¿Es compatible trabajar y estar de baja por incapacidad temporal?
Índice del artículo
La incompatibilidad de la incapacidad temporal con el trabajo y posible sanción
El artículo 169 de la Ley General de la Seguridad Social -LGSS- define la incapacidad temporal como el tiempo en que el trabajador está impedido para trabajar debido a una enfermedad o accidente, sea común o profesional.
En consecuencia, por definición, el tiempo en que un trabajador está de baja médica no es posible trabajar, ya que en dicho caso, se podrá denegar el reconocimiento de la prestación por incapacidad temporal.
En este sentido, el artículo 175 de la LGSS establece que el derecho al subsidio por incapacidad temporal podrá ser denegado, anulado o suspendido cuando el beneficiario trabaje por cuenta propia o ajena.
Por otro lado, la LISOS, la ley de Infracciones en el orden social recoge en su artículo 25 considera este comportamiento como una infracción grave: «Efectuar trabajos por cuenta propia o ajena durante la percepción de prestaciones, cuando exista incompatibilidad legal o reglamentariamente establecida».
La sanción de dicha infracción viene recogida en el artículo 47 de la citada LISOS que establece que el trabajador perderá el derecho a cobrar la prestación durante un período de tres meses.
Además, no sólo puede ser una infracción de cara a la seguridad social, sino que como más adelante detallaremos, también podrá ser sancionado por la empresa si se realiza funciones incompatibles con la baja.
En definitiva, con carácter general, no es posible el trabajar mientras se está de baja por incapacidad temporal, ya que se podría considerar un fraude a la seguridad social y, el trabajador podría ser sancionado.
Sin embargo, la jurisprudencia ha creado una excepción cuando se tengan dos trabajos diferentes; ya sea en casos de pluriactividad, el trabajador está dado de alta en dos regímenes distintos de la Seguridad Social,por cuenta ajena y por cuenta propia (autónomo), o en caso de pluriempleo, el trabajador tiene dos o más empleos diferentes por cuenta ajena.
De forma resumida, se puede mantener otro empleo cuando éste sea compatible con la dolencia o limitación del trabajador y, además, no perjudique el tiempo de curación. Todo ello habrá de analizarse desde un punto de vista médico.
Excepción a la incompatibilidad; cuando se tienen dos trabajos
Como indicábamos anteriormente, la jurisprudencia ha permitido la compatibilidad de estar de baja por incapacidad temporal y, a su vez, trabajar en una empresa o por cuenta propia.
Hay que partir de la base que la situación de incapacidad temporal requiere una alteración de la salud que impida trabajar, pero una misma alteración de salud puede generar una situación de incapacidad temporal para un trabajo pero no de otro, lo que dependerá de las funciones que se desempeñe.
Si el trabajador tiene dos empleos totalmente diferentes, un mismo problema de la salud, puede impedir el trabajo de un empleo, pero no del otro.
En este caso, el facultativo médico puede realizar un sólo parte de baja. Esta es una cuestión siempre algo subjetiva que se deberá analizar cada caso de manera particular.
Por ejemplo, la Sentencia de siete de abril de 2004 del Tribunal Supremo permitió mantener el trabajo como administrador de una sociedad de la que era socio, mientras mantenía la baja a como asistente social por enfermedad común como consecuencia de un cuadro degenerativo lumbar con gran componente doloroso.
Así la citada sentencia indica que: «el mero hecho de figurar en alta en el RETA mientras se está de baja laboral por enfermedad en el Régimen General no es causa de denegación de la prestación por estar de incapacidad temporal».
Por otro lado, la sentencia de 19 de febrero de 2002 del Tribunal supremo también lo considera compatible en el caso de un trabajador afiliado y en alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (trabajo agrario) y simultáneamente en el Régimen General de la Seguridad Social como trabajador por cuenta ajena en calidad de auxiliar administrativo.
En este ejemplo, el trabajador inició la baja medica por hernia discal, y pasó a percibir la prestación correspondiente de incapacidad para la realización de su actividad agraria encuadrada en el RETA y continúo prestando servicios por cuenta ajena como auxiliar administrativo no tramitando la baja médica en dicho Régimen General.
El Tribunal supremo considero compatible el trabajo con la baja médica, puesto que la dolencia no afectaba a la realización de su actividad como trabajador por cuenta ajena, -auxiliar administrativo-, de naturaleza sedentaria y no sometida a especiales esfuerzos.
