Horario de las empleadas del hogar internas
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Las empleadas del hogar internas
Se consideran como empleadas del hogar internas aquellos empleados que conviven con la familia en el mismo domicilio en el que trabajan.
Al igual que el resto de las empleadas del hogar, la regulación de las empleadas internas viene recogido, de una forma un tanto poco precisa, en el Real Decreto 1620/2011, de 14 de noviembre, por el que se regula la relación laboral de carácter especial del servicio del hogar familiar.
Jornada de trabajo y tiempo de presencia
Al igual que los demás trabajadores externas, la jornada máxima que se puede realizar es de 40 horas a la semana.
Se pueden distribuir como las partes quieran, siempre que se respeten los descansos diarios y semanales que posteriormente se detallan. Esas 40 horas semanales pueden establecerse en jornada de ocho horas al día en cinco días a la semana, o en 6 horas y media durante siete días.
Además de esa jornada ordinaria de trabajo, para los trabajadores internos se pueden establecer tiempos de presencia, a disposición del empleador por un periodo máximo de 20 horas semanales o durante más tiempo si se compensa con descanso.
Un tiempo de presencia es aquella jornada de trabajo que el trabajador se encuentra disponible para realizar alguna tarea, pero que no se encuentra trabajando. Debe de ser remunerado según lo que acuerden las partes.
Por ejemplo, puede acordarse que algunas horas por la noche la trabajadora tendrá que estar disponible en caso de necesidad para el cuidado de una persona mayor.
El tiempo de presencia debe abonarse como mínimo con el dinero que se abona por una hora ordinaria o bien puede compensarse por tiempo de descanso retribuido, es decir, concediendo tantas horas libres de trabajo como horas de presencia se hayan efectuado.
En definitiva, el trabajador sólo puede realizar una jornada de ocho horas diarias, y las demás, serán como mucho horas de presencia. Pero en caso de que esas horas de presencia se conviertan en trabajo efectivo, deberán de computarse como tal.
Es decir, que si alguna hora del tiempo de presencia finalmente se tiene que trabajar, deberá considerarse como tiempo de trabajo efectivo y deberá tenerse en cuenta a la hora de calcular las 40 horas de trabajo a la semana.
Descanso diario y entre jornadas
Para las comidas principales; desayuno, comida y cena el trabajador interno tendrá derecho como mínimo a dos horas diarias. Estas dos horas no se consideran horas de trabajo, ni efectivo ni de presencia, y en consecuencia, se tendrá libertad para abandonar el hogar familiar.
Por otro lado, entre el final de una jornada y el inicio de la siguiente deberá mediar un descanso mínimo de doce horas. El descanso entre jornadas del empleado de hogar interno podrá reducirse a diez horas, compensando el resto hasta doce horas en períodos de hasta cuatro semanas.
Si se ha pactado tiempo de disponibilidad, deberá de tenerse en cuenta para respetar siempre las diez o doce horas de descanso entre jornadas.
Por ejemplo, si nuestra jornada finaliza a las ocho, pero tenemos tiempo de disponibilidad por la noche, y finalmente trabajamos desde las cuatro de la mañana hasta las cinco de la mañana, deberemos descansar como mínimo hasta las tres de la tarde del día siguiente, para que se respeten las diez horas de descanso.
Descanso semanal
Aunque esté interna, todos los trabajadores tienen derecho a salir del domicilio.
En este sentido, siempre se tiene derecho como mínimo a descansar treinta y seis horas consecutivas que comprenderán, como regla general, la tarde del sábado o la mañana del lunes y el día completo del domingo.
Derecho a vacaciones y a disfrutar los festivos
Además de los descansos anteriormente indicados, se tiene derecho a un periodo de vacaciones mínimo de 30 días naturales al año que deberá ser consensuado entre las partes los días en los que se debe disfrutar.
En cualquier caso, este periodo, podrá fraccionarse en dos o más periodos, si bien al menos uno de ellos será, como mínimo, de quince días naturales consecutivos.
En ausencia de acuerdo, quince días podrán fijarse por el empleador, de acuerdo con las necesidades familiares y el resto se elegirá libremente por el empleado. En este caso, las fechas deberán ser conocidas con dos meses de antelación al inicio de su disfrute.
Durante las vacaciones, el empleado de hogar no estará obligado a residir en el domicilio familiar.
En cuanto a los festivos, se deben de disfrutar los 14 festivos al año. Únicamente no se disfrutan de los festivos cuando coinciden en el día de descanso semanal.
Por ejemplo, si el trabajador siempre descansa domingo y lunes, y el festivo cae a lunes, ese festivo “se pierde”. Sin embargo, en el mismo caso, si el festivo es un miércoles, se tendrá derecho a los festivos y los días de descanso semanales
Durante el festivo, y las vacaciones, no se tiene obligación de permanecer en el puesto de trabajo.
Buenas, yo quisiera saber si tiene validez el contrato de trabajo cuando yo si firmo el contrato pero el familiar no. En mi contrato figura como empleador la persona que yo cuido pero ella no está capacitada por su demencia. ¿Qué consecuencias puede tener?
Si estás trabajando, la relación laboral existe, la diferencia puede ser que el verdadero empleador sea otro y no el que figura en el contrato.
Hola, buenos dias, quisiera saber por favor cual seria el salario para una empleada de hogar que pernocta cuidando una persona mayor en horario de lunes a viernes de 8 30 pm a 9 am .Cuánto deberian pagar a la SS el empleador y la empleada? la empleada tendria derecho a gozar de los 14 festivos,30 dias de vacaciones y las pagas extras anuales ?
Muchas gracias
Buenos días Justina,
En primer lugar, el contrato se debería plantear para una actividad máxima de 40 horas a la semana (8 horas cada día), en un horario que permita que haya un tiempo mínimo de 12 horas entre la finalización de jornada y el inicio de la siguiente.
Esto es, se puede plantear que su jornada se inicia a las 8:30 pm hasta las 8:30 am del siguiente día, aunque se le puede ofrecer que realice el desayuno en la casa, ya fuera del horario de trabajo, para que de esa manera permanezca en la casa acompañando a esa persona mayor, entre las 8:30 y las 9:00 de la mañana.
Evidentemente, durante las 12 horas de la jornada solo puede trabajar 8 horas de manera efectiva, pero está permitido que la persona realice hasta 4 horas cada día de tiempo de presencia (20 horas de media a la semana), para hacer tareas como las de acompañamiento, siempre que se le compensen o paguen como mínimo al mismo importe que las horas ordinarias, aunque lo normal sería permitir un descanso mínimo de 1 hora en medio de la jornada para que la empleada se pueda tomar algo de comida. También tendrá derecho a disfrutar, además de la libranza semanal, de 14 festivos y 30 días de vacaciones pagadas al año.
En otras palabras, si el salario mínimo es de 1.108,33€ brutos/mes, en 12 pagas (con las pagas extras prorrateadas ya incluidas), el importe que resulta es de 6,93€ brutos/hora y el importe que habrá que pagar por el tiempo de presencia que efectúe mensualmente variará en función del número de horas reales que complete cada mes; de tal manera que si un mes normal realiza unas 60 horas de tiempo de presencia y los meses que esté de vacaciones o haya festivos el número de horas de tiempo de presencia puede verse reducido, resultando una media de unas 56 horas de tiempo de presencia al mes, lo que da un importe medio de 387,92€ brutos adicionales al mes
Si se declarase en la SS un salario total de 1.496,25€ brutos de media mensual, incluidas las horas de tiempo de presencia, pues el pago que tendrías que realizar a la SS sería de 304,93€ netos con la cuota de 70,32€ de la trabajadora ya descontada. Como ves, las cuotas que hay que pagar dependen de si se declara ese número de horas de tiempo de presencia, sin embargo es cierto que la gran mayoría no las declara, limitándose a pagar el mínimo de 223,57€ netos con la cuota de 51,56€ de la trabajadora ya descontados.
Si lo deseas, puedes solicitar que en https://www.nominahogar.es/ te preparen una nómina ¡GRATUITAMENTE! para que te sirva de modelo para elaborar la nómina mensual que has de entregar a la trabajadora.
muchas gracias por su respuesta, un saludo
Buenas tardes Alejandro,
Mi suegra tiene contrato de 35 horas semanales cuidando una persona mayor como indefinida desde hace años. Ahora, le quieren cambiar el contrato para pasar a ser interina. ¿Han de rescindirle el contrato actual y pagarle el finiquito antes de firmar otro contrato diferente? Muchas gracias
no se extingue el contrato, sino se modifican las condiciones laborales.
