Cuantía de indemnización por lesión permanente no invalidante (Baremo)
Índice de la entrada
La lesión permanente no invalidante
Se considera lesión permanente no invalidante a aquellas lesiones, mutilaciones o deformidades que padece un trabajador después de un accidente de trabajo o enfermedad profesional que no afectan a la capacidad laboral del trabajador.
No es compatible la indemnización por lesión permanente no invalidante con el reconocimiento de una incapacidad permanente en cualquiera de sus grados; parcial, total, absoluta o gran invalidez.
Este tipo de lesiones otorgan a la persona trabajadora el derecho a una indemnización en función del perjuicio sufrido según un baremo que recogemos más adelante.
En definitiva, para que exista una indemnización por esta causa se debe de cumplir estos tres requisitos:
- Una lesión de carácter permanente, mutilación o deformidad.
- La causa tiene que ser un accidente laboral o enfermedad profesional.
- Las lesiones no pueden incidir en la capacidad laboral del trabajador, ya que en dicho caso, se trataría de una incapacidad permanente.
¿Quién concede la indemnización?
El que realiza la propuesta de la concesión de la indemnización es el equipo de valoración de incapacidades (EVI).
No obstante, para que un caso sea evaluado por este equipo debe ser solicitado directamente por el trabajador, o bien por el servicio de Salud que esté tratando al trabajadora -sea la mutua o el INSS- así como también la inspección de trabajo.
El obligado al pago es la entidad gestora o mutua que esté obligado al pago del salario durante la incapacidad temporal en caso de enfermedad profesional o accidente laboral, normalmente la mutuas de trabajo.
¿Cuál es la cuantía de la indemnización?
La indemnización a la que tiene derecho el trabajador es una cuantía que se paga de una sóla vez, no se trata de una pensión, según el baremo establecido OM ESS/66/2013.
Sólo se tiene derecho si la lesión aparece en el baremo y deberán de ser indemnizadas todas y cada una de ellas que el trabajador padezca de manera individualizada.
Además, hay que tener en cuenta de que en caso de que exista una responsabilidad por parte de la empresa debido a falta de medidas de prevención de riesgos se aplica un recargo de entre el 30% y el 50% de las cuantías previstas que deberá abonar la empresa.
Es el conocido como recargo de prestaciones que explicamos en esta entrada.
Cuantía–Euros | |
---|---|
I. Cabeza y cara | |
1. Pérdida de sustancia ósea en la pared craneal, claramente apreciable por exploración clínica | 990 a 2.240 |
2. Disminución de la agudeza visual de un ojo en menos del 50 por 100, siempre que con corrección no alcance las siete décimas. | 1.140 |
3. Disminución de la agudeza visual de un ojo en más del 50 por 100 | 1.920 |
4. Disminución de la agudeza visual en ambos ojos en menos del 50 por 100, siempre que con corrección no alcance en ambos ojos las siete décimas | 2.420 |
5. Alteraciones de la voz y trastornos del lenguaje, conservándose voz social | 720 a 2.420 |
Nota. La agudeza visual se especificará siempre con arreglo a la escala de Wecker, con y sin corrección óptica. | |
1.º Órganos de la audición: | |
6. Pérdida de una oreja | 1.810 |
7. Pérdida de las dos orejas | 3.830 |
8. Hipoacusia que no afecta la zona conversacional en un oído, siendo normal la del otro | 1.210 |
9. Hipoacusia en ambos oídos que no afecta la zona conversacional en ninguno de ellos | 1.800 |
10. Hipoacusia que afecta la zona conversacional en un oído, siendo normal la del otro | 2.420 |
11. Hipoacusia que afecta la zona conversacional en ambos oídos | 3.580 |
2.º Órganos del olfato: | |
12. Pérdida de la nariz | 7.940 |
13. Deformación o perforación del tabique nasal | 1.210 |
14. Pérdida del sentido del olfato | 1.210 |
3.º Deformaciones del rostro y en la cabeza, no incluidas en los epígrafes anteriores: | |
15. Deformaciones en el rostro y en la cabeza que determinen una alteración importante de su aspecto. | 1.280 a 2.560 |
16. Deformaciones en el rostro que afecten gravemente a la estética facial o impidan alguna de las funciones de los órganos externos de la cara . . . | 1.920 a 7.940 |
