¿Consumo paro estando de ERTE por COVID 19?
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El derecho a la prestación por desempleo por ERTE derivado del Coronavirus
El estado de alarma en España provocado por la pandemia por el Coronavirus comenzó el 14 de marzo de 2020 y con ello una serie de Reales Decretos destinados a proteger a las personas trabajadoras.
Muchos personas trabajadoras se han visto afectadas por expedientes regulación de empleo mediante el cual la empresa suspendía o reducía la jornada, con el derecho al trabajador a complementar esa ausencia de salario con la prestación por desempleo.
En este sentido, el primer de todos estos Reales Decretos fue el 8/2020 que estableció en su artículo 25 que;
- Todas las personas afectadas por un Expediente de regulación temporal de empleo (ERTE ETOP o por causa de fuerza mayor) tendrán derecho a la prestación por desempleo, aunque no tengan el tiempo mínimo cotizado para ello.
- Además, no consumirán paro durante el tiempo que estén de ERTE derivado del Coronavirus.
En principio, esta protección del desempleo, en el sentido de que no se consumía y siempre se tenía derecho a prestación por desempleo, mantenía su vigencia hasta un mes después del fin de la vigencia de la declaración del estado de alarma.
El estado de alarma finalizó el 21 de junio de 2020, por lo que sólo se prorrogaban las medidas hasta el 21 de julio de 2020.
Sin embargo, el artículo 3 del Real Decreto 24/2020 prolongó estos dos derechos hasta el 30 de septiembre de 2020.
Posteriormente, el artículo 8 del Real Decreto 30/2020 alargó el derecho a la prestación por desempleo hasta el 31 de enero de 2021.
Después, el apartado 2 del artículo 4 del Real Decreto-ley 2/2021 amplió esta protección hasta el 31 de mayo de 2021.
Por último, el artículo 4 del Real Decreto-ley 11/2021 amplió nuevamente esta protección hasta el 30 de septiembre de 2021.
No obstante todas estas ampliaciones realizadas no lo son en lo relativo a no consumir paro, sino que se amplió en el sentido de tener derecho a desempleo aunque no se tenga el tiempo mínimo cotizado para ello.
Cuando no gasto paro durante el ERTE por Covid
En relación si se consume paro o no, el apartado 7 del citado artículo 8 del Real Decreto 30/2020 establece que nunca se consumirá paro en todo el desempleo percibido hasta el 30 de septiembre de 2020.
El SEPE coge todo el tiempo que se ha estado de ERTE hasta el 30 de septiembre de 2020 y retrotrae esos días, para computar el periodo cotizado anterior. Así de esta manera, no sólo no se consume, sino que también el SEPE considera que se ha generado paro si ese periodo está cotizado.
Es decir, que al final cogerá un periodo más amplio de seis años, ya que según considera el SEPE: «El periodo de seis años a que se refiere el artículo 269.1 -de la Ley General de la Seguridad Social-, se retrotraerá por el tiempo equivalente al que el trabajador hubiera tenido la relación laboral suspendida como consecuencia de las circunstancias excepcionales derivadas del COVID 19«. Esta acción de retrotraer sólo se hará del periodo hasta el 30 de septiembre de 2020.
En sentido contrario, a partir del 1 de octubre de 2020 sí que se consumirá paro, salvo en estas dos excepciones:
- Si se solicita la prestación después el 1 de octubre de 2026. Por ejemplo, si un trabajador después del ERTE, mantiene la relación laboral o concatena contratos sin necesidad de solicitar la prestación por desempleo más allá de octubre del 2026.
- Si se solicita antes del 1 de enero de 2023 siempre que la extinción de la relación laboral sea motivada por un fin de contrato temporal, despido individual o colectivo motivado por cusas económicas, técnicas, organizativas o de producción o cualquier despido declarado improcedente. Con el objetivo de proteger a las personas trabajadoras más afectadas por el coronavirus, y que previsiblemente perderán el trabajo debido a la pandemia se les ampara para que no consuman el paro disfrutado.
Una cuestión fundamental es que, como más adelante detallaremos, que no se consuma paro no quiere decir que durante ese tiempo se genere.
Es decir que si nos despidan, aunque llevemos más de seis años en el mismo trabajo, seguramente el SEPE no conceda el máximo de dos años de prestación por desempleo.
Conviene señalar que las causas de extinción por las cuales no se consumiría paro excluye;
- el despido disciplinario, siempre que no sea declarado improcedente por un juez ( o reconocido por la empresa en el SMAC o en sede judicial)
- Causas de extinción solicitadas por el trabajador en virtud de una modificación sustancial de las condiciones de trabajo o movilidad geográfica.
- El despido objetivo por ineptitud sobrevenida o falta de adaptación al puesto de trabajo.
- La baja voluntaria o abandono del puesto de trabajo. En este caso, no se tiene derecho a desempleo tras la baja voluntaria, pero si después se trabajara y finalizase por un despido o fin de contrato, sí que se consumiría paro.
En resumen, nunca se consume paro por la prestación disfrutada mientras se estaba dentro de un expediente de regulación de empleo, ya sea por causas de Fuerza mayor, o causas ETOP (económicas, técnicas, organizativas o de producción) hasta el 30 de septiembre de 2020.
El paro recibido posteriormente, es decir, a partir del 1 de octubre de 2020 sí que consume desempleo, con algunas excepciones, entre ellas ser despedido o finalizar contrato antes del 1 de enero de 2023.
¿Genero paro durante el ERTE?
Esta es una cuestión fundamental para tener derecho a los dos años máximos de prestación por desempleo que concede la legislación.
Es una cuestión discutible y con jurisprudencia varia, sin embargo, el Tribunal Superior de justicia del País Vasco de 15 de junio de 2021 ha considerado que el tiempo en el que el trabajador permanece en expediente de regulación temporal de empleo (ERTE) computa como cotizado a efectos de futuras prestaciones por desempleo.
La clave es el artículo 24 del Real decreto 8/2020 que establece que durante el ERTE se mantiene la cotización a todos los efectos.
¿Cómo se consume el paro en caso de erte de suspensión o de reducción de jornada?
Teniendo en cuenta lo indicado anteriormente respecto al conumo de la prestación por desempleo a partir del uno de octubre de 2020, conviene diferenciar en cada caso como se consume el paro:
- En el supuesto de reducción de jornada por ERTE , el consumo de la prestación generada se producirá por horas y no por días. En este sentido, el porcentaje consumido será equivalente al de la reducción de jornada.
- En el caso de suspensión que afecta exclusivamente a determinados días laborables del mes, a efectos del pago y consumo de la prestación por desempleo, dichos días laborables se multiplican por el coeficiente 1,25. Dicho coeficiente se aplicará sobre el total de los días laborables del mes, sin que en ningún caso la suma de los días a percibir por el trabajador en concepto de salarios y de prestaciones por desempleo pueda superar los días naturales de dicho mes.
- En el caso de suspensión que afecta a todos los días de la semana , por cada día de suspensión que se perciba prestación de desempleo, se consume un día de derecho.
Buenas noche, a ver si me puedes ayudar, tengo dos trabajos uno al 25% y otro al 60%, me quisiera dar de baja del trabajo del 25% para preparáme las oposiciones del segundo del 60%, pero me han dicho, que desde que me despido del primero hasta que me despidan del segundo, para poder cobrar paro, tiene que pasar un mínimo de 60 días, esto es cierto? o aunque me despida yo del primero y no apruebe las oposiciones y me despidan del puesto de interina que estoy ocupando si puedo cobrar el paro?
Gracias de antemano
No existe ningún plazo establecido por la normativa.
Hola;
He estado trabajando en una empresa durante 18 meses, me han despedido el día 31 de diciembre y he estado con vacaciones retribuidas hasta el 17 de enero. He ido a solicitar el paro que tenia de un trabajo anterior en el cual me metieron en erte covid y me han descontado unos meses que estuve en ese erte antes de empezar a trabajar. Es correcto eso??? No se supone que el erte no descontaba paro?? Gracias
Depende de la causa de extinción en la cual estabas en ERTE.
Buenos días estuve en erte total en el periodo de marzo de 2020 a julio de 2020, después en erte total y parcial hasta marzo de 2022. Ahora me van a despedir el 31 de diciembre, ¿tendré derecho a paro o me descontaran tiempo?. Gracias por su respuesta
El descuento o no depende de la causa del despido. Si es un despido objetivo o despido disciplinario reconocido como improcedente, no se consume paro.
gracias, y si el despido es disciplinario o improcedente y se produce en enero, si que tendria en este caso, los 300 dias consumidos que aparece en la pagina del SEPE ? mil gracias . el erte fue por covid19 fuerza mayor
Si el despido es disciplinario, sí que se consume paro, no en el caso de que sea improcedente. Tiene que ser antes del uno de enero de 2023. Habría que mirar el caso concreto para saber si son los 300 días, ya que hay que tener en cuenta que el SEPE considera que durante esa plazo no se genera paro.
Buenas tardes.
Mi nombre es Luis y estuve afectado por un ERTE covid.
Creo que hay un error en el articulo: en la fecha de las excepciones en las que no pierdes paro según el apartado 7 del citado artículo 8 del Real Decreto 30/2020,ya que en el articulo se dice que es si se solicita antes del 1 de Enero del 2023,pero en el Real Decreto habla del 1 de Enero de 2022.
