Tipos de incapacidades permanentes
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Concepto y características de la incapacidad permanente
La incapacidad permanente es la situación en la que se encuentra el trabajador que, después de haber estado sometido a un tratamiento médico normalmente mientras está de baja por incapacidad temporal, no se encuentra apto para trabajar en su profesión habitual o en cualquier otro tipo de profesión. ( Artículo 193.1 de la Ley General de la Seguridad Social)
Existen diferentes grados de incapacidad permanente en función de las limitaciones que tenga la persona trabajadora y si afecta a su profesión habitual o a la mayoría de las profesiones.
En España, el organismo encargado de conceder las incapacidades permanentes es el Instituto Nacional de la Seguridad Social, más conocido por sus siglas INSS.
Para tener derecho a una incapacidad permanente, es necesario cumplir una serie de requisitos:
- Tener una cotización previa mínima antes de solicitar la incapacidad. Esta varía en función del tipo de incapacidad y de la causa que lo generó. Este requisito no es necesario en caso de la incapacidad permanente sea como consecuencia de su profesión, es decir, en caso de accidente laboral o enfermedad profesional.
- Estar de alta o asimilado al alta. Salvo alguna excepción, la incapacidad se ha de solicitar cuando encuentre trabajando, o cuando no lo haga, se encuentre en una situación de asimilado al alta. Si no se está trabajando, se podría solicitar la incapacidad permanente absoluta como explico en este artículo.
- Situación médica de carácter permanente o sin posibilidad de mejora a corto plazo. Existencia de una limitaciones anatómicas o funcionales que sean previsiblemente definitivas o irreversibles.
Estas cuestiones son fundamentales a la hora de determinar si se tiene derecho o no a la incapacidad permanente, y al grado de la misma que determinará el importe de la pensión.
Incapacidad temporal previa a la incapacidad permanente
En casi todos los casos, la declaración de incapacidad permanente, viene precedida de una incapacidad temporal, aunque no es un requisito obligatorio. A modo de ejemplo, Sentencia del Tribunal Supremo de 1 de octubre de 2001 que considero que no es necesario la incapacidad temporal previa.
Lo cierto es que el INSS deniega la incapacidad permanente muchas veces por el simple hecho de que el trabajador no se encuentre de baja por incapacidad temporal.
En cualquier caso, el trabajador puede estar en situación de incapacidad temporal durante un máximo de 545 días, aunque excepcionalmente puede prolongarse hasta un máximo de 180 días más en lo que se conoce como demora de calificación.
Durante todo ese tiempo de incapacidad temporal, en caso de que se considere que no se va a recuperar de las lesiones que padece o estas van a ser permanentes y no le posibiliten trabajar, ya sea la mutua, el INSS o el servicio público de salud podrán iniciar de oficio el expediente de incapacidad permanente, para el caso que no lo hagan, puede hacerlo el trabajador como explicamos en esta entrada.
No obstante, si se está en un periodo de incapacidad temporal lo normal es esperar a que el INSS inicie el expediente de incapacidad temporal antes o al agotar el periodo de incapacidad temporal.
¿Qué se entiende por profesión habitual?
Una cuestión importante para los grados de incapacidad permanente total o parcial es la profesión habitual del trabajador. Ésta puede ser determinante para saber las posibilidades de conseguir una incapacidad permanente.
En cuanto a que se considera profesión habitual, hay que distinguir si la incapacidad viene sobrevenida como consecuencia de un accidente (laboral o no) o enfermedad (común o profesional):
- En caso de accidente, se considerará por profesión habitual la desempeñada normalmente por el trabajador al tiempo de sufrir el accidente.
- En los casos de enfermedad (común o profesional), es aquella a la que el trabajador dedicaba su actividad fundamental, durante el período de 12 meses anteriores a la fecha en que se hubiese iniciado la incapacidad temporal de la que se derive la incapacidad permanente.
Grados de incapacidad permanente
La incapacidad permanente, independientemente de si proviene de un accidente laboral o enfermedad, se clasificará en función de las limitaciones del trabajador para encontrar un empleo en los siguientes grados:
Incapacidad permanente parcial para la profesión habitual
Es aquella que, sin alcanzar el grado de total, ocasiona al trabajador una disminución no inferior al 33% de su rendimiento normal para su profesión habitual, pero sin impedirle realizar las tareas fundamentales de la misma.
Es decir, su incapacidad le permite realizar las principales funciones de su trabajo pero con un rendimiento más bajo del normal.
El trabajador tiene derecho a una cantidad a tanto alzado equivalente a 24 mensualidades de la base reguladora que haya servido para determinar la prestación económica por incapacidad temporal de la que se deriva la incapacidad permanente.
Incapacidad permanente total para la profesión habitual
La incapacidad permanente que impide al trabajador la realización de todas o las fundamentales tareas de su profesión habitual, pero no para otra profesión.
Es decir, la incapacidad no permite realizar su profesión habitual pero sí otras. Por ejemplo el caso de un operario de grúa que pierde la funcionalidad total de una mano.
El trabajador tiene derecho a una pensión vitalicia que se calcula aplicando un porcentaje del 55% a la base reguladora. La base reguladora es diferente en caso de una incapacidad permanente derivada de contingencias profesionales o una incapacidad por contingencias comunes.
Incapacidad permanente total cualificada para la profesión habitual
En realidad, es la misma incapacidad permanente que explicada en el apartado anterior, pero que en lugar de cobrar el 55% de la base se percibe el 75% de la misma.
Este aumento del 20% se produce cuando la persona trabajadora supere los 55 años de edad y no se trabaje. Este aumento no es automático, sino que tendrá que solicitarlo el trabajador.
Por lo tanto, si no se trabaja, a partir de los 55 años siempre se cobrará el 75% de la base cuando se tiene una incapacidad permanente total.
Si quieres más información te recomiendo el artículo.
Incapacidad permanente absoluta para todo trabajo
Es aquella que inhabilita por completo al trabajador para toda profesión u oficio. El trabajador tiene derecho a una pensión vitalicia del 100% de la base reguladora.
Como en la incapacidad permanente total la base reguladora es diferente en función de la contingencia común o profesional.
Gran invalidez
El trabajador afecto de Gran Invalidez, no sólo esta incapacitado para el trabajo, sino que debido a perdidas anatómicas o funcionales necesita la asistencia de otra persona para los actos más esenciales de la vida, tales como comer, vestirse o moverse.
El trabajador tiene derecho a una pensión vitalicia del 100% de la base reguladora. Esta cuantía puede incrementarse con un complemento destinado a que el inválido pueda remunerar a la persona que le atienda.
Como en la incapacidad permanente total la base reguladora es diferente en función de la contingencia común o profesional.
¿Una vez concedida la incapacidad permanente me la pueden quitar?
Sí, las incapacidades permanentes se pueden revisar anualmente, ya sea para quitarlas o para aumentar el grado de incapacidad.
De hecho, la empresa tiene la obligación de reservar el puesto de trabajo durante al menos dos años desde el momento de la concesión de la incapacidad permanente cuando así lo indica el INSS si considera que va a existir mejoría.
