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Determinación de un accidente o enfermedad como laboral
La determinación de contingencias es el procedimiento administrativo y judicial mediante el cual solicitamos al INSS que modifique una baja que ha sido considerada como enfermedad común o accidente no laboral en enfermedad o accidente profesional.
En este sentido, en muchas ocasiones un accidente o enfermedad laboral es considerado como una contingencia común por el médico de cabecera; es decir como enfermedad común o accidente no laboral cuando debería ser considerado una enfermedad o accidente profesional por la mutua.
Hay que partir del hecho que existen dos tipos de contingencias en el derecho laboral:
- Contingencia profesional, derivada de un accidente de trabajo o enfermedad profesional,
- o contingencia común, enfermedad común o accidente no laboral.
El procedimiento de determinación de contingencias, se inicia en vía administrativa y posteriormente, en caso de que se desestime nuestra reclamación, es necesario presentar una demanda en los juzgados.
En definitiva, este procedimiento tiene dos partes;
- Una vía administrativa que puede iniciarla la persona trabajadora, y cuyo procedimiento viene regulado principalmente en el artículo 6 del Real Decreto 1430/2009.
- Una vía judicial, siempre después de agotada la vía administrativa, que viene regulado principalmente en la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social, sin que haya un artículo específico relativo a ello. Únicamente el artículo 142 establece la necesidad de un informe de la inspección de trabajo.
Es importante iniciar cuanto antes este procedimiento puesto que los efectos económicos de la consideración de contingencia profesional sólo será desde los tres meses anteriores a la que se presentó la solicitud en virtud del artículo 53.1 de la Ley General de la Seguridad Social.
Inicio del procedimiento
El procedimiento se puede iniciar por cualquiera de los sujetos implicados en una baja laboral; Las mutuas de trabajo, la inspección de trabajo o el INSS o a solicitud de la persona trabajadora que será la más habitual y la que explicamos en este artículo.
Solicitado por la persona trabajadora
En primer lugar, se debe presentar una solicitud en el INSS (que podéis descargaros en este enlace). Con la misma, se debe adjuntar una serie de documentación en función de lo que se quiera reclamar. (la documentación a adjuntar también viene indicada en el documento del enlace) De todos modos, además de la documentación indicada, podemos presentar cualquier otro tipo de documentación que consideremos necesario.
Una vez presentado el documento, el INSS notificará al servicio público de salud o a la mutua para que en el plazo improrrogable de cuatro días hábiles, aporten los antecedentes relacionados que dispongan sobre el caso e informen sobre la contingencia de la que consideran que deriva el proceso patológico y los motivos del mismo.
Además de todas esa documentación, la presentada por el trabajador y la aportada por la mutua o seguridad social, el INSS puede solicitar más información o requerir al trabajador para que pase por la inspección médica si así lo considera oportuno.
De hecho, el equipo de valoración de incapacidades emitirá un informe preceptivo, que elevará al director provincial del Instituto Nacional de la Seguridad Social, en el que se pronunciará sobre la contingencia que ha originado el proceso de dicha incapacidad.
¿Qué pasa si el procedimiento no lo inicia el trabajador?
El procedimiento anteriormente indicado no varía.
No obstante, en el momento que se inicia el procedimiento, se le comunicará el trabajador para que en un plazo de diez días hábiles aporte la documentación o alegaciones que estime oportuna en la defensa de sus intereses.
Resolución
Emitido el informe del equipo de valoración de incapacidades, el Instituto Nacional de la Seguridad Social dictará la resolución que corresponda, en el plazo máximo de quince días hábiles a contar desde la aportación de la documentación por las partes interesadas. o desde que finaliza el plazo para aportarlas en el caso de que no lo hagan.
La resolución deberá aclarar lo siguientes aspectos:
- Determinación de la contingencia, común o profesional, de la que derive la situación de incapacidad temporal y si el proceso es o no recaída de otro anterior.
- Efectos que correspondan, en el proceso de incapacidad temporal, como consecuencia de la determinación de la contingencia causante, cuando coincidan en el tiempo dolencias derivadas de distintas contingencias.
