Calcular la indemnización y finiquito en caso de despido empleada hogar
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La extinción de la relación laboral
Cuando finaliza la relación laboral de un empleado del hogar, sea cual sea la causa, siempre se tiene derecho al finiquito.
La causa de la extinción determinará el derecho a una indemnización, pero no afecta al finiquito.
El finiquito y la indemnización por fin de contrato o despido son cuestiones diferentes, aunque muchas veces se confunden, intentaremos explicar cada una de ellos y luego realizaremos un ejemplo.
El derecho al finiquito
El finiquito es el documento mediante el cual el empresario, en este caso, el titular del hogar familiar, abona a la persona trabajadora todos los cuantías pendientes de pago ya generadas durante la relación laboral..
Generalmente los conceptos que se abonan en el finiquito son los siguientes:
- Vacaciones generadas y no disfrutadas. El trabajador tiene derecho como mínimo a 30 días de vacaciones al año, o lo que es lo mismo, por cada mes trabajado se generan 2,5 días de vacaciones. Por lo tanto, en el momento de la extinción, se tendrán que abonar las vacaciones generadas hasta el momento de la extinción y que no hayan sido disfrutadas.
- Parte proporcional de las pagas extras. Si no se perciben las pagas extras prorrateadas en la nómina, se deberá de pagar la parte generada en el momento de la extinción. Teniendo en cuenta que las pagas se generan anualmente, cada mes trabajado se genera 1/12 parte de la paga extra desde la última vez que se abono. Por ejemplo, en marzo, se ha generado 3/12 de la paga de navidad que se pagó en diciembre, y 9/12 parte de la paga de verano.
- Falta de preaviso. En determinadas extinciones de la relación laboral es obligatorio preavisar al trabajador, y en caso de que no se haga, se tendrá que compensar al trabajador con una indemnización por cada día de ausencia de preaviso.
- Salario del mes trabajado. Aunque puede abonarse en otro documento, normalmente se incluye dentro del finiquito la parte del salario del mes trabajado.
En consecuencia, si las pagas extras están prorratedas, se han disfrutado todas las vacaciones que corresponde, y no es necesario abonar el preaviso, el finiquito puede que sea cero, sin perjuicio del salario del mes en que se produce la extinción.
Una cuestión importante es que el finiquito es independiente de la antigüedad del trabajador, es decir, no va a ser de mayor o menor cuantía por que el trabajador tenga más antigüedad.
La antigüedad es relevante a la hora de calcular la indemnización que corresponde por extinción de la relación laboral como explicamos más adelante.
Por último, si quieres puedes usar este modelo de comunicación del finiquito por parte del empleador al trabajador…
El derecho a indemnización
La indemnización en la extinción de la relación laboral dependerá de la causa de la extinción, es decir, no es lo mismo una baja voluntaria, que un fin de contrato temporal o un despido.
Por ello, vamos a detallar la indemnización que se tiene derecho en cada caso…
- Baja voluntaria o abandono del puesto de trabajo. En este caso no se tiene derecho a indemnización al ser la causa de extinción la dimisión del trabajador de manera voluntaria.
- Fin de contrato temporal. Indemnización de 12 días por año trabajado, o lo que es lo mismo, 1 día por cada mes trabajado. En caso de que se lleve más de un año trabajando, además es necesario un preaviso de 15 días naturales.
- Despido disciplinario. No se tiene derecho a indemnización, puesto que el despido se realiza por un incumplimiento grave y culpable del trabajador. No es necesario preaviso.
- Extinción por causas justificadas indicadas en la carta de despido que no constituyen despido. Indemnización de 12 días por cada año trabajado con un máximo de seis meses, o lo que es lo mismo 1 día por cada mes trabajado. En el caso de las empleadas del hogar cuya relación laboral sea anterior al 17 de noviembre de 2011, la indemnización es de siete días por año trabajado. En cuanto al preaviso, si se lleva más de un año trabajando, el preaviso es de 20 días, si se lleva igual o menos, el preaviso es de siete días.
- Fallecimiento del titular del hogar familiar. La indemnización es de un mes, independientemente de la antigüedad del trabajador.
Hay que tener en cuenta que en caso de extinción de la relación laboral, el empleador tiene que notificar al trabajador cual es la causa de extinción de la relación laboral por esciro.
Si la causa no es cierta, o no se ha seguido el procedimiento establecido par ello, el trabajador podrá demandar en un plazo de 20 días hábiles desde la fecha de extinción para que el despido sea declarado improcedente o nulo.
En cualquier caso, las opciones de impugnación de la relación laboral, no es el objetivo de este artículo, sino que para ello, te recomiendo este artículo…
A la hora de calcular la indemnización, y teniendo en cuenta los días a los que se tiene derecho, hay que tener en cuenta las siguientes cuestiones:
- La indemnización se calcula por meses completos, de tal manera que si se ha trabajado un mes y dos días, a los efectos de calcular la indemnización es como si se hubieran trabajado dos meses completos.
- A los efectos de antigüedad, se computan todos los contratos de trabajo. Es decir, que si se comenzó con un contrato temporal y posteriormente uno indefinido, se tiene en cuenta ambos contratos.
- Una vez calculado los días a los que se tiene derecho, en función de los meses trabajados, se debe calcular el salario día. Para ello se utiliza el salario que se percibe en el momento de la extinción de la relación laboral, por lo que es indiferente que antes cobrarás más o menos. Se parte del salario anual, (se multiplica el salario por 12 o por 14 en función de si tenemos las pagas extras prorrateadas o no) y se divide entre 365 días. Por ejemplo, un trabajador a jornada completa que percibe el SMI, el salario día en 2023 es de 38,36 euros días [(1.166,67×14/365)=38,367 euros/día]
- Conocidos los días a los que se tiene derecho, se multiplica el número de días por el salario día para obtener la indemnización correspondiente.
Ejemplo de como calcular el finiquito e indemnización
En este caso, vamos a ver el ejemplo de un empleador que extingue la relación laboral por desistimiento con las siguientes condiciones laborales:
- Jornada y salario: Jornada completa, es decir, trabajando 30 horas a la semana cobrando por ello un salario de 1.000 € brutos al mes con 14 pagas, las dos pagas extraordinarias las cobra en julio y diciembre.
- Antigüedad: la relación laboral se inició el 1 de febrero de 2016.
- Finalización: 21 de septiembre de 2022.
- Causa de la extinción: Causa justificada con derecho a una indemnización de 12 días por año trabajado y un preaviso necesario de 20 días, pero sin que se haya realizado ningún preaviso.
- Vacaciones: ha disfrutado de 15 días de vacaciones en agosto.
Vamos a calcular por partes el finiquito en relación con lo indicado al principio del artículo, pero antes de cualquier calculo, es importante conocer el salario día.
Teniendo en cuenta un salario de 1.000 € brutos al mes en 14 pagas, el salario anual es de 14.000 €, lo que equivale a 38,36 € diarios (14.000 euros / 365 días ).
- Vacaciones generadas y no disfrutadas. El trabajador ha generado hasta el día 21 de septiembre, 21,7 días de vacaciones en el año 2022. Si ha disfrutado 15 días en agosto, quedan pendientes de disfrutar 6,7 días que se deberán abonar a razón de 38,36 € el día, lo que supone un total por este concepto de 257,01 euros.
- Parte proporcional de las pagas extras. Habrá que calcular la parte generada de cada una de las pagas extras de manera individual teniendo en cuenta que se generan anualmente:
- Paga extraordinaria de navidad, se genera desde el 1 de enero de 2022 hasta el 31 de diciembre del mismo año, por lo que teniendo en cuenta la extinción es el 21 de septiembre se ha generado 72,33%. Si la paga es de 1.000 €, se deberá abonar 723,3 euros.
- Paga extraordinaria de verano, se genera desde el 1 de julio de 2022 hasta el 21 de septiembre de 2022, por lo que se ha generado el 22,74%. Si la paga es de 1.000 €, se deberá abonar 227,4 euros.
- Falta de preaviso. El aviso obligatorio que se debería realizar y no se ha cumplido es de 20 días, por lo que en este caso la indemnización por la ausencia de preaviso es de 767,2 euros (38,36 euros x 20 días).
- Salario del mes trabajado. El salario de 21 días del mes trabajado es de 690,41 euros €. Teniendo en cuenta que el salario si hubiera trabajado todo el mes hubiera percibido 1.000 €. En este caso, no se puede tener en cuenta que salario diario, ya que dentro de ese concepto se incluyen las pagas extras prorrateadas, y la parte proporcional de las pagas extras ya la calculamos anteriormente.