Si finalmente nos quitan la incapacidad, se tendrá derecho a un subsidio correspondiente al 80% del IPREM, 451,92 euros en 2021.
Si quieres más información sobre la revisión de la incapacidad te recomiendo este artículo.
¿Puedo trabajar con una incapacidad permanente?
Depende del grado concedido.
Nunca habría problema si se concede una incapacidad permanente parcial.
Con una incapacidad permanente total, absoluta o gran invalidez se puede trabajar siempre que el trabajo sea compatible con las lesiones, siendo más sencillo que esto ocurra en el caso de una incapacidad permanente total.
En el caso de una incapacidad total, se puede trabajar en cualquier otra profesión, compatible con las dolencias que tenemos. Esta compatibilidad permitirá cobrar el salario y la pensión de incapacidad permanente total. Eso sí, no se permitirá aumentar el 20% de la base a la que se tiene derecho a partir de los 55 años.
Por otro lado, en el caso de la incapacidad permanente absoluta o gran invalidez es más complicado que se pueda trabajar, pero como explicamos en este artículo, la jurisprudencia lo ha permitido.
buenas tardes
si el INSS te otorga una invalidez permanente ,puedes elegir no aceptarla y seguir trabajando ?
No, no puedes rechazarla. Puedes impugnarla por considerar que no es adecuada.
Soy Julián y tengo otra duda, llevo ya 400 días de baja temporal.Yame han dicho, todos los médicos que he consultado, que no hay recuperación posible. Todo es por un derrame. Estoy cobrando tan solo 460€ porque ya he agotado la prestación. Mi situación familiar es muy penosa, incluso he tenido que vender mi casa. Se podría adelantar algo la visita al tribunal o solo me queda esperar? Es cierto que pueden tenerme sin pasar por el tribunal más de dos años? Muchísimas gracias por la ayuda.. Es agobiante esta situación.
Puedes solicitar tu la incapacidad permanente
Hola, mi nombre es Julian, y mi pregunta es la siguiente: hace mas de un año que sufrí una hemorragia subaracnoidea y me haquedado una secuela de inestabilidad enorme. Yo he sido conductor profesional toda mi vida.
Esta situación me cogio cobrando el paro. Después de un año, como he dicho anteriormente, me han prorrogado la incapacidad temporal. pero desde que salí de la UCI ya me dijeron los médicos que no volvería a trabajar.Que pasos debo de seguir ahora,? me espero al INNSS o tengo que realizar yo algún tramite?
Si estás de baja por incapacidad temporal, lo normal es esperar a que el INSS sea el que inicie el expediente de incapacidad permanente, pero puedes iniciarlo tu.
Muchísimas gracias. Sabría decirme, cuanto suele tardar, en condiciones normales, en concluir todo el proceso hasta la incapacidad permanente?
Si se la concede el INSS, normalmente la concede cuando se superan el año y medio de baja, o cuando se superan los dos años. Si en vía administrativa no se concede y se tiene que demandar, los plazos difieren mucho de los juzgados.
Hola. Tengo una pensión por incapacidad permanente total. También tengo reconocido un grado de discapacidad tipo 4 del 65%. He leído en vuestra web que en mi situación personal si tienes un grado de discapacidad tipo 5 igual o superior al 75%, tengo la opción de aumentar el importe de mi pensión por incapacidad permanente total. Es así? Gracias por anticipado.
Hola. Soy Cristina, tengo 53 años y estoy en paro cobrando una ayuda 460€ (RAI). Me operaron en 2017, artrodesis lumbar L4, L5. En ese momento estaba trabajando. A los 18 meses, el inns me denego la incapacidad parcial y tuve que volver al trabajo. Al mes, me despidieron, a los 3 años encontré trabajo y en diciembre de 2021 me volvieron a despedir.
La artrodesis fué debida a una artrosis degenerativa. Ahora mismo tengo afectada la L6. Rotura de labrum en la cabeza del femur izquierdo. Cervicoartrosis en C5 y C7. Y en febrero de 2022 me han diagnosticado fibromialgia. He solicitado la incapacidad permanente y por supuesto me la han denegado. ¿qué puedo hacer? Muchas gracias!
Si en vía administrativa te lo han denegado, la única solución será presentar una demanda.
Hola, mi consulta es la siguiente, voy a cumplir un año de incapacidad temporal por un ictus derivado de una cardiopatía, las secuelas que tengo son en el lado izquierdo en cuanto a sensibilidad y movilidad, leves pero que me impedirían desarrollar mi trabajo habitual de cocinero, esto me pasó estando en paro. Me dieron de alta de rehabilitación y ya hace tiempo que no noto más mejoría, mi voluntad es trabajar de otra cosa pero que se reconozca mi incapacidad laboral, ya que mi situación es muy precaria estando de baja, ¿podrían prorrogarme la baja sin haber perspectivas de mejora?
Si la situación es definitiva y te incapacita para tu puesto de trabajo habitual, deberían de darte la incapacidad permanente, si prorrogan la baja por incapacidad temporal puedes solicitar tu la incapacidad permanente.
Hola Alejandro, mi consulta es la siguiente: Tengo una lexión en las las lumbares, l5 y s1 llamada expondiolistesis y con protusiónes en estado degenerativo , me concedieron una discapacidad del 47% y en la tarjeta de la discapacidad me pone permanente , también me dijeron que con eso ya no tenía que volver a revisarme,pero lo que no se qué tipo de discapacidad permanente tengo , si es total, gran invalidez etc,como lo podría saber? Tengo 49 años y me la concedieron en el 2018 ,con 22 años cotizados y no cobro ni nguna tipo de pensión, gracias.
Lo que tienes es un grado de discapacidad, que no es ninguna incapacidad permanente. Puede ser una incapacidad permanente si el INSS te la concede.
Hola tengo 60 años y41 cotizados y desde enero del 2020 e entrado en quirófano tres veces y cinco cirugías,denervación de muñeca, carpectomia proximal de la muñeca,dos dupuitren(manos)y tres dedos en gatillo .e empezado a cobrar los 180 días después de los 12 meses .
Mi pregunta es si me concederán la discapacidad permanente total y si llegado a lo 65 años puedo acceder a la jubilación en lugar de la paga de incapacidad (seria superior).trabajo de camarero. Gracias anticipadas
Si se tiene un incapacidad permanente, en el momento que se alcanza la edad de jubilación ordinaria se puede optar por la pensión de jubilación generada o continuar con la pensión de incapacidad permanente.
Buenos días, voy a hacer un año de baja por un cáncer y me han pasado al inss, voy a poder volver a trabajar?
Dependerá de si las dolencias médicas le impiden o no trabajar, en cuyo caso le deberían dar una incapacidad permanente.
Buenas noches yo llevo de baja por acidente de trabajo desde el 28 de enero de este año la empresa me despidio el 14 abril y estoy cobrando por pago directo de la mutua yo tenia 3 pagas en mi empresa me las tendria q abonar la mutua es mi pregunta un saludo
No, la mutua te abona el 75% de la base que ya incluye las pagas extras prorrateadas. La parte de pagas extras generadas te las tendría que abonar la empresa en el finquito.
