Excedencia por cuidado de un hijo o familiar
El artículo 46.3 del Estatuto de los trabajadores regula la excedencia por cuidado de un hijo, o por el cuidado de un familiar hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad que no puedan valerse por sí mismos, y no desempeñe actividad retribuida.
Excedencia por cuidado de un hijo o familiar
- La excedencia por cuidado de un hijo o familiar
- ¿Cómo tengo que pedirlo a la empresa? ¿Tengo que preavisar con 15 días?
- Reserva del puesto de trabajo
- Antigüedad
- Cotización, jubilación, incapacidad…
- ¿Cuento con algún tipo de protección al despido?
- ¿Puede trabajar o cobrar la prestación por desempleo?
- Modelos par entregar a la empresa
La excedencia por cuidado de un hijo o familiar
Es un derecho del trabajador solicitar la excedencia y la empresa no podrá denegarla, salvo que no cumpla los requisitos para ello que más adelante detallaremos.
Es decir, es indiferente la antigüedad o tipo de contrato. Por su parte el convenio colectivo puede regular la forma en que se ha de solicitar (preaviso), pero nunca limitar el derecho.
La única limitación que existe es en caso de dos o más trabajadores de la misma empresa generasen este derecho por el mismo sujeto causante (mismo hijo o familiar), el empresario podrá limitar su ejercicio simultáneo por razones justificadas de funcionamiento de la empresa.
Requisitos y duración por cuidado de un hijo
El trabajador puede solicitar la excedencia cuando lo estime oportuno. No obstante la duración máxima de ésta será tres años que empiezan a contar desde el nacimiento del hijo. En otras palabras, la excedencia no dura tres años, sino que podrá disfrutarse hasta que el menor cumpla tres años, por lo que si se solicita cuando el menor tenga un año, la duración máxima será de dos años.
Además, si así lo requiere el cuidado del hijo, el trabajador puede solicitar la excedencia por tramos inferiores, aunque sean varios y separados.
Por todo ello, la finalización de la excedencia queda a la voluntad de los padres del menor, y por lo tanto, son lo que deciden el momento oportuno para reincorporarse al trabajo.
Requisitos y duración por cuidado de un familiar
Cualquier trabajador podrá solicitar la excedencia por cuidado de un familiar cuando éste:
- Tenga una relación de hasta segundo grado de consanguinidad o afinidad con el trabajador.
- Por razones de edad, accidente, enfermedad o discapacidad el familiar no pueda valerse por sí mismo.
- El familiar no desempeñe actividad retribuida.
La duración máxima será de dos años, salvo que se establezca una duración mayor en el convenio colectivo. Cuando un nuevo familiar diera derecho a un nuevo periodo de excedencia, el inicio de la misma dará fin a la excedencia que se venía disfrutando.
En esta entrada, analizamos más en profundidad estos requisitos y la forma de acreditarlos.
¿Que plazo tengo que indicar inicialmente? ¿Puedo regresar antes?
En el escrito inicial se puede indicar un plazo, pero teniendo en cuenta que el trabajador puede solicitar una prórroga hasta alcanzar el tiempo máximo de la excedencia.
De la misma manera, podrá solicitar su reincorporación de manera previa al plazo inicialmente indicado.
En definitiva, el plazo indicado en el escrito de excedencia es orientativo, pudiendo solicitar antes el reingreso o solicitar una prórroga.
¿Cómo tengo que pedirlo a la empresa? ¿Tengo que preavisar con 15 días?
El Estatuto de los Trabajadores no regula la forma y preaviso que tiene que dar el trabajador a la hora de solicitar esta excedencia, aunque el convenio colectivo si que puede recoger algún tipo de preaviso o formulario que entregar.
En cualquier caso, aunque es un derecho de cualquier trabajador, no podemos coger la excedencia de manera unilateral, es decir, necesitamos la aprobación de la empresa.
Por ello, es recomendable preavisar a la empresa con el tiempo suficiente para que nos de una repuesta positiva. En caso contrario, podemos demandar y reclamar daños y perjuicios.
Además, la solicitud de excedencia podemos solicitar en cualquier momento, da igual que estemos de vacaciones, de baja por incapacidad temporal, disfrutando del permiso de maternidad o lactancia, que siempre lo podremos solicitar a la empresa.
¿Tengo que preavisar cuando quiera la reincorporación?
Sí, con el preaviso que establezca el convenio colectivo.
Reserva del puesto de trabajo
En las excedencias anteriormente comentadas, el trabajador tiene los siguientes derechos:
- Durante el primer año, el trabajador tiene derecho a la reserva de su puesto de trabajo.
- Transcurrido dicho plazo, la reserva solo se refiere a un puesto de trabajo del mismo grupo profesional o categoría equivalente.
No obstante, cuando el trabajador forme parte de una familia que tenga reconocida oficialmente la condición de familia numerosa, la reserva de su puesto de trabajo se extenderá hasta un máximo de 15 meses cuando se trate de una familia numerosa de categoría general, y hasta un máximo de 18 meses si se trata de categoría especial.
A diferencia de la excedencia voluntaria, no nos encontramos ante un derecho potencial o expectante dependiente de la existencia de vacantes en la empresa, sino ante un derecho ejercitable en el momento en que el trabajador excedente exprese su voluntad de reingreso en la empresa. En este sentido la negativa empresarial a la reincorporación equivale a un despido.
Antigüedad
Todo el periodo en que el trabajador permanezca en situación de excedencia es computable a efectos de antigüedad y el trabajador tendrá derecho a la asistencia a cursos de formación profesional, a cuya participación deberá ser convocado por el empresario.
Cotización, jubilación, incapacidad…
La empresa no tiene obligación de cotizar durante dichos periodos de excedencia, no obstante la Seguridad Social considera como cotizados para determinados efectos.
En este sentido, la Ley General de la Seguridad Social indica en su artículo 237 que durante los periodos de excedencia de los trabajadores por cuidado de un hijo menor de tres años tendrán la consideración de cotizados al 100% a los efectos de jubilación, incapacidad permanente, muerte y supervivencia, maternidad y paternidad.
Por otro lado, en el caso de la excedencia por cuidado de un familiar de hasta segundo grado, solamente se considera cotizado el primer año de excedencia a los efectos de jubilación, incapacidad permanente, muerte y supervivencia, maternidad y paternidad.
La base de cotización a considerar en los dos casos anteriores será el promedio de las bases de los 6 meses inmediatamente anteriores al inicio del período de excedencia. En el caso de que se tuviera una reducción de jornada por cuidado de un menor de 12 años o familiar con anterioridad a la solicitud de excedencia, se considera la base incrementada hasta el 100% en la reducción de jornada.
En definitiva, la cotización depende de la causa de la excedencia, y en ninguno de los dos casos se cotiza para el desempleo, aunque sí se tendrá en cuenta para la jubilación.
¿Cuanto con algún tipo de protección al despido?
Sí, el trabajador no podrá ser despedido si no existe causa para ello. Es decir, en caso de que el trabajador sea despedido las consecuencias de que el despido no sea procedente, será la nulidad del despido.
En otras palabras, la empresa no puede despedir a un trabajador en excedencia, salvo que existan causas objetivas o disciplinarias. En caso de que se despida y un juez lo considere no procedente, la empresa tendrá la obligación de readmitir al trabajador abonando los salarios de tramitación.
¿Puede trabajar o cobrar la prestación por desempleo?
Durante el tiempo de excedencia se mantienen los derechos y obligaciones por parte de la empresa y del trabajador.
La legislación no especifica si se puede trabajar o no, por lo que ha sido la jurisprudencia la que ha determinado de manera mayoritaria que si el nuevo trabajo es compatible con la causa que se ha solicitado la excedencia se puede trabajar en otro empleo.
Por ello, habría que revisar las condiciones laborales del nuevo trabajo, y si es compatible con el cuidado del hijo o familiar, causa de la excedencia. Esta cuestión ha sido ampliada en este artículo
En cuanto a la posibilidad de la prestación por desempleo, durante el periodo de excedencia no se tiene derecho a solicitar la prestación por desempleo, a no ser que se encuentre otro empleo.
Hola Alejandro ante todo muchas gracias.
Te he realizado mi pregunta en un comentario anterior, pero ahora he visto que podía responder aquí.
Pasado el primer año de excedencia por cuidado de menor de tres años me tienen que reservar un puesto de trabajo de la misma categoría profesional, pero mi pregunta es si pueden modificar las condiciones de contrato.
Me explico yo tengo un contrato de lunes a viernes,del100%,y ahora mi empresa hace contratos a la gente nueva de lunes a viernes,con menor porcentaje.
Podrían darme un puesto de esas condiciones?,o pueden darme un puesto de mi categoría en cualquiera de sus centros, pero teniendo que mantener mis condiciones de contrato.
