Centro de trabajo y convenio colectivo aplicable
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Definición de centro de trabajo
A la hora de establecer cual es el convenio colectivo de aplicación a una relación laboral hay que determinar cual es el centro de trabajo ya que es determinante.
Está es una cuestión que será muy clara en determinadas situaciones, pero no tanto cuando el trabajo se realice en diferentes localidades o sea una prestación de servicios itinerante.
El artículo 5 del Estatuto de los Trabajadores indica que:
A efectos de esta ley se considera centro de trabajo la unidad productiva con organización específica, que sea dada de alta, como tal, ante la autoridad laboral.
Por lo tanto, debemos considerar como centro de trabajo aquel lugar que reúna los siguientes requisitos:
- Constituye una unidad productiva autónoma.
- Cuenta con una organización específica.
- Ha sido dada de alta ante la autoridad laboral realizando los correspondientes trámites administrativos.
Estos son los requisitos que indica la legislación, pero la jurisprudencia ha considerado que se puede llegar a considerar como centro de trabajo aquella unidad productiva autónoma con una organización específica, aunque no se haya dado de alta administrativamente.
Es decir, que si existe una unidad productiva con una organización específica, la empresa estará obligada a dar de alta un centro de trabajo, para el caso de que no lo haga, la ausencia de este trámite administrativo puede suponer una infracción por parte de la empresa, con una multa que oscila entre los 626 € y los 6.250 €, pero no puede perjudicar al trabajador a la hora de aplicar un convenio colectivo determinado por el hecho de no haber definido un centro de trabajo cuando éste efectivamente existía.
En definitiva, no es el empresario el que decide donde se ubica el centro de trabajo, sino que viene determinado por la relación laboral.
¿Qué centro de trabajo le corresponde al trabajador?
En principio, el centro de trabajo suele coincidir con el lugar donde se realizan de manera efectiva el trabajo.
Por si desconocemos cuál es el centro de trabajo que ha considerado la empresa, éste viene fijado en el contrato de trabajo, en el cuadro inicial.
Pero en la práctica, esto no siempre es así.
Por ejemplo, a veces la empresa sitúa el centro de trabajo en Madrid donde tiene su sede social o el centro de trabajo más importante de la empresa, aunque el trabajador siempre trabaje en A Coruña.
La importante sentencia del Tribunal Supremo de 24 de febrero de 2011 (que puedes descargarte aquí), considera que en caso de discrepancia como la que comentamos anteriormente, el que debe considerarse centro de trabajo es el lugar al que acuden los trabajadores para la prestación de servicios y donde aquella ha organizado diversos elementos productivos propios de su negocio.
Es decir, lo relevante es donde haya una organización específica con autonomía propia.
¿Qué consecuencias tiene la consideración de uno u otro centro de trabajo?
La más importante, es que seguramente la empresa indique que el centro de trabajo es otro para aplicar un convenio colectivo más perjudicial para el trabajador, incluso a veces un convenio de empresa.
No obstante, la determinación de un centro de trabajo también tiene repercusión sobre otras cuestiones como las elecciones a los representantes legales de los trabajadores.
Convenio colectivo aplicable al centro de trabajo
La regla general es que por cada empresa, y más concretamente por cada centro de trabajo, existe un convenio colectivo de aplicación.
Así por ejemplo, al administrativo que trabaja en una fábrica metalúrgica ha de aplicarse el convenio de la metalurgia, y no el de oficinas y despachos.
En cuestiones laborales ya habíamos hecho una entrada sobre como podemos saber cual es nuestro convenio de aplicación.
Cuando existen varias actividades en una empresa o centro de trabajo, el Tribunal Supremo de 29 de enero de 2002 ha establecido que se debe considerar como aplicable el convenio colectivo de la actividad principal, es decir, la actividad de de mayor facturación.
No obstante, la jurisprudencia ha permitido de manera excepcional que en un centro de trabajo se apliquen dos convenios colectivos diferentes cuando existen diversas actividades diferentes con una organización diferente, sin que exista una predominante sobre la otra, a los cuales se les debe aplicar convenios colectivos diferentes.
