Ventajas e inconvenientes del contrato a tiempo parcial
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Definición contrato a tiempo parcial
El contrato a tiempo parcial se define como el contrato acordado para realizar un trabajo durante un número de horas al día, a la semana, al mes o al año inferior al trabajador que realizaba una jornada completa comparable, o en su defecto, la jornada completa prevista en el convenio colectivo.
En la práctica, para saber si un trabajador tiene un contrato parcial o completo se coge de referencia la jornada establecida en el convenio colectivo, o a falta de este, las 40 horas semanales de media en cómputo anual que establece el Estatuto de los Trabajadores.
El contrato a jornada parcial se regula principalmente en el artículo 12 del Estatuto de los trabajadores.
El coeficiente de parcialidad
En los contratos a tiempo parcial se establece un coeficiente de parcialidad -que podremos comprobar en el informe de vida laboral- que establece el porcentaje sobre la jornada completa. Por ejemplo, un trabajador que realiza una jornada de 20 horas a la semana, tendrá un coeficiente de un 50% de la jornada si ésta fuese de 40 horas a la semana.
Con este coeficiente podremos saber el número de horas que tenemos que realizar anualmente, y también el salario mínimo que debemos percibir en relación con las tablas salariales publicadas en el convenio colectivo.
¿Qué tipo de contratos se pueden realizar?
El contrato de un trabajador a tiempo parcial debe de realizarse obligatoriamente por escrito con indicación del número de horas ordinarias de trabajo al día, semana o mes al año y su distribución.
Se pueden realizar todo tipo de contrato a excepción de un contrato para la formación y el aprendizaje.
Derechos de los trabajadores
En principio, los trabajadores tendrán los mismos derechos que los trabajadores contratados a tiempo completo, a excepción de dos cuestiones fundamentales:
- Las posibilidades de cambiar la jornada de trabajo.
- Los límites de prestación mínima y máxima a la hora de cobrar la prestación por desempleo.
Horas extraordinarias y complementarias
El trabajador no puede realizar horas extraordinarias, salvo aquellas para prevenir o reparar siniestros y otros daños extraordinarios y urgentes. Por otro lado, sí que podrán realizar horas complementarias.
Ahora bien, si el trabajador finalmente realiza más horas de las que le corresponde a la jornada por la que le tiene contratada el trabajador, éstas deberán de ser abonadas como horas extraordinarias.
Una cosa es que no se puedan realizar, y otra muy diferente, es que sí se finalmente se realizan éstas deban de ser abonadas como tal.
Registro de la jornada de trabajo
La jornada de los trabajadores a tiempo parcial se registrará día a día y se totalizará mensualmente entregando una copia al trabajador junto con el recibo de salarios. Este registro mensual deberá ser conservado por el empresario durante un periodo mínimo de cuatro años.
Esta obligación del empresario y derecho del trabajador le permitirá acreditar y reclamar aquellas horas que se realicen por encima de la jornada pactada en el contrato de trabajo, tal y como indicamos anteriormente.
Conversión a contrato a tiempo completo
La conversión de un contrato de tiempo parcial a jornada completa será siempre voluntaria por el trabajador, y nunca podrá imponerse de manera unilateral por el empresario.
Así lo indica de manera clara el Estatuto de los Trabajadores en el artículo 12.4 e):
La conversión de un trabajo a tiempo completo en un trabajo parcial y viceversa tendrá siempre carácter voluntario para el trabajador y no se podrá imponer de forma unilateral
De hecho, el trabajador no podrá ser despedido ni sufrir ningún otro tipo de sanción o efecto perjudicial por el hecho de rechazar esta conversión.
A fin de posibilitar la movilidad voluntaria en el trabajo a tiempo parcial, el empresario deberá informar a los trabajadores de la empresa sobre la existencia de puestos de trabajo vacantes a jornada completa o con una jornada superior a la que realizan.
El convenio colectivo puede establecer el procedimiento para solicitar dicha modificación del contrato.
Si un trabajador solicita la conversión a un contrato a jornada completa, el empresario deberá responder por escrito al trabajador concediendo o denegando la solicitud, y en dicho caso motivando la negativa.
Aquí tienes un modelo para presentar a la empresa.
Desventaja: modificación de la jornada
Relacionado con lo anterior, un trabajador a tiempo parcial no podrá ser convertido a jornada completa, salvo que existe acuerdo con el trabajador, pero sí que se le podrá modificar la jornada a través del procedimiento de modificación sustancial de las condiciones de trabajo.
Por el contrario, a un trabajador a jornada completa nunca se le podrá modificar la jornada a no ser que sea a través de un ERTE temporal o sea de común acuerdo entre el empresario y el trabajador.
Por ejemplo, un trabajador que realice una jornada de 20 horas semanales podrán modificar su jornada de trabajo a 10 horas o a 30 horas la semana, sin perjuicio de que el trabajador pueda solicitar la extinción de la relación laboral o impugnar la decisión empresarial.
En cualquier caso, nunca se le podrá modificar a 40 horas a la semana, ya que sería un contrato a jornada completa, a no ser que exista acuerdo de modificar la jornada con el empresario.
Desventaja: cotización al desempleo, jubilación y otras prestaciones de la Seguridad Social
Una de las claras desventajas del contrato a tiempo parcial es la cotización que se realiza a las diferentes prestaciones de la Seguridad Social que es menor que la que realizaría un trabajador a jornada completa.
Por ello, el trabajador puede suscribir un convenio especial de la Seguridad Social. Un convenio especial es un acuerdo entre la Seguridad Social y el trabajador mediante el cual el trabajador, abonando una cuota mensual, complementa o cotiza las diferentes prestaciones para poder tener derecho en un futuro a la jubilación o la incapacidad permanente.
El convenio permite cotizar a las siguientes contingencias:
- Invalidez permanente, supervivencia o muerte derivadas de enfermedad común y accidente no laboral.
- Jubilación.
- Servicios sociales.
Por otro lado, el convenio no permite cotizar a la prestación por desempleo.
Jubilación
Tras las últimas reformas legislativas, el trabajador no se ve tan perjudicado por el hecho de tener un contrato a tiempo parcial.
En este sentido, para saber el número de años mínimo para tener derecho a la pensión se debe de calcular el coeficiente de parcialidad de los contratos a tiempo parcial, es decir, que porcentaje se ha tenido un contrato a tiempo parcial.
Por ejemplo, si un trabajador, ha trabajado 4000 días al 100% y 500 días al 50% su coeficiente de parcialidad a efectos de jubilación se calcula de la siguiente manera:
- Calcular el número de días efectivamente cotizados= 4000 x 100% + 500 x 50% = 4.250 días teóricos de cotización.
- Calcular el coeficiente de parcialidad= 4.250 días efectivamente cotizados / 4.500 días cotizados = 0,98 % coeficiente de parcialidad
Una vez calculado el coeficiente de parcialidad, podemos conocer cual es el número mínimo de años para tener derecho a la prestación. Teniendo en cuenta que son 15 años y multiplicados por el coeficiente de parcialidad, arroja un resultado de 14,7 años.
Prestación por desempleo
La prestación por desempleo se cobrará según la base de cotización de los últimos seis meses. no obstante, los límites máximos y mínimos serán calculados según el coeficiente de parcialidad en relación con la jornada completa.
