Formas de abandonar el puesto de trabajo
En esta entrada explicaremos las principales formas que tiene el trabajador para abandonar el puesto de trabajo, y cuales te permiten cobrar paro y una indemnización
Índice del artículo
La dimisión, baja voluntaria o abandono del puesto de trabajo
La forma más normal de irse de la empresa cuando el trabajador que no quiera continuar en su puesto de trabajo, es presentar una baja voluntaria o abandonar su puesto de trabajo.
La diferencia entre ambas es que la baja voluntaria implica una dimisión expresa, es decir, el trabajador comunica a la empresa, normalmente por escrito, su intención de extinguir la relación laboral.
Mientras que el abandono del puesto de trabajo es una dimisión tácita, es decir, el trabajador no comunica formalmente que quiere irse de la empresa, sino que se sobreentiende por su comportamiento.
En ambos casos, el trabajador tiene la obligación de comunicar a la empresa con el preaviso que indique el convenio colectivo, o en su defecto lo que sea la costumbre del lugar, entendiendo como tal normalmente 15 días.
Así lo establece el artículo 49 apartado 1 letra d del Estatuto de los trabajadores:
Por dimisión del trabajador, debiendo mediar el preaviso que señalen los convenios colectivos o la costumbre del lugar
Las consecuencias en este caso para el trabajador son:
- No tiene derecho a prestación por desempleo.
- No tiene derecho a una indemnización por extinción de la relación laboral, aunque sí de finiquito. El finiquito refleja las cantidades ya generadas por el trabajador, pero que todavía no han sido abonadas por la empresa, como pueden ser la parte proporcional de las pagas extras, las vacaciones generadas y no disfrutadas, así como los días del mes trabajados en el cual se produce la baja.
Si desea más información le recomiendo este artículo…
Solicitar una excedencia voluntaria
Una alternativa a la dimisión es solicitar una excedencia voluntaria. De hecho, normalmente es mejor solicitar una excedencia que una baja voluntaria como explicamos en este artículo.
El único requisito que debe cumplir el trabajador es tener una antigüedad superior al año, siendo indiferente el tipo de contrato.
Con una excedencia voluntaria, no se extingue la relación laboral, sino que se suspende y, el trabajador, mantiene un derecho preferente de reincorporación para cuando finalice el plazo de excedencia solicitada.
En este sentido, la excedencia se puede solicitar por un periodo mínimo de 4 meses y máximo de 5 años. No existe el derecho a prórroga una vez se indica el tiempo que se quiere disfrutar, salvo que se acuerde con la empresa.
El gran problema de la excedencia surge cuando se solicita la reincorporación como explicamos en este artículo.
Las consecuencias para el trabajador son casi idénticas a las de la dimisión; no existe derecho a desempleo, ni indemnización pero si a finiquito.
Durante la excedencia se puede trabajar, y cobrar el desempleo después de esa nueva relación laboral.
Extinción por cambios realizados por la empresa: con derecho a paro e indemnización (20 días por año trabajado)
Ante determinados cambios realizados de manera unilateral por la empresa, el trabajador puede solicitar la extinción de la relación laboral con derecho a una indemnización de 20 días por año trabajado.
Además, en estos casos se tiene derecho a prestación por desempleo.
Reducción del salario o cambio de jornada o de condiciones laborales
El artículo 41 del Estatuto de los Trabajadores regula la modificación sustancial de las condiciones de trabajo.
Esto es, la posibilidad que tiene la empresa de modificar de manera unilateral las condiciones laborales previamente pactadas tales como, horario, jornada de trabajo, salario, funciones…
Ante estos cambios, el trabajador puede solicitar la extinción de la relación laboral con derecho a una indemnización de 20 días por año trabajado con un máximo de 9 meses de indemnización siempre y cuando la modificación le cause un perjuicio.
Al no existir un plazo específico por la legislación, la jurisprudencia ha considerado que el plazo para solicitar la extinción es de un año.
Cambio de centro de trabajo
En caso de que el empresario decida cambiar el centro de trabajo de forma permanente, o por lo menos que exceda los doce meses en un periodo de tres años, y siempre que este cambio implique un cambio de su residencia, el trabajador tendrá derecho a extinguir la relación laboral con derecho a una indemnización de 20 días con año trabajado y un máximo de doce mensualidades.
Esta posibilidad viene recogida en el artículo 40 del Estatuto de los Trabajadores.
Extinción por incumplimiento grave del empresario: derecho a paro e indemnización (33 días por año trabajado)
En caso de un incumplimiento grave del empresario, el trabajador podrá solicitar la extinción de la relación laboral en virtud del artículo 50 del Estatuto de los Trabajadores.
En este caso, se tiene derecho a la indemnización señalada para el despido improcedente. Huelga decir que también, en este caso, tendrá derecho a prestación por desempleo.
Habrá que valorar cada caso de manera concreta, pero en estos supuestos, siempre será necesario demandar para que sea un juez el que determine si existe o no un incumplimiento grave, aunque en ocasiones se alcanza un acuerdo con la empresa.
Modificaciones sustanciales en las condiciones de trabajo con menoscabo a su dignidad
La jurisprudencia ha declarado que la existencia de esta causa requiere un perjuicio en la dignidad del trabajador, para ello la modificación debe reunir los siguientes requisitos:
- Sustancial: La modificación requiere que sea sustancial, esto es, que altere y transforme los aspectos fundamentales de la relación laboral, lo que dependerá de la importancia cualitativa de la modificación impuesta, su alcance temporal y las eventuales compensaciones pactadas.
- Grave: Afecte a lo esencial de lo pactado y sea de tal índole que, en términos generales frustre las aspiraciones o expectativas legítimas del trabajador.
- Voluntaria. Una conducta por parte del empresario pertinaz y definitiva de incumplimiento de las obligaciones contractuales.
En definitiva, la modificación de las condiciones de trabajado deben de menoscabar la dignidad del trabajador.
El concepto, de dignidad profesional, es un concepto indefinido que ha sido elaborado por la jurisprudencia caso por caso.
No obstante, podemos definirlo como el respeto que el trabajador merece como persona y como profesional ante sus compañeros de trabajo y ante sus jefes, no pudiéndosele situar en una posición en que se provoque un menoscabo innecesario.
La falta de pago o retrasos continuados en el abono del salario pactado
Las dificultades económicas del empresario no constituyen una causas suficiente para justificar, o impedir la resolución del contrato de trabajo por parte del trabajador ante impagos reiterados en el salario.
Con la consideración de que siempre hay que valorar cada caso de forma particular, la jurisprudencia ha venido considerando que el impago de cuatro nóminas es causas suficiente para extinguir la relación laboral por voluntad del trabajador, independientemente de la situación económica de la empresa como se ha comentado anteriormente.
Además, en caso de que se perciba salario en negro de forma continua, también se podrá solicitar la extinción.
Cualquier otro incumplimiento grave de sus obligaciones por parte del empresario
La letra c del citado artículo 50 del estatuto de los trabajadores indica que cualquier otro incumplimiento grave de sus obligaciones por parte del empresario, salvo los supuestos de fuerza mayor será motivo suficiente para extinguir la relación laboral.
En cualquier caso, el incumplimiento debe de ser grave y voluntario.
Por otro lado, la negativa del empresario a reintegrar al trabajador en sus anterior condiciones laborales cuando una sentencia así lo indica es otro incumplimiento del empresario que justifica la extinción de la relación laboral.
Por ejemplo, dentro de este apartado abierto de casos se incluye el acoso laboral.
Hola buenas noches tras unos meses de baja mañana me dan el alta pero no quiero volver al trabajo como he de hacerlo ya que me dicen que no me corresponde finiquito
Si es baja voluntaria no te corresponde indemnización, finiquito puede ser cero, depende de lo que te adeude la empresa, que como mínimo serán las vacaciones generadas. Recuerda que tienes que cumplir el preaviso que indique el convenio y no tendrás derecho a paro.
Hola buenas tardes, hace unos meses me fui de la empresa en la que trabajaba. Les escribí la carta de renuncia con los 15 días legales, les llamé por teléfono para avisarles de que les iba a llegar un correo con esa renuncia y no me contestaron al teléfono durante todo el día. Con el enfado correspondiente les comunicaba que ese día era mi último día de trabajo, me llamaron por teléfono fuera de mi horario laboral y no les contesté.
Sé que no tengo derecho a solicitar la prestación por desempleo, puedo reclamar a la empresa la indemnización por los años que he estado trabajando en la empresa?
No, tendrás derecho al finiquito, esto es, las vacaciones generadas y no disfrutadas, pero no a una indemnización. En todo caso, la empresa también puede reclamarte la ausencia de preaviso según lo indicado en el convenio colectivo.
La empresa para la que trabajo va a cerrar por causas económicas, pero antes de quedarme sin trabajo he buscado otro y mi duda es si puedo hacer una baja voluntaria a este y recibir mi indemnización??
No, si eres baja voluntaria luego no puedes exigir una indemnización si posteriormente existe un cierre o motivo para el despido objetivo.
Buenas tardes. Aunque no tengas derecho a paro por baja voluntaria, lo cotizado se queda reflejado en la vida laboral? Gracias
Sí, queda reflejado. No se pierde lo ya cotizado.
Puede la empresa solicitarme el portátil que utilizo para cambiarlo por uno inferior y usado ?