¿Qué pasa si el centro de trabajo no es el correcto?
Como hemos comentado anteriormente, muchas veces la empresa indica en el contrato de trabajo un centro de trabajo que no parece el correcto, o que no encaja con el lugar de realización de las tareas.
En este caso, la misma sentencia que comentábamos al principio relativa al centro de trabajo del Tribunal Supremo de 24 de febrero de 2011 (que puedes descargarte aquí), también nos sirve para acreditar que no tiene por que coincidir el centro de trabajo que dice la empresa con el convenio colectivo de aplicación.
En esta sentencia, se dictaminaba cual era el convenio colectivo de aplicación a un trabajador que prestaba servicios como conductor en la línea Barcelona-Madrid-Lisboa, realizando el trayecto de ida y vuelta entre estas dos últimas ciudades, tomando y dejando el servicio en la Estación Sur de Autobuses de Méndez Alvaro de Madrid.
La empresa contratante era la mercantil GOMEZ DE CASTRO S.A., con domicilio social en Lugo, y por tanto, la empresa había indicado que el centro de trabajo era Lugo y que el convenio de transportes de viajeros por carretera de la provincia de Lugo.
Sin embargo, el Tribunal Supremo consideró que a pesar de que no existía centro de trabajo constituido como tal, sí que existía una unidad organizativa propia y se debería aplicar el Convenio Colectivo de transportes de viajeros por carretera de la Comunidad de Madrid.
Sin embargo, no con esta sentencia podemos afirmar que siempre se va a considerar el convenio colectivo el lugar de prestación de trabajo, ya que hay una cuestión muy importante a analizar, la nota de estabilidad en la prestación del servicio.
En este sentido, un trabajador cuyo centro de trabajo ha sido ubicado en el domicilio social de la empresa puesto que está allí tiene un centro de trabajo, pero que realiza funciones en diferentes localidades sin ser ninguna de ellas la del domicilio social, sería muy discutible cual sería el convenio de aplicación.
Si no hay una localidad base, no hay una organización específica, y además, desde otro punto de vista puede suponer que la empresa este sujeta a tantos convenios colectivos cuyo ámbito territorial abarcase las localidades o zonas geográficas en las que el trabajador desarrolle su trabajo.
Por ejemplo, la sentencia del Tribunal Supremo de fecha de 11 de febrero de 2020 considera el centro de trabajo en Guipuzcoa, de un trabajador contratado en Teruel y el cual el contrato de trabajo establece que el centro de trabajo está en Teruel.
Sin embargo, el Tribunal Supremo considera que el centro de trabajo y convenio colectivo es el de Guipuzcoa toda vez que allí se encontraba el depósito de gasolina al que trabajador tenía que acudir de manera regular y dicho depósito era esencial para la empresa, puesto que allí el combustible era más barato, siendo este el centro de actividad estratégico.
Buenos dias . Quisiera saber en los contratos de obra o servicio cuando el trabajador realiza funciones de conductor, llevando manteriales a las distintas obras, si podemos poner en el domicilio de obra, movil o initinere
Hola mi empresa con central en madrid nos aplica un convenio colectivo con sueldos de madrid y nosotros nos encontramos en Pamplona que los sueldos son mas altos. Deberian aplicarme el convenio de Navarra. Gracias
En prinicipio sí, pero habría que saber más el caso.
Buenos días,
¿Podrían ayudarme a solucionar este caso?
En 2016, se firma en Barcelona un convenio colectivo, aplicable a toda la provincia, que tiene como ámbito objetivo ser de aplicación a todas aquellas empresas de fabricación de juguetes. Su vigencia va de los años 2017 en 2020. Durante el año 2018, en la comarca barcelonesa del Baix Llobregat, las tiendas que se dedican a la venta de juguetes, toman la decisión de firmar, en 2018, con una representación de los trabajadores el convenio colectivo, de exclusivo ámbito comarcal, de venta de juguetes; su vigencia es del 2018 hasta el fin del 2020.