Buenos dias,he agotado los 545 dias de imcapacidad estuve en el tribunal medico y me han mandado este sms me podias explicar que significa muchas gracias INSS INFORMA EN BASE AL ULTIMO RECONOCIMIENTO MÉDICO DE INCAPACIDAD TEMPORAL SE PROPONE INICIO DE EXPEDIENTE DE INCAPACIDAD PERMANENTE. RECIBIRA RESOLUCION
Que se va a estudiar si te van a conceder la incapacidad permanente. Eso no quiere decir que te la vayan a conceder, habrá que esperar.
Buenos días, resumo, el 7 de febrero me opere, por recaída del hombro derecho, de una operación de junio del año anterior. Hasta la fecha no me ha llamado la inspección, suele llamarme mas menos a los tres meses. Mi pregunta es la siguiente, sobre todo con la que esta cayendo.
Si llega el 28 de Junio que hago un año y la inspección no me llama, sigo entregando las bajas correspondientes? se prorroga automáticamente el plazo de los 180 días?
Al pasar un año, la seguridad social controla la baja y te deben de notificar el alta. Hasta que no exista notificación ésta no se hace efectiva en caso de que te den el alta.
Hola. Tengo 56 años. Hace 25 años tuve un accidente de trabajo que me dejó con la columna desviada, actualmente llevo un año sin trabajar (era autónomo en transporte de mercancías) tengo a menudo dolores que no puedo moverme incluso pudiendo llegar a desmayarme. Quisiera saber si podría optar a una invalidez? Y de qué tipo podría ser?
Gracias
Habría que ver si ahora estás en situación de asimilada al alta o no, ya que es una cuestión fundamental para saber las opciones. Por otro lado, habría que saber que dicen los informes médicos, con los datos que me das es complicado hacer una valoración.
Hola, me llamo Antonio soy diabético y he sufrido un desprendimiento de retina por retinopatía me han operado en cuatro ocasiones y he sobrepasado has dos días los 545 de baja, ya estoy recuperado me ha quedado un 30% de visión en ese ojo el otro lo tengo al 100%, nunca me ha visto ningún tribunal, me ha llegado una carta donde viene la documentación para la solicitud de incapacidad permanente.
Por el grado de visión no tengo derecho a ella, a parte que yo quiero empezar a trabajar ya , ¿como puedo solicitar el alta sin que sea voluntaria por si tengo alguna recaída?, ¿a quien debo acudir?, ¿es mejor esperar a que me vea el tribunal?
Ah ok, perfecto bueno yo no tengo problema en pasarte informes médicos, hoy estoy cumpliendo 1 mes de mi última intervención, ya mi médico me envió orden de poder comenzar un nuevo ciclo de rehabilitación porque claro lo ameritó porque con toda la lumbar instrumentada, y el jueves pasado fui a la cita del icam con tribunal médico, y bueno allí me evaluaron me examinaron y el doctor realizado un informe cosa que me dijo que ahora tenía que esperar respuesta, ahora bueno me supongo que tendré que esperar la resolución como han venido haciendo cuando me reconocieron la incapacidad temporal que es ahora como estoy porque ya rebase los dias de baja, claro ya voy a cumplir dos años de baja, yo lo que he hecho es cumplir con todo los llamado que me ha hecho tanto la mutua con la seguridad social
Cuando te llegue la resolución acude a un abogado laboralista y te explique las opciones de impugnación de la resolución.
Buenas noches, mi nombre es Fernanda desde el 20198 empece a presentar problema en la columna «zona lumbar»despues de 4meses en cama total un TAC revela que te go e hernidas, posterior realizan una RM y mi problema es hernias lumbares l3l4, l4l5 y l5s1 me realizan la primera intervención para descomprimir el nervio y retirar solo una hernia por medio de la paroscopia, allí el dolor se fue de inmediato y meenvairon a mi siclo de rehabilitación a pasar solo 3 meses de la primera intervención (1deagosto2019) seguía presentado mucho dolor lumbar y detectan que el nervio sigue pinsado, y deciden suspender la rehabilitación y se toma la desicion de hacerme una infiltración ¡¡¡lo cual cual resultado no fue el esperado ya que presente meningimo, en fin seguir presentándome en mis controles y mi doctor decide realizarme una nueva RM CON CONTRASTE porque la alternativa que me daba era fijar toda zona lumbar y descomprimir el nervio ciático ya que ha estado afectado desde el principio, y bueno también arrojo que se me había formado una fibrosis y cumplo un mes de mi segunda intervención (aunque para mi han sido 3, la primera el 1 de agosto 2018, la infiltracion 15 de marzo 2019 y la 3 10 de diciembre del 2019) fijando l3l4, l4l5 y l5s1 en total 8 tornillos y la descompresion del.nervio, es importante resaltar que mi empresa me despidió al ver que mi recuperación total no marcha, mis preguntas son las siguiente ya llevos dos años de baja y voy para un año fuera de la empresa «SOY COCINERA» y en mi trabajo permanecía facil 12 horas de trabajo de pie, ahora bien ya he ido a mi cita con el icam para la evaluación del tribunal médico? Tengo 35 años soy extranjera y tengo 10 años en pais de los cuales he estado cotizando siempre y tengo la mitad de la zona lumbar instrumentada cabe la posibilidad de una incapacidad? ¿ qué tipo de incapacidad? De momento tengo una incapacidad temporal. Agradecería su información
Es una cuestión más médica que jurídica, habría que ver los informes y desconozco las limitaciones que tienes actualmente con las operaciones realizadas. Por lo que comentas, podrían darte la incapacidad permanente total.
Buenas noches.
Tras estar 545 días en situación de incapacidad temporal, y tras ser evaluado por un tribunal médico, he recibido resolución del INSS la cual propone un inicio de expediente de incapacidad permanente.
Querría saber qué plazo tiene el INSS para emitir resolución DEFINITIVA sobre dicho expediente – es decir conceder ó no finalmente esa incapacidad y en caso afirmativo qué grado-, y sí durante ese plazo tendré que ser de nuevo evaluado por otro equipo médico.
