La fibromialgia como causa de la incapacidad permanente

La enfermedad de fibromialgia es nueva, en el sentido de que no ha sido hasta hace poco reconocida como una enfermedad por la Organización de la Salud debido principalmente a la dificultad desde un punto de vista objetivo de su diagnostico.

Según la fundación Española de reumatología la fibromialgia significa «dolor en los músculos y en el tejido fibroso (ligamentos y tendones). La fibromialgia se caracteriza por dolor musculoesquelético generalizado y sensación dolorosa a la presión en unos puntos específicos (puntos dolorosos). Este dolor se parece al originado en las articulaciones, pero no es una enfermedad articular.»

Debido a ese carácter subjetivo de la enfermedad, muchas veces se ha considerado como unas dolencias simuladas. Sin embargo, en la actualidad se considera que una persona tiene fibromialgia cuando se cumplen estos dos requisitos:

  1. existe una historia clínica de dolor generalizado durante más de tres meses de duración, de una forma continua, en ambos lados del cuerpo, por encima y por debajo de la cintura, con dolor en el esqueleto axial, en el raquis cervical y en el tórax anteriores y,
  2. producción de dolor al menos en 11 de los 18 puntos coporales simétricos llamados puntos gatillo o tender point.

Esta dificultad para su diagnóstico objetivo médico, ha lastrado a las resoluciones judiciales para considerar la enfermedad como una incapacidad permanente, ya que el artículo 193 de la Ley General de la Seguridad Social exige que las dolencias para considerar la incapacidad permanentes sean susceptibles de determinación objetiva, además de que toda vez han existido reticencias a reconocer sus limitaciones permanentes, en lugar de dolores temporales.

No hay que olvidar que una incapacidad permanente, ya sea total o absoluta, es la imposibilidad que tiene un trabajador de realizar las funciones propias de su trabaja o las de cualquier trabajo debido a una enfermedad de manera permanente.

Requisitos para la consideración de incapacidad permanente

En cualquier caso, cada vez existen más sentencias que han estimado la fibromialgia como causa de una incapacidad, estableciendo los siguientes criterios para su consideración:

  1. Intensidad y periodicidad de los brotes de dolor.
  2. Resistencia al tratamiento médico. El tratamiento médico no es curativo, sino paliativo, ya que sólo sirve para mitigar o reducir el dolor y las limitaciones funcionales en los brotes de dolor.
  3. La existencia de otras dolencias asociadas como puede ser cefaleas, depresión, lumbociatalgia con limitación funcional, cervicoartrosis, coxalgia y trastorno ansioso-depresivo crónico.

¿Cómo se puede acreditar la incapacidad ante los tribunales?

No es obligatorio cumplir los tres requisitos de manera simultánea indicados anteriormente, sino que dependerá de cada caso concreto y de la situación y funciones a desarrollar del trabajador para conocer las posibilidades de éxito.

Además, que la existencia de otras enfermedades o dolencias puede aumentar las posibilidades de éxito, siempre que consideradas en su conjunto perjudiquen la funcionalidad del trabajador.

Por ejemplo, la existencia de una depresión como enfermedad asociada a la fibromialgia aumenta las posibilidades de éxito de la reclamación.

En cualquier caso, los documentos que podemos aportar en una reclamación administrativa o con la demanda son:

  • Partes de baja laboral para acreditar la frecuencia de los brotes.
  • Partes médicos en los que se indique la intensidad de los brotes.
  • Historial médico en el que se recoja el diagnóstico clínico de la enfermedad y posibles dolencias asociadas.
  • Tratamiento médico prescrito.

Esta no es una lista cerrada, sino que vale cualquier tipo de documento o testigo que puede acreditar la situación del trabajador. Aunque normalmente en estos casos, la prueba testifical vale de muy poco y son mucho más importantes los informes médicos.

De hecho, es de gran ayuda en la reclamación judicial contar con un informe pericial elaborado por un médico privado.

Éste informe puede relacionar todos los documentos indicados anteriormente para acreditar la situación clínica que padece el trabajador, explicándole al juez desde una punto de vista médico y práctico las limitaciones que sufre el trabajador.