En suma, el importe del finiquito en términos brutos es de 2.665,32 euros. A esta cuantía, habrá que añadirle la indemnización por extinción de la relación laboral, que como estamos hablando de un desistimiento, se tiene derecho a 12 días por año trabajado.
La antigüedad del trabajado equivale a 80 meses y 21 días, que a los efectos de indemnización es como si fueran 81 meses que, a razón de 1 día por cada mes trabajado se tiene derecho a 81 días de indemnización.
Teniendo en cuenta el salario día de 38,36 euros, la indemnización es de 3.107,16 euros. Recordemos que el límite es de seis meses, es decir 7.000 €, como no lo supera recibirá la indemnización completa.
Al finalizar la relación laboral, el trabajador percibirá 2.655,32 euros de finiquito y 3.107,16 euros de indemnización.
Por último, si se impugna la extinción de la relación laboral ante los tribunales y el despido se considera improcedente, la indemnización que corresponde es de 33 días por año trabajado, o lo que es lo mismo 8.544,69 euros (222,75 días x 38,36 euros/día ). En este caso, los importes del finiquito no varían, pero si lo hace el de la indemnización.
Los 222,75 días se corresponden con 81 meses a efectos de indemnización a razón de 1,66 días por cada mes trabajado, o lo que es lo mismo, 33 días por cada 12 meses trabajados.
Buenas tardes,
Le quería hacer una consulta sobre mi caso. Tengo una empleada de hogar trabajando desde 16/5/2022, 20 horas a la semana con un sueldo de 584€/mes incluidas pagas extra. Está dada de baja desde el 14/11/2022. En su lugar he tenido que contratar a otra y mi idea es quedarme con la nueva y despedir a la anterior. como el despido será improcedente ya que está de baja, quería saber cuanto tendré que pagar de indemnización. Gracias
Tras la reciente ley 15/2022 el despido puede ser declarado nulo y no improcedente.
Hola, gracias por todas las explicaciones. Mi caso es el siguiente.
La empleada del hogar trabaja desde 2017, con una jornada de 20 horas semanales y un sueldo neto de 600 euros al mes (y dos medias pagas extra). Aparte pago la seguridad Social, que hasta ahora era de 169,79 euros al mes.
La situación familiar ha cambiado porque me he divorciado y, por tanto, el nivel de ingresos se ha reducido.
He propuesto a la empleada un cambio de condiciones: 15 horas semanales por un salario neto de 480 euros mensuales. Pero la empleada no acepta ese cambio y dice que prefiere irse.
Preguntas:
1. ¿Debo indemnizar, incluso con la nueva situación familiar y teniendo en cuenta que la empleada no acepta un cambio de condiciones?
2. En caso afirmativo, ¿cuál sería la indemnización?
3. ¿Cuál sería el finiquito?
Muchísimas gracias
Sí, entiendo que sería una extinción por causas justificada con derecho a una indemnización de 12 días por año trabajado.
Hola Áurea,
La reducción de jornada implica el cambio de una de las condiciones esenciales del contrato y según el Estatuto de los Trabajadores, las nuevas condiciones pueden ser rechazadas por la empleada con derecho a una indemnización de 20 días por año.
Por lo que el planteamiento alternativo para la extinción del contrato basándose en una disminución sobrevenida de los ingresos de la unidad familiar, que le ha señalado Alejandro y que conlleva una indemnización de 12 días por año, puede que le resulte más ventajoso para usted.
Puede contactar con https://www.nominahogar.es/ si necesitara que le preparen el escrito para la extinción del contrato y la preparación del finiquito y el certificado de empresa que ha de entregar a su empleada.
Hola buenas tardes, mi empleador a fallecido este mes de diciembre, mi contrato era de 1000€ es decir 1,166.68 con pagas prorrateadas, cuánto me corresponde en el finiquito y como los fines de semana y festivos me pidieron que los trabajará me deben 342 días en los 3 años que llevo con la familia, estos días también deben aparecer en el finiquito o en otro por separado?
La extinción por fallecimiento otorga una indemnización de un mes de salario. Sobre lo de los 342 días, habría que ver lo que se adeuda, pero se puede incluir todo en el mismo finiquito.
Buenos días, el 10 de octubre de 2022 se firmó un contrato indefinido para un cuidador familiar. Sin embargo el empleador ha sido admitido para ingresar en una residencia.
Como proceder a la extinción de la relación laboral?
Debe hacerse el preaviso o es suficiente la indemnización de 7 días de salario que sustituye al preaviso?
Tiene derecho a indemnización?
Gracias anticipadas
Te recomiendo que leas este artículo sobre causas de extinción. Si no se respeta el preaviso se debe abonar en el finiquito. Se debe comunicar por escrito la causa de extinción.
Buenos día Joan,
En estos casos, si se dispuso en el contrato un periodo de prueba de hasta 2 meses y este aún no se ha cumplido, entonces también se puede extinguir el contrato durante el periodo de prueba, que no conlleva a tener que pagar indemnización de ningún tipo, sino únicamente liquidar el pago de lo que se le deba por los días trabajados y la parte proporcional de las pagas extras y vacaciones pendientes de disfrutar que se le deban.
Puede contactar con https://www.nominahogar.es/ si necesitara que le preparen el escrito para la extinción del contrato y la preparación del finiquito y el certificado de empresa que ha de entregar a su empleada.
Buenas tardes, tenemos una empleada con 30 horas semanales y con un sueldo base mensual de 2.200€, que neto son 1763€. Con una antigüedad de 32 años. La empresa somos 3 socios y a final de año quedará sólo un socio por jubilación de los otros dos.
Tenemos que indemnizar a la trabajadora, ya que sólo queda un socio?
En caso que debamos indemnizarla, que importe deberíamos pagar aproximadamente.
Gracias de antemano
Saludos
Me escribes en una artículo de empleada del hogar, pero por lo que comentas sería un empleada del régimen ordinario. Luego la indemnización depende un poco de la causa, si fuera improcedente, unos 70.000 euros y objetivo unos 27000 euros
Buenas noches:
La empleada de hogar que trabajaba conmigo desde septiembre de 2020 ha presentado su baja voluntaria. On fecha 8 de agosto de 2022. El último día que vino a trabajar fue el 22 de julio, desde entonces estaba de vacaciones. El mes de julio recibió el salario completo, por el mes entero trabajado. Le corresponde alguna cuantía económica en el finiquito??? Yo entiendo que no, pues ha disfrutado de 17 días de permiso. Muchas gracias de antemano por la respuesta.
La parte proporcional de las pagas extraordinarias, si es que no las tiene prorrateadas.
Buenos días Pilar,
Únicamente recordarle que sería bueno que, para evitar cualquier posibilidad de reclamación, preparase un escrito en el que quede claro que la rescisión del contrato ha sido motivada por la baja voluntaria de la trabajadora, si es que la dimisión fue verbal y por supuesto preparar un finiquito con el abono de los 8 días de agosto trabajados y la parte proporcional de las pagas extras, si no las tiene prorrateadas.
Puede contactar con https://www.nominahogar.es/ si necesitara que le preparen el escrito para la extinción del contrato y la preparación del finiquito
Muchas gracias.
Buenas tardes,
Tenemos una empleada de hogar interna con 40 horas de trabajo semanales.
En la nómina, el Sueldo Base es de 1.000€. En dicha nómina prorrateamos las pagas en 12 meses (Julio 83,34€ y Diciembre 83,34€)
A) Total devengado: 1.166,68€
Total Contingencias: 1.177,00€ Porcentaje: 4,70 56,32€
Total a deducir: 1.166,68 – 55,32€ = 1.111,36
B) Total a deducir: 56,32€
LÍQUIDO TOTAL A PERCIBIR A) 1.166,68€ – B) 56,32€ = 1.111,36
Aportación del Empleador a las cotizaciones de la S.S.
Contingencias comunes Base 1.177,00€ Tipo 23,60% TOTAL: 277,77€
Contingencias profesionales Base 1.177,00€ Tipo 1,50% TOTAL: 17,66€
Queremos que su nómina cumpla con todas las normas legales y les agradeceríamos nos confirmasen si la nómina es correcta o si hay algún error para poder subsanarlo.
Muchas gracias por su atención y amabilidad en responder.
Buenos días María,
El procedimiento de cálculo es correcto, solo que la Base de cotización tomada es incorrecta, ya que desde el mes de abril cambió de 1.177€ a 1.166,70€. También la aportación del empleador a las cotizaciones de la SS por contingencias comunes le falta aplicar la reducción del 20% que de forma generalizada aplica la SS a todos los empleadores de servicio del hogar, salvo contrataciones anteriores a 2012, o determinadas familias numerosas que la bonificación es del 45%.
