Cómo debe ser la entrega de la nómina al trabajador
Índice de la entrada
El recibo de la nómina
El artículo 29 del Estatuto de los Trabajadores, relativo a la liquidación y el pago de salarios, indica que la documentación del salario se realizará mediante la entrega al trabajador de un recibo individual y justificativo del pago del mismo, es decir, lo que se conoce vulgarmente como nómina.
Dicha nómina se ha de ajustar al modelo oficial del Ministerio de Empleo y Seguridad Social, salvo que por convenio colectivo o, en su defecto, por acuerdo entre la empresa y los representantes de los trabajadores se establezca otra.
Por lo tanto se puede utilizar otro modelo siempre que sea claro y contenga los diferentes conceptos retributivos, el coste empresarial, y las deducciones a la cotización y a la seguridad social que legalmente procedan.
En este artículo hablaremos del documento de la nómina, si estás interesado en conocer que día tienen que pagarte el salario, te recomiendo este artículo…
El modelo
El modelo oficial de recibo de salarios se establece en la Orden de 27 de diciembre de 1994, por la que se aprueba el modelo de recibo individual de salarios, actualizado el 12 de noviembre de 2014 para que se incluyera en la nómina los costes empresariales del trabajador.
El modelo actual está establecido en la Órden ESS/2098/2014. En este enlace podrás descargarte el modelo oficial en PDF.
El anexo de dicha orden se establece todos los datos que ha de contener el recibo individual justificativo del pago de salarios:
- la identificación del empresario,
- identificación del trabajador,
- el periodo de liquidación,
- los devengos -percepciones salariales y no salariales-,
- las deducciones -aportación del trabajador a las cotizaciones de Seguridad Social,
- impuesto sobre la renta de las personas físicas -IRPF-,
- anticipos,
- valor de los productos recibidos en especie y otras deducciones
- el total a deducir, el líquido total a percibir, firma y sello de la empresa, fecha y «recibí».
No obstante, también serán válidos los recibos de salarios que, sin eliminar ninguno de los conceptos incluidos en el modelo oficial ni alterar su denominación, contengan modificaciones de carácter puramente formal o incluyan elementos adicionales de información al trabajador sobre la retribución percibida.
A este respecto, es muy significativa la sentencia del Tribunal Supremo de 17 de enero de 2019 que establece la nómina debe de cumplir el principio de transparencia, en el sentido de que: «El contenido de la nómina debe ser transparente, esto es, de fácil comprobación de los conceptos pagados y del cálculo e importe de cada uno de ellos realizando el mínimo número de operaciones matemáticas y sin necesidad de acudir al registro de datos que, aunque el trabajador conozca, no le sean comunicados por la empresa.»
¿Tiene que ser en papel o puede ser por correo electrónico?
La legislación laboral, en el citado artículo 29, establece la obligación de realizar el pago de manera puntual y documental.
Por lo tanto, no existe alguna duda sobre la obligación empresarial de entregar una nómina.
En cuanto a la exigencia del papel, el Tribunal Supremo en la sentencia de uno de diciembre de 2016 considera que no es necesario la entrega en papel, pudiéndose enviar por correo electrónico, siempre que el trabajador pueda acceder a la misma por los medios facilitados por la empresa.
Es decir, que si la empresa habilita un ordenador para el trabajador para que pueda disponer de las nóminas, éste puede ser un sistema válido.
La anterior sentencia, viene a superar la jurisprudencia anterior del año 2011 en la que se entendía que la nómina si que ha de entregarse por escrito.
Por lo tanto, la empresa puede aportar la nómina al trabajador por mecanismos electrónicos, siempre que disponga de medios en la empresa para obtenerla, y al trabajador no le suponga ningún coste.
En este mismo sentido, la Audiencia Nacional (Sala de lo Social, Sección 1ª) de 28 de abril de 2015, permite enviar la nómina al trabajador mediante correo electrónico o a través de intranet, siempre que el trabajador tenga acceso a ella en el centro de trabajo y en tiempo de trabajo y, por tanto, no suponga ninguna carga para él, como por ejemplo, puede suponer la obligación de tener que contratar el servicio de Internet en casa para poder visualizar los recibos de las nóminas.
A modo resumen, si el convenio lo permite o si lo pactan con los representantes de los trabajadores, la empresa puede entregar la nómina en un soporte que no sea físico siempre que el trabajador tenga acceso al mismo por un medio facilitado por la empresa que no le suponga carga ni coste alguno.
En defecto de acuerdo o pacto, aunque la empresa puede entregarlo en otro soporte, el trabajador puede exigir que la nómina sea entregada en papel.
¿Cada cuanto se ha de entregar las nóminas?
La nómina se ha de entregar con la misma periodicidad que el abono del salario, es decir, como mínimo cada mes se debe entregar la nómina correspondiente, en virtud del artículo 29 del Estatuto de los Trabajadores.
Esta obligación es independiente de que la empresa, por el motivo que sea, no abone el salario.
Es decir, que la persona trabajadora siempre tiene derecho a recibir su nómina por escrito, aunque conviene recordar que si no la cobra, nunca la debe firmar.
¿Qué pasa si no me entrega la nómina?
El incumplimiento de entregar la nómina en alguno de los soportes válidos anteriormente comentados es una infracción leve recogida en la LISOS, con una multa que oscila entre los 70 € y los 750 € que puede imponer la Inspección de trabajo.
Ante este incumplimiento empresarial, el trabajador puede interponer una denuncia ante la inspección de trabajo, o solicitar judicialmente a la empresa que le aporten las nóminas.
¿Se puede abonar mediante cheque o talón bancario?
El salario se puede abonar en efectivo o mediante cheque u talón bancario. Corresponde al empresario la opción entre el pago en metálico y el pago mediante talón o transferencia bancaria.
Lo que si que no puede obligar el empresario es a abrir una cuenta corriente en una determinada entidad financiera para poder cobrar el sueldo.
¿Tengo que firmar la nómina?
La firma de la nómina es una forma que tiene el empresario de acreditar que abona el salario al trabajador, en consecuencia, sólo ha de firmarse si se ha recibido la cantidad indicada en la misma.
En cualquier caso, si la nómina es abonada mediante transferencia bancaria, dicha transferencia también será una prueba válida a pesar de que no exista la firma del trabajador, y en dicho caso no será necesaria la firma del trabajador.
Por otro lado, firmarla no significa estar conforme, y si se le adeudan cantidades al trabajador, ya sea por que le corresponde un mayor salario por convenio o por la realización de horas extraordinarias no reflejadas en la nómina, la firma de la misma no significa aceptación o renuncia a una posible reclamación posterior.
Para que no exista ninguna duda sobre este extremo, el artículo 2 de la Orden Ministerial de diciembre de 1994 relativa al modelo de recibo individual de salarios indica que “La firma del recibo dará fe de la percepción por el trabajador de dichas cantidades, sin que suponga su conformidad con las mismas.”
Conservación de las nóminas
Hay que tener en cuenta dos cuestiones, el plazo de un año para reclamar el salario que tiene el trabajador, y los cuatro años que tiene la Seguridad Social para reclamar cotizaciones sociales. Por lo que mínimo se deberían conservar cuatro años.
Además, el artículo 3 de la Orden de 27 de diciembre de 1994 establece la obligatoriedad de que las nóminas sean conservadas por la empresa por un periodo mínimo de cinco años:
Los recibos de salarios expedidos se archivarán y conservarán por las empresas, junto con los boletines de cotización a la Seguridad Social, durante un período mínimo de cinco años, a fin de permitir las comprobaciones oportunas.
Legislación relacionada
- Artículo 29 Estatuto de los Trabajadores
- Orden de 27 de diciembre de 1994
- Órden ESS/2098/2014
Hola, muy interesante e instructiva vuestra página.
Mi consulta es la siguiente:
Donde pone firma, sello de la empresa y fecha; ¿La fecha cual debe ser, la del día final de mes o la del ingreso de la nómina?
Porque el ingreso lo realizan entre el 5-10 de cada mes pero en la fecha consta como el día final del mes.
Gracias
La firma normalmente es cuando se entrega la nómina que también es cuando se debería pagar.
Hola, lo han preguntado varias veces en estos comentarios pero no queda del todo claro.
La pregunta es:
¿Qué periodo de tiempo, máximo de días, o fecha exacta tiene al empresa para entregar una copia o recibo de la nómina al trabajador?
Parece en algunas respuestas que tienen todo el mes en curso, pero en otra te entiendo que deben entregarla el mismo día en el que te pagan.
Existe alguna legalidad por la cual se pueda reclamar que te la entreguen por ejemplo en los 5 primeros días del mes, o el mismo día que te pagan?
En mi caso, por ejemplo la de enero, no estará hasta el 15-20 de febrero cuando estén cerrados los seguros sociales.
Muchas gracias de ante mano!
La nómina se ha de entregar cuando se abona (o se debería) el salario. No puede existir un desfase temporal entre el pago de la nómina y el documento justificativo de dicho pago.
Hola. Mi empresa me paga 800€, el es a tiempo completo (supuestamente son 40hrs, pero hago 49 a la semana).
No paga horas extras y en la nómina dice que el sueldo es de 1300 y algo, menos deducciones queda en 1000 y algo. Pero además, pone: Otros descuentos: (en este apartado resta todo lo que quede de sueldo para dejarlo en 800€. Osea mes a mes es lo mismo, total a percibir:800€.
Como puedo hacerlo saber ante alguna entidad? Quien me ayuda en ese sentido?
Ganamos menos del convenio y sin horas extras.
Inspección de trabajo.
Hola, es obligatorio poner en la nómina la cantidad de horas extras y desglosarlas de acuerdo a su precio? Es decir hora extra entre semana y hora extra fin de semana
Sí se abonan de forma diferente por que así lo indica el convenio, si que habría que desglosarlo.
Buenas tardes.
Me gustaría saber si cualquier empresa esta obligada a abonar la nomina aunque no se hayan imputado las horas que he trabajado durante el mes.
Recibí un correo en el que se obliga a imputar las jornadas y al no haberlo hecho, creo qué es el motivo por el que no he cobrado el salario. No he faltado al trabajo ni un solo día y cumplo con mis obligaciones debidamente.
Gracias y un saludo
Tienen que pagarte el salario las horas establecidas por la empresa. No se exactamente a que te refieres con imputar las horas.
Hola, disculpa es como fichar las horas realizadas en los dias correspondientes trabajados. Lo hacemos mediante una pagina web y nos ha ocurrido a un compañero y a mi al no haber imputado el mes.
Gracias
Que exista un error en dicho aspecto, entiendo que no debe de ser impedimento para el pago.
Hola, mi empresa además de la nómina me ha enviado un documento donde dice que se me ha pagado todas las cantidades adeudadas, aunque no me han pagado las horas extras que supuestamente serán a mes vencido. El email dice que los documentos deben ser remitidos firmados o no se hará efectivo el próximo abono? Eso es legal?
No. No se debe renunciar a ningún derecho por recibir el abono de las nóminas que corresponde.
Hola, me hicieron un contrato por un mes para cubrir vacaciones y ahora un contrato por baja y aún no he recibido los dos contratos ni la nómina aunque sí he cobrado la mensualidad y estoy dada de alta en la seguridad social
La empresa tiene la obligación de entregar la nómina, reclámaselo a la empresa.
Mi empresa, no me entrega las nóminas en papel ni por correo electrónico, aún habiéndoles reclamado que me las enviase todos los meses, me pagó solo media paga extra de Navidad, aún habiendo empezado a mediados de Junio y no habiéndome pagado nada de la extra de Junio, me paga la nómina según le conviene hay meses que paga el día 2 y meses que paga el día 16 y aún no me pagaron la extra de Junio de este año.
¿Puedo actuar contra ellos?
Denuncia en inspección de trabajo.
