¿Me pueden despedir estando de baja?
Índice de la entrada
¿Me pueden despedir estando de baja por incapacidad temporal?
La respuesta es afirmativa.
El hecho de que un trabajador se encuentre en situación de incapacidad temporal no es un impedimento para proceder al despido o finaliza un contrato temporal.
Ahora bien, si se produce el despido, habrá de valorarse si existe o no causa para proceder al despido, sin que el hecho de estar de baja por incapacidad temporal pueda ser nunca la causa que justifique el despido. En dicho caso el despido será improcedente o nulo.
Es conveniente recordar que en el derecho laboral existen dos causas por las que se puede proceder al despido,
- Despido objetivo, aquel que se produce fundamentalmente por un causas económicas, técnicas, organizativas o de producción. Es decir, motivado por una situación empresarial que justifica la necesidad de eliminar ese puesto de trabajo, lo que se conoce como amortizar el puesto de trabajo. Además, existe el despido objetivo por ineptitud sobrevenida o falta de adaptación al puesto de trabajo.
- Despido disciplinario, por un comportamiento grave y culpable del trabajador. En contraposición al caso contrario, este despido no depende de la empresa, sino del comportamiento empresarial.
Además de un fin de contrato temporal en caso de contratos de duración determinada o de sustitución.
Posibilidad de despido disciplinario
El despido disciplinario es aquel que viene justificado por un comportamiento grave y culpable del trabajador.
Si se está de baja es complicado que exista un comportamiento que pueda ser sancionado, pero sí que se puede tener en cuenta hechos ocurridos anteriores a la baja siempre que no hayan transcurrido más de 60 días desde que la empresa tuvo conocimiento.
En el caso de despido disciplinario, la persona trabajadora no tendrá derecho a indemnización, aunque sí prestación por desempleo y el correspondiente finiquito.
Posibilidad de despido objetivo
Si el despido disciplinario está causado por el comportamiento de la persona trabajadora, el despido objetivo viene motivado en la casi totalidad de las ocasiones por la situación empresarial que haga provoque que ya no sean necesarios determinados trabajadores.
Las causas que pueden justificar un despido objetivo son económicas, técnicas, organizativas o de producción.
El hecho de estar de baja no impide que la persona trabajadora sea uno de los seleccionados para un despido objetivo. No tiene una preferencia frente a los trabajadores que no se encuentran de baja.
En este caso, la persona trabajadora tiene derecho a una indemnización de 20 días por año trabajado.
Periodo de prueba no superado
Si el trabajador se encuentra dentro del periodo de prueba establecido en el contrato de trabajo, el empresario podrá indicar como causa de la extinción de la relación laboral la no superación del periodo de prueba sin necesidad de abonar ninguna indemnización ni preaviso.
Para que un periodo de prueba sea válido debe de venir recogido de forma escrita en el contrato de trabajo, y no superar los límites legales indicados en el estatuto de los trabajadores y el convenio colectivo.
¿Y si fuese un contrato temporal?
En caso de un contrato temporal, se puede finalizar el contrato temporal si finaliza la causa que lo motivo.
Hay que tener en cuenta que los contratos de formación (prácticas y formación para el aprendizaje), se prolongan en caso de incapacidad temporal, es decir, que esos contratos no se pueden finalizar mientras se está de baja, ya que en dicho caso, el despido será improcedente.
Si la finalización del contrato temporal es fraudulenta, el empresario no está obligado a pagar lo que resta de contrato, sino que abonará una indemnización acorde con la antigüedad del trabajador y el salario en el momento del despido.
Despido cuando no existe una causa que lo justifique, posibilidad de nulidad del despido
En caso que no exista causa para el despido éste podrá ser calificado como improcedente o nulo, siempre y cuando la persona trabajador impugne la medida en el plazo de 20 días hábiles.
Hasta ahora, la inmensa mayoría de los despido sin causa de una persona trabajadora de baja habían sido declarados improcedentes.
De hecho, así lo había considerado el Tribunal Constitucional improcedente y no nulo.
Sin embargo, tras la publicación de la Ley 15/2022 de no discriminación son varios los tribunales que están considerando el despido como nulo, en lugar de improcedente.
Dicha legislación establece que:
- (artículo 26) Serán nulos todos los actos de discriminación de alguna de las causas recogidas en el artículo 2 de la citada ley, entre las que se incluyen los conceptos de discapacidad, enfermedad o condición de salud.
- (artículo 27) Cuando una persona sufra una discriminación tendrán derecho a una indemnización de daños y perjuicios. Además, acreditada la discriminación se presumirá la existencia de daño moral.
Hay que tener en cuenta que a la hora de un despido sin causa, la empresa no suele indicar que «te despido por estar de baja» -sería muy torpe por su parte-, sino que suele realizar un despido disciplinario u objetivo alegando unas causas que no son ciertas o que no llegan a justificar el despido.
Por lo tanto, será importante averiguar que de cierta es la causa que alega la empresa para intentar demostrar que la única razón por la cual se despido es el hecho de estar de baja.
Además, y antes de la promulgación de dicha ley existen determinadas sentencias que habían considerado el despido nulo cuando la incapacidad temporal es larga y no existe ninguna otra causa para proceder al despido.
En este sentido, se suele conceder la nulidad cuando se asimila una discapacidad a la incapacidad temporal, se podrá conseguir la nulidad.
La consideración de discapacidad la ha definido el Tribunal de Justicia de la Unión Europea: “comprende una condición causada por una enfermedad diagnosticada médicamente como curable o incurable, cuando esta enfermedad acarrea una limitación, derivada en particular de dolencias físicas, mentales o psíquicas que, al interactuar con diversas barreras, puede impedir la participación plena y efectiva de la persona de que se trate en la vida profesional en igualdad de condiciones con los demás trabajadores, y si esta limitación es de larga duración”.
Además, también se ha considerado el despido nulo, sentencia del TSJ de Cataluña 14 de septiembre de 2021, cuando se ha probado que es una «política de la empresa» despedir a las personas trabajadoras de baja.
Si quieres más información sobre la nulidad del despido de baja te recomiendo este artículo.
Por último, la nulidad puede ser obtenida por una causa ajena a la incapacidad temporal, ya que la persona trabajadora puede encontrarse en determinadas situaciones en las que la legislación si que determina de manera expresa la nulidad del despido, salvo que exista una causa que lo justifique:
- Reducción o excedencia de jornada por cuidado de un menor o familiar con una enfermedad grave.
- Durante los periodos de embarazo o de suspensión por maternidad o incluso transcurridos doce meses más tarde del nacimiento del hijo.
- Violación de los derechos fundamentales.
- Ser despedido como consecuencia de haber reclamado a la empresa, judicial o extrajudicialmente, algún derecho laboral, en virtud del derecho de indemnidad del trabajador.
En todos estos casos, y siempre que no exista una causa para la extinción, el despido será declarado nulo por el juzgado de lo social, con la obligación de readmitir en su puesto de trabajo y el abono de todos los salarios dejados de percibir desde el momento del despido hasta la reincorporación.
Además de una posible indemnización de daños y perjuicios.
Sobre esta cuestión, la estudiamos de manera más profunda en este artículo…
A modo resumen, se podrá conseguir la nulidad cuando se acredite alguna de estas situaciones:
- La baja por incapacidad temporal sea de larga duración y la situación médica de la persona trabajadora se pueda asimila a una discapacidad.
- La persona trabajadora se encuentra en una situación protegida; maternidad, reducción de jornada, representante legal de los trabajadores….
- Se ampare la nulidad al amparo de la Ley 15/2022 integral para la igualdad de trato y la no discriminación.
En caso de que sea nulo, la empresa tendrá que obligatoriamente reincorporar a la persona trabajadora abonando los salarios de tramitación correspondientes.
Por otro lado, en caso de que sea improcedente, la persona trabajadora tendrá derecho a la indemnización más alta que recoge nuestra legislación (45 días por año por la antigüedad generada antes de febrero de 2012 y 33 días posteriormente).
¿Me pueden despedir por el hecho de estar de baja?
Sí, existe un despido por ausencias justificadas en el puesto de trabajo.
No, el despido objetivo por ausencias por incapacidad temporal ha sido derogado el 20 de febrero de 2020.
En cualquier caso, había sido previamente avalado por el Tribunal Constitucional en fecha de 16 de octubre de 2019.
¿Y qué indemnización me corresponde?
La indemnización varía en función de la causa que motive el despido.
Esta causa indicada en la carta de despido será la que determine la indemnización a la que tiene derecho el trabajador:
- Despido objetivo: En este caso, el trabajador tendrá derecho a una indemnización de 20 días por año trabajado y será necesario un preaviso de 15 días.
- Despido disciplinario: Un comportamiento grave y culpable del trabajador justifica su despido. En este caso el trabajador no tendrá derecho a una indemnización ni requerirá ser preavisado.
En cualquier de los dos casos, dichas causas tendrán que ser explicadas de manera clara en la carta de despido.
Para conseguir una indemnización superior o ser readmitido, el trabajador tendrá que impugnar la decisión empresarial en un plazo de 20 días hábiles desde la fecha de efectos de la extinción de la relación laboral.
Es posible que durante el procedimiento, la empresa quiera alcanzar un acuerdo, ya sea en conciliación o en sede judicial.
En caso de que no se alcance un acuerdo, el juez determinará el despido como:
- Despido procedente, en cuyo caso no se recibirá ningún tipo de indemnización.
- Despido improcedente, teniendo la empresa el derecho a optar entre la reincorporación o el abono de una indemnización de 33 días por año trabajado (45 de la antigüedad anterior a febrero de 2012).
- Despido nulo, existirá la reincorporación con el abono de los salarios de tramitación. También es posible una indemnización por daños y perjuicios si es solicitada en la demanda.
¿Tengo derecho a finiquito? ¿Quién me sigue pagando la baja?
Como cualquier extinción de la relación laboral, se tiene derecho al finiquito.
Normalmente en este documento se abonan las vacaciones generadas y no disfrutadas, así como la parte proporcional de las pagas extraordinarias si es que no las tienes prorrateadas.
Por otro lado, mientras estés de baja, le seguirá pagando al trabajador el INSS o la mutua. Si la baja es por contingencia profesional, el responsable del abono será la mutua, si es por contingencia común puede que la mutua o, sino el INSS.
Para seguir cobrando no se hace de manera automática, ni lo hace la empresa, sino que la persona trabajadora tiene que solicitar el pago directo a la mutua o al INSS.
En el INSS se hace a través de este formulario, si el responsable en la mutua tendrás que preguntar en la mutua correspondiente ya que cada uno tendrá un formulario diferente.
Además, una cuestión fundamental, en caso de que el convenio colectivo considere que se debe complementar la incapacidad temporal, la empresa estará obligado a hacerlo aunque se haya extinguido la relación laboral.
Así lo ha considerado la sentencia del 12 de marzo de 2020 del Tribunal Supremo que indica que si el convenio no establece un límite temporal, la obligación de pago no finaliza con la extinción de la relación laboral.
La citada sentencia determina que la obligación de la empresa de complementar la incapacidad temporal nace en el momento de la baja por incapacidad temporal, considerando que este complemento prosigue incluso tras la finalización de la relación laboral según lo establecido en el propio convenio.
¿Voy a consumir el paro?
Depende de la causa de la baja médica y de si el trabajador solicita la prestación una vez le den el alta.
Una vez reciba el alta médica, el trabajador podrá pedir la prestación por desempleo y en ese caso consumirá desempleo, aunque sólo lo consumirá en caso de que la baja sea por enfermedad común o accidente no profesional.
Es decir, que si no pide el paro y empieza a trabajar después del alta o es por una contingencia profesional (enfermedad profesional o accidente laboral), no consumirá el paro.
En cualquier caso, sobre esta cuestión, si quieres más información puedes leer este artículo.
Hola estoy con prórroga de 6 meses más (que se supone acaba en abril)después de un año de baja y haber pasado tribunal médico.La empresa me dice que me despide cn un despido objetivo pagándome un año a 20 días.Me tendría que dar de alta o quién me pasaría a pagar hasta que me llamen xa revisión?ahora es la mutua quien me paga.
No tienes que darte de alta médica, la incapacidad temporal continua, sin perjuicio de que te puedan dar el alta o la incapacidad permanente.
Hola me acaban de despedir en mi empresa por despido objetivo llevo en la empresa desde Septiembre del 2009, sigo de baja por la Unidad del Dolor y me toca parte el dia3/3 ahora en que situación me quedo?,tengo que pedir parte para SS o me tengo que ir al desempleo? Tengo una incapacidad total permanente y tengo una pequeña pensión. Gracias
Tienes que pedir el pago directo a la mutua o a la seguridad social. Te seguirá pagando mientras estés de baja por IT.
Hola buenas noches mi hija esta de baja por depresión y ayer la llamo la empresa que ya en el dia de ayer estaba despedida me podrias orientar que debo de hacer quien nos sigue pagando la baja y que alegar a la empresa gracias
Para saber que alegar frente a la extinción habría que saber cual es la causa indicada por la empresa. Sobre quien sigue pagando la baja, la mutua o el INSS. Seguramente la mutua. Se tiene que solicitar.
Buenos días,
si un trabajador alarga el proceso de baja laboral por voluntad propia o realiza un trabajo ajeno durante la baja laboral. Se podría despedir disciplinariamente?
Gracias
Sí, aquí lo explico.
Hola buenos días. Yo estaba indefinidadesde 1/1/2023 con los 2 primeros meses de baja.. El 1 de marzo cogí la baja y mi jefa me dice Q el 28 había acabado mi contrato. Sigo de baja. Quien me paga la baja?? O ya no cobraría?? Gracias y un saludo
Depende de la contingencia, la mutua o el INSS. Seguramente la mutua.
Mi madre se encuentra de baja por un accidente laboral en el que la empresa asume su responsabilidad por falta de control en los riesgos laborales. Ahora quieren hacer una modificación sustancial y le dan la opción de acogerse o aceptar la indemnización. Ella sigue en rehabilitación unos meses por la mutua. En caso de que coja la indemnización, ¿Quién se hacer cargo de la rehabilitación? ¿La mutua o la seguridad social?
Y también, estando de baja por accidente laboral, ¿está obligada a firmar la carta ya o puede esperar a estar de alta?
Aunque exista una extinción de la relación laboral, la mutua sigue siendo responsable del tratamiento y del pago. Sobre obligada a firmar la carta, no se a cual exactamente te refieres.
Sí, disculpa la ambigüedad en la pregunta. Me refería a la carta en la que le comunican que la modificación sustancial y le obligan o bien a aceptarla o a coger la indemnización e irse a la calle.
Como está de baja, quería saber si está obligada a firmar la carta o puede esperar a estar de alta. Muchas gracias:)
Para cada cuestión hay un plazo, y esos plazos no varían por el hecho de que esté de baja por incapacidad temporal. Firmar la carta no es relevante, sino si la persona trabajadora va a estar conforme, va a impugnar la medida o va a solicitar la extinción.
Hola buenas noches, llevo 5 años en la empresa con contrato fijo y estoy de baja x la seguridad social la empresa me pueden parar?
Si con parar te refieres a despedir, sí. Lo explico en el artículo, habría que saber las causas que alega la empresa.
Hola, buenas Alejandro. Me encuentro de baja por Contingencias Comunes (lumbago relacionado con el embarazo, ya que estoy de cinco meses). Se me ha acabado mi contrato temporal y sigo un mes más de baja y no sé si me darán el alta el mes que viene. Me ha llegado una notificación con mi cese a día 3 de octubre. Y mi baja de momento es hasta finales de octubre, con previsión a que se alargue. En la situación que me encuentro no sé si tengo que ir al INSS para que empiecen a pagarme ellos por la baja o me paga la mutua o si ya tengo que solicitar el paro. Te agradecería mucho si me pudieras ayudar a aclararme, un saludo y gracias de antemano.
Depende de con quien la empresa tenga cubierta las contingencias comunes, la mutua o el INSS. Normalmente es una mutua, preguntaría a la empresa.
Me despidieron a finales de Julio y aún tengo incertidumbre por cuestiones que no encuentro respuesta en ninguna web.
– a dia 20 de julio me dieron de baja de la empresa (estoy de baja por Cont. C). El dia 30 de julio me ingresaron la nómina como de costumbre. Llame a personal y me dijeron que las vacaciones no disfrutadas [VND] me las pagaban en la nómina del mes de agosto (en la de julio no aparece ningún concepto de las VND, y aun no me han pagado la liquidación). Mientras estoy en el periodo de VND ¿me tiene que seguir pagando la empresa o el INSS por pago directo? ¿La empresa me descontara en el finiquito los dias que me pago de más? (Del 20 que me despidieron al 30 de julio) y otra que deriva de todo esto ¿es normal que el finiquito se pague cuando se tengan que agotar los días de VND?
– Mientras estoy en el periodo de las VND ¿se suspende el pago de la prestación por IT? Es decir, estos dias de «vacaciones» ¿voy a cobrar el salario diario como si estuviera aún en la empresa o me siguen pagando la prestación y en la nomina cobrare este mes la IT + la liquidación de las VND?
Una vez extinguida la relación labora te debe de pagar el INSS o la mutua si mantienes la incapacidad temporal. Las vacaciones generadas y no disfrutadas te las tiene que abonar en el finiquito, que se debe entregar con la extinción. No entiendo que la empresa espere a a nómina de agosto cuando en agosto ya no existe relación laboral. Sobre la posibilidad de un descuento por parte de la empresa en el finiquito depende bastante del caso concreto.
Holaa, tengo un contrato indifinido a jornada completa, la empresa me contrato el 22/06/22 y tuve un accidente laboral el ultimo dia que asisti a mi puesto de trabajo fue el 8/7/22 ya que la mutua me dio 2 dias de reposo. El dia 11/7/22 mi medico de cabezera me dijo de baja por incapacidad temporal. A día de hoy sigo de baja y temo que cuando me den el altan la empresa me despida. Ya que han contratado a otra persona por mi y me han solicitado mi uniforme para esa nueva persona. ¿ Sería posible ese despido? ¿ Qué debería de hacer si me despiden al darme de alta mi medico?
Muchas gracias de antemano.
Habría que ver la causa del despido para saber opciones. Tenes un plazo de 20 días hábiles para impugnar.
Hola! 🙂 Gracias por leerme!
Trabajo en una empresa de recursos humanos, he estado en diferentes roles, el ultimo me ha estresado mucho que he tenido que coger una baja por ansiedad. No tengo la intencion de volver, porque sigo no estando bien. He pedido a la empresa que me echen, pero todavia no me contestan . Hay alguna posibilidad que me echen estando de baja por ansiedad? Es posible forzar un despido de este tipo?
Muchas gracias de antemano
«forzar el despido» estando de baja es complicado. Sobre si hay posibilidad, si existe causa para ello la empresa puede decidir hacerlo, pero no es una cuestión que puedas exigir.
Hola Alejandro y gracias por estar aquí.Estoy de baja por incapacidad temporal desde septiembre 2021.Tengo contrato fijo discontinuo.Hoy me ha dado de baja la empresa por finalizacion de campaña Me lo ha dicho por teléfono.Mi pregunta es tengo derecho a recibir algo por parte de la empresa?Como tengo que actuar en este caso? Tengo que solicitar paro o sigo cobrando de la seguridad social?
Tienes que solicitar el pago directo, a la empresa o a la mutua, según tenga la empresa las contingencias comunes.
Buenos días, despues de más de 10 años en la empresa, han traspasado la cartera de clientes a otra empresa, por lo cual me han dejado sin carga de trabajo. Este hecho de incertidumbre e inseguridad me ha ocasionado una grán ansiedad, he ido al médico y me ha dado una baja, por la cual la empresa me ha despedido alegando que ya no me necesitan ya que mi actividad no es necesaria en la empresa. Ellós me había asegurado que me iban a reubicar en la empresa, pero no tengo pruebas de ello.
Que puedo hacer ante esta situación? es un despido legal cuando ellos han quitado la parte de negocio en la que yo trabajaba?
Gracias, un saludo.
Habría que ver la carta de despido para dar una opinión.
Buenas tardes estoy de baja por presentar una endometrosis lo cual no me permite mover bien la pierna y la empresa me despidió y dice la carta que por causas económicas tengo derecho a indemnización y finiquito mientras siga de baja quien debe pagarme
El finiquito te lo ha de abonar la empresa. La baja por incapacidad temporal la mutua o el INSS, normalmente será la mutua la encargada del pago.
Buenas noches, mi consulta es la siguiente: Me han despedido con fecha 27/05/2022 teniendo contrato de Obra y Servicio en mi empresa desde el 20/12/2021 que me contrataron a jornada parcial de 30 horas semanales. Estaba de baja laboral por depresión desde 21/02/2022. Curiosamente, el día 20/05/2022 solicité un anticipo a mi empresa a través de su web de empleado, como hacía casi todos los meses anteriores, y en el texto indiqué que si las vacaciones del año pasado que no habia disfrutado me las podían pagar ya que iba a tener una baja larga y casi seguro que no iba a poder disfrutar de las vacaciones de 2022 tampoco. Pues casualidades de la vida, justo cuando se enteran de que mi baja podía alargarse más de lo que pensaban, el día 27/05 como he indicado antes, me llega la carta de despido por «El hecho en virtud del cual se ha decidido proceder a la extinción de su contrato está fundado en la disminución sustancial de las necesidades de producción» y Continúa «En el mes de marzo de 2022, teníamos contratado 9.000 horas mensuales, y en Mayo han sido 6.700 horas mensuales. Es por ello por lo que necesitamos reestructurar, reorganizar y dimensionar el servicio. Que la mencionada extinción surte efectos en el día de hoy, 27 de mayo de 2022, en esa misma fecha causará baja en la Seguridad Social. » . Quiero reclamar este despido porque tengo los pantallazos de la solicitud que hice y que estoy seguro que ha provocado este despido. ¿Qué pudo reclamar? Despido improcedente, nulo. Porque justo hoy día 30/05/2022 tenía que enviar el parte de confirmación de baja. Y la ultima pregunta, envío el parte de baja aunque este ya despedido o no hace falta? Gracias de antemano.
Si estás despedido ya no es necesario el parte de baja. Solicitaría la nulidad, aunque es complicado.
Hola, mi empresa me ha despedido por coger una baja laboral durante mi periodo de prueba sin nisiquiera avisarme del despido. Actualmente sigo con la baja medica y me preguntaba si aún siendo el despido en periodo de prueba podría solicitar el pago directo durante la duración de la baja.
Gracias.
Sí, debes pedirlo.
