Convenio colectivo aplicable tras una subrogación o sucesión
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El convenio colectivo aplicable
Cuando existe una sucesión de empresa, o una subrogación de los trabajadores en la que exista una sucesión empresarial, suele surgir la duda a los trabajadores sobre cual va a ser el convenio colectivo de aplicación cuando es diferente el convenio de la empresa saliente y el convenio de la empresa entrante.
El principio básico laboral a la hora de una sucesión empresarial es que los trabajadores no pueden perder derechos laborales ni verse perjudicados por el cambio del empresario o empresa.
De hecho, el trabajador no tiene ni por qué notar el cambio de empleador en su relación laboral, y simplemente debe de ser notificado del cambio del empleador que le abona la nómina.
En cuanto a las condiciones laborales, el convenio colectivo de aplicación tiene vital importancia ya que regula y recoge los principales derechos laborales de los trabajadores tales como salario, jornada, vacaciones, pagas extraordinarias, etc., normalmente mejorando las condiciones que se indican en el Estatuto de los Trabajadores.
Por todo ello, es muy importante conocer cual es el convenio colectivo de aplicación a una relación laboral, y en el caso de una sucesión empresarial, el artículo 44.4 del Estatuto de los Trabajadores indica lo siguiente:
Salvo pacto en contrario, establecido mediante acuerdo de empresa entre el cesionario y los representantes de los trabajadores una vez consumada la sucesión, las relaciones laborales de los trabajadores afectados por la sucesión seguirán rigiéndose por el convenio colectivo que en el momento de la transmisión fuere de aplicación en la empresa, centro de trabajo o unidad productiva autónoma transferida.
Esta aplicación se mantendrá hasta la fecha de expiración del convenio colectivo de origen o hasta la entrada en vigor de otro convenio colectivo nuevo que resulte aplicable a la entidad económica transmitida.
En virtud de lo anterior, la situación más frecuente es mantener el mismo convenio que tenían en la empresa saliente, hasta que se negocie un nuevo en el que ellos ya se vean incluidos o se acuerde otra cosa con la empresa entrante.
No obstante, vamos a analiza lo que indica el citado artículo 44 del Estatuto.
Acuerdo con los representantes con cambio de convenio
Aunque no es lo frecuente, en primer lugar, el convenio colectivo de aplicación será el que las partes acuerden; trabajadores y empresarios. Este acuerdo se realiza con los representantes legales de los trabajadores.
Ahora bien, este acuerdo no puede perjudicar a los trabajadores, en el sentido de adoptar un convenio más perjudicial. Siempre será discutible cuando el convenio recoja algunas materias que mejoran y otras empeoran, por eso es poco frecuente que se pacte con los representantes legales de los trabajadores, sino que normalmente se mantiene el convenio colectivo.
Lo que sí que se puede pactar, por ejemplo, es que sea de aplicación el nuevo convenio en cuento al salario si éste establece unas tablas salariales más altas.
Por lo que cualquier acuerdo entre los representantes legales de los trabajadores y el nuevo empresario sobre la aplicación del convenio colectivo podrá ser declarado nulo por los tribunales en caso existir un claro perjuicio a los trabajadores.
Ausencia de pacto, se mantiene el convenio hasta nueva negociación o expiración
En segundo lugar, y en ausencia de pacto, el convenio colectivo de aplicación será el mismo que tenían los trabajadores hasta que pase cualquiera de estas dos situaciones:
- Expire la vigencia del convenio colectivo vigente hasta ese momento. En dicho caso, comenzará a aplicarse el convenio colectivo que se aplica a la nueva empresa. La jurisprudencia del Tribunal Supremo ha considerado que se mantiene vigente si el convenio se mantiene por ultraactividad, es decir, que el convenio pierde su vigente pero por falta de negociación de un nuevo convenio , éste mantiene su vigencia.
- Sea de aplicación un nuevo convenio colectivo a la nueva empresa. Esta vigencia de un nuevo convenio colectivo tiene que producirse cuando los trabajadores ya han sido incorporados a la nueva empresa. En este caso, los trabajadores ya se entienden que han sido tenido en cuenta a la hora de negociar ese nuevo convenio y, en consecuencia, ya se le puede aplicar.
Si quieres más información sobre la vigencia del convenio colectivo te recomiendo este artículo…
De hecho, si no existe acuerdo, la empresa no puede modificar el convenio colectivo de aplicación en virtud del una modificación sustancial de las condiciones de trabajo según la sentencia de la Audiencia Nacional de 30 de Julio de 2019.
¿Puede la empresa cambiar las condiciones laborales?
Sí, la nueva empresa puede modificar las condiciones laborales que tienen los trabajadores.
En primer lugar puede realizar una modificación sustancial de las condiciones de trabajo, recogido en el artículo 41 del Estatuto de los Trabajadores, para cambiar de manera permanente las condiciones de los trabajadores, tales como jornada, salario, horario, forma de retribución, descansos… Eso sí, a través de este procedimiento nunca se podrá perjudicar los derechos mínimos recogidos en el convenio o Estatuto de los Trabajadores.
Ante este cambio, el trabajador podrá solicitar la extinción de la relación laboral con derecho a paro y a una indemnización de 20 días por año trabajado, siempre que acredite un perjuicio por el cambio sufrido
En segundo lugar, la empresa puede modificar de manera temporal, y reducir los derechos recogidos en el convenio colectivo, pero nunca los del estatuto de los trabajadores, en virtud de un procedimiento de descuelgue, regulado en el artículo 82.3 del Estatuto de los Trabajadores.
Este procedimiento está pensado para empresas que tengan problemas económicos de cierta entidad y lo detallamos con más profundidad en este artículo.
¿Qué convenios se aplica a los nuevos trabajadores?
A los nuevos trabajadores le será de aplicación el convenio colectivo que se le aplique a la empresa que le contrata, sin que tenga la obligación de ofrecerle las mismas condiciones ni el mismo convenio que al respeto de empleados que han sido subrogados y se les aplica otro convenio con otros derechos.
Esta diferencia de trato no implica una desigualdad de trato como ha determinado el Tribunal Supremo en la Sentencia del 21 de enero de 2021.
Buenos días,
Pertenezco a una empresa de un grupo empresarial, y me quieren subrogar de una empresa a otra. Me indican que me mantienen todas las condiciones: antigüedad, salarios, etc. Menos el convenio, en la actual estoy en el convenio de la construccion. La empresa a la que me quieren subrogar no tiene convenio y se rige por el EETT. ¿Saldría perdiendo con este cambio? En que me afectaría este cambio de convenio?
Muchas gracias de antemano.
Sí, ese cambio no te beneficia. Aunque el convenio puede recoger alguna cláusula que perjudica algún derecho recogido en el Estatuto, lo normal es que lo mejore.
