¿Qué es el quebranto de moneda?¿Cómo funciona?
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Concepto de quebranto de moneda
El quebranto de moneda es un plus extrasalarial que reciben algunos trabajadores cuando dentro de sus funciones laborales se encuentra las operaciones con dinero en metálico, habitualmente el cobro a clientes.
No lo cobran todos los trabajadores, sino sólo cuando venga establecido en el convenio colectivo o se acuerda en el contrato de trabajo como más adelante detallaremos.
Tiene como objetivo compensar los riesgos y perjuicios derivados de la realización de operaciones con dinero, como pueden ser, entre otros, los errores en cobros y pagos o las pérdidas involuntarias.
Este plus tiene como contraprestación la posibilidad del empresario de descontar del quebranto de moneda los descuadres de caja, siempre y cuando dicho descuadre se haya producido en la caja responsable del trabajador.
¿Cotiza y tributa?
Sí, el importe recibido por este concepto cotiza a la Seguridad Social y tributa a los efectos del IRPF.
Es un concepto extrasalarial, y hasta hace un par de año no cotizaría a la Seguridad Social, pero esa cuestión ha sido modificada.
¿Se tiene en cuenta para la indemnización por despido o fin de contrato?
Es un concepto extrasalarial, y por tanto, no se tiene en cuenta para calcular la indemnización por despido, sea objetivo o improcedente, o para el fin del contrato temporal.
¿Dónde se recoge en el Estatuto de los Trabajadores?
El quebranto de moneda no se regula en el Estatuto de los Trabajadores, sino que se recoge en algunos convenios colectivos.
No obstante, también se podrá pactar de forma individual en el contrato de trabajo. En este caso, no podrá contradecir con lo recogido en el convenio colectivo, sí es que éste también lo regula.
En caso de que se demuestre que se abona con otro fin que el de quebranto de moneda, será considerado como un plus salarial y no tendrá la naturaleza que se indica en esta entrada.
¿Disminuye el plus cuando existe una reducción de jornada o contratos a jornada parcial?
Al ser un plus extrasalarial, no se debe reducir en caso de que la persona trabajadora tenga una reducción de jornada por cuidado de un menor o un familiar o tenga un contrato parcial, salvo que el convenio colectivo indique lo contrario.
Así lo ha determinado el Tribunal Supremo en la sentencia de uno de octubre de 2020: «aunque es cierto que el mayor tiempo de trabajo puede provocar más exposición al riesgo, su importe no está configurado en atención al tiempo de exposición sino al manejo de moneda por tener que llevar la expedición y cobranza de billetes o títulos de transporte a viajeros»
En este mismo sentido se ha pronunciado la Audiencia Nacional el 19 de febrero de 2021: «Si es un concepto no salarial y se identifica como verdadera indemnización, se excluye la consideración legal de salario, por lo que debe incluirse en su importe íntegro, ya que, aunque es cierto que el mayor tiempo de trabajo puede provocar más exposición al riesgo, su importe no está configurado en atención al tiempo de exposición, sino al manejo de moneda».
¿Puede el empresario descontar los descuadres en la caja al trabajador?
La respuesta, depende.
De forma resumida, si existe un comportamiento doloso por parte del trabajador si, siempre podrá hacerlo. Considerando el comportamiento doloso como una actuación intencionada de sustraer dinero de la caja.
Pero si no es un conducta irresponsable, y simplemente es un simple error, sólo se podrá descontar hasta el límite de lo que cobra el trabajador como quebranto de moneda.
Vamos a explicarlo de una forma un poco más detallada.
En primer lugar es importante aclarar que, es el empresario el que arriesga en la relación laboral y no el trabajador. Por lo tanto la regla general es que no se puede transmitir los riesgos de la empresa al trabajador o, en este caso, la pérdida en la caja registradora.
En segundo lugar, es importante revisar la regulación realizada en el convenio colectivo o en el contrato de trabajo para determinar la responsabilidad del trabajador en los descuadres que pudieran existir en la caja.
En principio, siempre que exista el concepto de quebranto de moneda en la nómina, el empresario sólo podrá descontar hasta el límite de dicho concepto en caso de que existan descuadres en la caja.
