminaba el 30 de Junio. Todo según convenio colectivo.
Pero el 31 de Mayo es decir un mes antes de que finalice mi contrato, me entregan el Documento de Liquidación y Finiquito. En el Desglose de la Liquidación esta mi pago del mes de Mayo y un concepto por indemnización. Mi pregunta es si es legal que finalicen mi contrato antes y que pierda mi sueldo del mes de Junio?
Muchas gracias.
Habría que ver la causa del despido alegada, pero si, es correcto, la forma de finalizar un temporal antes de tiempo es mediante un despido.
Buenas noches Alejandro, preciso por favor me asesores.
Hace 10 dias presente baja voluntaria en la empresa en la que trabajo con preaviso de 15 dias, la envie por email al director de recursos humanos, solicitando reporte y devolucion de la misma debidamente firmada y sellada.
No he recibido reporte alguno por parte de la empresa.
La empresa ha intentado que me replantee la decision y en ello estoy,.
Como debo actuar si finalmente me marcho?
Tiene validez el documento de baja voluntaria sin haber recibido el reporte por parte de la empresa?, puedo revocar la decision?, de que manera? o no es necesario ya que la empresa no se ha dado por enterada….
Gracias.
Si la empresa se ha dado por enterado, en mi opinión, es válida la comunicación.
Tengo un contrato de 6 meses y llevo trabajando 3 meses con este tipo de contrato (402), si me despidieran mañana mismo que tipo de indemnizacion percibiria?
Gracias
Depende de la causa del despido.
Estoy contratado por ETT, prestando mis servicios a un tercero,el cual me ha informado de un cambio drastico en el horario inicialmente pactado, al mostrar mi desacuerdo y negativa preveo que esto no va a durar mucho , de ahi mi pregunta anterior sobre mis decheros en cuanto a despido y/o indemnizacion.
Si alegan despido disciplinario, no hay derecho a indemnización, el despido objetivo, son 20 días por año trabajado y la improcedencia 33.
Buenos dias, trabajo en un hotel que cierra en invierno, la temporada pasada me hizieron un contrato 402 de 6 meses, el hotel cerro en invierno y volvio abrir en la siguiente temporada que me llamaron para trabaja y me volvieron hacer un contrato 402 otra vez de 6 meses, me pueden hacer una prorroga?
Habría que ver la causa del contrato, pero seguramente lo más adecuado sería un contrato indefinido.
Buenas tardes
Estoy trabajando con un contrato temporal, eventual por circunstancias de la producción y a tiempo parcial. El contrato indica que la duración del mismo es de 6 meses siendo los dos primeros meses de prueba. Por circunstancias personales voy a dejar el trabajo a lo largo del mes de julio. Debo tener en cuenta algún plazo de preaviso para comunicarlo a la empresa? Puedo sufrir alguna penalización por resolver el contrato antes de que expiren los 6 meses de duración?
Si estás dentro del periodo de prueba no es necesario preaviso. Si ya lo has superado, tendrás que preavisar con lo que diga el convenio colectivo.
tengo una duda! tengo un contrato temporal por una empresa que me coloco 6 meses de contrato con 3 meses de prueba, el cual quería saber después del contrato que tengo pasaría a indefinido o otro temporal?
Cuando se te acabe el contrato, pueden hacerte otro contrato temporal si tienen causa para ello.
Buenos dias, soy una chica de 18 años, firme Contrato de Trabajo temporal (Eventual por Circunstancias de la Producción) tiempo parcial (502) «Atención necesidades de Comercialización de Productos -Plan Estrategico Empresarial.duración del 10mayo al 09agos2019. No indica período de prueba.
Y con fecha del dia 22mayo me llega SMS de la Seguridad Social que me han tramitado la baja (a los 12 dias de trabajo). Me han citado para ir a la oficina. La empresa ha actuado bien?? O este tipo de contrato le da la libertad de despedir sin mas a los pocos dias de firmado? Y por la causa que quieran señalar? Gracias de antemano por la respuesta.
Si no tienes periodo de prueba, habrá que ver cual es la causa alegada por la empresa para proceder al despido, pero si no tienen causa la indemnización por despido improcedente es muy pequeña ya que se tiene en cuenta el tiempo que llevas trabajando. En esta entrada tienes más información.
Muchísimas gracias por vuestra rápida respuesta. Me ha servido de mucho. Un saludo.
Buenas tardes Alejandro.
Tengo la siguiente duda. Llevo desde el 9 de agosto del año pasado(2018) trabajando con una ett para una misma empresa con contratos 402. Cuando llegue el 8 de agosto de este año y se cumpla el año desde que empecé en esta empresa,no habré trabajado 180 días en total. ¿Podré seguir trabajando para ésta empresa hasta alcanzar los180 dias?.
Muchas gracias y un saludo.
Depende de si la empresa tiene una causa para ello, y lo que diga el convenio colectivo.
Tengo trabajador con contrato Circunstancias de producción que no ha superado período de prueba, ¿le corresponde la parte proporcional a los 12 días por año?
No, si la causa es no superar el periodo de prueba no es necesario la indemnización.
Buenos días y felicidades por aclarar las dudas de la gente en estos foros.
Mi duda es que en diciembre de 2018 estuve sustituyendo a una persona que estaba de baja, en el contrato me pusieron contrato eventual por circunstancias de la producción y a parte me aplicaron el convenio nacional en vez de el convenio de la persona a cubrir (600 euros menos/mes). En marzo y a día de hoy me siguen llamando para cubrir otras bajas y me aplican el mismo contrato. yo creo que todo esto esta mal hecho. Un saludo y gracias
Hay que aplicar el convenio correspondiente, que habría que ver cual es el correcto, en caso de que sea el inadecuado podrás reclamar las diferencias salariales exitentes.
Buenos días
Tengo un contrato eventual ppr circunstancias de la producción hasta septiembre que cumpliria un año. ¿Cuando termine este contrato tienen que hacerme indefinida o pueden seguir haciendome contratos eventuales?
Mi contrato es de jornada completa y a la semana hago varias horas estra aunque estas ni me las pagan ni me las devuelven. ¿Puedo reclamarlas aunque no consten en ningun sitio? Como piedo hacer para demostrarlo?
Saludos y gracias
Sí, pueden hacerte otro contrato temporal si tienen causa para ello. Puedes reclamar las horas extraordinarias, aquí explico como puedes acreditarlas y reclamarlas.
Hola tenía una duda si se realiza un contrato por obra y servicio de un mes. Que empezaría el próximo 6 de mayo, hasta que día sería?
Me asalta la duda al ser un mes de 31 días.
Podría ser una única nómina o serían 2, una hasta fin de mes y otra liquidando los días de junio?
Por otro lado entiendo que no devenga vacaciones (el convenio marca 22 días laborables) y si liquidación de 12 dos por año, en este caso 1 día.
Gracias
Si es de un mes, empezaría el 6 de mayo y acaba el 5 de junio. Si dos nóminas, la de mayo y la de junio. Si que devenga vacaciones e indemnización.
Muchas gracias!
con in contrato de fin de obras de 11 meses tengo derecho a alguna vacaciones o finiquito trabajo en el sector agrario ,muchas gracias
Siempre se tiene derecho a 30 días de vacaciones por cada año trabajado, así como un finiquito.
Hola! Quería hacer una consulta,el 2/4/18 me hicieron contrato 402,y he estado justo un año,por lo que he leído por ahí debían hacerme indefinida,pero dos días antes me dijeron que solicitara la demanda de empleo para hacerme un nuevo contrato,esta vez,de fomento de empleo( 430) …es decir,nos cogen del INEM para este contrato,mi pregunta es …deben darme finiquito por el anterior(402)???
Nos dicen que no,porque no perdemos antigüedad,y no han pasado 20 días entre un contrato y otro ..y que en realidad no nos echan, simplemente acabo el contrato. Es esto así??? Tengo mis dudas! Gracias de antemano!
Sí, en mi opinión, se debería indemnizar el contrato temporal, aunque es cierto que no se pierde la antigüedad.
Hola:
Me han hecho un contrato de tres meses en la empresa, contrato temporal, finaliza la proxima semana.
EN la emprea me comentan que a partir de mayo, mitad más o menos, me volveran a llamar, por lo que me indican, para hacer otroe eventual. Podrían hacerme un contrato nuevo?
Sí, podrían hacerte otro contrato temporal si tienen causa para ello.
Hola tenia un contrato de fin de obra cuando empecé en la empresa que estoy trabajando, despues al tiempo de 6 meses me hicieron un contrato a principios de este año el de sustitución y al finalizar ese contrato me han hecho otro de Acumulación de tareas 402 a tiempo completo, de 3 meses de duración, se me acaba ahora el 10 de mayo, después de este contrato cuál me tendrían que hacer? Y cuantos contratos me pueden hacer en un año para luego llegar a indefinido. Gracias
No se puede superar los 24 meses contratados por contratos eventuales o de obra en un periodo de 30 meses. No se tienen en cuenta los contratos de interinidad. Podrían hacerte otro contrato temporal si tuvieran causa para ello, no existe límites de contratos en un año, sino que depende de la causa de los mismos. En esta entrada tienes más información.
Hola le cuento mi duda: soy médico de unos campamentos. Suelo trabajar 3 días a la semana (24h al dia) aproximadamente y el tipo de contrato que me hacen es el 402 «Eventual a tiempo completo circunstancias de la producción». Con la empresa acuerdo las fechas que asistiré de Enero a Julio y tengo las siguientes dudas:
– ¿Es correcto ese tipo de contrato? o por el contario al tener un caracter Cíclico me corresponderia otro tipo de contrato.
– Estoy disponible las 24h del día durante la realización del campamento ¿En mi contrato debe aparecer la disponiblidad de 24h al día? ¿Cómo debe aparecer esas 24h en el informe de mi vida laboral para saber si aparece mi cotización las 24h del dia?
Muchas gracias por su tiempo e información.
Un saludo
En el informe de vida laboral aparecerá cotizados los días de trabajo al 100%. o mejor dicho, sin porcentaje, lo que significa que estás trabajando a jornada completa. Si la necesidad es cíclica, el contrato adecuado sería el contrato fijo discontinuo.
