El pacto de permanencia en la empresa
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El pacto de permanencia
El pacto de permanencia es el acuerdo entre empresa y trabajador mediante el cual el trabajador se compromete a estar como mínimo dos años más en la empresa a cambio de recibir una cierta formación profesional.
Este pacto viene regulado en el artículo 21.4 del Estatuto de los Trabajadores:
Podrá pactarse la permanencia en la empresa durante como máximo dos años, en caso de que la empresa pague al trabajador una especialización profesional.
El citado artículo 21 también regula el pacto de no competencia o el pacto de exclusividad o no concurrencia.
Por lo tanto, este tipo de pacto limita la posibilidad que tiene el trabajador de extinguir la relación laboral por su propia voluntad, ya sea mediante una baja voluntaria o durante el periodo de prueba.
Este pacto no tendrá efecto en caso de que el trabajador sea despedido por la empresa.
Requisitos para la validez del acuerdo
Este pacto podrá establecerse de común acuerdo cuando el trabajador haya recibido una especialización profesional con cargo al empresario para poner en marcha proyectos determinados o realizar un trabajo específico.
Además, el acuerdo no será de duración superior a dos años y se formalizará siempre por escrito.
Por lo tanto para que ese acuerdo sea válido debe cumplir los siguientes requisitos:
- El trabajador haya recibido una especialización profesional. no es válida cualquier formación, sino que ésta tiene que ofrecer un plus de cualificación al trabajador en relación con sus funciones en la empresa, permitiendo unas mayores capacidades que benefician al trabajador para obtener un buen empleo en el futuro. Un ejemplo claro es el de los pactos de compañías aéreas con los pilotos.
- El curso sea sufragado en su totalidad por la empresa. Ello no quiere decir que se tenga que realizar en la jornada de trabajo.
- Periodo máximo de dos años, siendo nulo todo el tiempo establecido de manera superior. El periodo comienza a contar desde el momento que el trabajador finaliza la formación recibida.
- La finalidad del curso sea poner en marcha proyectos determinados o realizar un trabajo específico.
- La cláusula debe establecerse por escrito, ya sea en el mismo contrato de trabajo al firmarse éste, o en un anexo posterior.
- El acuerdo no puede ser impuesto de manera unilateral por el empresario, sino que ha de ser consensuado con el trabajador.
- En caso de duda sobre la especialización realizada, incumbe a la empresa probar que la formación realizada por el trabajador es una auténtica especialización profesional.
- Estas cláusulas pueden establecerse en cualquier tipo de contrato, incluidos los contratos temporales o en prácticas.
Incumplimiento por parte del trabajador
Es indudable que el incumplimiento por parte del trabajador del pacto de permanencia genera un derecho de indemnización por los daños y perjuicios ocasionados al empresario.
Cuestión más complicada será la cuantificación de la indemnización.
La opción más fácil, y para evitar problemas en el futuro, es que la indemnización venga cuantificada por escrito en el momento que se establece el acuerdo
En defecto de pacto, y cuando no exista la posibilidad de pactar de manera amistosa, la compensación que tendrá que abonar el trabajador la fijará el juez teniendo en cuenta el coste de la formación realizada y el tiempo incumplido por el trabajador.
Por otro lado, es indiferente que el trabajador no vaya a utilizar la formación recibida en el posterior empleo, ya que el fundamento de la indemnización es el daño causado a la empresa que ha sufragado una formación al trabajador con el objetivo de mejorar la competitividad de la empresa, y a su vez, la cualificación de los empleados.
Buenas,
Pues resulta que mi empresas me abono el 75% (3000€) de un máster que costó 4000. Aparte de esto, no he utilizado la formación para ningún nuevo proyecto u otro tipo o especialización de mi trabajo. Con todo esto, ¿aun así seguiría siendo válido el pacto?.
Gracias,
Un saludo
En mi opinión sí. Habría que ver por que no se ha utilizado los conocimientos adquiridos en el master.
Pero si se fuese antes de que terminase el curso formativo y como tal el pacto de permanencia no hubiese comenzado, ya que el dies ad quo solo empezaría a partir de que el empleado hubiese obtenido el título. En ese caso entiendo que el empleado tendría que pagar los gastos del curso pese a no haber empezado como tal el pacto de permanencia. ¿Estoy en lo correcto? Gracias por la atención y saludos.
