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¿Cuánto tiempo tiene que pasar para que una empresa me vuelva a contratar?
Muchas veces las empresa comunican a las personas trabajadoras que no pueden volver a realizarle otro contrato hasta que pase un determinado plazo de tiempo, generalmente seis meses.
Sin embargo, no existe ningún artículo del Estatuto de los Trabajadores ni en la legislación laboral que impida a los empresarios realizar varios contratos temporales con un trabajador o que obligue a establecer un tiempo mínimo entre contratos.
Lo que si que puede pasar es que, si una persona trabajadora concatena varios contratos temporales, suponga la obligación de la empresa de hacer un contrato indefinido, y con dicha excusa, muchas empresas indican que no pueden volver a contratar a un trabajador.
En este sentido, muchas empresas dejan un espacio de seis meses entre contratos temporales para evitar tener que hacer a un trabajador indefinido, aunque sea un «truco» que no vale para mucho.
Concatenación de contratos temporales
El artículo 15 del Estatuto de los Trabajadores establece un límite de concatenación de contratos eventuales ya que: «las personas trabajadoras que en un periodo de veinticuatro meses hubieran estado contratadas durante un plazo superior a dieciocho meses (…) adquirirán la condición de personas trabajadoras fijas».
En consecuencia, en base a dicho artículo;
- Se considerará indefinido si se está contratado por la misma empresa por dos o más contratos temporales durante un periodo de 18 meses en un periodo de 24 meses en el mismo o diferentes puestos en la empresa.
- Sólo se tendrá en cuenta el contrato temporal eventual, pero no el de sustitución o formativos.
- No es necesario que se realice siempre la misma función ni estar contratado con la misma categoría.
- Es también válido si se trabaja a través de una ETT y después directamente por la empresa.
Además, el mismo puesto de trabajo en la empresa no podrá ser cubierto con diversos trabajadores a través de contratos temporales si éstos superan el periodo de 18 meses en un plazo de 24.
Por lo tanto, la empresa ya no podría estar cubriendo un mismo puesto de trabajo con distintos trabajadores con diferentes contratos temporales, por que a un trabajador le afecta el tiempo que hayan estado anteriores trabajadores en dicho puesto.
Por último, si sólo se realiza una pausa de seis meses para evitar la consideración de indefinido se podría considerar un comportamiento fraudulento tal y cómo lo ha considerado el Tribunal Supremo en la sentencia del dos de diciembre de 2020: «el plazo de 6 meses de interrupción únicamente tuvo como objetivo el intentar evitar la relación indefinida y continuar con la contratación ilícita».
En cualquier caso, que el contrato no supere este límite general existente para los contratos temporales, no quiere decir que no esté en fraude de ley, ya que la realización de un contrato temporal sólo se puede realizar si existe una causa temporal que lo justifique.
Es decir, si el contrato no cubre una necesidad temporal de la empresa que deberá de venir especificada en el propio contrato de trabajo por escrito, el contrato se encuentra en fraude de ley, y por tanto deberá de ser indefinido.
Volver a contratar después de un despido o extinción de la relación laboral
Siempre se puede volver a contratar a un trabajador después de un despido objetivo o improcedente.
No existe ninguna norma laboral que establezca un tiempo mínimo que el trabajador no puedo volver a ser contratado.
No obstante, desde un punto de vista fiscal, sí que puede tener implicaciones, pero esto no afecta a la empresa, pero sí al trabajador.
La Ley 35/2006 relativo al IRPF indica, a grandes rasgos, en su artículo 7 e) que la indemnización por despido esta exenta de tributación siempre que no exceda la cuantía de 180.000 €.
No obstante, el reglamento del IRPF establece que se entenderá que la indemnización deberá tributar si se vuelve a contratar al trabajador en los tres años siguientes al despido o cese, salvo que se acredite que existió una desvinculación efectiva.
Por lo tanto, lo que exige la legislación fiscal para que la indemnización por despido objetivo o improcedente no tribute es que exista una desvinculación real entre la empresa y el trabajador.
Se entenderá que no existe esa desvinculación cuando se vuelve a contratar al trabajador en un periodo de tres años desde la fecha de extinción. Esta nueva contratación no tiene que ser obligatoriamente a través de un contrato laboral, sino que también puede ser a través de un contrato mercantil.