Si el portátil es de la empresa, es ella la que decide que medios materiales concede a cada trabajador. Sin perjuicio de que el cambio puede ser considerado una modificación sustancial de las condiciones de trabajo.
Buenas tardes, tenía una consulta.
Si tienes un contrato 402 de un año de duración, puedes darte de baja voluntaria sin preaviso?
En el contrato no índica ninguna clausula que incluya el tiempo de preaviso, el convenio establece que es de 15 días, pero tenía entendido que los contratos que no son superiores a un año no es obligatorio el preaviso.
Podrías indicarme las consecuencias de darse de baja voluntaria sin preavisar.
Muchas gracias, un saludo.
Es diferente una baja voluntaria, que siempre tienes que cumplir lo que indique el convenio, que cumplir el contrato y no querer renovar, en cuyo caso si el contrato no supera el año no es necesario preaviso. En caso de no cumplir el preaviso, te lo podrán descontar del finiquito.
Hola.
Soy un trabajador indefinido, y a mi vuelta de mi excedencia mi empresa ya no dispone del servicio en el que yo trabajaba. El dia 2 de agosto me dicen que tengo que ir a la oficina pero no me han mandado la modificación del contrato ni el calendario laboral, ni nada. Dicen que no saben donde me van a recolocar.
Estoy de vacaciones y como lo saben me han citado alli en su sede, sin yo saber horario ni funcion ni nada. Puedo pedir extincion de contrato?. No me tienen que concretar con antelacion en que condiciones vuelvo y cual va a ser mi centro de trabajo?
Muchas gracias
Te lo tienen que concretar, pero la no concreción no permite exigir la extinción de la relación laboral, en mi opinión. Tendrás que esperar a que te digan tus funciones.
Hola. Soy indefinido en una empresa de servicios, y estoy pendiente de un llamamiento de una bolsa de empleo público temporal.
Podría negociar con la empresa de mutuo acuerdo una suspensión del contrato de trabajo (según art 45 E.T.) durante el tiempo que este trabajando en dicha bolsa, reincorporándome con los mismo derechos y puesto que al abandonarlo si así lo pactamos? Si me puedes aclarar un poco el tema, y lo que sería importante tener en cuenta al respecto, te lo agradezco mucho. Un saludo.
Si, puedes pactar una excedencia con reserva de puesto de trabajo.
Hola, he estado en erte hasta el día 1 de julio que me incorporé, puedo dejar el trabajo? Gracias.
Sí, puedes notificar una baja voluntaria cumpliendo el preaviso establecido en el convenio colectivo.
Hola llevo 1 año y medio trabajando en un restaurante con un contrato de 20 h trabajando 40 me quiero ir pues me están pagando últimos meses. A partir del día 20 y aparte me dicen los horarios de un dia para otro siendo imposible hacer nada pues me lo dicen el mismo día o a última hora es una situación insostenible.
Quisiera saber cómo gestionar mi despido para obtener para poder pedir el paro u si tengo derecho a indemnización
La mejor posibilidad de negociar algo es iniciar el procedimiento de extinción en virtud del artículo 50 del Estatuto de los Trabajadores.
Tengo un contrato de fin de obra y me ha salido otro trabajo con mejores condiciones, puedo dejar el otro trabajo sin sanción? Y tengo que avisales? Es que me tengo que incorporar en cinco días.Gracias
Tienes que preavisar con lo que indique el convenio colectivo, aunque tengas un contrato de obra.
Hola buenos días, llevo siete años en una empresa, después de un año de IT me reincorporo aún con problemas de salud. Estoy suspendida de empleo y sueldo durante 20 días. Puedo dimitir estando suspendida? Me conviene hacer coincidir la fecha de mi dimisión con la finalización dela suspensión? Aún estando suspendida me deben pagar las vacaciones que me deben del año pasado? Muchas gracias.
Sí, puedes dimitir estando suspendida de empleo y sueldo. Sí, te tienen que pagar las vacaciones generadas y no disfrutadas.
Hola Alejandro .
Verás , mi caso es el siguiente.
Trabajo en una residencia y te go reconocida la discapacidad al 33%. Me he ido porque aunque estoy contratada como terapeuta , llevo sillas de ruedas y levanto a gente de sillas etc y me ha salido tendiditis en hombros y otros dolores que tengo en el cuerpo ( me están viendo los reumatólogos) .
Tengo una mejora de empleo ya que mi médico me hizo un informe de .i estado de salud y que ese trabajo me estaba perjudicando.
Finalmente me he ido pq me encontraba fatal, cada vez peor . Puedo cobrar paro ?
Si es baja voluntaria, no.
hola buenas estado en una empresa de hostelería tres fines de semana sin dar de alta y me he ido y ahora no me quieren pagar que puedo hacer.gracias
Tendrás que demandar con una reclamación de cantidad. También puedes interponer una denuncia en inspección de trabajo.
Hola,
Mi caso en cuestión es muy diferente a los expuestos aquí.
Yo quiero abandonar mi puesto de trabajo porque tengo una plaga de cucarachas en la trastienda de la joyería. Las he visto salir de debajo de la pila, salir del cuarto de baño, a decenas todas a la vez. Me está suponiendo un terror y angustia cada vez que tengo que venir a trabajar, que entro temblando. Aparte de las pesadillas que estoy teniendo frecuentemente por culpa de esto.
Mi empresa no está haciendo nada al respecto, incluso piensan que exagero todo y mi compañera de trabajo que es la mujer de mi encargado no me apoya en esto.
¿ puedo rescindir de mi contrato, que es indefinido y poder cobrar del paro por este motivo ? Estoy desesperada y atemorizada .
Muchas gracias por atenderme.
Un saludo.
No de manera unilateral. Se podría intentar vía artículo 50 del Estatuto de los Trabajadores.
En el caso de estar en modalidad teletrabajo, dejas la empresa, los activos de la misma (ordenador, teclado, ratón…) ¿Quién tiene que llevarlos a la empresa? Mi empresa me está pidiendo que los lleve a la sede (en otro municipio) un día concreto (sin compensación por el viaje), lógicamente trabajo, otra solución que me dan es que pague yo un mensajero.
Cual sería la manera de proceder correcta, porque yo quiero de devolverlo, pero no que me cueste el dinero a mi.
Gracias
Entiendo que debe de ser la empresa quien corra con los gastos de devolución. ¿Quién fue el que llevo esos materiales al lugar donde teletrabajabas?
Hola! Planteo un caso menos habitual. Mi jefe tiene contratada a una mujer como limpiadora desde hace 5 años al menos y ésta no trabaja en la empresa. Lo hace como un «favor» (devolviendo la mujer cada euro» para cotizar ya que su profesión (prostituta) no está reglada. Como podría denunciar esto? El dinero devuelto por supuesto se utiliza para pagar comisiones en B
Denuncia en inspección de trabajo.
Buenas Alejandro.Te expongo mi caso.
Entro a trabajar en una empresa en 2019 donde se pacta un sueldo entre 2500€/3000€ al mes con todo incluido…Pero me dicen que para que la empresa pueda llegar a esa cantidad…en la nómina no me pueden reflejar eso…pues se les va de su presupuesto los gastos de seguridad social. Yo en esos momentos necesitaba dicho trabajo si o si y no me quedó otra que hacerlo así…
Todo va con «normalidad» haciéndome los pagos de nómina por el Banco y el resto en mano. La cantidad de nómina corresponde al 50%del sueldo pactado….
Bien…cuando el país se declara en estado de alarma nos mandan a todo el mundo al Erte y pasados 2 meses se vuelven a poner en contacto conmigo para rescatarme del erte e incorporarme para el mes de mayo…Y un buen día me citan en persona para aclararme el día de incorporación y de las condiciones laborales y económicas.
Me dicen que me rescatarán al 50% de jornada,aunque debo trabajar unas 10/11 horas…y que mi sueldo a partir de ese momento sería el que viene reflejado en la nómina y que no llega a 1500€/mes …que el resto del dinero no volverá a incrementarse ni un céntimo hasta que pase al menos 2 años y que en ningún caso sería ya la cantidad anterior…
Ante mi asombro con lo escuchado….les digo que como puede ser eso? Que no entiendo nada de lo que me están diciendo y que en esas condiciones yo no estoy de acuerdo para nada…Que lo veo de lo más ilegal y bajuno que he visto en mi vida.
Dicho esto…me contestan que es lo que hay y les respondo que en ese caso me despidan…Me explican que eso es imposible pues deberían devolver el dinero de los ertes al estado y no están dispuestos a eso y que la empresa tiene la Sartén por el mango y que si pudiesen despedirme lo harían en ese mismo momento…incluso amenazaron con hacerlo en cuanto pudieran al estar disconforme.
Desde entonces me dejaron en el olvido en erte y hace 2 semanas…después de 10 meses de erte y penurias en casa…me llaman para decirme que quieren incorporarme de nuevo tal como me dijeron…con la nómina tal cual y que si no me interesa…que firme mi dimisión.
Que me recomiendas o aconsejas que haga?
Muchas gracias
Estudiaría dos posibilidades, o solicitar la extinción por el artículo 50 o impugnar la modificación realizada en virtud del artículo 41 del estatuto de los trabajadores.
