Cuanto se paga en el convenio especial con la Seguridad Social
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El convenio especial con la Seguridad Social
Muchos trabajadores firma un convenio especial con la seguridad social para seguir cotizando a la jubilación después de perder un empleo o de que se le reduzca la jornada de trabajo.
Este convenio, que se puede suscribir de manera voluntaria, tiene como objetivo no perder los derechos generados para la futura jubilación.
No obstante, aunque normalmente se realiza con el ánimo de cobrar una pensión de jubilación más alta, este convenio especial también cotiza a la incapacidad permanente.
En sentido contrario, no permite cotizar para tener derecho a la prestación por desempleo, ni para la prestación de maternidad, paternidad, riesgos durante el embarazo o lactancia.
Es decir, que no podremos suscribir este convenio para tener derecho a cobrar el paro, ni la maternidad o paternidad, pero sí que se tendrá en cuenta en caso de que nos concedan una incapacidad permanente, ya sea parcial, total, absoluta o de gran invalidez.
La solicitud del convenio deberá realizarse en el modelo oficial ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social del domicilio del trabajador que lo solicita. En este enlace puedes encontrar el modelo.
Plazo para firmar el convenio
La solicitud del Convenio Especial se efectuará mediante la presentación del modelo correspondiente ( que puedes encontrar en este enlace modelo TA-0040 ) en el plazo de:
- 90 días siguientes al cese o situación determinante del convenio especial.
- 1 año siguiente al cese o situación determinante del convenio especial.
Bases de cotización
Para saber el importe mensual que se tiene que abonar a la Seguridad Social, el trabajador tiene que decidir la base de cotización sobre la que se va a realizar el convenio colectivo.
Dicha base es la que determinará en un futuro la cuantía de la pensión de jubilación, por lo que es muy importante escoger una base que sepamos que podemos pagar, y a su vez, que nos permita obtener una pensión adecuada.
En relación con el objetivo comentado anteriormente, el trabajador no es libre de escoger la cuantía de la base de cotización, sino que dependerá de las cotizaciones realizadas anteriormente a la suscripción del convenio.
Esta limitación viene derivada del objetivo de este convenio, que no es ampliar los derechos económicos de los trabajadores en la jubilación, sino mantenerlos cuando el trabajador pierde el empleo o ve reducido su salario o jornada.
La base de cotización nunca podrá ser inferior a la base mínima ni superior a la base máxima, esto es de 1.260 euros y 4.495,50 euros en 2023 respectivamente.
Teniendo en cuenta las cuantías máximas y mínimas, la base de cotización que escoja el trabajadora nunca podrá superar la determinada por estas dos opciones en base a sus cotizaciones anteriores:
OPCIÓN I.- Mantener la misma base de cotizaciones por contingencias comunes que tenía inmediatamente antes de la suscripción del convenio, correspondiente al grupo de cotización en relación con su grupo profesional por el cual estaba contratado, siempre que haya cotizado en la misma al menos durante veinticuatro meses consecutivos o no, en los últimos cinco años.
En caso de que el trabajador opte por esta base, podrá ser incrementada en el mismo porcentaje en que se aumente la base máxima del grupo de cotización correspondiente a su categoría profesional a efectos de conformar la base de cotización para el convenio especial a que se refiere ese apartado.
La intención es que si el trabajador pierde un trabajo, pueda mantener la cotización de dicho empleo, incluso teniendo en cuenta los incrementos del grupo de cotización.
OPCIÓN II.- La media de la base de cotización de contingencias comunes en los doce meses consecutivos anteriores a la baja y siempre que sea superior a la base de cotización mínima de los trabajadores por cuenta propia o autónomo (1.260 euros en 2023).
Si no alcanza un periodo de cotización doce meses, esta base estará constituida por el resultado de multiplicar por 30 el cociente de dividir la suma de las bases de cotización entre el número de días cotizados.
Es decir, que el trabajador podrá escoger cualquier base de cotización comprendida entre la base mínima y la base más alta entre las dos opciones anteriormente comentadas.
Calculo de la cuota a ingresar
Una vez determinada la base de cotización, la cuota mensual a ingresar por el beneficiario será el resultado de aplicar el porcentaje vigente de cotización para la base de cotización, multiplicando por 0,94.
El tipo de cotización vigente en 2023 para el convenio es la suma de tipo de cotización por contingencias comunes 28,3 % más el 0,6 por ciento por el mecanismo de equidad intergeneracional, por lo tanto se paga el 28.9%. (artículo 22 de la Orden PCM/74/2023)
Por ejemplo, si se quiere tener una base de cotización para la jubilación de 1.800 €, hay que realizar los siguientes cálculos:
- Base de cotización: 1.800 € x 28,9 % x 0,94 = 488,99 € mensuales.
En este ejemplo, y para mantener una cotización a la jubilación durante la suscripción del convenio el beneficiario tendrá que abonar mensualmente la cantidad de 488,89 euros.
Plazo de ingreso
La cuota se ingresará en el mes siguiente al que se esté cotizando.
En el cálculo de la cuota a ingresar, me temo que el coeficiente del 0,94 no se aplica al MEI, ya que el coeficiente es para la cotización por contingencias comunes,bpor lo que el tipo final aplicable no sería 28,9% x 0,94, sino 28,3% x 0,94 + 0,6%
Gracias por el aviso. Modificado.
Rectifico un error en la exposición de la pregunta la base de mi convenio especial es de 3600 no de 3400 que puse por error en el texto inicial. Quiere decirse que el hecho de cobrar el subsidio no me esta implicando variación en la base por la cual estoy cotizando. Gracias.
Buenos días. Le quedaría muy agradecido si me pudiera aclarar la siguiente duda, he intentado buscar respuesta incluso en la TGSS pero no me lo aclaran. Soy titular de convenio especial ERE, cuya base de cotización, usando cantidades redondeadas para mayor facilidad, es de 3400 . Igualmente soy titular de Subsidio por el cual el SEPE cotiza por el 125 del SMI 1400 €, sin embargo no cotizo por el importe máximo ya que al importe del Convenio por lo que veo le restan la totalidad de la aportación del SEPE con lo que me quedo en esos 3600. La duda me surge por que en el texto del propio convenio especial del que soy titular, que esta actualmente en el periodo de cuotas a cargo de la empresa, en su clausula segunda dice textualmente, refiriéndose a la LGSS articulo 20 orden TAS/2865/2003 «…Conforme a dicho apartado 2 de esa disposición adicional Decimotercera XXXXXXX/NO PROCEDE que de la cantidad resultante como cuota integra se deduzca la cotización a cargo del SEPE y correspondiente al periodo en el que el (la) trabajador (a) tuviera derecho al percibo del subsidio de desempleo, calculando esa cotización en función de la base y tipo aplicables en la fecha de suscripción del convenio especial, lo que da lugar a que durante ese periodo la cuota por este convenio quede fijada en 970 euros.» La duda que me surge en la lectura de este articulo es si realmente la TGSS me esta contabilizando de forma correcta mi base de cotización o por contra esta debería ser del importe máximo actual superior a los 4100 euros en consideración de ese «NO PROCEDE…..» al que se refiere dicho articulo 2 del convenio. Gracias por su atención saludos.
No se exactamente a que artículo te refieres, pero entiendo que no se deben sumar las dos bases.
Hola, muchas gracias por su atención.
He suscrito un Convenio Especial por el que pago la cotización máxima y ahora tengo la posibilidad de realizar ciertas actividades por las que debería darme de alta como autónomo. Mi interés es seguir manteniendo la cotización al Convenio Especial y mi pregunta es si mi actividad como autónomo me permite mantener el Convenio, sin necsidad de otras aportaciones por mi actividad como tal autónomo.
Muchas gracias.
Si firmo el convenio especial con la seguridad social con 18 meses de antelacion de la fecha de mi jubilación. ¿Empezaré a percibir la jubilación a partir de la fecha de la firma o dentro de 18 meses?
No entiende muy bien la cuestión.
Es decir, actualmente soy trabajador activo y me podría jubilar en 2023, dentro de 18 meses con la jubilación máxima. Podría adelantar mi jubilación y acogerme hoy a la figura del convenio especial de la seguridad social aportando mensualidades de 4139*0,94*0,283= 1101,16, que es la cotización máxima.
La pregunta es: Puesto que paso a ser jubilado, entonces percibiría a partir de hoy los 2.819 euros o estos 18 meses los paso sin ningún ingreso.
¡Muchas gracias!
Si decides abonar el convenio especial de la seguridad social, no podrías jubilarte. Es decir, son dos cuestiones incompatibles.
Yo devolvi los de enero y en marzo me han venido con recargo. A pagar. Pero también nos actualizarán las bases de la vida laboral. O es sólo para recaudar.
Si suscribo un Convenio Especial con la Seguridad Social porque he agotado la prestación por desempleo, ¿hasta que edad debo mantenerlo? ¿Puedo suscribirlo hasta los 65 años y así tener derecho a la totalidad de mi pensión si he cotizado mas de 40 años?.
Gracias
Sí, puedes mantenerlo.
Hola Alejandro en mayo tendré 61 años llovió cotizados 37 años me di de baja voluntaria en mi empresa acabo de subscribir un convenio especial con la media del último año.pero me dicen que no tengo derecho a desempleo ni a ayuda de los 52 años.Es cierto o hay algo que si puedo acogerme.hracias
No, tras una baja voluntaria no se tiene derecho a subsidio ni a paro. Desconozco si puede existir alguna ayuda autonómica o local que puedas percibir.
Hola Alejandro, en el año 2016 me fui a trabajar a Noruega, y cotizaba allí, pero quería seguir cotizando en España, así pues hice un convenio especial para seguir cotizando en España, me di de baja en el año 2020, ya que empecé a trabajar aquí en España otra vez. Y ahora me mandan recibos de 28 euros de tres en tres cada mes hasta completar no se que hasta el 2022.
Es legal?
Al parecer es una regularización que está haciendo la seguridad social por unas bases mínimas mal calculadas, de la cual dudo de su legalidad.
Me pasa igual ,esto se puede impugnar o como denunciar algo en que ellos se han equivocado.????.
A mi me ha pasado igual. No me parece que sea muy legal que pasen en el
Banco sin avisar una regularización de cuotas más calculadas por parte de la administración¿Cual es la mejor forma de proceder? ¿Devolver los recibos? ¿Mantener el cargo y reclamarlo?
Saludos
Después de 4-5 años. Estando ya terminado el convenio.
Reclamación previa solicitando la devolución de lo abonado.
Hola, tras causar baja voluntaria despues de 23 años trabajando, me he suscrito al convenio especial con base máxima de cotización. Desde entonces he trabajado algunos días con contratos de corta duración. Puedo solicitar la prestación del desempleo teniendo vigente el convenio especial? Puedo seguir cotizando en máximos durante lo que dure la prestación y posteriormente?
Muchas gracias
Puedes pedir la prestación por desempleo y complementar con el convenio en caso de que no cotices al máximo.
Mi mujer es autónoma madre de tres hijas con 66 años y 30 cotizados
15 años últimos pagaba 416€ los otros 270
Cuanto me queda aproximadamente mi jubilacion
La pensión de jubilación se calcula sobre la cotización de los últimos 24 años antes de la jubilación.
Buenas noches, quería consultar lo siguiente: si me adhiero a este convenio especial de la seguridad social y sigo aportando, seguiría teniendo derecho pleno a la salud pública o tengo que contratar una mutua ? Muchas gracias.
Sigues teniendo derecho a la seguridad social.
me van a contratar dos horas diarias como empleada de hogar, puedo acogerme al convenio especial para completar las ocho horas
Hola buenos dias: Solo quería preguntar una cosa, Si solicito el convenio especial después de aceptado el subsidio de mayores de 52 años, para complementar el 125% de la base, puedo escoger como base cotización, las que comentas como opcion 1 (24 mejores bases de cotización de los ultimos 5 años) o la opción 2 (Prorrateo de los últios 12 meses) ? Eso es lo que se indica en el modelo TA0040 (Art. 6.2.1) ? Gracias y un saludo. Lola
Buenas tardes,
En breve voy a tener que solicitar el subsidio para mayores de 52 años pues se me termina el paro.
Tengo justo el tiempo cotizado para llegar a los 65 años con 38 años y 6 meses cotizados, y poder jubilarme, por lo que no puede perder un mes de cotización. Y con el subsidio de mayores de 52 hay un mes de carencia que creo que no se cotiza.
He visto que hay dos tipos de convenios especiales, uno general y otro asociado al subsidio de mayores de 52 años y no sé la diferencia entre ambos, ni si en caso de tener el subsidio se puede elegir entre uno y otro. En mi caso, como creo que con el subsidio se pierde ese mes de cotización, el de carencia, me interesaría más el convenio general si fuese posible. Muchas gracias de antemano
Yo estoy en el mismo caso que Carmen, por favor alguien me puede explicar.
Si puedo acceder al convenio general, para no perder el mes de carencia, con respecto al del subsidio para mayores de 52 años???
Muchas gracias
Hola M.Jesus y Carmen, cuando contratas en convenio especial como compensación a la cotización del subsidio desempleo> 52 que es (125% s/mínimo), si que es cierto que queda desconectado el mes que has tenido que esperar para pedir el subsidio pero al gestionar ese convenio especial puedes pedir a la TGSS que te gestionen aparte ese mes perdido y sin ningún problema te gestionarán aparte y pasarán a cobro el importe de ese mes, lo suelen hacer habitualmente y sin ningún problema.