No obstante, que se le vuelva a contratar dentro de dicho plazo, no implica que tenga que tributar por la indemnización, sino que admite prueba en contrario, en el sentido de que el trabajador puede acreditar con los medios que considere oportunos que sí que hubo dicha desvinculación.
Tiempo o lapso de tiempo de contratación entre diferentes empresas
El pluriempleo es legal en España, y como tal, no existe ningún problema en estar dado de alta en dos empresas a la vez. Incluso aunque se esté en ambas contratado a jornada completa.
Por ello, si tenemos una oferta de una empresa, podemos iniciar la relación laboral en la otra, aunque no nos hayan dado de baja de la anterior, o aunque estemos disfrutando las vacaciones.
Todo esto es desde un punto de vista de la Seguridad Social, habría que ver si el trabajador está incumpliendo algún tipo de cláusula si es que tenía firmado un pacto de permanencia o no competencia.
Buenas tardes,
He estado cubriendo una excedencia laboral por casi 2 años (21 meses) y en junio me despidieron porque se incorporaba la persona que cubría. Ahora la misma persona se quiere dar de baja por enfermedad. ¿Podrían contratarme a mi para sustituirla o tengo que esperar 6 meses para evitar que me hagan indefinida? La empresa no pueden hacerme indefinida porque no hay vacantes disponibles.
si es un contrato de sustitución, sí, pueden hacerlo sin que sea necesario hacerte indefinida.
Tengo una empresa que quiero vender, pero los que la quieren adquirir no quieren quedarse con el personal ¿cuánto tiempo tiene que estar cerrada la empresa para ello? qué opciones hay en estos casos? gracias
No hay una respuesta para ello, ya que no existe ningún plazo estipulado por la ley. Una reciente sentencia considera que un plazo de siete meses determina que existe una continuación en la actividad.
Buenas, mi pregunta es la siguiente, estuve con una empresa 3 años trabajando con contratos temporales de 1 año, (2 prórrogas/renovaciones) de contrato, me mandaron al paro, (en el que llevo 6 meses cobrando, y me quedan otros 6) y quisiera saber, si esa empresa me puede volver a contratar, o debo esperar a que transcurra 1 año. Aclarar que al finalizar el último contrato me pagaron finiquito y todo lo correspondiente y, antes de finalizar, firmé la «denuncia de contrato». ¿Qué opciones hay para que me vuelvan a contratar?. Muchas gracias de antemano por su ayuda. Un saludo
Te pueden contratar si quieren, sin que exista ninguna limitación legal. Muchas empresas esperan mínimo seis meses para evitar una concatenación de contratos temporales que obligue a transformar el contrato en indefinido.
Hola,decidí hacer una baja voluntaria en el periodo de prueba y ya estoi dado de baja para volver a la misma empresa tendría que pasar algún periodo de tiempo para una nueva contratación?
No, te puede contratar en cualquier momento.
Buenas
Yo he estado 289 días como eventual y después he estado 294 días como interina y el contrato ha cesado por incorporación de la baja. Mi pregunta es si me pueden volver a contratar o tengo que esperar 6 meses
Si es un contrato de interinidad, sí, te pueden contratar.
He estado cubriendo una baja durante 18 meses, y ya me despidieron cuando volvió, ahora me quieren contratar para cubrir vacaciones, pueden hacerlo ? O tiene que pasar un tiempo concreto ?
Gracias
Pueden hacerlo
He estado cubriendo una baja 18 meses y ahora me quieren volver a contratar para cubrir vacaciones, pueden hacerlo o tiene que pasar un tiempo?
Buenas, en el caso de que una persona finaliza un contrato por obra y servicio (que por convenio puede ser de hasta 4 años), ¿Se le puede volver a contratar con cualquier otro tipo de contrato? O solo tenemos la posibilidad de contratación indefinida?
Contrato de sustitución o ya sería indefinido.
Hola
Me despidieron con una indemnización pactada. A continuación, la misma empresa que me despidió me subcontrató con otra empresa no perteneciente al grupo.
Ahora, después de más de un año, me comentan la posibilidad de volver a la empresa que me despidió.