A la vuelta te cambian el contrato?
Muchas gracias de antemano
Se mantiene las condiciones del contrato, sin perjuicio de que puede realizar una modificación sustancial de las condiciones de trabajo, pero sin poder reducirte la jornada si estás al 100%.
Hola Alejandro. Dentro de un mes seré padre. A la vez, me han ofrecido un nuevo trabajo en un país de Latinoamérica para Comenzar en Marzo-Abril. Como la oportunidad es algo arriesgada, quiero pedir excedencia por cuidado de hijo aprovechando que va a nacer ahora. Puedo pedir esta excedencia aunque realmente vaya a estar trabajando? O no es posible? Por otro lado, quiero poder disfrutar de la baja por paternidad… Como son 16 semanas ahora, podría cobrar la baja por paternidad a la vez que estoy de excedencia?
Gracias.
Se puede trabajar mientras se está de excedencia por cuidado de un familiar siempre que se acredite que el nuevo trabajo es compatible con la naturaleza de la excedencia, esto es, el cuidado del familiar. Que por lo que comentas, no sería tu caso.
Buenas tardes,
Soy enfermera y me gustaría solicitar 1 mes sin sueldo en Agosto para cuidar de mi hijo, que tendrá 4 años, ¿hay algún tipo de licencia no retributiva o excedencia o permiso sin sueldo al que me pueda acoger?
muchas gracias
No, salvo que lo recoja el convenio colectivo. Es cierto que alguna jurisprudencia ha permitido coger una excedencia de un hijo mayor de tres años considerándolo como cuidado de un familiar, así que si quieres puedes solicitarlo de esa manera, a ver que responde la empresa.
Buenas tardes. Quisiera saber si me puedo pedir una excedencia por cuidado de un hijo menor, ya que soy enfermera, y me han comentado que por el estado de crisis sanitaria y la falta de personal me la podrían denegar (trabajo en Cataluña, en un hospital concertado).
Mucha suerte gracias
Buenas tardes, he sido madre en septiembre y estoy pensando solicitar una excedencia, es lo mislo una excedencia por cuidadi del menorq por guarda legal? Tienes derecho a los dias de lactancia aunque la solicites la excedencia sin llegar a incorporarte a tu puesto de trabajo? Gracias
La excedencia que regula el estatuto con reserva del puesto de trabajo es la de excedencia por cuidado de un menor de tres años (puede que alguien también la denomine guarda legal). No se tiene derecho a la lactancia acumulada si se va a solicitar, dentro de los nueves meses del menor, la excedencia.
Buenas noches,
Estoy de excedencia por cuidado de hijo y actualmente estoy de nuevo embarazada. Si llegado el momento, y aún de excedencia mi médico de cabecera me da la baja antes del parto, ¿podría cobrar la it hasta el momento del parto y luego el permiso de maternidad? Soy funcionaria de la administración pública.
Gracias de antemano.
En mi opinión, la IT no, pero sí la prestación de maternidad.
Buenos días,
Actualmente estoy en excedencia por cuidado de hijo menor. Era de tres meses, y la finalización el 10 de Enero.
En la solicitud de excedencia ya constaba la fecha de finalización y la fecha de reincorporación.
Ahora he comunicado el reingreso, de la misma forma que hice las anteriores comunicaciones, por e-mail.
1.- ¿Era necesaria esta comunicación de preaviso, con quince días, si ya constaba en la solicitud la fecha de reingreso?.
2.- ¿Si la empresa no me contesta, se entiende por comunicado, y el día 11 me presento en mi puesto?
3.-¿Pueden no permitirme trabajar ese día y no darme de alta en la seg. social?
Gracias.
Sí, es necesario la comunicación con el preaviso que indica el convenio colectivo. Si no te contesta, lo mejor es presentarte en el puesto sí. En caso de que no respetaran tu derecho de reincorporación tendrás que demandar.
En el convenio no viene nada de preaviso, es una copia del estatuto que tampoco viene obligacion de preaviso. De todas formas yo lo he comunicado con mas de 15 dias por email, que fue el mismo medio que utilicé para comunicar la excedencia, aunque ahora no he obtenido ninguna respuesta ni confirmacion. ¿ Entonces me presento sin mas en mi puesto??. Gracias
Sí, lo mejor es acudir al puesto de trabajo.
Buenos días Alejandro, tengo una duda con respecto a mi situación:
En enero de 2020 solicité una excedencia voluntaria de 8 meses de duración debido a que estaba cursando un máster y me era imposible compaginar las prácticas de dicho máster con el trabajo y la empresa lo acepta. Yo me quedo embarazada y me entero una vez que ya he solicitado la excedencia. El mes antes al vencimiento de la excedencia solicito mediante burofax mi reincorporación y la empresa acepta ya que hay una vacante de mi grupo profesional, pero por complicaciones me tienen que realizar una cesárea de urgencia antes de mi reincorporación (mi hija nace el 19 de septiembre y yo debía reincorporarme el 10 de octubre). Actualmente me encuentro de baja por maternidad, y quiero solicitar, una vez acabada dicha baja, una excedencia por cuidado de hijo menor de tres años, pero no sé si legalmente puedo hacerlo al venir de otra excedencia. En caso afirmativo, ¿podría solicitarla mediante burofax con acuse de recibo, o debo personarme en la oficina?
Sí, puedes solicitarla mediante burofax.
Buenas tardes Alejandro,
Estoy de excedencia por cuidado de menores desde el 13/10/20, la solicité por un año. Anteriormente estuve de baja por accidente de trabajo (problemas- estrés laboral) hasta el 15/07/20. He pedido la excedencia porque la situación no cambiaba y estaba sufriendo mucho, de hecho he empeorado en mi patología.
Mi duda es si puedo solicitar la reincorporación en enero 2021 y si mi médico lo considera ¿podría darme de baja de nuevo?
¿Pueden denegarme la reincorporación?
La empresa me está haciendo la vida imposible y no quiere llegar a ningún acuerdo conmigo para poder irme, es más me deben dinero y me dicen que tome las medidas que quiera, me han reducido el sueldo… Vamos un calvario.
Te agradezco de antemano tu ayuda.
No se si te refieres a una excedencia voluntaria, pero sí es esa la que quieres pedir, sí que te pueden denegar la reincorporación si no tienen un puesto para ti. Si la excedencia es la de por cuidado de un hijo, tienen que garantizarte la vuelta.
Hola, es por el cuidado de un hijo y he solicitado la reincorporación para el 18 de enero de 2021, no sé si pueden denegarmela porque en la solicitud puse hasta octubre de 2021.
Además, quería saber si tras mi reincorporación puede el médico darme de nuevo la baja laboral a los pocos días.
Gracias por tu ayuda.
Saludos
Si es por el cuidado de un hijo, te tienen que reincorporar y sí, te pueden dar la baja el médico de cabecera.
buenas Alejandro soy enfermero del servicio andaluz de salud . con 38 años cotizados y me pedido una excedencia por cuidado familiar de 1º grado y me quiero jubilar a los 9 meses despues con 63 años anticipadamente puedo hacerlo.Gracias.
buenas tardes, quisiera saber, si finaliza la excedencia por cuidado de familiar por el tiempo estipulado en convenio, se puede prorrogar más tiempo legalmente por la empresa?, y cuanto tiempo debe pasar para poder pedir otra excedencia por el mismo concepto (excedencia por cuidado de familiar) y el mismo familiar .Gracias.-
Se puede llegar a un acuerdo con la empresa para alargar esa excedencia, pero esto no afecta a ciertos derechos que tiene respecto a la seguridad social. No tiene que pasar ningún tiempo para solicitar otra excedencia.
Quisiera hacerte una pregunta.
Estando de excedencia voluntaria por cuidado de un menor una trabajadora, se queda embarazada, da a luz, solicita su prestación por maternidad y la cobra desde el parto. La empresa tendría que darla de alta en algún momento para poder cobrar dicha baja maternal?
Posteriormente, la seguridad social reclama a la empresa los 4 meses de cotización + los recargos que proceden, correspondientes a la baja laboral de esta trabajadora, lo que da a entender que alguna gestión se ha hecho mal desde la asesoría jurídica que lleva los asuntos legales. Podrías indicarme si sospechas qué habrá podido ocurrir?
Espero haberlo expuesto de manera clara para entender la situación jurídica que planteo.
Muchas gracias
Entiendo que no, si se está de excedencia no tenía la obligación la empresa de cotizar. Sinceramente, nunca he visto en la práctica un caso similar, así que desconozco jurisprudencia al respecto o entender que puede haber pasado.
Buenas tardes Alejandro.