Hola mi empresa me acaba de decir que me van a despedir con fecha de hoy por no superar el periodo de prueba porque estoy de baja por amenaza de aborto.que tengo que hacer si todavía estoy de baja médica i no se sabe hasta cuando.como debo de actuar.me podéis aconsejar
Solicitar el pago directo a la mutua o seguridad social, y si quieres impugnar el despido en un plazo de 20 días hábiles desde la fecha de extinción.
Estoy embarazada, mi empresa va a cerrar, me van a despedir y no tengo derecho al paro. Que puedo hacer para seguir recibiendo algo delINSS o mútua hasta al parto y incluso para tener derecho a la baja de maternidad? Muchas gracias
Iniciar una baja por incapacidad temporal otorgada por tu médico de cabecera antes de que se extinga la relación laboral.
Buenos días,
trabajo en una constructora de más de 400 trabajadores, la mayoría, ingenieros o licenciados. Supongo a que están renegociando deuda con los bancos, se tienen que deshacer de los que más tiempo llevamos y contratar gente joven por menos dinero. Llevan tiempo haciéndonos la vida imposible, a mi concretamente me han dejado notas de gastos sin pagar, me han mandado a distancias bastante lejos de mi casa +400 km, hacer en un día o dos, además de trabajar en mi obra, tengo que trabajar para otros departamentos, etc. Lo último ya fué que sabiendo que estoy separado con custodia compartida y un padre dependiente, me mandarán un burofax para incorporarme a una obra a 900 km de mi casa. Conteste con los justificantes de la dependencia y de la custodia y aún así me mandaban a Granada. Así que cogí la baja por cuadro de ansiedad. El abogado que me lleva el caso, los ha demandado ante el SAMA en materia de movilidad geográfica y pide daños y perjuicios. La empresa no se presento el día de la conciliación laboral y ahora sólo queda esperar al juicio. Yo evidentemente no quiero seguir en la empresa para que me puteen, y supongo que ellos tampoco quieren que siga. Que escenarios se pueden dar en l juicio? que me indemnicen con los 20000 euros y tenga que seguir agonizando en la empresa? que intenten darme una cantidad económica y cerrar la relación con la empresa? Es mejor que antes del juicio, me intente dar de alta para que sea más fácil llegar a un acuerdo económico. Gracias, estoy perdido
Sería poco prudente por mi parte darte un consejo si ya te lo lleva un abogado el tema, ya que el conocerá de primera mano el asunto de manera completa. Lo mejor es que hables con el todas las dudas.
Hola:
Me han despedido ayer día 25/04/22 y me lo han dicho por teléfono, me llamo la directora general.
Resulta que por una situación familiar grave, primero ingreso de mi madre, luego ingreso de mi padre, además de que resido en otra comunidad a 500 km de ellos,mi padre sigue ingresado a día de hoy y puede que sea un proceso largo y ha sido muy duro y lo sigue siendo. Al final junte algunos dias aunque coincidió también con Semana Santa, pero me tuve que coger la baja ayer 25 de abril hasta el 3 de mayo, en un primer momento.
Llevo en la empresa desde el 17 de enero, y es teletrabajo, me hicieron un contrato de 6 meses en un principio (creo que por acumulación de tareas).
La jefa me llamó ayer pero no pude cogerlo, hoy me llego un mensaje de la S. SOCIAL diciendo lo de la baja. Hoy he podido hablar con ella ye ha comunicado que me han despedido y que es un despido improcedente, y que me pagarán una indemnización y lo del mes y todo eso. Es legal? He de hacer algo? Sigo cobrando de la seguridad social? He de hacer alguna gestión con la seguridad social? Es que coincide el día de despido con la baja en la seguridad social.
Gracias y un saludo
Eva
Solicitar el pago directo al INSS o a la mutua para seguir cobrando si mantienes la baja por incapacidad temporal.
Hola
Tengo un trabajador con contrato fijo discontinuo desde año pasado marzo y entro en baja por enfermedad común en 20 julio .
La persona ni me habla ni me respeta sólo insultos aunque le he pagado todo hasta día de hoy,la seguridad social,las vacaciones
Como puedo despedirle ? Creo que su intención es quedar en baja hasta que se jubile ,tiene 60 años
Gracias
Es una pregunta muy amplia. Habría que saber más del caso para saber si existe causa que justifiquen el despido.
Buenas tardes.
Explico mi situación. Llevo varios años trabajando en una empresa con contrato indefinido de 30h semanales a tiempo parcial.
Con la situación de la pandemia he estado en Erte 18 de los últimos 24 meses, y me he reincorporado en total 3 veces.
Las otras 2 veces me llamaban y me avisaban previamente, esta última vez fue el pasado 12 de Febrero, en la que nadie me llamó y sólo el departamento de rrhh me envió un aviso por email el día anterior, para comunicarme la reincorporación.
Por motivos de salud no pude asistir, y hasta ayer no me dieron cita en el centro sanitario en el cuál me dieron baja contingencias comunes, de momento de 1 mes revisable.
Al enviarles hoy el parte de baja a la empresa me han respondido que he de justificar esos días faltantes en 48h y que si no lo hago me incurrirá en falta disciplinaria, pero el problema es ese no puedo justificarlo de ninguna manera ya que no me daban cita en el médico.
Mi duda es si es posible, y en caso de que me despidan disciplinariamente por esas ausencias, pueden hacerlo ahora con fecha anterior a la baja o tendrían que hacerlo a fecha de hoy? Y en cualquier caso he de recurrir yo a la SS para cobrar la baja o ellos igualmente estarán obligados a presentarla?
Gracias, saludos!
El despido no puede ser con fecha anterior a la comunicación. En caso de que el despido se produzca, eres tu el que tiene que solicitar el pago directo a la mutua o al INSS.
Buenos días
Queríamos finalizar un contrato con una empleada por rebeldía, motivos disciplinarios, hablar mal a los clientes y a sus propios jefes, y se nos ha adelantado cogiéndose una baja larga. Ella es fija desde 2017, ¿podríamos despedirla por los motivos que menciono anteriormente o pueden que nos digan que el despido es nulo o improcedente al estar de baja?
Mil gracias
Se puede despedir si está de baja, pero habría que ver los motivos que alegáis y las pruebas que tenéis para analizar el riesgo de improcedencia o nulidad.
Hola tengo una pregunta
En julio del pasado año entre a trabajar en una empresa y en diciembre me dio un infarto y me tuvieron que poner un hay pass a día de hoy estoy de baja y ha llegado a mis oídos que la empresa quiere despedirme en cuanto me den de alta
Es posible y legal que lo hagan incluso abiéndome dado el infarto en mi jornada de trabajo
Gracias
Como posibilidad, sí. Ahora bien, habría que ver las causas que alega la empresa en el despido.
Buenas tardes,
En primer lugar dar las gracias de antemano.
Mi caso es el siguiente: llevo mas de tres años trabajando con concatenación de varios contratos (diferentes CIF misma empresa) todos ellos de obra y servicio. Llevo un tiempo de baja y el 31 finaliza mi contrato. ¿Me pueden despedir? Es decir, el 31 que acabe mi obra me liquidarían?¿ Me llegaría el finiquito? ¿Que pasaría?, porque la empresa creo que no quiere seguir contando conmigo. Mi convenio es de ONG.
Muchas gracias
Si son diferentes contratos temporales, la relación debería de ser indefinido, y en su caso reclamar la improcedencia si indican como causa un fin de contrato temporal. Habría que ver la causa alegada por la empresa en la extinción, que también determinara el derecho a indemnización.
Muchas gracias por contestar tan rápido. Si las obras son diferentes y los cif también. Sé que quieren prescindir de mi, pero me gustaría saber si el 31 me puede llegar el finiquito.
Mil gracias y un abrazo
Como posibilidad puede ser, pero no quiere decir que sea correcto. Lo único es si los CIF, habría que ver si hay sucesión empresarial o son un grupo de empresas.
BUENAS, ACTUALMENTE ESTOY DE BAJA Y HA FINALIZADO MI CONTRATO, PERO NO ME DIERON NINGUN PREAVISO DE QUE TERMINABA MI CONTRATO. ¿ES LEGAL? ¿O DEBERIAN A VERME DADO UN PREAVISO DE QUE FINALIZABA MI CONTRATO?
Depende de la duración del contrato. Si dura un año o menos, no es necesario preaviso, salvo que el convenio indique otra cosa. Si dura más de un año, si que es necesario 15 días.
Buenas tardes, resulta que yo tengo un contrato de obra y servicio sin fecha de finalización exacta. La cosa ea que he contraído el COVID y me han dado de baja un día. Me han comentado que quieren darme de baja en la empresa y volver a contratarme cuando me den el alta médico.. que he de hacer? Gracias de antemano y a todos los artículos!
No es correcto lo que hace la empresa, y algún tribunal ha considerado como despido nulo, aunque creo que la mayoría lo consideraría como despido improcedente.
Buenos dias.
Muchas gracias de antemano por la gran labor realizada reolviendo dudas.
Por otro lado, empecé hace poco a trabajar en una empresa, me hicieron contrato de 6 meses y actualmente estoy de baja por accidente de trabajo y en menos de 1 mes se me cumple contrato y estoy viendo que el alta será a posteriori de esa fecha. Mis preguntas son:
¿Puede la empresa finalizar el contrato? Si es así, ¿Tengo que solicitar prestación por desempleo en cuanto me den de baja?, ¿Me tienen que avisar con anterioridad para finalizar el contrato?
Muchas gracias.
Sí, pueden extinguir la relación laboral si existe causa para ello. Si estás de baja cuando eso ocurra tienes que solicitar el pago directo a la mutua para seguir cobrando mientras mantengas la baja, una vez te den el alta, solr el paro.
Bueno, ¿La causa seria por finalización de contrato, no?¿Es completamente legal esa baja, no?
Habría que mirar si el contrato no está en fraude de ley, y efectivamente ha finalizado la causa del contrato.
Buenos días. El caso es el siguiente, mi madre vive en la provincia de Barcelona, comenzó en marzo de 2021 a trabajar en una empresa, de incio le hicieron un contrato temporal de 6 meses y en setiembre del 2021 le renovaron por otros 6 meses el contrato y le dijeron que le harían indefinido si le renovaban pasados los 6 meses (marzo de 2022).
Por motivos de salud está de baja por la seguridad social (no por mutua). Lleva unos 3-4 meses de baja. En febrero la doctora que la atiende le dijo que le iba ampliar la baja por 1 mes más, a ella en principio le dan el alta sobre el 27 de marzo de 2022. Pero su contrato finalizó hace unos días.
A día de hoy no le ha llegado nada por parte de la empresa conforme no le renovarán, lo que si le ha llegado son llamadas y mensajes de sus compañeras de trabajo dándole la noticia de que no la renovarán.
Quiero agregar que todo lo ha firmado por firma electrónica des de casa, las pròrrogas, etc.
Estando en esta situación que tendría que hacer ahora?? La ha pillado por sorpresa y sin saber que tener que hacer.
Muchísimas gracias por todo.
La pregunta es amplia. Primero revisar si ya le han dado de baja en la seguridad social a través del informe laboral. Sí lo han hecho, tendrá que demandar por despido improcedente/nulo. Si no lo han hecho, tendrá que esperar a que la empresa le comunique la extinción de la relación laboral.
Buenas tardes Alejandro,
Antes de nada gracias por contestar.
Estoy de baja (contingencias comunes) con una prórroga de 180 días concedida por el INSS. Mi empresa me plantea un despido objetivo, el gestor de dicha empresa me dice que no consumiría paro, si durante los 180 días me paga la mutua aunque ya no exista relación laboral. ¿Eso es así?
Muchas gracias.
Depende el consumo de paro, aquí lo explico.
Buenos dias,mi caso es que estoy fijo en una pequeña empresa y actualmente estoy de incapacidad temporal por problemas en la columna y estando operado de artrodesis lumbar,llevo 1 mes de baja y hace una semana mi jefe me llamó para avisarme de que el no podía mantener el pago a la seguridad social sin estar yo trabajando,que no estaba para tirar el dinero,que iba a hablar con su gestor para mirar de despedirme,que puedo hacer y a quien acudir,muchas gracias de antemano
Graba la conversación la próxima vez, y demanda en caso de que te despidan. Habría que ver la causa alegada por la empresa.
Buenas noches.
Mi consulta es me han exao estando de baja común y un mes de ser padre cosa que la.empresa sabía. Alegan un despido objetivo por falta de trabajo el cual no es real porque tengo pruebas de ello. Esto podría ser causa de despido nulo o solo improcedente. Y otra pregunta podría reclamar ahora la categoría profesional que me corresponde.
Muchas gracias
Sí, podría ser causa de nulidad si la empresa sabía que ibas a ser padre.
Enhorabuena por este trabajo!
Llevo de baja 2 años se termino el pago de la seg social en junio. Sigo de baja justificada por médicos. Fui a la cita médica solicitada por la empresa. Pero seguiré de baja hasta 6 noviembre.
Me despiden enseguida si vuelvo a pedir baja? Llevo 14 años. Tendría indemnización? Y paro?! Cuánto sería más o menos?
O más bien la empresa llega a un acuerdo conmigo pero me ofrece indemnizar por años trabajados? Si existe este acuerdo cuánto debo aceptar que me paguen?
Gracias
No entiendo muy bien el hecho de que se termino el pago en junio, pero sigues de baja justificada por médicos. No es causa de despido el que vuelvas a pedir la baja, pero en ese caso entiendo que ahora no estás de baja. La situación es muy diferente y puede afectar a las causas del despido, y en consecuencia a la posibilidad de recibir una indemnización o negociar.
Hola la situación es : estoy de baja 2 años por varios temas. Llevo 14 de trabajo. No me cobro por baja desde junio se agotó el pago debido. Todo justificado desde siempre y con cita médica este miércoles hecha y a seguir con la baja hasta 6 noviembre. Después si pido baja de nuevo, sera causa de despido? Indemnización si me despiden la tendré? Despido objetivo! Es solo para estar preparada. Muchas gracias Dr. Alejandro
No se si me escribes desde España, pero hay algo que no me cuadra de lo que me comentas. Una nueva baja, nunca es causa de despido, que no quiere decir que no te puedan despedir.
Hola que tal?
Soy nuevo en esto y estoy algo nulo en estas cuestiones, pero la pregunta es sencilla.
Llevo de baja por enfermedad común desde el mes de marzo 2021 hasta día de hoy actualmente, he oído rumores de que me quieren despedir.
No se si sea cierto o no, pero el caso es que tengo contrato indefinido desde febrero del 2007 es decir casi 15 años en la empresa.
Me pueden despedir estando de baja??
Si fuera el caso, que tipo de indemnización sería la que me corresponde y que argumentos tendrían para hacerlo viable??
Me gustaría que me pudiera ayudar, muchas gracias.
Sí, pueden extinguir la relación laboral si existe causa para ello. Sobre las causas que puede argumentar la empresa son bastante amplias. En principio, entiendo que sería un despido objetivo con derecho a una indemnización e 20 días por año trabajado, pero habría que ver la carta para saber si está todo correcto.
Buenas una pregunta, me han despedido del trabajo hace 2 dias ,estando de baja común porque me opere,y llevo 4 meses,y todavía me queda por curar. Que recomendación me haces,Gracias.
Es una pregunta amplia, habría que ver si el despido es correcto o no o se puede impugnar para conseguir la nulidad/improcedencia.
Buenas noches Alejandro.Muchas gracias por tu labor para ayudar a las personas como yo q tengo tantas dudas.
Te explico yo trabajo desde octubre del 2020 en una empresa con un stand de Iberdrola,casi un año llevo trabajando y ahora llevo un mes de baja por enfermedad común en mi contrato no pone la duración pero desde hace unos días mi jefe me esta presionando q me va a dar de baja mi contrato alegando q no puede con los gastos míos q le estoy costando el dinero,etc. Me presiona para q trabaje desde casa haciendo llamadas (teletrabajando) mientras estoy de baja para poder cubrir con los gastos.
Mi pregunta me puede despedir estando ahora mismo yo de baja? En mi contrato no me dice el tiempo de duración, yo soy comercial. Y me puede exigir a trabajar desde casa si estoy de baja??? La verdad q a parte de q estoy mala mi jefe me está agobiando muchísimo y eso no me esta haciendo nada bien para mi Salud.
Espero tu respuesta porque no se q hacer y mi médico de momento no me va dar de alta. Muchas gracias
Un saludo
Sí, se puede extinguir la relación laboral aunque estes de baja por incapacidad temporal. Otra cosa es la causa que pueda alegar la empresa. No, no te puede obligar a trabajar y lo mejor es que grabes esas conversaciones para protegerte en caso de despido.
Hola buenas haber si alguien me ayuda estoy de baja por incapacidad temporal y le empresa me a dado fin de campaña y el INEM me a pagado
Me explico me a pagado la seguridad social y el paro este mes que debo hacer no se que pasara
Si mantienes la baja, te seguirá pagando el INSS. Si te dan de alta, tienes que pedir la prestación por desempleo.
Hola Alejandro!!! Gracias por tu gran labor!!!
Llevo 5 años trabajando con contratos de fin de obra y servicio, me contratan en septiembre y me despiden a finales de julio. Este año estoy embarazada y también me han despedido a pesar de que mi contrato este año no tenía fecha de finalización, solo una cláusula donde ponía curso 2020-2021.
Quería saber si estando embarazada me podían despedir??
Además no se ni que convenio me aplican porque tampoco me lo ponen en el contrato.
Gracias
Seguramente el contrato temporal está en fraude de ley, y la extinción sea un despido nulo por el hecho de estar embarazada. Estar embarazada no impide extinguir la relación laboral, pero cuando exista causa para ello. En este caso, parece que el contrato temporal está en fraude de ley.
Hola Alejandro!Empecé a trabajar en una empresa el día 8.06.2021,y unos dias despues me entere que soy embarazada.Tengo contrato de 3 meses de los cuales el primer mes de prueba.Estoy de baja IT desde el 29.06.2021,llevo 3 días sin poder trabajar por vómitos excesivos en embarazo,y en la hoja de baja IT pone enfermedad común.Mi pregunta es,me pueden despedir en el resto de días de prueba que tengo?Y al finalizar los 3 meses de contrato,me pueden negar la renovación del contrato?
Aunque estés embarazada pueden finalizar el contrato si éste no está en fraude de ley, y pueden hacer un despido si existen causa para ello. Si eso ocurriera, te recomiendo que acudas a un abogado laboralista para que compruebe si el contrato está en fraude de ley y la extinción es correcta.
Hola Alejandro queria saber cuando una empresa privada contrata un trabajador por medio de la bolsa de empleo y con un contrato de fin de obra , esta obligada la empresa a tenerlo un tiempo determinado o te pueden despedir cuando ellos quieran alegando que la obra se termino , pero la obra continua ? Gracias .
La empresa te puede despedir siempre que quiera y exista causa para ello. Si te despiden, y la obra continua, habría que ver la causa de extinción que alega, por que podría ser improcedente (o nulo).
Hola buenos dias Alejandro gracias por tesponder y otra pregunta al tener menos del año te puede despedir de un dia para el otro sin necesidad de darte los 15 dias de preaviso ? Y quedarias ese mismo dia de baja de la seguridad social luego de haberte dado la notificacion ? Gracias
La necesidad de preaviso depende de la causa del despido, no del tiempo que se lleve trabajando.
Buenas tardes, he agotado los 545 dias de IT y estoy a la espera de la resolución del inss. La empresa me ha dicho que si me dan el alta ( cosa probable, a pesar de que no puedo desarrollar mi actividad laboral ) ellos van a proceder con un despido objetivo. A pesar de mi intención de quererme incorporar. Este despido se puede impugnar ? Tengo tambien reconocido un46% de discapacidad, estarian obligados a adaptarme el puesto ? Gracias
Todo despido se puede impugnar, ahora bien, para saber las posibilidades de éxito, habría que ver la causa del despido. Te recomiendo este artículo.
Buenas tardes,tengo contrato interinidad cubriendo una baja desde 14-11-2020.desde 21 dic estoy de baja por enfermedad que posteriormente ha pasado a ser por ansiedad.hoy he recibido burofax empresa con despido disciplinario por faltas muy graves y siendo poco profesional en mi puesto .les he llamado para que me den explicaciones ya que la persona a la que cubro no se ha reincorporado y me dicen que baje a firmar el finiquito y punto .que debo hacer ? Impugnar para que sea improcedente? Mientras pido el paro o al inss ya que sigo de baja ? Gracias
Impugnar el despido solicitando la nulidad o improcedencia, mientras solicitas el pago directo a mutua o inss mientras estés de baja, después paro.
Gracias,yo aún no he firmado finiquito ,ni me han dado certificado empresa ni nada.supongo el finiquito será leído y no conforme? El certificado me lo darán ellos o lo tendrán informatizado ?
El certificado de empresa se remite telemáticamente.
Hola Alejandro cuidaba una señora mayor pero estado de baja yo la metieron en una residencia y ahora si estoy cobrando por la mutua y ne finiquita kien me paga estando de baja eso es legal
Sí, se puede extinguir la relación laboral estando de baja. Te pagará el INSS seguramente, tendrás que solicitar el pago directo.
Hola, he decido aceptar un despido aun sabiendo que no es correcto y que podría demandar ya que se ha incumplido varias situaciones como la de intentar despedirme después y durante mi embarazo y tras no aceptar no pagarme las bajas laborales que tenían que abonar, pagarme mucho menos de indemnización … he tenido que aceptar por mi bien psicológico ya que toda esta situación me estaba afectando.
Mi duda es ; me despidieron estando de baja y me dieron un documento para que pase por la mutua de la empresa, yo hasta el momento lo hacia en mi ambulatorio y todavía no tengo el alta del ambulatorio, tengo visita esta semana para el seguimiento.
En este caso tengo que ir a la mutua igualmente para que abone estos días que quedan desde el despido hasta si hubiera una nueva alta? si me dan el alta esta semana en mi ambulatorio, como lo tendría que gestionar?
si voy a la mutua tengo que explicar lo que padecí y por la situación que fue? ( mi baja indica que es por enfermedad común).
La mutua solo gestiona el pago en esta ocasión, y sí, tienes que ir a solicitarsela, sino nadie te lo pagará el tiempo de baja hasta el alta.
Hola Alejandro, gracias por tu respuesta.
He llamado a la mutua de la empresa y me dicen que ellos no tienen nada que ver ( a pesar que la empresa ha emitido un documento con su cabecera), ha consultado en el ordenador y dice que ve que estoy despedida y que tendré que ir al INSS.
He pedido cita en el INSS pero me dan para el próximo mes y no se como lo tengo que gestionar.
Si mi doctora me da el alta antes de ir al INSS, que tengo que hacer? que documentación tendré que aportar si solicito la prestación de desempleo? ( solo tengo la carta de despido y un certificado de empresa con la cabecera de la mutua).