Subsidios por desempleo
El subsidio por desempleo, normalmente de 426 €, se cobra en función de la última jornada de trabajo antes de solicitar la prestación. Así por ejemplo si se trabaja a media jornada se tendrá derecho a la mitad del subsidio, 213 €.
Conclusiones
El trabajador a tiempo parcial tiene los mismos derechos que un trabajador a jornada completa. No obstante, el empresario tendrá más facilidad para modificar su jornada en comparación con un trabajador a jornada completa.
El registro de la jornada al cual está obligado el empresario permitirá acreditar la existencia de horas extraordinarias.
Por otro lado, y para complementar las cotizaciones a la Seguridad Social, el trabajador podrá suscribir un convenio especial con la Seguridad Social que no cubre todas las contingencias.
Con las últimas reformas a la Seguridad Social, las desventajas de un contrato a tiempo parcial han sido reducidas, pero hay que tener en cuenta que, en la mayoría de los casos, la cotización siempre será menor que la de un trabajador a jornada completa.
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Tengo un contrato a tiempo parcial con jornada completa comparable, de 116 horas al mes. En la práctica realizo casi 50 horas más al mes.
Mi duda es si esas horas trabajadas de más me están siendo reconocidas a efectos de cotización y si me las deberían abonar como horas complementarias. Entiendo que sólo puedo reclamar a la empresa lo realizado durante un año.
No se si la empresa te las está abonando y de que forma para saber si se reconocen a efectos de cotización, si la empresa no lo hace, la seguridad social no las tiene en cuenta.
Buenas noches ¿es lo mismo un contrato a tiempo parcial que una reduccion de jornada por erte o por cuidado de hijos?
Gracias
No, son cuestiones diferentes.
Hola! Me gustaria saber si un trabajador tiene un contrato a tiempo parcial, la empresa tiene que pagar lo mismo de seguridad social independientemente de las horas de contrato? O si se tiene que pagar menos si en el contrato tiene menos horas
Se paga en función de la base de cotización que está relacionada con el salario, que a su vez, tendrá relación con las horas de trabajo que realiza.
Buenos días, una señora tiene una mercería y por asuntos de maternidad, contrata a su madre con jornada a tiempo parcial del 60%, a través de un contrato de trabajo indefinido a tiempo parcial; para cubrir la baja por maternidad y después el periodo que tenia sus hijos en la guardería. La madre trabaja durante 4 horas diarias de lunes a viernes (mañana o tarde) por un sueldo de 400 o 500 euros en mano al final de mes. ¿Cumple las obligaciones laborales? ¿Y existe evidencias de incumpliendo legales?
Una última duda la madre, le expone a unos funcionarios de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social en su domicilio mientras preparaba la comida, que fue contratada por su hija, para cubrir su maternidad y después la guardería, estando en la tienda de 12:30 a 13:15 horas y de 19:00 a 20:00 horas los lunes, jueves y viernes, por un salario de 600 euros, percibido de forma semanal. ¿Existe algún incumpliendo a contradecir lo que antes había expuesto la propietaria a los funcionarios?
Gracias y un cordial saludo.
Buenas, si tengo un contrato de 20 horas semanales, y me tienes q dar 3 dias de vacaciones en una semana, cuantas horas podria echar de trabajo en esa semana que tengo 3 dias de vacaciones….
Depende de si son días hábiles o naturales, de cuando disfrutas los días, de cual es tu jornada ordinaria…
Buenos días.
Acabamos de cambiar de Jefe, y tras treinta años con un horario de 8 a15 horas y cada cinco semanas de 8 a 14 y de 15 a 17 horas, es decir unas treinta y seis horas semanales de media al mes, el nuevo jefe nos dice que así no puede ser porque es un fraude a la S.S., que los contratos son de 40 horas semanales, en cuarenta años de profesión nunca había oído tal cosa, sí defraudarías si haces mas horas, pero por hacer 4 horas menos a la semana, ¿Seria fraude?
Gracias.
No, no es ningún fraude.
Buenas,
Tenía un contrato con la empresa por nómina de 30hr, de la cuales nunca llegaba a mis horas mientras los compañeros hacían horas extras, y como yo no llegaba a las 30hr me quitaban las horas del sueldo. Se me acabó el contrato y entré por una baja a 15hr en la misma empresa, y tienen a compañeros en erte parcial dándoles más horas de las que les corresponde mientras yo sigo sin llegar a mis 15hr por contrato, así que siguen sin pagarme mi sueldo, restándome del sueldo las horas que no hago. Es legal? Qué debo hacer?
Si te contratan por un número de horas es lo que tienen que pagarte, aunque no las trabajes. Será culpa de la empresa que no trabajes las horas.
Buenas noches,
Me quiero jubilar próximamente. Tengo 19 años de cotización a tiempo completo.
El año que viene es posible que trabaje a media jornada (1 año) para completar los 20 años de cotización.
¿Trabajar a tiempo parcial va a perjudicar en la cuantía de la pensión? ¿Sería diferente si trabajo a tiempo completo ese último año?
Muchas gracias
Si desconozco la base que tienes, pero seguramente te penalice.
Hola. Tengo un contrato trabajo indefinido a jornada parcial, 15horas/semana. Al tener un hijo, le he dicho a mi empresa que tengo derecho al plus ayuda de estudios (una cuota anual). El plus es de 137€, y dice que me lo dan en función mi jornada, me pagan solo 51€ (por las 3 horas/día). Es eso correcto o tendría derecho al importe completo??. Gracias.
Depende de lo que diga el convenio. Si se considera un plus salarial, lo normal es que sea proporcional a la jornada de trabajo.
II. RETRIBUCIONES ECONOMICAS
Art. 4. Salario Base
El salario base en jornada completa de trabajo será el
que figura para cada categoría profesional en el anexo 1,
Tablas Salariales.
Art. 5. Plus de transporte
Se establece con carácter general para todos los tra-
bajadores, sin distinción alguna ni de edad ni de jornada
realizada ni de categoría profesional, un plus de trans-
porte mensual consistente en las cantidades reflejadas
en el anexo 1, Tablas Salariales.
Art. 6. Ayuda de estudios
Se crea una ayuda de estudios anual, consistente en
las cantidades reflejadas en el anexo 1, Tablas Salariales,
por cada hijo de los trabajadores que esté recibiendo en-
señanza Preescolar, incluida guardería de 0 á 3 años, Pri-
maria, Secundaria, Bachillerato, Formación Profesional o
Formación Superior, siempre que pueda justificarse. Esta
ayuda se abonará también a los propios trabajadores que
estén realizando cualesquiera de los mencionados estu-
dios. Dichas ayudas se abonarán por la empresa a sus
trabajadores en el mes de octubre de cada año, coinci-
diendo con la iniciación del curso.
Eso es lo que indica el Convenio Colectivo Oficinas y Despachos de Granada; no indica si es en una categoría u otra.
En la nómina me lo han incluido en percepciones no salariales.
Le digo a mi empresa que me corresponde el importe integro?
Gracias.
Si lo considera percepción no salarial, en mi opinión, se puede defender que se debe cobrar de manera íntegra si el convenio no dice nada. Esta es una cuestión siempre discutible.
Hola Alejandro,
Tengo un contrato indefinido de 33 horas semanales, 1497h anuales. Mi horario es de tarde.
Me dan la posibilidad de hacer turno de mañana pero pasaría a hacer 30 horas semanales.
No sé si aceptar. Me iría bien para la conciliación familiar pero me preocupa que de cara a la jubilación. Económicamente perdería mucho de 33h a 30h semanales? Podría jubilarme igualmente a los 65 años?