Hola discúlpenme pero con la indignacion del relato se me olvidó exponer mis dudas. Lo que me gustaría saber es q puedo hacer si voy a trabajar todos los días pero esta persona ni me da trabajo ni está presente ni disponible para darme órdenes, tampoco puedo justificar q he ido pues no tenemos sistema para fichar. Alguna vez cuando no ha sabido q mandarnos nos ponía a hacer inventario o a limpiar el almacén pero yo soy operario de mantenimiento de instalaciones y esto no está entre mis obligaciones.
Tendré q acabar denunciándolo? Que pasos me recomienda que debo seguir?
Muchas gracias de nuevo
Hola Buenos días, trabajo en una empresa con contrato fijo indefinido y una antigüedad de casi seis años. El caso es q desde septiembre tenemos dificultades para q nos paguen nóminas, con dos meses de retraso e incompletas. En octubre el jefe nos comunicó q quería jubilarse en diciembre y vender la empresa pero q se comprometía a mantener salarios hasta diciembre. En diciembre nos dijo q iba a cerrar pero q no nos iba a pagar finiquitos. Tengo q señalar q la empresa debe a proveedores, salarios y finiquitos a varios trabajadores que acabaron contrato en septiembre. Asimismo la empresa también tiene impagados con cantidades acumuladas a falta de terminar obras x dejadez del propio jefe q no nos da materiales para terminar y poder cobrarlos. En resumen q ya en enero nos encontramos con que ni nos despide, ni nos da carga de trabajo, nos paga cuando y lo que le da la gana. Obviamente seguimos acudiendo al trabajo pero no tenemos nada q hacer y si le enviamos wassap o llamadas para q nos mande a casa no contesta pues tiene el móvil siempre apagado y x las oficinas ni aparece más q en fin de semana cuando sabe q no hay nadie y a puerta cerrada. No sabemos si lo que quiere es q nos vayamos pero tampoco lo entiendo si ya nos ha dicho q no piensa pagar finiquitos ni indemnizaciones q mas le da echarnos y ya. Muchas gracias
Demandar solicitando la extinción en virtud del artículo 50 del Estatuto de los Trabajadores.
Buenas!
Hoy ha sido mi primer día de trabajo, pero todavía no he firmado ningún contrato. Mi problema es que en la entrevista se me informó de unas condiciones tanto a nivel de horario, como de sueldo que no concuerdan con lo que me he encontrado hoy. Teóricamente, mi contrato sería de 39h con un contrato de sustitución por baja de salut, cobrando 14.000€ brutos al año y con un horario de 7 a 15h y se me realizaría una formación. Llegó hoy y mi horario será finalmente de 8 a 15h, contrato de oficina (no sé si de sustitución) de 35h por lo que el sueldo imagino que será menor (no me han informado de cuánto cobraré ni si existe periodo de prueba ni nada) y no se me ha realizado ninguna formación sino que con 4 carpetas he tenido que buscarme la vida. A todo esto, aparezco como alta en la seguridad social pero ni he recibido el sms conforme se me ha dado de alta ni he firmado ningún contrato todavía. ¿Qué derechos me pertenecen? ¿Puedo solicitar que se me dé de baja en la SS y consigo tener derecho a paro?
Espero que podáis ayudarme, no sé muy bien como debo proceder.
Muchas gracias de antemano.
Si la relación laboral ha comenzado y te han dado de alta en la seguridad social, aunque no hayas recibido el SMS, no existe posibilidad de irte cobrando el desempleo. Puedes firmar una baja voluntaria, pero eso no te permite cobrar desempleo.
Hola Alejandro,
Primero que todo agradecer tu rápida respuesta. En este caso, entiendo que si mi primer día era hoy y lo he trabajado, si no quiero seguir en la empresa debería realizar la baja voluntaria. Pero en este caso, en la entrevista se presentaron unas condiciones de trabajo (horarios y sueldo) que no se corresponde con lo que se me ha comunicado verbalmente hoy al llegar. Y sigo sin firmar ningún contrato todavía. ¿Puedo no firmarlo y solicitar la baja o qué opciones se me presentan en este caso?
Gracias y disculpa tanta duda.
Si no se respetan las condiciones laborales, se tiene que reclamar dichas condiciones, pero no es causa para solicitar la extinción de la relación laboral, salvo que se considere modificación sustancial.
Hola Alejandro, mi jefe me ha cambiado el horario de trabajo de 9,30 a 18,30 a uno de 8 a 17 y a mi me perjudica por horas de sueño claro, mi pregunta es si ese cambio se puede considerar sustancial y si puedo rescindir el contrato con derecho a indemnización y paro.
Lo consideraría sustancia, pero habría que ver si te causa un perjuicio o no. Los tribunales cada vez son más restrictivos al respecto.
Hola buenos días,
No sé muy bien a quien acudir o que hacer, si es que puedo hacer algo. He encontrado este blog de casualidad y actualmente tengo una situación delicada en mi trabajo. Si alguien pudiera orientarme pues quedaría enteramente agradecido.
Llevo más de 10 años en una empresa que me contrató expresamente para llevar la contabilidad de dicha empresa y otras sociedades aparte, junto con trabajo de administración. Desde hace un par de años me vi saturado debido a que un compañero se marchó y tuve que encargarme de lo mío más lo de él, ya que decidieron no contratar a nadie más. Pude aguantar un tiempo hasta que enchufaron a un familiar para ayudarme (de ahora en adelante la llamaré «trepa») y yo poder centrarme en tareas menos mecánicas y de mayor responsabilidad. Todo iba más o menos bien hasta marzo de este año en que me hacen ERTE junto con otros muchos compañeros, menos a trepa (aunque yo no me entero hasta dentro de un mes y pico después). Además de yo insistir a mis jefes antes del confinamiento que necesitaba y podía trabajar en remoto porque tenía una serie de gastos (me acababa de comprar una casa de obra nueva). Hasta que yo les doy esa idea no sabían que se podía trabajar en remoto y en cuanto se enteran, deciden a mis espaldas que trepa trabaje en remoto desde su portátil de empresa a mi PC. Los siguientes días de confinamiento me hacen conectarme y trabajar días y horas sueltas para hacer cosas que no sabía hacer trepa (yo no sabía que estaba trabajando, aunque me coordinaba la empresa para no coincidir con trepa, podía pensar que se conectaba para hacer su trabajo). El caso es que en una de las veces que me conecto veo las nóminas y compruebo que trepa estaba trabajando a jornada completa y ya me conectaba mosqueado porque encima me tocaba enseñarle a hacer más cosas de las que yo hacía porque mi jefe me lo decía y la situación se prolongaba (¿qué podía hacer? pensaba que era por la situación). Aún después de entrar en la última fase y empezar el desconfinamiento por junio la gente empezaba a trabajar y yo no pude volver a trabajar hasta agosto, cuando la actividad ya estaba más que iniciada (hostelería). Cuando me incorporo de nuevo y a media jornada sólo, me empiezan a dar un trabajo que nadie quiere hacer de escanear documentos y me hacen firmar un contrato de confidencialidad y cuando quiero ver la contabilidad de la empresa principal, tengo denegado el acceso y no puedo ni siquiera imprimir documentos. Tan sólo puedo acceder al resto de empresas que tienen muy poco movimiento. Además no me piden que haga la mayoría de tareas de responsabilidad e informes financieros que yo hacía. Incluso tengo que seguir enseñándole a trepa (ya a regañadientes). Ahora con el rebrote del COVID me han vuelto a incluir en ERTE con fecha anterior a esta a falta de contestación del SEPE, con lo cual si mañana por ejemplo dan el OK a mi inclusión habría trabajado la semana que debería estar de ERTE.
Mi pregunta es si puedo irme según la info que he leído en el blog en los términos de «Extinción por cambios realizados por la empresa: con derecho a paro e indemnización (20 días por año trabajado)»? porque me han quitado el trabajo y se lo han ido dando a trepa, me han cambiado las tareas para las que fui contratado. Es la manera tan amable que han tenido de agradecerme mi dedicación y preocupación por su empresa más que ellos mismos.
Muchas gracias de antemano y perdón por el rollo.
salud y saludos.
Habría que ver la entidad de los cambios, tal y cómo me comentas, no me extrañaría que la empresa aceptase la extinción si la solicitas.
Hola Alejandro.
Antes que nada agradecerte el blog y el tiempo que nos dedicas
Te explico mi caso: Trabajo como indefinido en un comercio, y hasta hace unos meses estaba a jornada completa, trabajando en turno contínuo. En febrero me bajaron de horas a 34, por cambios de horario y tras el parón del covid, pasamos a trabajar a jornada partida. Estamos tambien trabajando los sabados por la tarde sin ningun tipo de compensacion, y cerrando mas tarde de lo que indica el convenio.
¿Contaría todo esto como un inclumplimiento grave del empresario, y sería suficiente para extinguir la relacion laboral con los 33 dias por año trabajado y el derecho a paro?
Gracias!
Si te refieres a la realización de horas extraordinarias o por encima de la jornada ordinaria, en principio no. Pero puedes presentar demanda, a lo mejor el juez considera lo contrario, o la empresa te ofrece algún tipo de acuerdo.
En realidad en el convenio se especifica que el trabajo los sabados por la tarde estara pagado con 11 euros por cada sabado , y se deberan devolver esas horas. No se hacen ninguna de las dos cosas. Asi mismo se deberian cerrar a las 8:30 como muy tarde (incluso eso bajo previo acuerdo entre empresa y trabajador).