En este caso, la Sentencia del TSJ de Valladolid de fecha de 19-12-2008 ha determinado que los eventuales descuadres de caja, en tanto en cuanto sean asumidos por el trabajador y efectivamente reintegrados, no constituyen conductas sancionables por sí mismos. Por lo tanto, si existen descuadres y el trabajador los reintegra, no podrá ser sancionado.
Sin embargo, si los descuadres en la caja son derivados de un comportamiento doloso del trabajador, es decir, por un trabajo irresponsable, sí que podría darse el caso de que éste tenga que asumir el quebranto existente, incluso aunque supere lo que percibe por quebranto de moneda.
En caso de que no exista este concepto en la nómina, el empresario es el responsable de asumir los riesgos como también de disfrutar de los beneficios de la empresa.
Por ello, salvo que exista una actuación doloso, no podrá exigirle al trabajador ni descontárselo de la nómina los descuadren que existan en la caja.
Además, en caso de que existan descuadres y sean como consecuencia de un comportamiento grave y culpable del trabajador, sancionar al trabajador incluso con el despido disciplinario.
Conclusión
En suma, el quebranto de moneda se define por:
- Lo perciben aquellos trabajadores que tengan dentro de sus funciones operaciones con dinero y cuando así se recoja en el convenio colectivo o se acuerde de manera individual en el contrato de trabajo.
- El plus cotiza y tributa, pero no se tiene en cuenta para el cálculo de una posible indemnización por despido o fin de contrato.
- Se cobra de manera íntegra, aunque se tenga una reducción de jornada o un contrato a jornada parcial, salvo que el convenio indique otra cosa.
- En el caso de que el trabajador perciba el quebrando de moneda y la caja esté descuadrada, podrán descontarle dicha cuantía al trabajador en la nómina con el límite del plus de quebranto recibido, pero en este caso no podrá ser sancionado, salvo que exista un comportamiento doloso por el trabajador.
Trabajo en un hotel en Madrid, no cobro quebranto de moneda pero en el convenio si que pone que deberiamos cobrarlo. Tras un descuadre de caja, la empresa me quiere sancionar, no pide que devuelva el dinero pero si quieren sancionarme. Es procedente la sancion?
Gracias de antemano y enhorabuena por la pagina, es muy util.
Un saludo
Si existe un comportamiento negligente por tu parte o no adecuado, sí que podría ser motivo de sanción aunque no exista el quebranto de moneda. Si no existe culpabilidad en el descuadro, no se debería sancionar.
Hola Alejandro,
Gracias por tu respuesta, cuando dices culpabilidad dices si es un fallo intencionado? Porque fue un fallo al contar. Procede sancion en este caso?
Un saludo
Intencionado o imprudente.
Graciad por la respuesta, el fallo no fue intencionado, entonces entiendo que no procederia sanción verdad?
Un saludo
Que no sea intencionado no quiere decir que no se pueda considerar que fue imprudente. Si te sancionan impúgnala.
Hola trabajo en una estación de servicio y estoy cobrando quebranto de moneda y ahora mismo estoy de baja tengo que cobrar igualmente el quebranto correspondiente al mes entero o sólo la parte proporcional de los días trabajados y los días que estoy de baja no muchas gracias
En proporción a los días trabajados. Los días de baja cobras según tu base de cotización en la cual ya se incluye el quebranto de moneda.
Buenas, me encuentro con la situación de quebranto de mas de 1000 € por un mal entendido con un compañero y un despiste , la empresa me exige la devolución de esa cantidad. No estamos cobrando nada por quebranto pero en el contrato estipula que si se produce tenemos que devolverlo.
Habría que saber más el contexto, pero en principio, el trabajador no asume los riesgos de la empresa y por lo tanto no tiene que devolver nada.
Se trata de un salón de juego, en el cual se realizan los pagos en efectivo. Uno de los pagos superior a 1400€ se realizo por duplicado. Cuando se produce un pago de elevada cantidad se tiene que pasar llave o tarjeta para eliminarlo. Por malentendido/despiste esa acción no se hizo, en ese momento estaba la otra compañera y sabia del pago. Acabo mi turno de trabajo , abandone el local y poco después esa misma compañera volvió a pagar dicha cantidad. La empresa considera que el único culpable soy yo y me reclama la devolución total del importe. Muchísimas gracias
Reitero lo indicado, a pesar del error, entiendo que el riesgo lo asume la empresa y no los trabajadores.