Buenas días,
Quería preguntarle la siguiente duda, entre en una empresa consultora, con un contrato eventual por circunstancia de la producción con fecha de inicio 20.11.18 y fecha de final 19.05.19, jornada laboral completa, duración + 6 meses (contrato tipo 402).
Se que no tiene porque darme un preaviso de 15 días, tengo derecho a indemnización cuando finalize ??
Muchas gracias de antemano.
Si, ese contrato da derecho a doce días de indemnización por año trabajado, seis en tu caso, por seis meses de trabajo.
Muchas gracias por la información.
Recibe un cordial saludo
Buenos dias, mi pregunta es la siguiente, tengo contrato hasta finales de este mes 30/04/2019, por lo que decidimos no hacer la prorroga del contrato ya que la empresa me salio con historias de contrato de lunes a domingo cuando se habia hablado, no firmado de lunes a viernes, ellos me dicen que ahora como habia firmado yo el contrato anterior pueden hacer la prorroga con las mismas condiciones ,y si yo no las acepto se entiende como baja voluntaria. Pueden hacer eso?
Trabajo en el sector de la restauracion.
Si comunicas que no quieres renovar el contrato, es como una baja voluntaria y no tienes derecho a desempleo.
Buenas tardes, tengo un contrato de trabajo eventual a tiempo parcial por circunstancias de la producción (trabajo en un restaurante), y en mi contrato se especifican ademas de las horas semanales, los días y horario específico de cada día. Aun así ese horario no se ha cumplido nunca porque los encargados ponen los horarios que quieren. Es legal hacer algo así? Cabe decir que en mi contrato en ningún sitio pone que se podrán cambiar los horarios en función del trabajo que haya ese día. Gracias.
Si se marcan las condiciones inicialmente pactadas se puede entender como una modificación sustancial de las condiciones de trabajo.
Estimado Sr.:
Tuve un contrato eventual por circunstancias de la producción 502 parcial de 20 horas semanales. Desde el 10-09-2018 al 28-02-2019.
Dicho contrato fue prorrogado del 01-03 al 21-03-2019.
De mutuo acuerdo con el empresario se procedió a una ampliación de la jornada de trabajo durante todo el periodo de prorroga pasando a jornada completa, 40 horas semanales.
La ampliación fue comunicada por escrito al SEPE y a la Seguridad Social pasando el código del contrato al 402 durante toda la prorroga.
Al finalizar el contrato solicité el subsidio por insuficiencia de cotización con cargas familiares.
El problema está en que me han concedido el subsidio pero no al 100 % sino al 55,82 % porque dicen que corresponde hacer una ponderación de todas las horas y que lo consideran un único contrato.
Pero no tienen en cuenta que la prórroga es a tiempo completo (402) y como tal se van a pagar los seguros sociales.
¿ Es correcta la decisión del SEPE o debería corresponderme el subsidio completo y no parcial ?
A la espera de sus noticias, atte. Saludos.
Desconozco un caso similar, y no se si existe jurisprudencia, pero en mi opinión no sería correcta la decisión del SEPE. El artículo 278 de la Ley General de Seguridad Social indica respecto a la cuantía que: La cuantía del subsidio por desempleo será igual al 80 por ciento del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples mensual vigente en cada momento. En el caso de desempleo por pérdida de un trabajo a tiempo parcial, dicha cuantía se percibirá en proporción a las horas previamente trabajadas… Pero en tu caso, es un trabajo a tiempo completo.
buenas tardes me realizaron un contrato de tres meses por circustancia de trabajo me puse de baja no se me a notificado ninguna prroga pero el paro aparece una proroga ptresentada al mes yo estando de baja con otro tipo de dontrato mantubieron antiguedad en nomina no he firmado ni recido nada desde el primer contrato segun la nueva prorroga me despide el dia 8 no he firmado nada que puedo hacer gracias
El contrato se entiende prorrogado salvo que alguna de las partes indique lo contrario.
Mi duda es la siguiente. Entré a trabajar en una empresa con un contrato de 4 meses. Al acabarse el contrato, estuve 19 días en casa y me llamaron haciéndome otro contrato de 1 año modelo 502. Al acabarse el contrato me volvieron hacer otro contrato de otro año y finalmente indefinido.
Actualmente después de 5 años en la empresa tengo antigüedad del último contrato. Debería ser desde el primero o el último. Porque si es desde el primero tendría que cobrar trienios.
Desde el primero.
Eso es lo que tenía entendido y hablé con la empresa que nos ha subrogado y me dicen que por el tipo de contrato que tenía (modelo 502) no me corresponde. Tendré que poner una de demanda para que me reconozcan la antigüedad y me paguen los trienios anteriores con un máximo de 12 meses no?
Si, puedes reclamar un año para atrás.
Me hicieron un contrato por circunstancias de la producción d 17 días y cuando finalizó este contrato seguí trabajando,pero la empresa no m dio d alta hasta 6 días después.
Mi pregunta es si tendría q ser indefinido por contrato en fraude d ley o no.
Si no existe contrato, la relación laboral se presume indefinida salvo que se pueda acreditar la naturaleza temporal. Por lo tanto, no automáticamente es una relación indefinida.
Hola buenas , me han contratado en una empresa, en la que pedían una baremacion y en la oferta, ofrecian 1 año renovable, han pasado 32 días y aún no he firmado el contrato ,y al meterme en mi seguridad social , veo que me han echo un contrato eventual por circunstancias de la producción por 6 meses, es eso legal ???
Si no has firmado el contrato, no es correcto.
Y que se puede reclamar? Y conseguir? Sería mejor esperar a los 6 meses para denunciar? Gracias.
Si no has firmado el contrato de trabajo, estas son las repercusiones.
El día 16 de febrero me hicieron un contrato eventual a tiempo completo de un mes de duración. El día 24 de marzo me dan la baja médica hasta el 7 de abril. En esa fecha me hacen una reducción de jornada del 50% que yo firmé pese a no haber firmado segundo contrato desde el 16 de marzo en adelante. Mi pregunta es ¿por ley, debo avisar con quince días de antelación a la empresa?
Muchas gracias w
Te refieres avisar por baja voluntaria? Sí, tienes que avisar con lo que diga el convenio colectivo.
Tengo 20 años y me hicieron con contrato temporal EVENTUAL POR CIRCUNSTANCIAS DE LA PRODUCCIÓN el 11 de febrero, para 3 meses, con 15 dias de periodo de prueba que superé. Hoy, dia 6 de marzo me anuncian que aunque estan contentos conmigo va a contratar a un familiar en lugar de a mi y me despide.
¿Que derechos tengo en este caso? ¿Que le puedo reclamar al empresario? Me han dicho que me envian la carta de despido de forma electronica.
Despido improcedente, cuya indemnización es de 2,75 dias por cada mes que hayas trabaado. Por lo tanto, poca cuantía podrás reclamar.
Buenos días, He tenido un contrato 402. El 23 de Diciembre se cumpliò el contrato. Ahora estoy cobrando la prestación del SEPE. Mi pregunta es, ¿La empresa puede volver a contratarme? ¿Cuanto tiempo tiene que pasar?.
Muchas gracias
puede volver a contratarte en cualquier momento, no es necesario que pase nada de tiempo.
Buenas tardes, tengo una duda.
Yo estoy contratada en una empresa, se acoge al convenio colectivo de las agencias de viajes, me hicieron un contrato eventual, acabo de firmar la prórroga de otros 6 meses, una vez finalizados estos 6 meses me pueden volver hacer una prórroga del contrato? o ya me tendrían que hacer fija?
Depende de las necesidades de la empresa. Podrían hacer un contrato de interinidad que es un contrato temporal, si tuvieran causa para ello, o un contrato de obra. Lo que no podrían es prorrogar el actual contrato eventual.
Hola buenas alejando eh firmado un contrato eventual de tres meses por acumulación de tareas y exceso de pedidos y luego añado
Con un mes de prueba me salía, al cabo de una semana me echaron yo trabajo 6 horas al
Día de lunes a sábado serían 36 horas semanales pero en el
Contrato estipula 30 horas semanales y firme un contrato de ayudante de estética y me echan porque dicen que nosotros pensamos que sabías de peluquería me podrías decir las irrgularidades que contempla este contrato y si podríamos resolver esto . Muchas gracias
Si te han despedido durante el periodo de prueba recogido en contrato, poco se puede hacer por esa vía. Únicamente reclamar las horas extraordinarias si no te las han abonado.
Buenos días. He estado contratada un año con contrato de prácticas y ahora me ofrecen un contrato temporal por acumulación de tareas de 6 meses, con un motivo de contratación distinto. ¿Es esto correcto? ¿Cuánto tiempo más podría estar contratada mediante contratos temporales?
Si la empresa tiene causa para hacer ese contrato sería correcto. Por otro lado, depende de la necesidad de la empresa, podría hacer otros contratos temporales, por ejemplo de interinidad, Los límites están explicados aquí.
Hola Alejandro, buenas tardes
Tengo un contrato eventual por circunstancias de la producción de 14 horas semanales (jornada de fin de semana) que comenzó el pasado 13 de octubre con dos meses de período de prueba y finaliza el 12 de abril , Convenio comercio de alimentación de Madrid, no he tomado vacaciones.
No deseo renovar el contrato pero tengo dudas sobre:
1.- el tiempo de antelación con el que debo avisar y cómo debo hacerlo
2.- Si por estos seis meses de contrato y por ser yo quien no desea renovar y no habiendo tomado días libres… tengo derecho a algo más que la nómina o no?
3.- Si consiguiera otra oportunidad de trabajo antes de la fecha fin de contrato ¿con cuánta antelación debo avisar que me voy?
De antemano muchas gracias por tu ayuda!
Si lo que quieres es no renovar, puedes decirlo el mismo días. No, pierdes el derecho a indemnización pero si que tienes derecho a finiquito (vacaciones + pagas extras) Si quieres irte antes, tendrás que preavisar con lo que diga el convenio colectivo.
