Modelo de solicitud de extinción modificación sustancial condiciones de trabajo
Índice del artículo
- Modelo para completar y descargar en Word
- Las principales dudas de la modificación sustancial de las condiciones de trabajo
- ¿Qué es una modificación sustancial de las condiciones de trabajo?
- ¿Siempre tengo derecho a la extinción de la relación laboral?
- ¿Qué plazo tengo para solicitar la extinción de la relación laboral?
- ¿Qué pasa si la empresa no contesta?
- ¿Cuál es el importe de la indemnización? ¿Tengo derecho a paro y a finiquito?
Modelo para completar y descargar en Word
A LA ATENCIÓN DE EMPRESARIO/RRHH DE XXX
En _____________ a _____________de ____________de 202___
Don ____________, con DNI __________, y domicilio a efectos de notificación en__________ y número de teléfono_________ comparece en su propio nombre y, por medio de la presente solicita la EXTINCIÓN DE LA RELACIÓN LABORAL con derecho a una indemnización de 20 días por año trabajado con un máximo de nueve mensualidades en virtud del artículo 41.3 del Estatuto de los trabajadores, toda vez que la empresa ha realizado una modificación sustancial de las condiciones de trabajo [opcional notificada a esta parte el día ___________] consistente en ________________.
En caso de no recibir contestación por parte de la empresa en un plazo de __________________ naturales, interpondré la pertinente demanda ante los juzgados correspondientes.
Sin otro particular, reciba un cordial saludo.
EL/LA TRABAJADOR/A
Si lo prefieres, puedes descargar el modelo en el siguiente enlace….
Cómo completar el modelo
- Datos identificativos y de contacto del trabajador. Es importante mantenerlos actualizados por si la empresa tiene que notificarnos cualquier circunstancia.
- Fecha en la que nos notifican, ya sea por escrito o de manera verbal, la modificación sustancial de las condiciones de trabajo. ¡MUY IMPORTANTE! Si queremos también impugnar la medida de modificación contamos sólo con un plazo de 20 días hábiles para presentar la demanda ante los tribunales desde la notificación, si indicamos una fecha en este escrito tendremos que presentar la demanda en el plazo de dichos 20 días hábiles ya que estamos reconociendo que existió la notificación.
- Explicar que condiciones laborales la empresa ha decidido modificar unilateralmente ya sea, reducir el salario, cambiar la jornada, los turnos de trabajo…
- La legislación no establece ningún plazo para que la empresa conteste a la solicitud. Si la empresa no contesta, tendremos que acudir a los tribunales, por ello, es conveniente, aunque sea orientativo establecer un plazo prudencial a la empresa de, por ejemplo, 10 días.
Dudas frecuentes de la modificación sustancial de las condiciones de trabajo
¿Qué es una modificación sustancial de las condiciones de trabajo?
Una modificación sustancial de las condiciones de trabajo es una decisión unilateral de la empresa de cambiar de forma importante, las condiciones laborales que tenía el trabajador hasta el momento, ya sea reducciendo el salario, cambiando el horario o jornada de trabajo…
Esta modificación se puede hacer siempre que se tenga causa para ello y se siga el procedimiento regulado en el artículo 41 del Estatuto de los trabajadores.
Ahora bien, este tipo de modificaciones tienen unos límites, y nunca se podrá aminorar los derechos de los trabajadores recogidos en el convenio colectivo ni reducir el salario por debajo del Salario mínimo Interprofesional.
Si quieres más información sobre la modificación te recomiendo que leas nuestro artículo.
¿Siempre tengo derecho a la extinción de la relación laboral?
No, no siempre. Es una cuestión que explico de manera más detallada en este artículo.
La empresa siempre puede conceder el derecho a la extinción, pero si no lo hace, tendremos que acreditar un perjuicio ante el juez para que se no sea concedida la extinción.
Este perjuicio, no tiene por que ser económico, puede ser un perjuicio en el sentido de que no permite conciliar la vida laboral y familiar, o no permite mantener otro trabajo o realizar los estudios que veníamos realizando hasta el momento de la modificación.
La jurisprudencia mayoritaria ha entendido que si hay un descenso en el salario, siempre existe un perjuicio económico. No obstante, es mejor que en caso de descenso de salario éste sea superior al 7% para tener derecho a la extinción.
En caso de que la modificación sea un cambio de jornada se deberá de acreditar el perjuicio en cada caso concreto.
¿Qué plazo tengo para solicitar la extinción de la relación laboral?
La legislación laboral no recoge ningún tipo de plazo para solicitar la extinción.
A diferencia del plazo de 20 días hábiles desde la fecha de notificación para impugnar la decisión empresarial.
por ello, ante la ausencia de plazo, se ha considerado que existe el plazo general de un año estipulado en el artículo 59 del Estatuto de los trabajadores.
¿Qué pasa si la empresa no contesta?
Si la empresa no contesta, inevitablemente para conseguir la extinción tendremos que acudir a los tribunales y presentar un demanda.
¿Cuál es el importe de la indemnización?¿Tengo derecho a paro y a finiquito?
Sí, se tiene derecho a finiquito, indemnización y prestación por desempleo.
Como cualquier otra extinción de la relación laboral se tiene derecho a finiquito.
Además, se tendrá derecho a una indemnización de 20 días por año trabajado con un máximo de 9 meses de indemnización, y además tendremos a solicitar la prestación por desempleo correspondiente.
Esta indemnización está exenta de tributación tal y cómo ha declarado la Agencia Tributaria en la consulta vinculante V3686-20.
Estos 20 días por año trabajado se cuenta por meses completos, de tal manera que por cada mes de trabajo tendremos derecho a 1.66 días de salario. Además, si trabajamos un mes y un día, a efectos de indemnización se computan como dos meses.
Por ejemplo si trabajamos del 1 de enero de 2020 hasta el 1 de enero de 2021, habremos trabajados 12 meses y un día, lo que a efectos de indemnización son 13 meses.