Buenas tardes. Mi empresa va a ser subrogada por absorción. Nuestras funciones son de administrativo y nuestro convenio actual es el de oficinas y despachos de Madrid (aprobado recientemente). La empresa que nos absorbe es una empresa de telemarketing y este es el convenio al que nos van a pasar el breve, ya que al parecer está ya negociado pendiente de firma. En ese momento pasaré de ser administrativo a ser teleoperador, con la posibilidad que la empresa me nueva de puesto y me ponga a hacer funciones de teleoperador. ¿Es esto causa suficiente para denunciar por modificación sustancial?
Muchas gracias
Tengo mis dudas. El cambio de convenio viene motivado por la normativa, cuando se apruebe el de telemarketing, y no es una decisión de la empresa. El cambio de puesto, si se produce, sí que podría ser una modificación sustancial.
Buenas tardes. Si el 1 de agosto la empresa A subroga a 5 trabajadores de la empresa B y el 1 de septiembre se publican las tablas salariales de 2022. a quien le corresponde pagar los atrasos desde el 1 de enero. Del 1 de enero al 31 de julio la empresa B (saliente) y la empresa A (entrante) a partir del 1 de agosto?
En mi opinión, el actual empleador es el responsable de abonar toda la subida salarial al trabajador indicada en el convenio colectivo, atrasos incluidos. Sin perjuicio de que la empresa entrante puede repetir contra la empresa saliente por la parte que no le corresponde.
Estoy en una empresa que ha echo una sucesión , de 30 empleados , el 1 de agosto pero del 1 de agosto asta el 15 nos dio de vacaciones porque ay un cierre , y resulta que nos dise que las vacaciones las devemos estos 15 días , pero aviamos renerado estas vacaciones con la otra empresa , RRHH dise que busque la otra empresa para cobrar , buscamos la empresa y an dicho que es dever dela nueva empresa asumir las vacaciones . Por loque veo la nueva empresa es quien tiene que hacer cargo delas vacaciones ? Gracias
Demandaría a las dos. Habría que ver con quien se han generado esa vacaciones para ver quién es el responsable principal, pero seguramente condenarán a las dos solidariamente.
Hola nos subrrogo el ayuntamiento en Enero y ahora en Junio la paga extra nos han pagado la mitad es correcto tenemos antiguedad el que menos 3 años.
Seguramente la empresa anterior abonó la otra parte de la paga extra. En caso de que así no fuera se debería reclamar, tanto al ayuntamiento como a la empresa anterior.
He sido subrogado y en la empresa nueva no tienen convenio..por lo cual mantengo el de la empresa origen.
Si en la empresa origen (la que tiene convenio)…negocian nuevo convenio…puedo acogerme ?? hasta que negocien uno en la empresa destino o tengo que quedarme con el convenio que tenía en el momento de la subrogación ??
No, la negociación de un nuevo convenio en la empresa de origen ya no te afectaría.
Gracias, o sea, que nos quedamos con el convenio de la empresa origen hasta que la empresa destino…negocie un convenio. El convenio de la empresa de origen tiene ultraactivavidad…y entiendo que no podemos quedarnos sin convenio en la nueva, ya que no tienen nada….
Hola Alejandro, X convenio d sanidad privada y cn 32,30 horas semanales ,q sueldo tendría una cocinera?Gracias ,Un saludo.
Es un cálculo que requiere su tiempo y que excede de las orientaciones que puedo realizar a través del blog. Son demasiadas las preguntas a responder todos los días. Lo lamento. Te recomiendo que acudas a un abogado de tu localidad.
Hola Alegandro,aver cambiamos d empresa, firmamos una surrogacion en la q se nos respeta todo pero todo d la otra empresa,horarios ,sueldo ,todo vaya.De repente ami q pertenezco al convenio de hosteleria me quieren cambiar a otro convenio,en el cual no estoy de acuerdo, según la empresa nueva YO al firmar el cambio de surrogacion acepto el cambio d convenio?y eso no es asin ,puesto q ami no me lo an notificado ,entonces ,,,este mes d marzo ,q pierdo la paga de beneficios?? O me deben d pagar paga de beneficio puesto q soy surrogada y no firme nada ,nose ,me gustaría tu opinión y muchas gracias ante mano
No se debe cambiar el convenio como explico en el artículo, salvo que se publique otro.
Firme ,una surrogacion de cambio d empresa,mantienen todo horarios ,sueldo todo todo ,pero mi sorpresa q me quieren cambiar d convenio ,yo en la antigua empresa tenía convenio d hostelería y me quieren cambiar al convenio de gerecultora ,pueden hacerlo ,yo no estoy de acuerdo, pueden hacerlo la nueva empresa? Puesto q nos cojen cn todos los derechos d la anterior.
Puede ser que a la nueva empresa se le aplique otro contrato, pero hasta la firma de un nuevo convenio o con acuerdo, se debe mantener el anterior convenio.
Muchísimas Gracias Alejandro, por último q ganaría cocinera X convenio de sanidad privada,si tengo 32,30 horas semanales y dos días d descanso,mi sueldo actual es 771,€.
Debería ganar más o el mismo sueldo.
Gracias .Un saludo.
Buenos días,
He cambiado de empresa y al realizar la subrogación en el contrato hemos firmado que nos aplica un convenio colectivo distinto al que teníamos, y en general, con unas condiciones notablemente peores.
En el contrato, hemos pactado ciertas condiciones particulares como manteniemiento de horario, salario, vacaciones, etc… pero mi pregunta es…lo que no hemos pactado como condición particular, y que nos perjudique a los trabajadores subrogados, nos aplicarían las condiciones del convenio previo que teníamos?
Gracias y un saludo
Habría que ver que es lo que habéis pactado y firmado. Que se cambie el convenio, no quiere decir que os bajen las condiciones laborales que teníais antes.
Hola buenos días.
En mi anterior empresa tenía congelados los complementos, por dificultades económicas. Después de una subrogación la nueva empresa mantiene también los complementos congelados.
Puedo reclamar su subida , al no existir , ya problema económico. Gracias.
Depende de lo indicado en el convenio colectivo. ¿Es decir cual es la causa por la cual se tenían congelados los complementos y cual es la causa por la cual se reclama la subida?
La causa alegada era dificultades económicas. Desaparecidas estás , tras la subrogación , se puede pedir la subida ?.
El convenio se remite al art 26 del Estatuto , absorción…..
Si el convenio recoge el derecho al aumento de complementos sí, se puede exigir. La absorción es diferente a que el convenio recoja la subida o no de los complemento. La absorción hace referencia a que se perciba un salario superior al establecido en convenio y las subidas del convenio queden absorbidas por las mejoras salariales que percibe el trabajador en relación con lo que indica el convenio.
