Modelo de baja voluntaria con preaviso de 15 días
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Modelo para completar y descargar en Word
A LA ATENCIÓN DEL EMPRESARIO/RRHH
En _____________ a _____________de ____________de 202___
Dº/Dª ________________ con DNI Nº_____________, mayor de edad y domicilio a efecto de notificaciones en _______________, trabajador/a de la empresa les comunico mi intención de causar la baja voluntaria el día __________________, siendo éste día el último día en la empresa.
Se comunica a la empresa la decisión de abandonar la empresa con 15 días de antelación.
Les ruego que firmen la presente a los efectos de notificación y preparen el finiquito para esa fecha quedando a su disposición para lo que necesite.
EL/LA TRABAJADOR/A
LA EMPRESA
Si lo prefieres, puedes descargar el modelo en Word en el siguiente enlace…
Cómo completar el modelo
- Datos de identificación del trabajador. El domicilio a efecto de notificaciones es recomendable que sea el mismo que aparece en la nómina del trabajador, a no ser que el trabajador haya cambiado de domicilio.
- Fecha de efectos de la medida, es decir, el último día de la relación laboral con la empresa. Es indiferente, que el trabajador esté de baja médica o de vacaciones. Además, el último día de relación laboral no tiene por que ser día de trabajo. De hecho, es recomendable que coincida con los días de descanso semanal. Por ejemplo, si un trabajador trabaja de lunes a viernes, puede indicar que el último día es el domingo. Por otra parte, el empresario está obligado a pagarle hasta el último día de la relación laboral.
- El preaviso de 15 días es recomendable cuando el convenio colectivo no indica nada. En caso de que el convenio colectivo indique un preaviso, dicho plazo es el que deberá de cumplir el trabajador.
Las claves en una baja voluntaria
La baja voluntaria es la decisión del trabajador de extinguir la relación laboral antes de que finalice el contrato temporal o en cualquier momento en el caso de un contrato indefinido.
En este sentido, el trabajador puede, en cualquier momento, abandonar la empresa sin que pueda estar obligado a permanecer en la misma.
En caso de baja voluntaria, el trabajador no tiene derecho a indemnización ni a a prestación por desempleo, pero sí que tiene derecho a finiquito.
Necesidad de preaviso
El artículo 49 del Estatuto de los Trabajadores establece que el trabajador debe de preavisar con lo que indique el convenio colectivo, o en defecto de éste, la costumbre del lugar.
Por lo tanto, lo primero que hay que mirar es que es lo que dice el convenio colectivo de aplicación, y en caso de que éste no diga nada, la jurisprudencia suele entender como costumbre del lugar 15 días naturales.
En caso de incumplimiento, la empresa podrá descontar del finiquito los días de falta de preaviso.
Derecho a finiquito y prestación por desempleo
Aunque no se tenga derecho a indemnización por dimisión del trabajador, sí que se tiene derecho al finiquito correspondiente.
El finiquito contiene, normalmente, las siguientes cuantías:
- Parte proporcional de las pagas extraordinarias, si es el trabajador no las tiene prorrateadas.
- Vacaciones generadas y no disfrutadas.
- Parte del mes trabajado.
- En caso de incumplimiento del preaviso correspondiente, la empresa podrá descontar los días de ausencia de preaviso o lo que indique el convenio colectivo.
Como se puede comprobar, puede que la empresa no adeude ninguna de estas cuantías, por lo que a lo mejor la cuantía que corresponde de finiquito es cero.
Incluso ésta cuantía puede ser negativa si el trabajador adeuda una cantidad superior a la que le adeuda la empresa si, por ejemplo, no ha cumplido el preaviso.
Si la cuantía que arroja es negativa, aunque no se suele pasar, la empresa podrá exigirle, e incluso judicialmente, la cantidad adeudada.
Sobre el derecho a la prestación por desempleo. Después de una baja voluntaria, no se tiene derecho a desempleo, pero para ello se tendrá que encontrar un empleo.
En función de la duración de este nuevo contrato y la causa de extinción, se tendrá derecho al desempleo como explicamos en este artículo…
En cuanto al envío del escrito
El escrito se puede presentar personalmente, a través de una tercera o enviar mediante burofax.
Cualquier forma es válida siempre que el trabajador tenga alguna forma de acreditar que la empresa lo ha recibido.
Es por ello que si el escrito se presenta personalmente o a través de una tercera persona, es recomendable que el trabajador se quede con una copia firmada por la empresa.
Si se opta por el burofax, lo mejor es enviarlo a la dirección que aparece en la nómina del trabajador o al centro de trabajo para que luego la empresa no indique que no lo recibió.
El trabajador no tendrá ningún tipo de culpa, si envía el documento al domicilio a efecto de notificaciones que ha establecido la empresa en la nómina.