Además, hay que tener en cuenta que existe un límite de nueve meses, por lo tanto, la indemnización máxima será de 270 días de salario. Por ejemplo, si nuestro sueldo es de 12.000 € anuales brutos, la indemnización máxima será de 9.000 €.
Buenos dias. Trabajo en un bar restaurante, tras el nacimiento de mi primer hijo me cogí una reduccion de jornada a 36 horas semanales con horario de 10 a 16…. Ahora se me termina la baja maternal de mi segundo hijo y a habido una concesión del bar por lo k e sido subrogada. El tema es k la nueva empresa me quiere poner el horario, de 6:30 de la tarde a 10 y media de la noche y los sábados y domingos de partido… K puedo hacer al respecto?
La pregunta es amplia, si es una modificación sustancial, puedes impugnar la medida o incluso, solicitar la extinción si el cambio de te causa un perjuicio.
Hola, llevo desde Marzo con turnos siempre de noche, en mi trabajo saben que yo tengo otro por la mañana, y me han cambiado el turno a mañanas cuando saben que no puedo, les he dicho lo de que me tienen que avisar con 15 días por cambio sustancial y me has respondido esto:horarios.
Tal como mencionas en tu correo, las modificaciones sustanciales de las condiciones de trabajo, requieren un preaviso de 15 días, como lo dispone el artículo 41 del Estatuto de los Trabajadores. Sin embargo, en este caso no se trata de una modificación sustancial de tus condiciones laborales, sino de un ajuste en los turnos según lo pactado en el contrato y el convenio. La flexibilidad de los turnos está contemplada en tu contrato, por lo que no es necesario un preaviso de 15 días para estos cambios.
M gustaría saber si eso que me están diciendo es así , o no, ya que después de 7 meses con este turno y sabiendo ellos que yo por la mañana tengo otro empleo si es un cambio sustancial.Gracias
Habría que ver que es lo que dice el contrato y el convenio. Habría que saber el contexto para ver si es una modificación sustancial.
Hola, me han comunicado por email, wasap mi nuevo horario con turnos de mañana,cuando mi turno siempre ha sido nocturno, y ellos saben que tengo otro trabajo y no puedo hacer ese horario. Podría extinguir mi contrato por modificación sustancial? Cuanto tiempo tengo para hacerlo? Necesito un abogado? O puedo mandarle yo el escrito?gracias
Si la modificación es definitiva, entiendo que sí que existe causa para solicitar la extinción sin necesidad de abogado puedes presentar el modelo a ver que contesta la empresa.
Buenas noches, en mi trabajo tengo un contrato indefinido por 40 hs semanales. Pueden reducirme las horas así como la nómina? Que debería hacer? Muchas gracias
No, no te pueden reducir la jornada salvo que sea de común acuerdo. Tampoco se puede hacer a través de una modificación sustancial de las condiciones de trabajo.
Buenas tardes, trabajo de empleada de hogar desde Enero 2019 jornada completa, en Mayo de 2022, mi jefa me reduce a 8hs semanales con la excusa de que la despidieron del trabajo, le dije que no estaba de acuerdo, que me hiciera el despido y la indemnización correspondiente, en principio me dijo que sí, que sí, luego me dió de baja el día 20 de Mayo, sin haberme hecho la indemnización, porque me dijo que si había despido ya no habría nuevo contrato o sea si me indemnizaba, yo seguí yendo a trabajar pero menos horas, seguía insistiendo en que tenía que hacerme el despido e indemnización, el día 13 de Mayo me dá de alta por 20hs semanales, tuve que buscar otro trabajo por las tardes donde encontré uno de 12 hs más, pasado 6 meses ella me ofreció de nuevo jornada completa, (tuve que dejar el trabajo de 12 hs) lo acepté (2023). Ayer me comunicó que me va reducir nuevanente el salario a 1/2 jornada a partir de 1 de Octubre, yo no estoy de acuerdo. Quisiera saber; si con esos 24 días que me dió de baja pierdo mi antiguedad si hago una renuncia voluntaria ( tengo Bizum hechas por mi jefa con el pago de las horas trabajadas en esos días y otras conversaciones referentes a cuantas horas iba durante el tiempo que me había puesto de baja) . Tambien si tengo derecho a paro por renuncia voluntaria por modificación sustancial de jornada, gracias!
Si ahora estás a jornada completa, no pueden modificarte la jornada, ni a través de una modificación sustancial de las condiciones de trabajo, por lo que impugnaría la medida. Es decir, considero que no se tiene derecho a extinción de la relación laboral. No, no considero que pierdas la antigüedad.
Perdón quise poner 13 de Junio** qué me da de alta 20hs semanales , es decir del 20 de Mayo a 13 de Junio me dió de baja
Muchas gracias por su respuesta!!
Buenos dias, mi empresa me ha notificado una reducción de jornada laboral del 50% y he firmado una carta donde me notificaban con 30 dias de antelacion que dicha reduccion se haria a partir del mes de septiembre, he firmado porque lei que solo era notificación y que por asuntos economicos no podia seguir en jornada completa pero yo no estoy de acuerdo en aceptar dicho reducción y se los comente verbalmente. Mi pregunta es: tengo que notificar por escrito con 15 dias de antelación que no aceptare la reducción de jornada laboral y que me indemnicen mis 20 dias por año trabajado? O no tengo que notificar nada y el 30 les digo que me no seguire? Porque uno de los dueños de la empresa me ha dicho que si doy el preaviso que me voy se considera una baja voluntaria y sino notifico nada por escrito y el 30 les digo verbalmente que no continuare me haran un despido objetivo por razones economicas de la empresa. Otra pregunta que tengo es si tengo que seguir hasta el 30 de agosto en la empresa o al no querer aceptar la reduccion laboral se puede extinguir ya el contrato?
