La duración del contrato de trabajo: límites temporales.
Índice de la entrada
- La duración del contrato de trabajo
- Límites temporales del contrato antes de la reforma laboral RDL 32/2021
- Contratos celebrados después de la reforma laboral RDL 32/2021
- Situación transitoria de los contratos de trabajo hasta el 30 de marzo de 2022
- Contratos celebrados después del 31 de marzo de 2022
- Contrato por circunstancias de la producción
- Contratos de sustitución de persona trabajadora
- Contrato para la formación en alternancia
- Contratos formativos para la obtención de la práctica profesional
- Límites generales a la concatenación de los contratos temporales
- Opciones del trabajador
La duración del contrato de trabajo
El contrato de trabajo realizado entre una persona trabajadora y un empresario puede ser con carácter indefinido o temporal.
España se caracteriza por tener un alto porcentaje de trabajadores temporales. Sin embargo, la legislación (aunque no lo parezca) intenta ser restrictiva en cuanto a este tipo de contratos, y cuando no se realicen de manera adecuada, la relación deberá entenderse indefinida.
Una de las principales causas por las cuales un contrato temporal esté en fraude de ley, es la de superar el tiempo máximo del contrato, cuestión que es la que explicamos en este artículo, intentando detallar la duración máxima de cada tipo de contrato temporal.
Hay que tener en cuenta que la reforma laboral realizada a través del Real Decreto 32/2021 ha modificado de manera sustancial la duración de los contratos temporales, además de eliminar el contrato de obra y servicio.
No obstante, esta modificación no opera de manera retroactiva, por lo que todos los contratos celebrados anteriormente seguirán regulándose por la legislación vigente en dicho momento.
Límites temporales del contrato antes de la reforma laboral RDL 32/2021
Todos los contratos celebrados antes del 30 de diciembre de 2021, seguirán regulándose por los límites aquí indicados sin que le sean de aplicación los nuevos límites temporales.
Así lo establece de forma expresa la disposición transitoria tercera del RDL 32/2021.
Contrato de obra y servicio
La duración máxima depende de la fecha de celebración del contrato.
- Celebrado con anterioridad al 18/06/2010. El límite únicamente viene impuesto por la obra que lo causó. Sin embargo, la duración del contrato no puede ser excesiva. De hecho, si todavía queda algún contrato de obra anterior a esa fecha debe considerarse indefinido. Así por ejemplo, el Tribunal Supremo ha considerado como un contrato en fraude de ley cuando dura más de 16 años en la Sentencia del Tribunal Supremo de dos de febrero de 2021.
- Celebrado con posterioridad al 18/06/2010. El límite es de 3 años ampliable 12 meses por convenio colectivo. Es decir, que este tipo de contratos como máximo puedan durar cuatro años, aunque lo normal es que su límite sea de tres.
Contrato eventual
Los contratos eventuales podrán tener una duración máxima de seis meses, dentro de un período de doce meses.
Por convenio colectivo podrá modificarse el período máximo dentro del cual se podrán realizar los contratos, siendo el periodo máximo de referencia de dieciocho meses, no pudiendo superar la duración del contrato las tres cuartas partes del período de referencia establecido ni, como máximo, doce meses.
En otras palabras, el convenio colectivo puede permitir que la duración del contrato eventual sea de un año como máximo en un periodo de dieciocho meses.
En caso de que el contrato se hubiera concertado por una duración inferior a la máxima, podrá prorrogarse mediante acuerdo de las partes, por una única vez, sin que la duración total del contrato pueda exceder de la duración máxima anteriormente indicada.
Lo más frecuente de estos contratos es que su duración máxima sea de un año, sin que se pueda hacer más de una renovación.
Contrato de interinidad
El contrato de interinidad puede realizarse en sustitución de un trabajador con derecho a la reserva del puesto de trabajo, o para cubrir de forma temporal un puesto de trabajo durante el proceso de selección o promoción.
Los límites son diferentes en cada caso:
- En el primer caso de sustitución del trabajador, la duración del contrato será la del tiempo que dure la ausencia del trabajador sustituido. No existe duración máxima, más allá de lo que dure la sustitución. Por ejemplo, para cubrir a un trabajador de baja por incapacidad temporal o maternidad, a una persona con reserva del puesto de trabajo cuando le conceden una incapacidad permanente, o con una excedencia por cuidado de un hijo o familiar…
- En el caso de cobertura de puesto, habrá que distinguir entre la empresa privada “tiempo que dure el proceso de selección o promoción para la cobertura definitiva del puesto, sin que pueda ser superior a tres meses” y el de las Administraciones públicas “la duración de los contratos coincidirá con el tiempo que duren dichos procesos conforme a lo previsto en su normativa específica”.
En el primer caso, el contrato de interinidad deberá finalizar cuando termine la causa que lo motivó, en caso contrario, la relación laboral estará en fraude de ley.
Contratos para la formación y el aprendizaje
La duración mínima es de un año y la máxima de tres.
En cualquier caso el convenio colectivo puede establecer otras duraciones acorde con sus necesidades organizativas de las empresas, pero la duración mínima será en todo caso de 6 meses y la máxima 3 años.
Contrato en prácticas
La duración del contrato no podrá ser inferior a seis meses ni exceder de dos años.
Atendiendo a las características del sector, el convenio colectivo podrá establecer la duración del contrato dentro de dichos límites.
Límite general sólo para los contratos de duración determinado no formativos ni interinidad
Además de cada límite particular de cada contrato temporal, existe un límite genera para evitar el encadenamiento de la contratación temporal recogido en el art. 15.5 del ET:
Los trabajadores que en un periodo de treinta meses hubieran estado contratados durante un plazo superior a veinticuatro meses, con o sin solución de continuidad, para el mismo o diferente puesto de trabajo con la misma empresa o grupo de empresas, mediante dos o más contratos temporales, sea directamente o a través de su puesta a disposición por empresas de trabajo temporal, con las mismas o diferentes modalidades contractuales de duración determinada, adquirirán la condición de trabajadores fijos.
Vamos a intentar explicar este artículo;
- Afecta a personas trabajadores con dos o más contratos temporales. Por ejemplo, dos contratos eventuales diferentes, o un contrato eventual y después un contrato de obra y servicio.
- Sólo es aplicable a los contratos de obras o eventuales y se excluyen expresamente los contratos interinos o de formación.
- La concatenación de contratos temporales debe superar los 24 meses en un periodo de 30.
Como se puede apreciar, ese periodo de 24 meses en 30 hace que muchas empresas dejen un periodo de seis meses en los que no contratan a los trabajadores para evitar esta concatenación y la obligación de hacer contratos indefinidos.
¿Pero con sólo esperar seis meses se evita ser indefinido? Depende. Si se aprecia un fraude en la contratación y sólo se espera seis meses para evitar la concatenación de contratos y así la obligación de ser indefinido, también se podrá reclamar que la relación laboral es indefinida.
Así lo ha considerado el Tribunal Supremo en la sentencia del dos de diciembre de 2020: «el plazo de 6 meses de interrupción únicamente tuvo como objetivo el intentar evitar la relación indefinida y continuar con la contratación ilícita»
Otras causas de que el contrato esté en fraude de ley
Como indicamos al principio de este artículo, no sólo se adquiere la condición de indefinido cuando se supera el límite máximo de duración determinada, sino que también se puede reclamar dicha condición, cuando el empresario comete ciertas irregularidades:
- No están cubriendo una necesidad temporal, sino indefinida.
- El contrato por escrito adolece de las obligación o de la causa temporal que lo justifica.
- No se hubiera dado de alta en la seguridad social.
- Los contratos que no se realicen por escrito cuando así lo exija la normativa se presumirán celebrado por tiempo indefinido y por jornada completa, salvo prueba en contrario.
Si quieres más información, te recomiendo estos artículos:
Contratos celebrados después de la reforma laboral RDL 32/2021
La disposición final octava del RDL 32/2021relativa a la entrada en vigor de la norma establece que, determinados artículo de dicha reforma se empezarán a aplicar el 31 de marzo de 2022.
Entre estos artículo, se encuentran los relativos a todos los nuevos contratos de trabajo temporales tras la reforma, por lo que existe diferencia en función de la fecha en que se formalice el contrato de trabajo.
Situación transitoria de los contratos de trabajo hasta el 30 de marzo de 2022
Entre el 31 de diciembre y hasta el 30 de marzo de 2022 se podrán seguir celebrando contratos de obra y servicio, eventuales o contratos de interinidad siguiendo la legislación anterior, pero en ningún caso podrán durar más de seis meses tal y como establece la disposición transitoria cuarta del RDL 32/2021.
Durante este tiempo, si se celebran contratos formativos, prácticas o formación para el aprendizaje, se regularán por la legislación anterior.
Contratos celebrados después del 31 de marzo de 2022
Todos los contratos celebrados con posterioridad al 31 de marzo de 2022 se regirán por las modificaciones introducidas por la reforma laboral.
Contrato por circunstancias de la producción
Los contratos por circunstancias de la producción, conocidos habitualmente como contratos eventuales, se pueden realizar con dos causas diferentes y con dos diferentes límites:
- Aquellos celebrados para incrementos ocasionales e imprevisibles. Duración máxima 6 meses ampliable un año por convenio colectivo.
- Aquellos celebrados para situaciones ocasionales y previsibles. Duración máxima 90 días naturales. En este caso, no es que el contrato no pueda superar los 90 días, sino que la empresa no podrá utilizar este contrato más de 90 días naturales al año y de forma no consecutiva.
Contratos de sustitución de persona trabajadora
Los contratos de sustitución de la persona trabajadora, antes denominados de interinidad, se podrá realizar para:
- Cubrir un puesto de trabajo durante una ausencia con reserva del puesto de trabajo o cubrir una reducción de jornada. En ambos casos, no existe un límite temporal de la duración temporal de los contratos de trabajo.
- Cobertura de un puesto durante el proceso de selección o promoción. En dicho caso, la duración del contrato será como máximo de 3 meses.
Contrato para la formación en alternancia
Los contratos para la formación en alternancia, que antes se denominaban contratos para la formación y el aprendizaje tendrán una duración mínima de tres meses y un máximo de dos años, y podrá desarrollarse al amparo de un solo contrato de forma no continuada, a lo largo de diversos periodos anuales coincidentes con los estudios, de estar previsto en el plan o programa formativo.
Contratos formativos para la obtención de la práctica profesional
Los contratos formativos para la obtención de la práctica profesional, anteriormente conocidos como contrato en prácticas, tendrá una duración máxima de un año y una duración mínima de seis meses.
Límites generales a la concatenación de los contratos temporales
Una de las grandes novedades de la reforma laboral son las limitaciones impuestas a la concatenación de contratos temporales.
Para la concatenación de contratos temporal sólo se tendrá en cuenta el contrato eventual por circunstancias de la producción, pero con importantes novedades.
En primer lugar, se reduce el umbral hasta los 18 meses en un periodo de 24 meses.
Por lo tanto, cualquier persona trabajadora que esté en dos o más contratos temporales durante un tiempo superior a 18 meses en un plazo de dos años, se deberá de considerar indefinido.
Además, también se tendrá derecho a la condición de indefinido la persona trabajadora que ocupe un puesto que haya estado ocupado previamente por un periodo de 18 meses en un periodo de 24.
Es decir que si se contrata a un trabajador para un puesto mediante un contrato temporal 12 meses, y luego se contrata a otro trabajador distinto para ese mismo puesto otro contrato temporal de 12 meses, para este segundo trabajador se tendrá en cuenta el primer contrato y la relación laboral se considerará indefinida.
Con ello, se pretende evitar que un mismo puesto de trabajo sea ocupado por diferentes trabajadores concatenando contratos temporales sin que éstos superen los 18 meses, como hacía anteriormente la empresa y evitar hacer contratos indefinidos.
Es decir, al trabajador que ocupe de manera temporal un puesto de trabajo, le afecta a los efectos del límite de la concatenación temporal el tiempo que hayan estado anteriores trabajadores en dicho puesto.
Opciones del trabajador
Cuando un trabajador supera alguno de estos límites no es necesario que firme un nuevo contrato.
Se debe considerar como indefinido, y si la empresa no lo considera indefinido (cuestión que suele ser frecuente), puede reclamarlo judicialmente.
Si finalmente no reclama y tampoco le considera la empresa como indefinido, podrá hacerlo en el momento de la extinción de la relación laboral en función de la causa alegada por la empresa.
Es decir, si la empresa indica un fin de contrato temporal, tendrá que demandar por despido improcedente, alegando que el contrato temporal está en fraude de ley, y en consecuencia, no se puede extinguir la relación indicando como causa fin de contrato.
Puede reclamar tanto el despido improcedente o el despido nulo, para conseguir una indemnización o la readmisión.
El hecho de que esté en fraude de ley, no es motivo para considerarlo nulo, pero si que puede ser nulo por otra causa, si por ejemplo se trata de una mujer embarazada, o de una persona trabajadora con reducción de jornada…
Si quiere más información te recomiendo leer nuestra guía de impugnación del despido.
Buenos días
Tengo un contrato indefinido a media jornada desde hace cuatro años
Ahora me han hecho una ampliación a 38h para substituir una baja maternal
Pueden cancelarlo?
Gracias
No se a que te refieres con cancelarlo, si es bajar las horas, sí, podrían hacerlo si existe que lo justifique.
Hola,
Gracias por la información, últil y clara. Queria saber, si tras la reforma laboral, es posible compatibilizar un nuevo contrato indefinido a tiempo parcial (15h/sem) con la prestación por desempleo parcial correspondiente (25h/sem). Se que hasta la reforma era posible, pero dudo de si actualmente es así. Gracias de antemano y un saludo.
La reforma no ha modificado este tipo de compatibilidades.
Hola buenos días, quisiera saber cuánto tiempo tengo para reclamar un fraude ley en mi último y antepenúltimo contrato cumplo más de 720 días trabajados en 24 meses. Mi último contrato fue hasta el día 13 de Diciembre de 2021 .
Puedo hacer algo para reclamar el contrato indefinido?
Hay un tiempo estipulado para reclamar ese derecho?
Si sigues trabajando en la empresa, puedes reclamarlo en cualquier momento. Si hubo una extinción, que no se si fue el 13 de diciembre de 2021, el plazo de impugnación era de 20 días hábiles desde la fecha de extinción.
Buenos dias, yo estoy con un 410 desde Mayo del año pasado y me lo modificaron en Junio de 2022 por la misma persona ( tambien 410). Le «Obligan» a incorporarse pero en otro puesto disinto,. Tengo derecho a seguir manteniendo el puesto que estoy cubriendo?? Le dan «APTO» con Limitaciones para el puesto que estoy cubriendo, y como digo, lo incorporan a otro puesto.
Gracias
No, aunque lo incorporen a otro puesto, en principio, la reincorporación del trabajador es motivo de extinción de la relación laboral. Es cierto que se podría llegar a hacer otro contrato por sustitución interna dentro de la empresa, pero son caso excepcionales ese tipo de contratos de sustitución.
Hola. Soy fijo-discontinuo desde el año 2019 en una empresa de transporte de viajeros. Llevo trabajando los últimos 19 meses sin parar con este contrato..Puedo reclamar que me hagan indefinido para todo el año? Que tipo de contrato me tendrían que hacer? ..gracias .un saludo
Sí, contrato indefinido ordinario. Sería una reclamación de derecho.
Hola!! Gracias de ante mano! En 2018 estuve 6 meses con un contrato 402. En 2019 1mes 402 y al mes siguiente firme un 401. ¿Los 6 meses de 2018 y 1 de 2019 cuentan para los 36 meses máximos del contrato obra y servicio 401? ¿O hay que esperar a que se cumplan los 36 del 401? Muchas gracias!!
Entiendo que son contratos diferentes, por lo que no se suman. Se tienen en cuenta para el límite general de concatenación de contratos, pero no para el máximo del contrato individual.
Buenos días Alejandro,
Ante todo gracias por este magnifico blog. Estas realizando una gran labor de ayuda a trabajadores que subsisten de forma precaria en esta convulso sistema laboral, y es de mucho agradecer.
Mi pregunta es la siguiente;
El 24 de junio finaliza mi contrato eventual de dos meses por circunstancias de producción, y a día de hoy estoy de baja recuperándome de un accidente de trafico. Me van ha operar próximamente y finalizará mi contrato estando de baja laboral. La empresa solo se ha puesto en contacto conmigo para solicitarme los partes de baja y yo se los he entregado dentro de los 3 días siguientes a la visita de mi medico. La duda es, tanto si la empresa me va ha renovar como si no, ¿esta obligada a enviarme un preaviso? Si no me dice nada, ¿se considera que me han renovado automáticamente y por otros dos meses?
Si yo no quisiera seguir en la empresa les tendría que preavisar?. En caso de no renovar con la empresa, ¿ cobraría la prestación por desempleo si cumpliera los demás requisitos?
Gracias. Salud
La relación laboral siempre continua salvo que alguna de las partes indique lo contrario. No e necesario preaviso por parte de la empresa si no renueva el contrato. Si tu no renuevas o indicas que no quieres prorrogar el contrato, no tendrías derecho a desempleo.
Hola actualmennte estoy en una ett que nos hace un contrato de 15 días y prologa de 15 días más y contrato nuevo de 15 días y prologa así llevamos la plantilla más de 9 meses en mi caso 11 meses actualmente nos recomiendan cambiarnos de ett para prorrogar nuestros contratos. Pregunta esto es legal sin derecho a antigüedad a vaciones ni pagas extras que puedo hacer
Si es una práctica habitual, poner una denuncia en inspección de trabajo. Por otro lado, si se superan los 18 meses en el mismo puesto se puede reclamar la condición de indefinido.
Buenas tardes,
Estoy contratada en una Universidad privada y siempre que hay vacaciones me quitan contrato y me dan de alta cuando vuelve a estar abierta.
He estado del noviembre 2018 al 2020 marzo con ellos me dejaron en el paro de Abril a Noviembre del 2020 y luego me han cogido otra vez para otro puesto dentro de la empresa de Noviembre de 2020 hasta la actualidad. Son muchos meses así y según la reforma laboral no se si pueden cumplirse los 18 meses con la empresa para que me consideren fija. Por mis cálculos es sobre finales de Julio. ¿seria correcto que me hicieran contrato de la empresa? ¿o si pasan unos días de esos 18 meses no pueden echarme?
Gracias
No se pueden superar los 18 meses en un periodo temporal de 24 en cuyo caso han de hacerte indefinida, pero en tu caso, puede que sea un contrato fijo discontinuo. Habría que ver que es lo que dice el convenio colectivo.
Hola, gracias por el articulo tan interesante. Mi pregunta es, pueden concatenarse dos contratos CAT dentro del límite legal de manera seguida? Quiero decir, se puede hacer un CAT (por ejemplo por 3 meses) hasta el dia 20 de Julio y luego el dia 21 de Julio se le realiza un mismo CAT de dos meses. Entre CAT y Cat se puede dejar un dia, pueden ser seguidos o necesitan mas dias enmedio?
Gracias.
Sí, se puede siempre que tenga causa para ello, siendo indiferente el número de días que existan de por medio.
Hola! Tengo una duda. Si mi contrato es por necesidades de la producción, es decir 6 meses, prorrogable a otros 6.
Después, si no me hacen fijo, cuánto tiempo tengo que esperar hasta que la empresa pueda volver a contratarme con el contrato eventual?
Muchas gracias
No existe ningún tiempo establecido, pero es habitual que en la práctica las empresas suelen esperar mínimo seis meses.
Buenos dias, tengo una duda. Me hicieron un contrato eventual en enero de 2022 con una duración de 3 meses, ahora me han realizado una prórroga de 9 meses, en total será un año de contrato temporal. ¿con los limites que establece la reforma esta prorroga es correcta?
Debido a la reciente actualización de la reforma laboral entiendo que los convenios no contemplan aún la ampliación de los contratos temporales a 12 meses.
Gracias por tu ayuda.
Saludos
La posibilidad de prórroga ya existía antes de la reforma laboral, no se ha modificado esa cuestión.
Hola Alejandro
Empece a trabajar en una empresa en abril 2019 hasta Julio del 2020, que me dejaron parada para no hacerme indefinida , luego esa misma empresa me contrató en junio 2021 hasta septiembre 2021,me prorrogó el contrato hasta noviembre 2021 con contrato por obra y servicio, este año me han echo un contrato de 2 dias en febrero y luego 20 dias en marzo. me han dejado parada hasta nuevo aviso.
Mis preguntas son:
-que tiempo tengo que estar sin que me contraten??
– Y qué tipo de contrtato me tienen que hacer?
– Solo puedo trabajar ahora 6 meses seguidos??
Gracias
No existe un tiempo en el que tengas que estar contratada, pero normalmente la empresa espera como mínimo seis meses. Sobre que tipo de contratos, depende de las necesidades empresariales, si fuera temporal seguramente eventual.
Buenas tardes. Le agradecería si me puede resolver una duda.
He encadenado contratos temporales eventuales en la administración pública desde el 1 de julio de 2020 hasta el 31 de marzo de 2022 (el último firmado el 1 de enero de 2022). El 31 de marzo finalizó y no me han ofrecido ningún otro contrato.
Con la nueva Reforma Laboral, teniendo en cuenta que han sido más de 18 meses de los últimos 24, ¿tendría algún recorrido el demandar a la administración por no hacerme un contrato indefinido?
Gracias.
LA reforma laboral no afecta retroactivamente a los contratos firmados con anterioridad. Sí que afecta al contrato en vigor. No obstante, a lo mejor se consigue la consideración de indefinido si están en fraude de ley por otra causa. En cualquier caso, debes demandar por despido en un plazo de 20 días.
Buenas, me contrataron en una empresa como cubre vacaciones de varias tiendas antes de la reforma laboral, de primeras me hicieron contrato de tres meses y ahora me hicieron una prorroga de otros tres meses, podrían renovarme hasta el año o podrían echarme directamente? gracias.
Si es un contrato eventual, podrían finalizar la relación laboral. Si ya te hicieron una prórroga, no podrían hacer otra, aunque sí que podrían hacer otro contrato.
Buenas tardes Alejandro.
¿Me podrías solventar una pequeña duda?.
El día 1 de julio del 2021 empecé a trabajar con un contrato temporal, eventual por circunstancias de la producción, en principio era para 3 meses pero me lo han prorrogado por 9 meses más. En dicho contrato, aparece que solo se puede prorrogar una vez. ¿Como me afecta la reforma laboral? Gracias, un saludo. Atentamente, David.
Te afecta en el sentido de que no puede superar los 18 meses consecutivos en caso de que te hagan otro contrato temporal.
Buenos días Alejandro. Lo primero de todo gracias porque nos ayudas mucho a entender un poco cada situación.
Quería comentarte un poco mi situación llevo un año en la misma empresa en la cual trabajo los findes, cada semana me hacen un contrato nuevo por obra y servicio el primero fue el 12 de marzo del 2021 y el último lo termine ayer 27 de marzo de 2022.
Con la reforma laboral entiendo que ya no me pueden hacer más contratos de obra, mi pregunta es para cubrir ahora el puesto de 20 horas todos los findes que contrato deben hacerme o pueden hacerme, y si por un casual me hicieran un eventual justo ahora a falta de dos días para que ya no se puedan hacer, podría ser a 20 horas? o tiene que ser a jornada completa? y la duración máxima sería 6 meses por lo que he leído no? Osea hasta septiembre y a partir de ahí que? Indefinido o tiene que pasar un tiempo sin contrato para que me vuelvan a contratar?
Perdón por tantas preguntas pero esq tengo un lío tremendo y no se muy bien por donde puedo salir ni nada .
Quizás un contrato fijo discontinuo. El contrato eventual puede tener una duración máxima de un año.
Tengo contrato a jornada completa durante tres meses, quieren pararme un mes y volver a contratarme para el mismo puesto a media jornada. Tendrían que hacerme un contrato indefinido? Tras estos dos contratos
No de manera obligatoria. Dependerá de las necesidades empresariales.
Hola Alejandro,
Tengo un contrato por obra y servicio hasta el 31 de mayo, pero me lo quieren prorrogar dos meses más, hasta el 31 de julio. Con la entrada en vigor de la reforma de la ley laboral, el organismo en el que trabajo puede hacer dicha prórroga igualmente?
Gracias y un saludo
Sí, si el contrato de obra fue celebrado antes del 30 diciembre de 2021, y siempre que esa prórroga venta motivada por que se mantiene la causa del contrato e obra.
Buenas , trabajo desde el 11de noviembre para una empresa a mediación de adecco , y me han hecho una prorroga hasta el 31 de mayo. ¿ el siguiente contrato tendria que ser indefinido?
No, dependerá de las necesidades de la empresa.
Buenos días, a ver si me puedes aclarar una duda, llevo trabajando en una empresa desde el 19 de abril del 2021,pero contratada por una ETT, llevo firmados varios contratos (por sustitución de una baja, y temporales, cuando las bajas han vuelto a su puesto de trabajo.
Ahora me han prorrogado el último contrato que terminaba el 27 de febrero hasta el 18 de abril, diciendome qué es lo máximo que pueden contratarme porque ya voy a cumplir un año,
mi pregunta es, es verdad q pueden volver a contratarme pasados 6-8meses,? que es lo que me han dicho y qué tipo de contrato podrían ofrecer?, es que mi duda es si el año trabajado cuenta ahora con la entrada de la ley nueva o solo mi último contrato
Gracias de antemano
A los efectos de los límites de concatenación de contratos temporales, sólo computa el contrato vigente en el momento de la publicación de la reforma laboral. Sobre que contrato te pueden ofrecer, depende de las necesidades de la empresa.
Gracias por tu pronta respuesta, sólo una duda, entonces si la concatenación de contratos solo cuenta desde el último firmado, dentro de la nueva ley, que fueron 2 en mi caso , los dos en enero, tienen q pasar los 6 meses para volverme a contratar?
Para la nueva ley sólo cuenta el contrato actual, pero se aplica la anterior legislación. Lo de los seis meses para volver a contratar, es el tiempo que se suele esperar para evitar la concatenación de contratos. Lo explico en el artículo.
Hola Alejandro, verás me contrataron el 9 de mayo 2022 hasta 30 de junio y ahora me han echo una prórroga hasta el 15 de julio. Mi pregunta es si puede hacer más prórroga? Y otro contrato?. Gracias. Un saludo.
Desconozco que contrato es, pero sí, podrían hacer otro contrato temporal si existe causa para ello.
Hola Alejandro,
Me presenté a un concurso-oposición en un Ayuntamiento para la creación de una bolsa de trabajo (Arquitecto Técnico) para las posibles necesidades de contratación temporal que pudieran tener, entre las que se contemplaban todas las formas de contratación laboral temporal posibles.
Quedé primero en la bolsa de Trabajo y firmé el pasado 17 de mayo un contrato laboral temporal para la sustitución de un técnico municipal que había causado baja por incapacidad temporal. El pasado 24 de diciembre de 2021, este trabajador (Laboral Indefinido) causó baja en la plantilla del Ayuntamiento porque llegó un Notificación de la Seguridad Social, instando al Ayuntamiento para que procediera a la baja laboral por haberse producido una Resolución en la Inspección Médica de Trabajo con una propuesta de baja laboral por incapacidad permanente.
Yo continuo de alta, a fecha de hoy y no me han dado de baja el 24 de diciembre, tal y como entiendo que establece mi contrato que en su Clausula Adicional dice literalmente: «El presente contrato se formaliza para la sustitución del empleado público D.________, mientras dure la baja laboral por enfermedad del citado empleado.». Por ello, tengo duda de si a día de hoy mi contrato está en fraude de Ley.
¿Me podría aclarar mi situación real? GRACIAS….
Si el contrato continua más de un mes después de que haya finalizado la causa que lo motivo, en mi opinión, está en fraude de ley.
Gracias por tu pronta respuesta Alejandro.
Según me ha comentado hoy mismo el responsable administrativo de personal del Ayuntamiento a una consulta mía al respecto, dieron de baja a mi contrato de interinidad (por sustitución del técnico anterior) el mismo día 24 de diciembre de 2021, cuando llegó la notificación del INSS para dar de baja definitiva al trabajador que estaba de baja por incapacidad temporal y a quien yo estaba sustituyendo, y a su vez me dieron de alta ese mismo día mediante un contrato eventual por circunstancias de la producción por seis meses, porque según me dijo este responsable de personal, la Alcaldesa le instó a que buscara una forma para que siguiera trabajando debido a la acumulación tan grande que hay de trabajo. Pero ni he recibido ni firmado finiquito del anterior contrato, ni me han dado el nuevo contrato eventual ni lo he firmado hasta la fecha.
¿Es legal todo esto que te he descrito anteriormente? GRACIAS
Si no has firmado el contrato de trabajo, éste se presume (cabe prueba en contrario) indefinido. Habría que revisar en el informe de vida laboral si, efectivamente han realizado esos cambios que comentas.
Buenos días Alejandro, mi duda es la siguiente: llevo desde agosto de 2016 trabajando como Trabajador Social para un Ayuntamiento. Los contratos que me han hecho han sido los siguientes:
• Contrato 17 de agosto de 2016 al 31 diciembre de 2016
• Contrato 12 de enero de 2017 al 26 de agosto de 2017
• Contrato 1 de marzo de 2018 al 31 de julio de 2018
• Contrato 18 de septiembre de 2018 al 31 de diciembre de 2018
• Contrato 18 de febrero de 2019 al 2 de junio de 2019
• Contrato 8 de abril de 2019 al 25 de marzo de 2021 (contrato relevo)
• Contrato 5 de abril de 2021 al 31 de diciembre de 2021
Al último contrato, que me finalizo el 31 de diciembre de 2021, accedí por un proceso selectivo (concurso) y soy el primero en la bolsa. Según las Bases el periodo máximo de contratación será de 12 meses. Y establece las personas serán llamadas por riguroso orden de puntuación, salvo que el candidato haya superado el periodo máximo previsto para la contratación temporal en el Ayuntamiento de Utrera, que será de doce meses en los últimos dieciocho o de veinticuatro en los últimos treinta (según la modalidad del contrato), quedando en este caso en la situación de NO DISPONIBLE en la bolsa de trabajo hasta tanto cese esta circunstancia.
Y hoy me he enterado que han llamado para trabajar a personas que van por detrás mía en la bolsa. Es decir, que me han saltado.
Mis dudas son los siguientes:
– Con la cantidad de contratos temporales (y el de relevo) si demando tengo posibilidades que se me considere indefinido no fijo?
– Debería demandar por saltarme en la bolsa
al no estar la relación vigente, la demanda actual sería la de despido, de la cual te queda poco plazo si la fecha de extinción fue el 31 de diciembre. Pero para saber si esa demanda tiene fundamento habría que revisar los contrato. Te recomiendo que acudas a un abogado de tu localidad.
Buenos días, Alejandro:
Mi situación es la siguiente: estuve 1 año de prácticas en una empresa y después esa misma empresa me ha contratado en un contrato de interinidad de 2 año. Este contrato lo empecé en Julio de 2021 y lo acabo en Julio de 2023, el tipo de contrato es 410 según la seguridad social. Mi pregunta es si la reforma laboral me afecta a mí también y tienen que hacerme indefinido.
Muchas gracias por la ayuda y saludos de antemano.
No, no te afecta la reforma laboral para que se considere indefinida la relación laboral con los datos que me indicas.
He empezado a trabajar en una empresa el 10 de enero, lo más probable que mi tipo de contrato sea de OBRA Y SERVICIO pero que para ellos es todo el año (duración 12 meses), ¿Ese contrato tras la nueva reforma solo sería de duración 6 meses? Qué ocurriría transcurridos esos 6 meses?
Saludos
La relación laboral es indefinida.
Buenos días,
A día de hoy, ¿se puede hacer un contrato eventual de una duración de un año?
En el convenio (anterior a la reforma) pone que la duración máxima será de 12 meses, pero en la nueva reforma laboral dice duración máxima 6 meses.
Gracias
La nueva reforma permite que se pueda ampliar hasta los doce meses, si el convenio lo permite. artículo 15 del ET «Por convenio colectivo de ámbito sectorial se podrá ampliar la duración máxima del contrato hasta un año.»
Hola Alejandro. Tengo una duda… Empecé un proyecto en una empresa en Febrero de 2021. Me han renovado hasta junio de 2022, por lo que no llego a los 18 meses. Pero anteriormente estuve en la misma empresa en otro proyecto desde junio de 2020 a Enero 2021. El tiempo en esa empresa sería mayor de 18 meses en junio que es cuando acaba mi contrato por obra, pero claro, en el mismo puesto no llegaría a los 18 meses. ¿Podría aspirar a ser indefinido? Muchas gracias.
No se tiene en cuenta, para los 18 meses, el tiempo de trabajo de contratos temporales anteriores a la reforma.
> Con fecha 17 de Mayo de 2021 firmo un contrato por circunstancias de la producción hasta el 30 de Julio de 2021 por una ETT.
Nuevamente con fecha del 1 de Septiembre de 2021 vuelvo a firmar el mismo contrato por circunstancias de la producción (con la misma objeto que el anterior) hasta el 31 de Marzo de 2022 nuevamente por ETT.
¿Qué posibilidades tendría la ETT conmigo a la finalización del contrato?
¿Tendría que hacerme indefinido la empresa usuaria llegado el 31/03/2021?
¿Podría la ETT agotar el plazo de vigencia del contrato al estar firmado antes del 31/12/21? ¿En qué posible fecha vencería el plazo máximo?
El convenio colectivo que me están aplicando es el consultoría y estudios de mercado
Muchas gracias por su respuesta
Un saludo
Sí, se puede agotar el contrato temporal, puesto que la reforma labora no afecta a los contratos ya firmados que se regulan por la normativa anterior. Pueden hacerte otro contrato temporal si existe causa para ello.
Buenos dias.
Muy útil la información que presentas. Sin embargo personalmente tengo una situación un poco delicada. Antes de las vacaciones de Navidad acepte y firme una carta de compromiso para una oferta de trabajo que es temporal de 2 años. El contrato nuevo se haria efectivo el 1 de febrero de 2022,siendo la fecha que aparece en la oferta que acepte. Considerando la nueva reforma laboral, me gustaria saber si se tendrán que cambiar las condiciones del contrato o como esta reforma nueva puede afectar mi contratacion? Esta preocupación viene ligada también al hecho de que en mi actual empresa ya mande la carta de dimision.