Mi verdadera duda es cuando un incumplimiento es grave
🙂 gracias por tu tiempo
La consideración de un comportamiento «grave» es siempre subjetivo, y lo que puede para que un juez sea para otro no. Existe una reciente sentencia bastante novedosa que explico en este artículo que considero grave el trabajar en negro.
Buenas tardes, si el trabajador decide no acudir a su puesto de trabajo cuando le comunican una modificación sustancial en las condiciones del contrato, puede reclamar después, y tras haber recibido una sanción por no haberse presentado, reclamar salarios?
Gracias.
Si está en plazo, sí puede impugnar la medida.
Buenas tardes:
Me gustaría saber si es posible solicitar una extinción unilateral del contrato por incumplimiento del empresario como si fuera improcedente, los motivos son los siguientes:
1.- incumplimiento constante de las vacaciones pactadas, al tener poco personal todos los años nos las cambian a última hora incluso nos hacen volver estando de vacaciones, lo último fue querer trasladarme 30 días antes de mis vacaciones y perdiendo el periodo que tenía pactado. También se reciben llamadas en vacaciones y días libres.
2.- Nos obligan a ir a cursos, reuniones y revisiones médicas de la empresa en nuestros días libres o vacaciones y sin llevar ningún tipo de abono del tiempo invertido.
3.- En caso de que se nos vaya algún cliente sin pagar nos hacen conminaciones del tipo o le ponéis la denuncia u os lo quito de la nómina.
4.- Los días libres o en vacaciones te llaman para que vayas a trabajar en caso de que algún compañero se ponga malo, no se nos paga ningún plus de disponibilidad.
5.- En el tiempo del estado de alarma a un compañero le hicieron un ERTE y a nosotros nos tuvieron 2 semanas haciendo horas extra.
6.- En nuestro convenio marca que tenemos que trabajar 220 turnos al año y siempre nos deben algún día o incluso una semana que no nos abonan de ninguna manera, ni en días libres ni en horas extra.
Muchas gracias por su tiempo, un saludo.
Lo veo complicado, pero no tienes nada que perder. Además, que puede que la empresa te ofrezca algún acuerdo en el procedimiento.
Hola Alejandro, primero felicitarte por tu Blog.
Apreciaría mucho tu consejo en referencia mi situación que paso a exponer.
Cuando ingresé en mi compañía, yo era residente en Valencia en el momento de firmar el contrato, que figura como localidad de centro de trabajo en Madrid, este dato es muy importante por lo que contaré al final.
Desde mi ingreso en la empresa siempre he estado desplazado en proyectos internacionales. Primero 4 años en un país con viajes de cuatro días a mi ciudad en Valencia cada mes. Luego estuve tres meses en las oficinas de mi empresa en mi ciudad Valencia, hasta el nuevo destino internacional a otro país, hasta el momento actual, por otros tres años. En el último destino las estancias eran más prolongadas, con solo dos desplazamientos al año a Valencia. Me han hecho regresar y de momento me han dicho que me quede en casa, hasta nueva asignación.
Mis preguntas son las siguientes
¿Pueden obligarme a trasladarme a las oficinas de Madrid? ¿Podría negarme y tener derecho a recibir indemnización de 20 días por año trabajado? Y si corresponde indemnización, ¿Puedo reclamar la parte correspondiente a dietas, alojamiento, coche, seguros médicos, etc de los que disfutaba cuando estaba en mi último destino?
Agradeciendo tus comentarios, recibe un cordial saludo
Si modifican el centro de trabajo a Madrid, en mi opinión, sí que se tendría derecho a solicitar la extinción. No se a que te refieres con reclamar la parte correspondiente a dietas, etc. En ese caso habría que ver que es lo que dice el convenio, el acuerdo que alcances y lo que te abonaron.
Hola. Necesito que me aclares una duda. Si no has firmado todavía el contrato de trabajo y en la asesoría te han dado de alta en la Seguridad Social y te ha llegado un sms diciéndote:
TRAMITADA ALTA DE FECHA 20 04 2020 EN LA EMPRESA TAL… .MAS INFORMACION 901502050.TESORERIA GRAL.SEG.SOCIAL
Pero no he enviado el contrato firmado ¿se puede cancelar el alta aunque hayan transcurrido 15 días desde que la asesoría tramitó el alta sin firmar el contrato temporal de trabajo? ¿ figuraría en mi vida laboral aunque no se haya presentado en contrato ? ¿Cuánto tiempo tiene que transcurrir para que un contrato de trabajo quede cancelado o anulado ?. Es que no quiero continuar en la empresa y como hace sólo 15 días que tramitaron el alta pero no he enviado el contrato firmado por el empleador y por mi. Quiero saber si eso sería posible y si también no figuraría en mi vida laboral , que he estado 15 días trabajando en esta empresa o empleador.
Muchas gracias. Saludos.
Si has estado trabajando, aunque no se haya firmado el contrato, no se debe cancelar el alta.
Buenas tardes
Tengo contrato de jornada completa desde hace 7 años y me han notificado esta semana que van a proceder a reducir mi jornada a 20 horas semanales alegando motivos económicos. En el escrito me indican que si no estoy de acuerdo con la reducción de horario puedo solicitar la extinción del contrato en base al artículo 41 del Estatuto de los Trabajadores. ¿Tengo derecho al paro?
Si, si tiempo cotizado para ello. Es decir, con lo que comentas, sí tendrías derecho.
Buenos dias Alejandro, he estado de baja medica por 3 meses y el jefe me reunió con su abogado en su despacho de abogados al que tuve que asistir yo con el mio y me dio una carta en la que dice que estan buscando pruebas por si he trabajado quitandole clientes para otra empresa y que cuando termine mi periodo de baja medica me dara los dias de vacaciones no disfrutadas de 2019 y las correspondientes de 2020 y que despues tomarian una decision sobre mi. El mismo dia me dieron el alta medica y pasé a disfrutar las vacaciones pero intento contactar con mi jefe via wassap u por mail y no me responde sobre cuando me tengo que incorporar, además dos de las nominas anteriores a la baja no se corresponden con lo que se refleja en la nomina, me ingresaron aprox la mitad de cada una de ellas y a dia de hoy no he recibido mi ingreso de la nomina de enero. Yo ayer me incorporé al trabajo pero como soy comercial no voy a la oficina si no que mi trabajo lo tengo en mi zona…el jefe no me responde nada y ademas me ha quitado el acceso al correo electronico y al sistema de fichaje. Como debo proceder?
Muchas gracias.
Es una cuestión compleja, ya que depende también de lo que quieres conseguir. Lo mejor es que lo hables con tu abogado.
Hola he presentado en SMAC reclamación de cantidad por diferencia de condiciones tras la inspección de trabajo que me reconoció como falso autónomo porque haciendo las mismas horas ahora tengo una nómina del 50% de lo que ganaba, y también solicitó resolución de contrato por impagos reiterados de nómina. Tengo una oferta de trabajo y quiero saber si puedo/debo dejar el puesto actual y en caso afirmativo si tengo q dar los 15 días de aviso o no es necesario es este caso. Gracias.
Habría que ver que es lo que dice la inspección. ¿La empresa ya te ha reconocido la condición de trabajador? En principio, abandonar la empresa no te perjudica de cara a reclamar el tiempo que ya has trabajado, pero habría que ver el caso. Sí, tienes que respetar el preaviso que indique el convenio colectivo si te reconocen la condición de laboral.
Gracias por responder, pero creo que no se ha entendido mi pregunta… Yo No trabajo limpiando, yo atiendo pacientes en una clínica dental, pero, al final de cumplir con mis obligaciones, entre las que se encuentra el orden del box y el correcto mantenimiento del instrumental, también se me pide que barra, friegue el suelo y vacíe las papeleras de los lavabos. En el Convenio de Sanidad, en mi categoría de Auxiliar de Odontología, las tareas de limpieza no son propias de mi profesión, ya que para eso está el personal de limpieza. En mi caso, tampoco está estipulado en el contrato. Yo entiendo que puedo negarme, ya que utilizo un tiempo extra, fuera de mi horario, que no se me retribuye. De todas formas, gracias por tu atención. Un saludo.
Gabriela
Si son tareas fuera de horario, se podría entender que son horas extroardinarias y salvo acuerdo sobre ellas, deben de ser voluntarias. Por otro lado, si realizas tareas más allá de tu grupo funcional según el convenio colectivo, puede ser una modificiación sustancial de las condiciones de trabajo. Nunca puedo recomendar una acción tan drástica como le negativa a una orden empresarial ya que puede ser motivo de despido, y para saber si es procedente o no la negativa habría que revisar todo en profundidad, el contrato, el convenio las funciones que realizas hasta el momento…cuestión que excede y supera de as orientaciones que puedo realizar a través de un comentario en el blog.
Hola Alejandro, trabajo como Auxiliar de Odontología en una clínica, tengo contrato indefinido, hago 25 horas semanales y cobro 12 pagas. No fichamos, sólo firmamos la planilla a fin de mes. Llevo 28 meses trabajando y además de mis obligaciones, se me ha obligado a realizar tareas de limpieza (cuando hice la entrevista no me habían dicho nada sobre limpiar en la clínica ni figura en el contrato). El caso es que ahora me reducen el horario a 20 horas semanales. Puedo negarme a limpiar, en esta nueva situación? Porque siempre hago más horas de las pactadas y no me las pagan y limpiar entiendo que no está dentro de mis funciones.