En primer lugar habría que ver el escrito que te ha hecho firmar la empresa. En segundo lugar, esa modificación no se puede considerar como una modificación sustancial de las condiciones de trabajo, ya que no es posible la modificación salvo que sea de común acuerdo pasar de una jornada completa a parcial. Dicho lo cual, si solicitas la extinción por considerarlo modificación sustancial, tienes que solicitarlo y la empresa aceptarlo. Es decir, no puedes irte hasta que la empresa lo autorice.
Tengo un contrato indefinido fijo discontinuo me incorporo en septiembre ,gano 10 euros la hora y aprox mi sueldo es de 750 me quitan 2 horas semanales ,8 mes lo cual creo representa más del 7 ya me dijeron verbalmente que me van a recortar ,
Espero a que lo hagan de manera escrita 15 días antes del inicio del trabajo?
Cuanto tiempo tiene para resolver la empresa la extinción que le presente?
Si no lo hacen antes de que me tenga que incorporar tengo que ir a trabajar?
En qué momento tendría que interponer demanda judicial
Gracias y un saludo
Para poder solicitar la extinción por modificación sustancial, te la han de notificar formalmente o que se aplique. No existe un plazo en que la empresa tenga que responder establecido por la legislación y mientras la empresa no te conteste tienes que ir a trabajar.
Buenos días Alejandro.
Para poder solicitar la rescisión del contrato por un perjuicio económico ( disminución del salario en más de un 7%) me gustaría saber si hace referencia solo al salario base o también se incluyen los complementos, en mi caso complementos de jornada partida, de jefatura y de especial dedicación.
Muchas gracias
Salario ordinario que percibes, no sólo el salario base.
Buenas, mi empresa me presento una modificación sustancial de condiciones laborales, y yo ahora quiero ejercer mi derecho a la estimación laboral con la empresa recibiendo mi correspondiente indemnización. Mi duda es si al presentar mi carta, tengo que seguir acudiendo a mi puesto de trabajo? Si en la carta Poncio que lo solicito desde el día de la recepción de la carta?.
Muchas gracias de antemano
Sí, tienes que seguir trabajando hasta que la empresa acepte, si es que lo hace, la extinción de la relación laboral.
Hola, mi empresa cambió los turnos de trabajo sin previo aviso, yo acepté hacerlos por miedo al despido. Ahora quiero solicitar la baja voluntaria y no sé si me puedo acoger a esos cambios de turno para justificar una modificación sustancial y así poder cobrar mi prestación por desempleo.
Gracias!
Depende del tipo de cambio, cuando se hayan realizado, si existe un perjuicio…
Me han comunicado verbalmente que me tienen que reducir la jornada hasta cobrar un importe neto bastante inferior al que cobro, aprox un 35% de mi jornada, al ser verbal, había pensado responder por email y negarme a dicha reduccion para que le despidan con 20 días, me da miedo q si lo hago verbalmente, se inventé un disciplinario al no haber pruebas de la reducción de jornada, crees que con esto sería suficiente?
Más que negarte, solicitar la extinción, que es no implica que te niegues, sino que aceptando la medida solicitas la extinción por el perjuicio que te causa.
Hola! Tengo una consultá…después de incorporarme de una baja médica la empresa me comunica verbalmente que ya no puedo seguir haciendo el horario que venía realizando…En mayo de 2022 renuncie a la reducción por cuidado de mi hijo menor de 12 años porque se me ofreció la posibilidad de ampliar mi jornada haciéndola intensiva (de 10 a 16). He venido realizando este turno desde esa fecha y justamente al incorporarme de una baja médica me indican que debo hacer turno partido (horario que no realizo en la empresa desde hace más de 5 años).si bien es cierto que en el contrato no está establecido un horario concreto (ni intensivo ni partido) y puesto que no me han aceptado una adaptación de jornada por conciliación (estoy sola al cuidado de mi hijo discapacitado) podría solicitar la extinción de mi contrato por modificación sustancial de condiciones de trabajo? Y en caso de que la empresa se negase y tengamos que ir a un juicio…que horario debería realizar? Un saludo
Si la empresa te comunica un nuevo horario, sin perjuicio de que puedas no estar conforme e impugnarlo o solicitar la extinción, tienes que cumplir el horario que la empresa te indica. No tengo claro que se pueda solicitar la extinción, pero dado que el plazo para impugnarlo es de 20 días, yo te recomiendo que lo impugnes si no estás conforme.
Buenos días.
Somos una empresa de informática. Donde a parte del trabajo que realizamos también realizamos guardias de Lunes a Viernes en horario de 20:00 a 8:00. Por necesidad de la empresa, nos quiere cambiar a varias departamentos la necesidad de hacer guardias (disponibilidad) de Lunes a Viernes con el mismo horario y Sabado y domingo 24h. Mi pregunta es si esto se considera una condiciones sustanciales del contrato y puedo pedir la extinción. Y de ser así cuanto tiempo tengo para notificarlo.
Ya he rechazado las nuevas condiciones (las enviaron ayer).
Muchísimas gracias, un saludo.
Sin perjuicio de que pueda ser una modificación sustancial es una cuestión más dudosa que se pueda considerar perjudicial para solicitar la extinción de la relación laboral.
Mi empresa ha realizado un cambio en el sistema de reparto de comisiones. En cuanto a la cuantía económica se ha producido una mejora, pero han pasado de ser grupales (de todo el equipo) a individuales. Esta modificación perjudica mi situación laboral ya que transforma el ambiente de trabajo, promoviendo la competitividad individual en lugar del trabajo en equipo que había prevalecido hasta ahora.
¿Me correspondería la extinción del contrato?
Veo complicado que se considere de suficiente entidad para solicitar la extinción.