Muchas gracias.
En tal caso, si siguiera con ellos (lleva 5 años como indefinida) debería figurar ese periodo de tiempo dentro de las nuevas condiciones? Los 5 años?
El inconveniente es que le han presentado, un nuevo contrato, el cual, tendría una duración de 3 meses. Mi duda es si tiene derecho a finiquito por todo el periodo anterior, sí por ejemplo mi suegra decidiese rescindir el contrato al de un mes. Muchas gracias. Un saludo
Si, la antigüedad se debe respetar y no se debe hacer un contrato temporal. Si así fuera, demanda por despido ahora.
hola buen dia
tenia una duda haber si podrías ayudarme
yo trabajo de interna cuidando una señora mayor, no tengo documentación en regla… yo tendría derecho a la paga extra de navidad??? llevo 6 meses
Si no están prorrateadas las pagas extras sí.
No, No lo están. Por ende si tendría derecho
Hola Linda,
Tendrías derecho a cobrar la parte proporcional a los 6 meses que llevas trabajando, pero siempre que el importe que recibas mensualmente sea de menos de 1.108,33€ brutos al mes.
En otras palabras, si te están pagando 950€ todos los meses, tendrás derecho a recibir una paga extra de 475€ por navidad.
Respecto de mis dudas anteriores, supongo que efectívamente hay que cotizar por las horas de presencia, se compensen o no con manutención y hospedaje, pero de la lectura de otros comentarios, comence a dudar de la información tan escueta y somera que ofrecen algunas agencias.
He quedado desolado con los comentarios de PAKY MEJIAS ( 27 de agosto y 7 de septiembre de 2020)
Del mismo modo, lleno de tristeza, al leer la experiencia de GABRIELA LARREA ( 16 de agosto de 2019)
y las palabras de aliento de NADIA HILTBRAND ( 29 de agosto de 2019).
Gracias a todos por vuestras experiencias y a D. Alejandro Aradas.
El trabajo debería hacernos libres.
Desgraciadamente, el servicio del hogar familiar es uno de los sectores más precarizados en España.
Una trabajadora interna, cuando es un festivo entre semana, por ejemplo un miércoles, libra 24 horas? o las 12 horas de la jornada laboral.
El festivo son 24 horas.
Hola tengo una pregunta actualmente trabajo de interna y libro los sábados después del medio día y el domingo y me reintegro el día lunes a las 8 de la mañana la pregunta cuanto es lo q me corresponde si trabajo un día feriado suponiendo q entro a las 8 de la mañana por ejemplo este 2 de noviembre fue feriado y lo trabaje entre a las 8 de la mañana cuanto es lo q me corresponde que me paguen
Hola Black,
Al régimen del empleo del hogar no le aplica la normativa de gratificación especial por trabajo en festivos y, por tanto, si no se pactó nada al respecto por contrato, el pago de estas horas no deberá ser menor que el de las horas ordinarias.
Es decir, que dependerá del salario bruto que tengas. Lo normal sería que como mínimo cobrarás a 7,43€/hora; pero, en ningún caso, será inferior a 6,93€/hora.
Mi madre ha empezado ahora de interna y le han comentado que ella debe pagar el 20% de la seguridad social. Es correcto eso? Gracias.
No, no se paga el 20%.
Este 1 de Noviembre que es festivo pero cae día Domingo, me corresponde librar como festivo?
Ya que yo laboro y me toca descansar Sábado.
Me dicen que no es festivo por caer Domingo, es cierto esto?
Salvo que la comunidad lo haya cambiado, es festivo el domingo y se debe tratar como tal.
Buenos días
Mi consulta es que yo trabajo de servicio doméstico externa por 9 horas a la semana , pero me van a operar a finales de octubre , esos días que este de baja medica me los tienen que pagar o tengo que reponer esos días.
Un saludo
Gracias
lo explico en este artículo.
Buenas noches, a mi no me queda claro lo de las 10 horas de descanso entre jornadas. Podían aclarármelo?
Gracias
Hola buenos días,
Lo único que no me queda muy claro es si en el salario de 950€ entra la pernoctación.
O sea el empleado pide 40 horas semanas más pernoctación librando 2 horas al día y desde las 12pm del sabado al domingo en la noche. Cobrando 1500€ brutos. Recapitulando:
1) cuando se dice que el salario minimo es 950€ por 40horas semanalas es con pernoctación?
2) descanso de sabado mediodia a domingo noche es legal o deberia ser mas?
MUCHAS GRACIAS!
El SMI es sin pernoctación.
Hola. En el caso de contratar a una persona para cuidar a un bebé, el horario fijado seria de 9 a 19h con 2h para comer pero que equivalen a las 2h que el bebé dormiría y por tanto se tendría que estar pendiente (vigilar a través de una cámara) y no se podría salir del domicilio. Estas 2h diarias se podrían considerar libres y por tanto fuera del horario laboral diario (y de las 8h trabajadas por día) o bien tendrían que considerarse como tiempo de presencia? Las 2h? Gracias.
Tiempo presencial.
Buenos días. Necesito contratar cuidadora para mi madre, que pernocte en su casa y trabaje en el domicilio de 9 a 3.30 y que prepare la cena por la noche ,de lunes a viernes. Tengo dudas sobre si hay que pagar la pernocta aparte de las 40 horas semanales o va incluído en el contrato de interna. Muchas gracias
Puede que necesites contratar a dos personas para el servicio del hogar familiar. El horario que indicas supera las 40 horas de jornada semanal que establece el convenio.
Llevo 5 meses trabajando como cuidadora interna no tengo contrato porq llevo 2 años y 4 meses en el país,,por ley dicen que necesito completar 3 años para que me hagan un contrato laboral es verdad…..y tengo derecho a que me paguen días festivos estoy desde agosto y diciembre este mes tengo derecho a una paga extra navidad ,,,,,,,y sitrabajo 24 25 diciembre y 31 y 1 enero como sería el pago de esaa fechas gracias
No soy experto en extranjería, así que no le puedo ayudar con la primera pregunta. Si trabaja se lo tienen que pagar mínimo, como un día de trabajo ordinario. Sí, tiene derecho a las pagas extras salvo que estén prorrateadas.
Buenas, aparte de la discriminación de este convenio en el estatuto de los trabajadores, lo que sucede es que la interpretación por parte de las agencias que ofrecen servicios de empleadas del hogar y auxiliares tanto externas como internas incurren en esta desinformación a las familias, para poder obtener cada vez más socios a los cuales se les cobra mensualmente de 150 a 200 euros por los servicios de gestión de las nóminas y contrato que debe ir nombre de la la persona a la que se cuida, estas agencias informan que dentro de sus servicios incluyen la reposición en caso de baja por vacaciones, enfermedad…. De la trabajadora a la cual contratan, se les dice que la trabajadora interna tiene derecho a dos horas libres cada día, y 36 horas semanales, no les hacen incapie en el tema de las horas de presencia,, tampoco en que la persona interna tiene derecho a una habitación y a un cuarto de baño propio, ni les comenta que la interna debe tener un planing adaptado a sus horas laborales, así como si no contratan pernocta no tiene la obligación de dormir en el domicilio a no ser que se haya reflejado en el mismo contrato, añadiendo así al coste la realización de horas extras nocturnas, por otro lado aconsejan a las familias que el dependiente sea el que firme el contrato.
Con lo cuál las familias se toman en su razón que tienen básicamente una esclaba por 1050 euros, ah, me dejaba atrás lo más importante la clasificación del contrato si el trabajo consiste como consiste en la administración de medicamentos, la integración social de la persona, la limpieza y cuidados de los dependientes, es contrato lo clasifican de empleada del hogar y no en la de Auxiliar de personas dependientes, ya que este otro tendría que realizarlo la propia empresa, el dependiente que figura en el contrato con anterioridad ya hs sido despojado de sus bienes por parte de los hijos o sobrinos.
. Con lo cuál a la hora de reclamar judicialmente, no puedes conseguir nada, la persona se muere y los juicios se anulan..
