Cómo solicitar el paro (o renovarlo) en ERTE o despido por Coronavirus
Entrada actualizada con los nuevos subsidios del artículo 11 del Real Decreto – Ley
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Solicitar la prestación por desempleo en caso de ERTE por Coronavirus
Con todas las oficinas del Servicio de Empleo Público cerradas mientras dure el problema de salud derivado del coronavirus y en estado de alarma, muchos trabajadores dudan sobre cómo pueden solicitar la prestación por desempleo.
Desde la página del SEPE se ha anunciado que se los trabajadores que se hayan visto afectados por un ERTE no tendrán que solicitar cita previa, sino que la prestación se gestionará de manera automática entre la empresa y el SEPE.
¿Cómo puede la empresa solicitar el paro por el trabajador?
Después de que el Ministerio de Trabajo hubiera publicado en su web esta nota informativa (que puedes descargar aquí), así como la información publicada en la página oficial del SEPE de como iba a ser la solicitud por parte de la empresa de la prestación por desempleo, el artículo 3 del Real Decreto Ley 9/2020 de 27 de marzo ha desarrollado el procedimiento a seguir y establecido sanciones a la empresa en caso de incumplimiento.
En primer lugar, la empresa tiene que cumplimentar toda la información de los trabajadores a través de un Excel que se puede descargar aquí.
Tal y como indica el Ministerio de Trabajo, el formulario Excel contiene dos pestañas.
- En la primera están las instrucciones de cumplimentación. En la segunda, los datos relevantes del trabajador. Puede añadir tantos trabajadores como sea necesario en la parte inferior de la hoja.
- Sólo ha de incluir los trabajadores en activo en la fecha de la suspensión o reducción de jornada (no a los que estén en IT, maternidad, paternidad, excedencia).
Una vez cumplimentado, la empresa tiene que remitir el excel a través del registro electrónico común de las administraciones públicas a la Dirección Provincial del SEPE en la provincia donde se ubique el centro de trabajo en el plazo de 5 días desde la solicitud del expediente de regulación temporal de empleo en los supuestos de fuerza mayor o desde la fecha en que la empresa notifique a la autoridad laboral competente su decisión, en el caso de ERTE por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción.
Posteriormente la empresa tendrá que remitir urgentemente el certificado de empresa de cada uno de los trabajadores, a través de certific@2.
La no transmisión en el plazo de cinco días, se considera como una infracción grave sancionable entre 626 euros y 6.250 euros.
Inicialmente, esta prestación se realizará sin tener en cuenta la existencia o no de hijos dependientes, pero el SEPE ha comunicado que lo abonará posteriormente.
Una duda frecuente es que número de expediente se ha de consignar, según la anticipación de las instrucciones para la gestión de la protección por desempleo, ” para el caso de que la autoridad laboral no facilite al SEPE el número de ERE, se registrará en Silcoiweb como número de ERE: 0000/2020. “
¿Que paro voy a percibir si me aplican un ERTE?
El Gobierno, a través del Real Decreto 8/2020 ha establecido que todos los trabajadores que se vean afectados por un ERTE de suspensión o de reducción de jornada derivado del COVID-19, ya sea realizado por fuerza mayor o por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción, tendrán derecho a recibir la prestación por desempleo aunque no tengan cotizado lo suficiente para ello.
En cuanto a la cuantía, se percibe el 70% de la base reguladora, siendo esta la media de los últimos 180 días trabajados en la empresa. Si se tiene una antigüedad menor de seis meses, la base se calculara sobre la media de los días trabajados en la empresa.
Ahora bien, hay que tener en cuenta que existe unos límites en cuanto al cobro de la prestación por desempleo, siendo todas estas cuantías BRUTAS, que habrá que descontar la cotización del trabajador.
En el año 2021, las cuantías han aumentado de acuerdo al aumento del 5% del IPREM:
Cuantía mínima prestación contributiva | Euros |
---|---|
Sin hijos/as | 527,24 € |
1 hijo/a o más | 705,18 € |
Cuantía máxima prestación contributiva | Euros |
---|---|
Sin hijos/as | 1.153,34 € |
1 hijo/a | 1.318,1 € |
2 hijos/as o más | 1.482,86 € |
Por otro lado, el paro consumido no se tendrá en cuenta para futuras prestaciones.
¿Como saber como va el trámite de mi prestación?
Puedes consultarlo a través de este enlace: https://sede.sepe.gob.es/ConsultaPrestacionesAAWWeb/AccesoConsultaAction.do
¿Cómo pueden solicitar el paro si he sido despedido o con finalización de contrato?
En este momento, y debido al cierre del las oficinas, existen varias formas de solicitarlo, :
- Si no se dispone de certificado electrónico, hay que acudir al canal que ha habilitado de manera específica el SEPE para aquellos trabajadores que hayan sido despedidos o finalizado el contrato temporal, y que podéis encontrar en el siguiente enlace. Este formulario NO es una solicitud definitiva, es un trámite previo para realizarla y, además, NO es válido para los trabajadores incluidos en el ERTE.