Soy un pequeño empresario, y es la primera vez que me pasa algo asi. He recibo una reclamacion por cantidad de la ultima nomina y finiquito de un trabajador que finalizo su contrato. Se le realizo pago en efectivo por que le urgia el dinero. Tengo firmado por el trabajdor el documento de la nomina, finiquito y un documento adicional que indica que esta todo saldado y no tiene mas que reclamar. ¿Deberia de plegar en el acto de conciliacion y volver a pagar las cantidades para ahorrarme el 10% en el caso de que pierda entrado a juicio? o bien ¿con los documentos anterioremente indicados puedo entrar a juicio con mayores garantias y tendran mayor peso para ganar la demanda.?
Sin perjuicio de saber que otras pruebas puede tener el trabajador, la firma de la nómina es una prueba de que se ha pagado.
Hola,
He empezado hace poco a trabajar en una empresa, y al mandarme la nómina, me ha llegado sin firmar y sellar por parte de la empresa. Les he comunicado que esto tiene que estar firmado y sellado, para demostrar autenticidad, y me han dicho que al estar encriptada que no lo hacen ni lo van a hacer porque no es obligatorio. Por más que les he insistido, me han dicho que no lo van a hacer.
¿Qué puedo hacer?
Lo cierto es que la falta de sello y firma tampoco es relevante, salvo que necesites la nómina para alguna cosa (por ejemplo una hipoteca) y no le den validez. En ese caso, puedes presentar una denuncia en la inspección de trabajo.
Hola buenos días, mi jefe le paga a todos mis compañeros el día 1 menos a mi que lo hace días después, el dice que tiene hasta el dia 5, de forma chulesca, es una forma que tiene de castigarme por que yo no me callo y reclamo mis derechos, ¿se puede decri que es descriminación laboral?.
Saludos
En mi opinión, sí.
Hola!!! Mi consulta es la siguiente. Soy empleada del hogar y mi jefa me paga más la hora que lo que me corresponde porque ella quiere. Todos meses tengo mi nómina y me paga por transferencia bancaria. Mi pregunta es si me ingresa más dinero del que pone en la nómina podemos tener alguna repercusión de algún tipo?? Muchas gracias
Si se está en un tramo de cotización superior por esa cuantía que se abona, se debería cotizar por ello. Es decir, se debe cotizar por todo lo que se abona como salario.
Hola,
Quisiera saber si es obligatorio que los días de vacaciones aparezcan en la nómina, ya que en mi caso no lo ha en y no se firman, de forma que no sé cuántos días de vacaciones me han dado ni los que tengo pendientes.
Gracias.
No, a veces no aparece como día de vacaciones en la nómina.
Hola,
Gracias, pero si no aparecen, no se firman y las decide unilateralmente la empresa, cómo puedo yo comprobar que todo es correcto?
Tendrás que llevar un registro por tu cuenta de los días que disfrutas de las vacaciones. De todos modos, las vacaciones no puede decidirla la empresa de manera unilateral.
¿Y no será que el trabajador no quiere o no puede desplazarse a la oficina (ta que supondría un coste) y debería hacérselas llegar su empresa al empleado?
Buenos días.
En mi empresa el gerente se niega a entregar las nóminas firmadas y selladas. Está en su derecho? Tiene obligación de hacerlo? Qué problemas podemos tener caso de que no lo haga?
Gracias
Tiene la obligación de hacerlo. Lo cierto es que la ausencia de nómina no es un problema directo para el trabajador, aunque es el medio para saber que es lo que os está pagando.
Muchas gracias por tu respuesta.
Creemos que debe hacerlo ya que a algún compañero que ha ido a pedir un crédito le han dicho que no las pueden aceptar si no están firmadas. Pero él dice que no es obligatorio. Podemos hacer algo?
Gracias nuevamente
Denuncia en inspección de trabajo.
Perdona mi insistencia pero quiero aclarar que el gerente si da las nóminas pero sin sello y firma de la empresa. Da el papel como llega de la asesoría. Creemos que debe sellar y firmar ya que como te digo a algún compañero le han pedido está formalidad en una entidad de crédito
Lo normal es que las nóminas vengan selladas y firmadas por la empresa, que no estén, no supone ningún perjuicio, salvo que algún tercero exija que para dar veracidad de la nómina como puede ser una entidad de crédito pida que estén selladas y firmadas. En ese caso, se solicita a la empresa que lo haga, si no lo hace, denuncia en inspección.
Hola muy buenas, me gustaría una respuesta a mi situación si es posible. Renuncie a mi trabajo este 6 de noviembre con sus 15 días de preaviso la cual me dieron como vacaciones, el día 21 de noviembre fue el último en la empresa. El día 12 de noviembre me mandan por mail mi nómina de 21 días en la empresa y el finiquito a 0€ diciendo que tenía que firmarlos y devolverlos por el mismo medio.El día 1 de diciembre me lo vuelven a reenviar. (Aclaró hasta hoy 4 de diciembre no he recibido mi nómina.) La cual respondo por WhatsApp que aún no recibí la transferencia y en cuanto se haga efectiva tendrían la documentación solicitada. A la cual me responden que es imprescindible la documentación firmada para realizar la transferencia. Leyendo este artículo creo que no estoy muy errada.. Qué debo hacer?
Nunca se debe firmar una nómina o finiquito si no se ha recibido. Si no lo hacen, denuncia en inspección o demanda ante los tribunales.
Soy empleada del hogar necesito nomina para una gestion y mi jefa me dice que ella no es una empresa para darme una nomina . Que hago para obtener mi nomina???
Ella tiene obligación de entregarte y hacer una nómina. Una solución sería que tu la hagas y que se la des para que ella la firme.
¿Cuál es el plazo máximo que tiene una empresa para entregar el recibo de la nómina al trabajador y en qué estatuto o ley viene documentado?
Gracias
Lo explico en el artículo. La entrega debe de ser con una periodicidad mínima de cada mes.
La pregunta no es tanto la periodicidad, como en qué plazo me la tienen/pueden entregar. Si estamos en octubre y solicito la nómina de septiembre. ¿Hasta qué día de octubre tienen de plazo para entregármela: hasta el 5, el 10? Pregunto esto porque me la suelen entregar alrededor del 20 del mes siguiente.
Y si esto viene regulado, ¿dónde viene para solicitar que me la entreguen cumpliendo la legislación?
Muchísimas gracias.
La nómina de septiembre ya deberían habértela entregado, con lo cual no existe plazo, al solicitarla deberían entregártela si todavía no lo han hecho.
Gracias, Alejandro, por la respuesta a mi pregunta. Te las daría en el mensaje correspondiente, pero no da la opción de responder.
Una última pregunta, lo de que me deberían haber entregado la nómina ya, ¿viene legislado en algún sitio? Tras leer tu mensaje la he pedido. A ver si me la entregan con algo más de antelación.
¡Mil gracias!
Como explico en la entrada, el artículo 29 del Estatuto de los Trabajadores.
Hola Buenos dias.
He tenido un problema estando de baja, que en cada periodo que cogi la baja la empresa me dio en ocasiones hasta 3 nominas que estan manipuladas, descontando incluso hasta dias y por desgracia me de dado cuenta despues de 2 años que me han dado la incapacidad.
Las nominas ademas algunas ni coinciden con las bases de cotización, y teniendo 3 meses que han descontado dias O metiendo dias de baja Como dias de trabajo ordinario.
Aunque se extipule un año para reclamacion de cantidades, si estaba de baja y hago las contingencias laborales, para que me reconozcan las mismas bajas Como una, ¿podria reclamar esas cantidades?
Aun en caso, que se considere una nomina incorrecta, al ser una practica sucesiva ¿no se consideraria una estafa?
Las bases de cotización no prescriben en 4 años, pero si se demuestra que las bajas responden a la primera de todas, no se tendrian que hacer responsables del correcto pago, pues la sentencia de contingencias seria el inicio del plazo para reclamarlas?
Perdona por mis dudas, pero es un caso real que me esta pasando, y en El que la empresa se ha aprovechado de mi
Considero complicado que, a pesar de que inicies un procedimiento de determinación de contingencia. La determinación de contingencias modifica la causa de la baja, y por lo tanto, cambia el porcentaje de base que corresponde, pero no entra a valorar el salario ya abonado.
Pero si las bajas se consideran iguales?
Porque estamos hablando de que son bajas diferentes por el Mismo accidente laboral …
En todo caso aunque se demuestre que cobraron lo cotizado pero me pagaron de menos con total intention reiterada, no estariamos hablando de un delito de estafa con falsificacion de documento mercantil?
Y una cosa mas, si me operan estando de incapacidad permanente, ¿cobraria la indemnizacion por operación y dias de hospitalizacion, O solo cuando haga la resolución de contingencia professional?
Esta baja esta sin resolver contingencia, pero anteriormente ya El Inss dictamino en la baja anterior que esta dolencia proviene de accidente laboral. Lo lógico no es que resuelva baja laboral, teniendo en cuenta que me llevan atendiendo por El sergas desde la anterior baja?
Lo mejor es paralizar siempre el plazo contra la empresa, si se está percibiendo un salario que no es el correcto. Sobre las otras cuestiones, por lo que comentas, entiendo que te concedieron una incapacidad permanente hace dos años, no se si en su momento iniciaste el procedimiento de determinación de contingencias, o lo que quieres solicitar ahora. Por otro lado, cuando te refieres a una indemnización, tampoco se si te refieres a una indemnización que te tiene que abonar la empresa, ya que eso depende de varios factores, si existe o no responsabilidad en el accidente, lo que indica el convenio, si la operación actual es curativa o más paliativa y cuando están estabilizadas las lesiones… Son varias cuestiones a analizar según el caso concreto, te recomiendo que acudas a un abogado de tu localidad.
Hola! En la empresa donde trabajo el jefe dice que el no paga la paga extra aun que viene reflejada en la nómina como retenida en diciembre cuando me dio la nomina de la extra para firmarla no la firme.. Las nóminas nos las trae cada 3 o 4 meses… Ahora como toca paga de verano en el recibo del banco figura nomina más parte proportional de paga extra pero la paga no la ingresa.. Hoy vino con una lista donde ponía los nombres de los empleados y que según no se que artículo la empresa a la fecha no nos debe dinero. Y nos pedido firmarla.. En un principio no se la quería firmar, pero me dijo que si no la firmo me va a tener que echar, cedí y se la firme,.ahora me estoy arepentiendo, por que cuando un jefe te goronea el sueldo es mejor irte.. Mi pregunta es le puedo reclamar la paga extra aun que he firmado esta lista? Nomina de paga extra no le firme ninguna.. Gracias anticipada por su respuesta. Un saludo!!
Habría que ver que es lo que has firmado, está claro que si existe un documento que indica que la has percibido, la carga de la prueba de que no ha sido así, recae sobre el trabajador. Es decir, firmar eso no te impide reclamar, pero lo dificulta. La próxima vez, graba esas conversaciones.
Hola! El documento es una declaración de que la empresa está a día con los pagos de las nóminas de los trabajadores por que esta metido en una obra pública… Me lo comentó un companiero. Pero yo ya no estoy en esta obra me hicieron en abril un contrato por fin de obra donde la dirección del puesto de trabajo es el domicilio donde vive el jefe y desde abril hasta ahora estube trabajando en 4 obras distinctas
Dependerá de que puedas acreditar que efectivamente no te los pago.
Buenos dias
Te pueden hacer que firmes una nomina de utilidades que no has recibido, argumentando que es solo por tramite ???
Nunca se debe firmar, no es ningún trámite.
En la nómina se ve reflejada una fecha pero mi nómina la cobro 7 días después? Es correcta esta práctica?
El salario se debe abonar como muy tarde cada mes, sin indicar que día del mes la legislación. Si siempre se abona el mismo día del mes, entiendo que sería correcto.
Buenas noches Alejandro, gracias por tu labor y dedicación a resolver las dudas que tenemos los trabajadores. Quisiera consultarte mi caso:
Me han despedido el día 23/04/2021. En el motivo del Despido pone que es por rendimiento decreciente en el trabajo, pero es evidente que eso no es cierto y los jefes lo saben. Me dicen que hay que poner algún motivo pero que eso solo es a efectos internos…ja y ja.
Por otra parte, tengo firmada la nómina del mes de Marzo y aún no la he cobrado, y quieren que firme la nómina del correspondiente mes de Abril y el Finiquito.