Hola,
Si se entra en desempleo con 50 años aproximadamente y no se tienen cotizados 15 años, ¿se podría hacer un convenio especial con la seguridad social por el tiempo que haga falta, hasta cotizar los 15 años, y poder pedir así el subsidio para mayores de 52 años?. El resto de requisitos para el subsidio se cumplirían (como estar en desempleo, haber cotizado 6 años por desempleo, etc). Gracias.
Hola
Llevo cotizando desde julio de 1977, es decir más de 43 años, mi base de cotización siempre ha estado por encima del máximo los últimos 25 años, actualmente 4.070 euros. Me han ofrecido una prejubilación para lo cual tengo que cotizar al convenio especial, un compañero me ha dicho que puedo cotizar por menos, el está cotizando 251 € mensuales y mantener la máxima pensión. Cuando empieze a cotizar por convenio especial tendré 60 años y 3 meses. ¿Como podría saber el mínimo que tengo que cotizar para mantener el acceso a la pensión máxima que me corresponde prejubilándome a los 63 años?
Buenas tardes:
Planteo mi situación, tengo suscrito Convenio Especial con la S. Social hasta la jubilación anticipada voluntaria el 30-03-2023, a partir de 01-01-2022 solicitaré la ayuda para mayores de 55 años, cuando entro en el simulador de la S. Social no me suma ambas bases (Convenio Especial+Ayuda mayores de 55años) ¿Es correcto, no deben sumarse ambas bases, o soy yo que estoy haciendo algo erróneo en el simulador? El caso es que si suma el convenio a la base de cotización del desempleo que estoy cobrando en la actualidad.
Gracias
Un saludo
Tengo el mismo problema. Y no encuentro la solución.
Un saludo
¿Sabrian decirme si el simulador de jubilacion aplica automaticamente los coeficientes reductores para la jubilacion anticipada a los 63 años?
Sí los aplica
Hola agradezco antemano vuestra respuesta
Tengo 56años y me comunicaron que estoy en un ERE por despido colectivo por temas productivos,
He leido que al ser mayor de 55 tengo derecho a un convenio especial para que la empresa tenga que mantener el pago de mi cotización hasta los 63.
Mi pregunta es si encontraria otro trabajo pierdo el convenio o sique siendo activo? Suplendo a eventual diferencia de base de cotizacion.
Lo digo mas que nada por si en el nuevo empleo no me se renovara el contracto y me quedaria unos años ante de prejubilarme.
A tal proposito soy italiano y antes de venir en españa trabajé unos 15 años en italia estos valdrian para ser sumados a lo cotizados aqui en españa ? serian aproximadamente 39años 15+24
Gracias
No, no se pierde por el hecho de trabajar en otro lado.
Hola, me dicen q para jubilarme me faltan 425 días. Estoy al final de una baja médica por IT, puedo hacer un convenio y pagar la Cotización de esos 425 días a la seguridad social de un golpe pues estoy enferma , tengo 66 años y no tengo derecho a nada. Me puede orientar? Muchas gracias.
He estado trabajando los últimos 5 años con una base de 2.451€, después 2 años de paro (con la misma base creo).
Ahora tengo un contrato de 3 meses con una base de 1.200€.
Cuando se me acabe el contrato, quiero acogerme al convenio de la Seguridad Social.
¿Cuál sería la cuota máxima que podría pagar al mes?
Muchas gracias.
Buenos días, estoy pensando en pedir durante 1 año solo, reducción de jornada, tras la cual ya podría con 63 años, jubilarme, ya que cumplo con todos los requisitos. Durante esa reducción de jornada de 1 año, la seguridad social cotiza por mi el 100%?. Eso quiere decir que mi pensión no se vería afectada? Osea que cobraría lo mismo que si no hubiera pedido la reducción de jornada?. Gracias! Un saludo.
Depende de la causa de la reducción de jornada.
La reducción de jornada sería por cuidado de padres
Tengo 57 años y cotizado 20años y tengo un empleo de jornada completa. Me podría acoger al Convenio de la seguridad social para compensar los años que me faltará para cotizar el 100℅de mi pension?
Gracias
Si te refieres para tener derecho al 100%, no, ya que el convenio es para mantener la base de cotización, no para cubrir la ausencia de cotizaciones previas.
Entonces solo tendría derecho a, suscribirme a este Convenio si perdiera mi empleo?
Gracias.
Existen diferentes causas por las que se puede suscribir un convenio, una de ellas es perder el empleo, pero no se puede hacer para cotizaciones anteriores o para cotizar el doble.
He solicitado jubilación anticipada voluntaria con 35 años trabajados mas 10 años de subsidio de 52 años y tambien 10 ultimos años de convenio especial. En total pone 43 años cotizados. Pues me sale denegada por falta de años De que sirve el convenio y subsidio?? No rellena años? A mi me dijeron que si
Hola.
Llevo más de 30 años trabajando en una empresa con un régimen de cotización máxima (4013,78). Ahora que tengo 53 años me quiero acoger durante 5 años a una excedencia voluntaria con intención de volver. Durante estos 5 años mi idea, através de un régimen especial con la Seguridad Social, es seguir cotizando. Mi pregunta sería la siguiente: Cúal sería la base de cotización que tendría que pagar para no mermar los derechos generados para mi futura jubilación después de llevar tantos años sobre la máxima. Aprovecho también para matizar que a mi vuelta de la excedencia, con 58 años, recuperaría mi sueldo con la base máxima.
Muchas gracias.
Un saludo.
Es una cuestión que requiere sus cálculos y revisar las cotizaciones previas del trabajador y excede de las orientaciones que puedo realizar a través del blog.
Muy buenas.
En la actualidad tengo un contrato a media jornada de 144 horas. Cotizo unos 315 días al año.
Me gustaría cotizar los 365 días del año.
Y la pregunta seria. Que tendría que seleccionar en el convenio especial con la seguridad social: la base mínima de cotización, la máxima . Las bases de cotización realmente me dan igual ya que soy joven. Solo quiero pues tener al año los 365 días cotizados con mi jornada a 144 horas.
Un saludo y muchas gracias.
¿Por que cotizas 315 días? El convenio de la seguridad social, está pensado para mantener la cotización a la seguridad social. Solicitaría cita en el INSS para preguntar.
Cotizo 315 días al año porque tengo un contrato a tiempo parcial de 88.9 CTP (porcentaje de la jornada laboral).
Me gustaría que fueran los, 365 días cotizados como si de jornada completa de tratara.
No se si eso sería posible como el convenio especial con la seguridad social. Muchas gracias
Hola Alejandro, me gustaría hacerte una pregunta si eres tan amable de responderme.
En la actualidad tengo 55 años de edad y 34 años cotizados al régimen general y
en unos meses solicitaré el subsidio para mayores de 52.
En 2027 será necesario contar con 38 años y medio cotizados para jubilarse a los 65 años con el 100% de la pensión que corresponda.
Mi pregunta es si cuando tenga 65 años en 2030, podré jubilarme con el 100% por tener más de 38 años y medio cotizados (concretamente 44), o los 10 años cotizados por el SEPE por la contingencia de jubilación, no tiene validez a los efectos de años cotizados y seguiré teniendo 34 años cotizados y por tanto deberé jubilarme a los 67.
En este último caso, el convenio con la SS asociado al subsidio 52, por la base mínima me permitiría sumar días cotizados y jubilarme a los 65?
Muchas gracias por anticipado
Lo confirmaría en el INSS, pero considero que sí que se tiene en cuenta a los efectos del porcentaje.
Hola soy perceptor de el subsidio para mayores de 52 años que cotiza por 1312 euros.Si yo quisiera solicitar un convenio especial con la seguridad social,para que cotizaste por mi 500 euros más.¿Me podría calcular cuánto tendría que pagar al mes a la seguridad social por esos 500 euros más de cotización?
Buenos días,
Tengo suscrito desde hace mas de 3 años el convenio especial con la seguridad social.
Tengo 58 años y hasta la jubilación anticipada me faltan 5 años por pagar.
Quería saber si un cambio en la legislación puede afectar a las CONDICIONES PACTADAS, es decir pueden cambiar también para los que tenemos suscrito ya el convenio? Pueden UNILATERALMENTE cambiar las condiciones y que nos afecte? Es decir que a partir de ahora la jubilación la alarguen y TENGAMOS QUE SEGUIR PAGANDO MAS TIEMPO SIN QUE NOS PAGUEN LA JUBILACION?
Un saludo y muchas gracias.
Sí, puede afectar. No se a que te refieres con las condiciones pactadas. Lo que has suscrito es un convenio con la seguridad social para pagar la cotización correspondiente, no se acuerda la jubilación.
Buenos días Alejandro,
Muchas gracias por su respuesta. Me gustaría que fuera otra, ya que todo apunta que los que por edad «estamos ya fuera del mercado laboral» no nos van a facilitar la jubilación anticipada y deberemos seguir pagando…
Hola me gustaría saber si dejo mi trabajo voluntariamente puedo a cogerme a convenio especial de la SS. Para poder cotizar sin trabajar hasta poder jubilarme
La Orden TAS/2865/2003 que regula el convenio, no impide la suscripición del mismo después de una baja voluntaria. En cualquier caso, preguntaría en el INSS.
Buenos días. Sin embargo, no hay ninguna modalidad de convenio especial que cubra la baja voluntaria en el trabajo. Gracias.
fui despedido por causas objetivas, he terminado el subsidio de desempleo tengo 39 años cotizados, y 64,5 de edad, puedo suscribir un convenio con Seguridad Social para evitar la penalización, por anticipo involuntario de la jubilación, o me conviene acogerme l subsidio para mayores de 55 años hasta la edad de jubilación.
A lo mejor te conviene la jubilación anticipada.
Me he quedado sin trabajo y estoy pagando el convenio especial porque me quedan 2 años para llegar a los 15 reglamentarios. Después podría acogerme al subsidio para mayores de 55 años?
Hola . Me gustaría saber si al trabajar interna para cuidar una abuelita su hijo o ella me pueden dar de alta en la seguridad social como técnico sociosanitario (gerocultora ) ? Y cuánto tendrían q pagar por mí al mes ? Gracias espero su respuesta !
Si no es un empresario el que te va a contratar, y vas a realizar labores de servicio familiar, tienen que darte de alta en ese régimen especial. Sobre el sueldo, depende del número de horas trabajadas.
Buenas tardes, estoy dada de alta en el convenio especial como cuidadora no profesional de mi hermano con grado de dependencia II desde el 01.10.2019 con una jornada del 75% (me pagan unos 260). Estoy en una empresa de limpieza con una jornada del 38,4% (me deberían pagar unos 440) pero entraron en concurso de acreedores y no nos pagan, la situación es insostenible y me voy a dar de baja voluntariamente, en la Seguridad Social me dijeron que si dejaba de trabajar fuera, lo comunicará y me ampliarían la jornada con el correspondiente incremento de salario. No sé si esa baja voluntaria sería impedimento para ese incremento… deduzco que no …por lo que he leído que si reduces o dejas de trabajar para ampliar los cuidados de la persona dependiente .. que también se podría interpretar que es mi caso… pero no entiendo bien el desarrollo que hace la Ley sobre ello, por si incluso yo tendría que pagar algo de esa cotización…. las oficinas están cerradas, el teléfono de información no funcionan… no se si me podríais dar algo de luz… seguramente si no hubiera problemas me daría de baja a finales de mes ….un saludo
Buenas, tengo una duda sobre este convenio y el tema del subsidio por 52 años.
Pongo en situación; Mi madre tiene 55 años , y únicamente 10 años de cotización. Al no tener 15 años cotizados no tiene derecho al subsidio por estar desempleada y tener más de 52 años, entonces nuestra duda está en si el acceder a este convenio, también da accesibilidad a poder solicitar el subsidio por tener más de 52 años y estar desempleada.
Muchas gracias por la respuesta. Un saludo.
Buenos días, en mi caso la empresa me propone un plan de suspensión voluntario en el cual me abonará mi retribución al 70% y también pagará la cuota del convenio especial de la seguridad social. Mi pregunta es como retiene la empresa el irpf correspondiente a la cantidad del convenio especial de la seguridad social?
Gracias. Un saludo
Buenos días,
59 años, despedido en Diciembre 2019 con base cotización máxima durante los últimos 15 años. Actualmente percibo una prestación contributiva por desempleo dónde también me cotizan por la Base Cotización máxima. Cuando acabe el desempleo, tengo intención de suscribir un Convenio Especial con la Seguridad Social.
Mi pregunta es si puedo escoger una base de cotización intermedia entre la máxima y la mínima o me obligarán a seguir cotizando por la base máxima como había cotizado en mis anteriores empresas y en el desempleo. Muchísimas gracias
Puedes coger una base inferior.
Muchas gracias
Buenas tardes
En mi caso mi empresa me ha propuesto un plan de suspensión individual y voluntario hasta mi edad de jubilación y la cantidad a pagar a la seguridad social me la abonan también ellos, esta cantidad la pagaría yo en la seguridad social a mi nombre por medio de el convenio especial que yo suscribiría con ellos. Entiendo que la forma de declarar este ingreso es que a la hora de hacer la declaración de hacienda debo incluir esta cantidad que mi empresa me abona en mis ingresos brutos y que también a su vez puedo incluirlos en los gastos deducibles de los rendimientos del trabajo ?
Gracias. Un saludo.
Víctor
Entiendo que es así, pero se lo preguntaría a un experto en fiscalidad, ya que es una cuestión fiscal no laboral.