Supondría esto que tuviera que hacer una declaración complementaria de la indemnización que recibí?
Gracias y un saludo,
Jonás Hierro
Seguramente tribute al no existir una desvinculación real. Es una cuestión fiscal que te recomiendo que acudas a un abogado fiscalista.
Hola, Alejandro.
He dejado el trabajo con un contrato indefinido por motivos personales, ¿Cuánto tiempo tengo que esperar para que me vuelvan a contratar un contrato temporal con otra empresa? ¿3 meses igual que el contrato indefinido?
No, no hay que esperar ningún tiempo.
Me despidieron llegamos a un acuerdo
Podría pedir trabajo nuevamente en la empresa o ya no y cuánto tiempo tiene que pasar???
Gracias por su respuesta excelente tarde
Puedes trabajar, sin perjuicio que la indemnización que hayas recibido puede tributar.
Hola. Mi pregunta es la siguiente; estuve en una empresa 1 año y me despidieron sin indemnización ya que me volvería a incorporar, a los tres meses me reincorporaron y ahora llevo 7 años, desde cuando me contaría la antigüedad?? Gracias!!
En mi opinión, contaría desde el primer contrato.
Hola, muy buenas muchas gracias, por la ayuda, me pregunta es esta, me acaban de despedir, pero mi jefe dice que me volverá a contratar con la misma antigua que tenía que eran de 7 años, el mismo horario que era de mañana, pero cambiará el nombre de la empresa, no me pagará indemnización, pero me ha dado un papel donde pone que me será ingresado la indemnización, si lo firmo tendré algún problema.. Esto es legal? Se puede hacer? Muchas gracias
No lo firmaría ni me fiaría de eso que te dice el empresario. Suena muy raro. Demandaría por despido, tienes 20 días para hacerlo.
Hola buenas tardes.
Me contrataron por 18 meses seguidos, con contrato de sustitución por enfermedad , al incorporarse la persona que estaba sustituyendo me echaron, lógicamente .
A hora después de 1 mes , me quieren volver a contratar para otra sustitución , pueden hacerlo .
Gracias
Sí, si existe causa para ello lo pueden hacer.
Hola Alejandro! Gracias por aclarar nuestras dudas antes de nada. Tengo contrato indefinido con una empresa , pero con 6 meses de prueba. En caso de que la empresa no quisiera hacerme fijo, podrían volver a contratarme pasados unos meses (5 ó 6)? Les obligaría esto a hacerme fijo en la segunda contratación? Estarían obligados a indemnizarme? No sé si me puedes indicar alguna web donde pueda dar respuesta a todas estas preguntas. Un saludo!
Te pueden volver a contratar en cualquier momento, como explico en el artículo. No existe la obligación de hacer fijo en un segundo contrato, depende de la necesidad empresarial.
Buenos días Alejandro! Pongamos que me prorrogaron ya el contrato temporal de 3 meses y les tocaría hacerme indefinido, pero la empresa dice que por motivos de inestabilidad que no pueden pero que me finalizarán el contrato y automáticamente me hacen otro nuevo para poder hacerme otro de tres meses como los anteriores.
Eso no sería legal no ya que debería de pasar 6 meses para volver a contratarme no?
O que me hagan el contrato a nombre de otra empresa?
Gracias un saludo!
Depende del tipo de contrato, no siempre es necesario que pasen seis meses para evitar la concatenación de contratos para evitar ser indefinidos.
Me gustaría plantearte un caso.
En el caso de que seas indefinido en una empresa y esta haga un ERE o te despidan por causas objetivas.
En este caso ¿podrían volver a contratarte al cabo de unos meses pero esta vez como temporal? ¿existe algún tipo de plazo?
Gracias!
Sí, pueden contratarte como explico en el artículo.
Buenos tardes Alejandro,
Te expongo mi caso:
Llevo 10 años trabajando para una multinacional que tiene la intencion segun me trasladan de cerrar la tienda donde actualmente estoy trabajando por tener perdidas en el P& anual (demostrable).
Disponen de mas centros, pero actulamente no hay sitio para mi posicion de responsable de tienda.
Me comentan que se tratara de una finalización del contrato laboral por causas objetivas.
Me ofrecen:
– Despido 20 dias X año trabajado + fitiquito correspondiente.