Llevabamos cobrando el quebranto 13 años y a raiz de la pandemia se empezó a cobrar solo con tarjeta. Ahora ya cobramos en efectivo pero muy poco. Alegando que se maneja poca moneda y en invierno se hacen muy pocos cobros, ya que baja la actividad de alquileres de pistas de deportivas por las clases, nos han quitado el quebranto de moneda que era de 37 €/mes. Es eso posible?
Depende de lo que diga el convenio colectivo o acuerdo en el que se haya establecido el quebranto de moneda.
En el convenio, que es del 2003, solo se indica la cuantia
Si el convenio establece el derecho a percibirlo, no se debería eliminar.
Buenas noches, en mi convenio aparece el quebranto de moneda, el cual cobro religiosamente, pero desde hace un tiempo me obligan a ir al cajero a ingresar el dinero de los cobros del día, con el consecuente riesgo que esto conlleva, es más ni jefe me dijo que estaba obligado porque si no el tendría que llevar todo el dinero de los repartidores y correr el es riesgo. Mi pregunta es, ¿Estamos obligados a ingresar el dinero de la empresa en el cajero?
Un saludo y muchas gracias.
En mi opinión, sí.
Buenas tardes, soy repartidor de BUTANO tengo derecho a cobrar el quebranto de moneda. Ya que cobrando las botellas. Gracias un saludo
Depende de lo que diga el convenio.
Soy empleado de una oficina de Correos, no nos pagan quebranto de moneda, sin embargo me obligan a ponerlo de mi bolsillo con el chantaje de que te abren un expediente disciplinario, por cierto hay cámaras controlando a los trabajadores no a los clientes.
En mi opinión, esos descuentos no serían correctos.
Hola buenas, comento mi caso, he sido repartidor en el Burger King, un día me colaron un billete de 50 que a simple vista no parece falso, estaba muy bien hecho, en teoría se nos tiene que facilitar el bolígrafo para comprobar los billetes, pero no es así (solo hay 2 bolis para 4 cajas y 10 repartidores). Ni en el contrato ni en las nominas figura nada del quebranto de moneda, pero me lo reclaman ahora, que lo page en mano, que terminé el contrato.
No, no tienes que pagarlo. Las pérdidas las asume el empresario, no el trabajador.
Ahora lo retuercen más. Por conducta inapropiada me sancionan 16 días de empleo y sueldo. Anulé un pedido de 1’99 euros, no abrí la caja pero dejé una moneda de dos euros al lado. Eso es lo que dicen. Hay muchos motivos para anular un pedido porque la gente a veces no sabe lo que quiere y vamos de bólido. En resumen: me sancionan por descuadre de más en caja. Tal cual
Si no estás conforme, tendrás que impugnarlo.
Estoy trabajando en una gasolinera, la cual, nos paga quebranto de moneda. Estoy cobrando el salario mínimo de convenio. ¿Debería cobrar algo más por el quebranto de moneda? o ¿Puede ir incluido en ese salario mínimo?.
El que alguien se vaya sin pagar y al final del turno genere un descuadre de caja, ¿Eso es descontable en el quebranto de moneda? Por último! trabajando varias personas en la misma caja, incluso encargado, ¿Pueden repercutir ese quebranto de moneda al final de turno en una sola persona? Incluso…. ¿pueden imponer el quebranto de moneda cuando son varias personas la que manejan la caja?
Graciñas pola resposta!!!!!
El quebranto de moneda es un concepto extrasalarial por lo tanto, no se incluye dentro del SMI. Debes cobrar como mínimo, quebranto más SMI. En mi opinión, no pueden repercutir en una sola persona cuando no existe prueba de su responsabilidad.
Buenas tardes. Estoy trabajando en una tienda de alimentación, llevo una semana y no he firmado contrato (preguntando me dijeron que el contrato se tarda un mes en enviar). Hoy ha habido un pago con tarjeta de 104€, el cual por, el motivo que sea, el datáfono no lo ha admitido, pero salió tiquet de compra como si el pago se hubiese realizado. Al realizar el arqueo he comprobado que faltaban esos 104€ de la caja.
Cobro quebranto de moneda, pero no llega a esa cantidad, ¿legalmente tendría que hacerme cargo yo de poner ese dinero?
Un saludo y gracias de antemano.
En mi opinión, no.
Buenos días,
Trabajando de Auxiliar de Parking se cobra quebranto de moneda?