Si continuo de baja tengo que presentar los partes de baja en algún sitio?
Gracias de antemano por tu ayuda.
Tienes que solicitar el pago directo a través de este documento que puedes presentar de manera electrónica. Cuando te den el alta médica, pides el paro.
Buenos dias,
En primer lugar agradezco mucho vuestra labor que ayuda mucho.
Mi caso es que estoy trabajando para una empresa con un contrato temporal primero fue de seis meses y luego en febrero 2021 me renovaron con otro de 3 meses. A finales de febrero me dio el medico una baja por enfermedad comun. Ayer le mande a la empresa el parte de confirmación de mi baja que esta hasta el dia 14/06/2021 y hoy me han mandado un correo electrónico que mi contrato finalizara el dia 16/05/2021.
Pueden finalizar mi contrato ? A Que indemnización tendre derecho? Cuando y a quien tengo que solicitar el pago a partir del 16/05/2021?? En caso de que tenga que impugnar tengo que firmar el finiquito o no ?
Muchas gracias
Tienes que solicitar el pago directo a partir del día siguiente que se extinga la relación laboral. Sobre si es posible o no la extinción, habría ver la causa alegada por la empresa, lo que determinara la indemnización. Entiendo que lo que hacen es un fin de contrato temporal que da derecho a 12 días por año trabajado de indemnización, salvo que sea de interinidad.
buenos dias alejandro,
tengo la siguiente duda, tengo un contrato indefinido con antiguedad desde junio 2018, actualmente estoy con una reducion de jornada por cuidado de mi hijo, el.pasado 22 de febrero 2021 solicite la baja medica ya que tenia micho dolor en cervicales , me han detectado rectificacion cervical, a dia de hoy 13 abril 2021 , me llama recursos humanos para pactar despido y que luego no sea peor para mi, que me recomiendas? me pueden despedir luego alegando cualquier otra cosa como bajada de economica en empresa ? muchas gracias
Te tienen que despedir si existe causa para ello, pero si lo quieren pactar es que seguramente no exista causa. Sobre que te recomiendo, depende de tu situación personal, la oferta de la empresa…
Tengo un directivo , que es de maxima confianza en la empresa, además de mi abogado personal y profesional.
Actualmente lleva casi dos meses de baja medica por COVID, tiene secuelas post-covid y ansiedad.
Ya antes de su baja queria despedirle, puesto que llevabamos un tiempo con tension en la empresa sentida tanto por compañeros como desde gerencia , su forma de despachar ultimamente se basa en que cada error que se comete de su competencia , parece que la culpa es siempre de los demas, y ya ha habido varias cuestiones que han causado perjuicio a la empresa…pero al ponerse de baja , nos ha sido imposible despedir ya que se asimila a accidente laboral y parece estar superprotegido….pasado el tiempo quizas todas estas causas de despido disciplinario estarian ya prescritas o no fueran suficientes para tener sustancia. La intencion de la empresa es indemnizar , pero me temo que puedan declarar el despido nulo asimilandolo a un despido por baja medica de larga duracion o discriminatorio por covid . Me podeis aconsejar que hacer …he perdido totalmente la confianza y el gasto empresa es muy elevado.
Te recomiendo que acudas a un abogado de tu localidad, no es una cuestión sencilla que se pueda resolver a través de los comentarios.
Hola tengo una pregunta para el señor Alejandro y no se cómo asersela llegar es esta .puse la baja para el 22 de abril y me dijeron q cogiera las cosas el 24 de marzo dos días después de la caja voluntaria para mí esto es un despido y ello dicen q no q puedo hacer muchas gracias
Si han extinguido la relación laboral indicando una baja voluntaria cuando no ha sido así, tendrás que impugnar la extinción solicitando la nulidad/improcedencia. Sólo tienes 20 días hábiles para ello.
Muchas gracias .ellos me mandaron para casa del 24 de marzo al 22 de abril dicen aceptando mi baja voluntaria y q cojiera vacaciones y me mandaron por correo el pago de marzo y asta el 22 de abril para q lo firmara y se lo mandara por correo y no quise .pero vacaciones q me correspondía estando con la señora mayor asta ese día dicen q las coja ahora para no pagarmelas y yo no acepto pq quería trabajar asta el 22 de abril no hasta el24 de marzo y lo q me duele esq llevo dos años con ellos y me lo dijeron de inmediato coje tus cosas y vete querían engañarme y q les firmara q me iba el 24 de marzo y me traía una liquidación errónea asta el 24 como como q yo renunciaba asta esa fecha y yo les dije q no q les daba 30 días de preaviso y que mi renuncia era para el 22 de abril 2021 entonces me dijeron q me pagarían asta esa fecha y q me fuera de la casa y que cojiera vacaciones y les dije q no tomaba vacaciones pq las acababa de aser en febrero y solo me queda de vacaciones los 2.5 días de marzo y abril un día q ago señor Alejandro les firmó la hoja de finiquito del pago de marzo asta el 22 de abril sin vacaciones o denunció por despido sin aviso o no se q es. lo q se q de repente me dijeron coje tus cosas y vete y yo esperaba irme el 22 de abril ,. muchas gracias por su ayuda espero talves me entienda y conteste gracias
Me ha generado más dudas de si fue el empleador el que extinguió la relación laboral por baja voluntaria o fuiste tu el que la solicitó. Te recomiendo que acudas a un abogado de tu localidad.
Hola Alejandro muchísimas gracias de antemano por tu labor… Quería preguntar unas dudas.. mi padre se tiene que jubilar este año en diciembre y actualmente está de baja porque se cayó del camión con el que trabajaba y la mutua le dice que no es accidente laboral sino enfermedad común y desgaste de rodilla. Hemos ido a la seg.social para pedir un cambio de contingencia y estamos a la espera de saber si se lo meten por la mutua o no ahora bien la empresa le dice que le despide y le da finiquito para no seguir pagando su seguro y le dicen que a él no le afectaría en nada puesto que tiene que jubilarse en unos meses pero mi pregunta es… Si hacen eso y la baja sigue como enfermedad común quien le sigue pagando y si cobraría lo mismo. Espero que puedas ayudarme. Gracias
Le afecta, por que no cotiza y cobraría seguramente menos que ahora. Le paga la mutua o el INSS en función de con quien tenga las contingencias comunes la empresa.
Hola solo una última pregunta me mandaron el ingreso de la nómina de hoy 30 de Marzo si pienso impugnar o demandar tengo q devolverles el ingreso q me hicieron a mi cuenta gracias
Habría que ver lo que han pagado, pero no, no se tiene que devolver por impugnar.
B. Noches Alejandro. Antes de nada enhorabuena por tu encomiable labor.
Mi duda es la siguiente. Yo llevo de baja por IT (Ansiedad) desde Septiembre 2020. El pasado 10 de Enero cerró el centro de trabajo donde presto servicios, y el resto de compañeros fueron despedidos (contratos de obra y servicio).
En estos momentos, dado que es una multinacional de servicios de hostelería, han planteado un ERE a nivel nacional, en el cual me incluyen.
Pueden hacerlo estando se baja?, En caso positivo, Quien será ahora mi pagador de la baja, si mi empresa tenía acordado pago delegado con una mutua profesional? La cuantía será la misma. o será la correspondiente a desempleo?
Debo solicitar pago al INSS, o es un trámite automático?
La cuantía del despido, tiene afectación fiscal?
Mil gracias
Alejandro Valiente
Sí, te pueden incluir en el ERTE. Te pagará la mutua lo que te corresponde por desempleo, por lo que sí que te bajará la cuantía, salvo que la contingencia sea profesional. Debes solicitar el pago a la mutua.
Buenas Alejandro,
Resulta que yo estaba de baja por un cáncer y me han despedido. Han admitido el despido improcedente, pero alegan que es por amortizar el puesto ( o sea porque supuestamente deja de existir o eliminan a más plantilla ) lo cual es falso, porque contrataron a 2 personas más desde que estaba de baja y estas dos personas se quedan en la empresa. Llevaba en la empresa poco tiempo y he estado 1 año y 2 meses de baja ya que la enfermedad y quimioterapia me dejaron bastante débil. Supone para mí un gran trastorno ahora puesto que ellos ya sabían que yo tendría que adaptarme al puesto etc… Dime que opinas
Gracias de antemano,
Isabel Galicia
Si es una baja de larga duración, puedes pelear la nulidad, que supongo que es lo que te interesa.
Buenas Alejandro,
Tengo una duda y me genera mucha preocupación…estoy de baja hace 7 meses por ansiedad y depresión. Me han mandado de la empresa por burofax, los papeles para pedir prestacion en la mútua. Mi duda es que pone «extincion de contrato a 1/2/2021». La asesoria que lleva dia papeles ha dicho que cuando tenga alta vuelvo a gener vigente el contrato…Ellos no me han mandado carta de despido ni nada, però me huele todo muy raro..es una empresa de menos de 10 trabajadores. Necessito ayuda porque no me fio a que me puedan engañar, llevo 6 años en la misma y temo que sea una trampa para no pagar-me lo que me tocaria.
Muchas gracias.
¿Te han dado de baja en la seguridad social? Si es así, deberás demandar por despido. Mira el informe de vida laboral.
Buenas tardes y gracias de antemano si me contestan
Yo trabajo en un Bar Cafetería de un familiar. El mes de Diciembre del 2023 trabajo sin darme de alta y el contrato Q es indefinido me lo ha hecho desde el 1/1/2023. Como ya te he dicho Q es de un familiar(prima) se aprovecha un poco.. A todo esto mi contrato es de el mes de Enero 22h y media y a partir de Febrero me bajó a 18h semanales. Tengo tal ansiedad y malestar con el trabajo Q me cogí la baja. Podrían echarme X eso? Y Q derechos tengo
Gracias y un saludo
La pregunta es amplia. El hecho de estar de baja no puede ser motivo de despido, aunque sí que podrían hacerlo si existe causa para ello.
Mi caso es el siguiente:
En noviembre de 2019 mi medico me da la baja, al mes me despiden alegando que no habia pasado el periodo de prueba ( caso raro pues ya llevaba 6 meses trabajando para la empresa y anteriormente ya habia tenido contrato con ella), sigo de baja y me pasa a pagar el INSS, en Octubre del 2020 mi medico me dice que q ya mis bajas no dependen de el y que me citaran para un tribunal medico, acaba el año y no me citan.
En Noviembre no me pagan nada.
En el Sepe me dicen que no tengo derecho a ninguna prestacion porque figuro de baja.
Espero Diciembre y Enero por alguna notifacion, y no llega nada.
En la Seguridad Social me dicen que estoy de baja.
En el organismo encargado de las valoraciones medicas q se supone me iban a citar me contestan a un correo pidienfo informacion que se me ha realizado por lo del covid una visita no presencial, q a ellos le consta que sigo de baja y que espere la resolucion del INSS y que para mas informacion me dirija a la Tesoreria General.
A dia de hoy no se que sucede y si esto es normal, llevo sin cobrar nada desde Octubre.
Podran darme alguna explicacion si lo entiende, por favor.
Interpondría una reclamación previa contra el INSS, es una situación rara. Aunque antes preguntaría a la mutua de la anterior empresa, por si fuera la responsable.
Hola Alejandro, es estupenda tu labor, ayudando a tanta gente. No sé si me podrás ayudar. Mi pregunta es, si he solicitado rescisión de contrato por impago estando indefinido, puedo coger la baja hasta la conciliación? O para que me rescindan el contrato y me indemnicen no puedo estar de baja? Muchísimas gracias de antemano.
Puede estar de baja y no impide la extinción, pero es una cuestión que depende de tu médico de cabecera el que te den la baja.
Hola buenos días Alejandro, tengo muchas preguntas y no se ni por donde empezar… Resulta que estoy de baja por incapacidad temporal comunes, llevo ya más de 365 días justo los hice el 22 de enero de 2021, y resulta que la empresa va a hacer un ERE y es efectivo para el 1 de marzo, ¿ A que indemnización tengo derecho? Por que resulta que han llegado al acuerdo de 36 días por 19 meses, yo estoy de indefinido desde 27 de septiembre del 2017 con antigüedad que pone en la nómina de 27 de marzo del 2017, no se si es de los casi 4 años o de los 3 casi medio años la indemnización, encima no e disfrutado de mis vacaciones de 2020 ya que empecé de baja el 24 de enero de 2020, pero me dicen que al no trabajar no e generado vacaciones y que ni me las pagan ni nada, no se si es verdad por lo que leo si genera vacaciones estar de baja por ley, y lo otro que me dicen es que este año de baja tampoco cuanta para la indemnización, vais que tengo casi 4 años de antigüedad pero para ellos como si fuese casi 3 años ya que uno asido de baja… El convenio que tenemos es el del metal de la comunidad de la comunidad de Madrid, Muchas gracias de antemano un saludo.
No es cierto. El tiempo de baja cuenta para la indemnización y cuenta para las vacaciones. Si no te lo abonan, tendrás que reclamar lo que te corresponde.
Gracias Alejandro, pero mientras esté de baja no me pueden despedir no?? Siendo un contrato indefinido claro
Sí, si existe causa para ello siempre te pueden despedir.
Buenas Alejandro, llevo 1 año y poquito mas trabajando, contrato indefinido, soy camarero, pero llevo 1 mes de baja (enero), por enfermedad común, hoy mismo 3-02-2021 mi jefa me ha mandado por whatsapp 2 papeles diciendo que me despiden, (pero llevaba 1 semana llamandome para que me diese de alta voluntaria y mandarme al desempleo, mientras me recupero y despues ella me incorporaba una vez este bien) en el otro papel me pone lo que me pertenece de indemnización (según ellos me despiden por causa que estamos pasando los hosteleros, (Málaga capital le ha tocado cerrar 15 días por superar los 1000 contagios) es legal que me despidan ?.. (si cuando pase todo esto ellos van a volver abrir, porque me despiden?? )muchas gracias y saludos desde Málaga
Con los datos que me das, seguramente no es procedente ese despido, e incluso nulo si puedes acreditar que te presionaron para que cogieras el alta. Tienes un plazo de 20 días hábiles para demandar.
Hola Alejandro, te quería preguntar sobre un contrato que me han hecho en una Ett, el contrato se inició 11-12-2020 hasta: FIN DE OBRA O SERVICIO, código contrato 501, y prueba 45 días naturales, sin interrumpido por it o asimilables, como soldador labor principal, pero con apoyo en otras áreas. Entre a currar y los primeros 15 días solo me pusieron con la radial a pulir. Esto me ha dado tunel del carpio, he cogido la baja por contingencias comunes desde el 11-01-2021 como parestesias, renovada 18-01-2021, renovada de nuevo hasta 21-01-21 todas por contingencias comunes, y renovada de nuevo dictaminandome enfermedad de tunel del carpio hasta 04-02-2021, la mutua a se ha lavado las manos diciendo que no es baja por enfermedad laboral por que epenas llevaba 15 días trabajando q no cumplo con em tiempo y que no me pagará la baja, tengo todos los partes del. Médico de cabecera que me corrabora que fue por la radial. Pero no me quieren aceptar la baja. Hoy me han llamado 27-01-2021 que se me ha finalizado el contrato y que me despiden?. Alejandro: la ETT me puede despedir estando de baja con parte dictaminado con túnel del carpio?. Yo he ido al Inss, y he radicado solicitud de determinación de la contingencias de incapacidad temporal. Ahora debo esperar la resolución del inss? La Ett ya me ha despedido que hago, pueden despedirme quien me paga la baja necesito pagar alquiler y servicios no se que voy hacer puedes arientarme? Tampoco cumplí los días de prueba q eran 45, nose q hacer la verdad, pero sigo de baja.?
Mientras sigas de baja te seguirán pagando, ya sea el INSS o la mutua. Ahora sigues de baja hasta el 4 de febrero por lo que comentas. Sí, pueden extinguir la relación laboral aunque estés de baja, siempre que haya finalizado la obra para la que fuiste contratado en función de la causa.
Buenas tardes, Saludos desde Lanzarote Canarias.
Tengo contrato de duración determinada a tiempo completo desde 03/2019 (con las renovaciones correspondientes hasta ahora), Estoy en ERTE por fuerza mayo desde el inicio de la alerta sanitaria en 03/2020, y a partir de 08/2020 estoy de baja medica por accidente (no laboral) y me paga la Mutua por acuerdo de pago directo. Mi contrato finaliza el 31/01/2020 y la empresa decidió no renovarlo (MOTIVO en la carta de despido. finalización de servicio por el que fue contratado). mi pregunta es, es posible hacerlo con mi situación actual ERTE+BAJA?, y si es así, tengo derecho a indemnización y finiquito? Muchísimas gracias.
Es posible finalizar el contrato temporal aunque estés de ERTE o baja, pero habría que ver la causa del contrato, ya que puede estar en fraude de ley o no existir causa para la finalización. Sí, se tiene derecho a indemnización (12 días por año trabajado) y finiquito, esto es, vacaciones generadas y no disfrutadas. En caso de que esté en fraude de ley, la indemnización sería de 33 días por año trabajado, salvo que se considere nulo el despido, en cuyo caso te tendrían que readmitir.
Hola Alejandro, muchísimas gracias por tu respuesta
Te comento, mi contrato es por obra y servicio por tiempo determinado (401), y especifica que es para trabajar «CONTROLLER DE CALIDAD PARA LA DELEGACIÓN DE LANZAROTE EN LA TEMPORADA DE VERANO
2019», si bien tenemos en cuenta que estamos en Enero 2021, no tengo claro que este cese sea totalmente legal. Espero tus comentarios y nuevamente Saludos desde Lanzarote.
Seguramente el contrato está en fraude de ley, y por lo tanto el despido es improcedente.
Bueno Alejandro, te comento que está en manos de abogado, efectivamente quieren hacer fraude de ley.
ya te contaré noticias ;).
Saludos, y gracias por esta labor.
Hola llevo casi un año en mi empresa y ahora e cogido la baja porq me están haciendo pruebas porq quizás tenga una hernia discal pero mi pregunta es mi contrato finaliza a final de febrero mi jefe me puede despedir estando de baja?
Sí, puede despedirte o finalizar el contrato si es temporal.
Hola,tengo una consulta,por favor:LLevo 2 años en la empresa con contrato indefinido,pero desde hace 1 año estoy de baja por enfermedad comun.Ahora la empresa me quiere despedir con despido objetivo,causas economicas y de organizacion.La empresa funciona muy bien,por lo cual no tiene problemas economicos.Me quieren indemnizar con 20 dias por año,sin especificar los dias de vacaciones acumuladas,ni la baja por paternidad que no he disfrutado y tambien coincide con el ultimo año de contrato.Mi pregunta es si lo puede hacer legalmente,teniendo en cuenta que a mi baja medica por enfermedad comun,se suma el estado de alarma,y tambien cual seria la indemnizacion corecta a percibir si es que me pueden despedir?Necesito una respuesta urgente por favor,muchisimas gracias y enhorabuena por el vlog!
Si existe causa para ello, sí te pueden despedir. Si es un despido objetivo, te corresponde una indemnización de 20 días por año trabajador, además del finiquito, esto es, las vacaciones generadas y no disfrutadas. Habría que ver la carta de despido para saber si es correcto o no, es imposible sin conocer las causas alegada por la empresa saber si es correcto o no.
Buenas. A dia 31-12-2020 cogi la baja laboral ya por moving laboral y a día 4-1-2020 la empresa me a despedido y reconocen un despido imrpocedente. Pero claro yo estoy de baja que debo hacer pedir el alta y cobrar el paro o seguir de baja. Porque si sigo de baja cuando me den el alta me lo van a descontar es exactamente lo mismo. No entiendo el ultimo apartado del artículo donde hay una manera de que no te descuenten paro. Ya que todos los daños causados a mi persona por esta empress me a provado un estado de ansiedsd, de panico, xe inseguridad y de brotes en uns enfermedad cronica que padezco. Que me recomienda que haga?
Si sigues de baja, después de la extinción de la relación laboral, cuando te den el alta y no pides el paro, no consumiras paro, pero tampoco te lo cotizarán. Aquí lo explico de una manera más amplia.
Tengo un contrato de sustitución por IT, yo después de 4 meses he caído enferma realizándose diálisis hoy recibo una llamada de la empresa que no tengo derecho a cobrar el salario por no llevar 6 meses.
Pedía por favor si me puede decir algo cierto esta situación.
Gracias
Si estás de baja por IT, se exige para cobrar, tener un mínimo de 180 días cotizados en los últimos cinco años. Entiendo que es lo que te indica la empresa que no cumples.
Si exacto,la empresa me tiene q dar un despido me mantengo has q me den el alta?
La baja se mantiene, pero sin cobrar.
En marzo me dieron la baja la mutua porque me rompi un el tendón del hombro al 55%,me dieron de alta en junio y a los 10 días de estar trabajando fui a mi médico de cabecera y me dio la baja y al hacerme pruebas tengo el tendón roto y me operan ahora en enero. Llevo desde junio de baja por la seguridad social a los 3 días de estar de baja me despidieron del trabajo.
Que me aconsejas hacer,denunciar por accidente laboral,si no tengo suficiente paro para todos los meses de baja dejaré de cobrar estando de baja?
No dejarás de cobrar estando de baja, aunque la relación laboral se haya extinguido. Por otro lado, puedes iniciar un procedimiento de determinación de contingencia para que la baja sea laboral. POr último, desconozco si estás en plazo para impugnar la extinción de la relación laboral.
Hola buenas. Llevaba 6 meses trabajando me caí me rompí un ligamento fuero del trabajo llevo 6 meses de baja y recibo carta q me despiden por finalization del contrato (temporal) sigo de baja. Lo pueden hacer? Gracias de antemano
Si el contrato finaliza, sí, lo pueden hacer. Habría que ver el contrato y si existe causa para la extinción.
Buenas tardes, os expongo mi situación.
Actualmente estoy de baja por accidente no laboral, y contratado en una empresa con un contrato por obra y servicio. La obra para la que me contrataron se acaba en este mes y con lo cual me han comunicado que en 15 días finaliza mi contrato.
Una vez finalice mi relación laboral con la empresa, tengo que pedir el paro? consumo paro mientras siga de baja?
Entiendo que es un despido objetivo ya que la obra se acaba y me han avisado con 15 días de antelación pero mi duda viene con la prestación de desempleo y como actuar.
Muchas gracias de antemano y un saludo,
Si estás con un contrato de obra, la causa parece un fin de contrato temporal, más que un despido objetivo. Tienes que pedir el pago directo a la mutua o al INSS, sobre si consumes paro, te recomiendo este artículo donde lo explico.