No me refería al período de excedencia que no se cotiza, sino durante los 4 meses de prestación por maternidad.
Gracias de nuevo.
Buenos días, voy a solicitar una excedencia por cuidado de un familiar de segundo grado que vive en el extranjero. Me gustaría saber si la seguridad social comprueba el informe médico que se le entrega a la empresa, es decir, si la empresa entrega algún tipo de papeleo a la administración. Gracias
No, la empresa no entrega ningún papeleo, sin perjuicio de que la inspección de trabajo o la seguridad social siempre puede verificar la veracidad de la excedencia.
En qué situación inspección de trabajo o la seguridad social verificaría la veracidad de la excedencia? Muchísimas gracias
Si sospecha que existe un fraude.
Buenas tardes
Hasta el día 24 de noviembre tenía excedencia para cuidar de mis hijos, en total han sido 18 meses. solicité 15 dias antes la reincorporacion y no me han contestado. Además me he enterado que han cerrado la empresa era una residencia de mayores. Fui el día 24 y me eché una foto con dos personas en la puerta para acreditarlo. El caso es que sigo apareciendo como de alta en la excedencia y me interesaría además de cobrar el paro poder reclamar la indemnizacion que me correspondería. Muchas gracias de antemano por la respuesta.
Demanda por despido improcedente/nulo a la empresa y acredita que intentaste la reincorporación.
A mi marido le dio un ictus y he ido cogiendo desde q le dio de mes en mes excedendias y ahora voy a pedir otro mes seria el 4 mes me han comentado q igual la empresa no me la conceden pueden hacerlo.gracias
Buenas tardes,
Trabajadora en excedencia por cuidado de hijo de un año. Pasado este año, solicitó una prórroga de excedencia por un año más. El pasado mes de agosto finalizó el segundo año de excedencia, pero no comunicó una nueva prórroga. ¿Puede ser un problema? ¿Se entiende que es abandono de puesto de trabajo? La trabajadora no ha comunicado ni la reincorporación ni tampoco la baja voluntaria. Podemos interpretar que al ser la duración de la excedencia hasta los 3 años del menor, ¿la trabajadora tendría opción todavía a reincorporarse en cualquier momento, siempre y cuando lo preavise? ¿Es preferible que la trabajadora presente de nuevo prórroga, aunque sea “fuera de plazo”?
Muchas gracias.
Habría que ver que es lo que dice el convenio, y buscar jurisprudencia al respecto en un caso tan concreto antes de tomar una decisión sobre que es lo más conveniente.
Hola buenas tardes, cogí una exedencia por 1 año por cuidado de mi bebé y me cumple ahora el 24 de noviembre , mande un email a la empresa para la incorporación pero se por compañeras que ha cerrado la tienda donde trabajaba(pero no la empresa) tengo que esperar que me contesten?? O vuelvo a enviarlo otra vez ?? No se que tendría que hacer porque y si no me contestan?? Estoy despedida o donde tendría qie ir??
Acudiría al centro de trabajo, si no te contestan o es imposible ponerte en contacto con ellos por otros medios, demandaría por despido.
Gracias por su respuesta tan rápido, el centro de trabajo ya no existe se fue de la ciudad y tiene en otras ciudades y ellos están en Madrid, si no me cogieran el telefono o no pudiese ponerme en contacto con ellos , cuando tendría que demandar ? Pasados los días de incorporación o días antes , y donde tendría que ir a demandar??
Habría que ver el caso concreto, pero de forma prudencial, desde que solicitas la reincorporación y no te contestan, desde el momento que rechazan tu reincorporación ya sea de forma tácita o expresa, empezaría a contar el plazo para demandar. Sobre la demanda, aquí tienes una guía, sino acude a un abogado de tu localidad.
Buenas tardes,
Estoy en excedencia en una empresa por cuidado de hijo menor de 3 años desde hace dos años aproximadamente. Hace un año empecé a trabajar en otra empresa y en julio terminó mi contrato. Solicité la prestación por desempleo y tras tres meses de espera me llamaron para decirme que tenía que presentar una carta de incorporación a la empresa en la que tenía la excedencia y la contestación de la empresa de que no podía reincorporarme por el motivo que fuera. Presenté ambas cartas y me han denegado la prestación.
¿Está así contemplado por ley? ¿Debería presentar una reclamación? Muchas gracias.
La empresa no te puede denegar la reincorporación, deberás reclamar a la empresa. Es normal que te denieguen el paro.
Buenas tardes. Estoy de excedencia por cuidado de menor de 3 años. En un primer momento la solicité para dos meses, pero viendo que la pandemia se alarga, quiero ampliarla un mes mas. He solicitado una prorroga de un mes mas de excedencia, pero la empresa no me ha contestado. Si no me contesta, tengo que reincorporarme el dia que puse en la solicitud?. Esto es a los dos meses de excedencia. ¿O con solo informar de que quiero una prorroga de un mes mas, la empresa no puede negarse a la prorroga?. Hace ya unos dias que informé, pero no he recibido contestacion, ni negativa ni afirmativa. Me tendria que reincorporar el 1 de Diciembre, pero necesito seguir cuidando de mi hijo de 1 año, ya que no puedo dejarlo con nadie. Gracias.
¿La has solicitado de una manera que puedas acreditarlo que la empresa lo ha recibido? El no reincorporarte tiene el riesgo de que la empresa lo considere que no te has reincorporado. Lo más prudente es intentar contactar con la empresa y, en caso contrario, incorporarte. El no hacerlo siempre tendrá un riesgo, aunque la empresa no puede oponerse a la prórroga de la excedencia por cuidado de un menor hasta que éste cumpla tres meses.
Si no pueden oponerse a la prorroga, entonces ¿ Con la comunicacion fehaciente seria suficiente?. ¿Por burofax?. Tengo constancia de que recibieron la comunicacion por email, pero no han contestado, ni tampoco se han negado. ¿Que puedo hacer?
Acabo de leer la respuesta, y me refiero a que si no te reincorpores, la empresa lo considere como ausencia injustificada y sancionable tu comportamiento. Si la empresa no te contesta de manera afirmativa, la no reincorporación, siempre tendrá un riesgo. El riesgo será menor si acredita de manera fehaciente, un burofax es adecuado, que solicitaste el mantener la excedencia.
Hola Alejandro. Gracias por la rápida respuesta. Como en un principio era una excedencia corta para cuidar del bebé, puse solo dos meses. Ahora al solicitar la prorroga y no contestarme la empresa. ¿Que hago?. Tengo que preavisar de alguna forma la reincorporacion en caso de no aceptar la prorroga?. En la solicitud inicial de dos meses ya indiqué la fecha de reingreso. Pero necesito un mes mas. Estoy hecho un lio, y me temo que la empresa quiere aprovechar alguna argucia para despedirme, por eso no quiero equivocarme con las comunicaciones. ¿Si estan obligados a aceptar la prorroga, su silencio en la contestacion puede perjudicarme? No puedo reincorporarme ya que tengo el bebé en casa, y no puedo dejarlo con nadie por el estado de alarma. Cual es el plazo minimo para solicitar dicha prorroga en mi caso que la excedencia era corta incialmente de solo dos meses?
Ya te he contestado a estas dudas, no te puedo dar de manera categórica una respuesta, por que no la hay. Sobre la obligación de preaviso, depende de lo que indique el convenio colectivo.
Para dar una respuesta más certera, habría que revisar que es lo que dice el convenio, medio de comunicación habitual con el empresario, situación actual de la empresa, datos de contacto que aparece en la nómina y contrato de trabajo… Por todo ello, si quieres profundizar más te recomiendo que acudas a un abogado laboralista de tu localidad.
Gracias de nuevo por la rapida respuesta. ¿Le podria escribir un privado para contarle mas datos?. Tengo contrato indefinido y la comunicacion siempre ha sido por email. La empresa está abierta. La comunicacion de la excedencia también fue por email l Gracias
Si la empresa está abierta, ¿por que no acude personalmente para presentar el escrito y solicitar la excedencia? En cualquier caso, le recomiendo que acuda a un abogado de su localidad. Intento orientar de manera gratuita a los trabajadores, pero nunca se debe sustituir en un caso de necesidad por la consulta presencial.
Buenas tardes:
Actualmente tengo pensado solicitar excedencia por cuidado de una persona mayor, es decir a mi suegra (afinidad). Como quiera que podría alargarla hasta dos años según el E.T. aunque mi convenio permite hasta tres años. Mi pregunta es la siguiente:
La situación asimilada a la del alta correspondería solamente a UN año o por el contrario a los dos que el E.T. tipifica y en mi caso a tres años.
Ruego aclaración al respeto.
Muchas gracias por la información que nos aportan.