- Sujeto responsable de las prestaciones económicas y sanitarias.
La resolución será comunicada al interesado, a la empresa, a la mutua y al servicio público de salud.
En caso de que no exista una resolución, debemos entender que se ha denegado por silencio administrativo y será necesario presentar una demanda.
Favorable, fecha de efectos de la medida
Si la resolución es favorable, se considerará como contingencia profesional desde el inicio de la baja. Eso sí, los efectos económicos de la consideración de contingencia profesional sólo tendrá efectos tres meses antes de la solicitud inicial en vía administrativa de la determinación de contingencias. Así lo ha determinado el Tribunal Supremo en la sentencia de 10 de noviembre de 2022.
En contra del trabajador: impugnación judicial
Si el INSS nos deniega la solicitud de determinación de contingencias, habremos agotado la vía administrativa, por lo que tendremos que obligatoriamente presentar una demanda ante los juzgados de lo social en el plazo de 30 días hábiles, a contar desde el día que nos notifican la resolución.
En esa demanda judicial podemos valernos de cuantas pruebas consideremos necesarias, tales como; testigos, peritos, emails, whatsapp…
Ventajas de consideración de la contingencia profesional
Los requisitos para percibir una pensión deincapacidad temporal o permanente son inferiores en una contingencia profesional en lugar de la contingencia común.
Además, cada una tiene una base reguladora diferente en la nómina (salario de referencia para calcular la cuantía que se percibe por incapacidad temporal o permanente) , y aunque pueden ser iguales, puede que la base de contingencia profesional sea superior (nunca inferior) a la contingencia común, por lo que, lo normal, es que sea más beneficioso para el trabajador una baja profesional que una común.
Por último. el porcentaje a cobrar es más alto en contingencias profesionales durante la incapacidad temporal.
No sólo eso, sino que en caso de que se conceda una incapacidad permanente, normalmente se percibe más pensión en caso de que la incapacidad provenga de una contingencia profesional que común, ya que no existe ningún coeficiente reductor.
¿Cuándo es accidente laboral o enfermedad profesional?
Para saber si tenemos posibilidad de que la baja sea considerada profesional es importante conocer cuando se considera enfermedad profesional o cuando accidente de trabajo.
De manera resumida;
- Enfermedad profesional. (+INFO): El artículo 157 de la Ley General de la Seguridad Social establece que es una enfermedad profesional aquella contraída como consecuencia del trabajo y que esté recogido en el RD 1299/2006. En caso de que no esté en ese listado, se podría considerar como accidente de trabajo, y no se perdería la consideración de contingencia profesional.
- Accidente laboral (+ INFO): El artículo 156 de la LGSS establece que se entiende por accidente de trabajo toda lesión corporal que el trabajador sufra con ocasión o por consecuencia del trabajo que ejecute por cuenta ajena.
Me operaron el dia 4 de septiembre de túnel carpiano y de dedo en gatillo . Trabajo como camarera. Hoy he ido a la mútua y me han dicho que no pueden iniciarme la baja porque mi medico de cabecera ya me la inicio. Mi medico me qualifico baja por enfermedad común, con lo que no estoy de acuredo ya que todo ha sido debido al trabajo.
Que puedo hacer ahora?
Como explico en el artículo, iniciar el procedimiento de determinación de contingencias para que la baja sea considerada como accidente laboral o enfermedad profesional.
Buenas tardes, tengo accidente en el trabajo por trauma en oído derecho debido al trabajo repetitivo (6 meses) utilizando grapadora industrial en cableado, tras haber ido a la mutua en dos ocasiones me califican baja enfermedad común, hago reclamación previa ante el INSS, recibo resolución calificando la baja como accidente de trabajo, pasado diez dias de esta resolución vuelvo a recibir una nueva diciendo que sustituye a la anterior y sigue siendo enfermedad común, puede pasar esto?, porqué han cambiado de criterio.? ahora que es lo que puedo hacer demandar ?
Gracias anticipadas.
No se si el cambio viene motivado por una reclamación empresarial, en cualquier caso, tendrás que impugnar la última resolución que considera como enfermedad común.