Por lo tanto, ante un supuesto de pluriactividad, derivada del ejercicio de dos actividades completamente diferentes, -una de las cuales exige esfuerzo físico y otra es totalmente sedentaria-, es lógicamente posible que unas dolencias incapaciten para el ejercicio del trabajo que se desarrolla en un régimen y las mismas dolencias permitan la realización de otra actividad profesional.
Esta excepción también es aplicable, con el mismo fundamento, en caso de que un trabajador esté pluriempleado, es decir, trabajando para dos empresas diferentes en el régimen general.
Por ejemplo, la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Asturias de 31 de octubre de 2002 consideró procedente la baja por incapacidad temporal derivada de un infarto de miocardio en una empresa industrial, mientras seguía trabajando como acomodador en un estadio de fútbol.
Si sigo trabajando, ¿puede la otra empresa sancionarme?
Estar de baja por incapacidad temporal y seguir trabajando, ya sea en una empresa o por cuenta propia, no sólo puede ser una fraude a la seguridad social, sino que puede ser un comportamiento sancionable por parte de la empresa en la que no se trabaja.
Esta sanción podría acarrear el despido disciplinario, perdiendo el derecho el trabajador a recibir una indemnización, aunque sí que tendría derecho a paro.
Explicaremos dos situaciones que pueden ser sancionables,
- la primera relacionada con la incapacidad temporal, y
- la segunda con la transgresión de la buena fe contractual.
Si desde un punto de vista médico, tal y como explicábamos anteriormente, es compatible estar trabajando por un lado y de incapacidad temporal en otro trabajo, parece normal que, en dicho caso, la empresa tampoco pueda sancionar.
La sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña de 29 de mayo de 2017 establece que existen dos tipos de actividades incompatibles con una baja médica:
- Aquellas que, por resultar incompatibles con el proceso de baja laboral evidencian la simulación del mismo y el propósito fraudulento con que su reconocimiento se han obtenido; y, por otro lado,
- Aquellas que son incompatibles no con las disminuciones funcionales infligidas por los padecimientos indicados, sino con la eficacia de los tratamientos prescritos, retrasando o impidiendo la recuperación del trabajador con daño tanto de los intereses públicos del sistema de asistencial, como de los privados de su empleadora.
Por ejemplo, la sentencia del TSJ del 30 de marzo de 2021 de Oviedo determinó la procedencia del despido de una trabajadora por realizar actividades en el negocio de la pareja incompatibles con las dolencias que habían motivado la baja por incapacidad temporal.
Por otro lado, el trabajador no tiene el deber de comunicar a la empresa en la que ha iniciado la baja por incapacidad temporal que va a seguir desarrollando otra actividad laboral, ya que la legislación no lo exige. Así lo ha entendido la sentencia de 10 de junio de 2003 del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco.
En dicha sentencia se consideró improcedente el despido de un médico que estaba de baja por incapacidad temporal por un tema depresivo como director médico en una clínica, mientras realizaba labores médicas en atención primaria para un hospital.
En relación con lo anterior, el trabajador puede ser sancionado, incluso con el despido disciplinario, cuando durante el tiempo de incapacidad temporal realice cualquier actividad, aunque no sea un trabajo y no esté remunerado, que perjudique la recuperación médica del trabajador o que constante una conducta fraudulenta por parte del trabajador según lo indicado anteriormente.
Por último, y no relacionado con la situación médica también puede ser despedido el trabajador cuando realice alguna actividad que sea contrario a la buena fe empresarial.
La transgresión de la buena contractual (que explicamos en profundidad aquí) existe cuando la persona trabajadora realiza algún hecho que la empresa pierda la confianza que tiene depositada en ésta.
Por ejemplo, la Sentencia del TSJ de Madrid de 3 de marzo de 2021 considera el despido disciplinario procedente por la promoción en redes sociales de un negocio, del mismo sector de actividad que la empresa, durante su baja por incapacidad temporal
¿Y si estoy de baja puedo comenzar otro trabajo?
En virtud de la jurisprudencia comentada, no debería de ser un impedimento absoluto el hecho de estar de baja por incapacidad temporal y comenzar un nuevo trabajo que sea compatible con la dolencia médica.
Así lo estima, por ejemplo, la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Baleares de 16 de febrero de 2012 que considera que no es relevante que exista un nuevo trabajo una vez ya se está dado de baja médica, sino que lo importante es acreditar el hecho de que el nuevo trabajo es compatible con la incapacidad temporal ya existente.
En la citada sentencia, no se acredita esa compatibilidad y, por lo tanto, se sanciona al trabajador con la pérdida de la prestación durante tres meses.