Muchas gracias
Hola llevo dos operaciones de cubito i ahora en septiembre la tercera
En octubre se termina plazo de prórroga de la seguridad social y yo no estaré bien aún porque no hará un mes de la óperacion
Tuve un accidente laboral hace casi tres años soy celador sanitario y un paciente me aplastó el cubito izquierdo al principio la mutua me decía que era un esguince me dieron el alta volví a la mutua me hicieron una resonancia y según el médico de la mutua era artrosis y un médico que controlaba las bajas de la empresa me dijo que no que era aplastamiento de cubito
Primero me hicieron infiltración de células madre no funciono luego le operaron con astrocopia estuve casi cuatro meses de baja y me dieron el alta a los 9 meses volví a la mutua y me hicieron otra resonancia y en septiembre me volvieron a operar me acortaron cubito y me pusieron placa y no ha funcionado y me han hecho cinco ondas de choque y tampoco terminar de funcionar y ahora me han hecho un TAC y según dicen tengo los tornillos de la placa flojos y ahora en septiembre me vuelven a operar para quitar la placa pero ya me han dicho que me quedara dolor crónico y secuelas
Ahora la seguridad social me ha dado plazo hasta el 1 de octubre pero yo estaré en rehabilitación
Puedo pedir una incapacidad absoluta
Otra pregunta para hacer el computo de los días de baja han sumado todas las bajas del accidente es legal hacerlo así
Primera baja 1 mes segunda baja casi 4 meses tercera baja 1 mes y medio y cuarta baja desde finales de septiembre hasta ahora
Tengo 55 años que % me quedaría de paga
Gracias y un saludo
Habría que ver las limitaciones que te genera esas dolencias que te indican. En caso de incapacidad permanente total, el porcentaje era el 75%, y en caso de absoluta sería el 100%. Pero es complicado que te concedan la absoluta.
buenas tardes, me llamo Manuel, mi situación actual es que estoy en pago directo, a través de mutua y me abona el 75% de la base reguladora del mes anterior a la baja, hasta ahí todo normal, pero según el convenio colectivo de mi empresa, en la situación que me encuentro actualmente me corresponde percibir el 100% de mi salario hasta que vuelva a estar en situación de alta, pero me dice la empresa que en pago directo no pueden abonarme una complementaria hasta que no reciba el alta y así abonarme lo atrasado, mi pregunta es la siguiente: ¿me puede abonar la empresa una paga complementaria al margen del pago directo o legalmente es imposible? ¿sigo estando al amparo de mi convenio colectivo o estoy al margen, al llevar 14 meses de baja?
Habría que ver que es lo que dice el convenio, y la causa de estar en pago directo.
Buenas noches, tengo una consulta. Mi padre está de baja por incapacidad temporal por contingencias comunes, es la 4 operación que tiene en el mismo sitio. El médico de la mutua le dijo a mi padre le dijo que seguramente le dieran alguna incapacidad por llevar las 4 operaciones en el mismo sitio, mi duda es, está de baja desde el 24/03/2020, cuando cumpla el año, pasa automáticamente o tendríamos que hacer nosotros algún papeleo? Y por otro lado si nos recomienda que lo lleve un agobado? Porque estamos un poco perdidos con ese tema. Un saludo y muchas gracias.
Cuando pasa el año os notifica el INSS la prórroga, el alta o que se concede una incapacidad permanente.
Hola espero me pueda ayudar le doy las gracias de antemano.
Me llamo Antonio me han concedido invalidez permanente de 75% por enfermedad de corazón.
Mis preguntas son las siguiente: yo puedo trabajar en otro puesto de trabajo al habitual y cobrar la pensión?
En mi invalidez me dicen que tengo que esperar 2años para instar revision por agravamiento o mejoría eso quiere decir que si antes de 2 años hay agravamiento no puedo pedir revisión,?
Tengo 59 años cuando llegue a la edad de jubilación puedo cambiar la pensión de invalidez permanente por la de jubilación? Llegaré en algún momento a cobrar el 100% tanto sea por invalidez permanente o por la jubilación? le doy mi más sincera gracias.
Entiendo que le dan una incapacidad permanente total, y te abonan el 75 % por que te han dado una incapacidad permanente cualificada. En dicho caso sí que puedes trabajar, pero te quitarán el 20%, es decir, si trabajas en algo compatible solo cobrarás el 55%. Cuando alcances la edad de jubilación seguirás percibiendo la pensión de incapacidad, o podrás optar por la pensión de jubilación si es de una cuantía superior. Pero no se sube al 100% al llegar a la edad de jubilación la pensión que actualmente cobras.
Hola buenas noches,tengo una duda hace 18 meses que estoy de baja por aneurisma cerebral,aunque estuve mal ,1mes en coma ,salí del hospital en silla de ruedas y con diplopía,gracias a dios ,estoy bien ,ya hago mi vida normal,lo único q me queda es que él equilibrio en vez de estar a un 100% esta a un 90 o 95% pero eso no me impide hacer nada.
La pregunta es,hace una semana pase él tribunal medico a los 12 meses no.me llamaron y a los 18 pq lo solicite yo,quiero volver a trabajar,y así se los hice saber,lo que no se que tardan en dar contestación,pues yo él mes de mayo no lo cobre ni por mi empresa ni por la ss,no se el tiempo que tarden en contestarme y espero que sea con el alta,si alguien me.pudiera ayudar se los agradezco pues no hago mas q darle vueltas a la cabeza por que tengo miedo que tarden mucho en contestar.
Otra cosa que no entiende es que te dejen de pagar q nadie se haga cargo,yo no tengo la culpa de haber sufrido un derrame ,y ahora querer volver a trabajar
Buenos días Alejandro,
Tras estar de baja 365 días, me mandaron un SMS que decía» el inss informa: se ha concedido prórroga de incapacidad temporal. próximamente recibirá resolución» y lo que pasó es que me dieron 180 días más de baja. Pasados los 545 días me citaron para ir a reconocimiento médico y pasadas 2 semanas del reconocimiento me ha llegado el siguiente mensaje » inss informa en base al último reconocimiento médico de incapacidad temporal se propone inicio de expediente de incapacidad permanente. recibirá resolución» Quería saber ¿qué significa esto? me van a dar una incapacidad permanente o aun pueden denegármela? Muchas gracias.
En principio es que te la van a conceder, pero podrían denegartela, hasta que no tengas la resolución definitiva, la situación no es segura.
Gracias por su página sr Aradas, es la mejor de todas, sus contestaciones son claras y entendibles, le he enviado la mía en otro sms, espero me conteste. Gracias de antemano.
Buenas noches Alejandro yo estoy de baja desde 1 de junio por ansiedad y depresión ahora el1 de junio hace un año mi médico y mi psiquiatra me dice que tranquila que no me darán la alta me darán meses más yo realmente no estoy bien estoy con muchos medicamentos tengo ataques de ansiedad buena parte por culpa de mi jefa y del trabajo ahora pregunto después de los 6 meses que pasará no me siento preparada para enfrentar el mundo que pasará me dará de alta
O te dan una incapacidad, o te dan el alta. Excepcionalmente pueden darte una prórroga más.
Buenas Alejandro
Necesitaría comentarte una duda. Mi madre lleva 20 años en paro (ha estado siempre apuntada) y se está planteando pedir la incapacidad parcial para poder encontrar un empleo ahora y cubrir unos años de cotización que le faltan. Ha tenido varios problemas óseos en las piernas y brazos y lleva una prótesis en el cuello. Sin embargo, como no está en situación de alta en la Seguridad Social en un empleo concreto, no sabemos si puede iniciar el trámite ni cómo hacerlo. ¿Sería posible? ¿Por dónde tendríamos que empezar?