Muchas gracias de antemano!
Entiendo que sería un contrato temporal de obra, en ese caso, no se podría hacer ese contrato pero el compromiso de trabajo se debe respetar.
El dia 1/6/2021 firmé un contrato de 3 meses por circunstancias de la producción y el 1/09/2021 firmé una prorroga del mismo de 9 meses (hasta el 31/5/2022) En total entre el contrato y la prorroga serian 12 meses. Una vez que finalice este último y con la nueva reforma ¿ podrian volver a contratarme ?
Sí, podrían. Pero si superas los 18 meses, teniendo en cuenta este contrato, la relación laboral deberá de ser indefinida.
Hola mi pregunta es la siguiente ,con la.nueva reforma laboral si yo desde dic de 2019 a dic de 2021 sumo 18 meses trabajados con dos contratos eventuales en la misma empresa y mismo puesto ,jornada parcial y en el transcurso de esos dos contratos he estado de baja , me correspondería con la.nueva ley quedarme indefinida? O no cumpliría los requisitos? Muchas gracias
No se aplica retroactivamente la legislación. Sólo afecta al contrato vigente y a los siguientes.
Buenas!! te comento mi duda. Llevo en la misma empresa mas de 18 meses con un contrato en prácticas, y me gustaría saber si con la nueva reforma tengo que terminar los dos años que contemplaba la ley laboral anterior, o si por el contrario, al decir la reforma que el período máximo es de un año, mi contrato pasa a ser indefinido. Muchas gracias!!
No, la reforma laboral no afecta a los contratos ya realizados, así que la duración del contrato en tu caso puede ser de dos años.
Hola Alejandro.
Felicidades antes que nada por las fechas en las que nos encontramos y por el trabajo de este post.
Mi pregunta es como pequeño (pequeñisimo) empresario.
En mi empresa hay un pico muy definido de trabajo durante 9 meses al año, en invierno aunque no cerramos, tenemos perdidas porque dependemos del buen clima.
Me gustaría saber si al contratar a una persona esos 9 meses del año con un contrato de obra y servicio que en periodos de 30 meses serían justo 24 estraría realizando un fraude de ley o sería un caso justificado.
Muchas gracias.
Con lo que comentas, seguramente se debe realizar un contrato fijo discontinuo.
Buenas tardes Alejandro me hicieron un contrato de interinidad del 1 de octubre de 2021 para sustituir a una trabajadora que estaba de baja por incapacidad temporal,el día 1 de diciembre esa trabajadora se reincorporo y yo seguo prestando servicios a la empresa con el mismo contrato, no me han hecho otro, estoy en diferente puesto y entonces quisiera saber si mi contrato pasa a ser indefinido por estar en fraude de ley gracias un saludo.
Con los datos que me comentas, sí, el contrato está en fraude de ley.
Entonces si seria indefinido.
Lo he comunicado a mi delegada sindical que también es encargada y según ella habia dado orden a la empresa de que me cambiaria a otro por circunstancias de la produccion pero la empresa no lo ha hecho.
¿Que opciones tengo?.
Reclamarlo judicialmente.
Buenos días, me hicieron un contrato eventual desde el 1/05/21 hasta el 15/08/21 (3 meses y medio). A partir del 16/08 me pusieron como interina para sustituir una maternidad y ahora al finalizar la maternidad me han hecho otro contrato de 8 meses y medio eventual por circunstancias de la producción. es legal? me dicen que la interinidad no cuenta en el periodo de 12 meses dentro de los 18 meses que establece el convenio de manera temporal. o por el contrario deberían de hacerme fija en mayo del próximo año al hacer un año en la empresa?
Efectivamente, el contrato de interinidad no cuenta para ese límite del contrato temporal. Por duración, podría ser correcto. Lo que habría que ver es si existe causa de temporalidad.
Buenas noches Alejandro.
Actualmente estoy fuera de la empresa, en la cual he estado trabajando desde 2012. Mi último contrato acabó en marzo de 2020. Me han vuelto a llamar hace dos meses, pero he tenido que rechazar porque estoy en otro trabajo. Se ve que inspección de trabajo pidió todos mis contratos, pero la mayoría de ellos no estaban firmados, y me consta que han hecho a bastantes personas indefinidas por irregularidades. Podría estando fuera reclamar mi contrato indefinido? Es posible hacerlo desde fuera? Puedo alegar que no he podido coger dicho trabajo por estar contratada por otra empresa? Gracias.
En mi opinión, no. No se puede reclamar estando fuera de la empresa, ya que no tendría ninguna repercusión.
Buenas, Trabajo en una bolsa del ayuntamiento, esta bolsa sirve tanto para trabajar con el ayuntamiento como para una empresa municipal, principalmente he trabajado para la empresa municipal,llevo 5 años con contratos temporales por necesidades de la produccion, la duracion normal es de 6 meses al año, en principio 3 meses y despues prorroga de otros 3 y otra veces 3 meses unos meses parados y otros 3 meses.
Los dos primeros años la duracion del contrato fueron mas de 180 dias (184,183)
Los ultimos años 180 dias justos.
Tambien los puestos que se cubren es para todo el año lo que pasa es que 6 meses un trabajador y 6 meses otro.
Se estan produciendo un fraude de ley tanto con los dias de mas (184,183)se puede reclamar despues de 2 años?, tanto con el tipo de contrato ya que no es por necesidad de la produccion,entiendo, ya que son puestos que todos los años se trabaja 365 dias.
Tiene algo que ver que sean bolsas del ayuntamiento?
Gracias.
¿Sigues trabajando actualmente o ya se ha extinguido la relación laboral?
Buenas en diciembre hare año y medio en una empresa en la cual los 6 primeros meses me hicieron primero contratos de dos meses al llegar noviembre una prologa y luego me tire otros seis meses con contratos de iterinidad que me cambiaban cada dos meses después de esos 6 meses de iterinidad me hicieron un contrato de 6 meses del tirón que se md acaba ahora en diciembre cuando hare año y medio en la empresa..
Tengo posibilidad a que me vuelvan a renovar ?? Porque los 6 meses cubriendo bajas no cuentan pa lo 24 meses..
O si me hacen algun otro contrato ahora no cuenta lo anterior??
Aver si me puedes aclarar mis dudas porque seguro que hasta el ultimo dia no me dicen nada.
Un saludo
Sobre las posibilidades de renovación, dependerá de las necesidades de la empresa. Podrán hacerte otro contrato temporal, si tienen causa para ello.
Hola Alejandro, antes que nada gracias por tu gran labor.
Te comento mi caso, me hicieron un contrato por obra y servicios de 5 meses. a los 50 días me hicieron otro por obras y servicio de 3 meses y a los dos meses me hicieron un contrato de interinidad, en el que llevo 8 meses y medio. Mi pregunta es si se acaba mi contrato de interino, estos 8 meses y medio cuentan para el periodo de 24 meses en 30 meses para hacerme indefinido. En caso de que no cuenten, empezaría de nuevo en el periodo de los 24 meses en 30 meses sin tener en cuenta los don contratos eventuales anteriores.
Gracias
No, los contratos de interinidad no cuenta. Al ser un contrato de 8 meses, es como si empezara de cero.
Buenos días. Me hicieron un contrato de 2 meses y una prorroga de 2 meses. Me han dicho que no me pueden hacer otro contrato y que tengo que pasar 21 días fuera de la empresa para que me lo puedan hacer. ¿Es eso cierto?
No. No se si será para que no demanda, ya que el plazo es de 20 días.
Trabaje en una empresa con 2 contratos temporales,pero menos de 24 meses en 30 ,ya se han cumplido los 30 meses ,que pasa ahora,me podrían contratar de nuevo con el mismo contrato eventual sin hacerme indefinido ? Muchas gracias,Un Saludo.
Habría que ver la causa del contrato, si no estás más de 24 meses, puede que puedan hacerte otro contrato temporal. Habría que ver si existe causa para ello.
Hola buenas tardes mi caso es el siguiente trabajo en la administracion de la comunidad de madrid hace 17 años entre sanidad y educacion este ultimo contrato ha sido en un instituto me hicieron contrato laboral temporal el dia 4 de febrero de 2019 y cesaria en principio el 4 de febrero de 2022 al haber superado los 24 meses en un periodo de 30 pasaria mi contrato a ser indefinido? Muchas gracias.
Habría que ver el tipo de contrato y para superar los 24 en 30 tiene que ser dos o más contratos temporales.
Buenos días Alejandro,
Muchas gracias por tu labor, te comento mi duda, he trabajado por ETT durante 6 meses y ahora la empresa me contrató 6 meses con contrato eventual 402 que se me termina próximamente, pueden hacerme una prórroga? o por el haber estado contratada ya 12 meses no pueden prorrogarme el contrato?
muchas gracias de nuevo
Si es la misma causa del contrato, no se debería prorrogar. Sin perjuicio de que se puede realizar otro contrato temporal si existe causa para ello.
Hola Alejandro, me hacen un contrato de 3 meses por excedencia voluntaria de un trabajador, al finalizar los tres meses me pueden hacer o prorrogar por 6 o 9 meses más gracias
Sí, depende de las necesidades de la empresa, podrían hacerte otro contrato temporal.
En empresa privada concertada..me hacen siempre contratos para bajas médicas, y dicen q no me pueden hacer otro tipo de contrato porque así llevo años… Que debo descansar unos meses para poder ser contratada en otra modalidad..
Es cierto eso?!.. pueden catalogarme para contratarme solo para cubrir bajas..sin opción hacerme fija o contrato propio a mi nombre ???
La empresa no tiene obligación de hacerte indefinida, si los contratos temporales son correctos. Lo que habría que ver es si los contratos temporales no están en fraude de ley.
Pero lo q necesito saber es si me pueden obligar a ser solo contratada para cubrir bajas??… Pq dicen q no les dejan hacerme otro tipo de contrato después de cumplir el contrato de baja establecido(sin ser fraude de ley).
Si tu no quieres, nadie te puede obligar a firmar el contrato o a iniciar la relación laboral. Pueden hacerte otro contrato temporal si tienen causa para ello en función de las necesidades de la empresa.
Hola Alejandro yo tengo alguna duda y me gustaría saber como actuar llevo 6 meses en una empresa con contrato de duración determinada lo sé solo porqué he entrado en la página de la seguridad social al principio cuando entré a trabajar en la empresa nunca me dijeron de cuanto era mi contrato pasado un mes pregunté a mi jefe que de qie duración era mi contrato su respuesta fué que el tiene a todos sus empleados indefinidos hasta ahí todo bien.Pasados 3 meses me dice que si estoy contento en el trabajo y le respondo que si y me dice que me.va a renovar 3 meses más cosa que no entendí porque supongo que si estas indefinido no hay necesidad de renovar nada no? Y tampoco en estos 6 meses he recibido ningún contrato ni ninguna nómina ni he firmado nada nisiquiera al recibir mi sueldo mensual lo recibo em concepto de nómina si no como un simple traspaso.Disculpa por tanta información pero no se como actuar y justamente hoy se me acaba supuestamente el segundo contrato y no se nada y voy a seguir trabajando en la empresa porque no se me ha comunicado nada espero me puedas ayudar con tu información y perdón por tanta explicación.Un saludo.
Mientras no te comunican nada, la relación laboral se mantiene. Puedes ver en el informe de vida laboral el contrato que tienes actualmente, aunque si no has firmado nada. La relación laboral se debe entender indefinida.
un trabajador que esta contratado por ett y luego esa misma empresa lo contrata temporalmente, ¿el tiempo de ETT le computa a la hora de hacer el año en la empresa?
Computa la antigüedad, pero no se si te refieres a un año por algo en particular.
Y si has tenido dos contratos por obra; un contrato a media jornada (25 horas concretamente) y otro continuado a joranada completa….¿también son 24 meses en un periodo máximo de 30 para ser indefinido? O el de 25 h retrasa el tiempo, tal y como en la vida laboral se aprecia menos días al contabilizar horas.. Y habría que eserar un poco más ¿? Gracias
No, no afecta el carácter parcial del contrato. Si superas los 24 en un periodo de dos o más contratos, es indefinido la relación laboral.
Muchas gracias.
¿Y eres indefinido a los 24 meses o a los 30 meses?
Porque es 24 meses en un periodo de 30 meses , por tanto al hacer 24 meses debes esperar otros 6 meses más para que el período sea de 30?
Gracias
Al superar los 24 con dos o más contratos temporales ya se debe considerar como indefinido.
Esto es muy interesante, porque en todas las publciaciones, decretos, etc… resalta 24 meses en un periodo de 30, lo que deja a la interpretación la cuestión que yo planteo. Es más se de muchas empresas que notifican del indefinido a los 30 meses, pero siendo así ese indefinido ya tuvo lugar a los 24 sin necesidad de esperar a los 30.
No encuentro ninguna sentencia que aborde más este tema. Porque parece quedar abierto a la interpretación de cada cual.
En mi caso concreto, hago 24 meses ininterrumpidos este mes de noviembre, pero en diciembre está previsto un fin de obra por fin de subvención , por tanto no se si tendría un estatus de indefinido (serían excatamente 25 meses en la empresa con dos contratos diferentes ) o habría que esperar al periodo de 30 para consdierarse.
Si hay más donde abordar este tema agradezco mucho profundizar , porque no encuentro nada, pero buenas noticias saber que esta interpretación es correcta!
Muchas gracias
En mi opinión, no hay duda, superar los 24 meses (en un periodo de 30), pero la causa que lo convierte en indefinido es superar los 24. El mes 25, ya se debe considerar indefinido.
Hola Alejandro;
Si tienes una excedencia , pero al solicitar reincorporarte tu el puesto que acabas a desaparecido (fin de obra/proyecto :ONG) pero han aparecido otros puestos de igual categoría y similitud , al solicitar reincorporación la empresa debe reincorporarte ?
Entiendo que al solicitar excedencia no estoy vinculado a mi contrato , ya que no hay reserva de puesto , y en las entidades sociales los proyectos van y vienen. O si acaba el proyecto en mi excedencia , acaba mi posibilidad de volver ?
Otra cuestión : si al irme de excedencia me quedan 2 meses para ser indefinido , y al solicitar regresar por no haber vacante expira el plazo… Pierdo el derecho ? Esto es por 2 contratos en un periodo de 30..Haría 24 meses con 2 contratos a dos meses de irme de excedencia , pido excedencia por 5 meses , llego de sobra al periodo de 30, pero si la empresa no tiene vacante y gana tiempo , caducan los 30 meses ,o se quedan congelados hasta que me reincoporen?
Gracias !!!!!
En el primer caso depende. Depende del tipo de contrato. Si es un contrato temporal, no tienes derecho a reclamar tu puesto en otro sitio que no sea la causa por la cual se ha realizado el contrato de trabajo, en otro caso, se consideraría que tienes un mejor derecho por el hecho de estar en excedencia que si estuvieras trabajando. La segunda cuestión, desconozco jurisprudencia al respecto.
Buenos días, los periodos de incapacidad temporal computan como trabajados a efectos de concatenación de contratos temporales? Es decir, si estoy de baja 6 meses se suman a los de trabajo real?
Saludos y gracias
Si, siempre que se mantenga la relación laboral.
Buenos días, ¿es verdad que los contratos de duración inferior a un mes no tienen derecho a indemnización por fin de contrato?
No, no es cierto. Depende del tipo de contrato, no de la duración.
Hola Alejandro,
En primer lugar felicitarte por la gran labor de asesoramiento que realizas.
Te planteo mi caso: voy a empezar a trabajar en un ayuntamiento 6 meses. ¿Cabría la posibilidad de que me fueran concate.nando contratos una vez finalizado éste?
Gracias,
Saludos!!!
Depende de las causas que tenga el ayuntamiento.
Osea que si es posible. ..???
Desconozco la oferta de empleo o proceso de selección, pero la administración, como cualquier otro empleador dentro de los límites legales puede hacer dos o más contratos temporales si existe causa para ello.
Buenas tardes Alejandro,
Empecé a trabajar en una empresa con un contrato de interinidad unos meses y posteriormente me hicieron de obra y servicio y con esta modalidad he estado 15 meses.En marzo finalizó mi contrato y en septiembre me volverán a contratar ..mi consulta es, para el cómputo de los 30 meses tengo que contar desde el primer día aunque fuera un contrato de interinidad o partir del segundo contrato qué fue el contrato de obra? En septiembre seguirá contando ese cómputo de 30 meses en la empresa o al finalizar el pasado marzo empezaré mi antigüedad de cero?
Para el cómputo de los 24 meses en un periodo de 30 no cuenta el de interinidad.
Hola,
Próximamente cumpliré 24 meses ininterrumpidos trabajando en una empresa pública, a través de ETT, concatenando tres contratos. (6 +6+12) meses
Ahora la empresa pública quiere contratar a través de un contrato menor a otra empresa y que sea esta quien a su vez me contrate a mi para seguir en la en la empresa publica otros tres meses.
¿ Es legal?, ¿se acumulan estos tres mese a los 24 de la ETT?, ¿Es fraude de Ley y por tanto tendrían que hacerme fijo?
En mi opinión, se deberían acumular.
¿Quiere decir entonces que superaría los 24 meses en un periodo de 30 y tendría derecho a reclamar mi situación como indefinido?
El cambio de ETT no te debe perjudicar, si has superado dos o más contratos temporales (obra o eventual) los 24 meses en un periodo de 30.
Hola Alejandro,
He tenido distintos contratos temporales en los últimos años para la misma empresa.
En el último año he tenido:
Del 23/01/20 al 17/05/20
Del 10/8/20 al 22/11/20
23/11/20 al 20/02/21
Del 21/02/20 al 09/05/21
Siempre contratos eventuales (402).
Ahora me dan de baja por fin contrato, podría reclamar el indefinido?
Entiendo que sí, ya que llevo trabajados 384 días en los últimos 18 meses.
Gracias!
Ese límite, de superar los doce meses en un periodo de 18 meses está pensando para un sólo contrato eventual, es decir, sería indefinido si es por una causa idéntica en todas.
La cláusula es siempre la misma, sólo cambian los clientes:
«El objeto del contrato se justifica en un incremento excepcional e imprevisto de las necesidades de fabricación, (…) que obligan a aumentar temporalmente las necesidades de producción de materiales dentro de los plazos requeridos para ello, con los siguientes clientes: «.
Así he estado desde 2016, pero sin llegar nunca a los 24 en 30 meses. Muchas gracias!
Lo consideraría en fraude de ley.
Buenas,
Quisiera preguntar si al inaugurar un comercio nuevo, y sin saber con certeza la cantidad de personal que se vaya a necesitar pues no se sabe como se va a desarrollar la actividad, sería causa justificada hacer contratos temporales por circunstancias de producción.
Saludos
En mi opinión, si.
Buenos días,
En supuesto de que un trabajador haya tenidos dos o más contratos temporales y se haya producido una transformación a indefinido y, posteriormente un extinción, puede iniciar la relación laboral con un contrato temporal sin tener en cuenta los anteriores contratos temporales?
No se a que te refieres, sin tener en cuenta los anterior contratos. Pero sí, te podrían hacer un contrato temporal si existe causa para ello.
Buenos días! Estoy trabajando con un contrato eventual por circunstancias de la producción a media jornada. Empecé con contrato de 3 meses y al finalizarlo me hicieron una próloga de 9 meses, por lo que al final son 12 meses contratada. Finalizo ahora y por lo que he leído, entiendo que no me pueden hacer más contratos temporales ni de ningún tipo y solo podría quedar en la empresa si me hacen contrato indefinido. ¿Es así? Muchas gracias!
Sí podrían hacerte otro contrato temporal si existe causa para ello.
Gracias por responder! Tenía entendido que solo podían hacerme dos contratos. Tengo una compañera que estaba en mi situación, le hicieron contrato y luego una próloga hasta cumplir el año en la empresa y no la han renovado porque decía que o la hacían indefinida o para volver a contratarla debe estar 6 meses sin contrato y luego pueden volver a hacerle otro. Desconozco, eso sí, si tenía exactamente el mismo tipo de contrato que yo.
Por otro lado, las empresas tienen un límite en la realización de contratos indefinidos? Gracias!
Puede que no tuvieran causa para hacer otro contrato temporal. No, no existe límite de contratos indefinidos, existe límite de contratos temporales como explicamos en el artículo.
Hola Alejandro,
Gracias por tu labor.
Tengo una duda sobre el límite a la concatenación de dos o más contratos temporales de 24 meses en una ventana de 30 meses. No acabo de ver si, en la práctica, dicha ley es relevante y afecta a muchos trabajadores.
Por ejemplo, en el caso de contratos eventuales, muchos convenios permiten 12 meses de contrato en una ventana de 18. En este caso entiendo que la empresa podría hacer contratos de 12 meses, 6 de paro, 12 meses, etc. donde la limitación vendría dada por el límite del contrato y no por el de la concatenación (no se superaría 24 en 30 meses). Supongo que el límite de concatenación solo sería relevante, por ejemplo, si hay eventual de 12 meses + contrato de obra que sea mayor de 12 meses. ¿Es eso cierto?
Mi duda viene en relación con la suspensión de dicho límite de concatenación entre 2011 y 2013. ¿Piensas que tuvo un efecto real en evitar la conversión a indefinidos o, por el contrario, dicho límite no era relevante antes en la práctica y por ello su suspensión no tuvo un gran efecto? ¿Desde tu experiencia, crees que esta reforma favoreció a muchos trabajadores?
Muchas gracias,
Juan.
Se suele cumplir en trabajadores con un contrato de obra y un eventual, o dos contratos de obra, que es un contrato bastante frecuente. Lo cierto es que desconozco el efecto que tuvo en el año 2011.
Buenas tardes
Trabajo por ETT con contrato de obra y servicio.
Estoy con la misma empresa de 3 año entrando y saliendo.
El mes pasado me cambiaron el contrato para cubrir una baja : de Substitución.
Esto significa que me deberían pagar el sueldo normal en agosto si estamos de vacaciones ? Los de ETT dicen que no
No se a que te refieres con el sueldo normal. Si estás trabajando, te tienen que pagar en función del trabajo que estás realizando según lo que indique el convenio.
Buenas, una duda que me ronda mi contrato de practicas se acaba en julio. Acaba de salir una ayuda para hacer indefinido a alguien que tiene un contrato temporal. Es posible hacer alguien indefinido sin haber acabado el contrato temporal?
Un saludo
Sí, es posible.
Buenos días.
Si el contrato por obra o servicio puede tener una duración de 3 años. Todos los trabajadores con ese contrato y esa duración tienen un periodo de 24 meses contratado en un periodo de 30. ¿Se pueden considerar indefinidos?. Si es así, para que señalan esta duración máxima en este tipo de contrato, incluso prorrogable por otros 12 meses si se acuerda en convenio. No tiene sentido.
No, no se consideran indefinidos, ya que para el límite de 24 semanas contratado es si se realizan dos o más contratos temporales, es decir, con uno sólo no es suficiente.
Buenos tardes, tengo una dudilla, en caso de concatenación de contratos temporales, si la empresa ha ido liquidando y finiquitando cada contrato, ¿la antigüedad se pierde o se sigue manteniendo la del primer contrato?
Se mantiene, no se pierde aunque se liquide.
Buenos dias Alejandro,
Mi empresa actual me ha ido concatenado contratos de obra y servicio, y aunque no supera el periodo acumulado de 24 meses en un periodo de 30 meses, se va enlazando los periodos de 30 meses, sin llegar acumular dichos 24 meses, esto es factible? desde cuando empieza a computar el siguiente periodo de 30 meses en el ejemplo que te pongo.
02/02/2017 06/02/2017 1135 37,83 4
21/08/2019 09/09/2019 19
10/09/2019 27/12/2019 108
03/02/2020 13/03/2020 39
20/10/2020 06/11/2020 17
17/11/2020 30/12/2020 43
02/02/2021 30/07/2021 178
Total 408
El periodo de referencia hasta el 13/03/2020 supera los 30 meses pero no acumula 24 meses. Es correcto empezar a computar un nuevo periodo de concatenación el 20/10/2020 debido al corte de contrataciones?
Muchisimas gracias,
no existe un momento de inicio o de fin, sino que si en algún momento que computes 30 meses superes los 24 con dos o más contratos temporales, la relación se entiende indefinida.
Hoy he acabado el contrato de 3 meses. Y me han renovado otros tres. Cuanto tiempo hay que pasar para el indefenida.
Depende del tipo de contrato principalmente…
Buenos días,
tengo una duda. Estoy trabajando en un centro en el que tiene un contrato con la administración pública y nos hicieron contratos de obra y servicio cuya obra es el contrato administrativo entre esta fundación y la administración. En el contrato dice claramente que la duración máxima es de 3 años mas uno, pero en el convenio no especifica esa ampliación de 12 meses. ¿Todos aquellos que hayamos superado los tres años seríamos indefinidos? ¿Desde cuando deberíamos de ser indefinidos desde que hicimos los tres años o desde ahora?
Mi convenio es el VII Convenio de centros y servicios de atención a la discapacidad de la Comunidad Valenciana. En el caso de que no quisieran hacernos indefinidos y puesto que en marzo nos subroga otra empresa, ¿pasaríamos a ser indefinidos de manera automática porque el objeto de la obra, el contrato administrativo entre la fundación y la administración pública, finaliza?
Si el convenio no permite ampliar doce meses más, el contrato se presume indefinido desde el momento que se supera la duración máxima del contrato temporal. No por el hecho de que exista una subrogación se convierte el contrato en indefinido.
Buenas tardes queria que me aclararais mi caso, tengo un contrato 401 firmado del 1-9 y el dia 31-10 me dan de baja avisandome por telefono de que se va a parar por 15 dias, me vuelven a dar de alta el 27-11 sin firmar yo nada, trabajando desde el dia 16-11 y aparezco mirando en la vida laboral con un contrato 402, ¿esto es legal?, saludos.
No es legal sin firmar un contrato de trabajo. Si el contrato de trabajo no se firma, se presume indefinido.
Gracias por la rapidez.
Buenas tardes,
En febrero recibí una notificación indicando que un trabajador cumplía los 24 meses acumulados en concatenación de contratos y debía pasar a indefinido. La duda surge por una vez recibimos dicha carta el trabajador ya no se encuentraba dado de alta en la empresa. Como proceder?
Si ya no se encuentra en la empresa, ya no hay necesidad de hacerle indefinido.
Buenas tardes Alejandro. Primero de todo felicitarte por la gran labor que haces con este blog. Ahora te comento
El 23 de mayo del 2018 entré en la empresa, con un contrato formativo por casi un mes, la modalidad de contrato fue un 501.
Luego 10 días después me hicieron un nuevo contrato desde el 01/07/18 hasta el 08/10/18, un 402.
Y para terminar, el día 10/10/18 firme un contrato con duración de 2 años por una excedencia, hasta el 10/10/20. Modalidad 401.
A día de hoy sigo trabajando con el mismo contrato anterior, pero el pasado día 16(6 días después de la finalización del contrato) me llamaron para decirme que este próximo día 22 me pasara a firmar el nuevo contrato de interinaje por la baja de un compañero. He de decir que a quien cubro la excedencia no ha vuelto aún.
Entiendo que en mi caso se aplicaría el articulo 15.5 del Estatuto de los trabajadores’? y aparte, que pasa con el tiempo que he estado trabajando desde el día 10 hasta que me han notificado el día 16 que me hacían el contrato nuevo?
Me interesa firmar el nuevo contrato de interinaje o puede ser un error?
Muchas gracias;
Un cordial saludo
Si superas los 24 meses en un periodo de 30, la relación laboral es indefinida, incluso aunque ahora firmes otro contrato.
Y que firme el contrato de interinaje ahora, no sería un problema luego a la hora de reclamar la condición de indefinido?
Buenos dias Alejandro
Te comento que hoy he firmado el contrato de interinaje con fecha desde 10/10/20. Pero para mi sorpresa, al consultar la vida laboral, el contrato que aparece ahora del 10/10/18 es un 410 en lugar del 401 que aparecía hasta hace unos días. Es esto legal? Según la vida laboral ahora ese 401 jamás ha existido.
No, no es correcto.
Gracias por tu ayuda y paciencia. Estoy buscando un abogado laboralista, lástima que seas de la otra punta de la península, porque pareces un profesional muy competente y sin ninguna duda te contrataría para llevar adelante el proceso.
Muchísimas gracias por tu tiempo.
Un saludo
Hola Alejandro buenos días, la felicito por todos y le quería preguntar una duda sobre mi contracto. Trabajo en un hotel de jardinero y me contrataron el 23/9/2021 con contracto temporal de 6 meses que se podría renovar a otros 6 meses por hacer el año. El 23/03/2022 me va a caducar y mis jefes me dijeron que me van a renovar. Pero con la reforma laboral tendrían que renovarme con otro contrato indefinido u pueden renovarme a otros 6 meses y luego me mandan al paro?
Muchas gracias y espero vuestra respuesta
Habría que ver los contratos, pero en principio, sí, se puede renovar.
Buenos días Alejandro
He tenido un contrato de 6 meses por circunstancias de la producción (402) y 15 dias de vacaciones pagadas a parte.
Después de 1 mes y 22 días parado me hicieron un contrato por obra y servicio (401) de un mes y medio que al finalizar me prorrogaron hasta un total acumulado de 23 meses.
¿Tengo derecho a reclamar la fijeza?. ¿En qué momento debería hacerlo con el contrato en vigor o una vez finalizado?. ¿Cuenta la antigüedad desde el primer día del primer contrato? ¿Desde cuando se cuentan los 30 meses hacia atrás?.
Muchísimas gracias por cu contestación
En cualquier momento de la relación laboral si superan los 24 meses en un periodo de 30 con dos contratos temporales se tienen que hacer indefinido. Puedes demandar ahora reclamar la condición de indefinido, o esperar a ver cual es la causa de extinción indicada por la empresa. Si es un fin de contrato, impugna por despido improcedente teniendo en cuenta que la antigüedad es desde el inicio de la relación laboral.
Hola Alejandro,eres un crack asesorando.
Mi consulta es que desde el 12/03/2018 trabajo en una empresa del metal con contrato 401, ya voy por el cuarto contrato firmado con obras específicas,sin embargo me desempeño en todas las obras contratadas por la empresa e incluso en el taller. Mi informe de vida laboral no ha cambiado desde ese días,es decir no tengo ni bajas ni nuevas alta con cada contrato, ya he superado los 30 meses,de hecho tengo 30 meses trabajando con ellos,entonces es hora de pedir mi contrato indefinido? O los demando el día que me echen?
¿Firma un nuevo contrato con diferente obra o es una prórroga? Si son diferentes obras, la relación laboral se entiende indefinida, si son prórrogas, depende de la causa del contrato.
Hola Alejandro.
Son contratos con obras nuevas, pese a que la obra anterior no se ha terminado. Ahora mismo estoy alternando entre la obra del contrato anterior y la del nuevo.
Gracias.
En ese caso, en mi opinión, la relacion se debe considerar indefinida.
Hola Alejandro gran labor la tuya la qué haces para las personas.
Pues mira yo llevo ya trabajando en esta empresa tiempo, me dan altas y bajas,pero desde el 7-06-2019 sigo de alta sin haberme dado de baja con el 401 no siempre he estado a jornada completa ya que en la empresa que es de limpieza estoy para hacer de todo en un gran centro comercial y también hago las vacaciones de mis compañeros ahora me van a dar hasta vacaciones disfrutadas desde el 9-11-2020 hasta el 4-12-2020 en la vida laboral en el grupo de cotización me pone 10 y la vida laboral sacada el día 15-10-2020 me pone 346 días supongo que cotizados a jornada completa,mi pregunta yo tengo derecho que me hagan ya indefinido?o cuando me despidan tengo derecho a indefinido?.
Bueno un saludo muy grande Alejandro
Desconozco el tipo de contrato y la causa del contrato, con los datos que me indicas no es posible saber si se puede reclamar la condición de indefinido.
Buenas tardes,
Llevo trabajando para la misma empresa 2 años y 8 meses con contrato de obra y recientemente me han comunicado que el contrato se alarga hasta Agosto ’21 (Sin modificarlo). Es posible alargarlo hasta esa fecha sin hacerme fijo? En esa fecha ya serían 3 años y 7 meses con el mismo contrato…
Muchas gracias
Depende de lo que diga el convenio colectivo, éste puede permitir que se prolongue hasta los cuatro años.
Hola,
Muchas gracias por tu respuesta. No, lo hemos revisado y no se permiten más de 3 años. Por eso no nos cuadra… 😅
Entonces, demandar por contrato en fraude de ley.
Comencé a trabajar en una empresa en Noviembre de 2016 con un contrato por obra y servicio a media jornada, pero en Enero de 2018 me hicieron una modificación del contrato y me cambiaron de media jornada a jornada completa. Quiero saber si el tiempo para hacerme fija cuenta desde que firmé el primer contrato o desde que firmé la modificación del contrato? Si cuenta desde la primera vez que firme, me gustaría saber que obligación tiene la empresa de hacerme fija, y qué plazos tiene.
Cuanta desde el inicio del contrato, noviembre de 2016. Para saber que obligación tiene la empresa habría que ver el contrato, la causa del mismo, lo que dice el convenio, si has estado de ERTE o no…
Hola buenas noches, tengo una duda. El cómputo de los 30 meses es como mínimo?
He estado trabajando durante algo más de 2 años para la misma empresa, donde he tenido 3 contratos consecutivos (diferente puesto, pero misma empresa) con un total de tiempo trabajado de 754 dias (incluyendo las vacaciones retribuidas y no disfrutadas). Pero en un plazo inferior a 30 meses. Podria solicitar que me hicieran fija?
Inocentemente lo hable con ellos y ahora no me han renovado el contrato, será por evitar llegar a los 30 meses y tener la obligación, o ya estarían obligados?
Muchas gracias por su atención.
Un cordial saludo
Si superas la concatenación de contratos temporales en 24 meses en un periodo de 26, por ejemplo, evidentemente tienen que hacerte indefinido.
Gracias por su contestación.