II. Aparato genital | |
17. Pérdida anatómica o funcional de testículos: | |
Uno | 2.840 |
Dos | 6.380 |
18. Pérdida parcial del pene, teniendo en cuenta la medida en que afecte a la capacidad «coeundi» y a la micción . . | 2.420 a 4.820 |
19. Pérdida total del pene | 6.810 |
20. Pérdida anatómica o funcional de los ovarios: | |
Uno | 2.840 |
Dos | 6.380 |
21. Deformaciones de los órganos genitales externos de la mujer | 1.570 a 6.380 |
III. Glándulas y vísceras | |
22. Pérdida de mama de la mujer: | |
Una | 2.560 |
Dos | 5.460 |
23. Pérdida de otras glándulas: | |
a) Salivares | 2.420 |
b) Tiroides | 2.560 |
c) Paratiroides | 2.560 |
d) Pancreática: | 4.540 |
24. Pérdida del bazo | 2.420 |
25. Pérdida de un riñón | 4.260 |
Cuantía–Euros | ||
---|---|---|
Derecho | Izquierdo | |
IV. Miembros superiores | ||
1.º Pérdida de los dedos de la mano: | ||
A) Pulgar: | ||
26. Pérdida de la segunda falange (distal) | 2.240 | 1.810 |
B) Índice: | ||
27. Pérdida de la tercera falange (distal) | 1.140 | 920 |
28. Pérdida de la segunda y tercera falanges (media y distal) | 1.810 | 1.320 |
29. Pérdida completa | 2.420 | 1.810 |
30. Pérdida del metacarpiano | 960 | 920 |
31. Pérdida completa, incluido metacarpiano | 2.870 | 2.240 |
C) Medio: | ||
32. Pérdida de la tercera falange (distal) | 1.210 | 920 |
33. Pérdida de la segunda y tercera falanges (media y distal) | 1.920 | 1.350 |
34. Pérdida completa | 2.420 | 1.810 |
35. Pérdida del metacarpiano | 960 | 920 |
36. Pérdida completa, incluido metacarpiano | 2.870 | 2.240 |
D) Anular: | ||
37. Pérdida de la tercera falange (distal) | 960 | 680 |
38. Pérdida de la segunda y tercera falanges (media y distal) | 1.460 | 1.140 |
39. Pérdida completa | 1.920 | 1.350 |
40. Pérdida del metacarpiano | 790 | 750 |
41. Pérdida completa, incluido metacarpiano | 2.420 | 1.810 |
E) Meñique: | ||
42. Pérdida de la tercera falange (distal) | 680 | 540 |
43. Pérdida de la segunda y tercera falanges (media y distal) | 1.140 | 920 |
44. Pérdida completa | 1.350 | 1.140 |
45. Pérdida del metacarpiano | 1.100 | 1.100 |
46. Pérdida completa, incluido metacarpiano | 1.810 | 1.710 |
Nota. La pérdida de una falange de cualquier dedo de la mano en más del 50 por 100 de su longitud se equiparará a la pérdida total de la falange de que se trate. | ||
2.º Anquilosis: | ||
A) Codo y muñeca: | ||
47. Anquilosis del codo en posición favorable (ángulo de 80 a 90 grados) | 2.940 | 2.240 |
48. Anquilosis de la muñeca | 2.770 | 1.990 |
B) Pulgar: | ||
49. De la articulación interfalángica | 1.920 | 920 |
50. De la articulación metacarpo falángica | 2.420 | 1.810 |
51. De la articulación interfalángica y metacarpo falángica asociadas | 2.870 | 2.240 |
52. De la articulación carpometacarpiana | 3.200 | 2.590 |
C) Índice: | ||
53. De la articulación segunda interfalángica (distal) | 960 | 680 |
54. De la articulación primera interfalángica | 1.460 | 1.140 |
55. De la articulación metacarpo falángica | 1.460 | 1.140 |
56. De las dos articulaciones interfalángicas asociadas | 1.460 | 1.140 |
57. De las articulaciones metacarpo falángicas y una interfalángica asociadas | 1.920 | 1.350 |
58. De las tres articulaciones | 2.560 | 1.920 |
D) Medio: | ||
59. De la articulación segunda interfalángica (distal) | 750 | 570 |
60. De la articulación primera interfalángica | 960 | 680 |
61. De la articulación metacarpo falángica | 960 | 680 |
62. De las articulaciones interfalángicas asociadas | 1.210 | 920 |
63. De las articulaciones metacarpo falángicas y una interfalángica asociadas | 1.460 | 1.140 |
64. De las tres articulaciones | 2.060 | 1.460 |
E) Anular y meñique: | ||
65. De la segunda articulación interfalángica (distal) | 750 | 570 |
66. De la articulación primera interfalángica | 860 | 610 |
67. De la articulación metacarpo falángica | 860 | 610 |
68. De las articulaciones interfalángicas asociadas | 1.170 | 920 |
69. De las articulaciones metacarpo falángicas y una interfalángica asociadas | 1.390 | 1.100 |
70. De las tres articulaciones | 1.920 | 1.390 |