Muchas gracias
La fecha de jubilación no cambia, sobre la pérdida económica de si es mucho o poco una reducción de aproximadamente un 10% es una cuestión subjetiva, además que desconozco el salario que tienes.
Gracias por contestarme.
EN UNA EMPRESA DE DOS TRABAJADORES CON MISMO CONTRATO,CATEGORÍA,LABORES A REALIZAR, ETC…
SOLO CAMBIA LA ANTIGÜEDAD. EN ERTE EN QUE EL EMPRESARIO SOLO NECESITA UN TRABAJADOR, ¿ TIENE ALGUNO DE LOS DOS POR LEY PREFERENCIA PARA TRABAJAR Y SER EL OTRO EL QUE VAYA A ERTE?
No, la ley no establece ninguna preferencia en ese caso. Aquí lo explico.
Hola,
En 2018 trabajé dos meses a jornada completa (y cobrando como tal) y, casualmente, me he dado cuenta de que en la vida laboral un CTP del 50% en esos dos meses. ¿Es denunciable?
Puedes hablar con la empresa para ver si es un error, denunciar en inspección o demandar a la empresa por responsabilidad en las prestaciones su te causa un perjuicio, por ejemplo, a la hora de cobrar la pensión.
Sí señor.
Buenos días,
He estado en verano trabajando en un supermercado con un contrato de 30h. Las horas extras no las pagan nunca, eso ya lo tengo asumido. Pero mi duda es la siguiente: en el finiquito no me han pagado los domingos ni festivos porque dicen que al estar a media jornada no los tienen que pagar. ¿Es eso verdad? Una amiga mía trabajó en el mismo sitio el año pasado, igual que yo, con contrato de 30h y cobró unos 250€ más que yo en el finiquito. No sé por qué, pero me suena a que me están timando… Si alguien puede resolverme la duda lo agradecería mucho, ¡gracias de antemano!
No, no es cierto. Por estar en un contrato a jornada parcial, no se pierde el derecho a cobrar los festivos o domingos según lo indicado en el convenio colectivo.
Hola, si estoy trabajando a media jornada 20 horas semanales durante dos meses , a la hora de acumular ese periodo para desempleo se cuenta como dos meses o como la mitad? Gracias.
Dos meses.
Muchas gracias.
Hola,llevo dos años en una empresa de hostelería a tiempo parcial ,en mi contrato pone 20 horas semanales,de 9 a 13 horas,de lunes a viernes…y que no existe pacto sobre la realización de horas complementarias…Ahora con el tema del coronavirus como no quieren despedirme por no pagar,quieren que me vaya yo ,entonces me ha dicho que me dará fiesta un día entre semana así tendré que ir a trabajar el dabado ,eso lo puede hacer si mi contrato es de lunes a viernes????? Y al ser hosteleria si un festivo cae entre semana estoy obligada a ir a trabajar?,?, gracias
Impugna la modificación realizada o solicita la extinción por modificación sustancial de las condiciones de trabajo con derecho a indemnización de 20 días por año trabajo.
Tengo un contrato parcial indefinido de 30 horas semanales y como consecuencia de una reducción laboral de mi compañera, que tiene un contrato indefinido a tiempo completo, me están exigiendo desde la empresa a ampliar mi jornada a completa. Debido a mí reciente maternidad, no deseo esa ampliación. La empresa me dice que me desvinculan si no la acepto por no cubrir las necesidades horarias de la oficina. ¿Pueden hacerlo?
En caso afirmativo, ¿Qué me correspondería?
Y si aceptase, ¿ Podrían pasarme a parcial de nuevo por compañera terminar la reducción laboral?
Gracias.
Un saludo
Pasar de un contrato de tiempo parcial a completo es voluntario para el trabajador y no puede imponerse por la empresa. Ahora bien, si la empresa modifica la jornada de manera unilateral, recomiendo demandar, antes que negarte, ya que la desobediencia puede considerarse sancionable.
He firmado un contrato a tiempo parcial de 18horas / semanales, pero en la clausula segunda se especifica que la jornada es de 34horas / semanales.¿ Cotizo a la Seguridad Social por 18 horas o 34 semanales?.Gracias.
Miralo en el informe de vida laboral. Debes cotizar por las horas que trabajas.
Hola Alejandro, agradecer tu labor y todo tu trabajo hacia todos nosotros. Mi madre tiene 69 años, 14 anos 7 meses cotizados ,ha trabajado de empleada de hogar pero sus últimos jefes le han cotizado 46% y 33% en los últimos 3 años.En diciembre de 2018 tenia 13 años ,10 meses cotizados; el ultimo trabajo de 14 meses su jefa le ha cotizado 16 horas y pensamos que ya completaba los 15 anos mínimos para solicitar su pensión. Nos hemos encontrado que apenas estos 14 meses cotizados han representado un total de 190 días en lugar de 420, suponemos que por las pocas horas de cotización. CUANTO MAS tendria que trabajar ella en meses para completar los 5 meses que le faltaria para completar esos anhelados 15 anos mínimos , si su jefa le cotiza apenas 16 hrs semanales , o si eso es indiferente ?
Por otro lado alguna vez pedimos una cita a las oficinas de la seguridad social y la persona que nos atendió nos hablo que ella solo tendría derecho a algo asi como 250-300Euros de jubilacion por vejez porque tenia cotizados varios anos por medio tiempo o menos, ES POSIBLE QUE LE DEN UNA PENSION TAN IRRISORIA con estos antecedentes descritos antes. Es posible que pueda solicitar ya su pension por vejez aunque no tenga los anos minimos.
De nuevo Alejandro muchas gracias x tu orientacion y tiempo
BUENAS NOCHES ALEJANDRO,
ME ENCUENTRO EN EL SIGUIENTE CASO Y CON MUCHAS DUDAS, A VER SI PUEDES AYUDARME. TENIA UN TRABAJO A TIEMPO COMPLETO DE 40 HORAS, MAS OTRO TRABAJO DE FINES DE SEMANA DE 16 HORAS; PERO RESULTA QUE CON TODO ESTE TEMA DEL COVID19 ME HAN DESPEDIDO DEL TRABAJO DE 40 HORAS TIEMPO COMPLETO Y EN EL DE 16 HORAS ME HAN APLICADO UN ERTE. AHORA BIEN MI PREGUNTA ES LA SIGUIENTE, PUEDO SOLICITAR MI PRESTACION POR DESEMPLEO DEL TRABAJO QUE TENIA DE 40 HORAS…? ASI TENGA APROBADO UN ERTE POR EL TRABAJO A TIEMPO PARCIAL (16 HORAS FINES DE SEMANA).. TENGO MUCHAS DUDAS CON ESTO…TE AGRADEZCO QUE ME DIGAS ALGO AL RESPECTO.
SALUDOS,
NESTOR.
Entiendo que sí que podrías tener derecho, aunque en ese caso, consumirías paro. Tendrás que pedirlo en el SEPE, puesto que éste te abonará de forma automática el del ERTE, que es el que pedirá la empresa.
Buenas tardes Alejandro
A mi madre le han hecho un contrato a tiempo parcial de 15 horas semanales, para pagarle le dividen el sueldo base como si echara una jornada completa y se lo multiplican por las horas, lo que le viene a salir a 4€ la hora. Eso es legal o debería cobrar por horas ya que echa menos de 20 y está estipulada a 7€?