- Si se dispone de certificado electrónico, lo mejor es acudir al portal electrónico del SEPE a través de este enlace. Si se solicita previa se deberá indicar un correo electrónico para que el SEPE se ponga en contacto con los trabajadores.
Por último, también existe un número de atención telefónica en cada comunidad autónoma que puedes revisar en este enlace, pero por lo que comentan la mayoría de los trabajadores, el teléfono suele estar saturado.
¿Tienen algún beneficio aquellos trabajadores que hayan sido despedidos o indicado un fin de contrato temporal?
Los principales beneficios indicados anteriormente son para los trabajadores afectados por un ERTE de suspensión o de reducción, pero no para trabajadores despedidos o aquellos cuyos contratos temporales han sido finalizados.
Sin embargo, el Real Decreto – Ley 11/2020 en su artículo 33 sí que ha creado un subsidio temporal para aquellos trabajadores cuyo contrato temporal haya finalizado después del estado de alarma, esto es después del 14 de marzo, y tengan una duración mínima de dos meses y el trabajador no tenga derecho a ningún tipo de ayuda.
El subsidio excepcional consistirá en una ayuda mensual del 80 por ciento del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples mensual vigente. Es decir, teniendo en cuenta que el IPREM de 2021 es de 564,90 euros, la ayuda será de 451,92 euros.
La duración de este subsidio excepcional será de un mes, ampliable si así se determina por otro Real Decreto-Ley.
¿Qué plazo tengo para solicitar la prestación?
El plazo habitual para solicitar la prestación es de 15 días hábiles desde que se debería empezar a cobrar.
Sin embargo, el artículo 26 del Real Decreto 8/2020 establece que durante el periodo de vigencia de las medidas que conllevan la limitación de la movilidad de los ciudadanos o aquellas que atañen al funcionamiento del SEPE, la presentación de las solicitudes de alta inicial o reanudación de la prestación y el subsidio por desempleo realizada fuera de los plazos establecidos legalmente no implicará que se reduzca la duración del derecho a la prestación correspondiente.
Es decir, que actualmente el trabajador no se ve perjudicado por no solicitar la prestación por desempleo hasta que las oficinas del SEPE no vuelvan a abrir.
¿Y si tengo que acudir al SEPE para renovar el paro o el subsidio por desempleo o de mayores de 52 años?
El artículo 27 del Real Decreto 8/2020 establece que el SEPE, durante el estado de alarma, podrá adoptar las siguientes medidas:
- El SEPE puede de oficio prorrogar el derecho a percibir el subsidio por desempleo en los supuestos sujetos a la prórroga semestral del derecho, a efectos de que la falta de solicitud no comporte la interrupción de la percepción del subsidio por desempleo ni la reducción de su duración.
- En el caso de los beneficiarios del subsidio para mayores de cincuenta y dos años no se interrumpirá el pago del subsidio y de la cotización a la Seguridad Social aun cuando la presentación de la preceptiva declaración anual de rentas se realice fuera del plazo establecido legalmente.
Así mismo, desde el SEPE se ha anunciado durante el tiempo que dure el estado de alarma, el Servicio Público de Empleo de la Comunidad Autónoma sellará de oficio la demanda de empleo, para que no sea necesario realizar ningún trámite para renovarla.
Hoy he rellenado un formulario de incidencia con el no pago de erte de mi empresa de los meses diciembre y enero y el 24 de enero de 2021 se me finaliza mi contrato y tengo que tramitar mi paro y por haber rellenado la incidencia con el erte no puedo pedir cita la página me dice que ya he presentado una solicitud y tengo que esperarme a que me llame el sepe.
hiola buenas, tenia dos empleos, en uno he sido afectada por un erte, alli tengo10h de contrato.. y en la otra me han despedido, es posible solicitar una prestacion para cubrir el numero de horas que me faltan con el paro?
Hola ,my mujer lo sacaron de erte y tienen una problema muy grave,tiene tuberculosis,se puede poner en baja médica.gracias
Dependerá de que el médico se la conceda, pero puede solicitarla.
He solicitado el paro on line, pes después de un Erte me readmitieron en la empresa durante 15 días, que eran de vacaciones y me despidieron sin indemnización y sin nada. Estoy con un abogado. Pero para el tema paro que lo he tramitado on -line, lo consulto y me dice que est en trámite. Hay algo que yo pueda hacer? Me da la sensación de que estoy en el limbo. Compañeros míos que lk tramitaron más tarde han cobrado este mes
Buenos,estoy camarero en Canaria y teneia un contracto de un mes de 24 de marzo asta 24 de April estaba despues cobrando seis meses de erte y hoy el sepe me manda un Mensaje como ghe la impresa me despedi la pregunta es,me puede despedir ahora la impresa
Si existe causa para la finalización de la relación laboral, sí se puede extinguir.
Hola saludos tengo una gran duda, estuve en erte desde marzo y me han despedido en agosto con finiquito y liquidación y me dieron de baja en la seguridad social quiere decir que ya no podre seguir recibiendo el erte aunque en mi consulta de prestación del sepe dice fecha final octubre. Situación actual baja que puedo hacer pedir paro ?
Ya no cobras el paro del ERTE, sino que cobras el paro que hayas generado.