Gracias y saludos
En el RD original hablaba de 1 de enero de 2022, pero fue modificado por la disposición final 1 del Real Decreto-ley 18/2021.
Hola buenas tardes, estoy fijo en una empresa,me han dicho en el SEPE, que a consecuencia del ERTE, en caso de despido me descontarian de los 600 dias que tengo ahora, el tiempo que estube de ERTE, a partir del 1 de octubre de 2020, dependiendo de la clase de despido.
Pero y aqui mi pregunta: si me cambian el contrato de fijo, a fijo discontinuo, y yo acepto, cuando acabe el contrato de obra y servicio, y valla al paro, tendre esos 600 dias, mas lo que haya cotizado hasta el momento, o me seguiran descontando el tiempo que estube de ERTE del paro. Gracias
El contrato fijo discontinuo no es un contrato de obra, son dos cosas diferentes. Pero sí, se descontaría.
Buenas tardes Alejandro,
Muchas gracias por la labor que haces.
Después de leer tu artículo me siento engañada por mi ex empresa, te explico el porque……
Me pusieron de erte 100% por fuerza mayor (empresa de eventos) en Marzo de 2020, Me levantaron el erte al 23% de la jornada el mes de Junio, luego erte 100% , en el mes de Noviembre me vuelven a levantar el erte al 23%, en Diciembre me lo vuelven a poner a 100% y el 23 de Diciembre la empresa despide a las trabajadoras que quedábamos. Llegamos al acuerdo que nos hacia un despido disciplinario para que la empresa no tuviera que devolver ayudas que había recibido y siempre diciéndonos que la gestoría le había dicho que a nosotras no nos influiría en nada. Hoy he ido al SEPE porque no me cuadraban los números y quería que me lo explicaran, me llevo la sorpresa de que al ser un despido disciplinario y que en la conciliación nosotras aceptamos, todo el 2021 cobrado de erte, era paro consumido y se me acaba el paro el próximo 7 de Octubre!!!!!
Sabes si tengo alguna manera de poder reclamar algo o hacer alguna cosa??
Muchas gracias por leerme y por la paciencia.
Un saludo
Si no estás en plazo de impugnación de despido, me temo que poco puedes hacer. No se a que te refieres con que en conciliación aceptasteis.
Hola Alejandro,
En mi caso despido disciplinario, la empresa esta sujeta a un ERTE por FUERZA MAYOR y luego también ETOP.
SEPE me indica que no tengo derecho a contador a 0 sino reconocen la improcedencia del despido
Eso es correcto?
Sí, el despido disciplinario no está dentro de las causas del beneficio de no consumir paro.
Buenas tardes Alejandro.
En primer lugar gracias por la labor que realizas para las personas que buscan una luz a sus problemas y no tienen medios suficientes para informarse.
Tengo la siguiente cuestión:
Tras estar en erte desde marzo de 2019 ya la empresa me reincorpora tras gastar todos los comodines posible para seguir en él. Me encuentro con la situación que tras reincorporarme el 9 de junio de 2022
y hasta día de hoy no me han ingresado una sola nómina.
Me reuno con mi jefe y me dice que la solución es que me haga un despido procedente y así puedo echar el paro y que las nóminas me las pagará cuando pueda.
Visto tu gran artículo veo la gran trampa que me tendía ya que me hubiese consumido el paro desde octubre de 2020 en adelante por estar en erte.
¿Que me aconsejarías desde tu gran experiencia?.
Gracias y un saludo.
Con despido procedente, podría ser un despido objetivo por causas económicas para verte beneficiado del consumo del paro. Pero tienes que tener en cuenta que el SEPE considera que no generas paro durante todo el ERTE, por lo que aunque no descuenten lo percibido, tendrás menos paro del que te corresponde.
Gracias por la aclaración Alejandro.
Un saludo
Hola, mi pregunta es la siguiente:
Estuve en erte en el periodo que se consume el paro en mi caso desde el 1 de octubre de 2020 hasta el 31 de junio de 2021. Pedí excedencia en dicha empresa y he estado trabajando en otras pero esta última ya me ha comentado que no supero el periodo de prueba.
Mi pregunta es, como voy a pedir el paro y es antes de enero de 2023, me descontarían los 9 meses que estuve en erte correspondientes de paro? Es que al cambiar de empresas no sé si tiene algo que ver.
Actualmente tengo 22 meses de paro sin descontar los 9 mencionados anteriormente.
Muchas gracias, un saludo
Entiendo que sí que te lo descontaran, pues la causa de «extinción» ha sido una excedencia.
Hola, estuve de ERTE hasta el 6 de octubre de 2021, he tenido varios contratos desde entonces pero el último, que inició en abril, terminó el pasado viernes como no superación del periodo de prueba. Tendría en este caso derecho a paro y tendría el contador a 0 teniendo en cuenta que aún estamos en 2022? Muchas gracias de antemano
El contador a cero depende del tipo de extinción en a empresa del ERTE, no de la última, y esa misma también será relevante para saber si tienes derecho a desempleo.
Buenos días, yo llevo 14 años en la empresa nunca estado en el paro hasta el COVID y he pasado de un ERTE COVID a ERTE ETOP y ahora me dicen q he consumido 15 meses y q solo tengo derecho a 18meses, vamos q me quedan solo 3 meses de paro y cobrando al50%, vamos q protección al trabajador ninguna he consumido el paro q temí y ya está, voy al SEPE a ver q pasa y me dicen q ellos no saben nada u q es así.
Habría que ver la causa de extinción y resolución del SEPE.
Hola Alejandro, en mi caso, cuando regresé del ERTE y me encontré con un panorama laboral denigrante, interpuse una demanda por falta de pago y retraso continuado del pago del salario. Sale favorable (conciliación) para mi, y cuando llego al SEPE me dice que al no poner en el auto IMPROCEDENTE que me quitan 18 meses de paro, o sea del máximo que tenía se me queda 6 meses y al 50%. Pero mi resolución es por causa justa, si una empresa no me paga y me cambia mis condiciones de trabajo tengo derecho, según el Estatuto de Trabajadores, de solicitar la resolución y salir como si fuera un despido improcedente, no?
Se tiene derecho a la extinción, cuestión diferente es la causa que se haya acordado, ya que por lo que comentas ha sido tras fruto de un acuerdo y no de una decisión judicial.
Buenas Alejandro gracias por tu i formacion. Para mi està todo tan confusió…
Todo el 2021 he estado en erte ahora el 15 de octubre me despediran, he estado 6 años trabajando en la empresa ¿Habrė consumido paro? Muchas gracias por tu atencion
Depende de la causa de extinción. Si es un despido disciplinario, sí, consumirás el paro. Entiendo que será un despido objetivo si es el 15 de octubre, en cuyo caso, no consumirás si es por una causa económica, técnica, organizativa o de producción.
Hola .yo me encuentro en la misma situación con un despido económico…el sepe me dice que me consume todo el paro por qué no hay ninguna cláusula que diga que pidiendo el erte etop siga sin consumir…..voy a denunciar judicialmente porque tampoco hay una ley donde pong que por pedir erte etop ya si te cuenta todos los meses consumidos de erte covid. Solucionaste algo ????
Buenos días Alejandro
Mi consulta es ¿Cuándo y como se contabilizan los días consumidos de paro durante el periodo del ERTE por Fuerza Mayor ?
Es decir desde el 14 de marzo de 2020 hasta el 30 de marzo de 2022.
Entendemos que no se consume paro desde 14 de marzo de 2020 hasta el 30 de septiembre de 2020. Y como usted indica:» no sólo no se consume, sino que también el SEPE considera que se ha generado paro si ese periodo está cotizado».
-Como es posible que en mi empresa, de unos 95 trabajadores, de los cuales unos 70 con contrato indefinido desde hace mas de 20 años… Todos en ERTE desde el 14 de marzo de 2020 y ahora todos en un ERTE ETOP desde el 1 de abril de 2022…Cuando el SEPE nos ha actualizado todos tenemos 720 días de derecho, pero los días consumidos varian…unos 90, otros 120, otros 365 , otros 545…No lo entendemos
¿tiene alguna explicación? Algunos compañeros han acudido al SEPE y no han sabido darle explicación.
Muchas gracias
Lo desconozco, lo que he visto en resoluciones es que durante el tiempo hasta septiembre, el SEPE no considera que se ha generado paro, sino que retrotrae ese tiempo más allá de los seis años para ver si anteriormente se tiene cotizado para computarlo como tal.
Buenas tardes, sabéis en qué se basa el SEPE para no aplicar el «contador cero», estando en dentro de la excepciones del art. 8.7 del RDL 30/2020.
Es más, en resolución de la reclamación previa, en uno de los fundamentos de Derecho dice que es de aplicación dicho artículo, y pese a ello, la han desestimado
Tengo el juicio el próximo mes y quiero saber a qué atenerme.
Muchas gracias
Lo desconozco. Las resoluciones que he visto del SEPE al respecto es no contabilizar el tiempo estando de ERTE como generador de paro.