Muchas gracias!
Hola, tengo un contrato indefinido a tiempo parcial, me caí trabajando, me hecharon de el trabajo a los tres meses de estar de baja, llevaba trabajando desde el 12 / 11 / 2017 hasta el 29/ 07/2018, pueden hecharme estando de baja? A consecuencia de el accidente me operaron y posteriormente me concedieron la pensión permanente total, tengo secuelas de la operación
Pueden despedir si existe causa para ello. En cualquier caso, existen 20 días hábiles para impugnar el despido, y si el despido fue en el año 2018 estás fuera de plazo, si no demandaste ya.
Buenas tardes Alejandro. Tengo un contrato de 40h sin convenio. Ahora la empresa que es una fundación, nos quiere meter en convenio y bajarnos a 30h. Tenemos salario base. Nos perjudicaría mucho ese cambio para el futuro?? Paro, jubilación, etc.
Más o menos nos quedaríamos con el mismo sueldo que a 40h.
¿Quiere reducir el número de horas de la jornada completa? o ¿pasar de contrato de jornada completa a parcial?
Buenas tardes,
Tengo un contrato a tiempo parcial de 20 horas mensuales. Trabajo solamente 5 horas los sábados. Mi empresa me dice que puede solo tenerme en alta los sábados que trabajo, dandome de baja el resto de días que no trabajo, así semana tras semana. ¿Es esto correcto?
Buenos días. Tengo un contrato parcial de 20 horas semanales. En el convenio de metal de Coruña la jornada es de 1760 horas.
Es correcto que trabaje 20h semanales (es lo que pone mi contrato) si mi coeficiente de parcialidad es del 50%? O lo correcto sería trabajar 880 h al año?
Gracias anticipadas.
Ambas cosas son compatibles, puedes tener una jornada de 20 horas, pero en cómputo anual, no puedes realizar más de las 880 horas al año. De hecho, podrías tener por ejemplo, una jornada de 40 horas algunas semanas y descansar otras.
Hola Alejandro. Hace pocos días firmé un contrato de 30 horas semanales en el cual figuraba al 75 % pero nunca me imaginé que la Seguridad Social cotizaría los días al 75 %, porque es verdad que trabajo menos horas pero no menos días, esto me ha desilusionado muchísimo porque estoy pensando que cuando cumpla un año con mi contrato para la Seguridad Social abre trabajado nueve meses; y si esto lo multiplicamos cuando llegue 12 años para la seguridad social abre cotizado 9 años.
¿Tendré que trabajar más años para llegar al mínimo de jubilación, incluso tendré que trabajar más meses para poder pedir el paro o la ayuda por desempleo?
Esto es así o no lo he entendido. Muchas gracias desde ya. César
No, de cara a la jubilación y a la prestación por desempleo, ya se computa por cada día cotizado, independientemente de la jornada.
Buenos días tengo un contrato de 900 horas anuales, el año pasado hice 1030 horas que me las pagaron como ordinarias.
Este año me ha pasado lo mismo y exigí el pago de horas complementarias, mi pregunta es.
¿Puedo recurrir para que las del año pasado me las paguen reconozcan como horas complementarias?.
Al pagármelas como ordinarias puedo exigir que me las reconozcan como ordinarias en un nuevo contrato.
Convenio colectivo de grandes Almacenes
En mi opinión, estarías en plazo para reclamarlas, puesto que el plazo para reclamar es de un año y se inicia el 1 de enero de 2019 y finaliza el 31 de diciembre de este año.
Buenas noches Alejandro, trabajo en comercio(grandes almacenes) actividad económica524 y tengo un contrato a tiempo parcial indefinido no bonificado (289) con 889 horas anuales siendo inferior a la jornada a tiempo completo prevista en el convenio colectivo de la aplicación que es de 1770horas.
Señalando que no existe pacto sobre la realización de horas complementarias.
Mi problema es que voy a acabar el año con 1130 horas es decir con 231 horas más de lo establecido en mi contrato. ¿Qué puedo hacer?, comente verbalmente una mejora de contrato me la deniegan por que no hay vacantes, y horas complementarias no me han pagado.
LLevo 12 años trabajando en la empresa y desde hace 3 me esta pasando esto.
¿Puedo reclamar los 3 años anteriores?, Exigir contrato completo. Muchas gracias por tu ayuda!!!
Completando la respuesta anterior, sólo puedes reclamar un año.
Buenas tardes!
Mi nombre es Teresa, tengo un trabajo de media jornada como auxiliar administrativo desde hace 3 años que cumpli el pasado 23 de noviembre. Tengo algún beneficio economico al haber hecho tres años en la empresa? Muchas gracias
Si te refieres a un plus de antigüedad, depende del convenio y si es sobre la posibilidad de ser indefinida, depende del contrato.
Cuanto cobraré con una media jornada como auxiliar administrativo??
Depende del convenio, pero como mínimo 450 € brutos en 14 pagas, o 525 en 12 pagas.
Buenos dias,
Tengo una duda sobre un contrato a jornada parcial. Si estoy contratado a un 50% desde hace mas de 5 años y hay ofertas de empleo nuevas, ¿tengo prioridad para ampliar mi contrato? ¿Es posible que me denieguen la ampliacion y contraten a gente nueva ajena a la empresa?
Habría que ver que es lo que dice el convenio, el Estatuto de los Trabajadores en su artículo 12, establece lo siguiente: “A fin de posibilitar la movilidad voluntaria en el trabajo a tiempo parcial, el empresario deberá informar a los trabajadores de la empresa sobre la existencia de puestos de trabajo vacantes, de manera que aquellos puedan formular solicitudes de conversión voluntaria de un trabajo a tiempo completo en un trabajo a tiempo parcial y viceversa, o para el incremento del tiempo de trabajo de los trabajadores a tiempo parcial, todo ello de conformidad con los procedimientos que se establezcan en convenio colectivo.”
Buenas tardes, tengo contrato de jornada parcial en el que llevo un total de 12 años 4 meses y 6 días y simultáneamente en otra empresa durante 8 años 9 meses y 10 días. Quisiera saber con estos datos y la nueva ley si mi sueldo actualmente que es de 351e pasaría a 430e de cara a la jubilación, gracias de ante mano.
Viendo mi vida laboral veo que la parcialidad es inferior a la que realicé. Se ajusta al contrato pero no a las horas trabajadas (irregulares todos los meses). Decido investigar y consigo ver los cálculos en SS. Un apartado de afiliados que entra en SLD. y corroboro que mes a mes lo que aparece sobre liquidaciones y demas. Resulta, que en coeficientes siempre aparece 500 (q sería 50%). Y que las horas son las mismas todos los meses. Las liquidaciones económicas en cambio se ajustan a nominas. Al tener coeficientes no-reales me afectan a los días de cotización en vida laboral. ¿Error de la TGSS o negligencia de mi empresa en falta de notificacion? Aclaro que hay meses q hasta he llegado a trabajar al 80% de la jornada laboral y no al 50% (como pone en contrato) ¿pido rectificación mes a mes en TGSS o denunció a empresa en INSS?
Buenas tardes
Trabajo como peluquera a tiempo parcial,jueves, viernes y sabados, contrato indefinido. Tuve una baja una semana completa(practicamente de lunes a lunes)
A la hora de cobro el gestor me dice que para sacar la cifra diaria a percibir, se hace un cálculo entre todos los dias de la semana. Cual es la explicación de cotizar por los dias que yo no trabajo(lunes, martes y miércoles) no me cabe en la cabeza!! ??