Hola Alejandro, ante todo Muchas gracias por tu ayuda y atención a todos
Estoy contratada por una ETT trabajando como peón en una misma empresa desde enero de 2018, el tipo de contrato es el 401. Me han hecho varios contratos del mismo tipo, misma categoría y mismo puesto de trabajo, en agosto en una renovación perdí la antigüedad y ahora en enero volví a firmar el mismo contrato y veo en mi nómina que de nuevo vuelvo a perder la antigüedad. Mi preguntas son: Por cuánto tiempo me pueden seguir renovando el contrato en éstas mismas condiciones sin pasar a otro tipo de contrato ? En un articulo tuyo leí que debía de pasar bastante tiempo entre un contrato y otro para perder la antigüedad, no es mi caso, lo más que he estado entre un contrato y otro sin trabajar son 5 días laborales, pero en la nómina veo que la he perdido. Lo pueden hacer?
Me habían dicho que a los dos años con el mismo tipo de contrato y desempeñando el trabajo en la misma empresa me tendrían que pasar a la plantilla de dicha empresa, es eso cierto?
La verdad es que cada vez que pregunto en la ETT cualquier duda de las que te expongo me dan largas y no me queda nada claro, agradecería mucho me indiques y ayudases.
Muchísimas gracias
Aunque ellos no te cuenten la antigüedad en la nómina, no la has perdido. Te recomiendo que leas este artículo al respecto. Por otro lado, con un contrato eventual no puedes estar más de un año, al menos con el mismo contrato. Existen diferentes contratos y cada uno tiene unos límites. En esta entrad explico los límites de cada contrato.
Hola de nuevo Alejandro y agradeciendo muchísimo tu ayuda una vez más de antemano
En la nómina de diciembre aparece un finiquito de 1,80 euros y que con eso queda saldada toda deuda con el trabajador, recordarte que estoy contratada por la ETT
Si no me renuevan el contrato no tengo derecho a indemnización??
Una vez más, muchísimas gracias
La ETT puede abonar de manera prorrateada la indemnización que tienes derecho, por lo que sin ver todas las nóminas ni las vacaciones que has disfrutado no te puedo decir si es correcto o no.
Hola Alejandro, mi caso es un poco difícil, te explico.
Llevo desde Marzo del 2018 en un estudio de tatuajes, en mi contrato pone contrato a tiempo completo por circunstancias de la producción, pero hago un horario fijo desde el primer día que entré y figuro como auxiliar cuando en realidad soy tatuadora. Hago TODO en el estudio, tatuar, piercings, atender, pedidos, gestiones, limpiar el estudio, etc. Mi pregunta es… que contrato debería de tener? Porque llevo desde septiembre pidiendo mi contrato y lo único que me dan es mi vida laboral, en la que tengo el T.C 402.
Gracias por tu ayuda, un abrazo.
Habría que ver la causa de temporalidad que indica el contrato. Si no estás curbeidno una necesidad temporal, el contrato tendría que ser indefginido.
No estoy cubriendo una necesidad temporal, soy parte importante del equipo, debería hacer en este caso? Mi convenio es el de estética
Muchas gracias por tu atención
Puedes reclamar la condición de indefinido mientras estás trabajando.
Habría que ver la causa de temporalidad que indica el contrato. Si no estás curbeidno una necesidad temporal, el contrato tendría que ser indefinido.
Buenos días,
Tengo una duda acerca de mis contratos y prorrogas,todos los contratos firmados son eventuales el primero fue del 11/12/17 al 17/02/18 a continuación una prorroga del 18/02/18 al 21/04/18,otro contrato del 22/04/18 al 21/07/18 le sigue otra prorroga del 22/07/18 al 21/10/18, otro nuevo contrato del 22/10/18 al 07/01/19 y para finalizar una nueva prorroga del 08/01/19 al 09/01/2018.
¿Mi pregunta es, me has debido finiquitar cuando me han hecho el nuevo contrato? ¿Mi antigüedad en la empresa es más de un año? En ningún momento,firmé ningún papel que fuera finiquito.
Muchísimas gracias.
Si, siempre continuaste en la empresa y fueron prorrogas no sería necesario finiquitar. Ahora bien, e extraña que sean prórrogas del mismo contrato, en ese caso, la relación laboral se debe entender indefinida. Si hay cambio de contratos temporales, entiendo que si que se tiene que pagar la indemnización.
Buenos Días quería saber si por estar de baja y tener un contrato de trabajo eventual por circunstancias de la producción este mes me han pagado 30 euros no sé si este pago que me han hecho es correcto.
Habría que ver cual es tu jornada, convenio, salario….
Buenas tardes… Mi consulta es la siguiente… En noviembre de 2018 firme un contrato temporal de 6 meses… de cajero/reponedor que finaliza en mayo de 2019…
Hoy mi encargado me presenta una notificación de finalización de contrato con fecha de hoy 23/01/19 y un nuevo contrato en el que dice que empecé en noviembre pasado y que hoy 23/01 finaliza…
Que el no entiende el porque y que por cuestiones laborales no es… El periodo de prueba era de 1 mes… Y no me han notificado queja alguna… Me pueden obligar a firmar ese contrato para anular el 1ro?… Me he negado a firmar y me mandan a recursos humanos… Y el día 24/01 en teoría ya no tengo que volver a mí puesto… Si me niego a lo que me ofrecen… Tengo que seguir iendo a trabajar?… Es normal esas modificaciones en fecha a posteriori?
Yo entiendo que si no presisan de mis servicios me tendrían que despedir por razones objetivas… O no renovar mi contrato de 6 meses…
No, no se puede hacer, no firmes nada, y mientras no te den una carta de extinción o te den de baja en la seguridad social acude a tu puesto de trabajo.
¿Es posible que con un contrato a un 85% de la jornada (34h semanales según mi contrato), me hayan puesto en los horarios del primer mes 18 h de más que únicamente hiciera esas 34h semanales?
Me comentan que eso se debe a que mi contrato implica un total de 1500 h anuales ¿me pagaran por tanto a final de mes una parte proporcional a esaa horas de más y habrá meses en los aue necesiten menos horas de mi trabajo donde cobraré menos? No tengo claro si esta es una práctica habitual y si se puede hacer o si esque directamente pretenden que trabaje de más sin pagarme las horas correspondientes… La empresa parece seria, pero ya sabemos como está todo.
No entiendo muy bien, pero la empresa si que tiene cierta potestad para distribuir la jornada. El salario no debería variar cada mes. Ahora bien, si al final se hacen más horas de las que se está contratado, si que se debería de pagar las horas extraordinarias.
Buenas noches Sr Alejandro, por favor agradecería me indicara si con un contrato de trabajo de duración determinada(Eventual por circunstancias de producción) que firmé y comenzó el 05/11/2018 y debería finalizar al 04/02/2019, no quiero continuar, es decir quiero finalizar antes de la fecha acordada, baja voluntaria por acoso laboral, es necesario dar un preaviso con 15 dias de anticipación al termino del contrato, o se debe dejar constancia por escrito de la baja voluntaria desde este momento? ¿Qué derechos me corresponden? gracias por anticipado y por ayudar a tanta gente en estas circunstancias especiales que se presenta.
Si quieres finalizar el contrato ANTES de que éste finalice, sí tendrás que preavisar con lo que diga el convenio colectivo. Si vas a cumplir el contrato, pero no quieres renovar, no es necesario el preaviso, puedes decirlo el mismo día. En cualqueira de los dos casos, no tienes derecho a desempleo ni a indemnización, pero si a finiquito como explico en esta entrada.
Hola buenas tardes;
He trabajado durante 1 año en una empresa con contrato eventual. Me han echado por que no quieren hacer fijo discontinuo. Tengo que estar 1 año fuera para poder volver segun la empresa me dice.
Mi pregunta es la siguiente; Yo podria sustituir una baja aun habiendo superado el tiempo del contrato eventual?
Gracias!!!!!
Si, se podría hacer un contrato de interinidad si la empresa quiere y tiene causa para ello.
Hola buenas llevo 21 contratos eventuales a tiempo completo por circunstancias de la producción y 2 contratos por obra y servicios durante el año 2018 en total suman 210 días cotizados, es legal esta situación siendo todos los contratos en la misma empresa?
Gracias
Habría que mirar los contratos, pero puede que estén en fraude de ley.
Un saludo.
Me hicieron un contrato eventual por circunstancias de la producción, al cerrar la tienda me finiquitaron. Estuve diez meses.
Pero me ofrecieron en otra comunidad el mismo tipo de contrato, llevo 4 meses.
Mi pregunta es si llevo más e doce meses trabajando con dos contratos diferentes en la misma empresa aunque sea en dos comunidades distitnas… Dentro del plazo de 18 meses que marca el convenio. Paso a ser indefinido? Como puedo confirmarlo si es así y formalizar lo?
Gracias. Si fuese indefinido puedo pedir una excedencia?
La excedencia voluntaria se puede solicitar cuando se cumple el año de contrato, independientemente de que seas indefinido o no. Por otro lado en caso de dos contratos eventuales distintos cada uno tiene su límite, es decir, que no por superar los 12 meses el contrato se es indefinido. El contrato será indefinido, si concatenas dos o más contratos y trabajas 24 meses en un periodo de 30.
Buenas tardes Alejandro,
en primer lugar, gracias por compartir tus artículos, me parecen muy interesantes.
Mi duda contempla una baja voluntaria (por reiteración de retrasos en la nómina)*. Teniendo un contrato parcial, temporal y eventual por circustancias de la producción de 6 meses, ¿es necesario el preaviso?
Esto dice mi convenio:
«Artículo 9. Cese en la empresa y plazos de preaviso.
Los trabajadores que –tras superar el período de prueba– deseen
cesar en el servicio a la empresa, deberán preavisar a la misma en el
siguiente plazo:
Técnicos titulados: 1 mes.
Personal técnico no titulado: 1 mes.
Personal mercantil: 15 días.
Administrativos: 15 días.
Personal de Servicio y Actividades Diversas: 15 días.
El incumplimiento de dicho plazo de preaviso conllevará la pérdida
de la retribución correspondiente a los días que faltasen para cubrir
el plazo correspondiente, que únicamente podrá descontarse de la
liquidación de partes proporcionales de pagas extra y vacaciones a
favor del trabajador.»
En caso de actuar sobre convenio, teniendo estudios universitarios de grado pero un contrato como Dependiente, ¿en cual categoría entraria de las nombradas en el texto citado anteriormente?
*prefiero la baja voluntaria a reclamar cese de contrato por retraso/incumplimiento de pagos ya que es meterse en berenjenales por 2 meses y medio trabajados con un sueldo no superios a los 600 mensuales.