Se agrade, muy amable
Hola Buenas Tardes. Inicialmente empece a Laborar con un Contrato Temporal y me lo renovaron cada tres meses, asi labore un total de 9 meses consecutivos. Actualmente mi Jefe me realizo un CONTRATO A TERMINO INDEFINIDO a partir de Junio de 2.020, como Empleada del Hogar, laborando 38 horas semanales. Mi pregunta es: durante los nueve meses que estuve con Contrato Temporal tengo derecho a Vacaciones???? Muchas gracias por la respuesta.
Ningún abogado hasta el momento me ha sabido explicar si los contratos a guías acompañantes de viaje pueden suponer fraude de ley. En las agencias, hay guías que llegan a tener entre 30 y 50 contratos en el año, pero por obra o servicio determinados, es decir, por excursión o viaje de uno, dos o varios días de duración, realizando dicho contrato solo una vez está confirmado el viaje por la ocupación de viajeros. la suma real de jornadas en el año nunca suele pasar de 100 a 150 jornadas de trabajo a tiempo completo. hemos llegado a tener una denuncia de un trabajador, por llevar varios años en esta situación, y nos argumentan un cierto miedo a la posible interpretación de la ley y yo insisto en la imposibilidad de tener fijo a alguien cuyo cometido laboral es imprevisible ni tan siquiera por temporadas como para realizar un fijo o un fijo-discontinuo, pues las jornadas se reparten irregularmente a lo largo de los 12 meses del año, sin cantidad ni fecha cierta. casi todas las agencias con viajes propios tenemos este problema salvo que el guía sea autónomo ( cosa que la mayoría no quiere ser) y nadie me da una respuesta firme y basada en la legalidad vigente.
Desconozco la problemática que comentas, pero habría que revisar los contratos y lo que dice el convenio colectivo. En cualquier caso hay situaciones que son discutibles y no existe una postura única defendible al final será la justicia la que determine la relación laboral. De todas maneras, un fijo discontinuo es para una necesidad permanente en la que no se conoce la fecha cierta.
Hola me gustaria saber mi caso si esta bien lo q me estan haciendo, me contrataron eventual del 27/06/19 al 26/08 me hicieron una prorroga de 5 días del 27/08 al 31/08/19.
Ahora me contratan eventual un mes de 4 de junio al 03/07/20 me pueden hacer una prorroga de este contrato???
El convenio es transporte y dice q los temporales solo puede ser de 6 meses y luego indefinido pueden hacerme la prorroga de 2 meses y pico q quedan para hacer los 6 meses y luego indefinido??
Desconozco lo que dice el convenio que sería fundamental, pero aun para el caso de que no te hicieran una prórroga, te podrían hacer otro contrato temporal si existe causa para ello.
Buenas tardes,
Tengo una duda referente a mi situación particular. Comencé a trabajar en diciembre de 2018 a través de ETT con un contrato de interinidad (410) para cubrir la baja de una persona en una empresa que utiliza esta ETT para cubrir sus vacantes.
Una vez finalizado este contrato, al mes me volvieron a contratar a través de esta misma ETT para cubrir un proceso de selección en la misma empresa, con modalidad de contrato 410 también.
Posteriormente, y una vez habiendo finalizado este segundo contrato, 3 meses después fui contratado por la misma empresa que utilizó la ETT en los otros dos contratos, pero esta vez de manera directa, a través de un contrato por obra y servicio (401), de tres años de duración más uno opcional.
¿En este caso, habiendo sido los dos contratos de interinidad a través de una ETT y pasando posteriormente a la empresa que utilizó estas ETT se podría aplicar la ley para la conversión a indefinido de los 24 meses en un periodo de 30 meses?
Muchas gracias de antemano, y un saludo.
No, por que los contratos de interinidad no computan a los efectos de 24 meses en un periodo de 30.
Buenos días Alejandro,
Primeramente darte las gracias por toda la ayuda que nos brindas a todos los que visitamos tu página, nos ayudas a poder entender mucho mejor este mundo de leyes tan complicado.
Te explico mi caso:
El 26 de Junio de 2017 se me hizo un contrato temporal de 1 año. El 01 de Febrero de 2018 firmé otro contrato de obra y servicio (401) con la misma empresa, en el que la fecha fin de contrato era hasta el 25 de Junio de 2020. (En total 3 años)
Primeramente luché para que me hicieran indefinido, pero me ofrecen una prórroga de mi contrato hasta el 31 de Diciembre, donde se índica que yo fui contratado el 01 de Febrero de 2018. A lo que yo respondí que el contrato entraría en fraude de ley pues ya llevo 3 años en la empresa con 2 contratos temporales.
Como resultado le dije a la empresa que no firmaba la prórroga y que dejaré que mi contrato llegase a su fin el 25 de Junio de 2020. A lo que la empresa me ha respondido que no, que debo seguir trabajando pues la obra para la cual fui contratado no ha llegado a su fin (según he leído en su página, no pueden hacerlo pues llevo trabajando 36 meses y he tenido 2 contratos temporales) .
Yo creo q estoy en mi derecho de dejar la empresa, por lo que el pasado 26 de Junio, ya dejé de ir a trabajar. Pero ahora tengo el “miedo” de que me hagan un despido procedente pues según ellos, debería de seguir trabajando.
Según entiendo yo… no tendría derecho a prestación por desempleo por ser yo el que rechaza la prórroga (aunque esta sea en fraude de ley) pero si me corresponden los 12 días por año trabajado (aunque la empresa no me lo reconoce y está intentando que sea una baja voluntaria)
Cómo ves el caso y qué me recomiendas??
Un millón de gracias
Si la obra no ha finalizado, se puede considerar una baja voluntaria o un despido por ausencias injustificadas a tu puesto de trabajo. Además, no se si por convenio, se permite ampliar estos contratos hasta cuatro años.
Muchas gracias por tu rápida respuesta.
Pensaba que al tener 2 contratos y 3 años, no podían realizarme una prórroga y no podían “aprobarla” sin mi consentimiento.
Muchas gracias por todo.
Un saludo
Las prórrogas son automáticas, salvo que una de las dos partes indique lo contrario.
Buenas, te comento.
En Julio del 2018 empecé a trabajar durante 3 meses y unos días en una empresa. Una vez terminado este contrato y con un día de por medio, inicie otro contrato en otro departamento de la misma empresa por una duración de dos años por motivo de una excedencia. Este próximo 1 de julio llevaré 2 años en mi empresa actual contando ambos contratos, donde aún me quedaran más de 3 meses por finalizar este contrato.. En este caso se aplicaría la ley para la conversión a indefinido de los 24 meses en un periodo de 30 meses?
Gracias y un saludo.
Depende de los contratos, y parece que el segundo es una interinidad, por lo que no serías indefinido.
El primer contrato es un 501, el segundo un 402 y el tercero y actual un 401, no es un contrato de interinidad. De ahí mi duda
En ese caso si que se aplica.
Hola, tengo una duda para mi importante. El 03/03/20 me hicieron un contrato de trabajo temporal hasta el 30/04/20, en este tiempo me han ido haciendo prorrogas hasta ayer que firme una 3ª desde el 01/05/20 hasta el 30/06/20.
Mi pregunta es que cuantas prorrogas más me pueden hacer.
Muchas gracias de antemano.
Saludos
Depende del contrato y de la causa de la misma.
Buenas tardes Alejandro, lo primero agradecerte la labor informativa que haces de forma altruista.
Mi caso es el siguiente:
Contrato de ETT por obra y servicio de 12 meses de duración que luego me fueron prorrogando mensualmente hasta completar 17 meses seguidos. Vuelven a contratarme pasado un mes y medio por obra y servicio (mismo lugar, mismo puesto) con una duración de 12 meses prorrogable otros 12. A día de hoy yo ya he hecho efectivos 27 meses trabajados en el mismo lugar de trabajo y con la misma ETT. (Comencé el 1/2/2018)
La cuestión es que si mi obra y servicio termina en agosto del 2021, habré trabajado 41 meses en la misma ETT.
¿Es posible que me despidan antes de que acabe el contrato o bien es posible que estén cometiendo un error y me tengan que hacer fija?
El asunto es raro porque es un servicio externo a un organismo público.
Espero tu información/consejo.
Muchísimas gracias!
Si son dos contratos diferentes de obras, se debe reclamar la condición de indefinido, al haber superado los 24 meses en un plazo de 30.
Hola tengo un contrato por ett y ya hace 3 dias que no me llaman para hir a trabajar tengo algun derecho para hirme de la empresa
Buenos días. Comencé en mi empresa con un contrato temporal que duró del 1 de septiembre al 31 de diciembre de 2018. Tras esto, se extinguió mi contrato, me pagaron el finiquito y me contrataron para el mismo puesto de trabajo, con un contrato por obra y servicio en enero de 2019, y continuo con el mismo contrato. Hago los dos años desde que empecé en la empresa el día 1 de septiembre, y tengo una duda muy grande: no sé si al encadenar dos modalidades distintas de contratos se rige por el artículo 15.5 del E.T y me tendrían que hacer fija a los dos años, o si, al ser mi último contrato por obra y servicio se me aplicaría el límite de los 3 años de los contratos por obra o servicio.
¡Muchas gracias por la información!
El límite de 24 en 30 está pensado para contratos eventuales y de obra, así que si son esos tipos de contrato sí que se hace efectiva.
Muchas gracias por tu rápida respuesta Alejandro. Perdona que vuelva a preguntarte pero, ¿entonces cuándo se pueden acoger a los tres años antes de hacerme fija? ¿Cuando se hace un sólo contrato de obra y servicio durante todo el tiempo que se trabaja en una empresa?
En mi caso trabajo en un lugar donde no hacen a nadie fijo nunca y echan a la gente antes justo del límite, y me interesaría quedarme un año más, por lo que querría saber si hay alguna posibilidad de que me extiendan otro año sin hacerme fija acogiéndose a que mi contrato actual es por obra y servicio
Si es un contrato por obra y servicio, este puede durar como máximo tres años, o incluso cuatro si así lo permite el convenio colectivo. Pero si ese contrato va precedido de un contrato eventual u otro de obra, se estaría superando el límite de 24 en 30 y por lo tanto sería indefinido.
Buenos días:
Trabajo en una empresa de limpieza, y raíz del COVID y el estado de alarma me despidieron con fecha 13 de marzo (por lo tanto, no pude reclamar el despido ni las horas extras que me deben). Posteriormente, el día 20 de marzo volvía trabajar para la misma empresa y llevo desde entonces. No obstante, no he firmado mi contrato hasta el día 5 de mayo, por lo tanto, no sabía exactamente mis condiciones, así que firmé no conforme y puse la fecha de ese día. ¿Puedo reclamar judicialmente dado que supera las 4 semanas y tiene que ser por escrito? ¿Esto convertiría el contrato en indefinido? Muchas gracias.
Si el contrato no está firmado, se presupone indefinido. Puedes revisar en el informe de vida laboral que tipo de contrato ha notificado la empresa a la seguridad social.
Hola,
En enero comencé a trabajar en una empresa con un contrato de obra y servicio, para una duración estimada de un año y medio, y con una garantía de al menos 6 meses de duración.
A raíz del estado de alarma por el Covid-19, en abril la empresa decide presentar un ERTE por el que me veo afectado, dejando de trabajar por periodo de un mes.
A día de hoy, tras cuatro meses desde la firma del contrato, la empresa decide prescindir de mis servicios por cancelación del proyecto para el que me había contratado.
¿Hay algún tipo de recurso posible o indemnización por incumplimiento del compromiso de 6 meses de duración mínima?
Gracias de antemano y saludos
No, la indemnización que puedes exigir es por el tiempo que llevas de contrato, no por el que resta. Tendrás que demandar por despido improcedente para conseguir una indemnización de 33 días por año trabajado.
Muchas gracias Alejandro
Buenas mi compañero y yo llevamos 5 años en una ett y empezamos a trabajar en la misma en el 2015 y estamos en el 2020 y empezamos en febrero todos los años y terminamos en junio o julio quería saber cuanto tiempo tiene que pasar para que te hagan fijo discontinuo gtacias
Seguramente ya os deberían hacer fijo discontinuo.
Buenos días;
Quisiera saber por favor;
Tengo un contrato temporal de 3 meses de duración, por lo que pone en mi contrato puede ser una única vez prorrogáble; ( entiendo que el máximo permitido son 12 meses) , mi empresa solo hace contratos de 4 meses de duración máximo , por lo cual entiendo que si prorrogan lo hicieran por un mes mas…
Posterior a esa prórroga, Y finalizado el tiempo, que pasaría?
Tendrían que hacerme un nuevo contrato temporal de 4 meses más? O hacerme fija?
Si yo no quisiera seguir estoy en mi derecho de no seguir? Por finalización de prórroga ?, he de comunicarlo? O cuando acabe la prorroga acabó? y lo MÁS IMPORTANTE, Si finaliza , y a mi no me interesa seguir por mucho que ellos me digan de hacerme un contrato nuevo o hacerme fija o lo que sea, tendría entonces derecho a paro?
Ellos en el certificado de empresa que envían al SEPE, están obligados a poner el código real de despido por finalización de contrato no? .
Gracias
Gracias
Hola,hoy hace 3 años que estoy en la empresa,mi contrato era de obra( en una obra específica) ya hace años que terminó esa obra y he seguido trabajando en varias obras distintas,ahora hago los 3 años y me despiden para no hacerme fijo( según ellos estarían obligados) es esto verídico o sería despido improcedente?
Gracias
Si el contrato está en fraude de ley, como lo parece, se trata de un despido improcedente.
Hola, estoy contratado por una empresa a través de una ett, ahora mismo llevo 11 meses seguidos en esta situación.
¿cuanto tiempo puedo estar así?
¿se cuenta por meses o por días trabajados?
Depende del tipo de contrato de trabajo temporal que tengas y de la causa de los mismos. Desgraciadamente se puede estar bastante tiempo si por ejemplo te hacen un contrato de obra y otro de interinidad. De todos modos, todos los contratos tienen que tener una causa para ello. Es decir, no es la empresa la que decide que contrato hacer, sino que depende de las necesidades empresariales.
Tengo contrato de formación, siendo este mi tercer año.
En alguna Ley se contempla que pueda ser 3 años máximo y 12 meses?
Por otra parte, como lo estoy haciendo en un centro público y través de una asociación por discapacidad, sería viable algún otro tipo de contrato?
Muchísimas gracias.
El artículo 11 del Estatuto de los trabajadores, regula los contratos formativos.
Hola me contrataron por unos 4 meses pero el trabajo se estira y finalmente serán unos 6 meses y medio.
Inicialmente las vacaciones estaban incluidas en el salario y prorrateadas.
No se si al pasar a estar más de 6 meses trabajando mis condiciones deberían ser diferentes. Podríais asesorarme? Mi empresa no ayuda mucho…
No, no pasar más de seis meses las condiciones varían o te deben aumentar el sueldo.
Hola buenos días tengo una duda yo empece en mi empresa con una sustitución por baja, fueron 2 meses, ahora me hicieron un contrato nuevo de 6 meses, ¿se podría renovar el contrato por otros seis meses?
un saludo
Habría que ver el tipo de contrato y convenio para saber si se pueden renovar.
Hola tengo una duda
Mi empresa me contrato con un contrato eventual por circunstancias de la producción de un año al finalizar dicho año me despidieron, he estado un año fuera de la empresa y ahora me han llamado me han hecho un contrato de ocho meses, es legal? Superó el periodo de 30meses pero no llego a los 24 meses de contrato, se puede superar dicho periodo de 30 meses al no llegar a los 24 meses?
Si antes estuviste un año, y ahora ocho meses no superas el periodo de 24 meses. Es estar contratado en un periodo de 30 meses más de 24 meses con contratos temporales. Con lo que indicas, y sin perjuicio de que el contrato puede estar en fraude de ley por otra causa, no eres indefinido por superar el límite temporal.
Hola tengo una duda, trabajo en una empresa con contrato indefinido pero la cosa es q todos los meses nos hacen tanto a mi como a algunos de mis compañeros modificaciones de contrato subiendo o bajando horas trabajadas, es eso legal??? Cuantas modificaciones se pueden hacer al año?? Muchas gracias
Hola . Te planteo mi situación para aclarar dudas.
Llevo trabajando mediante ETT 35 meses en una empresa realizando las mismas tareas.
En los 20 primeros meses me encadenaron 5 contratos de interinidad para la sustitución de diferentes trabajadores. Me comunicaron un cambio de contrato a obra y servicio, contrato con el que actualmente estoy y con el llevo 15 meses. El mes q viene haría 3 años. Mi pregunta es la siguiente. Cuando tendrían que hacerme indefinida?El límite de 3 años que se establece para los contratos por obra y servicio tiene en cuenta el tiempo trabajado en otras modalidades contractuales? Es decir se cuenta los meses de interinidad, o tendría que esperar otros 19 meses? Gracias de antemano
No, para los 3 años no se tiene en cuenta contratos por causas diferentes y anteriores.
Hola, llevo trabajando en la misma universidad desde 2008, primero con un contrato de 3 años, después del 2011 al 2016 con un contrato de 5 años, despuñes estuve un año en el paro (del 2016 al 2017), y ahora desde el 2017 estoy con un contrato de obra y servicio que se ha ido prorrogando hasta que se cumplan 3 años (en 2020), entonces el contrato se acabará.
Tengo derecho a pedir que me hagan indefinido?
Habría que ver los contratos, el problema que tienes es ese parón de un año.
muchas gracias por la respuesta!
En primer muchas gracias de antemano, y mi duda es que me hicieron 1 contrato de 2 meses con prórroga de 1 y después otro contrato de 3 meses … por reestructuración de servicios. Es decir desde el 1 de julio al 31 de diciembre. Tengo entendido que un contratado eventual de correos no puede hacer más de 180 días en 365. Es eso cierto? Tengo dudas por que unos me dicen que son 6 meses que da igual los días y otros que no me puedo pasar de 180… gracias de nuevo.
En primer lugar habría que ver que tipo de contrato tan hecho, y en segundo lugar, el convenio colectivo.
esta picudo este articulo, bien por esta info…
Buenas tardes,
En febrero hago dos años trabajando en la misma empresa a través de una ETT, en ese tiempo he tenido varios contratos, por necesidades de producción y dos por interinidad, ahora mismo tengo ese contrato, pero la empresa me comenta que no puedo seguir más de dos años aún teniendo la interinidad, debo estar fuera 6 meses. Es así??
Seguramente la empresa lo hace para evitar concatenación de contratos temporales y tener que hacerte indefinido.
Buenas, llevo 3 años y 8 meses trabajando en una empresa bajo el contrato de obra y servicio, a los 3 años y 6 meses me cambiaron el contrato a fijo discontinuo para asi poder darme de baja al mes siguiente sin pagarme mi indemnizacion por despido. Mi pregunta es: ¿Al llevar mas de 3 años deberian haberme cambiado el contrato a indefinido?¿En caso de que se especifique en el convenio que este periodo puede ser ampliable a 4 años deberian habermelo notificado?
El contrato fijo discontinuo es un contrato indefinido. Lo que habría que ver en tu caso, si el contrato está bien realizado.
Hola buenas , llevo más de 4 años en la misma empresa contratado por una ett, supuestamente con un contrato de sustitución, me van cambiando de contrato por otro de baja cuándo se incorpora por el que ya estaba ,¿ es legal esto o debería de estar ya fijo ? Gracias de antemano, un cordial saludo .
¿Son todos contratos de interinidad diferentes? Depende, habría que ver el tipo de contrato y su causa.
Hola. Me hicieron contrato del 25 de octubre del 2018 al 31 de octubre del 2018. Después otro contrato del 1 de enero al 31 de dic del 2019. Me han comunicado que no me renuevan, porque los contratos que hacen son de un año, y si me hacen otro ya me tendrían que hacer infefinida y no hacen a la gente indefinida. Es eso cierto?
Habría que ver los contratos, pero puede ser cierto lo que te indican. De todos modos, seguramente ya tenían la obligación de hacerte indefinida.
Hola Pedro,
Lo primero que deberías hacer es comprobar si en el finiquito que te pagaron al finalizar tu contrato de obra estaba incluida la indemnización por finalzación del mismo (12 días x año trabajado).
Como bien dices a los 3 años deberían haberte hecho indefinido, los Convenios pueden mejorar condiciones nuca empeorarlas, que es el caso.
Además si realizabas las mismas funciones pese a cambiar de contrato se respeta la antigüedad, te deberían haber hecho una conversión de contrato en vez de finiquitarte, y si te despiden pagarte 33 días por año trabajado desde el inicio.
Presenta demanada en el SMAC (Servicio de Medicación Arbitraje y Conciliación) para ver si llegais a un acuerdo, es gratis.
Anímate y no dejes que te engañen. Por suerte no todas las empresas actúan igual. Suerte!
Enhorabuena por el artículo! Me surge una duda para el caso de: inicialmente 24 meses con contrato «en prácticas», pasa 1 año y se pasa a 3 meses de contrato por obra o servicio. Luego pasa a 17 meses de contrato de interinidad, y cuando la persona sustituida vuelve al puesto de trabajo, pasa a tener un contrato «eventual/circunstancias de producción» de 3 meses. Al término de estos 3 meses que se cumplen el 31/12/2019, ¿se podría hacer un contrato temporal de nuevo? ¿por cuánto tiempo? Muchísimas gracias!!
Sí, se podría hacer si existe una causa para ello. Por ejemplo, otro contrato de interinidad, de la misma manera, dependerá del tipo de contrato el tiempo que se tiene que estar.
Buenos días Alejandro,
Ante todo felicitarte por tu gran labor de asesoramiento.
Llevo desde noviembre del 2017 trabajando en una empresa con un 430, me han cambiado varías veces de categoría y con ello también me han tocado el sueldo.
Solo he firmado el primer contrato, acabo de mirar en la página del sepe y he visto q he tenido 2 prórrogas.
Es legal no haberme proporcionado las prórrogas y los cambios de categoría dentro de ese contrato?
Mi convenio es el de limpieza dé Malaga. Mi primer contrato de encargada, luego limpiadora, luego encargada y otra vez limpiadora.
Gracias
Los cambios de categoría y sueldo deben notificarse, ya que son una modificación sustancial de las condiciones de trabajo. Por otro lado, el contrato se entiende prorrógado si las partes no indican lo contrario, habría que ver la causa del contrato.
Para las dependencias municipales de un ayuntamiento, contrato temporal bonificado. Una subcontrata.
Mañana ha reunido la inspectora de trabajo a la empresa y al delegado sindical.😭
Gracias Alejandro
Buenas tardes,
-Primer contrato temporal a través de ETT por un periodo de 3 meses, 22/08/2018 al 30/11/2018.
-Segundo contrato (interinidad) a través de la empresa desde el 01/12/2018 hasta el 19/11/2019.
-Tercer contrato (temporal) a través de la empresa desde el 20/11/19 hasta el 06/01/2020.
¿Al finalizar este ultimo contrato me pueden hacer otro temporal ? Si es así cual seria la duración máxima de este.
Otra de la duda es la siguiente:
Actualmente al tener un contrato de interinidad no me han estado reteniendo nada para el IRPF,al tener un nuevo contrato temporal van a retenerme todo lo que no me han retenido hasta la fecha.
Te pueden hacer otro contrato temporal y su duración depende del tipo de contrato. Es decir, podría ser de interinidad, mientras dure la causa de la interinidad. Sobre la retención del IRPF, puede ser correcto, si no lo fuera, te lo devolverán cuando hagas la declaración del IRPF.
Buenas tardes. Me surge una duda. Tengo un contrato temporal eventual por circunstancias de la producción donde específica que mi jornada es de ocho horas semanales. Sin embargo, oralmente me dijeron que al no cubrirse la necesidad (soy profesora y en este caso no había alumnos suficientes para cubrir las ocho horas) se me reducía la jornada a seis horas y media de forma que la hora y media de diferencia no se me paga aunque tampoco me piden que esté en mi puesto de trabajo. ¿Esto puede hacerse?
Si existe causa para ello, pueden reducir la jornada de trabajo siguiendo una modificación sustancial de las condiciones de trabajo.
Hola,
me proponen hacer una prórroga de mi contrato por 6 meses más. Como el año 2020 es bisiesto, se me plantea la duda sobre la fecha fin. Si la fecha del contrato inicial ha sido 25/03/2019, la fecha fin de mi contrato debería ser 24 o 23 de marzo de 2020?
Muchas gracias
El 24 de marzo.
Hola llevo un año en una empresa, comencé con un contrato temporal de diez días, después otro de dos meses, después me hicieron una prórroga de cuatro, después otros cuatro de interinidad y ahora tengo otros dos meses temporales. Me pueden seguir haciendo prórrogas? O tendría que ser indefinido?
Depende de la necesidad de la empresa. Habría que ver si existe causa para realizar esos contratos temporales.
Hola! Yo fui contratado para seis meses, pasado este tiempo me hicieron contratos de un año… Con un total de cuatro años y medio.. tengo reconocido ya un trienio. En diciembre tienen que volver a renovar mi contrato y no van a hacerlo… Me proponen presentarme a una bolsa de trabajo que se va a ofertar para mí propio puesto… Esto es legal? Que puedo hacer?
Habría que ver los contratos que tienes para saber si tienes el derecho a reclamar la condición de indefinido.
Son contratos de un año que se han ido renovando hasta un total de 4 años y medio (hay una cláusula que pone que los a los 3 años más doce meses pasaría a ser personal fijo) existe otra clausura que informa que mi contrato está ligado a una subvención (no ha dejado de existir dicha subvención)
Entiendo que es un contrato de obra, por lo que comentas, para saber si está en fraude de ley te recomiendo este artículo. En resumen, lo que habría que ver era el contrato.
Mi duda es si después de un 402 de un año , a continuación puedo ser contratado con 420 por otros dos años. Me dicen que como.he tenido un 402 y es un contrato temporal me pueden hacer un 420 peor solo de un año. Es correcto?
Muchas gracias
¿Son para las mismas funciones? Es raro justificar después de un temporal, un contrato en prácticas.
Es para distintas funciones, entre como celador y ahora seria como enfermero.
En ese caso, sí que se podría, siempre que el contrato en prácticas este correcto.
Hola, trabajo para la comunidad de Madrid ya hace un año. Tengo un contrato por baja.. Estoy sustituyendo a una persona. Este mes de noviembre cumplo un año en el puesto de trabajo. Ahora me tengo que cojer un mes de vacaciones ya que me incorporó este mes de nuevo a trabajar que he estado de baja por maternidad.
Que pasa con mi contrato?
Paso a ser fija o algo? O me pueden echar tan fácil.
El contrato durará (o debería dudar) mientras se mantenga la causa del mismo, es decir, la sustitución de esa trabajadora.
Buenas, tengo un contrato por obra y servicio en una empresa de consultoria desde 1 abril de 2016 hasta el 31 octubre de 2019 que acaba, ¿deberían haberme hecho indefinido al superar los 3 años o el convenio de consultoría lo amplía hasta los 4 años? He estado revisando el convenio y no he visto nada al respecto..
Muchas gracias de antemano
Habría que ver el convenio específico que se le aplica para darle una respuesta. El convenio tiene que venir en el contrato de trabajo.
Llevo trabajando 12 años para un ayuntamiento en escuelas deportivas. Los últimos años a jornada completa. El contrato año a año me pone por obra o servicio.
Es de octubre a mayo. El 31 de mayo nos dan de baja… Y luego nos contratan en unos talleres de verano sin darnos de alta, si no a traves de factura .
Tengo posibilidad de ser fijo indefinido? Caso de demandar. En el Ayto me dicen que debo denunciar q ellos no pueden hacer nada. Que solo un juez puede hacerme fijo.
Gracias de antemano.
Por lo que comentas, sí que tienes posibilidades de conseguir ser indefinido no fijo del ayuntamiento. Como te dicen, tendrás que demandar.
Pero solo podría optar a ser fijo discontinuo,no??
Fijo indefinido en ningún caso..
Además en todos estos años en nuestros contratos siempre nos ponen por obra o servicio… Es fraude de ley eso?
Gracias por su respuesta anterior
Habría que mirar los contratos, así como la relación que teneis en verano cuando os hacen facturas para decir que es lo que se podría reclamar.
Hola, a ver si me puedes resolver mi duda, yo tenía un contrato de trabajo temporal como dependienta de comercio que terminó en septiembre, en octubre me volvieron a llamar de la misma empresa para sustituir una baja que durará hasta diciembre, mi duda es si despues sería posible que la empresa me volviera a contratar por motivos de la producción o tendría que esperar los cuatro meses que suelen dejar
Depende de las necesidades temporales de la empresa, de la duración del contrato anterior y de lo que diga el convenio colectivo.
Hola buenas haber si me pueden responder a esta cuestión?; he finalizado el día 16/10/19 un contrato que a sido de 3 años, con dos prorrogas de 1 año cada una, este contrato es un contrato de minusvalía pues yo tengo concedida la discapacidad del 33%, mi pregunta es: cuanto tiempo tiene que pasar para que esta misma empresa me pueda contratar otra vez?
No es necesario que pase ningún tiempo, pueden contratarte cuando quieran. Ahora bien, en la práctica, las empresas suelen esperar lapsos de seis meses para evitar la concatenación de contratos temporales.
Hola. Me encuentro en una situación peculiar. Yo tengo un contrato eventual por circunstancias de la producción (expira hoy, 23/10/19), a tiempo parcial.
Mis jefes (2 socios) se encuentran en una disputa interna. Mi jefe me ha comunicado que no se me renueva. Mi jefa y yo hemos firmado un contrato indefinido. Mi primer contrato se extingue hoy y el indefinido comienza mañana.
La gestoría de la empresa ha dejado de trabajar con ellos, entonces ni he recibido mi nómina, indemnización, ni pago de vacaciones, pero tampoco se ha tramitado el alta del contrato nuevo. Por lo que he consultado parece ser que mi primer contrato es fraude de ley, puesto que hacíamos regularmente horas extras que no figuraban por escrito en el contrato y que luego se computaban y añadían al montante total de cada nómina mensual. Además parece ser que el volumen de trabajo era el normal de la empresa, no un pico de trabajo eventual.
¿Qué hago?
Primero revisar el informe de vida laboral para saber si te han dado de alta/baja. Lo segundo, si has firmado un contrato indefinido, acudir a tu puesto de trabajo. Si te indicas que no tienes que ir puedes demandar por despido improcedente y además las horas extraordinarias que has realizado y que no te hayan abonado.
Hola Alejandro, llevo en mi empresa 28 meses a través de unos 12 contratos temporales por circunstancias de la producción. De los cuales 22 meses los llevo seguidos. He intentado entrar en plantilla varias veces pero se me ha denegado.Ya tendría que ser indefinido verdad? El contrato está en fraude de ley?
Si superas la contratación de 24 meses en un periodo de 30, deberás de reclamar la condición de indefinido.
Solo llevo 28 meses en la empresa, pero ocupó un puesto estructural. Igualmente estaría en fraude de ley verdad?
Pero si llevas trabajado 24 meses en un peridoo de 30, sí que sería indefinido, de la misma manera que si estás ocupando un puesto estructural de la empresa como cmentas.
El periodo de 30 empieza a contar desde el primer contrato verdad? Si es así solo llevo 28 meses en total y no 30.Pero si que ocupó un puesto estructural y además tengo un contrato de ayudante de vendedor, cuando incluso he trabajado encargándome de la tienda en muchas ocasiones, cierres de caja, ingresos… Y todo tipo de labores que hace un empleado fijo.
Necesitas trabajar 24 meses en un periodo de 30, es decir que si ya superas 24 meses cogiendo un periodo de 30 meses ya estaría.
Para entenderlo mejor, me estas diciendo que el periodo de 30 meses no cuenta desde la fecha de mi primer contrato, sino que si ya llevo 24 meses dentro de la empresa ya estaría. Da igual mi antigüedad… Para que me entiendas mi contrato empezó por primera vez el 23/06/2017 hasta el día de hoy.
Tienes que trabajar 24 meses con diversos contratos temporales en un periodo de 30, si lo tienes en un periodo de 24 ya lo cumples no es necesario estar los 30.
Muchas gracias por tu ayuda.
Hola, tengo un contrato de fin de obra de 36 horas semanales, ya llevo 2 años y he pedido que me aumenten el contrato en horas… de 36 a 40 pero no me dan respuesta alguna… tendrían que cambiarme el tipo de contrato para subirme las horas? o teniendo el mismo contrato de fin de obra (que puede durar 3 años + 12 meses) valdria?
GRACIAS DE ANTEMANO
Depende de la necesidad y causa temporal de la empresa. Como posibilidad existe (realizar el cambio sin cambiar el contrato), pero a lo mejor la necesidad de la empresa con el contrato temporal es de sólo esas 36 horas semanales, y no 40.
Hola,tengo una duda
Empiezo a trabajar en una empresa que me hace un contrato de 3 meses en 2016,luego uno de 4,es para cubrir vacaciones,me finiquitan y me voy a casa 2 meses
El año siguiente me lo hacen de 6 meses para cubrir vacaciones y otro de 4,me finiquitan y me voy a casa 2 meses
Al siguiente año como el anterior
Este año me cambian el tipo de contrato, me lo hacen de seis meses sin ser de vacaciones y ahora supongo que sea hasta fin de año como los anteriores
Segun tengo entendido, para que te hagan indefinido,tengo que trabajar 24 medes por 30 para ser indefinido,pero como son 3 para cubrir vacaciones tengo mis dudas
En total he trabajado 33 meses
Es una ute, pero no se si podre demostarlo,trabajo de lo mismo siempre
Si se me acaba el contrato o me tiran antes de se acabe el contrato,podria reclamar?
Gracias.
No se si son contratos eventuales o de interinidad. Si son de interinidad, no cuentan para ese plazo de 24 en 30 meses.
Todos los contratos son eventuales 402,lo único que cambia en el de 2017 que la actividad económica era de 86 pasa a ser 49 sólo ese año.
En los tres primeros pone clausulas especificas de eventual por circunstancias de la producción y debajo del código del contrato pone, atender a las circunstancias del mercado,acumulación de tareas o exceso de pedidos consistentes en cubrir periodo vacacional de los empleados siguientes…..
En el último contrato pone consistentes en y esta en blanco.
Otra duda que tengo es que este último contrato no lo he firmado desde el 1 de septiembre, tenia entendido que lo debería de haber formalizado antes de de 4 semanas,tendría algo que hacer?