Hola muy buenas e tenido un problema en mi trabajo me hice rotura de fibras en un principio si hicieron cargo y al día siguiente no e puesto determinación de contingencias me podías decir lo que tardan en contestar
depende del INSS y de la localidad, pero es habitual que tarden casi un año.
Buenas tardes. El cambio de contingencias en una incapacidad permanente total deriva en la baja o suspensión de la anterior? De enfermedad comun a accidente laboral.
Gracias
El cambio de contingencias no cambia la incapacidad permanente concedida, salvo en lo que respecta a la base reguladora.
Hola, estoy actualmente de baja por la SS por dolor lumbar, diagnosticado con resonancia de hernia discal y varias protusiones discales. Todo esto está tramitado por mi médico de la SS porque me empezó el dolor fuera del trabajo. Pero todo esto se remonta a 6 meses atrás donde comencé con estas dolencias lumbares por manipulación de pesos excesivos en el trabajo y revisado por mutua sin realizar pruebas diagnosticado de contractura lumbar. Me gustaría saber si podría solicitar revisión a la mutua ahora e incluso cambiar las contingencias a enfermedad laboral? Actualmente estoy de baja a la espera de tratamiento por especialista. Gracias
Puedes iniciar el procedimiento de determinación de contingencias, pero en la práctica es complicado que se conceda por dolores lumbares.
Hola, trabajo con menores y uno de ellos me agredió, cogí baja por ansiedad y reclamé contingencia laboral pues la mutua me dijo que al haber solicitado baja a mi médico ya no podían declara mi baja como profesional. Solicité cambio contingencias y hoy recibo que declara mi baja como enfermedad común y no se muy bien lo debo hacer
Si no estás conforme con la resolución, la única opción será presentar una demanda ante los tribunales.
Hola,accidente laboral05/07/2023,baja laboral rotura de menisco,operación mutua laboral el 28/07/2023,reabilitacion el 7/08/2023. Dada de alta el 30/12/2023. Continuo haciendo reabilitacion hasta el 14/02/2024. Incorporó empresa el día 2/01/2024 algo va mal en mi rodilla,dolor,ruidos,pido resonancia 18/01/2024 dudosa re-rotura pero me dicen que es normal k todo esta bien.el día 9/01/2024 la empresa me da de vacaciones de año pasado.el día 6/02/2024 incorporó en el trabajo.el día 13/02/2024 me voy a la mutua con dolor,ruido,inestabilidad,el día 14/02/2024 voy traumatologo que me opero me realiza otra resonancia,dudosa re-rotura,todo es normal y no me da la baja.el día 19/02/2024 no puedo más me Dan la baja el medico de urgencias.el día 22/02/2024 medico de cabezera me renueva baja,me dice que tengo que hacer un cambio de determinación de contingencias,lo hecho.me fuy privado hacerme resonancia,radriografia,electromiograma.hay un trozo libre, cuerno posterior posible rotura radial.nose cuanto tiempo tarda resolución del inss a dar respuesta.medico privado me operan,la seguridad social también me operan.
mi duda es si no tengo aún la respuesta del inss,me puedo operar?
se desvincula la mutua laboral,de la operación accidente laboral,al operarme la seguridad social,o privado.
Mi convenio cobro de nomina es del 100%
Si luego quedo mal,se puede pedir incapacidad,no tengo respuesta de inss,si me opero luego es común o profesional,que diferencias hay
Que pasos tengo que seguir.muchas gracias
En mi opinión, con los datos que me indicas, operarte o no no afectará a que se determine como contingencia profesional. Sobre el plazo de respuesta, depende. Están tardando bastante en responder el INSS.
Hola Alejandro..
Estuve de baja con la mutua desde agosto hasta la primera semana de octubre por qué me doble el dedo y la mutua me cogió… Me hacían la rehabilitación desde el primer día a tope.