Muchas gracias. Saludos
Sí, tienes que respetar el preaviso. no es tan relevante los estudios que tienes sino la categoría en la cual estás integrado. Revisa en que categoría estas de esos.
Muchas gracias Alejandro
Buenos días,
Mi caso es que me acaban de conceder la prestación por desempleo para mayores de 55 años. Yo tengo 58 y hace dos años que me la denegaban por el salario que cobra mi marido. Ahora me la han concedido hasta el día que cumpla los 61 años. He ido a informarme al INEM, me han calculado mi pensión, pero me han dicho que me aseguré que mi ultimo despido fue por causas objetivas, o no podré jubilarme hasta los 63 años.
Mi ultimo contrato fue eventual por circunstancias de producción, por tres meses, y cuando se cumplieron me finiquitaron. Cobre mi subsidio de desempleo acumulado y la prestación de seis meses que dan después.
Entiendo que si el propio SEPE me ha puesto esta fecha de finalización de la prestación es porque ya lo han comprobado ellos, pero no quisiera verme con alguna sorpresa llegado el día.
¿Podrías aclararme si la finalizació y no renovación de este tipo de contrato se considera como causa objetiva por circunstancias de la producción?.
Muchas gracias.
No, no se contempla como tal la extinción de un contrato eventual en la legislación para acceder a la jubilación anticipada.
Buenas tardes Alejandro,
El pasado mes de julio firmé un contrato para auxiliar de caja en un supermercado de la provincia de Pontevedra. El contrato es de tiempo parcial eventual por circunstancias de producción. Trabajo 24h/semana.
Aquí me surgen 2 dudas:
– ¿Tengo derecho a vacaciones? En caso de que llegase al fin de mi contrato y no me prorrogasen otros 6 meses, ¿debería haber disfrutado las vacaciones o me las tienen que pagar? ¿Y si me renuevan otros 6 meses más?
– Estoy estudiando en la Escuela Oficial de idiomas (desconozco si se consideran estudios oficiales) ¿estaría justificado que falte al trabajo a causa de un examen? Con previo aviso claro.
Muchas gracias.
Si tienes derecho a vacaciones, y las deberías disfrutar en el año natural las que se generan en ese año, en caso contrario te las tiene que abonar en el finiquito. Si, podrías ausentarte con preaviso, pero te tendrían que descontar ese tiempo de ausencia del salario, salvo que el convenio recogiera como permiso retribuido el asistir a un examen oficial.
Buenas tardes,
Mi duda es la siguiente: Tengo un contrato (a jornada completa eventual) por circunstancias de producción, la prórroga del contrato me cumple a final de este mes, me quieren volver a contratar pero no quiero seguir en la empresa. Si mi jefa quiere renovarme, pero yo no quiero… Tengo derecho a finiquito? Yo voy a seguir trabajando hasta mi fin del contrato, no voy a irme antes…
Muchas gracias.
Un saludo.
Derecho a finiquito (vacaciones generadas y no disfrutadas y pagas extraordinarias) sí, pero no a indemnización.
Buenas Alejandro, tengo un contrato de 6 meses eventual por causas de la producción y me quedan 7 días por disfrutar de vacaciones. En noviembre posiblemente me renueven pasando a ser indefinido. En caso de ser así, ¿Tengo que disfrutar de las vacaciones correspondientes a la parte del contrato eventual antes de su finalización, o puedo ahorrarlas hasta final de año? Pd: en mi empresa no las suelen pagar. Un saludo
Tienes que disfrutarla en el año natural, y puede ser al final de año.
Hola. Quería consultar lo siguiente.
Tengo un contrato por circunstancias de la producción de 6 meses ( jornada de 20h semanales). Durante estos meses, me han ido haciendo ampliaciones de horas y disminución , según su conveniencia. Dicho contrato vence dentro de 2 semanas, pero me quiero ir antes voluntariamente. Cómo no aviso con antelación, de la baja voluntaria, ¿pierdo el derecho a cobrar los días que he trabajado este mes?las vacaciones las he disfrutado todas… Entiendo que tampoco tengo derecho a finiquito, no?Gracias!
Te podrán descontar los días de ausencia de preaviso según lo indicado en el convenio colectivo.
hola tengo un contrato temporal del 9/6/18 al 30/9/18ahora mismo estoy de baja, me tendrían que de finiquito y indemnización? Un saludo
Cuando finaliza el contrato te tienen que indemnizar y finiquitar aunque estés de baja, salvo que exista una prórroga del contrato.
Tengo un contrato con angüedad de 22/09/2016 se ha ido renovando cada seis meses ya no puedo renovar mas por que cumplo los dos años. me correspondería finiquito e indemnización Si finalizo ahora en la empresa?
Y en caso de que continue pero con otro tipo de contrato??
Habrá que mirar si ese contrato no está en fraude de ley, pero sí que te corresponde finiquito e indemnización depende del tipo de contrato. Si te hace otro contrato, deberán abonar indemnización si corresponde en el contrato, pero no sería necesario finiquitar.
Hola, tenía un contrato eventual por circunstancias de la producción durante 3 meses. Antes de finalizar mi contrato mi médico me dio la baja, y ahora que a finalizado aún sigo de baja médica. A la empresa le hice llegar todos los partes. Pero ahora que a finalizado que pasos he de Seguir?
La empresa no me ha avisado ni dicho nada.
Un saludo.
Si la empresa no te ha dicho nada, el contrato se entiende prorrogado automáticamente y tendrás que seguir dando los partes a la empresa. Revisa el informe de vida laboral para comprobar que no te han dado de baja, en dicho caso deberás solicitar el pago directo a la Seguridad Social.
Hola, tengo un contrato eventual por circunstancias de la producción de 12 meses de duración a jornada parcial. El contrato no establece a qué convenio se acoge pero mi puesto es de auxiliar administrativa. El contrato se acaba en una semana y no quiero que se renueve. ¿Me basta con no venir tras la fecha de finalización de contrato para que se considere extinguido? ¿Tengo entonces derecho a paro y a 12 días de indemnización? Muchas gracias.
No, tienes que comunicar que no quieres renovar si la empresa no te dice nada. Puedes decirlo el mismo día, pero pierdes el derecho a prestación por desempleo e indemnización.
Buenas tardes. Mi mujer trabaja en farmacia, en el cual el convenio indica:
Articulo 13.2.- Los contratos eventuales que se concierten para atender circunstancias del
mercado, acumulación de tareas o excesos de pedidos, contemplados en el Artículo 15.1.b)
del Estatuto de los Trabajadores, podrán tener una duración máxima de doce meses,
dentro de un período de dieciocho, contados a partir del momento en que se produzcan
dichas causas.
Del 18-9-17 al 27-9-17 (10 días) le hicieron un contrato eventual por circunstancias de la producción, dandole el finiquito de dicho periodo.
El 4-10-17 le hicieron otro contrato por circustancias de la producción hasta el 3-1-18 (tres meses) el cual ha sido prorrogado hasta el 3-10-2018 (9 meses más) siendo un total de 12 meses.
No se si lo he interpretado bien, pero entiendo que al trabajar más de 12 meses en 18 meses como indican su convenio, pasaria a indefinida. O por el contrario, si se finiquita un contrato, se pueden hacer varios contratos por circustancia de produccion siempre que no se esceda los 12 meses.
Muchas gracias.
Si las causas son diferentes, si que se pueden hacer dos contratos eventuales diferentes. En dicho caso, no se podrá superar el límite de 24 meses contratado en un periodo de 30 meses, si se concatenan dos contratos temporales.
Buenos días.
El pasado mes de diciembre me hicieron un contrato eventual por circunstancias de la producción de 6 meses. Acaba mañana y me han comentado q m haran una prórroga de 2 meses y luego indefinida.No entiendo está prórroga de 2 meses… Es lo máximo permitido de prórroga? Gracias!
Habría que mirar el convenio, puede ser que sólo permita esa prórroga.
Buenas tardes, Alejandro,
Apenas llevo dos semanas trabajando en mi actual puesto de trabajo. Anteriormente estaba cobrando la prestación por desempleo y había agotado nueve de diez meses. Mi contrato es temporal, de 6 meses, con un periodo de prueba de 1 mes. Mi pregunta es: ¿Si llegado el vencimiento del tiempo convenido yo comunicase por escrito a la empresa mi decisión de no querer prorrogar a indefinido el contrato, tendría derecho a reanudar mi prestación por desempleo con las bases anteriores, y no con estas? ¿Por cierto, de comunicarlo por escrito, con cuántos días de antelación?
Muchísimas gracias y un saludo.
Si el contrato es de seis meses, y lo que no quieres es no renovar y cumplir el contrato, puedes avisarlo el mismo día. No, no tendrías derecho a desempleo.
Vamos, que estaría entonces pillado de cualquier modo. No hay forma de salir de la empresa, salvo que me despidan ellos, ¿no? ¡Qué putada!
Muchísimas gracias,
Existen unas causas tasadas por las que el trabajador pueda solicitar la extinción con derecho a paro. (en este enlace encuentras más INFO)
Buenos días, gracias por resolver nuestras dudas.
En mi caso, tengo un contrato por circunstancias de la producción con una duración de 12 meses (convenio de la construcción), con fecha de finalización 31 de julio. Entiendo que en caso de que ni la empresa ni yo dijeramos nada, este se entendería indefinido a partir de esa fecha. El tema es que estoy muy descontento en este trabajo,las condiciones y exigencias son imposibles. Si no quisiera que el contrato pasase a ser indefinido, y quisiera hacer efectiva la fecha de finalización recogida en el contrato, tendría derecho a paro? El hecho de que el contrato pase a ser indefinido, y yo lo rechace, se consideraría que rechazo prórroga del mismo?.
Muchas gracias por su ayuda.
Sí, se considera rechazao y por tanto no tendrías derecho a prestación.
Hola, tengo un contrato por circunstancias de la producción por 6 meses en una residencia turno de noche , tengo algunas dudas : 1) Me corresponden los días libres por asistir a exámenes oficiales ya que estoy estudiando un grado ? Demostrando porsupuesto con la matrícula, justificante de asistencia y los días con las fechas de los exámenes. 2) Quiero disfrutar de algunos días de vacaciones de los Que me corresponden pero me están diciendo que me los pagarán al final, que en este tipo de contrato no los puedo disfrutar , es así? Gracias .