Ahora van a hacer una subrogación,no se si voy a continuar o me iré a la calle,en caso de hacerme indefinido,me tendrían que subrogar o podrían finiquitarme.
Gracias
Si existe una subrogación del personal, a ti te tiene que subrogar, si la relación está vigente. Por otro lado, si en un periodo de 30 meses has trabajado 24 tendrán que hacerte indefinido. Por otro lado, aunque no superes los 24 a lo mejor también tendrían que hacerte indefinido, si no estás cubriendo necesidades temporales.
Se me olvidó que el primer contrato que me hicieron fue de tres meses y luego uno de cuatro,según tengo entendido eso no se puede hacer
Tambien en el ultimo contrato,que es la misma empresa que en 2017,cambia el municipio y faltan datos como,dni mio,numero de la seguridad social,fecha de nacimiento……
Gracias
Hola, llevo trabajando en la misma empresa 10 meses seguidos con contratos temporales de entre 1 mes y 3 meses, se me ha ido renovando y ahora voy a ser fijo, pero en este tiempo trabajado todos los trabajadores de la empresa que son fijos han hecho sus respectivas vacaciones, en cambio a mi no se me han dado vacaciones, tan solo una semana pero esa semana me la restan del finiquito, es decir no me la pagan. Es eso legal? tengo derecho a mas vacaciones o por tener contratos temporales no tengo derecho a vacaciones?
Tienes derechos a las mismas vacaciones que un trabajador con contrato indefinido. Si el contrato se transforma en indefinido, no es necesario finiquitar las relaciones y habría que ver las cuentas que hace la empresa para saber si son ciertas. Pero si van a finiquitar, sólo te pagarán por las vacaciones generadas y no disfrutadas, es normal, que si ha disfrutado ya una semana de vacaciones, no la incluyan en el finiquito.
Tengo una cuestión. el tiempo de contrato de prácticas cuenta para la temporalidad de los 24 meses de 30 que se puede trabajar en una misma empresa temporalmente?
No, no cuentan los contratos formativos.
Hola buenos días ,tengo una pregunta ,tengo un contrato eventual a jornada completa de 4 meses que se acaba este mes ,se me comunicó que se renueva otros 2 meses osea sería 6 meses en total ,después se podría prolongar el mismo contrato ? Muchas gracias
Ese mismo contrato no, pero se podría hacer otro contrato temporal si tienen una causa para ello.
Muchas gracias por la respuesta Alejandro,una pregunta más por favor ,la empresa me debe dar vacaciones en estos meses o me puede dar al finalizar el contrato de 6 meses?muchas gracias
Si trabajas más de un año seguido, las vacaciones deberían disfrutarse. Es decir, pueden pagarse en el finiquito, pero no si se trabaja un año, ya que no se debería estar un año trabajando sin disfrutar vacaciones.
Buenos días Alejandro
En mi convenio dice que los trabajadores debemos preavisar del fin de la relación laboral, en mi caso, con 15 días, pero no dice nada de preavisar la empresa al trabajador, es legal?
Gracias
Es legal, la empresa tendrá que preavisar al trabajador según lo que indique la legislación y en función de la causa de la extinción. Hay varias posibilidades.
Gracias Alejandro
Hola Alejandro
Mis contratos son:
1-de 7/11/15 a 30/11/15 temporal a tiempo parcial
2-de 1/12/15 a 24/1/16 temporal a tiempo completo
3- de 25)1/16 a 29/2/16 temporal a tiempo parcial
4- de 1/3/16 a 13/9/16 temporal a tiempo parcial
5- de 14/9/16 vigente actualmente.
Todos los contratos con la misma empresa
Tendría que ser ya indefinido?
Habría que ver que tipo de contrato temporal, pero posiblemente deberías de ser indefinido.
Hola
Tengo un trabajador con contrato 401 duración 12 meses. Le voy a renovar al día siguiente de la finalización por otros 12 meses. Es correcto convertirlo directamente en indefinido porque la suma de ambos contratos (24 meses) ya me estaría generando un fraude de ley en el segundo contrato?
Otra duda: si un trabajador indefinido solicita baja voluntaria, la persona que ocupe su puesto, debo hacerlo indefinido desde el inicio o puede ser una contratación con contrato 401?
Gracias
No se si es el mismo o diferente contrato 401, por que puede que sea una prórroga del mismo contrato. Si son dos diferentes, sí al pasar 24 meses se debe de pasar a indefinido. La persona que sustituya a un trabajador indefinido se le puede hacer un contrato en función de la necesidad de la empresa, es decir, que si es para cubrir una necesidad indefinida, el contrato deber de ser indefinida.
Hola, no sé si podrías ayudarme. Mi contrato se acaba mañana día 3, he avisado a mi jefe con menos de 15 días de antelación(8 días) de que no quiero renovar y hoy me ha dicho que tendré que firmar una baja voluntaria,porque el contrato ya se ha prorrogado a indefinido, como puede ser, si le avisé con tiempo,no 15 días,pero si suficiente, y no he firmado el nuevo contrato tampoco…no sé, y si firmó una baja voluntaria que perdería??llevo 1 año de contrato,no sé a qué tengo derecho ni nada,si pudieras darme un poco de luz…gracias
La no renovación de un contrato y la baja voluntaria, es prácticamente lo mismo. Si el contrato no dura un año, puedes indicarle el mismo día que no renuevas y no es necesario preaviso.
Hola, trabajo para un ayuntamiento en el que mi primer contrato temporal de 6 meses, luego me hicieron otro de 1 año y seguidamente otro de otro año que finaliza el 31/12/2019 todos para el mismo puesto. En breve me voy a ir de baja maternal y mi duda es si cuando acabe mi baja en caso de que me vuelven a contratar que sería hasta el 31/12/2020 pasaría a ser indefinida? O podría seguir teniendo contrato temporal?
Habría que ver los contratos temporales, existen varios tipos.
Hola me hicieron un contrato de 6 meses obra y servicio. Lo firme..pero se venció y sigo trabajando sin haber firmado es legal
Se entiende que se ha prorrogado el contrato de obra hasta su finalización.
Buenas tardes, te agradecería si puedes responderme a esta consulta. Llevo dos años (4 contratos continuos de 6 meses) trabajando como jefe de compras en una empresa. En el departamento solamente estoy yo. Acabado el periodo de 24 meses con la ETT la empresa me ha ofrecido un contrato de 2 años por «acumulación de tareas». En realidad estoy desempeñando un puesto de mando intermedio con otro departamento a mi cargo (jefe y empleados de almacén). Figuro en el organigrama al mismo nivel que compañeros en el mismo puesto en otras fábricas en España. No debería mi contrato ser indefinido? Muchas gracias de antemano por tu respuesta
La condición de indefinido no depende del puesto que desempeñes ni de las responsabilidades del mismo, sino de las necesidades de la empresa. Por lo tanto, habría que ver si la acumulación de tareas es una necesidad real y temporal. De todos modos, si es un contrato eventual, sólo puede durar como mucho un año, además habría que mirar la causa de los otro contratos, para ver si ha superado el límite máximo temporal de concatenación de contratos temporales.
Buenas tardes, hace dos meses me contrataron y al leer el contrato, veo que tengo un periodo de prueba de 6 meses y en el hueco de la duración del contrato no pone nada. ¿Eso se puede hacer con un contrato por obra y servicio? Muchas gracias
Puede indicarse hasta fin de obra, en los contratos de obra.
Buenas tardes, aunque la lógica me dice que no se pueden prolongar los relevos contractuales de forma indefinida, independientemente del tipo de contrato, no sé si habrá un máximo estipulado donde haya que regularizar la situación con un contrato indefinido. En mi caso llevo concatenando contratos 502 y 510 desde febrero de 2015, el único «corte» que tengo más allá de 20 días es de 28 dias, aún tengo contrato hasta noviembre, éste último un 502. ¿Podría reclamar un contrato indefinido?
Habría que sumar cada contrato, como explico en la entrada existe un límite temporal general para la concatenación de contratos eventuales y de obra (pero no se incluyen los de interinidad)
Hola.
Yo llevaba fijo en la empresa desde en año 2004,en este año 2019 me Dan una incapacidad permanente total para desempeñar el puesto que tenía del 55% y una minusvalía.
Me cesan o ya no pertenezco a la empresa desde el día 6 de septiembre 2019,haciendose cargo de mi la S. S.
Ahora me quisieron hacer un contrato otra empresa(una gasolinera) y a la hora del asesor hacerme el contrato me comenta que no puede, que al haber estado trabajando como indefinido desde el día de cese al siguiente contrato que me haga otra empresa tienen que pasar tres meses.
Eso es verdad?
A lo mejor es para tener derecho a algún tipo de bonificación, por que no es necesario que pase un plazo.
Buenos días, he tenido cinco contratos en la misma empresa:
Un contrato de cuatro dias (interinidad por baja maternidad)
Un dia sin trabajar y me vuelven a contratar por un periodo de 225 dias (interinidiad por baja maternidad y lactancia)
Un contrato de dos dias (causas producción) el contrato pone dia 12 y dia 13 y mi informe de vida laboral dia 13 y dia 14.
Cinco dias sin trabajar y dentro de mis vacaciones no disfrutadas( 12-12 al 30-12)y retribuidas un contrato de un dia (18-12)(causas producción)
Paro tres dias mas y un contrato de 180 dias (causa producción)
Dia 2 de julio finaliza mi ultimo contrato y me dan preaviso verbal que si quiero trabajar como indefinida me dicen que tienen mi contrato preparado y a la hora de firmar me dicen que no hay dinero que me voy a la calle y que me pagan las vacaciones que en teoria tenia que disfrutar de dia 1 al 15 de agosto. No me preavisan de nada y me dicen que al día siguiente no vaya y me dan un finiquito por valor unicamente de estas vacaciones no disfrutadas. Deberían hacerme indefinida o pagarme algun tipo de preaviso?
Por favor necesito algún tipo de ayuda
¿El último contrato era eventual por circunstancias de la producción? Te tienen que dar mínimo la indemnización por fin de contrato, yo demandaría por despido. Tienes un plazo de 20 días hábiles para ello.
Si, el último trabajo era eventual por producción, es uno de mis primeros empleos y creo que me han estado tomando el pelo..
Gracias por responder
Hola! Llevo encandenando los mismos tipos de contratos eventuales con una ett. El próximo octubre harán 24 meses de contratos temporales, y me han dicho que me pueden renovar 2 más de obra y servicio… es legal o debería pasar a ser indefinida? Gracias!
Si estás contratada por diferentes contratos temporales que superan los 24 meses en un periodo de 30, la relación laboral deberá considerarse indefinida.
Hola llevo 10 años a contratos en bus urbano estoy 6 meses 6 en el paro después trabajo 1 año 6 meses en el paro así varios y ahora 2 años y 6 en el paro puedo reclamar que me hagan fijo
Habría que ver la causa de los contratos y el tipo de contrato.
Hola Alejandro.
Mis contratos son los siguentes
Enero 2013 – Contrato 402 – 6 meses + 6 meses + 3 meses de prorroga, baja el Abril 2014.
Octubre 2014 – Contrato 502 – 6 meses + 6 meses de prorroga, baja el Octubre 2015.
Febrero 2016 – Contrato 502 – 6 meses + 6 meses de prorroga, baja el Febrero 2017.
Octubre 2017 – Contrato 402 – 6 meses + 6 meses d prorroga, el Octubre 2018 me han firmado contrato 189 indefinido, con antigüedad de Octubre 2017.
Me pregunta es, este es un fraude? Si por si acaso que me van a echar, la antigüedad en el finiquito sera Octubre 2017 o en realidad el primer contrato? Puedo reclamar este o espero? Gracias.
Si son siempre las mismas funciones, en mi opinión se puede defender la antigüedad, aunque es muy discutible. El lapso entre febrero y octubre es un lapso de tiempo importante. El supremo ha considerado que se debe respetar la antigüedad en un lapso de tiempo de seis meses (atendiendo a cada caso concreto), y en tu caso es mayor.
Muchas Gracias por su respuesta. Mi jefe es muy listo si sabe sobre el lapso de 6 meses hasta que deciden darme el contrato indefinido. Entonces si me van a echar solamente cuentan mi antiguedad desde 2017. Lo que pienso con mis contratos tienen que ser fijos discontinuos o algo asi.
Buenos días:
Con un contrato para la formación de un año, si no me han notificado que no se va a renovar, ¿me tienen que abonar la falta de preaviso?
Gracias
Si no te notifican nada, la relación laboral se entiende prorrogada. De todos modos, al ser un contrato que no supera el año, no es necesario en preaviso.
Hola buenas noches, mi duda es la siguiente: yo empecé a trabajar en septiembre del 2018 con un contrato verbal de 3 meses( y digo verbal porque ni lo he visto ni lo he firmado), aunque se que estoy de alta en la seguridad social, se me acabó el contrato y me renovaron 4 meses más, ahora se me acaba y me dice el empresario que no me renova más de momento xq me tendría que hacer indefinida, eso es verdad? Algunas personas me dicen que ese contrato es ilegal y que soy indefinida, eso es cierto? Y si es así, podría reclamarlo en algún sitio
Si no existe contrato firmado, la relación laboral se entiende indefinida. Tendrías que reclamarlo presentando una demanda en los juzgados, si ahora se extingue la relación laboral y te indican como causa fin de contrato temporal, tendrías que demandar por despido improcedente.
Hola Alejandro,
He estado encadenando contratos de fin de obra (por proyectos) en la Universidad durante 15 años. Los proyectos se han acabado y estoy en el paro. ¿Puedo reclamar que me hagan un contrato indefinido?
Muchas gracias de antemano, un saludo,
Miguel
Si se ha finalizado la relación laboral, lo que tienes que demandar es por despido improcedente. Si la relación ya no está vigente, no puedes reclamar la condición de indefinido, o en su caso, no tendría mucha repercusión.
Gracias por la rápida respuesta. ¿Hay un límite de tiempo para hacer la demanda? Ya han pasado cuatro meses desde que acabó mi contrato. Y si hubiera reclamado mientras estaba trabajando, ¿deberían haberme hecho indefinido? (es para que no me vuelva a pasar).
Si, te ha pasado el plazo, que sería de 20 días hábiles para impugnar el despido. Habría que ver los contratos, pero puede que ganases la condición de indefinido.
Hola estoy en una empresa en junio hago un año y e firmado muchos contratos dentro de la misma cuanto tiempo se puede estar así y si eso es legal
Gracias
Depende de los tipos de contratos.
Buenos días,
Me han hecho un contrato Eventual por circunstancias de la producción a tiempo completo 39 horas semanales por 3 meses + 3 meses + y ahora me han prorrogado a 6 meses +, un total de 3 contratos eventuales, esto es posible? o puede haber algún fraude ? no existe convenio colectivo, estoy un poco preocupada por que en junio culmina mi tercera prorroga.
El contrato eventual solo puede tener una prórroga, y si no existe convenio no se puede aumentar hasta los 12 meses. Puede que te hayan hecho dos contrato eventuales.
Buenas,
Estoy en una empresa desde hace unos 3 años. Después de dos periodos eventuales, firmé un contrato hasta fin de obra que se ha convertido en indefinido. Sin embargo, a mi no se me ha informado de esta nueva situación laboral.
La pregunta es, cuando han hecho la conversión (con las mismas características que la anterior y con el mismo identificador de contrato), ¿debería haber firmado yo un nuevo contrato? Porque no tengo ni el nuevo contrato ni ninguna notificación de ese cambio.
Me he enterado por casualidad en el SEPE.
La otra pregunta es, si se considera falta por parte de la empresa el no entregar dicha documentación al trabajador.
Gracias de antemano
Si, lo normal es que hubieras firmad la conversión del contrato temporal a indefinido. Podría llegar a ser considerado como falta por la inspección.
Buenas, soy auxiliar de enfermería, en la empresa que estoy me hicieron un contrato por 3 meses, y luego otro x 4 meses, se supone que no me pueden hacer un tercero aunque no haya hecho el año??
Depende del tipo de contrato.
Hola buenas,leyendolo me a surgido una duda. Tengo un contrato de trabajo con lantegi batuak( empresa de inserción),el contrato inicial de 18 meses y una prórroga de 12 meses, 30 en total,todos trabajados. ¿ Al ser una empresa de inserción solo cuando ellos lo decidan pasas a ser indefinido? O hay algun limite tambien para ellos?
No, se le aplica también los límites de los contratos Supongo que te habrán hecho un contrato de obra.
Buenas tardes:
Mi contrato es temporal, de interinidad, para cubrir temporalmente un puesto de trabajo durante el proceso de selección o promoción, para su cobertura definitiva. La fecha del contrato es el 12/03/2014.
La empresa inicialmente se configuró como una Fundación Privada pero hace unos cinco años alegan que son una Fundación Pública, ya que las aportaciones mayoritarias son municipales. Al margen de esto último, que a la hora de buscar información es bastante complicado, ya que no tengo claro cual és la clasificación jurídica de la empresa, nunca se celebro dicho proceso de selección, y yo sigo con mi contrato temporal.
La pregunta es: ¿Puedo pasar a ser trabajadora indefinida o debo pasar por un proceso de selección?
Muchisimas gracias y saludos cordiales,
Sílvia Herrera
En mi opinión, eres indefinida. Da igual que reciba subvenciones públicas.
Hola verás me contrataron en el corte inglés para la campaña navideña (11 días) mediante un contrato eventual. Se ve que les gusté y decidieron hacerme un contrato temporal por obra y servicio hasta el final de las rebajas (2 meses). Al finalizar ese periodo me renovaron el contrato hasta el 30 de abril. La cuestión es: si me renuevan el contrato por obra y servicio por otros 2 meses más estaría en fraude de ley? Si fuera así tendrían que hacerme indefinido?
Muchas gracias por tu atención.
En principio no, no tendrían que hacerte indefinido.
Por que motivo no tendrían que hacerme indefinido? Tengo entendido que el límite de renovaciones de contratos por obra y servicio es de 2 veces cierto ?
No, no es cierto. La obra y servicio como tal no tiene renovación, sino que el contrato continua mientras persista la obra. El que no se puede renovar más de dos veces es el contrato eventual por circunstancias de la producción. Por otro lado, existe un límite de concatenación de contratos.
Con todo ello, habría que mirar los contratos para ver si existe una necesidad temporal, pero en principio con los datos que me indicas, no es obligatorio que te hagan indefinido.
Vale Muchas gracias. Hay límite temporal de concatenación de contratos por obra y servicio? De cuanto es? Si se pasa ese límite te hacen indefinido?
Si, si superas más de 24 meses en un periodo de 30 dos o más contratos temporales (ya sea eventual o de obra) tendrás que ser indefinido.
Es decir que si cumplo 2 años de contratos por obra y servicio paso a ser fijo automáticamente?
Tienen que ser dos contratos de obra diferente, no vale el mismo contrato de obra prorrogado. Tiene que ser dos o más contratos temporales.
Si cambiara alguno de los parámetros del contrato (duración, sueldo…) ya me encontraría ante un contrato temporal por obra y servicio diferente? Habría límites respecto a la cantidad de prórrogas de ese contrato?
No, el contrato cambia, cuando cambia la causa de contratación (y firmas otro contrato diferente), no cuando cambia alguna condición laboral.
Este domingo me toca hacer horas extra en el trabajo (y probablemente el día de las elecciones también ) y tengo un poco de miedo. Simplemente me gustaría que me informaras sobre este asunto.
Gracias por tu atención.
Buenos días.
Trabajo en una empresa de transporte público en Madrid a media jornada por discapacidad. Llevo 3 años consecutivos por ampliación y la empresa me dice que me va hacer un contrato de 3 + 3 meses más.
Eso es legal? No tendrían que hacerme fijo o despedirme? Que es eso de un contrato de 3 +3 ???
Gracias
Habría que ver que tipo de contrato te quieren hacer, y la causa que alega la empresa, si que existe la posibilidad de que se pueda hacer.
Me prorrogaron el contrato, que inicialmente era de45 días, con una prorroga de 75 días, ahora me quieren hacer uno de interinidad, y luego otro de tiempo. En caso de despido, que plazo tengo para acoger me a la prorroga y alegar despido improcedente?
No entiendo muy bien la cuestión. Habría que ver los contratos para saber si superan o no los límites, aunque por la duración que comentas, a lo meejor no superan el límite.
Saludos!
Tengo una consulta que me trae bastante de cabeza… Llevo 4 contratos temporales eventuales por produccion (1 mes, 3 meses, dos semanas y dos semanas), los dos últimos con una ampliación de dos semanas cada uno. Llevo más de 6 meses en total.
Existe fraude de ley? Mi convenio es de call center.
Habría que mirar la causa de los contratos, y el convenio colectivo.
Firme un contrato por 6 meses a jornada parcial de tipo eventual por circunstancias de producción, al acabar este me han hecho una prórroga de 6 meses más del mismo tipo de contrato. Por lo tanto voy a estar 12 meses con este mismo tipo de contrato, ¿no excede esto el tiempo máximo? En la empresa no existe ningún convenio.
Si no existe convenio, ese contrato sólo puede durar seis meses, por lo que sí que excedería del tiempo máximo.
Llevo 2 temporadas trabajando en una empresa por la temporada de verano, esta seria mi tercera temporada, la empresa cierra en invierno y quiero saber cuando se considera que ellos me deben hacer fijo discontinuo?. Muchas gracias
Depende de las necesidades de la empresa y el contrato que te estuviera haciendo. Habría que ver los contratos.
Hola Alejandro.Mi duda es la siguiente,en la empresa que trabajo me están haciendo contratos por una ETT de 9 meses y me vuelven avisar a los 3 meses,por lo que estoy en el paro,mi pregunta es si me pueden dejar más tiempo en la empresa contratado por dicha ETT, hay empresas que están hasta 2 años y luego los avisan a los 6 meses,se puede hacer .
Muchas gracias.Un saludo
Si, depende de tipo de contrato.
Buenas tardes.
He empezado a trabajar en una empresa, la cual me está haciendo contratos por obra y servicio de 1 mes de duración cada uno. Para febrero me volverán a hacer otro de otro mes de duración. ¿Cuantos contratos con duración de 1 mes se pueden encadenar? ¿Cuándo se me puede considerar indefinido? Gracias.
no se si son contratos diferentes o renovación, pero el límite en principio es superar los 24 meses en un periodo de 30 meses. Aunque habría que mirar el convenio.
Buenas, trabajo en un colegio con un contrato de interinidad. La persona a la q sustituyo no ha regresado, llegamos a final de las clases. Me deben pagar vacaciones y finiquito.
Para el próximo curso tienen que renovarme o ya pueden dar como finalizado el contrato así no haya regresado la persona, por la que estoy.
Muchas gracias
El contrato se debe mantener, mientras persista la causa por la que se sustituye al trabajador.
Buenas tardes. La empresa de seguridad privada para la que trabajo me liquida porque me tiene que hacer indefinido. El caso es que después de una semana me llaman para continuar pero por una baja de otro compañero. Es esto legal? Cuanto tiempo es el límite de contratación pot it? Si ya cumpli el limite de contrato temporal, pueden hacerme otro por interinidad? Muchas gracias
Sí, pueden hacerlo. El límite del contrato de interinidad es lo que dure la causa por la que se cubre el puesto de trabajo, es decir, que puede ser un mes como tres años.
Buenos días:
Tengo un contrato como personal laboral por obra o servicio en un organismo dependiente de un Ministerio.
Según la Ley al cumplir los tres años me van a despedir, hasta aqui correcto. Las obras o servicios para los que he sido contratada van a continuar después de mi despido.
Pero por Ley hay un periodo de ampliación de 12 meses más. En recursos humanos me comentan que como en el convenio colectivo de nuestra empresa no esta contemplado ese aumento de plazo, pues que no se puede ampliar.
mi pregunta es ¿al no aparecer comtemplado, ni decir nada al respecto en nuestro convenio colectivo sobre este tema en concreto, tendría por Ley que aplicar el convenio colectivo «superior» de la Ley?, y así poder aumentar esos 12 meses.
gracias, por su respuesta. un saludo
Es el convenio el que permite ampliar el límite doce meses más, y no el convenio. Pero lo cierto es que si la obra continua puedes demandar por despido improcedente.
Buenos días
Gracias por toda la información que nos aportas
Mi cuestión es la siguiente:
Llevo dos años en la empresa, renovandome de año en año
Ahora me han dicho que me vuelven a renovar, pero no se por cuanto tiempo
¿es posible, u obligatorio ,que me hagan indefinido?
Gracias por adelantado
Un saludo
Depende de los tipos de contrato que te hayan hecho y el que te vayan a hacer ahora.
Pues me han estado haciendo de 1 año
No es tanto la duración, sino el tipo de contrato que hay varios.
Buenas tardes , llevo trabajando en un ayuntamiento 19 años como director de una escuela de Musica y danza , pero , aunque en la plantilla de personal laboral de de este ayuntamiento aparezco como indefinido no fijo , para la seguridad social siguo estando como personal contratado por obra o servicio ( 401) que es el último contrato que firmé en el 2004. La cuestión es que me comentan del ayuntamiento que ellos tienen prohibido por ley cambiar el contrato registrado en la Seguridad Social y que debe de venir por orden de un juzgado y quisiera saber si esa es la única manera de hacerlo , antes de poner dicha demanda y en que me pùede perjudicar dicha situación.
gracias y un saludo .
Ante una administración, prácticamente es la única opción. Es mejor aparecer como indefinido y demandar mientrás está vigente la relación laboral que, aunque dudoso caso, extingan la relación laboral por un fin de contrato y tengas que demandar por despido.
Muy buenas Señor, mi nombre es Miguel, mi cuestión es la siguiente, firmé en el año 2006 un contrato para la empresa de transporte ala que pertenezco actualmente, en estos días mi empresa me viene con un contrato de conversión de temporal a indefinido, mi pregunta es la siguiente, cual es la finalidad de ella, que garantías o beneficios adquirió o pierdo y si estoy obligado a firmarlo Muchísimas Gracias, espero su atención.
No pierdes ningún tipo de derecho. Seguramente, ya eres indefinido por que llevas casi 13 años con un contrato temporal. La gran diferencia es que la extinción de la relación laboral ya no se puede finalizar por un fin de contrato temporal, aunque en la práctica, antes tampoco por que seguramente el contrato estaba en fraude de ley.
Muchas Gracias, Sr. Alejandro,
Si trabajo en la misma empresa 3 años y 1 dia ¿deben hacerte indefinido?
Depende del tipo de contrato. Entiendo que está pensando en el contrato por obra, cuya duración es de 3 años según el estatuto, pero el convenio puede ampliarlo un año más.
Hola,tengo un contrato laboral de relevo ,ahora la empresa quere contratarme indefinido ,puedo pedir alguna indemnización por los 5 años de contrato temporal….? Gracias
En mi opinión, no.
Hola, mi empresa el día 28 de diciembre me dijo que dejara de trabajar , mi contrato era una sustitucion por I.T,y con derecho a reserva de puesto, la cual está trabajadora a llegado a su jubilación. Me ofrecieron el puesto a indefinida e intenté negociar con ellos si me subían horas y sueldo, ya que mis horas semanales de trabajo heran 15h.Me negué ya que puedo optar por mejores condiciones laborables en otra empresa.. A día de hoy no se respuesta ninguna de ellos, que puedo hacer? Que me puede pertenecer? Muchas gracias
Entiendo que si no se ha llegado a ningún acuerdo, la relación laboral se ha extinguido y te deben de abonar el finiquito, aunque no indemnización.
Hola buenas tardes.
He estado 12 meses con un contrato de formación y aprendizaje el cual antes de acabar me ofrecieron continuar en la empresa (ya con otro contrato temporal diferente al de formación y aprendizaje) por 2,5 meses que tambien antes de acabar me han ofrecido renovarme por otros 4 meses (es con el que estoy ahora). Estos dos ultimos contratos son «iguales» salvo por la duración y en este último aparece que es la primera prorroga y que el total con los dos últimos son de 6,5 meses.
Mis duda es que nose cuanto tiempo puedo estar asi y cuando sea el limite que podria pasar, es decir, si llegado al limite (que nose cuantos meses o prorrogas son desde el punto que estoy ahora) la situación seria o indefinido o despido.
Espero a ver si puedo ver la luz en este asunto ya que ando un poco perdida.
Muchas gracias y Feliz Navidad!
El contrato para la formación, no entran dentro de los límites, habría que ver que otros contratos te han hecho para darte una respuesta.
Buenas tardes. Antes de nada, gracias por dedicar el tiempo que invertís en ayudar a las personas.
Mi consulta es por mi situación:
Tras estar 6 meses realizando practicas por universidad en la empresa (no contratado, sino extracurriculares), me hicieron un contrato de interinidad de sustitución por cerca de un año. Tras esto, un contrato eventual por circunstancias de las producción de 6 meses(al final de este, cumplí los 30 años). Y cuando pensé que vendría el indefinido, me hacen un contrato en prácticas por 6 meses. Tras terminar este, me presentan la renovación por otros 6 meses.
Mi duda es , es esto legal? Qué prácticas voy a realizar en la empresa, si llevaba casi un año y medio cuando me hicieron el primero en prácticas y conozco todo lo que hacer perfectamente?. Por otro lado, me pueden indicar hasta cuando se podría prorrogar este contrato en prácticas?. Muchas gracias.
El contrato en prácticas podría estar en fraude de ley si realizas las mismas funciones que antes, por otro lado, el tiempo máximo de ese contrato es de 2 años.
Buenos días,
tal vez llego a tarde a poder ser contestado pero planteo mi duda y situación:
Llevo trabajando desde noviembre de 2014 para una sola empresa a través de una ETT, el acumulado según mi vida laboral es de 1226 días y no sé exactamente cuál es mi situación. Todos los contratos ha sido de obra y servicio y según me dicen ellos aun se puede alargar varios meses legalmente. ¿realmente es así o están incumpliendo?
Gracias y Felices fiestas!
Si has estado enlazando contratos de obra y servicio durante estos cuatro años, tu relación laboral debería de ser indefinida, ya que con lo que me comentas has superado el límite temporal de contratos.
Hola Alejandro,
he cometido un error de suma añadiendo prestaciones por desempleo, la suma total son 1070 ¿seguiría en la misma situación?
Gracias por tu pronta respuesta y saludos,
Miguel Angel.
Habría que mirar si superas los 24 meses en un periodo de 30.
Estimado Alejandro, lo primero agradecerte la ayuda que prestas.
Mi situación es la siguiente… en Junio de 2014 entre a trabajar en una empresa a través de una ETT. En Diciembre de ese mismo año firmo un contrato de obra directamente con la empresa con fecha de finalización Mayo 2018, justo cuatro años después de haber entrado con la ETT pero llega Mayo, pregunto y me dicen que no me preocupe, que continúo, pero no firmo nada. Ahora en Diciembre de 2018, cuatro años después de firmar el contrato directamente con la empresa, me dicen que no me renuevan porque no hacen indefinidos… ¿Podría exigir mi condición de indefinido desde Mayo de este año por haber pasado los cuatro años trabajando con ellos, aunque los primeros meses fueran a través de una ETT?
Muchas gracias.
Entiendo que son dos contratos diferentes, por lo que el contrato de ETT no se cuenta para la suma de este, pero sí que se debería computar para la suma de 24 en 30 de concatenación de contratos y por lo tanto, entiendo que la relación es indefinida, siempre que el primer contrato fuera de obra o servicio o eventual.
He sido contratado por una administracion publica tres años consecutivos con contrato temporal. Los tres contratos han durado dos meses cada uno. Se trata de un albergue temporero que abre cada año en la epoca de la campaña. Tendrian que hacerme fijo discontinuo? Cómo tendria que actuar?
Habría que mirar la causa temporal que se indica en los contratos. Si quieres reclamar la condición de indefinido, se tiene que realizar mientra la relación laboral está vigente, en caso contrario, tendrás que demanda por despido cuando te extingan el último contrato temporal.
Los contratos son por obra o servicio a jornada completa. Se trata de un ayuntamiento y al hablar sobre la condición de indefinido me han hecho presentar una solicitud general en el registro de la que ni siquiera tengo respuesta….no sé qué hacer
He estado 2 años con contrato de prácticas y al terminar me ha hecho uno de 6 meses de obra y servicio. Es legal? Me tendrían que haber hecho indefinido al terminar los dos años de contrato de prácticas? Cuántos Contratatos de obras y servicios me pueden hacer? Pueden hacer obras y servicios siendo un puesto estructural cubriendo un puesto normal sin justificación de q haya más trabajo de lo normal?
Es legal que te hagan un contrato temporal, si tienen una necesidad temporal que cubrir que se adecue a ese contrato temporal. La necesidad que cubre debe de venir definida en el contrato de trabajo. Si cubre una necesidad indefinida, o trabajas para otra cosa para la que has sido contratado, el contrato está en fraude de ley y deberás reclamar ser indefinido.
Buenas, yo entre en octubre de 2014 en mi empresa con contrato por obras en mauo de 2015 finalizó la campaña me finiquitaron y empece con ellos un cuso para otra campaña que duro un mes y me volvieron a contrata por obra. Cuando tendría que tener el contrato indefinido??
Si llevas tres contratos de obra, y llevas seguido más de 24 meses, ya deberías de ser indefinido.
Buenas dias.
Llevo mas de 30 meses vinculado con la empresa con varios contratos por temporadas (401 obras y servicios)la suma del todos los contrato que he tenido suman mas de 24 meses (795 dias) ….pero en los 30 meses que llevo en la empresa estuve 7 dia con otra empresa y cobrando el desempleo…mi pregunta es si reuno las condiciones para que me hagan fijo ???o en el momento que trabajo con otra empresa se parte el vinculo empresarial y ya pierdo todos los derechos???
gracias de antemano
No se pierde ese derecho aunque se haya cobrado el paro o trabajador en otra empresa.
Hola me octubre del año pasado en una entrevista me comentaron que hacen 2 contratos de 6 meses y luego pasas a indefinida. me hicieron un contrato de 6 meses luego otro y ahora en una semana hago el año pero me han dado una carta informando que no me van a renovar por la simple razón de que en esa empresa no hacen indefinidos y claro está que ya hay otra persona recién contratada para mi puesto.( es la práctica que hacen siempre con todas las chicas ) Esto es un contrato fraude? Puedo reclamar un despido improcedente ?