Otra verdad encubierta
Totalmente de acuerdo. Muchas veces, el servicio de empleadas del hogar denominadas internas roza la esclavitud
Si tengo una empleada contratada, por horas (6 a la semana, repartidas en dos días, que no superan los 120 al año), qué ocurre si en el mes de Agosto trabaja menos horas porque la casa está cerrada y el empleador de viaje. Es decir, la empleadora podría obligar al empleador a que preste las horas de trabajo que faltan hasta contemplar las horas restantes correspondientes a los días que el empleador ha estado de viaje??
Gracias de antemano
¿Roza?
Alejandro a parte de que la esclavitud la tenemos servida en el sistema , el problema más serio en este tipo de trabajo es como en todo la mala gestión a nivel político.
Te pongo un ejemplo ( hacer incapíe que no voy contra la población irregular) aquí en Navarra, hay un indice de inmigración de personas irregulares impresionante, hace unos 12 años y hablo de un tema que conozco venían de sus paises con contratos FALSOS para poder permanecer en Navarra, donde tenían que pagar la cantidad mínima de 5.000 € para obtenerlos , con ello obtenian derecho a una habitación compartida donde seguian sumando su deuda hasta que conseguian un trabajo como empleadas de hogar.
Esas personas han traido a sus amigos , hijos…
Toda persona irregular , cosa que se dá cuando el permiso de turista se agota, se empadronan a veces pagando por ello y viviendo durante los dos años necesarios para obtener la renta básica , realizando trabajos por un precio muy bajo, a fin de cuentas vienen para mejorar, al cambio por ejemplo en Perú una mujer que trabaja interna y cobra 500 €, sin tener que pagar alojamiento y comida, multiplicamos por 3,8 más o menos el valor del peso en mercado con respecto al €, obtienen unos 1.900 pesos, le añadimos que cuando llevan 2 años con padròn van a sumar 636,73 € por una persona, claro que siguen trabajando en negro, eso sí en calidad de esclavitud porque se les niega el derecho a salir a su pais, a no ser que consigan un contrato de un año y puedan regularizar su situación, por otro lado tienen el derecho a denunciar ante la inspección de trabajo( menudo timo) su situación y acceder a un abogado de oficio, si tienen la suerte de poder demostrar que llevan más de seis meses trabajando en ese hogar, dificil situaación dado que los inspectores no tienen acceso a los domicilios , ojo, la persona irregular que se atreve a denunciar y lo hace aún presentando la denuncia LA INSPECCIÓN ACEPTA ACUERDOS CON LA FAMILIA , SOBRE PAPEL PONEN UNA DENUNCIA POR NO TENER CONTRATADA A UNA PERSONA IRREGULAR.
NO A LA PERSONA DENUNCIADA, EN ESTE CASO HACEN RESPONSABLE AL ANCIANO EN CUESTIÓN , AL CUAL SUS HIJOS YA HAN DESPOJADO DE TODOS SUS BIENES Y LO HAN LLEVADO A UNA RESIDENCIA HASTA SU FALLECIMIENTO.
RESULTADO EN ESTE CASO, LA PERSONA IRREGULAR NO CONSIGUE SU ARRAIGAMIENTO LABORAL, PORQUE LEGALMENTE NO PUEDE TENER UN CONTRATO POR SER IRREGULAR…
¿Realmente podemos culpar a la inmigración irregular de competencia desleal?
En mi opinión y a mal que me pese no, lo normal sería que una vez que estan en el país si tienen la suerte de conseguir un trabajo , el que sea, tengan derecho a su contratación, tengan derecho a su libertad, tengan derecho a cotizar al puto regimen que tenemos, pero claro esto implica que las partidas económicas destinadas a la ayuda a las personas necesitadas habría que suprimirlas y los chupatintas encaargados de su distribución , logicamente no podrian llevarse vde 10€ 9…
Con lo dicho no ha valido de nada la reivindicación laboral de un sector vital GRACIAS A LAS POLÍTICAS GLOBALISTAS.
Desconozco la situación que denuncias, pero si que conozco la situación de muchos trabajadores que de manera interna trabajan en turnos continuos de lunes a sábado.
hola. en el contrato de una interna que pernocta 6 días a la semana en casa del empleador y que tienr sus correspondientes 36 horas de descanso, deberá figurar que se le contrata de lunes a domingo con los descansos establecidos en la ley? o de lunes a viernes? teniendo en cuenta que descansa sabado por la tarde y el domingo el día entero. Muchas gracias
Hola Belén, en el contrato debe especificar claramente la jornada de trabajo semanal, la cual equilivale a 8 horas diarias, según los casos se puede añadir 2 horas al día más como tiempo de presencia, el tiempo de presencia no es de trabajo, es decir puedes estar atenta a abrir o contestar al teléfono o timbre o alguna necesidad extraordinario, también debe especificar si debes pernoctar, las doce horas que tienes derecho, si y además si en esas horas tienes que levantarte a atender al baño a la persona, han de especificarse como horas extras, a ver si por lo menos se enteran
Buenas; ¿las comidas (desayuno, comida y cena) de una trabajadora de hogar interna van a cuenta del contratador?
Muchas gracias.
Hola buenas noches
Soy empleada de hogar cuidando una señora con el Alzheimer
En la casa hay tres ancianos
Cobro 1000€ al mes descanso cada 15 días no cobró los festivos y por el fin de semana solo salgo el sábado por la mediodía y vuelvo el domingo por la tarde
No sé si esta bien o no porque yo no entiendo en eso
Espero que alguien me explica un poco
Yo sé que estoy trabajando muchas horas
Y veo que el descanso del fin de semana es pocas horas
Quiero saber los condiciones y los derechos de una empleada de hogar cuidando ancianos
Y también cuál será el horario para el descanso durante el fin de semana cuantas horas
Un saludo
Gracias
Es una pregunta muy amplia. Un trabajador sólo podría trabajar de forma efectiva, 40 horas a la semana, y 20 horas de forma presencial en una semana. Todo lo demás deberían de ser horas extraordinarias. Además, no se si con 1000€ te refieres neto o bruto o en 12 o 14 pagas, ya que podría ser un salario inferior al SMI.
He conseguido un trabajo como interna, con 40 horas semanales, 950 euros, por un ano, para presentar el expediente por arraigo social. El tipo de contrato que tienen de hacer es un Modelo de Contrato de Trabajo Temporal o el Modelo de Contrato de Trabajo Indefinido??
Gracias por su respuesta.
Hola buenas noches abogado soy Maria trabajo de interna cuidando dos personas mayores una ocn discapacidad y la otra está bien. Me pagan 850 euros pero no tengo mis dos horas libres ni a días festivos ni derechos a medias pagas ni vacaciones y ahora me dicen que sj me Dan contrato laboral me lo deducen de mi sueldo que debo de hacer y me toca ahora la paga en julio que cumplo un año de estar con ellos y no me lo darán dicen
Tienes que cobrar como mínimo 950 euros al mes en 14 pagas. El salario está relacionado con el tiempo de trabajo realizado, y no tanto con las funciones que trabajas Por lo que comentas, te pagan por debajo de lo legal, así que tendrás que demandar.
Muy buenas, trabajo de interna con una persona enferma. Entró en domingo noche, asta sábado por la mañana, cobro 1050€ en 12 pagas, no descanso las dos horas al día. Quería saber si esta todo correcto, o tengo que entrar de lunes a viernes.
Gracias
Hola, tengo una empleada del hogar interna, contratada 40h repartidas de lunes a domingo, descanso de 2 horas diarias. Sale el sabado a las 08:30h y entra el domingo a las 18:30h. Los dias festivos 10, 13 de Abril y 1 de Mayo los ha trabajado como consecuencia del estado de alarma del COVID, cuanto hay que pagarle de mas? Su nomina es de 1.056,78€ vive en casa.
gracias
Buenas tardes, cual es el horario de una persona interna los fines de semana?
Llevo 3 años con entradas a la 13:00 pm del sábado con salida a las 21:00 del domingo.
Y ahora me quieren cambiar la entrada a las 9 por el mismo pago.
La que acuerden las partes.