¿Qué debo hacer en este caso? ¿Debo firmar? ¿A quien puedo acudir? Gracias por adelantado.
Un Saludo
No firmes la nómina si no la has percibido, y es cierto eso que comenta la empresa, entiendo que te reconoceran la improcedencia en el despido. El motivo que se suele poner es un descenso en el rendimiento.
no veo que aparezca la palabra «Improcedente» por ningún sitio, si aparece indemnización pero nada de despido improcedente.
La improcedencia te la reconocerán entiendo que cuando impugnes el despido. La improcedencia no debe aparecer en la carta de despido.
Buenas noches,
La empresa siempre nos ha abonado la nómina por tranferencia y ahora, de manera unilateral y sin consultar ni notificar a nuestro representante sindical, han cambiado la forma de pago a cheque bancario y retrasando la fecha de pago. ¿Pueden hacer este cambio sen consultar con nuestro representsnte?
Tengo mis dudas de que se pueda considerar modificación sustancial. Entiendo que existen razones para considerarlo como tal.
buenos días he pedido unas nóminas antiguas a mi empresa y me comentan que solo me pueden dar las del ultimo año, Necesito saber que obligación tiene la empresa de darme las nóminas y que antigüedad de las mismas puedo exigir
La Orden ministerial indica que se deben conservar durante cinco años sin indicar de manera directa que se deba entregar al trabajador durante esos cinco años, si así lo requiere el trabajador. Parece más un deber de conservación de cara a la seguridad social que de cara al trabajador. Dicho lo cual, entiendo que si la empresa tiene que conservar, también es entendible que tenga que entregarlos.
He demandado a mi jefe por impagos de tres nomina septiembre octubre y noviembre estamos en agosto y mi abogado está de vacaciones…hoy ha venido con la nómina de noviembre para que la firmara!!!! No la he firmado y no le he cogido el dinero….pienso que quiere que le firme una nómina para que en la demanda el juez no lo decrete como despido improcedente por impagos….que hago? Si le firmo una nómina y se pone al día en los pagos,la demanda no vale nada? No hay despido improcedente? Gracias.
Teniendo abogado, y por respeto a su trabajo, lo mejor es que hables con el cualquier cuestión que pueda afectar a la demanda ya interpuesta.
Hola! En mi empresa disponemos de una plataforma para descargarnos las nóminas y no pasa en ningún momento por nadie.En cambio mi pareja para que se las den tiene que pedirlas a su jefe directamente con la incomodidad que ello conlleva. Eso es legal que tenga que pedirlas forzosamente y no tenga un acceso a ellas de forma libre
L empresa tiene la obligación de entregar mensualmente las nóminas sin que el trabajador tenga que solicitarlas.
Hola muy buenas.
Mi problema es que yo tengo que rellenar un parte de observaciones y ese papel tiene una hoja de color blanca y la otra es verde, son de esas hojas que se calca lo que escribes en la primera. Mi pregunta es: ¿Tengo que entregarle las dos hojas a mi jefe o me puedo quedar con una de ellas?.
Espero su respuesta, un cordial saludo.
*Se puede pagar la nómina, una parte por transferencia bancaria y la otra parte en mano?
*Se puede pagar menos que lo que pone en la nómina, si las dos partes están de acuerdo?
Sí, se puede pagar parte en mano y parte en transferencia. No, no se puede pagar menos aunque las dos partes estén de acuerdo. Es un derecho indisponible del trabajador. No puede renunciar al sueldo que le corresponde.
Pero si pone en nómina lo correcto de pago ,lo reglado según normativa… Y se firma como tal…… Es independiente lo que se pague???si las dos partes : empleador y empleado están de acuerdo??
Si nadie reclama y la inspección no se entera está claro que no pasara nada, pero es un fraude a la seguridad social y el trabajador siempre podrá reclamar lo que le corresponde por mucho acuerdo que haya.
Hola, llevo un año trabajando en una empresa constructora. Ell 30 de diciembre pasado he causado baja por enfermedad común. Luego me han enviado la nómina de diciembre por correo electrónico para devolverla firmada (aún no me han ingresado la misma). He observado que la base de contingencias comunes ha bajado notablemente entre la nomina de noviembre y la de diciembre. Creo que es una maniobra para pagarme menos por mi baja. Han quitado un concepto de la nomina que hasta ahora aparecía como ABSORVIBLE NO CONSOLIDADO, y en consecuencia la base de contingencias comunes ha bajado unos €600. ¿Esto es legal? ¿Están obligados a tomar las contingencias de la nomina de Noviembre? ¿Que puedo hacer si me pagan según las contingencias de Diciembre? Gracias.
Si la baja es el 30 de diciembre, se coge la nómina de noviembre, aun así no pueden eliminar ese complemento de manera unilateral.
Buenas,
Quería saber cómo puedo comprobar que la nómina que me va a pagar la empresa ahora que iniciar una baja es la correcta?
Es por riesgo de embarazo pero hasta el parto ira por enfermedad común, la empresa ya sabia que me tenía que coger la baja en breve, y lo que ha hecho ha sido justo el mes anterior que es el que sirve de referencia en las contigencias comunes, pagarme dos nóminas diferentes, una del mes y otra del bonus a parte.
Es posible unificar esas dos nóminas? Siempre me han dado una única nómina por mes incluyendo el bonus, esta vez entiendo que no para que luego la empresa se beneficie para pagar luego menos
Esto sería denunciable?
La empresa hace cosas muy ilegales y me gustaría asegurarme que el dinero que me van a irgresar durante la baja es el correcto (ya que tampoco cumplo los requisitos para solicitar el pago directo a la seguridad Social)
Muchas gracias
Que te las haya abonado en dos nóminas diferentes, no quiere decir que no coticen a la base del mes que corresponda. De todas maneras habría que saber si el bonus que te han abonado cuando se ha generado. Si crees que la nómina puede ser incorrecta, la única forma de saberla es que te la revise un profesional.
Gracias por la información. Pero tengo 2 dudas. Mis compañer@s cobraron Noviembre entre el 5y6 de diciembre, pero hasta fecha de hoy 15/12/2020 no han podido obtener las nóminas. En mi caso particular, tengo la nómina pero no el ingreso. También en mi caso, siempre he cobrado por transferencia y por tener una IT quieren que cobre en cheque, siempre les he pedido amablemente que continuaran con la transferencia y hasta este mes no había habido problema. Pero este mes quieren obligarme a cobrar en cheque, cosa que merma mi nómina porqué me cobran por ingresarlo. ¿Es legal todo lo que han hecho? ¿Es legal tener la nómina pero no el sueldo?
Gracias
La nómina y el sueldo deben de abonarse mensualmente, con lo que no es correcto que no te den la nómina o el sueldo, ya que la empresa tiene la obligación de entregar ambas cuestiones. Sobre la forma de pago, el estatuto de los trabajadores no establece una forma de pago obligatoria, así que dependerá de lo que quiera el empresario o según lo establecido en el convenio colectivo. No obstante, si existe una forma de pago que se ha venido realizando, se podría llegar a considerar una modificación sustancial de las condiciones de trabajo el cambiarlo.
Hola. Lo primero enhorabuena por el artículo que está muy completo y clarito.
Trabajo para la Xunta de Galicia y viendo las comisiones que están cobrando los bancos de manera generalizada (media de 240 euros anuales y subiendo) mi pregunta es si puedo exigir el cobro de la nómina por un medio que no me suponga costes extras ya que tener una cuenta bancaria en una entidad privada sí lo supone.
Gracias por tú trabajo y un saludo. Lois
La legislación laboral no llega a especificar el medio de pago ni tampoco el derecho al trabajador a escoger este, por lo que, en mi opinión, no creo que el trabajador pueda exigir el pago en metálico. Puedes solicitarlo, pero no creo que la administración realice pagos en metálico, pues sería muy difícil de gestionar.
En mi nomina viene un concepto de pago que describen como Prima Seguro de Vida & Prima Gastos Medicos pero a la hora de recibir mi sueldo semanal, la cantidad que indican esos conceptos no se me es depositada, saben a que se debe o si en verdad me los deben de depositar como parte de mi sueldo?
buenas tardes, mi mujer trabaja en una empresa de ayuda a domicilio, normalmente le hacen el ingreso mensual los dias 27 del mes, pero la nómina no se la entregan hasta el dia 20 del mes siguiente. como el trabajo es por horas cuando le hacen el ingreso no sabe realmente hasta el mes siguiente a que pertenece dicho sueldo, mi pregunta. tiene la empresa la obligacion de entregar la nómina el mismo mes de cobro?
Sí, debe entregarla cuando abona el salario para que efectivamente conozca como está calculado.
Hola tengo una pregunta yo llevo trabajo 10 años en la misma casa soy asistenta del hogar y a mi nunca me han dado el recibo de la nómina solo cobro por transferencia bancaria .
Y ahora necesito la nómina como lo puedo gestionar eso ?
Tendrás que pedirsela a tu empleador
Buenas tardes, mi pregunta es porque estoy de baja y mi empresa no quiere mandarme la nómina por correo ni nada dice que eso tengo que ir yo a firmarla. Y yo no puedo ir . Están en lo cierto?
Un saludo , gracias
Deberían remitirtela o facilitartela sin necesidad de acudir al centro de trabajo si estás de baja.
Hola, el año pasado me despidieron (improcedente). No me entregaron las nóminas los últimos 4 meses y al entregarlas a la hora del despido me di cuenta de que mis horas estaban mal (ponía que trabajaba 5h) y estaban cotizando por mi a razón de 900€ cuando mi sueldo e ingresos bancarios eran de 1400 (no figura en el contrato). Me dijeron que los papeles no se podían arreglar y que la única solución era que cada mes me pagarán e n negro la diferencia. Obviamente fui a inspección de trabajo. ¿Que pueden hacerles?
Sancionarlos económicamente.
Hola, la empresa me debía más de un año y para poder cobrar la prestación de maternidad tuve que firmar las 3 últimas nóminas sin haberlas cobrado. Qué puedo hacer para justificar que no las he cobrado?
Por otro lado, tras reincorporarme de la maternidad me quieren reducir mi jornada de completa a media (yo no he aceptado ni he firmado nada) y ya han empezado a pagarme sólo 2 tercios de la nómina. Qué puedo hacer?
Gracias de antemano por vuestra ayuda
Tendrás que demandar a la empresa, tanto por el impago como por la modificación de la jornada. Respecto a la firma de las nóminas, habría que ver el caso concreto para ver como se puede desvirtuar el cobro de las mismas.
Quisiera saber con cuanta antelación he de pedir que me entreguen la nomina en mano o con cheque
La nómina no hace falta pedirla, es una obligación de la empresa entregarla. En consecuencia, no existe un antelación previa. Si te refieres al salario, tiene que pagarlo a principios de mes.
A lo que me refiero es: si siempre me han ingresado la nómina en el banco y ahora quiero cobrarla en mano o cheque, si tengo que pedirlo con antelación al día 5. Trabajo para el ministerio del interior y no sé si es pisible o no.
El estatuto no regula si el trabajador tiene el derecho de exigir una forma de pago. Puedes solicitarlo, pero tengo mis dudas de que puedas exigirlo. Además, en función de la cuantía puede que no se puede pagar en metálico.
Buenas mi mujer lleva 1 mes y media trabajando
Y le dijo la jefa que cobraría 900 €
Y ahora le a dado la nómina y viene 1250€ y le a dicho que si no le firme la nómina no le paga los 900 €
A día de hoy mi mujer no a cobrado nada Y venirse del trabajo no puede venirse por qué perdería el desempleo
Como podemos solucionarlo por qué lo estamos pasando mal la verdad
Espero respues gracias
Graba la conversación y que no firme la nómina si no la ha cobrado Después, denuncia en inspección y en los juzgados.
mi empresa esta pagando tarde a la mayoria de los trabajadores y no envia las nominas hasta pagar a todos (en algunos casos pasa del mes…) que legislacion me ampara para exigirla en el momento del pago?