Nota. Tendrán también la consideración de anquilosis las alteraciones de sensibilidad, así como los estados que, por sección irrecuperable de tendones o por lesiones de partes blandas, dejen activamente inmóviles las falanges. | ||
3.º Rigideces articulares: | ||
A) Hombro: | ||
71. Limitación de la movilidad conjunta de la articulación en menos de un 50 por 100 | 990 | 830 |
72. Limitación de la movilidad conjunta de la articulación en más del 50 por 100 | 2.870 | 2.420 |
B) Codo: | ||
73. Limitación de la movilidad en menos de un 50 por 100 | 1.920 | 1.350 |
74. Limitación de la movilidad en más del 50 por 100 | 2.560 | 1.920 |
C) Antebrazo: | ||
75. Limitación de la prosupinación en menos de un 50 por 100 | 1.070 | 610 |
76. Limitación de la prosupinación en más de un 50 por 100 | 2.560 | 1.810 |
(Ambas limitaciones se medirán a partir de la posición intermedia.) | ||
D) Muñeca: | ||
77. Limitación de la movilidad en menos de un 50 por 100 | 1.070 | 610 |
78. Limitación de la movilidad en más del 50 por 100 (También se determinarán estas limitaciones a partir de la posición intermedia.) | 2.420 | 1.810 |
E) Pulgar: | ||
79. Limitación de la movilidad global en menos de un 50 por 100 | 1.460 | 920 |
F) Índice: | ||
80. Limitación de la movilidad global del dedo en más de un 50 por 100 | 860 | 610 |
G) Medio, anular y meñique: | ||
81. Limitación de la movilidad global en más de un 50 por 100 | 750 | 500 |
Nota. Cuando el miembro rector para el trabajo sea el izquierdo, la indemnización será la fijada en el baremo para el mismo tipo de lesión en el miembro derecho. Igual norma se aplicará en el caso de trabajadores zurdos. |
Cuantía–Euros | |
---|---|
V. Miembros inferiores | |
1.º Pérdida de los dedos del pie: | |
A) Primer dedo: | |
82. Pérdida total | 2.240 |
83. Pérdida de segunda falange | 990 |
B) Segundo, tercero y cuarto dedos: | |
84. Pérdida total (cada uno) | 680 |
85. Pérdida parcial de cada dedo | 500 |
C) Quinto dedo: | |
86. Pérdida total | 680 |
87. Pérdida parcial | 500 |
2.º Anquilosis: | |
A) Rodilla: | |
88. En posición favorable (extensión o flexión hasta 170 grados, incluido acortamiento hasta 4 centímetros). | 2.870 |
B) Articulación tibioperonea astragalina: | |
89. En posición favorable (en ángulo recto o flexión plantar de hasta 100 grados) | 2.420 |
C) Tarso: | |
90. De la articulación subastragalina o de las otras medio tarsianas, en buena posición funcional | 1.920 |
91. Triple artrodesis | 2.660 |
D) Dedos: | |
92. Anquilosis del primer dedo: | |
a) Articulación interfalángica | 500 |
b) Articulación metatarso falángica | 830 |
c) Anquilosis de las dos articulaciones | 1.280 |
93. Anquilosis de cualquiera de los demás dedos | 500 |
94. Anquilosis de dos dedos | 610 |
95. De tres dedos de un pie | 830 |
96. De cuatro dedos de un pie (en el caso de anquilosis de los cinco dedos, el pulgar se valorará aparte) | 990 |
Nota. Serán aplicables a las anquilosis de las extremidades inferiores las normas señaladas para las de los miembros superiores. | |
3.º Rigideces articulares: | |
A) Rodilla: | |
97. Flexión residual entre 180 y 135 grados | 1.990 |
98. Flexión residual entre 135 y 90 grados | 1.210 |
99. Flexión residual superior a 90 grados | 610 |
100. Extensión residual entre 135 y 180 grados | 860 |
B) Articulación tibioperonea astragalina: | |
101. Disminución de la movilidad global en más del 50 por 100 | 2.130 |
102. Disminución de la movilidad global en menos del 50 por 100 | 990 |
C) Dedos: | |
103. Rigidez articular del primer dedo | 430 |
104. Del primero y segundo dedos | 680 |
105. De tres dedos de un pie | 720 |
106. De cuatro dedos de un pie | 920 |
107. De los cinco dedos de un pie | 1.280 |
4.º Acortamientos: | |
108. De 2 a 4 centímetros | 1.140 |
109. De 4 a 10 centímetros | 2.420 |
VI. Cicatrices no incluidas en los epígrafes anteriores | |
110. Según las características de las mismas y, en su caso, las perturbaciones funcionales que produzcan | 540 a 2.130 |
Hola, la mutua me da alta y indemnizacion por lesion no invalidante despues de diez meses. Pero sigo mal. Ahora estoy de baja por el inss.