Buenas tardes si me cambian las condiciones laborales y denunció si el juez dice q tengo q acatar esos cambios tengo derecho a pedir los 20 días e irme?
Son dos cosas independientes. Tienes derecho a solicitarlo, si un juez considera que existe causa para la modificación, pero sólo tendrás derecho si la modificación te causa un perjuicio.
Buenas tardes:
Soy enfermera en un centro escolar (grupo II). Desde el inicio de mi contrato (hace casi 11años) he disfrutado de las vacaciones escolares pero ahora el colegio lo ha comprado un grupo inversor y no tengo nada que demuestre que he disfrutado de esas condiciones. En mi nómina y contrato sólo pone s/c y si ellos se quieren remitir a mi convenio, no me pertenecen tantas vacaciones.
Si me quiero acoger a «modificación sustancial de las condiciones de trabajo» tendría que demostrar de manera escrita que he disfrutado de esas condiciones? Cómo podría hacerlo si el antiguo dueño no lo quiere plasmar por escrito?Muchas gracias. Un saludo.
Con la testifical de los representantes legales de los trabajadores o de otros trabajadores, con el registro de jornada o cualquier otra prueba que pueda existir.
¿Puede una empresa de transporte aplicar diferentes convenios (según «centros») a los trabajadores que hacen el mismo trabajo? En concreto, se aplica el convenio de una provincia en la que NO existe sede, cuando las órdenes de dan desde Madrid y la sede social está en otra provincia diferentes.
¿Se puede solicitar el cambio individualmente mediante novación de contrato?
Gracias
Si, puede ser diferente el convenio según el centro de trabajo, aunque las órdenes se den desde otro lado. Aquí lo explico.
Muy buenas y gracias de antemano.
Estoy en una empresa que fue subrogada y mi grupo profesional firmado es inferior al que me corresponde en el convenio. Lo he comentado y me han dicho que como ese error viene de la empresa anterior y se ha firmado la subrogación así, no me van a cambiar. ¿Eso es así? ¿Puedo hacer algo?
Nunca se puede incumplir lo indicado en el convenio colectivo, exista una subrogación o no.
Hola. Un trabajador con convenio de empresa propio (x) pasa a ser subrogado. Sigue con sus mismas condiciones. Si se coge la baja, la persona que contratan para sustituir a ese subrogado con qué convenio la tendrían que contratar?
En mi opinión, el convenio según su relación laboral, que no tiene que ser el mismo de la persona que sustituye. Por lo tanto, no la del convenio de empresa anterior ya que no es la que le contrata a este trabajador.
Hola buenas tardes:
Soy conserje en una finca en Málaga, a final de mes mi empresa deja de prestar servicios en dicho edificio y entra una Empresa nueva; Deben subrogarme, la pega es que en Málaga no hay convenio colectivo de conserjes de fincas.
gracias por adelantado.
Tengo un contrato de prestación de servicios de ayuda a domicilio por dependencia con una empresa la cual me ha subido la cuota un 43% y llevo con la misma auxiliar varios años (tengo reconocido una prestación por dependencia). Por la subida he decidido cambiar a otra empresa que me ofrece los mismos servicios más baratos. La empresa con la que quiero dejar de trabajar me dice que la nueva empresa está obligada a subrogar a la auxiliar, porque el art. 27 del convenio de centeos y servicios de atencion al dependiente asi lo dice y lógicamente y la nueva empresa me dice q no le intereso como cliente. Esto es así?? Que puedo hacer?? Si esto es legal ninguna empresa querría prestarme sus servicios y estaría obligada a pagar la subida. Gracias
Hola,
Mi duda es la siguiente, trabajo en una empresa, que tiene la contrata de un Ayuntamiento. Tienen un convenio privado, heredado de una anterior empresa que gestionaba la contrata. Ha dia de hoy, respetan ese mismo convenio, de manera verbal, pero, estan contratando a mas personal, porque asi lo indica el pliego de condiciones, y a los nuevos, los contratan con el convenio estatal, bastante mas bajo. Mi pregunta, ¿ pueden hacer esto ?. La empresa, no tiene ninguna actividad parecida, no tiene convenio propio. Teniendo un convenio ya firmado, y realizando el mismo trabajo, ¿ tendrian que aplicar un solo convenio ?.
Gracias por su tiempo, Alejandro
Habría que saber más del caso, pero puede ser procedente que se aplique un convenio a unos trabajadores provenientes de una subrogación y otro a los nuevos.
Buenas.
Explico mi caso .
Estoy trabajando en una instalación fotovoltaica 12 años , la empresa mantenedora es también del dueño de la instalación .
La empresa vendedora solo me ha dicho verbalmente que se ha vendido ,y según me ha dicho la empresa compradora tiene su gente y no cuentan conmigo , la empresa compradora no se han puesto en contacto para decirme nada.Ni a día de hoy me han notificado nada por escrito-
Tengo derecho a ese puesto de trabajo ¿
me pueden despedir y ya esta ¿
Habría que ver cual es tu trabajo que es lo que se ha vendido, si cogen a más trabajadores…
Hola, y gracias de antemano.
Mi trabajo es el mantenimiento integral de la instalación que han vendido, y si la empresa compradora está buscado más trabajadores , he mirado en infojobs y están buscando más operarios, pero para otra instalación cuando sería más factible dejarme a mi en mi puesto , pero claro yo cobro más salario que lo que ellos pagan y por eso quieren hacer limpia .
Ya me dices si me despide el antiguo propietario, si es un despido objetivo o sería en este caso improcedente.
Con los datos que me das no es posible decirte si tienes derecho o no a la subrogación o a la calificación del despidos, sin ver la carta de despido si es que esta se produce. Te recomiendo que acudas a un abogado para que revise si tienes derecho a o no a la surbrogación.
Hola Alejandro!
Mi empresa se fusionará con otra el día 1 de Diciembre. Las dos empresas se dedican a la misma actividad, pero tenemos distintos convenios. La empresa en que actualmente trabajo está en el convenio de Químicas y la que nos absorberá en el del Metal. Nos han enviado un comunicado diciendonos que nos mantendrán las mismas condiciones de categoría, salario y antigüedad, y que se nos seguirá aplicando el actual convenio colectivo mientras este sea vigente. El convenio de Químicas es aplicable del año 2018 al 2020. Eso quiere decir que en Enero del 2021 tendrían que cambiarnos al convenio del Metal?
Gracias de antemano!
Habría que ver como lo recoge exactamente el convenio en cuanto a su tiempo de aplicación, ya que a falta de acuerdo se pasa al otro convenio cuando expira uno o se negocia el otro.