Hola tengo cotizado desde junio del 1967 hasta octubre del 1995 en el régimen general con algunas laguna de cotización más el tiempo que estuve en el servicio militar tengo cotizado en el régimen general sobre 22 años
Y desde enero del año 1999 estoy cotizando por el autónomo sobre 21 año y para poder cobrar cobrar la pensión el 100% tengo que esperar hasta el año 2024 mes de junio
Hay algo que no entiendo…..?
Puedo tener derecho a cobrar una pensión por el régimen general, al haber cotizado más de 15 años
Y otra por el autónomo por el mismo motivo. y si no es así porque tienen que solaparse los dos regímenes aunque sean los dos últimos años
Saludo
Buenos días,
Mi empleada de hogar tiene un contrato conmigo (como empleadora) y otro en otra casa. En ambas está dada de alta en la Seguridad Social. En mi casa hace 3 horas y en la otra 6 horas a la semana. ¿Puede suscribir un convenio especial con la SS oara incrementar la pensión que cobrará cuando se jubile? Gracias. Saludos
El convenio de la seguridad social está pensado para mantener la cotización a la seguridad social y no perder derechos, pero no para ampliar. De todas maneras, preguntaría en el INSS para saber si en su caso personal podría pedirlo.
Buenos días; estoy pagando actualmente el convenio de la S.S. para mayores de 52 años, para el proximo mes ( Mayo ) cumplo el tiempo para poder cobrar la jubilación, ya que tengo 65 años y el próximo mes tendré los 10 meses más que se necesita para poder cobrar la jubilación. Tengo dos preguntas:
Como las oficinas están cerradas por el coronavirus, como puede saber si a partir de Mayo podré cobrar mi jubilación.
Puedo dejar de pagar este mes el convenio especial
Gracias anticipadas
Manuela
Intentaría preguntar esas cuestiones en el INSS, aunque están cerradas intenta atender de manera telemática.
Hola, tengo 58 años y después de 30 años he causado baja voluntaria en mi empresa, ahora tengo que darme de alta en el Convenio Especial de la SS y lo haré con la Base de Cotización máxima, que es por la que he cotizado durante los 30 años. Tengo una discapacidad del 66% y mi pregunta es si tengo algún tipo de bonificación en la cuota a pagar.
Muchas Gracias
Preguntaría en la seguridad social, ellos te podrán indicar con total seguridad ya que pueden comprobar tus bases previas.
Hola
No se mucho de todo este tema, pero estoy considerando hacer algo parecido.
Mi duda es si has cotizado todo el tiempo por la base máxima .. y teniendo en cuenta que las pensiones están topadas y nunca te van a pagar mas del máximo (que es bastante inferior al valor por el que cotizas) no seria mejor hacer números y cotizar por una base inferior….
Ejemplo, supón que cotizas por la base mínima (1050) cuando te jubiles con 67 años tendrás 30 años por la máxima y 9 por la mínima….. como se consideran los últimos 25 años cotizados (16 en maxima y 9 en minima) 16x4050x12 + 9x1050x12 = 891000/350 = 2545 Euros mes en 14 pagas = 35630 Euros año, la máxima es de 37231 ….. Así que cotizando por ejemplo sobre 1150 Euros ya la tendrías y ahorras un montón de dinero …..Me equivoco en algo??
Hola, yo tengo la misma duda. Tengo 56 años, cotizados por la máxima 30 años, y querría hacer el convenio por 8,5 años. Mi cálculo es parecido al que dice Pedro, pero lo que no entiendo es dónde sacas que la pensión máxima es de 37.231€. En 2020 la pensión máxima es de 37.556,75€ (14 pagas de 2683,34€). El simulador de la SS dice que en 2028 (año que yo me jubilaría) la pensión máxima sería de 340,67€ o lo que es lo mismo, 42.569,38€ (aunque dudo mucho que sea ese el valor que cobremos, visto como van las cosas).
Y es aquí donde tengo la duda.
¿Qué debería usar como pensión máxima para hacer los cálculos?
Si hago como tú, 16*12*4050 + 9*12*1500 = 939.600€ que entre 350, son 2684,57€/mes, más o menos lo que se paga ahora.
Por lo tanto, el cálculo usando 1150€ como base reguladora lo veo bajo.
Y por otro lado no sé si subir algo más la pensión objetivo a cobrar o dejarla como es en 2020.
¿Qué debería hacer?
Gracias
Hola.
Yo también estoy interesado en este tema, pues he cotizado 30 años también a máximos, cuando acabe la prestación por desempleo que me cotizan al máximo voy a solicitar la ayuda de mayores de 52 que el SEPE te cotiza el 125% de la base mínima.
Me parece fundamental poder saber como calcular la cuota del convenio con la SS en el caso de suscribirlo porque si hay un exceso de base de cotización se pierde dinero pagando de más en los ejemplos de los 2 compañeros anteriores.
Alguien que le haya pasado lo mismo o donde consultar.
Gracias
Tengo 60 años y quiero suscribir el Convenio Especial hasta los 63 que podré jubilarme anticipadamente. Mi pregunta es que base de cotización he de escoger?, no todos los meses es la misma, ¿puedo coger de todos los meses, la del mes que figura el importe más alto, aunque haya meses por importes inferiores?. Gracias por su ayuda
Hola, el 13.02.2020, solicité la jubilación anticipada. Tengo 63 años y cumplo con todos los requisitos. El día 29.02., me cobraron el importe de la cuota de la SS correspondiente a enero. El 09.03, resolvieron, por SMS, que me habían aprobado la jubilación. El 10.03, me comunicaban, también por SMS, que tramitaban la suspensión de mi Convenio Especial con la SS. El 27 de marzo (no el 25), me ingresan la primera nómina de jubilación. Mi pregunta es que hoy, día 31 de marzo, he recibido un cargo de 377€ de la SS bajo el título de ‘Gastos de personal’…(¿?)…¿podéis decirme por favor a qué corresponden estos gastos, y si es normal que los cobren? Muchas gracias.
Lo desconozco. Preguntan en el INSS.
MI SITUACIÓN:
Fecha de nacimiento: 10-06-1957.
Cobrando el subsidio de mayores de 55 años.
Suscrito Convenio Especial con la Seguridad Social.
Cotizado a fecha de hoy: 38 años, 11 meses y 19 días.
Jubilación anticipada: 10/06/2020.
Creo que el mes de abril será el último que se tendrá en cuenta para el cálculo de mi pensión, por lo que entiendo que no será necesario estar dado de alta en el Convenio Especial, durante el mes de mayo y los 10 días de junio, ya que el SEPE cotiza por mi, aunque sea por la base mínima de mi grupo de cotización.
Si estoy en lo cierto, y suponiendo que no vaya a tener ningún perjuicio, ¿ hasta que fecha tengo para solicitar la baja del convenio, ya que las oficinas de la Tesorería de la Seguridad se encuentran cerradas , resultando imposible contactar telefónicamente con en número de contacto que figura en la red.
¿ Se podrá solicitar la baja a través de la Sede Electrónica de la Seguridad Social?
Muchas gracias.
Buenos días
Según la SS de Bilbao a mi mujer le quedan mas o menos un año de cotización para llegar a los 15 años y tener derecho a una jubilación. La misma seria para el año 25, y tendría 66 años, ( actualmente tiene 61 ). El tema es que si no tiene derecho al paro por convenio especial, no seria mejor retrasar el convenio especial al año 24, para justo acabar y solicitar su jubilación. Desconozco la incidencia que pueda tener en su jubilación, si el convenio especial lo termina a los 63 ( haría los 15 años cotizados,) faltandole cuatro años para su jubilación, o esperar al final y sin demora solicitarla .
Saludos cordiales
Atentamente..
Javier
Existen unos plazos para firmar el convenio especial, en principio como máximo un año después de que se deja de cotizar.
Buenos días
Después de pagar un convenio especial, ( para llegar a los 15 años de cotización ) tienes derecho a cobrar paro.
Un cordial saludo
Atentamente..
Javier
No, no se genera prestación por desempleo pagando el convenio.
ACABO DE CUMPLIR 60 AÑOS, SI ME VOY 2 AÑOS AL PARO, A LOS 62 AÑOS ME PODRIA ACOGER AL CONVENIO ESPECIAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL.
COMO LO TENDRIA QUE HACER.
ME PODRIA PAGAR LA SEGURIDAD SOCIAL, PARA AL LLEGAR A LOS 65 JUBILARME CON TODA LA PENSION LLEVO COTIZADOS 40 AÑOS.
QUE TENDRIA QUE HACER
BUENAS TARDES
TENGO 60 AÑOS, 41 COTIZADOS LA EMPRESA ME OFRECE MANDARME 2 AÑOS AL PARO PAGANDOME ELLA LA DIFERENCIA QUE COBRARIA DE MENOS EN EL PARO Y LUEGO PREJUBILARME.
SERIA POSIBLE PREJUBILARME A LOS 62 AÑOS ACOGERME AL CONVENIO ESPECIAL CON LA SEGURIDAD SOCIAL Y LUEGO JUBILARME CON LA TOTALIDAD DE LA PENSION.
TENDRIA QUE PAGAR YO LA SEGURIDAD SOCIAL HASTA LA FECHA DE JUBILACION.
Tendría cuidado con ese tipo de acuerdos, ya que parece un fraude a la seguridad social, y podrías verte perjudicado y no tener derecho a paro.
Buenas tardes.
Resumo mi situación para no hacerlo muy largo.
Actualmente tengo 60 años cumplidos y llevo 4 años en paro. Estoy percibiendo la ayuda para mayores de 52 años y tengo 41 años cotizados. Imagino que como muchos otros, estoy en una situación muy complicada para conseguir trabajo por mi edad y me gustaría me asesorasen que sería lo mas conveniente en este caso. Mis dudas son:
¿A que edad puedo acogerme a la jubilación anticipada?
¿En que me afectaría económicamente en el caso de que me la concediesen?
¿Sería mas interesante llegar a un convenio con la S.S.?
Mil gracias de antemano por la ayuda.
No es una cuestión fácil de resolver por que depende también la causa de la extinción del último contrato laboral. En este artículo establece las opciones.
Para poder saber esto, haría que saber ¿cuando trabajabas por qué base cotizabas? ¿La baja en la empresa fue por ere o por otro motivo? si fuera por Ere podrías acceder a la jubilación a los 61 años, sino a los 63. Te quitan un porcentaje de pensión toda la vida pero ya la empiezas a cobrar. Es tan fácil como saber cuanto te corresponde de pensión, multiplicarlo por 14 (pagas anuales) y por los años que te jubilas anticipadamente, luego lo divides por la cantidad de menos que cobrarás vitaliciamente por jubilarte antes y te sale cuantos años tienes que vivir para que te salga a cuenta esperar a jubilarte. Lo mejor es ir a una gestoría especializada en pensiones, por unos 100€ te informarán de todas las opciones y podrás planificar tu mejor opción.
Buenas tardes. Un supuesto : trabajo por cuenta ajena, y mi Base de Cotización son 1606 €. La empresa me despide o no renueva mi contrato. No cojo el Paro ni subsidio.
Comienzo a trabajar en otra empresa por cuenta ajena, contrato de 6 meses y mi Base de cotización es de 1225 €. Puedo suscribir convenio especial con la seguridad social por 381€ (que es la diferencia entre las bases) mantener así la base de cotización y finalizado el contrato ir al Paro con una base de cotización de 1606€? Tengo dos años de paro acumulado, quizás vale la pena hacerlo así, de modo que el 70 y 50 porciento de reducción sea sobre 1660€. Gracias.
El convenio especial para la seguridad social no cotiza para el desempleo.
Actualmente estoy pagando 1082 euros mensuales quisiera saber cuánto tengo que pagar a partir de enero para seguir optando a cobrar la maxima pues llevo cotizado 43 años y 5 meses tengo 61 años
Debiera seguir pagando esta cantidad o tendría que reducirla
Muchas gracias
Mayor 55 años, salida de empresa por ERE. Después de 2 años de paro, la empresa me va a subscribir al convenio especial de la SS para pagarme hasta los 63 años (con el máximo de cotización).
Dos preguntas:
– si me pongo a trabajar como autónomo, he de pagar la cuota a la SS si ya me la esta pagando mi anterior empresa?
– si me pongo a trabajar como asalariado, entonces pagaré doble a la SS. Como se solicita la devolución?
Muchas gracias por anticipado
Si tienes que pagar autónomos, y en caso de que trabajes, los pagos realizados por la empresa en el convenio especial se aplicarán a la cuota que te correspondería pagar a partir de los 63 años. Si al final cuando te jubiles el dinero pagado por la empresa por el convenio sobra, quien tiene derecho a la devolución es la empresa. Artículo 20 de la Orden TAS/2865/2003.
Si trabajo como autónomo podría elegir pagar el mínimo a la SS (283,3 € creo) independientemente de lo que ingrese, y compensar con lo que me esta pagando la anterior empresa con el convenio especial. Estoy en lo correcto?
Muchas gracias de nuevo.
En mi opinión si. Confirmalo en la Seguridad social.
Hola, quisiera saber y he tramitado mi jubilación anticipada y tengo un convenio especial con la seguridad, tengo que ir a darme de baja en el convenio especial, o la seguridad social ya se encarga de darme de baja ? Gracias
Hola, si estoy cobrando el subsidio de mayor de 55 años que cotiza unos 1300, podría hacerme un convenio especial hasta los 2000 euros es decir pagar por 700 ( vengo de una cotización media de 3000) o tengo que hacer el convenio como mínimo por 1050 euros???.