Si el puesto que estabas realizando era una necesidad indefinida y no temporal, seguramente el contrato esté en fraude de ley y en consecuencia la extinción de la relación laboral es un despido improcedente. Tienes un plazo de 20 días para demandarlo.
Hola,desde 2016 estoy en una empresa donde me contrato con un contrato temporal ,eventual por circumstancia de la produccion de 11 Meses ,ahora estoy en la misma empresa con un segundo contrato ygual de 11 Meses ,cuando se termina este contrato me puede contratar otra vez con el mismo contrato?
No pueden superar los 24 meses contratados en un periodo de 30. Podrían hacerte una interinidad, si tienen causa para ello. Habría que mirar los contratos para saber si puedes reclamar ser indefinido.
Tengo contrato eventral de 12 meses ( 6 meses + 6 meses) ya voy hacer el año ya , tendrían ke hacerme fija o si no sigo en la empresa cuanto me corresponde de finiquito?
Pueden hacerte otro contrato temporal si tienen causa para ello.
Puede una empresa hacer contratos eventuales de 6 meses más prórroga de 3, es decir 9 meses en un periodo de 12, es decir, respetando las 3 cuartas partes del periodo que fija, por la particularidad de su producción?
Si el convenio lo permite, sí se puede.
Hola he tenido un contrado de duracion determinada de cuatro meses , despues una prologa hasta hacer el año ininterrumpidamente, al acabar el año me han hecho un contrato de fin de obra que llevo tres meses. Mi pregunta es si me quiero marchar de la empresa tengo que notificarlo con 15 dias de antelacion. Muchas gracias de antemano y un cordial saludo.
Si te quieres ir de forma voluntaria, salvo que estés dentro del periodo de prueba, tienes que preavisar con lo que diga el convenio colectivo.
después de un CONTRATO DE FORMACION que ha llegado a su fin, con su prorroga incluida, cuya duración en total no supera los dos años, podrían hacerme otro contrato temporal que no sea de formación, y si es así, por cuanto tiempo? ya que como dices, debe considerarse la condición de fijo de la plantilla cuando se constata que han existido dos contrataciones temporales encadenadas que superan los 24 meses en un periodo de 30 meses PERO que NO es de aplicación a los contratos formativos, esto que significa? que ahora en la empresa me pueden hacer otro contrato temporal sin tener en cuenta el tiempo que haya pasado con el de formación?
un saludo
Que pueden hacer otro contrato temporal si tienen causa para ello, y que no se convertirá en indefinido por superar los 24 meses en 30.
Buenas, tengo una duda, me hicieron un contrato de 1 mes de duracion, justo un dia despues de terminar el primer contrato me hacen unos nuevo de una duracion de 3 meses y un dia despues de terminarlo me vuelven a hacer otro de otros 3 meses de duracion, mi pregunta es: ¿Cuantas prorrogas pueden realizarme de esta forma?
Habría que mirar que tipo de contratos temporales son para darte un respuesta.
Que tiempo debe transcurrir entre contratos para no hacerte indefinido si los últimos an sumado un año en períodos de tres meses
Depende de los contratos, pero se suelen dejar seis meses.
Pero es legal que estuviesen 10 años haciendo contratos temporales aunque dejen el espacio de 6 meses ?
Una de las causas por las que un contrato pueda estar en fraude de ley es superar el tiempo legal establecido para cada contrato. No osbtante, no es la única causa, y si un trabajador está 10 años con contratos temporales, seguramente se esté cubriendo una necesidad indefinida, con contratos temporales, por lo que se podría reclamar el ser indefinido. En definitiva, posiblemente el contrato esté en fraude de ley, aunque habría que mirar los contratos por que podría también ser correcto.
Buenos días,
Llevo sustituyendo a un señor que al final le han dado la incapacidad permanente, ahora me quiere hacer un contrato eventual después de estar 20 meses sustituyéndolo
¿Al cambio de contrato me tiene que dar finiquito??
¿Después de tanto tiempo me correspondería contrato indefinido?
¿Y si trabajase solamente 3 meses y me fuera al paro, me podrían volver a contratar antes de los 6 meses?
Un saludo
Un saludo
Si continuas, no es necesario finiquitar. o te corresponde indefinido. Si te podrían volver a contratar, antes de los seis meses.
Buenas tardes llevo trabajando desde el 2006 en una empresa en la cual me hacen varios contratos hasta trabajar un año luego tengo que esperar 6 meses y me llaman nuevamente para hacer lo mismo y así estoy hasta hoy estoy con contrato por exceso de producción.y cuando hago el año entra otra persona en mi lugar.seria un contrato en fraude de ley ? Y qué puedo reclamar si fuera así? gracias.
Habría que mirar los contratos para saber si están o no en fraude de ley. En caso de que lo estuvieras, podrías reclamar la consideración de indefinido, o una indemnización en caso de extinción de la relación laboral.
Hola,
Llevo en una empresa desde el 30/05/2016 con un contrato de obra y servicio con duración de un año. Dicho contrato se ha renovado automáticamente el 30/05/2017 ya que no se ha comunicado renuncia por ninguna de las partes. A día de hoy (08/08/2018) sigo trabajando en la misma empresa y bajo el mismo contrato. Mi pregunta es la siguiente: ¿Tengo derecho a pedir que me reconozcan como indefinido por acumulación de contratos temporales superiores a 24 meses en un periodo de 30 meses?
Muchas gracias de antemano,
Un saludo,
No, ya que ese límite sirve para concatenación de dos o más contratos temporales, y tu sólo tienes un contrato con prórroga.
Buenos dias;
Soy autonomo, y queria irme e vacaciones 15 dias. He encontrado una persona de confianza dispuesta a sustituirme esos 15 dias. Que tipo de contrato le tendria que hacer? Muchas gracias
Un contrato eventual por circunstancias de la producción, más info.
Muy buenas,
Felicidades por el blog.
Mi duda es la siguiente:
1º contrato eventual 3 meses
2º contrato interinidad 2 meses
3º contrato eventual 2 meses.
¿podría prorrogarse el último contrato eventual hasta alcanzar el tiempo total de 9 meses? o ¿solo pueden ser 2 contratos eventuales a pesar de no ser seguidos?
Gracias
Podía prorrogarse, aunque si es la misma causa que la primera, podría considerarse que está en fraude de ley, ya que está cubriendo con contratos temporales una necesidad indefinida.
Hola buebuenas tardes. Tengo una duda o pregunta. Tenia dos veces un contrato de medio año, despues del primero medió año me dicen tengo que estar 2 semanas fuera y despues me dan un nuevo contrato de medio año. Después con el segundo contrato lo mismo. Y ahora despues del contrato por un año, me dicen lo mismo tengo estar 2 semanas fuera y despues me dan otra vez un contrato por un año dos semanas recibes un mdespues un descanso de dis semanas, despues he recibido otra vez un contrato por un año. Lo pueden hacer eso para no recibo un contrato fijo? Cuando tengo un derecho recibirlo un contrato indefinido? O cuantas veces pueden hacer lo mismo conmigo?
Habría que mirar los contratos, pero puede que ya tengan la obligación de hacerte indefinido.
Hola Alejandro. Gracias por la respuesta. Mi contrato era o es siempre un contrato temporal del segun convenio y siempre con el punto marcado, eventual por circunstancias de la producción. Lo se tienen miedo darte un contrato indefinido por eso tengo que estar despues el fin de contrato, 2 semanas de paro para que no me tienen contratar fijo y despues entro siempre de nuevo con un contrato nuevo. No se cuantas veces mas se pueden hacer lo mismo conmigo. Tenia 2 contratos de medio año, despues por un año y ahora quieren hacer lo mismo cuando termine mi contrato tengo que esperar 2 semanas hasta que puedo entrar con un nuevo contrato otra vez por 1 año. Eso pueden hacer eso es legal?
Habría que ver los contratos, indicas que es temporal, pero hay varios tipos de contratos temporales. Te recomiendo que acudas a un abogado para que revise los contratos de manera presencial. Yo estoy en A Coruña.
Buenos días Alejandro.El pasado 6/7 comencé a trabajar en una empresa,dándome de alta en la S.Socisl desde el primer día. El 16/7 me plantean contrato de 3 meses eventual,el cual me niego a firmar porque las horas reales trabajadas exceden lo legal y porque yo aspiraba a uno de 6 meses.En ese momento me despedí verbalmente y abandone la empresa sin firmar nada.Tras 3 días,el gerente me comunica que estaría dispuesto a que regrese,pero que no es posible darme de alta de nuevo al haberme cursado baja.Me podrías orientar si existe alguna manera de poder arreglar esto y planteárselo así a la empresa?Gracias.
Si que te pueden dar de alta, de hecho, es una grave ilegalidad por parte de la empresa ue trabajes sin estar dado de alta.
Desde febrero de 2015 hasta ahora me están haciendo contratos normalmente de un mes por circunstancias de la producción y luego prorrogan un mes mas y asi. Hay 2 o 3 meses al año que no me hacen ese contrata vengo a dias sueltos pagandome como un extras.Crees q deberian hacerme ya indefinida
Seguramente si. Habría que ver los contratos, pero con casi total seguridad la relación laboral debería ser indefinida.
Hola buenas tardes Alejandro mi pregunta es la siguiente:mi empresa ha dejado de hacer contratos de interinidad para sustituir vacaciones (con derecho al puesto de trabajo) todos los sustituidos son fijos de plantilla… dicen que este es el motivo……
La utilización del contrato de interinidad para sustituir vacaciones y otros permisos, situaciones en las que no se produce la circunstancia que justifica dicha modalidad contractual ( “trabajador con reserva de puesto de trabajo”, dice la Ley) es un asunto controvertido incluso a nivel de doctrina jurisprudencial, decantándose la mayoría de los Tribunales por considerarlo no apto. Es por eso por lo que hemos cursado instrucciones de no usar dicha modalidad contractual en esos casos…. Es obligatorio para las empresas el no hacer ese tipo de contratos?
Es algo oficial? Es para todas las empresas? 0 es política de mi empresa que ahora no quieran aplicar ese tipo de contratos… Gracias
El contrato correcto para cubrir unas vacaciones, es el contrato eventual.
Gracias Alejandro es que tengo compañeros que ya rozan los 24 meses dentro del periodo de 30,era para darles un poco de continuidad como los contratos de interinidad no suman y vienen las vacaciones que aprovechen un par de meses más. Pero la empresa dice que las vacaciones no se sustituyen ya por interinidad y me dieronel motivo que más arriba le he explicado.. No se si es un motivo de la empresa personalmente.. No he visto nada oficial.. Gracias de antemano.
Es lo que ha determinado la jurisprudencia. Aquí tienes más información sobre ello.
Hola, llevo trabajando para la misma empresa unos siete años,con contratos eventuales de un año, y cuando se acaban con bajas, volviendo a contratos eventuales
Habría que mirar los contratos, la duración y la causa para saber si se puede reclamar la condición de indefinido.
Estimado Alejandro, tengo una duda, me contrataron temporal 6 meses (eventual por circunstancias de la producción ), como Comercial en una empresa. A los 3 meses me llamaron para decirme que la empresa tenia problemas que les interesaba cambiar las condiciones a Contrato Mercantil o Reducir Jornada. Yo les conteste por escrito, que no me interesaba C.M. y que podía valorar reducción de jornada hasta firmar 1er. contrato. A los 11 dias ya me habian reducido la jornada. He perdido 2 contratos por incapacidad de la empresa ( lo que me supone perder las importantes comisiones pactadas en contrato y seguir con un sueldo ridículos. ¿Puedo reclamar a la empresa, al estar justificado que no se firmó ni un 1er ni 2o contrato por culpa de la empresa, que se me restituya las 40 horas y se paguen y coticen por el tiempo que dejó me lo ha dejado de pagar, como daños y perjuicios? Gracias de antemano. Saludos
Si ese cambio fue de mutuo acuerdo ya no puedes reclamar, habría que ver lo que le contestaste. Del mismo modo, habría que mirar si puedes reclamar las comisiones que indicas a la empresa.
Hola, una duda, Me hicieron un contrato de relevo por jubilación parcial de una persona que duró 1 año +- Dos meses después me volvieron a hacer un contrato por obra o servicio de 10 meses. Ahora tengo la posibilidad de volver a realizar un trabajo con ellos de 10 meses más con otro contrato de obra o servicio. En el Convenio Colectivo que aplica la Empresa, dice que la cláusula esa de que la consecución de contratos temporales no debe superar los 24 meses en 30 meses, no es de aplicación para los contratos de relevo. Ellos dicen que no saben seguro como interpretarlo y no están seguros de si pueden volver a contratarme sin pasar a ser fija y claro, a mi me interesa saberlo porque es trabajo. Por lo que la pregunta es: Si esa cláusula de los 24 meses no se aplica a mi contrato de relevo ¿debo entender que solo se aplica a mi contrato de obra o servicio y que por lo tanto todavía me pueden hacer otro contrato de 10 meses por obra o servicio sin superar los 24 meses de límite? Agradecería respuesta
No, no se aplica a los contratos de relevo. ARtículo 15 apartado 5 del Estatuto de los Trabajadores.
Hola, querría saber si tengo derecho a que me hagan indefinida. Me hicieron un contrato en septiembre de 2016 que finalizó el 31 de Diciembre de ese mismo año, ese mismo 1 de Enero de 2017 me hicieron otro contrato de 2 años que finaliza este Diciembre de 2018, trabajo en una administración pública, tengo derecho a que me hagan otro contrato?
Depende de los contratos y la causa de lo mismo. En principio, sí que podrían hacerte otro contrato.
Hola. Trabajo en la misma empresa desde el 1/06/2017. El primero contrato hasta el 31/09/2017y el último se acabó el 31/05/2018. Los dos de eventual para circunstancias código 402.Sigo trabajando como peluquera pero todavía no he firmado ningún nuevo contrato y en la vida laboral no he cambiado el código 402. Esto es normal? Es automático el cambio de contrato? Gracias
Se debería de considerar la relación como indefinido.
Buenas llevo 23 meses en una empresa del sector del metal con un contrato de fin de obra de una obra que acabo hace tiempo , ahora teniendo la empresa mucho trabajo quieren despedirme para ofrecerme trabajo a través de una empresa de trabajo temporal, es legal
Antes de que hagan eso, presenta una papeleta de conciliación de reclamación de derecho solicitando la reclamación de indefinido.
Buenos días, llevo 5 años trabajando (2013-2017 inclusives) en la misma empresa con contratos temporales de 6 meses con carácter de eventual por circunstancias de producción. Este año 2018 no cuentan conmigo.¿ Puedo solicitar la readmisión laboral como fija discontinua o indefinida?.Gracias.
Si ahora no estás trabajando, deberías demandar por despido para conseguir una indemnización o la readmisión a la elección de la empresa, si acreditas que hubo una promesa de contrato.
Trabajo 24 meses, contrato por obra y me echan al paro 6 meses. Luego me vuelven a hacer otro contrato de 24 meses por obra y servicio. Esto se puede hacer?
Habría que ver los contratos, pero seguramente no, no se puede hacer.
Hola Alejandro. Llevo en la misma empresa 2 años. El primer contrato fue de 9 meses para sustituir a una compañera. Cuando se incorporó, me hicieron otro contrato temporal de 3 meses, luego otro de 3, luego otro de 3 y luego me hicieron otro contrato de sustitución de otro compañero porque pidió excedencia ¿Esto es normal? Me quiero ir de la empresa, ¿cómo puedo hacerlo sin que me perjudique? Mí contrato termina en un mes, el de la excedencia de mi compañero. ¿Tengo que avisar con 15 días o simplemente cuando llegue el día no renuevo?
Gracias
Si el último contrato no duro un año no es necesario que avises con 15 días de antelación, pero si la empresa no dice nada, y eres tu el que comunica que no quieres seguir, se asimila a una baja voluntaria y no tendrás derecho a desempleo.
Hola tengo un contrato eventual de 1 año.de 40 horas semanales. comence el 2/3/2018 y ahora me quieren reducir la jornada a 20 horas semanales.pueden hacerlo
No, si te han contratado a jornada completa no se puede reducir si no es de común acuerdo con la empresa.
Hola…llevo 5 años y un mes en la misma empresa con contrato fin de obra..a los tres años me dijeron que soy fijo pero no e firmado nada…ahora voy al banco para pedir un prestamo y no me lo concede porque en la nomina soy fin de obra 401…y no fijo como me dijieron en la empresa…puedo denunciar a la empresa? o pedir un contrato fijo?gracias
Sí, puedes pedir que te considere indefinido y cambiar el contrato. Si no lo hacen, tendrás que solicitarlo judicialmente.
Gracias
Tengo un contrato 502 y llevo un año trabajando. Tengo derecho a vacaciones pagadas. Me dice la empresa que no tengo derecho a cobrarlas. Que me entran en el sueldo.
Gracias
Si llevas un año tienes que obligatoriamente disfrutar las vacaciones. Nadie puede estar más de un año trabajando sin disfrutar como mínimo de 30 días de vacaciones. Además, el único que puede prorratear las vacaciones son las ETT, y tiene que venir indicado en la nómina.
Buenas tardes, mi pregunta es la siguiente, el tiempo máximo de contratos eventuales, en mi caso mensuales, es un año verdad? Si presento dimisión dentro de este periodo no estoy obligada a dar 15 días, no? Mi convenio es de ayuda a domicilio y en mis contratos no viene nada al respecto.
Muchas gracias
Sí, estás obligada a dar el preaviso que indique el convenio colectivo si quieres notificar que te vas de la empresa antes de que finalice el contrato. No es necesario si no quieres renovar. Es diferente rechazar una renovación que no cumplir el contrato pactado e irte antes de tiempo.
Hola Alejandro. Mi caso es el siguiente. Estuve trabajando 6 meses para una empresa en una ciudad con contrato por interinidad de baja despues 3 meses en paro y me vuelven a contratar en otra ciudad la misma empresa para el mismo puesto en el cual estoy 23 meses por interinidad de un liberado sindical despues de eso vuelvo a la misma ciudad en la que estuve primero y me hacen contrato en practicas por 6 meses y me prorrogan otros 6. Seria fraude de ley mi caso y deberia por tanto ser indefinido?
Gracias.
Los contratos de interinidad no cuentan para ser indefinido. Aunque ese contrato en prácticas, si que puede que esté en fraude si has realizado antes las mismas funciones en la empresa.
He realizado las mismas funciones en los dos sitios, en uno era la misma ciudad y mismo puesto durante 6 meses y en otro en ciudad distinta pero mismo puesto para la misma titulación durante 2 años.
hola, llevo encadenando contratos temporales desde 2015 hasta ahora con la misma empresa.
llevo 950 dias trabajados en 3 años, practicamente. pueden seguir haciendome contratos o deberian pasarme a indefinido?
gracias. mi contrato es de obra y servicio 40 horas semanales.
Si tienes mínimo dos contratos de obra diferentes en dicho periodo ya deberías de ser indefinido. Pero hay que ver si es el mismo contrato o varios contratos.
Hola. Total. 4 contratos de obra y servicio. Modelo 401.
Actualmente sigo trabajando y en este nuevo ya llevo 9 meses.
Gracias.
Si has superado dos contratos temporales y has estado contratado más de 24 meses en un periodo de 30 meses la relación laboral se debe entender indefinida.
Hola Alejandro mi pregunta es que cuando empieza a contar lo de los 24 meses trabajados en un periodo de 30 meses.
Tiene que se obligatorio desde que empezaste a trabajar o puede ser que lo empieces a contar desde hoy hacia atrás?
Porque yo si cuento desde que empecé no me dan los días pero si cuento desde hoy hacia atrás y contando lo que queda de mes y julio si que me da.
Muchas gracias un saludo
Puedes coger de referencia cualquier momento, si en algún periodo de 30 superas los 24 en contratos temporales, deberías de ser indefinido.
Buenas, mi duda es que yo ahora mismo estoy en la feria trabajando como vigilante. Supuestamente me dieron de alta hace 4 dias por la duracion del evento…que serian 8 dias. Por lo que escuche…el empresario tarda mucho en pagar a los trabajadores, dado que el contrato es de 8 dias nada mas, mi pregunta es, cuanto puede tardar en pagarnos?
En principio, debería pagaros cuando termina el servicio, aunque no debe tardar más de un mes.
Buenas noches, mi duda es la siguiente:
He estado con contrato temporal eventual practicamente 8 meses, primero uno de 3 y posteriormente el de 6 ya que finaliza en Julio. La cuestión es que estaba de manera parcial y me ofrecieron la jornada completa y en un principio me interesa, pero he visto que la intención de mi empresa es finalizar el contrato eventual enviandome una liquidación a mi cuenta indican que me dan de baja nada mas y no entiendo si esto es normal por un cambio de horas. De esta forma perdería mi antigüedad¿?
No, no pierdes antigüedad. Se puede hacer una modificación del contrato o un contrato nuevo si es por una causa diferente.
Entonces porqué la liquidación? Si se puede hacer una modificación del contrato.
La causa son de media jornada a completa. Entiendo q el contrato hay q modificarlo pero lo de la liquidación me mosquea.
Es posible q no quieran hacerme indefinido q es el tipo de contrato que deberían hacerme ahora y hacerlo a fin de obra y de ahí la liquidación? Si me liquidan me dan vacaciones y todo esq no lo veo normal.
Alejandro mil gracias por contestarme, por ayudarme y dedicarme tu tiempo tan rapidamente. Gracias
Puede que haya cambiado la causa del contrato. Habría que mirar los dos contratos.
Hola y una vez más muchas gracias por tu ayuda. He mirado mis dos contratos, uno es el inicial con una duración de 3 meses y con 1 mes de prueba el motivo es eventual por circunstancias de producción, el contrato posterior es una prórroga del anterior con una duración de 6 meses.
También te pueden liquidar sin perder antigüedad¿? , ¿Qué tipo de contrato deben ofrecerme ahora al subir de horas? ¿Qué indemnización deben darme?
Gracias.
Aunque liquiden, no se pierden la antigüedad. Te pueden hacer el contrato que quieran según las necesidades que tengan. La indemnización es de 12 días por año trabajado en el caso del contrato eventual.
Entonces las vacaciones las liquidan o se pueden hacer como la antigüedad?Gracias Alejandro
Si se mantiene la relación laboral no se deben liquidar las vacaciones, aunque si se hace, y el contrato no supera el año podría ser adecuado. Lo que no se permite es que un trabajador esté un año trabajando de manera continuada sin disfrutar de sus vacaciones.
Buenas tardes, si es posible agradecería que me ayudaran a solucionar unas dudas que me surgen en el trabajo.
Les comento, desde hace un año trabajo en una empresa que nos da de alta y baja según el trabajo ( típicos contratos que dan de alta en septiembre hasta junio y de baja julio y agosto y otra vez de alta en septiembre hasta junio y así…) Tenía dudas sobre mi contrato ya que leí que ponía duración desde enero hasta.. INCIERTA y no sabía que significaba esto de INCIERTA, buscando información en internet, entiendo que se refiere a un tipo de contrato de obra para un proyecto de duración incierta, es decir Contrato para obra o servicio determinado en principio de duración incierta o eso creo. Mi situación es la siguiente, estoy embarazada de un tiempo ya avanzado y nos han dicho ya que en Junio ( igual que el año pasado) nos darán de baja, la cuestión es que yo estoy intentando aguantar hasta terminar en junio mi contrato pero ya me cuesta bastante continuar por que el embarazo ya les digo va avanzado y cada día me cuesta más, es por ello que quizás el médico me de la baja en breve y no sé si podré terminar el mes de junio, mis dudas es que si el médico me da la baja y aun la empresa no ha cesado mi contrato, ¿ si el médico me da la baja por enfermedad común, la empresa me puede dar de baja el contrato ? o por el contrario, la empresa no podrá darme de baja en la empresa hasta recibir el alta médica? y en caso de que la empresa pueda darme de baja aunque esté con la baja médica, Si es por enfermedad común o accidente no laboral, el importe de la prestación por incapacidad pasa a ser lo que le correspondería de prestación por desempleo? es decir, el dinero que percibiría por la baja sería el correspondiente al paro que tenga acumulado?? estoy echa un mar de dudas, muchas gracias por su ayuda.
Aunque te den la baja, te podrán dar de baja cuando corresponda según el contrato de obra, pero no antes. Además habría que revisar si el contrato está en fraude de ley o no para demandar por despido improcedente. Efectivamente, si extinguen el contrato, te seguirán pagando el correspondiente a lo que te corresponde por desempleo.
Llevo desde 2005 hasta 2018 trabajando para la misma empresa periodos de 01 de octubre hasta mediados de Mayo con contrato parcial. Más o menos 8 meses y medio. ¿Tengo derecho algún derecho al respecto?. Gracias
Es una pregunta muy amplia, y habría que ver los contratos para ver si se te respetan las vacaciones, salario, indemnización por fin de contrato, si ya deberías de ser indefinido…
Hola mi comentario es empecé por ett el día 1 de octubre hasta el 31 de diciembre .luego firme desde el 9 de enero hasta el 7 de octubre de 2018 están obligados hacerme fijo o no ??
Depende de los tipos de contratos.
El primer contrato 3 meses por ett y otro de 9 por empresa
Pero no me indicas que tipo de contrato, pero seguramente no estén obligados, por lo menos por la duración de los contratos.
He estado en un contato en prácticas en una empresa de ambulancias. Primer contrato de 6 meses, con un prorroga de 6 meses y otra prorroga de 1 año. En total 2 años. Acabe el contrato el dia 19/05 y ese dia me dicen que me van a hacer un contrato de :contrato eventual por circunstancias de la producción (402 en seg social). Mi pregunta es:
-Me tendrían que haber avisado antes antes de que hacia cambio de contrato.
– Es legal hacer otro contrato continuado y no hacerme fijo. Gracias
Lo correcto sería haberte avisado con 15 días, pero sí que es legal hacerte otro contrato si tienen causa para ello.
causas para ello? sigo en mi puesto, y me han echo un contrato de vacaciones 15 días mas pero no estoy cubriendo a nadie. Sigo en mi hueco
El nuevo contrato tiene que indicar la causa del contrato. Por ejemplo, para cubrir unas vacaciones de algún trabajador el contrato correcto es un contrato eventual por circunstancias de la producción.
Buenas tardes Alejandro,
Te cuento.
Empecé a trabajar en julio de 2016 con un contrato eventual por circunstancias de la producción (502) de 3 meses a tiempo parcial y me hicieron una prórroga de 9 meses hasta completar el año (julio 2017).
A los pocos días de terminar comencé a cubrir vacaciones, bajas y días de libre disposición con varios contratos de interinidad a tiempo completo (410) hasta el 1/12/2017.
Finalmente el 3/12/2017 me hacen un contrato temporal por circunstancias de la producción (402) de 6 meses a tiempo completo.
¿Cuál es mi situación ahora? Es decir, ¿Deberían hacerme indefinida o pueden incluso hacerme otro contrato (402) de 6 meses más?
Muchas gracias por tu atención!
Habría que mirar las fecha exactamente, pero creo que con un contrato de seis meses más, superarías el límite de contratos temporales.
Hola, me hicieron un contrato de 3 meses prorrogado a 6 meses más. Me hacen otro contrato por 3 meses (para llegar al año) y me dicen que las vacaciones generadas en el otro contrato me las juntan con las de este último disfrutandolas en este último periodo de 3 meses. Esto se puede hacer? Qué termine un contrato y disfrutar las vacaciones de ese contrato con las del contrato siguiente.
Tienes que disfrutar 30 días de vacaciones al año, se pueden disfrutar al final si se prorroga el contrato.
Buenos días Alejandro mi consulta es la siguiente: si pasado 1 año llevo (14 meses en mi caso) con un contrato por circunstancias de la producción 402 y la empresa ahora cuando se ma acaba el 402
me hace otro de interinidad ¿puedo aun reclamar mi contrato indefinido o solo lo pude reclamar mientras tenía el 402 en vigor?.. Gracias
Se puede reclamar
Buenas, me contrataron el día 03/05/2017 con un contrato eventual por circunstancias de la producción (402) de 3 meses, al finalizar me prorrogaron otros 3 meses sin firmar nada, y después de esos 3 me prorrogaron por otros 6 meses, también sin firmar nada, a 04/05/2018 sigo trabajando y no me han vuelto a decir nada del contrato, ¿en que condiciones estoy?¿paso a ser indefinida?
Si, el contrato se debería de convertir en indefinido.
Hola buenas tardes Alejandro mi pregunta es..¿Si llevo 14 meses continuos con un contrato por circunstancias de la producción 402 y continuo con el mismo contrato me tendrían que hacer indefinido o no? Solo con pasar de los 12meses O tengo que llegar a trabajar los 18 meses como dice mi convenio … Gracias
Al pasar el año se convierte en indefinido.
Buenos días,
Tengo un contrato indefinido, pero trabajo para un cliente final, a través de 2 empresas. Es decir, está el cliente, la empresa a la que el cliente le pide un trabajador, y mi empresa, que le presta ese trabajador a la empresa intermedia, para realizar el trabajo en el cliente. Esta situación se da desde hace algo más de 4 años.
Trascurridos 5 años, la empresa intermedia suele contratar al empleado. ¿Esto se debe a alguna obligación legal o por el contrario sólo es política de empresa, y no tienen porqué? El motivo de mi pregunta, es por saber si efectivamente tendrán que incorporarme, y en ese caso, tendría una posición a la hora de negociar.
Un saludo.
Política de empresa.
buenos dias…le comento.. empeze en el hotel con un contrato de iterinidad por una baja desde el 20/02/2016. hasta el 11/07/2017…y el 13/09/2017 con un contrato eventual por produccion de cuatro meses hsta 12/01/2018, quede parada por que el hotel bajo la ocupacion, ahora tres meses despues la gobernanta quiso que volviera y le comentan que no me pueden hacer contrato eventual hasta enero del 2019… que hay de cierto en ello,,,, y quieriera saber que otro tipo de contrato se me permitiria para volver al hotel. gracias de antemano.
bueno lo intente, gracias de todas formas
Ola una Pregunta siyo dejo lanpresa buluntaria mente puedo echa el paro o la yuda
No, no se tiene derecho.
Depende de las necesidades de la empresa, es decir, te pueden hacer casi cualquier contrato siempre que existe causa para ello. Es decir, otra interinidad, uno de obra…pero si tienen una necesidad permanente el contrato correcto sería el indefinido.
Buenos dias:
Mi hermano lleva con un contrato por obra y servicio (401) desde al año 2002 haciendo mediciones en otra empresa. Ahora ha venido otra empresa mas barata que la suya y a ellos ya no les han renovado el contrato (a su empresa principal), con lo que le ha dicho que van a rescindir su contrato. Deberian avisarle con antelacion? Cuanta indemnizacion le corresponderia? Tiene que ir a firmar mañana y como no sabemos de esto yo le dije que firmara NO CONFORME? Esta bien asi?. Muchas gracias
Si es un contrato temporal, 12 días por año trabajado y un preaviso de 15 días si el contrato ha durado más de un año. De todos modos, habría que ver la causa de la contratación, ya que a lo mejor se puede reclamar una indemnización del despido improcededente.
Hola muy buenos días quisiera exponer una duda que tengo empecé a trabajar el 03/04/17 con un contrato temporal eventual que finalizaba el 03/08/17.
Días antes de caducar el contrato me avisan que se hace una prórroga hasta 1 año yo no he firmado nada y ahora hace unos dias se ha cumplido la prórroga y nadie me ha dicho nada y no se que hacer si preguntar o no.
Por favor agradecería si me informa que puedo hacer.
Gracias.
Habría que ver que tipo de contrato es, pero si pasa el contrato y no te dicen nada, la relación se debe entender indefinida.
Es un contrato eventual por circunstancias de la producción
El código es 402 contrato eventual por circunstancias de la producción.
Gracias por su ayuda.
Pasado el año, la relación laboral se debe entender indefinida.
Muchas gracias por su tiempo en responder y ayudar a personas que como yo no entendemos estás cuestiones.
buenas tardes
El día 19-03-2018 firmé un contrato eventual para sustituir las vacaciones de los empleados. El periodo de disfrute de vacaciones es desde el 19-03-2018 hasta el 06-05-2018 (una semana por trabajador). Inicialmente firmé por dos semanas, del 19-03-2018 al 01-04-2018. Unos días antes de finalizar esas dos semanas, me ofrecen renovar otras dos semanas. En el momento de firmar, yo pienso que firmo una próroga por dos semanas, pero me dicen que al día siguiente me dan mi copia del contrato. En teoría firmaba desde el 02-04-2018 hasta el 15-04-2018. tres días antes, el día 12, me llama mi supervisor y me ofrece una semana más si quiero. Yo acepto seguir trabajando. Me citan para el día siguiente firmar y me instan insistentemente a que les lleve el primer contrato, el original, para entregarlo a RRHH. Como me temía, en el contrato que me dan a firmar, se incluyen las tres semanas, siendo del 02-04-2018 al 22-04-2018. Cuando le digo a mi supervisor que nunca me habían pedido un contrato y que me sorprende me dice que ya me lo dan junto con el nuevo a firmar. Al decirle que no entendía que se incluyesen las tres semanas cuando las que van del 02-04 al 15-04, que ya las había firmado, me dice que lo que había firmado era el contrato original, en algunas hojas que no había firmado. Hice una copia de mi contrato original para mantenerlo conmigo, y entregué una copia en color. Pienso que me han hecho algo raro con las prórrogas, pues me dicen que sólo he firmado una por 3 semanas en lugar de dos, una de dos y otra de una semana. Y, en todo caso, me despiden el 22-04-2018 quedando aún dos trabajadores pendientes de disfrutar su semana de vacaciones.
un eventual sólo se puede prorrogar una vez, y no dos. Por eso te han hecho esa «jugada». Si tienes todos los contratos, puedes demandar por despido improcedente, puedes conseguir una indemnización de 5,5 días de salario.
gracias por tu respuesta, Alejandro. No me dieron contrato de la primera renovación por dos semanas, ni de la segunda por una. pienso que es por si necesitan que cubra una semana más. Esta mañana fuí al SEPE y me dieron copia de lo que la empresa ha presentado y es un contrato eventual por circunstancias de la producción del 19-03 al 01-04 de 2018. En ese documento dice que la empresa me avisa de la conclusión del contrato a fecha 28-03 (curiosamente, el día en que me llamaron para ofrecer la prórroga de dos semanas). Además, el contrato del SEPE no especifica nada de la cobertura de vacaciones que sí aparecía especificada en el contrato inicial que firmé y que conservo. El nivel de estudios dice Estudios primarios incompletos, cuando tengo una licenciatura; sé que no afecta para el desempeño de las funciones propias del puesto, pero es incorrecto el dato.