Muchas gracias por tu tiempo
Si siempre ha estado apuntada en el paro, excepcionalmente podría pedir la incapacidad absoluta, pero no creo que se la concedan, además de que habría que ver si tiene el tiempo cotizado suficiente. Supongo que en su caso lo que necesitas, y no se si es lo que estás indicando, es una porcentaje de discapacidad, y eso lo gestionan las comunidades autónomas, y pueden darla trabajes o no, y facilitará las cosas para encontrar un empleo.
Muchísimas gracias Alejandro, ha sido de gran ayuda.
Efectivamente, lo que pretendíamos era conseguir una incapacidad parcial para que pudiese acceder a algún empleo. Ya veo que se puede, así que seguiremos indagando
Pero eso no es una incapacidad parcial, sino conseguir el porcentaje de discapacidad superior al 33%
Hola, me opere de un ganglio y a raíz de la operación me salió una parálisis facial, me detectaron hidrocefalia que puede ser de nacimiento y Neurosarcoidosis y estoy con una prórroga de 6 meses del INNS que se me cumple en Abril, pero debido a los corticoides he perdido masa muscular y no me acaban de mandar pruebas y consultas de gloucoma, Neuro, etc. Tengo en Mayo para Rehabilitación y se me cumple en Abril la prórroga. En estos casos que hace el INNS. Muchas gracias.
Si consideras que no estás apto para trabajar y el INSS no te concede la incapacidad permanente, tendrás que acudir a los tribunales.
Hola Alejandro,a una amiga mia la despidieron de su empresa , se marcho al paro y le concedieron dos años de paro, pues al cabo de muchos meses pues le ha llamado un inspector para inspeccionarla,y le dice el inspector que no se cree que la despidieran sin llegar a un arreglo empresa y trabajador,tambien le dice el inspector que por que no recibio la indennizacion de la empresa,ella le respondio que no sabia nada de esa indemnizacion que si queria que ella iria a la empresa a pedir la indemnizacion por despido, el inspector le comento que se habia pasado el plazo para reclamarlo,pues ahora le piden que devuelva todo el dinero que a cobrado,yo le digo que haga una reclamacion porque igualmente pudiera estar en peligro su jubilacion al no presentar la reclamacion. muchas gracias.
No afecta a la jubilación, peo si que puede afectar a la prestación por desempleo. Tendrá que impugnar el acta de infracción si no está conforme.
Hola de nuevo, sigo esperando la resolucion por parte del INSS, el SGAM propuso incapacidad permanente, pero aun no tengo resolucion.
Tengo una pregunta nueva.
He leido, que la pension de incapacidad, al cumplir los 65 años, pasa a llamarse pension de jubilacion, pero que no varia la cuantia.
Con lo cual si la cuantia de la pension que me corresponderia por jubilacion fuera superior, a la que corresponda por incapacidad, me quedaria recibiendo el dinero que ya recibia, pero con otro nombre. Con lo cual perderia dinero. ¿es asi?
No se si me he explicado bien.
Posiblemente, a mi me concedan la incapacidad permanente total, tengo 59 años. seria el 55% + (si me lo conceden) 20% por mayor de 55 años.
¿Que pension me quedaria al jubilarme con 65 años, el 100%, el 55%+20% ó el 55%?
He cotizado 42 años.
Como lo ve usted.
Gracias de nuevo.
Al llegar a la edad de jubilación puede optar por la pensión de jubilación si es mayor que la pensión que percibe de incapacidad permanente.
Muchas gracias por la rapidez, GRACIAS
Ayer lei esto:
Con la jubilación
Es incompatible la pensión de incapacidad permanente con la jubilación.
Aquí se produce una situación curiosa, y es la siguiente: Cuando un pensionista de incapacidad permanente alcanza los 65 años su pensión pasa a denominarse pensión de jubilación, cobrando lo mismo que viniera percibiendo, solo que se le cambia el nombre a la pensión.
Es decir, que si por ejemplo, el pensionista haciendo el cálculo de lo que podría cobrar por jubilación, le hubiese correspondido una cantidad mucho mayor que lo que está cobrando por invalidez se tiene que aguantar con la pensión que venía cobrando, ya que no se cambia la cuantía como acabo de comentar. Lo que es bastante injusto.
Y lo que significa que no puede elegir la pensión que sea más lucrativa, contraviniendo lo que acabo de comentar antes.
Además, el propio INSS nos aclara que cuando la pensión de IP Absoluta y Gran invalidez pasen a llamarse de jubilación, no se retendrá cantidad alguna en concepto de IRPF (pero sigue siendo injusto, a mi modo de ver)
Claro, me quede muy preocupado, ya que entiendo que me quedaria con la cuantia de la incapacidad total (55%) y no con el 100% de la jubilacion, que en mi caso seria muy superior.
Aprovecho para hacerle otra pregunta. ¿el 20% adicional, por mayor 55 años, me lo pueden denegar?
Gracias de nuevo. Llevo de baja desde junio 2017 y estoy desesperado por la espera.
Saludos
Antonio
Es incompatible, por lo que se ha de optar por una de ellas. Si tiene más de 55 años le concederán la incapacidad total cualificada.
Hola de nuevo
Hoy me ha llegado un sms, me han aprobado la incapacidad permanente, pero no pone cual, dice que me llegara una carta.
Gracias por sus consejos e informacion
Perfecto. En la resolución le indicarán el grado.
alejandro,soy pedro, muchisimas gracias por la respuesta. un abrazo.
hola alejandro ,tengo una incapacidad permanente total revisable ,el dia 7 de abril del 2019 se cumplen los 2 años y no me han llamado a revision ,la empresa a partir de ese dia ya dejan de guardarme el puesto de trabajo, que pasa si ahora me llaman a revision y me dan el alta,pueden llamarte pasados los dos años? gracias
Sí, te pueden llamar.
alejandro me contestas que si que me pueden llamar,o sea que si me llaman y me dan el alta y me mandan a trabajar,pues donde voy a trabajar si ya se me ha pasado el plazo de los dos años que me tiene que guardar la empresa, pues ya con mis 60 años ya no querran saber nada de mi ,y en otra empresa con 60 años no te cogen. gracias.
En caso de que ya no existiera la reserva del puesto de trabajo, tendrás derecho a cobrar un subsidio. Digo que como posibilidad existe, no que te vayan a sacar la incapacidad. Si no existe mejora, es raro que lo hagan, y si lo hacen, siempre puedes impugnar.
Bnoches tuve una incapacidad permanente ase dies años i tuve que renunciar por una viudedad. Porque no son compatibles estoi mucho peor tengo 58 años i me tengo que operar nuevamente del metacasiono del pie tengo posibilidad que me vuelvan a recomoser i i me den la adsoluta permanente total
buenas tardes yo tengo un problema me han operado de una astrodesis cuboides- 4 metatarsiano y me comunican que me tienen que volver a operar del pie cavo y llevo en abril dos años de baja ya por el inss , si me tuviera que volver a operar el inss se haría cargo de seguir cobrando o dejaría de percivir ningún tipò de prestación, yo ahora me esta pagando la mutua mi salario.O al estar en espera de operación se harian cargo .
muchas gracias
Seguramente te darán una incapacidad permanente total revisable.