Hola buenas yo trabajo interna cuidando una señora con alzheimer de domingo alas 8 pm hasta el sabado 12 pm me pagan 850 el mes. Solo me pagan 15 de vacaciones no me dan las dos pagas
( junio,diciembre) trabajo los festivos normal sin descansar mi pregunta es yo podría salir 2 horas ala semana de lunes a viernes y podría pedir aumento de pago ya que e cumplido un año de interna pero lo que pasa es que no tengo permiso de trabajo ni documentación en regla solo estoy en trámites de asilo por tal motivo no tengo un contrato no me pagan seguridad social muchas gracias espero me puedan sacar de mis dudas GRACIAS .
Las condiciones laborales que me indicas no respetan los derechos laborales básicos, por lo que te recomiendo que demandes.
Hola buen día trabajo interna , tenía libre desde el sábado hasta el domingo por la tarde, pero por la cuarentena quede atrapada en mi trabajo y no puedo salir , igual trabajo todos los días mi jefa dice que igual tengo que hacer algo en casa ayudar en algunos quehaceres . No entiendo porque si son mis días libres
Siempre se tiene derecho a descansar. Graba las conversaciones en las que se acredite que trabajas.
Hola ! Mañana es jueves santo y viernes santo
Es verdad que ueves tengo derecho solo media jornada de fiesta?
Nunca he oido media jornada de fiesta laboral
La fiesta es una entera dia o nada .
Trabajo interna hogar .
Corrigeme se mi equivoque
Gracias
No, se tiene derecho a todo el día de descanso por festivo.
Muchas gracias .
Susana
Hola.Trabajo en interna. Viene semana santa. Me ha dicho que estoy libra en jueves y viernes pero tengo que pernoctar al trabajo. Porque no tengo derecho dormir en casa si es fiestas
Eso está en lo acordado, pero no puedes exigirle que puedas dormir en su casa.
Buenas. Mi duda es acerca de una trabajadora que cuida a un anciano de domingo por la noche a sábado por la mañana. No tiene permisos ni de residencia ni de trabajo. Los festivos, si los quiere hacer, se le pagan aparte. Tiene fines de semana libres. En marzo hará un año que está con el abuelo y me exige un mes de vacaciones pagadas y subida de sueldo que es 850 sin gastos ninguno por su parte. Le tengo que pagar el mes de vacaciones por obligación y otro mes más si decide trabajarlo ella?
Gracias
Las vacaciones deben de disfrutarse, obviamente si al final no se disfrutan se deben de pagar, aunque insisto que se deben de disfrutar. No se puede estar un año sin descanso. Por otro lado, no se que salario tiene ni que trabajo efectivo realiza de lunes a viernes.
Hola buenas. Los festivos cuántas horas tiene libre una empleada de hogar. ?? Por lo menos si es viernes el festivo. Tiene que volver por la ncohe o puede coger puente y regresar hasta el domingo por la noche? Al igual en semana santa se debe salir desde el jueves y regresar hasta el domingo??
El festivo es 24 horas, y así debería de ser su descanso. Sobre cuando tiene que volver, depende de su jornada.
Cuanto debería de cobrar por dos personas abogado porque prácticamente cobro poco y trabajo más
Hola!!!trabajo internă me paga 950 al mea,tango descanso 2 notar pero me quedo en casa,no salgo. Libro domingo de la 9 a la noche ,no tengo libre los festivo .tengo en marzo 2 años con contrato.Ahora la hija del Senior quiere cambiar mi contrato de trabajo,en lugar de 8 horas para poner 6 horas de trabajo.en contrato poner menos dinero y pagame la diferencia en efectivo. me va a afectar paro??
No se a que te refieres con el paro, ya que por ahora, las empleadas domésticas no generan derecho a prestación por desempleo. Te afectará en la medida que cotizarán menos por ti.
Buenos días,
Las comidas, la estancia,e tc de las empleadas del hogar internas, no se consideran en ningún caso sueldo en especie? como las “dietas” en el resto de empleos. Al fin y al cabo, desayunan, comen, meriendan y cena en nuestra casa…
Gracias
Si una interna que reside en el domicilio de la familia para la que trabaja, y se encuentra allí empadronada, suspendiera su contrato de trabajo por maternidad y tuviese que ser sustituida durante este tiempo de suspensión por otra, tendría la
Primera derecho a permanecer pernoctando en la vivienda pese a encontrarse su contrato suspendido?? Necesito que la interna sustituta que voy a contratar pueda pernoctar en la vivienda. ?tendria que alojar a las dos?? Gracias
hola doctor y doctora trabajo desde octubre con contrato con un matrimonio ella tiene alzheimer y el distrofia muscular me pagan 1050€ por los dos trabajo de domingo a las 9 de la noche a sàbado a las 9 de la mañana, mis dias libre,y entre semana trabajo desde las 6 de la mañana hasta las misma 8de la noche sin las dos horas de descanso, aparte tengo mi coche y los llevo donde tengan que ir solo me pagan la gasolina aparte de eso sabia que en el contrato decia de 14 pagas pero no se si este año que termino tenian que darme algo por los 3 meses ya cumplidos con ellos tengo papeles me dan alta a la seguridad social esta bien esto rogaria que me contestara gracias ante mano
Si las pagas extras no están prorrateadas, tienen que venir en la nómina, si que te adeudan parte de la paga generada.
buenas…estoy haciendo una suplencia por dos meses…m dan.900….pero el festivo..día 6…no m lo dieron…y el.25..Navidad..e de entrar a las 8..de la tarde..no m han echo contrato…y el primer día k entre..no m pago esa noche…cuanto a de pagarme por festivo y por esa noche y la de Navidad….porfavor responda….
Desconozco las horas que trabajas para poder calcular el salario que te corresponde.
Hola, trabajo de interna, con un sueldo de €1,000, no me dan las dos horas diarias, tampoco me dan los días fiestas,si tengo vacaciones y un contrato,y mi día de descanso, es salir el sábado a las 11.30 de la mañana y entrar el domingo a las 9 de la noche!
Mi pregunta es:
Tengo derecho a días fiestas y 2 horas diarias?
Tengo permiso de residencia!
Gracias!!
Tiene derecho a descansos diarios, semanales y vacaciones al año.
Mi nombre es Fatima tengo 26 años llevo cûidando una señora mayor de 85 años y tengo mi salario a lmes 800 euros y no me dan mi dia libre trabajo toda la semana y tengo 12 pagas a laño tengo un mes de vacaciones no me dan dias de festivos ni nada de nada hasta la navidad trabajo tambien q tengo q hacer con ellos no me quieren dar mi 24horas de descanso…….
Presenta una denuncia en inspección de trabajo.
Hola yo trabajo de interna desde el domingo de 10 de la noche hasta el sábado alas 11 de la mañana no salgo para nada ni dos horas ni nada mi sueldo es 1200 euros y las fiestas antes salía el viernes por la mañana hasta el domingo por la noche y ahora ya no quiere darme mi festivo la señora dice que solo me corresponde 12 horas nada más que si me voy un día de fiesta que en martes me voy alas 10 de la mañana y tengo que regresar a dormir alas 10 de la noche del mismo día no se so eso será correcto muchas gracias por su respuesta
No, en mi opinión, no es correcto. Tienes derecho a los festivos.
Hola yo trabajo de interna en una casa libro los martes de 2 de la tarde hasta las 7 de la tarde y luego los fines de semana me cuenta desde el sabado al mediodia hasta las 9 de la noche del domingo y no libro ningun festivo quiero saber si me pertene mas o no
Si, en ni opinión, al igual que las vacaciones, se debe tener derecho a los festivos.
Hola buenas! Estoy trabajando de asistenta interna además de sin contrato entro a las ocho de la tarde y salgo a las tres de la tarde de al día siguiente. Y solo tengo a la semana libre desde el sábado que salgo a las tres de la tarde hasta las ocho de la tarde de el día siguiente. Es correcto lo que estoy trabajando? Y ningún día de festivo. Llebo 4 meses, y por querer que hiciera otro trabajo fuera de lo normal a las tantas de la noche la hija que es la jefa se levanta a las tantas de la tarde y yo madrugo y por pedir que tenía que descansar me amenaza con hecharme y me exige que otras que ai trabajaron también se ocupaban a parte de mi trabajo cuidando a su madre y de toda la limpieza de su casa. La de ella que también lo hacían… Que opinan por 600€
Te deberían de abonar como mínimo el salario mínimo interprofesional, 900 € brutos en 14 pagas, si trabajas al menos 40 horas a la semana.