Es decir, no han presentado desde el contrato original ninguno más, y ya han pasado más de diez días.
Gracias, un saludo
Tienes un plazo de 20 días hábiles para demandar y conseguir una indemnización por despido improcedente equivalente a 33 días por año trabajado.
Hola, mi situación es la siguiente, empecé en la empresa como becario (convenio con la universidad) durante 10 meses, entonces firmé un contrato de prácticas de 6 meses, despues una prórroga de 6 meses y hace un mes otra prórroga de 12 meses de ese contrato de prácticas. Dentro de 1 mes llevaré 2 años trabajando para esta empresa, contando los meses de becario más los de prácticas. En ese momento mi contrato debería pasar a ser indefinido? Muchas gracias, un saludo.
Si tienen una causa temporal, sí que podrían hacerte un contrato temporal.
Y si no la tienen? Porque en este puesto nunca he trabajado para algo que tuviera fecha de finalización… Muchas gracias por su ayuda.
Los contratos de obra no tienen por que tener fecha de finalización conocida, pero es una causa temporal. De todos modos, si no tienen ninguna causa temporal, el contrato deberá de ser indefinido. Pero una empresa, siempre puede tener una necesidad temporal.
Buenas tardes
mi duda es que e estado primero con un contrato temporal de 3 meses después me hicieron de 6 meses y acaban de hacerme uno a fin de obra, pero en este contrato me sale con fecha de este último, me mantienen la antigüedad ?
en el caso de que no me la hayan mantenido deben pagarme el finiquito ?
gracias.
Si, se te mantiene la antigüedad. Depende del contrato, deberían de indemnizarte.
Buenas tardes,
Quería saber si existe un máximo de contratos eventuales, aún firmando estos por 6 meses al año cada vez. Es decir, firmo un contrato con la empresa durante 6 meses y al terminar voy a la bolsa de empleo de la compañía, y así sucesivamente durante más de cuatro años. ¿Puede existir esa situación sin límite?
El convenio en la empresa no refleja nada respecto a eso excepto la bolsa de empleo.
Muchas gracias
Como se indica en la entrada, existen dos límites temporales en los contratos eventuales. Un límite genérico de que no puede superar los 24 meses en 30 meses, y por otro lado no puede superar los seis meses o los doce, según lo indicado en el convenio colectivo.
Además, si no superan los límites temporales, y no existe causa para un contrato temporal también estará en fraude de ley.
Buena tarde
Alejandro, si un trabajador lo tengo con contrato de eventual desde hace 3 meses y decido terminar la relación laboral a mitad del 4 mes, pero no le he dado el 4 contrato a firma y ya van 7 dias que debio de haber firmado, que riesgo puedo correr?
1 – no hay problema y puedo dar unicamente partes proporcionales?
2 – Tendria que liquidar los días faltantes al contrato 4to?
3 – Tendria que liquidar.
Te agradeceria enormemente tu apoyo, Saludos.
No entiendo muy bien la cuestión. Si finalizas el contrato antes de que alcance el plazo de duración del contrato se trata de un despido, por lo que tendrías que abonarle una indemnización por el despido además de los días trabajados, pero no tendrías que abonarle los días que resten de contrato.
1. La empresa X me hace un contrato temporal para los días 7 y 8 de abril 2016 (jueves y viernes) y otro del 11 al 15 de abril 2016 (lunes a viernes). Por lo que los días 9 y 10 de abril (sábado y domingo) al no estar dado de alta, reactivo y cobro la prestación por desempleo de esos dos días.
2. Ahora, en 2018, recibo un comunicado por parte de la Seguridad social en el cual expone que debido a una Inspección de Trabajo efectuada en dicha empresa, se han visto obligados a solicitar a la empresa que me dé de alta en la SS y pague mis cotizaciones de los días 9 y 10 de abril 2016 (sábado y domingo). A su vez, yo debo devolver la prestación de esos dos días. Consideran la baja indebida en fines de semana ya que el lunes 11 me vuelven a dar de alta y, por consiguiente, la prestación cobrada de esos días no es compatible con la cotización de dichos días.
3. Devuelvo el importe de la prestación correspondiente a dichos días en el plazo fijado. Seguidamente me dirijo a la empresa X para reclamar que me paguen el salario de los días 9 y 10 de abril (en mi vida laboral ya aparecen reflejados como cotizados por parte de la empresa X). Entiendo que si se han visto obligados a darme de alta y cotizar por mí, y yo a devolver la prestación, también tengo derecho de cobrar el salario de los días 9 y 10.
4. La empresa me dice que no, que al ser sábado y domingo y no ser días laborales, no tienen que pagarme nómina, únicamente las cotizaciones correspondientes.
¿Alguno podéis decirme legislación que me aclare esta situación? Porque yo estoy convencido de que esos dos días deben de pagármelos.
Muchas gracias de antemano.
En mi opinión sí que te lo tendrían que pagar, si no lo hacen, tendrás que acudir a los tribunales. No existe una artículo específico que regule esta situación.
Buenos días Alejandro te comento
A la hora de sumar contratos por si hubiese un fraude de ley, más de 12 meses
En un periodo de 18 si alternan los contratos 502 y 402 en ese periodo ¿suman por igual por ser eventuales por circunstancias de la producción los 2? O suman por separados porque uno es tiempo completo y otro es tiempo parcial?…. Gracias
Suman separado si son dos contratos diferentes con dos causas diferentes. Si es la misma causa, y simplemente ha existido una reducción de jornada si que suman.
Gracias y un saludo
Hola Alejandro. Llevo desde 2013 en una empresa con contratos temporales de obra, eventuales y de interinidad. En 2017 me dijeron que como habría sobpresado el límite de 24 meses en 30 me dieron un contrato de interinidad por un riesgo durante el embarazo seguido de una maternidad. Pasado este tiempo q no cuenta la interinidad, ¿me pueden hacer otra vez contratos temporales q no sean de interinidad y volver a contar los 24 meses en 30?
Siempre se cuenta el 24 en 30, en el momento que lo superes el contrato es indefinido.
En un período similar cumpliendo 24/30 pero habiendo trabajado 28 días en otra empresa.
Reuniría los requisitos para hacer un indefinido??
Gracias!! Un saludo!!!
No afecta que hayas trabajad en otra empresa, tienes que cumplir los 24/30 en una misma empresa.
Buenas tardes!
Mi duda es sobre concatenacion de contratos y las fechas de los mismos.
Firmé un contrato temporal de 6 meses + 6 meses de prórroga, y después otro seguido de obra y servicio con un motivo similar a «Campaña publicidad 2017». Sobre el 16 de febrero 2018 me dijeron que tenía que firmar un nuevo contrato, que «…ya estaba sin contrato», pero hasta el 22 de marzo no me han dado el contrato para firmar, y sin embargo la fecha de contrato indica «1 de febrero 2018». En qué fecha se entendería que acaba la obra y servicio 2017… el 31 de diciembre, o por campaña de publicidad se podría entender más tarde (finales de enero o así).
Y mi segunda pregunta, ¿es legal que me digan que firme un contrato con casi dos meses de retraso con respecto a la fecha que indica el contrato? ¿Puedo negarme? ¿Sería ya fraude de ley y, por tanto indefinida? (también me entra la duda por el tema de cuando finalizaría el contrato obra de 2017).
Muchísimas gracias!
Depende de las necesidades de la empresa, podría extenderse el contrato más allá de 2017 si hay una causa que lo justifica. Por otro lado, no es procedente lo que te han hecho, sí que podría ser considerado el despido como improcedente.
Hola mi pregunta es. Empece a trabajar en un franquicia con contrato de 6 meses hce dos meses la comunicaron que se la quitaban y ella para que no nos quedasemos sin trabajo nos hizo indefinidas la nueva empresa se subrrogo a nuestro contrato pero ahora no han despidido alegando finalizacion de contrato se puede hacer?y si es asi nos deben abonar todas las vacaciiones k no hemos disfrutado en 6 meses?
Si erais indefinidas, no, no se puede hacer. sí, que os tienen que pagar todas las vacaciones generadas y no disfrutadas.
Hola a mi me hicieron un contrato de trabajo temporal de 9 meses,se me acabo el jueves pasado y aun no me dijeron…para renovar.yo me tendria que ser fija?
Habría que mirar que tipo de contrato es, pero si continuas en la empresa, y no te han comunicado nada la relación se puede entender indefinida.
hace dos años estabajando ahi me hicieron un contrato de 6 meses se me acabo y me renovaron otro de 6 meses cuanto se me acabo…me pagaron el finiquito y todo para no hacer fijo,despues me mando ir en paro 6 meses para poder volver a contratarme.ahora me hicieron de 9 meses se me acabo el jueves pasado y no me dijeron nada para renovar o algo . Muchas gracias
Si continuas trabajando, se puede entender indefinida la relación laboral.
Buenos días
Empecé a trabajar el 1 de Junio de 2017 con un contrato 402 de 4 meses , para sustituir por vacaciones a 4 empleados de la empresa .
Cuando acababa dicho contrato me finiquitaron sin yo firmar nada, pero a continuación uno de estos trabajadores fijos tuvo que operarse por lo que me hicieron un contrato 410 según recoge mi vida laboral, ya que yo no he firmado este segundo contrato.
¿es mi contrato indefinido por no hacerlo por escrito ?.
¿es mi antiguedad desde el 1 de junio ?…ya que mi nomina refleja que lo es el 1 de octubre cuando empecé el 410
muchas gracias y un saludo
TU antigüedad sería la del 1 de junio, porque se tienen en cuenta todos los períodos que has estado dado de alta en la empresa.
Cuando no se firma el contrato se presume indefinido salvo que se pruebe lo contrario, en este caso, la empresa parece que tendría más fácil demostrar la temporalidad, pero en caso de duda, siempre puedes demandar, ya que el único que puede obligar a la empresa a hacer contrato indefinidos es un juez.
buenas tardes,mi edad es de 26 años, estoy en una empresa desde 2015.mire mi caso es que yo llevo 3 años trabajando con la misma empresa
mire me hicieron 2 contratos de un año cada uno de formacion a 40 horas ,cuando termino me dejaron 3 dias sin segurar y me hicieron un nuevo contrato temporal de 1 año de 30 horas se me acaba ahora en un mes,tienen la abligacion de hacerme indefinido.gracias y un saludo
no, obligatoriamente, si tiene una necesidad temporal podrían hacerte un contrato temporal.
Buenas tardes.
Te cuento mi situación.
Firme un contrato por Obra y Servicios en Enero del 2006, donde especificaba el cliente donde realizar el trabajo, y la funcion que era Asistencia Tecnica Insitu para los usuarios.
Desde hace unos 7 años deje de estar por este cliente realizando ese trabajo insitu y cambie a realizar el trabajo de Asistencia Telefonia y como Coordinador de mi empresa en el mismo cliente, deberian haberme cambiado el contrato al pasar de Asistencia in situ a Atencion telefónica aunque fuera en el mismo contrato del mismo cliente? deberían haberme hecho Indefinido al cambiar mis funciones?, saludos y gracias.
Una aclaración, llevo doce años, hasta la fecha en el mismo cliente, aunque cada 5 años mas o menos sacaban a concurso un nuevo pliego y mi empresa a ido ganando esos concursos hasta ahora, por lo que cada 5 años mas o menos, el contrato de mi empresa finalizaba y continuabamos con el nuevo y así constantemente hasta ahora, no se si me explico, un saludo y gracias por todo.
En ese caso se podría entender indefinido.
Depende de la causa que se indique en el contrato. Sería dudoso que el cambio de funciones implique la consideración de indefinido, se podría considerar que la causa sigue siendo el mismo.
Buenas tardes, tengo unas dudas:
En un periodo entre junio y noviembre de 2017:
-Trabajé en un hotel con 1 contrato de un mes de auxiliar de economato por circunstancias de la producción;
-Después otro contrato de 1 mes como botones por circunstancias de la producción;
-Otro contrato de 3 semanas como auxiliar de economato + otro contrato 2 semanas auxiliar economato + prórroga 1 semana todos por circunstancias de la producción.
¿Tendría que pasar a indefinido? Lo que entendí es que en un periodo de 12 meses se la empresa hace más de 2 contratos pasa a indefinido del mismo tipo pasa a indefinido. O puede ser que haya entendido mal o hay excepciones.
Muchas gracias,
Saludos.
Si son varios contratos con diferentes causas hay que acudir al límite general de 24 en un periodo de 30.
Buenas tardes.
He estado contratado con un contrato de interinidad 4 meses y despues de este me hicieron un contrato eventual por circunstancias de la produccion que expira el 14 de marzo. ¿me pueden hacer una prorroga de 6 meses del contrato eventual o al hacerla se supera el limite de 12 meses en el plazo de 18? ¿ el tiempo del contrato de interinidad no se tiene en cuenta para este plazo?
No, el contrato de interinidad no se tiene en cuenta para el plazo de 12 meses en un periodo de 18 de un contrato eventual.
Buenas tardes,
Una duda, en marzo acabo el contrato de 6 meses, ya he completado 12 meses trabajando con un contrato eventual de 6 meses, mas prorroga de 6 meses más por circunstancias de producción, en marzo empezaría otros 6 meses o pasaría a un contrato de un año, o como sería el proceso.
Gracias
En marzo o te hacen otro contrato o extinguen la relación laboral, si continuas trabajando se deberá entender indefinida.
Buenas tardes Alejandro,
La verdad es que yo tengo una duda sobre que me tiene bastante angustiada. El próximo día 5/03 mi contrato finaliza después de prestar mis servicios en una empresa durante 1 año, el tema es que queda una semana para el cumplimiento de dicha finalización y nadie me dice nada, le pregunté a mi jefe y me dice que no sabe nada. No deberían avisarme con 15 días? Si me termina el contrato y me liquidan deberían pagarme también vacaciones? sino tengo claro lo que me liquidan debo firmar como no conforme, verdad?
Te pueden avisar el mismo día. Si deben de pagarte las vacaciones generadas y no disfrutadas.
hola buenos días Alejandro mi consulta es la siguiente: a finales de marzo se termina mi ultimo contrato que he firmado y con certeza me harán otro, se cumplen varios requisitos: concatenación de contratos, cumplo mas de 12 meses dentro de un periodo de 16 y todos por circunstancias de producción. Si en el próximo contrato no me lo hacen como indefinido ¿Cuándo tendría que reclamarlo?
Gracias.
12 meses de 16 por convenio que no te lo he especificado. Gracias
Habría que ver que contrato te hacen, por ahora no tienen la obligación de hacerte indefinido. Por ejemplo, te pueden hacer uno de interinidad si tienen causa para ello. Es decir, te pueden hacer varios contratos, en función de las necesidades de la empresa.
Gracias Alejandro pero la verdad es que hago casi los 16 meses dentro de los 16 no sería fraude de ley?
Gracias y perdón por la insistencia
Habría que ver que es lo que dice el convenio, pero si llevas más de doce meses con el mismo contrato eventual por circunstancia de la producción la relación ya es indefinida.
Llevó 2 años de Teleoperadora cuando me podrían hacer indefinida
Depende del contrato.
Hola! tengo una duda dobre la duración máxima contratada de 2 años por ETT. Para contar hasta los 2 años.. cuenta los dias que te echan? como un dia por huelga (te echan por un dia) como puentes.. vacaciones de una o dos semanas. ¿O estos dias se tienen que descontar para la suma de los dos años máximos?
Muchas gracias!
Se tiene en cuenta los días cotizados, pero también los días de huelga para conocer los límites del contrato. Si que se descuentan, los días que no estuviste contratada. De todas maneras se podría revisar por que no te contrataron esos días.
Hola buenos días esta es mi consulta:
Desde el 14/11/16 me están haciendo contratos eventuales por circunstancias de la producción el último contrato que he firmado me termina el 28/03/18 se supone que el día 14 de dicho mes cumpliría 16 meses de contrato me tendrían que hacer indefinido en el siguiente contrato? Mi convenio es de limpieza de edificios y locales de la provincia de Cádiz.. Aunque en el ETT. Art. 15 pone que serían 18 meses.. Gracias de antemano..
La empresa de trabajo temporal, debe de respetar la duración de los contratos que se indica en el convenio de aplicación a la empresaria usuaria, en este caso, el de limpiezas de Cádiz.
Si el contrato durara más de lo que indica el convenio, estaría en fraude y se convertiría en indefinido, en caso de demanda.
Gracias aunque la empresa no es de trabajo temporal
ETT(estatuto de los trabajadores)
Perdón si he llegado a confundirle
Gracias
Hola de nuevo en la consulta anterior desde el 14 /11 /16 hasta el 28 /03 /18
Cumpliré el 14 /03 /18 doce meses en los últimos 16….en este periodo de tiempo habré firmado unos 7 u 8 contratos todos por circunstancias de la producción entre contratos y contratos se me daba de baja 2 o 3 días según si coincidía un fin de semana o algún puente de por medio
Mi consulta es: a la hora de hacerme indefinido se mira el cómputo de 12 meses o de días totales en un año
Gracias….
Se miran los días que has estado contratado. No obstante, si te contratan de lunes a viernes y los fines de semana no te los tienen cotizados, se podría discutir que dichos días también deberían de computarse. Además, si te hacen concatenación de varios contratos, aunque no superen los límites, a lo mejor la necesidad no es temporal sino indefinida y el contrato está en fraude de ley.
Buenos dias, me gustaria que me respondieran a la siguente duda:
tengo firmado un contrato temporal eventual por circustancias de la profucción de 4 meses de duración que se me terminó en 1 de Enero, y sin firmar otro contrato el jefe me ha dicho que sigo con las condiciones de cotrato del citado pero no hay ningûn escrito más que lo confime aparte de ese primer contrato tempotal de 4 meses. Podria demandar a la empresa(bar) por fraude de ley y que me renueven el contrato indefinidamente?
Se podría entender indefinido, salvo prueba en contrario que acredite su naturaleza temporal.
Buenos días
Mi caso es el siguiente
En abril de 2016 me hicieron un contrato de 3 meses que acabó en julio, y en enero de 2017 me hicieron otro que acabó en abril. Me dijeron que para volver a contratarme sin hacerme fijo tenia que pasar un año desde el fin del último contrato. ¿Es esto verdad?
No, depende de los tipos de contratos y de las necesidades de la empresa.
Muchas gracias. También tengo otra pregunta. ¿En el cómputo de los 24 meses también cuenta el tiempo trabajado cubriendo una baja ó con un contrato relevo en la misma empresa?
No, no se tienen en cuenta.
Hola, buenas
Tengo una duda que no consigo solventar por ningún lado. Con respecto al articulo 15.5 del Estatuto de los Trabajadores, el BOE especifica que los contratos de formación no cuentan en ese cómputo de los 30 meses por los cuales, si de ellos has pasado 24 meses trabajando para la misma empresa con un contrato temporal, pasarás a un contrato fijo por ley. Pues bien, yo estuve los primeros meses en la empresa con un contrato en prácticas, ¿ese tiempo se puede contar o no? Gracias de antemano.
No, no computan los de prácticas tampoco.
Gracias!
Buenas tardes! Tengo una duda importante, ya que dos abogados que me han asesorado, no se ponen de acuerdo. La duda es sobre desde cuando empieza a contar el periodo en contrataciones eventuales, en un periodo de 18 meses excederse de 12 meses. El caso es que un abogado me asegura que se empieza a contar desde que comienza el último contrato hacia atrás contando 18 meses e incluyendo los meses de este contrato. Por el lado contrario la abogada, interpreta que el periodo empieza cuando termina este último contrato hacia atrás 18 meses. No se si ha quedado muy claro como lo he explicado, espero que si. No se si habrá jurisprudencia al respecto. Es muy importante para mí, ya que si es como opina el abogado, estaría en fraude de ley, ya que se pasan y si es como opina la abogada, serían 12 meses justos. Muchas gracias de antemano.
No entendí muy bien la diferencia, pero puedes contar los 18 meses en cualquier periodo de contratación, si en algún momento de tu relación laboral ya cumplida has estado contratado más de 12 meses en un periodo de 18 meses tu relación laboral es indefinida. Pero tiene que ser la misma causa del contrato. La empresa puede hacer dos contratos eventuales por dos causas diferentes, y no operaría ese límite, sino el límite temporal general de 24 en 30.
Vale gracias! Si, la condición esa la cumplo, ya que siempre me han contratado para lo mismo y con el mismo tipo de contrato
Hola,
He estado 2 años con un contrato de practicas. Acabo de firmar otro de obra y servicio. En este caso, cuanto seria el limite del contrato de obra y servicio? Entendo que no podria estar mas de 2 años de obra y servicio porque sumados a los otros 2 de practicas hacen un total de 4 que es el máximo para la obra y servicion en mi sector. Estoy en lo cierto o me podrian extender 4 años más de temporal?
Gracias
Podrías estar cuatro años si así lo permite el convenio, para el plazo temporal del contrato de obra no se tiene en cuenta los dos años de prácticas, sino que empieza desde cero. Aunque la antigüedad si que es desde el primer contrato.
Hola!
Tengo una duda que me está comiendo la cabeza y no encuentro respuesta por ningún lado, el caso es el siguiente:
Fui contratado en prácticas por una empresa con un contrato de ingeniero técnico. En el transcurso de mi contrato en prácticas seguí estudiando y obtuve el título de ingeniero superior.
Al poco tiempo mi contrato en prácticas se terminó (duró dos años). Y me volvieron a contratar de nuevo en el mismo puesto durante un año con un contrato por circunstancias de la producción y aunque ya tenía el título de ingeniero superior este nuevo contrato continuó siendo como ingeniero técnico.
Ahora viene el dilema, puede la empresa volver a contratarme en prácticas como ingeniero superior para un puesto de trabajo diferente en otro departamento??
Muchas gracias
Si son para otras funciones y la empresa puede acreditar que solo se podrían realizar con la nueva titulación entiendo que sí que se podría hacer un contrato en prácticas.
Hola entre a trabajar en una empresa de hostelería el 19 de mayo del 2017 desde ese momento me han hecho 2 contrato y una prórroga, para no hacerme indefinida me dijeron q tengo q estar un tiempo fuera de la empresa para luego poder contratarme de nuevo pero igual bajo contratos temporales, quisiera saber el tiempo mínimo q tengo que estar fuera de la empresa para q puedan contratarme de nuevo
No existe un tiempo mínimo, y depende de los contratos temporales, pero seguramente la empresa espera como mínimo seis meses.
Buenas noches:
Mi pregunta es la siguiente:
Tengo 50 años y la relación laboral con mi empresa es la siguiente: un contrato de Formación y Aprendizaje de un año, tres contratos mas de seis meses cada uno por Obra y Servicio Determinado (Creo que en fraude de ley, porque el trabajo es en una guardería como Auxiliar de Educación Infantil).Ahora me quieren despedir porque según ellos me tienen que hacer indefinida, por haber estado contratada mas de 24 meses. Tienen que hacerme indefinida o me pueden despedir?
Con los datos que me das, desconozco si te tienen que estar indefinida. De todos modos aunque tuvieran que hacerlo, pueden despedirte si tienen causas para ello. Ahora bien, si los contratos están en fraude de ley no puedo indicar un fin de contrato temporal, por que ya deberías de ser indefinida. Por lo tanto, en función de la causa que alegue la empresa para extinguir la relación laboral, tendrás un plazo de 20 días hábiles para impugnar y conseguir una indemnización mayor o la readmisión.
Muchas Gracias por responderme tan rapido
–Hola buenas quisiera saber si seria fijo con los siguientes contratos en la empresa.
Empeze a trabajar el 19-07-2010 con contrato de relevo ,el 14 de mayo de 2013
me hicieron otro por jubilacion anticipada del señor que habia relevado hasta el 13-05-2014.
Del 15-05-2014 me hicieron otro hasta el dia 15-05-2015 y seguidamente otro hasta el 15-05-2016 y por ultimo el que tengo en vigor hasta en la actualidad desde el dia 18-05-2016 hasta elmomento
Si son todos contratos de relevos, salvo que éstos esten hechos, no tienen más límite temporal que lo que dirá el relevo.
son contratos de duracion determinada,menos el ultimo el que tengo en vigor que fin de temporada pero llevo mas de un año y medio con el
Depende del contrato, existen tres tipos de contratos de duración determinada. De todos modos, salvo que los contratos sean de interinidad, tienes que ser indefinido.
buenas noches:
te comento mi caso…..llevo trabajando desde hace 10 años en una empresa con diferentes contratos de sustitución de bajas… contratos de circunstancias de la producción……así con una duración toral de los contratos de 5 años y medio. (contrato x, paro 3 días, contrato y paro 10 días. contrato ….)
ahora…después de estar vacilada este tiempo…..creo que van a prescindir de mi……
si denuncio… sería fija?
Habria que mirar los tipos de contratos y la duración de éstos, con los datos que me comentas es imposible.
Hola mi duda es la siguiente me hicieron un contrato eventual de 3meses luego una prórroga de 6 meses y ahora otra de 3 meses más en total are 1 año seguido en el mismo puesto esto es legal? Y después que tipo de contrato me pueden hacer? Gracias.
No podrían hacer más de una prórroga. Después te pueden hacer cualquier otro tipo de contrato.
Hola, Mi duda es la siguiente soy un trabajador de una empresa de hosteleria como cocinero y llevo trabajando con ellos desde el 2015 con contratos temporales. todos los años en temporada alta es decir, desde marzo a diciembre me hacen un eventual a jornada completa por unos 9 meses y a veces me hacen una prórroga , una vez terminado el contrato me hacen contratos de dias sueltos desde enero a marzo y luego vuelta a empezar hasta diciembre. En mi caso tambien seria indefinido ?? y si fuera asi que como se podria aplicar, en caso de que haya una inspeccion al ver mi contrato obligarian a la empresa hacermelo o como seria?
Seguramente, tu contrato debería ser fijo discontinuo, pero podría ser que la contratación temporal sea correcta. Sí, una inspección podría «obligarle» a que te haga indefinido.
Entonces como me han echo dos prorrogas seguidas.? Y si no me hacen fijo que clase de contrato me pueden hacer ? Gracias.
No se puede prorrogar dos veces, si lo han hecho, podrás solicitar la consideración de indefinido. Sin tener en cuenta eso, te podrían hacer cualquier tipo de contrato.
Hola buenas tardes,
Expongo el historial que llevo desde el pasado 1 de Marzo de 2015
– Contrato temporal 6 meses por circunstancias de la producción (2 Marzo al 1 Septiembre 2015)
– Prorroga de 6 meses » » (1 Septiembre al 1 Marzo 2016)
– Contrato temporal 3 meses por circunstancias de la produción ( 2 Marzo al 1 Junio 2016)
– Prorroga de 9 meses » » ( 2 Junio al 01 Marzo 2017)
– Contrato Obras y Servicios por tiempo completo desde el 02 de Marzo 2017 hasta la finalización de una campaña concreta, la cual finalizó el 31 de Marzo 2017. Hasta la fecha sigo con el mismo contrato y no me han comunicado nada mas al respecto.
¿ En qué situación me encuentro ahora mismo? El próximo 1 de Marzo hago tres años en la empresa. Me pueden dejar de esta forma más tiempo?
Gracias
Con los contratos que me indicas, la relación se debería entender indefinida.
Ola buenas !
Mi situacion es la siguiente soy auxiliar de enfermeria e estado un 1 año trabajando a media jornada en una residencia. Ahora la misma residencia me a ofrecido un contrato de 1 mes para cubrir unas vacaciones ! Cuanto tengo que esperar para q la misma residencia me haga un contrato solo para mi? Me habian dicho que tengo q estar exento 6 meses para hecerme un contrato para mi
no existe un límite de tiempo. Supongo que la empresa lo quiere hacer para evitar concatenación de contratos.
Entonces la empresa me puede hacer un contrato simpre y cuando no sea de media jornada!
Podria entonces trabajar en esa misma empresa para hacer bajas vacaciones y excelencias?
Da igual la jornada. Te puede hacer cualquier tipo de contrato. Lo que quieren evitar es la concatenación que se produciría con cualquier todo tipo de contrato también, por eso supongo que quieren esperar esos seis meses.
mi caso es el siguiente estuve en una empresa 2 años en varios contratos,entre el 24/04/2013 al 14/01/2016,resulta que me dijeron que para poder volverme a contratar tenian que pasar dos años.
esos dos años ya pasaron,fuy a solicitar empleo a esta misma empresa y ahora me dicen que no son dos,que ahora hay que esperar a que pasen 3 años,esto es cierto o me estan tomando el pelo,gracias
no es cierto, no existe ningún plazo. Simplemente la empresa te esta dando excusas sin ningún fundamento legal.
Buenos días, Alejandro. Te cuento mi caso: en Enero del 2015 me hicieron un contrato 430 (contrato temporal para personas con discapacidad) de 12 meses. A continuacion una prórroga de 12 meses y después otra prórroga de otros 12 meses. Mi pregunta es: ¿Cuántas prórrogas me pueden hacer como máximo? ¿Me tendrían que hacer ya un contrato indefinido? Muchas gracias. Un saludo
Como mucho puede durar tres años, por lo que no podrán prorrateartelo más.
Cuando finalice podrán hacerte otro, o no, eso depende de las necesidades de la empresa.
Aprovechando esta consulta, por que mi caso es muy parecido, estaré en breve también en la misma situación, pues se cumplen 3 años desde la firma de un contrato temporal para personas con discapacidad, y ya me han comunicado que no me podrían renovar aunque quisieran y la función que tengo en la empresa sea todavía necesaria. Me proponen «usar» cualquier resquicio legal para volver a trabajar con ellos en las mismas funciones, aunque de momento sin poderme hacer indefinido, ¿cuanto tiempo debería pasar para volver a firmar con esta empresa sin que se consideren contratos encadenados, y por lo tanto con obligación de hacerte fijo en la empresa? ¿6 meses?.
seis meses, o con un contrato de interinidad.
Buenos días Alejandro, te cuento mi caso, aprobé una bolsa de trabajo en una empresa publica( Ayto), me hicieron un contrato de interinidad de peón jardinero por tres meses en el que no pone a la persona a la que sustituía, en principio era por vacaciones es decir sustituir trabajadores con reserva de puesto contrato (código 410 inicio 10/07/2017 sin fecha de fin aunque me dan una carta 15 días antes diciendo que se acaba el día 29/09/2017 al no coger vacaciones, durante este contrato,(me las han pagado) debido a esto, en la vida laboral cotizan hasta el día 04/10/2017)
El día 02/10/2017 me hacen otro contrato esta vez de peón operario de mantenimiento, eventual por circunstancias de la producción contrato ( código 402 inicio 02 /10/2017 y finaliza el 29/12/2017 me entregan carta ( 01/12/2017) diciendo que en dicha fecha se me acaba el contrato,pero la realidad es que ha fecha de hoy (07/01/2018) sigo trabajando en el mismo puesto, siguen cotizando por mi, lo he comprobado, pero no me han dado nada, añadirte también que en convenio de empresa (tenemos convenio propio) dice: «La duración de estos contratos no superará los seis meses en un periodo de doce meses, debiendo expresarse en los mismos la causa determinante de la duración.»
Mis preguntas.
1º.- ¿El primer contrato podría estar en fraude de ley por no poner expresamente a la persona que sustituyo?
2ª.- ¿Cual es mi situación actual, si sigo trabajando y no me han dicho nada salvo que se me acababa el contrato el día 29/12/2017 esto por escrito y preguntando me dicen de palabra que me han prorrogado y que coja las vacaciones del contrato anterior en este mes (enero)? (bueno de lo que yo entiendo el contrato anterior ,me refiero al ultimo, o en el que estamos actualmente porque el anterior ya le dije que me las pagaron) , al SEPE a día de hoy no han comunicado nada.
3º.-¿Cual seria mi antigüedad ? ,esta pregunta es debido a que hay elecciones sindicales y en el listado de trabajadores mi antigüedad aparece la del ultimo contrato y no la del primero así pues aparece como antigüedad el día 02/10/2017 en vez del 10/07/2017 y si quisiera presentarme a las elecciones no podría ya que se necesitan seis meses que ya los he cumplido y con la antigüedad que la empresa pone en el listado no cumpliría ese requisito lo que me parece una vulneración de mis derechos como trabajador.
Gracias de antemano por tu atención
Un saludo
Arturo
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Habría que ver que tipo de contrato de interinidad es, puede que no sea por sustitución. Si no existe contrato, la relación laboral se presume indefinida. La antigüedad desde el inicio de la relación laboral, esto es desde el 10/07/2017.
Buenas tardes:
Mi caso es el siguiente:
Con fecha 22/05/2017 me hicieron un contrato por circunstancias de la producción a tiempo completo hasta el 31/08/2017. Del 01/09/2017 hasta el 31/12/2017 me hicieron una prórroga.
El día 31 de diciembre me han finiquitado todo.
El día 01/01/2018 me han hecho un contrato de obra hasta que fecha pueden hacerme el contrato. Un saludo
El contrato durara lo que dure la causa, pero salvo que el convenio que establezca otra cosa, el 22/5/2019, ya habrías estado contratado más de 24 meses contados en un periodo de 30.
Hola
En un periodo de un año he estado siete meses contratada en 4 contratos distintos en la modalidad de eventual por circunstancias de la producción.
Puedo reclamar pasar a indefinido por pasar el límite legal de 6 meses en un periodo de doce?
El convenio puede permitir que la duración de un contrato eventual sea de un año. De todos modos, lo que no se puede hacer es más de una renovación. Habría que mirar si es un contrato o cuatro, o dos con sus correspondientes prórrogas.
Buenas tarde, llevo trabajando para l misma empresa desde el 2014 hasta el 31/12/2017 con contratos de obras y servicios, me paran unos meses y me vuelven a llamar, menos este último que uniendo contratos de 1 mes, 3 meses y 2 meses llevo casi 15 meses
Acaban de contratar a otra persona con el mismo contrato hasta el 31/03/2018
Puedo reclamar un contrato indefinido?