Si lo necesitara puede contactar con https://www.nominahogar.es/ para que le preparen un programa de manejo muy sencillo, que le permitirá obtener la nómina de cada mes de manera automática en menos de 1 minuto, aunque se produzca alguna incidencia como una baja por enfermedad o tenga que preparar la nómina de un mes incompleto.
Buenas noches,
Mi madre ha fallecido y es la que figuraba como empleadora. A la hora de firmar el finiquito ¿Quién lo puede firmar?, ¿Podemos firmarlo cualquiera de sus hijos?
Ha fallecido el 4 de julio y la empleada había disfrutado las vacaciones correspondientes a medio año.
En la remuneración mensual le incluimos las pagas extras prorrateadas.
Entiendo que el finiquito constaría del abono de los 4 días de julio (con el correspondiente prorrateo de las paga extraordinarias correspondiente a esos 4 días) y la indemnización de una mensualidad . ¿Esta mensualidad incluiría también la prorrata de pagas extras o sencillamente el salario (que es 1186,08 euros).
Muchas gracias de antemano
Sí, incluye la paga extra prorrateada. Sí, entiendo que la puede firmar cualquiera de los herederos.
Buenos días María Concepción,
Únicamente recordarle que sería bueno que, si desea extinguir el contrato, trate de ajustar la resolución de este a un plazo máximo de 7 días, si le fuera posible, ya que de otra forma se entenderá que el contrato pervive y será empleador el otro cónyuge o bien la persona de la familia que sea la titular del hogar familiar. (https://www.mites.gob.es/es/portada/serviciohogar/preguntas-frecuentes/conservacion-contrato/index.htm)
Puede contactar con https://www.nominahogar.es/ si necesitara que le preparen el escrito para la extinción del contrato y la preparación del finiquito
Hola soy una empleada de hogar y me han despedido después de 3 años con un contrato indefinido me gustaría saber qué cuántos días tengo derecho a que me paguen al año por indemnización y las pagas extra y vacaciones y bueno lo que lo que me tengan que pagar porque no sé a que tengo derecho gracias
Depende de la causa, si es desistimiento, son 12 días por año trabajado, es decir 36 días de sueldo algo más de un mes. Además de las vacaciones generadas y la parte proporcional de las pagas extras si no las tienes prorrateadas,
NO ES CORRECTO LO QUE DICE RESPECTO A LAS VACACIONES NO DISFRUTADAS.
LA BASE DE CÁLCULO ES EL MENSUAL DE LA EMPLEADA Y NO EL ANUAL / 12.
POR EJEMPLO, SI COBRA 14 PAGAS Y HUBIESE DISFRUTADO EL MES DE VACACIONES HABRÍA COBRADO 450 € (ANUAL / 12). PERO SEGÚN UD. SI NO HUBIESE DISFRUTADO NINGÚN DÍA TENDRÍA DERECHO AL MES ENTERO QUE HABRÍA QUE PAGÁRSELO A 525 € (ANUAL / 12)
NO PUEDE HABER DIFERENCIA EN EL IMPORTE A PAGAR INDEPENDIENTEMENTE DE SI SE HAN DISFRUTADO O NO.
No comparto ese razonamiento. Las vacaciones se deben de abonar según el salario día en el finiquito y eso incluye la prorrata de las pagas extras.
Hola Ignacio,
A la hora de elaborar finiquitos sería correcta su apreciación siempre que la persona empleada cobre aparte las pagas extras, ya que en la preparación del finiquito también se tiene que tener en cuenta la liquidación de la parte proporcional de las pagas extras.
Aunque también sería posible la liquidación de los días de vacaciones restantes abonando en estos la parte proporcional de las pagas extras, siempre que se descontasen los días de vacaciones restantes a la hora de liquidar dichas pagas extras, ya que el resultado obtenido sería el mismo.
Si lo desea, puede contactar con https://www.nominahogar.es/ si necesitara asesoramiento en relación con la extinción del contrato o la preparación del finiquito
OK Muchas gracias a los dos por las respuestas.
El 15 de noviembre de 2021 mi madre contrató una interna. Ahora mi madre está ingresada y la han desahuciado. Al ser ella la empleadora no sabemos como debemos proceder con la interna. ¿Debemos avisarla ya? ¿Tenemos que indemnizarla? Estamos muy perdidos, la verdad
Si la relación laboral ya no es necesaria, tenéis que notificarle la extinción a la trabajadora e indemnizarle con 12 días por año trabajado además del preaviso correspondiente.
Buenos días María,
El procedimiento exige que se le notifique por escrito a la trabajadora los motivos de la extinción del contrato o simplemente el desistimiento del mismo, ya que en función de el motivo expresado así resultará la indemnización a pagar.
Aunque lo más habitual es el desistimiento, cuya indemnización a pagar es de 1 día por mes de contratación (en este caso 4 días) también exige la comunicación de este con una antelación mínima de 7 días y si no se hiciese así, deberá de abonar 1 día de indemnización por cada día de falta de preaviso; con lo que si la extinción es de un día para otro, la indemnización podría alcanzar los 11 días, mientras que si se realiza un despido directo, aunque se considere despido imporcedente, la indemnización sería de 7 días.
Además, al producirse la extinción deberá presentar un finiquito con la liquidación por el salario de los días trabajados durante este mes, así como por la parte proporcional de las pagas extras y de los días de vacaciones del año 2022 pendiente de disfrutar, a razón de 2 días y medio por mes trabajado.
Si lo desea, puede contactar con https://www.nominahogar.es/ si necesitara asesoramiento en relación con la extinción del contrato o la preparación del finiquito
Buenos días, acabo de presentar mi carta de baja voluntaria, siendo el 29 mi último día de trabajo pero mi empleadora me dice que si consigue estos días a alguien me echara antes, que debo hacer?
Lo que ella dice es correcto?
Espero su respuesta para poder guiarme muchas gracias!!!
Si es así, demandaría. Es el trabajador el que decide el día de extinción de la relación laboral en una baja voluntaria.
Hola Lily,
Cabe la posibilidad de que decida resolver el contrato la empleadora.
En tal caso, se vería beneficiada, pues tendrá derecho a una indemnización cuyo importe dependerá de los motivos que comunique la empleadora para la extinción del contrato.
Muchas gracias, otra pregunta es si la paga extra verano cuenta desde julio o agosto porque si sería desde julio me correspondería 6 meses pero tb me dice mi empleadora que cuenta desde agosto lo cual me corresponden 5 meses de la paga extra de verano?
Muchas gracias por ayudarme.
Hola Lily,
Dependerá de lo que se haya acordado en el contrato.
Si en el contrato no se acordó nada, lo estipulado es que cada una de las pagas sea a final de cada semestre del año. Esto es, una empezaría a contar desde el 1 de julio y la otra desde el 1 de enero; con lo que le corresponden 6 meses (o lo que es lo mismo media paga) de la de verano y la paga completa de navidad.
buenas tardes,
tengo una empleada de hogar que está de baja médica (IT); durante el tiempo que está de baja yo sigo pagando su cotizacón a la Seguridad Social. Si la despido por no cumplir los plazos que ella me dijo de su baja (2-4 sem) y se va a prolongar 2 meses, es despido improdecente o está justificado?. Es que he tenido que buscar a otra empleada para que me solucione el problema y ahora me gustaría quedarme con ella.
Gracias
No, no es causa para el despido el hecho de que te haya comentado que la baja sea por X tiempo, y ésta se alarga ya que es una cuestión que no depende de ella.
Hola Rosario,
Cualquier despido que se produzca mientras la empleada se encuentre de baja por enfermedad será considerado como despido improcedente y, por tanto, este conlleva unas indemnizaciones más elevadas, de 20 días por año de servicio en lugar de los 12 días que corresponden en caso de desistir del contrato tras el alta.
Si lo desea, puede contactar con https://www.nominahogar.es/ si necesitara asesoramiento en relación con la extinción del contrato o la preparación de finiquitos
Hola,
Según estoy entendiendo ¿No sería posible hacer desistimiento del contrato durante una baja laboral, incluso aunque el empleador haya cambiado su situación y no necesite más los servicios del empleado del hogar?
Gracias
Hola María.
No exactamente. Lo que comento es que el despido sería considerado como improcedente, si la razón dada es que se despide por baja por enfermedad y habría que pagar más días de indemnización.
Pero, por supuesto que podría desistir del contrato si ya no necesita el servicio, y pagar sólo la indemnización de 12 días por año de contrato, si cumple con todas las formalidades para el mismo, aunque es muy posible que en caso de denuncia por parte de la trabajadora por no estar de acuerdo con el desistimiento es muy probable que el juez falle a favor de la empleada y lo considere como despido improcedente
Hola, muy buenas.