Por otra parte, el convenio especial cuenta como años trabajados para llegar a los 38,5 años trabajados y poder jubilarme dos años antes??.
Muchas Gracias!!!
Buenos días
Gracias por anticipado por su respuesta
Por favor, ¿se puede suscribir un convenio especial mientras se está cobrando la prestación por desempleo, para complementar la cotización y llegar a la máxima?
El convenio especial es para mantener la cotización a la que se tiene derecho, y no para aumentarla. Durante la prestación por desempleo, se mantiene la cotización que se tenía anteriormente, aunque se cobre menos. Establecido lo anterior, entiendo que no existe incompatibilidad entre convenio y desempleo.
Me tengo que suscribir al convenio especial de la seguridad social, por desvinculación de mi empresa, llevo 40 años cotizados y tengo 58 años de edad. hasta ahora la cotización que me han realizado es la empresa 960,54 y en la nómina 191,29€ quisiera saber, si para tener una base de cotización para la jubilación de 2.500 €, tengo que pagar 665,05€ mensuales.
Base de cotización: 2500 € x 28,3 % x 0,94 = 665,05 € mensuales.
En la seguridad social te informan de manera exacta, pero sí esos son los cálculos que hay que realizar.
Buenos días,
Soy funcionario del estado y tengo 59 años. Por razones familiares voy a solicitar una excedencia y a darme de autónomo colaborar en la empresa de mi mujer. Actualmente cotizo por 3.200 €, al pasar a autónomos¿ podré continuar cotizando por esta cantidad ? o la edad que tengo puede determinar el máximo a cotizar?
saludos
Si has estado cotizando por esa cantidad, sí que puedes mantenerla.
Hola
Con 61 años,15 cotizados como empleada de hogar,cuanto tendría que abonar mensualmente para la cotización mínima??y si se podría amortizar sta cotización en uno o varios pagos,para así poder cobrar a los 65?? Gracias y un saludo
La cotización mínima sería de unos 300 €.
entiendo 300€/mes hasta los 65 no?? Por k en un único pago entiendo no podría amortizar lo k me resta por cotizar??
Gracias y un saludo
Si, 300 € al mes aproximadamente.
Gracias Alejandro
Buenos días, no sabia que existian este tipo de convenios.
Tengo 52 años 19 cotizados, llevaba 8 en paro hasta que este año encontré trabajo a tiempo parcial, deberia acogerme a algún convenio para asegurarme una jubilación?.
Debería hacerlo ya, o en caso de quedarme en el paro otra vez?, gracias.
Con los datos que me comentas, entiendo que sería al finalizar el contrato de trabajo, para mantener la cotización, pero acudiría a la seguridad social por si hubiera más opciones.
Hola. No acabo de entender esto del convenio. En mi caso tengo 42 años y trabajo 6h por guarda y custodia de mi hijo de 4 años. Ahora he entrado en los últimos 25 años de cotización antes de la jubilación y no acabo de entender si esto me afecta. Llevo trabajando desde los 23 años sin haber estado nunca en paro. Y mi salario actual limpio es de 1500€ por las 6h trabajadas.
En qué me repercute esto para la jubilación?
Con este convenio cuanto me saldría a pagar? Contando que realmente no quiero aumentar mi base de cotización porque ya la considero alta.
Gracias por su labor.
El convenio no es para aumentar, sino para mantener la base de cotización. Si estás con reducción de jornada, no cotizas por el 100% de la jornada, y sólo durante dos años la complementas para la jubilación.
Buenas tardes.
Tengo 59 años, en diciembre de 2017 perdí mi empleo a jornada completa con una cotización de 1460 € mensuales, ahora estoy trabajando 25 horas semanales y cobro un complemento de desempleo por la diferencia hasta las 40 horas que trabajaba antes. Ahora he pasado a cotizar 833,33 por el empleo a jornada parcial + 538,65 € por el complemento del desempleo.
En enero ya no cobraré el complemento de desempleo por lo que pasaré a cotizar únicamente por 833,33 €.
Mi pregunta es la siguiente: ¿Por qué si no trabajase cobraría el subsidio de 430 € por mayor de 52 años y cotizaría a razón del 125 % de la base mínima, es decir, unos 1.100 € y trabajando sólo voy a cotizar por 833,33? En este caso cuando me jubile me quedará menos pensión que si no trabajase. No lo puedo entender.
Querría saber también si una vez que se me acabe la prestación por desempleo puedo cobrar el subsidio a razón de la parte proporcional por la que no cotizo, es decir, si no trabajase cobraría 430 € y como trabajo 25 horas semanales ¿tendría derecho a cobrar 161,25 €, como complemento por las 15 horas restantes, con la correspondiente cotización por esos 161,25 €? Creo que eso sería lo justo, ya que sin trabajar cotizaría por 1.100 € y trabajando cotizaría por 1.245,83 en lugar de por 833,33 €, según la siguiente fórmula: Si 430 € de subsidio cotizan a razón de 1.100 €, 161,25 € cotizarán a razón de 412,50
(total cotizado trabajando 25 horas semanales 1.245,83 =(833,33+412,50))
Total cotizado sin trabajar 1.100 €
Espero su respuesta
Muchas gracias
Un saludo
mjc
La base mínima del convenio no es 1.050, es la mínima del RETA, es decir, 944,4.
Hola, Soy empleado de Banca y me encuentro dentro de un ERE. Para mi tramo de edad (50-55 años) me ofrecen una baja indemnizada, pasando 2 años por el paro y firmando un convenio especial de la seguridad social hasta la jubilacion (en mi caso los 63 años de manera anticipada).
Según me han informado, el convenio especial supone que el banco me abona el importe que yo posteriormente tendré que pagar a la seguridad social. Según creo, este importe que me ingresa el Banco se considera Renta del trabajo, con la correspondiente retención (aunque fiscalmente esta retención sea un gasto deducible y se recupere en la declaracion del IRPF). Queria saber si estos ingresos que me hace el Banco (como rentas del trabajo) limitan el acceso a la ayuda para parados de mas de 52 años o si por tratarse de aportaciones del banco a un convenio especial no hay tal limitacion (siempre que no haya otros ingresos).
Buenas tardes,
Actualmente estoy trabajando con reducción de jornada, de 40 horas he pasado a 25 horas, desde hace 1 año. Quería saber si pasados dos años (si sigo en esta empresa) debería acogerme a convenio especial para que no baje mi cotización.
Por otro lado estoy valorando una oferta de trabajo de 20 horas semanales que por cercanía y horario me llama la atención pero necesito información acerca del convenio especial.
En ambos casos, según avance mi trayectoria laboral querría saber cuando se solicita, cuánto se paga, etc.
El convenio especial permite mantener la cotización respecto a determinadas contingencias, es una cuestión que tienes que valorar. Existe un convenio específico para la cuestión que comentas.
Hola..actualmemte bo trabajocon contrato …quieria saber cua to se pagariapor 10 b semanales a la seg social,, si la suma seria exacta siempre..osea que no suba..es decir decidir de un principio la suma que pagaria mensualmente a las ss…hata que yo me decida a dr de baja..cuando cre conveniente..
Hola. Estoy cobrando subdidio de +55años que cotiza unos 1312€ ( 125% base mínima) y quiero mantener la cotización del último empleo que eran 1900€. La pregunta es la diferencia entre dichas bases que son 600€ es la que se aplica a la Fórmula o es sobre los 1900€ ? Gracias y un saludo.
Esa cotización es para la jubilación, pero no para otras contingencias, cuestión que el convenio sí, para saber la cuantía lo mejor es que preguntes en el INSS.
Hola, esta es mi consulta:
tengo 26 años y partir del curso próximo tengo contrato Docente en centro escolar como profesor a media jornada y cotizando por salario mínimo.
Podria hacerme y cotizar en convenio especial la diferencia entre la base minima que tendría con el contrato laboral hasta los 1500€…osea por unos 500€ mas al mes.,y que importe a pagar me supondría al mes? También informarles de que por mi otra ocupación profesional (Arqueología), estoy de alta en régimen de autónomo con tarifa plana. Ambas cotizaciones se sumarian o no tienen vinculación ?En caso de hacerme el convenio especial y pasar a cotizar por 1.500€, dicha cotización además de para la lejana jubilación también seria base cotización en caso de estar en paro?
Le agradezco de antemano su respuesta.
Son dos regimenes diferentes, por lo que no se suman las bases. El convenio se puede hacer en función de cual era tu sueldo antes, es decir, es para mantener derechos, no para aumentarlos, y no, no vale para aumentar el derecho a un paro futuro, no se cotiza por dicha contingencia.
He llegado accidentalmente a esta página y veo que las bases de cotización para 2019 parecen incorrectas. No son 1.050 euros y 4.013,78 como indicas si no 1.466,40 y 4.070,10.
Se lo comento por si consideras debe rectificar los valores
Saludos
Enrique M.
Hola Alejandro ,soy discapacitada con un 33% cuanto paga de seguridad social al contratante una empresa 8 h al día???6 meses,gracias.
Depende del salario. No llevo contratación, así que desconozco todas la bonificaciones al respecto.
Hola, me han dado de alta en el convenio especial de cuidadores no profesionales, por mi hijo q tiene un grado III. Mi duda es, al cotizar a la seguridad social, ¿Da derecho a la deducción anticipada por familia numerosa y descendiente con discapacidad de Hacienda? Yo esto lo he cobrado cuando he cotizado trabajando pero tambien cuando cobraba el subsidio. Me han puesto de base de cotización 1050 euros. Gracias de antemano
Deberás preguntarle a un abogado fiscalista sobre el derecho a deducciones.
Hola buenas tardes, he estado 3 años de autonomo, mañana me doy de baja, empiezo a trabajar a media jornada por cuenta ajena, puedo acogerme a al convenio especial para cotizarme la otra media jornada y pagaria la cuota por la media base?gracias
Entiendo que sí que puedes.
Hola:
Tengo 60 años y se me acaba el contrato en breve. Cobraré desempleo y, si no encuentro trabajo, me acogeré al subsidio.
¿Por qué cantidad cotiza el SEPE en el subsidio? Si quisiera suscribir convenio ¿se sumaría mi aportación a esa cotización del subsidio?
Gracias.
Un saludo
Base mínima (1050 euros mes), si que puede suscribir un convenio para complementar el convenio.
Buenos días:
Gracias por su pronta respuesta.
Mi idea era aportar lo que me dieran de subsidio para mantener las cotizaciones.
Un saludo
Aclarar que el subsidio no cotiza, solo el desempleo, por tanto una vez que comiences con el subsidio dejaras de cotizar y tendras que acogerte al convenio.
Tengo 53 años,actualmente cobrando subsidio por desempleo que se agota dentro de 6 meses,y cotizados 14,5 años.
¿Puedo suscribir convenio especial con la SS para completar las cotizaciones por jubilación hasta los 15 años?
Para así poder acogerme al subsidio para mayores de 52 años y seguir cotizando aunque sea el mínimo,y poder cobrar una pensión contributiva de jubilación.
El subsidio para mayores de 52 años cotiza a efectos de jubilación, pero lo confirmaría en la Seguridad Social.
A mí me interesaría saber si me puedo subscribir al convenio especial de laSS para cotizar los años que me falta para poder acogerme al subsidio de los 52 años
Pregunta en la Seguridad Social, pero creo que no.
Hola
Con 55 años de edad y 34 cotizados por cuenta ajena paso al paro dos años y después si sigo sin trabajar espero el sub may 52 y suscribir el convenio especial, por lo que entiendo que son 34 años más 2 para cobrar el 100% de la base de cotización que son 37 , pero la cuestión es los años del sub 52 sirven para completar los 37 o en caso de que no sí que valgan los del convenio , muchas gracias
Hola,
tengo 32 años y estoy trabajando en Francia haciendo temporada. Voy y vengo varias veces al año, en total trabajo unos 7 meses alli. Llevo asi ya 3 años y ya que pinta que la situación va a seguir asi me pregunto si podria hacer convenio con la seguridad social durante los 5 meses intercalados que no trabajo y asi poder seguir cotizando.
Muchas gracias.
Tengo mis dudas, pregunta en la seguridad social.
Mefalta 5 meses para poder cobras lo de mallores de 55 años que puedo ases como lo puedo cotisas
Hola quiero cotizar quiero saber si yo misma puedo pagarme la seguridad como empleada doméstica cotizar medio tiempo cuánto tendria que pagar y si es posible Gracias
Puedes pagar el convenio de la seguridad, pero no en cualquier circunstancia. Habría que saber si has estado trabajando, pregunta en la Seguridad Social.
Buenas tardes, he trabajado 20 años en Rep Dominicana, hay un acuerdo con España. A la vez, tengo firmado un convenio Especial . Mi pregunta es, cuando me jubile en España, cómo valora España estos años que he trabajado en RD para mejorar mi pensiòn en España?
gcs
Desconozco el acuerdo existente para valorarlo.
Hola, tengo 62 años y dentro de cuatro meses me quiero acoger a la jubilación anticipada, tendré cotizados algo más de 40 años, figuro como demandante de empleo y cotizo el convenio especial desde 30/11/2015 por la base máxima.
Si dejo de pagar el convenio especial los cuatro meses que me quedan hasta la jubilación podré jubilarme sin problemas aunque tenga una pequeña reducción en el importe de la pensión.
Gracias anticipadas.
Hola, agradecería me informara de si se puede dar de baja por enfermedad común desde un convenio especial para mayores de 55 años subscrito a la Seguridad Social. Si se da el caso, me gustaría saber quien te paga, la cantidad como se aplica, los derechos, etc.