Pero no e solicitado ni generado ninguna solicitud o tengo que hacerlo? En la consulta de mi prestación aparece fecha final 02/08 no querria decir que sigo cobrandolo asi me hayan dado de baja ? Muchas gracias
Lo solicitaría en el SEPE el nuevo paro, no es automático.
Buenos días una pregunta ,estoy en erte y parece q no regrese a trabajar por las restricciones nuevas que han puesto y esto seguirá así por mucho tiempo más ,me pueden mandar al paro
Gracias
No se a que te refieres con mandarte al paro, si es a extinguir la relación laboral, sí, pueden si existe causa para ello.
Hola tengo 3 años como camarera ahora estoy en Erte pero ni cobro y no puedo con esta situación.Hay posibilidad si hablo con mi jefe que me da en el paro?Gracias!
Deberías cobrar el desempleo si estás de ERTE
Hola buenas tardes ,,estoy en erte en este momento pero ha surgido una oportunidad de tener un traspaso de un bar, mi jefe me puede mandar al paro para yo pedir la capitalización del paro para hacerme autónomo y abrir el bar en cuestión,
Si es así tendría q devolver el erte ??u otra cosa más que implique ello ,gracias
Habría que saber más del caso para saber si tienes o no derecho. Ten en cuenta que el acuerdo con el empresario para irte al paro y cobrar prestaciones puede considerarse un fraude a la seguridad social.
Hola, estaba en ERTE y el día 14 de julio me incorporé al trabajo, pero por causas personales me he dado de baja voluntaria en la empresa el día 13 de agosto, no me deja modificar nada porque pone que sigo en suspensión sin intermediación por ERTE en suspensión por reducción de jornada hasta el 13 de octubre de 2020. Ya he pedido cita en el SAE, que tengo que hacer más ahora?? porque me pone que tengo que esperar a que me llamen ya que no atienden presencialmente y mis datos están erróneos.
Tendrás que esperar, aunque si no te han dado de baja, es una cuestión más de la seguridad social que del SAE.
Hola .a my mujer lo despedí día de 24 septiembre ella sólo tenía un contracto temporal de un mes de 24 febrero hasta 24 de marzo.vale ,entonces ella cobro seis meses de erte y ahora le mando un mensaje como ghe está de baja .bueno,ahora sale una ley en día de 30 de septiembre ghe no puede despedir a nadie,ahora my mujer que tienes que hacer.gracias
Hola, buenas, una pregunta, tuve contrato hasta 30 de junio desde 1 octubre. No me prolongaron Por covid y yo recibi el finiquito. Aunque estoy de alta en erte hasta 2 de octubre y sigo recibiendo erte.. no lo entiendo.. he rellenado formulario para paro pero nadie me ha aun llamado del sepe.. tengo que devolver despues erte del tiempo desde fin fe contrato y si tengo derecho de cobrar paro cuanto cobraria si estaba trabajando desde 1 octubre 2019 en españa?
Muchas gracias!
¿La empresa te ha dado de baja en la seguridad social? Si es así, no puedes estar de ERTE. Por otro lado, no tienes derecho a paro si no tienes cotizado al menos un año.
Muchas gracias, Alejandro!
Hola una pregunta yo llevo unos 7 años en la empresa y llevo unos 2 años así como fijo yo en en febrero por causas personales me di de baja voluntaria unos 25 días de febrero y me incorporé a la misma empresa el mismo febrero y luego vino lo del covi y en marzo me dieron lo del erte y desde el 27 de junio ya no e estado en erte ya estoi en la empresa mi pregunta es.si la empresa me despide yo tengo derecho a mi desempleo ?
Sí, deberías tener derecho a desempleo.
Buenos días
el 29 de abril mi empresa me incluye en el ERTE y el 22 de mayo me entrega una documentación que firmé, indicándome que me saca del ERTE.
Mi empresa me despide el día 27/05/2020 por finalizacion de contrato en el sepe aun me sale prestacion contibutiva por covid 19 si estoy de baja porque sigue aceptada aun
Hola! En el momento del estado de alerta estaba en pluriactividad. La empresa para la que trabajo por cuenta ajena nos mando al erte del 23 de marzo,hasta de momento el 30 de junio. Por otra parte estoy dada de alta como autonoma en mi empresa y por esta razón el Sepe me dice que NO tengo derecho a prestación, pero que pida la de autónomos. Pediré la prestación de autonomos ya que mi empresa cerró los primeros 15 días del estado de alerta, 13 de marzo, y además las pérdidas son justificables. Mi pregunta es, por qué si puedo pedir esta ayuda y no la de erte? Vale que sólo pueda pedir una, pero por qué no la del erte que es más beneficiosa para mi? Muchas gracias
Mi empresa ha hecho un erte y yo tengo reducción jornada por custodia de un menor de 12 años SERÍA SÓLO DURANTE LOS DOS PRIMEROS AÑOS EL 100% de la base para calcular la base reguladora o no importa el numero de años que lleves con la reducción, es que me está llegando que solo seria durante los dos primeros años de haber pedido la reduccion y estoy un poco liada. gracias
Depende de a efectos de que, si es a efectos de paro, siempre es al 100%. Sobre las cotizaciones en reducción de jornada te recomiendo este artículo.