Hola buenas empecé a trabajar con un contrato 501 el 31-10-2020 y al mes de trabajo me detectan túnel carpiano,también la doctora de la mutua se pasó el juramento ipocratico por el arco del triunfo diciendo que tenía sobre esfuerzo y encima tener que aguantar el que entre por la mutua y digan hay está la del mes nunca lo había tenido y recibo una carta diciendo que estoy fuera de la empresa el día 28-12-2020.Que puedo hacer gracias
La pregunta es un poco amplia, entiendo que ahora estas de baja, no se si de contingencia común o profesional. Sobre la extinción de la relación laboral, habría que ver el contrato de trabajo para ver si es correcto y en caso contrario, impugnar la extinción.
Hola Alejandro, te comento mi situación empecé un contrato en una residencia de ancianos, realice ese primer día mi turno correctamente, ese día por la noche me pille el dedo con la puerta del coche con lo que me dio mi doctora la baja, a los dos días recibo un burofax de la empresa diciéndome que no había superado prueba ( osea ese primer turno que empezaba) , quería informarme si esto me lo pueden hacer, llame a la directora y me dijo eso que ese mismo día no había superado prueba, cuando no hubo ningún problema, porfavor quería información porque no sé si me pueden despedir solo por un día trabajado y decirme que no supere prueba y sobretodo estando de baja cuando me llegó el burofax a los dos días. Gracias
Habría que ver si el contrato de trabajo recogía un periodo de prueba para saber si se puede extinguir la relación laboral.
Buenas tardes.
Hoy he sido despedido (hoy será mi último día en la empresa) y me encontraba de baja por incapacidad temporal por enfermedad común, y acto seguido he cogido el alta médica a fecha de mañana. Tengo que presentar este documento al INSS?
Si coges el alta, tienes que pedir el paro y ya está.
hola buenas, he empezado a trabajar hace una semana en una empresa, pero este verano tube un pequeño accidente y no estoy recuperada del todo y tengo muchos dolores que me impiden desarrollar el trabajo y he cogido la baja, mi pregunta me pueden despedir? y si me despiden estando de baja me sigue pagando la empresa?
Si, te pueden despedir, y no , no te pagará la empresa sino la mutua o el INSS.
hola Alejandro enhorabuena haces una labor de ayuda a la gente muy buena. Mi nombre es Fernando mi problema es este llevo desde septiembre dado de baja por un accidente laboral la mutua me derivo a la ss. social decía que no era accidente laboral puse un recurso de cambio de contingencia lo e ganado ahora en diciembre cobro paga extra por la empresa la mutua pagara la paga .soy del convenio del comercio y soy fijo de mas 6 años gracias
Durante la baja por incapacidad temporal, sea contingencia común o profesional, la paga extra se cobra prorrateada de manera obligatoria. Por lo tanto, durante ese periodo se te ha abonado la paga extra de manera prorrateada. Por lo tanto, sí que cobrarás paga, pero seguramente sea de una cuantía inferior a la que te correspondería si no estuvieras de baja, salvo que el convenio establezca que tienes que percibirla íntegra.
Hola, he gastado las 4 primeras semanas de la baja de paternidad obligatorias a continuación del nacimiento, dejando las otras 8 para cuando se le acabasen los permisos a mi mujer. En ese intervalo de tiempo entre los dos periodos en que he vuelto a trabajar me han despedido sin haber disfrutado las 8 semanas que me quedaban.
¿pierdo la prestación de paternidad de esos meses?
Muchas gracias un saludo
Hola. Estoy trabajando con contratos de 15 en 15 días. Me dieron de baja porque en mi casa había positivos y la siguiente prueba volvieron a dar positivo. Entonces me quedé de baja 20 días. Pues en los primeros 15 días me llamaron de que mi contrato había sido finalizado y yo seguía de baja. Pero no me han mandado ni el finiquito para firmar ni e firmado nada. Me gustaría que me dijerais si eso esta bien hecho. Gracias y un saludo
Te deben de mandar el finiquito, aunque este puede que sea cero. Si sigues de baja, deberás reclamar el pago directo al INSS o a la mutua. Sobre si la extinción del contrato está bien hecho, habría que ver los contratos.
Buenos días Alejandro,
En mi caso, estaba en periodo de prueba 6 meses, pero me han echado con un correo certificado electrónico a los dos meses y después de haber estado 4 días de baja. En SMAC me han dicho que al haber sido después de una baja envíe la papeleta (aun estando en periodo de prueba). ¿Es correcto? ¿Sería despido nulo o improcedente? ¿de cuánta indemnización estaríamos hablando?
Muchas gracias,
Habría que ver que es lo que dice el contrato. La indemnización si es despido improcedente es de 33 días por año trabajado, o 2,75 días por cada mes que has trabajado.
Hola. He empezado a trabajar el dia 22 de octubre,(dia 21 me hicieron un test rapido, negativo) en una residencia, el dia 27 me hicieron una pcr de control y el 29 me dieron positiva, pues me obligaron a cogerme la baja, y el dia 3 de noviembre me llegó a mi casa un burofax como diciendome que no he superado la prueba y que me despiden! Estando de baja por COVID-19 pueden hacerlo? Ahora quien me paga? Que pasos tengo que seguir!
Tienes que pedir el pago directo al INSS o a la mutua para seguir cobrando. Por otro lado, impugna la extinción de la relación laboral si no estás conforme, tienes un plazo de 20 días hábiles para ello. En mi opinión, lo impugnaría y solicitaría la nulidad.
Hola muy buenas!! He trabajado en una recidencia de mayores, cubriendo una baja el día 26de octubre me han dado de baja por dar pozitivo en covid 19,el día 6 de noviembre se me acaba la baja, la baja que yo cubría era de un chico que se le acaba ba el contrato del año el día 6 de noviembre con lo cual se me acaba la baja, anteriormente cobraba subsidio por hijo a cargo, al quedarme en baja y en cuarentena con el virus, puedo solicitar el subsidio al estar de baja por covid, o ya no tiene nada que ver, muchas gracias un saludo
Si mantienes la baja por incapacidad temporal seguirás cobrando mientras estés de baja aunque se te acabe el contrato de trabajo, que no entendí si te dan el alta el día 6 o no.
Hola Alejandro, empezé a trabajar y a los dos días me diagnosticaron meralgia parestetica, el caso es que me despidieron por no superar periodo de prueba a los 5 días de contrato. Anteriormente a los 5 días de trabajo llevaba cobrando 2 meses el paro (tengo el máximo de tiempo y 1000 euros de pago mensual del paro) como calculan lo que voy a cobrar en el pago directo de la seguridad social y si se puede saber cual sería la cuantía? Muchas gracias.
Si es baja por contingencia común, cobrarás lo mismo que te corresponde cobrar de paro, es decir, lo que estabas cobrando antes si continuas el paro.
Hola Alejandro, en primer lugar gracias por tu paciencia atendiendo estas consultas, es muy profesional.
Mi caso es que llevando 3 meses y medio en una empresa me despidieron por despido disciplinario impugne porque estaba embarazada y me readmitieron, a los pocos días cogí la baja y con un preaviso de 15 días me despidieron por despido objetivo, es legal?? Puedo volver a solicitar que sea nulo el despido? Gracias
Puedes volver a solicitar la nulidad, sobre si es legal o no, depende de si la empresa tiene causa para ello. Es cierto que se revisarán más las causas después de un despido disciplinario, pero si existe causa para ello, no se impide despedir a un trabajador readmitido.
Buenas tardes, necesito saber qué debo hacer en mi situación
Hace casi un año que estoy de baja por enfermedad común, ahora pasaré por un tribunal de la SS y seguramente me concedan la prórroga.
Pero antes de esto se me acaba el contrato temporal en mi empresa y no me renuevan.
¿Que debo hacer? ¿Apuntarme al paro y cobrar la prestación?
Hablar con el INSS?
He leído que yo seguiría cobrando porque me pagaría el INSS o la mutua aunque mi relación laboral se haya extinguido, pero una vez que finalice el contrato no se que papaleo debo hacer.
Gracias un saludo
Tienes que pedir el pago directo a la mutua o al INSS. Lo explico en este artículo.
Pueden echarme con un contrato de interinidad estando de baja? La empresa dice que el trabajador al que yo cubría se ha reincorporado pero yo sigo de baja médica…..
Sí, pueden extinguir la relación laboral si finaliza la causa por la cual motivo el contrato aunque estés de baja. Deberás pedir el pago directo en caso de extinción de la relación laboral.
Hola quería saber si me pueden despedir estando de baja por la mutua, tengo un contrato temporal, no se cuando sería la renovación. Y si me despiden si puedo reclamar algo o no. A sido un accidente laboral gracias
Sí, se puede extinguir la relación laboral si existe causa para ello. Si puedes reclamar algo, depende, de si existe causa para la baja.
Estoy de baja por infeccion por covid y el sabado dia 5 se me acaba el contrato,tengo un contrato temporal que no me lo van a removar porque ya no hacen fijos en la empresa. En este caso que pasa conmigo? Me pueden echar aunque estoy de baja? Y si me echan cuando puedo solicitar el paro ya ques sigo de baja?Muchas gracias
Sí, pueden extinguir el contrato aunque estés de baja. Tendrás que pedir el pago directo al INSS o a la mutua.
Buenos días
Estoy de baja por ansiedad desde el día 14 de agosto. Tengo un contrato temporal que me cumple el 16 de septiembre y haría un año que estoy en la empresa. Seguramente no me lo van a renovar. ¿Cómo sería mi despido? ¿Y cuánto seria mi liquidación? Si me despiden y sigo de baja ¿quién me pagaría, la Mutua o la Seguridad Social y que porcentaje?
Muchas gracias
Si no te lo renuevan, la extinción sería por fin de contrato y como tal tendrías derecho a una indemnización de 12 días si el contrato es de obra o eventual. Si mantienes la baja, te abonara la mutua o el INSS, lo mismo que te correspondería de paro.
Buenos días quería preguntarte si tengo derecho a algún día libre si mi hija va a dar la luz. Gracias
Mínimo dos días, cuatro si necesita desplazamiento. Además estos días pueden aumentarse por convenio colectivo.
En el mismo día que me dieron baja por confinamiento la empresa el la que trabajaba con un contrato temporal me despidieron. Quiero preguntar es legal o no Gracias
Habría que ver la causa de la baja.
La causa de baja era que mi madre tiene coronavirus gracias
Me refiero a la causa de extinción de la relación laboral indicada por la empresa. Si es que tu madre tiene el coronavirus, eso no puede ser motivo de extinción.
La causa de baja no lo se todavía aunque me han despedido hace una semana
Demanda a la empresa si no sabes la causa. La empresa tiene que comunicarla.
Hola Alejandro
Muchas gracías por su ayuda, actualmente estoy de baja larga duración 1 año por depresión, tengo una jornada reducida y una antigüedad de 14 años, me da mucho miedo que cuando me incorpore me despidan y perder mi trabajo, solo quiero ponerme bien mentalmemte para poder trabajar, en caso de que me despidan cuando me incorpore eso seria legal o seria nulo? Por favor ayúdeme gracias
Como explico en el artículo, si existe causa para ello, le pueden despedir.
Buenas tardes
Mi caso es bastante rebuscado.Despues del confinamiento mi empresario me cambio sustancialmente mi horario y mis condiciones de trabajo por lo cual le pedí la extincion indemnizada de mi contrato.Mi empresario no ha querido aceptar la conciliacion hasta muy tarde por lo cual ahora es agosto y al estar todo cerrado no hay firma hasta septiembre.Yo ahora estoy de baja y de mientras, mi empresario ha contratado a otra persona en mi sitio la cual esta haciendo mi horario, mis tareas cuando a mi se me nego a a devolverme mi horario y mis tareas.Le puedo denunciar?, que puedo hacer, ya que considero que me h faltado al respeto
¿Ya se extinguió la relación laboral?
Hola estoy de baja por enfermedad común, mi baja ha sido de larga duración y ahora estoy esperando la resolución del inss, pueden despedirme?, pero pueden arreglarme los papeles para el paro?
Pueden despedirte si existe causa para ello, pero la causa no puede ser estar de baja. Sobre «arreglar los papeles para el paro» puede ser un fraude a la seguridad social acordar con la empresa la extinción de la relación laboral para cobrar una prestación.
Hola me han despedido tras 18 meses de baja sin preaviso y me han querido dar un finiquito de 41 euros que he firmado como no conforme pues llevaba 4 años y medio en la empresa quisiera saber si eso es correcto me dicen que es que me han dado de baja en la ss pero en la ss no me dicen nada es correcto el finiquito muchas gracias
Entiendo que lo que han hecho es dejar de cotizar por llevar 545 días de baja, pero no te han despedido, o por lo menos no deberían de haberlo hecho. Habría que ver que documentación te ha entregado la empresa.
Mi esposo tuvo un accidente laboral de 30 días de baja y lo llamaron hoy que desistían de él porque con la pandemia ya habían muchas bajas y tal y que se yo,quería saber si eso era legal.
Habría que ver el contrato, la causa de extinción…
Hola buenas les comento mi caso.he estado de baja con el inss 18 meses ,(Día operaciones abdominales muy graves ) me dieron de alta en enero pero al no tener trabajo y no encontrarme bien solicite el paro. que me quedaba .hace una semana he vuelto a trabajar con contrato de cubrir vacaciones y por lo visto no estoy recuperada del todo puesto que vuelvo A yencontrarme mal ,dolores fuertes con los esfuerzos y tras ellos (trabajo en residencias ) si me cojo la baja ,es contingencia común ,enfermedad profesional ..me pueden echar ? Gracias
Si es por una patología previa, seguramente será enfermedad común, que entiendo que es lo que se consideraba antes. Si te pueden echar, es una pregunta muy amplia. Sí, se puede extinguir la relación laboral aunque estés de baja por incapacidad temporal.
Gracias por su respuesta.Entonces podría volver a reanudar el paro?
Si te despiden, puedes reanudar el paro.
Llevo trabajando una semana y me ha dado un infarto la empresa me ha despedido seguiré cobrando por la seguridad social
Gracias
Si te dan de baja antes de la extinción de la relación labora, seguirás cobrando mientras mantengas la baja por incapacidad temporal.
Estoy de baja por maternidad, se me acaba en un mes y medio y mi centro de trabajo va a cerrar por bajo rendimiento, que derechos tengo? Y si cierran y yo sigo de baja ? Que pasaría ?
Gracias
Si sigues de baja deberás pedir el pago directo a la mutua o al INSS. Por otro lado, en caso de despido te deberán pagar la indemnización correspondiente que como mínimo será de 20 días por año trabajado.
Buenos dias, mi caso es un poco particular.. Soy extranjero extracomunitario, hace 18 meses me trasladaron desde Argentina a la oficina de Barcelona y no me han hecho los »papeles», hace 15 meses que estoy reclamando a la compañia y ahora me han enviado carta de despido a partir del 3 de Septiembre, con lo cual, ni siquiera cumpliré los 2 años para regularizar mi situación por mi cuenta, que puedo hacer? Desde ya, muchas gracias.
Frente a la extinción de la relación laboral, impugnarla si no estás conforme. Sobre la otra cuestión, no soy experto en extranjería.
Buenos días. Llevo trabajando con un contrato de sustitución desde el 1 de julio de 2019. El 1 de febrero de 2020 el médico me dio la baja por embarazo de riesgo. Llevo de baja desde entonces. Ayer me llama mi empresa y me dice que la persona a la que sustituyo ha cogido el alta médica y se va de la empresa, por tanto mi contrato queda rescindido y estando de baja no me pueden hacer un nuevo contrato porque daré a luz a finales de julio. Es posible todo esto? Gracias
Sí, es posible extinguir el contrato cuando existe causa para ello, pero sí que pueden hacerte otro contrato si así lo desean.
Muchas gracias por la respuesta. Y la empresa está obligada a avisarme con al menos 15 días de antelación? Porque la llamada para indicarme la rescisión del contrato fue ayer 29 de mayo y el contrato de rescinde el lunes 1 de junio. Gracias
Si el contrato no supera el año de duración, salvo que el convenio diga otra cosa, no es necesario el preaviso.
Buenas llevo de baja año y medio porque me hicieron una última prórroga porque no me quieren conceder una minusvália, A pesar de que la enfermedad fue por enfermedad profesional, mi empresa hace un Erte Manda una carta a toda la plantilla para que vuelva incluida yo que aún estoy de baja Y al día siguen un comunicado que despide a toda plantilla, la cuestión es yo solicite hace unos meses la minusvalia porque la seguridad social me mando una carta que tenía que solicitarla , aún no me ha llegado ninguna respuesta ya que con lo que ha pasado también se ha retrasado todo, me aconsejan que reclame? Estoy muy bloqueada y no se que hacer me podéis aconsejar? Gracias 🙏
Habría que ver la carta del despido y la indemnización abonada para ver las posibilidades de la impugnación del despido.
A mí me dieron de baja en el mes de abril están estado de alarma yo estoy de baja por depresión y el empresario no me avisó entonces el mes junio mire la vida laboral fue cuando me di cuenta ya me a mi abogado y le comenté esto hizo actoconzelizacion
Des pues mi abogado lo llamo y no está y le posimos la demanda y Aller me di cuenta que me dio de alta otra vez en la seguridad social mi pregunta es me respeta la misma antigüedad o meda una alta nueva
Habla con tu abogado. Si hay un despido, la empresa no puede unilateralmente decidirte contratarte.
Buenas noches! Y gracias de antemano.
Estoy de baja laboral por infarto (fuera de horario laboral), con un contrato indefinido, y estoy cobrando la baja por la empresa. La empresa me a comunicado que firme el despido y lleguemos a un acuerdo, para que se encargue la seguridad social con todo el pago de la baja.
Estoy esperando a la consulta del cardiólogo para que el me diga si voy a poder trabajar porque el trabajo es duro y probablemente me den la minusvalía o incapacidad para trabajar.
1- ¿Es legal esto que están haciendo?
2- ¿Me puede perjudicar en el futuro firmar ese despido a la hora de cobrar después cuando pida la minusvalia/incapacidad?
3- ¿Pueden despedirme si no firmo el despido a buenas?
4- ¿que podría pasar si no firmo el despido?
5- ¿cobraría los mismo si me paga todo la seguridad social?
Podéis llegar a un acuerdo de extinción, pero salvo excepciones, no te lo recomendaría. Habría que ver los términos del acuerdo, pero no se trataría de un despido. Un despido es una decisión unilateral de la empresa, no un acuerdo. Te pueden despedir, si existen causa para ello. Seguramente, cobrarás menos durante la IT en caso de extinción de la relación laboral.
Estoy de baja por ansiedad desde el 16 de julio de 2020 y hoy me llega el burofax con el despido. La causa de despido es por no atender a 5 residentes que han llegado actualmente a la casa de acogida y dos de ellos ya no estan en la casa. Como pueden ellos demostrar eso si es falso? Seria un despido improcedente? Que podria hacer?
Es la empresa la que tiene que demostrar que los echos son ciertos. En caso de que no fuera cierto, el despido sería improcedente o nulo. Si no estás conforme con el despido tendrás que impugnarlo en el plazo de 20 días desde la fecha de efectos de la medida.
Buenos días, soy Autónoma Trafe, tengo un contrato mercantil, pero ahora mismo estoy de baja por contingencias comunes, y me pagaría la mutua, puede mi cliente romper el contrato estando yo de baja?, dejaría de cobrar la baja si rompiese el contrato mercantil? Muchas gracias
Buenas, tengo una duda, mi marido tiene un contrato de interinidad por baja de un compañero por Covid, la empresa no abrie las puertas desde abril, pero no le hicieron erte, se firmó una carta convenio por los días 01/04 hasta el día 09/04… A la final en la nómina de abril le descuentan 20 días de trabajo y de concepto de descuento ponen absentismo. Qué se puede hacer en estos casos, cuando no se trabaja porque la empresa está cerrada. Muchas gracias
No se puede descontar esos días en virtud del artículo 30 del Estatuto de los Trabajadores. Tendrás que reclamarlo a la empresa.
Muchas gracias, pues si le descontaron y encima colocando en el motivo Absentismo
Hola buenas tardes! Tengo una duda y es que firme un contrato de tres meses renovables otros tres, pero los primeros tres meses se me acaba ahora en mayo y estoy de baja por enfermedad común, me echaran ahora o se renovará automáticamente por q la empresa pertenece a la rama sanitaria?y si es así tendría que notificarme la empresa? Gracias
Si la empresa no te notifica nada, el contrato se renueva. Sobre la posibilidad de renovar, habría que ver la causa del contrato.
Hola buenos dias Alejandro una pregunta, trabajaba de ayudante de cocina y el medico de dio la baja desde el 23/12/2019 en febrero como se retrasaban en pagarme la nómina, al ver que seria una baja de larga duración me propusieron el despedirme, y en la carta del despido pone que el motivo por bajos ingresos de la producción, me indemnizaron por el despido me dieron mi finiquito y tal y coml estaba de baja a mi me paga la mutua.
Mi pregunta es la siguiente puedo trabajar en otro sitio estando cobrando esa baja? Porque por el estado de alarma mi medico no está pasando consulta, y me ha salido otro trabajo y no se si eso conlleve algun problema.
Gracias
Salvo excepciones muy puntuales, no es compatible el trabajo con la incapacidad temporal. Por lo tanto, no, no puedes trabajar.
Buenas noches alejandro. Primeramente muchas gracias, queria comentarte que estoy de baja por estres y angustias, y en el post leí que no se puede despedir cuando se cursa una baja de larga duración. ¿Cuando es considerada una baja de larga duración? A partir de los 6 meses? O menos ?Es mi caso.
Saludos cordiales
Sí que se puede despedir aunque la baja sea de larga duración, sólo que en el caso de que el despido no esté justificado, existe posibilidad de conseguir la nulidad del despido si se asemeja la baja de larga duración a una discapacidad.
Mi hija finalizó nsu contrato temporal en marzo pero ella estaba de baja y aun sigue… Pero desde marzo no ha cobrado nada mas solo el finiquito, por los meses trabajados? Quien debería pagarle ahora edta baja y como podemos hacer?? Estamos muy perdidas porque con lo del tema del coronavirus e s imposible conseguir cita en la tesorería de ss… Y no sabemos que hacer… Muchas gracias de ante mano
Le abona la seguridad social o la mutua, en función de la causa de la baja. Pregunta a la empresa.
Hola buenas,
Soy madre separada con custodia 100%.
Estaba cobrando el subsidio, y una residencia me dio trabajo desde el 18 de abril, pero no me dio de alta hasta dos días después.
Contrato de substitución por interinidad.
El día 21 de abril me dieron la baja por signos en covid al igual que mi bebé.
El día 29 de abril recibí un SMS que estBa de baja en la seguridad social con la residencia.
Tengo fotos que demuestran qué trabaje allí el día 18 y 19.