Tengo muchas dudas por eso escribo a ti para que me de una luz.
He trabajado desde diciembre 2010 hasta octubre 2021 en una casa con un horario de 3:30 por día, de lunes a viernes.
Mi contrato era de 350,00 euros por mes dado de alta en la seguridad social, pero hicimos un acuerdo que me pagaría 50,00 por fuera y lo cumplió. Pero mi sueldo siempre fue lo mismo hasta ahora, nunca fue actualizado en la seguridad social. No tengo ninguna nomina en manos, porque ellos me lo daba el dinero en manos y sin firmar ningún papel, porque tenemos confianza, pero cuando yo la necesitaba ellos me lo hacían. Me pagaba 2 pagas extras de 200,00 euros, una en agosto y otra en diciembre. Gozaba de 15 días de vacaciones en agosto y 15 en diciembre. Me comunicaron con los 15 días con antelación que ya no me necesitan y me pagaron 300,00 por los días del ultimo mes trabajado (octubre). Me han dado de baja en la seguridad social el día 22 de octubre. Estoy esperando que me llamen para firmar y acertar el finiquito y el despido.
Me gustaría saber como calcular el finiquito y el despido.
Podrías orientarme?
Me gustaría saber antes de firma los papeles
DESDE YA LO AGRADEZCO.
Lo explico en el artículo, ya que es una cuestión amplia. En primer lugar son 12 días por año trabajado, aunque puede que te afecte la anterior regulación que hablaba de siete días por año trabajado. Además, deberá liquidar parte de las vacaciones generadas de este año, que te quedan aproximadamente 10 días y l parte de las pagas extras.
Buenos días, una consulta, le corresponde indennizacion una trabajadora empleada de hogar con contrato fin de obra o servicio, despido por desistimiento y habiendo trabajado 8 meses y medio??? Gracias un saludo.
Si. Una indemnización de 9 días de salario, además del finiquito.
Hola llevo 10 años trabajando con un señor se ha muerto el dia 7 de setiembrie mi sueldo es de 1600 y me han dado un papel para firmar mi finiquto 1600 y mi paga 960 y indemnizacion de 1600 yo les dije que por que no me han calculado por 12 dias por año lo normal era para que me calculara 12 dias por ano verdad?
Lo cierto es que la legislación también establece que en caso de fallecimiento, la indemnización es de un mes.
Pero también he visto que se puede pagar 12 días por año trabajado
O un mes de salario
Por desistimiento son 12 días por año trabajado, por fallecimiento un mes. En el caso que comentas, sería correcto el desistimiento, pero también el de un mes. Si no estás conforme, tienes un plazo de 20 días hábiles para impugnar la extinción. En caso de que se considere que no es correcto, recibirás una indemnización de 20 días por año trabajado.
Buenas tardes,
Cómo calculáis la antigüedad? En el ejemplo mostrado me sale una antigüedad de 80 meses, no de 68, no tengo claro qué estoy haciendo mal. Me podéis detallar mejor este cálculo para poder aplicarlo en mi caso?
Gracias, saludos
Toda la razón. Corregido los cálculos.
Hola…estoy trabajando como empleada del hogar 40 horas semanales por 10 anos en una casa…ahora la Hefa hablado a mi hay que reducir mi horario por 25 horas semanales..pero estoy de acuerdo a ella…pregunto si tengo derecho a recibir una indeminisacion por estas 10 anos por trabajar en 40 horas semanales…gracias
Hola Cleng,
Efectivamente, por el hecho de que se modifiquen las condiciones de trabajo y se reduzca la jornada de trabajo de 40 a 25 horas tiene derecho a que se le liquiden todos los derechos indemnizatorios adquiridos durante esos 10 años que le corresponden por la reducción de ese 37,5% de la jornada.
Eso significa que, si su contrato se inció en el 2012, tiene derecho al 37,50% de los 120 días de indemnización que le correspondería por los 10 años trabajados (esto es como a unos 45 días de salario). Si el contrato es anterior al 2012, entonces la indemnización quedaría reducida a tan sólo 26 o 27 días de indemnización.
Igualmente, le deberán liquidar el 37,50% de los días de vacaciones pendientes de disfrutar o de la parte proporcional de las pagas extras.
Si lo desea, puede contactar con https://www.nominahogar.es/ si necesitara que le preparen un finiquito con las cantidades exactas que le corresponden por la reducción del 37,50% de su jornada
Buenas noches:
Llevo trabajando para un señor desde 24/01/2020 y la última nómina que cobre es la de mayo de este año, he presentado papeleta al smac y estoy a la espera.
Mi consulta es, si me voy por impago que indemnización debería darme ya que es el que incumple uno de los términos del contrato «pagarme». ?
Gracias de antemano.
Un saludo
No puedes irte unilateralmente, ya que en ese caso no tendrías derecho a indemnización. Debes solicitar la extinción en virtud del artículo 50 del Estatuto.
Agradeciendo por su respuesta de antemano trámite mis documentos por arraigo social teniendo el contrato desde 14 julio 2020 después de subsanar errores presentadas por el abogado me salió resolución en diciembre y recién .en abril del 2021 recién me dieron alta . Para mi liquidación o finiquito quiero saber desde donde rige desde el día contrato o fecha salió resolución o fecha dieron de alta
Desde el inicio de la relación laboral.
Hola. Quiero aplicar de forma justa la normativa sobre el despido por desestimiento del empleador pero me surge una duda. La empleada lleva muchos meses de baja, cobrando de la Seguridad Social lo que le corresponde. ¿De qué forma afecta, si es el caso, esa situación de baja al cálculo del finiquito y de la indemnización?
Gracias.
No afecta. El calculo se realiza con el salario que le corresponde, como si no estuviera de baja.
Hola Luis,
Únicamente se debe tener en cuenta que, mientras la empleada se encuentra de baja por enfermedad es muy posible que el desistimiento no se considere procedente y sea considerado como despido improcedente, con lo que las indemnizaciones se elevarían a 20 días por año de contratación en lugar de los 12 días por año del desistimiento (7 días en caso de contrataciones anteriores a 2012).
En el finiquito también deberá tener en cuenta que, aunque esta se encuentra de baja sigue generando el derecho a 2 días y medio de vacaciones por cada mes transcurrido.
Si necesita ayuda para la preparación de la carta de comunicación del despido y del finiquito que la corresponde, puede contactar con https://www.nominahogar.es/ y solicitar que se los preparen a un precio muy razonable.
he trabajado dos años como empleada de hogar ,cobrando mensual 1056 euro ,necesito saber cuanto finiquito me coresponde ,las pagas exrtas lo tenia poroteada en 12 meses al año .Empeso en 2019. 1 de septembrie y se terminey1de septembrie 2021.
Depende de las vacaciones que queden pendientes de disfrutar y la causa de la extinción de la relación laboral.
Hola muy buenas ¿Hay plazo para solicitar finiquito por fallecimiento del empleador?. Muchas gracias, un saludo
Depende a que te refieras con finiquito. Aquellas cantidades reconocidas por la empresa, el plazo es de un año desde que se pudieron reclamar. Si con finiquito te refieres a indemnización, el plazo puede ser de 20 días en función de lo que quieras reclamar.
si, a todo, porque… ¿realmente a que tiene derecho la empleada? estamos hablando que el empleador ha fallecido.. ¿a las dos cosas, cantidades reconocidas por la empresa e indemnización?… gracias
Si, se tiene derecho a finiquito e indemnización. Por fallecimiento, se podría entender que la persona trabajadora tiene derecho a una indemnización de un mes de salario o doce días por año trabajado.
Lo siento, me lio ,entonces: ¿entiendo que por fallecimiento, tiene derecho o bien a un mes de salario o a 12 dias por año trabajado? ¿que no tiene derecho a las dos cosas?….. gracias
No, las dos cosas no.
Hola buenas kiero saber si tengo derecho a finiquito o despido llevo con la señora trabajando desde 2012 asta la fecha de ahora y el primo la va a meter en una residencia mi nómina es de 250€ a cuánto tengo derecho?
Sí, se tiene derecho a finiquito. Calcularlo, depende de si están o no prorrateadas las pagas extras, las vacaciones disfrutadas este año…
Hola buenos días pregunto mi jefe falleció el 24 de febrero de 2021 y su hijo solo me dijo que me tocaba una indemnización por los 5 años y medio trabajados con su padre pero asta el día de hoy 26 de julio de 2021 no me ha dado nada y pues como el tiempo pasa quiero saber si estoy a tiempo de que me indemnice gracias un saludo
¿Te llego a cuantificar la indemnización o a entregar alguna documentación por escrito? Si la respuesta es no, puede que estés fuera de plazo.