Está indicada en la entrada, artículo 29 del Estatuto de los Trabajadores.
yo lo veo poco especifico. el caso es que no reparten las nominas hasta no pagar a todos los trabajadores y nos van pagando de a poco. en este caso, si bien me han pagado tarde la nomina de este mes, aun no me han dado la nomina del mes pasado…
la he reclamado por mail y me ignoran.
quiero reclamarla con un poco mas de fundamento legal antes de pasar a mayores.
por otra parte no entiendo eso de retrasar la entrega de la nomina ya pagada.
Hola estoy de baja por deprecion llevo un par de meses este mes no me mando la nomina ni por correo ni por email ni wassap nada .se la pedi pero no me contesta,y otra pregunta estoy obligada a firmar la nomina estando de baja?
La nómina se firma cuando recibes el salario, pero no tienes obligación de acudir al centro de trabajo para firmarla.
Hola Alejandro, mi caso es el siguiente el jefe me hizo firmar las nóminas y la transferencia nunca llegó, ni en metálico ni nada, hay alguna posibilidad de denunciar esto
La firma es un indicio de cobro, pero no es absoluto. Habría que ver si puedes acreditar de otro modo que no te ha pagado, con testigos…
Hola, tengo una duda: la empresa nos ha ingresado una parte de la nómina y la otra parte aparece como.concepto« total pendiente». Lo ha hecho a todos los trabajadores este mes si previo aviso. ¿Puede hacerlo?
¿Significa que no os ha pagado toda la nómina? Evidentemente no, tiene que pagaros todo el sueldo.
Eso es, nos ha abonado una parte , y la otra parte que falta aparece con el concepto «Pendiente de pago en periodo» A todos los trabajadores salvo los que trabajan media jornada. Eso es legal??
No, la empresa tiene que pagaros todo el sueldo.
Buenos días la nomina mi jefe me la puede aser el ,oh tiene q ser un gestor ?me puede valer q me la aga el perzonal y escrita a mano.
Te la puede hacer el.
Hola Alejandro buenas noches mi consulta es que llevo 3 meses de baja laboral por enfermedad y no he firmado ninguna de las 3 hojas de salario o nóminas he cobrado mi sueldo puntualmente pero quisiera saber si eso es mi obligación de ir a la empresa y firmarla o no pasa nada si las firmo cuando termine mi baja gracias
No pasa nada si la firmas cuando vuelvas a la empresa.
Perdone y si estoy en paternidad, puedo firmar nomina de paga extra, después de volver al trabajo?
Igual no me la pagan, solo firmas…
No firmes si no te la pagan.
En mi empresa pagan a un bonus trimestral que te lo meten en unas acciones de la empresa (con el tiempo tu puedes sacar ese dinero).
En la nómina no aparece el pago de dicho bonus aunque si las retenciones de dicho dinero.
Lo que provoca que la nómina sea liosa y no se entienda, ya no se sabe de donde sale cada bruto y si las retenciones son correctas.
¿No debería parecer dichos conceptos en la nómina?
Sí, la nómina debe de ser clara y transparente y recoger todas las cuantías que se abonen al trabajador.
Si estoy dado de alta como auxiliar de peluqueria sin ser peluquero y realizando funciones de administrativo…
¿Cuánto podría reclamar a mi empresa?
El cuanto depende de lo que diga el convenio.
He estado cobrando más cantidad de lo que me viene en nomina. ¿Eso se puede denunciar?
y otra cosa, he estado realizando 9 horas y medias al día de trabajo y yo estoy dado de alta durante 4 horas….
¿Cuánto dínero podría reclamarle aproximadamente si denuncio?
¿Cuál es la causa de cobrar más de lo que viene en nómina? Y en relación con la segunda pregunta, depende del convenio, tiempo trabajado de más…
Buenas noches,
Todos los meses me han dado mi nomina y la he firmado pero por tema de mudanza de hogar las he perdido y ahora necesito una copia de mis ultimas 12 nominas porque necesito denunciar a la empresa por unos temas que me han pasado durante el estado de alarma.
¿Tienen la obligación de darme de nuevo otra copia de mis nominas si se las pido?
Buenos días, me encuentro en situación de baja médica desde enero y desde entonces no he tenido acceso a mis nóminas. Las he solicitado a la empresa desde mi correo electrónico personal (ofreciendo que las envíen por correo postal o bien en mi correo personal, ya que no tengo uno corporativo). La respuesta de la empresa ha sido que me desplace hasta el centro de trabajo a recogerlas. ¿Es esto legal, encontrándome como estoy de baja médica? ¿Si la empresa tiene la obligación de facilitarme los recibos de nómina, estoy yo obligada a desplazarme al centro de trabajo o a enviar a un tercero a recogerlas? Muchas gracias.
La empresa tiene que disponer de mecanismos para remitir la nómina a los trabajadores. Entiendo que el email lo utilizáis de alguna u otra forma, y por lo tanto, deberían enviartelo por ese medio.
Muchas gracias por su respuesta. Entiendo que no estoy obligada a desplazarme ni a enviar a alguien a recoger las nóminas estando de baja médica, y que la empresa en este supuesto está obligada a facilitarlas por correo electrónico.
La cuestión es que llevan haciéndome mobbing más de un año y desde que estoy de baja que me pagan alrededor del día 10 del mes siguiente (cuando siempre había cobrado en los últimos días laborables del mes en curso), y además condicionan la entrega de mis nóminas a que me desplace al lugar de trabajo. Yo ya he explicado que no estoy en condiciones de desplazarme pero hacen oídos sordos.
Yo pacte cobrar 1150 euros por mes trabsjado de 40 horas semsnales i desde hace 4 años me paga nominas de 1200 0 130p i cuando ella me la passa por el banco despues voi a firmar la nomina i solo me cuenta las horas que trabajo i me hace devolver el dinero sobrante, yo le comento wue yo tengo las pagas prorroteadas i la antiguedad i mas cosas i ella en la nomina bien pero de palsbra me hace devolver el dinero que dice we ue no es mii
El trabajador no tiene que devolver parte de su salario bajo ningún concepto.
He faltado por enfermedad dos días este mes, presentando un justificante médico de reposo. El caso es que me han descontado el salario de esos dos días en un apartado denominado Absentismo en el que no especifican ni los días ni el importe (lo he deducido yo porque justo me han quitado el sueldo bruto de dos días). Es correcta esta práctica? Debe especificarse en la nómina el descuento más allá de poner la palabra «Absentismo» sin poner nada en el concepto?
La nómina tiene que ser clara, aunque el concepto no es el correcto y podría estar más claro, creo que se entiende la causa. Puede ser correcto que te descuenten esos dos días, habría que ver el justificante médico y lo que dice el convenio. Sobre ausencias sin baja médica te recomiendo este artículo.
Hola,
un trabajador de la empresa no es titular de ninguna cuenta bancaria (lo cual ya es raro), y pone a disposicion la otra cuenta en la que él es autorizado. Como el medio de pago es por transferencia, tendria alguna implicacion para la empresa hacer algo en dicha cuenta bancaria? entendemos que la empresa no puede obligar a nadie a tener una cuenta, pero querríamos saber si a nivel legal podria tener alguna implicacion negativa. Habia pensado que quizas haciendo un escrito a modo de recibí justificando el destinatario de la cuenta se podria dejar todo claro y evitar futuras posibles reclamaciones, pero no se si sería correcto.
Gracias
Amaia
Si en un documento el trabajador autoriza que se haga el ingreso en esa cuenta, entiendo que no debería haber problemas.
Mi marido lleva 3 meses trabajando como marinero en un buque congelador. Son mareas de unos 4/5 meses. Todos los meses de la empresa envían una transferencia al banco con concepto de ‘anticipo’. Como no tengo ninguna nómina llamé a la empresa para preguntar si las nóminas las envían por correo o se las dan a mi marido al llegar a puerto. Pero me dijeron que no hay nominal mensual, que el tiene un contrato ‘a la parte’: cuando llegan de marea se vende el pescado y de la ganancia un porcentaje va para los trabajadores del barco y es entonces cuando la empresa les hace la nómina, antes no la pueden hacer porque no saben cuanto va a ganar. De esa nómina descontarían los anticipos enviados cada mes ¿Es eso correcto? ¿Se puede hacer una nómina cada 4 meses o más? yo pensaba que las nóminas debían hacerse como mucho cada mes.
Además le pregunté a la persona que me atendió el teléfono qué ocurriría en caso de que por ejemplo el barco tuviese una avería y tuviese que volver a puerto sin pescado ni ganancia ¿sería una nómina con valor 0? Me contestó que no estaba muy segura, que entendía que tendrían que hacerle una nómina por su base de cotización, pero que tenía que consultarlo con su gestoría porque nunca se le había dado ese caso. Quedó en que me llamaría para confirmarme.
¿Es todo esto correcto?
Gracias por contestar
Que debo de hacer si no aparesco en nómina tengo 1años y 10 meses
Hola me hicieron un erte pot el estado de alarma,el ultimo día de trabajo fue el viernes 13 y aún no emos cobrado esos 15 días,le pregunto a mi jefe y me dice que aún no le an llegado las nominas,puede haber algún retraso de las nóminas por el estado de alarma?
No debería de haber retraso.
Hola
Queria saber si puedo denunciar a la empresa donde trabaje por haber estadi trabajando y cobrando por debajo del SMI aunque haya firmado las nominas que me daban.
Me hicieron cto en practicas 40 h semanales y cobraba 500€ escasos.
Un saludo
Sí, puedes. El único problema será de prueba, es decir, si has firmado una nómina en la que has cobrado X, tendrás que acreditar que no has percibido esa cantidad con testifical, ingresos bancarios…
Las cantidades de la nomina las recibia. El problema es que cobraba menos del smi
Si en la nómina se indicaba que cobrabas menos del SMI, no dudes en reclamar.
Hola Alejandro,
desde hace un par de meses el banco donde tengo domiciliada la nómina me dice que el ingreso de la nómina es incorrecto, que entra como una transferencia normal. Me indican que debo solicitar a mi empresa que hagan un tipo de archivo de emisión de pago de nóminas en lugar de una transferencia para que así me puedan aplicar condiciones de promoción del tipo de cuenta que he contratado.
Es exigible esto a mi empresa??
Gracias
Me suena más a excusa del banco la verdad.
A mi también me lo parece pero ya me lo han dicho en dos. De hecho me cambié de banco por tema comisiones y ahora en este me vuelven con el tema.
No se si la empresa se puede negar por ocasionarle algún tipo de gasto esa forma de transferencia.
Muchas gracias
Supongo que se refiere a una transferencia SEPA, pero no creo que se le pueda exigir a la empresa hacerlo de uno u otro modo, aunque se puede comentar.
Hola. A mí me pasó lo mismo, me empezaron a cobrar comisión porque mi sueldo llegaba como una transferencia a mi favor, sin especificar nada en el concepto. En el banco dieron por válido que mi empresa hiciera transferencia bancaria indicando como concepto Nómina, así me lo solucionaron. Un saludo
Hola, hace una semana que la empresa me realizó la transferencia pero no me llega, en mi banco todo está bien porque voy a diario. ¿Qué puedo hacer? Además la empresa puso la transferencia a nombre de mi pareja porque le di la cuenta de ella, aunque estoy en esa cuenta de autorizado. Gracias
Solicitar a la empresa el justificante de la transferencia.
La sede de mi empresa está en Cataluña, yo trabajo en Madrid; me envían la nómina y todos los documentos (p.ej. Modelo 145, Certificado de Retenciones) en catalán… He pedido que lo hagan en español, pero me indicaron que la gestoria solo los puede hacer en un idioma y como la mayoría la desea en catalán, los entregan (envían por mail) así… Existe alguna disposición legal a la que me pueda acoger para exigir que me envíen los documentos en español…?? Gracias!!
Es una buena pregunta, y tengo mis dudas. Desconozco jurisprudencia al respecto, pero sin poder indicarte ahora mismo un artículo en el que basarte, entiendo que tienes el derecho de que te notifiquen la información en español.