Hola Alejandro!! Quería hacerte la siguiente consulta. Este año fui subrogada en una empresa, en mi puesto de trabajo con mi horario, el tema es que existe otro departamento diferente al mío, en el cual desarrollan tareas completamente distinta a las mías y con distinto horario, y al hacer el cuadrante igual se les queda un turno no cubierto y me meten a mi, cambiando mi horario y tareas a desarrollar, esto lo hacen cada 2 meses o así, me quitan de mi puesto para un día y me ponen a cubrir ese turno. Con todo el perjuicio y estrés que me conlleva. Mi pregunta es, pueden hacer eso cada vez que quieran sin siquiera preguntar? Me puedo negar?. Un millón de gracias por tu ayuda
No te recomendaría negarte, sino impugnar la modificación ante los tribunales si no estás conforme. Sobre si es legal o no, habría que ver la entidad de la modificación.
Soy Monitora de Comedores Escolares, veo discrepancias en mi nómina, con respecto a la de un compañero, al que he tomado como referencia pues tiene la misma antigüedad que yo. Me fije que él, en la prorrata de pagas extras, en el complemento personal, y en el complemento Personal del Convenio Estatal, difieren con los de mi nómina. Si bien tengo una mejora voluntaria de 0,21€. Por lo que tengo una diferencia negativa de 5,16€ con respecto a mi compañero y no entiendo el porqué se me aplican tablas salariales diferentes y que supone una merma en mi salario no ahora, sino ya de meses anteriores.
La empresa me ha contestado lo siguiente:
«Te contesto a la discrepancia de la trabajadora sobre su nómina:
Tiene el mismo salario base, prorrata de pagas y complemento personal convenio estatal que su compañero.
La única diferencia radica en el complemento personal. Desconocemos la diferencia de estos importes ya que cuando fueron subrogados ya lo tenían así. Por lo tanto su nómina es correcta.»
Se puede corregir esta discrepancia en la nómina
Acabo de ser subrogada, he tenido 16 años en la otra empresa y en esta tengo un mes, puedo pedir excedencia voluntaria por motivos personales?. Gracias
Sí, al ser subrogada debes mantener la antigüedad que te otorga el derecho a solicitar una excedencia voluntaria.
Hola. Desde hace años, cobro una cantidad suplementaria a mayores de mi sueldo. Al subrogarse la empresa, la nueva puede quitarla?
La empresa que entra debe mantener todos las condiciones laborales que tiene el trabajador.
Buenas, me subrogaron el 1 de abril, estando de baja maternal, el 24-4-20 dí a luz, el 13-8 se me termina el permiso de maternidad y el 4-9 se me termina la lactancia acumulada, actualmente desempeñaba un puesto de responsable de tiendas, el cual me desplazo de mi domicilio cada día a 60-70 kilómetros, me pagaban gasolina/dietas y peajes. La actual empresa me quiere enviar a trabajar a una tienda a 60 km de mi casa como comercial, y sin pagarme desplazamiento ni nada, me dicen que ellos solo mantienen antigüedad y sueldo, pero no cargo ni condiciones o acuerdos verbales, que opciones tengo? Me puedo acoger a 20 días por año almenos? ( Tengo 11 años de antigüedad)
Para saber si es una modificación sustancial habría que ver la distancia entre los centros de trabajo, así como los otros cambios para ver si se considera una modificación sustancial o no.
A finales de año 2018 hemos sido subrrogados cinco personas que estabamos con el convenio de comercio y hasta finales de 2019 no se habia firmado el nuevo convenio que es mejor.Tenemos derecho esos cinco trabajadores a pedir los atrasos de 2019 que han cobrado los otros compañeros del otro convenio?Gracias!!
Habría que mirar el convenio y el por qué de esos atrasos. A vosotros se os aplica ese convenio desde su firma, es discutible que se os deba unos atrasos por que antes no se os aplicaba ese convenio. Habría que mirar jurisprudencia al caso concreto.
Hola, soy empleado de una empresa subrogada por la administración publica, el cambio se hizo en el 2015, tengo derecho al aumento del IPC del 8% que se aprovó para los años 2018-2019-2020. Gracias
hola, mi caso , empresa A – Solo un tipo de trabajo, 24 trabaj por obra y servicio durante años,2 fijos y 1 fijo discontinuo. convenio aplicable no habla de subrogacion. Finales de enero, despido trabajadores 1 fijo y 1 fijo discontinuo por art.52 causas obj. proceso concursal a falta de presentar, no indemniz por falta liquidez.
empresa B – Varios tipos de trabajos- pero nunca el tipo de trabajo de la empresa A. Primeros de enero, 1 trabj fijo encargado y 24 trabajadores de la empresa A empiezan a trabajar en la empresa B les ponen fijos discontinuos a 15 y resto obra y servicio y convenio mismo que empresa A. Trabajo y clientes los mismos que en empresa A. Primera vez que se hace este trabajo en empresa B.
convenios en la empresa B, uno para sus demas trabajos, y el de la empresa A para los nuevos trabajadores que antiguamente trabajaban en la A y ahora son de la B.
los despedidos podemos aunque nuestro convenio no diga nada, acogernos a sucesion empresa por art.44 -E.T
o sucesion de plantilla, aunque no se hayan traspasado los bienes materiales, porque la empresa B ya tenia sus instalaciones. La empresa B es un gran call center que se dedica a muchas cosas pero la empresa A solo a encuestas de mercado.
En que tenemos que basarnos para pensar que no hay obligación de subrogar y que la empresa B puede contar con la plantilla que quiera y no mas? , y la sucesión de actividad se puede consultar en la Unidad Especialidad de la Seguridad Social, y si no se contempla, no hay nada mas que hacer?
Que ocurre con el proced. concursal? pueden no presentarlo, y directamente con despido objetivo o improcedente al FOGASA?
La empresa B tiene las mesas, los telefonos, el local, pero sin esos trabajadores y el encargado de la empresa A, nunca hubiese podido con tanta celeridad comenzar una nueva actividad. ( mano de obra)
Qué se puede hacer para demostrar subrogacion o sucesion o lo que sea?
gracias
Hola buenas noches, le agradezco la orientacion.mi preguta es la siguente llevo 15 años en una empresa trabajando para la limpieza y hace 3 años nos subrogo otra empresa que tiene contrata con otra empresa para la que yo trabajo en todo este tiempo, y hora nos dicen que nos envian a la otra empresa que esta a 25 kilometros a trabajar por que a ellos les viene bien. puede hacer esto la empresa que nos subrogo cuando en mi contrato pone que mi puesto de trabajo esta en la que llevo 15 años.es posible esto?? muchas gracias le agradezco enorme mente la respuesta ya que tengo que dar respuesta el viernes.
La empresa puede modificar las condiciones laborales, entre ellos, el centro de trabajo, cuando existe causa para ello. Si crees que no existe causa o te puede perjudicar, impugna la decisión en un plazo de 20 días hábiles desde la notificación.