La sentencia 756/2023 del Tribunal Supremo considera los dos pluses de vestuario y transporte como pluses salariales , al menos es lo que yo entiendo. Es así o no? Si así los considera el TS, no se deberían calcular para la indemnización? Igual me equivoco
Si existe una sentencia que lo considere como salarial sí que se deberían tener en cuenta, pero esa sentencia hace referencia a un convenio de empresa, no al convenio de seguridad privada.
Hola, la empresa ha acordado el despido por cambio sustancial de condiciones con 20 meses al año (llevo 11 años y un mes) con un Max de 9 meses. Me podrías explicar si los plus de transporte y vestuario y peligrosidad en seguridad privada se calculan para la indemnización de despido ? Con un sueldo bruto(incluidos los pluses de peligrosidad, vestuario y transporte) de 1700€ cual sería la indemnización ?Muchísimas gracias
El plus transporte y vestuario es extrasalarial no se incluye para calcular la indemnización, si que se incluye el de peligrosidad que es un plus salarial.
Buenas tardes,
Mi actual empresa a planteado una notificación de modificación sustancial colectiva de las condiciones de trabajo a nuestra representación, es con fecha del 18 de Marzo del 2024, si finalmente se hace efectiva, ¿Cuándo podría solicitar la extinción de mi contrato?, ¿Cuando se haría efectiva esta modificación si finalmente saliera?
Un saludo,
La medida se hace efectiva cuando así se acuerde, sobre la extinción, la normativa no establece plazo por lo que la jurisprudencia ha entendido el plazo de un año.
Buenas tardes!!!
Llevo unos 20 años trabajando en la misma sección de una empresa. Hace unos 2 o 3 años la faena en mi sección a ido disminuyendo y a mí muy puntualmente me han cambiado de sección por falta de trabajadores en otra sección. Ahora llevo unos 3 meses en otra sección y la faena no tiene nada que ver y además no me gusta nada. ¿Podría pedir la extinción de mi contrato por cambio sustancial de mis condiciones laborales?
Habría que saber más del caso, pero con los datos que me indicas lo veo complicado.
Yo entré en la empresa en la que trabajo para trabajar en una sección en la que se hacían unas determinadas faenas. De hecho la sección en la que ahora estoy pertenecía a otra empresa. Con el tiempo las diferentes empresas se fusionaron y acabaron siendo una empresa.¿ Eso no sería suficiente motivo de peso para alegar cambio en mis condiciones de trabajo? Yo en la sección que estoy actualmente ya no hubiese ido a pedir trabajo
El cambio de empleador no es motivo para solicitar la extinción, si hay un cambio de tareas, habría que ver el cambio existente. Con los datos que me das, lo veo complicado. Siempre puedes solicitarlo, y a lo mejor la empresa lo concede.
Tengo una sentencia a favor por cambio sustancial de condiciones laborales (cuadrante), la empresa no me ha ofrecido el cuadrante para incorporarme ya que estuve de baja (no puede porque ha cambiado de contrato con el cliente) y ahora me quiere subrogar a otra empresa. Puedo impugnar la subrogación y exigir la extinción del contrato con 20 días de indemnización?
Habría que conocer más del caso, para saber si se podría instar en ejecución de sentencia la no reposición a las condiciones anteriores y exigir la extinción. Siempre puedes impugnar la subrogación, pero habría que ver si es correcta o no.
Pero debería confirmar No Conforme con la subrogación y solicitar la extincion del contrato ,ya que la empresa no puede facilitarme las condiciones previas? O sólo se puede pasar por juzgado? Gracias por las molestias
Si la empresa concede la extinción considerando que existe una modificación se podría conseguir sin acudir al Juzgado.
Buenos dias la empresa me ha cambiado las tareas y el tipo de trabajo . El convenio colectivo especifica que estas tareas partenecen a una categoria deferente y que se deberia pagar mas. Ademas el cambio me ha causado problemas en mi salud mental y familiar. Puede ser una motivacion valida oara pedir una exincion del contrato ? Gracias
Sin perjuicio de que puedas reclamar los salarios correspondientes a esas funciones, veo complicado tener derecho a extinción.
Hola, buenos días
Estoy de baja por ansiedad laboral y creo q sería mejor para mí salud mental no tener ningún vínculo más con la empresa, es decir no quiero ni estar de baja en su empresa. Podría solicitar una rescisión de contrato por ansiedad laboral? Tendría derecho a paro y finiquito si es así?
El hecho de estar de baja no es motivo para solicitar la extinción con derecho a paro e indemnización.
No me refería al hecho de estar de baja, sino al hecho de tener ansiedad a causa del trabajo, por la carga y la presión.
Gracias por contestar.
Esa cuestión tampoco es motivo para solicitar la extinción con derecho a paro. En su caso podría serlo si existe responsabilidad empresarial y existe acoso laboral o burnout.
Hola Alejandro, gracias por la información que nos proporcionas. La empresa donde estoy nos han cambiado el régimen de turnos de trabajar de lunes a viernes ahora hacemos el conocido como turno ingles (7t-2d-7t-2d-7t-3d,t:trabajo d:descanso) que trabajamos tres fines de semana al mes, un día mas por ciclo de turno y los festivos, nos dieron el comunicado con la modificación sustancial de las condiciones de trabajo pero se niega rescindir el contrato, decidiendo la empresa cuando finalizaremos la relación laboral que puede durar tres meses. La pregunta es ¿puedo dejar de acudir a trabajar después de los 15 días desde que comunique la rescisión de contrato por escrito? y en caso de que no me paguen la indemnización denunciar e ir a juicio ¿Qué posibilidades ves de que el juez me de la razón y cobrar los 20 días por año? gracias y un saludo.
Nunca recomiendo irte de la empresa sin la autorización empresarial ya que conlleva un riesgo. Entiendo que la empresa considera que existe un perjuicio por el nuevo horario, es decir, que la única controversia es la fecha de efectos de la extinción, en ese caso, entiendo que el riesgo es menor, pero existe.