HOLA! Soy funcionaria interina ocupando una plaza de TAG, anteriormente era personal laboral indefinido en la categoría de auxiliar administrativo. En esta ultima plaza solicité una excedencia voluntaria para tomar posesion en la de TAG (En la misma corporación local) Mi pregunta es: ya está proxima la finalización de la excedencia voluntaria, por convenio eran 5 años, me dicen desde personal que si no vuelvo pierdo la reserva de puesto, podría solicitar una excedencia por cuidado de hijos sin tener que reincorporarme a la plaza de auxiliar administrativo? acabo de ser madre de mellizos y me acaban de notificar que la plaza que ocupo como TAG la van a integrar en la siguiente OPE y me gustaría dejar siempre una puerta abierta por si no aprobara ningún examen, desde personal me dicen que renuncie a la plaza de TAG o que me la juegue en los examenes y que en caso de no aprobar iría a la calle.
espero vuestra respuesta, gracias!
Para solicitar esa excedencia, tienes que estar reincorporada en tu puesto de trabajo Es decir, puedes solicitarla, pero seguramente te la denegarán. De todos modos, miraría la legislación correspondiente a tu puesto de trabajo, en la corporación local, por si existe otra opción.
Hola yo estuve de excelencia 1 año y e volví a trabajar ,y me dice mi jefe que la antigüedad cuenta desde que e vuelto ??eso no es así verdad ???
No, se cuenta la antigüedad anterior.
Hola, tengo varios años cotizados y he estado de excedencia por cuidado de hijo durante 6 meses después de disfrutar de la maternidad y la lactancia y ahora a los pocos días de incorporarme me ha surgido un problema de salud y me voy a tener que coger una incapacidad temporal, mi pregunta es ¿Hay algún problema para acogerme a una It después de la excedencia?¿Qué base reguladora tendré si no he cotizado nada durante los últimos 6 meses? Gracias,un saludo.
Cogerán la base del mes de la baja. No, no deberías tener problemas por el hecho de la excedencia previa.
Buenas de nuevo, en referencia a la consulta anterior, Me imagino que que hace referencia a la actual baja por It ¿Pero y si sólo he trabajado unos pocos días será la base del mes entero o la proporcional de los días que he trabajado? Gracias, saludos.
No te penaliza por el hecho de estar sólo unos días de alta, si es a lo que te refieres.
Hola buenas,
Quería saber si pidiendo la excedencia por cuidado de un hijo cobraría algo o no se cobra nada durante la excedencia.
Gracias
No se cobra nada durante la excedencia, ni se puede solicitar el paro.
Hola Alejandro,
Tengo una excedencia por cuidado de niño que llega a su fin en enero. Se puede en este caso negociar un despido si a la empresa no le interesa readmitirme? Actualmente serían 20 días por año trabajado?
En principio tendría que pedir la readmisión pero aún el niño es muy dependiente y querría que en ese caso fuera un puesto de teletrabajo. Dada la situación actual, la empresa debe ofrecer puestos de teletrabajo? En el caso de que no lo puedan asegurar, les podría proponer el despido?
Si hay otras opciones para no dejar voluntariamente la empresa, le agradecería que me lo comentara.
Muchas gracias.
Es una pregunta muy amplia. Puedes solicitar el teletrabajo o la adaptación de la jornada en virtud del artículo 34.8 del Estatuto de los Trabajadores. Sobre la extinción, puedes hablarlo con la empresa.
Tras 3 años y medio en excedencia por cuidado de hijos menores de 3 años( he tenido 2 niños en ese tiempo) he solicitado mi vuelta al trabajo y mi empresa ha creído conveniente enviarme a una oficina a 700 km de mi casa sin ningún tipo de ayuda económica. Mi única opción es irme a trabajar allí sin mis 3 hijos o dejar la empresa sin derechos ni a paro ni a finiquito.
¿Eso es legal?
Gracias
Puedes solicitar la extinción con derecho a una indemnización y a prestación por desempleo en virtud del artículo 40 del Estatuto de los Trabajadores. Pero también, antes de solicitar la extinción, puedes impugnar la medida ante los tribunales.
Hola Buenos días yo solicité un excedencia por cuidado de hijo hace un año y medio, al final he terminado marchando de la empresa donde estaba envié el comunicado de mi no incorporación a la empresa y baja voluntaria, mi problema es que si ya no pertenezco a la empresa en la seguridad social todavía aparezco que estoy de excedencia por cuidado de hijo y no me han dado de baja a la excedencia. Tendré problemas después cuando quiera cobrar alguna prestación como hago para darme de baja.
Manda un email indicando que solicitas que te den de baja en la Seguridad Social, si no lo hacen acude a la Seguridad Social o a inspección de trabajo.
Hola,
Quisiera saber si el año en el que tienes derecho a la reserva de tu puesto es por cada excedencia que se ha cogido para el cuidado de cada hijo o si se suman los meses que hayas estado de excedencia de todos los hijos. Gracias
En mi opinión, no se suman por cada hijo, ya que el hecho causante es diferente.
Buenos días,
soy personal estatutario temporal. Quisiera cogerme una excedencia por cuidado de hijos, pero ahora no estoy segura si después de incorporarme de esa excedencia podría necesitar reanudarla después, antes de que mi hijo cumpliera los tres años.
Según el estatuto de los trabajadores, podría hacerlo:
“La excedencia […] cuyo periodo de duración podrá disfrutarse de forma fraccionada”
Sin embargo según la ley del estatuto básico del empleado público solo puedo disfrutar de un periodo de excedencia:
“El período de excedencia será único por cada sujeto causante”
Me han dicho que en base a esto último no podría, pero quisiera confirmar que la ley del estatuto básico del empleado público (Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre) prevalece sobre el estatuto de los trabajadores (Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre).
Muchas gracias
No es que prevalezca una norma sobre otra, sino que se aplica a situaciones diferentes, el EBEP se aplica a empleados públicos, y el Estatuto de los Trabajadores a personal al servicio de las empresas privadas. Es cierto que a determinados empleados públicos se le aplica el estatuto de los trabajadores ya que son personal laboral, pero los estatutarios tiene una relación funcionarial y no laboral. Dicho lo cual, no soy experto en personal estatutario y tendría que revisar si es cierto que no se puede disfrutar de forma fraccionada.
buenos días
actualmente estoy en excedencia por cuidado de hijo que solo ha durado 4 meses y que ya he notificado mi reingreso a fecha del 03 de noviembre, por tanto tengo derecho a reingreso a mi antiguo puesto, pero al haber hecho ya la notificación a la empresa con la debida antelación de que regreso, si ellos no me contestan ? debo acudir a trabajar el día 3 o no ?
entiendo que si porque la excedencia es solo por 4 meses con lo cual se me garantiza mi reserva de puesto y sería automático verdad ¿? o debo esperar alguna respuesta , autorización verificación o notificación de ellos para acudir dicho día ¿?
muchas gracias de ante mano por su contestación
Aunque no te contesten, acudiría al puesto de trabajo.
Hola, soy personal laboral en una empresa pública, estoy trabajando actualmente en una ciudad donde está mi marido y mi hijo de 10 años, pero me ha salido otra residencia definitiva a 250 km de mi casa y la empresa me exige el traslado ya, mi pregunta es si puedo solicitar una excedencia por cuidado del menor, y si me computa la antigüedad para futuras movilidades.
Muchas gracias por vuestra ayuda
Hola, estoy trabajando en el sector público, sanidad, en la comunidad valenciana. Tengo las vacaciones y días de asuntos propios de este año pendientes. Quería cogerme una excedencia por cuidado de hijos sin disfrutar las vacaciones, para no perjudicar al servicio y que la persona que ahora cubre mi plaza fuera cesada, ya que las vacaciones no se cubren. Pero desde personal me dicen q perdería esos días, que tengo que cogerme las vacaciones antes de la excedencia y que no se incluyen en liquidación porque no se hace liquidación. Si me pagarían la parte proporcional de la paga extra pero no los días de vacaciones no disfrutados. Es esto verdad? Cómo puedo alegar/justificar que tengo derecho a la retribución de esos días?
Los días de asuntos propios no se liquidan, esos sí que entiendo que se pierden si no se disfrutan. Puede que exista alguna sentencia que diga lo contrario, pero en mi opinión, sí que entiendo que se pierdan. Cuestión diferente es con las vacaciones, que no se pierden, y si pides la excedencia por un tiempo superior a lo que queda de año, deberían liquidarse.
Muchas gracias. Eso es lo q yo entendía, pero me han dicho q perdería las vacaciones, que no hay liquidación y de haberla sería 0, aunque no he disfrutado ningún día de vacaciones. Por eso me gustaría saber en base a que norma o en qué documento oficial se indica que deben de pagar las vacaciones no disfrutadas. En el artículo 46.3 del Estatuto de los Trabajadores yo no lo he leido. Igual q tampoco se específica que se pueda pedir una excedencia, incorporarse y luego seguir con la excedencia si el niño tiene menos de tres años.