Pero dejaría de.cobrar o siguen haciéndose cargo el.inss y en mi empresa tendría algún problema .
Muchas gracias
Si te dan una incapacidad cobrarías el 55% de la base.
Hola buenas noches, estoy de baja por enfermedad comun artrosis en manos y me impide trabajar en mi profesión, mi consulta es si pasado el tribunal medico por incapacidad permanente para mi oficio y la empresa decide prescindir de mi,tengo derecho a finiquito llevo 10 años en la empresa gracias.
Un saludo cordial de Manuel
Si la relación laboral se extinguir por concesión de una incapacidad permanente, no se tiene derecho a indemnización salvo que lo diga el convenio. Si no existe esa reconocimiento de incapacidad permanente, habría que ver la causa que alega la empresa para la extinción, en principio si.
Mil gracias por todo Don ALEJANDRO.
Buenas tardes. Espero tener suerte y pueda responderme. Hace 15 días mi esposo sufrió un accidente laboral. Le amputaron el brazo derecho, por debajo del codo, el tercer y cuarto dedo del pie izquierdo (también amputados), daño medular a la altura lumbar (todavía por confirmar el grado) y posibles daños en la vista y posibles daños neurológicos. Por ahora la empresa cubre los gatos. Pero no sé qué hacer. Cuáles son las medidas preventivas que tengo que tomar para que la empresa no quiera evadir sus resposabilidades? Sé de casos en los cuales, los empresarios se han lavado las manos. Él llevaba trabajando en esta empresa recién 6 meses. Nosotros sabemos que es resposabilidad de la empresa (espero que no quieran negarlo). También sabemos que han despedido al jefe de grupo osea al que dió la orden de la maniobra.
* Qué es lo que debemos exigir. Es decir cuales son los derechos de mi esposo por los daños causados?
* Qué debo hacer? esperar a que ellos digan algo mientras sabemos cómo quedará mi esposo? (hasta dentro de 6 meses o más pueden seguir saliendo las secuelas)
* y qué pasa si la empresa por lo que sea se declara en quiebra? cuál sería nuestra situación pues por lo que leo tiene que ser la empresa la que se haga cargo de pagarle la jubilación por incapacidad laboral.
Quedaré eternamente agradecida por tu respuesta.
Supongo que le concederán una incapacidad permanente, y son varios los casos a reclamar en este tipo de cuestiones. En primer lugar, la incapacidad permaneten, en segundo lugar una indemnización por el accidente de trabajo, y ver si el convenio recoge algún tipo de seguro y, por último, un recargo de prestaciones. Es la seguridad social la que paga la incapacidad, pero el recargo de prestaciones (en el caso de que lo haya) lo paga la empresa. Te recomiendo que acudas a un abogado para que te acompañe en todo el procedimiento. Me encuentre en A Coruña, pero tengo un abogado conocido en Valencia y Madrid.
Millón de gracias por contestarme tan rápido.
Supongo que todos los trámites se harán en Cataluña, puesto que allí es donde ha ocurrido el accidente. Aunque la empresa es de Sevilla.
Si, en el lugar de trabajo o donde se encuentre el centro de trabajo.
Hola, Primero de todo, agradecerle su trabajo en esta pagina, es de gran ayuda, sobretodo moral, ya que voy perdido y leyendo sus respuestas se recibe mucha informacion.
Gracias.
No habia oido hablar nunca de la incapacidad permamente parcial. Ahora me vence los 365+180 dias de baja, estoy a la espera de que me citen. En mi opinion NO estoy capacitado para mi trabajo habitual, soy maletero de hotel y me han quitado un pulmon, por lo que creo que me daran la incapacidad para el trabajo habitual, pero «puede» que el tribunal medico no opine igual. Pero lo que es una realidad es que solo tengo un pulmon, (su incapacidad le permite realizar las principales funciones de su trabajo pero con un rendimiento más bajo del normal.) ¿Tendria derecho a esa modalidad de incapacidad?¿tengo que solicitarla expresamente o es de directa?
El inicio de un expediente de incapacidad permanente puede ser iniciado a petición de la seguridad social o del propio trabajador, en cualquiera de estos dos casos, cuando te venga denegada, podrás impugnarla judicialmente para conseguir una incapacidad permanente total, o subsidiariamente parcial.
Hola.. Quisiera hacerle ma consulta.. Yo padezco epicondilitis en codo izquierdo.. Tuve prestaciones por un año, m operaron.. Y volvía a trabajar dado de alta y reacomodado.. Antes del año volví a solicitar q me reabran el caso ya que nunca se me fue el dolor.. Mi brazo quedo con menos fuerza.. Me volieron a tomar caso pero solo prestaciones medicas no funeraria, por el contrario seguía trabajando mientras ellos me atendían.. En la sentencia final me informan q no me quedo ninguna incapacidad.. Pero mi brazo no quedo bien.. Que debería hacer?
No se a que te refieres con sentencia final, pero si has agotado la vía administrativa, sólo te queda presentar una demanda ante los tribunales.
Buenos días soy una señora de 54 años operada por enfermedad común de una listesis y llevo cinco operaciones de artrodesis lumbar fallidas sigo en cama con unos dolores horribles tomando morfina y con un andador para desplazarme.
Estoy de baja laboral desde hace 14 meses mi pregunta es cuando acabe los 18 meses si tengo derecho de otros 6 meses o ya directamente me dan una incapacidad, pues yo tengo reconocida una incapacidad permanente total pero no la absoluta y no puedo trabajar de ninguno de los modos. Además tengo una depresión crónica pues esto no hay quien lo aguante el dolor y la incapacidad en la que me han dejado.
Podría informarme si después de los 18 meses puedo solicitar 6 meses y a quién se lo debo de decir y si puedo solicitar la absoluta ya que me han dejado que no puedo trabajar y tengo pendiente otra nueva operación.
Agradezco mucho que usted se preocupe por personas estamos de falta de información y no tenemos los recursos como para ir a abogados.
Excepcionalmente puedes estar más de seis meses, pero depende del INSS. Si puedes solicitar la incapacidad permanente absoluta.
Buenas tardes,
Primeramente darle las gracias por la labor que esta haciendo tan humana ayudando a personas que estamos mal informadas.
Mi pregunta es si depues de los 18meses de baja puedo estar 6 meses mas y a quien se lo debo decir.
Y despues de estos 24meses de baja laboral estando con diacapacidad del 75% y teniendo la total puedo solicitar la absoluta.
Gracias muy sinceramente
No es algo que decide el trabajador, sino que lo hace el INSS si existe una posibilidad de mejora desde una perspectiva médica. Si que se puede solicitar la absoluta.