Buenas tardes. Interina cuidadora de un anciano de domingo 21:00 H. a viernes 21:00 H. Un dia festivo, p.e. 1 de noviembre, es a partir de las 21:00 H del jueves o 9:00 H del mismo festivo?
El criterio puede variar en función de si dicho festivo lo hace una trabajadora de la misma empresa de colocación o si se encarga la familia? Muchas gracias.
El festivo es todo el día 1 desde la madrugada hasta la noche.
Hola yo trabajo de interna cuidando una persona de 91 años de lunes ha sábado salgo dos de la tarde y regreso ha dormir alas 8 de la noche que tengo que preparar la cena para la señora y el domingo temprano me voy y regreso en la noche mi sueldo es de 700 euros dos medias pagas de 250 euros me dan un mes de vacaciones y me pagan medio sueldo de 350 euros pero me las dan fin de mes cuando ellos regresan de vacaciones los días festivos solo me dan tres horas para salir ha dar unas vueltas quisiera saber los festivos de navidad y noche como es si tienen que darme libre ese día y si el sueldo está bien así espero su respuesta gracias
No, no es correcto el salario que debería ser como mínimo de 900 euros al mes en 14 pagas. Además, tienes derecho a descansar los días festivos además de las vacaciones correspondientes.
Hola!
Trabajo media jornada de empleada de hogar y me amplian a un fin de semana al mes como interna. Cuantas horas tengo q hacer y cuanto ascenderia mi sueldo?
Tanto las horas como el sueldo depende de lo pactado y del número de horas de trabajo efectivo.
Buenas estoy de interna fines de semana entro a las 9:30 de la mañana del sábado y salgo a las 9:00 de la noche del domingo sin mis dos horas de descanso ni nada y cobro 400E al mes eso es asi?
Trabajo de interno de 8 de la mañana a 10 de la noche solo me dan un día de descanso ellos te elijen el día que les conviene me paga 1000€ estoy sin papeles y tengo miedo de reclamar y quedarme sin trabajo
hola trabajo de interna desde las 8 de la mañana hasta las 10 de la noche con dos horas de descanso, libro los sábado apartir de las 11 de la mañana hasta el domingo a las 22 horas, esto es correcto, me salen más horas de las 40 horas. y otra pregunta.
Ahora vienen días de fiesta que caen en viernes, cuando comienza mi día de fiesta por ejemplo el puente de todos los santos el dia 1 cae en viernes, cuando debo empezar el día libre? teniendo en cuenta que salgo el sábado a las 11 de la mañana. Tendría libre desde el jueves a las 12 de la noche hasta el domingo a las 22 horas.
Estamos planteándonos contratar a una interna para el cuidado de nuestra abuela y el contrato que pensábamos firmar es el siguiente: de 9 de la noche a 5 de la tarde cada día , entraría el domingo a las 21h y saldría el sábado a las 10 de la mañana. ¿Es correcto este número de horas? ¿Cuánto deberíamos pagarle por este trabajo?
¿DEsde las nueve de la noche hasta las cinco de la tarde? En mi opinión, ese horario supera la jornada máxima de un trabajador (40 horas de trabajo efectivo a la semana) y no se podría contratar a un sólo trabajador, sino sería necesario a varios.
Hola, trabajo cuidando a dos personas mayores 92 y 94 años de lunes a domingos de 8:30pm hasta las 8:30am. Han sido muy independientes mis labores son preparar la cena, servirla, igualmente el desayuno, estar pendiente de los medic amentos, dejar la cocina limpia y ordenada. Actualmente una de las peesonas enfermó y debo ayudarle a cambiarse para acostarlo en su habitación. En cuanto termino puedo dormir. Me pagan 900 euros al mes mas dos pagas extras. Además me pagan los domingos a parte ya que este es mi dia libre aunque eso fue decisión de ellos no me tomaron en cuenta si quiero disfrutar mi dia o trabajarlo. Lo otro es que los festivos me los cuentan como vacaciones no me los suman sino que me lo cuentan como dias de vacaciones, estás acordamos que serian 2 semanas en un mes y 2 semanas en otro pero cuando quieren me las quitan y me dicen te las pago porque te necesito ya que no podemos quedsrnos solos y si reclamo me dicen es lo que hay. Estará bien la forma de pago y las decisiones que toman por mi?
No, hay varias cuestiones que reclamar. Siempre se tiene derecho a días de descanso entre jornadas. Tampoco se puede considerar los festivos como días de vacaciones.
Hola, yo trabajo cuando hay cole desde las 6.45am hasta 4.10pm luego desde 17.30 hasta 10.30 intento a acabar a está hora si no hasta las 23.30
Trabajo interna como empleada de hogar .
Tengo libre jueves desde 18.00 y sabado desde las 15.00 hasta el domingo todo el dia .
No me parece justo peró no se la ley en españa como?
Ahora leo estó concerniente la horario!
Susana
Hola, hemos contratado una empleada interna de lunes a las 10:00 am hasta sábado a las 10:00 am. El salario es de 12 pagas netas de 1000€ ¿es correcto?¿Tiene derecho a abandonar la vivienda fuera de las 40 horas de trabajo efectivo y las 20 presenciales? Las 20 horas presenciales, ¿se remuneran obligatoriamente a mayores del salario ó solamente si se convierten en trabajo efectivo? Muchas gracias
Aunque este interna, sólo puede trabajar 40 horas más 20 presenciales, y si deben abonarse las presenciales aunque no trabajen. Por su puesto que tiene derecho a abandonar la vivienda fuera de esas 60 horas semanales de trabajo.
Muchas gracias por la respuesta. Otra cuestión, teniendo en cuenta que la persona es dependiente (rotura de cadera con movilidad reducida), necesita una persona presente las 24 horas. Para cumplir con la legislación, según mis cálculos son necesarias 4 personas como mínimo para cubrir la semana,¿es correcto?
Con 24 horas los siete días de la semana, si cuatro personas.
Aunque este interna, sólo puede trabajar 40 horas más 20 presenciales, y si deben abonarse las presenciales aunque no trabajen. Por supuesto que tiene derecho a abandonar la vivienda fuera de esas 60 horas semanales de trabajo.
Hola, trabajo como interna con una señora que pesa 98 kilos y está inmovilizada de cintura para abajo. Me llama a las 7:30 y no me acuesto nunca antes de las 12 de la noche, las 2 hs diarias a veces me las da y otras no. Me pagan ,€800 al mes, libro desde el Domingo a las 10 hasta el lunes a las 7 de la tarde. No puedo reclamar nada porque no tengo papeles, necesito el dinero pero siento que me están explotando. Soy su cuidadora, enfermera, cocinera, limpio la casa, también atiendo a su marido, me encargo de cuidar su jardín, me encargo de su medicación, de sus citas con los médicos, me llama 2 o 3 veces durante la noche. No aguanto más. Pero no puedo quedarme sin trabajo. Alguna sugerencia? Gracias
Hola Gabriela,
Yo también soy cuidadora y quisiera decirte que hoy en día hay cada vez personas necesitadas de cuidados entiendo que necesitas el dinero, pero antes que eso está tu bienestar físico, mental y emocional por lo tanto es importante que escuches esa voz y tomes decisiones. Aceptar ese trato no es bueno para ti ni para la persona que atiendes pues aunque no hables tu cuerpo, tus gestos, tu mente hablan por ti. Lo primero ten claro lo que quieres, lo que sientes que te mereces y da los pasos para conseguirlo bien sea hablando con tu empleador o buscando otro lugar para trabajar que son muchos. Hay un sitio web Topnanny dónde hay muchas ofertas de trabajo. Cuida de ti Gabriela renunciando a ser la esclava o la explotada de ese modo cierras la puerta a quien quiera eso de ti. Que te vaya bien
Buenas.. A las trabajadoras del hogar interna, que es mi caso.. Tienen que pagar 13 o 14 pagas al año..?? Muchas gracias
En principio son 14, pero pueden estar prorrateadas y pagarse en 12 pagas.
Yo trabajo 8 horas de lunes a viernes por 645 euros al mes me dan 30 días de vacaciones y 2 pagas al año que es un sueldo dividido en 2, llevo trabajando con ellos 10 años, con el aumento salarial me bajaron las horas a 6 horas !!! Ellos me tienen que indemnizar las horas que me han bajado ?
