Contratar a una persona para que realice las labores propias de un hogar determina la obligatoriedad de abonar el Salario mínimo Interprofesional así como a darla de alta en la seguridad social y pagar las cotizaciones correspondientes.

Por ello, la primera cuestión relevante será conocer el número de horas que va a trabajar a la semana para conocer el Salario Mínimo que le corresponde.

En la siguiente tabla, se muestra el coste total mínimo que le supone a una persona contratar a una persona trabajadora para el servicio del hogar familiar incluyendo cotización y salario.

Número de horasCoste total bonificaciónCoste total familia númerosaCoste total sin bonificación
195,895878,86122,251
2128,9708111,93155,326
3162,0458145,01188,401
4195,1208178,08221,476
5228,1958211,16254,551
6261,2708244,23287,626
7294,3458277,31320,701
8327,4208310,38353,776
9360,4958343,46386,851
10420,336396,04457,92
11453,411429,11490,995
12486,486462,19524,07
13519,561495,26557,145
14552,636528,34590,22
15619,7758586,24671,651
16652,8508619,31704,726
17685,9258652,39737,801
18719,0008685,46770,876
19752,0758718,54803,951
20822,7548779,01890,406
21855,8298812,09923,481
22888,9048845,16956,556
23921,9798878,24989,631
24955,0548911,311022,706
251026,1762972,121109,789
261059,25121005,191142,864
271092,32621038,271175,939
281125,40121071,341209,014
291158,47621104,421242,089
301228,71281164,571327,916
311261,78781197,651360,991
321294,86281230,721394,066
331327,93781263,801427,141
341361,01281296,871460,216
351450,27261370,891573,047
361483,34761403,971606,122
371516,42261437,041639,197
381549,49761470,121672,272
391582,57261503,191705,347
401615,64761536,271738,422

Las bonificaciones son las siguientes.

  • Para todos los empleadores una bonificación ordinaria; reducción del 20% en la aportación empresarial a la cotización a la Seguridad Social por contingencias comunes, y una bonificación del 80% en la aportación empresarial por desempleo y al FOGASA.
  • Para las familias numerosas debidamente acreditadas, una reducción del 45% en la aportación empresarial a la cotización a la Seguridad Social por contingencias comunes, y una bonificación del 80% en la aportación empresarial por desempleo y al FOGASA.

Respecto a las reducciones, aunque el MEI-Mecanismo de Equidad Intergeneracional- se incluye dentro de las contingencias comunes, no está bonificado en virtu del artículo 127 bis de la Ley General de la Seguridad Social que impide cualquier tipo de bonificación.

Diferencia entre lo que le tenemos que pagar al empleado y pagar a la seguridad social

Establecido el coste total, vamos a diferenciar entre lo que tenemos que abonar la persona trabajadora de manera íntegra y que es lo que tenemos que abonar a la seguridad social teniendo en cuenta la parte que le corresponde al empleador como la parte que le descontamos en la nómina al trabajador y que también se paga a la seguridad social teniendo en cuenta la cuota ordinaria bonificada al 20%.

Número de horasSalario brutoSalario NetoBase de cotizaciónCuota Seguridad Social
133,0814,9828480,85
266,1548,0628480,85
399,2381,1928480,85
4132,30114,2728480,85
5165,38147,3428480,85
6198,45180,4228480,85
7231,53213,4928480,85
8264,60246,5728480,85
9297,68279,6428480,85
10330,75305,03405115,30
11363,83338,11405115,30
12396,90371,18405115,30
13429,98404,26405115,30
14463,05437,33405115,30
15496,13460,63559159,15
16529,20493,70559159,15
17562,28526,78559159,15
18595,35559,85559159,15
19628,43592,93559159,15
20661,50615,21729207,55
21694,58648,28729207,55
22727,65681,36729207,55
23760,73714,43729207,55
24793,80747,51729207,55
25826,88769,66901256,51
26859,95802,74901256,51
27893,03835,81901256,51
28926,10868,89901256,51
29959,18901,96901256,51
30992,25924,371069304,34
311025,33957,441069304,34
321058,40990,521069304,34
331091,481023,591069304,34
341124,551056,671069304,34
351157,631073,611323376,66
361190,701106,691323376,66
371223,781139,761323376,66
381256,851172,841323376,66
391289,931205,911323376,66
401323,001238,991323376,66

Salario que corresponde y base de cotización de las empleadas del hogar

Una vez establecido el coste, vamos a diferenciar el salario mínimo que le corresponde a la persona trabajadora que contratemos para casa.

Si quieres ampliar esta información te recomiendo este artículo donde indicamos las tablas salariales, pero en este artículo para simplificar vamos a hacer una tabla tomando como referencia que el salario se abona en 12 pagas, es decir, con las pagas extras prorrateadas.

Número de horasSalario brutoSalario NetoBase de cotización
5141,75123,72284,00
10283,50257,78405,00
15425,25389,75559,00
20567,00520,71729,00
25708,75651,54901,00
30850,50782,621069,00
35992,25908,241323,00
401134,001049,991323,00

El Salario bruto es la cuantía que aparece en la nómina y el salario neto es la cuantía que percibe de manera íntegra la persona trabajadora. Las cotizaciones, tanto del empleador como del trabajador vienen determinado según su base de cotización que se realiza por tramos.

Los porcentajes para calcular los tramos brutos y netos son los siguientes en el año 2024:

  • Porcentaje de cotización del trabajador, 4,70 % de contingencias comunes+ 1.55 % de desempleo + 0,12% MEI (Mecanismo de Equidad Intergeneracional).
  • Porcentaje de cotización del empleador, 23,60 % de contingencias comunes + 1,50% de contingencias profesionales + 5,5% de desempleo, 0,2% de FOGASA + 0,58% MEI (Mecanismo de Equidad Intergeneracional).

Por último, estas son las bases de cotización que existen para el año 2024 y con las que se han realizado los cálculos indicados anteriormente.

TramoRetribución mensual euros/mesBase de cotización euros/mes
1.ºHasta 306,00284,00
2.ºDesde 306,00 hasta 474,00405,00
3.ºDesde 474,01 hasta 644,00559,00
4.ºDesde 644,01 hasta 814,00729,00
5.ºDesde 814,01 hasta 986,00901,00
6.ºDesde 986,01 hasta 1.153,001.069,00
7.ºDesde 1.153,01 hasta 1.323,001.323,00
8.ºDesde 1.323,01Retribución mensual.

En principio, esta forma de cotización por escalas finalizaba en el año 2020, pero se ha prorrogado hasta el año 2025.

¿Si le contratamos por horas sueltas?

En caso de que una persona se contrate para unas horas sueltas, la normativa laboral establece que se debe abonar como mínimo un salario de 8,87 € la hora en la que ya se incluyen las vacaciones y las pagas extras prorrateadas. En este importe no se contempla la cotización a la seguridad social que le corresponde al empleador, sino que es un importe bruto.

Este salario de horas sueltas no está pensado una persona que se le contrata pocas horas a la semana durante todo el año, sino para una necesidad puntual.

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