Agradezco desde ya tu respuesta.
Un saludo,
Gabriela
Habría que ver que es lo que dice el convenio, pero no me negaría a realizar esas funciones, sino que impugnaría la decisión ante los tribunales. Además, es importante saber de manera cuantitativa o cualitativa saber cuales son de manera concreta las nuevas acciones de limpieza, si es tu zona de trabajo, la de otros compañeros, zona de clientes…
Os expongo mi caso desde hace ya tiempo mi empresa nos paga en dos veces nunca el mismo día uno antes del día 15 y el otro pago antes del día 25 luego las pagas extras me las paga en dos veces en meses diferentes me obligan a trabajar los fines de semana y a recuperar la media hora del almuerzo y de vez en cuando asistir por la tarde partiéndome la jornada y el fin de semana también hay alguna manera de qué pueda romper mi contrato con ellos por qué no me puedo hacer cargo de los préstamos porque nunca sé cuándo voy a cobrary poniéndome la excusa de que las modificaciones de mi trabajo como las firman el comité de empresa son legales
Si esos pagos los realizan más allá del mes de retraso, puede que haya base para solicitar la extinción, pero si existe un acuerdo con los representantes legales, puede que sea más difícil de conseguir. En cualquier caso, siempre la última palabra la decidirá un juez, así que para conseguir la extinción que tu indicas, deberá concederla un juez.
Hola Alejandro . Mi caso es el siguiente , llevo 1 año de baja por ansiedad ,depresión y demás . Todo fue a consecuencia de que el Drt de RRHH me instigara , acosara y me presionara con amenazas , para que dijera una cosa a favor de otra persona del trabajo.
Esta persona necesitaba pruebas de que la persona que la insulto a través de una red social ( con nombre falso) ya creyó que era mi novia la que la insulto . En dicho hostigamiento dado mis problemas salud mental , admite que fue mi novia , estaba con ansiedad y taquicardia .
Esta trabajadora que junto al Drt de RRHH masjetaron tan plan , denuncio a mi novia . Encima este Drt .se presento al juicio para dar testimonio de su mala fe hacia mi, a favor del otro trabajador .
podría solicitar una rescisión del contrato con una indemnización , llevo 21 años , y no quiero daño y perjuicio solo mi indemnización para poder pagar a un abogado y siquiatra
Gracias de antemano y gracias por tu labor
Si puedes acreditar el acoso laboral, puedes solicitar la extinción por el artículo 50 del Estatuto de los Trabajadores.
Hola expongo mi caso mi situacion es que en 2011 me contrataron en una empresa que operan 2 diferentes una lleva 1 hermano y la otra el otro a los 6 meses me cambiaron a la otra despues la misma operacion hasta que en 2013 decidieron ponerme en las 2 empresas a media jornada en cada una asi hasta este año y siempre e fichado solo con la tarjeta de la misma empresa haciendo algunos dias mas de 10 horas y se daba el caso de mas de 12 siempre abusaron de la bolsa de horas para alterar la jornada ordinaria en mi caso yo no podia hacer horas debido a 2 medias jornadas este tema lo fui hablando con los jefes cada año por que me perjudicaba pero necesidad fui tragando con la situacion casualmente este año para el mes de julio me dieron de baja voluntaria en la seguridad social en una de las 2 empresas sin firmar yo nada ni comunicandome que se procederia asi para ahorrarse el finiquito de esa empresa y ampliandome a jornada en la otra manteniendome los derechos q habia adquirido en las 2 empresas todo esto a raiz de una inspeccion de trabajo que tubieron y se reunieron conmigo pidiendome que rompiera todas la hojas de fichajes que teni de años anteriores y la tarjeta de fichar por que le hiban a decir a la inspectora de trabajo que hasta que no entro la ley este año que yo nunca habia fichado y por supuesto eso yo lo tengo todo guardado y ahora la cosa esta tirante y se hace muy duro trabajar en circustancias en las que no respetan los convenios no tenemos horarios definidos nos tiene a demanda un dia puedes hacer 10 horas y otro 5 tareas q no corresponden a tu puesto de trabajo no paramos a comer y mi pregunta es la siguiente podria solicitar la rescision del contrato con derecho a indemnizacion probando que me tuvieron en 2 empresas trabajando en la misma y debido a la inspeccion de trabajo me han hecho estos movimientos de contrato de nuevo tengo hojas de fichajes de 2018, 2017,2019 la tarjeta de fichar antigua videos fichando en la empresa en el cual sale el numero de trabajador en pantalla fecha y hora y una grabacion de audio que se me ocurrio hacer en la cual mi jefe se confiesa conmigo en conversacion que le hiba a decir a el inspertor de trabajo que hasta que no entro en vigor la nueva ley no habia fichado y que una vez que pase la inspeccion harian un poco lo que les diera la gana otra vez abusan mucho no pagan horas se crean su propia bolsa de horas sin respetar el limite que marca el convenio de 120 horas anuales para alterar la jornada ordinaria no se que hacer la situacion es complicada alargamos la jornada sin parar ni a comer a medio dia
Los comportamientos que comentas son fraudulentos y podrías demandar a la empresa, solicitando la existencia de una cesión ilegal y la reclamación de horas extraordinarias. Sin embargo, tengo mis dudas de que pueda ser considerado un comportamiento del artículo 50 del Estatuto de los Trabajadores. En cualquier caso, si presentas todas las demandas, a lo mejor puedes alcanzar un acuerdo de extinción con la empresa ssi se lo propones, con derecho a indemnización.
Una duda presentar todas las demandas a que se refiere hacerlas efectivas o comentarlo solamente con la empresa un saludo y gracias por su atencion
Si lo que quieres es forzar una extinción, lo mejor es siempre demandar ante los juzgados de lo social, previa presentación de una papeleta de conciliación.
Buenos días,mi duda es la siguiente:estoy trabajando en una empresa a 36 horas semanales y me están ofreciendo otro trabajo a 40,si cambio, tengo derecho a indemnización…siendo una baja voluntaria por mejora de empleo??
y tendré que estar 3 meses en la nueva empresa para poder solicitar si fuese necesario el paro? por otro lado tengo ya la tarjeta de mejora de empleo del INEM, la baja seria dando los 15 días de pre-aviso.
Muchas gracias.
Se tiene que preavisar con lo que indique el convenio colectivo, que pueden ser más de 15 días. No, no se tiene derecho a indemnización, pero si a finiquito. Sobre las posibilidades de cobrar el paro te recomiendo este artículo.
Buenos días. Llevo trabajando para la misma empresa desde el 2009.
Y llevamos 4 ó 5 años cobrando el sueldo sin fecha exacta( lo que quiere decir que este mes e cobrado 300€ y fue el día 16 y el resto aún no lo e cobrado) y estamos a día 20 y esto se puede retrasar hasta fin de mes.
Quiero saber si puedo rescindir mi contrato sin perder mi indemnización?
Por que esto se está haciendo muy pesado y ya pienso que incluso lo hacen para que me valla sin pagarme nada.
No se que derechos tengo.
Habría que valorar la importancia de los retrasos, será un juez el que decida.
tengo penas una semana de trabajando en una empresa mi contrato es temporal de un mes y acabo de recibir otra oferta laboral. es nesesario dar los 15 días de aviso y k me paguen la semana de trabajo? o me penalizarian por ello
Habría que ver si estás dentro del periodo de prueba, y en caso de que no estés, si tienes que cumplir el preaviso indicado en el convenio colectivo.
Hola.
tengo una consulta y quisiera saber si es posible,
os pongo mi caso, en septiembre de 2018 la empresa me ofreció un cambio de puesto que conlleva una retribución mayor formada por una parte fija y otra de bonus.
se firmó en el acta de reunión el acuerdo económico alcanzado a falta de detallar las partes del bonus, ha día de hoy en agosto de 2019, no se ha hecho efectivo el aumento de sueldo fijo ni tampoco sé que tengo que hacer para alcanzar el bonus , lo he reclamado 3 veces. ¿Puedo pedir la recisión del contrato por incumplimiento del empresario a las partes acordadas, indemnizándome la empresa como su fuera un despido?
un saludo
Habría que ver el acuerdo. La extinción de la relación laboral en virtud del artículo 50 hace referencia a un incumplimiento grave del empresario, y es una cuestión que siempre es interpretable. En mi opinión, será complicado, lo normal es que solicitaras el cumplimiento del acuerdo, antes que la extinción. Pero puedes plantear la extinción, con el fin de alcanzar un acuerdo.
Buenas tardes Alejandro. Trabajo como socorrista con contrato de obra y servicio, desde el 6 de junio sin descanso semanal, 61 días seguidos, 10 horas por día, cobrando muy por debajo de lo que debería. Si pido un día de descanso me lo descuentan por lo que me veo obligado a no hacerlo ya que cobraría aún menos. ¿Es una falta grave del empleador? Puedo pedir la extinción de contrato de obra y solicitar la correspandiente liquidacíón de todas las horas trabajadas? No tengo registro de entrada y final de jornada laboral tampoco. Muchas gracias desde ya. Saludos.
Lo considero una falta grave, pero no se si para solicitar la extinción, aunque si para solicitar una indemnización de daños y perjuicios.