El 10/07/18 cumplí el año de baja. Me operaron de un tumor y estuve recibiendo 6 ciclos de quimo y ahora me han dejado una medicación de mantenimiento cada tres semanas. Me encuentro bien y puedo realizar mi actividad laboral, (soy educadora en un centro de menores) , por lo que tenia intención de reincorporame al trabajo a la vuelta del verano, ya que mi oncólogo me ha dicho que ya puedo hacerlo. Hace un par de dias recibo resolucion del INS en la que me dan una incapacitacion permanente.
Mi pregunta es la siguiente: lo que yo quiero es coger el alta y trabajar, y volver a mi vida normal, que puedo hacer?
Cuanto dura la incapacidad permanente?
Muchas gracias.
La incapacidad permanente dura el tiempo que se esté sin poder trabajar, son revisables, pero si no se modifica puedes estar así durante el resto de tu vida laboral, con una pensión. No existe un procedimiento como tal para solicitar el alta después de una incapacidad permanente, ya que desde un punto de vista médico te han reconocido que no estás capacitada para el puesto de trabajo. Lo que puedes hacer es solicitar la revisión solicitando el alta (más info).
Buenas! Mi problema es que llevaba año y medio trabajando como recepcionista en una clinica dental,por una enfermedad han tenido que operarme un pie hace 17 meses del cual proceso aún no estoy recuperada sino que ahora tengo molestias en cadera y espalda, en agosto termino prorroga del INSS,que me puede pasar?? todavía no estoy apta para trabajar. Gracias
O te dan la incapacidad permanente o tienes que incorporarte al puesto de trabajo.
Hola.Mi nombre es Pedro tengo dos stent coronarios,hernias discales L4 L5 y sacro me recomienda el cirujano que deja la actividad que tengo y ahora estoy de baja por artrosis en manos,soy autónomo y ahora mismo tengo que tener cerrado por que estoy de baja.Cree que me podrán dar la permanente total para mi trabajo Comunidad de Castilla la Mancha tengo 61 años.
Podría ser, aunque es una cuestión médica más que jurídica.
Hola, buenas tardes, soy policía y esta semana, cumplo un año de baja por operación de mi rodilla izquierda. En principio la operación era una artroscopia por rotura de menisco, pero tras la resonancia magnética, se observa adelgazamiento del cartílago de la superficie de carga. Tras la operación se observa lesión condral GIII, por lo que el médico me aconseja no realizar trabajos de sobrecarga, así como saltar, correr, etc, ya que de lo contrario evolucionaría a un proceso degenerativo articular (artrosis) recomendándome para mi trabajo tareas administrativas preferentemente.
Que puede pasar ahora cuando tenga la revisión médica con el INSS, ya que actualmente aun tengo dolor y no puedo realizar el trabajo de calle como hasta ahora.
Me pueden proponer para una incapacidad, una segunda actividad (tengo 42 años y 20 cotizados).
Que debería hacer?
Gracias
Si no puedes trabajar en tus funciones principales, te deberán dar una incapacidad permanente. Desconozco si la legislación que se te aplica obliga a la administración a darte una segunda actividad en caso de que te concedan tal incapacidad. Habría que revisar la normativa, y si eres policia local o nacional.
Saludos Cordiales Alejandro.
Antes de nada Felicitarle y Agradecerle por su Atención, a las personas que siempre deberían agradecer sus Consejos.
Voy al Asunto.
El pasado 19/01/2018 se me citó en el Sgam de Cataluña, después de estar 18 meses de IT , Incapacidad Temporal.
Llevo 3 operaciones fallidas de abceso perianal.
Según última visita a cirujano, recomendó una RN Resonancia Mágnetica, que aún no se ha realizado, para ver/averiguar por dónde se ha de operar.
Ya han pasado los 10 días en los que me indicarían en que situación quedo.
Qué me podría aconsejar, ya que actualmente continuo con molestias y hay 2 zonas claras de supuración, de lo que los médicos indican que és suero corporal.
Muchas Grácias por su Atención.
Pdtª me operarón las 3 veces de Urgencias, porque se reventaba el abceso perianal, el cúal posiblmente se haya convertido en una fístula.
Si ellos no inician el procedimiento de concesión de una incapacidad permanente, lo solicitaría de oficio, para que cuando te venga denegada acudas a los tribunales.
Saludos Cordiales Alejandro.
He de entender, que no pueden aplicar una ampliación de 6 meses, para que hagan pruebas y operación pendiente ¿?
He de esperar resolución cuántos días más ¿?
Muchas Grácias
Excepcionalmente se podrían prorrogar, pero a ver que decide el INSS.
Muchas Grácias por su Atención.
Pondré en su conocimiento la resolución.
Hola buenas noches, llevo 370 días de baja por enfermedad de crhon y fistula perianal y me vuelven a operar dentro de dos semanas y me an mandado un mensaje de que me an concedido una prórroga, mi pregunta es: si acabo esa prórroga y no estoy bien me tengo que incorporar a trabajar o me pertenece algún tipo de prestación? Gracias.
Si no te dan la incapacidad permanente y te dan el alta, tienes que reincorporarte, sino en principio, no te corresponde prestación, salvo alguna ayuda asistencial de la Comunidad autónoma o localidad en la que residas.
Hola sufri un accidente en el 2012 des pues de cuatro años de intervenciones quirúrgicas y tratamientos de rehabilitación y no notar mejoría alguna el año pasado pase el tribunal medico y me concedieron la total permanente, hoy estoy a la espera de otra intervención para ponerme una prótesis la cual me dicen que con 46 años soy muy joven y que tengo que aguantar todo lo que pueda yo trabajaba en un supermercado , ahora un amigo me ha ofrecido un trabajo descontinuo ocasional para conducir un autobús en trayectos cortos mis preguntas o dudas son ¿Podría realizarlo? ya que eso me supondría unos ingresos extra y con una familia niños en universidad , hipoteca etc.la verdad no vamos muy sobrados , la segunda pregunta al cumplir los 55 podrìa optar por el aumento del 20% y la tercera y ultima en Septiembre tengo una revisión si acepto ese trabajo podrian darme de alta para realizar el trabajo que desempeñaba anteriormente cosa que no podría realizar por estar demasiado tiempo de pie caminando y levantando peso , muchas gracias de antemano un saludo
Habría que revisar si tu trabajo es compatible con tu discapacidad, lo más seguro es que pidas permiso para realizar el trabajo de manera previa, y así la propia administración te confirmará si es o no compatible.
Para saber si tienes derecho al aumento, tendría que revisar tu caso concreto, en todo caso, no pierdes nada por solicitarlo.
El problema es que si te das de alta, después puede que te la vuelvan a dar, y si tienes una discapacidad es bastante probable que dentro de un par de meses, te vuelvas a sentir mal y no puedas trabajar, pero ya no tendrás la prestación.
Acude a la asiste social de tu localidad, ella podrá informarte de ayudas a las que puedas tener acceso.