Gracias
Si superas un periodo de 24 meses en un periodo de 30 meses si.
Hola! Tengo una duda que me surge con un contrato temporal eventual por circunstancias de la producción. La duración del contrato es de 7 meses, nos acogemos al convenio del metal dónde viene recogido que se puede hacer un contrato temporal durante 12 meses en un plazo de 18. ¿Se puede renovar por 5 meses más? en caso negativo ¿que tipo de contrato tendría lugar si se quiere renovar?
Gracias!
Si el convenio lo permite, sí se puede renovar. Se puede hacer cualquier otro tipo de contrato, depende de la necesidad de la empresa.
Hola
tengo la siguiente pregunta para usted :
tengo un contrato 401 jornada completa desde 06.03.2017 sin fecha de fin contrato y he pedido vacaciones a la empresa y aceptaron (en diciembre 2017) al regresar me llaman y me dicen que tengo que ir un poco antes a trabajar para firmar otro contrato esto seria el dia 21.12.2017 .Mi pregunta es si me cambian el contrato no me tienen que pagar finiquito y indemnización?? y que pasa con la antigüedad. Gracias
Si que deberían pagártela, aunque puede que lo hagan al final de este nuevo contrato todo junto.
La antigüedad si que tendrían que tenerlo en cuenta.
buenas llevo 4 y medio años con el mismo contrato 402 en que situacion estaria ahora mismo
gracias
Indefinido.
Buenos días , me hicieron un contrato laboral eventual pe motivos de producción a tiempo completo de 3 meses , el 3 de enero de 2017, de este me hicieron una prórroga de 9 meses (el convenio contempla 12 máximos en 18 meses ) y ahora a punto de acabar me dicen que me van a hacer otra prórroga de 6 meses , esto es legal ??
Un contrato eventual no se puede prorrogar más de una vez, por lo que no es legal.
En todo caso, a lo mejor no es una nueva renovación, sino un nuevo contrato.
Nuevo contrato ?? a parte del indefinido , se podría hacer otro eventual nuevo seguido ?? o pueden cambiar y hacerme otro seguido por obra o servicio? Muchas Gracias
Según las causas de la empresa, podrían hacerte otro contrato temporal.
buenas tarde.tengo una duda.estoy trabajando de ayudnte de cocina.primer contracto temporal de 15 junio hasta 14 septembre y segundo 15 septembre hasta hoy 14 de decembre 2017.mi pregunta el tercer contracto se puede hacer por 6 mese temporal ,es legal o no???.gracias
Depende de la causa del contrato.
Buenos dias alejandro,mi duda es la siguiente en abril de 2015 firme un contrato de interinidad con la empresa que duro unos dias,luego me mandaron al paro una semana y me hicieron un contrato de 1 mes,al finalizar este me hicieron un contrato de 1 año hasta junio de 2016 luego otro año hasta junio de 2017 y luego otro año hasta junio de 2018.
Solo me finiquitaron despues del primer contrato que fue el de interinidad.
Esta bien hecho todo?
Muchas gracias
Depende del tipo del contrato y de la causa de los mismo. Sería conveniente revisarlos para reclamar, en su caso, la condición de indefinido.
hola llevo trabajando 6 meses en una residencia de auxiliar de enfermería se me termina el contrato el 20 12 2017, me han dicho de renovar el contrato 6 meses más . quiero saber que si marchara a mitad de al renovación de mi contrato me pertenecería el finiquito de los primeros 6 meses o no tendría derecho a nada
Si eres tu el que no quieres renovar, Finiquito si, indemnización no, ni tampoco derecho a subsidio o prestación por desempleo.
Buenos días. He estado contratado en la misma empresa con los siguientes contratos:
Desde 02/05/2016 hasta 01/08/2016 con contrato 502
Desde 11/01/2017 hasta 19/06/2017 con contrato 410 (interino por sustitución baja IT)
Desde 20/06/2017 hasta 19/12/2017 con contrato 402
Sector: Transporte Mercancías Carretera Alicante
¿Computa el contrato de interinidad a efectos del cálculo de los 12 meses dentro de un período de 18 meses para ser fijo?
En el ET dice que se pasa a la condición de fijos si en un periodo de treinta meses se hubiera estado contratado durante un plazo superior a veinticuatro meses, exceptuando de dicho computo la utilización de los contratos formativos, de relevo e interinidad, ect.
¿Sería aplicable también dicha exclusión al computo de los 12 meses dentro de un período de 18 meses?
Agradecería que alguien me lo aclarara.
Un saludo cordial.
El cómputo de los 12 en 18 es sólo aplicable a los contratos eventuales (ten en cuenta que la duración máxima de 12 en 18 sólo es así si lo dice el convenio colectivo sectorial, si no este no dice nada, la duración máxima de los eventuales es 6 en 12), es decir, tu primer y tercer contrato, y como dices del computo de los 24 en 30, no se tiene en cuenta los contratos de interinidad, por lo que atendiendo a la duración máxima de los contratos temporales y de su concatenación, todavía no serías indefinido.
Buenas Alejandro, enhorabuena por el blog . Mi pregunta es la siguiente, es posible hacer un contrato 402 durante 6 meses y seguido otro contrato 402 por otros 6 meses siempre que la causa del contrato sea diferente?
Gracias por tu esfuerzo.
Sí, es posible. Si fuera la misma causa, sólo sería posible si el convenio permite hacer el contrato de duración de un año.
Gracias por la respuesta.
Buenas tardes Alejandro. Mi duda es la siguiente. Llevo contratado en la misma empresa desde Diciembre del 2015 de la siguiente manera:
-Primer contrato; «Eventual por circunstancias de la producción»= Diciembre del 2015 a Junio 2016; Total 6 meses.
-Segundo contrato; «Prórroga contrato Eventual por circunstancias de la producción= Junio 2016 a Diciembre 2016; Total 6 meses. En este momento me finiquitan y me hacen el tercer contrato.
-Tercer contrato; «Obra o servicio determinado»=Desde Diciembre de 2016 hasta la actualidad. En Diciembre de 2017 se cumplirá 1 año.
La pregunta es, en mi caso, al haber encadenado varios contratos temporales en la misma empresa durante 24 meses, debe la empresa hacerme indefinido a partir de Diciembre de 2017?
Muchas gracias por tu ayuda.
Sí, si superan los 24 meses si que te tendrán que hacerte indefinido.
Buenas tardes me llamo Jose me hicieron un contrato de trabajo obra o servicio a tiempo completo llevo 3 años y medio si me llama para que firme otro contrato que me pertenece tendría vacaciones?
Depende del contrato. Las vacaciones se deben de disfrutar en el año en que se generan, sólo te las podrán abonar si se extingue la relación laboral. Pero en cualquier caso, siempre se tiene derecho a 30 días de vacaciones al año.
Buenas tardes, tenemos un trabajador que finaliza un contrato temporal de 6 meses de duración el día 30 de este mes, tenemos el convenio de recambios y mi duda sería, se puede prorrogar este contrato de jornada completa por otros 6 meses más antes de ser un indefinido?
Gracias de antemano!
Depende del convenio, tipo de contrato y causa de la contratación.
Hola, necesito que me informen sobre mi caso..Me hicieron contrato eventual por 3 meses renovado otros 3 meses, este ultimo cumple el 30/11 y me avisan que no me pueden renovar por los 6 meses que quedan hasta el total de los 12 de eventual si no estoy ahora cuando me cumpla la 2°renovación 20 días en el paro, (he de decir que trabajo en unos grandes almacenes muy conocidos en comercio textil y la empresa en la que estoy no pertenece a ese c.comercial pero esta obligada a seguir sus normas..). ¿Esto es normal que lo hagan?. Y después de que pasen esos 20 días en paro y vuelvan a reincorporarme para cumplir los 6 meses que faltan de contrato eventual hasta hacer los 12 totales,¿cuanto tiempo debería permanecer en paro para empezar con otro contrato eventual de max. 12 meses?
Otra duda es si de un contrato eventual podrían pasarme a un contrato de interinidad para cubrir a una compañera embarazada.
Gracias.
Sí podrían hacerte un contrato de interinidad. Lo que comentas pueden hacerlo, lo que habría que mirar es si el contrato temporal está en fraude de ley.No se le exige a la empresa que los contratos sean continuados, sino que depende de la causa del contrato.
Buenas tardes.
Tengo un contrato por obra y servicio, desde febrero del 2015 llevo en el mismo puesto, en febrero del 2016 me renovaron hasta octubre de 2017 para el mismo puesto, en octubre se finalizaba mi contrato y no he recibido noticia alguna, he hablado con mi responsable y me da largas. No sé si al no tener notificación los 15 días anteriores a la finalización del contrato o al no haber firmado renovación alguna, paso a ser indefinido automáticamente. Mi convenio sería el del metal en madrid.
Muchas gracias.
No, si no cumplen el preaviso deberán de abonártelo, pero no quiere decir que seas indefinido.
Buenas noches, tengo un contrato de sustitución a un trabajador que se encuentra en situación de incapacidad temporal, este contrato está hecho dentro de una bolsa de trabajo temporal con una duración determinada, ¿puede durar mi contrato más de la duración de la bolsa? ¿Cuándo acabaría? Me gustaría conocer aspectos a tener en cuenta por si se produciese en algún momento fraude de ley. Gracias.
Ese contrato durará lo mismo que dure la reserva del puesto de trabajo. En mi opinión, aunque el contrato temporal de la persona que estás sustituyendo esté en fraude de ley, no convierte el tuyo también en fraude e de ley.
Buenos días, en mi vida laboral no aparece un contrato 410 que tuve entre medias de dos contratos 402, es decir me aparece el rango de días contratados todo en 402. Es posible que mi empresa no haya presentado mi cambio de contrato? Me habían comentado algún conocido que si de contrato a contrato no pasan mas de dos meses aparece así por defecto. Agradecería ayuda al respecto, ya que estaría en fraude de ley.
el informe de vida laboral tienen que aparecer todos los contratos.
Hola buenos dias.
Por favor aver su me puede ayudar. Llevo en la empresa desde 2013 con un contrato de ett por obra y servicio a 40h. No me han notificado nada asique entiendo que estoy indefinida. Mi duda es. Pueden cambiarme la jornada a 20h y yo negarme y estar en derecho a paro e indemnizacion? O tengo que aceptarla si o si? Muchas gracias por su ayuda.
Ese cambio sólo se puede hacer de mutuo acuerdo, en caso de que te lo hagan tendrás que impugnar la medida ante los tribunales.
Buenos días Alejandro, llevo tres años consecutivos trabajando para ett y la empresa usuaria siempre fue la misma, hace un par de días me llama la propia ett para que vaya a firmar el contrato indefinido, las preguntas son ¿no debería ser la empresa usuaria la que me hiciera el nuevo contrato directamente?, ¿es legal que sea la ett la que siga contratando?, en caso de que sea legal, ¿adquiriría con el nuevo contrato todos los derechos de los trabajadores de la empresa usuaria (pagas extras, días de asuntos propios, salario…?
Muchas gracias.
La ETT puede hacerte un contrato indefinido, no obstante entiendo que te harán el contrato indefinido de la empresa para la cual estás cedido. Ya deberías tener los mismos derechos que los otros trabajadores de pagas extras y días de asuntos propios.
buenos días
soy Orientadora Laboral, y uno de mis usuarios se ha encontrado con este caso , que a mi me parece un fraude, pero no consigo resolver la duda.
Dice que le hacen el contrato hoy ( por ejm ) de 9h a 17h le dan de alta y baja en la ss el mismo día y luego mañana y pasado igual. Vamos altas y bajas el mismo día consecutivas.
A mi me parece algo exagerado, le he dicho que pida la vida laboral para ver si es cierto, y de todas formas me queda la duda, ¿ esto es legal?
Si le abonan los días de indemnización y vacaciones de forma prorrateada puede ser correcto. De todas maneras, si hacen eso de manera habitual, se podría hacer una reclamación de cantidad y derecho, teniendo en cuenta que cada cinco días de trabajo ha generado dos días de descanso semanal que no se lo han abonado, y por tanto reclamar esos días.
El dia 5 de octubre se vencio la fecha de mi contrato laboral de obra y servicio y la empresa no me a informado de nada con lo cual sigo trabajando.aunque mi intencion era cambiar de trabajo si sigo en las mismas condiciones pero como ya ha pasado casi un mes no se si seria buena idea marcharme por que quizas no tendria derecho a indemnizacion ni paro.
Podria marcharme y cobrar la indemnizacion por despido puesto que la empresa en ningun momento se a dirigido a mi para informarme de nada sobre la renovacion o no del contrato.
si no te han indicado nada, puede que el contrato sea indefinido. En cualquiera caso, sea o no indefinido, te haya dicho algo la empresa o no, si te vas no tienes derecho a indemnización ni paro.
Buenas tardes llevo en la empresa hace un año trabajando a 40 hs con un contrato temporal luego de las renovaciones me hicieron hace un mes indefinida pero a 30hs mi pregúnta es; antes me descontaban de irpf 2% pero ahora al hacerme indefinida pues me descuentan un 12% trabajando solo 30 hs a la semana … está bien hecho ese descuento del 12% ??? Tanto puede variar del 2% luego a descontarme un 12%???? Gracias por su respuesta!!!
Si el 2% es en contratos temporales, pero si el contrato es anual tienen obligación de retener algo más. De todas formas, si al final pagas más IRPF del que te corresponde te lo tendrán que devolver el año que viene al ahcer la declaración.
Buenas tardes!!
Mi contrato es de obra y servicio, en el mes de enero del año que viene hago tres años en la misma empresa.
Mi duda es, si para hacerme indefinido haría falta despedirme o directamente me harían fijo, mantenimiendo mi antigüedad??
No hace falta que te despidan, si sigues trabajando se considerará la relación como indefinida. No obstante, pero recuerda que el convenio puede establecer que la duración de un contrato de obra sea de cuatro años.
hola,
estoy trabajando como ayudante de recepción en un hotel.
empece con un contrato de 6 meses el 01 de mayo 2010.
desde entonces, me han renovado este contrato cada seis mese, sin baja, ni finiquito.
el proximo 1 de noviembre 2017 el hotel cambia de propietario y de direccion.
Los nuevos gerentes me han propuesto un puesto igual al que ocupo ahora, asi que voy a seguir al mismo puesto.
Mi pregunta es:
tengo derecho a un finiquito calculado sobre mi ultimo contrato de 6 meses, o calculado teniendo en cuenta mi antiguedad desde mayo 2010?
gracias
No, aunque la empresa saliente puede que te abone un finiquito de las pagas extras, si no las tienes prorrateadas y las vacaciones generadas y no disfrutadas.
Hola buenas noches
Mi duda es la siguiente
Yo empecé a trabajar en una empresa el 20 de mayo de 2017 con un contrato temporal de 3 meses renovables los cuales finalizo el 19 de agosto y nadie me aviso de nada y yo intuí que renovaba 3 meses más pero ahora supongo yo que sé me acaba el contrato el 18 de noviembre no? O qué pasa? La empresa me dice que me renovó y que me vuelve a renovar pero no me dan contrato ni nada eso es normal?
¿Qué tipo de contrato temporal es? Si es eventual, no se puede renovar más de dos veces, por lo tanto está última renovación sería en fraude de ley y ya deberías de ser indefinido. Si es por obra, la fecha fin puede ser estimativa y hasta que no finalice la obra, se mantiene el contrato de trabajo.
Hola buenas tardes,
Llevo trabajando con contrato eventual desde agosto de 2013 a días sueltos contratos desde 1 día a otros de 6 días, solo me hicieron contrato de obra i servicio los 10 primeros dias luego entre medias un contrato de sostitucion de 28 dias,el primer año 151días el segundo 199 días el tercero 150 días el cuarto 140 días siempre con el mismo concepto solo modifican el tipo de papel que se fabrica unas veces brillante otras mate o de color pero ocupando el mismo puesto de trabajo.
Siempre no pasan los 20 días d contrato en contrato solo uvo un año que me opere y estuve 3 meses sin trabajar y tuve que coger el desempleo.
Otra cosa que me a pasado mirando mi vida laboral es que en julio e trabajo unos días que tengo contrato y nómina y no estoy de alta en la segurodado social.
Ahora el 31 agosto la ett me dice que no sabían si podía seguir así y me tienen asta 28 septiembre toreandome para decirme que ya no puedo más,
Y nada yo me vi obligado a comer el paro porque desde el ultimo contrato se me pasaban los 15 dias para solicitarlo.
Ahora al darme cuenta que no tenía cotizado días los amenace con informar a la seguridad social del tema y para compensarme me vuelven hacer un contrato de 5 días eventual igual que los otros que tengo casi 2 meses después del último contrato.
Podría reclamar por fraude de ley porque llevo 668 días trabajados en 4 años gracias
Habría que echar las cuentas y los contrato temporales para saber si has superado el límite, pero hay que tener en cuenta que los contratos de interinidad no entran dentro del cómputo.
Hola estoy con un contrato en prácticas pero mi jefe me ha renovado el contrato ya que me ha pasado de media jornada (desde agosto hasta ayer mismo) a tiempo completo (hasta abril – 6 meses) con la consecuente mejora salarial. A la hora de firmar el contrato no me han cambiado el tipo de contrato, sigue siendo CONTRATO DE TRABAJO EN PRÁCTICAS, no debería de ser CONTRATO TEMPORAL?
No tiene por que, el contrato en prácticas puede que sea correcto.
Buenas noches, me gustaria conocer su opinion, estuve en una empresa 6 meses con contrato temporal cobrando el 100% del sueldo y con 40 horas semanales. Despues estuve mes y medio en paro, y comence de nuevo con contrato de practicas(cobrando 70%)y 20 horas semanales. Dicen que si la categoria es la misma el contrato seria echo en fraude de ley.
Mi caso es el anterior pero con un aumento de categoria, ¿deja por eso ser fraude de ley?. Decir que la titulacion requerida es la misma tanto para desmpeñar un puesto como para el otro.
Gracias
Depende de las funciones que realizabas antes y después del contrato en prácticas, pero en principio sí que lo consideraría en fraude.
Quería preguntar si estando de baja y no me renueva puedo poner una denuncia a mi jefe
Por no renovar y no avisarme con tiempo.
Ya que el me ha tenido un año con contrato de formación (30h). luego pasamos a contrato de prórroga de(6meses)20h *aunque el contrato sea de 20h hacia 40h* y luego otro igual y el último y no me quiere renovar llevo en total en la empresa dos años y no me aviso los 15 días estando de baja que no le renovaría para no hacerme fijo que podría hacer en mi caso (recalcó estoy de baja ) Grcias !
Me encantaría saber que puedo hacer !!!😢
¿Que tipo de contrato tienes? Si tienes uno de formación y trabajas 40 horas, deberás demandar por despido improcedente o nulo en función del tiempo de la baja, y en segundo lugar , una reclamación de cantidad por las horas que trabajas de más y por el salario que te abonan de menos con el contrato en fraude de ley.
mi contrato el primer año era de formación de 30h y después me hizo un contrato temporal de seis meses de 20h y al finalizar este contrato me hizo una prórroga de seis meses pero llevo dos años haciendo 40h
Pero claro si ha finalizado el contrato de prórroga y no me renueva que puedo hacer ?
Tengo horarios que demuestra que estuve haciendo más horas de las que debía
Como lo puedo denunciar o que tengo que hacer ?
Es que nose que hacer fue mi primer trabajo y no se que hacer ?
Pero claro estoy debaja todavía y llevo solo dos DiAs de baja y se me caba el contrato está semana ya
Pero no me han dicho nada de renovar
Y lo que el me ha dado ha entender con algunos comentarios que no me renovará y tampoco me lo ha confirmado si o no
Ya me han dicho mis compañeras que el no está dispuesto a renovar ha alguien que se ha dado debaja por nada !
Que hago ?? 😢
El sabe que la muñeca me la fastidie de hacer sobre esfuerzos en el trabajo
En el momento que no te renueve le demandar por despido.
Te renueve o no puedes demandar reclamando las horas extraordinarias.
Buenas noches quisiera saber si despues de haber estado en un trabajo con contrato eventual y habiendo cumplido un año para que me vuelvan a contratar cuanto tiempo deberia pasar ? Me dijeron que eran dos años ? Gracias
No, no existe un periodo de tiempo, aunque las empresas suelen dejar «descansar» a los trabajadores seis meses en algunos casos para evitar hacer trabajadores indefinidos. Aquí tienes más info.
Buenos dias!
Soy ayudante de cocina. Tengo un contrato eventual con clausula «aumento de trabajo no habitual comparado con temporadas anteriores» en un establecimiento de hostelería en las Islas Baleares. El contrato es de abril de 2017 por 6 meses y 3 días. Era a 20 horas semanales el primer mes (trabajaba al negro más horas) y a partir del mayo a 40 horas. El contrato de 20 horas era al tiempo parcial (que no esta según el convenio) y después del cambio sigue parcial, pero ahora con 40 horas. A partir de ayer el contrato esta prorrogado y bajado a las 24 horas semanales (solo por la noche 6 dias a la semana). Mi contrato termina en los finales de noviembre, el dia cuando empiesan mis vacaciones (o mejor dicho «para» para 2 semanas). Según convenio de hostelería tengo derecho al porcentaje de 35 días y a las fiestas laborales. No he gastado ni un día de fiesta ni vacaciones así que tengo unos 25 días en total. Según mis cálculos estaré alta en la SS hasta el día 20 de diciembre más o menos por los días de vacaciones y fiestas no gastados y los festivos que coinciden en estas fechas de diciembre. Cuando vuelvo de las vacaciones me quiere dar otro contrato temporal en la primera semana de diciembre y pararmelo otra vez en la mitad de enero cuando tengo otra parte de las vacaciones.
Primero creo que mi primer contrato no era correcto porque el trabajo no aumento (hasta el febrero tenían otra persona en mi puedo, trabajaban el cocinero y su ayudante y ahora trabajo yo con el jefe de cocina). ¿Esto se puede reclamar y recibir un contrato fijo? ¿También no se si puedo justificar mis vacaciones con los billetes de viaje que son en estas fechas? Lo que tengo claro es que no voy a aceptar el finiquito sin recibir la compensación para todos mis días de vacaciones y festivos. Si me da un finiquito correcto mi contrato va a terminar sobre el 20 de diciembre y mis vacaciones sobre el 5 de diciembre. Empezamos con las cenas de Navidad y por eso van a necesitarme y contratar otra vez seguro. ¿En esta manera voy a estar en la pluralidad? Esto es posible con la misma empresa? En el convenio de hostelería pone que los contratos eventuales son prolongables solo una vez, por periodo máximo de 9 meses durante del periodo de 1 ano. Si entendí bien la ley no me puede contratar hasta el abril del próximo ano con otro contrato eventual porque el mio era de 6 meses y esta prorrogado 1 mes mas. ¿Hay otro contrato temporal que me puede dar? Me parece que según la ley mi próximo contrato de diciembre no debería ser temporal, pero fijo.
He pensado firmar la prroroga de este primer contrato (con bajada a 20 horas) y luego hacer una reclamación de todo. ¿Es la forma correcta?
Las horas de todos los trabajadores están apuntadas porque nos pagan las horas extras (al negro) y en esta manera se puede justificar cuanto y cuando trabajaba des de abrial hasta ahora. Con el contrato de ex ayudante de cocina se puede justificar que no aumento la producción, pero existía este puesto antes. Y con los billetes de vacaciones que voy de vacaciones y no me debería parar el contrato. ¿Es suficiente?
Perdon por los errores ortograficos y gramaticos, no soy nativa.
Gracias!
Según la causa del contrato, podrían llegar a hacer otro contrato eventual, por que no se puede prorrogar un contrato, pero si la causa es diferente podrían hacerte otro. Pero también podrían hacerte otro de interinidad o de obra y servicio determinado. Si el anterior está en fraude de ley, podrías reclamar la consideración de indefinido. Sí que sería posible la pluralidad, lo que no se permitiría es que de manera fraudulenta y mediante concatenación de contratos un trabajador no disfrutara de sus vacaciones anuales.
Muchas gracias! Como ya existia un puesto igual como el mio y esta persona tenia un contrato (o varios) durante del periodo de 2 anos como ayudante y antes varia gente trabajaba en este mismo puesto (siempre habia un cocinero y un ayudante des de que existe el hotel) pensaba que esto no es para un contrato eventual porque es un puesto realmente fijo.
Lo curioso es que el jefe de cocina tenia el mismo contrato eventual con la misma causa sus primeros 6 meses y luego le han dado el fijo discontinuo de 6 meses. No entiendo como el puesto de un jefe de cocina puede ser eventual por aumento de trabajo no habitual comparado con temporadas anteriores si realmente es el unico que trabaja en la cosina en este puesto y tiene solo un ayudante. La cocina no ciera la cuando termina la temporada, restaurante trabaja 12 meses. Cunado estamos de vacaciones (los 35 dias que tenemos segun convenio) el chico que tiene contrato de limpieza y jardinero (que normalmente lava platos y trabaja en el jardin) tambien cocina.
Con lo que comentas, seguramente el contrato esté en fraude de ley, pero sin conocer las necesidades de la empresa y la causa del contrato no se puede dar una opinión más concreta.
Muchas gacias!
Hola buenas mi contrato se me acaba en septiembre pero me dijeron 3 años de porraga pero yo tengo minusvalía que significa esto es que estoy echa un mar de dudas me lo renovarán no me lo renovarán no qu pensar espero vuestra respuesta gracias
Sin más datos no podemos saber si lo renovarán o no, ya que depende de la causa del contrato, el tipo de contrato y la necesidad de la empresa.
Hola
En noviembre del 2016 me hicieron un contrato por un año, si ahora no me renuevan cuánto tiempo tiene que pasar para que la empresa me pueda contratar de nuevo?
No existe un tiempo, pueden contratarte en cualquier momento. Pero aquí tienes más info de por que la empresa puede que no te contrate en un periodo de seis meses: Cuando me puede volver a contratar
Buenas tardes
Me ofrecen contratarme una empresa de transporte como transportista donde me harían un contrato de 3 meses, de obra y servicio. Una vez finalizado dicho contrato renovarme otros 3 meses. El convenio dice lo siguiente: «La duración máxima de estos contratos será de doce meses, dentro de un período de dieciocho meses, contados a partir del momento en que se produzca la causa que lo motiva.»
Mi pregunta es: ¿cuantos contratos de 3 meses puedo encadenar? ¿pueden hacerme el segundo o tercer contrato de 6 meses y hacerme indefinido? ¿Hasta cuantos contratos de 3 mses pueden hacerme?
Muchas gracias y saludos.
Hablas de un contrato de obra y servicio, cuya duración máxima puede ser de cuatro años, y luego comentas lo que indica el convenio para el contrato eventual por circunstancias de la producción, que son dos contratos diferentes. En este último caso, sólo puede haber una prórroga. Pero nada impide a la empresa hacer luego otro contrato.
Mil gracias y un saludo.
Hola buenas en octubre voy a hacer cuatro años con un contrato de obra me gustaria saber cual es el tiempo masimo que puede durar un contrato de obra y si en caso de no querer renovar o prolongar el contrato podria tener algun perjuicio para mi .
Si el convenio lo permite cuatro años, sino sólo tres. La no renovación de un contrato temporal implica la pérdida de la indemnización y de la posibilidad de cobrar el paro.
Hola:
Tengo un contrato eventual por circunstancias de la producción.
Entre en octubre del 2014, me han ido haciendo contratos de 6 meses y prórroga de 5, así sucesivamente hasta febrero de este año.
En el cual, termine contrato y me contrataron en la otra empresa que tienen, por sustitución de baja por maternidad.
Cuando termine la sustitución volví a la anterior empresa y ahora en noviembre 2017, terminaré contrato pero aun me queda una prorroga.
Mi pregunta es, tengo derecho a un contrato indefinido?
Si es afirmativa la respuesta, me podría negar a la prórroga, si la empresa no me quiere hacer indefinida?
Si me negara a la prórroga, podría solicitar paro?
La otra empresa que tienen, no son grupo empresarial pero esta pegada una con otra y tiene acceso interior por 3 puertas…
Habría que contabilizar los contratos. Si tienes derecho a ser indefinido, es una tontería negarte a firmar un contrato temporal, ya que aunque el contrato indique que la relación es temporal la realidad que es la relación se entenderá indefinida. Cuestión que podrás reclamar si finamente extinguen la relación laboral indicando como causa fin del contrato temporal. De todos modos, el contrato de interinidad, no se cuenta para los límites generales.
Por último, si te niegas a la prórroga, no tienes derecho a paro.
Hola estoy trabajando y he tenido un contrato de tres meses y me han exo la prorroga de otros tres meses me gustaría saber si seria legal en cuanto se me termine este contrato que me hagan otra vez de tres meses
Depende del contrato, pero sí se podría.
buenas tardes.
Estuve 8 meses con contrato 402 en la empresa. Luego, me hicieron un contrato 410 por sustitución de IT. Ahora ha acabado y quieren hacerme un 410 por proceso de selección de máximo 3 meses. Sería legal hacerlo?
si, sería legal.
Hola, necesito su ayuda.Estado con un ETT trabajando en una empresa 20 meses seguidos y me dicen que me tienen que dejar parado 6 meses para poderme avisar de nuevo,me dicen que cuentan de nuevo conmigo ,han metido en mi puesto a otro durante estos 6 meses,esto es normal en las empresas ETT,desconozco todo esto.suelen hacerlo con todo s los compañeros que trabajan alli, y todo es por no hacernos fijos.Muchas gracias,Un saludo.
Lo hacen con el objetivo de no tener problemas con la inspección de trabajo y no tener que haceros indefinidos. Puede que no sea correcto, ya que si cubrís puestos permanentes con contratos temporales están en fraude de ley.
Buenas tardes,
Llevo desde el 01-01-2016 con un contrato de obra y servicio vinculado a un proyecto determinado. Este proyecto está acabando y me han dicho que me harán un nuevo contrato por obra y servicio vinculado a otro proyecto distinto. ¿Es legal hacer dos contratos por obra y servicio consecutivos aunque sean para proyectos diferentes?
Muchas gracias
Sí, es legal. Lo que no podrá superar es un periodo de 24 meses trabajados dentro de un periodo de 30 meses.
He estado trabajando desde el 7 de enero de 2015 en una empresa de formación online con contratos a tiempo determinados, en general a mitad jornada pero siendo a jornada completa durante este último curso académico. Todo iba bien pero ahora en septiembre de 2017 llego a cumplir dos años y medio y la empresa me han dicho que por falta de dinero no me pasan a tiempo indeterminado y que tengo que hacer un “descanso” de seis meses para poder volver a trabajar. Se puede recurrir eso? Tengo derecho a que me contraten a tiempo indeterminado?
Muchas gracias y saludos
Si llevas trabajando con varios contratos temporales más de 24 meses como dices, ya estarías dentro de los supuestos del art. 15.5 del ET que obligaría a la empresa a transformar tu contrato en indefinido, si no lo hacen y dicen que «estés 6 meses de descanso» es porque no quiere que consolides la antigüedad y no puedas demandar por despido, por lo que deberías de demandar, pero hazlo antes de que te despidan para que ya no puedan hacerlo, porque si lo haces después simplemente te pagarán el coste del despido improcedente y ya.
A la empresa le cuesta lo mismo, incluso menos tener contratos indefinidos que temporales, por lo que si no te contratan no es por un tema de costes, si no de que la empresa no quiere hacerte indefinida.
Hola,
Mi pregunta, tengo trabajado 12 meses exactamente desde octubre del 2016 hasta finales de octubre del 2017 con contrato eventual por circunstancias de la producción. Cada contrato es de 3 meses siendo este último trimestre de prórroga. Nos acaban de comunicar que no continuaremos los que llevamos un año trabajando. Esto es legal porque no quieren hacernos fijos? Otros compañeros seguiran con un contrato de 13 meses debido a que a la fecha de hoy no llegan a los 12 meses trabajados.
Trabajamos 8 horas a la semana.
Gracias de antemano.
Si no existe una causa para contratar de manera temporal, el contrato estaría en fraude de ley. Por lo tanto, habría que mirar la causa temporal del contrato.
Buenas tardes llevo dos renovaciones de contrato llego al año de trabajo con la misma empresa … la cual me quiere renovar a finales de mes pero con reducción de jornada (30hs)haciendo nuevamente el año que viene otro contrato a jornada completa … pues tengo entendido que por reducción de jornada ya no me harán fija es verdad?
La reducción de jornada no implica ni tiene consecuencias en la obligación o no de hacerte indefinida.
Buenas tardes,
Llevo tres años en contrato de fijo discontinuo. En verano tengo que pedir el paro por lo menos un mes y luego me reincorporo.
A mis compañeros ya los hicieron fijos a algunos. Ahora me tocaría a mi en octubre. Podrían no hacerme fija?
Atentamente
Fijo ya eres, por eso tienes un contrato fijo discontinuo. No se a que te refieres con hacerte fija.
Mi empresa me comunica hoy,que no me puedén hacer una prórroga porque tienen que hacerme fija discontinua y si me hacen no puedo coger el paro después de octubre. ¿alguien me puede ayudar? La única solución que me dan es que cambian de empresa para poder quedarme hasta el 31 de octubre en vez del 09 de octubre
Habría ue ver la situación dela empres apara ver soluciones.
Hola buenos días.
He trabajado con un contrato en prácticas durante 6 meses en una empresa. A continuación otros 6 meses en otra empresa y ahora esta al renovármelo me dice que voy a cobrar como si estuviera en mi primer año, ya que con ellos no he estado todavía un año en prácticas. ¿Es esto correcto?
Gracias por adelantado.
Sí, el segundo año se cobra un poco más pero tiene que ser en la misma relación laboral.
Buenas, comence a trabajar en junio de 2016 por contrato temporal termine en septiembre del mismo año y luego me llamaron en octubre del mismo año en septiembre de este año (2017) se me termina el contrato me dijeron que me lo pueden ampliar pero a 30 hs(en este momento hago 40 hs semanales) me corresponde finiquito ?? Y luego comienzo con el nuevo contrato de 30 hs?? Gracias!!