Les he comentado la posibilidad de que me volvieran a contratar ya que dento de unos meses (finales 2024 – 2025) estoy informada por alguien de la empresa de que habra una posicion similar a la que tengo tengo actualmete.
La empresa me ha comnetado que NO HAY PROBLEMA EN LA NUEVA CONTRATCION, PERO 2 COSAS
1- TENGO QUE DEVOLVER INDEMNICACION AA LA EMPRESA?
2 – ME RECOMIENDAN ESPERAR HASTA NUEVO AÑO FISCA (2025) PARA QUE HACIENDA NO ME DE UNA BUENA LECHE, ES CIERTO?
Segun he leido por finalizacion de contrato laboral por causas objetivas (cierre), la INDEMNIZACION queda exenta de tributo.
Puedes ayudarme por favor?
Gracias
La indemnización está exenta, pero puede que tengas que tributar si hay una nueva contratación laboral si no han pasado más de tres años. No, no tienes que devolver la indemnización.
Hola buenos días después de un despido disciplinario cuánto tiempo tiene q pasar para q m contrate la misma empresa gracias
Puede contratarte cuando quiera.
Buenos Días
Intentaré explicarme correctamente..mi pareja en un año ha tenido cuatro contratos en una empresa: dos de sustitución y dos eventuales que hacen un total de un mes…eso sí ha salido de la empresa ente contrato y contrato varios días….no lo mantienen para no hacerlo fijo…esto es real o es una escusa??
Puede ser que el contrato ya esté en fraude de ley deba ser indefinido, pero sí, muchas veces se evita la concatenación de contratos para evitar ser indefinido.
Buenas, acabo de finalizar contrato con una empresa de nivel nacional en la que estuve 3 años a contratos temporales de un año cada uno, mi pregunta es: tras estar el año de Paro, ¿me tienen que hacer indefinido si me contratan de nuevo, o pueden volverme a hacer contratos temporales por un año cada uno??. Gracias
Depende de la causa del contrato y si ha existido otro trabajador también contratado de manera temporal en esa empresa.
Hola buenas,mi empresa me dice que al haber trabajado 18 de 24 meses no pueden llamarme más a no ser que sea una baja.Es esto verdad?el tema es que es una empresa medio pública y no pueden hacer fijos,pero querría saber si no pueden llamarme más como eventual para cubrir vacaciones o sustituciónes.. muchas gracias
Si te llaman como eventual tendrían que hacerte indefinido. Seguramente ya deberían hacerlo.
Hola me desvincularon un 28 /04 y me finiquitaron y el 02/05 y me contrataron nuevamente por un sueldo inferior,se toma como continuidad laboral ?
A efectos de antigüedad, en mi opinión, sí.
Hola buenas, tengo una duda a ver si puedes explicármelo, me va a costar poder explicarme porque no tengo conocimientos laborales
Llevo como unos 4 años de manera «fijo discontinua» (me hacen contratos temporales y «siempre han contado conmigo»). Pues el caso es que en marzo del 2023 después de cumplir 9 meses de contrato temporal, me comunica el jefe según RRHH no pueden seguir contando conmigo, ni temporalmente, ni de manera indefenida, por la reforma laboral que entró en vigor en el 2021 o 2022 (no me acuerdo del año en concreto). Y que para volver a contar conmigo tenia que pasar mucho tiempo. Pero resulta que en el mismo grupo empresarial se esta contratando y me han dicho que esa reforma laboral la quitaron, dejo de estar vigente y se volvió a la «conocemos todos».
Me gustaría saber que hay de verdad, si me esta mintiendo mi jefe o no … me suena a mentira por no querer contar conmigo, encima, luego de estar yo, han ampliado la plantilla, con lo que se contradice con la supuesta reforma laboral que mi jefe dice estar vigente
Muchas gracias, espero que puedas resolver mi duda
Seguramente el contrato estaba en fraude de ley, antes y después de la reforma que fue en diciembre de 2021. Ahora mismo será complicado demandar.
Hola estoy cobrando el paro, y quiero regresar a la empresa, pero me dice el empleador que debo esperar 6 meses para ser contratado es esto cierto?