Puede ausentarte de manera justificada el día del examen, pero no es un permiso retribuido. Es decir, podrán descontarte el tiempo que estás fuera de tu puesto de trabajo. Si que puedes disfrutarlos, aunque la empresa también puede pagártelos al final.
Hola buenas noches.
Tengo una duda, empece el dia 2 de Mayo de 2017 en la actual empresa, desde el principio he tenido este tipo de contrato, por circunstancias de la produccion, me hicieron un contrato de 3 meses, y luego otro de 3 meses.
Despues de estos 6 meses, el mismo dia, me despidieron y me volvieron a contratar con las mismas condiciones otros 3 meses, y luego otros 3 meses, haciendo el año la semana pasada, mi duda es si legalmente el proximo contrato ya seria indefinido o como esta el tema, es que tengo esa duda, el contrato se me acabo el dia 2 y he estado trabajando hasta el 4, diciendome los correspondientes encargados, que si se me renovaba, pero que no sabia como. gracias y un saludo.
Si una vez finalizado el contrato continuas trabajando, la relación se debe entender indefinida. Podrían hacerte otro contrato si tuvieran causa para ello, por ejemplo, interinidad.
Hola buenas noches Alejandro, gracias por responder, pero lamentablemente como ya hacia el año, basicamente no me han querido hacer indefinido, y me han ido poniendo excusas diversas para justificarse, como no me avisaron con los dias que debian, me han hecho un contrato hasta final de mes y ya esta, que como he leido por aqui en otros comentarios, podria haber reclamado que fuera indefinido, pero despues de la jugada que me han hecho, he preferido firmarlo y mandarlos a paseo… Gracias igualmente, un saludo!
Tengo contrato eventual por produccion de 6 meses. Acabo el 25 de Mayo. No tengo vacaciones pendientes ni nada mas.
En la nomina de Mayo me ingresan esos 25 dias de Mayo + 6 dias de indemnizacion de fin de contrato? (12 dias al año, 6 meses son 6 dias?). Gracias por adelantado, es mi primer contrato de trabajo y tengo muchas dudas.
Efectivamente.
Hola buenas tardes. Ahora mismo soy fija discontinua en mi empresa, quisiera saber si paso a ser eventual cuanto tiempo tengo que serlo para poder acogerme a la ayuda a mayores de 55. Gracias.
Buenos días. Me hicieron un contrato Eventual por circunstancias de la producción de 2 meses. Al finalizar este contrato me hicieron una prórrogra de contrato de nueve días que ha finalizado hoy. La empresa que me contrató ha sido comprada por otra que a partir de mañana me ha hecho un contrato por obra y servicio.
¿No deberían de haberme hecho un contrato indefinido al haberse prorrogado una vez el contrato?
¿Me corresponde una indemnización por finalización del contrato eventual por circunstancias de la producción?
Un saludo.
No, no tienen por que haberte hecho un contrato indefinido. Sí, te corresponde indemnización.
Gracias por la rapidez de la respuesta.
¿Cómo tengo que calcular la indemnización que me corresponde?
12 días por año trabajado, o lo que es lo mismo, un día por cada mes de trabajo.
Muchas gracias 🙂
Buenos días
Tengo una duda.
Me contrataron en una empresa el 12 de diciembre 2017 con un contrato temporal por circumstancias de la producción. Dicho contrato tenia una duración de 3 meses (hasta el 13 de marzo 2018) en lo cual dos meses de prueba. Se acabó el contrato y no me avisaron de nada así que seguí yendo a trabajar.Aunque el puesto es un puesto fijo de responsable . Existe desde hace más de 15 años. Estaba el contrato en fraude de ley?
A fecha de hoy 20 de abril 2018 sigo trabajando para esa empresa. Hace dos días mi encargada pregunto a la empresa cuantos días de vacaciones me corespondian a lo cual contestaron que de momento ninguno porque se me había liquidado el 13 de marzo,y que firme otro contrato temporal de 2 meses,cosa que no es cierta. Ni se me puso en conocimiento la liquidación ni se me ingreso nada ni firme nada.ni liquidación ni otro contrato. Al decirles eso me dicen que me pase por la oficinas cuando quiero para firmar dicha liquidación y dicho contrato con fecha de inicio de 14 de marzo 2018 estando ya a 20 de Abril 2018.Voy y firmó dicha documentación o les pido el contrato indefinido?
No firmes nada, y dile que el contrato es indefinido y que las vacaciones no se pueden liquidar, se tienen que disfrutar.
Muchas gracias
Ya estoy más tranquila y segura de seguir defendiendo mis derechos.
Un saludo
Buenos días
Le escribo de nuevo ,en la relación a la consulta que le hize anteriormente. Me volvieron a llamar de la empresa ayer 10 de mayo y me dicen que vaya a firmar el contrato con fecha de 14 de marzo a 23 de mayo. A lo cual le contesté que de lo que yo sepa el contrato paso a ser indefinido al no avisarme para firmar otro antes de que acabarán los tres meses. Que me avisaron un mes y pico después para pasar a firmarlo y me dice que no puedo pretender un indefinido con dos días que llevo trabajando. Que me harán cada dos meses un contrato temporal y si al año la empresa decide hacerme un indefinido bien,pero que la ley a cambiado y tengo que ir a firmarlo para luego el día 23 de mayo me puedan liquidar. Que no paso a ser indefinido que para eso debería haber firmado un indefinido.Que si quiero seguir trabajando que vaya a firmarlo. Que fue una equivocación de ellos y que yo no me equivoco nunca?
Me dice que me aviso…le dije si el 18 de abril cuando mi contrato temporal por circumstancias de la produccion (tratándose de un puesto fie de hace más de 15 años) finalizó el 13 de marzo así que paso a ser indefinido y siguen diciendo que no.que,como favor me dejan elegir 15 días de vacaciones o me los paga. Le dije que me coresponde 31 y la paga entera . Y me dice que no es así.que tengo que firmarlo si o si que va a finalizar en nada.
Que puedo hacer? Les demado?
No es necesario firmar un contrato indefinido, para que el contrato se convierta en indefinido. Basta con que el contrato esté en fraude de ley, o no exista contrato. Lo que indica la legislación en su artículo 8 es: «De no observarse tal exigencia (celebrar el contrato por escrito), el contrato se presumirá celebrado por tiempo indefinido y a jornada completa, salvo prueba en contrario que acredite su naturaleza temporal o el carácter a tiempo parcial de los servicios.»
Si no firmas el contrato y ellos te indican el 23 de mayo fin de contrato, les demandas por despido improcedente o nulo.
Buenas tardes, firmé en octubre de 2017 un contrato eventual por circustancias de la produccion por 6 meses y ahora en abril de 2018 he firmado una prorroga por otros 6 meses. Mi duda es si me deberian pagar los dias de vacaciones que me pertenecen por el año 2017 o lo puedo cobrar cuando acabe el contrato?
Si vas a trabajar un año, no se deberían de pagar, se deberían disfrutar las vacaciones. En todo caso, si finalmente no se hacen, te las tendrán que abonar en el finiquito.
Otra pregunta, si llevo 12 meses trabajando con contrato eventual y no quieren renovarme porque me dicen que por ley tienen que hacerme indefinida
No pueden hacerme otro tipo de contrato como el de obra o servicio?
Gracias de antemano
Sólo si tienen causa para ello. Es decir, no se puede hacer el contrato que la empresa quiera, sino el que se adecue a su necesidad temporal.
Yo sólo quiero dar la enhorabuena al Sr Alejandro por los artículos tan claros y concisos de los temas más interesantes en ámbito laboral.
Ehnorabuena!
Muchas gracias!
Hola, me hicieron un contrato eventual de 6 meses de duración, una vez finalizado la empresa me quiere renovar pero yo no quiero, si no renuevo tengo derecho a paro?
no, a no ser que la empresa indique otra causa en el certificado de empresa.
Y si la empresa en vez de renovacion o prorroga te quiere hacer otro contrato? Como por ejemplo un obra y servicio?
En ese caso, en mi opinión, sí que deberías tener derecho a desempleo
Buenas tardes mi duda es la siguiente estoy en una empresa de ropa en un centro comercial que abre de 10 a 22 mi compañera es la única que está indefinida En mi caso tengo un contrato por circunsatancias de la producción se me termina ahora y creo que mi contrato es ilegal porque sería un puesto estable ya que se abre de 10 a 10 podría ser ilegal?
En principio si que parece que es ilegal, pero tendría que saber la causa concreta del contrato para saberlo.
En todo caso, si crees que el contrato está en fraude, demanda o presenta una denuncia en la inspección, para que te reconozca el contrato como indefinido.
Hola Alejandro,
he trabajado para una empresa como camarera (y segunda encargada,aunque no lo especifica en ningún sitio) con un contrato temporal eventual a tiempo parcial por circunst de la producción (502) durante 2 meses, después firmé una prorroga de 4 meses. Pasado este tiempo, me dieron de baja en la seguridad social el 31 de agosto y nuevamente de alta el 1 de sept con un nuevo contrato idéntico al primero -temporal eventual a tiempo parcial por circunst de la producción (502)- con 6 meses de duración.
Ahora acabo mi último contrato y no quiero seguir trabajando más con ellos, pero no sé si me corresponde indemnización. Tendrían que pagarme al menos la indemnización del primer contrato (más prorroga) y las vacaciones no disfrutadas hasta el día de hoy?
Y para empezar en el trabajo nuevo que he encontrado tengo que esperar a que pasen las vacaciones que me deben o simplemente me las tendrían que pagar y podría empezar el día siguiente al fin del contrato?
Gracias
Podrías empezar al día siguiente aunque tengas vacaciones pendientes no hay ningún problema. En este segundo contrato no tienes derecho a indemnización, en el primero tendrás si son dos contratos diferentes, si es una prórroga el segundo del primero no tendrías derecho a indemnización.
Hola, Alejandro, a ver si me puedes informar.
Llevo varios contratos eventuales por circunstancias de la producción en la misma empresa, esta empresa da servicio a muchas empresas (centros de trabajo), desde el 17/01/2017, llevo ocho contratos eventuales por circunstancias de la producción, cada uno con un tiempo y jornada distinto y dejando algunos días entre contratos, es decir que no son prorrogas, siempre es nuevo contrato, en algunos casos me cambian de centro de trabajo y en otros continuo en el mismo, entre medias han metido un obra o servicio, y luego he continuado con eventual por circunstancias de la producción, que es el que tengo en estos momentos desde el 07/02/18 hasta el 23/03/18.
