Sí, si se cumplen determinados requisitos, un delegado sindical puede tener las mismas garantías que un representante legal de los trabajadores.
La elección del convenio colectivo no es una materia disponible ni por la empresa ni por las personas trabajadoras por lo que, en principio, no se puede pactar.
La naturaleza de un conflicto colectivo y un conflicto de intereses es importante y tiene trascendencia judicial.
Diferencias entre los delegados sindicales y los representantes legales de los trabajadores. Además diferenciar cuando los delegados sindicales tienen los mismos derechos que un representante legal.
Sentencia analizada en la Newsletter semanal número #147 | Suscríbete Índice del artículo Introducción En los juicios laborales es obligatorio que la vista quede grabada en soporte audiovisual. Esa grabación…
El derecho de huelga, reconocido en el artículo 28.2 de la Constitución Española, es una de las herramientas más poderosas de los trabajadores para defender sus intereses.
Esta sentencia fue analizada en la Newsletter #159 Muchas veces la empresa realiza un cambio de centro de trabajo sin que las personas trabajadoras puedan hacer mucho frente a esta…