Si se prorroga el contrato, no es necesario finiquitar. Si son dos contratos diferentes con dos causas diferentes, lo normal es abonar la indemnización.
Hola buenos dias.
Os comento mi caso, me contrataron como of 3º en Agosto del 11, despedido en Junio del 13.
Contratado en Septiembre del 13, despedido para subida de categoria a 1º un viernes de Septiembre de 2015 y contratado de nuevo el Lunes hasta hoy. Tengo entendido que no es necesario un cambio de contrato para una mejora, pero en aquel entonces no tenia otra opción si queria que subiese algo el sueldo.
Basicamente llevo 72 meses con ellos, de los que he trabajado 70 con 3 contratos. Si le digo que me pongan como indefinido, que antiguedad deberian ponerme?
Todos los contratos son a fin de obra.
Gracias.
La antigüedad, te la pongan ellos o no, es desde el primer contrato independientemente de tu grupo profesional. Esos dos meses sin trabajar no debería romper la antigüedad, y por tanto debería de ser desde agosto de 2011.
Buenos días,
Podrían decirme cuál es el límite de tiempo que la administración pública puede contratarte con un contrato de obra?
Gracias
Depende del convenio, pero en principio tres años.
Hola buenas tardes, mi pregunta es la siguiente. Tengo contrato de temporada, es mi primera vez con esta empresa, empecé el 28 de abril y termino el 10 de septiembre ( dentro de 2 días) con prórroga se supone de 2 meses más hasta el 31 de octubre, la cuestión es que por causas de
Mal estar en el trabajo no quiero prorrogatear, puedo hacerlo? Tendría algún problema? Gracias un saludo
Si, puedes rechazar la prórroga, perderás el derecho a la indemnización y al desempleo. más info —> Renunciar prórroga
Buenas noches
Me contratan con contratos de obra y servicio, mi pregunta es termine en agosto, hay un plazo de tiempo para que te vuelvan a contratar, es decir si hay producción para la que fui contratada el empresario debe respetar un plazo o una vez que me dio de baja puede darme de alta en cualquier momento.
Gracias
Legalmente no existe ningún plazo, ahora bien, muchas empresas esperan seis meses para no superar la concatenación de contratos y tengan que hacerte indefinida.
hola,
Llevo trabajando en una empresa de formación, en contratos de 6 meses prorrogables durante 18meses en total, y he terminado este ultimo el dia 31/08/2017 y he continuado trabajando hoy 01/09/2017, no se si al continuar trabajando se convierte directamente en un contrato indefinido, si no he firmado una nueva renovación? aunque no tenga cumplido los 3 años en total en la empresa.
He estado hablando con recursos humanos para avisar de mi finalizacion de contrato y con mi superior, pero me han derivado a la gestora de la empresa, la cual todavia no ha hecho el contrato para la renovación.
Aunque este fuera del plazo de registro y firma del contrato lo tengo que firmar y seguir sus normas o puedo no firmar y pedir que me hagan indefinido por estar dado de alta sin contrato o en fraude de juicio? Han cambiado recientemente mi convenio para empresas de formación y no estoy muy seguro.
Gracias por su atencion
Cuando se hace un contrato de formación, se especifica un plan de formación. Están pensando en hacerte otro, si te niegas a firmar uno nuevo, se considerar que eres indefinido, puesto que ya ha finalizado el otro.
Hola. Mi contrato se m acaba el 15/10 seria el segundo contrato de 6 meses es decir k tengo un ano en la empresa si m dan continuidad tendria k ser indefinida para esto tendria k estar inscrita en el paro o se convierte automaticamente el contrato.
Pregunto esto xk al no llegar a fin de mes tengo unas horas en otra empresa los fines de semana donde cotizo no podria ir al paro?
No es necesario que te apuntes al paro. Si continuas trabajando, se convierte automáticamente en indefinido.
Hola soy Berta.
He trabajado en una escuela como zeladora en el curso 2014-15. Despues en el curso 2015-16 hice una suplencia cpmo maestra para cubrir una baja personal. Finalmente en em curso 2016-17 he trabajado como zeladora.
Todos estoa contratos han sido de duracion determinada por ub año escolar. Y el primero y el ultimo eran de media jornada aproximadamente.
Este año querian darme algunas horas para trabajar de maestra pero dixen q si lo hacen deben de hacerme fija.
Porque deben hacerme fija? Almenos eso es lo que les dice la gestoria
Si has superado el límite de 24 mensualidades en un periodo de 30 sí. Habría que calcularlo. De todos modos, si tienen que hacerte fija, da igual que no lo hgan que si lo reclamas un juez te lo concederá.
Hola,tengo un contrato indefinido de 30h, y en el no especifica el horario que llevo, Pero es de mañanas. Llevo casi 4 años pero ahora que he tenido un bebé me va fatal trabajar las tardes que me dicen de quedarme. Puedo negarme a hacer horas? Me Pueden modificar mi horario a su antojo para cumplir las 30h?
No puedes negarte a realizar horas si tu contrato es de 30 horas a la semana. Por otro lado, si quieres realizar un horario concreto, solicita una reducción de jornada.
Hola. Ante todo gracias por vuestra información y la gran ayuda que nos prestais.
Acabo de causar baja voluntaria en mi empresa y me encuentro con el problema de que me descuentan 15 días alegando que no les he avisado.Mi contrato es por fin de obra,dicha obra termino hace meses y continue en la empresa en diferentes obras.
En dicho contrato no se específica la obligación de preaviso.
Además de esto hay varias irregularidades, como hacer mas horas de las pactadas sin pago,cambio de sociedad de la empresa sin notificación….
Lo que más me importa en este momento es:¿Me puede descontar dichos días por no avisar, cuando la misma empresa realiza sus despidos en el día sin previo aviso?
Muy agradecido
Un saludo
Sí pueden en función de lo que indique el convenio colectivo. Si ellos tampoco cumplen con el preaviso -cuando es obligatorio- se deberá reclamar ante los tribunales. Hayq despidos que no requiere preaviso.
Llevo 18 meses trabajando con contrato eventual para las circunstancias de la productividad fueron dos contractos de nueve meses seguidos .Esto quiere decir que el 15 de noviembre del 2016 al cumplir los primeros nueve meses me dieron de baja en la seguridad social y el siguente dia me volvieron a dar de alta por otros nueve meses.Mi pregunta es si ahhora deberian de hacerme indefinida.
Si tienen la misma causa sí que deberías de ser indefinida, si son de diferente causa habría que mirar otras cuestiones.
Hola buenas tardes, tengo 2 dudas, por una parte en mi contrato por obras y servicio aparece que debo tener un plus de transporte el cual no aparece como concepto en la nomina, he preguntado y me dicen que eso ya va incluido en el bruto y no aparece como concepto en mi nomina, eso es posible?
Por otra parte llevo en mi empresa 4 años en los cuales he tenido por orden, una beca de 1 año, contrato de formación de 2 años y ahora llevo un año por obras y servicios, cuanto tiempo mas puedo debo esperar para considerarme indefinido?
Muchas gracias de antemano.
Si el convenio recoge un plus de transporte deberán de abonártelo. El contrato de obra puede alargarse durante cuatro años si el convenio lo permite, o tres en caso que no diga nada. Luego podrán hacerte otro contrato temporal en función de la necesidad de la empresa.
Buenas tardes aprobé una oposición al Ayuntamiento en el 2016 y trabaje 5 meses temporal cubriendo vacaciones me déjaron parado y en el 2017 en febrero me han vuelto a llamar mismo contrato hasta 1 de octubre 2017 cubriendo vacaciones y ahora me dicen que me renovarán de nuevo del 1 de octubre a 31 diciembre de momento, van haciendo indefinidos conforme se van jubilado puesto que es una bolsa de trabajo y mi puesto es el 58 y va por el 30 mi pregunta es si debo esperar o al renovarme otra vez la siguiente seré indefinidos. Gracias
No tienes por que ser ya indefinido, depende de los tipos de contrato que te hayan hecho.
Hola, mi caso es algo diferente. Estoy trabajando para un ayuntamiento y mi contrato se acaba el 31 agosto. Ha salido la plaza para seguir trabajando y me he presentado con el resultado de ser el elegido para ese trabajo. Pero ahora me dicen que no me pueden contratar porque de hacerlo llevaría trabajados mas de 24 meses en un periodo de 30. En las bases ponía que no podían contratar a nadie que no cumpliese esa condición, pero no se si sera muy legal esa clausula.
Para conseguir que me vuelvan a contratar he tenido que pasar por una fase selectiva con examen incluido en el que saque la mejor nota.
Nunca me dijeron que no podía presentarme.
Saludos
Para no hacerte indefinida, sinceramente no se si existe jurisprudencia declarando esa cláusula como nula. En cualquier caso, tienes que interponer un recurso si quieres conseguir algo.
Trabajé en una empresa municipal por 8 meses con contrato 402. Desde el 4/4/16 hasta el el 3/12/16. En abril del 2017 supere una selección para trabajar en la misma empresa municipal por un periodo de 7 meses. Cuando nos entregaron el contrato yo fui el único al que se lo habían hecho desde el el 3/5/17 al 31/8/17 en la misma modalidad de tipo 402. Yo pregunté porque era solo de 4 meses cuando yo supere la selección para 7 y meses y me dijeron que no se me podía hacer por más tiempo. El resto de meses q quedan dicen que me lo harán en otro contrato desde el 1 de septiembre. Esto se puede hacer? Seria convertible mi situación en indefinido?. Muchas gracias
el contrato eventual no puede ser superior a 12 meses, por eso te lo harán de otra manera. Puede ser convertido en indefinido, si está en fraude de ley. Habría que revisar más el caso
Muchas gracias. Entiendo que tengo que esperar a ver el nuevo contrato q me hacen
Hola!
Quisiera hacer una consulta, si me podéis ayudar os lo agradeceré.
Actualmente estoy trabajando en una empresa en la que he finalizado un contrato temporal por 7 meses y ahora me han hecho una ampliación de 2 meses más. Es legal? Pueden a posterior realizar otro contrato temporal?
Estoy viendo que esta compañía trabaja así o realizando contratos de obra y servicio y cuando estos terminan, alargando con contratos temporales. No me parece muy ético y no se si es legal.
Muchas gracias por vuestra ayuda
Habría que ver los contratos, pero sí que se pueden concatenar contratos temporales si existe causa para ello, siempre dentro de unos límites temporales de duración.
Ahora me han hecho un contrato 401 por 3 meses. Eso es correcto?
Habría que mirar la causa del contrato y contar si superas el periodo de 24 en 30 meses para saber si eres indefinido.
Hola, me contrataron en mi empresa el día 21/07/2016 con un contrato eventual por circunstancias de la producción con finalización el día 31/08/2016, desde entonces me han estado haciendo contratos nuevos mensuales hasta el 30/06/2017 Sin darme de baja en la seguridad social. Ahora me han puesto un contrato de interinidad.
El convenio colectivo establece un límite de 12 meses en 18, entiendo entonces que he estado contratado más de un año (9 días más) como eventual y ya tendría la consideración indefinido, sería así?
Si fuera el caso, que sería mejor opción, acabar el contrato de interinidad y reclamar o hacerlo Ahora? No se si hay un límite para iniciar el trámite.
Muchas gracias.
Si el contrato eventual ha superado el año de duración, sí que debe de ser considerado indefinido. De todos modos, las fechas que me pones no se ha superado el año de duración. Del 21/07/2016, el año se haría el 21/07/2017…
Buenas Alejandro
Te comento, leyendo el articulo me interesa la parte de la encadenacion de contratos eventuales y su limite… pones que hay excepciones como el de formacion, interinidad y tal… mi pregunta es: el de practicas entra en ese saco?
El caso es que me tire un tiempo entrando y saliendo de una empresa, hasta que empezaron a mantenerme.
Despues de estar cosa de año y medio me echaron durante dos meses.
Me volvieron a coger(noviembre2014) para una interinidad mes y medio.
Al acabarse este me hicieron uno de practicas en el mismo puesto de siempre con el mismo sueldo(diciembre2014-diciembre2016)
Una vez finalizado me hicieron 3 meses eventual por la produccion(diciembre2016-marzo2017) y ahora me lo han prolongado 6 meses mas(marzo2017-septiembre2017)
El caso es que me han dicho hoy que estoy a tope de contratos y que en septiembre me busque otra cosa, quedándome con una cara de tonto habiendo estado en el paro tan solo dos meses desde abril de 2013…
De verdad, he ido al sindicato y la solución que me han dado es que me pida la vida laboral y valla a la abogada del sindicato pero vamos, sinceramente no confió demasiado en el sindicato. Seguramente pida opinión a algún abogado independiente también.
En fin, gracias de antemano
El contrato en prácticas es un contrato formativo, por lo que no se tiene en cuenta a la hora de calcular el límite de concatenación de contratos. Por otro lado, habría que revisar si el contrato está en fraude de ley para demandar, ya que los límites temporales es sólo una de las causas que hay que revisar para saber si tienes opciones.
Hola , mi hijo lleva trabajando en una empresa 5 meses con un contrato indefinido puerto con seis meses de prueba . Le falta un mes pata los seis meses y hoy mismo le han dado la carta y le han dicho que mañana ya no fuera a trabajar . Debe ir a trabajar ? O debe poner en la carta una fecha a partir de cuando no debe de ir a trabajar ?
Habría que ver lo que pone en la carta, pero debe indicar el último día de trabajo.
Buenas noches, en los contratos temporales de 3 meses mas otro por ejemplo de 9 meses, no superior al año seria un 3+9 sin que te digan si vas a quedarte despues fijo, la contratacion es en mayo, las vacaciones te las pueden pagar al final del año o disfrutarlas al final o tú puedes exigir a la empresa que te las de antes de terminar el año la parte correspondiente? Es un contrato temporal
Las vacaciones se deben disfrutar en el año natura en el que se generan, salvo que el contrato finalice antes de dicho año, ya que en ese caso la empresa podrá pagartelas en lugar de disfrutarlas.
Hola,
Soy nueva en el mundo de la hostelería, me quieren hacer un contrato a media jornada durante los meses de julio-septiembre, me han dicho que el contrato debe ser de tres meses puesto que no hay contrato de inferior duración, y todo ello acompañada de una carta de despido voluntario dado que el.mes de septiembre no lo voy a trabajar entero puesto que empieza el curso de universidad, es realmente verdad lo de la duración de dicho contrato? Que podría hacer?
No, se pueden hacer contratos de duración menor. No firmes nunca una baja voluntaria y menos antes de firmar el contrato de trabajo.
Mi marido a estado trabajando en una empresa, con un contrato temporal, el primer contrato era de 8 mese y El Segundo de 4 meses. Ahora dicen que lo llamaran en 6 mese por qué hantes por ley no lo pueden contratar de nuevo. ¿Eso es cierto¿ Alguien me puede informar? Muchas gracias
Depende de los contratos y la necesidad de la empresa.
Llevó trabajando para la misma empresa 7 años pero me hacen un contrato de un año i después me tiran al paro ,6 meses i después me contratan otra vez es legal
Habría que revisar esos contratos, pero seguramente estarán en fraude de ley.
Hola Alejandro,
Trabajo para la administración desde Noviembre de 2006 en un supuesto contrato de interinidad (digo supuesto porque soy personal laboral no funcionario interino). Mi contrato no pone nada, pero en todo caso es por vacante, no por sustitución de nadie puesto que no había nadie en la plaza.
Bien, después de muchos años ahora han sacado las plazas de interinos que llevamos muchos años a oposición (con bastante mala fé para cargarse a todos ante la doctrina TJEU). Esto se hace después de sobrepasar con creces la duración máxima de contrato interino-temporal y no sacar mi plaza a oposición en tiempo y forma como indica la ley durante este tiempo.
Tengo claro, tras consultarlo, que el despido improcedente es algo factible pero..¿crees que me convendría ante mi inminente despido solicitar antes por escrito el reconocimiento de mi condición de «indefinido no fijo» (que parece que de facto soy)?
Siento el rollo.
Muchisimas Gracias de antemano.
En la administración, casi siempre es mejor demandar la condición de indefinido antes de que se produzca la extinción.
Buenas tardes, llevo 8 años contratada por una ett por obra y servicio y m han comunicado k en agosto finalizan mis servicios.
Es legal k no esté ya indefinida? M tendrian k liquidar con ocho dias x año como m dicen?
Gracias
Puede ser que tu contrato no sea indefinido. La indemnización de las ETT es de doce días por año trabajado. De todos modos, habría que revisar si se puede considerar improcedente el despido para conseguir una indemnización mayor.
Buenas tardes. Llevo más de 6 meses trabajando en una empresa con contrato temporal eventual por circunstancias de la producción. La fecha de finalización de contrato es el 17 de julio. Mi encargado me ha propuesto hacerme indefinido, a lo que me negaré ya que actualmente no se respeta lo acordado en mi contrato por los siguientes motivos:
1. Mi contrato es de media jornada pero desde el comienzo se me ha forzado a hacer jornada completa que la empresa no declara a la Seguridad Social. Por lo tanto, la mitad de la nómina se me abona en negro.
2. Los ingresos mensuales de la nómina y pagos en B se realizan mucho más tarde de lo estipulado en el Convenio Colectivo.
3. La categoría en la que he sido dado de alta no corresponde a la labor que desempeño. La categoría está por debajo del trabajo que en realidad hago.
4. No se respetan las horas u horarios firmados en mi contrato. Debería trabajar 4 horas por la mañana de 9 a 13. Sin embargo, me tienen una hora a las 8 de la mañana, otras dos horas de 12 a 14 y una hora por la noche a las 22.
5. No se respeta el lugar donde debería desempeñar mi trabajo, según contrato. Además de trabajar en la oficina se me obliga a viajar al menos 4 veces al mes a otra provincia.
Le he expresado a mi encargado el rechazo a su propuesta de que prorrogue mi contrato ya que seguiría siendo bajo estas condiciones precarias que no corresponden a lo acordado en el contrato. Él me ha dicho que en tal caso tendrá que darme de baja con el Código 12: Fin de contrato con Rechazo Prórroga, por lo que no tendría derecho a cobrar el paro acumulado. ¿Es posible dada las circunstancias de ilegalidad a las que me tiene sometido?
En caso de no aceptar la propuesta de renovación, el trabajador no tiene derecho a paro. Si no se respeta los derechos laborales deberás reclamarlos, pero es una cuestión que no afecta a la hora de no aceptar una renovación y no tener derecho a desempleo. En caso de incumplimiento grave, tendrás que demandar para exigir la extinción de la relación laboral con derecho a prestación, pero eso tendrá que determinarlo un juez.
Hola,mi caso es que comencé a trabajar en la seguridad del aeropuerto en el año 94 con contrato de temporal de 3 meses y al finalizarlo me liquidaron y me hicieron otro igual que me lo volvieron a liquidar y finiquitar.En Junio del 94 me dieron a firmar uno de obras y servicios para el servicio de seguridad en el aeropuerto(tiempo indefinido).Hace unos 4 años la empresa que cogió el servicio me dijo que estaba en fraude de ley y que tenian que cambiarme el contrato porque el que tenia no era bueno para mi(yo me negué a firmar nada …y no me insistieron mas)Ahora ha vuelto otra empresa y me dice lo mismo alegando que estan presionados por el inspector de trabajo….
mi preguntas son ;
Puedo volver a negarme?
lo dejo como está?
en que me beneficia?
porqué tienen tanto interés las empresas en cambiarme el contrato?
gracias de antemano.
Simplemente quieren transformar el contrato en indefinido, lo firmes o no, el contrato será indefinido. Si es sólo firmar el contrato, no te va a perjudicar. Supongo que estarán interesados, porque la inspección sino sanciona.
Buenos días,
Mi duda es la siguiente:
Voy a cumplir ahora 2 años con un contrato de practicas. Mis renovaciones han sido 6, 9 y 9 meses, que hacen los 2 años.
Ahora si quisieran renovarme..tendria que ser con un contrato fijo o pidrian hacerme cualquier contrato eventual y si es asi de cuanto tiempo?..
Gracias!!
Podrían hacerte cualquier contrato temporal siempre que tengan causa para ello. La duración, depende del tipo de contrato, por ejemplo uno de obra puede ser de hasta cuatro años.
Hola, llevo en la.misma empresa desde marzo de 2013 con contrato de obra y servicio. Entiendo que el máximo para mi tipo de contrato sería de 4 años (3 +1 ) La empresa ya debería haberme hecho indefinido no? Este contrato estaría en fraude de ley ? Si me despidieran, supongo que tendría que ser improcedente por no haberme echo indefinido a tiempo. Cuál sería los días que me corresponderían 20 o 33.
Muchas gracias
Depende del despido, puede que sea disciplinario -nada de indemnización, objetivo -20 días- o improcedente -33 días-.
Gracias,
Puedes ser disciplinario sin haberme hecho el contrato indefinido? se supone que estaria en fraude de ley no?
Un saludo,
Alberto
El despido disciplinario puede realizarse en cualquier tipo de contrato, ya sea temporal, en fraude de ley, indefinido….
Hola, entré a trabajar en Marzo de 2014 con un contrato de interinidad hasta abril de 2015, a un 75% de jornada. De éste, pasé a un contrato por obra o servicio a jornada completa desde abril de 2015 a noviembre de 2015. De éste pasé a otro por obra o servicio desde noviembre de 2015 a la actualidad, a un 75% de jornada. Me corresponde contrato indefinido?. Mil gracias
Si, si superas el límite de 24 mensualidades en un periodo de 30 como parece que lo has superado.
Buenas tardes,
Mi duda es la siguiente.
Llevo trabajando en esta empresa de informatica desde octubre del 2014 con un contrato temporal a tiempo parcial de 35horas semanales, mi trabajo ha cambiado desde que empecé y he desempeñado varias funciones dentro de la empresa, en mi contrato en el apartado de cláusulas específicas de obra o servicio determinado específica el tipo de obra o servicio aparece el tipo de servicio el cual sigo realizando además de muchos otros. La pregunta es podría tener derecho a ser indefinido por incumplimiento de contrato?, Cual es la duración máxima de este tipo de contrato para ser indefinido por su incumplimiento?
Gracias de antemano un saludo
Límite tres años, si realizas algo diferente para la obra a la que fuiste contratado sí que podrías ser indefinido.
Hola, llevo en una bolsa de empleo en un ayuntamiento 5 años, con contrato de fin de obra o servicio. Esta bolsa tiene una duración de 2 años por lo que he de opositar cada 2 años.
El total de meses trabajados en los últimos 30 meses superan los 24 meses. Mi pregunta es: Tienen que hacerme un contrato indefinido y así poder dejar de opositar cada 2 años?
Y por otra parte…si deberían de hacerme indefinido, y no lo han hecho, cuando debería de formalizarlo sabiendo de antemano que en Julio se acaba la bolsa y volvería a estar obligado a opositar?
Un cordial saludo.
Gracias de antemano.
Si es de personal laboral, sí que podrías reclamar la condición de indefinido. Lo mejor es reclamarlo cuando el contrato esté vigente o como muy tarde antes de 20 días hábiles desde la fecha de efectos de fin de contrato.
He trabajado en una empresa 2 años de la siguiente manera dos contratos de 6 meses 1 día en el paro y otros 2 contratos de 6 meses cada uno esto es legal
Habría que ver los contratos.
Hola, me llamo Sonia.
Llevo 2 años justos trabajando en la empresa; primero me hicieron un contrato de 6 meses, despues otro de 6 meses y despues uno de 1 año. Ahora me tocaria renovar de nuevo y ppr telefono me acaba de decir la empresa que me van a hacer un contrato eventual de solo 3 meses ¿esto se puede hacer? ¿O me tendrian que hacer uno indefinido ya?
Gracias de antemano.
Si todos los contratos que me comentas son eventuales o de obra, justo al hacer el nuevo contrato que comentas deberían de hacerte indefinida. Pero no digas nada ahora, espera a la finalización de este contrato de 3 meses.
hola, llevo desde enero de 2014 trabajando en la misma empresa, mi primer contrato fue de dos años de formación, una vez finalizado me ascendieron de puesto con un contrato normal de 6meses, despues otro de 6 meses y ahora el que tengo de un año entero, todo esto ininterrumpidamente, en total ya voy para 4 años, esto esta bien echo? o me tenian q haber echo indefinido ya? y otra duda a cambiar de contrato me tendrian que haber dado finiquito porque una vez cambie de puesto me quitaron la antigüedad de los dos primeros años, gracias
No te pueden quitar la antigüedad, los contratos deberían indemnizarte en función del tipo de contrato, pero el de formación no requiere indemnización. Por lo demás, puede que esté bien lo que está haciendo la empresa habría que ver los contratos.
Hola, he estado cubriendo una baja más de 18 meses con contrato de Interino por IT (concretamente 17 días más).
Una vez alcanzado el límite de los 18 meses, la empresa no me ha comunicado nada. La SS tampoco había emitido resolución sobre la baja de la persona que he estado cubriendo.
Ha sido a los 17 días cuando la empresa me ha comunicado mi cese, por resolución de la SS ya que el trabajador ha sido dado de baja por Incapacidad Permanente. Eso sí, me vuelven a contratar al día siguiente como eventual.
¿Puedo reclamar que me hagan indefinida por no existir resolución a los 18 meses? ya sea por fallo de la empresa o por no existir resolución de la SS? o existe algún periodo en el que la SS pueda comunicar a la empresa la resolución?
Muchas gracias
En mi opinión no se puede reclamar, o más bien no te la van a conceder. A veces se tarda más de 18 meses en dar la resolución, y no implica que haya alguno tipo de negligencia.
Hola! Cuántas prorrogas puede tener un contrato por obra celebrado en el año 2015? Gracias.
Ninguna, durara lo que dura la obra teniendo en cuenta que la duración es aproximada.
Llevo contratado a tiempo parcial por necesidades de la producción (técnico delegado en una administración pública con jornada laboral de 7h. Para un funcionario es jornada completa pero para nosotros no…) desde el 2013. El convenio laboral que me aplican es Convenio colectivo estatal de empresas de consultoría y estudios de mercado y de la opinión pública. La administración pública renueva la concesión con mi empresa cada año. ¿Es normal que yo siga como temporal laboral?
Me parece raro que estés contratado como personal temporal, entiendo que tendrías que tener o bien un contrato indefinido o un contrato de obra cuya causa es la relación mercantil entre tu empleador y la administración.
Tienes razón Alejandro. Revisando, mi contrato es por obra y servicio que termina dentro de dos meses, pero la relación de mi empresa con la administración pública y mi puesto de trabajo sigue en vigor. Es decir, ya se cumplen 4 años desde que me lo hicieron, y como fecha límite pusieron 3 años prorrogable a 1 año más, y como te digo cumple dentro de dos meses.
Supongo que mi empresa me tendrá que pasar a indefinido ,no? Si me proponen hacer otro contrato por obra y servicio…estaría en fraude de ley no?
O te comunican el fin de obra o te tienen que hacer indefinido.
Buenas tardes,
Mi vida laboral es la siguiente con la empresa:
Mediados de mayo 2013 a finales mayo 2013 con contrato 501
Primeros septiembre 2013 hasta primeros de febrero 14 interinidad.
Seguidamente hasta marzo del 14 un 402.
Ya no se me contrata hasta octubre del 2015 hasta mayo del 2016 por otra interinidad
Desde mayo 2016 hasta finales de julio 2016 con un 401
Desde septiembre del 16 a mediados de noviembre del 16 con un 402
6dias después cubro una interinidad hasta julio del 2017.
Mi pregunta es:me pueden seguir haciendo contratos temporales más, cuenta la interinidad para los 30 meses.
Si me hacen contrato, sería a primeros de septiembre de nuevo, cuanto tiempo podría ser para no pasar a indefinido o cuando puedo reclamar para que se me realice el indefinido.
Muchas gracias
No se puede superar el límite de 24 meses en un periodo de 30, pero sólo se tiene en cuenta los contratos temporales: obra y eventual no los de interinidad. Habría que echar las cuentas sobre los contratos que me exponen, para saber si se supera el límite. En las consultas en el blog no realizo cuentas ni cálculos que llevan su tiempo, respondo muchas consultas al día. Pero con lo explicado en la entrada las puedes hacer tu.
Buenas, muchas gracias por la atención. Mi duda es la siguiente:
Empecé a trabajar en una empresa en junio 2015 con un contrato eventual por circunstancias de la producción hasta junio de 2016.
Realicé una parada de una semana y me volvieron a contratar 6 meses, con otro contrato eventual por circunstancias de la producción hasta principios de enero.
Seguidamente, una parada de 20 días para a finales del mismo mes de enero, otro nuevo contrato para sustituir a una compañera hasta a finales de abril. Esa compañera no ha vuelto aún, sigue de baja y hoy me han dado el contrato y me lo amplían hasta finales de julio , por un contrato eventual por circunstancias de la producción…
Es legal este encadenamiento de contratos?
Gracias
Habría que echar cuentas, pero puede que superes el límite. No obstante, el contrato de interinidad -si es que te lo hicieron para sustituir a la trabajadora no cuenta-.
Buenos días ! Mi duda es la siguiente, llevo trabajando para la misma empresa desde Agosto de 2013,hast ahora trabajando enlazando contratos de seguido. Los primeros, hasta febrero del 2014 han sido para cubrir vacaciones y bajas, sin haber cesado nunca la actividad con la empresa. En Febrero de 2014 paso a tener contrato a media jornada para complementar la reducción de jornada de una compañera, estando hasta finales de septiembre de 2016 con ese contrato, en algunos momentos con ampliaciones de jornada para estar a jornada completa… En septiembre de 2016 decido pedir una baja voluntaria en la empresa, ya que en Mayo me aseguraron me harían indefinida y me trasladarían a la ciudad donde resido, indicándome en Agosto me incorporaría al nuevo puesto estando hasta ese momento con las mismas condiciones laborales. Cual es mi sorpresa que en Julio se me traslada que por razones ajenas a mi responsable, no se me puede hacer indefinida en ese momento y debo esperar. Decido, como he comentado anteriormente, solicitar una baja voluntaria en la empresa, a lo que ellos responden de manera inmediata indicando querrían perder las relaciones laborales conmigo y que se haría lo siguiente para que pudiera estar trabajando en mi localidad: primero un contrato de 15 días para cubrir vacaciones de una compañera,finalizo de sábado para luego de lunes iniciar un contrato de 6 meses que acabo de finalizar de sábado para ahora de lunes empezar a cubrir otros 15 días de vacaciones de otra compañera. ¿Es legal lo que me está haciendo la empresa? Deberían de hacerme ya indefinida ¿? muchas gracias por su ayuda
puntualizo que mi contrato es de auxiliar administrativo…cuando finalice este ultimo contrato, pretenden hacerme otro, para la misma empresa, pero convenio de teleoperadora…
Habría que ver que tipo de contratos tenías y de que duración, ya que los de interinidad no cuentan para los límites. Además si los contratos están o no en fraude de ley.
Hola llevo trabajando de auxiliar en un hospital. 21 meses seguidos con distintos contratos (sustitucion.temporal etc)…cuando me tendrian que hacer fijo de seguir asi??
Depende de los contratos, las causas, lo que indica el convenio….
Hola yo llevo desde el 2008 con acumulación de contratos diferentes, por obra y servicio, interinidades hasta el día de hoy, he trabajado un número diferente de meses cada año, algún año lo he trabajado entero, otros 6 meses, otros 9 meses etc…el último contrato que me han hecho ha sido este mes de febrero, puedo reclamar poder ser indefinida? lo tengo que reclamar estando ahora todavía contratada? Gracias
Habría que revisar los contratos, y puedes hacerlo ahora o al finalizar tu último contrato.
Buenas tardes
Trabajo para una empresa con contrato temporal, te hacen contrato de dos meses ,luego te echan una semana y te vuelven a contratar de nuevo con un contrato temporal hasta llegar al año, te echan seis meses y vuelta a empezar , así puede estar años con ellos, lo q ocurre es q la empresa se ha fusionado y para la próxima vez q finalice mi contrato entraré con otro convenio más bajo. Que puedo hacer?
A no ser que exista una causa de nulidad, y demandes a la empresa por despido nulo en el último contrato poco se puede hacer.
Buenas, antes que nada muchas gracias por toda tu información. Quisiera explicar mi caso a ver si es cierto loq m dice la empresa. Yo terminé en marzo un contrato por obras y servicios q duró 2 años. Luego me hicieron un contrato eventual para cubrir vacaciones de 5 meses desde 1 de Mayo a 30 Septiembre de 2016 y me lo han prorrogado hasta el 31 de octubre. Entonces mi pregunta es, me pueden volver a hacer otro contrato eventual este año? O tengo q esperar 60 días para volver a contratarme tal y como me dice la empresa? Saludos y gracias.
Si demandas ahora, seguramente tu contrato es indefinido. Lo de esperar 60 días, puede que sea igualmente indefinida.
Hola lo primero gracias por la ayuda que nos prestarse..mi marido ha encadenado contratos temporales hasta q en este último le tenían que hacer indefinido,pero la entidad,m presa no quiere tener indefinidos..puesto que ha estado con un eres y no quiere arriesgar.El caso es que le han dicho hoy que le tienen que echar ..pero que después le vuelven a coger..mi pregunta es..cuanto tiempo tiene que estar fuera de la empresa para q esta no se vea obligada a hacerlo indefinido.?gracias
No existe un periodo establecido, las empresas suelen esperar un mínimo de seis meses.
Hola buenas en la empresa en la que trabajo me hicieron un contrato de 3 meses uno de 2 meses y me volvieron a renovar por 6 meses sumando un total de 11 meses, una vez mas me volvieron a hacer una renovación de otros 6 meses lo que acabaria con 17 meses en la misma empresa sin parar , mi pregunta es la siguiente , con todo esto ya paso a ser indefinido? O aun me pueden decir que no me renuevan cuando se me cumplan este contrato?
Hola buenas,en la primera UTE no,en la posterior tardaron un par de meses en cambiarme a la categoría en la que me encuentro ahora .Muchas gracias por tu respuesta.
Hola
Llevo con un contrato de obra y servicio, 3 años, 2 meses y 15 días. ¿ha excedido el tiempo máximo? ¿debería mi empresa realizar un contrato indefinido?
muchas gracias