Hola buenas, si yo tengo un pacto de permanencia de 2 años tras acabar la formación, pero me voy antes de acabar esa formación, ¿debo pagar alguna indemnización a la empresa?. Hay que tener en cuenta, que la empresa pago la totalidad del curso de formación al principio.
Sí, en función de lo acordado con la empresa.
Cuando dices “Si, en función de lo acordado con la empresa”, te refieres al hecho de que el trabajador si debería pagar una indemnización según lo acordado con la empresa como responsabilidad económica solamente, o como responsabilidad económica y además lo que ponga en la cláusula penal. Me explico, en el pacto de permanencia pone: “Duración máxima del pacto: dos años. – Cláusula penal: indemnización por daños equivalente al triple del coste total del Máster.- Dies ad quo: finalización del Máster.” Mi duda por tanto es, si no llega a completar dicha formación solo respondería por una responsabilidad económica pagando solo lo que cuesta el curso de formación (50.000€), ya que, la cláusula penal solo se aplicaría tras acabar el curso de formación durante los dos siguientes años y los (150.000€) solo los pagaria si incumpliera el pacto de formación en esos 2 años tras obtener el titulo del curso y antes de obtenerlo solo seria los 50.000€. ¿Eso seria así? Un saludo.
En mi opinión, serían los 150.000 €. Entiendo el razonamiento que realizas, pero no lo comparto.
Hola buenas tardes,
¿Dónde vienen reflejados los requisitos para que un pacto de permanencia sea valido?
El artículo 21 del Estatuto de los Trabajadores es el que recoge los pactos de permanencia. Los demás requisitos son una construcción jurisprudencial.
Hola.
Tengo un pacto de permanencia firmado con mi empresa, en la que actualmente me encuentro en ERTE. Me pregunto si en esta situación el pacto sigue teniendo validez o podría presentar mi carta de dimisión sin tener que indemnizar a la empresa.
Gracias
En mi opinión, el pacto se mantiene, ya que la empresa ha realizado el un gasto en el trabajador.
Buenas. Después de estudiar la especialización y firmar contrato de permanencia dice que ésta tiene que ofrecer un plus de cualificación al trabajador en relación con sus funciones en la empresa, permitiendo unas mayores capacidades que benefician al trabajador para obtener un buen empleo en el futuro.
Esto debe suponer un aumento del salario? Hay un mínimo?
La legislación no establece nada sobre el máximo o mínimo del complemento.
Hola!
En el caso de que mi empresa me pague más de un curso de formación, podrá prorrogarse el máximo de permanencia de 2 años previsto por ley?
Entiendo que no se trate de una prórroga, que no sería posible, sino de dos pacto de permanencia diferentes.
Hola Alejandra,
Mi empresa me quiere pagar un master en su totalidad y que firme una permanencia (24 meses al terminar el master). Mi pregunta es: si, salgo antes de los 24 meses, por ejemplo después de 12 meses, tengo que pagar la totalidad del master? o solamente los 12 meses restantes. Quiero fijar con ellos una clausula de pagar solamente la parte parcial restante (y la respuesta de RRHH que no es posible por ley).
Muchas gracias
Es posible por ley, otra cosa es que la empresa no quiera acordarlo de ese modo.
Hola Alejandro,
Tengo firmado un pacto de permanencia de dos años por la realización de un master. Mi pacto con ellos fue una formación y mi cambio de rol a la dirección de un departamento.
Dos dudas:
1- El coste de la formación es el incurrido por la empresa o el público de la escuela de negocios? lo comento porque e la empresa se ha valido de ayudas para reducir el coste al 50%
2- La empresa está pensando en modificar la estructura organizativa y que deje de ocupar la posición de dirección que se me trasladó. Podría marcharme indicando que ya no ocupo la posición ofertada?
Un saludo
El coste es que tiene la empresa, pero que tenga un descuento por una ayuda o subvención que automáticamente sólo le cueste ese 50% que abonó. Por otro lado, habría que ver el acuerdo, si la empresa lo incumple se podría demandar, ya sea reclamando el cumplimiento de lo acordado, o incluso dando por no valido el pacto de permanencia.
Un conocido trabaja en un laboratorio y le hicieron firmar clausula de permanencia de 5 millones por 3 años pero no le pagaron ningún curso o capacitación especial y su puesto es básico con un salario bajo. Esto no se puede demandar como abuso del empleador?