No se si aceptar la la indemnizacion o que hacer?
Gracias por la ayuda.
Si no estás conforme, tienes que impugnar el alta que has recibido.
Buenas como se puede ver y pedir la indemnización me ro pi ligamento y me icieron una plástica y tengo plástica en las dos rodillas
Esta indemnización se concede cuando finaliza la incapacidad temporal y no se concede ninguna incapacidad permanente.
Ni por accidente de trabajo
Depende de si existe responsabilidad de la empresa. Lo explico en este artículo.
Hace unos meses se cayó aceite hirviendo de la freidora en el trabajo en mi pierna, dejándome una quemadura de segundo grado y casi tercero.
Actualmente tengo una cicatriz que prácticamente me coge todo el gemelo y la cirujana plástica de la mutua (que me ha valorado porque he solicitado la indemnización por daños permanentes no invalidantes) me ha dicho que ya es permanente y que no tiene ningún tipo de arreglo.
Mi preguntas son: ¿aproximadamente a cuánto ascendería la indemnización? Y ¿si doy por finalizada mi relación laboral con la empresa antes de que me ingresen dicha cantidad, podrían negarse a pagarme?
Muchas gracias.
No, la indemnización no depende de mantener la relación laboral. Que según el baremo oscila entre 540 a 2.130 euros.
Buenas tardes. Soy operario de limpieza pública viaria( barrendero) y después de un proceso de IT por EP se me tuvo que intervenir quirúrgicamente y cortar la porción larga del bicep para mejorar problema en los manguitos rotadores ¿ Esto se considera una lesión no invalidante?
Saludos y gracias
¿Obligatoriamente debe ser por accidente de trabajo? Me he operado dos dedos martillo que me han dejado los dedos rígidos, pero es enfermedad no profesional. Gracias.
Para la indemnización que aquí se recoge, sí.
Hola
Acidente de trabajo bajando unas escaleras rompí el cuerno interno del menisco.
Estuve 4 meses de baja no me reconocían el acidente.
Al final lo reconocieron y me an operado.
Tengo derecho a alguna indemnización.
Demomento sigo de baja con reabilitacion.
Un saludo
Depende de varios cuestiones, si te queda alguna limitación, si existe responsabilidad empresarial.
Buenos días
Mi marido tuvo un accidente laboral se cortó con la máquina de disco el nervio radial y lo operaron para extirparlo ahora a perdido la movilidad tiene muchos Dolores corrientes y se le inflama puede reclamar alguna indemnización o incapacidad
Sobre la indemnización, habría que saber la responsabilidad de la empresa o ausencia de formación e información en la prevención de riesgos laborales. Si ha perdido movilidad, entiendo que tiene base para conseguir una indemnización por lesión permanente o incapacidad parcial.
Me realicé una braquioplastia por estética y me cortaron los canales linfáticos produciendome un linfedema.
Me realizaron anastomosis en una vena solo porque los canales ya estaban esclerosados.
Eso puedo denunciarlo?
Es una cuestión médica que desconozco totalmente si existe o no mala praxis.
Me han operado cuatro veces de las dos manos dos del tunel carpiano y dos del querben me dieron 13 dias de reabilitacion y tengo mucho dolor y el problema es que no puedo doblar las muñecas lo e impugnado en 2 ocasiones pero la mutua no me hace caso dice k es reuma pero sigo con unos dolores y descargas muy fuertes y sin poder donlar las muñecas que puedo hacer estoy desesperada …gracias
La pregunta es amplia, y no se si te refieres a conseguir una incapacidad permanente, mantener la incapacidad temporal si es que te han dado el alta…
Buenas tardes, quería si me podía informar, tuve un accidente «in itinere» , la empresa me está pagando la baja laboral, pero cara a la indemnización por quitarme el bazo, así como las consiguiente cicatrices. existe un baremo del 2013, no hay ninguna actualización de baremos.
Si, las cantidades se actualizan cada año.
El día 18 /02/2021 tuve un accidente la bola me pille el dedo gordo y me le ha. Operado y se me ha. Quedaos esta segurelas : 1 DEDO MANO DERECHA : ART. MCP: : abducción 70%, adducion : 0. Oposición del pulgar: 1vm. Artt. MCF: : flexión n 50, extension: 0. Art IF: 50, extensión : 10 y me dieron de alta el día 23/9/2022 con dos mese de reavilitacion cuanto me van a dar
Buenas, queria saber si es necesario quedar de Baja de accidente de trabajo para poder reclamar una indemnización por cicatrices.
He tenido un accidente laboral y no acepte la baja, por una circunstancia muy específica que me perjudicaba personalmente.
