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El alta médica en un procedimiento de incapacidad temporal
El punto fundamental en el que tenemos que iniciar este artículo es que no existe un derecho de la persona trabajadora a exigir el alta médica en un proceso de incapacidad temporal.
De la misma manera que la persona trabajadora no decide cuando se inicia un proceso de incapacidad temporal, tampoco establece cuando esta finaliza.
Esto es, el hecho de estar y mantener una baja por incapacidad temporal es una cuestión médica que tiene que decidir el médico del servicio autonómico público de salud, la mutua o el INSS, en función del tiempo que llevemos de baja y la causa de ésta.
Hay que tener en cuenta que si una persona trabajadora que no está capacitado para realizar las funciones de su profesión habitual, puede poner en peligro no sólo su propia salud sino la de sus compañeros o cualquier otra persona ajena a la empresa, por ello no puede exigir el alta médica.
Establecido lo anterior, siempre podemos solicitar el alta voluntaria, y que sea el organismo correspondiente el que analice si debe dar el alta médica o no a la vista de las alegaciones y documentación aportada.
¿A quién tenemos que solicitar el alta médica? ¿Cuál es el procedimiento?
En función de la causa de la baja y el tiempo que llevemos de incapacidad temporal, el responsable de emitir el parte de alta médica será diferente:
- El primer año de baja por incapacidad temporal el responsable depende de la causa de la baja:
- Baja por enfermedad profesional o accidente laboral, tendremos que solicitar el alta a la mutua de accidentes de trabajo.
- Baja por enfermedad común o accidente no laboral, tendremos que solicitar el alta a nuestro médico de cabecera.
- A partir del año de baja y hasta el fin de la incapacidad temporal, el único responsable al que podemos solicitar el alta es al INSS.
Por otro lado, no existe un procedimiento regulado en la legislación para solicitar el alta.
En la práctica, durante el primer año de baja por incapacidad temporal es más fácil solicitar el alta puesto que la persona trabajadora sólo tiene que acudir al médico de cabecera o la mutua y en cualquiera de las revisiones notificar que ya se está curado, o por lo menos ha mejorad de sus limitaciones, para solicitar el alta.
Por su parte, el médico o la mutua no suelen poner muchos problemas para conceder el alta voluntaria, salvo que exista un peligro real para el trabajador o terceros y sea evidente que no puede trabajar.
Sin embargo, es más complicado solicitar el alta al INSS, ya que no existe un contacto directo más allá de las revisiones que se realizan con el equipo de evaluación médica.
Para paliar esta cuestión, el propio INSS ha establecido un procedimiento mediante el cual se puede solicitar la revisión médica cuando exista mejoría para pedir el alta.
A través de este enlace se puede solicitar al INSS el alta médica online si se considera que ha recuperado su capacidad laboral. En cualquier caso, el INSS exige que para que el alta sea estimada se debe acompañar un informe médico que acredite esa mejoría.
¿Me puede perjudicar si luego tengo una recaída?
En teoría, no.
Recordemos que, desde un punto de vista laboral, la recaída es aquella baja que se produce antes de los seis meses después de la fecha de alta.
Si la alta médica se concede, no es por el simple hecho de que la persona trabajadora la haya solicitado, que también puede que influya, sino por el hecho de que el médico correspondiente ya sea del servicio público de salud, mutua o INSS considera que ya se está disponible para trabajar.
En la práctica, puede existir algún médico del servicio público de salud o sobre todo de la mutua que decida no conceder una baja por recaída tras haber concedido el alta a instancias del trabajador.
Estoy de baja dentro de unos días se cumplirá el plazo de los 180 días y aún no me han citado.
Quiero solicitar el alta por mejoría y a los 180 días mi empresa está obligada a liquidarme con todo lo que eso supone.
Hay alguna forma de acelerar el alta?
Gracias
No hay forma de acelerarla, sino de solicitarla como explico en el artículo.
Buenas, llevo un año y 2 meses de baja por operación, ta estoy recuperado a la espera de informes de médico especialista, mi pregunta es, quiero solicitar el alta médica voluntaria en el INSS en la actualidad me paga la mutua. Si la solicito el alta voluntaria puedo cobrar el paro? E lo que encuentro trabajo?
Depende de la causa de extinción de la relación laboral, y de si tienes derecho a paro. Ten en cuenta que durante la baja puedes haber consumido el paro.
Buenas tardes en 3 semanas haré 1 año de baja por una operación y una recuperación que e tenido que hacer. Mi pregunta es. Al pasar el año como puedo pedir el alta cuando esté bien que será en poco más de 1 mes, ? Ya que mi doctora me dijo que ya pasaría al ICAM . Y también quería saber si al pasar al ICAM repercute en algo mis vacaciones y tema de salios y más .
Gracias
Lo explico en el artículo, tienes que presentar un escrito al INSS, o en tu caso, al ICAM. No, no repercute para vacaciones el hecho de que superes el año de IT.
Hola estoy de baja x ansiedad hace 1 mes y ahora estoy mejor y más tranquila puedo pedir la alta voluntaria y buscar un nuevo empleo xq no no quiero volver al antiguo?
Puedes solicitar el alta voluntaria, no exigirlo.
Hola! Estuve de baja por la mutua por un accidente laboral, la mutua me dio el alta pero al no estar bien solicite revisón por el INSS y me dijeron que en unos días me llamará otra vez la mutua y me anularán la baja por SS.Han pasado 3 semanas y no hay noticias de ningún lado.
Que puedo hacer?
Como cogería el alta si el cuento se alarga más de la cuenta. Un saludo!…y gracias!
Tendrás que presentar demanda si quieres impugnar el alta. Ahora mismo, por lo que comentas, tienes el alta médica.
Hola, llevo 4 meses de baja médica por enfermedad común y he pedido el alta voluntaria al médico de cabecera para buscar un trabajo ya que se me acabó el contrato estando de baja y no me renovaron. Cuantos días tengo para anular dicha alta médica y cuántos días tendría que estar de alta para considerarse una recaída si me vuelvo a poner mal?
No existen un plazo para anular el alta médica, podrás solicitar una nueva baja que dependerá del médico de cabecera para que te la conceda, y será recaída si no han pasado más de seis meses.
Hola buenas tardes estoy de baja porque tengo desgaste en la cadera y mi medico de cabecera está de permiso hasta agosto, la doctora que lo sustituye me puede dar el alta si se lo pide la doctora de la mutua, no estando capacitado para mi trabajo que tengo que estar 12h de pie. Gracias
La mutua puede hacer propuestas de alta como aquí explico, y sí, el médico de cabecera puede dar el alta, aunque no debería si no estás capacitado para trabajar.
Muchas gracias por aclararme la duda. Pero el médico que está sustituyendo a mi médico de cabecera el que me quiere dar el alta?
Puede hacerlo.