La cuantía del paro depende, en primer lugar, de nuestra cotización a la seguridad social, y más concretamente de nuestra base de cotización de los últimos 180 días efectivamente trabajados. El SEPE conoce nuestra base ya que la empresa tiene que indicar en el certificado de empresa, la cotización de los últimos 180 días.

En segundo lugar, una vez conocida nuestra base de cotización, el paro que vamos a percibir se calcula de la siguiente manera:

  • Durante los primeros seis meses que cobremos el paro, percibimos el 70% de nuestra base de cotización.
  • A partir del séptimo mes, se percibe el 60% de nuestra base.

Ahora bien, hay que tener en cuenta que existen unos máximos y mínimos de prestación. Por ejemplo, aunque tengamos una base mensual de 3.000 euros, no vamos a percibir 2.100 euros, sino el tope que indicamos a continuación.

No obstante, aunque existan unos topes de prestación, sí que se cotiza sobre la base reguladora con la que se calcula nuestra prestación por desempleo.

Cuantía mínima y máxima 2025

Las cuantías máximas y mínimas se establecen en el artículo 270 de la Ley General de la Seguridad Social y depende de la cuantía del IPREM. En el año 2025 el IPREM se mantiene en los los 600 euros mensuales, con el mismo importe que en el año 2024.

Por lo tanto, para una persona trabajadora a jornada completa, estas son las cuantías máximas y mínimas que se puede percibir:

Cuantía máxima2025
Sin hijos1.225 euros
Con un hijo1.400 euros
Con dos o más hijos1.575 euros
Cuantías mínimas2025
Sin hijos560 euros
Con hijos a cargo749 euros

Se considera hijos a su cargo, cuando estos cumplan unas determinados requisitos:

  • Sean menores de 26 años o mayores con una incapacidad en grado igual o superior al 33%.
  • Convivan con el beneficiario o tenga la obligación legal en virtud de una resolución judicial o un convenio regulador tras un divorcio o separación sostener económicamente al hijo.
  • Carezcan de rentas iguales o superiores al SMI. (1.134 euros al mes para 2025)

¿Cuánto estamos cotizando durante el paro?

El SEPE cotiza con la base reguladora de los últimos 180 días. En otras palabras, aunque el paro tenga un tope, no lo tiene la base de cotización.

Esta cotización servirá para una incapacidad permanente o para la jubilación, pero no cotiza para obtener más tiempo de paro.