Hola, buenos días. Trabajo como personal de limpieza en un colegio, pertenezco al colegio y mi convenio es el de la enseñanza concertada. Va a entrar una empresa de limpieza y mi empresa quiere que me vaya con ellos. ¿Tengo obligación de irme con ellos? Si decidiera no irme ¿qué me puede pasar?
Buenos días ,Me ha subrogado otra empresa,tengo derecho al complemento por enfermedad que tenía en la antigua? Gracias
depende. En principio se mantiene el convenio colectivo hasta que se negocie otro. Así que dependerá de lo que diga el convenio colectivo de aplicación.
Buenas noches, mi empresa tiene dos actividades y dos convenios distintos, actualmente nos indican que por actividad principal todos vamos a tener el mismo convenio.
Nos mantienen el sueldo bruto y las condiciones más beneficiosas, pero con el cambio de convenio y la categoría aplicada el salario base es menor, tenemos plus de antigüedad y de convenio (pluses que no teníamos en el anterior convenio) y nos lo ajustan con una retribución voluntaria. Esto es legal o tendrían que incluirnos en una categoría con salario base similar al que teníamos. Muchas gracias y saludos
Os tienen que incluir en la categoría correspondiente, y os pueden poner un complemento personal. Es decir, el grupo profesional no depende del salario que percibes, sino de las funciones que realizas.
Muchas gracias!!!!Tengo otra dudilla que convenio me aplicarian, me qudaria con el convenio del ayuntamiento aunque este en empresa privada o me quedaria en el convenio que ellos tengan de limpieza.Porque por ejemplo el convenio mio tiene menos horas de jornada que cualquiera provincial
En principio se aplica el del ayuntamiento, hasta que se negocie el de limpiezas que te aplicarían ese, salvo que se haya negociado otra cosa.
Buenos días, tengo la siguiente duda si trabajo como limpìadora , como personal laboral, en un ayuntamiento (me estan aplicando el convenio del ayto), y ahora hay una subrogacion (la empresa supongo que tendra el convenio provincial), ¿me mantienen mis condiciones?¿Que convenio me aplicarian?Gracias
Mantienen tus condiciones y el convenio, hasta que se negocie un nuevo.
Hola buenas, tengo una duda. Llevo en una empresa 114 días con convenio de hostelería de Málaga vigente, mi contrato es hasta julio de 2020. La empresa va a ceder la concesión del centro donde trabajo a otra empresa. ¿Tienen que subrogarme?
Con los datos que me das si, si no lo hace y la actual no te mantiene el trabajo, demandas al as dos empresas por despido improcedente.
Gracias
Buenas tardes, sección de trabajo subrogado a otra empresa de servicios ( 14 trabajadores) que hace firmar un documento a los subrogados donde estable que aceptan a fecha de ayer y con aplicación 01 septiembre de 2019, el convenio aplicable a la subrogada ( menos pluses del convenio anterior) y modificación de los conceptos que no son salario bruto anual en la nómina, por el contrario, respetan la antigüedad y el salario anual bruto!!! Que le parece??? La idea es impugnar el escrito que han hecho firmar y solicitar que se mantenga el convenio de aplicación hasta la fecha que caduca en 2020( convenio de empresa que mejora bastante la nómina).
A banda de ello, a uno de los trabajadores le cambian la “ categoría” otro grupo profesional inferior y le hacen contrato de relevo!!! Esto desorientada.
Gracias
Habría que ver el documento que se ha firmado.
Hola, la empresa para la que trabajo ha sido subrogada y me mantienen las condiciones iniciales, por ahí bien. Con la nueva empresa he promocionado y he ascendido, después de unos meses no quiero seguir en el puesto al que ascendí sino volver a mi puesto de empleado base. Mi pregunta es, si yo quiero bajar de categoría ahora, las condiciones que me pertenecen siguen siendo las mismas que antes de ser subrogado o ya seria las de la nueva empresa?
El trabajador no puede solicitar disminuir las funciones que realiza en su puestos de trabajo, salvo que se hubiera establecido una cláusula de dicha naturaleza. En caso de que se solicitar y la empresa lo aceptará, se estará a lo acordado sobre tus nuevas condiciones de trabajo.
Hola yo estaba en una empresa de limpieza en febrero hacia 5 años. Han echado a, mi empresa y a nosotros nos han su rogado. Excepto a uno que al llevar 2 años le han echado y han cojido a otros. Por que esta empresa, coje jente extranjera para pagarles menos. A mi me pagaban menos de, lo que me corresponde. Y esta empresa seguirá pagandome ese dinero. A mi me gustaría ir me pero que me pagarán mis años de antigüedad serían 4 años y medio. Y me dieran la, carta de despido. Podría pedirla o si lo pido perdería mi liquidación.. Y mi carta de despido me están mareando y no aguanto más. No quisiera tener que putearles ni darme de baja. Solo que me den lo mio y irme. Tengo mucha ansiedad
Si te vas de la empresa por voluntad propia, no tendrás derecho a indemnización ni prestación por desempleo. La empresa sólo te pagará la indemnización si ella quiere.
Otra cosa es lo que dices que no te pagan bien, esas diferencias salariales siempre las puedes reclamar.
Buenos días Alejandro,
Hace 3 meses me subrogaron a otra empresa. En la anterior empresa llevaba 5 meses ejerciendo de una categoría superior. Ahora he seguido otros 2 meses ejerciendo en esa categorçiaa superior en esa nueva empresa. Hasta final de año sigue vigente el convenio de la empresa anterior. Entiendo que al haber cumplido los 6 meses ejerciendo una categoría profesional superior tengo derecho a pedir la consolidación no? o al ser dos empresas diferentes no se cumple lo de los 6 meses?
Muchas gracias
Que haya una subrogación no es motivo para solicitar el ascenso, si así lo permite el convenio colectivo aplicable.
Hola, tengo una consulta: Se produce subrogación procedente de una empresa con convenio de centro especial de discapacitados (sin concepto de antigüedad) a otra empresa con convenio diferente (que no es centro especial) que si incluye antigüedad. En ese caso como hay que aplicar el nuevo convenio ya que no se puede aplicar el del centro especial al no serlo, se adaptaría el salario a los conceptos del nuevo convenio, pero ¿qué sucede con la antigüedad? Se empieza a generar desde el momento de la subrogación?
El convenio no se modifica nada más existir la subrogación, salvo acuerdo en contrario. Pero en el caso de que se aplique el otro, en mi opinión, la antigüedad es la que ya tenga el trabajador, no la que se genera desde el momento de la subrogación.
