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Resumen de la sentencia – 4 de abril de 2025, Tribunal Supremo
- Órgano y fecha: Tribunal Supremo, Sala de lo Social – 4 de abril de 2025 – Recurso nº 3106/2023
- Demandante: Confederación General del Trabajo (CGT)
- Demandado: Konecta Servicios de BPO, S.L.
- Objeto del procedimiento: Impugnación de la decisión empresarial de modificar la jornada laboral de lunes a viernes a lunes a domingo, sin seguir el procedimiento del artículo 41 ET.
- Fallo de la sentencia: Se estima la demanda y se declara nula la decisión empresarial. Se ordena reponer a los trabajadores a la jornada de lunes a viernes, por no haber seguido el procedimiento legalmente establecido para modificar sustancialmente las condiciones de trabajo.
Análisis amplio de la sentencia
El Tribunal Supremo estima el recurso de casación para la unificación de doctrina interpuesto por CGT contra la sentencia del TSJ de Castilla y León, que había avalado el cambio de jornada de lunes a domingo a los trabajadores adscritos a la campaña del Banco Santander, sin considerar que fuera una modificación sustancial.
La Sala concluye que el cambio de jornada habitual, ejercida durante años de lunes a viernes, a una jornada de lunes a domingo constituye una modificación sustancial de condiciones de trabajo, que requería seguir el procedimiento del artículo 41 del Estatuto de los Trabajadores.
Aunque el contrato individual de los trabajadores preveía una disponibilidad de lunes a domingo, la práctica empresarial consolidada desde 2017 establecía una jornada efectiva de lunes a viernes. El Supremo señala que:
“…es claro que un cambio de esta naturaleza constituye una modificación sustancial de condiciones de trabajo.”
Por ello, la empresa no podía imponer unilateralmente ese cambio, amparándose en las necesidades del cliente (Banco Santander), sino que debía tramitar el procedimiento legal para justificar esa modificación.
Además, el Tribunal resalta que la doctrina correcta es la recogida en la STS 116/2023, de 8 de febrero, donde una situación similar fue considerada una modificación sustancial nula por no haber seguido el procedimiento del art. 41 ET.
Normativa analizada
- Artículo 41 del Estatuto de los Trabajadores (ET): Regula las modificaciones sustanciales de condiciones de trabajo. La sentencia destaca que este procedimiento debía haberse seguido para el cambio de jornada, al afectar colectivamente a las condiciones de trabajo consolidadas.