Hola buenos días.
Tenemos una empleada de hogar contratada y queremos prescindir de sus servicios. Por razones que no vienen al caso, queremos que deje de acudir al hogar desde el día que le comuniquemos el despido. Tiene por disfrutar las vacaciones que le corresponden por el año en curso (más tres días del año pasado que no cogió).
Mi pregunta es si podemos incluir esas vacaciones (o al menos la parte que es potestad del empleador decidir) en el preaviso, es decir, si podemos decirle «vamos a prescindir de ti dentro de x días, a partir de mañana coges esos x días de vacaciones» y a partir del final de esas vacaciones calcular el salario de vacaciones pendientes y el la indemnización adicional por falta de preaviso.
Muchas gracias.
No, no se puede. Las vacaciones deben de establecerse de mutuo acuerdo.
Hola Oscar,
Aunque es cierto que lo habitual ante un caso de extinción de contrato es acordar con la empleada que esta se tome todos los días de vacaciones pendientes antes; sin embargo, en determinadas circunstancias, dependiendo de cuándo se produzca el cese o de la antigüedad del contrato, puede que resulte un finiquito de cuantía más baja cuando se realiza un despido de un día para otro que si se decide desistir de este con un preaviso de 20 días, ya que, aunque la indemnización por despido sea más elevada, con el despido no se tienen que proceder al pago de salarios por los 20 días de preaviso si no los cumple y dicho ahorro de pagos salariales puede ser suficiente como para compensar el diferencial de las indemnizaciones.
Si lo necesita, se puede poner en contacto con https://www.nominahogar.es/ y le asesorarán de la forma más conveniente de la extinción del contrato y le prepararán la carta de cese y el finiquito a un precio muy competitivo.
buenas tardes.
Llevo desde abril del 2019 trabajando como empleada de hogar para la misma familia con contratos temporales de diferente duración y diferentes horarios(empecé a jornada completa con contratos de varios meses pero a raíz de la situación del covid pasé a media jornada con contrato mensual.También cambiamos las pagas extras ya que en los primeros contratos no eran prorrateadas y luego sí).
Este año me tuve que poner de baja,reincorporándome para posteriormente recaer,con lo cuál como mi contrato termina en junio hemos decidido que no me renueven.Tengo claro que me corresponden 15 días de vacaciones pero lo demás no sé muy bien si me corresponde algo ni si influye el haber tenido tanto cambio de duración de jornada y contrato a la hora de calcularlo.
Aprovecho para preguntar,aunque no es el tema del artículo,si seguiría cobrando la baja(actualmente me la paga la seguridad social y es por contingencias comunes)
muchas gracias
El finiquito e indemnizaciones se calculan teniendo en cuenta la jornada que se tiene en el momento de la extinción de la relación laboral. Es cierto, que las vacaciones si que se pueden abonar proporcional a la jornada que se crearon. En cualquier caso, sí que seguirás cobrando mientas estés de baja, eso sí, tendrás que solicitar el pago directo.
Hola Elena,
Amplío la información en materia de indemnizaciones por finalización contrato temporal:
Si al finalizar los distintos contratos temporales que tuviste no te pagaron la indemnización por fin de contrato temporal, tendrás derecho a cobrar dichas indemnizaciones a razón de 1 día por cada mes que trabajaste a jornada completa y al importe de 1 día por cada mes que hayas estado trabajando a media jornada
Tengo casi nueve años trabajando de interna con un señor y el acaba de fallecer, tengo derecho a un finiquito
Sí, siempre se tiene derecho a finiquito.
Hola Yubisai,
En el finiquito deberá figurar, aparte del salario que le deban y la parte proporcional de pagas y vacaciones pendientes de disfrutar, la indemnización, que en tes caso deberá ser el salario completo de 1 mes.
Buenas tardes.
Tenemos una señora interna cuidando a mi madre.
Le pagamos 1000€ x mes mas 400€ por fines de semana/mes. Más dos medía pagas de verano y navidad
Comenzó el 16/08/20 y vamos a finalizar a 31/05/21
El motivo es que vamos a llevarla a una residencia ya que tiene Alzheimer y en casa es difícil. Se ha puesto en conocimiento de la empleada el pasado día 10 de los corrientes.
En su día no hicimos contrato porque ella no quería.
Que le correspondería cobrar y qué tipo de carta como recibí, debiéramos formular.
Sin otro particular, agradeciendo de antemano su interés.
Entiendo que cuando dices que no le hicisteis contrato te refieres a que no le disteis de alta a la Seguridad Social. Te recomiendo que acudas a un abogado de tu localidad para realizar la extinción.
Buenas tardes Yolanda,
Para que se produzca el desistimiento del empleador, se le tiene que comunicar el cese por escrito, con una semana de antelación, para lo cual podrá hacer uso del modelo que figura en la página del Ministerio de empleo.
La indemnización a pagar será la correspondiente a 1 día por cada mes de contrato, en este caso será de 10 días, aproximadamente un 33% del salario bruto mensual que le corresponde con las pagas extras prorrateadas.
Por otro lado le deberá de entregar un finiquito con el salario por los días trabajados de este mes, los días de vacaciones de este año pendientes de disfrutar (aproximadamente 13 días) que si se los tomara antes de la fecha de la extinción no tendrá que abonarlos y la prorrata de las 2 medias pagas , que entre las 2 hacen un total de 1,33 medias pagas.
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Hola buen día mi consulta es la siguiente a mi me deben tres meses de vacaciones y las iba a tomar en el mes de septiembre, pero la abuela se cayó un día domingo en mi día libre y está en el hospital. ¿ Que secede si por casualidad no me las quieran dar por X o Y razón ? ¿Tengo derecho a exigirlas ‽.
Sí, se tiene derecho a disfrutar de las vacaciones al año. Mínimo 30 días.
Empleada de mi padre, que ha fallecido. Salario mensual 500 euros por 4 horas diarias, excepto domingos y otros festivos, un mes al año de vacaciones. Antigüedad, 16 años. Paga extra, 200 euros en diciembre. ? Puede decirme cuál es el finiquito y la indemnización que le corresponde?
Hola José Luis,
La indemnización cuando la extinción del contrato es por fallecimiento del empleador es de 1 mes de salario.
Aparte se le tendrá que dar el finiquito con la liquidación por los días pendientes de pago de este mes y por la parte proporcional de la paga extra de diciembre y de los días de vacaciones que le corresponden a razón de 2 días y medio por mes trabajado.
Si lo necesita, se puede poner en contacto con https://www.nominahogar.es/ y le preparan la carta de cese y el finiquito a un precio muy competitivo.
Hola tengo 5 meses y medio trabajando 7 horas de lunes a viernes ,el 31 me despidieron cuanto me toca de indenizacion con contrato paga extra y vacaciones sin disfrutar?
Depende de tu salario. De todas formas, son unos cálculos que exceden las orientaciones que puedo realizar a través del blog.
Hola Marleny,
Para que te sirva de orientación:
Si el despido es por desistimiento tendrán que pagarte una indemnización de unos 6 días, pero deberían habertelo notificado con un mínimo de 7 días, o pagarte por cada día de incumplimiento de preaviso.
si no te hicieron el preaviso sería un despido improcedente y tendrían que darte unos 10 días de indemnización.
Además te deberán pagar la parte proporcional que te corresponda de las pagas extras de junio y diciembre, que entre las 2 son casi el 75% del importe de una paga extra y también te deberán pagar 7 días y medio de las vacaciones sin disfrutar.
Buenos días, me han despedido sin aviso, pq se llevaron los abuelos a una residencia. Me pagan 1125+ 2 paga extras y si lo me hubiera agarrado la pandemia en el exterior yo tuviera 6 años y dos mese, pero estuve fuera 4 meses sin ganar salario. Cuanto me tocaría de finiquito.
Hola Luisa,
La indemnización que te corresponde es de 1 día por mes trabajado, luego serían como unos 74 días de indemnización; pero eso sería si te hubieran preavisado por escrito con 20 días de antelación.
Pero si no te lo han comunicado por escrito, entonces la indemnización es de 20 días por año, por tratarse de un despido improcedente, que en ese caso sería equivalente a como mínimo el salario de 4 meses con las pagas extras prorrateadas (1.312,50€); lo que haría un total de como mínimo 5.250€.
A dicho importe de la indemnización habrá que añadir, los días de vacaciones que no hayas disfrutado de este año, que son como unos 13 días (unos 487,50€) y la prorrata de las pagas extras, que son como unos 1.500€ más.
NOTA: Todos esos cálculos son aproximados y dependen de las circunstancias particulares del caso, si aplican o no.