Buenas tardes, me parece muy bien que tanto este señor que hace la pregunta como Alejandro, que responde, tenga derecho a recibir la nómina en un idioma que entienda, lo que alucino es que ambos en lugar de decir en Castellano, digan español, como si los catalanes no estemos dentro de España, después se extraña quién nos dice porqué queremos salirnos del país. He aquí una muestra, aunque yo creo en la gente, y no todos piensan por suerte de esta manera. Un saludo
La verdad uso el término español o castellano casi de manera indiferente, no se de donde deduce que por denominar español a la lengua que utilizo, considero que y cito textualmente «si los catalanes no estemos dentro de España». Revisando la RAE, por si acaso utilizaba el término de manera incorrecta, ésta indica que: «Español. Para designar la lengua común de España y de muchas naciones de América, y que también se habla como propia en otras partes del mundo, son válidos los términos castellano y español. «
Buenos día,
Sabrian confirmarme cuantos días puede estar la empresa sin enviarme la nómina una vez realizado el ingreso. ¿Es legal que pase un mes desde ello? Me van a finiquitar en breve y no tengo datos para saber si firmar o no.
Gracias.
La nómina deberían de ponerla a disposición del trabajador en el momento que se realice el pago.
A mi me pasa algo parecido.pero durante años.llevo trabajando con ellos desde 2011 y alomejor en un año me dan 3 o 4 nominas solamente.incluso de 2014 no tengo ninguna.como eran de confianza y me dijeron que cuando me hicieran falta las pidiera no me preocupé pero ahora no se si eso en un futuro me puede perjudicar
No te perjudica no tenerlas, siempre que la empresa te haya abonado lo que corresponde.
Buenos días,
la presidenta de la Asociación en la que trabajo, se está poniendo un poco pesada.
Firmábamos la nómina y las horas en su casa, tuvimos un altercado y me he negado a volver a ir. Se las he pedido por correo y me dice que por narices se las tengo que devolver en persona, que la firma tiene que ser para que nos entendamos, con boli.
Y ahora quiere que al mandármelas por correo, yo misma las imprima y se las devuelva, cuando le estoy sugiriendo que las firmemos en mi puesto de trabajo (un gimnasio) al que ella está apuntada y me dice que no le parece lugar. A ver, no es que las dos coincidamos en ese gimnasio entrenando, es que yo el trabajo que desempeño para ella, lo hago ahí. Quiere que trasponga a una oficina en la que trabaja a firmarlo y es que no tengo ni tiempo, ni ganas.
No sé hasta qué punto puede hacer todo eso.
¿Te las envía por correo electrónico? Fírmalas y remíteselas por ese medio.
Si Alejandro, me las ha enviado por correo electrónico por primera vez, tanto las horas mensuales, como la nómina. Pero se empeña en que la firma electrónica no vale. Se empeña en decirme que tengo que devolvérselas en persona, porque tiene que firmarlas ella también y ponerles el sello, porque si no no tienen validez legal. Respecto a la nómina, se que hay una sentencia de la Audiencia Nacional, en la que ya se puede disponer de las nóminas por vía informática. Además, al pagarme por transferencia bancaria, creo que no es necesario, porque ya queda constancia (en caso de que yo no las quiera), que evidentemente ahora mismo no, ya me pasaría a recogerlas al acabar la temporada en junio, todas juntas (como siempre hemos hecho). Pero respecto a la firma de horas mensuales, que ahora es obligatorio para las empresas, no sé si puedo decirle que si o si, vía email con firma electrónica o en mi puesto de trabajo, en la piscina.
Por último, me ha mandado WhatsApps en los que me «amenaza» con que o cada mes se lo devuelvo personalmente firmado todo, o no cobro hasta entonces.
Gracias!
En tiendo que no tienes obligación de moverte de tu lugar de trabajo para firmar los documentos de la empresa, es decir, no te debe suponer ningún coste.
Por lo tanto, ¿puedo decirle que o se las devuelvo por correo o tenemos que hacerlas en mi lugar de trabajo, sin que ella pueda buscarle tres pies al gato? Porque conociéndola, seguramente su próximo movimiento sea o volver a decirme que hasta que no lo haga como ella dice, no cobro. O que me despide.
Ella no puede despedirte ni no pagarte por esta cuestión que comentas. Sobre donde debes entregarlas, lo que te indico es que la jurisprudencia considera que no te puede suponer ningún gasto, me indias que ella quiere que vayas a su oficina, que no se si es oficina de empresa u ptra que no tiene nada que ver con la empresa que te tiene contratado, desde los comentarios del blog tengo que ser precavido y no puedo darte una respuesta rotunda sin conocer el caso de manera profunda.
Buenas,tengo varias dudas sobre el tema nomina y contrato.
1/ La empresa donde estoy desde hace 4 meses no me da las nominas si no se las pido yo.
Necesito entregarla todos los meses por motivos de ayudas sociales en un plazo máximo de 15 días y cuando las reclamo me responden que ellos tienen 20 días para darmela, y claro, se me pasa el plazo.
Aun así siempre tengo que insistir y apurando hasta el ultimo momento.
Hay alguna manera de que me las den antes?
2/ La forma en que me entregan las nominas es por e-mail pero no llevan la firma ni el sello de la empresa.
Me dicen que no hace falta por que ya se reflejan sus datos.
Al ser solicitante de ayudas sociales me podría repercutir que no estén firmadas por la empresa o como me dicen ellos no hace falta?
3/ La empresa me esta renovando cada 3 meses pero en vez de darme un contrato nuevo cada vez, lo que me dan es una ampliación del anterior.
Es correcta la forma? O tendría que ser un contrato nuevo cada vez?
4/ Con esta empresa cada mes cobro distinto.
Me dicen que se debe a que cada mes no tiene los mismos días ( 30, 31, 28)
Por que entonces en otras empresas las nominas vienen con el mismo importe sea el mes que sea?
5/ Para la firma del 1* contrato me solicitaron el certificado de profesionalidad.
Yo tengo el grado medio pero aun así me pusieron grado superior.
(Me confirmaron que fue error de ellos )
En la renovación me han vuelto a poner el superior a pesar de que les pedí que pusieran el que realmente es y me dicen que no pueden cambiarlo, por que si lo hacen les piden cuentas (inspección, me supongo) de el porque de la rebaja de la categoría.
Me suena un poco a cuento chino pero pueden tener razón y lo que figuraba en el primer contrato tiene que figurar en la renovación o se puede cambiar sin problemas?
Les propongo que no me hagan renovación sino un contrato nuevo figurando de baja en el paro un par de días y dicen que no se puede, que la renovación es el método correcto de hacerlo.
Porque entonces otros si que lo hacen?
Siento la parrafada ,espero me ayude a resolver mis dudas , que no son pocas.
Gracias.
Las nóminas las debe entregar mensualmente con la fecha o sello de la empresa. En caso de que no lo haga y tengas algún perjuicio puedes reclamarlo judicialmente. Sobre la renovación de los contratos, habría que ver el tipo de contrato que tienes.
Hola, mi jefe me paga la nómina ingresándola en efectivo por mi banco, el banco me a cobrado comisiones porque dice que tiene que ser por transferencia bancaria y que no les vale el ingreso en efectivo, se lo he dicho a mi jefe y no acepta, que puedo hacer en este caso, gracias
Reclamárselos judicialmente o interponer una denuncia en inspección.
Hola buenas noches,
En mi caso mi empresa me suele pagar la nómina el día 15 de cada mes a través de transferencia bancaria o cheque. El caso es que deje de trabajar allí el mes pasado pero claro, no cobraba hasta el 15 de este mes siguiente entonces.
El caso es que este mes, el día 15 ha coincidido con ser un domingo. Siempre he recibido la nómina el día 15 pero esta vez no y me gustaría saber si se debe a que el día a coincidido con un domingo o si puede haber algún problema y debo informarles.
Gracias y un saludo
Puede ser debido a que es un domingo.
Hola
Mi empresa (adecco) solo me da la opción de cobrar via tranferencia bancaria ….. es legal o deberían ofrecerme otro método para poder cobrar ??
(Por motivos de divorcio no dispongo de una cuenta solo a mi nombre )
Gracias y un saludo
Salvo que el convenio indique otra cosa, entiendo que es la empresa la que decide el medio de pago.
Buenos días,
Tu blog me parece muy práctico y profesional, es de agradecer tu seriedad.
Mi empresa nos ha entregado las nóminas, durante mucho tiempo, en pdf y por correo electrónico. Sin explicación ninguna, ayer solicité mi nómina de Octubre para financiar una compra, me dijeron que no me las enviarán, que las debo recoger en otro centro de trabajo en papel a partir de ahora. Mis preguntas son 2: Si ¿es legal que me hagan trasladarme a otro centro de trabajo para recoger mi nómina? y ¿puedo exigir que me la den en pdf (para poder conservarlas en mis archivos)?
Gracias por tus rápidas y concretas respuestas.
Puede entregarla en papel o PDF, pero no pueden obligarte a desplazarte para conseguirla e incurrir en un coste.
Buenas tardes. Mi empresa suele pagar medianamente a tiempo salvo fuerza mayor (entre el día 1 y 3 de cada mes). Pero el caso es que me da la copia para firmarla cuando le da la gana, llegándose a demorar hasta en 2 o 3 meses. Me gustaría que me la dieran en el momento en el que cobro porque mi nómina está sujeta a fluctuaciones por motivo de mejoras voluntarias. En alguna ocasión no he estado conforme y me gustaría comprobarlo en el momento, porque si me la dan a firmar y revisar en 3 meses pues no me acuerdo a veces de si noté alguna irregularidad. ¿Puedo exigir a la empresa que me den la copia en un plazo comprensible de tiempo? ¿Cuánto es ese tiempo?
Además…..me suben o bajan las retenciones cada dos por tres. por lo cual se cuanto he cobrado por el extracto bancario…….pero en ningún caso puedo comprobar por qué ha bajado o subido. (y se si sobreentiende que las sorpresas son generalmente negativas.)
Muchisimas gracias de antemano por responder a mis dudas. Dais un gran servicio al trabajador.
La nómina se debe entregar puntualmente cada mes con el abono de la cuantía que la misma nómina indica, precisamente para verificar que el pago es el correcto tal y como indicas en la pregunta, es una obligación de la empresa.
hola buenas. en mi empresa nos hacen firmar la nomina, pero en un mes o un par de meses no nos las da y transcurrido ese tiempo en el mes posterior nos da a firmar las que no firmamos los meses anteriores. es eso legal? tiene la obligacion de cada mes entregarnos y firmar la nomina correspondiente y no dejarlas atrasadas?
Sí, debe entregarlas cada mes.
Hola…le he pedido las nominas a mi jefa y me dice que se las tengo que pedir por escrito con un plazo de 15 días para que me las dé…es eso legal??? Muchas gracias
Debería dártelas sin que tu las solicites.
Hola…después de 1 año y 10 meses mi antiguo empleado me dice que si le puedo dar las nóminas del último año que trabajó conmigo…esas nóminas ya se las di en su día firmadas por las 2 partes pero dice que no las encuentra….estoy obligado a dárselas otra vez?…. sé que hace un año tuvo un accidente y está buscando que le den una baja absoluta y me dice que es que la seguridad social le pide las últimas 12 nóminas de cuando trabajó conmigo….sé que el tiene un año para poder reclamar si hubiese habido algún impago o algo (cosa que no pasó)….y la seguridad social tiene 4 años para pedirme esas nóminas pero que me las pida él después de que dejó de trabajar conmigo en octubre del 2017?….gracias un saludo
En mi opinión, entiendo que debes dárselas, si no se las das de manera voluntaria, puede requerirlas judicialmente, además que no te supone ningún perjuicio, toda vez que tienes obligación de conservarlas.
Buenas tardes, agradezco tu disposición y si pudiera responderme le agradezco su respuesta.
Me despidieron en junio mediante un despido improcedente, después de liquidar con la empresa he reclamado nominas que me faltaban porque no me la han enviado por correo, que era el modo de recibirlas. Me dicen que estan pidiendo aprobaciones por el sobrecosto que resulta de realizar esta gestión. Creo que no están por la labor de facilitármelas y según he leído en este block podría reclamarlas pues es un derecho que tengo y una obligación por parte de la empresa.