Mis preguntas son:
¿Están en fraude le ley?¿cuantos contratos me pueden hacer?¿cuanto tiempo me pueden tener así?
El convenio colectivo contempla 12 meses trabajados en un periodo de 18 y solo se podrá realizar una prorroga, pero incluyendo todos llevo 9 contratos ¿como se contabiliza esto?
Muchas gracias por tu ayuda.
No existe límites de contrato, si cada contrato es por una causa diferente. En ese caso, existe el límite general de que si superas los 24 meses en un periodo de 30 serás indefinido. Con esto no quiere decir, que los contratos no estén en fraude de ley, ya que puede no estar bien definida la causa, pero por lo menos en cuanto a duración no lo serían por ahora.
Hola!Tengo un contrato eventual por circunstancia de producción.4meses más prolonga de 4meses.Sigo trabajando después de 8 meses.Cuando este tipo de contrato se transforma en indefinido?Que tipo de contrato tiene que hacerme ahora?
Si sigues trabajando llegada la fecha fin, el contrato se transforma en indefinido.
Hola,He estado 6 meses trabajando para una empresa por mediacion de una Ett.
Mi pregunta es si puedo cubrir vacaciones después de haber agotado esos 6 meses.
Y si habría alguna forma de hacerlo .
Gracias
¿A que te refieres con cubrir vacaciones? Si son cubrir las vacaciones de un compañero, la empresa podrá realizar un contrato eventual por circunstancias de la producción.
Hola, a ver si me puedes indicar…
He estado dos años en una empresa con un contrato en prácticas.
Al acabar, estuve una semana fuera y luego me hicieron 6 meses por circunstancias de la producción (aunque no es un trabajo por circunstancias, es el trabajo normal que se desempeña todos los días) luego me renovaron otros 6 meses.
Luego me fui al paro, y después de 5 meses y medio me han vuelto a hacer otros 6 meses de circunstancias, por otro motivo, pero en el mismo sitio.
Puedo reclamar algo?
Ahora cuando se me acabe me van a hacer lo que le queda a una chica de baja de maternidad, que serán dos meses.
Muchas gracias y un saludo
Habría que mirar los contratos, puede que estén en fraude de ley, pero con lo que comentas no se puede dar una respuesta afirmativa.
Estoy trabajando en una empresa a través de una ETT desde hace 11 meses, el caso es que han cometido en la ETT un error en el último contrato, ya que el nuevo contrato excede en un mes el periodo de 12 meses. Mis preguntas son las siguientes:
– ¿Hay alguna opción de denunciar a la empresa una vez se excedan del periodo de 12 meses y que me hagan indefinido?
– ¿En el caso de que se den cuenta del error en el contrato me tienen que indemnizar por ese mes de más?
Un saludo y gracias.
Si se excede de un mes, puedes demandar para considerar la relación laboral como indefinida acudiendo a los tribunales -papeleta en el smac y posteriormente demanda-. Además, en caso de extinción de la relación laboral por fin de contrato podrás demandar por despido improcedente para conseguir una indemnización mayor.
Hola, me gustaría saber como se calcula la indemnización por finalización de contrato temporal eventual por circunstancias de la producción. Tengo 150 días trabajados y me han pagado 382,91 euros, me gustaría saber si es correcto. El contrato de 2017.
Gracias
Depende de tu sueldo. Si has trabajado cinco meses, te corresponden cinco días de salario. Coges tu salario mes con las pagas extras prorrateadas lo multiplicas por 12 y lo divides por 365. De esa manera, obtienes el salario día, lo multiplicas por cinco y esa es la indemnización. Si has trabajado cinco meses y un día, a efectos de indemnización, es como si trabajaras seis meses, por lo que lo multiplicas por seis.
Hola, me han despedido antes de que se cumplan los 6 meses de mi contrato de las circunstancias de la producción con fecha de fin. Pase el periodo de prueba de un mes y a los 8 idas me dan una carta despido que me negué a firmar. En ella se me indicaba que había bajado mi rendimiento y que me despedían y me finiquitaban. Yo me negué, pues creo que si me despiden antes de la fecha pactada, tendrían que pagarme todos los meses hasta el termino de contrato. No es asi? . Que tengo que hacer a partir de ahora?. Denunciarles, firmar no conforme la carta de despido?. Estoy perdido la verdad. Muchas gracias.
TEndrás que demandar por despido improcedente, pero salvo que exista nulidad en el despido no podrás reclamar todo el salario, sino una indemnización en función del tiempo que llevas trabajando y tu salario, a razón de 33 días por año.
Hola,
Actualmente tengo un contrato prorrogado de eventual por circunstancias de la producción. En total 1 año de contrato. El convenio al que se acoge es enseñanza no reglada. Quiero cambiar de trabajo y es posible que me cojan en otro, pero es difícil que me permitan dar el preaviso de 30 dias. Tengo 30 dias de vacaciones de los que solo he utilizado 3. Sería posible jugar con las vacaciones para el preaviso? Cómo debería hacerlo?
Sería posible sólo con acuerdo con la empresa. Las vacaciones deben de ser pactadas con al menos 2 meses de antelación o lo que indique el convenio colectivo.
Buenas tardes, finalice el 15 de octubre tras 1 año de contrato eventual encadenando dos (1 de 3 meses y otro de 9 meses) como recepcionista.
En el caso de que me quieran contratar ahora como socorrista , 1 mes después de finalizar el contrato anterior, tendrían que dejarme fijo?
Es decir, al cambiar la categoría y funciones del nuevo contrato podrían volver a contratarme durante 1 año más encadenando nuevamente 2 contratos eventuales ?
Muchas gracias, un saludo.
Si pueden hacerlo, y no tendrían necesidad de hacerte indefinido. Pero si al final trabajas 24 meses en un periodo de 30 meses sí que tendrán que hacerte indefinido.
Muchas gracias
Hola me hicieron un contrato de 3 meses y después una prorroga de 9 meses, en total un año, y ahora antes de irme de vacaciones me han dicho que pase 3 despues de que me finalizó el contrato para hablar de si me renuevan o no porque no quieren hacerme indefinido… Y que rka saber que contrato me pueden hacer ahora?? Gracias
Cualquiera que tenga una causa para ello; interino, obra, eventual…
Buenas tardes, una pequeña consulta, he estado contratado 4 meses como eventual por circunstancias, del 01/06 al 01/10, el 01/10 firmo una comunicación de prorroga, desde dicho día hasta el 05/01/18, o sea 3 meses mas, lo cual harían un total de 7 meses y 3 días después de haber firmado la prorroga me comunican que me despedían, mi pregunta es si una vez firmada dicha prorroga me pueden despedir cuando ellos quieran sin avisar con 15 días de antelación y dentro de un par de días me llamaran para firmar el finiquito y no sabia si firmar o no porque no se si me han despedido correctamente, en el caso de que sea todo correcto, pues firmare.Mil gracias y buena tarde
Eso no lo pueden hacer, y dependerá de la causa que indique la empresa la indemnización que te corresponde así como la necesidad de preaviso.
Hola Alejandro, estoy desesperada y no se que hacer. Firmé un contrato eventual por circunstancias de la producción por un mes, me prorrogaron por 15 días más, hasta el 30 de septiembre. El siguiente contrato yo no quise firmarlo, pues me quería ir de la empresa. Ahora me he ido y no me pagan la nómina, incluso aunque les llame para decirles que necesito el dinero que se me debe (la nómina de septiembre) me dan largas. Yo necesito cobrar porque empiezo a tener problemas con el pago del alquiler (retraso). Me van a pagar? Que puedo hacer para acelerar el proceso? Y no tendrían que haberme pagado ya? Que puedo hacer? La verdad es q estoy desesperada. Un saludo y gracias
Si no te han pagado de manera voluntaria, la única que podrás hacer para reclamarla es acudiendo a la vía judicial, presentando una papeleta de conciliación y posteriormente una demanda.
¡Hola! Tengo una duda: me contrataron por un mes con un contrato eventual por circunstancias de producción, ahora me han renovado por otro mes. ¿cuántas renovaciones mensuales me podrán hacer más? Tengo 22 años, recién terminado el grado.
Con este contrato y esta causa no pueden hacer más renovaciones.
Hola, empecé a trabajar en abril en una empresa y me hicieron un contrato de 3 meses. El 1 de julio me renovaron hasta el 31/3/18, el contrato es eventual por circunstancias de la producción a tiempo completo, tenemos salario base y además objetivos. Un compañero dice que si no llegamos a objetivos 2 meses, nos pueden despedir, entonces mi pregunta es,¿Eso puede ser? ¿Me pueden despedir por no llegar a un objetivo que no aparece en contrato? Gracias por vuestra respuesta.
Habría que mirar las sanciones en el trabajo, pero con casi total seguridad no te pueden despedir por no cumplir unos objetivos si éstos no han sido pactados. De todos modos, te podrán despedir por otra causa, pero no podrán indicar el hecho de que no cumplas objetivos. No obstante, una de las causas del despido disciplinario es un descenso continuado del rendimiento normal o pactado en el puesto de trabajo que una de las maneras de justificarlo puede ser el encontrarse por debajo de los objetivos de los demás trabajadores de forma comparada.
Hola
Tengo un año en la empresa con un contrato de obra i servicio de duracion determinada
Me hechan al cumplir el año .pero la obra sigue o el trabajo sigue tienen que contratar mas personal para cubrir el despido
Que tipo de indemnización me correspondra
Tramsporte y descarga de mercancia por barcelona
12 días por año trabajado. En caso de que impugnes y se declare el contrato en fraude de ley 33 días por año trabajado.
Hola Alejandro, tengo algunas dudas. Entré en una empresa como única empleada en sala, a tiempo completo y me hicieron contrato de un mes eventual por circunstancias de la producción, pero soy la única camarera en plantilla y entré para cubrir una vacante por despido. El caso es que me hicieron una prórroga de 15 días de este mismo contrato. El siguiente contrato debería ser indefinido? Y si sólo estoy yo en plantilla como camarera, se puede considerar eventual por circunstancias de la producción?? Durante cuánto tiempo más pueden prorrogarme este tipo de contrato? Un saludo, gracias
Sólo se puede hacer una prórroga. Una vez finalice este, podrán hacerte otro contrato en función de la causa del contrato, es decir, que podrían hacerte una interinidad u obra si tuvieran causa para ello.