Muchas gracias
Son días de descanso, en el cual se cotizan por ello a todos los efectos (paro, jubilación…), cuando pidas el desempleo se tendrá en cuenta que has trabajado todos los días y no sólo jueves, viernes y sábados.
Termino contrato si me niego a renovar porque hago muchas mas horas de 40 tengo derecho a paro
no.
Buenos Dias,
Hasta el pasado 27 de Marzo tenia dos contratos, uno de jornada completa de 40 horas indefinido y otro de 16 horas de fines de semana. Pero me han despedido del trabajo de 40 horas y me aplicaron el ERTE en el de 16 horas. Mi pregunta es la siguiente, puedo solicitar el paro por el trabajo que tenia de jornada completa???
Al ser una situación particular preguntaría en el SEPE, ya que si solicitas el paro a jornada completa, que es el que tendrías que solicitar, consumirías paro.
Hola.
Tengo 49 años y llevo cotizados 27 años a la seguridad social. Ahora mismo tengo un contrato indefinido de 16 horas a la semana. Si sigo con este trabajo y cotizando solo por esas 16 horas. Tendré derecho a jubilación o debería buscar otro trabajo para completar las 40 horas semanales de cotizacion? Y con cuantos años me podría jubilar?
Tendrás derecho a jubilación aunque estés a tiempo parcial. Con la legislación actual, tendrías derecho a 65 años a la jubilación.
Hola. Tenía un contrato a tiempo parcial de 30 horas semanales y ahora es de 40 pero la empresa no me lo pasa a contrato a tiempo completo, sigue siendo un contrato a tiempo parcial con 40 horas semanales. ¿Estoy perdiendo algún derecho por no cambiar el tipo de contrato a tiempo completo? La empresa me dice que no.
Más allá de las ventajas y desventajas, deberían tenerte contratada por la jornada que realizas, pero es casi siempre mejor a jornada completa que a parcial.
Hola .
Tengo un contrato parcial para trabajar sabado y domingo 16 horas de demostradora a los 2 años después me subieron de puesto a supervicion de 4 dias 32 horas en mi nomina si se reflejó el pago y así dure 3 años con el sueldo ahora me quiero bajar a mi contado original u bajarme el sueldo se puede.
Se puede modificar, si existe causa para ello, a través de una modificación sustancial de las condiciones de trabajo.
Buenas noches
tengo unas dudas sobre mi horario de trabajo ,trabajo en una tienda de ropa en un centro comercial trabajo de lunes a sabado , mi contrato es de 34 hras semanales pero cada dia me tengo un horario diferente 11 a 16 hras, 11 a 17 hras ,12 a 17hras,12 a 18 hras de 16 a 21 hras o de 17 a 22 hras , en estos horarios de 11 o 12 hras no me dejan comer en la empresa asi pues entre que salgo del trabajo solo puedo hacer una comida cena al dia y un desayuno , pero esto de la comida es lo menos importante ,lo que me preocupa es los horarios de trabajo es normal estos cambios de horario diarios , tambien tengo de 12 a 14 hras y de 16 a 21 hras etc
gracias
Habría que ver que es lo que dice el convenio y con que antelación te comunica el horario, y que es lo que dice el calendario laboral de la empresa.
Holaaa quería preguntarte si con un contrato eventual de un año te pertenece finiquito de 12 días x año trabajado o no. Muchas gracias
Sí, te corresponde.
buenos dias lo que firme lunes miercoles viernes y sabado de 11 a 17hras o 15 a 21 hras
martes y jueves 11 a 16 o 15 a 20 hras , que hacen un total de 34 hras
tambien a veces hago de 10 a 17 hras etc no hay dia que tenga el mismo horario ,hoy 29/7/19 por ejemplo de 13 a 19 hras , la empresa no sabe nada todo se lo organizan las encargas , que se van y me dejan sola ,lo mismo se lo hacen otras compañeras y representan que ellas hace mi horario real de 34 hras y cobran de 40 hras ,haciendo nosotras el suyo y cuando te pasas de horas te dicen que te dan un dia libre , igual el otro dia tuve que ir medico de cabecera ,le llevo justificante y me dice que no hace falta que en vez de plegar a las 17 hras lo haga a las 18 todo arreglado
que entre nosotras lo solucionamos
un saludo
buenos dias
aviso de cambio horario pude ser que te llamen la noche anterior o como el horario de hoy29/7/2019 es de 13 a 19 hras
me lo comunicaron e4lsabdo cuando me iba
gracias
Hola estoy en una empresa que hace servicios a domicilio de personas dependientes . Acaba de ser subrogada x otra no me dieron la opcion de irme de L empresa me.han pasado con 30.hras semanales como lo tenia antes , ahora tengo menos usuarioa la cuestion es si ellos me puedes obligar a bajar mi jornada laboral , si no acepto me pueden mandar al paro ? Xq yo tengo.titulo de auxiliar de enfermeria pero sigo de alta como.auxiliar del hogar y si encima me bajan jornada prefiero marcharme .
Si reducen el salario y el numero de horas que te tienen contratado, podrás solicitar la extinción de la relación laboral por modificación sustancial de las condiciones de trabajo con derecho a indemnización y paro.
Buenos días! Trabajo en un centro a 25h semanales desde 2011 (la jornada completa es 38.5h semanales). Tengo 32 años. Actualmente he cogido otro trabajo de 20 h para intentar completar mi jornada completa. Mi duda es la siguiente… Querría saber cuán de importante a mi edad es cotizar a jornada completa (es decir seguir así con ambos trabajos) ??? Ya que me encuentro en dilema de seguir a jornada de 25h y terminar mis estudios universitarios (+-me quedan 3años).
Gracias
Con la última sentencia del Tribunal Constitucional al respecto, más allá de cotizar a jornada completa o parcial, lo importante es cotizar lo máximo posible en cuanto a cuantía. Actualmente, para el cálculo de la jubilación se van a coger los últimos 25 años.
HOLA,
YO TRABAJO EN LA RECEPCIÓN DE UN BANCO, MI CONTRATO ES A TIEMPO PARCIAL DE 6 HORAS Y MEDIA AL DÍA, MIS COMPAÑEROS QUE TRABAJAN 8 HORAS SALEN CADA VIERNES ALTERNO AL MEDIO DÍA, SOLO HACEN 5 HORAS. YO TENGO DERECHO, A SALIR ANTES ALGÚN VIERNES?
MUCHAS GRACIAS
CARMEN
Habría que ver que es lo que dice el convenio y el contrato de trabajo.
Buenas tardes. En el año 2001 firmé un contrato indefinido a tiempo parcial de 25 horas a la semana (5 horas de lunes a viernes). El % de jornada se fijó en el 62,5 % (25/40). Convenio de oficinas y despachos. El último convenio es de 2009 y en él se establecía una jornada semanal de 39 horas. Entiendo que mi jornada representaría el 64,10 % (25/39). A día de hoy, en la nómina me siguen aplicando el 62,5 % de la jornada. Además, en el convenio colectivo también se establece que del 1 de junio al 30 de septiembre la jornada semanal es de 35 horas. Si trabajara las 25 horas mi jornada pasaría al 71,43 %. Como la nómina no me la modifican lo que hago es reducir mi jornada en la proporción correspondiente. Es decir, hago el 62,5% de 35 horas a la semana. ¿Caduca el derecho a reclamar que en la nómina mensual no me actualizan el % de jornada teniendo en cuenta las modificaciones del convenio colectivo?