No es una cuestión que venga regulada de manera detallada en la legislación, sino que es la interpretación que se hace de la norma. En concreto, el artículo 38 del Estatuto de los trabajadores referente a las vacaciones.
Hola, Buenas tardes
Me gustaría saber si me cojo una excedencia por cuidado de hijos en mi empresa y tuviera un trabajo nuevo de menos horas de lo que estaba trabajando, y luego me cesa el trabajo, tendría derecho de cobrar el paro??
Muchas graciassss
No.
Hola!
En el 2018 cogí una excedencia hasta que mi hijo cumplió un año, he vuelto a ser mama y me gustaría cogerme otra excedencia de 1 año con este bebé ..puedo?o tienen que pasar 4 años, mi primer hijo va a cumplir en enero los 3 años, no sé si hay alguna manera de poder hacerlo..muchas gracias por vuestra ayuda.
Puedes cogerla. No es necesario que pasen cuatro años al ser una excedencia por cuidado de un hijo.
Buenas tardes solicité una excedencia por cuidado de un hijo menor de 3 años y me incorporo ahora en octubre pero me acabo de enterar que estoy de nuevo embarazada y ginecologo me ha dado la baja por embarazo de riesgo tengo derecho a cobrar la baja?
Quisiera saber si puedo despedir a mi empleada de hogar tras indicarme que después de su excedencia por el cuidado de un menor se quiere reincorporar. No quiero que se reincorpore. Llevamos más con la persona que la sustituye que con ella. Y aque, al inicio de la relación laboral se quedó embarazada y tenemos más relación con la persona que la ha venido sustituyendo.
Me gustaría saber como debo actuar o como hacer el proceso. Ya que, no quiero entrar en realizar ninguna ilegalidad.
Para no tener riesgo de nulidad, lo mejor es que lo hables con un profesional. Hay que redactar una carta de desistimiento de la relación laboral y abonar la indemnización correspondiente.
Una trabajadora que tiene una excedencia por cuidado de hijos ha solicitado una prórroga de un año más. Se podría incorporar antes a la empresa de la fecha de fin de dicha prórroga??? En el convenio no establece nada y no encuentro ningún precepto legal para justificar la reincorporación previa.
Sí, preavisando con lo que indique el convenio colectivo.
Situación: profesora enseñanza concertada, tercer año de jubilación parcial (63 años, inicio jubilación parcial 2/8/2018).
Quiero pedir 10 meses de excedencia para atender a mi madre (92 años) y saber cómo afectaría a mi situación laboral en los siguientes puntos:
1. Cotizaciones a la Seguridad Social
2. Retribuciones del Centro (7 horas, 28 % de la jornada laboral)
3. Cobro de la pensión parcial (72 %) que estoy disfrutando
Gracias de antemano por su respuesta.
Hola. En 2014 disfruté de una excedencia por cuidado de familiar, en concreto una hermana con incapacidad declarada y que no realiza actividad retribuida alguna, aunque cobra su pensión por la incapacidad. Estuve ausente algo menos de dos meses.
Me gustaría solicitar una excedencia de nuevo por este mismo motivo, en este caso más larga. ¿Puede negarse la empresa a ello? ¿El plazo máximo es el legal de dos años o se resta el periodo disfrutado en 2014?
Gracias.
Si es por el mismo hecho causante, en mi opinión, se debe descontar el tiempo de excedencia previo. Entiendo que el tiempo transcurrido puede también hacer defender lo contrario.
Hola! He estado de excedencia por cuidado de un familiar durante casi un año, estoy a punto de incorporarme de nuevo pero la empresa quiere bajar el sueldo (trabajando las mismas horas). ¿Es legal? Muchas gracias por su ayuda.
Es posible reducir el salario si existe causa para ello y siempre que no se abone por debajo de lo que indique el convenio colectivo.
Hola! He mirado mi convenio y aparece una excedencia por cuidado de hijos hasta que cumpla 3 años. La empresa me esta poniendo impedimentos, ¿Se puede negar a concedermela?. Gracias
No, no puede negarse a una excedencia si cumples los requisitos para ello bajo ningún circunstancia.
Si la empresa me dice que no encuentra a nadie para cubrir mi puesto, me podria obligar a volver durante la excedencia? Gracias
No.
Buenas noches Alejandro, gracias por tus comentarios.
Mi duda es la siguiente sobre cotizaciones a la seguridad social en caso de excedencia:
Soy profesor de un colegio concertado y mi convenio dice que puedo pedir hasta 3 años de excedencia por cuidados familiares.
Hace años solicite una excedencia por cuidado de mi madre de 3 meses y en mi vida laboral aparece como cotizado.
Posteriormente, necesité pedir una nueva excedencia de 15 meses por cuidados de mi padre y en la seguridad social tengo 1 año cotizado y los 3 meses restantes no.
Ahora necesito nuevamente pedir una excedencia por cuidado de mi madre. Mi duda es si puedo retomar la primera petición para que coticen por mi hasta 1 año, ya que me preocupan las años cotizados a efectos de jubilación.
Muchas gracias por tu respuesta
Buenas.
Ante todo, muchas gracias por la labor.
Tengo un menor de 3 años a mi cargo he solicitado una excedencia por cuidado de menor de 3 años hasta septiembre, no es ni un mes de excedencia, pero me la han aceptado, Pero me han mandado una nómina con un escrito, en el que aparece que me finiquitan pero no hay concepto de finiquito, sólo el sueldo correspondiente a este mes. ¿Tendría que devolverlo firmado?
Previamente había solicitado reducción y concreción de la jornada por conciliación, y también me la habían aceptado. ¿Tendría que volverla a solicitar?
Gracias
Para que no hubiera duda, en el escrito de excedencia lo mejor es indicar que a tu vuelta mantienes la reducción de jornada. Si no lo has hecho, para que no haya dudas puedes hacerlo ahora. Pero no, no debería variar el horario.
De acuerdo.
Y respecto al documento de finiquito, ¿Debo firmarlo?
En caso de duda, siempre pon no conforme.
Buenas tardes,
Gracias por el post, muy interesante.
Tengo un contrato fijo discontinuo ( de setiembfe a junio) por lo cual ahora estoy cobrando paro.
Querría pedir una excedencia por cuidado de un familiar en setiembre, perderia m derecho a cobrar paro o podria seguir cobrando?
Gracias!!
No, no podrías seguir cobrando paro con una excedencia de este tipo.
Buenos días,
Estoy de exedencia por cuidado de hijo menor desde el 13 de julio, en julio recibí los 100 euros para madres trabajadoras, este mes de agosto no.
Es por estar de exedencia?
Gracias!
Buenas tardes:
Estoy en proceso de solicitar una excedencia por cuidado de familiar, en este caso mi padre. Por favor, le agradecería si me ayudase con dos consultas a este respecto:
1.- He proporcionado a la empresa el reconocimiento oficial del grado de dependencia, Grado 1. La empresa me está pidiendo más información para la justificación de la causa. Mis preguntas serían: ¿es razonable que me pidan más información? Y si es así ¿qué es razonable que me pidan?
2.- Mi padre vive en una provincia distinta a aquella en la que estoy trabajando: Murcia, mientras que yo trabajo en Madrid. ¿Podría realizar otro trabajo en Murcia a tiempo completo o parcial, para una empresa distinta, mientras esté de excedencia? Y si fuera así, ¿hay algún procedimiento a seguir para ello?
Gracias por su ayuda y saludos.
Sobre que información te pueden solicitar, lo explico en este artículo. La legislación no determina cuales son los documentos que se deben de aportar para acreditar cada cuestión. Así que depende de cada caso. Justificar el grado de dependencia, no acredita que tu seas el cuidador. Sobre realizar otro trabajo. La excedencia tiene una causa que no es la de trabajar en otra empresa, dicho lo cual, se podría considerar una transgresión de la buena fe contractual. No obstante, la legislación ha permitido trabajar cuando se acredite que ese trabajo es más adecuado par el fin de que se solicitó la excedencia. Lo explico en este artículo.
Hola buenos días. Una consulta tengo dos niñas una de 4 años y la otra de 9 años y trabajo en una empresa que presta servicios a domicilio a personas dependientes y mi contrato es bajo régimen general llevo 2.5 años y también trabajo en una casa en servicio del hogar. Mi pregunta es puedo pedir una excedencia en la primera empresa ya que necesito ese tiempo para llevar a las niñas al cole porque no tengo lo medios para afrontar dicho gasto para contratar a alguien para que las cuide ya que tendría que pagar lo que gano y si pudiera pedir una excedencia que tipo sería .