Podria reclamar igualmente el importe??
Muchas gracias
Aunque es raro, entiendo que no debe de ser un requisitos indispensable para que se conceda. Ahora bien, seguramente será más complicado que te lo reconozcan.
Hola, queria saber si me corresponde una indemnizacion o pension por atrapamiento del pulgar derecho con fractura abierta rxf1 diafisaria y subcapital con minimo desplazamiento mas fractura avulsion base f2. Dudosa lesion colateral radial MTC falangico y hormigueo en la misma mano donde se dio la lesion en el puesto de trabajo. Luego de tres meses no me operaron porque decian que no era necesario, y solo me mandaron a rehabilitacion y ahora solo se dobla un 25%, ademas tengo la sensibilidad alterada. La mutua me quiere dar de alta y yo asi no puedo trabajar(trabajo de carpintero). Me podrian ayudar, ya que no se a donde recurrir.
Gracias
Si, corresponde una limitación por limitación en la movilidad. Si no estás apto para trabajar, impugna el alta en caso de que ocurra.
Buenas tras un accidente laboral me han quedado estas secuelas .
4°dedo perdida de 35° de la extension de la ifp
Perdida de 25° de la flexion de la ifd
En que apartado de la lista de secuelas esta ? Gracias
Tengo secuelas en el brazo derecho tras ser operada de un cancer de mamá. Solicité el alta a los 14 meses de incapacidad temporal para ponerme a prueba y ver si podía seguir trabajando de manera habitual. Llevo dos meses trabajando, mi trabajo es en un laboratorio De investigación y estoy constantemente forzando mano y brazo derecho y tengo muchísimo dolor por el tratamiento de quimioterapia y vaciado ganglionar de brazo derecho, puedo realizar el trabajo Habitual pero de una manera más pausada y con limitaciones. Una vez estando de alta , como estoy, podría solicitar la incapacidad temporal parcial? Quedaría así abierta la posibilidad de pedir incapacidades mayores si empeoro mi estado?
Sería compatible con mi trabajo habitual de jornada completa?
Muchas gracias
Puedes solicitar la incapacidad permanente, pero al estar de alta, seguramente te lo deniegue el INSS.
hola .hace un año tube una rotura parcial del supraespinoso y tengo una movilidad que no llega al 80%.fue un accidente laboral y ahora me entero que me tenian que dar una indennizacion por las secuelas.mi pregunta es ¿que tiempo tengo para reclamarla?.aun no paso un año del alta.muchas gracias
Reclamala a la mutua.
hola, quisiera saber si has reclamado, yo tuve una rotura del nervio supraespinoso, en diciembre de 2020, ahora me dicen que están tramitando la valoración de secuelas, el problema es que soy autónomo, es el brazo derecho y no puedo trabajar. Desconozco si hay indemnización, porque la empresa soy yo. Yo no puedo levantar el brazo, además de que en ocasiones es super doloroso
Hola hace un año me rompí el codo, me pusieron un placa más trece puntos de sutura, secuela un sudecks por lo q no me permite cerrar la mano. Me ha llamado el tribunal para valorar indemnización por lesiones permanente no invalidantes, eso que es??? Te dan un dinero. Estoy trabajando pero con limitaciones soy administrativa y para escribir a ordenador me cuesta
Sí, te dan una indemnización en función de las secuelas que tengas.
Buenas tardes, necesito saber si estoy en el plazo para reclamar al seguro de la empresa de correos un accidente laboral que tuve en mayo 2018. Tengo resolución del tribunal lesión permanente no invalidante.
Gracias
Depende de cuando tengas la resolución. Aquí explico el plazo para reclamar una indemnización por accidente no laboral.
Hola.
Sufrí un golpe de calor en el trabajo y al desmayarme me corté en la cara. 4 años después sigo teniendo la cicatriz muy visible. En su día no reclamé indemnización porque no sabía que se podía reclamar esto y esperaba que la cicatriz se fuese.
Quería saber si pasado tanto tiempo puedo reclamar a la mutua o esto prescribe.
Gracias.
Creo que está prescrito, pero no pierdes nada por reclamarlo a la mutua, y esperar la respuesta.
Buenas,
Me reconocieron en mayo de 2019 una prestación por lesión permanente no incapacitante.
¿Cuándo tardan en pagarlo? ¿Quién lo paga , la mutua o el INSS?
Tuve un accidente en noviembre del 2018 donde yendo a trabajar me cai de la moto sola y me hice una fractura trimaleolar donde me pusieron material de ostosinetesis y me pusieron 21 puntos de sutura en el mes de abril me dieron de alta por mejoria pero recai por que se dieron cuenta que el material me estaba haciendo daño. En julio del 2019 me tuvieron que operar para sacarme el material por que estaban infectadas con dos bacterias me dieron el alta en noviembre 2019 antes de cumplir el año y me han mandado al tribunal para una indemnizacion por lesiones permanentes no incapacitantes .