El año 2019, los comercios de venta de juguetes del Baix Llobregat, ¿Qué convenio colectivo se aplicará? ¿Porqué?
a) Únicamente el provincial de Barcelona identificado al supuesto.
b) Únicamente el comarcal del Baix Llobregat identificado al supuesto.
c) En algunas condiciones de trabajo, el provincial de Barcelona, en otras el comarcal del Baix Llobregat.
Gracias de antemano,
Somos una entidad que gestiona servicios.
La duda que tenemos es que un ente público, en el que hemos sido adjudicatarios de un proyecto, nos obliga a acogernos al convenio colectivo de la comunidad de Madrid, porque el Estatal no está actualizado, pero el centro de trabajo, está en la Comunidad de Castilla y León.
Además, hay un convenio parecido, en nuestra comunidad, pero no figuran tantos puestos de trabajo como el de la Comunidad de Madrid.
Esto es posible??
¿Quien os obliga? Los pliegos administrativos tiene carácter informativo.
El propio ente que es una empresa anexa del propio ayuntamiento, que nos dice que tenemos que cumplir con el convenio de Madrid, está información aparecen en los pieglos.
Habría que ver el caso, pero el convenio no lo puede imponer un tercero, es el que corresponde a los trabajadores.
Es cierto lo que te dice Alejandro de que el convenio no puede imponéroslo nadie que no sea la Autoridad Laboral, pero sí pueden exigiros que cumpláis con las condiciones de un convenio determinado. Así si en la Comunidad de Madrid el recepcionista tiene que cobrar por convenio 22000€ y en Castilla y León solo 20000€, vosotros tendríais que garantizar que cobrará los 22000€. O si en Madrid complementan las bajas y en Castilla y León no, os tocaría compensar las bajas-
Hola trabajo en un taller de Corte Ingles ,,Motortown realizando el trabajo de mecánica ,estos talleres son de la franquicia de aurgi mi duda es saber que convenio tenemos ya que seguimos estando en las mismas condiciones que cuando eramos operarios de Eci..no seria lo mas indicado estar en la rama de la metalurgia? Gracias.
Buenas noches, tengo una duda sobre que convenio es el mio.
Trabajo para una empresa del sector del metal en Valencia pero mi puesto y centro de trabajo esta en Madrid, yo resido en Madrid.
¿Cual seria mi convenio?
Muchas gracias, saludos
Si el centro de trabajo está en Madrid, se debería aplicar el convenio de madrid.
Hola buenos días! Qué puedo hacer si mi empresa me ha estado ocultando durante toda mi relación laboral dos pagas extras de beneficios que he descubierto me corresponden por convenio. Las nóminas sí han sido confeccionadas por la gestora pero el empresario no las tenía en cuenta. En el contrato me especifica el convenio pero no me especifica el número de pagas que me corresponden. Solo me pone percibirá una salario distribuido en ……. pagas conforme al convenio tal. Me deja en blanco el espacio donde indicar el número de pagas.
Muchas gracias.
Tendrás que demandar, teniendo en cuenta que sólo puedes reclamar las que se tengan que abonar en el año anterior a la reclamación.
Entonces el ocultarte nóminas que no están declaradas puesto que no te las hace constar tiene la
mima consideración que una nómina que te entrega , se declara y no te abona? Yo lo entiendo como un robo por parte de la empresa
Si presentas una denuncia en inspección, puedes conseguir que te coticen los últimos cuatro años además de que sancionen a la empresa. Por otro lado, si no estás conforme, podrías intentar ir por la vía penal. Habría que ver el caso concreto para saber a que te refieres con nóminas no declaradas.