Hola, actualmente estoy de baja médica, y quiero pedir la baja voluntaria dando los 15 días de preaviso.
Puedo informar y solicitarla estando de baja? O es obligatorio que me incorpore a trabajar?
Puedes hacerlo estando de baja.
Buenos días,
Lo primero agradecer toda la ayuda que ofreces antes casos en que nos vemos perdidos.
En mi caso estoy en excedencia por cuidado de familiar (con reserva de puesto), he indicado a la empresa que quiero reincorporarme y a la vez mi baja voluntaria de la empresa.
Pero me indican que los 15 días de preaviso para la baja voluntaria cuentan una vez me haya reincorporado de la excedencia, ¿eso es así?, ¿no puedo pedir la reincorporación y la baja el mismo día preavisando con más de un mes?
Muchas gracias de antemano.
En mi opinión, sí es posible. El preaviso está pensado para que la empresa pueda contratar a una persona que lo sustituya y es indiferente que estés de excedencia que ya estás disfrutando o no.
Hola, si presento mi baja voluntaria despuès de estar ya una semana de baja mèdica y habièndoles dicho que va para tiempo.Cuênta ya esa semana para los 15 dîas de aviso ,si lo expongo como tal? Y si ya tenìa una prestacion aün inacabada .la puedo reanudar? Gracias
No, el preaviso empieza a contar a partir del día siguiente que notifica de manera fehaciente la baja voluntaria. Y no, no puedes reanudar el paro aunque tengas una prestación pendiente de cobro.
Me marcho voluntariamente de la empresa y tengo teléfono ordenador y coche . Estoy obligado a llevarlo a la sede de la empresa que está a 900 kms de mi puesto y mi casa?
Mil gracias
Depende, no se si la distancia que te refieres de tu casa es nueva o existía desde un principio. Habría que saber también en donde fue la entrega del coche, ya que, en principio, debería de ser donde se deba devolver.
Hola! Una pregunta, si estoy en periodo de prueba y quiero dejarlo, ¿tengo que mandar la carta de baja voluntaria? Sé que no tengo que dar preaviso, pero ¿hace falta la carta? ¿O con decírselo a mi responsable es suficiente?
Siempre es recomendable que se notifique por escrito las causas de extinción de la relación laboral.
Buenos días,
tengo una duda con el descuento del preaviso, el día 11/10 avise que causaría baja voluntaria y que mi último día seria el 16/10, me han descontado 10 días de falta de preaviso, pero yo creo que he dado 6 días de preaviso, no me tendrían que haber descontado 9 días, o empieza a contar al día siguiente de la comunicación. Tenía que dar 15 días de preaviso. Gracias.
La comunicación siempre empieza a contar al día siguiente.
Buenas tardes,
Soy auxiliar administrativa y quiero presentar una baja voluntaria en el trabajo ya que no me dejan otra opción. En el Convenio de Oficinas y Despachos de Las Palmas no aparece nada sobre el preaviso ni baja voluntaria. No se con cuantos días de preaviso tendría que presentar la baja. El ambiente laboral está tan mal que estoy incluso pensando irme sin preaviso. Le agradecería cualquier respuesta. Muchas gracias.
Si el convenio no indica nada, la legislación indica que se debe cumplir lo que diga la costumbre del lugar, y se suele recomendar 15 días.
Me mujer trabaja in un restaurante? Pero le pagan tarde?y nunca le pagan la nomeuna entera?siempre poco poco?
Quiere dejar el trabajo ?que tiene que hacer
Hola a tod@s, tan sólo dar la enhorabuena a Alejandro por sus respuestas que tanto ayudan, por otro lado dar la enhorabuena a todos los que deciden irse de una empresa, a no seguir anclados en el mismo sitio, a salir de la zona de confort, eso les hará más fuertes y capaces. Les deseo la mejor suerte a tod@s, se la merecen.
La inquietud mental no es un defecto, es una cualidad que debemos conservar para progresar.
Muchas gracias Juanjo.
Hola, trabajo de repartidor en Telepizza, el caso es que quiero darme de baja está semana, llevo 20 días en el trabajo y quiero salir cuanto antes del trabajo, quiero avisar hoy de mi renuncia y tengo un par de dudas, si me voy antes de que acabe el mes, la empresa me tiene que pagar las horas que he trabajado o tengo que completar el primer mes para que me paguen?? Y mi segunda duda, es como me pueden penalizar si me voy de baja antes de los 15 días de aviso
Si estás dentro del periodo de prueba no es necesario preaviso, en caso de que no exista periodo de prueba, tendrás que cumplir lo que indique el convenio colectivo en cuanto al preaviso, que pueden ser 15 días o más. En caso de que no se cumplan, te pueden descontar los días de ausencia de preaviso, y sí, te tienen que pagar los días trabajados aunque no llegues al mes.