Me decían que no tenía nada y cuando pasó un mes y medio me dijeron que era una esguince… Y me dieron el alta, volví a trabajar por qué me dijeron que era el día a día… Pero en una semana ya no podía seguir por qué me dolía todo el brazo, lo cual se lo dije a mi jefa y me hizo un parte de recaida y me volvi a la mutua, cuando llegué me rechazaron y me dijeron que no era de eso qje me fuese a mi medico de cabecera … Fui y mi doctora me dio la baja como enfermedad común a espera de lo que determinara la seguridad social…. Me ha llegado una carta y me sale resolución enfermedad común por una esguince de muñeca… Cuando no es así…
Que debo hacer? Gracias
Si ya has iniciado el procedimiento de determinación de contingencias con una resolución no favorable, tendrás que presentar una demanda.
Buenas tardes. En mayo del año pasado tengo accidente laboral, la mutua no me lo reconoce como tal con lo que cojo baja por SS. En julio, presento declaración de contingencias y hoy, recibo la carta con que el INSS me reconoce accidente laboral. Tengo derecho a cobrar esa diferencia de menos que cobré?Y donde tengo que reclamarlo?o ya es automático?
Muchísimas gracias de antemano.
Reclámaselo a la mutua.
Hola Alejandro, volviéndome loco buscando información sobre estos temas viendo que tienes algunas preguntas y les has contestado esperó puedas resolverme alguna duda.
En unos días hago dos meses de baja que mi médico la valoro desde el primer momento como enfermedad común, cuando desde el primer momento les dije que es a base de estar tres meses aciendo el mismo trabajo con una máquina, y el caso es que hace poco hable con el médico para comentarle que sí ve razonable que esto sea una enfermedad común y me dijo que no pero que sigo en observación, me derivaron a un neurofisiologo que a saber cuando me citan(porque la lesión es muscular puesto que ya me hicieron radiografías), que debería de hacer si aún sigo en observación y no terminan de valorarme la lesión que tenga y sigue pasando el tiempo. Debería buscar un abogado antes de la resolución del neurólogo de la seguridad social, o debería esperarme al momento qué tenga esos resultados. Espero pueda ayudarme y gracias
Es una cuestión que depende del caso concreto y como de necesario esa prueba que está pendiente para intentar acreditar que es una enfermedad laboral. Con el retraso que tiene este procedimiento, puedes iniciarlo ya.
hola Alejandro me me hice una una muy leve quemadura no tenía ni ampolla cocinando en casa. al día siguiente fui a trabajar y manipulando agua caliente que a lo mejor tendría alguna gente de químico se me produ se me producieron quemaduras de segundo grado que incluso me tuvieron que hacer un injerto y la empresa número quiere reconocer como accidente laboral. he solicitado un cambio de contingencias en la seguridad social. qué posibilidades le ves de que la seguridad social me da un cambio de contingencias
En mi opinión, según la normativa, debería ser accidente laboral. En la práctica, a veces no lo conceden.
Si la mutua realizo el proceso de contingencia y la resolución ha sido: «Resuelvo declarar que el proceso…. deriva de accidente no laboral y que la mutua colaboradora… es la responsable del pago de la prestación económico y el Servicio Público de la Salud lo es de la asistencia sanitaria» ¿Qué significa?
Que es contingencia común (accidente no laboral), no accidente laboral.
Buenas! Tuve un accidente laboral y mi mutua me dio el alta para deribarme a mi medica de cabecera al diagnosticarme enfermedad cronica cuand no habia tenido nunca esa enfermedad, presente una solicitud de contingencia laboral con informe de mi doctora pero mi medica de cabecera no me dio la baja porque dice que sino estaba aceptando de que es una enfermedad comun… sigo estando de baja mientras hay la resolucion de la INSS?
No, la médico de cabecera debe de darte la baja.
Hola, actualmente llevo 1 mes de baja y puede ser que este otro más por una lesión de rodilla,la mutua me deribo a las seguridad social, e reclamado para que me deriven a la mutua porque creo que es por enfermedad laboral está lesión,pero creo que mi jefe no pasa más de 2 semanas en lo que me despide y claro hay que tragar por no quedar mal y poder reincorporarme en estar bien.mi pregunta es ¿si me dan de baja y me deriban a la mutua, al estar sin contrato la mutua me cogería o ya no?