Muchas gracias. Concretamente el caso es que la empresa me paga 14 nóminas al año cuando por convenio son 16. Dos nominas de marzo y septiembre la gestora se las mandaba pero la empresa las destruía y no nos las hacía llegar. Al ser pagas extras sí que se ha cotizado por ellas a lo largo del año pero no están declaradas a hacienda puesto que no nos las hacían llegar. Confiamos en el empresario en que cumplía lo que el convenio decía puesto que tampoco nos lo hizo llegar ni lo tenían a disposición de los trabajadores en la empresa. Lo hemos descubierto ahora por un despido por el que hemos consultado con la gestora sobre el finiquito, y es la que nos ha explicado los términos de cotización de las nóminas y las pagas que nos corresponden
Buenos días,
Trabajo en una empresa que tiene dos tiendas en la misma localidad de lo mismo y mismo convenio. En mis turnos a veces me toca en una y otros días en lat otra, me corresponde algún plus por cambio de lugar de trabajo?
Si no lo establece el convenio, no.
Buen artículos, una pregunta en la modalidad de contrato a distancia, se puede establecer el centro de trabajo en una comunidad autonoma diferente, que es donde la empresa tiene la sede social y operativa.
gracias
Buenos días:
No sé si me podrías indicar que convenio colectivo se aplicaría en un Centro de Reconocimiento de Conductores ya que no existe ninguno específico.
Gracias
Buenos días, me surge una duda: me comunican la posibilidad de dar de alta a un trabajador quien realizará su trabajo 100% remoto desde su casa, en una localidad donde la empresa no tiene centro de trabajo. ¿Sería posible darle de alta en la cuenta de cotización principal de la empresa? o por el contrario ¿tendría que dar de alta una nueva cuenta de cotización en su localidad? GRACIAS!
Buenos días,
me gustaría plantear varias dudas.
Trabajo como administrativa en una empresa de repostería industrial; mi empresa está acogida al convenio colectivo de la provincia de este sector. Todos en la empresa estamos en este convenio excepto el personal de manteminiento de la fábrica, que se acoge al convenio de la siderometalurgia de la provincia.
Mi pregunta es si pueden concurrir dos convenios en mi empresa si ésta tiene claramente diferenciada la actividad principal; si ellos pueden acogerse a ese convenio, ¿puedo yo pedir yo que a mí me apliquen el convenio de oficinas y despachos de mi provincia?
Agradezco respuesta.
Un saludo.
Mari.
Sí que se puede aplicar dos convenios en una empresa como explico en la entrada, pero con los datos que me comentas, no puede solicitar tu inclusión en el de oficinas y despachos realizas funciones en una empresa de repostería. Habría que mirar los ámbitos de aplicación del convenio.
Ok, pero entonces los de manteminiento si pueden acogerse a otro convenio si realizan sus funciones en la empresa de repostería?
Habría que ver si es correcto o no que los de mantenimiento estén en otro convenio, con los datos que me indicas entiendo que el convenio que se te debe de aplicar es el de la actividad que realiza la empresa.
Muchas gracias.
Quisiera saber cual es el convenio del metal al que pertenezco, mi centro de tabajo esta en cuenca, pero mi empresa dice que pertenezco al de toledo.
En principio es el de lugar de trabajo.
Muy buen artículo, a ver si por favor, me puedes confirmar mi caso.
Trabajo en una empresa de Barcelona, cuya actividad principal es la fabricación de maquinaria industrial (convenio de la indústria metalúrgica), pero a mi me contrataron a través de otra empresa suya, con sede en Madrid, y me están aplicando el convenio de oficinas y despachos de Barcelona. ¿Están aplicando un convenio incorrecto? En dicho caso, ¿cómo podría reclamar?
Muchas gracias!
Habría que ver más el caso para saber si es correcto o no.
Buenas noches, tengo una duda. Yo trabajo en una obra en Málaga y mi empresa es de Cordoba. A mi me contrataron para la obra de Málaga y soy de Málaga, es decir, me contrataron para ellos ahorrarse desplazamiento y dietas de sus trabajadores. Me di cuenta que a mi me estan aplicando el convenio colectivo de Cordoba. ¿Eso es legal? Por lo que he estado indagando, tienen que ponerme el convenio colectivo de Málaga y en su defecto, si me quieren poner el convenio colectivo de Cordoba me deben de pagar dietas y desplazamientos diarios.