Por lo que entiendo al final estás haciendo menos horas par adecuar el porcentaje de jornada que te tienen contratado a las horas según convenio. Entiendo que eso es lo correcto, si varían las horas de convenio, según tu jornada contratada, deben varias las horas que trabajas y no aumentar (o disminuir) el porcentaje. Sobre esa base, se puede modificar si es de común acuerdo. Por otro lado, en caso de reclamar, el plazo en última instancia sería de un año desde que se realiza la modificación, si lo consideramos como una modificación sustancial de las condiciones de trabajo.
Sólo reduzco la jornada en verano porque trabajaría el 71,43 % del tiempo con un 62,50 % del salario. El resto del año sigo realizando las 25 horas semanales que figuran en mi contrato de trabajo. Si en dicho contrato se estableciera que mi jornada era un 62,50 % de la jornada establecida en convenio entiendo que tendría que ir adaptando mi horario en función de dicha jornada pero en el contrato pone 25 horas semanales ¿no sería entonces el % de jornada lo que se tendría que modificar? Si adapto mis horas y no el % de jornada, que implicaría un incremento de sueldo, al final termino por regalar parte del trabajo porque haría más horas gratis para poder tener el trabajo al día.
En principio, cuando se contrata a un trabajador en un porcentaje de jornada, eso es lo que debe prevalecer, y por lo tanto, deberías hacer menos horas en el horario habitual, y si trabajas más deberán ser horas extroardinarias. De la misma manera, que los trabajadores a jornada completa se les reduce el trabajo en una hora, no es que sigan haciendo 40 y se consideren 39 horas + 1 hora extraordinaria. En definitiva, en mi opinión, si se disminuyen las horas por convenio colectivo, a ti se deberían reducir en la misma proporción, y no se tiene el derecho de mantener el número de horas lo que implicaría un aumento de salario, salvo que se pacté así con la empresa.
Buenas, llevo trabajando en una empresa de mensajería unos años, siempre a cuatro horas. La empresa me sube a ocho horas para suplir vacaciones de compañeros y luego me vuelve a bajar. El caso es que con todo esto de la reforma laboral, mi jefe comentó a un compañero que si me volvía a subir ya no me podría bajar. He estado haciendo las vacaciones de un compañero estas últimas dos semanas y me ha asegurado de boca que me amplió el contrato. En fin el lunes parece ser que me reduce otra vez a cuatro. Cómo puedo saber si en realidad me lo amplió o por el contrario me ha dejado tal cual estaba a cuatro horas.
Revisa el informe de vida laboral y pregunta en la Seguridad Social. De todos modos, si el aumento de horas es de mutuo acuerdo si que se puede reducir posteriormente. Lo que no se puede hacer es de manera unilateral por parte de la empresa.
Sí, lo de la vida laboral es lo primero que pensé pero claro ahí viene en días cotizados. En la seguridad social imagino que tendría que ir en persona y el caso es que no dispongo casi de tiempo porque según venga carga de trabajo ya me están llamando para que me incorpore. Hay días que estando a media jornada trabajo doce e incluso trece horas. El caso es que no entiendo el comentario que le hizo al compañero que si ampliaba el contrato ya no podría volver a reducirlo. Es cierto que lo lleva haciendo desde el principio pero pensaba que al haber cambios con todo esto de la ley laboral. De todos modos está semana pasada pasó por allí la inspección de trabajo y lo han citado para este lunes. Hicerón fotos a todas las hojas donde firmamos la jornada y le han pedido que lleve las hojas desde enero y nos la ha hecho firmar a la carrera con lo horarios que le ha parecido y aparece dónde todos trabajamos a cuatro u ocho horas en vez de las doce que venimos haciendo, cosa que se contradice con los que venimos firmando desde el 12 de mayo que sí que hemos firmado lo que realmente venimos haciendo. Imagina que hay días que tengo 8 extras. Gracias por tu respuesta.
El artículo 12 indica que un trabajador que no puede pasar de jornada completa a parcial por decisión unilateral de la emrpesaa, así que por ahí no habría problema, si la empresa acredita que es con acuerdo. Creo que el problema con la inspección es más por hacer horas extraordinarias, cuestión que no es posible en un contrato a jornada parcial.
Muchísimas gracias por tu aclaración.
Buenos días.
El comentario que te hizo tu compañero puede venir del mantenmiento de bonificaciones en contratos indefinidos. No es que se prohiba tal modificación. Lo que ocurre es que si se produce una reducción de jornada, se mantienen de forma proporcional a la jornada acordada, pero si se produce una segunda reducción perderían la bonificación.
Muchas gracias Julio. Da gusto ver que haya personas que nos aclaren dudas
Trabajo a tiempo parcial 24h se males. El 21 de junio acabo contrato. Y no se hasta es fecha cuantas horas tendría que trabajar. Las horas que trabajan son 1760
Habría que saber el coeficiente de jornada por el que te tienen contratado.
En mi empresa se pagan las horas bajo la denominacion de plus de mejora, estas horas extras se cotizan en contingencias comunes pero no en las contingencias profesionales. Tenemos contratos parciales, hacemos 200h al mes, aunque en el contrato solo ponen 80.
¿Esto es legal? ¿Me perjudica en caso de baja laboral? Entiendo que lo hacen por algo
Te perjudica enfunción del tipo de baja laboral, y no, no es correcto ni legal. Las horas extraordinarias deben de pagarse y cotizarse como tal.
Gracias Alejandro. Una ultima pregunta. Dices que depende de que baja laboral, de que tipo. Desconocia tan siquiera que hubiera varios tipos. En cualquier caso en que caso me podria repercutir. Un ejemplo Por favor y gracias
En una baja por accidente laboral o enfermedad profesional, la base es de contingencias profesionales, y las demás la base de contingencias comunes.
Muchisimas gracias Alejandro.
Trabajaba de lunes a domingo en un balneario en hosteleria tube una niña y pedi una excedencia de un año ahora me reincorporo en abril con reduccion de jornada de 8 a 12 de la mañana contrato 20 horas semanales .puedo pedir trabajar de lunes a viernes?gracias
La reducción de jornada se tiene que solicitar dentro de la jornada ordinaria, y en principio salvo que se alcance un acuerdo o el convenio colectivo lo permita, no sirve para reducir los días de trabajo.
Si ya me la han concedido pero queria saber si como soy fija indefinida si podia coger de lunes a viernes como solo tengo 20 horas semanales a ver si puede ser o si me tienen ke dar los dos dias seguidos fiesta xk solo trabajo de 8 a 12 y tengo ke tener 2 dias fiesta?
El horario que puedes tener es dependiendo de lo acordado con la empresa. Si ya te lo han concedido la reducción de jornada, supongo que en la misma se indica en que horario se va a disfrutar la reducción.
Hola! tengo un contrato de relevo a jornada completa, si quisiera pasarlo a jornada reducida, podría? ya que representa que yo estoy substituyendo el empleo que realizaba la persona jubilada y esta lo hacia a tiempo completo….
Gracias
Si la empresa tiene obligación de hacer el contrato de relevo a jornada completa, no se podría hacer a jornada parcial.
hola, estoy en el paro y mi pregunta es, si cobrando el paro puedo trabajar a tiempo parcial? gracias, un saludo.