Buenos días.
llevaba como unos 4 años cotizados sin pedir prestación antes del covid. El 20 de marzo nos pusieron en erte total hasta el 20 de mayo de 2021 que me reincorpor3 de forma total. Ahora estoy en una excedencia de tres meses por formación. Como estaba en un sector muy destruido me ha surgido la oportunidad de coger un contrato en otra empresa ( por lo cual dejaría de forma voluntaria la actual) por obra y servicio que finalizaría el 22 de diciembre del 2022. Al finalizar ese contrato al pedir la prestación me descontarían los meses de paro que he estado en erte ? He leído el artículo y he creído entender que no pero ya con tanta información no estoy seguro ni de lo que leo. Podrías aclararmelo por favor ? Mil gracias por tu labor
Al ser baja voluntaria, sí consumes paro.
Pues yo no se explicar bien que dice la sentencia y el porque… Alejandro te mando la sentencia por email y si nos puedes aclarar algo porque han hecho esto tanto la denegación del Sepe como el juzgado de lo Social…sigo a la espera que dice el tribunal Supremo…pero esto va a ser posible que el Supremo contradiga a lo Social?… Y comentar que sorprendentemente cuando entramos en el juicio de lo Social la misma abogada del Sepe estaba sorprendida porque el Sepe lo había denegado y nos vino a decir que tenía ordenes de defenderlo y sacarlo adelante… Un saludo
«abogado@alejandroaradas.es» Gracias.
Buenas tardes,
Después de haber estado en un erte por Fuerza Mayor desde el 19 de marzo de forma ininterrumpida, mi empresa pactó el erte etop por causas económicas desde el 01.04.2022 al 31.12.2022.
1. Desde el día 1 cobramos el 50% de la prestación
2. Ningún trabajador tenemos 720 días cotizados teniendo todos más de 6 años de antigüedad.
3. Según el Sepe, se nos acaba la prestación el 26 de junio de 2022.
4. El contador a 0 no está aplicado.
Por más que llamemos al Sepe, no se aclaran, sólo dicen que podemos hacer reclamaciones individuales.
Le agradezco arrojar algo de luz a la situación en la que nos encontramos 78 trabajadores.
Muchas gracias de antemano,
Habría que ver la resolución, pero lo que tenéis que hacer es interponer una reclamación. Seguramente el SEPE habrá considerado que no se consume paro, pero el SEPE considera que durante ese tiempo NO se genera, por lo que en las resoluciones está indicando que no se tiene derecho a los 720 días. Es decir, ese tiempo de paro después del 1 de octubre, no consume paro, pero tampoco lo genera. Es como si no se trabajara ni se cobrara paro para el SEPE.
Buenas Mónica:
Yo también voy a ir al Supremo porque me han desestimado la demanda. Tienes ya la sentencia del Supremo? Es favorable? O es una pérdida de tiempo ir al Supremo? Mil gracias por tu ayuda
Hola Chelo, todavía no se nada… Que pierdes en ponerla?… Además cuantas más demandas lleguen al Supremo sobre esto ojalá se haga algo ya que en algunas comunidades no se está descontando y otras si…
Un saludo
Hola Mónica! La verdad es que presenté la demanda sin estar representada por abogado, ahora para ir al Supremo te exigen representación por abogado y además he leído que tengo que ingresar 300 euros, no tengo muy claro en concepto de qué. La verdad es que me parece todo esto un escándalo, cómo nos han engañado a los trabajadores, los únicos que han salido beneficiados de todo esto, como siempre, los empresarios, y a nuestra costa!!
Iré al Supremo, es una vergüenza. Gracias por contestar
Hola buenas tardes! Quería saber algo más de info ya que con todo esto me he perdido.. Resulta que estuve en Erte desde que empezó la. Pandemia y por motivos de mudanza a otra ciudad en octubre de 2021 tuve que dar mi baja voluntaria.. He estado en busqueda de trabajos y no he encontrado hasta hace una semana que encontré solo por 3 días y me finalizó el contrato temporal.. Pedí el paro por desempleo mientras buscaba y me lo aceptaron pero descontandome los días que estuve en erte? Será razonable o un error? Me correspondían 480 días según mi vida laboral y solo me reconoce 300 en información de prestación además me dice como días consumidos 270 días, es decir que solo tendré por 1 mes la prestación??
A partir del 1 de octubre de 2020, sí que se ha consumido el paro, al ser una baja voluntaria.
Hola, lo mio no fue baja voluntaria si no despido objetivo y me han descontado 2 meses por haber estado octubre y noviembre 2021 en Erte…. Estoy en la excepciones en el artículo explicadas.. Lo reclame en el Sepe y se me denegó, lo denuncié en lo social y me lo acaban de denegar también… y la última opción es demandar en lo Supremo…
¿Me puedes remitir la sentencia al correo electrónico?
Buenos días. Estoy en tu mismo caso y tengo ahora fecha en el juzgado de lo social porque Sepe me lo denegó. Qué dice la sentencia para que te lo denieguen? Gracias
Buenas tardes Estoy en tu mismo caso el Sepe me ha descontado 2 meses de paro por haber testado también dos meses de ERTE, octubre y noviembre del 2020. Podéis decirme qué dice dicha sentencia para su denegación? Muchas gracias.
La clave es si ese tiempo genera desempleo. Lo explico en el artículo que hay una sentencia del TSJ del país vasco que sí que lo considera, pero otras no.
hola. trabajo en hosteleria en un centro de una universidad. ahora por poca produccion afectada por la covid, me pondran en erte un mes. cotiza en la seguridad social?.. se me descontara del paro?…es que soy fijo discontinuo. muchas gracias por la futura informacion. un saludo
Sí, cotizas en el ERTE, pero consumes parao salvo las excepciones explicadas en el artículo.
Buenas tardes Alejandro.
En primer lugar desearte unas Felices Fiestas y Feliz Año Nuevo.
El motivo de mi consulta es para que me comentes una cuestion que se ha presentado despues de haber realizado la empresa un ERE colectivo y acudir al SEPE a pedir la presatacion contributiva correspondiente a los años trabajados (11,5 años), y habiendo estado en ERTE desde el 1/08/2020, me comunica el SEPE que solo me corresponden 22 meses de prestacion 660, y les comento que mi empresa a estado cotizando por mi todo el tiempo que he permanecido en ERTE y me comunican que en ese periodo han estado 2 meses sin cotizar para el desempleo, es legal esta postura por parte del SEPE o se puede demandar o reclamar los 24 meses /720 dias, pues considero que despues de llevar cotizando casi 12 años que me quiten 2 meses por una situacion a la que yo he sido ajeno y fue la empresa la que me llevo al ERTE me descuenten esos dias.
Sin otro particular y agradeciendote tu atencion.
Muchas gracias.
Un cordial saludo.
Atentamente.
Francisco Pérez
Como indico en el artículo, es una cuestión discutible. Existe una sentencia que así lo ha considerado, que se genera paro.
Hola,
Yo ya estaba en paro y cobrando la prestación de desempleo justo tres meses antes del estado de alarma ¿durante los meses del estado de alarma se me fue consumiendo el paro. ¿hubiese tenido derecho a no consumir paro hasta el 30 de septiembre de 2020?
Ahora sigo en situación de desempleo pero sin percibir ninguna prestación.
No, eso era para los trabajadores en ERTE.
Hola, al recibir la prestación (antes de 2022) me han descontado el tiempo que estuve en Erte ya que el despido ha sido disciplinario, pero va a haber cita en el Smac (pasado 2022), y se va a reconocer improcedencia. La duda es, me recalculan la prestación de 2021 al confirmarse que es improcedente y no me descuentan el Erte; o al declarar la improcedencia en 2022 ya da igual y te siguen quitando los dias de Erte…
gracias
No debe afectar que la declaración de improcedencia sea después del 2022. Automático, no va a ser, tendrás que presentar una solicitud al SEPE.
Buenas, gracias por el articulo me ha sido muy util.
Mi empresa me ha planteado un acuerdo para mi despido. Y yo he estado hasta la fecha en ERTE. Me han dicho que si mi contrato finaliza antes de Diciembre del 2021 no se me descontará del paro el tiempo que he estado en ERTE y que si finaliza despues del 1º de Enero del 2022 si de descontará. Yo nunca he cogido paro y el dia que lo haga quiero tener mis 2 años íntegros.
Muchas gracias.
Buenas tardes.
Yo estoy de alta en una empresa, pero durante la pandemia he estado en ERTE en un par de ocasiones, y en mi vida laboral me indica «has estado de alta de forma simultánea en dos o más empresas del mismo o en distintos regímenes», y yo solo he estado de alta en esa empresa. Quisiera saber si lo que indica la vida laboral es correcto.
Un saludo.
Buenas tardes, ayer me dijeron que a mi empresa no le renuevan el nuevo ERTE. Yo llevaba desde marzo 2020 en ERTE total y desde junio 2021 en ERTE parcial hasta ayer. No hay trabajo suficiente para volver a mi jornada de 40h y me han propuesto hacer una reducción de jornada temporal a 12h. Me gustaría solicitar el paro para el resto de la jornada y quería saber si así me consumiría el paro usado mientras estaba en ERTE. Gracias de antemano.