En este sentido, un juez desconoce para que sirve cada medicamento, así como sus efectos o las limitaciones que produce la enfermedad. La consideración de una incapacidad permanente no deja de ser una cuestión médica, por lo que, si podemos contar con un buen perito, nos ayudará a alcanzar el reconocimiento judicial de la incapacidad permanente.

¿Incapacidad total o absoluta?

Salvo la concesión de una incapacidad permanente de Gran Invalidez, existen sentencias que han concedido una incapacidad total y una absoluta.

La incapacidad total se da cuando se acredita que el trabajador no puede realizar las funciones propias de su profesión habitual, pero que sí que puede realizar la de otros trabajo. En este caso, se tendrá derecho a una pensión del 55% de la base reguladora, que se podrá aumentar hasta un 20% más cuando se tenga más de 55 años o se acredite la dificultad para encontrar otro empleo.

En este sentido, como no todos los trabajadores realizan las mismas funciones, dependerán de éstas la concesión de una incapacidad permanente total, ya que puede darse el caso que dos trabajadores con exactamente las mismas dolencias sólo uno de ellos tenga derecho a una incapacidad permanente total, ya que a una no limita el trabajo y al otro trabajador sí.

La incapacidad absoluta se da cuando el trabajador está imposibilitado de realizar ninguna tarea, y no sólo las de su profesión habitual. En este caso, la pensión de incapacidad es del 100% de la base reguladora.

Por lo tanto, si queremos conseguir una incapacidad permanente absoluta tendremos que acreditar que las dolencias provocan unas limitaciones importantes que afecten a la mayoría de los empleos.

Jurisprudencia sobre la fibromialgia

A continuación detallamos una serie de sentencias en las que se han concedido la incapacidad permanente total y absoluta:

TSJ Andalucía (Granada) Sala de lo Social, sec. 1ª, S 31-5-2016, nº 1345/2016, rec. 79/2016 (Link a la sentencia): Se reconoce la incapacidad permanente total a una trabajadora que sufría de las siguientes dolencias: cervicalgia, fibromialgia con tratamiento farmacológico y control por su médico de cabecera, migraña con aura visual episódica y migraña crónica. La trabajadora se trata de una peón agrícola.

Tribunal Superior de Justicia de Madrid de 27 de diciembre de 2002, rec 997/2002 (Link a la sentencia). Incapacidad permanente total para una trabajadora, limpiadora, con fibromialgia severa y afectación lumbosacra, lo que le produce dolores generalizados, astenia intensa y sintomatología depresiva.

Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de 27 de febrero de 2006, recurso de suplicación 118/2006 (Link a la Sentencia). Incapacidad permanente absoluta a una trabajadora con sufrimiento y dolor generalizado, no en vano, tenía dolor en los 18 puntos gatillo. Enfermedad padecida desde hace 15 años sin evolución, siendo atendida en la unidad del dolor.

Tribunal Superior de Justicia de Castilla la Mancha, recurso de suplicación 593/2019 de 22 de junio de 2020. (Link a la sentencia) Incapacidad permanente absoluta. Trabajadora de profesión habitual técnica de prevención de riesgos laborales, que padece como dolencias más significativas Fibromialgia, Trastorno adaptativo, Trastorno somatomorfo , Colón irritable; y como limitaciones orgánicas y funcionales: destaca cuadro de fibromialgia con dolor crónico generalizado sin déficits funcionales asociados.

Sentencia del Tribunal Supremo de fecha de uno de junio de 2020. (Link a la sentencia) Incapacidad permanente absoluta. La trabajadora ha sido diagnosticada concuadro clínico residual de: «diagnosticada de fibromialgia; artrosis con discopatías a nivel cervical y lumbar; artrosis manos; migraña crónica refractaria; episodio depresivo, distimia», que le ocasionan como limitación orgánica y funcional «algias osteoarticulares generalizadas, con exploración actual poco valorable, por fase algica; porta ostesis muñeca derecha, reciente caída; migraña; ánimo subdepresivo, sentimientos de inutilidad».

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