Puedes pedir una excedencia. Intentaría solicitar una excedencia por cuidado de un familiar, que tienes reserva del puesto de trabajo. En caso de negativa, podría solicitar una excedencia voluntaria, pero no tendrías garantizada el derecho a volver, y tampoco puedes cobrar el desempleo. Por último, habría que mirar si el convenio recoge algún tipo de excedencia que se adapte mejor a lo que necesitas.
Hola Alejandro te agradezco mucho la información, me respondido esto Hola
Luisa , la asesoría nos comunica que no te puedes coger la excedencia.
Estamos mirando, el tema de permiso sin sueldo.
En cuanto lo sepa, te aviso
Esto es posible. Gracias por tu atención
Hay jurisprudencia dispar sobre si se puede otorgar una excedencia por cuidado de un familiar cuando son hijos mayores de tres años. Por eso te indique que la solicitaras, y en caso de negativa, una excedencia voluntaria con los perjuicios que ello conlleva. Por lo demás, reitero que habría que mirar el caso. Acude a un abogado de tu localidad.
Buenos días,
Estoy de excedencia por cuidado de hijos, y ahora mi empresa me quiere despedir, con un despido objetivo. Estoy de acuerdo, ya que el proyecto ha finalizado, pero mi duda es, me tengo que reincorporar aunque sea un dia, para que la empresa tramite la baja por despido? ya ahora mi contrato está suspendido y no cobraría el paro.
Que tengo que hacer? gracias.
En caso de despido, entiendo que sí que tendrías derecho al desempleo, al estar de excedencia por cuidado de hijos que tienes reserva de puesto de trabajo.
Buenos días,
Estoy de excedencia por cuidado del menor (la solicite de un año) y me e quedado embarazada de nuevo mi fecha de parto es un mes antes de la fecha de incorporación. ¿Tengo derecho a cobrar baja de maternidad?
¿Podría pedir a la empresa la reincorporación en la fecha de parto? ¿Como podría preavisar a la empresa de la reincorporación sin saber cuándo doy a luz?¿ O en estos casos se pide reincorporación y baja hasta el parto para a continuación pedir baja de maternidad?
Gracias por el post! Mi duda es la siguiente:
Voy a coger una excedencia para cuidar de mi hija, puedo trabajar durante unas semanas en otro trabajo para cuando finalice ese contrato (de manera involuntaria) poder acceder a la prestación de desempleo? Hay un mínimo de tiempo trabajado para acceder, o bastaria un contrato de 1 semana? Muchas gracas
No se a que te refieres con finalizar el contrato, ya que si coges una excedencia, la relación laboral no se extingue sino que se suspende. Por otro lado, al ser una excedencia que tienes reserva del puesto de trabajo, no tienes derecho a desempleo.
Hola Ariadna.
Estoy en la misma situación y no encuentro respuesta.
Sabes si se podría alfinal? Gracias
Hola Alejandro,
he presentado una Baja Voluntaria el dia 24/05, ultimo dia de trabajo 30/05. Todo este tiempo estaba en ERTE. Como tengo una hija de 3 años y no encontrado nadie que cuida a ella yo he decidido de avisar a mi empreza por Baja Voluntaria. Me ha llegado finiquito donde me descontaron 370 euros por falta de Preaviso de 15 dias. ¿Tienen derecho de descontar en esta situaciòn? si es asi de cuantos dias? GRACIAS
Depende de lo que diga el convenio, y es fundamental saber si el ERTE es de suspensión o de reducción.
En el caso de una excendencia por cuidado de un familiar, debes disponer de un periodo mínimo trabajado en la empresa para poder solicitarlo ¿?
En el mismo tipo de excedencia, se pueden realizar cursos de formación por cuenta propia ¿?
Gracias.
No se tiene que tener un tiempo mínimo. Sobre cursos de formación, depende. Hay que tener en cuenta que la excedencia se solicita par el cuidado del familiar y no para otras cuestiones.
Convenio textil, soy dependienta. me han avisado que 31 de junio (telefónicamente) es mi último en ERTE. Es correcto?
El lunes me toca reincorporarme a mi puesto de trabajo despues de una excedencia de 3 años por cuidado de un menor. Hace 2 meses fuí victima de violencia de genero y el lunes no me veo capaz de trabajar a parte que mi medico me ha dicho que me da la baja por la medicación que tomo. Si cojo la baja a fecha de mañana dia 12. El 15 que me tengo que reincorporar no voy pero tengo derecho a algun pago?
Hola. No sé muy bien dónde realizar las preguntas así que la dejo aquí. Soy mamá de un bebé de 3 meses. Tengo un contrato fijo discontinuo y me tocaría ir al paro ahora en los meses de Julio y Agosto. Mi pregunta es si puedo pediir excencia despues en Septiembre cuando me tendria que incorporar a mi trabajo. En la empresa me han dicho que si hago eso me podrían pedir devolver el paro cobrado durante el verano pero yo no veo la razón, pues en principio me incorporo al trabajo después de mi baja maternal, pero como mi contrato me manda al paro, pues durante el verano pienso que prefiero excedencia y así lo comunico para Septiembre. Gracias por la respuesta.
Hola! Estoy de excedencia por el cuidado de mi hija de 10 meses y quiero saber si tengo derecho a cobrar alguna ayuda, o el ingreso mínimo vital, que se ha aprobado ahora. Gracias
Las ayudas a las que puedes tener derecho son reguladas por las comunidades autónomas, así que depende de la comunidad autónoma.
Buenas tardes, mis consultas son las siguientes:
– Puedo solicitar una excedencia por cuidado de mayor para un mes, y antes de que termine el mes solicitar otra prórroga?
– Me guardan mi puesto de trabajo en el mismo centro o pueden aplicarme movilidad?
– Con cuánto tiempo de antelación debo solicitarla, me han comunicado que no hace falta avisar con 15 días de antelación.
– Tengo entendido que con este tipo de excedencia tengo derecho a mi reserva de puesto en mi mismo centro, pertenezco al convenido textil de Valencia, pero en el convenio no indica nada.
Gracias de antemano por vuestra labor!!!
Si, puedes pedir por un mes y prorrogarlo. Te guardan durante un año el mismo puesto, sin perjuicio de la movilidad que puede realizar el empresario siempre, dentro del a movilidad geográfica y funcional. Sobre el preaviso, habría que ver que es lo que dice el convenio, pero lo más recomendable es preavisar, ya que la empresa tiene que conceder la excedencia, así que hay que darle un plazo.
Muchas gracias Alejandro, entonces si que existe la posibilidad de movilización, creía que la reserva del puesto era en el mismo centro, o sea en el puesto que ocupo actualmente.
Un saludo!!!
Pronto estaré en el 2º año de excedencia por cuidados familiares de mi madre y por tanto no se considerará que estoy cotizando. Tengo concedida la prestación de cuidador no profesional. ¿Podría suscribir un convenio especial de cuidadores no profesionales para cotizar y tener más tiempo cotizado para la jubilación? No sé si estar de excedencia podría ser impedimento
Existe un convenio para estas cuestiones, pregunta en la seguridad social.
Buenas noches, me gustaría hacerle una consulta, tengo una Niña de 4 años y quiero cogerme una excedencia de mínimo 4 meses para su cuidado, no se qué tipo de excedencia podría cogerme, me podría ayudar??muchas gracias de antemano
Habría que mirar el convenio colectivo, en caso de que no recogiera ningún excedencia que se adapte a tu situación, intentaría solicitar la excedencia por cuidado de un familiar. Es una excedencia que a veces se concede y otras no, pero de otra forma no tendrías reserva de puesto de trabajo. Es decir, con una excedencia voluntaria, nadie te garantiza volver.
Hola, tengo 3 hijos, 2 de ellos de 20 meses, con todo lo del covid no hay guarderias, puedo cogerme una excendencia aunque sea 15 días ya que el problema lo tendré en agosto que no tengo nadie que me los cuide. Luego puedo volver con normalidad?
Sí, puedes.
Buenas tardes Ariadna.. Estoy en una situación similar ya que desde el mes de Marzo estoy en excedencia por cuidado de mi hija y he trabajado todo el mes de Noviembre en otra empresa, finalizando dicho contrato… Tengo paro acumulado de otros años y bueno, no se si estando en excedencia por cuidado de mi hija podría echar el paro, ya que acabo de terminar como comento el contrato de un mes en esta última empresa.
Si eres tan amable, contestame por favor.
Gracias!!
No, no se tiene derecho a paro.
Gracias Alejandro..
Realmente estoy un poco liada.. Pero leyendo un poco la normativa, deduzco que solo tendría derecho a paro si mi excedencia fuese voluntaria, y no por cuidado de mi hija..