Si seria a la hora de cobrar el páro por el erte por el covid,-19. Si es entonces sobrecel 100%,quien tiene que notificarlo al sepe porque porque no me lo han hecho sobre el 100%, que tensr8que hacer? Gracias
Reclamarlo al SEPE, el SEPE no lo está considerando al 100% actualmente en el COVID-19. En mi opinión, se tiene derecho a ello, pero el SEPE está abonando según la cotización real.
hola trabajo en hotel ahora me avisan que este anyo no abren,,,,mi situacion es la siguiente siempre empiezo el 1 de mayo….se me termino subsidio en abril….la empresa me ha hecho erte..
de donde se saca la cantidad a cobrar…yo cotizo solo los meses de verano…. mi nominaes de 1400 camarero
Buenas tardes, ¿sabéis el enlace de la Web del SEPE donde se pueda introducir la solicitud de subsidio Covid19 para empleadas de hogar?. Encuentro todos los formularios para solicitarlo, pero no parece que exista la posibilidad de hacer la solicitud on line, a pesar de que lo anuncian en muchos sitios.
Muchas gracias.
Enlace
Gracias por el enlace, pero no existe la entrada para solicitar subsidio Covid19 para empleadas de hogar
No existe un registro específico para el subsidio de las empleadas del hogar, según las instrucciones del subsidio, se puede solicitar en el Registro Electrónico General de la AGE y en la SEDE del SEPE.
Hola mi empresa me coloco en erte el 22 de marzo, pero hace 2 días recibo una carta del SEPE jrecibo una carta del SEPE q tengo reconocida la prestación por desempleo, pero no dice nada de erte? Así q la solicitud inicial fue erte, pero entiendo como q la empresa hizo otra??? Me puede aclarar si es el procedimiento normal! Gracias
Si te ha llegado una carta del SEPE, sin tu haberlo solicitado, es por que lo ha solicitado la empresa dentro del ERTE, así que en principio es lo normal. Revisa que no te hayan dado de baja en la seguridad social solicitando un informe de vida laboral.
Estoy en ERTE y mi jefa cierra la peluquería m ha mandado el despido y Nome da nada de finiquito ni indemnización me puedes decir que me corresponde por el despido mi contrato es de formacion
Si finaliza el contrato antes de que lo que corresponde, se trata de un despido improcedente, y como tal tienes que impugnarlo para conseguir una indemnización por despido improcedente en un plazo de 20 días hábiles desde la fecha de extinción.
Buena noches.
Yo tengo un despido del día 15 de marzo en mi empresa de limpieza en la cual trabajo 24 horas a la semana. intente ponerme en contacto con ellos y al final hice una pre solicitud el dia 24 d3 marzo.
Por otro lado trabajo 3 horas a la semana en otra empresa. Y esta empresa solicitó un erte.
Me han dicho que ha sido aprobado el erte. Pero no se si se ha gestionado mi presolicitud de paro. Que puedo hacer ante esta situacion.
Muchas gracias
Sobre que puedes hacer, supongo que te refieres al paro, es la empresa la que la tiene que solicitar y por otro lado, solicita cita previa que parece que ya los hacho.
Me hicieron un ERTE pero hasta ahora no puedo ver mis datos bancarios en el Sepe. (Dice textualmente: datos bancarios no registrados en el sistema) Mi empresa dice que ha dado todos los datos correctos, pero mis compañeros ya cobraron y yo aún no. ¿Que puedo hacer? En la página del SEPE me dicen que si es por un ERTE se tiene que encargar mi empresa.
Buenos días. Mi empresa realizó un erte a los 3 trabajadores que tiene. Sin embargo 2 de los 3 no hemos cobrado y aparece en la página que los datos bancarios no están registrados. Es eso normal?
Es un error que está sucediendo en algunos otros casos. Desconozco si es un error del SEPE o de la empresa a la hora de comunicar los datos.
Buenas noches Alejando, me gustaría preguntarte dos cosas:
1: Si mi empresa ha pedido el ERTE pero a mí como trabajadora me lo han denegado, ¿En qué situación me encuentro ahora? y ¿En qué situación volvería a mi trabajo?
2: Me han aceptado el ERTE por 3 meses, que es cuando termina mi contrato temporal por fin de obra, ¿Podría solicitar el paro para entonces?
¡Muchas gracias de antemano!
No entiendo la primera pregunta, a la trabajadora no le pueden denegar el ERTE. Si se lo deniega a la empresa, a la trabajadora no le debe perjudicar y deben pagarle los salarios. Respecto a la segunda, cuando se extinga la relación laboral podrás solicitar el paro.
Hola!Una pregunta,tengo contrato fin de obra y el 14 de Marzo me incluyó la empresa en el ERTE ahora dos meses despues me llamó mi jefe para que el 30Mayo me finaliza ese contrato de fin de obra,osea me quedaré cobrando mi paro.¿Me va correr el tiempo de mi paro o hasta que acabe el estado de alarma o hasta que acaben los Ertes no me va a correr?.Gracias
En el momento de la extinción, empieza a gastar paro.