Y conversación de whatapp con la dueña de la residencia, conforme le informo de que estube 2 días sin estar de alta ss. Y no me lo arreglaron.
Ahora que puedo hacer? Estoy de baja, estoy despedida y no tengo ingresos y no voy a poder pagar el alquiler
Presenta una denuncia en inspección de trabajo. De todos modos, si estás de baja, seguirás cobrando mientras mantengas la baja, tienes que pedir el pago directo a la Seguridad social o a la mutua.
Buenas tardes estoy trabajando hace 4 mese con un contrato de sustitución de una baja y estoy pasándolo mal con unos brotes de poliartritis y el médico me quiere dar la baja. Pero yo estoy aguantando por miedo a que me paren y me dejen de pagar y? Quería saber si yo cojiese la baja por enfermedad común quien me. Paga y si me pueden parar y en el caso de que me pararán quien me paga los meses que siga de baja??? Gracias
Mientras estés de baja te paga la empresa, posteriormente, te pagará la mutua o la seguridad social en caso de extinción de la relación laboral mientras mantengas la baja. No es causa de despido el simple hecho de que estés de baja, otra cuestión es que en la práctica, sí que puedan hacerlo.
Hola buenas
Firme un contrato temporal, me dedico al transporte escolar, en el mes de septiembre de 2019, con finalización el 22 de julio de 2020, a los 2 meses me diagnosticaron leucemia limfoblastica aguda me ingresaron en un hospital y me dieron la baja laboral. me han estado pagando la nómina hasta el mes de Junio que me cumplía el contrato. Pero ya el mes de julio he dejado de cobrar sin previo aviso.
Esto es norma?
Tengo que seguir cobrando?
Quién me tiene que pagar?.
Estoy intentando pedir cita en el SEPE pero me la dan para octubre.
Debido al retraso por el COVI 19.
Creo que es muy tarde.
En el momento que extinguen la relación laboral, te debe de pagar el INSS o la mutua. Tienes que solicitar el pago directo, la empresa no lo hace por tu. Por otro lado, puedes impugnar esa extinción de la relación laboral.
hola , yo empeze a trabajar en una residencia el 20 de marzo, en lo peor de la pandemia, el dia 5 de abril mi hija dio positivo al COVID, el dia 7 yo comencé con sintomas leves y me hicieron la prueba y me dieron de baja medica, cinco días despues la empresa me manda un burofax que no he superado el periodo de prueba, ya me llamo la mutua para preguntar com sigo y que me tienen que dar seguimiento, mi pregunta es. sigo cobrando prestaci’on por parte de la mutua? debo yo realizar algun tramite?
muchas gracias
Si debes solicitar el pago directo seguramente a la mutua para seguir cobrando, no es automático. Habla con la mutua.
Estuve de baja por covid19 desde el 19 de marzo hasta el 12 de junio, el 15 de junio me reincorpore a la empresa,con la mala suerte que tuve un accidente laboral y me dieron de baja médica el 7 de julio,con lo cual sigo de baja a día de hoy que es 9 de agosto,me llama el jefe y me dice que me va a dar de baja en la empresa por los gastos que acarrea mi baja, la empresa no tiene problemas económicos, tan solo quiero saber si me pueden despedir,y a que tengo derecho, muchas gracias
Te pueden despedir, pero la causa no puede ser que tu baja les cueste dinero. Demanda por despido nulo.
Hola, hoy me llegó un mensaje de la seguridad social de que ya estoy de baja en la empresa desde el día 7,y no me han llamado para comentar melo ni firmar ningún papel,me imagino que al seguir de baja me pagara la mutua o la seguridad social ya que estoy por la mutua desde que estoy de baja,lo que no se es si tengo derecho al finiquito, al igual que las vacaciones y las pagas extras,y no se si debo apuntarme al paro al seguir de baja, y la empresa tampoco me ha dado los papeles de firmar las horas desde junio del año pasado, no se si debo firmarlas si me las traen con los papeles de la baja de la empresa,gracias, un saludo
No es necesario apuntarte al paro. Te paga la mutua o el INSS, no se si te han dado de baja por alcanzar los 545 días o por que han extinguido la relación laboral.
Hola,empece la baja laboral el 7 de julio,solo es un mes ya que me dieron de baja el 7 de agosto,y sus palabras fueron que era porque le acarreaba mucho gasto, ya que el tenía que pagarme el sueldo y la seguridad social le hacia el descuento solo del Seguro,por eso vino la baja, saludos
Eso no puede ser causa de la baja. Tienes derecho a finquito y puedes impugnar la extinción de la relación laboral en un plazo de 20 días hábiles.
Hola. He estado de baja por sospecha de Covid-19 hasta el 8/4. Trabajo en la construcción. Mi jefe me ha enviado un correo imponiendome vacaciones hasta el 17/04 cuando todos mis compañeros siguen trabajando, ya que ayer día 14/04 se reanudó la actividad. Además todos los compañeros han cobrado su nómina pero a mi no me ha pagado. Temo que me despida. Y encima sin cobrar. Que puedo hacer? Gracias.
Si no estás conforme con el disfrute de las vacaciones, impugnarlo. En caso de que te despida, tendrás que impugnarlo también.
Buenas tardes Alejandro. Mi madre lleva desde el 4 febrero dado de baja común le adicho la empresa x teléfono. Que al final de ábril lleva 6 meses y la va a despedir x bajo rendimiento .. le pondrá despedir con el cov 19 . Ella pasaria a la seguridad social ..
Si es una baja de larga duración no podrían despedirla, en cualquier caso, no hay duda de que el despido es improcedente, por lo que tendrás que impugnarlo y pelear la nulidad.
Buenas Alejandro. Mi madre lleva trabajando en esa empresa a último de abril cumple 6 meses . En la empresa.. Y lleva dada de baja desde el 4 de febrero . Y le adicho que la quiere despedir x bajo rendimiento eso es legal x mi madre no quiere denunciar a la empresa .. Ella la pasaría a la seguridad social..
Habría que ver si la causa de baja es de larga duración como explico en este artículo. «legal» no es, lo que habría que valorar si la consecuencia es la improcedencia o la nulidad. Te recomiendo que leas el artículo que te enlazo.
Buenas tardes Alejandro. Te expongo mi caso. Trabajo en una peluqueria, contrato indefinido desde hace 2 años y estoy de baja por ansiedad desde 14 de febrero, trabajo jornada parcial, es posible que me despida la empresa por lo que esta pasando con el covid-19, me ha llegado a oídas, la duración de mi baja es indefinida, es improcedente si me pagan el finiquito? Que debo aceptar para que todo sea legal para mi y no tener que denunciar?
Sí, te pueden despedir, aunque habría que ver lo que hace la empresa, el procedimiento, la causa que alega y la indemnización que te ofrece. No puedes hacer nada para que la empresa lo haga todo de forma correcta, sino lo hace bien, tendrás que demandar.
Llevo 2 años y medio trabajando en mi empresa con contrato de obra y servicio. Estoy de baja por enfermedad común. Me han llamado de rrhh para ofrecerme un despido y que la mutua me page la baja comprometiendose (de palabra) volverme a contratar al tener el alta.
Si me niego a aceptar ningún trato, me pueden despedir igualmente? Perdería algún derecho a indemnización?
Estando en este estado de alarma por covid, pueden despedirme a mi estando de baja en vez de hacer ertes a los que están trabajando?
Te pueden despedir si existe causa para ello, y aunque se esté en estado de alarma se puede despedir. El derecho a indemnización en caso de despido no se tiene cuando el despido es disciplinario, y dudo que la empresa tenga causas por un despido disciplinario. En cualquier caso, si lo realiza lo que indica en la carta no es cierto o justificativo de un despido, podrás impugnarlo para que se considere improcedente o nulo y conseguir una indemnización mayor o ser readmitido.
Hola llevo 1 semana en 2 trabajo de 40 h y me han dado baja por depresión mi médico de cabecera por 30 días y las empresas no se hacen cargo de la baja por no superar el periodo de prueba… Quien me paga?? Me pagan por los 2 empleos?? Gracias
Depende de con quien tenga contratada la empresa esas contingencias te pagará la mutua o la seguridad social.
Llevo desde febrero de este año estoy contratada en una empresa de frutas, trabajamos 6 dias a la semana, 1 de descanso, soy asmática y con lo de la pandemia y el traslado a diario de mi casa al trabajo y viceversa, me da temor contagiarme, ya han habido algunos casos en que empleados han resiltado contagiados y ahora están en cuarentena, tengo cita con mi médico de cabecera porque estoy mal por el asma ahora mismo, si me da de baja laboral por presentar vulnerabilidad a padecer el contagio, me pueden despedir?, mi contrato es indefinido, tanto si termina la temporada de frutas como si aceptan que me quede trabajando el resto del año, que siempre hay trabajo.
Gracias
Como posibilidad, sí le pueden despedir aunque esté de baja.
Hola, buenas tardes. Estoy trabajando para una empresa de construcción desde Noviembre. Estando de baja desde el día 03-03 por contingencias comunes y durante el estado de alarma me ha llamado la empresa por teléfono y de forma verbal me han dicho que no cuentan conmigo y me pasan con la seguridad social. He entregado todos los partes de baja. El día 26-03 me llegó el SMS de TGSS como que me ha tramitado baja en mi empresa. No me han dado finiquito, ni certificado de empresa, ni carta de despido, nada… (tampoco he firmado el contrato y nunca me han dado nóminas)
*¿Pueden hacerlo?
*¿Al darme de baja la empresa tengo que pedir el pago directo (IT)?
*¿O no hago nada y automáticamente me ingresa la seguridad social?
Muchas gracias por su ayuda, un saludo!.
Si se ha extinguido la relación laboral tiene que pedir el pago directo de la seguridad social. Además, deberás demandar por despido improcedente. La empresa no puede darte de baja sin indicar causa alguna.
estoy en un caso similar,como lo solicito,no consigo que me den cita por ningun medio,los numeros de telefono no cogen ,otros cuelgan y otros comunican infinito.a quien le puedo exponer mi caso.
Intenta ponerte en contacto a través de email, pero es cierto que con esta situación la comunicación dependiendo con que administraciones es muy dificil.
Buenas tardes,
Trabajo como teleoperadora y el día 25/3/20 acudí de urgencias por un período de insuficiencia respiratoria y debido a todo el tema del covid 19 me dieron la baja para 91 días.
Entregue la baja por wassup a mi jefa y acto seguido el día siguiente recibo un mail de que me despedían por despido disciplinario y por baja producción.
Ahora bien, quien me seguirá pagando??
Tengo que ponerme en contacto con el inem o me paga la seguridad social?
Es legal despedirme disciplinariamente estando de baja.
Me tengo que dar de alta si ya me encuentro mucho mejor o sigo de baja,
Que me aconsejáis???
Habría que ver la carta de despido, pero seguramente el despido sea improcedente o nulo. Tendrás que demandar en un plazo de 20 días hábiles desde la fecha de efectos del despido. Por otro lado, tienes que pedir el pago directo a la seguridad social.
Buenos días Sr. Alejandro,
Gracias por su contestación, pero mi duda es que tal como están las cosas donde recurro para arreglar todo el papeleo que esto supone???.
Atentamente.
AHora mismo los plazos están suspendidos, hasta que acabe el estado de alarma.
Hola buenos tardes.
Estando de baja durante la cuarentena me han despedido.
Cogí la baja común el 28-3-2020 y me han echado el día 30-3-2020.El medico me dio de baja para 18 días.
Quien me paga a mi la baja ? El empresario , la seguridad social? .
Muchas gracias.
Un saludo.
Alba García García
Mientras que estés de baja te pagará la seguridad social o la mutua, en función de con quien tiene contratada la empresa esta contingencia. Yo te recomendaría, hablar con la empresa o solicitarla en seguridad social, ya que si no son ellos te dirán que mutua te corresponde.
Al hilo de esta respuesta, lo que paga la seguridad social mientras se está de baja por enfermedad común, luego se le descuenta de alguna forma al trabajador? Me refiero a que si nos lo descuentan en tiempo acumulado de desempleo o en cantidades que nos tendrían que pagar por el desempleo. En definitiva, el dinero que nos paga seguridad social lo tenemos que devolver?
No se tiene que devolver, pero sí que se consume del paro si cuando te den el alta, solicitas el desemploe.
Estando de baja común 4 meses, el día 13 de marzo recibo una carta por despido disciplinario!
Quien tiene que pagarme?
Como solicito el pago?
Puede ser que estando de baja me realicen un despido disciplinario??
Habría que analizar la carta, salvo que hayan descubierto un hecho que pueda ser sancionado con el despido, en principio el despido sería improcedente o nulo, por lo que yo te recomendaría demandar.
Te tiene que pagar la mutua o la seguridad social, dependiendo de con quien tenga contratada la empresa estas prestaciones. Solicita el pago directo, te recomiendo que te pongas en contacto con la seguridad social.
Estaba trabajando con un contrato de interinidad, cuando esa persona se reincorporó no he firmado ningún contrato nuevo pero he seguido trabajando. Actualmente estoy embarazada y me encuentro de baja por IT, me indican que me despiden porque la producción ha bajado y mi contrato es eventual por necesidades de la producción. ¿Pueden realizar dicho despido?
¿Es un despido o un fin de contrato? Si es un fin de contrato, seguramente sea incorrecto y por lo tanto sea un despido nulo. Si por el contrario es un despido, habría que ver lo que indica la carta de despido.
Hola tengo un contrato de interinidad, estoy sustituyendo a una persona. Con el tema del covid-19, me están reubicando en la empresa en otras labores que no me corresponden… ¿Esto es denunciable? Yo me he negado a hacer estas labores y me están acusando de tener mala cara en el trabajo con amenazas (el director). No me dejo el trabajo por no perder el derecho a paro.
Otra pregunta, si me pido la baja tienen derecho a despedirme (con indemnización o no me daría igual) pero tendría derecho a mi paro? En el caso de despedirme ellos…
Habría que ver que funciones te están pidiendo, pero la empresa tiene potestad para realizar una movilidad funcional. Si coges la baja, te pueden despedir, pero no por el hecho de estar de baja médica.
Me están pidiendo funciones muy diferentes a las mias, y no es la función de mi contrato.
Pero si me despiden estando de baja podría tener derecho a paro?
Gracias
Si tienes lo cotizado para ello, sí tendrás derecho a paro. En cualquier caso, si no tienes derecho a paro, cobrarás mientras estes de baja, siempre que ésta sea anterior al despido.
O sea que le vas a decir al médico que como no te gusta el trabajo que te encomienda la empresa, que quieres la baja, por que claro la baja médica como todos saben, es un derecho wue todo trabajad@r tiene para cuando a uno no le apetece trabajar. La verdad es que verguenza ajena da leerlo. Y el medico si te diese la baja, debería ser denunciado. Hay que ver como esta el tema. Vaya tela.
Mi madre esta de baja desde septiembre 2019, contrato indefinido desde 2011. Ahora con erte por coronavirus toda la plantilla se va a casa o se la despide. La empresa es una subcontrata del Ayto y se les acababa el contrato en dos meses. Mi pregunta es? La pueden despedir? La pagaran antigüedad? O por el contrario a ella no le afecta el erte y seguirá cobrando su baja por enfermedad común ?
Muchas gracias
La pueden incluir dentro del ERTE, si es que lo hacen, pero no le afectará ya que le seguirá pagando la empresa. Por otro lado, si es una subcontrata, puede que no puedan hacer un ERTE. Sí, pueden despedirle si existe causa para ello.
Hola! He tenido un accidente laboral (mi jefe me agredió y lo denuncié)
Me han dado la baja el dia 9 de marzo, y mi jefe me ha despedido el dia 10 (estando de baja y sin decírmelo, tenia 11 meses trabajando allí cobrando 900€)
No me ha ingresado nada, ni me ha notificado (me he dado cuenta porque decidí ver mi hoja de vida laboral)
Debería inscribirme para cobrar el paro?
Los dias de baja me los debe pagar el?
Que puedo hacer? Y cuanto me debería pagar? Gracias!
Si sigues de baja, debes solicitar el pago directo a la seguridad social o a la mutua que será quien se hara cargo de la mutua si es por contingencias comunes. En cualquier caso, debes solicitar un procedimiento de determinación de contingencias para que se considere como accidente laboral. Por otro lado, tienes que impugnar el despido y reclamar una indemnización por los daños y perjuicios ocasionados así como por la agresión realizada por tu jefe.
Hola. Mi caso es que llevo de baja desde el 10/05/2019 por estrés y ansiedad. Estoy esperando que me llamen del inss para pasar por el tribunal médico. En mi empresa van hacer un erte, me pueden incluir estando de baja???. Llevo en la empresa desde 03/03/2003. Gracias
Te incluyen, pero no te afecta al esta de baja.
Hola, llevo trabajando desde el dia 3 de febrero 2020 a traves de una ett. Llevo de baja desde el dia 12 de marzo por enfermedad comun. Hoy dia 23 de marzo la ett me envia un email diciendome que ellos me pagaron la baja desde el dia 12 hasta el 21 de este mes, a partir del 21 me dicen que se hace cargo la mutua hasta que me den el alta. La extinción del contrato es la siguiente: Debido a las circunstancias actuales de causa de fuerza mayor por el virus del COVID-19, nos vemos avocados a la finalización de tu contrato.
Mi duda es si me pueden echar por ese motivo?
La segunda es si el dinero que me ingresen corre a cuenta de la mutua o me lo quitan del paro?
Si la baja es por enfermedad común, luego te lo descontarán del paro si lo solicitas. Por otro lado, habría que ver el tipo de contrato y la causa de la misma, en principio no. es causa para extinguir el contrato, salvo un contrato de obra, en cuyo caso habría que ver la causa del contrato.
Hola buenas tardes.
Estoy de baja desde diciembre 2019 por enfermedad común. Mi contrato termina en principio de mayo, pero por el coronavirus me despidieron el día 17 de marzo. La empresa extinguió su contrato con la mutua (sólo por enfermedades comun) desde enero 2020 así que nunca tuve que acudir a la mutua. La pregunta es, hasta cuando me pagaría la seguridad social? Por lo visto tendré que esperar aun bastante por la sita con el traumatólogo, pero me aseguró el comité de la impresa que seguiré cobrando?! Es cierto?
Gracias con anticipación
Mientras estés de baja, seguirás cobrando.
Hola me han despedido y estaba en aislamiento 14 dias , los dias estos qyien me los paga?
Hasta la fecha de efectos del despido, la empresa. Después, se asimila a una enfermedad común, por lo que te pagará la mutua o la seguridad social.
Hola, estoy de baja médica y llevo 18 meses trabajando en una empresa. Por el coronavirus es probable que me despidan. Tengo contrato indefinido, contrato de jornada completa de 44 hs semanales, 8 días de licencia no gozada y sueldo neto de 1200€. Cómo se calcula el monto del despido? Gracias
En primer lugar, depende de la causa del despido. Entiendo que sería un despido objetivo, en cuyo caso la indemnizacón sería de 20 días por año trabajado. Además, se tiene que abonar el finiquito, en tu caso sería las vacaciones generadas y no disfrutadas y la parte proporcional de las pagas extras.
Estoy embarazada de 4 meses, con contrato mensual, hace 2 semanas le pedí a mi empresa que me rellenará el formulario de evaluación de riesgos para la mutua, sigo sin obtenerlo y se me acaba el contrato.
Puedo coger la baja laboral y seguridad social me paga hasta la fecha de parto?
Sí, el médico te puede dar la baja médica, y cobrarás hasta que des a luz.
hola buenos dias mi cso es que mi mujer esta de baja por unos espolones en los pies ya lleva un mes de baja y ayer
me vino un mensaje de la seguridad social que estaba dada de baja sin ella recibir nada de la empresa que debo hacer o si eso es posible sin ella firmar el finiquito ni ninguna notificacion por parte de la empresa gracias y un saludo
Pregunta a la empresa cual es la causa de la baja, si es un despido tenéis un plazo de 20 días hábiles para impugnar.
Hola!el dia 18 de febrero me llamaron a trabajar en un almacen.el contrato es temporal y 30 dias periodo de prueba.el dia 17marzo(1 dia antes de q finalice el periodo de prueba)me dieron la baja medica por anxiedad y depresion mixta.esta la tenia diagnosticada desde el 2013,pero en este almacen he acumulado muchisimo estres,de tal manera q sentia fobia ultimamente de entrar a trabajar.seguire un tratamiento,hare ciertas pruebas para mejorar.mi pregunta es:me pueden despedir alegando q no he superado el periodo de prueba(faltaba 1dia)??seria justo??en este caso me quedaria sin prestacion??si lo hacen..donde lo puedo denunciar??gracias!!
Habría que ver si el periodo de prueba se interrumpe durante la incapacidad temporal. Si no estás conforme, puedes impugnar el despido en un plazo de 20 días hábiles. Si estás de baja, seguirás cobrando mientras estés de baja aunque extingan la relación laboral.
Hola!!! Estoy de baja y cobrando por la Mutua, mi contrato ya finalizó… Estoy en lista de espera para una Artroscopia de rodilla. La Mutua me seguirá pagando??? Graciassss!!!
Un saludo!!!
Mientras estés de baja te seguirá pagando la mutua, ya que entiendo que la baja la iniciaste mientras estabas trabajando en una empresa.
Y te paga lo mismo que los meses que has estado de baja en la empresa?
No, te paga lo mismo que te correspondería en desempleo.
Buenos días. Llevo de baja por enfermedad común (un infarto) desde el día 4 de junio de 2019.
El día 3 de marzo de 2020 la empresa me avisa que el día 18 de marzo causaré baja por despido objetivo. Ya he cobrado el finiquito.
Como después del 18 de marzo seguiré de baja médica me dijeron que me enviarían un certificado de bases para que me siga pagando la mutua hasta que me den el alta médica y solicite el paro.
Mi pregunta es que al ser enfermedad común debo llevar ese certificado de bases a la mutua o a la seguridad social????
Si el responsable de pago es la mutua, es a la mutua a la que se la tienes que remitir.