Soy fija en la empresa y llevo 20 años de antiguedad tengo 43 años ¿que creeis que indemnizacion me daran ,o discapacidad? flxion pdorsal 0 grados,flexion plantar 50 grados inversion 10 grados y evesion 20 grados gracias por vuestra ayuda un saludo
Es una cuestión más de valoración médica que jurídica.
Buenas tengo un caso parecido a esta persona tibia y peroné y la mutua es la que me trata e echo el año y la empresa extinguió el contrato , me an dicho que me quedo asin después de tornillos y retirada de ellos sigo sin movilidad y dolores no puedo andar y me quieren dar el alta , la mutua me tiene que indemnizar .
Tuve un accidente laboral en Abril, donde me rompí tibia y Peroné con fractura abierta y el dedo gordo del pie. Me han dado el alta por estabilización, me falta movilidad tanto en el dedo como en el juego del tobillo, he quedado cojo e incapacitado para algunos movimientos. Que debo hacer.
Es una pregunta muy amplia, habría que revisar si se puede conceder o no una incapacidad permanente, además de ver si existe responsabilidad de la empresa para reclamar una indemnización y ver que es lo que dice el convenio.
Hola Joaquín,
me permito recomendarte que te hagas una prueba biomecánica para valorar de forma objetiva las limitaciones funcionales reales, y su repercusión para la marcha, para ponerse de cuclillas,…
Si necesitas más información estaré encantado de proporcionártela.
Un saludo,
José Luis Parreño
Hola, he estado de baja 18 meses por una migraña crónica aunque también padezco Síndrome de Behçet (enfermedad autoinmune), epilepsia y osteoporosis. Después de pasar tribunal médico a los 12 y a los 18 me ha llegado carta del INSS donde me indican que presente la solicitud de la Incapacidad Permanente y Lesiones Permanentes no Invalidantes. Una vez lo presente, ¿que pasará? Me quedará una paga, me abonarán una indemnización, podré volver a trabajar? Si me pudieran indicar. Gracias.
Te han dado el alta con propuesta de incapacidad permanente, esto no quiere decir que te vayan a conceder la incapacidad permanente o una indemnización,sino que el INSS va a estudiar el caso. En función de la resolución que te llegue, sabrás si te van a dar una pensión, indemnización y si podrás o no trabajar en tu profesión habitual.
Entonces, seguiré cobrando por el INSS hasta que acaben de estudiar el caso? He pedido hora en INSS para que me informen bien de lo que tengo que hacer. Gracias.
Te pagará el INSS hasta la fecha de la resolución.
he tenido un accidente laboral he tenido una amputacion distal del dodo medio derecho tengo derecho a alguna indennizacion
Sí, habría que ver como ha sido el accidente para saber cuanto se puede reclamar.
Hola buenas yo tengo una fractura en el malar y maximolar in quiste en un orificio de la nariz y una perforación del tabique nasal de 1.5 cm por un accidente laboral .puedo pedir una indemnización?
Es una cuestión más médica, además habría que saber si dejan secuelas.
Estoy de baja por el corte de la primera falange del dedo indice de la mano izquierda ,ya me operaron 2 veces y los médicos ya dicen que la movilidad no va a ser la misma ,tengo derecho a reclamar una indemnización y a donde me dirijo gracias
No se si es por accidente laboral o no, pero en ese caso reclama a la empresa y a la mutua.
Acabo de recibir la carta certificada del inss donde reconocen que tengo una lesión permanente no incapacitante en el baremo de flexión de rodilla y tengo dudas con esto porque yo me dedico al deporte de impacto y lógicamente no puedo trabajar al ritmo que lo hacía ni hacer las actividades como las hacía por la limitación que me ha quedado
Me tendrían que dar una incapacidad parcial?como tengo que hacer?ahora que he recibido esta carta tengo que ir mañana a trabajar?
Gracias saludos
Si no estás de baja, y no tienes una incapacidad permanente total o superior, tienes que incorporarte al trabajo.
Ok gracias ,podría contratando a un abogado conseguir una incapacidad permanente parcial?en mi caso la lesión que me ha quedado me impide realizar mi trabajo al 100% tal como lo hacía
Habría que ver los informes médicos, pero si puedes acreditarlo, tienes posibilidades.
Me rompí los 2 ligamentos del pie izq a la salida de mi trabajo. He sufrido 2 operaciones injertos de arpones y tengo 3 cicatrices grandes en el tobillo y 2 cicatrices más de las artroscopia. Quisiera saber si me pertenece algún tipo de indemnización y más o menos saber la cuantía. Sigo con mucho dolor en el pie pero me han mandado a trabajar.