Hola, me han notificado una msct con efecto en 15 días y cambio de mañana a la tarde, con derecho a indemnización. El caso es q de tal disgusto me dio un ataque de ansiedad y el médico me ha dado la baja. Ahora no sé cómo actuar por q el cambio para mí es inasumible y no sé si tengo que pedir la extinción de mi contrato ya o esperar a que se termine mi baja.
No se si la carta concede un plazo -que no debería- para solicitar la extinción, pero en principio puedes esperar a que te den el alta. Si la carta establece un plazo, aunque no lo considero correcto, por prudencia solicitaría extinción dentro del plazo.
Llevaba 4 años con un puesto de gran responsabilidad y al cambiar la dirección de la empresa me bajan de categoría y de sueldo para ocupar mi puesto una persona con menos capacidades pero mut amiga de la dirección nueva.
A consecuencia llevo 4 meses de paro por ansiedad.
Puedo despedirme con derecho a indemnización?
Si hay una reducción salarial, entraría dentro de las causas de extinción por modificación sustancial de las condiciones de trabajo.
Hola buenas,
Trabajo en un ayuntamiento, entre trabajando fines de semana y festivos, al cabo de año y medio me ampliaron la jornada entrando en el puesto de una persona que se jubilaba y me pusieron de lunes a viernes en turno de mañana. Despues de 14 años haciendo de lunes a viernes en turno de mañana, me quieren reducir 1 hora diaria para que trabaje tambien los sabados, eso es posible? me puedo negar o tengo que impugnar?
Muchas Gracias
Si no estás conforme, lo adecuado es impugnar la modificación.
Hola… En mi empresa llevamos con turno de mañana solamente durante 30 años…ahora según ellos x razones de producción quieren imponer un turno temporal de tarde….en el convenio aparece la opción de implantarlo eso está claro…ahora bien si yo tengo a mi cargo hijos de menos de 12 años y con la siguiente imposibilidad de la conciliación familiar y me obligan a ponerme en ese turno me puedo acoger a la extinción de mi contrato? Si es así cual sería el procedimiento?la empresa me debe de dar un escrito con las modificaciones y yo posteriormente (en un plazo de 20 días) presentarle esa extinción o como se debe proceder en el caso de que tenga derecho.
Normalmente la empresa comunica ese cambio por escrito. En ese momento, puedes solicitar la extinción por escrito y esperar a que la empresa lo acepte. Si no lo acepte, tendrás que demandar para acreditar la existencia de una modificación sustancial así como un perjuicio.
Pero en ese caso, tengo el derecho a pedir la extinción?esa es la primera duda….hay objetivamente posibilidad de conseguirlo?si la empresa no es nada x escrito?cual es el proceso a seguir?
Depende del caso concreto, y la temporalidad de la medida. El paso es solicitárselo a la empresa y en caso de negativa, estudiar las opciones para una demanda.
Bien…la empresa ya lo ha notificado el día 5 y ya se haría efectiva este lunes 8(eso es legal?con que tiempo deben de avisar?)y si yo solicito la extinción y mientras no me contesten me puedo negar al cambio de turno o estoy obligado a hacerlo en una primera instancia y luego esperar la contestación de la empresa?en el escrito aparece que es por un plazo de 4 semanas.
No, no puedes negarte a la medida. Si no estás conforme con la misma puedes impugnarla.
Hola estoy pasando por un mal momento en mi trabajo y estoy muy angustiada, necesito ayuda.soy dependienta . Me cambiaron de centro y ahora tengo otra supervisora, con la anterior no tenía problemas con mis días libres que género por trabajar festivos, pero con la supervisora actual,si me tiene el móvil lleno de cosas como «cuando los coges,si no los coges los pierdes,los has cogido ya,si no me dices que días los coges,te los pongo yo…….las horas que has trabajado de más las has perdido por que ha pasado mucho tiempo….yo me siento acosadisima,me ha hecho coger días a matacaballo y he llegado a diciembre con mis tres días de cómputo(estos no me decía que los cogiera) y ahora me dice que estos no los puedo coger (se que los pierdo si pasa el año)La he dicho que si no los puedo coger porque considera que diciembre es un muy buen mes de ventas(que no esta siendo cierto),que de los festivos que me ha hecho coger,elija tres y me los ponga como disfrutarlos de computo y así no los pierdo por escrito me ha dicho que no,luego por teléfono me dijo que si y por último por escrito me dice que ella no dijo eso.Me gustaria saber si esto puede considerarse acoso laboral.Yo al menos me he sentido acosada por tener dias libres,no es sólo los washap que me ha enviado,también cuando va al centro a visitarme me dice lo de los días.Esto es a groso modo mi situación actual y me ha llevado a angustiarme cuando veo una llamada suya o un washap o viene a visitarme,he entrado en una fase de depresión, angustia,nerviosismo,el estómago no me admite comida,desmoralizada completamente,nerviosa y un sinfín de cosas más.Queria saber si esta situación se podría considerar acoso laboral.Muchas gracias.
Los tribunales son bastantes restrictivos a la hora de considerar como acoso laboral, y teniendo en cuenta lo que comentas, veo complicado que se considere acosos laboral.
Buenas tardes,
Vuelvo de una baja maternal y he solicitado una adaptación de jornada, que la empresa ya me ha rechazado alegando tema de horarios.
Me han ofrecido un puesto de categoría inferior, manteniéndome las condiciones salariales y la categoría, pero yo he solicitado que incluyan en ese mismo acuerdo que si no necesitase más mi adaptación, poder volver a mi puesto de trabajo. Ellos me contestan que no pueden comprometerse a devolverme mi puesto en tal caso.
Me encuentro en la situación de que no quiero firmar algo que no sea algo temporal y ello implique tener que renunciar para siempre al puesto de categoría superior que yo tenia.
Que opciones tengo?
No aceptar la propuesta empresarial, e intentar conseguir judicialmente la solicitud que has pedido.