En cualquier caso, en mi opinión, es conveniente que la empresa en la que se va a trabajar sepa que la persona trabajadora está de baja, toda vez que el no indicarlo podría ser una transgresión de la buena fe contractual sancionable por parte de la empresa.
A modo ilustrativo, la Sentencia del TSJ de Castilla y León de 16 de abril de 2021 considero procedente el despido disciplinario de un trabajador que oculta su estado de salud al ser contratado.
En segundo lugar, la empresa va a tener conocimiento de que la persona trabajadora se encuentre de baja cuando tenga que pagar las cotizaciones correspondientes.
Estoy de baja hace más de un año, he pedido el alta en icam pero no me saben decir cuando resuelven, solo que debo esperar noticias del INSS. En un día empiezo trabajo nuevo, he preguntado si me han podido hacer el contrato pero no lo hacen hasta el mismo día.
Puedo ir a trabajar habiendo avisado o tendré algún problema? Si me dan de baja más tarde en el INSS habré trabajado en balde? Gracias
Habría que ver el caso concreto, pero salvo excepciones, no recomiendo trabajar aunque hayas solicitado el alta. Solicitar el alta no implica que te la vayan a conceder.
Buenas, estoy de baja por depresion en mi actual trabajo de repartidor en moto porque tube 2 accidentes y le he cogido miedo a la moto.. y ara estando de baja hize una entrevista en el lidl y me cogieron me han dicho que mi incorporacion seria el 16 de este mes de mayo y mi pregunta es si yo piyo el alta medica el dia 15 tendria algun problema la empresa en poder tramitarme el contrato laboral? podria ver la empresa al tramitarmelo que estoy de baja? Espero respuesta, gracias.
Si el alta es anterior a la contratación, la empresa no se enteraría, si es posterior, sí al hacer las cotizaciones con la seguridad social.
Buenos días. La consulta o cuestión que le planteo es en relación con una situación de incapacidad laboral como técnico municipal de una entidad local por covid persistente, valorada, reconocida y renovada por el médico de cabecera, y la necesidad de cursar alta como autónomo obligatoria, al ser el administrador único de una empresa con actividad de hostelería (gestión que realiza la empresa de asesoría fiscal y contable) para que la empresa pueda participar en una licitación pública de concesión administrativa de gestión de un kiosko-bar, tramitándose el cese de esta segunda actividad en el supuesto de no ser adjudicataria de dicha concesión de servicio.
Me notificaron la financiación del contrato el mismo día que me di de baja. Por medio de un abogado de una entidad importante, se llego a un acuerdo para no denunciae em motivo real del despido, me contrataron estando de baja, pero JAMAS acudí al puesto de trabajo, seguí en casa estando de baja. Mi pregunta es cuáles son las consecuencias para mi, ya que estoy citada por la inspección de trabajo
Habría que saber más del caso. Lo mejor es que le preguntes al abogado que alcanzó el acuerdo que conoce el caso en profundidad.
Hola!
Muy útil el articulo.
Estoy contratada en un restaurante y de baja hace un mes (con otro por delante) por fractura de extremidad. Estoy por ser contratada en una oficina para tareas de oficina. En ese caso, Renunciaría al restaurante. Mi consulta es si puedo darme de alta en el otro empleo y aun asi poder hacer mi rehabilitación.
El trabajar con una incapacidad temporal es la excepción, y siempre cuando existe posibilidad desde un punto de vista médica.
Hola muy buenas, he estado 365 días de baja por incapacidad temporal, me dieron de alta al llegar al día 365, encontré otro trabajo y me tuve que dar de baja pero por otro motivo, ¿tengo derecho a cobrar ahora mismo estando de baja?
Saludos
Sí.
Hola! Tengo una duda, estoy de baja médica, ya llevo más de un año, hace poco que cumplí el año y ya mi pago mensual pasó a manos de la Mutua. Estoy contratada por un restaurante y soy Camarera. Estando de baja médica en el restaurante, ¿ Puedo darme de alta en un trabajo de oficina, tipo community manager o auxiliar administrativo ?.
Además, dándome de alta, ¿ Dejaría de recibir el pago de la Mutua ?
En principio, no es compatible. Aunque como explico la jurisprudencia si que ha considerado en determinados casos compatible.
Hola soy enfermera hospitalaria y estoy de baja por ansiedad. Una empresa me ha propuesto darme de alta unas horas para realizar un servicio de prevención en un evento deportivo. Mi pregunta es compatible este empleo puntual con mi baja? Gracias
La regla general es que no, y este tema siempre es discutible y hay que analizarlo desde un punto de vista médico y jurídico. Si son para realizar las mismas funciones que la baja, lo veo más complicado.