Quiero que alguien especializado me aclare mi problema. Muchas gracias de ante mano.
En mi opinión, sería el convenio colectivo de Málaga, si trabajas en málaga y te han contratado allí y existe una unidad organizativa en dicha ciudad.
Yo quiero averiguar si existe algún artículo que esté en el BOE que deje claro esto, porque si es como nosotros estamos hablando, quisiera enseñárselo y decírselo a mi jefe.
Pero primero quiero asegurarme a ciencia cierta.
Lo explico en la entrada. No, existe una artículo del Estatuto que defina con precisión lo que comentas, sino que es la jurisprudencia la que determina en caso de duda que convenio es el aplicable.
Buenas noches, una empresa con domicilio social y fiscal en la provincia de Santa Cruz de Tenerife, apertura una oficina con nuevo CCC contratando trabajadores para llevar gestiones administrativas desde Girona, en este caso tendría que aplicar el Convenio Colectivo de la provincia de Tenerife o de Girona?. Muchas gracias, saludos.
Si el centro de trabajo está en Girona, se aplicará dicho convenio aunque el domicilio social esté en otro lado.
Buenas noches. Trabajo en una clínica Veterinaria de Valencia Capital. No tenemos convenio colectivo y despues de 11 años trabajando ahí como auxiliar técnico veterinario nos quieren cambiar el convenio de sanidad privada al de veterinaria de la provincia de Alicante. Eso se puede hacer ? Supone una bajada de sueldo base. Gracias
El convenio no se puede escoger por la empresa, es el que corresponde a cada centro de trabajo. Si se cambia, aunque el sueldo sea menor al que estáis percibiendo ahora, no implica que se baje automáticamente, ya que se debe de respetar el salario que actualmente percibís. Sí que podría modificar el salario a través de una modificación sustancial de las condiciones de trabajo.
Hola,
Pertenezco a una empresa que físicamente está en Murcia, pero se ha creado un centro de trabajo para mí en Sevilla, que es donde está la razón social de mi empresa de Murcia. Qué convenio colectivo me tienen que aplicar? La empresa de Murcia tiene el convenio del metal, pero las oficinas de Sevilla tienen el convenio del comercio del metal. Cuál de los dos me corresponde a mí?
Muchas gracias
Carmen
En principio, en el lugar donde trabajas, que no se si es murcia o sevilla.
Entonces, si trabajo en Sevilla y mis compañeros tienen el convenio del comercio del metal, ése es el que tengo yo, aunque la empresa a la que pertenezco esté en Murcia y su convenio sea otro diferente. Es así?
Gracias
Parece que cuando hablas de tus compañeros, éstos están contratados en otra empresa. Si así fuera el caso, habría que mirar más el tema para saber cual es el convenio de aplicación
Gracias, Alejandro. Efectivamente mis compañeros, con los que comparto oficina, pertenecen a otra empresa del grupo. Todos menos yo. De ahí viene mi duda.
En ese caso habría que verlo con más profundidad.
Hola, pueden varias empresas diferentes(aunque del mismo grupo) compartir centro de trabajo y convenio propio?
No se si con centro de trabajo te refieres al lugar físico o al centro de trabajo entendiendo como tal la unidad productiva dada de alta ante la autoridad laboral. Es posible compartir trabajo físico, en cuanto a convenio, habría que ver la negociación que ha hecho del mismo.
Hola mi convenio es el de Palencia que hay surrogacion pero mi centro de trabajo es burgos en el cual no hay surrogacion, me puedo acoger a la surrogacion de mi convenio??
Es también importante el convenio aplicable a la empresa entrante para saber si tienes derecho a la subrogación.
Buenos dias! Puede una empresa privada presentarse de nuevo a concurso público de un Ayuntamiento, a pesar de haber acudido los empleados a Conflicto colectivo. Como lo puedo documentar o enlace para mostrar al resto de compañeros.
2. Si ganamos Conflicto Colectivo, despues tienen que denunciar el resto de la plantilla de forma individual, ya que lo que no se pretende es que la empresa conozca quien denuncia. Gracias
Si que puede presentarse aunque exista conflicto colectivo.