Sí, la mutua debería ser responsable si se determina que la contingencia es profesional.
Hola buenas tardes. Determinación de contingencias resolución a favor mío. Tuve un accidente laboral y la mutua me tuvo un mes, y me dio de alta, me presenté a mi médico de cabecera y me dio la baja por contingencias comunes con la consecuencia de cobrar poco y mal, y claro después de un año el INSS me da la razón. Pregunta del millón?. Todos los retrasos de un año q tardó este papeleo, me tienen q abonar el dinero q me falta, desde q se inició este trámite y quien tiene q pagarme? Por cierto la mutua es FREMAP y no es entidad colaboradora de la SS.SS. hoy por hoy sigo de baja después de un año y e vuelto con la mutua, me están haciendo pruebas de todo. Biomecánica del hombro, TAC, R.M, Rx y rehabilitación. Por cierto estoy con psicólogo diagnosticado TRASTORNO ADAPTATIVO CON anciedad y depresión. De mi enfermedad, artrosis crónica degenerativa, condropatia IV grado severa. Etc. Si me vuelven a dar de alta y no sigo bien, puedo volver a coger la baja por la SS.SS, y puedo volver a impugnar?
Los efectos retroactivos de la determinación de contingencias es de 3 meses desde que la presentaste, así que el tiempo que dura la tramitación no te perjudica.
Alejandro, perdona pero si me perjudica. Yo el último mes antes de la baja cobre 2237,81€ en base a esto tendrían q haberme pagado, Y menos el primer mes por accidente laboral q fueron 1327,89€ q tampoco me cuadra, todos los demás meses los cobre muy bajo no llegue ni al mínimo vital. Mes de 31 días 1011,49€, mes de 30 dias 974,53€. Según mi empresa eso es lo q me correspondía. Entonces pregunto perdón por ser pesado. Me tienen q abonar todas las cantidades q me faltan osea de un año entero q estuve así. Gracias por tu tiempo y pasiencia Alejandro.
Me refiero a que no te perjudica por que deben de abonarte todas las cantidades desde que presentaste la reclamación, incluyendo los tres meses anteriores.
Alejandro. Sufrí un accidente de trabajo en fecha 28/09/22, estube de baja por IT derivada por contingencias profesionales desde el día 28/09/22 hasta el día 03/11/22. En fecha 04/21/22, inicio un proceso de IT por contingencias comunes.
Ahora estoy otra vez con la mutua me llamaron y empecé el 29/09/23, y me estan haciendo un montón de pruebas y controles, han ido a mi empresa a investigar cómo fue mi accidente, después de q ellos mismo me han diagnosticado, una contusión fuerte producto de una caída de una escalera la primera vez y luego de un golpe directo en el hombro, patología, artrosis degenerativa de hombro, condropatia IV grado severo, son lesiones permanentes e irreversibles. están buscado pretextos para no abonarme las respectivas cantidades, como ya sabrás la mutua FREMAP echa la ley echa la trampa. Tiene sus propios colaboradores y diagnostican lo q les conviene mala praxis le llaman.
1) En mi caso como les tienen q hacerse cargo de los retrasos de un año, serán capaces de volver a darme de alta pronto Para no pagarme?
2) Aunq tenga una resolución favorable?, es posible esto de q no me paguen y se queden de rositas? Sería legal aún existiendo una resolución?
3) Y si yo sigo mal, puedo volver a cojer la baja por el médico de cabecera y volver a presentar otra determinación de contingencias?. Ahora sí creo q e terminado. Porfa intenta responder lo más claro posible a mis dudas. Y Gracias makina.
Si la resolución es firme y no ha sido impugnada la mutua tiene que cumplirla. Si existe una recaída y llevas más de un año, la baja debería darle el INSS.
Hola,puedo reclamar una determinación de contingencias una vez ya dado de alta médica por la seguridad social? Gracias
Sí, se puede, pero los efectos económicos sólo se retrotraen tres meses.
Buenas tardes Alejandro, en primer lugar, gracias por todo tu contenido, es de mucha utilidad.