Buenas tardes.
Soy autónoma, tengo una negocio online y me paso muchas horas sentadas delante del ordenador. Estoy embarazada y estoy pensando en pedir baja médica porque no aguanto el hinchazón de tobillos y estar tanto tiempo sentada (se que por mi profesión no tendría opción de baja por riesgo en el embarazo hasta la semana 37). Mi duda es la siguiente, tengo que realizar durante 3 meses como becaria unas prácticas extracurriculares sin remunerar para completar un máster, ¿sería compatible la baja médica mientras reliazo como becaria esas prácticas no remuneradas?.
Gracias. Un saludo.
En mi opinión, y sin conocer jurisprudencia al respecto, lo consideraría compatible. Al no ser un trabajo remunerado, entiendo que no existiría una incompatibilidad. Ahora bien, en principio, durante la incapacidad temporal no se podría realizar ninguna actividad que no sea compatible con el tratamiento médico. Desconozco jurisprudencia al respecto.
Bueno días, soy reponedora un un hipermercado donde hacemos jornadas intensas de reposición trabajando con mucho peso, cajas de 15- 20 kilos que tenemos que subir por encima de la cabeza . Desde hace una semana estoy de baja por incapacidad temporal con diagnostico artralgia en la mano. Mi pregunta es: podría trabajar de extra en fines de semana como recepcionista en un hotel? Donde o quien podría calificar si este empleo es compatible con mi estancia de baja? Y donde debería presentar dicha «compatibilidad»?
No existe un organismo que te pueda dar la compatibilidad ni solicitar. Ha sido la jurisprudencia la que excepcionalmente ha considerado determinados trabajos compatibles.
Muchas gracias! Un saludo
Hola Alejandro buenas tardes.! Una pregunta.! Ahora estoy De baja Por el Tobillo Que lleva casi TRES AÑOS dando guerra Y no puedo trabajar. ! Me han hecho Todas Las Pruebas posible Y por haber., incluyendo Resonancias. !bueno lo cierto es q no puedo desempeñar mi trabajo de Camarero. Entonces Estoy Por Solicitar la Incapacidad Temporal., Mi pregunta es la Siguiente:. Estando Incapacitado De Forma temporal Puedo compatibilizar con otra trabajo Que No sea En Sector de La hostelería.? O no?
Espero su respuesta y muchas gracias
La compatibilidad de una baja con el trabajo en otro lado es la excepción. Es decir, de primeras seguramente te dirán que no es compatible.
Buenas tardes. Ruego por favor me aclaren una duda que tengo que es muy importante para mi.
Actualmente estoy cobrando pago directo por el INSS por una baja en mi anterior empresa, finalice ya con ellos en marzo, era un CEE.
Por otra parte podría en breve tener una oferta de otra empresa, es otro CEE pero sería para un puesto diferente.
Podrían contratarme sin problemas?, podría seguir cobrando la baja de pago directo del INSS igualmente?
Y por último la empresa que me contrate podría saber si estoy de baja y cobrando un pago directo por el INSS?
Muchas gracias de antemano por su atención!
Como norma general, el trabajo no es compatible con la baja médica, y no podrías cobrar el salario y el pago directo. Sí, la empresa tendría conocimiento que estás de baja cuando tenga que pagar las cotizaciones.
Muchas gracias por responder Alejandro, pero en la vida laboral no me parece que esté de ILT, pensaba que ellos no podían saber eso, ya que finalice en la empresa en marzo de este año y estoy apuntado al paro desde entonces.
Gracias
No, no aparece. Pero la empresa es consciente de manera indirecta cuando intenta abonar los seguros sociales. De todas maneras, el no comunicar el hecho de estar de baja, podría ser incluso motivo de despido disciplinario. Existe alguna sentencia al respecto.
Estoy por it con pago directo por mutua por ataques de ansiedad producidos x mobing en mi anterior trabajo, llevo mas de 365. Me ha salido un trabajo nuevo y lo quiero coger como debo actuar pq empiezo casi ya
Si llevas más de 365 días el encargado de dar el alta por incapacidad temporal es el INSS. Como explico en el artículo, sin el alta, existen excepciones que la jurisprudencia ha considerado la baja como compatible.
El problema es que me dan para ek 10 de noviembre la cita en el inss y me darian el 25 de ictubre
He iniciado el trámite de alta voluntaria, y me darían el alta a más tardar el martes la empresa me quiere dar de alta el lunes.. lo podrían hacer sin problemas? He informado al inss y a la mutua, que es quien me paga.