Porfavor me pueden ayudar? tengo 4 años trabajando con 2sueldos diferentes, empecé con 977.00 y los últimos 10 meses estuve cobrando 609.00,cuanto me corresponde de finiquito??
Hola Rocío,
Dependerá de los motivos por los que se produce la extinción del contrato.
Si fuera por desistimiento de la empleadora tiene derecho a una indemnización de unos 38 días al sueldo de 977€ y 10 días a 609€; pero si fuera usted la que desiste o es un despido procedente, no le corresponde indemnización, o si es improcedente que le corresponde unos 63 días al sueldo de 977€ y unos 17 días a 609€.
Además, en todos los casos se le debe liquidar en el finiquito el salario que se le deba por los días trabajados, la parte proporcional de las pagas extras y de las vacaciones pendientes de disfrutar que le correspondan
Hola de nuevo si yo calculo sueldo 650 x12 meses=7800÷365 días =21,36/// 5 años trabajado x12 días al año =60 meses x 21.36=( 1281) euros de liquidación tendría que cobrar?
Se tiene en cuenta el salario bruto, y si es 650 euros en 12 pagas y has trabajado cinco años exactos, las cuentas son correctas.
Hola si mi sueldo es de 650 euros al mes por 4h y media todos los días de lunes a viernes pero mi contrato dice que cobro 461 euros y me van a despedir ¿que sueldo es el que tienen que calcular?
El salario que realmente percibes.
HOLA, TENGO UNA TRABAJADORA DE EMPLEADA DE HOGAR DESDE DICIEMBRE DEL 2017, A TIEMPO PARCIAL, TRABAJA 3H/SEMANA, LE PAGO 72€ AL MES. QUISIERA PRECINDIR DE ELLA A FINALES DE ESTE MES DE MARZO. COMO LE CALCULO LA INDEMNIZACIÓN Y EL FINIQUITO. GRACIAS.
Hola María,
La debe dar una indemnización de 40 días por los 40 meses que ha estado contratada, pero para extinguir el contrato por desistimiento, antes la debe de preavisar por escrito con 20 días de antelación o pagar por cada día que faltó de preaviso.
El importe que ha de pagar diario lo determina dividiendo el salario bruto anual entre 365 días.
Como se supone que le está pagando por horas, pues no necesitará pagar nada más que los salarios pendientes de pago, ya que la prorrata de las pagas extras y las vacaciones ya vendrá incluido en el importe de pago a la hora que le abone.
Si lo necesita, se puede poner en contacto con https://www.nominahogar.es/ y le preparan la carta de cese y el finiquito a un precio muy competitivo.
Tengo derecho de cobrar los 12 dias por cada año trabajado por fallecimiento del empleador? O solamente una indemnización de un mes.tenia 3 año trabajados cuando faecillo mi empleador
Si la causa de extinción es la muerte del empleador, la indemnización es de un mes.
Tengo una empleada de hogar contratada desde 01.07.2017. Durante el año 2020 solo ha trabajado hasta 14.02.2020, y a partir de esa fecha se acogio a la indemnizacion especial por Covid. En Abril 2020, le dieron la baja por embarazo, y ha estado de baja hasta 19.09.2020 que nacio su niño. A partir de 19.09.2020 cogio baja por maternidad, y partir de enero 2021, lactancia, y a partir de la lactancia, vacaciones del año 2020. Tien que incorporarse el dia 23.03.2021, y me ha comunicado telefonicamente, que quiere modificar el contrato de trabajo, rebajando el tiempò de trabajo, pasando de 3 dias a la semana a 2 dias a la semana.. Puedo negarme como empleador a rebajarle el tiempo de trabajo, ya que a mi me hace falta 3 dias a la semana. Si rescindo el contrato, puedo adjucir causa imputable al trabajador, sin que tenga derecho a indemnizacion , ni a preaviso?. A finiquito entiendo que si, pero no a lo demas. Gracias y saludos.
Si rescindes el contrato tienes que abonarle una indemnización, cuestión diferente es que no aceptes esa reducción o adaptación de jornada, en cuyo caso lo mejor es que lo hables con ella, pero la solicitud no es motivo de extinción.
Se niega a venir los 3 dias, y quiere venir solo 2 dias, cuando en el contrato firmado, consta que tiene que venir 3 dias en semana, y hacer las 12 horas en vez de las 8 que ahora pretende, yo entendia que era ella la que estaba incumpliendo el contrato, y por tanto el contrato era ella la que lo rescindia, y por tanto no ttenia derecho a indemnizacion. .
Si consideras que está incumpliendo sus obligaciones de manera grave, se debe proceder a un despido disciplinario que no con lleva indemnización, pero antes de proceder a ello te recomiendo que acudas a un abogado para conocer el procedimiento y riesgos de ese comportamiento.
Hola ,si he trabajado desde el desde 20/09/2016 al 27/02/2021 con 13 pagas y me han pasado la carta de termino de contrato sin preaviso cuanto cobraria?
Depende del salario, causa de la extinción, vacaciones generadas y no disfrutadas…, pero son unos cálculos que no realizo en los comentarios, por el tiempo que conlleva.
Hola Sandra,
Si la extinción del contrato fuese por desistimiento del empleador corresponden 54 días de indemnización más los días de falta de preaviso, que podrían ser hasta 20 días. Si la causa de la extinción es por otros motivos, dependerá de dichos motivos.
Al mismo tiempo se ha de presentar un finiquito con la liquidación de los salarios pendientes de pago, la prorrata de las pagas extras debidas y los días de vacaciones pendientes de disfrutar, a razón de 2 días y medio por mes.
Es desistimiento del empleador .
El calculo para sacar cuanto cobro al dia lo multiplico por 13 ya q me dan 1/2 paga.y luego se hace el calculo de la proporcion de la 1/2 paga aparte o ya va incluida en el calculo en cuanto gano al dia?
Hola Sandra,
Efectivamente, para calcular el salario diario tiene que multiplicar el salario bruto mensual por 13, al recibir 2 medias pagas, y dividirlo entere 365 días y sale el importe diario a cobrar en las indemnizaciones.
Buenas tardes, mi madre tenia una interna contratada desde octubre del 2019, al fallecer el pasado 18 de enero, decidimos mantenerla hasta fin de mes. Ahora tenemos que hacer su finiquito e indemnización y nos surgen las siguientes dudas:
1. El cálculo de honorario día, entiendo por el hilo de esta publicación que se calcula sobre el salario bruto. ¿El salario bruto es la suma del salario neto mas la aportación a la seguridad social? En este caso cobra neto 1.100 con pagas prorrateadas.
2. Se puede elegir la indemnización por fallecimiento pagando un mes de salario, se le pagaría el salario neto, entendemos que la parte de la seguridad social no le correspondería. O por otro lado, podemos aplicar el día por mes trabajado, siendo en nuestro caso 15 días. No comprendemos si es posible esta elección cuando muere el empleador «titular», aunque realmente es el heredero el que asume esta carga.
3. En el caso de aplicar indemnización por fallecimiento hay que finiquitar los días de no preaviso. En este caso la empleada fue avisada en el momento del fallecimiento (19 enero) y se le mantuvo el contrato hasta final de mes. En el caso de tener que pagar preaviso sería de 7 días.
Muchas gracias
Si, salario bruto; salario neto + cotización de la persona trabajador. La indemnización en cualquiera de los dos casos es con el importe bruto, sea un mes o 15 días. La legislación no concreta el preaviso en caso de extinción por fallecimiento.
Hola Ignacio,
En mi opinión no es elegible y si fallece el empleador, según el artículo 49.1.g del Estatuto de los Trabajadores la indemnización que corresponde es el sueldo bruto íntegro de 1 mes, independientemente de la antigüedad del contrato.
Pero la muerte del titular del hogar no implica necesariamente la rotura del contrato, de tal manera que si la empleada continua trabajando en dicho hogar para el cónyuge del fallecido o para el nuevo titular del hogar, se sobreentiende que este nuevo titular del hogar se subroga en el contrato que tenía. (puede comprobarse en esta página de la web del Ministerior de Trabajo https://www.mites.gob.es/es/portada/serviciohogar/preguntas-frecuentes/conservacion-contrato/index.htm).
Evidentemente, el nuevo titular, si lo desea podrá desistir del contrato pagando las indemnizaciones que correspondan al tipo de extinción de contrato que se haya producido. Con lo que es similar a lo de la posibilidad de optar por un tipo de extinción u otro que se explica.
Si lo desea, se puede poner en contacto con https://www.nominahogar.es/ y, por ser seguidor de este blog, le preparan el finiquito a un precio especial muy reducido.