Gracias por su respuesta, y una pequeña duda, si se termina la relación contractual, hay que avisar con algún margen de tiempo? Gracias de nuevo
la no renovación no hace falta avisar con 15 días de antelación, la baja voluntaria si.
Buenas tardes Alejandro,
Tenía un contrato eventual a tiempo completo por circunstancas de la producción.
Empecé en octubre 2016 y terminaba en abril 2017, 6 meses. En un principio me indicaron que renovaría por otros 6 meses, sin embargo no me facilitaron copia escrita (ni firmé ningún documento para la prórroga).
Ahora en julio me indican que la «relación» contractual ha acabado (cuando -repito- no firmé ningún contrato).
Al no haber contrato firmado de prórroga, ¿no tendría que ser la prórroga de 6 meses o del máximo del sector? Mi sector es actividades jurídicas y de contabildad.
No se si me encuentro en posición de reclamar algo por la duración del contrato (ellos lo han tomado como una prórroga de 3 meses).
Un saludo y gracias.
Si no se indica nada el contrato se entiende prorrogado, habría que revisar el convenio colectivo para saber si has superado el límite máximo legal. Si no estás conforme, demanda por despido improcedente/nulo.
Buenas tardes,
Llevo 10 meses con un contrato por ETT de 1 mes de duración prorrogable y por lo que me he estado informando si se trata de un contrato eventual, la duración máxima es de 1 año, siendo de 2 o 3 años la duración máxima en caso de ser por obra y servicio.
En los contratos que me van realizando no especifican claramente si es eventual o por obra y servicio, pero según puedo apreciar establecen 4 supuestos que justifican la temporalidad y dentro de los 4 motivos: A) Obra o servicio; B) Circunstancias de la eventualidad; C) Causas de la sustitución y nombre de la persona sustituida; y D) Puesto de trabajo objeto de promoción o selección, señalan el B2\\\”Acumulación de Tareas\\\”, que entiendo estará encuadrado en eventualidad.
Por tanto mi duda es saber si pasado el año y suponiendo que los contratos que he ido realizando hayan sido eventuales, pasaría a ser directamente de plantilla.
De no ser así, ¿qué podría hacer? Ya que me siento en vulnerabilidad y creo que se están cometiendo actos ilegales.
Muchas gracias.
Un saludo.
Efectivamente si es de acumulación de tareas, el contrato es eventual. En este caso, tendrás que demandar a la ETT y a la empresa donde trabajas para que se te considere indefinido. El contrato eventual puede durar hasta un año, si el convenio lo permite. Así que revisa el convenio.
Hola muy buenas ! Me contrataron por 3 meses luego por 6 y mi contrato ya se termino pero sigo trabajando ¿Automantica ya soy fijo ?
Si es un eventual por circunstancias de la producción sí.
Buenos días, el 9 de enero me hicieron un contrato eventual por causas de la producción y me lo han ido renovando mes a mes hasta el 31 de mayo de este año. Por causas laborales de mi marido, me mudo a Madrid a partir de junio y me gustaría saber si aviso antes de los 15 días que el contrato finaliza el 31 de mayo, tendría derecho a pedir el paro. Ya que yo cumplo con el contrato firmado. Muchas gracias y un saludo.
No, si no quiere renovar el contrato no tienes derecho a prestación. Salvo que la empresa indique otra causa de baja.
Hola, me han hecho un contrato por circunstacias de la produccion de 3 meses con prueba de uno, mi pregunta es: si me echaran antes de los 3 meses, deberían pagarme lo que quede para llegar a los 3 meses? Y que me correspondería de finiquito?
Gracias de antemano.
No, te pagarían en función de la causa que indique la empresa. El finiquito varía según lo que te adeuden de vacaciones, parte proporcional de las pagas extras si es que no las tienes prorrateadas…
Hola tengo un contrato temporal y me lo han renovado y el motivo es una huelga de fijos en la empresa la renovación es asta cumplir el año. Es fraude o se cumple con la ley
No creo que indique como causa cubrir a trabajadores en huela, en dicho caso si que es fraude, sino habría que ver la causa.
Hola buenas tardes he tenido un contrato eventual por circunstancias de producción por 3 meses luego me hicieron una prórroga de 4 meses llevo un mes trabajado de la prórroga y me van a parar mi pregunta es si me tienen que pagar los 3 meses que me faltan de la prórroga y los días de vacaciones de los 7 meses en total o por el contrario solo me tienen que pagar el mes trabajado y los días de vacaciones por los 4 meses
Por el tiempo trabajado, no por lo que indica el contrato.
Hola,
Tengo un contrato eventual por circunstancias de la producción que me dijeron que de forma automática se convierte en indefinido. Me he quedado embarazada y han contratado a otro comercial. En ningún momento he realizado tareas que se consideren de campaña temporal, sino captación a largo plazo de clientes. ¿Pueden despedirme?
Gracias por su colaboración.
Es una pregunta muy amplia, si existen causas si, si no no.
Buenas noches.
Firmé contrato por circunstancias de la producción de 6 meses y me renovaron otros 6 meses más. Dentro de un mes finaliza mi contrato. Me pueden renovar otros seis meses más ( total 18 meses ) si el convenio lo permite?
No. Son doces meses en un periodo de dieciocho.
Hola buenas tardes; me hicieron un contrato de dos meses el cual me prorrogaron otros cuatro más y tener los seis; después de eso me finiquitaron y me hicieron el mismo contrato de dos meses y una prórroga de otros cuatro meses y medio, el contrato está por acabar y quería saber si me pueden volver a finiquitar y seguir haciendo ese tipo de contratos o tendría derecho a ser indefinido.
Un saludo, gracias
Salvo que el contrato sea por una causa distinta, la relación debería ser indefinida después de este año.
Buenas tardes,
El 5 de julio de 2015 firme un contrato eventual por circunstancias de producción de tres meses de duración. Luego me lo renovaron por 3 meses más hasta el 5 de enero de 2016 y posteriormente por 6 meses más hasta el 5 de julio de 2016 (en total un año). Mi pregunta es: llegada la fecha de fin del contrato, ¿me pueden seguir renovando con este contrato o me tienen que hacer otro tipo de contrato?
Si tuvieran otra causa de temporalidad, podrán hacerte otro contrato temporal.
Buenos días. Llevo tres años en trabajando en un grupo de empresas en Tenerife donde me han ido haciendo contratos temporales por circunstancias de la producción. Mi contrato vence el 28-4-2016, soy Diplomado en empresariales y Graduado en Contabilidad y Finanzas y me tienen contrato como Auxiliar Administrativo.
Una compañera se acaba de jubilar y me han puesto a mi a desempeñar sus funciones a parte de seguir realizando mis antiguas tareas. Esta compañera estaba contratada también como Auxiliar Administrativo. En la empresa me han dicho que me ofrecerán mejores condiciones laborales y salariales…y tengo una serie de dudas:
-¿Puedo seguir en la misma empresa cuando finalice mi contrato por circunstancias de la producción en otra categoría superior o para ello deberán hacerme indefinido?
-¿Con la titulación que tengo puedo exigirles que me aumenten mi categoría?
-¿Puedo rechazar la renovación si no me conviene el nuevo salario?
Gracias y un saludo
La empresa podrá ahcerte un contrato temporal, siempre que tenga una necesidad temporal de contratación, sino deberá hacerte indefinido. De hecho, parece que tu contrato está en fraude de ley actualmente y ya se debería de considerar como indefinido. Por otro lado, tener una titularidad no es condición suficiente para que te aumenten la categoría, sino que eso tiene más que ver con las funciones realizadas en el puesto de trabajo. Por último, si te ofrecen un nuevo contrato diferente, y lo rechazas no pasa nada, si es la continuación de éste puede ser considerado como baja voluntaria.
Me han hecho tres contratos por circunstancias de la producción, uno por 6 meses en una empresa, otro de 12 en una empresa de hoteles(el convenio le permite contratar hasta 12 meses en un periodo de 16 meses) y el ultimo en otra empresa por 6 meses, por eso ellos dicen que no hay fraude de ley. Supuestamente me van a ofrecer renovación en misma empresa en la que estoy, así que sería contrato indefinido pero no sé si seguiré en la misma o distinta categoría. Mi última pregunta es:
¿Si me hacen fijo empezaré a cobrar desde ya las pagas extras completas o tendría que pasar un año de antigüedad?
Muchas Gracias por las aclaraciones
Si los contratos son en diferentes empresas, siempre que sean también diferentes puestos de trabajo, no tiene por que estar en fraude de ley. Las pagas extras tienes derecho a cobrarlas siempre, no se requiere antigüedad. Puede que estén prorrateadas en el salario.
Buenos días Alejandro, tenía una duda. Actualmente he terminado los sies primeros meses con un contrato eventual y me han prorrogado otros seis meses (supuestamente el máximo permitido según convenio). Una vez finalice el tiempo máximo de 12 meses, pueden volver a contratar con otro contrato eventual pero con distinta justificación? o la misma empresa o grupo de empresa no puede volver a contratarte aunque fuese en diferente cuenta de cotización?
Es que claro, comentan que de una forma u otra me volverán a contratar después del año, pero…. que posibilidades son las que hay aparte de, creo yo, contrato de prácticas.
Muchas gracias!
El contrato en prácticas, para las mismas funciones ya no sería posible. En cuanto a un nuevo contrato eventual, es posible si es que el contrato tiene una causa diferente al anterior contrato temporal. Además, no se podrá superar los límites temporales de contratación.
Hola si llevo 27 meses en el mismo puesto con contrato 402 . Soy fija
si.
Hola he estado trabajando 1 año en una empresa con el contrato temporal eventual por circunstancias cuanto tiempo tiene que pasar para que me hagan el mismo contrato o no me lo pueden volver hacer ya nunca más? Gracias
Dependerá de si la empresa tiene una causa para realizar dicho contrato o no. No existe un tiempo establecido, eso sí, no podrá superar los límites legales establecidos.
hola. El día 15-10-2015 empecé a trabajar con un contrato a tiempo completo, eventual por circunstancias de la producción con extensión hasta el día 16-4-16,es decir un contrato de 6 meses, con un período de prueba de 2 meses.