No se si se ha considerado como accidente de trabajo para tener derecho a indemnización.
Accidente laboral pues fue al salir por la puerta de mi trabajo el accidente. Metí el pie en un agujero de la acera.
Buenas noches:
Me acaban de operar por la mutua de la empresa de » síndrome del túnel carpiano» ,supongo que cuando comienze con la rehabilitación empezare a cojer fuerza , ya que me es imposible cerrar el puño,además me han dejado una cicatriz de 3 cm en la muñeca.
Me deben indemnizar por la cicatriz ? De ser así,a cuanto ascendería?
Muchas gracias de antemano
Un saludo
C.V
Si se considera accidente o enfermedad profesional, si.
Buenas noches Alejandro:
Si , me lo han reconocido como tal ,tengo que recuperar la fuerza para hacerme la derecha también,aunque ya me han comentado para hacerlo en 15 días y no puedo cojer nada,espero que me den más tiempo.
Muchas gracias Alejandro
Recibe un cordial saludo
C.V
Hola Carlos estoi igual q tu sabes algo del tema se puede reclamar o no ?
Hola , caí al bajar unas escaleras y me di un golpe en la cadera a consecuencia de eso me operaron de bursistis. La cadera me sigue doliendo después de tres años no puedo andar ligera y algunos problemas mas de rotación.
Mi pregunta es ¿por la cadera me puede indemnizar como lesión permanente no invalidante?, o al nos estar dentro del baremo no me pertenece indemnización.
Buenas tengo rotura cuerno menisco interno me dan 610 valoran sólo el agacharse no miran el giro carga inclinación todo trabajo de la rodilla sólo miran una que se puede acer la mala postura está lesionado el tobillo y la planta del pie que Acer .
hola me he amputado la 3 falange del dedo indice mano derecha, pero solo trozo sin hueso, el hueso me lo tuvieron que limar para poder cerrarme la herida. he estado mirando baremos del boe y solo contenpla en 50% o 100% de la falange.
tiene alguna inmdemnizacion por deformacion del dedo, ya que se me ha quedado solo media uña. u saludo y gracias
Hola buenas tardes tuve un accidente laboral en agosto un corte en la pierna de 10cm y me trataron en la.mutua y con un aceite q ellos me mandaron dijeron desaparecería el corte pero en julio hara un año y no se pierde un abogado me a comentado q ese corte es indeminizable ya q yo al puesto de mi trabajo no llegue con esta cicatriz me a dicho q preguntará en nombre de la aseguradora de responsabilidad civil del centro de trabajo…. pero ya q con la directora no se puede hablar quisiera saber dónde puedo informarme ya q aveces donde tengo el corte tengo muchísimo dolor…
Gracias por su atencion
No se a que te refieres con donde puedo informar, si es sobre el seguro de la empresa deberás requerirselo a ellos.
Hola buenas tardes.tuve un accidente laboral y me rompí el mangito rotador,la mutua me operó por lo privado pero me a quedado una cicatriz de 11 cm en el hombro y me falta un poco de rotación interna y externa.LA mutua me dice que no es baremable ninguna de las dos.podría ser cierto o no ?.según la poca información que tengo me deberían de baremar.agradezco si ayuda.gracias.
¿Cuál es la razón que diga la mutua que no es baremable? Presenta denuncia en inspección de trabajo.
El motivo que me dice la mutua es que de aspecto no es fea y como esta en en el hombro no esta en lugar vidible nada más.LA falta de rotación dice que es poca cosa,nada más.gracias.
Perdi hace unos años dos medias falange de dos dedos de la mano derecha.actualmente me duelen mucho y tenido varias complicaciones. Se puede reclamar alguna ayuda? Gracias. Leopoldo jacinto cano gril
Puedes solicitar una minusvalía, y si no puedes trabajar, puedes solicitar una incapacidad permanente.
Tuve un accidente laboral y me rompí los dos calcáneos la verdad es que llevo 9meses de baja y empezaré en breve con mi trabajo soy encofrador y espero poder seguir en .i trabajo la pregunta es si cobraré una indemnización solo por cicatrices o además me darán algo por perder algo de movimiento lateral o debería ponerme en manos de un abogado gracias
Habrá que mirar si existe responsabilidad o no de la empresa, para saber que indemnización se podrá reclamar, así como que indica el convenio colectivo. Además, como se indica en la entrada existe este baremo de indemnizaciones para lesiones no invalidantes como puede ser tu caso.