Puedes, pero no podrás cobrar el paro, o por lo menos podrás compatibilizarlo como se explica en esta entrada.
Buenos días!!
He estado trabajando en UK durante un periodo de cuatro años y este octubre de 2018 me volví a España por razones de familia y salud. Al llegar, solicité el U1 y me puse manos a la obra para obtener el paro. Descubrí que debía cotizar al menos un día en España, busqué trabajo, y me hicieron un contrato de 10 horas semanales en una inmobiliaria. Ahora, después del mes y cuando voy a solicitar el paro de vuelta descubro que al haber tenido un contrato de solamente 10h podría afectarme muchísimo en la totalidad q tenía planteada cobrar.
Me gustaría saber si van a ponerme pegas por este contrato, si me van a pagar la mitad, si sería mejor seguir trabajando o seguir un contrato de jornada completa..?
Pegas no te van a poner, pero efectivamente la cuantía será baja.
Quisiera hacerle una consulta:
Trabajo en Hostelería en un negocio de temporada (camping) desde hace varios años, en la misma empresa…..el dueño del establecimiento es autónomo, puede tener un trabajador indefinido a tiempo total ?? Esta pregunta se la hago ya que es negocio de temporada…
Gracias
Dependerá de las necesidades de la empresa, pero si cierra el centro de trabajo, no debería tener un contrato a jornada completa indefinida, ya que materialmente no le puede dar trabajo. Ahora bien, puede necesitar tareas de mantenimiento o similar cuando está cerrado.
Si si a eso me refiero ….y también por limpieza de bungalows,etc que eso sí que se encuentra todo el año abierto….
La cosa es que sino el problema que aparece en negocios de este tipo es que tienes que estar constantemente cambiando de empleados…..por ese motivo Nose cual es la mejor opción de contrato de trabajo para este tipo de negocios…..
Gracias y un saludo.
El contrato fijo discontinuo.
Buenos días,
Tengo un contrato de 20h semanales las cuales están repartidas en 10h los domingos y las otras 10h repartidas por la semana, sin días fijos, sino cuando quieren me dicen que tengo que ir. Además de eso, las horas extra que realizo no me las pagan, me las devuelven en días libres, pero esos días no los puedo elegir yo, sino que normalmente los elige mi encargada. Es eso normal??
Muchas gracias.
Sobre la jornada flexible, no. En principio se debería conocer la distribución de la jornada. Por otro lado, las horas extras, sí que se pueden compensar con descanso según lo que indique el convenio. Descanso que debe computar sacando horas de tu jornada ordinaria.
Hola, tengo un contrato de 25hrs semanales de lunes a viernes. Lo que me gustaría saber es si cotizarían por mi los fines de semana o solo los días efectivamente trabajados.
Gracias y un saludo
Los fines de semana también se cotizan, ya que son los días de descanso generados.
Buenos días tengo un contrato a tiempo parcial de 20horas de forma vertical es decir hago esas horas repartidas en 4 días…me gustaría saber si el salario es el mismo que en un contrato a tiempo parcial horizontal….ya q según mi jefa al no trabajar 5 días a la semana el salario no es el correspondiente a la media jornada sino menor. Es esto así si yo al final hago mis 20 horas semanales?
El salario depende del Coeficiente de parcialidad que tendrá que ser el mismo, y por ende, el mismo salario.
Buenas tardes, soy una profesora concertada de la CA de Canarias. Nací en abril de 1958 y trabajo en el mismo centro educativo desde octubre de 1982, me gustaría saber cuando puedo acceder a una jubilación parcial y en qué porcentaje
En esta entrada explico los requisitos. La empresa tiene que estar conforme, y es el trabajador o de mutuo acuerdo el que decide el porcentaje de reducción.
Hola tengo60 años y tres meses. .y34años y6meses cotizados . Me gustaría me informaran si solicito un contrato relevo cuando acabaría mi relación laboral cumplo los 61 años en octubre
Depende de la reducción de jornada y de si existe acumulación o no de la jornada. Es decir, depende de lo que se negocie con la empresa.
Pero puedo solicitarlo y cuál es el mejor acuerdo para mi
En esta entrada explico los requisitos para poder acceder a la jubilación parcial.
Tengo un contrato de 25 horas semanales , de lunes a viernes, últimamente trabajo los sabados como horas extras , me quieren dar de alta en la ss por los sabados.¿ tendria algun problema de cara a hacienda…?
De cara a haciendo ninguno, ingresas más tributaras algo más. Pero en un contrato eventual, no se pueden realizar horas extras, en su caso, complementarias.
buenas tardes: tengo un contrato indefinido a 36 h en una gran superficie y mi compañera uno de 40 h Las horas nos las pagan igual?. estamos en la misma seccion.
Yo tenia un contrato de 25 h.con ampliaciones de 10h firmadas mensualmente durante 18 meses, al incorporarse una compañera de 40h reclame a la empresa la ampliacion de mi contrato. Despues de contactar con recursos humanos y sindicatos esta accedio ha fijarme el contrato en 36h. con la condicion q no reclamase mas, esto ultimo nunca por escrito.Puedo seguir reclamando las 40h. En junio hara un año de la incorporacion de dicha compañera.
Gracias
El salario no tiene por que ser el mismo. Lo que si que tienes que cobrar como mínimo es lo que diga el convenio.
Buenos días, tengo contratada a una asistenta del hogar , 12 horas semanales.
Me gustaría saber si dos de los días que viene caen en festivo. Tiene derecho a disfrutarlos, o si por el contrario, esas 6 horas, las ha de recuperar en otro momento.
Muchas gracias
Les corresponde descansarlo y no tiene que recuperarlos.
Soy un jubilado parcial con contrato de relevo al 85% y mi pregunta es si cuando alcance la jubilación total mi pensión variará y de que manera.
Gracias.
Cuando te jubiles cobrarás el 100 % de la pensión.
Buenas tardes.
Tengo un contrato parcial de 8 horas semanales, ocasionalmente lo amplían hasta 36.
Mi pregunta es la siguiente, si por ejemplo las 8 horas semanales las hago en dos mañanas, 4 horas martes y 4 horas jueves y así reza en el contrato, si uno de esos días fuese festivo o incluso ambos, si se diera el caso pueden cambiarme los dias de trabajo a lunes y viernes por ejemplo?
Y otra duda que tengo es cuando el contrato es de más horas, los festivos se abonarían dependiendo de las horas que tenga en contrato para ese día? O por el contrario al ser contrato parcial los festivos no se cobran.
Gracias de antemano.
No, no puede cambiarte los festivos si son días de trabajo. El mes que haya festivo no debería variar el sueldo, si cae en día de trabajo no se trabaja.
Muchas gracias por su respuesta y rapidez, me ha servido de muy gran ayuda.
Buenas tardes, la empresa en la que trabajo me ofrece un contrato indefinido a tiempo parcial. En este momento mi contrato es de duración determinada. En mi empresa van a sacar en los proximos años contratos de relevo por jubilaciones del personal mas veterano.Mi pregunta es la siguiente: ¿Puedo optar a un contrato de relevo a tiempo completo si estoy contratado como indefinido a tiempo parcial?
No, no se puede optar si ya estás contratado de manera indefinida.
Correcto, está indefinido, no obstante, al estar a jornada parcial, ¿no tendría algún tipo de prioridad para mejorar a una jornada completa ante un nuevo empleado?