Buenos días,
Antes de la crisis del Covid-19 yo tenía 2 empleos. En uno han realizado un ERTE y en el otro un despido. El ERTE ya ha sido aceptado y lo puedo ver en la página del SEPE. La cosa es que no me deja solicitar paro por mi otro empleo porque dice que ya tengo una prestación contributiva (La del ERTE). La cosa es que no se muy bien como proceder y me es imposible contactar con el SEPE por vía telefónica.
Gracias.
¿En el que te han realizado el ERTE la jornada es completa? En ese caso, no podrás cobrar otra prestación. De todos modos, en la página del SEPE, pide cita previa y deja tu email, y ya se pondrán en contacto contigo.
No, no es jornada completa ninguno de los dos.
Okey, si tengo cita ya, pero era por si podía solucionar algo antes, que la cita es para dentro de bastante y están con retrasos por el colapso y me preocupa que no me llamen al ver que tengo un ERTE.
Gracias!
Buenas tardes,
Estoy en ERTE del el 20 de marzo y en el mes abril trabaje unos días en otra empresa y renuncié, tendría mi empresa que volver a solicitar el ERTE para mi?
Pregunta en el SEPE, en la sede electrónica pidiendo cita previa.
Hola Ivana buenas tardes, yo tengo el mismo problema que tu!! Disculpa la molestia pero lograste solucionar, la empresa te volvió a incluir en el ERTE? Porfa respondeme llevo más de un mes en eso y no logró solucionar. Gracias
Buenas tardes, os pido ayuda, por que acabamos de tener un finalizacion de contrato “por fin de obra” en mi hogar.
Explico a continuación:
El 10 de Marzo se empezó con la formación en la empresa presencial, que duro hasta el día 21 de Marzo. Dicha formación era sin dar de alta en la empresa, aunque si dieron documentos para poder acudir a la formación como que estaban en un trabajo y poder pasar el confinamiento. El día 26 de Marzo se firmo el contrato de alta, que era con 45 días de prueba y se pagaba la formación una vez superado el periodo de prueba. Pues hoy día 27 de Abril, nos han comunicado el despido, por fin de contrato, ya que indican textualmente que si se ha superado el periodo de prueba y que van a pagar la formación, pero que el despido se produce por la poca carga de trabajo al ser un trabajo que ha empezado justo con todo el Estado de Alarma activo.
Mi mujer no tiene derecho a paro, por que ya se le acabo la prestación y con este poco tiempo no ha generado nada, pero “Existe algún subsidio o ayuda para este tipo de situaciones”
Gracias de antemano, un saludo.
Preguntaría en el SEPE por si existe alguna ayuda. Existe un subsidio temporales para aquellos contratos temporales de más de dos meses, pero no es vuestro caso.
buenas, mi situación.
mi empresa solicitó el ERTE, pero en el SEPE no aparece ninguna acción aun, ni nómina, ni denegada, ni solicitada. en, Consulte los datos y recibo de su prestación.
El Erte se solicitó desde el 23/3/20.
mi empresa comunicó que estaba aprobado y que no debíamos hacer nada, y que mi contrato se alargaría hasta cesar el Erte, y en ese momento ya hablaríamos, “supongo” para una renovación o darme los documentos de finalización de contrato
mi contrato temporal terminaba en abril, ya se habria finalizado dias atras.
En mi vida laboral a dia de hoy sigo de de alta.
no se si estoy en el erte, si cobrare o no, tampoco tengo los documento de fin de contrato para solicitar paro, en definitiva no sé en qué situación me encuentro.
Si la empresa te ha comunicado que estás de ERTE, debes considerarlo como tal, ya que si no lo estuvieras, todos los salarios se los tienes que reclamar a ellos aunque no hayas trabajado.
gracias por la rápida respuesta
Hola tengo que renovar subsidio familiar tengo 21 mes y solo he agotado 6meses.seme renueva automáticamente o debo hacer algo ?
Buenos dias Alejandro. Yo tenia un contrato temporal hasta el 26/03 y mi empresa solicitó el Erte el mismo 16/03 para que se hiciese efectivo ese mismo dia. Solicité reanudacion de subsidio que tenia anterior y el SEPE me ha reconocido este subsidio a partir del 26/03 pero los 10 dias del 16 al 26 no dicen nada. En que situación me encuentro? La empresa no me da respuesta.. gracias!
Si estuviste de ERte, te lo pagará el SEPE. Si no te lo paga la empresa. ¿La empresa te comunicó que te incluía en el ERTE? Si no es así, reclámaselo la empresa.
buenas, como ya te comente anteriormente mi erte
aun no tengo noticias del sepe, ni de denegación ni de aprobación del Erte y aun estoy sin cobrar 20/5/20, no solo yo, todos los compañeros están igual.
no conseguimos ponernos en contacto con las oficinas del sepe, hemos realizado varias llamadas tanto compañeros y no lo cogen, también por parte de la empresa según comentan.
Aunque no es el canal habilitado, quizás solicitar por aquí.
Hola Alejandro.