No puedes solicitar el paro en el caso que comentas, y sí, salvo las excepciones, lo ha consumido.
Buenas tardes
Muchas gracias por la información publicada.
Mi pregunta es, ¿que ayuda tendremos ñis que nos quedemos en paro a partir de enero etc del 2021 si este lo hemos consumido estando en erte?
Gracias
Saludos Ana
Puede que tengáis derecho a subsidio, en caso de extinción de la relación laboral sin derecho a paro.
Buenas tardes,
mi duda es la siguiente.
Estuve en ERTE por la pandemia Covid-19 desde marzo hasta junio de 2020, el tiempo que duró el confinamiento. Durante este tiempo percibí la prestación por desempleo.
Únicamente he trabajado para una empresa.
Mi sorpresa es que en el informe de vida laboral aparece que durante este tiempo he simultaneado dos regímenes de la SS (pluriempleo). Por lo que los días de cotización me los han restado.
Quisiera saber si esto es así, puesto que yo durante ese tiempo no percibí salario de mi empresa, sólo de la prestación del SEPE. Y aunque en mi empresa seguía dada de alta, entiendo que al ser una situación de fuerza mayor, habría excepciones.
Gracias.
No entiendo a que te refieres con que los días cotizados te los han restado, entiendo que no han contado doble. Ese tiempo se debe contar, en mi opinión, como cotizado.
Buenas tardes Alejandro,
en primer lugar agradecerte tu celeridad en responderme.
Perdona porque igual no me he explicado correctamente.
Te pongo un ejemplo y cito textual lo que pone en el informe de vida laboral.
En el Sistema de la Seguridad Social figuro en situación de alta un total 8 años, 4 meses y 0 días.
Durante 90 días he estado de forma simultanea en dos o más empresas del mismo Régimen del sistema de la Seguridad Social -pluriempleo-, o en dos, o más Regímenes distintos del citado sistema -pluriactividad por lo que el total de días efectivamente computables para las prestaciones económicas del Sistema de la Seguridad Social es de 8 años, 1 mes y 0 días.
A esto me refería cuando decía lo de restar. Esta es la duda que necesitaba que me aclarases.
De nuevo agradecerte la ayuda que nos brindas.
Un saludo
Es normal que ponga eso, no están restando, simplemente no están sumando doble por el hecho de trabajar en dos sitios a la vez. No se puede sumar dos días de cotización aunque se tengan dos empleos.
Buenas, a ver si me podéis ayudar. Estaba indefinida en una empresa y me cogió el ERTE desde Marzo del 2020 hasta Mayo del 2021 viendo que la situación no iba a cambiar me fui a otra empresa en la que estuve 5 meses con un contrato temporal finalizado este contrato me cogí el paro y me han indemnizado con no pagarme el paro durante 4 meses. Es normal?? Yo hice este cambio por una mejora para poder trabajar más horas y olvidarme de Ertes.
Hola Alejandro,
Gracias por el contenido de tu blog que es extremadamente útil. Me ayudaría mucho conocer tu criterio sobre una pregunta muy concreta al respecto de esta entrada, que quizás pueda ser relevante para otros lectores. Estoy en ERTE desde diciembre 2020, por lo que estoy disfrutando y consumiendo prestación por desempleo hasta la fecha (casi 10 meses). Previsiblemente mi empleador solicitara mi reincorporación a partir del 1 de octubre 2021. Asumiendo que esto es así, tengo intención de solicitar una excedencia por cuidado de un familiar (padre con Alzheimer) a partir de esa fecha por una año de duración, durante la cual tendría reserva de puesto, con la intención de compatibilizarla con algún empleo a tiempo parcial o con posibilidad de teletrabajar, y poder así seguir atendiendo a mi padre (como en estos últimos 10 meses de ERTE) y seguir generando algún ingreso. Tengo claro que si se terminase este contrato a tiempo parcial no tendría acceso a prestación por desempleo por tener reserva de puesto, como bien aclaras en otro post. Suponiendo que esta extinción sucediese antes del 1 de enero de 2022 (por no superación del periodo de prueba, no renovación de contratos de duración determinada, etc.), ¿me seria (o no) de aplicación lo indicado en el párrafo 3º del punto 7 del artículo 8 del RD 30/2020 de 29 de septiembre, por el que se indica que “no se computarán en ningún momento como consumidas las prestaciones por desempleo disfrutadas, durante los expedientes referidos en el apartado 1 de este artículo, por aquellas que accedan a un nuevo derecho, antes del 1 de enero de 2022, como consecuencia de la finalización de un contrato de duración determinada o de un despido”? El no poder acceder a la prestación, ¿resultaría en la no aplicación de este punto? ¿Entendería el SEPE que la finalización de un contrato determinado antes del 01/01/2022 es suficiente para su aplicación o, además de ese requisito, es necesario tener acceso a la prestación? Entiendo que el legislador no tendría esta casuística en mente al redactar el RD 30/2020, y asumiese como algo casi automático el acceso a la prestación (antes de mi entrada en el ERTE tenía intactos los 24 meses de derecho a prestación). Si en la exposición de motivos se indica expresamente el objetivo de proteger a las personas afectadas en sus empleos por la crisis, y la las condiciones de mi trabajo actual (presencial, con jornada partida y viajes al extranjero) no me permite atender a mi padre como requiere, entiendo que no se me debería penalizar (con la no aplicación de este supuesto, y el consiguiente computo de prestacion consumida) en caso de que este cambio laboral finalmente no fraguase y me encontrase desempleado antes de fin de año. Gracias por anticipado. Saludos
No lo consideraría incluido, puesto que «no accedes a nuevo derecho», no estás en situación legal de desempleo.
No quiero gastar mi paro por estar en ERTE. Quiero empezar a trabajar en otra. Si me voy de la empresa antes del 2022, los meses que he estado en ERTE cuentan como paro?
No, la baja voluntaria no entra dentro de las causas para no consumir paro.
Hola: ando un poco preocupada porque tengo 6 años cotizados sin cobrar el paro, pero en 2020 estuve en los primeros meses de la pandemia en el ERTE por covid parcialmente (reducción de jornada). La empresa me pagaba el 70% y el ERTE el 30%. En septiembre de 2020 ya había salido del ERTE y desde entonces (un año) trabajo normal. Si ahora, en septiembre de 2021, me despidiera la empresa ¿tendría derecho a cobrar el paro por un año trabajado desde septiembre de 2020 a septiembre de 2021 (es decir 4 meses de paro) desde que salí del ERTE al 30% o tendría derecho a cobrar el paro por 6 años trabajados (22 meses de paro)? Lo pregunto porque en la página del SEPE dice que para la prestación por desempleo normal (el paro) el tiempo acumulado empieza a contar desde la última prestación por desempleo cobrada y no sé si este ERTE cuenta como última prestación por desempleo cobrado. Es decir, ¿el fin del ERTE parcial por COVID va a marcar el punto de inicio de generación de un nuevo periodo de cotización para derecho a paro? Entonces, tengo dudas sobre este punto, porque es verdad que el ERTE por COVID no descuenta los días de paro, pero si se sale del ERTE, se continua trabajando un tiempo y luego se tiene que pedir el paro porque te despide la empresa, ¿desde cuándo se va empezar a contar el periodo cotizado para calcular los meses que te corresponden de paro? ¿desde que se terminó de cobrar el ERTE por COVID? Luego, la segunda duda, mi empresa me sacó del ERTE, pero después de 4 meses me redujo la jornada (de 40 a 30 horas porque yo lo pedí por motivos familiares) y desde entonces, los otros 8 meses he estado con 30h. ¿Esto me afecta a la hora de cobrar el paro si me despiden? Además de la reducción de la cuantía que eso sí sé que sucede por ser una jornada del 75%, ¿pasa alguna otra cosa? ¿existe algún otro tipo de impedimento para cobrar el paro porque se me haya reducido la jornada del contrato? ¡Gracias por aclararnos las dudas! El artículo está muy bien estructurado y organizado. Ojalá el SEPE escribiera así de claro en su web.
Deberías cobrar según lo cotizado en los últimos seis años, por lo tanto, los 24 meses. Si es una reducción por cuidado de un familiar, no te debe afectar a la hora de cobrar el paro. Si es una reducción de jornada sin más (aunque con la empresa se haya acordado por una causa) sí que te afecta a la hora de cobrar el paro, ya que la cuantía se reduce como aquí explico.
Mil gracias por la respuesta.
Buenas tardes, estoy en ERTE, cobrando del SEPE y por ende consumiendo de mi prestación desde octubre del 21.
¿Sería posible en esta situación capitalizar lo que me quede de paro para emprender?
Muchas gracias
No, en ERTE no se puede capitalizar.
Buenos días:
Estoy en ERTE total desde el 14 de marzo de 2020. ¿Estoy consumiendo paro? Encuentro informaciones contradictorias, y temo que como me despidan me voy a encontrar con menos tiempo de prestación del que imaginaba.
Gracias, un saludo.
Lo explico en el artículo, desde el uno de octubre, sí, consumes paro, pero depende de cuando y causa de la extinción, no lo consumas.
Muchas gracias, Alejandro.
El artículo es muy completo, gracias por tu tiempo.
Un saludo.