¿Estoy en lo cierto? ¿puedo pedir nominas de 2015 que no me enviaron?
La empresa está obligada a conservarlas durante cinco años, cuestión que sería más discutible si el trabajador las puede reclamar pasado un año que es el plazo que tiene para reclamar.
Hola a todos. Yo quería comentar mi caso y ver qué solución puedo tener:
En mi caso, cuando entré a la empresa hace 1 año acordé un sueldo de 850€ al mes (era mi primer curro, es lo que habia jaja). En el contrato no pusieron cantidades.
Pues bien, resulta que las nóminas no nos las han dado, ni a mi mi a ninguno de mis compañeros, a no ser que la exijas claro está. No las pedí porque ya sabía de que iba el cuento y sabía que me iba a pasar. Cuando en diciembre solicité una, descubrí que en mi nómina aparece que percibo 1.050 euros aproximadamente.
El pago me lo hacen por transferencia poniendo en el concepto «pago parte nómina», ingresandome los 850€. Obviamente yo los 200€ restantes no los veo.
Estos días quieren que firmemos todas las nóminas. Tiene alguna validez para reclamar?? Es decir, si yo firmo podría reclamar ese dinero restante?? O qué podría hacerse?
Saludos!!
Es mejor no firmarlas si no te las han abonado íntegramente, ya que la firma supone el pago de la nómina. Si quieres pon pendiente de pago 200 € en cada una que firmes, pero mejor no firmarlas y demandar la diferencia de salario que te deben.
hola buebos dias,mi pregunta es la siguiente,mi marido dejo de trabajar el 24/05/2019,llevava en la empresa desde el 25/05/2017,trabajaba
,solo a firmado las tres o cuatro nominas de los 3 o 4 primeros meses, con contrato de media jornada,trabajando jornada completa.su sueldo en nomina es 350 euros y quedo con su jefe que serian 1200 con dos pagas a sueldo real.
Aun no a cobrado ni el sueldo ni el finiquito ni nada.Cuanto tiempo tiene la empresa para pagarle todo y que le tiene que abonar.Gracias.
Para saber lo que debería cobrar, habría que mirar el convenio y la causa de la extinción de la relación laboral. El sueldo debería cobrarlo a principio de este mes, no se debería demorar más.
Hola buenas, he estado 3 meses en una empresa en la cual yo decidí irme, las 3 nóminas eran de una cantidad bastante superior a la que percibí, me dieron de baja el día 30 y firme una nómina por concepto de vacaciones desde el 30 al 4, la cual tampoco he percibido, es eso legal? Que podría hacer? Gracias
Tendrás que demandar ante los Juzgados de lo social reclamando las cantidades adeudadas.
Aunque estén firmadas por mi se puede reclamar? Gracias
La firma te va a perjudicar bastante en la reclamación, pero si puedes acreditar de otra manera que no te los ha pagado, sí que podrás reclamarlo.
Buenas noches. En primer lugar gracias por hacer este blog. A ver si me puedes ayudar. Estoy de baja por ansiedad por problemas con mi jefe. Le he pedido por favor que me mande las nóminas por email pero me dice que no me puede dar las nominas sin firmar, me gustaría saber si esto es asi y si puede ir mi marido a recogerlas y firmarlas en mi nombre. Y si esto es asi, si hay algun enlace o algo parecido en el que yo me descargue la información para mandarsela a mi jefe y poderselo demostrar. Muchas gracias.
Si que te las puede dar sin firmar, de hecho debe dártelas. ¿Cómo te abona el salario en metálico o mediante transferencia?
Gracias por responder tan pronto. Me lo paga por transferencia. Por favor, ¿sabes si hay algún sitio oficial donde aparezca información sobre que me la debe dar aunque no la firme? Porque si no sé que va a hacer lo que le de la gana.
Los «sitios oficiales» en donde vienen son los que indico en la entrada, el artículo 29 del Estatuto de los trabajadores.
Mi jefe me entrega una nominade cada 3 con suerte. No cobro el smi estando a jornada completa y ya comprobé que si me tiene asegurado como tal. Creo que realiza muchas irregularidades y quisiera saber cómo comprobar si lo que paga, vacaciones, extras etc es legal… porque su afán por no dar nóminas así como descontar dinero por coger vacaciones me parece surrealista
Tendrás que acudir a un abogado o sindicato para que te revise las condiciones laborales.
Buenas tardes.
Cuanto tiempo tienen las empresas para entregar la nómina ya sea en papel o correo electrónico?
Saludos y gracias
Deberían entregarlas en el momento del pago. No deben demorarse.
En mi empresa no nos ingresan el dinero hasta que no firmemos la nómina, si te pilla de baja o te pilla fuera, llega el día 7/8 y no te ingresan el dinero, ¿eso es legal?
Muchas gracias.
No lo considero adecuado.
¿Cual sería el paso a seguir?
O demandar, o presentar una denuncia en inspección de trabajo.
Muchas gracias
Yo recibo la nomina en el banco (osea, nomina febrero 2019, 400 €, por ejemplo)
Pero no recibo la nomina con las cifras de irpef por ejemplo ni en papel ni por email.
Tengo contrato 20h semanales pero cobro por convenio. Así que me tengo que adivinar cuanto cobro?
Y es posible pagar por semanas?
Si, se puede pagar por semanas. Es obligatorio que la empresa entrega una nómina al trabajador.
Buenas tardes! Ante todo muchas gracias por su tiempo.
La empresa en la que trabajo nos hace las nominas vía electrónica, por.medio de una aplicación de móvil. El problema es que no me han entregado varias nominas, ya he solicitado que me las den pero hacen caso omiso. Esto es legal? Que puedo hacer para obligarles a que me las den?
Tienen obligación de entregar las nóminas de trabajo. ¿cuál es la excusa que dan? Diles que si no te las dan pones una denuncia en inspección.
El tema es que no las dan por vía electrónica, ahora estoy de baja y no me han enviado las nominas de marzo y abril. Pero ya antes de estar de baja no me habían dado las de diciembre y paga extra.
Cuando estaba en el trabajo me habian dicho que era un problema con la app. Pero ahora que estoy.de baja directamente ni se molestan en responderme.
Hola mi empresa,bueno mi ex empresa desde el pasado16no me da las nominas de febrero,marzo y abril y diciembre,las demas estan en mi poder basta que no estan cobradas y las anteriores dichas al igual,menos el mes de noviembre siendo el unico cobrado,que puedo hacer para conseguir esas4nominas
Indica que si no te las dan, puedes presentar una denuncia en inspección o solicitar las nóminas judicialmente.
Hola ,impresa donde trabajo no paga vacancione,de cuanto vese pido la vacancione me da certificado de empresa para cobrar el parro,trabajo de noche. Cargando pavos.me dicho qe paga 120€ por camion.cargo 3_4 cam por dias, entre 4_5_6personas.en el contracto pone 8 horas de trabajo .trabajo mas hora iclus sabado.las nomina no me lo da porqe pone muchas cosa qe me paga .paga extra,nocturnidad,dieta,y mucho gastos qe no es reale.ma paga 120€ por camion partir con cuano llente trabajo.qe ago en este caso???
Hola,
Tengo 2 preguntas. Trabajo en una empresa multinacional nos hacen llegar y fichar 15 minutos antes para que podamos tomarnos la media hora de descanso. Trabajo 40 horas semanales y llevo casi 11 años en la empresa. Es esto legal? Que tiempo de descanso corresponde por 40 horas?
2.- Nos Hemos enterado que en nuestro convenio (vidrio y Cerámica)
nos tendrían que pagar 15 días de salario por el santo patrón. En la nómina no viene especificado y en RRHH dicen que ya está incluido en el salario base. Es obligatorio que la empresa especifique casa concepto en la nómina? O eso no importa..
Muchas gracias,
Saludos
Isabel
El tiempo de descanso que indica la legislación es para aquellos trabajadores que realicen una jornada seguida de más de seis horas, en cuyo caso, tendrán un descanso de 15 minutos, sin que sea considerado dicho descanso como trabajo efectivo. Por lo demás, habrá que mirar el convenio colectivo. En vuestro caso, si os hacen entrar 15 minutos antes, esos 15 minutos deben de ser considerados como trabajo efectivo. Para saber que derechos tenéis al descanso, así como el derecho que indicas de salario por el santo patrón, habría que revisar el convenio.
Buenas, desde hace años nos mandan las nóminas por correo, me gustaría saber si mi jefe de almacén puede pedir las nóminas de los trabajadores sin permiso!. Gracias un saludo.
¿Si un trabajador puede solicitar la nómina de otro? No.
En mi empresa estamos todos los empleados asegurados 4 horas diarias pero nos obligan prácticamente a hacer de 8 a 10 horas diarias nuestro sueldo en nómina es de 635e pero nos pagan 800 van varios meses que ni si quiera nos pagan eso se nos juntan varios meses para cobrar ..tenemos varias nóminas sin firmar ya que no las hemos cobrado ..podemos reclamar para que nos las paguen ?
Si, por lo que veo hay varias reclamaciones que efectuar, de cotizaciones salario, no llegáis a percibir el Salario Mínimo Inteprofesional. Podeis poner una denuncia en la inspección de trabajo.
Hola Alejandro:
He leído este blog y me parece admirable tu labor. Espero me puedas ayudar con una consulta diferente a las que he leído. Mi jefe directo, coordinador de mi departamento, me ha pedido mis nóminas del último año para hacer un estudio de mis retribuciones (salario mínimo + complementos salariales variables cada mes, por tareas adicionales que desempeño en la empresa y se remuneran aparte). Mi coordinador autoriza estas tareas adicionales pero mi contrato y condiciones laborales están acordados con la empresa (la dirección que está por encima de él). ¿Estoy obligado a darle mis nóminas a mi coordinador? ¿Es legal esta petición? ¿Hay alguna normativa de protección de datos que me proteja? ¿Puede solicitarlas a la empresa sin mi consentimiento y la empresa puede entregárselas sin informarme? Desconozco el tratamiento que se va a hacer de mis nóminas y con quién pueda compartirlas.
Muchísimas gracias de antemano por tu asesoramiento. Saludos.
La verdad, tengo mis dudas. Entiendo que no te puede reclamar a ti las nóminas y tu puedes negarte a dárselas, pero tengo mis dudas de que si se la solicita a la empresa, ésta pueda dárselas sin su consentimiento.
Mi empresa (somos una plantilla de unas 50 personas) solamente nos entrega las nominas cuando se lo solicitamos. ¿es esto legal? ¿o estan obligados a entregarla en pale o electronicamente sin que el trabajador tenga que solicitarlo?
Muchas gracias.
Están obligadas a entregarlas, sin que las solicite el trabajador.
Muchas gracias.
En mi empresa teníamos una plataforma para acceder personalmente a las nóminas y otros conceptos como IRPF. Pero desde hace unos meses la anularon y actualmente, para obtener la nómina, cada trabajador, cada mes, ha de solicitarla al departamento de personal mediante correo electrónico. Tardan bastante en contestar además. Es esto legal??
Deberían entregarlos mensualmente sin que el trabajador tenga que reclamarlos.
Hola
Una empresa paga 1 trienio hace 10 años y 200 por no tener incentivos.
Hace 5 años no aplican subida convenio ni atrasos y me bajan todos los conceptos encontrandome en ere reclamo y dicen que es lo que … Hace 3 reclame otra vez. me ponen al minimo por convenio me pagan 2 trienios sin pluses y subida convenio pasado año. Ahora me dicen que no me corresponden trienios, que son quinquenios me bajan sueldo aplican subida convenio y cobro menos que el pasado año..¿que puedo hacer..?
Habría que revisar todo lo que indicas, y ver cuando hubo esas modificaciones y procedimiento de la empresa para saber si estría en plazo para reclamar. Por otro lado, te tienen que pagar como mínimo lo que indique el convenio colectivo, que no se si ahora o están haciendo.