Trabajamos con dinero.
Gracias
Depende de lo que establezca el convenio colectivo.
Trabajo en un exchange, tenemos el quebranto de moneda de 85€ mensuales, cobramos incentivos por volumen de operaciones (hacer operaciones grandes, cuantas más, mejor) llamado IMO. Es una forma de premiar nuestra negociación y aumentar las operaciones con los clientes. Cuando quebrantamos en positivo o negativo, nos lo quitan. Si tenemos 150€ de IMO y quebrantamos a final de mes 140, no nos quitan 85 únicamente, nos quitan 140 y nos quedamos con 10€ de IMO, El quebranto de moneda lo ponen como plus para llegar al salario mínimo. No tenemos convenio colectivo aunque en reuniones con comité nos propusieron crear uno propio (aunque en los juzgados ya nos dijeron nos corresponde el de banca, el abogado de la empresa dice que no hacemos todas las funciones de un banco y no entramos, aunque hagamos devolución de impuestos a turistas y trabajamos de exchange al mismo tiempo.) Es esto legal?
En mi opinión, no. El quebranto de moneda es extrasalarial, con lo que no se tiene en cuenta para el SMI. No se puede descontar más allá del propio quebranto. Sobre lo del convenio, habría que ver la actividad y lo que dice el convenio de manera precisa.
Hola, trabajo de recepcionista en un taller pero no cobro quebranto y en mis funciones también cobro las reparaciones. Hay un descuadre en la caja de 700€ aprox. Y me exige la empresa firmar un papel donde me comprometo a darles una explicación en 24 horas. Por supuesto me he negado. Ya que no cobro el quebranto, puedo negarme a asumir las funciones de caja??? Gracias de antemano
No puedes negarte a asumir las funciones de caja, pero no te pueden exigir esa cuantía ni descontar de tu salario.
Trabajo en una empresa de máquinas recreativas, al hacer la liquidación si nos falta dinero nos obligan a pagarlo y no tenemos quebranto de moneda, es legal?
No.
Muy buenos días. Trabajo en un hotel desde hace varios años y en repetidas ocasiones hemos tenido la misma discusión… En caso de que un cliente se vaya sin pagar una factura, porque este no pasa por recepción para cancelar su saldo. Los recepcionistas que si están cobrando el quebranto de moneda. ¿Tienen que asumir el pago de esa factura?
Muchas gracias ya de antemano por su tiempo. Un saludo!
En mi opinión, el quebranto de moneda está pensado para descuadres de caja, no para impagos.
Hola. Expongo el caso de una empresa que aplica a sus trabajadores el convenio de «Elaboradores de productos cocinados para su venta a domicilio». que incluye plus de quebranto de moneda.
Este plus se abona a los trabajadores por entrega efectivamente realizada y comprobada.
¿Hay que ir anotando cada mes el número de entregas correctas realizadas para abonar este plus o se puede hacer una media de alguna manera?
Desconozco el convenio, pero al indicar por entrega efectivamente realizada, entiendo que no se puede hacer una media, sino que se tiene que tener algún tipo de registro o modo de contabilizarlo.
Buenos días estoy en súper y en cajas solo 5 días..cobro una bolsa con paquetes de jamón y su tiket pone 25 euros . Luego me dice un jefe que era unjamon entero y que esos 25 euros era de mano de obra x cortarlo y que no cobre el jamón. Ahora me quieren obligar a pagar 95 euros del jamón. Que estaba mal etiquetado y nunca me explicaron como funcionaba .
Al igual que si descuadramos más de 5 euros lo tengo que poner yo de mi bolsillo . Y mi horario es hasta las 22 hrs y salimos siempre o 20 m o 30 m más y ni se paga ni se da en futuros libres.
Tengo la obligación de pagar ese jamón y de poner dinero mío cuando no hay nada firmado y no esta el quebranto de moneda en la nómina ? Gracias
No, no tienes obligación de pagar el jamón.
Hola, trabajo en restauración (aunque mi empresa tiene convenio propio que aunque pida no me proporcionan), cobrando me colaron un billete de 20 euros falso y ahora me obligan a reponerlo de mi bolsillo. No tenemos quebranto de moneda y el boli detector no lo detectó como falso, pero sí que al detenerse a mirarlo se ve claramente que es falso. Puedo negarme a pagarlo?
