Índice de la entrada
- Baja voluntaria, ¿sigo cobrando la baja médica?
- ¿Puedo dar el preaviso mientras esté de baja médica?
- ¿Me corresponde finiquito o indemnización?
- ¿Quién le sigue pagando al trabajador durante la baja?
- ¿Qué importe de baja recibiré tras la baja voluntaria?
- ¿Y cuándo le den el alta?
- ¿Qué perjuicios tiene solicitar una baja voluntaria? ¿Consumo paro?
Baja voluntaria, ¿sigo cobrando la baja por incapacidad temporal?
Sí, aunque notifiques una baja voluntaria la persona trabajadora seguirá cobrando mientras mantenga la baja por incapacidad temporal.
Ahora bien, como más adelante detallaremos seguramente cobrará bastante menos tras la baja voluntaria que lo que cobraba en la empresa, además dejará de cotizar a la seguridad social.
Ningún trabajador puede ser obligado a mantener su contrato de trabajo con la empresa si no quiere, y en consecuencia, en cualquier momento puede solicitar la baja voluntaria, incluso aunque se encuentre de baja médica. Aquí puedes encontrar un modelo para notificar la baja voluntaria.
En dicho caso, el trabajador estará obligado a preavisar con lo indicado en el convenio colectivo, y en su defecto, se recomienda 15 días ya que es lo que se suele entender como costumbre de lugar, en relación con la obligación indicada en el estatuto de los trabajadores. Durante todo el tiempo de preaviso, puede mantener la baja por incapacidad temporal.
En caso de que no se cumpla ese preaviso, la empresa podrá descontarle del finiquito, o incluso reclamarle judicialmente, los días de ausencia de preaviso según lo indicado en el Convenio Colectivo.
En cuanto a quién le sigue pagando la baja por incapacidad temporal, puede ser la mutua o el INSS, en función de la causa de la baja. Normalmente es la mutua a la que tendremos que reclamarle el pago.
¿Puedo dar el preaviso mientras esté de baja médica?
Sí, no hay ningún problema en dar el preaviso mientras estás de baja.
Es decir, no es necesario solicitar el alta médica para avisar a la empresa, sino que puedes notificar a la empresa tu intención de causar baja voluntaria y permanecer durante el tiempo de preaviso de baja.
Vuelvo a reiterar que siempre es necesario realizar un preaviso en caso de baja voluntaria, salvo que se esté dentro del periodo de prueba. El preaviso necesario es el indicado en el convenio colectivo, y en caso de que éste no diga nada, se recomienda 15 días naturales.
¿Me corresponde finiquito o indemnización?
Como cualquier otra extinción de la relación laboral, el trabajador tiene derecho a cobrar el finiquito correspondiente, aunque no cobrará ningún tipo de indemnización.
Este finiquito suele contener los siguientes conceptos:
- Vacaciones generadas y no disfrutadas. Teniendo en cuenta que durante el tiempo de baja ha seguido generando vacaciones.
- Parte proporcional de las pagas extraordinarias si es que no las tiene prorrateadas. Si el trabajador no tiene las pagas extraordinarias prorrateadas, tendrá derecho a la parte proporcional que haya generado.
- Salario del mes en la que se comunica la baja voluntaria.
No existe sin embargo, el derecho a la indemnización por el tiempo en el que se ha estado trabajando. Es decir, que se cobrará finiquito, pero no indemnización. En esta entrada profundizamos un poco más sobre como calcular el finiquito.
¿Quién le sigue pagando al trabajador durante la baja?
En la mayoría de los casos, sea contingencia común o profesional, el responsable de pago es la mutua que es con quien la empresa tiene cubiertas dichas contingencias. Para saberlo podemos preguntárselo a la empresa.
Si no queremos preguntarle a la empresa, llamamos a la mutua para salir de dudas. Una cuestión importante es que la persona trabajadora es la que tiene que solicitar el pago, no es una cuestión automática ni que se encargue la empresa ni que vaya a realizar los trámites la mutua. Cada mutua tiene su respectivo formulario para solicitar el pago.
Si fuera con el INSS, el trabajador tiene que completar el siguiente documento que podrás encontrar en este enlace e indicar en el apartado tercero relativo a supuestos de pago directo de la incapacidad temporal: continuar en IT tras el cese voluntario en la empresa.
¿Qué cuantía recibirá el trabajador? ¿Alguien cotiza?
En este caso hay que diferenciar si la baja es por contingencias comunes o por contingencias profesionales.
Por otro lado, nadie cotiza por la persona trabajadora tras la baja voluntaria, por lo que podría suscribir un convenio especial con la seguridad social.