Buenas tardes,
A mis compañeros y a mí, que trabajamos en una empresa de alojamiento turístico, nos mandan al paro a partir del 30 de este mes, debido a que la empresa cierra definitivamente.
Nuestro despido es de tipo objetivo por causas económicas.
Hemos leído mucho y supuestamente, con ley en mano, lo que hemos consumido del ERTE no nos debería afectar a la hora de cobrar paro debido al tipo de despido y a la fecha del mismo, pero es que nos llegan muchas informaciones contradictorias.
¿Podrían aclararnos esta duda?
Muchas gracias de antemano.
No deberías consumir paro, si lo solicitáis antes de enero de 2022. Revisar el número de trabajadores que sois, por si fuera necesario un despido colectivo en lugar de despidos individuales.
Hola . Si estoy en Erte por causa de fuerza mayor COVID y me reducen la jornada estando en esta situación sigo cobrando el erte igual o me pagan según la reducción de la jornada . Gracias
Si estás en ERTE de suspensión no te pueden reducir la jornada, podrán hacerlo cuando te reincorpores.
Buenas llevo en erte desde marzo de 2020 y me he enterado que he consumido 260 días de paro pero nunca he cobrado cómo si estuviera en paro quiero decir en paró tendría que estar cobrando los seis primeros meses casi 2000 € con arreglo a mi nomina y unos 1200 después de seis meses pero en erte cobro 840€ cómo es posible que me descuentan días de paro y no me paguen lo que me correspondería cómo parado
Gracias
Al cobrar el paro, así como el ERTE, existen unos límites, y como máximo se puede percibir 1400 € si tienes dos hijos. Nunca se puede cobrar 2000 € en paro.
Pero como puede ser que se consume paro en el ERTE, luego en un futuro te despiden y no tienes dias suficiente esto no se puede reclamar..No creo que sea Justo que nos obligan estar en ERTE pero nos quitan dias nuestros del Paro…alguien sabe algo…
Hola muy buenas ALejandro,
Estoy trabajando como camarera en un bar/restaurante, estuve de erte completo al principio, pero ahora trabajo a jornada completa pero mi empresa me paga la mitad y la otra mitad del erte.
Eso es normal? Se me descuenta paro?
muchas gracias
No, no es normal ni legal. No puedes trabajar a jornada completa y cobrar paro, es un fraude tanto de la empresa como del trabajador.
Te esta timando y explotando !! A denunciarlo es horrible esto
Hola!
Una duda. Mi empresa va a hacer un ERE la semana que viene. Se que si el despido es antes del 01/01/2022 no consume paro pero, si encuentro otro empleo justo tras finalizar el ERE y no he solicitado prestación, me contabiliza los meses de ERTE por haber conseguido otro empleo sin haber solicitado prestación por desempleo?
Muchísimas gracias 🙏🏾
M
Desconozco como va actuar el SEPE, y tampoco hay jurisprudencia que interprete la normativa actual. En mi opinión, no se debería consumir paro en el caso que comentas.
Buenas tardes mi caso es que en erte han cerrsdo la empresa y nos han despedido a todos por concurso de acreedores.En el paro dicen que si que me consume los meses de paro desde octubre es eso cierto siendo mi causa por cierre de la empresa?gracias de antemano
Si es por despido colectivo, entiendo que no consume paro.
Buenas tardes ,
Primero daros las gracias por tan valiosa información.
Me gustaría saber si consumo paro estando en ERTE … me llega Información contradictoria y ya no sé qué creerme.
Mi empresa , trabajo de camarero, me dio de baja del erte el 07/05/21 .
¿ Consumo días de paro ? Me salen días consumidos 173 . ¿ Esto es correcto ?
Muchísimas gracias!
Sí, ahora se está consumiendo.
Buenas tardes.
Llevo 37 años cotizados, ahora estoy en ERTE parcial ya que estoy 10 horas fuera de este, si me echaran desde el mes de enero 2021 hasta el mes de octubre 2026,cuanto tiempo de paro me correspondería?
Gracias.
Hola buenas! Lo primero dar las gracias por el articulo .Me queda una duda…
Estoy en erte con reduccion. En mi nómina figura la mitad de mi sueldo. Cuando finalice el erte…si pierdo el trabajo… Cobro a razon de esa nomina reducida? Sacan mi media de los ultimos 6 meses basándose en esa cifra? Gracias
Cobras la mitad, pero la base de cotización debe aparecer completa, y es la que se utiliza para calcular la prstación.
Que bien! Muchas gracias 🍀
Buenas tardes,
En breve me voy al paro y no se cómo calcular mi base para saber mi prestación. Pues he estado en erte en Diciembre, Enero y Febrero. Mi duda es, estos 3 meses de erte cuentan como nómina para sacar la base reguladora? o cuentan entonces lo 3 meses antes de Diciembre?
Gracias
Sí que se tiene en cuenta los meses de ERTE. La empresa emite un certificado con las bases de dichos meses.
Buenos días
Estaba de excedencia y me incorpore el 1 de febrero del 2021 que trabaje y el día 2 me incluyeron al erte.
El SEPE me dice que no tengo derecho
Es así?
¿Cuál es la razón que te indica el SEPE para no darte derecho al paro?
Buenas noches. Soy una pyme dedicada a la distribución a la hostelería.
Tengo un trabajador en erte desde el orincipio de la pandemia, mi pregunta es:
Si el trabajador sigue en erte en 2021, está consumiendo paro desde el 01 de febrero?
Consume paro desde octubre.
Hola.
Trabajo en un hotel y estoy de ERTE DE FUERZA MAYOR, cuando llamo al sepe me dicen que sí estoy consumiendo paro, y luego vuelvo a llamar y otra persona me dice que no. Hablo con gente del sector y algunos dicen que si y otros que no. Sinceramente no entiendo nada, mi ERTE al ser del Sector turistico tambien consume paro desde octubre 2020 o no?
Muchas gracias!
Sí, salvo las excepciones aquí explicadas.
No me ha quedado muy claro , yo tengo un contrato fijo-discontinuo,,y el 15 de febrero 2021, nos echaron a un erte,,nos dijeron q no se consumía paro,,,pero ,,leyendo esto ,,no me queda claro,me podéis solucionar mi duda ,,muchas gracias
Hola, el 10 de diciembre de 2020 me metieron en un ERTE, que por criterios no me correspondía y ya está denunciado, el día 11 me dan una baja por IT. Estoy cobrando la baja por la Mutua.
Mi pregunta es:
¿Estoy consumiendo días de prestación (futuro paro) o se me paraliza al estar de baja?
No se paraliza al estar de baja, ya que comenzó antes el ERTE que la baja.
O sea, que consumo días de paro aunque no me estea pagando el SEPE.
Hola estoy en el Erte desde el 15 de marzo del 2020 pero ahora me llegado el papel del Sepe donde me dice que tengo 60 días consumidos hasta diciembre del 2020 no entiendo,si supuestamente el Erte se alargó hasta mayo porque me estoy consumiendo mis días cotizados, es normal esto o talvez l empresa me ha dado de baja? Gracias
Desde octubre se consume paro como explico en el artículo.
Desde el 15 de marzo de 2020 estoy en erte, salvo en agosto que estube a media jornada, soy fijo discontinuo desde 2007 como me influye en mi situación,.
Buenas Beatriz
Como ya tienes experiencia en esto, estando en Erte y después estando IT consume el paro? Quien te pago? Te descontaron algo del sueldo?
Saludos
Hola,
He leído por algún otro sitio que a los que estamos en ERTE ETOP sí que se nos descuenta del paro desde el 1 de octubre de 2020. Es decir, que si me quedo en paro de aquí a un mes por ejemplo se me descontarían todo este periodo percibido del paro, no es así?
Lo explico en el artículo, tiene excepciones, depende de la causa de extinción.
Buenas tardes!!!
Yo llevo 31 años en la misma empresa y estoy en erte desde noviembre 2020 , mi pregunta es que si me despidieran ellos ,, tendría mi paro completo ????
Gracias por adelantado
Depende de tipo de despido y fecha del despido.
Buenas tardes:
Estoy en ERTE total desde el 1 de julio de 2020 en la EMPRESA A (con perspectivas de que siga así varios meses más por la coyuntura actual). Podría surgirme una oportunidad laboral con un contrato indefinido con periodo de prueba de 6 meses en la EMPRESA B. Quisiera saber si:
1) ¿Puedo coger este puesto en la EMPRESA B y a la vez mantenerme en ERTE en la EMPRESA A (son sectores totalmente diferentes y puestos diferentes)? Sé que se me suspendería la prestación por desempleo mientras estoy trabajando en la EMPRESA B pero quiero asegurarme que mantengo todos mis demás derechos de ERTE en la EMPRESA A (llevo muchos años en la EMPRESA A y no quiero arriesgar perder este puesto o los derechos que conlleva).
2) En caso de que al finalizar el periodo de prueba, no me pasen a indefinida en la EMPRESA B, ¿puedo volver a cobrar la prestación del SEPE por ERTE en la EMPRESA A?
