Modelo de cancelación de baja voluntaria

Modelo para completar y descargar en Word

Completa el siguiente modelo y entrégaselo firmado al departamento de recursos humanos de la empresa o a tu superior, en caso de que no exista departamento de RRHH.

A LA ATENCIÓN DEL EMPRESARIO/RRHH

En _____________ a _____________de ____________de 202___

Dº/Dª ________________ con DNI Nº_____________, mayor de edad y domicilio a efecto de notificaciones en _______________, trabajador/a de la empresa mediante la presente les notifico mi decisión de dejar sin efecto la baja voluntaria comunicada a la empresa el día  __________________, cuya fecha de efectos de la medida hubiera sido el  _________________________ .

Le ruego que firmen la presente a los efectos de recibí el presente escrito

EL/LA TRABAJADOR/A

LA EMPRESA

Estas son las claves a la hora de completar el modelo:

  • Datos de identificación de la persona trabajadora. El domicilio a efecto de notificaciones es recomendable que sea el mismo que aparece en la nómina del trabajador, a no ser que el trabajador haya cambiado de domicilio. Dicho domicilio será el utilizado por la empresa en caso de que quiera notificarnos cualquier cuestión.
  • Fecha en la cual habíamos notificado a la empresa la baja voluntaria. La cancelación de la baja voluntaria sólo se puede realizar durante el periodo de preaviso, o dicho de otro modo, mientras la baja voluntaria no sea efectiva.
  • Fecha en la cual la baja voluntaria se hacía efectiva que, a través de la siguiente comunicación, dejamos sin efecto.

¿Puedo cancelar la baja voluntaria?

La legislación, y más concreto el estatuto de los trabajadores no establece nada, pero la jurisprudencia sí que ha permitido la cancelación de la baja voluntaria, salvo dos excepciones:

En primer lugar, el trabajador puede retractarse de la baja voluntaria durante el periodo de preaviso. Por lo tanto, no podrá hacerlo si la baja voluntaria ya ha sido consumada, es decir, si la relación laboral ya se encuentra extinguida.

En segundo lugar, la otra excepción es que la empresa no haya contratado a otra persona trabajadora para sustituirnos en el puesto de trabajo. En dicho caso, y en relación con el perjuicio que le supondría a a la empresa, no es posible cancelar la baja voluntaria.

Así por ejemplo lo ha considerado el Tribunal Supremo en la sentencia de uno de julio del año 2010 o la sentencia que reitera la doctrina del Tribunal Supremo de 17 de julio de 2012.

Fuera de estos dos supuestos, y salvo excepciones particulares, la empresta tiene la obligación de aceptar nuestra retractación de la dimisión. En caso de que no lo haga deberemos demandar por despido.

¿Tengo que preavisar?

No es necesario el preaviso, aunque sí que es recomendable que se intente comunicar con la mayor antelación posible.

¿Cómo tengo que comunicar la cancelación?

Si te echas atrás de tu baja lo puedes comunicar de la forma que tu quieras. Si crees que la empresa te va a poner problemas, puedes remitirlo mediante Burofax. Pero en este caso, tienes que tener en cuenta que puede que tarde unos días en recibirlo la empresa, y hasta que no lo reciba no se ha considera que lo has notificado.

En cualquier caso, puedes comunicarlo por diferentes vías, email, burofax, acudir presencialmente a las oficinas…

¿Qué pasa si la empresa no acepta la cancelación de la dimisión?

El trabajador tiene que actuar como si la baja voluntaria nunca hubiera existido y acudir a su puesto de trabajo con total normalidad. Si existe una baja en la Seguridad Social tendremos que demandar directamente por despido.

De la misma manera, para el caso de que la empresa no le deje ocupar su puesto de trabajo, o le indique que no acepta su cancelación de la baja tendrá que demandar por despido solicitando la improcedente o la nulidad del mismo.

El plazo para demandar es como cualquier impugnación de la extinción de la relación laboral de 20 días hábiles desde la fecha de extinción de la relación laboral. Te recomiendo que leas esta guía para impugnar el despido en caso de que fuera necesario.

En dicho procedimiento, el trabajador tendrá que acreditar que ha comunicado su cancelación de la baja voluntaria, y el empresario tendrá que acreditar cual es la causa por la cual no la ha aceptado.