Solo si así lo establece el convenio. El contrato de relevo sólo se puede realizar con un trabajador en desempleo o que esté contratado a través de un contrato temporal.
Buenas,he encontrado un trabajo de seguridad en una empresa de seguridad a tiempo completo estable por un jubilado,pero el servicio no llega a realizarse las 162 horas del cómputo y despues de 2 meses en este ultimo mes,realize 126 horas y me llamarom diciendo que me liquidaron las vacaciines de los 2 meses anteriores(puesto que me las ponian 5 dias de vacaciones repartidas(que computan 5horas y media por dia) para que computen y me llegue casi al cómputo,ya que el servicio donde estoy solo da para hacer el 80%de la jornada.el caso es que me han dicho que me han cambiado a contrato parcial por horas,eso es posible?Nose debe pactar con el trabajador antes?Soy padre divorciado y mi servicio me da para librar fines de semana alternos,mi prioridad es esa.Y evidentemente no salir mal con la empresa que me dio trabajo estable.GRACIAS.
El cambio de jornada completa a parcial, sólo se puede realizar de mutuo acuerdo. Nunca puede imponerse.
Antonio, soy coordinador en La Rioja de la asociación Marea negra por la seguridad privada, si el propietario del blog no pone inconveniente, puedo aconsejarte de modo específico, en éste correo larioja@mareanegra.net
Que tiene mas beneficio economico para un trabajador el 75% de la s. Social y el 25% de la empresa
O el 65% de la s, social y el 35% de la empresa.
No se muy bien a que te refieres.
Creo que sé lo que preguntas…….
Creo que es mejor que la s.s. pague la parte más alta, ya que tiene carácter de prestación por i.t., mientras que la parte de la empresa a completar, es (quizás no soy exacto), una “indemnización”, un concepto no salarial que no retribuye trabajo efectivo, y por ende, no garantizada por el FOGASA……. aúnque a su vez cotice……
Hola buenas noches.
Me han ido haciendo desde agosto contratos por meses y la última prorroga hasta diciembre, el contrato es de ayudante de camarero de 10 h semanales. Me gustaría saber si me pertenece algun dia de vacaciones antes de que acabe el contrato y si tengo finiquito. Gracias
Siempre se generan vacaciones, independientemente del tipo de contrato. En los contratos temporales a veces no se disfrutan y se pagan en el finiquito.
Buenas tardes,
Me van a hacer un contrato a tiempo parcial para trabajar algunas hora al mes, unas 40 horas mesuales. Se pueden hacer este tipo de contratos con tan pocas horas?
Muchas gracias
Si, se puede.
Buenos días.
Yo quisiera saber que diferencia hay de tener un contrato de 20 horas semanales a tenerlo de 30 horas semanales.
Mi jefe me dice que solo me puede pagar 700€ neto y que poniendome un contrato de 30 horas segun convenio sale a mas de ese importe, entonces me comenta que me lo baja a uno de 20 pero yo sigo trabajando las 30 horas.
Esto en que me afecta a mi? porque yo le he comentado que me lo deje a 30 horas aunque el sueldo no llegue ni por asomo al convenio. Me gustaria saber en que me repercute, si a la hora de la cotizacion, del paro…
Gracias.
Luego tendrás derecho a menos prestación por desempleo.
Tengo contrato parcial por 30 horas a las semana, trabajo de lunes a domingo en horas de día o noche, todos los meses cambia mis horarios según necesidad y disponibilidad, al mes me dicen que debo trabajar 130,35 horas al mes que eso sale de multiplicar las 30 horas por 4.345, que son las semanas que tiene cada mes como media. Eso es correcto? El cálculo de horas mensuales?
Lo que tienes que trabajar es 30 horas a la semana, si es eso por lo que estás contratando. Lo qu puedes hacer es mirar el convenio colectivo, y el porcentaje de jornada por el que estás contratado en el informe de vida laboral, y ver si anualmente trabajas más o menos horas de las que tienen contratado.
Hola buenos dias
He dejado mi trabajo mediante baja voluntaria para empezar en otro sitio.
Cogía vacaciones en mi trabajo del 18 junio hasta el 1 de julio inclusive y el dia 18 comunique a la empresa por escrito mi baja voluntaria con fecha de mi último día de trabajo el 1 de julio.
Empecé en el nuevo trabajo el 21 de junio y mi empresa me comunico que tenía que ser fecha fin 20 de junio ya que el 21 empezaba en el otro trabajo
Es correcto??
Me pueden penalizar por no preaviso?
A fecha 26 de junio me dice la de recursos humanos que todavía no tiene mi finiquito preparado hasta la semana que viene
Mi contrato anterior era de 40 horas y en el nuevo 36
Puedes ayudarme??
No, el día de fecha de baja voluntaria del 1 de julio es correcto. Ese día será el que tienen que abonarte el finiquito.
Buenas noches;
Tengo una jornada a tiempo parcial en mi empresa, y hay vacantes con mi titulación, pero ahora piden otras características como tener inglés, que yo no dispongo. El puesto es para realizar las mimas funciones que hago yo con mi media jornada, me lo deniegan por no tener inglés. Es legal?
Gracias
No entiendo si no te renuevan el contrato o quieres ampliar la jornada y o te dejan. En principio, la empresa es libre de pedir los requisitos que crea necesarios, siempre que no lo haga para vulnerar la el principio de igualdad.
Tengo un contrato indefinido, y me gustaría ocupar una de las vacantes de jornada que están ofertando, pero que no me dejan cubrir por carecer de inglés, pese a que los compañeros que contraten realizarán la misma actividad que yo.
Salvo que el convenio recoja ese derecho, la empresa puede contratar a otra persona en lugar de aumentar tu jornada.
actualmente estoy trabajando a jornada completa, pero ando buscando un trabajo mejor.
me han ofrecido otro trabajo pero es a jornada parcial. ¿que desventajas tiene?
Están explicadas en la entrada.
Hola tengo un contrato d 20h semanales cuantos días me toca por vacaciones al mes trabado. Gracias
2.5 días por cada mes de vacaciones, o más si así lo indica el convenio colectivo.
Tengo 62 años y 40 de cotización. La empresa me va a proponer un contrato relevo del 25% con un contrato a tiempo parcial. Mi pregunta es si puede ser beneficioso para mí. Gracias
Es una jubilación anticipada, en principio no te crea ningún perjuicio.
Buenos días Alejandro
Tengo una duda por mi situación laboral, he cotizado ya los 365 días para obtener el paro y tengo un contrato (hostelería en Barcelona) que caduca el 12 de octubre 2017.
Si no quiero renovar el contrato por una serie de razones (no me gusta, mala organización, salario bajo) tengo sin embargo derecho al mismo paro?
Muchas gracias por tu atención
No, no tienes derecho a desempleo. Más info– Derechos al no renovar el contrato temporal
Buenos días. Soy asiduo usuario de sus comentarios. En esta entrada sin embargo, discrepo en la imposibilidad de que un trabajador a tiempo parcial pueda ver convertida su jornada a tiempo completo, sin necesidad de formalizar un nuevo contrato, e incluso si conlleva su conversión en indefinido nada impide la misma.
Si es de común acuerdo, entiendo que no lo impide. Lo que indico en la entrada, es que no podrá ser obligado.
Entonces, total acuerdo con lo comentado.
un saludo y gracias.