Buenas noches:
Yo trabajo en una residencia de ancianos y en esta empresa se aplican dos convenios colectivos. En algunas trabajadoras que llevan muchos años en la empresa se aplica el convenio de Hostelería ( esta residencia en ese momento la dirigían las monjas) y a otras trabajadoras (todas a las que aludo somos auxiliares y hacemos el mismo trabajo) nos aplican el convenio marco estatal de atención a las personas dependientes
No llego a entender y es una desigualdad entre las trabajadoras que las que estamos en el convenio marco estatal tengamos que hacer más horas anuales, tengamos menos pagas extraordinarias, a la hora de las bajas las del convenio de hostelería cobren el 100% aunque sea baja por enfermedad común y nosotras no. Es legal esto haciendo todas el mismo trabajo? Siento que es muy injusto.
Gracias de antemano.
Habría que ver si existe una causa objetiva por la cual se aplican dos convenios colectivos, ya que en principio se deben de aplicar el mismo.
Hola buenas noches. He sido subrogado de una empresa A a otra empresa B. Ambas empresas tienen el mismo convenio. La cuestión es que la empresa B tiene un acuerdo adicional al convenio en el que se estipula el precio de la hora extra, cosa que no tenía la empresa A. La cuestión es que dicho acuerdo es anterior a mi subrogación y yo no estoy de acuerdo con esa cantidad ¿Puede la nueva empresa aplicarme ese acuerdo de forma unilateral? Nótese que en el convenio colectivo no se estipula importe económico por la hora extra, sólo un mínimo de compensación en tiempo libre. Muchas gracias
En mi opinión no.
Buenos días Alejando,
Gracias antes de todo.
Hemos sido subrogado de una empresa de servicio a otra,la empresa antigua tenía convenio colectivo y la nueva empresa no tiene convenio colectivo,cuando entramos en la empresa nueva nos dijeron que ellos no tenían convenio colectivo que nos teníamos que acoger a los estatutos de los trabajadores,por lo que me acabo de informar gracias a ti eso no debería de ser así y deberíamos de seguir acogiéndonos al convenio de la anterior empresa,cierto?
Como se indica en la entrada, se debe mantener las condiciones del anterior convenio.
Buenas tardes:
Ante todo, gracias por dedicar su tiempo a informarnos de nuestros derechos.
La consulta es la siguiente. He sido subrogado de un centro deportivo privado, a un Ayuntamiento que se ha hecho cargo de todos los trabajadores.
Dicho ayuntamiento paga nuestras nóminas,nos marca las condiciones de trabajo, nos abre expedientes disciplinarios etc.etc. Pero a la hora de reclamar nuestros derechos como trabajadores acogiendonos a su convenio, nos los deniegan porque alegan que nosotros tenemos que acogernos al convenio que teníamos antes de incorporarnos.
He de comentarle que en el transcurso de tiempo que llevamos trabajando en el ayuntamiento, la empresa anterior a realizado un nuevo convenio.
¿A qué convenio nos tenemos que acoger, por que estamos en un desamparo total por desconocimiento.?
Le reitero las gracias por su tiempo.
un cordial saludo.
Vicente V.
Como se indica en la entrada, salvo pacto, se aplica el convenio que tenían los trabajadores antes, hasta que se negocie un nuevo o deje de estar vigente el anterior.
hola, y cuando deja de estar vigente un convenio?
Lo explico en esta entrada.
Buenos días:
Tengo que felicitarle/s, tanto por su entendible explicación como por su rapidez en responder.
Un cordial saludo.
Vicente V.
Buenas tardes,
Estaba en una empresa a la que se le aplicaba el Convenio de Oficinas, pero nos ha subrogado otra por cuya actividad resulta aplicable el Convenio de Industrias Químicas. Mi pregunta es, si se pública un nuevo convenio de oficinas una vez subrogados ¿Se nos aplicaría? ¿O a partir de ahí pasaríamos a aplicar el de químicas (sin perjuicio de mantener la posible mejora de salario)?
Y en el hipotético caso de que el convenio de químicas fuera salarialmente mas favorable ¿La empresa no estaría obligada a aplicarlo a los subrogados?
Gracias por tu atención
Saludos
A todos los efectos se te aplica el convenio de oficinas hasta que se apruebe uno nuevo de químicas, si mientras no se aprueba uno nuevo de químicas se actualiza el de oficinas, se te aplicará el nuevo de oficinas.La empresa estará obligada a aplicar el de químicas, solo cuando se apruebe uno nuevo no antes.
hola ,hemos sido subrogadas por otra empresa,esta nos respeta todo ,salarios convenios puestos,pero el personal que han contratado después de la subrogación entra con diferentes condiciones y con un convenio inferior al nuestro.mi pregunta es. puede la empresa pasado algún tiempo imponernos ese convenio inferior? salarialmente.
Como explico en la entrada, después de una subrogación si que se puede modificar el convenio colectivo de aplicación. Eso no supone una bajada de salarios automática, pero la empresa tendría potestad para hacerlo -siempre que tenga causas para ello- a través de una modificación sustancial de las condiciones de trabajo.
El dueño de la empresa donde trabajo, tiene 2 empresas y las va a unir en una, y nos han dicho que debido a esta union nos va a hacer un nuevo convenio de formación no reglada…las dos empresas son una academia de ingles, ademas nos dicen que se han dado cuenta que hemos estado trabajando una hora más de las que deberiamos, 40 horas en vez 39 por el convenio..mi pregunta es: es una excusa? O realmente por la unión de estas 2 empresas hay que cambiar el convenio? Puedo reclamar las horas de más que supuestamente hemos estado echando como hora extra? Gracias.
Si has trabajado de más si que podrás reclamar esa hora extraordinaria. Aunque se unan dos empresas en una, se puede mantener dos convenios diferentes si existen dos unidades de negocio totalmente diferenciadas.
He sudo subrogada por una empresa que tiene un convenio colectivo diferente (es mejor) pero veo que se mantiene el convenio colectivo que tenía en la empresa anterior. En el Estatuto de los Trabajadores pone que se mantiene hasta que expire la vigencia del convenio colectivo pero no entiendo que significa, el que tenemos está firmado hasta Enero 2019. Quiere decir que mantenemos hasta Enero y luego pasamos al de la otra empresa? O que se mantiene siempre a no ser que no haya acuerdo y no se firme en el plazo de un año?
Hasta que expire el convenio en el que estáis, o se negocie uno nuevo en la empresa en la que estáis ahora.
Trabajo 11 años en una empresa de limpieza que da servicio a un centro comercial,la empresa acaba en enero y no va a renovar ,el centro comercial dice que no van a contratar a ninguna empresa y la limpieza la van a asumir ellos,pero que para continuar trabajando con ellos tenemos que firmar la baja voluntaria con la anterior empresa y empezar con ellos de cero porque no pueden asumir nuestra antiguedad
Habría que mirar más el caso para darte una respuesta.