Es así?
Gracias de antemano y agradecerte tu labor desintetesado.
Efectivamente, al tener reserva de puesto no se tiene derecho a paro.
Hola,
Estoy en excedencia por cuidado de hijo menos de 3 años, en la carta de solicitud de excedencia ya puse la fecha de fin. ¿Tengo que solicitar a la empresa la reincorporación?¿que plazo tengo? sino solicito reincorporación, ¿en que situación quedo, seria una baja voluntaria por mi parte?
Gracias.
Sí, tienes que pedir la reincorporación con el plazo que establezca el convenio colectivo. En caso de que no lo hagas, se puede considerar baja voluntaria.
Buenos dias;
En referencia a la reserva de puesto que durante el primer año, el trabajador tiene derecho a la reserva de su puesto de trabajo. Ese año, ¿se refiere hasta que el bebé cumpla un año, o hasta que pase un año desde que se solicita la excedencia?
El primer año de excedencia, no hasta que cumpla un año.
¿Puede la empresa negarme una excedencia para cuidar a mi bebé de 9 meses?
Si me dice que no me la da,¿que tendría que hacer?
Mi empresa se regula por el Estatuto de los trabajadores.
No, no puede. Si lo hace demanda, y reclama daños y perjuicios.
Tengo una pregunta, empiezo mi excedencia por cuidado de hijo menor de 3 años en junio, la tengo hasta septiembre, si durante este tiempo quisiera despedirme podría?? Cómo tendría que proceder?? Muchas gracias por toda la información
Te refieres despedirte la empresa o irte tu de la empresa? Cualquiera de las dos cosas son posibles. La empresa te puede despedir, si existe causa para ello, y tu te puedes ir en cualquier momento, respetando el preaviso que indique el convenio colectivo.
Gracias, me refiero a causar baja voluntaria, he mirado mi convenio (higienista dental) y pone 1 mes de preaviso. No es mucho?? Igual lo he leído mal
Puede ser un mes perfectamente.
Buenas tardes,
Tengo 2 hijos, uno de 5 y otro de 10 años. Estoy trabando en estos momentos pero como no hay colegio no puedo seguir trabajando. Puedo pedirme una excedencia por cuidado de familiar, me guardan el puesto?
Muchas gracias
En mi opinión si, pero no es unánime la jurisprudencia que permite coger ese tipo de excedencia para hijos mayores de tres años. En caso de denegación, puedes coger una reducción de jornada del 100% que se permite de manera temporal en estos momentos.
El dia 7 terminó mi baja por maternidad, y ahora estoy en erte. Cuando se acabe el erte me cogeré vacaciones pendientes y lactancia y seguida solicitaré una excedencia por el cuidado del menor. Mi pregunta es si la tienda donde trabajo cierra, que pasaría conmigo al estar en excedencia? Tengo derecho a algo?
Gracias
Si se está en excedencia por cuidado de un menor, en caso de cierre de la empresa, se tiene derecho a la indemnización por despido como cualquier otro trabajador.
Solicité una excedencia por dos años para cuidar un familiar y acabo de solicitar la reincorporación, pero la empresa me ha respondido que no tiene plazas en este momento en un documento que debo firmar y reenviarles. La empresa ha hecho un ERTE y no se espera más movimiento laboral en España en un año si es que lo hay. Durante mi excedencia he trabajado y, de hecho, estoy trabajando, ya que tengo un horario muy cómodo compatible con los cuidados de mi familiar. Entiendo que, una vez acabe mi excedencia, tendré derecho a subsidio por desempleo si lo necesitase, pero mis dudas son:
– ¿Firmar este documento significa que estoy despedida por mi tipo de excedencia?
– ¿Tendría en ese caso derecho a indemnización por despido o si la empresa finaliza su actividad?
– Si no fuera así, en caso de que la empresa reanudara su actividad en el futuro, ¿tendría derecho a incorporarme cuando hubiera vacantes?
Gracias de antemano y un saludo.
Si tienes una excedencia por cuidado de un familiar no vas a poder cobrar el paro, salvo que la empresa lo que te haga es un despido. No se que documento te manda firmar, pero, en mi opinión, o te incluye en el ERTe o e reincorpora en tu puesto de trabajo. En caso de que no haga ninguna de las dos, se debe entender como un despido y tendrás que demandar.
Gracias Alejandro.
Entonces, si mi excedencia acaba el 10 de julio, he solicitado reincorporarme con los dos meses de antelación estipulados en Convenio y la empresa me responde que “lamentamos comunicarle que, por el momento, no es posible su reincorporación a esta Empresa al no existir ninguna vacante de igual o similar categoría a la suya en la base de x o en ninguna otra base española, de conformidad con lo establecido en los artículos 46.2 del Estatuto de los Trabajadores y 19.3 del Convenio Colectivo…”, ¿no tengo derecho a subsidio por desempleo después de esa fecha?
La empresa no puede reincorporarme ahora porque no tiene actividad ni ponerme en un ERTE porque estoy trabajando en otra empresa. Entiendo entonces que si firmo dando mi conformidad al documento que me remite y que he reproducido en el párrafo anterior se entiende como un despido y tendría que demandar?
Disculpa mi insistencia. Necesito tener las cosas claras.
Gracias de antemano.
La empresa hace referencia a una excedencia voluntaria en la contestación, artículo 46.2, y me habías indicado que habías solicitado una excedencia por cuidado de un familiar. La distinción es importante, ya que en una se tiene reserva del puesto de trabajo y en otra no. En caso de excedencia voluntaria, sí que podrías luego solicitar el paro. Habría que revisar la documentación para ver que tipo de excedencia es.
Buenos días.
Durante el período de excedencia por cuidado de un menor de 3 años, que aún sigo disfrutando hasta septiembre de 2020, la empresa ha hecho un contrato indefinido a la persona que ocupaba mi puesto, debido a que la ocupación de la plaza no se ha hecho por contrato de sustitución o interinidad. Creo que eso no es legal, es decir, la empresa no puede disponer de mi plaza para dársela a otro trabajador.
Mis preguntas son:
1.- Si la empresa no me contesta o me dice que no hay vacantes, tendré que denunciar por despido?.
2.- ¿Podría despedir al otro trabajador antes de que yo me incorporara, ya que le saldría más barato su despido?
3.- ¿Qué preceptos legales está incumpliendo la empresa?
4.- ¿Qué sanciones conlleva esa infracción?
5.- En qué situación podemos quedar los 2 trabajadores (la que ocupa mi puesto y yo?
Muchas gracias por la información
Que haya hecho una persona indefinida ahora mismo, aunque esté en tu puesto de trabajo, no quiere decir que esté cometiendo una ilegalidad, lo hará en caso de que no respete tu derecho a reincorporación en el mismo puesto en el primer año y dentro del grupo profesional en los siguientes. Sobre que acciones hay que tomar, dependerá de lo que haga la empresa en el momento que solicites la reincorporación.
Gracias Alejandro. He puesto ese comentario porque dentro del grupo profesional, en mi centro de trabajo, solo existe ese puesto de trabajo (ya que se necesita una titulación específica). Existe otro puesto de trabajo dentro del grupo profesional pero ninguna de las 2 (la que está ocupando mi puesto y yo) tenemos la titulación que se exige para el puesto de trabajo, por lo tanto no lo podemos ocupar.
Espero tu respuesta.
Gracias.
Hasta que no llegue el día de reincorporación y te responda la empresa, no se puede saber si está o no respetando tu derecho.
Estoy de excedencia por cuidado familiar en el primer año.
El segundo año, tendré “cobertura sanitaria”?
estaré en situación “asimilada al alta”?
Gracias
Sí, tienes cobertura.
Hola,
El año pasado tuve un bebé y cogí una excedencia por cuidado de un menor. Hace dos semanas pedí la reincorporación a la empresa, me dieron de alta pero sólo he Estado 4 días trabajando porque mi empresa ha presentado ERTE por causa mayor por motivo de covid-19.
¿Tengo derecho a cobrar del sepe?
Si.
¿Qué pasa si la empresa se niega a incorporarte tras solicitar el ingreso estando de excedencia por cuidado de hijos? En mi caso se han negado, he solicitado el desempleo y me lo han denegado por tener reserva del puesto de trabajo en el primer año. Así que he puesto una reclamación, pero no sé qué puede pasar ahora… ¿se consideraría despido nulo? ¿estarían obligados a incorporarme? ¿tendría que denunciar a la empresa? Gracias!
Despido nulo. Se considera despido.