Hola…
Me llamo Daniel Rodríguez. Tengo casi 13 años de trabajo en una empresa de transportes concretamente conductor de taxi…. Llevo un tiempo con problemas médicos y me he dado de baja durante un mes y medio
Al propietario de la licencia solamente mira por su interés y me ha pedido que abandone la empresa
En estos 13 años he ingresado casi todos los meses la seguridad social con mis datos a nombre suyo retenciones y muchos más pagos de mi cuenta corriente y luego hemos realizado cuentas sin ningún otro justificante una parte de la recaudación para él y la otra para mí pero sin justificante ninguno ni siquiera firma de nóminas ni entregadas por correo mi contrato es fijo y él pide que me dé de baja voluntariainclusive en este tiempo que he estado de baja he tenido que hacer yo los ingresos de coche y seguridad social que ello todo ha quedado reflejado porque me piden en su cuenta corriente mi DNI para saber quién realiza el ingreso y ahí ha quedado reflejado que el ingreso lo hago yo en su cuenta corriente no he firmado ni he recibido ni se me ha ingresado nunca ninguna nómina hasta las retenciones las he hecho de mi cuenta corriente…..me gustaría saber qué pasos me aconsejaría comenzar a seguir para no tenerme que dar de baja voluntaria y poder reclamar todo lo que no tengo firmado ni ingresado en cuenta… Sin más un saludo
No firmes nunca una baja voluntaria, y el nunca podrá notificar dicha baja. Si quiere extinguir la relación laboral que te despida si puede, en todo caso, siempre podrás demandar por despido en un plazo de 20 días hábiles desde la fecha de efectos del despido para conseguir que este sea declarado improcedente o nulo.
Muchas gracias Alejandro Alejandro gracias a apersonas como tú nos abre un poco los ojos y saben que caminos debemos de coger gracias de corazón y por tu orientación
Hola Carlos,
Hasta la fecha la empresa nos venía facilitando las nominas de manera telematica, y firmadas por el Dir. RRHH y con el sello de la empresa. Ahora han reestructurado la empresa y no hay Dir. RRHH, y las nominas no vienen ni firmadas ni selladas. Podemos tener algun problema en ese aspecto?
Tambien nos mandan la nomina 3 semanas a posterior del abono. Como podemos solventar eso?
Muchas gracias por su tiempo.
Lo de la firma y sello, no tiene mucha importancia. A veces para pedir un préstamo exigen que tenga ese sello y firma, pero poca repercusión tiene. Por otro lado, lo de las nóminas intentad hablar con la empresa antes de presentar denuncia en la inspección.
Hola, todos los meses me daban a firmar la nomina y la firmaba y ese mismo dia tenia la tranferencia bancaria en mi cuenta.Este ultimo mes resulta que firmè la nomina y no me hicieron la transferencia ni me pagaron de ninguna manera.Les pido explicacion y no me dán respuesta ninguna.Al final la nomina de recibi, puedo reclamarles o denunciarles o lo tengo todo perdido?porque trabajar el mes y no cobrarlo,como que no…
Aunque se haya firmado no está todo perdido, podrías reclamarlo igualmente.
gracias por la pronta respuesta, y como tendria que hacer?
Reclamación de cantidad que explico en esta entrada.
La empresa donde trabajo paga entre el día 5 y el día 10 de cada mes,lo que pasa que la nómina no la dan(por correo electrónico) hasta el mes siguiente(hay veces que mas tiempo). Mi pregunta es cuánto tiempo legalmente puede pasar desde que te ingresan la nómina hasta que te la entregan en papel(en mi caso correo electrónico)?
Debería de ser simultánea.
Buenos días
me gustaría saber cómo puedo denunciar esta situación. Me cambiaron de centro/lugar de trabajo (movilidad geográfica permanente) y me renovaron el contrato que según me comunicaron verbalmente en el primer centro seria otro contrato de prácticas de seis meses. El trabajo funciona por turnos, mientras se me acaba el primer contrato estoy una semana en los dos centros alcanzando las 50 horas de trabajo aproximadamente. Durante el segundo contrato realizo adicional mente 20 horas más de formación interna. Tras casi dos meses en el nuevo centro solicito la baja voluntaria, donde me dicen que me coja la semana de vacaciones que me queda y no hace falta que acuda mas al trabajo. En ese momento y a día de hoy (un mes después de la baja) no tengo ningún contrato de trabajo por escrito ni nada explicado sobre este verbalmente en el nuevo centro, así como nóminas atrasadas durante ambos contratos. Lo único que tengo tras la baja voluntaria es la nómina de liquidación y finiquito que firme como no conforme dado que no quedan reflejadas esas horas de más de trabajo que hice la semana que trabaje en ambos centros y del curso de formación. La compañía responde que realmente debo horas. ¿Cómo puedo denunciar que no firmé contrato, me faltan nóminas y esas horas de más sin pagar? Gracias de antemano.
Al ser baja voluntaria no es tan relevante el hecho de que no hayas firmado el contrato de trabajo. La reclamación que aquí corresponde, es una reclamación de cantidad por las horas de más trabajadas, que tendrás que calcular que horas has realizado de más.
Buenos dias,
llevo trabajando en una empresa de servicios desde hace 17 meses y solo he conseguido que me envíen una nomina por correo electrónico, aunque se las he pedido en repetidas ocasiones sin resultado.
El trabajo me hace mucha falta y no lo puedo poner en peligro, pero que puedo hacer?
Ellos tiene obligación de entregarte la nómina por escrito, si no lo hacen de manera voluntaria la única forma de obligarles es poner una demanda en los juzgados, o lo más conveniente en estos casos, es una denuncia en la inspección de trabajo.
Hola la empresa me obliga hacer el mantenimiento del vehículo entiéndase por mantenimiento limpieza exterior e interior por ello me da un plus es legal me puedo ligar a no hacerlo?
Dentro de tu jornada ordinaria entiendo que sí, siempre que no vulnere la dignidad del trabajador.
Buenos días, en jornada continuada de más de 6 horas, la empresa me paga el cuarto de hora que me corresponde de descanso y no me deja de hacerlo, la puedo denunciar.
Sí, el descanso es obligatorio hacerlo.
Hola,mi situacion es de jubilacion parcial, la empresa me paga el 15%. ¿me tiene que dar nomina?
Siempre se debe entregar una nómina.
Denuncie a mi empresa y le han enviado una carta de inspección laboral , me hicieron firmar las nóminas donde pone que gano menos y ahora quieren que firme por las horas que se supone que trabajo, que pasa si las firmo? Hay algún castigo para mi si después de denunciar no pueden comprobar el fraude?
No, la inspección no sanciona al trabajador por que no exista un incumplimiento de la empresa.
Hola Alejandro !
Sigue siendo el plazo de 5 años para las nominas ? Pregunto esto porque en otros sitios pone que es de 4 años.
Que sancion supone SI ALGUNAS nominas, dentro del plazo, no son guardado por las empresas ? He mandado una denuncia ante inspeccion y aunque se ha demonstrado que no tiene algunas nominas dentro del plazo, no le ha puesto ninguna sancion…
Por favor respondeme a todo esto, gracias.
La Orden ministerial habla de cinco años, pero la LISOS que es la que sanciona, considera como falta leve no conservarla durante cuatro años. Las sanciones leves pueden ser desde 60 a 625 €, pero no siempre sanciona la inspección.
Buenas tardes. En mi actual empresa se están cometiendo irregularidades como pagar más cantidad en nómina de lo que ingresamos en nuestra cuenta bancaria, o el retraso continuado mes a mes de nuestro sueldo, no sabiendo que día del mes cobraremos. Estoy reclamando el dinero que me deben, puesto que el dinero ingresado por la empresa es inferior al de mis nóminas (100 euros de diferencia). El problema es que las he firmado pensando que la nómina firmada solo era informativa y que significaba que había sido entregada aunque no estuviese conforme o no se correspondiera con la realidad. Escribo correos a la empresa comentándoles mi problema y no recibo respuesta escrita por parte de ellos.
Habría alguna forma de reclamar legalmente ese dinero que no he recibido mes a mes?
Es posible mandar una inspección para que revisen dicho problema que se está generando con todos los empleados por norma general?
Es legal no tener un día definido para recibir nuestro salario cada mes?
Gracias.
Lo que indica la legislación es que se debe de abonar conforme a la costumbre del lugar, y no se debe demorar más de un mes. No es necesario un día definido, pero si unos días en los cuales hay que pagar la nómina. Es cierto que la firma puede que dificulte la reclamación, pero si os hace un ingreso en el banco tienes más fácil de acreditar que no se te ingresa la nómina entera.
Hola mi empresa es particular yo cuido ahora a dos personas con acehimer cuando me contrataron me pagaban 800 pero con la subida 858 pero con los descuentos de la seguridad social me queda 819€ es obligado a pagarme la subida
Es correcto lo que te pagan a jornada completa, es decir, para trabajos de 40 horas.
hola Alejandro,
La empresa tiene que entregarte la nomina firmada para que tenga validez?
gracias
Depende a que te refieras con validez. En principio, la legislación obliga a la empresa a que firme la nómina, pero si no lo hace, tampoco tiene mucha repercusión. La nómina vale más para el empresario para acreditar que ha pagado al trabajador, pero aunque tampoco la firme el trabajador, si puede acreditar que le ha pagado es suficiente.
Hola Alejandro !
Por favor echame una mano en esto : tengo 2 nominas de hace casi 3 años firmadas en falso por el empresario o la secretaraia de la empresa, el motivo por lo cual son firmadas en falso es porque yo no he querido firmarlo porque me ha ingresado la nomina para estos meses por debajo de lo que ponia en ellas y tambien, si no me equivoco, porque la inspeccion de trabajo se lo ha pedido en su momento.
Hasta hace poco no daba con estas nominas pero ahora las tengo, entonces en este caso que se puede hacer y como hay que actuar ? Gracias.
Si ha pasado más de un año ya no se puede reclamar nada.
Gracias por la respuesta, pero no quiero la diferencia salarial sino que la empresa o el empresario pague por la ilegalidad de firmar en mi sitio, haciendo una falsedad en los documentos.
Presenta una denuncia en la inspección de trabajo.
Hola Alejandro,
En mi empresa la manera de entregar las nóminas es a través del portal del empleado y sólo puedo acceder desde el ordenador de la oficina, pero me encuentro de baja desde hace 9 meses y no tengo acceso a mis nóminas desde entonces. ¿Puedo solicitar que me las envíen por correo electrónico o correo ordinario?
En cuanto a la firma, nunca las he firmado ni me las entregan firmadas ni selladas por la empresa, sino en un documento PDF bastante sencillo; ¿debo exigir que me las entreguen firmadas y selladas?
Gracias!
Entiendo que sí que puedes exigir que te la remitan al correo electrónico o de manera física. Es una formalidad que no tiene mayor repercusión, en principio, pero puedes exigir que lo hagan.
Estoy firmando nominas y me pagan la mitad o lo que quieren me estan robando esta claro ,me emplearon por ser amistad que tengo con los jefes y estar yo en paro e puedo negar a firmar la nomlna firmar añadiendo NO CONFORME?
Si no recibes el dinero que viene en la nómina. No la firmes.
Hola Alejandro ! Por favor ayudame con esto : estoy de baja (IT) y no puedo entrar en la empresa para recoger mi nomina por lo cual lo mande a mi marido que se lo lleva el. En la empresa le ha dicho que no se lo da porque tiene que ser firmada por mi, pero mi marido le ha explicado que yo no puedo entrar alli estando de baja y que no hace falta que sea firmada por mi porque el Convenio permite esto cuando se cobra la nomina por el banco. Es mas, no se podia firmarlo porque de todo modo no se me ha entregado los dineros, pero bueno, esto ya es aparte.
Como puedo hacer para que le entregue la nomina a mi marido el tiempo que yo estoy de baja ?