Yo quisiera saber si estan obligados a subrogarnos o por ser el cliente( el centro comercial ) el que asume directamente la gestion de la limpieza puede obligarnos a firmar la baja voluntaria y renunciar a la antiguedad con la empresa saliente .
En mi opinión, si asume el centro comercial el servicio, y a ese centro comercial no se le aplica el convenio que obliga a subrogar, no existe la obligación como tal, salvo que exista sucesión empresarial.
Hola buenos días! La empresa de mi marido se ha vendido a un nuevo propietario y se han subrogado al contrato con la misma antigüedad. Sólo que les han dado de baja de una empresa y alta el la nueva. Mi pregunta es la siguiente qye empresa debe hacerse cargo de la próxima paga extraordinaria ya que hasta noviembre rezaba con la empresa anterior y estos dos meses hasta diciembre el nuevo propietario. Gracias
El nuevo propietario, pero si no te la pagan, o pagan sólo una parte demanda a las dos empresas.
Buenos días. Hemos sido subrogados en un contrato de mantenimiento de infraestructuras municipal debido a que la empresa saliente nos tenía con el convenio de jardinería, que establece la subrogaciòn. Ahora la empresa entrante nos manteniendo las condiciones, pero cuando expire el convenio de jardinería nos ha dicho que tiene intención de pasarnos a su convenio sectorial, negociando la compensación de los posibles perjuicios a nivel de salarios, vacaciones… pero su convenio no incluye subrogación. Perderíamos este derecho en la pròxima licitación del contrato al que estamos adscritos??
Muchas gracias
Si se aplica otro convenio, entiendo que si que perderías ese derecho. Desconozco si hay jurisprudencia al respecto.
Hola buenas mi pregubta es la siguiebte estoi trabaj donde contrato temporal y la empresa a cambiado de dueño y con ello esta tiwne otro sueldo mis compañero son fijo ello siguen teniendo el miamo sueldo que con la otra empresa y ahora ami me hacen indefinida y quisiera saber si ya me tengonque acojer al nuevo convenio o seguir con el que es estado estos meses atras.
Depende de cuando se firmo el nuevo convenio, si es que se firmo, en principio estás con el anterior.
Hola buenos dias.Alejandro mi consuta es que trabajo de mantenimiento nos subrogo el ayuntamiento con las mismas condiciones laborales y mismo convenio en el 2016 en ese mismo año el ayuntamiento hizo su convenio y nos dejo fuera ahora la antigua empresa esta haciendo otro convenio nuevo me puedo acoger a este ultimo o tiene que ser el primero que ya a espirado el 31 de diciembre 2017 esperando tu respuestas te mando un cordial saludo gracias
Si el convenio colectivo del ayuntamiento estabais fuera, continuáis con el antiguo convenio que teníais, pero no podéis entrar dentro del nuevo convenio de empresa, salvo que también se le aplique a la administración.
buenas tardes
queria saber , tengo una cafeteria con concesion del ayuntamiento pte salir a concurso.
entra la subrogacion del personal por ley?
lo tienen que poner en las bases por ley?
en el convenio de hosteleria tiene algun punto que ponga que es subrogable?
Los pliegos administrativos deben indicar el posible personal a subrogar, pero no puede establecer una obligación, sino que es para que los posibles interesados puedan evaluar el coste en caso de que quieran realizar una oferta. La obligación de subrogación debe de venir establecida por convenio o por si se considera sucesión al amparo del artículo 44 del Estatuto de los Trabajadores.
Hola. Somos un grupo de vigilantes q vamos juntos en el mismo turno para ahorrarnos gastos desplazamiento ya q nos hicieron renunciar al km. Nos subrrog a otra empresa y el jefe de equipo nos empieza a poner en distintos turnos. Que se puede hacer. Ya q nos genera pérdida económica. Gracias.
Si se trata de una modificación sustancial de las condiciones de trabajo, podeis impugnar la medida o solicitar la extinción de la relación laboral.
Hola, he sido subrogado después de 19 años en la empresa, cumplo este año 61 y pensaba en una jubilación relevo para el próximo año, la Seguridad social me ha dicho en un informe que reúno todos los requisitos para ello, mi duda es esta nueva empresa me lo tiene que respetar? O se puede negar.Muchas gracias
Si la empresa anterior tiene obligación, la entrante también.
Muchas gracias Alejandro, me quedo un poco más tranquilo con tu aclaración.Gracias.
Hola, gracias por el artículo, tengo una consulta como parte contable de una Sociedad.
La empresa A transfiere a 2 trabajadores a la empresa B. Dichos trabajadores estuvieron 6 meses trabajando en la empresa A, y devengaron 6 meses de la paga extra de navidad. Cuando se transfieren a la empresa B, quien asume ese coste? Los trabajadores recibiran la paga extra en navidad completa, dado que se les mantiene antigüedad y condiciones, pero a nivel de empresa, a quien le corresponde ese coste?
Existe alguna ley o norma donde se exponga esto para poder comentarlo con mis superiores?
Muchas gracias
Hay veces que la empresa saliente finiquita a los trabajadores en el sentido de abonar la parte proporcional de las pagas extraordinarias y vacaciones que han generado con ellos, ya que ese coste en cualquier caso lo tiene que asumir la empresa A.
Gracias por el articulo.
Mi consulta es que fuimos subrogados por una empresa que cambio el tipo de contrato, pasamos de tener días invernales a no tener dichos días y en mi caso debería ser indefinido el día 25 de julio dado que se cumplía mi ampliación de contrato y llegaría al año de relación laboral pero la nueva empresa me ha hecho un nuevo contrato de 365 días de prueba ( contrato de apoyo a emprendedores ). Si no entiendo mal he perdido mi antigüedad y de no estar contento con el cambio de condiciones podría irme de la empresa con derecho a paro.
Gracias de antemano.
Te han hecho un contrato indefinido con un año de prueba, cuyo periodo de prueba no es legal, ya que habías trabajado antes con ellos. no has perdido la antigüedad, aunque la empresa diga lo contrario, y no puedes solicitar la extinción con derecho a paro, por lo menos por lo que indicas en el comentario.
Hola, buenas tardes
Quería realizar una consulta, hemos pasado ocho trabajadores fijos del ayuntamiento a una empresa de limpieza, la empresa tiene su propio convenio, el ayuntamiento ha subido a sus trabajadores la valoración de puesto de trabajo, la pregunta que quería hacerle es si la empresa esta obligada a pagarnos esa subida, porque se lo hemos dicho, y dice que no lo paga porque nuestro convenio de aplicación es el que tiene la empresa, y nosotros le hemos respondido que el convenio de aplicación nuestro es del ayuntamiento.
Gracias de antemano.
Depende de cual es la razón de esa subida, si es subida por el convenio si.