Gracias
No, no tienes derecho a incapacidad temporal desde un convenio especial con la seguridad social.
Cuando cumpla 60 me acojo a un despido objetivo, pero el paro no lo tengo integro pues tengo 50 días de ERTE que según he leido puedo alargar con un convenio especial (grupo 8 Reg general 2737 € en los dias que me faltan hasta los 62 y en este caso serian alrededor de 1740 E en limpio
Pagandome un año más hasta los 63 en que cantidad se me incrementaria la jubilación
Gracias
Un convenio especial se hace para mantener el derecho a a pensión de jubilación.. Para saber la cantidad que te corresponde te recomiendo que lo hagas en la calculadora de la Seguridad Social.
Buenas Noches:
Estoy en convenio especial desde hace unos años. Ahora he trabajado 6 meses y me han concedido el Subsidio de Mayor de 55 años, pero solo hasta que cumpla los 61 años, que al parecer me dejarán de pagar el Subsidio porque tengo derecho a jubilarme. ¿Es que me obligarían a jubilarme, aunque yo quiera seguir pagando el convenio especial?.
Muy agradecido por su respuesta.
Donde puedo acercarme para que me digan sobre el convenio especial ,gracias
En la Seguridad Social.
Buenos días,
Tengo 32 años, los últimos 10 de los cuales los he pasado en Japón y sólo el último uno y medio cotizando (en Japón). Solo tengo cotizados en España dos veranos, así que no entra dentro de los 1080 días que se necesitan para poder acceder a este convenio especial.
Las pensiones por jubilación en Japón son verdaderamente irrisorias. Sí que es verdad que hay un acuerdo bilateral España-Japón, en el que cada país da su parte de la pensión por tiempo trabajado (en cada país). Pero de nuevo, yo solo estoy cotizando aquí y es muy frustrante como española no poder acceder al sistema español de pensiones aunque daría cualquier cosa por poder pagar y contribuir. ¿Qué soluciones me podría dar? Muchas gracias de antemano por su ayuda.
Si tienes 32 años, todavía tienes tiempo para cotizar en España. No se si me lo preguntas por que sigues en Japón, pero creo que en ese caso, no podrás pagar aquí la Seguridad Social para tener derecho a una pensión. En ese caso, tendrías que acudir a un seguro privado.
Yo también he trabajo en Japón. Tienes que darte de alta en el Convenio Especial de la Seguridad Social Española con la japonesa. Para ello tienes que cumplir los requisitos que te pidan en el Consulado Español. Como el tener una carta de tu empresa o estar dada de alta en la Seguridad Social japonesa. Leete bien primero el convenio para saber qué te interesa pagar más. Ya que está lleno de trampas de las dos seguridades sociales para evitar el pagar.
Pero últimamente en Japón también han cambiado el sistema de la Seguridad Social. Creo que con un mínimo de 10 años se tiene acceso en Japón a pensión.
Mi consejo: cotiza en Japón hasta tener derecho a la pensión japonesa y en España haz otro tanto. Para asegurarte ambas pensiones. Pero hazlo todo bien pagando las consultas necesarias a los abogados que necesites. Procura no liarla para no perder dinero y tiempo.
Tengo 58 años y trabajo a jornada completa, en el año 2013 perdi mi trabajo con una base de cotizacion de 2750 euros, ese mismo año encontre trabajo con una base de cotizacion de 1180 euros.
Puedo firmar un convenio especial por ser mayor de 58 años y trabajando a jornada completa.
Creo que ahora no podrías, pero pregunta en la Seguridad Social.
Buenas tardes. Mi enhorabuena por responder las dudas de tanta gente.
Tengo 54 años y llevo casi 31 cotizando sobre una base actual de 1900€. Tengo la intención de pedir una excedencia voluntaria por un tiempo indefinido. A fin de que no afecte a lo que cobraría en mi futura jubilación (dentro de 11 años) ¿tendría que suscribir un Convenio Especial con la Seguridad Social? ¿me es conveniente esperar a tener cumplidos los 55 años?¿qué documentación tengo que aportar? ¿puedo aumentar la cuota mensual a fin de cobrar algo más al alcanzar la edad de jubilación? Si antes de alcanzar la edad de jubilación reingreso o trabajo en otra cosa ¿hay que cancelar dicho Convenio o lo hace la Seguridad Social automáticamente?
De antemano, muchas gracias por su atención.
El convenio está pensado para mantener las cotizaciones no para aumentar Si no quieres verte perjudicado lo normal sería hacerlo nada más solicitar la excedencia, de hecho existe un plazo máximo de un año para hacerlo. Por otro lado, cuando quieras, tendrás que cancelar el convenio.
Buenos días, una vez que ha concluido la prestación por desempleo y se solicita el subsidio por desempleo para mayores de 55 años, si suscribo el convenio especial con la Seguridad Social, para pagar la diferencia entre lo que paga en el subsidio la Seguridad Social, que es la base mínima, y mi última base de cotización. ¿Hasta cuándo puedo mantener este convenio, cobrando a la vez el subsidio para mayores de 55 años?, ¿hasta que me pueda jubilar anticipadamente a los 63 años (por tener cotizados a esa fecha 39 años), o hasta los 65 años para evitar reducciones en el porcentaje de la pensión?
Mi caso es similar al comentado por Mayca : «»Buenos días, tengo 57 años y mi empresa suscribió un Convenio Especial a raíz de un ERE. He agotado el período de prestación por desempleo y he encontrado un nuevo trabajo. He entendido que las cotizaciones a la Seguridad Social que haga esta nueva empresa podrían asignarse al período de cotización a cargo del trabajador, una vez se agote el período a cargo del empresario (empresa del ERE), es decir cuando cumpla los 63 años (el ERE fue por causas organizativas)»»
Yo he hecho la consulta y hay dos vias : 1º)- Si no pasa a la jubilacion prevista en el ERE ese exceso de cotizacion efectuado por la nueva empresa ( si llegados los 63 ños se jubila ) los recupera la empresa original, la del ERE pero 2ª-
si no se jubila a los 63 años y se acoge al famoso Convenio Especial, ese exceso pagado de cotizacion se le aplica a los pagos del Convenio Especial.
Lo que no se es si esa compensacion se realiza del tiron hasta que se agote, si proporcionalmente cada mes deduciendolo del importe de la cuota mensual a pagar.
Y aqui mi pregunta Alejandro ¿ conoce el criterio de como se compensa ese exceso de cotizacion en los pagos de las cuotas del convenio ?
Saludos – Gracias
Sinceramente es una cuestión que desconozco. Lo lamento.
Tengo entendido que no es lo mas frecuente, de ahi el desconocimiento. Me parece muy extraño pero segun me han comentado Incluso cada URE tiene capacidad para aplicar una formula u otra esa compensacion de excesos.
En cuanto moleste un poco mas a los de la TGSS lo cuelgo en tu Blog o te lo envio al mail que figura en tus datos.
Saludos
Perfecto. Muchas gracias.
Hola Manuela ,tengo exactamente el mismo problema que tu . la única diferencia es que mi ere fue por causas económicas y la empresa cubre hasta los 61.
En cualquier caso al haber tenido un nuevo trabajo se ha producido cotizaciones coincidentes y esta claro tanto en el convenio como en la norma que el importe coincidente realizado por parte de la empresa deben aplicarlo al pago de las cuotas que a partir de mis 61 año son a mi cargo.
El problema que tengo es que ha llegado el momento de que empiecen a aplicarlo y ya les he mandado varios escritos advirtiéndoles y tengo la sensación de que no tienen ni idea de como hacerlo, de hecho incluso me llego una carta con anterioridad solicitándome un numero de cuenta donde cargarme las cuotas a mi cargo , algo absurdo cuando tienen «remanente » de sobra para aplicar hasta mi jubilación.
Manuela, como veo que tu caso es de 2019, te agradecería muchísimo que me comentases como lo resolvieron , me seria de gran ayuda ya que ya ha pasado casi un mes desde que cumplí los 61 años y todavía no me han resuelto nada,
Muy agradecido de antemano
Buenos días, en la actualidad tengo 61 años llevo cotizados 44 y 3 meses me queda paro hasta el 30-6-2020, tengo un convenio con la seg. social, quisiera seguir asta los 65, mis preguntas
¿cuando se me acabe el paro, puedo hacer un convenio nuevo?
¿ si optara a la ayuda del gobierno, este me seguiría también cotizando?
¿ como calcular la misma ?, ¿sería como la formula ej. 2170*28.3%*0.94 o podría incrementarme la base imponible por ej. 2500€?
¿Esa cantidad, esta vez sería deducible de la renta o al ser voluntaria tampoco lo sería?
Buenas tardes:
Este año 2019 cumplo 61 años y tengo cotizados 42 años , mi idea es jubilarme a los 63 años el año 2021, en estos momentos tengo paro hasta el 22 de Agosto de 2020 y luego pretendo hacer un convenio especial hasta la fecha de jubilación, mi pregunta es si debo pagar en base máxima o puedo elegir mínima por haber cotizado durante los últimos 25 años en bases máximas y estar pasado en cotización.
Muchas gracias
Si no quieres perder derecho de prestación, tienes que mantener bases máximas.
Perdona las molestias, tenía entendido que al hacer el convenio especial puedes elegir entre la base mínima, la media o la maxima, eso si , según la que elijas puede afectar al cómputo de la pensión .
Por eso te indico que si no quieres perder la cuantía máxima, tendrás que cotizar en la base máxima. Si cotizas menos, perderás algo de jubilación.
Yo creo que si tienes cotizados 25 años al MAXIMO ( QUE SON ACTUALMENTE APROX 48.000 EUR. BRUTOS AÑO ) y como la prestación máxima que se puede percibir actualmente son 36.600 Eur Brutos al año, aunque estos últimos años cotizases al mínimo ó incluso no cotizases nada, aplicando el algoritmo de los 25 años y aunque aparentemente pierdas sobre el máximo ( cotizado ) nunca estarías por debajo de los 36.600 Euros Brutos anuales máximos que es posible percibir.
Por lo tanto, salvo que exista alguna clausula específica que limite en el convenio especial y te obligue a seguir con el pago máximo, matemáticamente siempre superarías el máximo establecido que es , como veis, muy inferior al máximo de cotización. Dicho de otra forma , el que cotiza toda su vida sobre la cuota máxima NO PUEDE PRETENDER COBRAR esa cantidad por la que cotizó, de modo que al final de su vida laboral puede corregir a la baja la cantidad que cotiza hasta que matemáticamente promediando los 25 últimos años le resulte una cantidad por encima de los 36.600 Euros.
Así lo entiendo yo y ruego que si alguien tiene alguna clausula que desdiga esto, por favor , nos la haga saber.
Muchas gracias.
Yo según tengo entendido creo que lo que dice Carlos es lo correcto, si siempre han cotizado el máximo por ti, superarías el máximo con lo cual se podría pagar bastante menos durante el Convenio Especial.
Si se jubila a los 63 años con 42 de cotización vas tener un descuento del 13% sobre la base reguladora. Repuesta a Luis para seguir cotizando máxima
Hola hace 44 días quedé inscrita en el convenio especial como cuidadora no profesional pero aún no me han pagado en que tiempo empiezan a pagar
Hola si me cotizan por limpieza 300 euros y yo cotizo sobre 600 tiene el mismo valor a la hora de la jubilación gracias
No se que te refieres si tiene la misma valoración, pero si cotizas con el convenio aumentaras la base de cotización que tienes ahora. Pero el convenio se realiza con el objetivo de mantener la base que tenías antes.
Hola,
Tengo 61años y, fuí autónomo durante 17 años.
En junio 2018,tuve que traspasar mi negocio por una grave enfermedad( actualmente estoy todavía en tratamiento).
Podría informarme si hubiese tenido derecho a una prestación por baja laboral.
Desde el cese de mi actividad,estoy cotizando el convenio especial de S.S.
Muchas gracias.J
Ahora no tiene derecho a prestación, pero como autónomo sí que se puede tener derecho a cobrar una prestación por una baja por incapacidad temporal.
Hola Alejandro. Gracias por su dedicación y ayuda. Mi caso es un poco particular porque vivo y trabajo en Suiza. Mi idea es dejar de trabajar aqui y volver a España. En España no tendría trabajo porque tengo rentas que me permiten vivir de ellas, y querría hacer un convenio especial. Es posible? Yo trabajé y coticé en España entre julio 1999 y mayo 2007 y en Suiza desde junio 2007 hasta ahora. Tengo ahora 46 años. Muchas gracias.
Desconozco en ese caso si se puede realizar el convenio, lo mejor es que preguntes en la Seguridad Social.
Buenas noches.
Tengo 58 años cumpliré 59 en enero de 2019, mi empresa me ha hecho una oferta de prejubilación, me pagarían la SS hasta los 65 años con la base máxima y una renta de 1090€ hasta los 65 años, diciendome que a esa edad me jubilaría, aunque según tengo entendido me tendría que jubilar a los 67 años.
Tengo 16 años y medio de antigüedad en la misma y me corresponderían 125.000€ de indemnización por despido.
Tengo cotizados a día de hoy 25 años y 8 meses.,,
Tendría derecho a paro?
Me gustaría saber cuanto pagaría mi empresa por mi en la SS con la base máxima y cual de las dos opciones ve más ventajosa para mi.
Muchas gracias.
Habría que ver en que consiste exactamente la oferta, pero el estudio de dicha oferta excede de las orientaciones que realizo de manera gratuita a través del blog.