Hola llevo 14 meses de baja y soy fija discontinuas la empresa cierra ahora por fin de temporada ,Me tienen que dar algo de finiquito o ya no tengo derecho gracias
Si hubo llamamiento, las vacaciones generadas y no disfrutadas.
hola tuve un accidente de trafico itinere en 2016 el cual me despidieron el mismo día dentro del tiempo de prueba.
estoy con la baja y tengo las cervicales con pretensión y hombro izquierdo con disminución de elevación a partir del 70º grados. tengo derecho alguna minusvalía, absoluta permanente no puedo cojer peso y estoy con mareos cuando me levanto del sofá hasta que no pasa unos minutos no se me pasa.
Solicita una incapacidad permanente, su concesión es una cuestión médica y no jurídica.
Buenos días, tuve un accidente de trabajo por un sobre esfuerzo, soy auxiliar de enfermería y cuido una persona con invalidez 100%,me ha dado un crujido la columna y el dolor me coge la dorso lumbar y el sacro,no puedo sentarme, me pilla dolor en la pierna y me dieron la baja por accidentede de trabajo el 20 de agosto,ya hoy es 5 de septiembre y sigo igual, trabajo internamente, que hago si me dan la baja y sigo igual?. Al incorporarme al trabajo tendría que seguir haciendo fuerzas.
Solicita una incapacidad permanente, si te dan el alta médica impugnalo.
SE ha pronunciado el INS sobre mi situación laboral reconociendo en principio una invalidez permanente total revisable.con mi situación laboral están 14 años indefinido a prescindido de mis servicios.¿Tendría que solicitar algún finiquito a la empresa? Un saludo
Si, pero no indemnización salvo que así lo recoja el convenio.
Buenos días!
Estoy operada hace dos años de hernia discal L5-S1 , fue accidente laboral y por mutua. Soy sanitaria y por cojer peso he estado de baja por accidente laboral . Después de un mes con el mismo dolor lumbar irradiado a pierna derecha, la medica de la mutua me da el alta por que me da un cólico nefrítico y dice que eso es mas importante y que tengo que ir a la seguridad social.Mi medica de cabecera dice que no puede darme la baja.La empresa me ha dado unos dias de vacaciones. Evidentemente no estoy de acuerdo puesto que el dolor de espalda y pierna persiste y no puedo realizar mi trabajo. No he puesto reclamación en la mutua pero puedo impugnar la baja vía judicial igualmente?? Cual seria el proceso ?
Puedo solicitar algún grado de discapacidad??
Gracias de antemano.
Puede solicitar alguna incapacidad permanente, pero por una hernia discal es complicada que te lo cocedan, aunque es más una cuestión médica que jurídica. En mi opinión, es necesario agotar la vía administrativa para presentar demanda.
He sido operada varias veces de intestinos con fracaso, estoy a la espera de una operación más agresiva, se me acaba los 24 meses de IT, me han propuesto para Incapacidad permanente, pero yo espero volver a trabajar, no sé que tipo de incapacidad me darán, porque no estoy para hacer nada, solo reposo hasta operación, sería permanente total o parcial, no las entiendo, soy conductor profesional, pero no puedo hacer ningún otro trabajo, me conservarían mi puesto, y si me recupero antes de los dos años, puedo incorporarme. No sé que tanto por ciento cobraría.
Agradecida de antemano
Es una cuestión médica. Pero si te dan una total, no podrás trabajar en tu profesión habitual. No obstante, la resolución puede considerar la mejora en dos años y la empresa deberá reservar el puesto de trabajo. El salario, será el 55% de la base reguladora.
Mi marido acaba de cumplir 65 años y se debería jubilar el 2/2/18 pero está de baja por qué se tuvo que someter a 2 cirugías y está a punto de cumplir el año y medio de baja. Le han convocado para pasar el tribunal médico El 1/9. La doctora que le vio la última vez nos dio a entender que más o menos apoyaría lo que nosotros le indicáramos. Mi pregunta es que interesa más que le concedan la incapacidad permanente¿ o el alta que uniendo las vacaciones casi llegaría a la fecha de la jubilación¿. Económicamente la situación variaría poco pero quizá con la incapacidad el día de mañana no tendría más ventajas¿
Existen ciertos beneficios económicos por tener una incapacidad, y el hecho de que se lo concedan no impide que cuando alcance la edad de jubilación solicite la pensión que le corresponde de jubilación en lugar de la que tiene por incapacidad. Así que es mejor que le concedan la incapacidad, y posteriormente que opte por la pensión de jubilación o incapacidad más alta.
Hola hace unos 10 dias estube en el tribunal medico me dijo la doctora que me atendio que me faltaban 29 dias para cumplir los 545 dias que podia estar de baja me dijo que iva a solicitarme una incapacidad permanente mi pregunta es el tramite de la incapacidad permanente empieza cuamdo finalicen los 545 dias o se puede empezar antes?? Gracias
Se puede empezar antes.
Hola , hace exactamente 545 días que tuve un accidente in itinere y estoy pendiente de la resolución del tribunal. Me ha llamado el jefe de personal para hablar con el.¿Me pueden echar del trabajo en estas condiciones?.Mi caso es un poco complicado pq he tenido muchas complicaciones y aun no estoy bien.
Podía explicarme que me puede pasar a partir de ahora?
Es una pregunta muy amplia, las opciones son varias, así como tus posibilidades. Básicamente; podrían echarte -aunque habría que ver la forma y causas que justifican-, concederte una incapacidad o darte el alta médica y tener que volver a trabajar.
Su artículo me ha resultado muy ilustrativo, pero también me ha generado dudas ya que me sorprende que para solicitar una incapacidad permanente haya que haber pasado por una incapacidad temporal, si lo he entendido bien.
– Soy autónomo y estoy cotizando aún cuando hace 2 años me diagnosticaron una enfermedad común que me ha impedido realizar cualquier tipo de actividad desde entonces.
– Necesito la atención de un familiar todos los días.
– He seguido cotizando, en parte por ser autónomo y también porque esperaba una recuperación que no se ha producido.
– No he solicitado la baja médica en ningún momento.
– Tengo más de 55 años.
– Voy a solicitar la incapacidad permanente por gran invalidez, por indicación de mi médico especialista, no por el del Centro de Salud, que, como es obvio, conoce todo mi historial.
Mis dudas: ¿tengo que solicitar la baja médica?, ¿tengo que solicitar la incapacidad temporal, y seguir todo el proceso, para poder pasar a una incapacidad permanente, si es autorizada?
Gracias anticipadas por sus comentarios.
Saludos.
No, no es necesario que se encuentre en incapacidad temporal, sólo que suele ser lo normal.
Hola buenas noches, tengo una invalidez absoluta permanente, con una incapacidad del 65%, estoy obligada a trabajar? llevo desde el 2006 sin trabajar, me pueden llamar para revision?
Me pueden bajar el grado de minusvalia ? Hasta el 2012 me estuvieron haciendo revisiones, y desde entonces no me han lamado.
Buenos dias!
Tengo vacaciones desde ayer, pero estoy de baja hace una semana. Pierdo mis dias de vacaciones?
Gracias
No, las tienes que recuperar más adelante.
Es muy interesante y puede ayudar muchissimo a las personas como yo que busca informaíón completa.