Gracias, existe algun articulo donde especifica que una empresa a pesar de estar en Conflicto Colectivo, puede presentarse concurso publico de Ayto…. o indicarme en lace donde consultar…
El artículo 71 de la ley 9 /2017 indica las causas por las que una empresa no puede contratar, sin que se indique esa causa que tu indicas.
Buenas tardes, trabajo en una agencia de mensajería que a su vez dispone de Tarjeta de Operador de Transporte (OT). Como aux. administrativa el convenio establecido en mi contrato es de mensajería pero debería de constar como el de Transporte de mercancías por carretera? Este tiene mejores condiciones, además de mencionar que no existe convenio de mensajería desde 2006 aproximadamente. El que nos facilita la empresa es un convenio extraestatutario de 2016 a 2018.
Habría que mirar los convenios colectivos y su ámbito de aplicación.
Hola! A finales de febrero AEM y USO publicaron el nuevo convenio colectivo estatal de empresas de mensajería pero no hay forma de obtenerlo a no ser que seas socio de una de estas dos. No se publica en el B.O.E. puede que sea un convenio privado? Como puede un trabajador revisarlo? Al querer revisar algunos puntos sobre el convenio el asesor indica que no hay convenio confirmado para este sector desde 2016. No se hasta que punto debería aplicarse ya que es estatal pero sin embargo el convenio de transporte por carretera también e incluye tanto operadores de transporte como mensajería y logística. Por lo que parece es un tanto enrevesado saber por cual regirse.
A veces el convenio no se publica en el BOE, siendo un convenio extraestatutario, y teniendo eficacia límitada sólo para los firmantes del acuerdo. Ese convenio no se aplica al sector, sólo a las empresa que se han adherido a el. Se que algunas inspecciones de trabajo están intentando que al menos se aplique el convenio de transportes de carretera en su ámbito salarial a los operadores de mensajería.
Hola Alejandro, trabajo in una empresa de automoción, pero estoy contratada de una subcontratada ,que tiene como actividad económica,,servicios,,el convenio que lo están aplicando es de logística en lugar del convenio de automoción, el centro de trabajo es ubicado in Barcelona pero al final de contrato pone que el centro de trabajo situat en La Roca como consecuencia del contrato del arrendamiento de servicios entre subcontratada y empresa. Qualcomm seria el convenio. Gracias
Si es una subcontrata no tiene que tener el convenio de la contrata, puede tener otro. Sobre el convenio aplicable, tendría que ser en principio, aplicable el del lugar de trabajo que sea aplicable a la empresa que te tiene contratado.
Gracias por contestar, pero no entiendo se tiene que aplicar el convenio del lugar del trabajo, entonces tene que ser el de la empresa ( donde yo desarrollando mi trabajo) no de la subcontratada. Porque en una clausas adicionales del contrato se estan especificando que el lugar del trabajo es la empresa de la Roca. Muchas gracias.
Te tienen que aplicar el convenio colectivo aplicable a tu empresa en relación al lugar donde presten sus servicios. Es indiferente, el cliente de tu empresa y de que realices funciones en su centro de trabajo.
Buenas tardes Alejandro. Trabajo en una empresa de limpieza con un convenio de (limpieza de edificios y locales de la provincia de Cádiz) mi empresa está contratada por una empresa aeronáutica (no quiero dar nombre pero es la más importante que hay en España) los trabajadores de esta empresa tienen su propio convenio (industrial). Mi pregunta es:¿ los trabajadores que realizamos nuestras funciones el talleres de esta fábrica (aluminio, fibra de carbono etc etc) in luso algunos hemos tenido que realizar un curso de espacios confinados se nos podría aplicar otro convenio? Gracias
PD: Tengo compañeros que trabajan en la misma empresa pero en oficinas.. Gracias de nuevo.
Sí, al ser una empresa externalizada, no se os tiene que aplicar la empresa del cliente de vuestra empresa, sino que se os aplica el convenio de la empresa que os tiene contratado.