Hola, buenos días, estoy de baja desde el día 9/3/20 por accidente común, me fracture el 5to metatarsiano del pie izquierdo y el día ayer 15/3/20 por vía telefónica el jefe medio que me iban a despedir supuestamente por la crisis económica que ha desatado el coronavirus, según tengo entendido derogaron la ley que se podía despedir estando de baja,,, es legal lo que quieren hacer?. Que medidas debo tomar?. Gracias por su ayuda,,,
Lo que derogaron es el despido objetivo por ausencias justificadas, pero como explico en la entrada es posible el despido aunque se esté de baja. Habría que ver la causa alegada por la empresa, en tu caso, tienes un plazo de 20 días hábiles para impugnar el despido desde la fecha de efectos de la medida.
buena augusto a mi m akaba de pasar lo mismo,que as echo y como va tu caso
Lo que derogaron fue el despido objetivo,,,, vamos que igual te pueden despedir pero el despido es injustificado y tendrán que indemnizarte,, en mi caso yo seguiré cobrando por la mutua y cuando me den el alta pasaré al paro,,,
Buenos días. Mi marido lleva 8 días de baja por Hepatitis y tiene baja hasta el 19 Marzo. Ayer le decian que no se preocupase, que se pusiera bien antes de ir. Hoy le han despedido, tiene que ir a por todo el lunes. Este despido es legal? Era un trabajo temporal para hacer una sustitución. (Empezó a trabajar en Noviembre). Si el periodo de prueba eran 6 meses, pueden alegar que no lo ha superado?. Gracias.
Se puede despedir estando de baja, sobre hacerlo en periodo de incapacidad temporal, habría que revisar que es lo que dice el convenio y el contrato de trabajo. En cualquier caso, siempre se puede impugnar en un plazo de 20 días hábiles desde la fecha de extinción.
Estoy de baja por depresión y tengo un contrato de fin de campaña, me pueden despedir? Y tengo derecho a finiquito? Gracias
Sí, te pueden despedir o extinguir el contrato temporal por fin de la causa del contrato temporal estando de baja.
hola buenas mi pregunta es estoi de baja desde hase 5 meses por acidente no laboral y me an llamado de la empresa para firmar mi despido el motivo ke me disen es por finalizacion de los trabajos propios de su grupo nivel y puesto categoria y especialidad dentro de la obra servicio por la ke fui contratado
Habría que ver el contrato y la causa de extinción, puede ser correcto.
Hola, trabajo en un hotel. Soy camarera de pisos. El pasado 6 e marzo me operé del túnel carpiano. Estoy de baja. Mi contrato termina el 15 de mayo. Y hoy me comunicaron q a partir de hoy residen mi contrato. Por el cierre inminente del hotel. Por el Corona Virus. Q tengo q ir a firmar el finiquito. Mi pregunta es. Me pueden dejar si trabajo? Quien me paga mientras dure la baja?
Si extinguen la relación laboral te seguirá pagando la mutua o la seguridad social.
Hola mi marido a tenido un accidente laboral, bueno se cayó de la moto cuando salió del trabajo y se hizo un esguince de grado 2. Cuando le ocurrió le dijo su jefe que fuera a la mutua que como era dentro de la hora de la salida le cubría. A los 4 días de estar de baja…le an despedido. Ahora mi pregunta es la mutua le sigue cubriendo todo el periodo de baja, hasta que se recupere?…Esa es mi duda o la mutua ya no se hace cargó. Gracias
Si se ha considerado accidente laboral, la mutua le seguirá pagando mientras este de baja.
Hola! Yo pensaba que la mutua ya no le seguía atendiendo. Al ser despedido…ya me quedo más tranquila. Gracias
Hola mi marido cogió una baja por tendones de hombro en el mes de julio, el 2 de enero se reincorporó al trabajo pero el traumatólogo le ha recomendado la baja otra vez hasta q lo operen. Lo pueden despedir??? A que tendría derecho?? Pq él es indefinido y con 6 años de antigüedad, pero en el trabajo le aprietan para trabajar, por eso se cogió el alta. Muchas gracias.
Como te indico en la entrada, el despido es posible si existe causa para ello. Creo que van a eliminar la posibilidad de despido objetivo en caso de baja temporal. Pero seguirá siendo posible el despido.
Muchas gracias
Hola buenas tardes. Llevo de baja desde el mes de octubre por rotura de LCA y menisco, me sucedió jugando al fútbol. Me acaban de operar el día 20 de diciembre. No sé cuánto tardará la recuperación. Trabajo en hostelería, tengo contrato indefinido y no me están dando el 100% de mi salario.
¿Tendría que estar cobrando el 100% del salario, parte por la S.Social y parte por el empresario?
¿Puede despedirme? En caso de ser así, ¿me correspondería una indemnización y paro?
Sólo se cobra el 100% si así lo indica el convenio. Sí, pueden despedirte si existe causa para ello. Tendrías derecho a paro, e indemnización en función de la causa del despido.
Buenas tardes.
Mi hermano ha sufrido una hemorragia cerebral hace dos semanas. Ha sido operado y ha estado hospitalizado. Hoy le ha llegado un sms de la TGSS en el que se le dice que ha sido despedido. ¿Pueden hacerlo? Está de baja médica y no sabemos qué pasos seguir…
Demandar en el plazo de 20 días hábiles desde la fecha de la notificación. Por la duración de la baja, podría considerarse despido nulo.
Buenos dias,
Mi hermana lleva desde los 16 años trabajando en una tienda SL.y tiene ahora 45 años, el dueño cierra por jubilacion .el dinero q gana en la tienda lo guarda en su casa . Ahora le ha comunicado q cierra a finales de diciembre pero q no le va a dar nada porque no tiene dinero.
Ha cogido la baja porque esta muy deprimida, vive de alquiler, separada con dos hijos y ver que después de tantos años echarla sin un duro, se ha quedado muy delgada y estamos preocupados por ella.
No quiero comentar sobre el tipo de jefe que ha tenido por respeto .
Que nos aconsejarías hacer?
Legalmente que podemos hacer?
Demandar por despido improcedente, en cualquier caso, al final pagará el FOGASA parte de la indemnización si la empresa es insolvente.
Buenas tardes
Hace meses sufrí un accidente laboral y estuve de baja por mutua me dieron el alta sin estar bien y tuve que incorporarme al trabajo, no podía realizar mi jornada laboral completa por dolor y tenía que irme más de la mitad de las veces a urgencias y a expensas de que mi empresa me reubicara de puesto de trabajo, intenté, llegar a un acuerdo con ellos porque mi situación me imposibilita trabajar haciendo lo que hacía habitualmente. Decidieron avisarme de que me sancionarian por tener supuestas faltas al trabajo(ir a trabajar y tenerme que marchar antes por dolor e ir a urgencias y nadie pedirme nunca justificante porque no lo necesitaban y según ellos no les valía de nada) y cogí vacaciones pero seguía con mucho dolor por lo que tuve que coger la baja de nuevo y ya llevo 4 meses de baja. ¿ podrían echarme procedentemente o sería un despido improcedente al estar de baja?
Habría que ver la causa alegada por la empresa para saber si será improcedente o procedente, aunque también podría ser nulo.
Hola muy buenas , me hicieron un contrato temporal simplemente para para unos días a la semana mi médico me dio de baja por enfermedad ahora a los 25 días la empresa me ha despedido . qué es lo que debo hacer, quién me paga mientras estoy de baja,si tengo que mover yo algún papel o la empresa es la que se encarga de pasarme a la Seguridad Social que tengo que hacer .gracias
Esta explicado en el artículo y es el trabajador el que tiene que realizar la solicitud a la mutua o seguridad social. Si no está conforme con el despido también puede impugnarlo en el despido en un plazo de 20 días hábiles.
Hola, buenos días, llevo de baja 6 meses por rotura de menisco, ahora la empresa me despide llevo dos años trabajando allí, mi pregunta es ahora quien me paga? consumo paro? ME VAN A SEGUIR PAGANDO EL 100% hasta ahora me pagaba la mutua el 75 y la empresa por convenio el 25. seguirá igual. gracias
No, ya no te pagarán el 100%, ya que ese era un beneficio por convenio colectivo que ya no existe si se extingue la relación laboral. Sobre si se consume el paro, depende.
Buenas. Trabajo en una empresa de construcción y tengo un contrato por obra y servicio que me hicieron después del temporal. La obra se va a finalizar en estos días. El tema es que esta mañana me he dado un tiron bastante fuerte en el trabajo y me han dicho una semana de reposo pero he seguido trabajando, y casualmente esta tarde me han comunicado desde mi empresa que mi contrato por obra acabará el 10 de febrero. Ahora no se si cogerme la baja, si me la cojo me pueden despedir el 10 igualmente? Gracias!
Si, se puede extinguir la relación laboral por fin de contrato aunque estés de baja.
Buenos dias y gracias de antemano. Mi situación es la siguiente:
Tras 2 meses de baja por una enfermedad común, mi empresa decide despedirme.
Mis dudas son las siguientes:
– Quien debe pagarme la baja de aqui en adelante?
– Donde tengo que presentar mis partes de baja?
Que plazo tengo para presentarlo?
Muchas gracias
Seguramente te abonará la seguridad social la baja, y tendrás que pedir el pago directo como se explica la entrada y de la misma manera entregar los partes de baja.
Hola, muchas gracias por la info. En mi caso, tenía un contrato de 6 meses con 3 de prueba. Al mes d empezar, dia 13 nov. cogi una baja por depresión por enfermedad de un familiar y me comunican, una semana despues de mi baja, 18 nov. que desde el primer día de baja «no he superado el periodo de prueba», siendo que días antes me premiaron por mis altas ventas. En el documento también pone que antes del dia 19 recibiria la liquidación. Osea, ni me avisaron con los 15 dias de preaviso y el 1er dia de baja ya m despidieron. Quien se hace cargo de mi remuneración estando de baja? La seg social? Como se lo q me van a pagar durante mi baja y cuándo? Y cuanto tiempo se supone q tengo q esperar la liquidación? Gracias!!!!!!!
Tienes que pedir el pago directo a la seguridad social, que es la que se hará cargo de la baja. TE pagarán lo mismo que te correspondería en caso de estar cobrando el desempleo. Habría que ver que es lo que dice el convenio, sobre la liquidación, pero no deberían demorar más de un mes.
Gracias Alejandro, ¿pero tengo que solicitar yo el pago a la seguridad social o se hace automáticamente?
Tienes que pedirlo.
Buenas me situacion actual estoy de baja por una patologia cronica grave que me afecta en mi trabajo actual es la construcion,cual es mi sorpresa recibo un mensaje al movil por la tesoseria estoy de baja despedido sin finiquito nada no un simple adios que deberia hacer tengo cita con mi medico el 26 de noviembre no se si la baja por enfermedad se alargara.no se que hacer?.
Me gustaria una aclaracio de mi situacion
Impugna la extinción de la relación laboral, para que sea considerado improcedente/nulo según las circunstancias.
Buenas tardes Alejandro. Gracias por el articulo. Me quedan un par de dudas: si una persona ha sido despedida estando de baja, lo que percibe se descontará del paro acumulado? O no tiene nada que ver una cosa con la otra? Segunda duda: para luego pedir la retribución por desempleo deberían haber pasado menos de 15 días desde el despido, pero si la baja dura más?
Lo de si se descuenta del paro, depende. Si es una baja por contingencia profesional, no, no se descuenta del paro. Si es una baja por contingencia común, sólo se descontará si cuando te den el alta solicitas el paro, si trabajas no se descuenta. Por otro lado, los 15 días son desde que te dan el alta.
Muchas gracias Alejandro por tus respuestas. Buenos días
Hola buenas días, acabo de enterar a trabajar en una empresa de limón, después de 28 días de trabajo mi médico mi da baja por enfermedad común , después de 13 días me viene un mensaje de seguridad social que tengo baja de empresa , además yo tengo contrato temporal . Yo ha llamado la empresa dejo que tengo baja con quién llevó los partes médico ha dicho la chica de empresa ahora tengo que seguir con la mutua y después la mutua va cambiando por seguridad social bes qué no comprendo nada si yo tengo la baja con el médico de cabecera , espero tu respuesta gracias
Depende de con quien tenga las contingencias te paga la seguridad social o la mutua.
Hola buenas días, en mi caso como me da de baja en tesorería seguridad social y yo tengo con la empresa contrató temporal puedo denunciar la empresa por esta despido gracias , espero tu respuesta.
Si, puedes demandar a la empresa.
Hola buenas llevo de baja por anciedad y estrés desde hace 10 días eh todo que me podrían despedir, podría ser posible estando de baja
Sí, pueden extinguir la relación laboral aunque estés de baja.
Me despidieron estando 10 meses de baja (motivo de la baja problemas en los tendones de ambos hombros y el tiempo transcurrido por las citas tan largas de la Seguridad Social). Alegraron motivos «muy graves», por retraso en la entrega de los partes de baja (completamente falso, tengo todos los e-mail entregados en el mismo día y la mayoría connacuse de recepcion), lo qué no puedo demostrar es la entrega de los «partes originales», ya qué yo actuó tal y como me indica el administrativo de partes de baja… «a mi lo qué me urge es el email, el original lo envías por correo ordinario y cuando llegue ha llegado».
El caso es qué me dieron el finiquito, pero no la indemnización por 3 años y medio (contrato indefinido) ni los papeles para el IBEM (por que para ell9s es despido procedente) ¿pueden hacer esto con total impunidad ?. Yo nunca he cursado baja con anterioridad ni he tenido sanción alguna
Sea el despido procedente o improcedente tienes derecho a prestación por desempleo, así que acude al SEPE y solicita el paro. Por otro lado, impugna el despido en un plazo de 20 días hábiles para que sea considerado improcedente/nulo y conseguir una indemnización.
Hola, mi caso es que estando de baja me despidieron a los tres meses porque la planta fotovoltaica en la que trabajaba ya fue finalizada la obra, tras el despido percibí mi finiquito y la empresa de la mutua se puso en contacto conmigo para facilitarles los partes médicos y los de la baja médica, hace ya tres meses que sigo de baja y puntualmente a primeros de mes la mutua hace el ingreso de mi baja. Mi pregunta es: aún sigo de baja y quisiera saber si ahora en Navidad percibo también paga extra ?
Mucha gracias de antemano por su atención prestada un saludo
No, esa paga extra, si no estaba prorrateada se debió de abonar en el finiquito, por lo menos la parte generadas.
Hola, tengo contrato indefinido y estoy de baja por ansiedad y estrés en el trabajo,desde hace 5 meses, por un embarazo y posterior aborto . Me pueden despedir?
Si existe una causa para ello, sí se podría llegar a despedir. Esa causa no puede ser el hecho de estar de baja, pero en cualquier caso, si al final hay un despido, habrá que mirar bien la carta de despido, ya que podría ser nulo el despido, si no existe causa.
Lo han hecho alegando reestructuración de puestos debido a cambio de local diciendo que se ha hecho evidente que no es necesario mi puesto , lo cual no es cierto ya que han contratado a una persona en mi lugar , me han pagado como despido improcedente pero no sé si reclamar despido nulo, crees que es viable? Gracias por la respuesta
Creo que existe alguna posibilidad de nulidad. No tienes nada que perder, además que seguramente la empresa ofrezca algo más de indemnización.
Buenas tardes si me despiden estando de baja y despido es procedente me pagan mientras este de baja
Si, la calificación del despido no afecta a que te paguen mientras estés de baja.
Hola, llevo en mi empresa casi 18 años, tengo reducción de jornada por cuidado de hijos y ahora estoy de baja por depresión y esperando para que me atiendan en psiquiatría, me pueden despedir?? Yo e estado muy pocas veces de baja y exceptuando la de maternidad nunca más de una semana. Estoy un poco asustada por esto que comentan del fallo del tribunal a favor de la empresa por estar de baja la trabajadora
No te afecta lo del Tribunal Constitucional ya que no está pensado para una baja prolongada. Aun así, como indico en la entrada, si existiera causa para ello te podrían despedir.
Hola
He aiso despedido del trabajo mientre de baja ( muñequa rotta ), tube en un acidente despues de volver del trabajo( baja laboral).
Siendo despedido ahyer y ya conre el 1 del Mes, si mi baja sigue donde voy a cobrar el mes que viene?
Gracias
La mutua, tiene que pagarte mientras estes de baja.
Estoy de baja por it,después de baja por embarazo y maternidad (8,5 meses en total).
La empresa me despide por mala fe contractual aunque reconocen la improcedencia,no me mandan preaviso solo burofax el día anterior a la extinción.Que puedo hacer en este caso?.Muchas gracias
Tengo contrato indefinido desde hace un año y anterior en esta misma empresa con contrato de aprendizaje de tres años de duración
Demanda por despido nulo, para que te reincorporen a tu puesto de trabajo.
Hola tengo un contrato temporal de obra y servicio determinado me he dado la baja por enfermedad comun. Y mi empresa me despedido y me ha dicho que me pasa a ka mutua para seguir cobrando el tiempi que este de baja es legal eso
Habría que ver si te han dado un fin de contrato o un despido, y si es despido, la causa del mismo indicada en la carta de despido. Sin ver el comportamiento empresarial no se podría decir si es correcto o no. En cualquier caso, tienes un plazo de 20 días hábiles para impugnar el despido.
Hola
Consulté mi vida laboral y encontré que la empresa me ha hecho baja hoy, solo trabajé 6 días con ellos y luego tenía baja por IT, y tengo la baja hasta 28/11/2019, me pregunta que hago ahor tengo que ir a la empresa o voy a inem para pedir subsidio ya que tengo 263 días cotizados y tengo derecho a subsidio?? Y el tiempo de baja quien me paga?? O tengo que ir al medico y pedir alta porque me han despedido?? Estoy perdida no sé qué hacer y necesito tu respuesta muchísimas gracias
Saludos
No tienes que pedir el alta por que te hayan despedido, sino que tienes que pedir el pago directo a la seguridad social, seguirás cobrando mientras estés de baja. En el artículo explico quien te tiene que seguir pagando.
Gracias por tu respuesta, pero no tengo claro ahora tengo que ir a la seguridad social y pedir pago directo o necesito primero ir a la empresa y pedirles alguna documentación par presentarla en la seguridad social?? Y después cuando tendré la alta tengo que ir a Inem y pedir el subsidio eso es sí??
Gracias sin tus recomendaciones estamos perdidos la verdad.
Saludo
Acude a la seguridad social con el documento que indico en la entrada, indicando que es por extinción de la relación laboral. Sí, cuando te den el alta, acudes el SEPE. Acude ya ahora también por si acaso.
Hola, buenas tardes y gracias de antemano.Tengo un contrato de interinidad, con 2 meses de prueba, en día 24 de este mes, por la mañana, avisó a mi jefe que voy al médico , por un problema en el hombro. Me dan de baja estimada 63 días, por enfermedad común, le envío por whatsapp el parte médico y al día siguiente me entero que me ha dado de baja en seguridad social con día anterior 23/1. Mi pregunta es si en mi primer día de baja ya no pertenezco a la empresa a quien tengo que entregar el parte?gracias.
Llevo 5 años trabajando en la empresa, de los cuales 3 fijo, bueno tuve un accidente laboral y estoy de baja, llevo 1 mes de baja y el jefe me quiere despedir, ¿puede hacerlo?
Sí, si existe causa para ello, pero la causa no puede ser el hecho de estar de baja o de haber tenido un accidente.
Hola, buenas tardes
Tengo una duda, ya que mi contrato finaliza mañana 10/octubre, llevo un año en la empresa y estoy de baja desde el 22 de agosto que fui operada (mastectomía) y estoy en tratamiento, por lo que la incapacidad temporal es larga.
Mi ex encargada, a título personal, me llamó ayer para decírmelo, ya que desde la empresa no querían decirme nada, sino mandarme un burofax, y así han hecho ellos por su parte. Esta chica me dice que me llegará un burofax a casa indicándome la finalización del contrato, obviamente sin preaviso, ya que este finaliza en el día de mañana.
Quería saber si está bien hecho por su parte o podría ser declarado improcedente.
Muchas gracias, un saludo
Con los datos que me comentas, no se puede determinar que sea improcedente. Habría que ver el tipo de contrato. Si el contrato dura un año exacto, no es necesario preaviso para indicar fin de contrato temporal.
Y por el tema de estar de baja?
Me comentó mi ex encargada que una compañera, en el mismo caso que yo, cogió una baja esta semana pasada y desde rrhh indicaron que tenía que acudir a trabajar al menos el último día de contrato, ya que si no, no se le podría despedir. Me indicó que mi caso no era igual «porque yo ya estaba de baja». ¿Por qué en mi caso si finaliza el contrato estando de baja, y a la otra chica, si no va a trabajar al menos un día antes del fin, no la pueden despedir? No entiendo este último criterio.
Muchas gracias
Un saludo
Desconozco el por que le indicaron que tenía que estar dado de alta, ya que no tiene relevancia. Depende del contrato, pero como indico en el artículo, ese hecho por si sólo no determina la improcedencia.
En mi caso me han comunicado que quieren prescindir de mi contrato porque cobro mucho dinero. Después de estar un mes y medio abriendo una nueva empresa, y dándolo todo por ella, cuando las cosas empiezan a rodar, y justo antes (a pocos días) que finalice mi período de prueba, me dicen que no quieren prescindir de mí y que me pasarían a otra empresa para hacer lo mismo que con esta, pero cobrando menos. Es abuso. Y después de pasarme tanto tiempo sin un día de descanso, cubriendo horas y trabajo de los jefes y compañeros… sacrificando mi salud, vida personal… y que me traten así, me deprime. Mi médico así lo puede verificar. Y mi pregunta es: ¿pueden comunicarme un despido estando de baja laboral por depresión en período de prueba a pocos días de que se finalice éste?
Sí que se puede despedir si existe una causa para ello. Por otro lado, habría que ver si el periodo de prueba es correcto y si el tiempo de incapacidad temporal suspende el periodo de prueba.
Hola,empece a trabajar en mayo con un contrato de 6 meses en una asesoria como auxiliar administrativo. El 2 agosto enferme por vértigos cervicales, debo tener alguna lesión y el estrés y demás me lo agravaron. La baja se ha ido alargando porque soy intolerante a mucha medicación y el cuello no mejora. El 5 de septiembre mande un parte de baja que duraba hasta el 30 de septiembre y el día seis redactaron la carta de despido que me han mandado hoy por burofax, alegando que no rendí lo suficiente los meses de junio y julio, despido disciplinario que no comparto, ya que si no enfermo en septiembre me hubieran dado mas responsabilidades, de hecho ya tenia mesa en el nuevo departamento. Mis dudas son que debo hacer, tengo que ir al paro estando de baja?porque mi enfermedad no permite muchos movimientos, sigo cobrando la baja?que tengo que hacer para seguir cobrando?Me merece la pena denunciar?Gracias de antemano,un saludo
Sí, demandaría reclamando la nulidad del despido subsidiariamente la improcedencia. Tendrás que reclamar el pago directo a la seguridad social como se explica en esta entrada.
Hola estoy embarazada y acabo de coger la baja por enfermedad común en el cap , es legal que me den fin a mi contrato siendo de obra y servicio sin ninguna fecha de límite en el contrato?
Pueden finalizar el contrato si la obra para la que fuiste contratada. Si no es así, demanda por despido nulo.