Lo mejor es que lo hables con la empresa.
Gracias,pero si me asegurarán ,en otra categoría como fregaplatos un par de horas al día,y no de jcocinero ,que es mi trabajo.
En principio, te diría que no es compatible. Habría que acreditar desde un punto de vista médico que es compatible, y lo veo complicado.
Buenas Alejandro, actualmente me encuentro trabajando para dos empresas del régimen general con actividades totalmente diferente, la primera como limpiadora y la segunda como administrativa en una oficina. El pasado mes de mayo fui trasplantada de riñón, dándome de baja médica para ambas empresas. En el trabajo como limpiadora soy fija/discontinua y me interrumpieron mi contrato en junio(aun seguía de baja médica). En julio me dieron el alta médica ya que me encontraba bien para desempeñar mi trabajo como administrativa, ya que en el trabajo como limpiadora me encontraba inactiva. Ahora en septiembre me hacen el llamamiento para incorporarme a mi trabajo de limpiadora (contrato fijo/discontinuo) pero no me encuentro en las condiciones óptimas de Salud tras el trasplante para realizar mi trabajo ya que suponen unos esfuerzos físicos e inhalación de productos químicos. Mi pregunta es que si podría solicitar la baja médica para mi trabajo como limpiadora y seguir trabajando como administrativa, ya que estoy pendiente, tras su solicitud, de la resolución de incapacidad total permanente de mi trabajo habitual( limpiadora)Gracias.
Como explico en el artículo, el compatibilizar es la excepción y siempre hay que analizar cada caso concreto desde un punto de vista médico para ver las opciones de que se pueda compatibilizar, existiendo siempre el riesgo de que no se considere así. Se lo comentaría al médico de cabecera.
Gracias. Un saludo
Hola Alejandro!
Soy camarera en un mesón a medía jornada con un horario totalmente compatible con mi hija.
Estoy en Erte de otra empresa a medía jornada también,lo que antes era un restaurante ahora es un bar de copas.
Esto es incompatible con la conciliación familiar ya que tengo la custodia completa de mi hija y los horarios que me ofrecen son de las 22 en adelante…lo que me genera mucha ansiedad.
Podría solicitar una baja laboral para una de las dos empresas.
Gracias
Solicitar una baja médica sólo para un trabajo es la excepción, y tiene que haber una causa médica que lo justifique. Deberías mirar si se considerar una modificación sustancial de las condiciones de trabajo y solicitar la extinción con derecho a paro e indemnización.
Buenas tardes Alejandro,soy docente y estoy de baja por embarazo…suelo trabajar dos sábados al mes en otra empresa en atención al publico,ellos me hacen contrato con fecha y alta el mismo día….en mi caso es posible trabajar esos días o me pueden penalizar??gracias
La regla es que no se puede trabajar, lo otro es la excepción que habrá que evaluarlo desde un punto de vista médico y jurídico.
estoi de baja temporal . y esperando enteavista de otra empresa . esa empresa puede saber si estoi de baja y puede no entrevistarme ? gracias
No, no pueden tener conocimiento de que estás de baja por incapacidad temporal.
Hola!
Tengo un trabajo que implica viajar a menudo a lugares con emergencias por crisis naturales, epidemias conflictos etc. Estoy embarazada y me han dado la baja ya (mes 4 de embarazo) cubierta por la mutua dado que no puedo desempeñar mis funciones.
Mi pregunta es: ¿Estando de baja cubierta por la mutua podría tener otro ingreso proveniente de ser docente en un curso que impartiría desde casa?. Serían menos de 20h a lo largo de dos meses. No estaría contratada sino que me harían una factura (no soy autónoma) o recibo y el importe es inferior a 1.400€. Es completamente puntual, la primera vez que iba a colaborar con esa institución y el importe no es muy elevado.
¿Hay alguna forma de proceder correctamente?
Muchas gracias
Cuando dices cubierta por la mutua, no se si te refieres a una baja por incapacidad temporal otorgada por el médico de cabecera, en cuyo caso tengo mis dudas ya que en principio no se puede, o una baja por riesgo dad por la mutua, en cuyo caso entiendo que sí que se podría.
Gracias por la rápida respuesta.
Efectivamente, es una baja por riesgo (REL) concedida por la mutua de mi trabajo por el riesgo en mi trabajo. Cobro íntegramente a través de la mutua. NO es una IT otorgada por mi médico ni estoy cobrando por la Seg. Social.