Contingencias comunes: enfermedad o accidente no laboral
Mientras no se haga efectiva la baja voluntaria, la empresa paga por incapacidad temporal durante la relación laboral lo siguiente:
- Los tres primeros días, nada.
- Del 4 al 21 día, el 60 % de la base de contingencias comunes.
- A partir del día 22, cobrará el 75 % de la base
Estas cuantías pueden ser complementadas por el convenio colectivo para percibir el 100% de nuestra nómina. Normalmente, extinguida la relación laboral la empresa deja de abonar estos complementos, aunque es una cuestión discutible tras la sentencia del 12 de marzo de 2020 del Tribunal Supremo que indica que los complementos deben abonarse aunque se haya extinguido la relación laboral.
En consecuencia durante la baja podríamos seguir cobrando el 100% de nuestra baja por IT. Ahora bien, tras la fecha de efectos de la baja voluntaria se cobrará la misma cuantía que si estuviese cobrando la prestación por desempleo. La prestación por desempleo se calcula sobre la media de la base de cotización de los últimos 180 días y cobraremos el 70% de la base de cotización los seis primeros meses, y el 60% los siguientes.
Además, existen unos topes máximos que en el año 2025 son los siguientes:
Cuantía máxima | 2025 |
Sin hijos | 1.225 euros |
Con un hijo | 1.400 euros |
Con dos o más hijos | 1.575 euros |
En definitiva, salvo que la base que se utilice para la prestación por desempleo sea sustancialmente superior a la que se usa para el pago de la incapacidad temporal, el trabajador cobrará menos al notificar la baja voluntaria, ya que se pasa del 75% al 70% además existiendo unos importes máximos.
Contingencia profesional: accidente de trabajo o enfermedad profesional
En caso de baja por enfermedad profesional, el trabajador percibirá el 75 % de su salario durante toda la baja. Ese mismo salario percibirá en caso de que se extinga la relación laborar por baja voluntaria.
Ese porcentaje puede ser mejorado por convenio colectivo, y por tanto, puede que no se tenga ninguna pérdida de poder adquisitivo. En cualquier caso, después de la baja voluntaria, no seguirá percibiendo la mejora del convenio colectivo en caso de que existiera.
Aunque como hemos indicado anteriormente, se podría reclamar en base a la Sentencia del Tribunal Supremo de 12 de marzo de 2020.
¿Y cuándo le den el alta?
En principio, cuando el trabajador reciba el alta médica, no tendrá derecho a la prestación por desempleo ni subsidio alguno, ya que la baja voluntaria no otorga el derecho a percibir esas prestaciones.
Por lo tanto, para tener derecho a desempleo, se deberá encontrar un nuevo trabajo que finalice por una causa no imputable al trabajador, es decir, normalmente un fin de contrato temporal o un despido.
¿Qué perjuicios tiene solicitar una baja voluntaria? ¿Consumo paro?
En caso de contingencias comunes, el primer perjuicio más evidente es la pérdida económica, ya que salvo casos muy particulares, el trabajador va a percibir una cuantía inferior a la que le correspondería de mantener la relación laboral con la empresa.
Por otro lado, el trabajador puede verse perjudicado para cobrar el paro, la jubilación o solicitud de una futura incapacidad permanente, ya que el tiempo que esté en pago directo no cotiza a la seguridad social, situación diferente que si mantuviera su puesto en la empresa.
Por último, no, no se consume paro por el tiempo que se está percibiendo la baja después de la baja voluntaria, ya que no se puede solicitar el desempleo. En definitiva, salgo algún caso particular, nunca es recomendable firmar una baja voluntaria mientras se está de baja.
Además, tiene menos sentido aún si se piensa que durante la incapacidad temporal el trabajador no tiene ninguna obligación con la empresa de realizar trabajo alguno, con lo que su situación no va a variar.
Buenas tardes Alejandro,
He oído que estando de baja médica, si quisiera firmar la baja voluntaria debería dar un preaviso de quince días? mi intención es pedir el alta médica y dejar la empresa al mismo tiempo pero sin tener que acudir más a mi puesto de trabajo.
¿Cómo debo hacerlo? entendiendo las consecuencias económicas que esto conllevaría.
Otra duda, la renuncia se puede hacer de forma telemática verdad, tampoco pueden exigir que me persone para hacer la firma?
Gracias
Se tiene que cumplir la misma baja que estando de alta, depende de lo que diga el convenio colectivo. Puedes dar el preaviso durante el tiempo de baja, es decir, no tiene por que existir un trabajo efectivo. El alta puedes notificarlo de la manera que estimes conveniente, siempre que la empresa tenga constancia de esa baja.