Hola ALEJANDRA ¿¿ yo tengo dos mese en la empresa pero mi contrato es temporal me renovaron cada mes a sido operada de emergencia me dieron 36 día de baja mi pregunta es me puede despedir estado de baja cuado finalize el contrato
Pueden finalizar el contrato temporal, si la causa que lo motivó ha finalizado.
soy trabajadora de la empresa desde enero de 2016, desde enero de 2019 estoy de baja por enfermedad, la empresa en julio me propone pasarme a la mutua con un pago directo, donde me abonan el 75%, en la actualidad yo cobro el 100% según convenio, por lo que tendría que la empresa abonarme la diferencia, pero se niega ya que han contratado a alguien para sustituirme, ¿si me niego a presentar en la mutua ese pago directo me pueden despedir?, y por otro lado es cierto que si ponen a otra persona por mi no cobro el 100%.
Habría que mirar lo que dice el convenio, que es donde se establece cuando hay que complementar la cuantía al 10%, pero ese pago del 100% no depende de que te pague la mutua o la empresa. Lo que creo que quiere hacer la empresa es despedirte, para que pase a pagarte la mutua. En dicho caso, tendrás que demandar por despido.
Muchas gracias, no creo quieran despedirme, simplemente pasarme a la mutua hasta el alta, pero claro en el convenio dice que me abonarán el 100%siempre que no contraten a otra persona por mi, y sería el caso. El convenio es el de siderometalurgia e instalaciones eléctricas de Tenerife.
Lo importante es lo que diga el convenio, y si este establece que no hay que complementar si se contrata a un trabajador para sustituir poco se puede hacer al respecto. Pero me parece rara esa cláusula la verdad.
Buenas tardes Alejandro, te comento, fui al medico ayer después de notar tirón en espalda y costado al realizar movimiento sacando barril de cerveza, tengo contrato hasta 7 de octubre con un mes de pruebas del cual llevo casi dos semanas, entregué el parte de baja y al poco tiempo me llamó el dueño del restaurante diciéndome que me daba de baja el contrato/me despedía, todo esto por conversación telefónica, no me han enviado ningún comunicado escrito, puede hacerlo?, tengo derecho a reclamar por no avisarme por escrito?a esto añadirle que es contrato de 40 horas semanales supuestamente con días de descanso respectivos de los cuales no he tenido ninguno y pagando un salario de 1400 euros por casi 9 horas diarias amenazandome con echarme.
Gracias de antemano.
Gracias de antemano.
No es obligatorio que el periodo de prueba se indique por escrito, ahora bien, será el empresario el que tenga que acreditar que ha indicado que la extinción de la relación laboral se ha producido por un periodo de prueba no superado. Además, habría que mirar si los periodos de incapacidad, suspenden el periodo de prueba.
Hola.
Llevo 5años indefinido en la empresa.
Estoy de baja porque me van operar de la cadera.
Llevó 7meses de baja y aun no me llamaron para operarme.
Queria saber si me pueden echar.
Gracias
Poder pueden despedirte, pero no por el hecho de estar de baja.
Buenas tardes Alejandro le explico mi caso yo emece a trabajar en el 2000 en diciembre del 2017 me di de baja por it en enero me metieron en un erte estando de 9 meses y en octubre me despiden estando de baja alegando causas económicas y pagando cómo objetivo la empresa son un grupo de empresa el la cual hay beneficios en todas menos en la mia a parte de eso yo le he echo una reclamación de cantidades por horas extras y festivo antes de que de entrar en el eres ahora ya estoy como discapacitado por el inss podre reclamar el despido improcedente y cobrar el seguro de la empresa y en mi pension podre meter la reclamación de cantidades ya que tengo los marcajes?
NO, ya no estás en plazo para demandar por despido improcedente, ya que el plazo es de 20 días hábiles desde la fecha del despido. Sobre el seguro de empresa, habría que ver que es lo que dice el convenio, pero en principio no.
Hola y gracias de antemano , soy camarero con un contrato indefinido y un año de prueba me queda un mes de periodo de prueba, me han dado de baja porque me han diagnosticado una enfermedad, en primer lugar ¿ Se paraliza el periodo de prueba estando de baja? En este año nunca me ha dado nóminas se las tuve que pedir me costó 5 días que me diese dos y me he dado cuenta que cobro menos que lo que pone en la nómina liquido a percibir ¿Eso es ilegal? Cómo es posible saber si el contrato de un año de prueba es legal o si cumple las normas cómo emprendedor
Habría que ver que es lo que dice el contrato sobre el periodo de prueba.
Hola soy camionero. Y tuve un accidente con el camino.y estoy de baja .y tingo contrato indefinido. Llevo 6 meces en la empresa. Y mi despederon.que hago?un saludo
Tendrás que demandar por despido.
Hola tengo un contrato temporal de 6 meses y aún estoy en el periodo de prueba , me coji la baja por depresión porque el ambiente laboral es súper estresante, presiento que me despedirán antes de concluir el periodo de prueba para no pagarme indemnización . Si continúo de baja el INSS pagará mi sueldo hasta que se venza el contrato?? O cuando me despidan ya no cobraré más??
Si extinguen la relación laboral, y sigues de baja, podrás solicitar el pago directo a la seguridad social y seguirás cobrando mientras estés de baja.
Buenas. Me he dado de baja por depresión en mi trabajo, me sometían a mucha presión y ya no podía más. Me dio un ataque de ansiedad, fui al médico y este me dio la baja por trastorno depresivo y ansiedad. Le mandé a la empresa el parte de baja y rápidamente me despidieron con fecha del día anterior a mi baja. En la carta de despido, me han puesto despido disciplinario, baja productividad y alegan q tenía reiteradas quejas por parte de la empresa (cosa q es mentira). Quisiera saber si esto es legal. Gracias
No, demanda a la empresa por despido improcedente / nulo.
Hola estoy de baja debido a que me tienen que operar la cadera y mi empresa me ha comunicado que me van a despedir para que me pague la mutua ya que la baja es de larga duracion. me gustaria saber que es lo que no tendria que firmar y que cantidad me pagaria la mutua gracias
Para saber lo que te tienen que pagar habría que saber tu base y si es por contingencia común o profesional.
Estoy en el regimen agrario, con un contrato temporal.Tiempo completo, obra o servicio determinado, ( entutorado y recolecta de tomate). Me acaban de dar baja, por enfermedad comun. ¿Puede, mi jefe despedirme?.
Como se indica en la entrada, sí, pueden despedirte si existe una causa para ello. Aunque esa causa no puede ser el hecho de estar de baja.
Entré a finales de octubre de 2018 en una empresa con periodo de prueba de 6 meses. El 18 de diciembre de 2018 me diagnosticaron un cáncer que me tiene de baja desde esa día y va a ser de larga duración, ahora la empresa me plantea que siga mi baja por seguridad social o bien entiendo, yo fuerce un despido ¿pueden ellos despedirme ? ¿el hecho de haber tenido que coger la baja estando en periodo de prueba influye en algo?
Habría que ver los contratos, por que a veces pone que se suspende el periodo de prueba durante una baja, siendo así, entiendo que no pueden extinguir la relación laboral por esa causa. Sí, que pueden despedirte si tiene una causa par ello, si no tiene, será más complicado, ya que existe un riesgo de nulidad.
Llevo en una empresa 2 8 años tuve hace años un accidente de trabajo y hace años que cojo bajas laboral unas son comunes y otras derivados de enfermedades profesionales debido a este accidente y ahora estoy de baja común más de un año y estoy esperando a ver si me dan una incapacidad , y ahora me han prorrogado la baja pero no me llegan las nóminas de empresa, mi pregunta es, me pueden despedir por llevar tanto tiempo de baja, tengo epicondidis en los dos brazos y en el derecho tengo el hombro muy mal y ahora tengo contracturas de cuello, y pérdida fuerza en Mano y según me comentó traumatologia todo lo de brazo derecho viene derivada del supraespinoso operando dos veces, porque en su tiempo me lo tuvieron que coser porque se rompió trabajando, he reclamado dos bajas como profesional y las gane, porque la mutua siempre me manda a s, social, tengo más bajas derivados de lo mismo pero no las reclame como profesional, mi pregunta es si me conviene para solicitar ahora incapacidad, que está última baja muy larga ir a juicio y que este como profesional, y por último me puede hechar la empresa por llevar tanto tiempo de baja, gracias y perdón por extenderme tanto tengo 57 años.
Como se explica en la entrada, te pueden despedir si existe causa para ello, pero nunca será una causa el estar de baja por incapacidad temporal. Sobre si es más conveniente una baja por enfermedad profesional o no, normalmente si, pero depende.
Estava de baja desde 05.12.2019 por enfermedad común se ma acava el contrato en 15 de enero hoy día 4 me dan alta voy a la empresa y me comunican por teléfono el jefe que ya tiene mi finiquito preparado pero claro se me deben 3 semanas y 3 días de vacanciones y el me dijo que hasta día 15 no me puedo encorporar osea me han despedido estando de baja y de vacanciones!!!!mi pregunta es si me deben 3 semana y 3 días y hoy es día 4.01.19 como me despiden y a la vez me dan vacanciones?y pk no se me ha avisado ni con carta ni telefonicamente?esto es legal?y que derechos tengo gracias
Si se ha extinguido la relación laboral antes de que finalice el contrato laboral se puede tratar de un despido improcedente, en dicho caso, deberás impugnar por despido improcedente en un plazo de 20 días hábiles desde la fecha de efectos de la extinción de la relación laboral. Si no te han dado carta no te perjudica, de hecho te beneficia. Por otro lado, te tendrán que pagar los días trabajados y vacaciones generadas y no disfrutadas, y en caso contrario, tendrás que demandar también reclamando la cantidad.
Hola de hace dos años tengo una hernia discal S5 l1 y desde entonces estoy trabajando el 6 de diciembre me contratan en un hotel de camarera de pisos tengo contrato de 4 y el 23 caigo accidente laboral en mi trabajo y el 24 sigo en el hospital salgo por la tarde del 24 y la empresa me despide el mismo dia 24 pueden hacerlo
Como se explica en entrada, sí que se puede hacer. Ahora bien, tienes un plazo de 20 días hábiles para impugnarlo.
Hola, gracias de antemano. Llevo 1 año de contrato indefinido y otros años anteriores con contratos temporales. Estoy de baja por s.social con problemas con hernias discales y ciatica. Esta mañana me ha llamado mi jefe y me ha entregado una carta de despido k será efectiva 31 diciembre. Alega que es por estar haciendo mi vida normal en vez de reposo. Es imposible porque en estos meses solo he salido para las citas medicas con s.social y mutua. Cuando le pido explicaciones me dice que es porque no le interesa tener un trabajador con una baja laboral larga. No he firmado la carta por ser tan injusta. K debo hacer ahora? Que me corresponde?
Debes demandar por despido improcedente. Por lo que dices parece que el despido que te ha comunicado es disciplinario, que no lleva a aparejado indemnización. Pero si la causa no es cierta, tienes un plazo de 20 días hábiles para demandar por despido improcedente, aunque también podrías intentar la nulidad. Aquí tienes una guía.
Hola, mi caso es el siguiente:
Llevo trabajando cuatro meses y medio en una empresa (una fábrica de pan), el caso es que el día 24 de noviembre me encontraba mal, fuí al médico y me dieron una baja de tres días al diagnosticarme gripe, el caso es que se lo comunico al jefe y todo bien, voy el 28 a trabajar, (ayer), y a las seis horas de estar trabajando me dice que estoy despedido, alegando bajo rendimiento laboral, y que no tendría que haber venido ya que me enviaron ayer un burofax de despido.
El tema es que el burofax lo han mandado el día 27, cuando aún estaba de baja médica, y tampoco me han avisado con 15 días de antelación, (hay que decir que en ésta empresa se pasan de listos, por contrato te pone 40h pero haces 48h, además los compañeros que han plantado cara frente a algún problema les han dado calle rápido).
Quieren reconocer el despido improcedente, aún no se de que cantidad están hablando, ¿Algún consejo?
Te han hecho un despido disciplinario, por lo tanto no es necesario el preaviso de 15 días. Ahora tienes que presentar una papeleta de conciliación laboral, para que se celebre un acto de conciliación te reconozcan la improcedencia y de esa manera la indemnización no tribute.
Y porque diciplinario
Han hecho un despido disciplinario por lo que se indica en el comentario, de bajo rendimiento laboral. Habría que ver la carta, de todas maneras al reconocer la improcedencia la empresa ya están diciendo que los hechos indicados en la carta de despido no son ciertos.
Hola Alejandro me han dado la baja por accidente laboral por hacerme daño por rotura en los tendones del hombro por levantar mucho peso(60kg).
La mutua me dice la lesión será de al menos 2 meses,yo llevo trabajando un mes y mi contrato creo que es de tres meses,no estoy seguro porque aún no lo he firmado.Mi pregunta es,me pueden despedir sin ni siquiera haber firmado el contrato?se pueden levantar 60 kg o más en un trabajo?y por último,si me despiden me tienen que abonar los tres meses de contrato?gracias.
Sí, te pueden despedir aunque no hayas firmado un contrato. Si no has firmado el contrato, es mejor casi que ya no lo hagas. Si te despiden te tienen que abonar una indemnización, pero no los tres meses de contrato.
No sé si he entendido bien. Pueden despedirte estando de baja médica reconociendo la improcedencia y pagándote los 33 días por año sin justificar la causa? o este es un despido nulo que podría ser reclamado judicialmente? En mi caso me puse de baja unos días antes de que mi contrato de un año de prueba finalizase y he sabido que tenían pensado despedirme, porque este tipo de contrato no tenía indemnización y ahora si tienen que hacerlo. Por otra parte dices que la empresa está obligada a comunicarte el despido por carta, por estar de baja no he acudido más a la empresa, comunico mis partes vía Whatsapp, no comuniqué mi cambio de dirección, así que si me han enviado carta no la voy a recibir, se da como comunicado aunque yo no la reciba? más que nada porque si tengo 20 días para reclamar, igual los agoto sin sabe. Gracias por contestar.
Si has cambiado de dirección tienes obligación de comunicarlo a la empresa, si te la envían en la dirección que has indicado y no la recoges (y no hay mala fe por parte de la empresa) sí que se da por comunicado. Y sí, la jurisprudencia viene entendiendo que el despido no es nulo. Se ha considerado nulo en bajas muy prolongadas.
Mi caso es el siguiente ,estoy con la baja pr problemas de salud, he querido pedir n cambio de puesto de trabajo a lo cual ha sido imposible ya que no hay ninguno, Si llego a un acuerdo me podrían despedir? y con que indemnización? Muchas gracias.
La indemnización depende del acuerdo, y si no hay acuerdo, depende de las causas que alegue la empresa.
Hola, me han traído los papeles hoy para firmar, y me dicen que no es despido, que es finalización de contrato, hasta que punto esto es legal, porque ahora sigo de baja por la mutua,gracias
Si el contrato temporal ha finalizado, es correcto que extingan la relación laboral aunque estes de baja. Habría que ver si el contrato temporal está en fraude de ley.
Me finalizó el contrato porque estoy de baja médica, que sino estuviese de alta, pero en fin visto lo visto es mejor meter el rabo entre las piernas y dejar que los empresarios sigan haciendo lo que quieran con los empleados, gracias por todo
Estar de baja médica no es causa para extinguir un contrato temporal.
Buenas tardes.Mi marido y yo trabajamos en una finca,cada uno con su contrato,el como casero aunque no realiza ese trabajo,esta en el campo y yo como limpiadora.El caso es que tienen que operarle y ponerle una protesis de cadera.Somos fijos desde diciembre 2012.Lo pueden despedir???si lo despiden a el tambien me quedo en la calle yo porque lo que necesitan es un matrimonio.Estoy muy angustiada con esta situacion.Porque ademas en el caso de que no nos despidieran cusnfo se reincorpore al trabajo lo haran porque no podra desempeñar el trabajo que le obligan en el campo.Gracias de antemano por su contestación y espero leer que no nos despiden.Un saludo.
Sí que pueden despedirlo como se explica en la entrada, no pueden indicar como causa la existencia de un periodo de incapacidad temporal, pero sí que pueden despedirlo si tiene causa para ello, y si no la tienen, si abonan la improcedencia seguramente no se declarado nulo.
Buenos días,soy un jubilado por incapacidad permanente, ahora estoy trabajando en un una empresa de discapacitados mi labor es de cocinero,la situación es que estoy de baja por los mismos sintomas ¿ me pueden despedir?
Sí, te pueden despedir como está explicado en la entrada.
Tengo un contrato temporal de 3 meses me pueden despedir por tener una baja que se prolongará hasta 1 mes aproximadamente.
Sí, te pueden despedir aunque la causa no puede ser el hecho de estar de baja.
estoy de baja desde el dia 22 de agosto por una ulcera venosa que ha ido a peor por el trabajo, mi contrato acaba el dia 17 de enero, me pueden despedir por ello?
No te pueden despedir por la causa de la baja, pero sí que pueden despedirte por otra causa o finalizar el contrato el día 17 de enero.
Hola,soy de baja de Medico por enfiermedades comunes de 3 meses viernes mi-a mandado un correo la empresa ca soy despedida y gue puedo recojer la nomina y finichito de la oficina,n-o necesita avizarme por burofax ca soy de baja de la empresa,y esta necesari avizarme con 15 dia antes o pedir mas indemnizacciones.Gracias
Habría que ver la carta de despido y la indemnización que te ofrece, en relación con tu salario para saber si se puede conseguir más o reclamar el preaviso de 15 días.
Hola tengo contrato fijo ayudante de cocina desde hace 3 años y de baja 2meses por seguridad social la mutua no reconoce la baja tengo pinzamiento subacromial del manguito rotador y bolsa de líquido. Pueden despedirme? Donde reclamar que la baja sea laboral?
Sí, te pueden despedir. Tienes que iniciar el procedimiento de determinacion de contingencias.
Hola llevo trabajando dos años en la empresa estoy indefinida, me an dado 19 días de baja hasta la próxima visita del médico de la mutua por accidente laboral, querría saber si cuando volviera a reincorporarme en la empresa podrían despedirme siendo un accidente laboral y en el caso de que lo hicieran cuales serían mis derechos y que debería de hacer. Gracias
Sí, pueden hacerlo. En caso de que pase, habría que revisar la carta de despido en las que la empresa recoge las causas del despido teniendo un plazo de 20 días hábiles para la impugnación.
Hola alejandro, tengo un contrato de un año q empezo en mayo, ahora estoy de baja por enfermedad comun, tengo una discapacidad por ficha enfermedad, llevo fesfe el fia 4 y de momento estare hasta el 2. Mi orehunta es, me pueden despedir?
Está explicado en el artículo. DE forma resumida, sí, te pueden despedir.
Hola después de mucho tiempo sin estar de alta sobre 10 años encuentro un empleo de pintor me ponen 30 días a prueba y contrato temporal por obra y servicio determinado y los 8 días de estar trabajando sufro un accidente de coche dado por parte trasera y no cojo baja por llevar poco tiempo pero sin mas remedio me tengo dar de baja enfermedad común puedo cobrar por la seguridad social y la empresa me despida
Si no tienes cotizados 180 días en los últimos cinco años no tendrás derecho a cobrar la prestación por incapacidad temporal.
Hola, tengo cotizados más de 180 días en los últimos 5 años aunque la mayor parte del tiempo han sido a jornada parcial. Mi contrato sé termina el 31 de agosto y el 30 me he operado de una rodilla. Tengo derecho a cobrar la baja aunque mi contrato finalice?
Si te dan la baja antes de que finalice el contrato si.
Hola Alejandro, tengo un contrato indefinido desde el año 2009, cogí la baja por enfermedad común en octubre 2017, la seguridad social ha dictado que la baja es por causa laboral. Ahora me ha operado la mutua. Me encuentro que la empresa está buscando motivos para despedirme, incluso me acusa de haberme visto paseando en moto cuando mi dolencia me impide conducir. Incluso me ha enseñado fotos como prueba de que estuve conduciendo estando de baja y que se nota que son capturas de pantalla de las cámaras de acceso a la empresa. Además la empresa pone en duda que mi dolencia sea causa de mi puesto de trabajo.
Por favor, podrías darme algún consejo sobre esta situación, temo que cualquiera día que vaya a la empresa a llevar el parte de baja me presenten el despido. Gracias.
Graba las conversaciones con la empresa, y en caso de despido, demanda en un plazo de 20 días hábiles.
Gracias 🙂
Buenas noches Alejandro. En mi empresa hacen un ERE. Yo ahora mismo estoy de baja por enfermedad común. Donde tengo que pedir el formulario de la INSS? Lo puedo hacer vía online o presencial? Y cuanto tiempo tengo para hacerlo ya que la empresa en dos semanas cierra? Muchas gracias. Un saludo
Acabo de actualizar el artículo con la información. Este es el documento que puedes presentar de manera telemática.
Hola la empresa para cual trabajo me ha despedido estando yo de baja por un accidente no laboral, tenia un contrato de 6 meses el único que me ofrecen son 487€por despido improcedente incluido finiquito y dias de vacaciones. Mi duda es si esto es correcto. Gracias
Puede ser correcto. Puedes pedir el despido nulo, pero si tenías un contrato de seis meses y no está en fraude de ley conseguirías el salario e indemnización de lo que resta de contrato. De todos modos, el despido nulo se da sólo cuando se tiene una baja de larga duración, y no siempre.
Muchas gracias, pero por donde debo empezar?
Aquí te explico un poco más detallado.
Estoy de baja por esguince no quise decir que me paso en el trabajo.A la entrega del 2do parte me han finiquitado, El director tango watssap me dijo al 3rdia coje la baja,
Estoy depressiva no me esperaba est o,
Puedo cobrar paro, si tenia acumulado, que hago, ademas para trabajar deje rehabilitación, cervicales y el motivo és falso a mi no me habian dicho nada de lo que dice el motivo. Llore y me he sentido engañada,
Tienes que pedir el pago directo a la Seguridad Social. Si no estás conforme con el despido tienes un plazo de 20 días hábiles para demandar.
Hola buenas. Estoy de baja de larga duración por enfermedad común y SPS hasta el final de mes 31 de julio . Y me he enterado que me quieren despedir o a lo mejor ya lo han hecho. Si la empresa me despide Que debo hacer ?
Demandar por despido. Pide el informe de vida laboral para ver si ya te ha dado de baja y por tanto, se entiende que te han despedido.
Hola tengo contrato hasta diciembre como camarera,el 12 de marzo me opere de stc y a fecha de hoy sigo de baja por la s.social porque se me siguen durmiendo los dedos.La mutua me ha llamado,me ha visto y me hizo un emg,como no sale nada en claro me deriva mi medico de atencion primaria al trauma.