He trabajado dos meses con un contrato de duración determinada (sustitución de baja maternal) en una EMPRESA C durante mi ERTE sin problema. Me han suspendido la prestación como es debido y ahora me la han reanudado ya que seguía en ERTE a todos los efectos prácticas (salvo la prestación). Pero no estoy 100% que funciona igual en caso de coger un contrato indefinido con periodo de prueba.
Gracias de antemano y un saludo,
No, no se pierden los derechos sin perjuicio de que si la empresa te llama tendrás que reincorporarte. En cuanto al paro, entiendo que tendrías derecho a el si se mantiene el ERTE, aunque haya un periodo de prueba no superado, pero desconozco si el SEPE pone problemas en esta situación.
Y los fijos discontinuos?¿Se considera fin de contrato al finalizar la temporada o solo es para los temporales?Nosotros estábamos cobrando ayuda extraordinaria hasta 1 de Febrero y a partir de 1 Febrero nos meten en Erte..osea que nos perjudican no??No entiendo que gana la empresa estando cerrada en pedir Erte sino va a abrir hasta Mayo…
Buenas tardes,
Quisiera saber si estando en erte y cojo una baja por enfermedad común, si consumo paro de igual manera a si no estuviera de baja.
Un saludo y muchas gracias
si.
Entonces si ahora tengo una operación y estoy de erte, cogiendo la baja es como si estaría en erte en cuanto a consumir el paro?
Si.
Buenas alejandro muchas gracias de antemano .mi pregunta es estaba en erte desde la pandemia 2020 empeze a trabajar en la misma empresa octubre 2021 por acuerdo mutuo e terminado en la empresa justo 15 de diciembre 2021 a que se acoje el paro alo que me pagaban en el erte o a mi nómina laboral que la tengo desde 2018 muchas gracias
A la base de cotización de los últimos 180 días anteriores a solicitar el paro, incluye el tiempo de ERTE.
Buenas tardes,
Mi empresa nos acaba de comunicar que entre la semana que viene( última de febrero2021) o la siguiente(primera marzo 2021), nos manda al ERTE por limitación (somos una agencia de turismo y congresos). Es la primera vez que nos mandan a ERTE y tras leer el post relacionado y las respuestas a las diferentes preguntas me quedan dudas:
– Si me voy al paro por primera vez, el dinero que cobre será de los meses que me corresponden de paro por el tiempo que he trabajado hasta ahora, o es algo a parte? En caso de que sea de los dias generados, me descuentan solo lo que haya generado de paro desde Septiembre 2020 hasta ahora, o todo lo que haya generado previamente también se descuenta ?
– Si descuenta paro, y se me acaba estando en ERTE, qué pasa?
– SI no me descuenta del paro: el contador de días para tener más paro se pausa y se reactiva una vez vuelva del ERTE, o a la vuelta el contador empieza de cero?
– Como afecta a la renta del siguiente año?
Muchas gracias!
La cuantía del paro que percibes estando en ERTE es sobre la base de los últimos 180 días cotizados. Ahora mismo siempre que estés de ERTe te pagarán paro. Sobre como afecta a la renta, hay que tener en cuenta que el SEPE no tributa por ti, por lo que puede que tengas que pagar en el IRPF del año que viene, no es que tengas que pagar más, sino que te han retenido menos.
Buenos días,
Estoy haciendo un ERTE de impedimento en tiendas que están cerradas por el COVID.
Hoy, desde una dirección provincial del SEPE, me comentan que dejan a fuera a una chica, puesto que empezó en la empresa en Septiembre o posteriormente. He intentado buscar información y legislación sobre este tema pero no encuentro nada, ¿Las nuevas contrataciones a partir de septiembre no tienen derecho a entrar en el ERTE? Si fuese así, ¿donde está regulado?
Muchisimas gracias de antemano por tu ayuda
Entonces se me reduce el importe del paro mucho.Me han comentado q hay una cuantía mínima, y si mi paro es inferior cobraría ese importe, es correcto?
Un saludo
Buenas,
Mi duda es sobre eso de consumir paro, ya que no lo termino de entender bien…¿quiere decir que lo que haya cotizado desde octubre 2020, se resta del futuro paro o subsidio que podría disfrutar en tal caso que lo pidiera? Es decir, ¿se restan días u horas cotizadas y por lo tanto cantidad a percibir?
En mi caso llevo trabajando en un bar desde julio 2020 (sólo los viernes y sábados) y en noviembre por esta situación entre en ERTE y sigo así, ¿se podría pedir a la vez una prestación por desempleo? ¿o incluso el ingreso mínimo vital?
Mil gracias.
Al estar de ERTE, lo que ya estás percibiendo es la prestación por desempleo. Si cumples los requisitos sí que sería compatible con el ingreso mínimo vital.
Gracias!!
Hola,
He estado en erte hasta el 30 de septiembre y después he trabajado hasta el 31 de enero.
Para la cuantía de paro creo q se consideran los 6 últimos meses. Como he estado 4 , se me van a considerar esos 4 o se me dividen los 4entre 6.
Un saludo
Se consideran los seis, aunque hayas estado de ERTE.
Hola, trabajo en un hotel con contrato fijo discontinuo, mi temporada de trabajo es del 1 de Marzo al 31 de octubre, he estado en erte desde el 17 de Marzo al 1 de Julio y del 22 de Septiembre al 31 de Octubre, ahora estoy cobrando la prestación extraordinaria de los fijos discontinuos hasta el 1 de Marzo que la empresa me debería reincorporar al erte por ser mi fecha de llamamiento.
Todos los años en Noviembre tras el fin de temporada solicito el desempleo ¿me descontaran los meses de erte o prestación extraordinaria desde el 1 de octubre de 2020 cuando solicite el desempleo en Noviembre de 2021? Es antes del 1 de Enero de 2022 pero no veo mi caso en las excepciones.
Gracias
Hola Alejandro, tengo la siguiente duda:
Trabajo para la empresa A aunque estoy en Erte al 25%, sin embargo decido causar baja voluntaria y me voy a la empresa B. La empresa B me despide antes del 1 de enero del 2022 y la duda es:
Podría cobrar el paro de mi anterior derecho generado (tengo derecho a 720 días de paro) y renunciar al derecho generado de la empresa B?
Y al ser despedido antes de 1 de enero del 2022 por la empresa B no contaría paro desde el 1 de octubre cierto??
Gracias por todo
No se puede escoger la base con la que se calcula el desempleo, sino que es la de los últimos 180 días cotizados. Por otro lado, sí que consumes paro de la empresa A, al ser baja voluntaria.
Muchas gracias Alejandro
Buenas, estoy en Erte desde el 15 de marzo del 2020 soy indefinido trabajo en el comercio. Mi pregunta es si la prestación desde 1 de octubre me la están descontando del paro ? Y si es así, pueden hacerlo sin previo aviso al empleado y al empresario? Gracias.
Sí, la descuentan salvo excepciones aquí indicadas. No se notificó personalmente a cada trabajador, pero sí que se publico la normativa en el BOE que es pública.
Hola estoy en el ERTE 100% estoy precupado si estoy Consum me paro no me da cuenta
Hola Alejandro, te comento yo llevaba en la empresa desde abril del 2018 ,en marzo entre en este y me despidieron el 20 de diciembre mi sorpresa es q me han dicho en el SEPE que solo tengo derecho a 6 meses de paro eso es así?
Buenas
Mi empresa se encuentra en un Erte ETOP, llevo desde mayo de 2020, entiendo que desde 1 de octubre de 2020, se consume días del desempleo.
En caso de que mi empresa me despidiera antes de 1 de enero de 2021, no se descontaría nada??
Siempre que sea finalización por contrato temporal o despido colectivo,etc??
O solo es para erte por fuerza mayor??
Es para todos los ERTES
Hola.La empresa me mandó con erte en suspensión desde que empezó el covid.
La empresa ha ido haciendo u animando erte etop cada 6 meses hasta hoy .Seguimos en suspensión los mismos trabajadores.Si la empresa amplia el tiempo el erte y nuestro paro cuenta… Llegará el día en que estando en erte el paro se nos acabe. ¿En este caso tenemos derecho a cobrar prestación estando en erte ?¿entraríamos en el cupo de los que cobran erte sin tener tiempo suficiente cotizado?
Sí, cobrarías el ERTE.
Hola! Estoy en Erte desde el 11 de Enero hasta nueva orden y mi pregunta sería: Si al consumir paro y cobrar el Erte, que parte proporcinal es la que cobro de mi paro y cuál la de Erte? o lo que estoy cobrando en el Erte es la misma cantidad que cobraría si estuviese en paro?
Gracias. Un saludo
Si estás de ERTE total todo lo que cobras es paro, es decir, por el hecho de estar de ERTE no se percibe nada, sino solicitas la prestación por desempleo.
Hola Alejandro, estoy en erte desde el 18 de diciembre hoy al comprobar la página del sepe me he dado cuenta de que me están descontando los días de dos meses de paro que me quedan, al ser fija discontinua me sacaran del erte en abril porque finaliza la temporada , recuperaré esos dos meses que me están quitando del paro? Gracias
Hola, estuve en ERTE del 1 de abril a l 1 junio salí de él y volví a mi jornada normal hasta día de hoy.
El lunes 25 d enero me vuelven a meter en ERTE debido a las nuevas restricciones establecidas.