Yo estaba de baja desde el 4 de marzo con IT y me despidieron el día 10 de marzo. Me pagaron la seguridad social hasta el día 21 de marzo ya que se me habían generado 11 días de vacaciones.
Cuando me dan el alta médica el día 1 de Abril y comienzo a tramitar con el SEPE me dicen que al causar baja en la empresa el día 21 debería entrar en el ERTE…
Yo firmé el finiquito el día 10 de Marzo. Al revisar mi certificado de empresa la fecha de baja en la empresa es el día 10 de marzo, pero en las bases de cotización figura paro hasta el 21 de Marzo.
Debo pedir ir al Erte como me dicen como tengo derecho?
Gracias
Si el contrato finaliza el 10 por despido, es la fecha de extinción de la relación laboral, no cuentan para eso los días de vacaciones generadas y no disfrutadas. Sin perjuicio de que a lo mejor el despido no es correcto.
Buenos días Alejandro , mi empresa ha presentado un ERTE, yo estaba con reducción de jornada por custodia de menor de 12 años ya desde hace 11 años, para cobrar el paro tienen los cálculos se hacen con la base reguladora teniendo en cuenta la reducción de jornada o con el 100% como si hubiera estado a contrato completo.
Si es con el 100%,cómo se mi base reguladora porque la que viene en la nómina sería la reducción de jornada supongo
Gracias
Sobre el 100% y habría que realizar los cálculos para saber cual es al 100%.
Hola Alejandro, en primer lugar quiero darte las gracias por tu respuesta tan rápida y en segundo lugar cómo serían los cálculos para obtener la base al 100%
Gracias
Habría que mirar la nómina, de forma rápida, aunque puede que no coincida, teniendo en cuenta el porcentaje de jornada que ahora realizas calcular de manera proporcional al 100%. Puede que no coincida por que a lo mejor hay conceptos que no se han reducido.
Buenas tardes Alejandro;
Mi empresa ha iniciado un erte por producción estando yo de baja por it y en breve pasaré a la maternal , cuando esta finalice si la empresa sigue en erte yo entro directamente o me lo tienen que notificar? Yo tendré que gestionar mi subsidio por desempleo o lo harán ellos? La lactancia la pierdo en ese caso? Y por último, qué ocurre con las vacaciones pendientes que me deben de este año si el año en curso acaba y siguen en erte?
Mil gracias
Habría que ver en que mes finaliza, y las medidas que se tienen que adoptar en ese momento. Preguntaría a la empresa si lo va a solicitar el. Te tienen que notificar que entras en el ERTE. La lactancia la podrás disfrutar cuando finalice el ERTE. Las vacaciones se podrás disfrutar cuando acabe el ERTE.
afectado por el Erte y necesito certificado del darde para el banco como solicitarlo
Intentaría solicitarlo en el servicio de empleo público de tu comunidad autónoma de manera telemática.
Buenas tardes Alejandro,
Trabajamos en una tienda con jornada partida.
El día 14 de Marzo nos llamaron a media mañana para decirnos que no fuesemos a trabajar ya desde esa misma tarde.
El día 23 de Marzo nos avisaron mediante wasap de que se procedía a hacer un ERTE por fuerza mayor, en un escrito con fecha 20 de Marzo.
Entonces, sea cuando sea que se cobre el paro, hasta que fecha se hace cargo del pago la empresa y desde que fecha se hace cargo el Estado?
Si el SEPE no paga hasta Mayo, Qué mes abonará? La parte de Marzo o la de Marzo y Abril conjuntamente?
Gracias
Un saludo
Puede que intenten el ERTE desde el 14 de marzo, en ese caso, el SEPE os pagará desde ese día.
Estoy afectado por un erte y necesito un certificado para aportar al banco, el sepe no me ha enviado nada y la empresa tampoco, como lo podría obtener? Gracias
Buenos días tengo un contracto fijo discontinos en un hotel mi empresa a declarado ERTE pero a los trabajadores fijos discontinos no lo han metido en Erte le ha puesto fin de temporada .Ne dicen que los fijos discontinos entramos en la ayuda de guvierno de 90 dias sin estar en ERTE pero en inem dice que no cada uno cobrando la pestacion que tiene( si tiene ) Cual es la verdad y que ay que hacet?
Para tener la ayuda a la que haces referencia tendrías que ir en el ERTE.
Buenas tardes,
estuve más de dos años trabajando en una empresa con contrato indefinido, me fui en febrero solicitando excedencia voluntaria. En la nueva empresa, entré con contrato de trabajo indefinido pero con un periodo de prueba de dos meses. Con la llegada del Covid-19 en marzo, me despidieron por no superar el periodo de prueba y el resto de la empresa se fue a ERTE. El problema viene cuando me dicen en el SEPE que no tengo derecho a prestación porque mi anterior empresa me ha dado de baja como baja voluntaria y no indicando que es una excedencia.
He contactado con mi anterior empresa para que modifiquen la baja y dicen no haber recibido ninguna carta de excedencia por mi parte y, que por lo tanto, no pueden hacer nada.
¿Qué me aconsejaría hacer ahora?
Gracias
¿Puede acreditar que solicitó una excedencia?