Entiendo entonces que ellos me están proponiendo un cambio sustancial de las condiciones de trabajo y puedan echarme no? Yo solamente me estoy negando a firmar un documento de adaptación de jornada que solicito un horario distinto y ellos me proponen un cambio de puesto, pero no quieren aceptarme que tengo derecho a volver a mis funciones en el caso de no necesitar ese horario.
Podría solicitar extinción de contrato en el caso de que no me den una solución y me encuentre que en mi puesto no quieran aceptarme dicho horario?
Sin conocer exactamente el caso, entiendo que no se tiene derecho a la extinción por modificación sustancial, ya que lo que te están realizando es una propuesta que puedes rechazar, pero no una imposición unilateral. Te recomiendo que acudas a un abogado de tu localidad.
Buenas noches,estoy pasando una situación complicada, mi categoría profesional es oficial 1 maquinista concretamente del sector del asfaltado (construcción). El pasado día 10 noviembre la empresa me comunica vía wasap que me tengo que incorporar en una obra de Alcalá de henares el lunes día 13, por mis medios y sin ningún tipo de ayuda o compensación (cuando nos desplazamos a diferentes obras siempre vamos en vehículo de empresa) mi centro de trabajo está ubicado en alcorcon. Este es el primer cambio puesto que merma mi salario ya que me ocasiona el doble de gastos en transporte. En dicha obra me mandan realizar funciones no acordes con mi categoría y experiencia contrastada de más de 20 años,limpiar ladrillos (tal y como suena) meterme en zanjas, clavar estacas, poner vallas, limpiar material, básicamente el trabajo de un peon, excepcionalmente manejar un dumper de carga, etc etc etc. Este tipo de tareas impuestas por el responsable/es de dicha obra me está generando daño y malestar en cuanto a mi dignidad como persona y como trabajador. Siendo hasta tal punto que el día 16 noviembre me empiezo a sentir mal físicamente con taquicardias y ahogo y me tengo que ir al médico, dándome la baja por síntomas de inestabilidad emocional, proceso que aún continuo. Este tipo de actuaciones de la empresa hacia mi persona es habitual llegadas estas fechas de noviembre a marzo abril todos los años (llevo 7 años en la empresa) pero este año mi cuerpo o mente han dicho basta y no aguanto más.no me han modificado salario ni jornada salvo el perjuicio de los gastos de traslado que me suponen el doble y que tengo que madrugar 1 hora más para estar puntual. Esto se considera modificación sustancial de las condiciones de trabajo? Puedo hacer algo al respecto?
De ser así que tengo que hacer?
Muchas gracias de antemano y ojalá me puedas aconsejar. Un saludo
Veo complicado que se considere modificación sustancial por el cambio de centro de trabajo, habría que ver el cambio de funciones, pero es complicado que por ello se tenga derecho a extinción.
Buenos días, Alejandro, muchas gracias por toda la información que compartes y por tomarte las molestias de responder a las consultas.
Si cambian la cantidad y el tipo de las tareas (más tareas de distinta índole y fuera del del scope por el que se contrató) y también la naturaleza de las mismas (antes se prestaban servicios solo a entidades humanitarias y ahora también a entidades privadas) se podría considerar cambio sustancial de las condiciones de trabajo?
Depende de ese alcance de cambio de tareas. En principio con lo que comentas, no lo consideraría modificación sustancial.
Hola. Quería dejar mi puesto de trabajo por modificación sustancial de las condiciones. Entre en abril de éste año contrato de 40 horas de martes a domingo a tiempo completo de ayudante de camarera. Bien. Pues desde entonces se ha cambiado los turnos, los horarios y los dias de descanso a voluntad de la jefa y via WhatsApp de un día para el otro además de rebajar las horas de trabajo y su reducción de sueldo a voluntad de ella. Por ejemplo en agosto cobré y trabajé 30 horas porque según ella no había tanto trabajo. Bien. Ahora hace dos días comunica otro cambio para el lunes totalmente diferente y vuelta a bajar a 30 horas. Y me quiero ir. Podría solicitar esa baja voluntaria por modificación sustancial……. Y cómo debería hacerlo? Gracias
Solicítalo a la empresa por escrito, y en caso de negativa, tendrás que demandar.
Buenas, me han notificado un cambio sustancial con una reducción de jornada de 30 horas semanales a 20h, con efecto a partir del día 1 de noviembre 23, pero actualmente estoy de baja, he mirado en la vida laboral y a fecha de hoy 07 de nov sigo estando a 30 horas, es decir no ha realizado el cambio aún.
Eso es legal?
Mientras estas de baja, no se modifica la jornada ni la base de cotización.
Buenas tardes,
Ayer me notificaron por escrito un cambio de condiciones sustanciales de trabajo con efecto de mañana (ya me lo habían anunciado hace unos meses pero no concretado las condiciones hasta hace dos días). Me están presionando para firmar dicha notificación y quería consultar las implicaciones de hacerlo y si esto luego me puede impedir por ejemplo solicitar la extinción del contrato a lo largo del próximo año.
Si luego solicito la extinción del contrato a mi empresa. ¿Está obligada a contestarme en un plazo? En caso de que no lo haga, ¿cuál es un plazo razonable para poner la denuncia? ¿Debo seguir en mi puesto todo el proceso?
Gracias
Habría que ver que es lo que quiere que firmes la empresa, no se si es la notificación de la modificación o un acuerdo por el cual se modifica las condiciones laborales, y esa una cuestión fundamental ya que si firmas un cambio de común acuerdo no puedes solicitar la extinción.
Gracias Alejandro por tu respuesta, se indica en la carta que es la Dirección de la Empresa quien ha decidido proceder a la modificación, que me notifica por esta vía. saludos
Si es una notificación, no es tan relevante la firma. En cualquier caso, si es simplemente la notificación de una modificación sustancial, la firma no debe perjudicarte en tus derechos.