Despues de 8 años trabajando como cuidadora de una persona mayor, y despues de su muerte, que indemnización se puede pedir? el sueldo de un mes, 30 dias, o bien 12 dies x 8 años o sea 96 dias. Como puede ser que se permita escoger esto con tanta diferencia. O es que no lo entendí bien.
Lo cierto es que la legislación permite las dos indemnizaciones, sin que pueda escoger el empleado por una de ellas.
Quiero saber si habiendo trabajado 06 años y medio sin contrato y por fallecimiento de la señora que cuidaba tengo derecho a alguna indemnización el contrato verbal lo hice con el hijo porque la abuelita tenía 92 años cuando empecé a trabajar.no me ha pagado seguridad social .
Sí, doce días por año trabajado o un mes de indemnización.
Hola Alejandro buenos dias
Tenía un contrato de tiempo parcial como empleada de hogar desde 2016 y me a pasado la carta de termino de contrato el dia 27 de febrero.
Pagandome 13 pagas
A q tengo derecho o como puedo hacer este calculo?
Gracias
Lo explico en el artículo. Si es un desistimiento, son 12 días por año trabajado de indemnización.
Buenos días.
Si una empleada de hogar solo ha trabajado una semana – ya era este el acuerdo, para hacer un servicio puntual- ¿hay que ofrecerle la indemnización de los 12 días por año trabajado? En caso de que sí, ¿cómo se calcula?
Gracias.
Depende del contrato, pero si es un contrato temporal normal, por ejemplo, un contrato de obra, sí se debe indemnizar. Al ser un periodo inferior al mes, a efectos de indemnización, es como si fuera un mes, y por lo tanto es un día de indemnización.
Buenas tardes. El 1 diciembre mi padre contrató un cuidador interno, con un salario neto de 1.056,77 al mes. El 19 diciembre mi padre falleció. Mantenemos al cuidador dado de alta en Seguridad Social hasta el 31 diciembre, y de vacaciones desde el 24 diciembre. Aparte del salario de diciembre, le corresponde una indemnización que no tenemos claro si puede ser de 12 días o tiene que ser de un mes de salario. Si fuera este el caso, el importe es de 1.056,77 o debería ser del bruto 1.108,33? ¿Hay que pagar a la Seguridad Social por esta indemnización?
Muchas gracias
En mi opinión, ambas causas serian correctas, ya que la legislación no obliga a indemnizar con un mes de trabajo. La indemnización no se paga a la seguridad social, no cotiza, y se tiene en cuenta siempre el importe bruto, 1108,33.
Muchas gracias Alejandro
Hola tengo que despedir ala empleada de hogar porque mi madre la llevo aúna residencia empezó a trabajar el día 8 del 9 2020 y termina el 8 de enero del 2021 cuanto tengo que indemnizarle
Si es por desistimiento del empleador, una indemnización de 12 días por año trabajado, o lo que es lo mismo, un día por cada mes de trabajo, además de siete días de preaviso. Por otro lado, deberás abonar las vacaciones generadas y no disfrutadas y la parte proporcional de las pagas extras si no las tiene prorrateadas.
Hola Juan Miguel,
La indemnización que tienes que pagar por desistimiento es de 1 día por mes trabajado, pero los meses cuentan aunque sólo se trabaje un día de dicho mes. En otras palabras, que entre el 8 de septiembre y 8 de enero, que serían exactamente 4 meses de trabajo, sin embargo la indemnización serían de 5 días, pues abarca a un periodo de 5 meses.
Por otro lado, en esos 4 meses de contrato, la trabajadora tiene derecho a tomarse 10 días de vacaciones pagadas, salvo que fuera contratada por horas en que las vacaciones vendrían incluidas en el pago, y que deberás abonárselas si no se las ha tomado.
También tienes que tener en cuenta que el preaviso lo tienes que realizar con 7 días de antelación a la extinción del contrato, o compensar por cada día de aviso que falte; con lo que, a veces, la indemnización que resulta por despido es menor que la de por desistimiento. En este caso, si el preaviso se hiciera con 3 o menos días de antelación, la indemnización a pagar por desistimiento sería mayor que si se realiza un despido de un día para otro.
Si lo deseas, te puedes poner en contacto con https://www.nominahogar.es/ y, por ser seguidor de este blog, te preparan el finiquito a un precio especial muy reducido.
Buenos días me acaban de avisar que se mudan de casa y llevo con ellos trabajando casi 3 años tengo contrato y mi sueldo es de 832 euros con las pagas prorrateadas esto por 30 horas me puede decir cuánto debería cobrar por finiquito e indemnización si este año me han dado mis 30 días de vacaciones gracias
Si llevas 3 años, por desistimiento son unos 12 días por año trabajado, por lo tanto, algo más de un mes de sueldo de indemnización. Es decir, algo más de los 832 euros que cobras de indemnización por extinción de la relación laboral.
Ok muchas gracias
Hola, buenas necesito ayuda. Empeze a trabajar el 1 de septiembre de este mes y el día 27 de noviembre me han dicho que necesitan una interna incluido fin de semana y que si no aceptaba que buscarían otra chica, entonces quiero saber si me corresponde algo, trabajo 9 horas los lunes y viernes y los martes miércoles y jueves 8 horas, me pagan 1100 en 14 pagas y me piden que vaya la semana de diciembre como dos días más
Hola Marlene,
Entiendo que te refieres a que si te corresponde una indemnización si renuncias a la ampliación del horario.
Bueno, al tratarse de una renuncia por variación de las condiciones del contrato, efectivamente, tendrías derecho a percibir una indemnización, por considerarse como improcedente, y cuyo importe ascendería a 20 días por año trabajado (en tu caso eso supondría unos 5 días de salario de indemnización).
Además se te debe de liquidar por los días trabajados pendiente de cobro (que comentas que serían unos 2 días de diciembre), más la prorrata de las pagas extra (que en este caso serían el equivalente a media paga o 15 días) y la prorrata de los días de vacaciones pendientes de disfrutar a razón de 2 días y medio por mes (en este caso serían como unos 7 días y medio)
En total, el finiquito que deberías cobrar, por la indemnización incluida la liquidación sería de unos 27 días y medio, lo que supone un importe de alrededor de los 1.000€. Si el finiquito que te presenten está muy por debajo de ese importe aproximado que te he dado, sin que haya ninguna razón para ello, puedes firmar como recibido pero no conforme y reclamar antes de 20 días hábiles, presentando una papeleta de conciliación en los Servicios de Mediación, Arbitraje y Conciliación (SMAC) de tu comunidad autónoma.
Hola buenas necesito asesoría, el día 19 de febrero comencé a trabajar de interna cuidando una señora mayor , pero sus hijas me han dicho hoy 11 -11 que la colocaran en una residencia , por lo cual quedo despedida , quiero saber si tengo derecho a un finiquito?
Sí, tienes derecho a finiquito e indemnización; vacaciones generadas y no disfrutadas así como la parte proporcional de las pagas extras, además de 1 día por cada mes que has trabajado de indemnización. (lo que equivale a 12 días por año trabajado.)
Hola yo quiero renunciar por problemas personales llevo trabajando 6 años con mis patrones tengo derecho a finikito si renuncio soy empleada de hogar.
A indemnización no, pero sí a finiquito, es decir, que te abonen la parte proporcional de las pagas extras y las vacaciones generadas y no disfrutadas.
Hola.Queria saber mas o menos por un despido de fallecimiento lo que me corespondia.
Tengo trabajados 7 años con un sueldo de 750e .
Tengo las vacaciones cogidas y pagadas todos los años.
Y la familia debe hacerse cargo ?O me pueden decir que no.
La familia, o más bien los herederos, deben abonar la indemnización de un mes de salario o 12 días por año trabajado.
Hl soy llevo 5 meses trabajando cuidando una señora mayor y las cosas de la casa mi sueldo es de 1200€ no tengo días libres no tengo papeles no m hicieron ninguna clase de contrato para saber si tengo derecho a finiquito e indemnización
Sí, se tiene derecho a finiquito. Indemnización, depende de la causa de extinción.
Si de cuanto es el finiquito por 5 meses de trabajo gracias
Hola mi nombre es Juana ‘ tengo un año como trabajadora de hogar y nunca me quisieron hacer contrato cobro 1,000 euros ‘y he trabajado de interna librando un solo dia a la semana y no me pagan días festivos y se los tengo que trabajar gratis y ahora porque exijo mi derecho me quieren despedir ¿ A qué tengo derecho por favor?
Tienes derecho a que te coticen por el salario que te corresponde en función de las horas trabajadas, y que no te despidan por exigir tus derechos.
Hola.