Hola, si estoy de baja coin y solicito la baja voluntaria en la empresa. Cobro algo
Sí, seguirás cobrando lo que te corresponde de desempleo si la baja es de contingencia común, pero dejas de cotizar. Tendrás que pedir el pago directo a la mutua.
Hola, quisiera darme la baja voluntaria el día 22 para que se haga efectiva el día 6 de septiembre, estoy de baja médica, voy a llevar físicamente a mí lugar de trabajo (ya que no tengo ningún contacto que no sea la tienda donde trabajo) el papel en el que indique mi baja voluntaria, que tengo que poner? Simplemente tengo que entregar el papel y ya? Estoy un poco perdida, muchas gracias
Sí, y que te lo firme el empresario para acreditar que lo has notificado.
Finalizo contrato con mi empresa el próximo día 5 de Agosto por una baja voluntaria que he firmado y enviado yo mismo. Para que me pague la mutua, como tengo que hacer a partir del día 5? Que les tengo que decir? o lo que es lo mismo, cómo realizo el tramite para que me sigan pagando ellos hasta que la médica me de el alta? un saludo atentamente.
Tienes que rellenar un formulario de la propia mutua solicitando el pago directo. En muchos casos ese formulario ya se rellena de manera online, depende de la mutua.
De acuerdo Alejandro, pero aunque sea enfermedad común tengo que preguntarle a la mutua igual no? o es cosa del INSS? un saludo att y gracias
Seguramente sea cosa de la mutua.
De acuerdo Alejandro. Mi baja es por motivos mentales, entiendo que la mutua hará todo lo posible por largarme y es una cosa que no me parece nada justo. Cómo debería actuar ante esta situación? Tengo cita con ellos el Martes día 5 de Agosto a las 9:00 y ya me piden que lleve los dos partes de baja médica de la doctora de cabecera. Sigo teniendo ansiedad y estrés y no sé como actuar ante la mutua. He oído de todo. Que presionan para darte el alta, que no quieren pagar, etc. Me podrías orientar un poco? Gracias.
La mutua no te puede dar el alta ni negar el pazo, lo que pueden hacer es una propuesta de alta, pero eso no implica que te la vayan a dar.
Ya le tengo miedo a la mutua Alejandro, porque seguro que como es la que paga la IT, van a querer largarme rápido.
Muchas gracias Alejandro, haber que me dicen….. Y en relación al pago de la IT, al final lo tengo que hacer a través de la mútua de forma Online, es rápido el trámite? Me explico…. pagan rápido? o suelen dar vueltas?
Depende de la mutua, pero suelen ser rápidos.
Hola consulta. En periodo de prueba y sin tener aún 90/180 días cotizados en españa, me dieron baja médica por enfermedad común (decía en el contrato que la baja médica interrumpe periodo de prueba). Luego cuando me dieron el alta me desvinculé de la empresa por voluntad propia porque ya no podía continuar a nivel físico haciendo ese trabajo. En el finiquito me ponen que el total es un monto que incluye dinero por contingencias comunes. Me corresponde cobrarlo? O me van a pagar solo lo adeudado de vacaciones y días trabajados? Gracias
Desconozco a que te refieres con eso «me ponen que el total es un monto que incluye dinero por contingencias comunes», en principio sólo te pagan por las vacaciones generadas si durante la IT no te pagaron nada por no tener el periodo mínimo cotizado.
Hola. Si tengo baja por ansiedad y al tercer día doy preaviso a la empresa, pero la baja dura más de 15 días… tengo que trabajar esos 15 días cuando me den el alta?
No, puedes cumplir el preaviso mientras estas de baja por incapacidad temporal.
Hola hace 20 días una empleada me notificó su baja voluntaria con fecha de final de mes
y hace 3 días se cogió una baja médica
aún sigue vigente esa baja voluntaria o yo como empresaria tengo que mantenerlo aún pasando el último día del mes?
