Pensión mínima de jubilación y complemento mínimo 2023
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Pensión mínima de jubilación en el año 2023
En esta entrada vamos a intentar explicar cual es la pensión mínima que establece la legislación y por que hay trabajadores que no la perciben. (Si quieres saber los requisitos para tener derecho a la pensión te recomiendo este artículo)
En primer lugar, la Ley de presupuestos generales establece con carácter anual la cuantía de las pensiones mínimas o máximas. Estos importes varían en caso de que el pensionista tenga hijos o no a cargo.
En el año 2023 estas son las cuantías de las pensiones mínimas publicadas en el Real Decreto 1058/2022 sobre revalorización de las pensiones del sistema de la Seguridad Social.
JUBILACIÓN CON 65 AÑOS | CUANTÍAS MENSUALES | CUANTÍAS ANUALES |
---|---|---|
Con cónyuge a cargo | 966,20 | 13.526,80 |
Sin cónyuge (unidad económica unipersonal) | 783,10 | 10.963,40 |
Con cónyuge NO a cargo | 743,30 | 10.406,2 |
JUBILACIÓN MENOR DE 65 AÑOS | CUANTÍAS MENSUALES | CUANTÍAS ANUALES |
---|---|---|
Con cónyuge a cargo | 905,9 | 12.682,60 |
Sin cónyuge (unidad económica unipersonal) | 732,6 | 10.256,4 |
Con cónyuge NO a cargo | 692,5 | 9.695 |
Jubilación con sesenta y cinco años procedente de gran invalidez, en términos anuales:
- Con cónyuge a cargo: 20.290,20 euros anuales.
- Sin cónyuge (unidad económica unipersonal): 16.445,80 euros anuales.
- Con cónyuge NO a cargo: 15.610,00 euros anuales.
¿Quiere decir que un pensionistas va siempre a percibir mínimo estas cantidades? El complemento a mínimos
No.
Las cuantías indicadas anteriormente hacen referencia a las pensiones contributivas, es decir, aquellos trabajadores que tengan el periodo mínimo de cotización de 15 años durante su vida laboral que se exige para tener derecho a la pensión de jubilación.
Por el contrario, para tener derecho al 100% se debe de tener cotizado como mínimo 36 años en el año 2023, aunque para calcular la cuantía que se tiene derecho sólo se tendrá en cuenta los últimos 25 años cotizados.
Si quieres saber más sobre este tema, te recomiendo este artículo…
Por lo tanto, para tener derecho a una pensión mínima hay que cotizar un mínimo de años.
En segundo lugar, en caso de que el trabajador haya generado el derecho a una pensión contributiva, pero no alcance el importe mínimo anual tendrá derecho a recibir un complemento hasta alcanzar el mínimo.
Ahora bien, ese complemento a mínimo no puede superar el importe de la pensión de jubilación no contributiva.
Por lo tanto, en el año 2023 ese complemento a mínimo no podrá supera los 457,30 euros, que es la cuantía de la pensión no contributiva.
Aunque lo explicaremos más adelante, si un trabajador ha generado una pensión de 200 euros, no cobrará la pensión mínima, sino 657,30 euros.
En consecuencia, un trabajador que ha generado una pensión contributiva siempre cobrará más que un trabajador que no ha cotizado lo suficiente y esté percibiendo la pensión no contributiva.
Pero veamos un poco más cómo funciona ese complemento a mínimos para tener derecho a el y que incompatibilidades tiene.
Requisitos para cobrar el complemento a mínimos
Dos son los requisitos principales que se deben de cumplir para tener derecho a este complemento:
- A partir del 1 de enero de 2013, es necesario acreditar la residencia en España para poder cobrar el complemento, considerando que se reside en España si no se ausenta del territorio nacional por un tiempo superior a 90 días.
- No recibir una prestación por trabajo o capital que exceda de 8.614,00 euros anuales (artículo 6 del Real Decreto 1058/2022). En el caso de que exista cónyuge a cargo que no reciba ningún tipo de pensión la prestación se aumenta hasta los 10.048,00 euros anuales.
Por otro lado, los complementos por mínimos no tienen carácter consolidable y serán absorbibles con cualquier incremento futuro de las prestaciones ya sean rentas de trabajo o de actividades económicas que puede recibir el trabajador.
El trabajador es el que tiene la obligación de comunicar a la seguridad social estas posibles variaciones de rentas que pueda tener.
Ejemplo
Un trabajador que ha cotizado 15 años durante su vida laboral tiene derecho al 50% de la pensión de jubilación que hubiera generado.
Si por ejemplo su base reguladora para la pensión de jubilación es de 700 €, tendrá derecho a una pensión de jubilación de 300 € al mes (en 14 pagas).
En dicho caso, tendrá derecho a la pensión mínima de 783,10 euros en caso de ser un jubilado mayor de 65 años y sin cónyuge, ya que el complemento que recibe, 410,4 euros no es superior a la pensión no contributiva de 457,3 euros.
Buenas tardes , me concedieron la jubilación y será de 489,82 € .Aparte cobro una viudedad de 721 €. Me descontaran algo de la viudedad ? Gracias.
Hola:
Tengo una base reguladora de 511.€ y me aplican el 53% a efectos de obtener la pensión contributiva de jubilación. Por tanto, tengo una pensión de jubilación neta de 270.€ aproximadamente. Además, tengo, ingresos de arrendamiento de un apartamento por importe de 6.000.€ anuales. ¿Puedo solicitar también el complemento de mínimos para alzcanzar la pensión mínima sin cónyuge a cargo?
Entiendo que sí, pues el complemento de mínimos se puede solicitar siempre y cuando los ingresos que ser perciban adicionales (rentas de arrendamiento) no superen los 7.939,00 euros. (Sin tener en cuenta la pensión).