No, no se tiene que indemnizar. Cuestión diferente es que quieras impugnar dicho cambio.
Muchas gracias !!!!
Hola, soy hija d español y actualmente vivo en España, y tramitando mi nacionalidad, trabajo como interna, acompañando a una sra de 93 años, pero siento q me han ido cargando de responsabilidades y trabajo, es una finca y ahora quieren q riegue la huerta recoga algunas verduras, limpie la casa, alimente las gallinas y atienda a la sra, cabe destacar q la sra sufre d desgaste en las cervicales, es diabetica, pero tiene dificultades propias de su edad, trabajo d domingos a viernes, mi jornada diaria de 9 a hasta las 12 de la noche, siento a ya no aguanto más, estoy sin papeles acá, q orientación pueden darme, a donde puedo dirijirme
Acude a un abogado de tu ciudad para ver que se puede reclamar. Estas realizando horas extraordinarias que puedes reclamar, el problema será que tienes que acreditarlas.
Hola tengo casi tres años trabajando con una señora ganaba 750 y rogando me aumento 30 euros no me Dan pagas extras no me Dan festivos salgo el sabadl al medio día y entro el domingo a la noche lo único q he gozado es de las vacaciones los dos primeros años no se si este 2019 me las darán a q tengo derecho de exigir podría demandar por abuso en mi salario las no pagas extras y el no hice de festivos les agradeceré una respuesta.
Sí, deberías cobrar como mínimo el salario mínimo inteprofesional, además de todas las horas extras trabajadas de más.
Gracias, por su la repuestas,
Buenos dias
Mi madre trabaja de interna de lunes a domingo , con un salario de 1400
Una paga al año y 30 días de vacaciones.
Al principio dijeron que tenía derecho a descansar 2 horas diarias.
Pero ahora dicen que esas dos horas solo son de lunes a domingo y que sabado y domingo no se puede.
¿Es eso cierto ?
No, no es cierto. Además, a pesar de que esté interna tiene derecho a unos descansos entre jornada y un descanso semanal.
Soy interna hace un mes y medio con una persona con demencia senil estoy en España ya casi 3 años pero el trabajo es muy duro porque no tengo papeles no puedo reclamar trabajo de lunes a domingo con descanso de sólo un día y medio al mes y descanso de 9 a 2 0eto no tengo feriados los trabajo completo a así como todo el día completo los fines de semana y la señora que cuido es super violenta estoy a punrocde dejar ese traajo porque perjudica mi salud no descanso porque al llegar es como empezar nuevamente pero si lo dejo me quedo en la calle que me recomienda hacer
Saludos cordiales
No es una respuesta sencilla, pero lo que deberías hacer es demandar a tu empleador.
Tienes que demostrar haber trabajado mínimo 6 meses y te dan la residencia y a tu empleador lo multan por tanta injusticia.
Buenos días,
Si una empleada del hogar trabaja como fija a dormir y cobra las horas de presencia 225€/mensual (sueldo por hora ordinario sin pagas por 20 horas mensuales), ¿estas tambien se pagan cuando son vacaciones? ¿O solo se tendria que pagar el salario base? Porque durante sus vacaciones no esta trabajando estas horas de presencia y ademas, estas pueden ser compensadas con horas de descanso. (Cobra 14 pagas).
Muchas gracias.
Hola trabajo de domingo a lunes 36 horas a la semana por concepto de fin de semana…y también las 24 horas de los días festivos…mi duda es el salario que se percibe durante el mes por hacer fin de semana no incluye los festivos que también hago…esos se deben pagar como horas extras?
Si, las horas que excedan de la jornada ordinaria son horas extraordinarias, pero se pueden pagar al mismo precio que una hora ordinaria. Nunca por debajo.
Hola trabajo en régimen interno desde hace un año ,entro domingo 9:00 pm a sábado 2:00 pm,salario bruto 1140.81 los festivos salgo de 9 de la mañana a 9 de la noche es correcto ,cual es mi salario base ,no me han subido el salario mínimo ,gracias por su ayuda .
Si trabajas todas esas horas desde el domingo hasta el sábado siguiente, deberías cobrar más.
Buenas, mi mujer trabajar de interna, y le dicen k los festivos we sale el dia anterior, pero cuando es puente tiene k salir el mismo dia festivos, es correct?
No entiendo muy bien la pregunta, ni a que te refieres con puente. Si no es festivo, es un día laborable y se tiene que trabajar.
Hola , yo trabajo como interna de lunes a lunes no tengo festivos solo noche vieja y navidad , si necesito algun dia salir tengo q avisar con 5 dias de antelacion …. y m pgan €1000 . Esta bien la paga ? Igualmente x la necesidad al pruncipio m qurde pero al cuidar una persona mayor y no salir de descanso m estoy agoviado, y bueno nose tampoco si el sueldo esta bien les agradeceria q m orienten .gracias
El salario es correcto, si cobras 1000 € netos, si trabajas 40 horas a la semana. Si eres interna y trabajas más, deberían pagarte más, teniendo en cuenta que no se puede trabajar más de 60 horas a la semana en el caso de las empleadas del hogar.
Hola el festivo empieza a las 00.00 de jueves santo hasta 23.59 del mismo jueves? Igualmente el viernes gracias
si
Hola. Mi pregunta es , una empleada interna cuánto le corresponde si decide trabajar el día festivo?
Deben de ser considerado como horas extraordinarias, y deben de abonarse como mínimo como una hora ordinaria. Para saber el valor de una hora ordinaria, número de horas anuales / dividido la jornada anual.
Hola!Soy interna y tengo una pregunto,abuela cuando esta ingresada en hospital,cuantas horas tengo q esta con ella?O que conditioned hay en este caso?
Se mantiene la jornada de trabajo que tenías antes. no puedes estar más de 40 horas a la semana.
Buenos días tengo una empleada interina que trabaja de 9 a 2 Tiene libre y regresa a las 7 para pasar la noche con mis padres libra domingo y festivos su salario es de 800 eur es correcto ??
No. Salario mínimo 1050 brutos en 12 pagas, y sólo puede trabajar 60 horas a la semana como mucho. En caso de que trabajara 60 horas, el salario debería de ser sobre 1500 € brutos al mes.
Buenos días Alejandro, quisiera saber si el festivo de una empleada de hogar interna comienza a las 12h de la noche anterior.
Si tiene libre el Jueves Santo, cuándo comienza el festivo? Desde que hora? Gracias
Comienza, cuando empieza el día festivo, a las doce de la noche.
Hola tengo una duda, cuido a unos abuelos interna y en cuanto a los días festivos solo me dan libre de 10 de la mañana del día festivo hasta las 10 de la noche del mismo día, esto está correcto o cuando debería salir ?
Gracias
No, debería de ser festivo las 24 horas.
Hola, la persona q me contrató dice q me pagan el salario de una interna, 900 €. Pero mi horario es ajustado según las necesidades de ellos. Hay un cuidador de noche. Mi horario es los domingos de 10 pm hasta las 3:30 pm del lunes, me dan hora y media a veces las 2 horas, regreso de 5 a 8pm. Los martes y jueves estoy de 10 am a 3:30 pm. Miércoles de 10am hasta las 8pm con 2 horas libres. Viernes de 10 am hasta 2pm. Sábado da 10am a 8pm. Éste día me dicen q me tome las 2 horas libres allí mismo, no puedo salir.
Mi inquietud es saber si trabajo las horas legales. Y además me dijo q el contrato es verbal. También me dicen q los festivos q caigan entre semana no me los dan. Por favor me puede brindar su opinión. Muchad gracias
Entiendo que 900 €, en 14 pagas. Por otro lado, tienes que trabajar como máximo 40 horas a la semana, y parece ser que tienes dos horas de disponibilidad, que pueden ser por encima de esas 40 horas, pero en ese caso el salario tendría que ser algo mayor. Si hay un festivo en un día de trabajo, tienes derecho a descansar.
Hola , trabajo como interna el fin de semana pero hago 48hs ,entro viernes a las 19hs y salgo domingo a la misma hr. Me suelen dar a veces una o dos hs de descanso sabado y domingo xq no quieren la abuela este sola .y me pagan 100 euros desde julio del año pasado. Esta biwn lo q me pagan? Cuanto deberia cobrar? Debo pedir se me ajuste el horario a 36hs o por las 48hs me deben pagar mas?