No existe ninguna norma que obligue a esperar seis meses, cuestión diferente que la empresa lo quiera por motivos de antigüedad u otra cuestión.
Renuncie a mi trabajo en marzo,sin cobrar paro claro.Después de 8 meses mi empresa me dice que si puedo hacer una sustitución y me hacen un contrato temporal.Pasaria algo?podría cobrar el paro?sería ilegal?
No, no sería ilegal y podrías cobrar paro en función del tiempo que tengas cotizado y la duración de este contrato.
Hola me despidieron el 3 de abril del 2023 estando de baja por enfermedad común, cuando ya me encontré mejor hablé con la empresa y me dijo que tenía que esperar un año de carencia y ya lo he echo pero me dicen que la seguridad social tiene aún el bloqueo al cual aún no les deja contratarme .
Eso no es cierto, te pueden contratar, otra cosa es que quieran.
Se me cumplió contrato de exclusión social,de 3 año, me dijeron que me iban hacer indefinida ,luego ,que no , porque decía,que tenía que preguntar a su abogada si tenía que esperar ,un mes para hacer ,por el tipo de contrato ,digo esperando por qué cuando se le pregunte sigue diciendo lo mismo,ya van con este mes tres meses ,desde que se acabó el contrato,esto puede ser ,que han dicho porque no me me quisieron hacer indefinida ,me pueden llamar ,para bajas ,vacaciones,interioridad muchas gracias
Pueden hacerte un contrato temporal en función de la necesidades empresariales que tengan. Uno de interinidad, eventual…
Hola, he estado contratada con dos contratos temporales de 6 meses cada uno y ahora a finales de agosto de 2023 que he cumplido el año me han despedido para no hacerme el contrato indefinido. Mi pregunta es: ¿yo podría volver a la empresa si me contrataran haciéndome otro contrato temporal o ya me tendrían que hacer el indefinido si o si?. ¿Cuántos meses deben pasar? Y, en caso de que tuviera otro trabajo de por medio y volviera a éste, ¿me podrían hacer uno temporal? Espero haberme explicado bien, muchas gracias. Saludos
Te pueden hacer un contrato temporal si tienen causa para ello. Por ejemplo, un contrato de sustitución.
Después de trabajar en una empresa con dos contratos de seis meses cada uno , me despiden por no hacerme indefinida, cuánto tiempo tiene que pasar para que me vuelvan a llamar?
La empresa suelen esperar seis meses, pero no existe ningún plazo que la empresa tenga que esperar.
Me despidieron en febrero del 2022 , un despido objetivo, la empresa cambia de jefes por jubilación, los nuevos dueños de la empresa me pueden volver a contratar???, Si me contratan sin haber pasado los 3 años,debo declarar la indemnización???
Sí, te pueden volver a contratar, pero puede que se tenga que declarar la indemnización. En ese caso te recomiendo que acudas a un abogado fiscalista.
Buenas tardes, mi caso es que en mi antigua empresa me indemnizaron por acogerme al articulo 41 del convenio de los trabajadores es decir que por cambio de localizacion o horarios podía acogerme a ello y recibir dicha indemnización. Declaré todo eso que recibí y ahora no han pasado 3 años aún y me quieren volver a contratar. Si en su dia declaré esa indemnización ahora no no tendría que tributar absolutamente nada cierto? Tenemos dudas tanto ellos como yo. Gracias!
Podría ser que haya que tributar, te recomiendo que acudas a un abogado fiscalista.
Hola, yo estuve con contrato indefinido y la empresa me despidió en marzo de este año teniendo 9 meses de trabajo. Es posible que me vuelvan a contratar habiendo ya transcurrido 3 meses? O es que habría algún impedimento??
Pueden hacerlo.
Buenas
He decidido tomar la baja voluntaria por X motivos de la vida y estaba con un contrato indefinido y ahora pasado un mes quiero volver a la misma empresa, puedo?
Sí, sin problemas.
Me perjudicará esto en la renta el año que viene? Y cómo queda el tema de las vacaciones que ya me han sido pagadas para los meses que quedan del año si continuaría en la misma empresa?
Gracias
Lo de como te afecta, depende de los ingresos que tengas. Generarías nuevos días de vacaciones y los otros quedarían abonados.