Si he presentado solicitud de determinación de contingencia a enfermedad profesional pero ha pasado el plazo para que el INSS me conteste y no he obtenido respuesta, ¿debo esperar a que me contesten para presentar reclamación previa o puedo demandar directamente al pasarse el plazo sin que exista reclamación previa por no existir resolución?
Muchas gracias de antemano.
Pasado el plazo se entiende desestimado por silencio administrativo, por lo que puedes interponer demanda.
Muchísimas gracias Alejandro!
Hola Alejandro , mi consulta : que acciones puedo hacer , al tener un accidente laboral ( caida al enredarse la manguera y tropezar dañando me la mano izquierda) esa noche la empresa me lleva a urgencias me hacen una RX al día siguiente me ve la médica de la empresa auto mutua , la cual ignora a pesar que le repito que el dolor es intenso , me miente en el diagnóstico porque dice que es capaz de ver en RX los tendones , ligamentos etc , y que a trabajar , voy a trabajar y a medida noche me llevan por segunda vez urgencias , me inmovilizan la mano y en el parte de accidente recomiendan realizar una Resonancia a el servicio médico de la empresa , al día siguiente le llevo la documentación y la médica me dice que la urgencia la tendré que pagar yo , que no me atiende , le solicito que me dé por escrito si estoy apto a lo que se niega , le pido que me dé por escrito ya que me manda a trabajar con la mano inmovilizada y con dolor a conducir un camión y se niega , le pido que me realice la resonancia como dice el segundo parte de accidente , se niega a darme la baja y por escrito todo , tengo que acudir al médico de cabecera que me da la baja por it , seguidamente inicio la determinación de contingencia , supervisado por Fremap que me adelanta las resonancias y ecografía en las que sale la lesion de los tendones, edema óseo etc , y a día de hoy llevo + 365 días me han prorrogado 180 y todavía no han resuelto la contingencia , a la médica la grabé , que acciones puedo hacer ???
Interponer demanda de determinación de contingencias si todavía no se ha resuelto y en su caso, reclamar una indemnización de daños y perjuicios contra la mutua si existe una negligencia médica.
Hola. Tengo un esguince en la rodilla derecha que me lo hice trabajando, pero la mutua no me lo considera accidente laboral. Han dicho que aunque me lo hice en el trabajo no es considerado laboral. Y me han mandado al médico de cabecera. Que puedo hacer en este caso porque me lo hice trabajando.
Gracias de antemano.
Como explico en el artículo, iniciar un procedimiento de determinación de contingencias.
Hola,
Soy carpintero, el pasado 23 de junio tuve un accidente en la obra, me hice un corte en el pulgar de la mano izquierda, un corte que llegaba al hueso.
Llamé al jefe para avisarle que tenía que ir a la mutua, se puso como una fiera y me dijo que nada de mutua, que le vendría una inspección de trabajo y no la quería. De todos modos fui al centro de atención primaria y me hicieron un apaño. El jefe me dijo que no pidiera la baja, que me quedara en casa algún día hasta que mejorara.
Dos semanas después no estaba en condiciones de volver a mi puesto de trabajo y entonces me dijo que si, que pidiera la baja, que, por consiguiente me la dieron por enfermedad común y no por accidente laboral. Obviamente al llegar la nómina no había cobrado el 100% que tendría que haber cobrado si hubiera sido por accidente laboral.
Que puedo hacer?
Gracias de antemano,
P.
En caso de contingencias profesionales se cobra como mínimo el 75% de la base desde el día siguiente de la baja, salvo que el convenio indique que se debe cobrar el 100%.
Hola, si una persona lleva ya de baja 16 meses que le dio el médico de cabecera por enfermedad común epicondilitis sin notar mejoría con el tratamiento, el tribunal médico le concedió prórroga ¿después de tanto tiempo se puede pedir un cambio a enfermedad profesional ya que el trabajo que realiza es repetitivo? La mutua le hizo resonancia y vio inflamación, hizo rehabilitación y no funcionó. La seguridad social tardó casi un año en dar cita y al hacer resonancia vio rotura de 3mm en tendón, no ha mejorado ni con rehabilitación ni con infiltración de momento.