Gracias
En mi opinión, sí. El riesgo no es del trabajador, y más si pasando el boli no se detecta como falso.
Buenas Alejandro, te cuento mi situación llevo 4 días en una tienda de ropa con un contrato de ayudante de dependienta ( obviamente estoy en periodo de prueba) el tercer día ya me dejaron sola en la tienda y a cargo de la caja (cosa que todavía no controlo bien) Hice una venta que pagaron con tarjeta, en el momento que salió el ticket yo doy por echo que la venta está hecha. Ahora mi jefe dice que tengo que pagar yo de mi bolsillo el importe de la venta (65€) porque no se realizó adecuadamente. Mi pregunta es si solo llevo 4 días en la empresa como se si tengo quebranto de moneda y; al llevar tan poco en la empresa no sería responsabilidad del encargado dejarme al mando de la caja?
No, no tienes que pagarlo. En su caso el quebranto de moneda vendría reflejado en la nómina según lo indicado en el convenio.
Hola,
¿En base a qué cantidad se calcula el quebranto de moneda que puede recibir un trabajador o tranajadora? ¿Es un valor fijo? ¿Variable según salario?
Gracias
Según lo que diga el convenio colectivo.
Buenos dias;
El quebrando de moneda debe pagarse si el trabajador esta de baja por incapcidad temporal? el convenio estable que es una cantidad anual, y esta se prorrogatea en los 12 meses, pero si estoy de baja y no he ido a trabajar durante todo el mes me toca cobrarlo?
Gracias
El quebranto de moneda cotiza a la base de cotización que se utiliza para abonar la baja por incapacidad temporal, así que ya se percibe durante la incapacidad temporal.
Hola, mi jefe me mandó x error una nomina de un compañero en la cual le pagan 67e x quebranto de moneda, el lleva un año en la empresa yo 3, no entiendo xp a mi no me lo pagan, lo puedo reclamar.
Gracias, un saludo
Habría que ver si lo exige el convenio y las funciones que realiza cada uno.
Buenas hubo un problema se entregó a un cliente un producto valorado en 30 euros por uno de 14euros, y me están diciendo q tenemos q pagarlo entre todos eso es legal???y si cobro lo del quebranto de moneda , como aparece en nómina??
Gracias un saludo.
No, el trabajador no debe de ser responsable de ese tipo de cuestiones.
Hola buenos dias, Soy repartidor de telepizza, sabado dia 17/10/2020 Hice un pedido de la cual no era una casa ni nada, fue en un parking, de la cual pidieron un pedido de 35€ con la cual pagaron con un billete de 100€, al recibir el billete no lo note extraño, lo revise bn, cuando llego a la tienda para liquidar mi encargado me dice que el billete es falso, despues de verificarlo bien si que es falso, Mi jefe dice que lo tengo que pagar yo los 100€ y me dijo que podriamos llegar a un acuerdo de la cual me descontaria de 10 en 10 o en 20, cada mes de la nomina hasta que pague los100€, en mi nomina no aparece nada de quebranto de moneda, tambien me comento que nos quitaban 15 centimos por cada pedido, para una ucha segun me dijo el, pero que aun asi tengo que pagarlo yo.
No considero correcto que se pueda descontar ese salario al trabajador.
Buenas. Trabajo como comercial y en ni punto de venta «desaparecieron» unas cajas considerables de dinero. El jefe nos lo hizo pagar entre varios compañeros, descontandolo de nuestros objetivos. No tenemos en la nomina ningun plus ni ningun concepto de quebranto de caja. Me gustaría saber si eso es correcto o no
Un saludo
Hola buenas hace poco se produjo un sinpa en mi trabajo y estaba yo en el turno de guardia, y la caja corría a mi cargo pero yo no me di cuenta ni cuando se fueron, aprovecharon el mínimo despiste y ahora me quieren hacer pagar a mí ese cargo de los que se fueron sin pagar, ¿Donde puedo ver si tengo el quebrantó de moneda y estarían en el derecho de exigirme ese dinero?
Debe de aparecer como concepto en la nómina. En mi opinión, salvo que tengas ese concepto y dentro de los límites del quebranto de moneda, no te pueden descontar el importe del sinpa.
Hola trabajo en un telepizza y no cobro quebranto de moneda, pero me obligan a pagar el descuadre de caja, puedo negarme a pagarlo, y puedo demandar a la empresa por diha politica. Muchas gracias
En mi opinión, la empresa no puede descontarte los descuadres.