Buenas tardes. Sí, tengo el email en el que adjunto mi carta solicitando excedencia.
Tendrá que demandar a la empresa para acreditar que es una excedencia y no una baja voluntaria.
Buenas tardes, se puede empezar un erte el primer día festivo de semana Santa?? Nos están haciendo teletrabajar pero por comentarios creemos que quieren hacernos un erte que comience el próximo jueves 9 de abril ¿pueden hacerlo? O debería ser el primer día laboral?? En ese caso ¿como se computará la jornada anual?
Si es por causa de Fuerza mayor, depende del día que se genere esa fuerza mayor, si es por causas objetivas, depende de lo que se negocie. La jornada anual, hay que calcularla de manera proporcional a los días que no se esté de ERTE.
he pedido la baja voluntaria en la empres con los 15 días correspondientes ,por un cambio de trabajo en el cual debía incorporarme el día 30 de marzo el día 23 la nueva empresa me comunica que debido al estado de alarma decretado por el gobierno no podrá hacerlo hasta el día 14 de abril , ahora no se que pasará si se prolonga el estado de alarma , el caso es qu no se si podría solicitar el desempleo por esta causa de fuerza mayor sino me contratan con la crisis que se avecina.¿me pueden responder a esto
Si existe una baja voluntaria, no tendrás derecho a desempleo.
Buenas tardes yo estoy en ERTE ya 3 meses y ahora mi empresario dice que me quiere sacar del ERTE para que trabaje pero a mí el trabajo no me renta porque soy taxista y no se hace dinero y me quiero apuntar al paro podría hacerlo?
Si podríais ayudar
No, no se puede ir al paro por decisión del trabajador.
Buenas tardes
Llevo en Erte desde el 16 de marzo.
Me llama mi jefe el 30 de Septiembre y me dice que sigo en Erte, pero que la cosa está mal y que a mediados de Noviembre del 2020 podrá despedirme .
Tengo derecho a paro?
Si fuera así , utilizaría tendría que tu utilizar mi paro?
Gracias
Un saludo
Tienes derecho a paro si has cotizado para ello, es decir, al menos un año durante los últimos seis años, teniendo en cuenta que durante el ERTE no generas derecho a prestación.
Buenas tardes,
En mi caso se suponia que comenzaba a trabajar en el Dutty Free del aeropuerto con un contrato por obra y servicio pero al declararse el estado de alarma al final no se ha llevado a cabo. Mi alta en la Seguridad Social estaba programada para el 16 de Marzo aunque tuvo que ser cancelada por la actual situacion. Tendria derecho a pedir subsidio por desempleo?
Desafortunadamente y debido a la proliferacion de contratos por obra y servicio no he podido trabajar de seguido durante un año. Ademas de eso, creo me faltan unos escasos 10 dias para llegar a los 365 trabajados. Soy menor de 45 y sin hijos. Vivo con un familiar y compartimos gastos asi como alquiler aunque nada de esto esta sujeto a un contrato plasmado por escrito.
Muchas gracias. Un cordial saludo.
Si se anuló el alta y no se trabajó, sólo tendrás derecho a paro si tenías anteriormente. Es decir, que depende de la causa de la extinción del contrato anterior.
Hola Alejandro,
Muchas gracias por tu pronta respuesta. Si la extinción del contrato anterior es porque la empresa me diese de baja (mi contrato era por obra y servicio en un bar) antes del estado de alarma y teniendo cotizados casi 365 dias no tendria derecho a nada?
De ser asi existen otras ayudas a las que se pueda acceder?
Muchisimas gracias. Un saludo
Puede que derecho a subsidio.
Hola! Una vez que una empresa ha presentado un ERTE para un numero X de trabajadores, es posible añadir algún trabajador más días después, comunicándolo correctamente?
nos han aplicado un erte y para saber lo que tenemos que cobrar nos dicen que nos miremos la base reguladora de las últimas 6 nóminas.
Eso en que apartado de la nómina está porque no tengo ni idea
Base de desempleo que aparece debajo de la nómina, normalmente a la izquierda.
Buenas tardes,
Firmé un papel que nos presentó la empresa comunicando que estaba en un erte por fuerza mayor, el jueves 19 de marzo, y nos dijeron que al día siguiente ya no teníamos que ir a trabajar.
La intención por lo visto era presentar el erte el viernes 20 de marzo.
Han pasado más de 5 días, y no han avisado ni contestan a mis preguntas más concretas, como por ejemplo saber cuando lo presentaron finalmente si yo firmé ese documento el 19/3
¿Es normal que tarden más de 5 dias en que la administración responda? ¿supone eso silencio administrativo?
Si le denegaran este erte por fuerza mayor y quisiera presentar otro por motivos económicos, yo tendría que firmarles otro documento, no?
¿qué pasa con los días que hemos estado en casa desde la firma del primer documento?
Perdone tanta pregunta pero en estos momentos todo son dudas.
muchas gracias.