Buenos dias,se me operó hace un año de algo que me dicen que es relacionado con metacarpiano,tengo tres cicatrices,una detras del dedo pulgar de la mano izquierda,otra en la muñeca y otra en el brazo,todo relacionado con lo mismo,se me ha dado prorroga en el Inss por 180 dias,me estan tratando en la unidad del dolor,no tengo sensibilidad en el dedo,no hago pinza y sigo padeciendo mucho dolor,si me dan el alta dado que me dicen que han intentado todo…cual seria la cuantia economica que percibiria en una indemnizacion no invalidante?muchas gracias
Tenia una ernia l5s1 con lo cual eche 11 meses de baja y me dieron alta empecé a trabajar y a los 9 meses rompi de to y me operan quitandome disco l5s1 y pasao cinco meses me da el alta ahun teniendo algo de dolor lumbar para que prueve y me dicen que si el dolor va a mas que puedo pillar baja por recaida y igual me tienen que operar de nuevo para fijar.tengo derecho a indenizacion
Si esa lesión no es derivada de un accidente de trabajo, no.
Si estoy de baja por acidente laboral
Buenas tardes. Me indemnización con 6300euros por lesion de incapacidad permanente no invalidante y ahora hacienda me reclama 2000euros , eso es legal. Gracias.
Habría que ver por que te lo reclama, pero es preguntaselo a un fiscalista.
Buenas tardes, respecto a las cicatrices, quería saber si me están ofreciendo lo correcto. Me ofrecen el mínimo, 540€, pero no tengo una sola cicatriz sino varias. He pasado por una intervención quirúrgica de fractura abierta de fémur izquierdo que me ha dejado varias cicatrices, también me han intervenido del hombro izquierdo por luxación acromioclavicular y también me han intervenido quirúrgicamente de un quiste en la rodilla derecha derivado también del accidente. La intervención del fémur izquierdo fue en el hospital público de mi localidad con cargo a la mutua y las otras dos intervenciones han sido en el hospital de la mutua, en Majadahonda.
Como ya he comentado, el total que me ofrecen por todas las cicatrices son 540€. Me gustaría saber si está bien o si, de lo contrario, deberían ser 540€ multiplicado por las 3 intervenciones quirúrgicas, o si deberían ser 540€ por cada cicatriz ya que, como les he comentado, en la zona del fémur izquierdo me abrieron por tres o cuatro sitios y entonces me han quedado varias cicatrices.
También me gustaría saber qué posibilidades tengo de pedir más, ya que veo que me están ofreciendo el mínimo según el baremo por cicatrices, y la verdad es que la luxación del hombro y el quiste en rodilla derecha eran intervenciones a priori más sencillas y las cicatrices de ambas se resumen a 8 o 10 grapas cada una, pero las cicatrices por la factura abierta del fémur izquierdo son mayores y en total sumaron aproximadamente 18 o 20 grapas.
A ver si me podéis aclarar un poco este tema. Saludos y muchas gracias.
¿Nadie puede aclararme algo?
El baremo no especifica como se debe de computar ese extremo, habría que valorar cada caso concreto, si son tres entiendo que debería de ser algo más, pero no multiplicado por tres.
aplastamiento de la d.12. x accidente en trabajo.
me he reincorporado.
no puedeo hacer el trabajo sin estar medicada, x culpa de la lesion
que indenizacion se supone para estos casos.
Gracias.
En primer lugar, habría que mirar si existe responsabilidad de la empresa para saber si puedes reclamar una indemnización y los días de baja para cuantificar la indemnización. Para valorar la lesión habría que saber desde un punto de vista médico las secuelas.
En caso de que tenga un contrato a punto de expirer, a falta de cuantos dias deberian renovarmelo si fuse necesario?.
Es que mi contrato expira el dia 09/03/2018; ya hice la entrevista mas, hasta ahora no he firmado uno Nuevo. Cabe la posibilidad de que no sea renovado?
Muchas gracias.
Si el contrato no supera el año, puede indicarte el mismo día que no te lo renuevan.
Si el plazo de demanda en el juzgado de lo social son dos meses. Q serían 60 días hábiles porque sábado y domingos y festivos no cuentan?
No, cuando el plazo se establece en meses, se consideran días naturales. Así que si por ejemplo te notifican el día 1 de enero, la fecha fin es 28 de febrero.
Cuál es el plazo para presentar demanda de derechos en juzgado de lo social una vez se te notifica denegación reingreso servicio activo por parte de una administración pública?
La demanda de derecho, al no existir plazo, se debe entender de un año.
Si el plazo de demanda en el juzgado de lo social son dos meses. Q serían 60 días hábiles porque sábado y domingos y festivos no cuentan?
Respondida arriba. No son días naturales.
cuanto seria una luxacion del dedo indice no cierra y ha quedado el dedo torcido es accidente laboral