Hola, trabajo en una empresa como repartidor con camión. En el tacógrafo se refleja que trabajamos más de 8 horas y nos hacen firmar que hechamos 8.Es motivo de rescisión unilateral del contrato? Teniendo en cuenta que mi contrato es de 8 horas. Gracias.
No, se deberá reclamar las horas extraordinarias, pero no es motivo de extinción.
Hola, en mi empresa nos obligan a trabajar 48 semanales con un contrato de 40 y las horas de mas no nos la están pagando y nos obligan a firmar como que libramos dos días librando solo uno, Como debería actuar? Podría extinguir el contrato?
Puedes presentar una denuncia en inspección de trabajo, o demandar a la empresa reclamando las horas extraordinarias y por incumplimiento grave del empresario, y dentro del procedimiento de demanda, negociar una extinción.
Hola, en mi caso estoy embarazada y la empresa me ha puesto muchas trabas. Entre otras una reducción de jornada a 2 horas semanales. Les entregué un documento negandome a la reducción y pidiendo la rescisión del contrato por modificación sustancial. Mi pregunta es ¿el hecho de que la firmen ya es una aceptación o deben notificarmelo además en otro escrito?
En principio la firma de una solicitud sólo significa que lo han recibido, pero no que lo han aceptado. Habría que ver el escrito.
Buenas tardes,
Soy trabajador fijo indefinido en una empresa que está incumpliendo complementos y pagas dobles así como vacaciones. Me han hecho una oferta mejor y quiero irme. Como podría hacerlo sin perder finiquito y paro?
La única opción que tienes es demandar solicitando la extinción por incumplimiento grave del empresario en virtud del artículo 50 del Estatuto de los Trabajadores.
hola yo acabo de hacer los 3 años en la empresa el la k estoy .tengo contrato de fin de obra tengo alguna cocción de marcharme si perder la likidacion
Con los datos que me indicas, no. El finiquito nunca se pierde, lo que se pierde al abandonar el puesto de trabajo es el derecho a indemnización.
pero el contrato de fin de obra no tiene una duración de 3 años
Si, que puede ser ampliado durante un año más si el convenio lo permite. Pero aunque el contrato dure tres años, la relación laboral continua si la empresa no te dice lo contrario. Y si es el trabajador el que no quiere continuar, es una baja voluntaria.
hola buenas yo trabajo de encofrador me contrataron hace tres años con un contrato de fin de obra para hacer unas estructura en una obra k ya se acabó desde entonces he estado en varias obras diferentes mi pregunta es si me marcho pierdo toda la likidacion
Si eres baja voluntaria, tendrías derecho al finiquito, pero no a la indemnización ni a solicitar la prestación por desempleo.
Buenas tardes, trabajo en una empresa qye cerrara por reformas 6 meses y nos hacen firmar una baja voluntaria reconociendo la antiguedad laboral y nos llevan a otra empresa que es otro cif, otra razon social pero del mismo dueño, ellos dicen que no es traslado solo desplazamiento, y que es provisorio 6 meses yo queria pedir rescicion de contrato pues para ir a la nueva empresa son mas de 2 horas de ida y vuelta, ademas es otra empresa y no quiero firmar una baja laboral aunque ellos me reconozcan la antiguedad llevo 12 años trabajando alli, pueden negarme la rescisión del contrato alegando ellos que es algo provisorio de 6 meses, aunque como le digo tardare 50 minutos de ida y de vuelta con bus nocturno mas de una hora cuarenta minutos, y ademas es otra empresa,, espero me pueda responder y gracias por toda su orientación, saludos,,
No firmes una baja voluntaria. Si ellos quieren extinguir la relación laboral o hacer un traslado que te lo notifiquen, y en dicho caso, solicita la extinción. De la manera que lo quieren hacer no tienes derecho a solicitar extinción ni a paro. Si te den de baja en la seguridad social demanda por despido, pero cuidado con lo que firmas.
Gracias, pero ellos dicen que no es traslado, y que no corresponde rescindir contrato, entonces bajo que concepto pido la rescicion de contrato bajo movilidad geografica aunque sea provisoria y sin cambio de domicilio o por cambio en las condiciones del contrato, es decir art. 40 o art 41,,aunque yo pediría por ambas pues ellos quieren que firme la baja para irme a otra Empresa que es del mismo dueño, pero legalmente es otra razon social y otro cif,,, y me complica de verdad irne a otro sitio,, espero me pueda decir algo gracias,, otra vez,, saludos
No firmes una baja, ni firmes nada. Serán ellos los que tenga que notificarte los cambios o darte de baja, cuando eso ocurra demanda según lo que hayan hecho.
Buenas tardes,
me han ofrecido un puesto de trabajo en otra empresa y mi duda es si antes de presentar la baja voluntaria en la empresa en la que estoy trabajando, ¿tengo que tener firmado el contrato en la nueva empresa???
gracias de antemano
no es necesario.
Hola, mi duda es la siguiente , tengo un contrato a 30 horas en un restaurante , en mi contrato pone que trabajo 5 días a la semana de 11 a 17 horas pero en realidad trabajo algunos días en horario partido y otros sólo por la noche, nisiquiera los días libres que tienen que ser consecutivos me los respetan. Quisiera saber cómo puedo extinguir el contrato y si cobraría paro después, gracias de antemano.
Habría que ver si en algún momento hubo una modificación sustancial de las condiciones de trabajo, es decir, que tenías un horario fijo y te lo modificaron, ya que sería la única causa que comentas para tener alguna posibilidad de solicitar la extinción con derecho a indemnización y paro. En otro caso, sólo sería posible baja voluntaria, sin derecho a paro.
Hola de nuevo, el horario me lo van cambiando cuando quieren pero nunca es el que se indica en el contrato ni el pactado en la entrevista, en el contrato tengo de 11 a 17 pero luego trabajo a turno partido , tampoco los dos días libres son consecutivos como indica el contrato y el convenio de hostelería, gracias de nuevo.
Si siempre has realizado un horario variable, a lo mejor es discutible que existe una modificación sustancial de las condiciones de trabajo para poder solicitar la extinción. Pero no pierdes nada por solicitarlo.
Hola mi horario de trabajo era siempre de 6 de la mañana a 2 de la tarde, ahora la empresa quiere hacernos rotar a dos turnos, en mi caso de 6 a 2 y de 22 a 6, mi pregunta es podría pedirles la recision de mi contrato junto con la indemnización de 20 días por año trabajado.
En mi opinión, si que se debe considerar como modificación sustancial con el derecho a solicitar la extinción que comentas. Si la empresa no te lo concede, tendrás que solicitarla judicialmente, acreditando un perjuicio.
Buenas tardes Alejandro. Me gustaría saber si puedo pedir rescindir el contrato con mi empresa y que me paguen los 20 días por año trabajado (porque me cambian de horario y me viene mal porque tengo una niña pequeña) aunque ellos puedan justificar los motivos y ese cambio sea necesario?
Mil gracias!
Sí, pero el abandono no puede ser unilateral. Solicita la extinción y tiene que ser aceptada por la empresa. En caso contrario, tendrás que demandar. Aquí tienes un modelo para presentar a la empresa.
Muchísimas gracias por la respuesta. Por otro lado el director de rrhh mandó un correo en abril del 2016 en el que ponía que el horario es de 8:30 a 17 de l-j con 30 min de comida y de 9-15 los viernes sin tiempo de comida. Pero nos obligaban a hacer de 8-17 y los viernes de 8-15 (lo que significa que a la semana hacemos 3 horas de más, es decir, 12 h más al mes). No fichamos… ni tengo cómo demostrarlo pero quiero denunciar para que me paguen los casi 30 días que he hecho de más en horas en estos casi 2 años. Tengo forma de ganar? O no me recomiendas que denuncie?
Gracias!
Sólo puedes reclamar el último año, no dos. Sobre las pruebas aquí lo explico en esta entrada.
Hola!!! Llevo 9 años trabajando en una empresa que pertenece al convenio siderometalurgico. Y no me pagan ni a mi ni a ninguno de mi departamento.: plus nocturnidad cuando se hacen noches, plus bocadillo al realizar jornada intensiva y no parar, plus festivos si pero menos dinero que otras secciones aparte que estamos a un quinto turno. Y otras cuestiones más. Con estos argumentos, después de denunciar podria acogerme al art..50 de rescindir contrato??aparte del dinero lo considero un menoscabo hacia mi persona. Un saludo
En principio, pero puedes demandar exigiendo todo eso, además de la extinción de la relación laboral y puede que la empresa quiera alcanzar un acuerdo.
hola buenas tardes,tengo retrasos continuados por impago y he demandado por esto y por que encima estoy de baja y no me abonan el IT desde Mayo. No quiero incorporarme a esta empresa como puedo hacerlo sin tenerme que incorporar en la empresa y rescindir mi contrato.Tengo que estar dado de alta en la empresa hasta que salga el juicio?(para mi seria un calvario por que encima soy conductor de autocar y no quiero volver a coger ninguno en mi vida) o me puedo ir con la demanda puesta que es lo que quiero?