Hola Alejandro,
Voy a mandar a mi empresa la baja voluntaria con un aviso de 15 días. Mi pregunta es ¿me pueden despedir antes de esos 15 días? puesto que me temo que como estoy en periodo de prueba aún, la empresa aprovechará para echarme sin ningún coste. En este caso, sería un despido procedente o improcedente? es que estoy un poco pérdida en este tema.
Un saludo, Gracias
Sí, podrían. Sobre el tipo de despido, depende de la causa de extinción. Si es un periodo de prueba no sería un despido jurídicamente hablando.
Hola Alejandro, en el caso que te pueden despedir antes de los 15 días, te tienen que aún pagar hasta el último día de la marcha verdad?
Yo empiezo el día 20.11. el trabajo, hoy me han llamado para confirmar la iniciación. En este caso no me da tiempo cumplir 15 días de preaviso. Que pasara?
Muchas gracias, un saludo
no entendí muy bien el supuesto, pero en caso de despido, te pagan hasta la fecha de despido.
Hola Alejandro.
GRACIAS POR TODO.
He dado un preaviso de 15 días naturales, porque en mi convenio no dice nada de tipo de días. Tengo la carta firmada el 14 de julio y tendrían que tener el finiquito preparado para el día 30 que cae en sábado.
Como es sábado, no sé si deben dármelo el viernes, o debo ir yo el lunes 31 a firmarlo, si debo tenerlo ingresado en esa fecha, o que hacer si no me hacen caso.
Pensaba avisarles hoy, día 27 jueves, para k lo tengan para el viernes 28, pero no sé qué es correcto.
Por otro lado ellos nos pagan desde el día 5 al 10 incluso ¿Pueden dejarlo sin pagarme el finiquito el día 30 hasta ese día de pago?
No sé cómo deben proceder ellos ni como debo hacerlo yo.
GRACIAS.
Deben abonártelo el último de la relación laboral, si cae a día no festivo es normal que lo cobres el día siguiente laboral, y sí, si el convenio no indica nada, podrían abonarte la nómina el mismo día que te lo pagaran si siguieras trabajando. Esperaría a la fecha normal de cobro antes de iniciar cualquier procedimiento.
Hola yo he echo un preaviso de 15 días a mi empresa y me dijeron que si podía estar hasta el 9 de septiembre ya que el 15 d septiembre empiezo en otro trabajo,firme esa baja voluntaria pero la situación en el empleo ya no la tomo con fuerza y no aguanto más,puedo retractarse de esa baja y comunicar que quiero irme antes? Gracias.
Sí, pero te podrían penalizar por ausencia de preaviso según lo que indique el convenio colectivo.
Hola .ante mi pregunta quiero dar las gracias por los consejos qe nos brindas .gracias de corazón por tu tiempo.
Estoy empleada en una empresa de limpiezas 8 años.ahora estoy en baja por una lumbalgia. No hay gratificaciones de nada.ni mejoria en el sueldo .menos qe hase 8 años .tengo pensado en dejar este puesto de trabajo por qe es muy estresante corer de un sitio pa otro , la carga de trabajo,y desplazamientos con mi coche personal de lo cual solo se paga 0.19 céntimos por km.el resto del mantenimiento por mi cuenta.no hay diferencia de un trabajador profecional y uno qe solo pierde el tiempo y cobra igual . me agobia mucho, y en coanto acabo la jornada estoy muerta ya no tengo vida social amigos, descuido mi familia y a mi misma por el cansancio y dolores del cuerpo y cabeza. Tengo una oferta de trabajar sin desplazarme en qe todavía estoy pensando .mi pregunta es si acepto la propuesta del nuevo empleo, qe tengo qe haser al respeto de los 15 Díaz de aviso…se calcula los sabados y domingos o sólo de lunes a viernes ?.qe dinero me tendría qe dar . En 8 años nunca he cojido ningún día de asuntos . no falte al trabajo .. tengo 3 bajas de 1 mes y pico por enfermedades en 8 años .fuy muy responsable al respeto por qe me gusta la limpieza y soy profesional de limpiezas hospitalarias de lo cual estoy muy atenta a los detalles .ahora me canse y enferme al respeto. Muchísimas gracias de antemano a cualquier respuesta de lo qe sería bien para mi a hacer al respeto. DIOS TE BENDIGA.
Tienes que cumplir el preaviso que indique el convenio colectivo de aplicación, que seguramente será el convenio de limpiezas de tu localidad. El número que indique el convenio, casi seguro, que son naturales, es decir, se incluyen de lunes a domingo. En el convenio también se indica que pasa si no cumple el preaviso, que normalmente será descontarte algo de sueldo. No tienes derecho a indemnización, pero si a finiquito.