La pela es la pela, Alex
Es una pregunta con importante implicaciones. No es una pregunta sencilla. Le haría un flaco favor si le respondo sin estudiar todo el conjunto.
Tengo 56 años llevo. 8 años sin trabajar puedo hacer un convenio a la seguridad social para tener un suicidio por desempleo tengo cotizado 16 años
En principio no, porque solo se pueden firmar el convenio, si estas en alguna de las situaciones que te indico a continuación, pero deberías de ir a la oficina de desempleo que te corresponda para que puedan informarte de tus posibilidades.
Las situaciones son:
– los trabajadores que causen baja en el Régimen de la S. S. en que estén y no queden comprendidos en cualquier otro.
– Los trabajadores por cuenta ajena indefinidos y los trabajadores por cuenta propia incluidos en el Sistema de la Seguridad Social, siempre que continúen en situación de alta, tengan 65 o más años y 35 o más de cotización efectiva.
– Los trabajadores o asimilados en situación de pluriempleo o de pluriactividad que cesen en alguna de las actividades por cuenta ajena o propia.
– Los trabajadores o asimilados que cesen en su actividad por cuenta propia o ajena y sean contratados con remuneraciones que den lugar a una base de cotización inferior al promedio de los doce meses inmediatamente anteriores a dicho cese.
– Los pensionistas de incapacidad permanente total para su profesión habitual, que con posterioridad a la fecha de efectos de la correspondiente pensión hayan realizado trabajos y hubiesen estado incluidos en algún Régimen del Sistema de Seguridad Social y se encuentren en una de las situaciones anteriores.
– Los trabajadores que se encuentren percibiendo prestaciones por desempleo o el subsidio por desempleo y cesen en la percepción de las mismas.
– Los pensionistas que hayan sido declarados capaces o inválidos parciales.
– Los pensionistas de incapacidad permanente o jubilación, a quienes se anule su pensión en virtud de sentencia firme.
– Los trabajadores que hayan causado baja a causa de solicitud de una pensión y esta les sea denegada.
Perdon.y si trabajo 3 meses a jornada completa despues lo podria solicitar el subcidio
Me llamo victoria . Tengo 17 años cotizados . Tengo 57 años . No cobro ninguna prestacion . Me pregunto si me corresponde una pension contributiva para cuando me juvile
En esta entrada explico cuando se tiene derecho a la pensión contributiva.
Hola, me quiero hacer un convenio especial en laS. S pues e pedido una excedencia y no estoy cotizando, yo estoy en el régimen general 10,cuanto me puede costar el seguro?
Depende de lo que quieras cotizar. Está explicado en la entrada, aproximadamente un poco menos de un 30 % de la base de cotización.
estoy a punto de jubilarme el 30.11.2018 con 63 años y estoy los ultimos tres años cotizando por mi cuenta en CONVENIO ESPECIAL, de enero a julio/2018 se ha mantenido la misma BASE DE COTIZACION DEL AÑO 2017 ,
puedo pagar ahora (noviembre) y de golpe la diferencia de estos 7 meses para que no se me reduzca la pensión y cobre la cifra que tenia prevista en lugar de 10€ menos al mes ?,
todo es fue debido a la falta de Presupuestos Generales de Estado para el 2018,
muchas gracias,
No entiendo muy bien la cuestión, pero no se puede pagar por adelantado varios meses si es lo que preguntas.
Hola , soy fijo en mi empresa con contrato de 25 horas semanales , es decir 5 horas cada dia.
Mi pregunta es si podria cotizar las dos horas y media restantes con la seguridad social y abonandolas yo mismo para cotizar como jornada completa y el dia de mañana me quede una pension mas alta.
Depende de edad, cotización anterior, el convenio sirve para mantener derechos. Pregunta en el INSS.
Tengo 49 años , mi cotizacion es de 1200 €
Buenos días, tengo 57 años y mi empresa suscribió un Convenio Especial a raíz de un ERE. He agotado el período de prestación por desempleo y he encontrado un nuevo trabajo. He entendido que las cotizaciones a la Seguridad Social que haga esta nueva empresa podrían asignarse al período de cotización a cargo del trabajador, una vez se agote el período a cargo del empresario (empresa del ERE), es decir cuando cumpla los 63 años (el ERE fue por causas organizativas). ¿Me pueden confirmar por favor, si esto es así? Si lo fuese, ¿debo informar a la segunda empresa de la existencia del Convenio Especial? ¿Qué gestiones tendría que hacer para que las cotizaciones de la segunda empresa vayan destinadas al período a cargo del trabajador? Muchas gracias por su respuesta!
Nunca he tenido un caso del estilo y lo desconozco. Tendría que revisarlo. Te animo a que preguntes a la Seguridad Social.
Hola, Alejandro.
Hace un año le efectúe una pregunta y me contesto muy eficazmente sobre el contrato que entonces tenía: uno de prejubilación a fecha término.
Mi pregunta actual tiene que ver con aquello. Cuando me quedaban unos 20 dias, cesé y cambié de empleo a un contrato indefinido en otro sitio. Cual fue mi sorpresa que no pasé periodo de prueba. En el primer contrato estuve en total nueve meses y medio, que por ser contrato de 28 h. en Vida Laboral son 211 dias – y no 285 que serían si hubiera sido de jornada completa – y en el segundo 61, tiempo completo de 40 h. En total tengo días cotizados, 272 (días) Me ha surgido un empleo para campaña navideña, pero sería de 20 h semanales pero no distribuidas a lo largo de la semana laboral de lunes a viernes, sino fines de semana y una tarde. Mi pregunta es la siguiente: si cojo este empleo, sería a término porque solo es hasta pasada la fecha de RR.MM., ¿podría cobrar el desempleo? ¿O SEPE puede ponerme algún impedimento por no ser trabajo de todos los días? No tengo más días acumulados que los que le digo, 282 y me ocurrió eso de no pasar prueba período, hace ya unos 4 meses .
Alejandro, le envío las gracias por su respuesta, como lo hizo entonces y la espero pronto porque he de contestar esta semana.
El SEPE no indica cuando tiempo se tiene que trabajar después de una baja voluntaria, así que depende del SEPE, pero seguramente se lo concederán. Pero para tener derecho a desempleo, tienes que tener cotizado al menos 360 días, si tienes menos -pero más de 180- puedes cobrar el subsidio.
Tengo 50 años y me he acogido a un ERE en Bankia. Para cuando agote el desempleo casi tendre 52 años y 28 años cotizados. Queria saber si me interesaría cotizar convenio especial hasta llegar a los 33 años cotizados que son los que necesito para poder acojerme a la jubilacion anticipada involuntaria ( que en mi caso seria a que edad ?? )…y cuanto seria el coste??? gracias
El coste dependería de la base de cotización. Normalmente, interesa hacerte un convenio. Por otra parte, sobre la edad lo explico en esta entrada.
Hola, mi pregunta es la siguiente, como el subsidio de mayores de 55 años cotiza para la jubilacion por la base minima, si subcribo el convenio especial con la seguridad social, tengo que pagar otra base minima o hay alguna forma de pagar, solo un poco mas, por ejemplo la mitad de lo que ya paga el subsidio, gracias.-
Existe un convenio específico para ese colectivo que tiene en cuenta lo cotizado, pregunta en la Seguridad Social.
Quisiera saber cuanto se paga de seguridad social por un camarero a jornada completa contrato de 3 meses?
Depende del convenio y de salario del trabajador.
Buenas tardes, el dia 04-01-2019 cumplo 61 años y se termina el convenio especial suscrito por mi empresa por un ERE en 2013, habiendo cotizado por el máximo hasta dicha fecha. Me quiero jubilar anticipadamente con fecha 04-04-2019, o sea cotizar de mi bolsillo 3 meses, para tener una antiguedad de 41 años y medio y aplicarme un coeficiente reductor menor.Mi pregunta es, puedo suscribir un nuevo convenio especial para esos 3 meses cotizando por la base mínima? Gracias.
si.
Me acaba de conceder el SEPE el Subsidio de mayores de 55 años. Dicho subsidio cotiza a la Seguridad Social por una Base de Cotización de 28,62.
Según la fórmula que ha indicado antes, he hecho el siguiente cálculo.
28,62 x 30 = 858,60 € de Base de Cotización mensual.
858,60 x 28,3 % x 0,94 = 228,40 €
Luego el SEPE abonaría a la Seguridad Social la cantidad de 228,40€.
Me gustaría saber si el cálculo que he realizado es el correcto, ya que yo cotizo por mi cuenta a la Seg.Social por el Convenio Especial y hoy he ido para regular mi aportación, y el cálculo que me han hecho de mi aportación para seguir cotizando lo mismo que antes no me cuadra con el cálculo que yo he hecho. Me dicen que tengo que pagar unos 30€ más de lo que yo he calculado.
Mi nombre es Teresa, vivo en Sabadell y nací el 9-5-1955, por lo que el próximo 9-5-2020 cumpliré´65 años de edad ¿Cúal es mi pregunta? He cotizado por la Seguridad Social en diferentes épocas de mi vida y hasta el año 1980
puedo decir que la suma de cotización llegaría a los 12 años.- A partir de esta fecha por el nacimiento de mi hijo mayor, dejo de cotizar, pero además de este hijo nacido en 1980, tuvimos trillizos nacidos en 1987,.- Tengo que añadir a lo expuesto que en Mayo del año pasado 2017 se me detectó un cáncer de linfoma células T, por lo que estoy ahora mismo en un tratamiento bastante largo por quimios y trasplante de médula. A razón de lo expuesto ¿es posible o tengo la posibilidad de cobrar alguna pensión? Creo que el nacimiento de estos cuatro hijos aumentan el periodo necesario para llegar a buen fin amén de la enfermedad que tiene un curso bastante crónico.- Gracias por su contestación si es posible.-
Para tener derecho a la pensión contributiva, es necesario tener tener cubierto un período mínimo de cotización de 15 años, de los cuales al menos 2 deben estar comprendidos dentro de los 15 años inmediatamente anteriores al momento de causar el derecho a la pensión de jubilación.
Tengo 61 años. Tengo 12 años cotizados a la seguridad (entre 1969 y 1981). Si quiero hacer un convenio especial con la SS con una base de cotización de 1000 aprox. para alcanzar los 15 cotizados ¿Cuanto me quedaría de pensión una vez alcanzada la edad necesaria?
Depende de la base anterior también, pero ahora mismo si no trabajas no podrías solicitar el convenio especial. Lo mejor que preguntes en el INSS.
Qué incremento a tenido el convenio especial de la S.S para este año 2018.
Gracias.
Depende de la base de cotización. Lo que aumento ha sido la base mínima, respecto al 2017, pero que ahora mismo no se decirte la cuantía.
Hola,mi nombre es Manuel,.
mi pregunta es la siguiente,actualmente en concreto en septiembre 2018 he agotado el subsidio por desempleo,mi despido no fue voluntario,si no por finalizacion por contrato de obra o servicio determinado,tengo 42años cotizados ,me puedo jubilar en diciembre2018 o hacer convenio especial,hasta marzo2019cotizando por misma base que he cotizado 2816euro.tengo62años y medio.
Depende de cuanto tiempo haya pasado desde que tenías derecho a la prestación por desempleo. Es mejor que acudas a la Seguridad Social para preguntar, ya que es una cuestión que depende de tu edad también.
Hola, en respuesta a la pregunta,le dire que he tenido derecho al desempleo desde que comence mi vida laboral en el año1972 ,porque nunca llegue a agotar mi tramo total de desempleo,hasta este con la base comentada, hace 5 años.
Existe un plazo de un año para pagar el convenio con la seguridad social desde que dejo de cotizar, se dejó de cotizar desde que dejó de percibir la prestación por desempleo. Es cierto que con el subsidio de mayor de 55 años también se cotiza a la jubilación , y también existe un convenio específico para esos trabajadores. Por lo que lo mejor es que acuda a la Seguridad Social.
Hola,
Mi caso es el siguiente, yo tengo suscrito un convenio especial con la SS que complementa la base de cotización de mi trabajo (2.500 del trabajo+ 1.230,40 del convenio SS),
Me he quedado en el paro. Durante el tiempo que cobro la prestación de desempleo (18 meses)
El SEPE cotizará por mí en el importe total de mi anterior trabajo + lo que yo he complementa con el convenio de la SS,( es decir por 3.730,40) y mientras que cobre el desempleo suspendo el convenio ó sólo lo hará por la base de 2.500, teniendo que seguir manteniendo yo el convenio suscrito con la SS ?
Gracias, saludos.
El desempleo sólo cotizara por la base de 2.500 del trabajo.
Hola, he trabajado durante 34 años y he causado baja en la empresa por despido improcedente. Estuve en el paro 2 años y a continuación he suscrito un convenio con seguridad social por la máxima cotización y cuota de 997 € actuales.
En estos días me han concedido la prestación para mayores de 55 años por cumplir los requisitos.
Mi pregunta es: El ajuste de cuota en la cotización tengo que solicitarla yo a la seg. Social o me hacen ajuste automático; porque el INEM cotiza por una parte mínima,pero cotiza.
Gracias anticipadas.
Tienes que solicitarlo tu.
Buenas,tengo 51 años, 20 cotizados ,los tres últimos con la base máxima.He perdido mi interinidad, así que tengo 12 meses de paro.Luego podré suscribir el convenio especial?, Por cuánto tiempo sería y cuantía para una pensión de unos 1500€.?