Buenas Alejandro,
En mi caso tuve que firmar un pacto de permanencia de dos años para que me mejorasen el sueldo en mi empresa (sin recibir formación alguna ni nada similar). Tiene algún tipo de validez? Estoy pensando en cambiar de trabajo y tengo miedo de que me puedan reclamar los 15000€ que figuran en dicho pacto.
Muchas gracias por adelantado y enhorabuena por el artículo.
En principio no, pero dada la importante cuantía siempre es preferible que revise un abogado el pacto.
Tengo un contrato de permanencia por dos años vinculados con la realización de un Master costeado por la empresa. Cuando firmamos el contrato estaba al 100% con la empresa; ahora han decidido reducir mi jornada laboral al 50% unilateralmente. Entiendo que no puedo mantenerme con esa reducción de jornada .
Mi pregunta es si no acepto esa reducción de jornada, de qué forma afecta al contrato de permanencia vinculado al Master , que por cierto aun no está finalizado, son tres años y llevo dos.
Ese cambio de 100% al 50% de la jornada sólo se puede realizar si es de mutuo acuerdo con la empresa, por lo que si no es de mutuo acuerdo, lo que debes es impugnarlo. Si es por un ERTE, puedes impugnar el mismo.
Buenas,
He firmado un acuerdo de permanencia de dos años. Para realizarlo me tengo que trasladar durante 4 semanas a otra ciudad teniendo que pagar yo alojamiento y transporte. ¿La empresa estaría obligada o pagarme esa parte?
Muchas gracias
Firmé un pacto de permanencia por una formación genérica que no he utilizado posteriormente en mi puesto de trabajo. ¿Podría solicitar su anulación si decidiera dejar la empresa? ¿Cómo debería proceder?
Habría que ver el caso concreto, pero hay que tener en cuenta que ese pacto de permanencia, se firma por el coste que tiene la empresa.
Hace un año firme un contrato de trabajo indefinido con una cláusula de no competencia por la que me pagan una cantidad en la nómina.
En el contrato también aparece una cláusula de blindaje mediante la cual, si me despiden de forma improcedente antes de 5 años deben pagarme 100.000€, pero es bidireccional, es decir, si yo abandono la empresa antes de ese tiempo debo de indemnízalo a la empresa con esos mismos 100.000€.
No encuentro información al respecto, tiene validez legal?
Habría que valorar ese caso concreto para ver si existe un abuso de derecho por parte de la empresa. Sobre el pacto de no competencia, te recomiendo este artículo.
Hola.
Hace unos meses recibí un aumento de sueldo y un bonus puntual de 5000€ para que no me marchará de la empresa. Puea bien, pasados 10 meses me he marchado de la empresa y en el finiquito me reclaman dicho bonus por incumplir una permanencia de un año en la empresa. Dejar claro que nunca he firmado ni he sido informado de que ese bonus conllevaba una permanencia de un año. ¿ Quería saber si puedo reclamar dicha cantidad y negarme a pagarla, ya que es una cantidad que me han descontado del finiquito?
Muchas gracias.
Un Saludo.
Si no existe ningún acuerdo al respecto, entiendo que sí que puedes reclamarlo.
Hola, ¿es necesario que me informen sobre la existencia de esta cláusula de permanencia antes de que vaya a iniciar la formación? ¿O es posible que la primera vez que me hablen de su existencia sea tras haber realizado la formación?
Gracias.
Debería de ser antes de iniciar la formación.
hola buenas tardes. Mi empresa me dio una formación con contrato de permanencia. Si la empresa s ufrido una subrrogación, ese contrato de permanencia se mantiene en la empresa nueva?
Entiendo que sí que se mantiene.
Buenos días,
Mi empresa me propuso hace años un plan de desarrollo en el que, junto con una propuesta de incrementos salariales, había un paquete de formación como retribución en especie. Ahora me quieren hacer firmar un pacto de permanencia por un año por esa retribución en especie (cuya formación recibiré ahora).
¿Pueden hacerlo aunque sea retribución en especie?
Entiendo que es compatible la retribución con el pacto de permanencia, pero no es si antes alcanzaste un acuerdo en el que no figuraba el pacto de permanencia.
si que pueden
Hola, gracias por el artículo. Me surgen 3 dudas:
Si después de acabar la formación específica las condiciones para el empleado son iguales: mismo tipo de trabajo y funciones ¿El empresario está inclumpiendo el contrato?