Hola, quería preguntar si el importe del quebranto de moneda es un plus fijo o depende de las horas q tienes en contrato? por ejemplo cobra el mismo quebranto un persona q tiñe 15 horas de contrato q el q tiñe 35? gracias
El quebranto de moneda depende de lo que indique el convenio colectivo o lo acordado por las partes, así que depende de lo que indique el convenio.
En mi trabajo nos pagan un plus de inventario ellos dicen que es el quebranto de moneda pero en nómina viene como plus de inventario y si falta dinero. El tema es que nos quitan dinero de ese plus cuando más de una persona toca caja o producto, mi pregunta es, es legal nos podrían quitar el quebranto de moneda de la nómina si nos quejamos
Trabajo de comercial y cobro a los clientes, al hacer el ingreso el banco detecta un posible billete falso.
La empresa dice que lo tengo que abonar.
Es legal?
No tengo plus de quebranto de moneda
En mi opinión no. El riesgo lo asume la empresa no el trabajador.
en mi opinion si no hay quebranto , el empleado no tiene que hacerse cargo y aun teniendolo la empresa tiene que poner los medios para detectar los billetes falsos
Hola buenos días alejandro, como principiante respecto al tema laboral en mi trabajo de repartidor de restaurante me quitan todos los meses unos 7 euros por quebranto de moneda por el echo de trabajar con cambio como se menciona en el blog. Pero lo que no entiendo es por qué me quitan dicho dinero si cada vez que termino el día tengo que devolver el cambio que he recibido y si en el caso que faltase dinero tengo que ponerlo en el momento de mi bolsillo (mi dinero) por lo que el quebranto de moneda no estaría sirviendo para nada. Saludos
No sería correcto, y no estarías obligado a poner dinero de tu bolsillo.
Buenas noches.. revisando mis nóminas .. en el 2006 ganaba por quebranto 99 euros y por plus de asistencia otros 99 euros … hoy en 2019 cobró 79 euros de plus y 90 euros de quebranto .. pueden bajarlo y subirlo a su antojo ??? Muchas gracias
Habría que ver en que momento realizaron la modificación y que dice el convenio para saber si se puede reclamar, ya que la empresa no puede modificarlo.
Buenas noches.
Soy Ana, Administrativo de ITV, en mi centro de trabajo alguien ha robado unos 500 €, y además arrastramos un descuadre de unos 180 €, ahora nuestro gerente quiere que lo pongamos entre las 7 trabajadoras de oficina. No tenemos ningún concepto en nomina por quebranto de moneda. Quisiera saber si existe una norma, aparte de la jurisprudencia que hay mencionada en blog pero que es del 2008, si hay alguna norma legal o jurisprudencia más actualizada para poder argumentar nuestra negativa a ello.
Muchas gracias.
No existe base legal para realizar ese descuento, y de la misma manera desconozco jurisprudencia que lo permita.
Buenas tardes Alejandro, enhorabuena por tu web.
Mi categoría profesional es «Conductor-Repartidor» del Convenio de mayoristas de alimentación. ¿Me corresponde este plus?
Hay clientes que tienen que abonar la entrega en metálico pero igualmente la empresa no me proporciona y/o facilita «cambio». Si estoy obligado a cobrar, ¿no deberían facilitarme alguna cantidad en metálico para poder dar el cambio a los clientes?
Muchas gracias por tu tiempo.
Lamento indicarte que no reviso convenios colectivos por el tiempo que conlleva en las orientaciones que realizo a través del blog. Además, existen demasiados convenios de mayoristas de alimentación, suelen ser provinciales.
Alejandro, este articulo, tal como lo pone arriba del todo, esta actualizado, por lo cual lo suyo seria que en un futuro, todos los articulos actualizado que se diga de alguna manera que se ha actualizado y que sigue como antes.
Gracias, buen trabajo.
Pues yo recuerdo que en la cafetería/restaurante Gasthof nos quitaban los descuadres de la propina. Y de plus, nada de nada. De hecho, incluso me pagaban menos de lo que indicaba la nómina. Es lo que tiene trabajar a los 19 años, que te timan 🙁
No se puede descontar de las propina, y si no lo indica el convenio tampoco se abona ese plus.