Puedes solicitar de manera cautelar que no tengas que reincorporarte a tu puesto de trabajo. Si el juez no te la concede y no te reincoporas, te arriesgas a que se se considere que es una baja voluntaria y no se entre al fondo del asunto. Por otro lado, puedes meter presión a la empresa y denunciar por apropiación indebida en el caso del IT.
buenos dias.
mis jefes se reunieron conmigo para comunicarme un cambio necesario por el bien de su empresa, que afectaba claramente a mis condiciones de trabajo. la reunión duro unos 10 minutos y la pude gravar, . en ella me comunicaron verbalmente que tenían poco trabajo para mi y que debía aceptar unas nuevas condiciones laborales. me ofrecieron dos formulas para que yo eligiera; la primera era la reducción del contrato de trabajo a media jornada y la segunda un ere temporal…yo les dije que lo de la media jornada no me interesaba y que si me proponían algo me enviasen la documentación por escrito de la misma, para ser estudiada por mis abogados…..pues bien han pasado varios meses y no me han enviado ningún tipo de documentación……la reunión solo fue conmigo y con ningún trabajador mas de la empresa,,yo llevo 22 años trabajando en dicha empresa a jornada completa con contrato indefinido….anteriormente le metimos una denuncia por que las subidas anuales no nos las pagaban e intentaron que renunciáramos a ellas por un escrito que nos neguemos a firmar..
Mi relación con los empresarios es pesima, es una empresa familiar donde ellos son mayoría y sus técnicas de presión son inaguantables …ya estuve en tratamiento por depresión debido a tales presiones…….. quisiera saber si existe alguna posibilitad de que estos actos sean considerados como falta grave por parte del empresario.
Si lo único que hubo fue un intento de negociación por su parte, no considero que hubo un falta del empresario. Las demás cuestiones habría que estudiarlas más en profundidad, y saber cuanto tiempo ha transcurrido.
Buenos días Alejandro,
Llevo en una empresa trabajando desde septiembre 2015, el 12 de agosto del 2017 me di de baja por ansiedad, por un acoso laboral por parte de mi jefa. Haciendo los 365 días de baja la inss me dio de alta, he intentado incorporarme, llendo 2 días a mi puesto de trabajo pero me es imposible. Sigo con medicación y tratandome con una psicóloga privada. He intentado pactar con la empresa mi despido y por último ofreciendo mi baja voluntaria y que únicamente me prepararan los papeles del paro pero se niegan en rotundo. Tendría derecho a una extinción de mi contrato (indefinido) por acoso laboral? Gracias.
Si consigues acreditar judicialmente el acoso laboral sí que podrías, en virtud del artículo 50 del Estatuto de los Trabajadores.
Buenas tardes, mi consulta es la siguiente:
Trabajo en una empresa desde el 2002 y hace 4 años me cambiaron de puesto dentro del mismo centro, con horarios y turnos que me perjudican bastante mi salud, sufriendo desde hace 2 años de insomnio y ansiedad por trastorno adaptativo, tengo informes medicos en los que se me diagnostican varios problemas de salud a causa del puesto de trabajo….tengo opciones de demandar por incumplimiento grave del empresario?? Ya que he solicitado en dos ocasiones que me repongan a mis anteriores condiciones laborales y siempre teniendo la negativa de la empresa, pienso que no cumple la empresa con la ley de prev labo.
Gracias de antemano.
Habría que ver cuales son esas condiciones y que es lo que dice el convenio, pero en principio, no tendrás derecho a solicitar la extinción.
Soy camarera en un restaurante. La situación por mala gestión y por el trato es insostenible hasta el punto de que ha afectado a mi salud no sólo física sino también psicológica. Me di de baja por ansiedad ya que allí me dio una crisis bastante severa y llegué a urgencias sin poder casi ni hablar.
Mi médico niega a darme el alta y mi empresa no hace otra cosa que coaccionarme para que vuelva o me vaya voluntariamente. Me hacen ir allí a cobrar mi sueldo, encima por cheque que no pude cobrar, por ejemplo, el mes pasado hasta el día 15. Gracias a eso no puedo pagarme el psicólogo ya que mi situación económica es muy complicada. Me hablan por WhatsApp obligándome a ir con excusas como que tengo que llevar yo personalmente los partes médicos cuando sé que hay otras vías legales y válidas de hacérselo llegar y siempre cumplo con ello. Ahora mi jefe me ha hablado por WhatsApp también diciéndome que quiere que quedemos si quiero FUERA del trabajo para hablar, que tiene una conversación pendiente conmigo. Esto es un verdadero acoso porque esto, lo único que hace es desesperarme y que mi ansiedad no disminuya, sino todo lo contrario.
Puede mi jefe cambiar la forma de pago de un mes para otro y sin consultarme? Directamente me dijo que fuese allí a por mi sueldo en un cheque.
Puedo solicitar, en caso de que no pueda más, la baja voluntaria con su correspondiente preaviso de 15 días estando de baja por ansiedad en la seguridad social?
Puedo, si sigo de baja o si todo acaba poner un intermediario, gestor, abogado, para no tener que seguir yendo allí ni siquiera para firmar los papeles?
Ahora mismo no se me ocurre más que preguntar. Lo que me preocupa es que se acaba el mes y como no accedí a hablar con él fuera del trabajo, me hará ir allí otra vez si quiero mi sueldo.
Un saludo y gracias.
No es necesario que vayas personalmente a entregar los partes y que te pague en cuenta bancaria si lo ha hecho así hasta ahora. En caso de que finalmente notifiques baja voluntaria, que yo no lo haría, puedes pedir el pago directo a la Seguridad social, pero luego no tendrás derecho a desempleo.
Muchas gracias.
Buenos días, hace unas semanas me ofrecieron un trabajo y cuándo firme el contrato ,y empiezo a realizar el trabajo no tiene nada que ver ,me dijeron 2 días libres a la semana y no es verdad .Si no me presento al trabajo ,estando en periodo de prueba y me despiden ,tengo derecho a la prestación por desempleo?gracias
Si te despiden si, si abandonas tu puesto de trabajo no. Si te indican un periodo de prueba no superado, depende de como termino la anterior relación laboral y de cuanto tiempo ha pasado desde antes.
Buenas tardes,tengo una duda a la que me qustaria recibir una respuesta por favor. Empresa donde trabajo va a transladar el centro de trabajo,la pregunta es si no estoy de acuerdo con el translado me van a despedir con todos los derechos o es considerado baja voluntaria? Gracias.
No, puedes solicitar la extinción por movilidad geográfica, teniendo derecho a una indemnización de 20 días por año trabajado. En esta entrada te lo explico.
Muchas gracias!
Buenas Alejandro . He estado leyendo y quizas tu consejo me vendria bien. Llevo unos nueve años trabajando para la misma empresa en el sector d la hosteleria me tenia un contrato de 30 horas pero hacia d 65 a 70 semanales. En efectivo pagaba medio bien pero hace medio año le reclame una mejora d contrato, supongo q por la perdida acepto fijo 40 horas pero me reduce 200€ del jornal y ahora rondan las 60 ,65 horas semanales sin paga d horas extras ni pagas extraordinarias d nunca. El caso q estoy viendo otras opciones pero veo q los otros dos compañeros se fueron quemados ccon una mano delante y otra detras. Me gustaria saber q podria hacer para q no me ocurriera lo mismo q me quedaria o q podria reclamar. Son todos iguales los empresarios. Gracias perdon x expresarme asi.
Es una pregunta demasiado amplia, lo que primero que deberías hacer es reclamar las horas extraordinarias, aquí te explico como hacerlo. sobre abandonar la empresa, a lo mejor puedes alcanzar una cuerdo una vez presentes una reclamación de horas extraordinarias.
Hola queria saber que puedo hacer.
Estoy trabajando en un restaurante solo para julio y agosto hago mas de 5 horas extras sin cobrarlas entre otras cosas mas y el 25 de agosto empiezo en otro lado queir ,ya avise con tiempo mi cobtrato acaba el 2 de septiembre quiero acaba ya es posible sin que me reclameb nada?
Gracias
Si eres baja voluntaria tienes que preavisar con lo que indique el convenio colectivo, salvo que estés dentro del periodo de prueba. Por otro lado, para reclamar las horas extraordinarias aquí te explico el procedimiento.
Hola , llevo tres meses contratada 2 horas al dia, mi jefe me grito y humilló en publico , si abandono mi puesto de trabajo tendre derecho a subsidio ? Osea, estoy trabajando esas dos horas y cobrando la parte poporcional del subsidio… si abandono el trabajo por ese motivo me quitan el subsidio?
Muchas gracias
Buenas, en mi caso llevo más de año percibiendo mi salario divido en dos partes una después del día 6 y la otra el día 20 muchas veces hasta más tarde de esos días, son esto motivos para rescindir el contrato con mi empresa, muchas gracias
En mi opinión no. ¿Ese cambio ha sido de mutuo acuerdo?
Saludos, se considera modificacion sustancial de contrato , si el acuerdo inicial es trabajar una semana de mañana y otra de tarde, y de repente tras dos semanas de repente te encuentras haciendo 5 meses solo tardes???
Yo lo consideraría como tal.
Cuales serian los pasos a seguir para presentar dicha extinción de contrato?
Que haya una modificación no quiere decir que automáticamente, tengas derecho a la extinción, depende de la empresa. Aquí tienes un modelo para solicitar la extinción.