La baja voluntaria sigue vigente, salvo que te indique lo contrario expresamente. El hecho de estar de baja no lo cambia.
hola llevo 2 meses trabajando en una empresa y me an dado la baja por problema de salud hasta que me vea el neurologo. avise a la empresa un dia antes que me iva por motivos personales,la empresa ahora con la baja medica quiere que firme la baja voluntaria pero el medico me dice que no lo haga ya que ellos me estan dando el parte de baja por estar con este problema que no me permite trabajar hasta que este mejor,puede la empresa despedirme estando de baja medica y si lo hacen tengo derecho que la seguridad social me siga pagando ya que seguiria de baja hasta que me vea el neurologo un saludo y gracias
Si indicas que te vas por motivos personales, se trata de una baja voluntaria y por lo tanto no es un despido. Otra cosa es que al final te retractes de que la baja voluntaria, y la empresa podrá despedirte si existe una causa que lo justifique. Si al final existe una extinción de la relación laboral deberás pedir el pago directo a la mutua o INSS, pero puede que recibas una cuantía inferior.
ok alejandro pero me puede obligar a firna la baja voltuntaria si estoy de baja medica? aunque haya avisadlo a la enpresa de mi renuncia?o me pueden despedir?por que creo que mi baja tardara unas cuantas semanas? y otra pregunta seria que si me despiden sigo de baja medica ?
Si has notificado que te vas, es lo mismo que una baja voluntario. Lo único que te pide la empresa es que lo pongas por escrito para que ellos puedan acreditar cual es la causa de la extinción. La baja depende de una cuestión médica, y no depende de si existe una baja voluntaria o un despido.
vale y si me retracto en no firma la baja no me puede despedir?
Te pueden despedir si existe una causa que lo justifica, pero el hecho de estar de baja no es causa para el despido. Es decir, el hecho de estar de baja no impide el despido si existe causa, pero tampoco será causa para la extinción.
Hola, he estado de baja unos 21 meses, he vuelto a mí puesto de trabajo pero no estoy agusto y quiero pedir la baja voluntaria. Pierdo las vacaciones generadas durante esa baja o me las liquidarían en el finiquito
Te las deben liquidar en el finiquito.
Estoy de vaja por operación del colon y no quiero volver ala fabrica porque no estoy bien puedo plegar estando de vaja .
Sí, se puede notificar una baja voluntaria estando de baja por IT.
Buenas estoy de baja por depresión hace más de un mes, no quiero volver a la empresa y quiero dar mi baja voluntaria ya que aunque me dieran de alta en algún momento, no quiero trabajar esos 15 días de preaviso en dicha empresa. Si diera los 15 días estando de baja medica y se finalizará el contrato. Quien se encargaría del pago y como podría calcular cuanto seria apartir de ahora??
Se tiene que pedir la baja médica y cobrarías el 70% de la base media de los últimos 180 días teniendo en cuenta que no podrás cobrar más de lo que te correspondería de paro.
Hola, llevo un año de baja, quien me sigue pagando? Porque he leído en sitios que tengo que solicitarlo en la mutua o INSS y en otros que es la empresa quien sigue haciéndose cargo hasta los 545 días.
Depende del caso, a veces la empresa sigue pagando y otras veces se pasa a pago delegado.
Hola, qué pasa si me doy de baja de la empresa y estoy esperando al INSS? Sigo cobrando hasta que me den el alta o la solicite yo?
Sí, pero puede que la cuantía sea inferior.
Y qué pasa si me doy de baja de la empresa pero estoy esperando al tribunal medico? Es posible? Como habría que hacerlo?
Puedes notificar a la empresa una baja voluntaria cuando quieras.
Hola, llevo de baja desde el 01/03/2024 por enfermedad común, estoy esperando que me llamen del tribunal medico. No quiero incorporarme a mi puesto de trabajo, estoy mirando otros trabajos, ya he leído que puedo dar los 15 días sin problema en mi empresa. Mi pregunta es si puedo solicitar el alta voluntaria para poder empezar en otro trabajo, como puedo hacerlo? Y si es que no, que debo hacer. No quiero volver a mi empresa. Quiero empezar a trabajar ya.
Pasado el año de incapacidad temporal, el alta lo gestiona el INSS y aquí explico como solicitar el alta.
Buenas tardes….. quiero preguntarle si tengo preaviso por parte del emperador y tengo baja médica después de una crisis de ansiedad que me podrá pasar en este caso ??
No se a que te refieres exactamente, el preaviso se puede cumplir estando de baja por incapacidad temporal, no cambia nada. Si la baja médica es anterior a la extinción, tendrás que solicitar el pago directo.
Perdonad, referente siempre a la consulta de antes, donde indicó que he dado baja voluntaria el 6/11 con preaviso de un mes como por convenio indicando que mi último día de trabajo será el 5/12 y el mismo dia me dan baja por ansiedad. Cobraría algo este mes?
Si, como la relación laboral se mantiene hasta la fecha de extinción por baja voluntaria, te debe pagar la empresa la incapacidad temporal siempre que tengas cotizado, al menos 180 días en los últimos 5 años- Una vez se extinga la relación laboral, tendrás que pedir el pago directo seguramente a la mutua.