Es imposible saber por cuanto tiempo y cuanto tendrías que pagar para tener una pensión de X, ya que eso depende de muchos factores. Lo que puedes suscribir es un convenio para no perder derechos futuros de tu pensión.
Si suscribo por 16 años, la base mínima, hasta los 67, tendría 36 años cotizados.
Me correspondería p.jubilacion completa?.100%?.
Ese 100% no se a que te refieres, si no existe una jubilación anticipada, cobrarás el 100% de lo que has generado según tu base. Si es base mínima, será la pensión mínima.
Hola Alejandro,
Tengo 58 años y próximamente voy a firmar un acuerdo de desvinculación con mi empresa y a continuación suscribir el convenio especial con la seguridad social.
Hasta ahora vengo cotizando por la base máxima y por lo tanto me correspondería también la pensión máxima.
¿tengo que seguir cotizando por la misma base para seguir manteniendo el derecho a la pensión máxima o puedo ajustar la cotización a la baja y seguir manteniendo ese derecho?
Muchas gracias y un saludo
Si quieres mantener la base máxima, tendrás que seguir cotizando por dicha cuantía.
Gracias por tan rápida respuesta Alejandro,
Sin embargo yo tenía entendido que existía la posibilidad de bajar la la base de cotización sin que bajara la pensión resultante, es decir, como si hubiera una horquilla en la base de cotización en la que entre el máximo y el mínimo de cuota resultante a pagar, diera el mismo resultado de pensión.
saludos
Tienes aquí una calculadora de la Seguridad Social,, pero la base se hace sobre la medio de los últimos años cotizados.
Yo estoy en una situación similar. Puede NO SER necesario contratar el convenio con la cotización máxima. Dependerá de los años cotizados y las bases de los últimos 25 años. Si llevas muchos años cotizando y por bases altas, es muy probable que tu base reguladora exceda de la pensión máxima y por tanto, resulte inútil seguir cotizando por máximos. Puedes acceder a la web de la seg social y calcularlo.
CON 30 AÑOS COTIZADOS (TENGO 60 AÑOS Y MI JUBILACION SERA CON 67 AÑOS Y TRES MESES).
SI ME ACOJO AL CONVENIO ESPECIAL DE AUTONOMOS CON LA BASE QUE ESTOY PAGANDO ACTUALMENTE DE 670 € MENSUALES, LLEGADO EL DIA…COBRARIA EL 100% O TAMBIEN TENDRIA MERMA EN SU COBRO.
SERIAN 7 AÑOS COTIZANDO, YA QUE MI NEGOCIO NO SOPORTA MAS.
Si empiezas a pagar el convenio, podrás mantener la base.
Hola cobro el subsidio para mayores de 55 años desde 2010 .actualmente cotiza por 858 euros. Podría hacer un convenio para cotizar por 1000 euros?
Cotizar 142 euros más coste aproximado a pagar un 30%.
No me importa tanto aumentar la base sino que me cotice a efectos de jubilación anticipada.
Gracias anticipadas
Existe un convenio especial para la seguridad social para los trabajadores mayores de 55 años. o mejor es que vayas a la Seguridad Social para informarte.
Tengo 55 años soy Español y trabajo en Gibraltar allí tengo cotizados 27 años y en España solo he cotizado dos años de desempleo.Me gustaría saber si podria acogerme al convenio especial para poder aceder a la pension de España y traerme los años cotizados a España una vez que me jubile en Gibraltar. Gracias
Lo desconozco, lo mejor es que preguntes en el INSS y en gibraltar.
Hola buenos días,si tengo suscrito un convenio con la seguridad social y la base por la que pago al mes es inferior a la que me ofrecen al encontrar un nuevo trabajo.MI pregunta , cuanto tiempo tengo para avisar a la Seguridad Social ,para que me den de baja en el convenio especial suscrito?.Ya que en mi nuevo trabajo mi base de cotización es superior .
Gracias y saludos.
Desconozco si se elimina automáticamente. Es mejor que lo notificas en el momento que te den de alta.
Buenos Dias, me gustaria saber si se puede modificar la base sobre la que se realiza la cotizacion en un convenio especial con la ss ss a mitad de año, por ejemplo yo cojo una base de enero a junio 6 meses (2.000 € ) y cambiarla en julio agosto y septiembre 3 meses y pagar (1.200 €) .
Gracias y Saludos
En principio puedes modificarla, lo que a lo mejor te ponen problemas es para subirla luego. Pregunta en la Seguridad Social cuando realices la modificación.
No puedes, los solicitudes de cambio de base de un convenio se tienen que pedir antes del 30 de septiembre y son a efectos 1 de enero del año siguiente
Buenos días, me gustaría saber si al suscribirme al convenio especial de cuidadores no profesionales, es compatible con el abono anticipado de descendientes con discapacidad y familia numerosa. Ya que estaría dada de alta a la Seguridad social.
Gracias un saludo.
Lo desconozco, pregunta en la Seguridad social.
Muchas gracias por responder. No es compatible.
Tengo 8 años cotizados en el régimen especial por cuidadora no profesional por cuidar de mi madre. Mi madre falleció y me encuentro que no me dejan seguir cotizando y ahora tengo que cuidar de mi padre que tiene reconocido un GRADO I, me dicen que mi padre no tiene derecho a ayuda de un familiar porque cobra una gran invalidez. Si podemos tener ayuda para centro de día o residencia pero yo lo quiero cuidar en casa. Habría alguna forma de poder cotizar? Sólo he cotizado en el régimen especial y vivo en Cataluña. Gracias
Desconozco si existe un convenio que se ajuste a tu necesidad, preguntaría en la Seguridad Social.
Tengo en la actualidad 57 años en nobiembre cumplo 58, estoy trabajando pero mo empresa esta en suspension de pagos por lo que en breve cerrara y pasaremos a cobrar por el fogasa el despido y posterormente el paro, llevo cotizados 35 años despues de agotarse el paro tendre 60 años; que opciones tengo para poder jubilarme a esa edad o si tengo otras opciones pagar de golpe lo que corresponda y empezar a cobrar la jubilacion.
Seguramente tendrás que firmar un convenio con la seguridad social. En esta entrada explico las opciones para jubilarte.
No se puede pagar de golpe para despues cobrar la pensión, lo primero que tienes que hacer es preguntar en el INSS, una vez tengas claro cuando te puedes jubilar ya puedes plantearte en hacerte un convenio.
Hola, tengo 54 años, tras casi 29
Años trabajando me dejaron parada el pasado año y se me agotará la prestación con 55. Cotizaba la cotización maxima y mi intención es seguir cotizando hasta los 63 o 64 porque ya sumaría los 38 años y seis meses, para q me quede una jubilación de 1500 euros cuánto tendría que pagar hasta entonces? Y Si consigo un nuevo trabajo pero me pagan menos, puedo mantener la cotización anterior??gracias!!
Si, podrías compatibilizar un trabajo con el convenio. Sobre los 1500 habría que echar cuentas, te aconsejo que uses el simulador de pensiones de jubilación de la Seguridad Social.
Hola Maria Dolores
Para calcular lo que te costaria un convenio, tienes que cojer la base que quieres y la multiplicas por el 28,30% y le aplicas 0,94 de coeficiente.
Por ejemplo, en tu caso si elijes una base de 1500 sería:
1500 x 28,30%= 424,5 x 0,94= “399,03 esta sería la cuota mensual”
Hola, quiero suscribir un convenio espeial con la S.S, y como percibo el subsidio para mayores de 55años, se que el INEM cotiza por el salario minimo 858,60€ y si a ésta cantidad le multiplicamos el 28,3% de contingencias comunes x0.94 de coeficiente, el INEM estaría pagando 230€ para mi jubilación?.
Es importante para mi saber la cantidad exacta que paga el INEM por mí, para saber cuanto tengo que pagar yo y no desviarme demasiado de mi base reguladora.
Muchas gracias
Es una cuestión que me hace dudar, se loe he preguntado a la Seguridad Social. De todas maneras, como no te puedo dar una respuesta seguro, te aconsejo que preguntes en la Seguridad Social cuando vayas a realizar el convenio.
Es muy facil, solo tienes que restar la base del subsidio a la base real que tienes y aplicar el 28,3% de CC y el 0,94 de coeficiente y tendrás la cuota.
Gracias,por la respuesta
Ya hice los cálculos, porque mi base es de 2.800 y según lo que me dices, restaría la base del subsidio que hace referencia al salario mínimo interprofesional, 858,60×28,3% x0, 94 me salen 539€,pero en la S. S me dicen que pagan por contingencias comunes un total de 197€,luego no lo entiendo. Gracias
hay que tener en cuenta que 858,60 son x12 pagas/año = 10303,20
este importe en 14 pagas corresponde a 10303,20 / 14 = 735,94
ahora si hacemos el calculo de 735,94 x 28,3% x 0,94 salen los 197 euros.
Hay que tener en cuenta que el importe de la jubilación sera sobre 14 pagas
Buenas tardes.
Marzo 2018. 45 años. Trabajando desde el año 2000, ininterrumpidamente. En caso de despido y prestación desempleo 2 años, ¿me aceptarían convenio especial o existe una edad específica? ¿Lo podría suscribir con 47 años? ¿Hasta cuándo?. Las cosas no van muy bien en mi empresa…Gracias.
Sí, lo podrías suscribir, pero lo normal es hacerlo después de finalizar la prestación por desempleo, ya que durante la prestación por desempleo, la cotización no varía.
SOY iSABEL LLEVO 2 años en el paro con la cotizacion maxima los ultimos 15 años (3606,60), tengo que hacer el convenio especial hasta 20/12/2019, para jubilarme a los 63 años con 37 años y10 cotizados.
Pensaba hacer el convenio con la base de cotizacion 3606,60,pero veo que al hacer la simulacion de la jubilacion , me da la misma cantidad que cobrare que si hago una cotizacion en el convenio especial de 1500euros.
Puedo hacerlo?,para que voy a pagar mas al convenio especial,si la cotizacion anticipada a los 63 es la misma.
es mas me dicen q el calculo es 2486,62,y que el limite max es 2483,12.
Podria subcribir el convenio con una base de cotizacion de 1500?
gracias
Podrías suscribirlo con la base que quieras. Habría que echar los cálculos para ver si es la misma o no.
Soy autónoma desde hace 24 años, y quiero dejar mi actividad porque ya no es rentable. Tengo 53 años, podría acogerme a algún convenio para seguir cotizando hasta mi jubilación?
Si, puedes realizar un convenio especial con la seguridad social. Puedes revisar esta entrada en la que explico el plazo.
En el próximo mayo año 18 cumplo 61 años. Llevo cotizando convenio especial desde enero 2016 por el máximo (810€) y cobro 430€ del subsidio para mayores 55 años. A fecha de hoy llevo cotizados de forma ininterrumpida 46 años. Me despidieron el 24 Oct. 2013. Podría jubilarme de forma anticipada a los 61? Podría dejar de pagar el convenio hasta jubilarme a los 63? O reducir la cuota sensiblemente? Aconséjeme. Gracias.
Tienes que estar dado de alta como demandante de empleo y para saber si puedes jubilarte depende de cual fue la causa del despido en 2013. No obstante, si te jubilas anticipadamente tendrás una penalización. Por otro lado, sobre si es conveniente seguir pagando el convenio, sería echar cuentas, pero en principio sí que lo sería.
Tengo 50 años, 13.5 años cotizados, y creo que no voy a poder trabajar más por distintos motivos. Para no perder cotización podría suscribir un convenio hasta alcanzar los 15 años y luego acceder al subsidio mayor de 55 que me propone el SEPE? termino de cobrar el paro en breve y es una alternativa. Cuanto seria lo mínimo a pagar?… Que diferencia hay con el convenio de cuidadores? También cotiza éste último para jubilación?
Si cobras el subsidio de mayores de 55 años ya cotizas a la jubilación. Es el único subsidio que cotiza a la jubilación. De todos modos, sí que podrías suscribir el convenio cuando acabes de cobrar la prestación por desempleo.
me falta un año para jubilarme y ten go un IPt reconocida debido a mi desconocimiento me dicen en la s/s que no estoy cotizando desde el 2015 que me la concedieron …mi pregunta es:
PUEDO HACER UN ACUERDO CON LA S/S Y PONER AL DIA MIS CUOTAS DE AUTONOMO PARA ASI NO VERME PENALIZADO EN MI JUBILACION.
tengo 34 años cotizados.
saludos.
Considero que ahora ya estás fuera de plazo para ello, pero pregunta en la Seguridad Social.
Tengo cotizados 27 años. Desde los 45 no trabajo. Ahora tengo 52 años y quiero saber si podria solicitar un convenio especial con la SS pues no voy a tener los dos años requeridos dentro de los últimos 15 años anteriores a la jubilacion Podría? Y a que edad y durante cuanto tiempo deberia realizarlo.
Entiendo que ahora no podrías, ya que como mucho debe de haber transcurrido un año desde que terminaste la última relación laboral o cobraste el paro. Pregunta en la Seguridad Social.
Hola buenas tardes, mi mujer tiene 62 años y en la actualidad tiene cotizados según la vida laboral 11 años 8 meses y 8 días (tenemos dos hijos creo que cuenta algo) y su ultimo trabajo fue 30/09/2010, en los últimos años trabajados tiene jornadas de 50 ,70 y 100 %.
Podría acogerse a pagar el convenio especial para a los 65 o cundo le toque poderse jubilar con algo de pensión.
Un saludo Emilio.
Ahora mismo no estaría en disposición de suscribir el convenio especial. Lo mejor es que preguntes en la Seguridad Social.