100 euros o 1000 euros? Si trabajas 48 horas, tienes que cobrar unos 1250 euros.
Perdon, 100 euros cada fin de semana.
Hola, podría contratar una interna para trabajar en un agroturismo, que es la casa familiar mas 3 apartamentos?
Yo no necesitaria que trabajase todos los dias 8 horas, 4 dias a la semana quizá 10 y el resto 3-4. Se pueden acordar ese tipo de horarios o tiene que haber un horario cerrado?
Si es para un negocio no sería una empleada del hogar, sino un trabajador. Sobre el horario habría que ver el convenio colectivo de aplicación y si se respetan los descansos semanales, pero como máximo se pueden trabajar 40 horas a la semana de promedio.
buenas trabajo de interna martes jueves sabado y domingo , dia y noche , porque por la noche se cae o se levanta la mujer y enciende el fuego , todo el dia pendiente, sin descanso , sin pagas ni vacaciones, me psgan 600 euros , es correcto el sueldo? gracias
No, deberías cobrar bastante más. Además, tienes derecho a vacaciones y descanso diarios.
Buenas noches.. Dr/Dra
Trabajo en Suiza con contrato de Madrid de interna para una familia de 4 niños y sus padres ..q serian 6 personas …
Mi jornada es de desde 6:45 hasta las 20 pm de lunes a viernes y sabado hasta las 14 h y mi descansó es de unos 20 minutos diarios x la cantidad de trabajo q hay q cumplir.
Tareas :
desayunos; almuerzos ..Cenas ..plancha.. ducha de los menores aseo general de la casa y hay dias recogida de los pequeños .. la sra esta contenta conmigo pero veo q son demasiadas horas laborables …para 1300 euros q me paga mensual y dos medias pagas y aparte la vida aqui es mas cara ..quiero q me ayude dandome su punto de vista al respecto para poderme dirigir a los sres.
Realizas más horas de las que te corresponderían, y habría que ver si con el salario que percibes es correcto teniendo en cuenta todas las horas extraordinarias que realizas, sabiendo que según la legislación no podrías realizarlas.
Trabajo en una casadesde hace 15 años, cuidando a unos abuelos, y han fallecido hace un año.
La hija de los abuelos me dijo que me quedara en el piso para cuidar y limpiar y mostrar el piso a posibles compradores. Núnca me ha dado finiquito, ni vacasiones y ya llevo 10 meses asi desde que fallecieron los abuelos, que no me paga nada, ni paga los servicios de suministro… ahora tampoco me atiende el telf desde hace 5 días y hoy me envia un mensaje diciendo que esta deprimida y que ha dejado esto en manos de un abogado?
me dice que no trabajo para ella que no tengo derecho… puedo reclamar por despido???
Si ahora ya te dice que no trabajes más, se trata de un despido. Además, podrás reclamar el sueldo de los últimos diez meses si no te ha pagado nada.
Cuando una externa se queda en casa de la empleadora los fines de semana y dias festivos, tanto a comer como a dormir, se le puede descontar algo de su salario ?
En principio no. En primer lugar, aunque se quede a comer y dormir, siempre hay que garantizarle el SMI, y de ahí no se le puede descontar nada.
Buenas tardes doctor,trabajo de interna .. me dejan salir dos días de dos horas esos días… Reclamé y el jefe me dice que deja salir de favor….es así,o yo estoy equivocada al reclamarle
¿Sólo te deja salir de su casa dos horas en dos días? Hiciste bien en reclamar, ya que no puedes trabajar más de 40 horas a la semana, y otros 20 horas como mucho de horas presenciales. En las demás horas, puedes abandonar la vivienda si quieres.
Hola,me llemo Cris….trabajo en Valencia como empleada de hogar interna,más de 10 anos,con una señora de 93 anos.
Todos estos años me paga solo 750€ y 2 paga extra de 650€., trabajaba non stop…nunca no me pagó las fiestas,las horas libres!….solo Domingo tengo libre de las 9 de la mañana,hasta a las 9 de la tarde..hablé con la abuela y con su hija que un día festivo tiene 24 h.
A dicho si no me conviene puedo ir,…o me puedo llevar de las 12 de la noche y vuelvo a las 12 de la noche,dónde puedo ir a esa hora y con qué!?
Que puedo hacer,para pedir mis derechos!?
Si me despide a que tengo derecho!?
Estoy muy cansada y deprimida,perdí mys amigos ,my vida..con este trabajo,siento que se piensa que estoy como una criada,esclava…
Trabajo de más 10 anos y solo tengo con contrato 5_6 anos.
Que puedo hacer ,ayúdame….gracias,ay muchas cosas de contar…..
Es una cuestión muy amplia, y desgraciadamente los derechos de las empleadas del hogar son muy limitados. Tendrás que demandar por todo el tiempo que te tiene trabajando, pero teniendo en cuenta que ella te puede extinguir la relación laboral en cualquier momento. Si trabajas 40 horas tienes que cobrar mínimo 900 euros y 14 pagas, además de 30 días de vacaciones y los 14 festivos. Todas las horas que trabajes por encima d las 40 a la semana deben de ser horas extraordinarias, y deberán de abonarse como tal.
Mi pregunta es tengo derecho a finiquitos , ??llevo 4 años trabajando régimen externa 46 horas semanas y solo cobro 900 , incluyendo sábado motivo xq el renuncio no me quieren pagar las otras extraordinarias , gracias espero su respuesta.
Si renuncias, no tendrás derecho a indemnización, pero si la parte proporcional de las pagas extraordinarias y las vacaciones generadas y no disfrutadas. Además, podrás reclamar las horas extraordinarias que hayas realizado.
Buenas noches. Estoy trabajando como cuidador con contrato de empleado de hogar en régimen interno. La cuestión es que cobraba por semanas 350€ pero decidieron hacerme el pago al mes. eso significa que cuando hay 5 semanas en el mes yo trabajo más horas y más noches. Los días son de martes desde las 10h. hasta el viernes sobre las 17.00h, lo que realizo una jornada de 8,00h hasta las 21.00h. miércoles y jueves, martes de 10h. a 21.00h y viernes de 08.00h a 17.00h. De martes a Jueves realizo 3 noches de pernocta en el domicilio.
Según mis cuentas realizo unas 50h. semanales con 3 noches. Les digo que si el mes tiene 5 semanas hago al mes 50 horas más y 3 noches más las cuales no las cobro al hacerme el pago mensual.
Cual sería mi salario con estos datos en los meses de 4 y 5 semanas.
Saludos, muchas gracias
Cuando se establece un salario mensual, da igual que se tenga el mes cuatro o cinco semanas. Dicho esto, si trabajas 40 horas a la semana, deberán pagarte 1050 € al mes BRUTOS, los demás serán oras extraordinarias.
Entonces no cuadra con el cómputo de horas serían 160h. Al mes y hago 200 más 3 noches. Entiendo entonces que si el mes tiene 5 semanas y hago 40 más y 3 noches son extras?. Los días que trabajo es I terno al cuidado de una persona dependiente
Si trabajas más de 40 horas a la semana en término medio, lo que exceda se consideran horas extraordinarias.
Buenas tardes Alejandro.
Tengo una duda.
Necesito contratar a alguien para que entre en casa a las 7 de la tarde del viernes hasta el lunes a las 7 o las 8 de la mañana (vamos esa hora ya me da más igual). Sería para estar en casa y cuidar de mi padre y más bien compañía más que trabajo efectivo de limpieza y demás.
Mi pregunta es si me puedes echar la cuenta de que es el salario que tendría que pagarle por mes, seguridad social, etc…
Muchas gracias.
Puedes calcular el número de horas que tenga que trabajar en este artículo.
Buenos días,
con la nueva regulación debería subir sustancialmente a mi empleada interna el sueldo. Según mis calculos hasta 970€ en 12 pagas más 2 medias pagas. Además pago su SS que creo que alcanzará 260€ mensuales este año.
Esto ya es inasumible para mí, más aun cuando por la edad de mis hijos ya no me es tan necesario ya que ya acuden todos al colegio gran parte del día.
Puedo reducir acordar con ella reducir el número de horas de las actuales 8 a 5 diarias por ejemplo y que siga viviendo en mi casa? Durante las mañanas puede trabajar en otro domicilio por horas?