En mi empresa van con casi 2 meses de retraso de sueldo.Que hago?
Presenta una denuncia en inspección de trabajo y si no puedes demandar a la empresa o incluso denunciarla por apropiación indebida.
Gracias por su respuesta.He hablado con mi feje ,dice que hacemos como si fuera un despido improcedente que no es…que me despide y no me paga nada.Yo lo que quiero es ponerme bien y que se me abone lo que se me debe.Que hago?
Supongo que se refiere a un despido disciplinario. Dile que haga lo que quieras, pero no firmes nada de mutuo acuerdo y si te despide le demandas.
Que pasos y donde puedo denunciar a la empresa?Lo llmo por telefono y no me responde.Al final tendre q ir por las malas a verle la cara.
Lo que quiere es hacer algo ilegal.Se quiere ahorrar lo que tengo de contrato(hasta diciembre) .Estoy desesperada porq hace 2 meses que no m paga y me agobian las facturas.
En la inspección de trabajo o en el juzgado.
Me he buscado un gestor de confianza y vamos a hacerle un escrito de conciliacion.Se esta riendo en mi cara este personaje.Quien me abonara los retrasos de mis facturas??El???He de decir que me esta pasando factura esta situacion.Estoy con ansiedad y con muchos nervios.Creo que no hay derecho a esto.Bastante tengo ya con estar enferma con la mano.Espero que esto se solucione lo antes posible
Hola. Actualmente estoy de baja por enfermedad común y hoy me han despedido porque finalizó la tarea. Me indicaron que continuará pagandome la mutua. Por lo que he leído mi duda está en que una vez k me den el alta, si solicito el paro al ke tengo derecho, pues suponiendo k transcurran 15 dias, significa k en la primera paga que tenga del paro me descuentan esa cantidad? Siendo esta la mitad aproximadamente de mi prestación por desempleo? O sea, es una desventaja total comparandolo con pedir directamente mi prestación si no tuviera dicha? Gracias
es lo mismo, por que eso que te descuentan te lo abona la mutua. Al final del mes habrás cobrado lo mismo.
Hola estoy trabajando en un hotel de camarera de pisos .trabajé 3 días y me dieron vacaciones y el contrato lo firme 1 mes después indefinido discontinuo con un periodo de prueba de dos meses , por sobrecarga de trabajo tengo las cervicales malas y no pude ir a trabajar me dieron la baja laboral y a los tres días sin poder recuperarme me Tuve que incorporar porque si no me despedían han pasado otros quince días y he recaído otra vez.mi pregunta es si faltan quince días para superar el periodo de prueba me pueden despedir.es legal que te den vacaciones a los tres días de empezar.
no sería adecuado ese periodo de prueba si has trabajado antes, en cualquier caso te podrían despedir aunque no tengan causa reconociendo la improcedencia del despido con derecho a una indemnización de 33 días por año trabajado.
Hola buenas tengo una pregunta trabajo temporalmente me hicieron un contrato de un es que empecé el día 6 de diciembre y el día 11 tuve un accidente con el coche fui al médico y cogi la baja ; la empresa se supone que me ha finiquitado y ahora es mi pregunta quién me sigue pagando el salario si aún sigo de baja la seguridad social ? Y a donde tengo que ir un saludo
La mutua o la seguridad social. Solicita el pago directo a la seguridad social.
Hola.
Me han despedido estado de baja it.
Ahora cobro de la mutua de trabajo mientras esté de baja por it pero ala vez se van gastando los meses de prestación por desempleo ??
Cuando tenga el alta médica a quien le tengo que solicitar los papeles para llevar al INEM ? A la empresa o mutua ?
El certificado para el SEPE, lo emite la empresa. Sí, gastas el tiempo consumido si cuando te den de alta, solicitas la prestación por desempleo.
Saludos
Mi duda es:
Tengo hernia global con contacto medular.
Esclerosis subcondrial.
Artrosis degenerativa .
Litigo en SS por grado incapacidad
Tengo contrato de seis meses actualmente en convenio con ayuntamiento de mi zona como peón de construcción .
Tengo 56 años.
Mi medico desde el comienzo de trabajo me orientó que no podía hacer ese puesto laboral.
Tengo medicación para aguantar los dolores .
Yo le dije que necesito el dinero ya que vivo sola y no tengo amparo.
Él insiste en darme la baja .
Duda que me preocupa es:
En que situación económica quedo?!
Mi base I.R.P.F. es de 1. 049. 16 €
Le quedo gradecida de antemano a su orientación , si le es posible , por favor.
Si coges la baja, seguramente te pagaran algo menos de lo que ahora percibes. Pero no hay ningún impedimento para que la cojas si no puedes trabajar.
me pueden paralizar el contrato indefinido por estar de baja por la seguridad social y pasarme a la mutua para que me abonen el salario que corresponda con indemnización mientras dura la baja y la empresa pueda contratar a otro trabajador y luego readmitirme la baja es de 9 días
¿Pero te dan de baja en la Seguridad Social? No deberían de hacerlo, y si pueden contratar a un trabajador para sustituirte.
Una trabajadora que ya fué despedida y fué despido nulo se ha reincorporado y le han dado 2 días para que presente la titulación requerida para su puesto de trabajo,pero que casualmente el mismo día que tiene que presentarla no la presenta y se da de baja, se puede despedir?
No es una pregunta sencilla, habría que ver el caso más en concreto. ¿Desde cuando se requería esa titulación para ese trabajo?¿por que no se había solicitado antes? ¿Cuan necesario es en su puesto de trabajo?, es decir, ¿puede desempeñar otras tareas?…
La verdad que tanta información no tengo, se que se le ha requerido a la hora de su incorporación y que estaba en ese puesto habiéndole dado un plazo máximo para sacarse la titulación y no lo ha cumplido.
Muchísimas gracias.
Hola, te pueden llamar por teléfono para despedirte estando de baja médica desde tres meses por enfermedad?
Gracias
El despido tiene que ser mediante la carta de despido, es decir, por escrito. Si la empresa no sigue el procedimiento, será mejor para ti, ya que podrás conseguir la readmisión o una mayor indemnización. Demanda a la empresa.
Hola buenas noches estoy trabajando desde noviembre del 2017 y me hicieron un contrato supliendo la baja de una compañera y hace un mes q por problemas de salud me han dado la baja y me acabó de enterar q a la conpañera q yo estaba haciendo la baja hace 15 dias se ha incorporado trabajar y a mi no me han despedido.mi pregunta es no me han despedido por estar de baja y me podrian despedir?
Sí, te podrían despedir, lo normal es que ya hubieran extinguido la relación laboral si la causa ha finalizado, de hecho, puede que el contrato esté en fraude de ley.
Y q debo hacer? Y como me entero?a mi no me han llamado para decirme nada y estoy muy nerviosa
Si no te han comunicado nada, el contrato sigue vigente. La empresa es la que tiene la obligación de realizar la comunicación.
Muchísimas gracias de verdad me has tranquilizado mucho
buenas noches: llevo dos años con un contrato indefinido, jamas pedí ningún día y las vacaciones las daba cuando el quería. e tenido problemas con niña y pedí una reducción de jornada ahí empezaron mis problemas al final me la dio pero ahora a raíz de los problemas de mi trabajo y los míos e caído en una depresión y ataques de ansiedad llevo mes y medio de baja. Hoy me llamo y me dijo q se quiere reunir conmigo , su abogado y su gestor para llegar a u acuerdo es decir despedirme q no me puede mantener que hago yo ahora me genero mas nerviosismo.
La legislación te protege, asi que no te tienes que ir si no quieres. Ahora bien, si te ofrecen un acuerdo que te compensa puede acepar lo que te dicen.
Hola buenas días
En mi cazul es que me ha dicho que no hai trabajo y que me quedo en mi casa 15 20 días y que estas días lo paga el paro y despues me llama para volver a trabajar.
La 5 6 días me entero que me ha dado de baja.
y me faltaba unos 15 días para terminar el contrato de un año.
Tendrás que demandar por despido improcedente si te han dado de baja y no te han dado un cara de despido o extinguido la relación laboral.
Hola llevo año y medio trabajando nunca e faltado al trabajo tengo una enfermedad crónica . Cada día me cuesta más ir a trabajar por desgrasia me podrian despeder si me doy de baja .
Un cordial saludo
Como te indico en la entrada, sí que sería posible.
Hola
Mi empresa me ha finiquitado.
Estoy en IT y llevo 19 meses.
Cobro de la S.S un 75% del sueldo. Es legal?
Gracias
Si, podría ser correcto.
Hola. En mi caso he sido despedido durante el periodo de prueba dentro de un contrato de fin de obra. Trabajé lunes y martes, con el infortunio de tener que causar baja el miercoles ante una fuerte gripe. Comunico mi situación a la empresa el miercoles y el jueves me dicen que no cuentan conmigo. Mi duda es ¿Teniendo parte de baja desde el miercoles hasta el viernes, deben de abonarme los 5 días, o solo los 2 trabajados? La comunicación del despido hasta ahora a sido puramente verbal.
Gracias de antemano, un saludo.
Sólo los trabajados La baja te la abonará la mutua o el INSS.
3 años de contrato i e cogido baja 1vez e llamodo jefe comunicand mi situacion i me despidn por no llevar partes de baja
Demanda por despido nulo/improcedente.
Hola,mi caso es el siguiente llevo más de 1 año trabajando en una empresa con contrato de discapacidad y estoy de baja me han operado pero aparte dándome cuenta de que me ha faltado dinero en las nóminas voy a reclamarlo judicialmente,me pueden despedir en el momento que los denuncie??, creo que lo aclaraste ya pero es por estar seguro,Gracias y Felicidades por tu trabajo
No pueden despedirte por denunciar, pero lo que si que pueden hacer es no renovarte el contrato cuando llegue la fecha fin.
Buenas noches.
Tengo contrato indefinido con minusvalía del 44% con periodo de prueba de 1 año que cumplo el día 20 de diciembre.la empresa va a presentar suspencion de pago y me deven el mes de octubre y noviembre. Mi pregunta es: quien nos pagará? Pueden hacer despido por no tener dinero para pagar. Gracias
Os paga la empresa, y en caso de insolvencia el fogasa. Sí puede proceder a un despido por causas objetivas.
Hola tengo un contrato de discapacidad, es indefinido y ahora estoy de baja por enfermedad, quien me paga el sueldo la empresa o la s.social??.y si pido una reducción de jornada porque mi enfermedad no me permite estar tantas horas de pie pueden darmela??.
Como se cuanto me tienen que pagar de sueldo?..la baja la coji el dia 3 y aun se va a alargar por desgracia.
Te pagará la empresa como hasta ahora, no debería cambiar nada. Por otro lado, sólo puedes pedir reducción de jornada por cuidado de un menor o familiar, salvo que el convenio indique otra opción.
Hola llevo de baja por enfermedad común desde febrero tengo un contrato fijo me podían despedir ?
Como explico en la entrada, sí es posible si existen causas para ello.
Hola yo firme un contrato en la nomina me pone fija pero con un año de prueba no se lo que eso quiere decir mi pregunta es me han dado baja por enfermedad comun me pueden despedir estando de baja y poniendo fijo el 24 enero hace el año. Gracias
Sí, podrían tal y como explico en la entrada.
Buenas noches tengo contrato de 5 horas del 3 de julio 2017 hasta el 30 de junio del 2018 me rompi el menisco trabajando la mutua no me dio la baja por no considerar accidente laboral estoy de baja por la SS. Del mes de septiembre cobre de octubre quien me paga y en q fecha, y ha demas me pieden dar la baja de la empresa gracias un cordial saludo
Te paga la empresa. No firmes una baja voluntaria si no quieres irte.
Gracias. Ya me despidieron tenia contrato temporal por 1 año lo q no entiendo es porque en el certificado de emresa en el cuadro de cotizaciones me ponen 18 dias cotizados si estoy de alta con fecha 3 de julio por lo tanto la base de cotizacion es de 406.06 mucho mas baja q los otros meses y enero 9 dias cotizacion 199.06 esto influira en lo q me tienen q pagar
No, no va a influir si el sueldo no varia. Es normal que la base sea menor si no has trabajado el mes entero.
Gracias un cordial saludo
Hola, tengo contrato de din de obra, llevo en la empresa 7 meses y el encargado tras calumnias, mentiras y actitudes hacia mi que me prococan ansiedad ha conseguido que me venga a bajo de tal manera que he cogido baja por ansiedad/depresion… pueden despedirme estando de baja en mi situacion? Y cobrare la paga extra de navidad ? O no tengo derecho a ello? Muchas gracias de antemano
Sí, podrían despedirte en las condiciones que vienen explicadas en el artículo. Por otro lado, en caso de despido, tendrás derecho a la parte proporcional que hayas generado de la paga extra de navidad.
Hola tengo un contrato de obra i servicio hasta fin de obra llevo 7 meses de trabajo y el jefe mi pide que tengo que hacer vacasiones lo que mi coresponden de dias para darmi de baja despues de vacaciones dice poca faena que tengo que hacer quiere que disfruto mis vacaciones y darmi baja al mismo tiempo que estoy esperando la resolucion del reagrupacion familiar no se que hacer gracias por su respuesta
Si la empresa finaliza el contrato lo único que puedes hacer es demandar por despido si es que el contrato está en fraude de ley. Es decir, no puedes hacer nada para evitar que la empresa extinga la relación laboral, lo que sí que podrás hacer es impugnarlo ante los tribunales.
Me van a operar del manguito rotador del hombro el dia 31 de octubre 2017,e ido a la mutua ya que la medica de cabecera dice que pertenece a la mutua ,y en la mutua me dicen que como me estan mirando por la seguridad social la vaja me la tienen que dar por,enfermedad comun ,esto es legal? Aparte se me acaba el contrato ek 22 de diciembre del 2017, llevo con esta empresa un año con contratos del 4de septiembre al 22,de diciembre y del 8 de enero al 30 ,de junio,pueden despedirme ? Y por quien debo cobrar la vaja si es rotura de manguito rotador causado por el trabajo que realizo?
Si la mutua no reconoce la incapacidad como contingencia profesional, es decir, accidente de trabajo, tendrás que iniciar el procedimiento de determinación de contingencias. Por otro lado, te pueden despedir o finalizar el contrato estando de baja. En cualquier caso, podrás impugnarlo ante los tribunales.
Y si me operan y me dan la vaja por enfermedad comun,en vez de por la mutua ya que es accidente laboral cobrare el 100%,o cobrare como una vaja normal
Salvo que lo diga el convenio, no se cobra el 100%. En la baja común se cobra algo menos que en la baja por accidente laboral.
Hola, buenas tardes.
Tengo contrato indefinido, llevo año y medio trabajando, pero hace medio año me paga super retrasado, e bajaron el sueldo y me deben tres meses y no je gozado de vacaciones.. Vamos que he trabajado siempre ahora que tuve un accidente a la salida dwl trabajo estoy de baja. Le he dicho que me despidan ya que soy familia numerosa y tengo quw cobrar el paro, pues siguen sin pagarme. Sin despedirme y se me va a cabar la baja. No se que hacer. Como solucionar esto..
Eapero que me pueda aconsejar. Gracias.. Esta es una pagina muy interesante juan
Demandaría solicitando la extinción de la relación laboral en virtud del artículo 50 del Estatuto de los Trabajadores. (Aquí tienes la info) Por otro lado, solicitaría el pago directo a la Seguridad Social de la baja por incapacidad.
Hola! Llevo un año de baja por enfermedad común. Y ahora, da la casualidad que empieza a pagarme directamente la SS mi jefe me comunica un despido alegando perdidas en la empresa. La cuentas son un poco raras , la verdad. A mis compañeros no les ha comunicado nada y el esta muy interesado en que le firme ya. Llevo unos 10 años en la empresa y la verdad que no sé que puedo hacer?
Si te despiden, lo firmes o no el despido es efectivo. si no estás conforme tienes un plazo de 20 días hábiles para impugnar, pasado ese plazo no puedes hacer nada.
Hola, estoy de baja, por sobrecargo de trabajo, la mutua no se quiere hacer cargo porque no es un accidente de trabajo, aunque estoy mal por el trabajo, soy fija discontinua, y la jefa me amenazo que si me daba de baja me despedían, en pocas palabras, por ahora tengo una baja por mi medico de 12 días, pueden despedirme? Y si fuera no, puedo tomar medidas legales?
En el artículo explico las posibilidades de despido. La respuesta corta es sí, pueden despedirte, y podrás impugnarlo en función del comportamiento de la empresa.
Hola buenas tardes trabajaba en un almacén y estaba de baja médica. Tengo 6 meses de embaraso y me han despedido hoy de la empresa no cobraba nada porque no tenía los 180 días cotizados.Tengo alguna ayuda de la seguridad social?gracias.
En primer lugar demanda por despido nulo, en segundo lugar, solicítalo en el SEPE. Hay que esperar a los requisitos del Ingreso mínimo vital que a lo mejor tienes derecho.
Hola me operaron el dia 18 de septiembre el medico me mandó de baja 45 días mi contrato terminó el 31 de septiembre metí mi baja medica pero me despidieron por finalizar contrato me pagará la seguridad social my baja
Sí, mientras estés de baja te seguirán pagando.
hola estoy de baja por que mi marido esta en situacion critica que se muere me pueden despedir
Las posibilidad están explicadas en el artículo. pero sí, te pueden despedir, aunque nunca la causa puede ser que estas de baja.
Eatoy de baja dentro del periodo de prueba,parece que tengo para mucho desgraciadamente,me pueden despedir? y si es ha si tengo derecho al finiquito y al paro ?.
Me tienen que avisar con 15 dias?
No hace falta preaviso, sí te pueden despedir y tendrás derecho a prestación si tienes cotizado al menos un año. No obstante, aunque finalicen el contrato, seguirás cobrando.
No hace falta preaviso, sí te pueden despedir y tendrás derecho a prestación si tienes cotizado al menos un año. No obstante, aunque finalicen el contrato, seguirás cobrando.esto es lo que usted me ha respondido sobre mi pregunta,lo que no entiendo es cuando dice que seguiré cobrando si me despiden ! De quien cobrare ?
Gracias por su interés y respuestas !
Seguirás cobrando si mantienes la baja por incapacidad temporal y hasta que no te den el alta. Te pagara el INSS, solicitando el pago directo.
Estoy de baja.por.
Enfermedad.comun.y.m han terminado el contrato, tengo derecho a indemnizacion? Cuanto deben pagarme de finiquito?
Depende del contrato sobre la indemnización. Tiene que pagarte finiquito, pero a lo mejor éste es cero. Es decir, tienen que pagarte las pagas extras si no están prorrateadas, así como las vacaciones generadas y no disfrutadas.
hola buenas! Me dio mi medico la baja por enfermedad comun el 10 de agosto y mi contrato cumplia el 14 de agosto y no me lo renovaron. El alta medica fue el 23 de agosto, mi pregunta es.. desde el 14 de agosto hasta el 23 quien me paga esos dias y que porcentaje me corresponde? es la primera vez que cojo una baja y ando un poco perdida! gracias.
La mutua o seguridad social en el mismo porcentaje que lo que te correspondería de paro.
Hola llevo 15 días en un trabajo de camarera y estoy de prueba un mes ,pero por motivos de los jefes por maltrato sicólogo en el trabajo m an echo cojer la baja por depresión por q m trataban fatal y yo necesitaba el trabajo por horarios por mi niño d 4 años…m a llegado x la seguridad social q m an dao d baja estando de baja médica cual sería mis derechos
Tendrías que demandar por despido, e intentar demostrar el acoso, pero estando en el período de prueba, va a ser difícil.
Se a fusionado mi empresa y seaquedado otra y yo estoy de baja me puede despedir la nueva empresa mea dado de baja mi empresa pero dela nueva no me han comunicado nada.
No cambia nada el hecho de que exista fusión. Así que si podrían despedirte, sí, pueden, pero no indicar que la causa es por que estás de baja.
Hola buenas tardes:
Mi contrato se me terminaba el 14 de agosto pero coji cojuntivitis y me mandaron a la mutua,me han dado la baja hasta el 31 de agosto que no tengo la próxima visita,mi pregunta es:
Quien paga los dias de baja???
La mutua o el INSS en función de si es una contingencia común o profesional.
Hola
os comento ,actualmente pedi mi baja laboral por estrés y ansiedad debido a mi empresa y empresario tirano , pedi la baja y el mismo día me mandaron un burofax a mi casa notificándome el despido y como no, por baja producción y descenso de producción y no es así..
Querría saber como acer frente a esta situación
Actualmente sigo de baja médica hasta el próximo día 15 de enero y también me cito para el día 12 y 18 la mutua de la empresa que si me despiden nose porque ..y me pusieron un psicólogo también para el día 12
Un saludo y gracias
FELICES FIESTAS !!!
Tienes un plazo de 20 días para demandar por despido. Por otro lado, tienes que solicitar el pago directo a la mutua o al INSS, seguramente a la mutua, y ésta como responsable del pago tiene la posibilidad de controlar la incapacidad temporal y en su caso realizar propuestas de alta como explico en este artículo.
Causas de despido nulo
1.Reducción o excedencia de jornada por cuidado de un menor o familiar con una enfermedad grave.
La pregunta es si pueden despedirme inmediatamente al terminar la reducción o si hay algún tiempo, digamos, de protección.
Gracias.
Buenas mi marido esta de baja médica por enfermedad y lo despiden estando dado de baja, por lo que e leído le paga la seguridad social, la pregunta es q
El no tiene derecho a paro no ayuda del sepe aún así le sigue pagando la seguridad social mientras se encuentre de baja??
Gracias
Aunque no tengas derecho a paro, seguirá cobrando mientras este de baja.
Hola tengo contrato indefinido y estoy de baja desde hace un mes, la empresa me quiere despedir, me detectaron una enfermedad que conlleva una discapacidad del 33%, que puedo hacer?
Me pueden botar?
Como me indegnisarian?
Que finiquito cobraría?
Pasaría al paro o me pagaría la seguridad social por estar de baja.
Te pueden despedir siempre que exista una causa para ello. Habrá que esperar a la causa de despido para saber las opciones de impugnación. Si te despiden estando de baja, seguirás cobrando de la seguridad social o de la mutua.
Hola buenas noches,entre a trabajar el día 4.06.2021 y el día 8.07.2021 me dieron la baja por depresión,ansiedad y anhedonia y me enterado de que mi jefe me quiere despedir…
Actualmente tengo trabajados 322 días y nose si él puede echarme o si una vez que me eché puedo solicitar alguna ayuda ya que en estos momentos mi médico no me permite trabajar
Aunque te despidan, seguirás cobrando mientras estés de baja. Después, si no tienes cotizados un año, tendrás derecho a un subsidio.