Hola, que sucede si una vez PRENTADA demanda de extinción por modificación sustancial condiciones de trabajo (cambio de turno de mañana para tarde) en el juzgado de lo social. la empresa me REPONE en mi antiguo turno, antes de celebrarse el juicio. muchas gracias
Desconozco si existe una jurisprudencia sobre esta cuestión del Tribunal Supremo, pero se puede defender que existe derecho a la extinción, puesto que ya se ha producido el hecho que faculta la extinción.
Muy buenos días
He tenido una movilidad ascendente en mi trabajo el nuevo contrato es el siguiente: Conforme a la regulación del estatuto de los trabajadores y al convenio colectivo de aplicación en cuanto a la movilidad funcional, la presente movilidad funcional ascendente aplicada no se consolidará hasta transcurrido el periodo de 6 meses continuados de prestación de servicios en el periodo de 1 año. De esta manera durante el citado tiempo, y en caso de inadaptación a su nuevo puesto retomara a su grupo profesional anterior
El nuevo cargo lo he desarrollado de manera óptima obteniendo muy buenos resultados por más de 13 meses, pero el cambio de contrato fue hace 10 meses, anteriormente recibía un plus. Pronto, la persona que anteriormente ocupaba este cargo recibirá el alta médica. La empresa me ha ofrecido la oportunidad de mantener ese puesto de trabajo. Aunque todo esto se basa en suposiciones, ya que no pueden bajarle de categoría, etc. Sin embargo, mi deseo es emprender por mi cuenta, y la empresa es consciente de mi intención de no continuar trabajando en ella. A pesar de esto, la empresa no quiere que me vaya. Les he comunicado que una vez que la persona de baja regrese, les ayudare durante unos días mientras encuentran a alguien y después planeo ausentarme durante dos días sin aviso para que me despidan sin derecho a la indemnización, para así poder acceder al paro, lo han aceptado.
Mi pregunta es, si después de más de 11 meses ocupando el puesto de trabajo de esta persona ¿Su regreso constituiría un cambio sustancial en mi contrato, lo que me permitiría reclamar la extinción de la relación laboral y obtener una indemnización, finiquito y el acceso al paro?
Muchas gracias
Entiendo que esa movilidad ha implicado una subida salarial, si ahora te lo sacan, entiendo que existe base para reclamarlo.
Hola! Me quiero ir de mi empresa por el exceso de trabajo pero me quiero ir con mi indemnización y mis papeles de paro!Podría extinguir mi contrato porque una parte de la nómina me la paga en negro?
Existe base jurídica para solicitarla, puesto que así lo ha considerado el tribunal supremo como aquí explico.
Buenas tardes Alejandro, mi caso es el siguiente.
Soy comercial en una empresa en la que percibo un salario fijo y uno variable, que consiste en un % de lo facturado, desde hace 9 años, pero hace un año y medio, mi empresa es adquirida por una multinacional, y desde Enero la manera en la que percibo ese salario variable, cambia, por ejm, antes no había limites de cantidades, y ahora si, por debajo de unas cantidades facturadas no se cobra nada, o llegados a una cantidades por arriba, por mucho que facture, tampoco se cobran mas variable. Además antes llegado al 100% o superar el objetivo anual de facturacion se cobraba un bonus, ahora no. También decir que los % de variable sobre facturación son ahora menores que antes.
Yo he decidido no aceptar estas condiciones, pero firmando no conforme para poder al menos cobrar el variable que me corresponde, aunque sean cantidades menores, pero considero que esto es una modificacion sustancial de mis condiciones, en toda regla. La empresa ya me ha dicho que no, así lo vamos a llevar a demanda.
Las preguntas que tengo son:
– Puedo rescindir mi relación con la empresa sin ser conceptualmente una baja voluntaria, sino alegando dicha modificación, hasta que llegue la fecha del juicio? se que no tengo derecho en este momento a paro ni indemnizacion hasta que lo dictase el juez, pero ahora mismo estoy de baja por IT y por salud mental, prefiero salir de este circulo y buscar una alternativa profesional.
– Perdería toda opción a tener razón en el juicio por marcharme?
– Llegado el caso, si se fallara a mi favor, como se hace el calculo de los 20 días por año con maximo 9 mensualidades? desde que fecha cuenta y que cantidades? porque lo percibido en cada año es distinto, y en los últimos 9 meses mas aun con los recortes.
Quedo a la espera, muchas gracias por adelantado.
Entiendo que estás presentando la demanda con un profesional, por lo que por respeto a su trabajo es mejor que estos temas los trates con el. De manera resumida, sí, entiendo que es una modificación sustancial, proceder a extinguir la relación laboral siempre tiene un riesgo y si estás de baja es preferible no hacerlo. En mi opinión, el cálculo es con las cantidades que se percibían antes de la modificación.
Ok, efectivamente, solo que hay cosas que veo que no sabe decirme, de ahí las dudas, pero no te preocupes, se lo hice saber y me dijo que no tiene inconveniente en que pregunte para una 2ª opinión, así que gracias, me ha venido bien tus respuestas. Él por ejm no me alerta de ese riesgo que comentas si dejo la empresa antes del juicio, me dice que es posible que el juez pueda decidir que haya usado la MSCT como excusa para cambiar de trabajo, pero no es cierto, lo hago porque mi situación economica ahora mismo es insostenible con lo que percibo (asi como la salud) ese es el perjuicio que pienso reclamar, según leo en otro de tus artículos del blog sobre este tema. Porque comentas que estando de baja mejor no hacerlo? me han dicho que se puede comunicar igualmente la salida. De esa manera no me obligan a cogerme las vacaciones que me deben y me las pueden pagar en finiquito.