¿El empresario está obligado a ascenderte o subirte el cargo después de la formación?
¿Los proyectos determinados o la realización del trabajo específico deben estar obligatoriamente escritos en el contrato de permanencia?
¡gracias!!
No es necesario que se aumente el salario o la categoría, salvo que se haya pactado lo contrario.
Hola Alejandro,
Tengo una cláusula de permanencia de 2 años debido a una formación que hice en Estados Unidos por 9 meses. La formación consistía en hacer cursos internos en la empresa y sacarme una certificación que era posible sacarmela en Europa. Si decido irme dentro del periodo de cláusula, tiene la empresa derecho a reclamarme el dinero relacionado con los vuelos y el alojamiento?
Muchas gracias!
Si dichos gastos están asociados a la formación realizada, en mi opinión si.
Hola Alejandro, tengo una duda respecto a esto. En mi caso me han pagado un curso pero no lo he empezado porque estoy a la espera de cambiarme de trabajo. Si no lo empiezo ¿qué sucede?
Habría que ver el pacto que habéis alcanzado, pero la empresa ya ha realizado la inversión que es lo que se prima.
Tengo contrato de 1 año en un taller, Pero por cuestiones privadas quiero dejarlo
Con avisar 15 días antes valdría o tendría algún problema más?
No se si has firmado algún tipo de pacto con la empresa. En dicho caso, si que puedes tener algún problema. Por otro lado, el preaviso necesario no son 15 días, sino lo que indique el convenio colectivo, que puede ser más días.
Mi empresa me hizo firmar un pacto de permanencia después de haber recibido la formación( sin haberme dicho nada antes de recibirla). El pacto de permanencia de dos años lo firme estando con un contrato de formación, un año mas tarde me he han cambiado el contrato a fijo. Sigue valido el pacto de permanecía aunque haya cambiado de contrato?.
Gracias
El cambio de contrato no invalida el pacto, pero habría que ver si cumple todos los requisitos para que el acuerdo sea válido.
Muy buen artículo, la verdad que esta muy completo.
Pero creo que sería necesaria la información de que si tu contrato de permanencia se acaba en 15 días, puedes pedir la baja voluntaría con el preaviso de 15 días, siendo legal porque estarías en la empresa hasta el mismo día que acaba el contrato de permanencia. ¿O estoy equivocado?
Un saludo y muchas gracias!
Si, puedes pedirlo tal y como indicas.
Hola,
Puede firmarse un pacto de permancencia por pagar la empresa, no un curso, sino los gastos de recolocación y gestión de visados de un trabajador que viene de otro continente, y su familia. El contrato que se le ofrece es temporal de 6 meses.
Muchas gracias!
En mi opinión, no.
Buenos días,
Tengo un pacto de permanencia firmado con la empresa de unos 2400€ por unas formaciones recibidas, la empresa es partner de la empresa que me dió la formación, y sospecho que el valor es muy inferior (o ninguno) al de mi contrato de permanencia, ¿tendría derecho a pedir las facturas de las formaciones?
Gracias,
Un Saludo.
Buenas
Actualmente estoy trabajando en una empresa tecnologica y me ha surgido una mejor oportunidad. He realizado dos certificaciones online de la propia empresa que han realizado todos los trabajadores. ¿Podrían reclamarme algo?
Salvo que haya firmado algún tipo de pacto o acuerdo al respecto, no deberían de reclamarte nada.
Si, en mi contrato tengo una clausula que habla de pacto de permanencia en la empresa por un año en concepto de formación específica
El caso es que no sé si esas certificaciones online pueden incluirse en esa formación específica. Otro compañero que entró conmigo si ha recibido una formación específica para obtener una titulación técnica “interna” por así decirlo, pero yo no
Habría que ver la cláusula y la formación recibida.
Hola, mi empresa quiere que realice un MBA de 60.000 euros. Recalco que es una formación que la empresa quiere que haga, y no una formación que yo haya pedido. Ahora me piden firmar un pacto de permanencia de 10 años, con lo cual tendría que devolver la parte proporcional de esos 60.000 si me fuera antes de dicho plazo. Está claro que no quiero firmarlo porque me parece totalmente exagerado, dadas las circunstancias. ¿Eso es legal? He leído que los pactos de permanencia pueden ser de un máximo de 2 años. ¿Había algún supuesto en que se pudiera fijar en un plazo superior? También he leído que la clausula de permanencia debe cumplir unos requisitos de proporcionalidad y un equilibrio de
intereses de las partes, que no sé si en este caso se cumplen. Muchas gracias.