Gracias por la ayuda
Se puede acordar con ella la reducción y sí que podría trabajar en otra casa o empresa.
Lo que sucede es que la gente que ha tenido servicio a precio de saldo y condiciones para el trabajador penosa, les ha venido dos golpes : subida del SMI Y LASEGURIDAD SOCIAL PARA QUE COTICEN Y TENGAN DERECHOS A PRESTACIONES. Viendo muchos foros sobre este área me doy cuenta de la cantidad de gente que trabaja con condiciones tercermundistas, otros no. Luego que tengas suerte de caer en una casa que la gente sea buena y normal porque hay familias que son lo peor y suelen ser los que más tienen. EL QUE QUIERA SERVICIO QUE LO PAGUE Y SINO QUE SE ARRODILLE ÉL.
Estoy totalmente de acuerdo, que paguen lo que corresponde como minimo..que en las grandes ciudades debe de ser superior porque la vida es mas cara y si no pueden pagar…pues que no contraten servicio…ninguna empleda debe aceptar menos….
Buenas tardes
Tengo una empleada interna para el cuidado de mi madre en su domicilio. Hasta ahora pagaba 875 al mes y dos medias pagas. La parte de la cuota de la Seguridad Socila la pagaba yo toda entera,
Ahora, al aumentar a 900 y dos pagas completas mi gasto aumenta en más de 1200 euros al año. Y también me aumenta la cuota de la SS. ¿Puedo hacer que ahora ella page su parte proporcional (4.7%)?? Esto supondría sobre 50 euros al mes.
Muchas gracias
Lo que se pretender hacer es una modificación sustancial de las condiciones de trabajo, que se puede hacer. Lo mejor es que alcances un aucerdo con la empleada, en esta entrada explico el nuevo salario y cuota empresarial.
Muchas gracias por su asesoramiento
Hola, trabajo los fines de semana de interna (sábados y domingos) si por ejemplo reyes toca un día domingo pero lo cambian por Comunidad al día lunes, que pasa conmigo? Debo trabajarlo o no? Lo digo porque muchas fiestas que caen en domingo y lo pasan al lunes
En mi opinión, sí se debería trabajar, salvo que la norma legal por la cual se pase el festivo a lunes diga lo contrario.
Hola trabajo de interna muchos días no disfruto de las 2 horas diarias y las trabajo como me las tendrían que pagar como hora extraordinaria 5,54 e o sumarlas y cada 8 h un día o sea 30 e gracias
7.04 € la hora mínimo.
¿Que se entiende por dias festivos de una interna, el dia con su noche 24 horas o el dia 12 horas?.
Gracias por su respuesta.
24 horas.
Trabajo cuidando una señora con azeime soy interna me pagan 819 al mes descanso dos horas al día y Liborio sábado de nueve de la mañana al domingo 9 de la noche está bien mi sueldo
El sueldo podría estar bien, habría que analizar en que zona de España vives, y el convenio que te sería de aplicación.
Pero independientemente de donde trabajes lo que no puede ser es que trabajes más de 40 horas a la semana.
Yo vivo en Torrejón de Ardoz el trabajo es en Madrid quien tiene que pagar el transporte?
No, salvo que lo acuerdes con el empleador.
Buenos días yo empiezo a trabajar a la 6:30 d ella mañana y termino a las 11 de la noche son 3 niñosdos señoras de residencia y los dos señores de la casa , la señora me pagará 800 , o tengo 2 horas de descanso y y me da libre solo jueves de 3 de la tarde a 9 de la noche y domingo de 8 mañana a 9 pero aparte yo estoy trabajando en Galapagar , yo soy de Madrid y ir hasta mi casa en mi descanso me toma
2 horas de viaje de ida i vuelta , me podría decir si esto está bien le dejo mi numero 6XXXX
No se pueden hacer más de 40 horas a la semana de trabajo efectivo, ya que lo que supere de esa jornada se deberá considerar como horas extraordinarias. Por otro lado, no es relevante el tiempo de desplazamiento de lugar de residencia al centro de trabajo. Si trabaja 40 horas, y sin contar las horas extraordinarias deberá percibir 900 € BRUTOS en 14 pagas o 1050 en 12 pagas.
De Madrid a Galapagar son 30 minutos. Autobus Julian de Castro
Hola.
Pero porque te refieres a un Convenio o zona, entiendo que el salario será en función de las horas tanto de trabajo efectivo, como de presencia. Gracias
Si error mio, no me di cuenta de que la respuesta estaba enfocada al artículo de las empleadas del hogar que no existe convenio colectivo.
Buenos días, quería saber que se considera como “interna”, aparte de lo de convivir en el hogar familiar. Por ejemplo una trabajadora con horario de lunes a sábado de 10 de la mañana a 8 de la noche, ¿es interna? o por ejemplo si se queda a dormir algún día de la semana ¿ya es interna?
También tengo otra duda, ¿una trabajadora del hogar si duerme en el hogar familiar es tiempo de presencia?
Ser interno o no, no da derecho a que se trabaje más de 40 horas a la semana, o a que no se respeten los descansos entre jornadas, semanales, vacaciones, etc.
El tiempo que se duerme en el hogar, que entiendo no es para trabajar, no es tiempo de trabajo.
Yo trabajo de interna salgo 2 horas las cuales don mías y me dan desde el Sábado a las 10 hasta el lunes libre, me paga 800 euros y medias pagas. Pero la señora esta empeñada de que esas horas no son obligadas a darmelas.¿ Me esta pagando lo que debe?¿ Tengo derecho a salir de hogar familiar las dos horas?.
Puedes salir más días a la semana. Es decir, ¿Sólo te deja salir desde el sábado hasta el lunes? Además, si trabajas todas esas horas, tu salario es inadecuado.
Entro domingo 9 y salgo 9 de mañana sabado es correcto?
Olla estaba buscando las horaa de trabajo de interna a lo cual dicen aqui que se debe de trabajar 40 horas semanales entonses debe de ser de lunes a viernes 8 horas diarias y no entiendo porque entonses dicen que tambien hay quetrabajar el sabado? A mi me piden de lunes a viernes de 9 de la mañana a 21:00 mas descanso de comer 2 horas eso son 50 horas en cinco dias mas el sabado hasta las 16:00 me pagan 900 nada de pagas y solo 15 dias de vacasiones no me paga aparte los otros dias😕 y me gustaria al menos pedir un dia antes de un festivo salir debe a las nueve a las 19:30 tengo todo el derecho verdad??? Porfavor ayudanme aclarar mi duda grasias
Si, se puede trabajar de lunes a sábado, pero en dicho caso no se pueden trabajar más de 40 horas a la semana, las que excedan debe ser horas extraordinarias.
Si una empleada de hogar interna está de baja por enfermedad, ¿puede ausentarse del hogar familiar durante la misma a vivir en otro domicilio?
Si, ya que está de baja por incapacidad temporal y no tiene porque estar en su puesto de trabajo.
Sin embargo, su domicilio a todos los efectos es la casa familiar.
Cuando un empleado por cuenta ajena del régimen general está de baja, no puede trasladarse o viajar a otro sitio…
Si un empleado está de baja puede viajar y trasladarse a donde considere oportuno, lo que no puede realizar son aquellas actividades que pueda perjudicar su recuperación, pero sí el médico no considera que el viaje pueda perjudicar su dolencia, puede hacerlo.
Sr Alejandro. Muy buena su respuesta 👏👏
Exelente
Muchas gracias por sus respuestas claras y precisas…
Tengo una empleada de hogar interna le pago 800€ mes y dos pagas extras de 650€ tiene dos días de descanso semanales y 30dias de vocaciones pero no le doy los 14dias festivos. Me puede exigir aumento de las pagas extras y reclamar los 14 días festivos?
Los días festivos no se pueden abonar, sino que se tiene derecho a descansar. En el caso d que se trabajasen, se podría reclamar como horas extroardinarias.
Mi duda es sobre una excedencia voluntaria. Mi hijo estuvo contratado por una ETT 8 meses y trabajó en una empresa esos meses. Después la propia empresa le ha hecho un contrato con ellos.
El problema es que quiere pedir una excedencia voluntaria y como necesita un año de antigüedad nos sabe si le tienen que contar la antigüedad desde que entró con la ETT. Gracias
Sí, se debería contar el tiempo de ETT.