A partir de cinco días, si que se puede entender estimado por silencio administrativo. Si se deniega, se tendría que negociar. Esos días, en mi opinión, serían como permiso retribuido.
los pagos de prestamos agua, luz o arquiler que va a pasar si te han metido en un erte
Hay que pagarlos igualmente, si se considera una familia considerada vulnerable según el baremo de del bono social no se puede cortar. De todos modos, en caso de entrar en un ERTE, se percibirá el 70% de la base con los límites propios del paro.
BUENAS NOCHES, TENGO SOLICITADO ERTE DE VARIAS EMPRESAS, PERO AUN NO HE RECIBIDO CONTESTACION DE LA AUTORIDAD LABORAL DE LA APROBACIÓN O NO, TENGO QUE PEDIR LA PRESTACION CONTRIBUTIVA POR DESEMPLEO DE LOS TRABAJADORES SIN SABER SI LE VAN A APROBAR EL ERTE LA AUTORIDAD LABORAL?
Tengo reducción de jornada por guardia de hijo menor de edad. Me acaban de hacer un ERTE. Cuando yo vuelva, tengo que pedir de nuevo la reducción? Cambia algo en el contrato de trabajo?
Se mantienen las condiciones laborales, entre ellas la reducción.
Estoy de baja por enfermedad común, mi empresa va a presentar un Erte tengo que firmarlo aunque siga de baja?
Sólo a los efectos de notificación.
Hola buenas tardes el 1 de marzo contrate una empleada del hogar por el tema del coronavirus desde el13 de marzo no puede prestar servicio ya que mi marido y yo somos persones de alto riesgo. Que podemos hacer para tramitarle un este.
Hola, otra duda que tengo. En la empresa que estoy actualmente, que ha hecho un ERTE desde hoy, llevaba trabajando 2.5 meses. Tengo cotizados los últimos 180 días, pero contando las empresas anteriores. Para el cálculo de la prestación, se tendrá en cuenta 75 días que llevo en la empresa actual o la media de los últimos 180 días? Muchas gracias.
En caso de ERTE derivado del coronavirus, sólo se cuenta el tiempo cotizado en la empresa de la cual se realiza el ERTE.
Buenas, mientras el período que dure el ERTE, se cuenta como período de contrato? (Ejemplo, si mi contrato acaba el 30 de mayo y estoy en ERTE un mes, acaba el 30 de mayo o el 30 de junio? Y otra duda, si mientras estoy en ERTE, porque este sector está afectado, encuentro una oferta laboral en otro sector, puedo aceptarla? Tendría que tramitar una baja voluntaria a la empresa que me hizo el ERTE? Gracias.
Cuenta como periodo de contrato, y si es un contrato temporal, puede finalizar, salvo que sea un contrato formativo. Sí, puedes aceptarla, pero dejarías de cobrar el paro. Puedes notificar la baja voluntaria.
Me terminan mi contrato por Coronavirus, pero me dicen que no voy al Erte, son fija discontinua, que debo hacer? Tengo derecho a los beneficios?
Hola! En mi caso tengo un contrato indefinido de 8h a la semana en una empresa y uno temporal de 30h. Me he visto afectada por un ERTE en el trabajo temporal, mi pregunta es, ¿recibiré prestación por ese contrato aunque mantenga el otro?
Si el otro no es de jornada completa, tendrás derecho a desempleo.
Tengo un convenio formativo con la empresa y por el coronavirus han pausado el convenio y me han dado de baja en la seguridad social. ¿Tengo derecho a paro? Llevo 1 año cotizando con la beca que me dan. Y antes de estar allí ya había cotizado en otros trabajos.
Mi empresa ha cogido un erte, soy fija discontinua, tenia que empezar a trabajar el 4 de abril. Que tengo que hacer?
Cómo se quedarían los contratos que vencen durante el período del ERTE?
Si te refieres a un contrato temporal, salvo que estos sean formativos, en mi opinión, se pueden extinguir igual. Ahora bien, habría que mirar que no están en fraude de ley.
Mi empresa ha comenzado un erte el 16 de marzo. Por razones de mi trabajo (contabilidad) me dicen que no me incorporo al erte hasta que no acabe mi tarea, en principio el 8 de abril ¿esto es normal o habitual ? Como el día 9,10,11 son festivos por Semana Santa ¿cuando me incorporaran al erte.? ¿El primer día laborable en el que no voy a trabajar?
Gracias
El ERTE no tiene por que afectar a la totalidad de la plantilla. Te incorporarás al ERTE, en la fecha que indique la empresa.
Hola. Me dieron de baja por covid 19. Y en ese periodo de baja se me acababa el contrato. Era temporal.
No me renovaron. La ayuda excepcional de un mes no la puedo cobrar porque tengo otro subsidio.
De 6 meses de unos 280 euros.
Me faltan 10 días de cotización para cobrar paro no subsidio.
Resulta que esas cotizaciones son desde el año 2014.
Mi pregunta es:
Esos 10 días de cotización tengo que hacerlos antes del 2021??
Si no los hiciera este año al pasar ya 6 años,y me pusiera a trabajar en Enero del 2021 lo perdería? O seguiria acumulando a partir de los dias que tengo hasta ahora.
Gracias
En el momento que solicitas el paro, se tiene en cuenta lo cotizado en los últimos seis años anteriores, por lo que dependerá de cuando lo solicitas.