Como posibilidad, sí, se puede solicitar.
Buenas tardes, tuve accidente laboral me dieron la baja por la mutua, después de solo 3 meses me dan el alta y no estoy bieN para volver a trabajar. Fui al médico de cabecera y me dio la baja, el médico me recomienda que haga un parte de contingencias, es correcto? Tengo plazos o es mejor impugnar alta de la mutua?
Gracias
Lo más adecuado hubiera sido impugnar el alta médica. El problema es que el INSS revise de oficio ese alta y considere que no es competencia del médico de cabecera.
pero si considera que no es competencia del medico establece que quien me tiene que llevar es la mutua en todo caso yo continuaría de baja?
No, podría dar el alta.
He sido contratado temporalmente por la bolsa de empleo de Correos, hace algo mas de un mes. El viernes 14 de julio de 2023, sufrí un accidente mientras realizaba mi tarea de cartero. El Samur me trasladó al Hospital Ramon y Cajal donde determinaron que todo apuntaba a » un golpe de calor» ya que fue a la hora 13:15 durante el reparto. Sufrí pérdida de conocimiento, me fracturé el maxilar superior con el consiguiente aflojamiento de dientes, fractura de codo sin desplazamiento y contusiones varis en la cara, piernas y brazos. Mi consulta es como debo proceder para tramitar la baja por accidente ya que según los resultados de los estudios realizados tales como TAC, radiografías, etc, los médicos consideran que en principio no puedo trabajar hasta una próxima evaluación dentro de 7 días en el propio Hospital Ramon y Cajal. Debo dirigirme a la mutua con los informes o que pasos debo seguir? Muchas gracias
Hablar con la empresa para acudir a la mutua. En caso de que no te lo consideren, iniciar el procedimiento de determinación de contingencias.
Muchas gracias Alejandro. Justamente ayer, la empresa grabó el parte de accidente y he acudido a urgencias de un centro asistencial de la mutua y me dieron la baja con seguimiento por su parte luego de comprobar fehacientemente que el diagnóstico y tratamiento del hospital Ramon y Cajal era correcto. Para ello me volvieron a hacer pruebas radiológicas y me dieron citas para un nuevo TAC en sus centros asistenciales. Nuevamente muchas gracias
Hola después de un accidente laboral donde me lesionó el hombro hay parte de la empresa y sin embargo la mutua no me lo reconoce y me deriva a la seguridad social, yo inicio una contingencia y la INSS me da la razón y la mutua me abona una parte.
Pero en mi convenio pone qué por accidente laboral cobraré el 100 % qué lo pone la empresa,
En este caso debo reclamar a la empresa el monto restante de lo que aún no se me abona?
Sí, es la empresa la responsable, no la mutua.
Buenas, he iniciado el proceso de cambio de contingencia a través del formulario, pero no me la han reconocido, en los informes de la mutua pone claramente en el historial que mi depresión se debió a motivos laborales.. quizás como no fue un acoso de mínimo 6 meses no han reconocido este cambio, el proceso lo inicie una vez finalizó mi baja médica, han pasado años pero estaba en vigencia, ahora tengo 30 días para reclamar contra esta resolución. A donde debería ir? Puedo perder algo por intentarlo?
Gracias.
Presentar demanda en el juzgado, no pierdes nada por intentarlo. Eso sí, los efectos de la demanda sólo será como máximo 3 meses antes de la solicitud inicial.
me di un fuerte golpe en el codo trabajando pero no fui al médico un par de meses después empeoró y mi jefa me mando a la mutua, me dieron baja por enfermedad comun por no ir en el dia, pedi el cambio de contingencias el 26/08/22 no tengo respuesta y ahora llevo un año de baja y me dicen que tengo que ir a tribunal medico porque es grave y no mejora con los tratamientos. miraba de vez en cuando y ponia en estudio pero ahora ya no me aparece ni en correo que tenia guardado que puedo hacer? guarde el núm de referencia de la solicitud.
Presentaría demanda, al entenderse denegada la solicitud.