En este caso entonces por lo que respondes parece que si podría realizar esta otra actividad puntual que no requiere viajar (motivo por el que tengo la baja) ¿Es así?
No se dónde encontrar legislación/ guías al respecto.
Muchas gracias
En mi opinión, sí.
Hola Alejandro,tengo una It, actualmente cobro ,lo que se llama el pago directo.mi baja es por una recaída de chron y estoy a la espera de una intervención de riñon,por piedras.
Trabajo en la hostelería,de cocinero.
Si que es cierto que no puedo trabajar todos los días ,por los continuos dolores y otros síntomas,
Pero podrían asegurarme por horas sin perder la baja?
Gracias
Es excepcional el poder trabajar como explico en el artículo, y corres el riesgo de que te saquen la prestación. Si es en la misma profesión, no podrías, aunque sea un par de días.
Hola, estoy de incapacidad por embarazo y quiero contratarme en otra empresa, puedo hacerlo?
Como explico en el artículo, la regla general es que no, aunque la jurisprudencia ha considerado excepciones.
Hola
Estoy de baja laboral por enfermedad común 7 días
¿Estos días los cotizaré y cobraré?
¿Me pueden despedir por estar de baja por enfermedad común la 3° semana de comenzar este empleo?
Si, cotizas y cobrarás, pero seguramente que algo menos que si trabajaras. Sí, te pueden despedir o extinguir el contrato, lo que habría que analizar la causa indicada por la empresa.
Hola me pregunta es el mes anterior comple 365 dia de baja laboral y me llama la empresa par incorporará a me puesto de trabajo después de un mes trabajado me Dice la empresa que este mes estabas de baja y me han dicho hay que firmar un papel como estas aquí trabajando entonces yo tengo miedo a fermar el papel es algo raro que debo hacer gracias
Estoy de baja por depresiónw hace meses ya fuera de la empreaa desde enero y me han propuesto darme de alta de autonomos para facturar unos temas de patrimonio familiar. Es possible?
Buenos días.
Tengo una cirugía por una hernia. Soy músico profesional ( instrumento de viento ).Tengo varios trabajos, todos impartiendo clases y otro en una agrupación y este último no puedo aún por la cirugía. Quisiera empezar a trabajar y mi duda es esta…
¿Puedo estar de alta para impartir las clases y de baja mientras mejoro de la cirugía ?
Muchas gracias
Como explico en el artículo, es posible y la jurisprudencia lo ha permitido. Ahora bien, tienes que tener en cuenta que esto es la excepción, y si lo haces puede que luego tengas que acreditar que efectivamente el trabajo es compatible, y eso es una cuestión más médica, por lo que antes de actuar así intenta conseguir el respaldo médico.
Hola,mi pregunta es que estoy de baja me está pagando la MUTUA, pero me han ofrecido un trabajo de media jornada mi duda es ,puedo cobrar la MUTUA y la media jornada no se si hay un límite o un tope en el que se pueden cobrar las 2 cosas ?
No hay límite económico, la cuestión es si es o no compatible. La regla general es que no es compatible, la compatibilidad es la excepción. De hecho seguramente la mutua te reclamara las cuantías y tendrás que acreditar esa compatibilidad.
Hola! gracias por este post ! estoy muy confusa . Yo estoy de baja laboral de mi trabajo que es parcial , estando de baja se me ofreció ganarme un Thermomix por X ventas que realice en mi entorno con ayuda de la persona que me lo propuso, para ello firmé un contrato mercantil. La verdad es que ahora me planteo si eso me pudiera dar algún problema. Yo ni he salido de casa literalmente . He percibido un Thermomix y 331€ que debo declarar en la renta entiendo que como actividades económicas no?
En principio, no se puede trabajar, pero la jurisprudencia sí que lo ha considerado compatible como indico en el artículo.
Hola, soy docente de adolescentes con baja por depresión. Me ofrecieron hacer un día una colaboración con la universidad como examinadora externa de pruebas de certificación de idiomas y como era con adultos, acepté y fui. Me encontré incluso mejor. No, no me hicieron contrato, ni nada por el estilo.
Ahora em mi centro se han enterado que acudí a la universidad como examinadora un día. Que repercusiones puede tener sobre mi inspección educativa? Gracias.
Si con lo consideran como transgresión de la buena fe contractual, una sanción.
Hay jurisprudencia reciente? Tengo un caso de una trabajadora que le aparece un registro en los seguros sociales como que está de baja, sin embargo la médico no ha tramitado la baja para dicha empresa por no ser necesario ya que es compatible.