En primer lugar, podrías acudir al centro de trabajo a firmar la nómina, salvo que no te puedas desplazar por la baja desde un punto de vista médico. En segundo lugar, ¿no te han pagado la nómina o buscas la nómina física? Pide que te la envien por correo.
hola, he empezado a trabajar de taquillera en una piscina. el contrato será de tres meses. antes de empezar nos reunimos las cuatro trabajadoras con el empresario y nos dijo que cobraríamos ciertea cantidad neta de palabra. cuando firmamos el contrato me fijé que en un apartado especificaba que vacaciones y pagas extras estaban prorratedas. hemos cobrado los primeros 15 dias y no nos cuadra la cantidad con lo que nos dijo verbalmente. es un poco pronto, pero quisieramos saber de antemano como actuar si no nos paga lo que pactamos. gracias
Presentar una demanda de reclamación de cantidad.
muchas gracias ante todo por la rapidez, Alejandro. ¿Como se presenta una reclamación de cantidad? hay que ir a juzgados o hay que hacer primero un escrito a la empresa? gracias de nuevo
Te lo explico en esta entrada. Primero papeleta, luego demanda.
Hola,estoy de baja médica x enfermedad comun y embarazada de 6 meses,llevaba dos meses y medio en la empresa cuando me dio la baja mi médico de cabecera y me hicieron un contrato de 6 meses en esa empresa,pero ahora no me han pagado este último mes,del cual los 3 últimos días ya estaba de baja. El mes anterior no firmé ni tengo la nomina correspondiente,me lo habían pagado en mano a plazos a lo largo del mes y ahora todavía no me han ingresado la del mes corriente.Q debo hacer? Sé q la empresa quiere vengarse xq me hayan dado la baja médica ,xq ya me lo han hecho saber a través de diversos whatssaps.Q plazo tienen para pagarme la nómina de mayo y luego la parte correspondiente durante mi baja médica?Además tengo otra hija de 2 años y medio y no sé q hacer para pagar mis recibos,etc..
Deben pagarte a principios de mes, además si estás de baja puede considerase como un delito de apropiación indebida. Habla con ellos y si no diles que presentaras una demanda o denuncia ante la inspección de trabajo.
Mi empresa suele pagar el día 5 de mes (no lo pone en el contrato) ¿debería pagarnos antes de fin de mes? Además tarda todos los meses en darnos la nómina 20-25 días, es decir, como no se pasa del mes ¿se les puede exigir que no se demoren y lo hagan cuando hacen el pago? ¿también se les puede exigir que me la entreguen por correo electrónico? Gracias.
La legislación no específica como debe de ser el pago, dice que no se puede demorar el mes, pero siempre lo hace el día cinco, no tarda más de un mes entre pagos es correcto. Por otro lado, la nómina, en principio debe entregarse por escrito y debe de darse en el mismo momento que se realiza el pago.
Mi empleador el Ayuntamiento de Madrid
No me ha entregado la última nómina por lo que he leído es un incumplimiento
Y los 3 días trabajados en diciembre los acumularon en enero no constando en el IRPF que esté en el año 2017 como empleador
¿Permite esto la ley?
Muchas gracias
Si trabajas en 2017 tiene que figurar como cotizados en el año 2017, y como se indica en la entrada, si que puede ser un incumplimiento la no entrega de la nómina.
Hola buena tarde en la empresa en la que trabajo, el recibo de nomina sale por una cantidad menor a la que recibo, eso me puede traer consecuencias con el Afore o a la hora de jubilar. Esto es evacion de impuestos por parte de la empresa ???
Esta web es para consultas del derecho laboral español, no mexicano. Lamento las molestias.
Hola
Quiero preguntar cuanto se puede tardar en entregar un certificado de retenciones y las ultimas 3 nominas ya que le he solicitado a mi empresa hace 10 dias y me dice que en unos dias pero se hacer eterno
Puedo hacer algo para que me dejen los papeles solicitados mas rápido?
Y como obligarles a que me envíen las nominas cada mes, ya que ahora tengo pendiente unas 8 (en papel) para recibir
Y la otra pregunta es
Si me jefe me paga 200€ mas en nomina en el banco pero la nomina es menos cuando me la entregan en papel es problema para mi?
Gracias
Cobrar en negro te perjudica a la hora de las bases para el desempleo o la jubilación. Amenaza con acudir a inspección con lo de las nóminas si no se dan prisa.
Gracias
Lo de cobrar en negro ya se lo he dicho varia veces que no me gusta y que lo ponga en nomina también pero ni caso
Por lo menos me ha echo indefinido, esto después de 8 años con la empresa según he podido saber en mi convenio que es jardinería se debería haber convertido desde el año 3
Con la nominas haré esto si veo que sigue así dando largas
Gracias una vez mas
Que teng buen dia
Hola:
Me llamo Juan, quisiera hacer una consulta. Tengo un coche que tiene un año y saque el seguro a todo riesgo en Mapfre, además de tener otros seguros.
Al terminar el periodo de vigencia decidi no prorrogarlo por un asunto pendiente con Mapfre de la póliza de mi vehículo anterior y como ese asunto no se solucionó y no precisamente por mi culpa, pero di un parte de daños propios ante que caducara el periodo de vigencia. Se perito el vehículo y se comunica el importe de peritaje.
Llamo a Mapfre y le indico que los daños son tan ridículos y que no impiden al vehículo circular legalmente y que deseo que me indemnicen, que yo ahora no deseo meter el coche nuevo en el taller. Teniendo en cuenta que yo he sufrido daños en otros vehículos que he tenido, en mi vivienda, en el contenido etc., en los que varias ocasiones se ha peritado los daños y por distintas razones se me ha indemnizado y yo me he encargado que me lo reparen por mi cuenta. La úlima vez que ocurrio esto, no hace mucho, se daño el sanitario, lo comunico, se pone en contacto el fontanero de mapfre y me indica que me va a instalar uno nuevo. Yo le indico que me lo traiga que ya me lo instalaran dentro de un mes, pues se va a arreglar el cuarto aseo. El me indica, que el no puede hacer eso, que él lo tiene que instalar, yo le indico, que si el lo instala, dentro de un mes lo tendre que quitar y poner de nuevo y que se puede romper, entonces me indica que va aconsurtarlo y me llamaria. Me llamo y me dijo, he valorado quitar el viejo, el valor del nuevo y la instalación y se te indemniza, le conteste que si, resuelto el tema. En otra ocasion se que la placa base del pc y como no encontraban una igual y a mi me interesaba una igual, decidieron darme una cantidad determinada que yo acepte y yo me encargue de buscar, con esa cantidad me quitaron la vieja y me pusieron una nueva en un Servicio Tecnico.
Hasta a qui todo normal, pero en este caso la persona que se pone en contacto con migo, primero me indica, que si me indemniza, pero que la mano de obra no me la puede abonar, cuando insisto, indicandole, como he dicho anteriormente, me dice que si, pero que el IVA no. Yo no entiendo lo que ocurre, cuando se ha me ha peritado
cualquier daño se realiza con la mano de obra e IVA, y se me ha pagado por el importe, como el caso del sanitario, donde se incluia la mano de obra y el IVA. Nunca se me ha indicado, si se encarga Ud. te quito esto o lo otro.
No se porque ahora se me quiere mingunear esto o lo otro. He sufrido unos daños, se ha valorado y el asegurado no quiere arreglarlo por las razones que sea, se le paga y listo, porque, si mañana quiere arreglarlo,tendrá que pagar esa mano de obra e IVA, que en ese momento pidan.
No se si me explique bien, desearía me dijera teniendo en cuenta los precedentes, ¿quien tiene la razón?
Saludos.
Habría que mirar la póliza en primer lugar, pero en mi opinión te tendrían que pagar el arreglo como tu indicas. De todos modos, este blog es de temas laborales no de seguros.
Al jefe le pedí las nóminas de octubre en noviembre y me las ha dado en enero y hoy le pido la de diciembre y me dice que no la tiene aún, siempre me dice mañana o la otra semana , Y mi nómina sale que cobro menos de lo que me pagan,en el banco cobro 1,300 y en las nóminas sale a cobras 1,212 en todas que puefo aser
¿Te pagan más de lo que indica la nómina? Si no te da las nóminas, puedes poner una denuncia en la inspección de trabajo.
tengo un trabajador que se niega a venir a las oficinas a irmar las nominas,tengo una inspección de trabajo y me piden todas las nominas firmadas,que hago si no quiere venir?
Intenta demostrarle a la inspección que es el trabajador el que se niega firmarlas.
Hola tengo una duda y quisiera es es posible aclararla. Soy prejubilado de una empresa publica, desde que soy prejubilado, me envían la nomina, sin CIF de la empresa, sin sellarla ni firmarla. He solicitado un préstamo y me solicitan que la nomina este sellada y firmada. Se lo he solicitado a la empresa, pero no me aseguran que me las manden así. ¿Estan todas la empresas a sellar y firmar las nóminas?, si se niegan o no hacen caso, ¿que puedo hacer?
El modelo indica que debe de venir sellada y firmada. En caso de negativa, acude a inspección de trabajo.
Hola:
Soy fija discontinua y termine el contrato el 31 de Julio. Por razones personales no he podido ir a firmar la última nómina en agosto, una vez finalizado mi contrato. Ahora estoy fuera y mi jefa dice que mi obligación legal es ir a firmar. Pero es verdad? Según he leído no tengo obligación. Además dice que la nómina se firma una vez acabado el contrato, pero si estoy en el período de paro tengo que ir?. Muchas gracias
Ya la firmarás. Ellos tiene la obligación de dártela, pero si no la firmas no pasa nada.
Hola, en mi empresa nos entregan las nominas cada 2 o 3 meses, es legal?
cuanto tiempo pueden tardar desde el ingreso del dinero en entregármela?
En principio la entrega debería de ser el mismo mes que se ingresa la nómina.
Hola a todos quisiera preguntar algo.Yo laboro en una empresa donde me adeudan tres meses.abril,mayo y junio. pero esta empresa me a enviado las nominas a mi correo incluyendo esos meses los cuales no he cobrado. podría demandarlos por esto,también las funciones que he realizado son diferentes a lo estipulado en mi contrato. he realizado trabajos de mucho riesgo y sin tener presente de que tengo una discapacidad del 65%
le dueño de la empresa me ordeno que realizara esas funciones en alturas sin la mas mínima seguridad,y cuando le decía que eso no estaba en mi contrato me respondía que es lo que hay. gracias por la información que me puedan suministrar, y si puedo demandar por daños y perjuicios.
Puede demandar solicitando las cantidades entregadas, así como negarte a realizar trabajos que pongan en peligro tu salud de manera evidente.
Puede un trabajador q no me h firmado ninguna nómina pero si ha cobrado pagado por el encargado reclamar me el dinero tengo ticket caja conforme recibió cantidad q me puede pasar
Tendrás que acreditar que se las has pagado.
Hola, en mi empresa ahora han puesto la norma que para ir a recoger la nomina hay que ir fuera del horario de trabajo a una oficina que hay en el centro de la ciudad, con lo que hay que coger autobuses etc dado ue el centro esta cortado a trafico particular. ¿Es esto legal?
Gracias
No.
Buenas Alejandro mi pregunta es la siguiente es normal o más bien legal que te ingresen por ingreso bancario una cantidad inferior de la que pone en la nómina oficial? porque ya no sé cómo recuperar lo que me quitan sin más y exigir la nómina real de abono en cuenta más las diferencias de los últimos 4 meses estoy por ir a inspección de trabajo o burofax esto es increíble enserioo muchas gracias un saludo!
No, deben abonarte el importe neto que aparece en la nómina. Puedes presentar denuncia en inspección o demanda ante los tribunales.
En mi empresa nos ingresan el sueldo en la entidad bancaria, pero las nóminas hay que pedirlas expresamente apuntándonos en una lista,sinó no nos la dan .
En la mía también, me gustaría saber si puedo exigir que me la envíen por correo convencional o que me la hagan llegar ellos a mi puesto de trabajo sin tener que ir expresamente a la oficina de personal a pedirlas, puesto que esto supone una pérdida de tiempo ya que suele ser fuera del horario de trabajo o en el tiempo de mi descanso.
Te la tienen que entregar en tu tiempo de trabajo de la forma que quieran sin que suponga ningún coste para el trabajador.