Y estoy con dudas acerca de si la empresa tiene la posibilidad de prorrogar por otros seis meses más el contrato o de lo contrario se finaliza y me hace firmar el finiquito.
ya que en cuanto a duración #Con carácter general se establece una duración máxima de seis meses dentro de un periodo de doce meses. Sin embargo, el convenio colectivo podrá modificar la duración máxima de estos contratos y el periodo en el cual se pueden realizar. En tal supuesto, el período máximo dentro del cual se podrán realizar será de dieciocho meses, no pudiendo superar la duración del contrato las tres cuartas partes del período de referencia establecido ni, como máximo, doce meses#.
En mi contrato pone.
Cuando el convenio colectivo permita una duración mayor a la establecida legalmente, señálelo con una X: [ ] ……………y no está marcada.
Me gustaría aclarar también lo que pone en esta casilla …..porque al no reflejar con una X una duración establecida significa que no se puede prorrogar el contrato inicial por otros seis meses más o por el contrario no guarda relación y si que es posible.
Muchas gracias
En mi opinión, si el convenio lo permite, entiendo que sí que se podría aunque el contrato no lo indicase por un error. No conozco jurisprudencia al respecto.
Muchas gracias por su respuesta!!! Un saludo
Hola! Tengo tres contratos eventuales con una ultima prorroga, con un total de 11 meses y dias! Me podrian hacer un contrato de sustitucion si hay una baja de materniadad en la empresa o ya deberian hacerme fijo sis sigo con ellos! Muchas gracias
Podrían hacerte un contrato de interinidad, sin la necesidad de hacerte indefinido.
Buenas noches, a mi mujer le hicieron en Enero de 2015 un contrato por circunstancias de la producción de 6 meses, finalizado ella siguió trabajando durante unos días sin contrato ya que le volvían a hacer otro igual de otros 6 meses y ahora en Enero cuando cumpla volverán a hacer lo mismo, estará unos días sin contrato y le harán de nuevo otro de otros 6 meses. Como podemos considerar esto?
Existe una clara sucesión contractual, por lo que esos descanso no tendrán ninguna relevancia Cuando supere los límites temporales de contratación deberá ser considerada indefinido.
Hola, empezé a trabajar con un contrato eventual por circunstancias de la produccion con un contrato de 3 meses y dos meses de prueba. Al acabar esto, me han hecho una prorroga por 3 meses y 25 dias más. Me gustaría saber si esta correctamente hecho porque tengo entendido que el periodo de prueba es de un mes en estos tipos de contratos y la duración máxima es de 6 meses. …gracias
Si el periodo de prueba supera lo indicado en la legislación, se tendrá por no puesto. No obstante, si ya te han hecho una prórroga del contrato, ya has superado el periodo de prueba.
En cuanto a la duración del periodo de prueba: La duración del mismo es la pactada en contrato, sin que pueda superar los límites establecidos en el convenio colectivo aplicable. En defecto de pacto de convenio colectivo, la duración del periodo de prueba no podrá exceder de 6 meses para los técnicos titulados, ni de 2 meses para los demás trabajadores. En las empresas de menos de veinticinco trabajadores el período de prueba no podrá exceder de tres meses para los trabajadores que no sean técnicos titulados.
Buenos días, fui contratada en Marzo por circunstancias de la producción 6 meses hasta Agosto, en este mes me mandaron la renovación hasta el 31/12/2015 asciende completo a 10 meses de contrato. En caso de que decidieran extinguir mi contrato deberían de avisarme ? de ser así con cuantos día me tendrían que avisar?
Así como intento que me concedan las día de mis vacaciones antes de la extinción del contrato en caso de no concederme esos días deberían de pagármelos?
Muchas gracias por su respuesta
No requiere preaviso. Las vacaciones si no te las conceden antes, deberán abonártelas en el finiquito.
Buenos días, nesecita un poco de orientación el día 15 de noviembre se me cumplió el contrato por circunstancias de la produccion que me habían hecho de duración de 6 meses, pasados unos días pregunte y me dijeron que era automático y que ya no hacia firmar nada y que yo continuaba en mi puesto de trabajo estamos a día 21 y no me han hecho renovar ni nada, están obligados a darme el nuevo contrato ya que el que tengo no está vigente ? Pasaría ha hacer indefinido?
Gracias
En principio se entiende renovado hasta la duración máxima del contrato temporal.
Hola buenas tardes,
Tengo un contrato de trabajo temporal , eventual por circunstancias de la producción,
han pasado 6 meses y, me han dicho que en enero me quieren modificar el contrato de 40 horas semanales a 30 horas semanales.
Se puede modificar ese mismo contrato , o se tiene que cerrar ese contrato y hacerme uno nuevo de 30 horas semanales ???
Saludos,
Maria
Esa modificación no se puede realizar si no es con acuerdo, por lo tanto, entiendo que se debería realizar otro contrato.
Buenos días, he estado contratado 4 meses como eventual por circunstancias de la producción como conductor de autobomba para la campaña de extinción de incendios forestales 2015 conforme a lo establecido en la nueva Adenda 2 al encargo solicitado por la Conserjería de Agricultura. ¿Puede tratarse un contrato en fraude de ley?
No considero que con los datos que me das se pueda considerar el contrato en fraude de ley. En principio parece que la causa está bien delimitada, habría que comprobar las funciones efectivamente realizadas y si la necesidad es temporal o indefinida.
Hola buenos días. el pasado 21-10 me llamaron de la empresa para comunicarme una hora antes de la entrada al trabajo que no me renovaban. Tengo un contrato eventual por circunstancia de la producción que ha durado 6 meses. Mi pregunta es si es legal que me avisen una hora antes del mismo día de finalización o me lo tendrían que haber dicho 15 días antes?
Aunque el comportamiento empresarial no ha sido el deseado, no se debe de preavisar la no renovación de tu contrato.
Saludos. Tengo una situación que no comprendo y espero que me ayudes.
En principio me hicieron un contrato temporal por 6 meses (no sabia que era del tipo «circunstancias de la producción»,asumo que este, por que en el contrato en la sección «supuesto de celebración» dice «Acumulación de Tareas» ) ,
Transcurridos 5 meses pues me ofrecieron la renovación del contrato otros 6 meses Total del contrato 1 año.
Estoy a un mes de que llegue el vencimiento de esta prorroga, y me llamaron diciéndome que me iban a renovar otros 6 meses, pero que tenia que ir a finiquitar el contrato el día 13 (ultimo día de mi contrato actual) y me harían un contrato nuevo con fecha inicio de 14 al dia siguiente.
Preguntas,
1: Podría considerarse un contrato indefinido?
2: Debo recibir alguna indemnización por este finiquito de contrato?
3: En materia de vacaciones (que dicen que la paga viene prorrateada en el salario mensual) los días de disfrute los puedo tomar en el siguiente contrato? o los pierdo?
Depende de la causalidad del último contrato. No obstante, en mi opinión, los otros contratos no estaban definidos la causa de temporalidad, por lo que podría discutirse su carácter temporal. En referencia a las vacaciones, si continuas en la empresa, deberás disfrutarlas a lo largo del año, y no podrán ser compensadas económicamente, aunque en ningún caso las pierdes.
y en materia de indemnizacion? debo recibir los 11 dias de pago?
Buenas tardes. Tengo un contrato temporal por causas de la producción por dos meses en una clínica dental. Me di de baja por enfermedad y ahora la empresa me llama porque dice que tienen exceso de personal y que me dan el finiquito antes de que haya finalizado mi contrato. ¿Es esto legal o seria un despido improcedente? y que es lo que me correspondería. Gracias y un saludo.
Se trataría de un despido improcedente, y por tanto te deberían de indemnizar. La indemnización sería de 2.75 días por cada mes que efectivamente hayas trabajado.
Buenas tardes, tengo 38 años y me hicieron un contrato de un mes, contrato de trabajo de duración determinada, del 10 de Marzo al 10 de Abril a tiempo parcial para atender con las exigencias del mercado, con estas condiciones, sigo trabajando a 23 de Mayo y no he vuelto a recibir ningún contrato. ¿Qué derechos tengo? ¿Podría exigir ser indefinido? Un saludo y gracias.
Tu contrato es con casi seguridad indefinido, lo mejor es reclamarlo una vez se produzca la extinción de la relación laboral, en función del comportamiento empresarial. Si te indican que el contrato temporal ha finalizado deberás demandar por despido improcedente, ya que tu contrato es indefinido y no temporal.
Buenas tardes,
Te go un contrato eventual por circunstancias de la producción.
Trabajo en un hotel, me hicieron un contrato por 4 meses, luego me renovaron el contrato 8 meses en los que al empezar comunique a mi empresa que estaba embarazada.
Cuando ya cogía la baja por la mutua por embarazo me comunicó mi empresa que por estar embarazada había la posibilidad de dejarme fija en la empresa.. pero pasó lo de la pandemia.
Ahora después del erte estoy trabajando de nuevo y se me acabaría el 19 de septiembre y después supuestamente me tendrían que hacer fija pero no me han dicho nada.
Como no me lo han vuelto a decir he solicitado la conciliación laboral y familiar con reducción de jornada hasta que mi hijo cumpla 12 años.
Aun no he obtenido respuesta.
Me tendrían que dejar indefinida como me lo habían ofrecido en un principio?
Saludos
Habría que ver los contratos, pero seguramente seas indefinida.
Buenos días, tras un contrato temporal eventualpor circunstancias de la producción, a tiempo parcial (502) de 6 meses (01.12 a 31.05) me han hecho una prórroga del mismo contrato de 6 meses más (de 1.06 a 30.11).
Deseo saber qué posibilidades hay de que me renueven ese mismo contrato o si deberían cambiarlo, pasarlo a indefinido… que derechos tengo? Podria acogerme al paro?
No pueden renovar ese contrato más, pero pueden hacer otro tipo de contrato en función de las necesidades de la empresa; interinidad, obra y servicio otro eventual… si no existen causa temporal, tendrán que hacerte un contrato indefinido.