Buenas. ¿Estando de baja por accidente laboral en el ámbito agrario y pendiente de una Incapacidad para la actividad profesional de peón agricola (percibiendo mientra tanto de la Mutua), puedo comenzar un nuevo trabajo en la administración pública en una bolsa como interino? Me han hecho una artrodesis L5-S1 y fijación parcial en L3-L4.
¿De qué forma debo tramitar el proceso en caso de que sea posible, directamente con la SS?, ¿debo comunicarle a la mutua, pueden sancionarme?
Buenos días, estoy de baja psicológica en la SS en mi trabajo actual por temas de abuso, acoso, mobbing etc. Quedo a la espera que RRHH me cambie de posición para poder volver a trabajar. Hace 2 años trabajaba para una agencia que proporcionaba trabajos diarios de hostelería con alta y baja en la SS el mismo día y estaba pensando contactar con ellos para buscar algunos empleos diarios mientras estoy de baja, sería posible sin perder la prestación de baja de mi trabajo actual y sin sanciones? Cómo afectarian el sueldo los impuestos con esta posible situación?
Muchas gracias.
He estado de baja médica por CC varios meses a través de pago directo por la mutua, depresión mobbing en mi anterior empleo, ahora voy a comenzar un nuevo trabajo, no sé si estoy preparado pero quiero intentarlo, ¿La empresa puede saber si estoy de baja médica?, tengo miedo de que al darme ellos de alta en la SS lo sepan y no me den el trabajo. Sé que debo pedir el alta si quiero trabajar, ¿podría pedirla el primer día de trabajo o tras haber firmado el contrato? ¿Qué me recomiendas?
Gracias.
La empresa se enterará como muy tarde cuando tenga que ingresas las cotizaciones a la seguridad social.
Finalmente he decidido aceptar el empleo, aunque no he firmado ningún contrato, al acudir a que me expliquen el puesto me he echado atrás y siento un pánico de seguir, siento que no estoy preparado ni capacitado. Al habla con la persona encargada le he explicado la situación, pero ya me ha dado de alta en la SS. No sé por qué dije que me interesaba el trabajo, me encuentro perdido. En el ambulatorio me comunican de que sigo apareciendo de baja en el sistema. ¿Qué va a suceder con mi prestación de la mutua?
Si te han dado de alta, la mutua considerará que no es posible el cobro de la incapacidad temporal y el trabajo, o que en su caso, el responsable del pago será la nueva empresa.
Si estoy de baja por vulnerabilidad al covid como educadora de educación especial para la administración pública ( mis funciones me impiden mantener la distancia de seguridad) y me sale trabajo de profesora asociada en la universidad. Si pido la compatibilidad podré trabajar en la Universidad aunque esté de baja como educadora?
La compatibilidad es excepcional, y habría que ver bien si existe esa causa que pueda justificar una baja en un sitio y en otro no.
Y quien determina la excepcionalidad? Es el médico de cabecera o inspección médica?
Entiendo que en primer lugar el médico de cabecera, aunque siempre dependerá de lo que luego diga el INSS, y en última instancia lo que determinen los tribunales.
Hola buenas noches. Mí pregunta es sí estoy de baja por incapacidad. A la hora de darme el alta, podría renunciar ese mismo día la baja voluntaria en mí empresa porque ya no me interesa trabajar en ese lugar y poder trabajar al día siguiente en otra empresa?
El problema es que, el convenio colectivo puede recoger algún tipo de preaviso necesario para dar la baja voluntaria. En caso de que no lo cumplas, te lo podrá reclamar y descontar del finiquito.
Buenas tardes, puedo estar de baja por IT en un trabajo en régimen general por causa de depresión (acoso de un tercero que no me permite salir de casa con seguridad) y cobrar prestación y por otro lado estar como autónomo realizando una actividad parecida (en teletrabajo). ¿se ajustaría a derecho?
El principio general es que no se puede trabajar, pero como explico en el artículo, existe jurisprudencia que analizando el caso concreto sí que lo ha considerado compatible.
Hola, estoy de baja laboral hace 15 meses por lumbalgia y celvicalgia por accidente de coche y ya me encuentro bien desde hace un mes y quería coger el alta una vez me hicieran la última prueba de cervicales ir la tengo el 30 de junio, pero cómo está la sanidad como está por el COVID, se ha alargado bastante y he solicitado el alta voluntaria (que ya está cursada al INSS ) porque no puedo más con la situación.
Paralelamente me ha salido una oferta de Policía interino para empezar el 1 de julio donde estaba en la bolsa de trabajo antes de la baja laboral y que ahora me llamaron para cubrir el puesto de un agente que coge la baja por IT.