Este nuevo ERTE me descuenta paro?
Gracias
Sí, consume paro.
Desde 14 marzo tengo contrato suspendido al 100%,En la empresa A.. Trabajo en paralelo en otra empresa ( B)contrato temporal .
Qué sucede si la empresa A decide despedirme y yo estoy en contrato temporal trabajando en la empresa B? ?(estamos en ERTE ETOP y presentan pérdidas en los últimos 9 meses).
El ETOP acaba el 31 de enero, a eso le sumo 8 días acumulados de vacaciones y creo que hay un plazo de 15 dÍas hábiles para suscribirme al paro, por tanto bastaría con que el 23 de febrero hubiera finalizado mi contrato con la empresa B para poder cobrar mi subsidio es así?
Pierdo algún derecho o me penaliza en algo estar trabajando para otra empresa en el momento de despido de la empresa A?
Gracias por vuestra ayuda.
Si la empresa A te despido, pero mantienes la relación laboral en la empresa B a jornada completa, no estarás en situación legal de desempleo hasta que finalice el contrato temporal de la empresa B, hay que tener en cuenta que esta empresa también puedes tener vacaciones generadas y no disfrutadas.
No termino de entender lo del derecho a la prestación por desempleo, aunque no tenga el tiempo mínimo cotizado para ello.
Yo estoy en ERTE. ¿Cuando se cobra ese paro? ¿Cómo se calcula?
Gracias.
Se cobra según la base de los últimos 180 días, se debe cobrar a principio de mes, el día 10, aunque existen retrasos.
Buenos días,
tengo una duda respecto al consumo de paro.
Mi situación es de ERTE 100% desde marzo por causa mayor, trabajo en un hotel, en noviembre me sacaron del ERTE unos días para disfrutar de los días de vacaciones generados hasta marzo, he vuelto a situación de ERTE. No tengo muy claro si estos meses van a descontarse del paro acumulado o no.
Muchas gracias por la ayuda.
El tiempo de ERTE a partir del uno de octubre consumes paro.
Hola,una pregunta.Como pueden a la empresas que trabajo conceder un erte cuando factura lo mismo que antes del covid?
Puede haber otros motivos que no sean económicos… habría que ver el caso concreto para saber si la empresa tiene causa o no para el ERTE.
Hola estando en Erte sigo cotizando para el día que me despidan….
Sí, cotizas y se tiene en cuenta para el despido.
Estoy en Erte desde Marzo, en Septiembre me han recuperado pero sigo en Erte 1.5h diaria. Si me despiden a partir de Enero de 2022 ese tiempo de Erte me lo descobtarian de mi paro acumulado?? Y por otra parte, he trabajado desde Septirmbre hasta el día de hoy ( por el momento ) 4.5h pq yo tenía reducción de jornada y solo trabajaba 6 h n total…. no generó paro por esas horas trabajadas??????
Sí, consumes paro. Sí generas paro.
Buenas tardes
Llevo 18 años en mi empresa el 14 de marzo de 2020 entramos en erte y hasta hoy es un hotel y… bueno mi pregunta es consumo paro??? Hacienda me va a acribillar?? Estoy a 40 horas con contrato fijo….
No, hacienda no te va a cobrar más por el hecho de estar de ERTE. Sí consumes paro a partir del uno de octubre de 2020.
Buenos dias llevo desde el 16 d marzo del 2020 en erte y estamos a 7 de mayo del 2022 y sigo en erte,antes d abril era erte por covid y a partir d abril es otro erte k no me acuerdo como se llama,mi pregunta e consumido todo de paro?xq si es asin me an engañado x ambas partes,tanto x mi empresa k x el sepe
Gracias espero respuesta
El consumo depende de la causa de extinción, pero el SEPE considera que no se genera durante el tiempo de ERTE y eso es una cuestión fundamental para la prestación que tengas futura.
Hola.! Mi caso es el siguiente me incorpore en junio con medio erte, en agosto me dieron baja médica por TCA, la empresa donde estoy va cerrar alegando suspensión de pago,tengo contrato de 8 horas indefinido, tiempo 2 años si continuo de baja médica me consume el paro, me seguirá pagando la mutua. Agradezco su atención. gracias
Sobre si consumes paro estando de incapacidad temporal, depende. Lo consumes si cuando te den el alta solicitas la prestación. Aquí lo explico. Sobre quien te paga después de la extinción, la mutua o el INSS.
Hola Alejandro, gracias por su pronta respuesta.! Me di de alta porque no sabia muy bien lo de consumir o no el paro, aunque aún no firmó el finiquito ya la empresa me dijo de baja en la seguridad social es eso legal, y una ves dado de alta médica se extinguen la obligación de la mutua. Gracias
Atenta a su comentario
Una vez exista un alta médica, tendrás que pedir el paro. Aunque no firmes el finiquito, la empresa te puede dar de baja en la seguridad social.
Hola Alejandro si estoy en erte un60% y trabajando un 40% q paro me consume si estoy generando gracias
Mi hija está inmersa en un Erte desde el pasado 14 de Marzo y así va a seguir hasta arta el 31 de Mayo.
Ella tiene la jornada reducida por su hijo de siete años. La pregunta es la siguiente :
Está consumiendo dias de paro?
Sí, a partir del uno de octubre se está consumiendo paro.
Hola, mi caso es algo más complicado.
Mi empresa tras acabar el primer ERTE y recuperarme parcialmente en verano ha solicitado el segundo ERTE antes de la fecha 1 de octubre. Mi pregunta es si durante el segundo ERTE estoy consumiendo los días del paro?
También rezlizaron varias modificaciones de los porcentajes de reincorporación en los meses posteriores. En este momento SEPE ha dejado de abonarme la prestación correspondiente a los mesees
– DICEMBRE
– ENERO
En la sede electrónica puedo encontrar los recibos con cobros indebidos en los que al mismo tiempo aparecen días consumidos del paro( van en aumento mes a mes). En mi vida laboral me consta que mi empresa me daba de baja algunos dias durante el fin de semana.
No se si tiene un ejemplo similar al mío.
La situación se agrava y las respuestas a la reclamación a través del SEPE no llegan( es donde nos manda la empresa) .
Gracias y quedando a la espera de sus comentarios.
Sí, consumes paro salvo las excepciones que se indican en el artículo. ¿Cual es la razón por la que el SEPE no abona? Al final tendrás que demandar a los dos, y en juicio ya se verá quien es el responsable.
O sea, ¿que los que cotizamos, agotamos desempleo y los que no tenían cotizado, se benefician de una prestación en ERTE regalada?
La idea es apoyar para que nadie quede desprotegido.
Pero a los que nos DESPIDIERON SIN ERTE quien nos protege???
Hola Sr Alejandro.
Entiendo que a partir del 1 del octubre 2020 consumes el paro acumulado, lo que no me queda claro es. Si mantengo el trabajo y me despidieran en 2026, el paro consumido estando en Erte de la última prórroga de octubre de 2020 no contaría como consumidor. Gracias por aclarar nuestras dudas
Saludos cordiales,
Mi inquietud, una semana después de obtener contrato laboral, se aprobó el estado de alarma, en marzo 2020. Yo tengo derecho a paro cuándo acabe el ERTE?
Depende del tiempo cotizado, teniendo en cuenta que si estás de ERTE total, no estás generando paro.
Hola,
Me acabo de enterar que desde el 1 de octubre el ERTE descuenta paro, mi duda es ¿descuentan un día de paro por día de Erte? Porque en mi caso creo que la cuantía que debería recibir por prestación por desempleo deberis ser mayor a la actual, ¿esa diferencia(si la hubiere) se pierde?, muchas gracias
Se descuenta por horas el paro en el ERTE. ¿A que te refieres con que la cuantía debería de ser superior? Se calcula sobre la base de los 180 días anteriores cotizados.
Yo trabajo en una clinica dental y mi Jefa se esta beneficiando de esta situación, cuando las clinicas dentales siguen teniendo facturaciones muy altas.
Mi pregunta es… hay seguimiento o inspecciones para controlar empresas que se estan aprovechando de esta situación???xq no es justo. Gracias un saludo cordial.
Sí, la inspección de trabajo y la autoridad laboral.
Hola alejandro, muy buenas mi caso es que mi empresa esa en erte el1 de febrero y me reducen la jornada al 50% Tengo seis meses de paro de un antiguo que no llegue ni a consumir ni un dia ya que fue un cambio de trabajo y 10 meses en el actual y estoy indefinido. Podria escoger que paro consumir ?
Si no llegaste a consumir, no empezaste el paro, con lo que no existe el derecho de opción, pero pregunta en el SEPE por si acaso te entendí mal.
Hola, me dieron de alta en la empresa e 7 de octubre de 2019, estuve en erte desde el 14 de marzo del 2020 hasta agosto, el 6 de diciembre no me renovo el contrato y me hecho.
He solicitado el paro y me lo han denegado porque dicen que he consumido paro estando en erte y no llego al año cotizado es ta bien lo que me dicen?
Gracias
Más bien, no es que lo hayas consumido, sino que no lo has generado y no has trabajado durante un año. Durante el ERTE no se genera paro.
me aprobaron el erte desde el di 1 de octubre hasta el 2de febrero. si descuentan del paro solo tengo dos meses acumulados Cobrare el mes de Diciembrey enero
Hola Alejandro, buenas tardes.