Hola,
En la primera empresa que estuve, nos preguntó si queríamos pasarnos al convenio de dicha empresa, pero nosotros decidimos quedarnos en el convenio del ayuntamento y la empresa respetó la decisión, pasado un tiempo, la segunda empresa que ha cogido el servicio dice que nosotros estamos en el convenio de la empresa y se niega a pagarnos dicha subida realizada por el ayuntamiento. ¿La empresa puede pasarnos a su convenio y quitarnos del convenio del ayuntamiento sin preguntarnos ni pactar con nosotros? me gustaría saberlo antes de denunciar.
Gracias de antemano.
Habría que mirar cuando se negociaron los tres convenios colectivos de aplicación y en que momento se realizó la subrogación. La última empresa también puede alegar, que ese «acuerdo» no es posible, ya que no se puede negociar cual es el convenio de aplicación, sino que se tiene que aplicar el correspondiente a cada relación laboral.
Hola Alejandro, en primer lugar gracias por tu Blog el cual aprendo mucho de tus artículos.
Actualmente trabajamos en una empresa la cual hemos firmado hace 3 meses una acuerdo que mejora el actual convenio provincial. La cuestión es que la actual empresa ha perdido la licitación y el los próximos meses seremos subrogados. Tiene la empresa concesionaria la obligación de respetar el acuerdo? Nos han comentado que pueden interpretar que la empresa saliente ha accedido a la mejora con mala fe, puesto que quizás conocía que no seria la adjudicataria.
Si existiera esa mala fe, es una responsabilidad que la empresa entrante tendria que reclamar por daños y perjuicios a la empresa saliente, pero en mi opinión, no debería perjudicar a los trabajadores.
Soy trabajadora en una hamburguesería y hace tres años nos franquiciaron, pues desde entonces hemos sido subrogados otras dos veces, mi jefe tiene varias empresas o sociedades y en cada una se aplicaba un convenio pero la ultima no tenía ningún convenio. Entonces,¿ como ya ha pasado un año podemos solicitar que nos apliquen el convenio de hostelería? Mientras tanto, deberíamos seguir con el convenio de la penúltima subrogacion, con el que teníamos antes que nos franquiciaron o con lo más beneficioso de ambos. Gracias
No se puede aplicar lo más beneficioso de ambos, sino que se aplicará un convenio. Cuestión diferente es que alguno de los derechos del otro convenio se considera como condición adquirida. Después de una subrogación se sigue aplicando el convenio anterior, salvo que se negocie uno nuevo o el otro pierda vigencia.
Cuando firmamos las subrogaciones en todas ponía que los derechos y condiciones laborales serán respetados y reconocidos por la cesionaria, salario, categoría, jornada laboral etc y en el convenio que teníamos pone que el convenio se prorrogará tácitamente hasta que cualquiera de las partes lo solicite modificar. Nuestro salario y convenio original es mejor que el de la nueva empresa y ninguna de las partes ha solicitado modificarlo o hacer uno nuevo,…. entonces a los que estábamos desde la anterior empresa deben aplicar el que teníamos y los que fueron contratados tras la subrogacion el convenio que es menos beneficioso?
no, el que es menos beneficioso sino el convenio que sea de aplicación a la nueva empresa.
Hola, hemos sido subrogadas hace 6 meses. Teniamos un pacto verbal de hace 5 años con la anterior empresa . La nueva empresa hasta ahora ha respetado casi todo. Ahora ,despues de 6 meses nos quitan ese pacto verbal.¿Como se puede recuperar si no hay nada escrito? Gracias
Si os han modificado un acuerdo, lo primero que hay que hacer es acreditar dicho acuerdo y la empresa sólo podrá cambiarlo siguiendo el procedimiento de modificación sustancial de las condiciones de trabajo si tiene causas para ello.
Me han subrogado y me han pasado del convenio de hostelería de Madrid al convenio estatal de hosteleria. Me han respetado el salrio que tenía. Pero en el convenio que ahora estoy la categoría que me han puesto cobra más. ¿Debo ganar menos por mantenerme el salario que tenía antes? o ¿Deben ponerme el salario que corresponde a la categoria que me han puesto? Gracias
Tienen que pagarte el salario que corresponde según tus funciones y el convenio colectivo de aplicación.
hola, estoy trabajando en una empresa con convenio propio que mejora al convenio nacional , pero en breve pasaré subrogado a una empresa que está en el convenio colectivo nacional, mi pregunta es, ¿tendría que respetar las mejoras que teníamos en ese convenio propio?, sector seguridad.muchas gracias.
Como indico en la entrada, sí.
Buenos días,
He sido subrogada de un convenio escolar a un convenio de limpieza. Soy limpiadora. Ahora he cogido una baja y la empresa me ha pagado la baja según su convenio.
Les estoy exigiendo que la escolar es del 100% durante los 5 primeros meses. Tengo razón?
Depende del convenio colectivo aplicable. La subrogación no es por convenio, sino que subrogan al personal y como se indica en el artículo se debe de aplicar uno u otro convenio.
Hola fui subrogada por el ayuntamiento hace 9 años en el convenio ahí un punto en el q pone que cuando haya vacante de puesto de trabajo se le aumentará la jornada laboral aquellas personas que no tengan la jornada completa como es mi caso que tengo 5 horas al día, las hemos pedido pero no hacen caso,mi pregunta es podemos denunciarlo y tendríamos derecho al aumento de jornada ? gracia
Si es es lo que indica el convenio colectivo de aplicación, es un derecho que tenéis que reclamar ante los tribunales.
Hola, actualmente estoy trabajando en una empresa y dentro de unos meses entrará una nueva, soy personal subrogado. Mi pregunta es teniendo un contrato indefinido puedo dar por finalizado mi contrato laboral al irse la empresa con la que estoy trabajando? o al ser indefinido tendría obligatoriamente que continuar trabajando con la empresa que entre. Tendría alguna opción de dejar mi relación laboral y poder cobrar el desempleo?
Y si en el caso de que entrase y tuviese peores condiciones, aunque esten dentro del covenio recogidas, podría hacer algo?
Gracias, un saludo
No puedes irte, ya que tienes la obligación de continuar en la empresa al tener un contrato indefinido. Si te modificasen las condiciones de trabajo a través de una modificación sustancial, podrías solicitar la extinción con derecho a paro y prestación por desempleo.
Y si la nueva empresa contrata trabajadores, que convenio deben aplicar al personal nuevo?. Gracias
El convenio de la empresa que contrata al trabajador.
Hola he subrogado.con una empresa fuera de convenio…sueldo mucho más bajo….nuestro actual concenio esta en negociación convenio seguridad privada. Osea nos regimos por el del 2016
Mi antigüedad en nómina es de 9 alos
Donde se denuncia ante el smac? O directamente al juzgado de lo social
Depende de lo que quieras pedir, pero si es una reclamación de derechos, siempre es necesario antes el SMAC.