La incorporación ha de ser el 1 de julio puesto que así es como he quedado y pactado con la administración que voy a trabajar, ¡ pero claro!! mi sorpresa es que me dicen en el INSS que no me dan el alta de un día para otro y que pueden tardar entres 3-4 semanas y entonces tengo ese dilema de no pedir aún la excedencia laboral ni gestionar nada en mi empresa hasta que no tenga el alta del INSS, porque mi temor es que ahora no quieran esperarme en el nuevo trabajo y me veo que no tengo ningún tipo de subsidio económico al pedir la excedencia voluntaria a la empresa y que no me puedan contratar el ayuntamiento por estar de IT aún.
Mi pregunta es si me podrían contratar el ayuntamiento sabiendo que ya tiene el INSS el informe del médico de cabecera y habiendo solicitado el alta voluntaria mientras que me llega el alta. Porque es cuestión de días.
Sé que es incompatible la función pública con la actividad privada, pero si ya he solicitado el alta médica y no me llegase la semana que viene como muy tardar, como podría agilizar el trámite o tener información de cómo va el proceso del alta médica para que me esperen y que no se demore mucho el trámite.
Gracias y espero me saquen de dudas
Entiendo que te puede dar de alta, pero no puedes trabajar hasta que no tengas el alta médica por el INSS. El trabajador puede solicitar el alta médica «voluntaria», pero no puede exigirlo. Si el INSS considera que no estás apto para trabajar, no debe conceder el alta, aunque lo solicite el trabajador.
Pero entonces no creará ningún conflicto estar dado de alta en dos sitios; uno por la empresa de seguridad privada y el otro por una administración local.
Como se demuestra que si estoy dado de alto no estoy trabajando ya con la nueva empresa o estoy esperando a que me llegue el alta médica.
Referente a lo de exigir no es exactamente ya que el médico de cabecera está conforme y mi baja no es una gravedad de haberme creado o dejando secuelas
¿Hay alguna vía que pueda agilizar que me den el alta?
Desconozco el régimen de incompatibilidades que te exigen en el puesto de la administración local, con lo que no te puedo responder a dicha cuestión. Eso sí, aunque pidas una excedencia en la empresa privada, seguirás cobrando mientras estés de baja. Y respecto al alta, pasados los 365 días de baja el alta y baja la conceda el INSS, sin que en este caso, la opinión del médico de cabecera sea vinculante.
Pues no tenemos constancia de que sea continuado… Pero es negocio familiar por lo que imaginamos que si.
Por otro lado ejerce de camarera, servir mesas, limpiar mesas….
Hola, actualmente tenemos una trabajadora de baja por enfermedad comun. (Tendinitis en codo derecho)
Para nuestra sorpresa, nos la hemos encontrado trabajando de camarera en el bar de sus padres. Lo cual puede perjudicar a la recuperacion…
Podriamos despedirla legalmente?
Eso que me comentas puede ser motivo de despido, pero desconozco si es un comportamiento continuado, puntual, que trabajos realiza en el bar…
Pues no tenemos constancia de que sea continuado… Pero es negocio familiar por lo que imaginamos que si.
Por otro lado ejerce de camarera, servir mesas, limpiar mesas….
Antes de tomar a un despido de estas características, que puede ser declarado nulo, habría que revisar bien el caso. En caso de que quieras pensar en despedir, acude a un abogado para evaluar los riesgos del despido y las pruebas necesarias antes de hacerlo.
Buenos días,
Si soy pluriempleado en el Trabajo A estoy de Vacaciones y en el Trabajo B me dan la baja por enfermedad.¿Debo notificar mi baja al trabajo A? Se interrumpen mis vacaciones en A?
Muchas gracias!
Sí, debes notificarlo para no consumir vacaciones.
Hola.
Mi pregunta es: ¿Un funcionario, con personal a su cargo, y que está de baja laboral puede seguir mandando instrucciones, es decir, puede seguir trabajando durante la baja laboral? ¿Esas instrucciones son legítimas?
Gracias.
Hola ! Espero recibir un consejo sobre la duda que tengo .Estuve de baja medica mes y medio con una jornada de 8 hrs.
Hoy me han dado el alta ,avisé a la encargada y me recomienda la baja voluntaria a cambio de una jornada de 3 1/2 hrs y me ofrece comenzar el lunes. Hoy es lunes ,entonces una semana sin nada. Que debo hacer ? Gracias
Nunca firmes una baja voluntaria si quieres continuar en la empresa.