Mi empresa me ha hecho un erte el 23 de diciembre, ya me queda claro que lamentablemente consumirá mi paro.
En marzo 2020 me despidieron de mi trabajo y solicité el paro durante 3 meses (tenía para consumir 14 meses) . Luego conseguí mi actual trabajo y ahora al quedarme en erte no entiendo que cobraría. Cobraría el 70% del la base reguladora de mi prestación anterior y se reanude o el 70% de la base reguladora de mi actual trabajo y la misma cantidad de días de derecho?
Muchas gracias.
En mi opinión, debes continuar con el paro ya iniciado y cobrar según esa prestación.
Hola a mi me manda al erte el 3de enero pq mi empresa no puede Más porque no vienen clientes, ya empezaría a tocar mi paro
Sí, se consume paro.
Hola, estoy en IT desde el.26 de noviembre, se oye que mi empresa va hacer erte a mediados de enero, si sigo de baja , quien me Para, me descuentan del paro?
Si hace un ERTE, no te afecta mientras estés de baja y no te descontarán nada del paro.
Y si el.erte no es por fuerza mayor?. Tengo entendido que estan aprobados hasta el 31 de enero
Si estás de IT antes del Erte, no te afecta.
Hola soy una trabajadora que me encuentro en erte por fuerza mayor desde el 16 de noviembre, hoy me dice un compañero que estos días que llevamos en erte estamos consumiendo paro , esto es así? mi empresa tiene aprobado este erte desde el 26 de marzo, y siempre ha estado activo siempre a habido trabajadores en el, esto sirve de algo para que no consumamos paro o da igual.
Como explico en el artículo, salvo excepciones, se consume paro.
Buenos días! Estoy trabajando en un Bar-Restaurante ya 10 años. Me dieron en Erte 100% desde octubre. En 18 de diciembre me llamaron a trabajar a 50% en Erte hasta 7 de enero y ahora estoy en Erte 100% otra vez . Tengo un contrato indefinido de 8 horas! Mi pregunta es : Consumo el Paro y como lo puedo saber cuanto días ? Y me si me pueden despedir? Que derecho tengo?
Ya q me dijeron q me hacen un favor por cobrar 100% de Erte -pero lo que veo es q no es así ! Como puedo reclamar eso ?. Gracias un saludo 👋
Por ahora consumes paro, salvo que haya una extinción antes de enero de 2022 como explico en el artículo. no se a que te refieres con reclamar el ERTE al 100%. Y si te pueden despedir, es una pregunta muy amplia, si existe causa para ello, sí. Lo explico en este artículo.
Estoy en erte desde a finales de abril y sigo en erte asta a último de enero que ya mi jefa me a comunicado que cerrara el negocio mi pregunta es. He consumido derecho de mi prestación? Estando en erte tengo menos derecho de paro?
Buenas tardes,
En primer lugar gracias por la información tan esclarecedora. Tengo dos preguntas
1. Estoy en ERTE por fuerza mayor desde el día 2 de noviembre . Entiendo por lo que usted explica que ya estoy consumiendo paro que tenía acumulado. ¿ lo he entendido bien?.
2. Tenía pensado solicitar adaptación para ayudar a mi marido que padece leucemia, Epoc y cardiopatía isquemica, de hecho hace un año que ya lo había hablado con mi jefe. Una compañera me insiste que lo solicite , ¿ es recomendable hacerlo ahora?
No se si estás en un ERTE de suspensión o no, y si ahora mismo está consumiendo paro salvo que entre dentro de las excepciones. Por otro lado, sobre solicitarlo ahora o no, no se a que se refieres si es recomendable, se debe de pedir cuando se necesita.
Parece que me expliqué insuficientemente. Estoy en un ERTE de suspensión temporal en mi puesto de trabajo desde el día 2 de noviembre por causas de fuerza mayor. Yo ya tenía pensado solicitar la adaptación de jornada por la enfermedad de mi marido hace un año, pero como otros compañeras estaban de baja por maternidad hablé de mi necesidad de solicitarlo cuando organizativamente fuera mejor para todos. Durante este tiempo me fracturé una rodilla y luego pasó lo del COVID. Mi duda es si está permitido solicitarlo estando en situación de ERTE y si el hecho de solicitarlo puede conllevar un despido . Porque efectivamente estoy en una situación que no puedo postergar mucho más esta solicitud. Muchas gracias
No puede ser motivo de despido el solicitarlo, y entiendo que se debería de hacer cuando te reincorpores al puesto de trabajo, aunque no hay nada que lo impida hacerlo ahora.
Muchísimas gracias Alejandro, así lo haré 🙏
Entonces si te despiden entre el 1 enero 22 y el 1 octubre del 26, pierdes los meses cobrados en Erte?
Hola, estoy en un ERTE por fuerza mayor que se prorrogó el 1 de octubre del 2020 hasta la fecha actual estando en contrato parcial de 25 horas (15 dado de alta y 10 en ERTE). Por lo que veo en el articulo y siendo confirmado en la liquidación del ERTE me aparecen consumidos 60 días hasta la fecha 30/11/2020. Tengo las siguientes preguntas:
Si me diera de baja voluntaria antes del 31/12/2021 en la empresa actual y comenzara una relación laboral en otra empresa y fuera despedido en un futuro. ¿Se consideraría consumidos los días que han sido contabilizados estando en ERTE en la empresa anterior al estar en situación de ERTE?
En mi situación con un contrato parcial al tener un coeficiente reductor al calcular la prestación la cual rondaría unos 600 € mensuales, si efectivamente se diera el caso en el que tuviera días consumidos en mi situación actual, ¿Ese paro se consideraría ya como formalizado y empezaría de 0 el contador para una nueva prestación futura en la cual tendría que elegir entre el paro anterior comenzado o el nuevo paro con el tiempo acumulado?
Y la última pregunta es al tener una prestación de 600 € por tener un contrato de 25h semanales y realmente se computan los días consumidos, si en un futuro actualizara el contrato a 40h semanales durante un tiempo indeterminado y fuera despedido y tuviera que acogerme a la prestación, esta misma se recalcularía a un máximo de 1098 € sin hijos o seria de 600 € como era anteriormente cuando se inició.
Un saludo, gracias.
Si eres baja voluntaria, sí que consumes paro. Sobre las demás dudas, preguntaría en el SEPE.
Totalmente de acuerdo, me acabo de enterar y me he quedado atónito.
Un saludo y suerte
Buenas,
En caso de recuperar el puesto de trabajo después del 31 de Enero como finalizacion de ERTE,
-Podria la empresa y trabajador conseguir un despido que pueda poner al trabajador en derecho a prestación por desempleo?
La empresa y el trabajador no pueden pactar la extinción con el fin de cobrar prestaciones. Es decir, la empresa puede despedir, y luego acordar con el trabajador los efectos del despido. Lo que tampoco pueden hacer es cambiar o no el consumo de paro, ya que eso depende de lo indicado en la legislación.
Hola, estuve en Erte desde marzo 2020 hasta noviembre de 2020. Me rescataron en Diciembre 2020 y despues de 6 meses y medio me despidieron por causas objetivas… Al solicitar el paro, me han descontado dos meses de paro es decir octubre y noviembre 2020. He leido en varias partes que en mi caso estaba dentro de las excepciones que no consumia paro aunque la ley decia que el 1 octubre consumia paro… He puesto una reclamación al Sepe y me han contestado que desestimaban mi reclamación… Me ha dado 30 dias para poder una demanda en el juzgado de lo social. Me puedes confirmar si el Sepe esta en lo cierto antes de iniciar una demanda y los gastos q todo eso conlleva…
Presentaría demanda. No necesitas abogado.
Hola, acabo de leer que tienes derecho a prestación aunque no llegues al límite de tiempo para que te la concedan…yo tengo 6 meses cotizados (ya gaste la prestación el año pasado y ahora trabajo) y me denegaron el ERTE..aunque no tenga el año cotizado para cobrar prestación..me la dan igual?
¿Te denegaron el ERTE o te denegaron la prestación por desempleo?
Muchas gracias por la información.
Es muy importante que las empresas, el gobierno y los medios de comunicación informen a los trabajadores de la situación en la que estamos y de como estamos consumiendo la prestación por desempleo. Estoy seguro de que gran parte de los trabajadores afectados lo ignora. Para ejemplo (yo mismo).
Un saludo
Hola me gustaria saber si estando de baja en el ERTE pierdo dias de la prestacion de desempleo. Gracias
Depende. Lo explico en el artículo. A partir del uno de octubre sí, salvo excepciones.
Hola buenas tardes, tengo una duda tenía jornada completa estuve 3 meses en erte completo cuando empezó la pandemia y desde entonces estoy a media jornada en la empresa y lo otro en erte. Osea mi nómina es de 500e ahora porque la mitad restante lo cobro con erte. Pero ahora en setiembre me voy al paro. Cobraría según esta nueva nómina de 500e ? O se siguen basando en mi jornada completa. Porfi aclarame que ya estoy angustiada que soy madre con 2 hijos. Muchas gracias
Se cobra por la base a jornada completa.