Cobro subsidio de desempleo para mayores de 55 años con una base de cotización de 858,60€. ¿Cuanto tendría que pagar por un convenio especial con la seguridad social para mantener mi base de cotización anteriores de 2.042€?
Gracias. Un saludo,
Aproximadamente el 28%.
Hola estoy cuidándo a mi madre dependiente,para acogerme al convenio especial de cuidadora no profesional,cuanto debo pagar de cuotas,soy de la Coruña,gracias
Mar
La base mínima a jornada completa, en torno a 245 euros.
Hola buenas tardes, me llamo pilar, necesito información sobre una duda , bueno actualmente voy a cobrar la 2 RAI, mi pregunta es la siguiente , me voy a suscribir a un convenio especial de cuidadora no profesional en la seguridad social, el SEPE me dice que no hay ninguna incompatibilidad, y la seguridad social tampoco hay ninguna incompatibilidad, el servef dice que possible que perdería en el DARDE mi antigüedad de parados de larga duración, para possible 3 rai, me gustaria que me informara que si al suscribir el convenio que podría pasar con mi DARDE estaría de alta? o como se reflejaría ,gracias
Lamento indicarle que desconozco si existe incompatibilidad o no con lo que me comenta.
Hola. Estoy en paro y sin subsidio. Tengo 55 años y 33 años cotizados. Mi jubilación me corresponde a los 67 años, me estoy planteando firmar un convenio especial con la Seg. Social y cotizar 5 años y 6 meses (hasta los 38 años y 6 meses), que finalizaría a los 61 años, con lo que la edad de jubilación me bajaria hasta los 65 años. En este caso, ¿cuando cumpla los 63 años podría pedir la jubilación anticipada?
No, no podrías solicitarlo. Además que a lo mejor dentro de 8 años puede que cambie los requisitos para la jubilación anticipada
Buenas tardes yo estoy en un caso muy parecido al de Maria. La pregunta es porque no podría acogerse a la jubilación anticipada a los 63??…teniendo en cuenta la legislación actual cual sería el inconveniente…?? Gracias por su atención
En esta entrada comento los requisitos que se debe de cumplir para acogerte a la jubilación anticipada.
Si, Las cotizaciones del convenio especial se tienen en cuenta a la hora de calcular los periodos de carencia, es decir, los años necesarios para acceder a la jubilación ordinaria o las modalidades de jubilación anticipada.
Buenos días, mi mujer dejó de trabajar hace 30 años habiendo cotizado a la Seg.Social 14 años incluido el paro. ¿puede suscribir ahora (año 2018) que tiene 60 años un convenio para cobrar una pensión cuando le llegue a su edad de jubilación ordinaria ?.
Muchas Gracias.
Juan Carlos
Ahora mismo no, tendría que trabajar para ello.
Tengo suscrito un Convenio Especial desde hace un año y medio. En septiembre de 2017 me baje el importe de la base de cotización. Mi pregunta es: ¿puedo volver a aumentar el importe de la base cuando quiera?
Depende de la edad y de tu base anterior.
Me lo bajé a 1000 euros y al mismo tiempo me di de alta de autónomo con la base mínima de 900 euros, o sea que entre los dos tengo una base de 1.900 euros y tengo 59 años. Con previsión a jubilarme a los 63 años
En 2014 firme el finiquito con mi Banco para una prejubilación y ellos me pagan 12 veces una nómina de 2000 al mes y luego me pagan incrementando al año 3% tanto si sube un tres como si sube un 4 o sube un 2 la cuota de la S.S. que hasta que me jubile en 2021 ahora es de 997 euros por la cotización máxima de 3500 euros.- El Banco me lo paga por el convenio especial y yo no voy a tocar nada porque firmé que ni cambiaría nunca la cuenta ni cambiaría nunca la cuota sopena que el banco luego dejara de darme la prestación semestral de 6 veces 2000 y 6 veces 1000 aprox.- 18000.-euros al semestre.- Mi pregunta es un poco para aclaración yo entre en Novbre 1979 por lo que llevo cotizados justo este mes 38 años y tengo 61 por lo que me jubilaré Dios mediante en Mayo 2021 (65 años-nacido en 1956), ¿que raro, no?
me pagan por una base de 997 para cobrar como máximo 2500 brutos cuando me jubile.- ¿es normal? ¿es mejor? porque asi me aseguro que si cambia la ley, cambie lo que cambie siempre me pagaran lo máximo estipulado auqnue ahora esté regalando por medio del banco unos 3000 euros al mes pues he calculado que 2500 x 28,3×0,96 al dia de hoy 2017 tendría que pagar para el máximo sólo 680 euros al mes, pero claro no se lo que hizo el banco durante los 35 años que estuve trabajando no fuera el caso que ahora pague de más porque pagó de menos al ser yo oficial primera y ahora tiene que ponerse la día pagando más para que cobre lo máximo que es lo que yo quiero pues esta base del convenio está para todos para los técnicos y para los administrativos como yo.- Gracias por su respuesta.-
La verdad es que no entendido muy bien la pregunta y el problema que plantea, de todos modos, una cuestión de esta índole en la que es necesario hacer cálculos excede las consultas por este blog. ya que por el número de consultas resueltas al día se me hace inviable realizar cualquier tipo de cálculo.
Mi pregunta es muy fácil aunque no hagamos números lógicamente ¿es normal pagar 997 para ir a conseguir el
máximo en 2020 o suena a demasiado al estar la máxima prestación en 2517 euros? solo si PUEDE SER o usted
lo ve EXAGERADO.- Gracias y perdone.-Recuerde el Banco habrá hecho los números y yo no voy a tocarlos pero algún compañero prejubilado me dice que le parece que el banco nos paga mucho a SS para luego recibir 2517 brutos?
Es lo que se paga para la base máxima, así que es lo normal para tener derecho a la pensión máxima.
Hola . Mi prestación por desempleo terminó en Enero de 2014 . Ahora cotizo desde hace 6 meses por el Convenio especial para personas con discapacidad = + 65 % ( 850 euro base de cotiz ) . Mi pregunta es , si en el caso de poder volver a trabajar una temporada y luego firmar un convenio con la SS ( el normal , no el de discapacidad ) «los doce meses anteriores a la baja » serían los 12 meses anteriores al desempleo , los últimos doce meses del desempleo o los ultimos doce meses cotizados incluyendo esos seis del convenio especial de discap ? No sé cual de las tres sería la correcta . Gracias anticipadas
Disculpas .Creo que me he liado y no lo he preguntado correctamente porque se supone que despues del convenio discapacidad iba a trabajar algo . Imaginemos dos meses y con una base de cotización de 1100 euros …leo que ..Si no alcanza un periodo de cotización doce meses, esta base estará constituida por el resultado de multiplicar por 30 el cociente de dividir la suma de las bases de cotización entre el número de días cotizados. Saldría una base de 1080 euros.
Podría ser factible esto , el trabajar dos meses y luego hacer un convenio especial para cotizar por más de los 850 euros del convenio dicap ?
No te puedo responder con seguridad y lo mejor es que preguntes en la seguridad social, pero en mi opinión, serían las doce últimos doce meses, contando desempleo y trabajo.
Hola, por acuerdo en convenio colectivo, me reduccen el salario un 20%, exactamente el ad personam que mantenia en el convenio anterior, y que supuestamente segun los sindicatos no se podia ni compensar ni absorber, mi pregunta es la suguiente: tengo 49 años y llevo 30 años cotizados, puedo suscribir convenio especial con la s.s. por la diferencia de bases?, en caso afirmativo; tendria que hacerlo por el total de la diferencia o podria decidir en la horquilla de las distintas bases, anterior o nueva, en caso de que asi fuera, podria volverla a modificar mas adelante?, el gasto en el convenio eapecial que tratamiento fiscal tiene.
Muchas gracias de antemano
En mi opinión, y viendo los posibles trabajadores que pueden suscribirlo, creo que no tienes derecho a ello. De todos modos, no estoy seguro de ello, así que lo mejor para salir de dudas es que hables con la Seguridad Social.
Buenas tardes.
Tengo 49 años y llevo sin empleo desde el 2002, no cobro ninguna prestación desde el 2003
Tengo cotizados 4 años y 6 meses con anterioridad a 2002.Podría suscribir convenio especial con la seguridad social?
Gracias
No. Tendrías que trabajar para poder suscribir el convenio. Existe un plazo máximo de un año para realizar el convenio desde que se dejó de trabajar o de cobrar la prestación por desempleo.
Gracias por contestar.
Entiendo entonces, que tendré que trabajar un mínimo de 3 años (1080) días para poder suscribirlo?
Sí, hay que tener cubierto un período mínimo de cotización de 1.080 días en los doce años inmediatamente anteriores a la baja en el Régimen de la Seguridad Social de que se trate.
Hola. Tengo dos trabajos. Uno de 40 horas semanales y otro de 8 también semanales. Del primero me despiden a final de este año. Puedo llegar a un acuerdo para continuar pagando la SS de esas 40 h. Durante los 3 años que me quedan para jubilarme?. Si es afirmativo, me interesaría aumentarlo esos 3 años?
Podrías, pero ¿no vas a cobrar prestación por desempleo? En dicho caso, con la prestación ya estarás cotizando a la Seguridad Social.
Hola! Me han dado de baja en la RETA por agotamiento de IT, con fecha de 31 agosto, tengo demora al menos hasta diciembre. No cuento con que me reconozcan incapacidad ( aunque tampoco contaba con la demora).Como no sé que pasará conmigo y no quiero tener ningún mes en blanco me acogeré al convenio especial, desde que salió la opción, he pagado por cese de actividad y para optar a ello no puedes tener ningún mes en blanco ¿Tendré derecho a cese de actividad si lo preciso en un momento dado o pierdo todo derecho después de pagar todos los años y no ser responsable de la situación?¿ Si me reconocieran incapacidad al cumplir los 24 meses, se podría solicitar la devolución de cuotas que se hicieron desde septiembre? Mi cuota con cese incluido era de 298,94€ ¿ En convenio especial , sería la misma cuota? Gracias.
Buenos días.
Tengo suscrito un convenio especial desde hace algo más de un año.Al presentar el modelo de solicitud , marqué la casilla » INCREMENTO AUTOMÁTICO DE LA BASE DE COTIZACIÓN EN EL PORCENTAJE EN SE INCREMENTE LA BASE MÁXIMA …. ) . En 2017 la base máxima de cotización se incrementó en un 3% por lo que ese fue el incremento que aplicaron a mi base – pasando de 950 a 978 ,5 euros . Quería saber si es posible establecer un incremento anual fijo de un 3% a mi base de cotización al margen de la que se publique para la base máxima, que habitualmente sería inferior a este porcentaje.En caso afirmativo , ¿ se podría gestionar a través de la página web de la Tesorería General de la Seguridad Social ?
Agradeciendo de antemano su ayuda , reciban un cordial saludo
José Manuel Segura
Es un trámite que deberás de hablar con la Seguridad Social, pero entiendo que tendrás que modificarla anualmente.
hola,quisiera saber si mi madre puede hacerme un contrato de trabajo,tiene 75 años y estoy cuidando de ella dia y noche.ya que tenemos que contratar a alguien y yo estoy en paro,y soy la que se esta haciendo cargo de todo.gracias
No, se prohíbe expresamente la contratación como empleada del hogar entre familiares.
Si solo he podido cotizar 6 años por discapacidad (<65%), ahora con 56 cuando podría jubilarme?.
Si para ello necesito cotizar 9 años mas y no tengo ingresos por no tener trabajo …¿que puedo hacer?.
Exclavitud y dependencia??'.
Gracias
Si no tienes el periodo mínimo cotizado, puede que tengas derecho a una pensión no contributiva.
Buenas tardes, estoy pagando un convenio especial y tengo intención de jubilarme en breve. Mi pregunta es ¿tengo que pagar el mes completo (me jubilaré el día 5) o solo la parte proporcional de esos cinco días? Tengo que cotizar hasta el día 5 sí o sí. Es en el Régimen General de la SS SS. Gracias de antemano por su respuesta. Un saludo.
Entiendo que sólo tendrás que pagar hasta el 5, pero desconozco cual es la operativa del la Seguridad Social.
hola tengo 58 años acualmente cobrando la ayuda de los 430 euros , reuno los requisitos para jubilarme a los 61 años , (despido por el 52-c, años cotizados ) mi intencion es firmar un convenio especial con la ss . ¿influiria esta decision y tener algun problema para poder jubilarme ? . gracias
En principio no supondría ningún problema.
Hola ! Quiero saber de si puedo hacer un convenio con seguridad social para la pensión si que tengo solamente 3 horas de alta pero quieria tener 8 horas y entonces puedo hacer un convenio de 5 horas que quiero pagar más para la pensión?? Quiero decir que de puedo pagar 5 horas más para la pensión? Y cuánto cuesta?
Hola. Si estoy trabajando 30hrs semanales podría pagar yo a la seguridad social para completarlo para que a vista de la jubilación fuese una jornada completa
Muchas gracias
Estoy trabajando en casa particular mi jefa me a dicho que le subieron la seguridad social 135euros y que me subieron a mi el sueldo 87euros más y que ella.No me puede pagar más.Si lo de la seguridad social y que si no me gusta que no hay problemas que yo me valla que hago
Tengo 59 años y tengo suscrito un convenio especial con la SS y mi pretensión es jubilarme a los 61 que porcentaje perdería por añoN
Depende del periodo de cotización —> Más info= https://www.cuestioneslaborales.es/opciones-de-jubilacion/#anticipada