En mi opinión es nulo la parte que exceda de dos años.
Buenos días,
Tengo un pacto de permanencia firmado en el contrato. Mi periodo de prueba son 4 meses y estoy en el tercer mes y quiero abandonar mi puesto de trabajo causando baja voluntaria. La formación que me han dado únicamente es de producto y sistemas informáticos internos. ¿Debería rembolsar el importe estipulado si me voy?
Muchísimas gracias de antemano por su ayuda,
Un saludo,
Habría que mirar el pacto firmado, pero si que tendrás una penalización que podría ser el pago de dicha formación. El periodo de prueba sólo afecta a la necesidad de preaviso y de justificar o no una causa, pero no al pacto de permanencia.
Muchísimas gracias por la respuesta, un placer contar con su ayuda.
Gracias!
Hola,
¿sería valida la cláusula que estableciese una duración superior a dos años, si soy yo como trabajadora la que solicita tal duración?
No. De todas maneras, el pacto de permanencia sólo afecta a la trabajadora no a la empresa.
Si cumples todo excepto 9 meses y te varían las condiciones de trabajo, haciendo que trabajes horas de más de las pactadas. A consecuencia de todo ello, he cogido una depresión por ansiedad y necesito tener unas condiciones mejores de trabajo. Puedo marcharme ?
Si no cumples lo acordado, la empresa podrá reclamarte daños y perjuicios como se indica en la entrada
Es legal hacer pacto de permanencia si la empresa financia pero no costea el curso? Un ejemplo podría ser este: la empresa paga las facturas del curso pero luego recupera todo el coste pagando parte del salario del trabajador en especie durante un tiempo.
El pago en especie es un coste para le empresa, no entiendo lo de que recupera el coste del curso por ese medio.
Cierto. No fue un buen ejemplo. Quizás sea mejor este: la empresa recupera el coste a través de bonificaciones.
si luego lo bonifica es cuestión de la empresa. Sí que sería legal.
Hola, incluyen en la permanencia el periodo de formación, es decir si abandona la formación sin recibirla por completo deberá indemnizar a la empresa la cuantía del curso, pero no me estan formando como tal, solo es como estar en prácticas en una empresa. Además no se como pueden calcular el valor del curso si no existe plan de estudio ni nada.
Es esto legal. Podrian aplicarme esta cláusula.
Gracias.
La cláusula sólo si aplica si se pacta. Lo demás que comentas habría que ver el caso concreto, pero la legislación habla de formación de forma genérica, sin que sea necesario en principio ningún título oficial.
Buenos días,
Se podría considerar como clausula nula, un pacto de permanencia, con la formación impartida íntegramente por el personal de la empresa, sin emitir certificado ni titulación extra.
Un saludo y gracias,
Aunque desconozco si existe jurisprudencia entiendo que no, ya que la legislación indica que : ” Cuando el trabajador haya recibido una especialización profesional con cargo al empresario para poner en marcha proyectos determinados o realizar un trabajo específico”
Por lo tanto, no existe que la formación sea externa ni se emita ningún certificado ni título oficial.
Hola, una duda en relacion al pacto de permanencia.
La empresa me ha hecho firmar un compromiso de permanencia por dos años por un Master que me pagó la empresa, pero que solo pago el 80% del total, es legal ese pacto?
El convenio de los trabajadores en artículo 21 no cita nada al respecto, existe alguna jurisprudencia, algo que me valga para solicitar a la empresa la nulidad de ese pacto?
En el caso que quiera pedir una exedencia voluntaria, podría la empresa reclamarme el importe del Master (siempre y cuando sea válido el pacto de permanencia)?
Gracias
Entiendo que el pacto de permanencia es válido, ya que la legislación no exige que la empresa pague el total y desconozco si existe alguna sentencia al respecto. Con lo de la excedencia, tendría mis dudas. Desconozco jurisprudencia al respecto.
Muy interesante, pero me surge 1 duda,
Sin pacto ¿me pueden reclamar el importe de un curso que la empresa se ha bonificado a la tripartita? ¿me lo pueden descontar del finiquito?
Gracias,
Un saludo.
En mi opinión, no.