Gracias
Buenos días, soy pensionista con 16 años, tengo 69 años, tengo derecho a cobrar por cónyuge a cargo, ya que recién tengo el libro de familia, cobro una pensión de 643.09 completo a mínimos de 41.91 total 685.00 euros, gracias
Me jubilé el 1 de mayo de 2017 y tuve tres hijos. Tengo derecho al complemento de pensiones contributivas para hombres para la reducción de la brecha de genero según la última sentencia del tribunal supremo.
Sí, salvo que la jubilación fuera anticipada voluntaria.
tengo una base de cotización de 610€ me tengo que jubilar en junio del 2022 ,que tendré 67 años y dos meses y tengo 29 años cotizados , que pensión me quedara?
José Luis
Tengo 58 años, estoy cobrando subsidio para mayores de 52.
En mi caso cuando llegue a la edad de jubilación podré cobrar la contributiva aunque no hubiese cotizado 2 años en los ültimos 15 años?
Muchas gracias!
Sí.
Mi padre se jubila próximamente ha trabajado 25 años con una base de cotización de 1800 euros. Pero en los últimos 15 años solo ha cotizado 2 años. Cuanto le quedará. Gracias
Son unos cálculos que llevan su tiempo. Te recomiendo que lo compruebes en el simulador de la Seguridad Social.
Hola, soy David, tengo 60 años y tengo cotizados 31 años con la mili tendría 32. Ahora estoy cobrando el subsidio para mayores de 52 años.
Que me aconseja que puedo hacer porque si sigo cobrando este subsidio me restará mucho la pensión si espero a la edad legal y no encuentre trabajo?
Muchas gracias.
Puedes hacer simulaciones en la web del INSS, para ver si te compensa anticipar la jubilación.
Hola. Soy pilar tengo 67 años. Y cotizados 23 me puedes calcular que Pension me puede quedar. un saludo y muchas gracias.
Depende de totalmente de la base reguladora que hayas tenido.
Tengo 69 años y 21 años cotisados .mibase de cotisacion es de 260000 euros
tengo 69 años y he cotisado 21 años cuanto seria mi pencion
Depende de tu base reguladora.
Hola mi marido tiene 23 años cotizado en 48 años de vida. Porque en total eran 25 pero al ser en pluriempleo no cuenta, tiene un infarto podría pedir la jubilación anticipada
No, podría pedir una incapacidad permanente si no está apto para trabajar.
Hola,
Tengo 58 años y 16 años de cotización. Podria pedir la jubilacion anticipada y percibir la pension minima de jubilacion?
Cual seria el importe?
Gracias de antemano.
No, no podrías.
Gracias por la respuesta.
Tendria que esperar hasta que edad?
Con la legislación actual, 67 años. Aquí explico las opciones.
Buenas tardes
Tengo 52 años cumplidos
Llevo en ERTE un año ya y tengo cotizados 20 años y 4 meses en España
Quiero volver a mi Pais de origen ( Kosovo ) para vivir.
Tengo muchas dudas sobre que debo hacer y que puedo hacer para poder cobrar la jubilacion anticipada o como se llame.
Agradezco cualquier informacion
Con los datos que me indicas, no te puedes jubilar de manera anticipada.
Buenas tardes, en Octubre me jubilaré habiendo cotizado sólo 17 años.
Como la pensión no llegará al mínimo supongo que podré acogerme al complemento a mínimos.
No tendré otros ingresos, pero (que tarde muchos años) heredaré una vivienda de mi madre, esa herencia afectaría ese complemento? por un año? a para mas tiempo.
Gracias
Hola amigos tengo actualmente 51 años cumplo los 52 en febrero,en mi empresa estuve desde los 20 años a los 50 luego de cobrar el paro de los dos años,trabaje en un contrato de tres meses,y segun el SEPE no tengo dereco a RAI ni renta vital ni nada.Como puede ser esto?Estoy soltero y no tengo ningun bien….como voy a vivir hasta tener los 52 años?
Muchisimas gtracias…he enviado docenos de solicitudes todas negativas
¿Solicitaste el ingreso mínimo vital?
Si y tambien se me denegó…..resulta que como mi padre vive y cobra jubilacion no me la conceden aunque haga 10 años que no viva con el no se que de unidad familiar yo vivo en una habitacion….no entiendo nada si mi padre me ayudara en algo no solicitaria nada.
Muchas gracias.
Tengo cotizados 15 años y un mes, y hace 30 años que no trabajo tengo derecho a una pensión, tengo 66 años.
No cumples uno de los dos requisitos, que es el tener cotizados dos años en los últimos quince años antes de la jubilación.
Tengo 65 años ,y corizados 6 años y 6 meses.Es corizado en regim general.Que pension puedo cobrar.
Menciono que soy una señora sola,no tengo otros ingresos.
Gracias.
No tienes el periodo mínimo de cotización, por lo que tendrás que solicitar una pensión no contributiva que podrás cobrar si careces de ingresos.
Cuando me jubile cobraré de jubilación 689 y tengo una paga compensatoria de convenio regulador de divorcio de 300€
Qué cobraría a minimos
Para calcular las rentas a tener en cuenta para no sonbrepasar el límite que da derecho al complemento a mínimos, sabrían decirme qué casilla considera la S.S para comprobarlo?
Es para mí un galimatías cuando en la propia página de la S.S se lee de no superar la cantidad de 8.909€ con cónyuge a cargo y que a la vez, si se supera este límite -y esto es lo que me descoloca-, calculándolo según artículo 59 de la LGSS
Como se puede percibir una prestación por trabajo si estás jubilado? Lo pregunto por lo de los 7.638 € de los requisitos para el complemento a mínimos