Podría orientarme sobre cuál sería mi indemnización y finiquito ?Las circunstancias familiares hacen que necesiten de una persona a tiempo completo.
Llevo trabajando 3 años ,3 horas a la semana a razón de 11 euros la hora.No tengo pagas extraordinarias ni me pagan el mes de vacaciones,aparte de descontarme 7€ mensuales de mi sueldo para pagar mi parte proporcional de S.Social.
Mi indemnización es de 158€,según mi empleador.Está bien calculado?Cual sería mi finiquito?Es lo mismo la indemnización que el finiquito o son dos pagos distintos?
Muchísimas gracias.
Hola, mé podría asesorar llevo 32 años trabajando con una familia no estoy con ningún tipo de contrato todo verval siempre he cobrado las 14 pagas completas según sueldo. Hemos acordado en finiquitar éste acuerdo y trabajar solo dos días a horas ya qué no es necesario qué vaya tantas horas los hijos se fueron de casa. Me quieren dar una compensación económica pero mé gustaría saber cuánto sería lo justo ya qué no tengo la más mínima idea al no estar con contrato. Muchas gracias
Con la antigüedad que comentas, seis meses de salario, sería la indemnización correspondiente.
Hola por favor necesito que me ayuden estoy muy desorientada. Soy empleada de hogar cuidando una pareja de personas mayores desde diciembre del 2018 tengo contrato recibo 920€ mensual, se los llevarán a una residencia a fin de mes y apenas me han avisado el día de ayer quería saber si puedo reclamar mi indemnización por falta de pre aviso? Y quería saber cuánto me corresponde de finiquito ya que no lo se, tambien tienen que pagarme 2 semanas de vacaciones que no he disfrutado
Te tienen que pagar mínimo, una indemnización de 12 días por año trabajado, además de las vacaciones generadas y no disfrutadas de este año, así como la parte proporcional de las pagas extras si es que no las tienes prorrateadas.
Hola llevaba 2 años y 7 meses cuidando una abuela y ella a fallecido . Quisiera saber cuánto tengo que cobrar de finiquito.
Depende de las vacaciones generadas y no disfrutadas, de si tienes las pagas extras prorrateadas o no… La indemnización es de un mes o de 12 días por año trabajado. Las dos opciones con correctas, y la indemnización es casi la misma.
mi madre tenia una empleada de hogar y ha fallecido.
Quisiera saber como deberia calcular el finiquito.
Lo explico en la entrada, al ser por fallecimiento, la indemnización sería la de un mes de salario o de 12 días por año trabajado. Entiendo que las dos formas serían correctas.
Estoy trabajando desde el año 2011 con un salario de 600 euros mensuales ,incluidos paga y vacaciones,en caso de despido por ingreso a una residencia de la señora,cuanto deberia cobrar?
Me corresponderia mas de los 12 dias por año?
12 días por año trabajado. Pero habría que ver cuando empezaste, por que puede que la indemnización sea de siete días por añ trabajado.
Hola muy buenas me han despedido del trabajo lleve 8 años sin contrato firmado solo alta en la seguridad social con un sueldo de 700 € mes sin nomina solo pago en mano sin recibo alguno que derehos tengo si me han despedido y han procedido de manera en que no me han pagado el sueldo completo del mes de abril mayo junio y julio solo e recibido 300 € mes y ahora me han despedido por favor deme su opinión gracias
Tendrás que demandar por despido improcedente además de reclamar el salario y la cotización.
Muchas gracias y digame esto en cuantos días lo debo hacer de cuanto tiempo dispongo ahora realizar todo esto y que pruebas necesito gracias nuevamente
Es una pregunta muy amplia, para impugnar el despido dispone de 20 días hábiles desde la fecha de efectos de la extinción. Sobre pruebas, habría que ver el caso concreto para saber como se puede acreditar. Le recomiendo que acuda a un abogado de su localidad.
Gracias 👍
Hola. Quería consultar, he tenido que despedir a la empleada de hogar que tenía mi suegra porque ahora va a una residencia. Ha estado contratada 9 meses y quería saber si corresponde pagarle indemnización o solo es a partir de un año de contrato. Gracias
Sí, le corresponde indemnización, preaviso y finiquito.
Hola yo llevo trabajando 8 años, unas 37 horas semanales y las pagas metidas,solo cobro 12 pagas. Mi sueldo es de 750€ así 7 años y en este último año me pagan a 1070€ todo es bruto.Ahora en estos momentos que estamos viviendo, me quieren echar, me agradaría que me asesorara cuánto sería mi finiquito.
Un millón de gracias espero contestaciòn
Un cordial saludo
Si es un desistimiento del empleador, son 12 días por año trabajado. Si llevas 8 años trabajados serán 96 días, teniendo en cuenta tu salario, unos 3377 euros. Por otro lado, en cuanto a los finiquito, habría que saber las vacaciones disfrutadas.
Trabajo hace 6 años de empleada de hogar 30 hs a la semana cobro 790 euros las pagas estan prprrateadas y lasvacaciones me las pagan un mes al año que deberia cobrar si fallece mi empleadora ?
Un mes de salario.
Hola yo en septiembre cumplo un año de estar trabajando cuidando una abuela pero ahora en agosto se la llevan a una resindencia por un mes si ella se adapta alla se quedara si no volverá en septiembre , mi sueldo es de 1,013 incluyendo más pagas si me despiden de cuanto más o menos sería mi finiquito las vacaciones me las adelantaron en diciembre por q me toco viajar a mi país muchas gracias
Si es por desistimiento del empleador, una indemnización aproximada de 437,26 euros al llevar un año trabajando, más un preaviso de 20 días.
Hola buenas yevo trabajando un año imedio en como empleada de hogar trabajaba ha hora completa y me an bajodo a medioa jornada y yo nobestoy de acuerde q podria aser enveste casa tengo derecho al algo
Hola .
Tengo que afrontar un despido improcedente , trabaje como empleada de hogar desde 01/07/2011 hasta 20/07/2020 , cobrando un sueldo de 1346 € pagas extraordinarias incluidas , la empleadora me ofrece una indemnización de 5000 € aparte del finiquito , debería aceptar?
Muchas gracias
Depende de si la titular del hogar familiar o no ha seguido el procedimiento para extinguir la relación laboral y que facilidad tienes para probar que has trabajado desde el 2011 y el salario que percibes actualmente para saber si es o no un buen acuerdo.
En realidad me despedido estando yo de baja médica con el diagnóstico de Covid-19 sin ningún aviso .
No ha habido un preaviso , una carta de despido .
Simplemente me enteré de la situación cuando recibí de Seguridad social un mensaje en cual ponía Tramitada la baja ..
Mi antigüedad existe en la vida laboral y en las nóminas.
Ahora es verdad que quieren dar cauce legal al tema diciendo que ha habido un eror ofreciendo una indemnización de 5000 € , y yo realmente no se si debo aceptar pq no se la cantidad que me corresponde.
Muchas gracias por su amabilidad en atender/contestar el mensaje .
Un saludo .
Eugenia trabajado 3años y 2meces1 año salario 860euros en 12pagas. 2 años salario-900euros brutos en 14 pagas 3-año-950euros bru dotos en 14 psgas y2meces 950euros brutos
Lo importante es el salario que percibe en el momento de la extinción de la relación laboral, es decir, en el último contrato, percibía 1.108,33 euros al mes con las pagas extras prorrateadas.
Hola mi salário haora son 1108euros bruto en dose pagas cuanto corresponde a mí despido por 3años y dos meses trabajando
Depende de la causa del despido, si es un desistimiento, son 12 días por año trabajado, aproximadamente uno 1421 euros. Si es improcedente, son 20 días por año trabajado, lo que equivale a 2368,48 euros.
Por favor quisiera que me asesoren te go 2 años y 6 meses trabajando y ahora me dicen que ya no necesitan de mis servicios porque se van a otra ciudad solo quiero saber cuanto me corresponde por el tiempo trabajado ya que soy indocumentada
Depende de la causa de extinción y del salario mensual que percibes.
Hola, tengo 4 meses trabajando de interna con contrato indefinido y se murio la señora que cuidaba, quiero saber a que tengo derecho??
Muchas gracias..
Vacaciones generadas y no disfrutadas, parte proporcional de las pagas extras si no las tiene prorrateadas y una indemnización por la extinción de la relación laboral, que puede ser de doce días por año trabajado..
Buenas tardes. El 2 de febrero del 2022 se vence mi contrato temporal llevo 3 años trabajando en el lugar.
Me gustaría saber si al ser yo quien decida no renovar el contrato tengo derecho a una indemnización por fin de contrato?
Espero respuesta por favor.
Gracias!!!
Es una cuestión discutible. En mi opinión, sí.