En cuanto al calculo de las cantidades, lo veo porque mi abogado dice que son 12 meses atrás a contar desde la fecha de rescisión. Y no lo es mismo que se termine ahora que mas adelante, y por supuesto nada que ver si contamos las cantidades percibidas antes de la modificación, como comentas,…va un mundo.
Existe el riesgo de que al irte de la empresa de manera unilateral antes de que lo decida el juez, se pueda considerar baja voluntaria y no entrar al fondo del asunto. Se suele conceder cuando se causa un perjuicio muy grande en la empresa mantener en el puesto de trabajo, y el hecho de estar de baja, haga que estés cobrando y supuestamente no podrías trabajar en otro lado al estar de baja.
Buenas tardes, estoy decidiendo que hacer, acepte un cambio de puesto llegando a un acuerdo verbal con fechas exactas para ocupar un puesto superior y que no se han cumplido por parte de la empresa. La empresa me ofrece cambiarme de centro y pasar a estar como encargado pero antes haciendo un trabajo de preventa para dicho centro como soporte de aperturas. El acuerdo era dejar mi puesto en el centro actual, trabajar mayo y junio como soporte de aperturas, el 1 de julio pasaria a encargado con 6 meses de prueba de este nuevo centro, a 23 de agosto me dicen que finalmente no pasaría como encargado y deciden ponerme en un puesto inferior en el centro nuevo, el caso es que no hubiera aceptado dejar mi puesto anterior si el acuerdo inicial hubiera sido lo que finalmente me proponen, tengo derecho a rescindir mi contrato por incumplir el acuerdo verbal? Actualmente me encuentro realizando una labor a la que mi habría aceptado sin haber llegado a ese acuerdo…Destacar que tengo grabada la conversación con rrhh dejando constancia del acuerdo y mi descontento por no haberlo respetado..
Habría que saber más del caso concreto para saber si lo adecuado sería considerar como una modificación sustancial o una reclamación de derecho por incumplimiento de acuerdo. Te recomiendo que acudas a un abogado de tu localidad.
Buenas.
En la empresa que trabajo soy jefe de seccion y me comunica la empresa que tengo que realizar funciones de mozo
que es tres categorias inferior a la mia, puedo acogerme a la extincion de contrato?
Gracias
Habría que saber el caso concreto, para saber si se podría exigir por el artículo 41 o por el artículo 50 del ET, en función de la gravedad del comportamiento empresarial.
Buenas tardes, soy enfermera especializada en Quirófano y trabajo en el servicio de Quirófano. Tras estar de baja por contingencia común me indica mi supervisora que me tengo que incorporar al servicio de urgencias y otro día al de planta. Me entero de esto vía WhatsApp y sin 15 días de preaviso. Esto implica pasar de una jornada de lunes a viernes en turno de tarde, sin fines de semana ni festivos a trabajar de lunes a domingo con turnos rotativos incluidos fines de semana y festivos. Alegan necesidades de la empresa. Yo no estoy de acuerdo con el cambio ya que para eso estoy formada en ese servicio especial, estando en él gente que no está formada para ello. Puedo solicitar la rescisión del contrato con derecho a paro? Muchas gracias por su ayuda!
Si es un cambio de indefinido y no temporal, entiendo que es una modificación sustancial y como tal, entiendo que existe base para reclamar la extinción de la relación laboral.
No sé lo que es porque me lo han comunicado por WhatsApp y sin 15 días de antelación. No tengo nada por escrito oficialmente, ni de sus intenciones. Entiendo que son derechos adquiridos esa jornada con esas condiciones y ahora se va a ver totalmente modificado.
Te recomiendo que acudas a un abogado de tu localidad, para impugnar la modificación sustancial y/o solicitar la extinción.
Hola, tengo una responsabilidad adquirida (involuntaria, más bien por experiencia y falta de personal) hace años en mi departamento en la empresa, pero he llegado a la conclusión de que no me compensa. Es decir, que la subida de categoría y salario acompañando a esa responsabilidad me supone un estrés exagerado y tratar con otros departamentos de los cuales dependo para poder hacer mi trabajo correctamente, lo cual implica más tiempo, más insistencia, más trabajo para llegar a los objetivos diarios… en definitiva: más estrés y un agotamiento tanto físico como mental con el que no sé hasta cuándo aguantaré.
Mi intención es pedir una renuncia voluntaria a esa responsabilidad y convertirme en un trabajador «raso» sin más preocupaciones que cumplir, mas que mis 8h diarias y no tener que dar explicaciones ni preocuparme en lidiar con el trabajo de nadie más. ¿Hasta qué punto tiene que aceptarlo la empresa y qué supondría para mí económicamente, aunque mi contrato ponga XX.000€ brutos/anuales?
Puedes solicitarlo, pero la empresa no tiene obligación de aceptarlo. La persona trabajadora no tiene derecho a «renunciar» a parte de sus funciones.
Buenas tardes, estoy en una situación algo complicada y me gustaría saber si puedo beneficiarme de esta solicitud.
La empresa en la que trabajo ha dedicido, de manera unilateral, reducirme las horas mensuales en mi trabajo, excusandose en que no tienen tanto dinero. Además de este motivo, también se me han asignado funciones y/o tareas que no corresponden a mi grupo profesional.
¿Podría aplicar esta solicitud? Gracias.
Sí, con los datos que me indicas, si te han reducido las horas de trabajo y el salario tienes derecho a solicitar la extinción.
¿Cuál sería el procedimiento exacto? ¿Presentar este modelo o uno parecido y esperar o directamente presentar una papeleta de conciliación?
Primero se lo solicitaría a la empresa, en caso de negativa, papeleta de conciliación laboral y posteriomente demanda.
Buenas tardes,
Es una situación complicada a ver si me pueden ayudar.
Vuelvo de baja maternal y quisiera hacer una extinción de mi contrato ya que por temas de horarios y demás me es imposible la conciliación familiar.
Podria hacerlo y tener derecho a paro?
Muchas gracias.
Con los datos que me indicas, no.