Holaaa mi nombre es Antonio, si la empresa no actualiza el sueldo según las tablas salariales por el convenio de contacto center y tampoco sube la categoría profesional según convenio al año de estar prestando servicio tendría que pasar a estar en la categoría teleoperador especialista y no lo aplican , por consiguiente tampoco la subida de sueldo. ¿ Tendría derecho yo a rescindir mi contrato laboral por incumplimiento en las obligaciones del empresario , según convenio de Contacto Center?
Muchas gracias por anticipado
En mi opinión no, no sería un incumplimiento grave del empresario que ampare la extinción de la relación laboral.
Hola, felicidades por tu blog.
Llevo 4 meses de baja por depresion ya que he sufrido acoso por parte de un encargado y, finalmente, por parte de la empresa estando de baja con presiones. Incluso todos mis compañeros tuvieron su cesta de navidad menos yo. Llevo 2 años en la empresa.
Pues bien, fui a llevar la baja voluntaria y al recoger mis pertenencias vi que me las habian tirado todas, incluso objetos personales.
Todo esto seria acreditable para rescindir el contrato por acoso? No tendria problema en conseguir testigos en caso de juicio.
Un saludo y gracias de antemano.
Entiende que ese hecho por si sólo no, habría que ver cuales han sido esos comportamientos. En su caso, se podrá reclamar una indemnización por daños y perjuicios a la empresa por los objetos tirados.
Hola, llevo siete meses trabajando en una empresa y mi periodo de prueba es de un año, mi pregunta es: si yo me voy voluntariamente tengo derecho a paro?
no.
Buenas tardes, mi compañia nos ha planteado un cambio de horario.
Yo quiero rescindir el contrato por el art 41, el nuevo horario no me viene bien por motivos personales.
Tengo que justificar mi perjuicio o ellos tienen que aceptar la rescion y abonarme los 20 días por año?
Sólo tendrás que acreditar el perjuicio en caso de que ellos se nieguen a aceptar la extinción de la relación laboral con la indemnización.
Hola mi jefe me ha hablado mal y me ha echado fuera de la oficina porque yo he pedido más dinero que debo hacer,quiero irme, pero me pagará el finiquito y indemnización?
Si te vas tu tendrás derecho a finiquito, pero no a indemnización. Si quieres indemnización tendrás que demandarlo o alcanzar un acuerdo con el.
Hola, mi situación es que me han trasladado a otra delegación que no me viene bien el trasladarme allí, y porque mi exjefe , aprovechando la pérdida de clientes y considerándome a mí como cabeza de turco por ello, podría esto considerarse un menoscabo de la dignidad profesional?que indemnización se puede conseguir en caso de baja? Gracias de antemano
20 días por año trabajado. Si consigues acreditar el menoscabo a la dignidad, 33 días por año trabajado, pero no lo consideraría como tal lo que comentas.
Muchas gracias Alejandro,. Creo q lo mejor es pedir una excedencia. La pregunta q me surge entonces es si vuelves de la excedencia y por un casual no pueden readmitirte, te dan indemnización?, y cuántos días por año?
Muchas gracias por tu amabilidad
no, no tendrías derecho a indemnización.
Buenas tardes
Llevo 9 años en una empresa de autocares,hace 4 años nos han reducido la jornada(de 40h semanales a 32,5h),eso sí.. firmando nosotros la reducción…
La pregunta es si puedo extinguir el contrato alegando cambios en las condiciones de trabajo?
Aparte de que estamos haciendo alrededor de 50-60 h semanales(y sin cobrar horas extras!!) el salario lo pagan todos los meses entre el dia 5-10 ,el plus de antigüedad es solo en plan papel, estamos contratados como conductor-cobrador y hacemos trabajos de limpieza y lavado….etc..
La verdad es que quiero irme pero NO sin cobrar algo después de tantos años aguantando tanto…
Gracias!
Si ya ha transcurrido el año de la modificación, no puedes solicitar la extinción, pero sí que puedes reclamar las horas extras trabajadas del último año siempre que las puedas acreditar.
buenos días, expongo mi caso. Voy a cambiar de empresa, en mi caso soy profesor por horas, y el cambio es por mejora general, pero mi jefe actual no acepta esto, entonces mi idea igualmente porque no me pueden negar esta opción es cambiar como les digo. Yo no quiero ya aparecer por su oficina y quisiera desvinculrme vía carta,etc..Les agradecería me expliquen procedimiento a seguir. Muchas gracias de antemano. Un saludo
No se a que te refieres con que tu jefe se niega, ya que no depende de el. La baja voluntaria es una decisión unilateral. Lo que tienes que hacer es notificar por escrito tu baja voluntaria por escrito cumpliendo el preaviso establecido en el convenio colectivo, y tu jefe no tiene nada que opinar sobre ello.
Hola de nuevo. Sí, me refería a que mi jefe no acepta pues así me lo comunicó hace unos meses cuando le plantee la posibilidad de cambio de empresa con una mejora considerable en la nueva. No aceptaba mi renuncia, por eso lo exponía. Pero ya me has aclarado que tengo mi derecho y comunicándolo con 30 días en mi caso, según he leído en el convenio será suficiente. Calculo que son 30 días de calendario, no solo contando los que estoy dando clase. Bueno, muchas gracias por la ayuda. Un saludo.
Salvo que se diga ora cosa, son naturales.
Llevo 6 meses en un empresa. Acordamos por mail ( tengo los correos guardados) mi sueldo pero me están pagando menos todos los meses…
Que puedo hacer? Con los mails bastaría para demandarles?
Sí, los emails pueden ser una prueba válida de que habíais pactado otro sueldo.
Hola Alejandro, te felicito por tu Blog, te confieso que gracias a tu excelente trabajo estoy aprendiendo a defender mis derechos. Sobre este articulo en particular quisiera que me aclararas una duda, pues como bien nos explicas; la falta de pago o retrasos continuados en el abono del salario pactado, la jurisprudencia considera que el impago sea de tres salarios al presentar la demanda.
¿Pero que puedo aportar como prueba, si mi empresa no me domicilia la nomina en el banco?, me puedes ayudar por favor porque ya me ha pasado dos meses. Un saludo y muchas gracias.
Es la empresa la que tiene que demostrar que ha realizado los pagos, no el trabajador.
Buenas tardes.
Tengo un problema de impagos en mi empresa y quiero marcharme, pero para ello debo denuncia, no queriendolo hacer pues tendria que espera a que saliera el juicio y yo lo que quiero es marcharme para trabajar en otra empresa y por eso te pido tu opinion, de como puedo negociarlo para no perder la indemnizacion ya que llevo 9 años.
Gracias.
Hola,
Quisiera saber si hago una baja voluntaria en una empresa A (sin paro) y me voy a trabajar en una empresa B, y en esta empresa me despiden.
Tendre paro ? Cual ?
Y si salgo de la empresa A (con paro) y me voy a trabajar en una empresa B, y en esta me despiden ?
Tendre paro ? Cual ?
Saludos
CARLOS
Hola Alejandro,
En primer lugar felicitarte por el blog. Me gustaria que me dieses tu opinión de la siguiente situación: Trabajo para una empresa que tiene 5 centros de trabajo en España, en Enero del año 2013 me planteraron la posibilidad de hacer un proyecto en otra provincia que implicaba un cambio de residencia por 12 meses, para me proponian hacer un traslado al centro de trabajo de esa provincia, yo les propuse hacer el trabajo pero sin traslado a lo cual aceptaron, de tal manera que yo hice el proyecto con desplazamientos, es decir yo residia en la provincia donde realizaba el trabajo de lunes a viernes y el fin de semana me volvia para mi provincia. La empresa me pagaba 2 desplazamientos al mes y los otros dos los asumia yo. El proyecto se alargo en dos meses y medio mas. No firme ningun documento ni por traslado ni por desplazamiento, simplemente me notificaron por correo electronico las condiciones y les di mi visto bueno.
A la vuelta de este proyecto mi responsable directo me comunica de palabra que el trabajo en mi delegación esta muy bajo y que la empresa tiene la necesidad de que asuma trabajos en todo el territorio nacional y también internacionalmente. A lo cual no estoy dispuesto. Mi pregunta es, ¿puedo negarme a realizar estos desplazamientos, (que pueden ser de dias, semanas o meses), argumentando que ya he estado desplazado mas de 12 meses en 3 años?.
Muchas gracias, un saludo
Buenos días Juan,
Habría que comprobar la notificación que te realiza la empresa, y las necesidades de movilidad. En caso de que nos encontremos ante una movilidad geográfica explicada en esta entrada, podrías solicitar la rescisión del contrato con una indemnziación de 20 días por año trabajado con un máximo de 12 mensualidades.
En caso de que no se llegue a esos límites, nos encontraríamos ante una modificación sustancial de las condiciones de trabajo, y para el caso que resultaras perjudicado, podrías solicitar una rescisión del contrato con una indemnización de 20 días por año trabajado con un máximo de nueve mensualidades.
Un saludo
Alejandro
Muchas gracias Alejandro, tu contestación me ha sido de gran utilidad.
Un saludo
Hola buenas tardes me gustaría hacer una consulta:el mes pasado presente mi baja laborar con un tiempo de aviso de un mes ,causando baja el 30 de septiembre pero la empresa me ha dado de baja el 28 como me tomo todo esto?mis vacaciones las he agotado y las pagas me las prorratean.
Demanda por despido, te han dado de baja antes de que tu lo indiques.