El estado de alarma puede modificar las condiciones de la exedencia? Si se pide una exedencia voluntaria el minimo son 4 meses puedo volver a los 3 meses por el estado de alarma( Soy sanitaria y me gustaria reincorporarme antes) el convenio dice minimo4 meses. Gracias
No, no se modifica por el estado de alarma, pero si es una excedencia por cuidado de un hijo, puedes reincorporarte cuando quieras.
Hola. Gracias por el post.
Tengo excedencia de cuidado de un menor de 3 años en mi anterior empresa. Empecé a trabajar en otra empresa nueva y he seguido renovando la excedencia del anterior trabajo, por si acaso. Ahora me cambio de nuevo de trabajo y quería solicitar de nuevo excedencia en esta segunda empresa. Es legal? Me puede ocasionar problemas el tener 2 excedencias de menores en 2 empresas diff, simultáneamente? Gracias
Lo cierto es que la legislación no lo prohíbe expresamente, y dudo de su pertinencia, ya que el objetivo de la excedencia es el cuidado de un menor, y no mantener la reserva del puesto de trabajo para trabajar en otra empresa. Habría que analizar el caso concreto.
Hola, primero de todo agradecer vuestra ayuda.
Debido al Covid19 y por miedo de sacar a mis hijos de casa, envie un whatsapp a mi jefe con un pdf firmado por mi, solicitando una excedencia por cuidado de un menor de 3 años, y añadiendo si así le servia o preferia que lo enviara por burofax o email, me respondio que “lo miraria”. A menos de 5 dias para que llegue el dia en el que supuestamente me tendria que reincorporar y no tener noticias de mi jefe.¿Se consideraria valido haberlo enviado por whatsapp? ¿Deberia ir a trabajar y daria por hecho que no fue “legal” enviar mi excedencia por whatsapp? ¿puedo autoaceptarme la excedencia dado que no tengo con quien dejar a mis hijos y por eso la solicite?
Se considera válido la notifición por Whatsapp si el lo ha recibido, salvo que el convenio establezca otra cosa para la reincorporación. A veces exige un preavio. Por último, no se si estás ahora de excedencia o no. Si no te lo ha concedido o respondido, debes incorporarte a tu puesto de trabajo, por precaución y esperar que te lo acepte. Además, en caso de que no lo acepte, deberás demandar y reclamar daños y perjuicios.
Buenas tardes, tengo dos hijos de tres años, puedo solicitar una excedencia para el cuidado de los mismos por la suspensión de clases por el COVID-19?
Gracias
Si tienen tres años, puedes solicitar la reducción de jornada de hasta el 100% hasta el 25 junio, o solicitar la excedencia por cuidado de un familiar, siendo más dudoso este derecho.
Buenos días
En relación a la pregunta que le realizan me surge una duda, ya que más o menos me encuentro en esa situación.
Estoy en teletrabajo hasta que finalice la desescalada, desde RRHH me han informado que me tengo que incorporar a mi puesto una vez llegue la fecha, tengo dos niños de 5 y 7 años y no tienen colegio por el COVID, comenta que la excedencia por cuidado de un menos es dudoso el derecho, lo puede amplicar un poco más?
Los derechos son los mismos para una excedencia por cuidado que para una excedencia voluntaria?
Gracias!!
Me refiero a que hay jurisprudencia que lo ha concedido y otras lo han denegado. Entiendo que deberían dártelo. En una excedencia voluntaria no se tiene reserva del puesto de trabajo.
Hola! Tengo una duda, llevaba trabajando un año en una empresa y tuve a mi bebé y me cogí una excedencia pero durante los primeros meses q estaba de baja por maternidad pedí la ayuda de los 100€ al mes por madre trabajadora, y me llegó una carta como que ya no me correspondía la ayuda esa y que si me habian dado pagos tenia que devolverlos.. otra chica me dijo que como no había avisado a la ss que pedí una excendencia que tengo que devolver ese dinero…es cierto? Que tengo que hacer? Llamar a la ss? No he hecho aun la renta para saber si tengo que pagar o no…como lo hago? Gracias!
Es una cuestión fiscal, no de la Seguridad Social. Por lo tanto, tienes que hablar con hacienda, que supongo que es quien te ha reclamado esos importes.
Gracias por el blog. En el modelo de solicitud de excedencia por cuidado de hijo, se podrían indicar las condiciones salariales vigentes para garantizar q se mantengan a la vuelta? Está la empresa obligada a mantener las condiciones salariales anteriores a la excedencia intactas? Me podría indicar pf si hubiera alguna legislación al respecto?
Está obligada a respetar las condiciones laborales del trabajador en cuanto respetando el mismo puesto el primer año, pero el salario se debe mantener, pero puede modificarlo si existe causa para ello siguiendo el procedimiento establecido.
Me quiero pedir una excedencia por cuidado de hijo menor de tres años, tiene ahora 5 meses:
– Puedo pedirla, por ejemplo, por dos años y reincorporarme antes de los dos años si lo necesitase o tengo que esperar hasta la fecha fin que puse yo?
-Si paso del primer año, que ya no tendría reserva de mi puesto, me podrían mandar a otro centro a trabajar? O tendría que ser en el mismo?
Me tendrían que reincorporar si o si, no? No tendría que esperar a que hubiese una vacante, no?
En una excedencia por cuidado de un menor, siempre te tienen que reincorporar. Sobre si es en otro centro, depende de la distancia entre centros y si se puede considerar movilidad geográfica o no. Puede acabar antes la excedencia de la fecha indicada.
Buenas noches, he pedido en mi trabajo una excedencia para poder cuidar de mi hija de 5 años amparándose en el artículo 31.2.2 del convenio colectivo Contact center . Cuidado de familiar, por edad y la empresa me la deniega por no tener mi hija enfermedad o minusvalía. Tienen razón? Gracias.
Existe jurisprudencia que respalda lo que indica la empresa. Es una cuestión siempre discutible.
Hola, gracias por el artículo, muy esclarecedor. Tengo una duda en relación a la excedencia por atender a un familiar. En mi caso vivo con mi madre de casi 90 años a quien han operado y durante varios meses no podrá valerse por si misma. Ella es pensionista. ¿tengo derecho a pedir esa excedencia? Lo pregunto, pues en los requisitos veo que pone que no debe realizar actividad retribuida, imagino que recibir una pensión no es realizar una actividad retribuida, pero no estoy seguro. Muchas gracias.
En mi opinión, deberían concederla si es pensionista.
Muchas gracias por tu respuesta.
Buenas tardes,
Tengo un hijo de un año y mi marido ha conseguido un empleo en el extranjero.
Puedo solicitar en mi empresa (trabajo como profesora) una excedencia por cuidado de un menor de 3 años e irme a vivir al extranjero durante ese periodo? En caso afirmativo, podria tambien trabajar en el extranjero sin perder la excedencia en mi empresa actual?
Gracias por avanzado.
Mi esposa agotó su baja por maternidad y posteriormente solicitó una excedencia laboral por 2 años para el cuidado de nuestra hija (que nació el pasaso 31 octubre). La excedencia estaba previsto que entrara en vigor el 1 de Abril de 2020, pero justo 15 días antes la empresa hizo un ERTE (por el Covid-19) en el que se la incluyó, puesto que cuando se presentó dicho ERTE ella aun no había empezado su excedencia (aunque si que la había solicitado).
¿Qué pasa el 1 de Abril de 2020? ¿Sigue estando dentro de ERTE (y en consecuencia tiene derecho a la prestación por desempleo) o bien a partir de esa fecha pasa a estar en excedencia (en cuyo caso no tiene derecho a la prestación por desempleo a partir del 1 de Abril)? Gracias por la aclaración.
Entiendo que sigue estando de ERTE a los efectos de seguir cobrando la prestación por desempleo, pero lo mejor hubiera sido indicar que se renuncia a la excedencia.
Muy buenas tardes:
Desde el pasado 25 de diciembre del año pasado me encuentro de baja por un cuadro de estrés. En estos momentos, continuando aún de baja, necesito solicitar una excedencia voluntaria para ayudar en la medida de lo posible en el cuidado de un familiar de primer grado que sufre una enfermedad muy grave.
Mi duda es la siguiente. ¿Debo solicitar el alta para pedir la excedencia o son compatibles ambas situaciones?
Muchas gracias de antemano por su ayuda.
Son compatibles. Lo que no se si vas a solicitar una excedencia voluntaria o excedencia por cuidado de un familiar. Son dos excedencias diferentes.
Buenas tardes. Estoy de excedencia por cuidado de un menor que cumple 3 el 15 de abril. Volví a ser madre el año pasado Tengo que solicitar una nueva excedencia? Leí en algún sitio que se aplicaba automáticamente. Es así?
Gracias
Siempre es mejor solicitar la nueva excedencia para que la empresa tenga conocimiento de ello. No es automático.
Hola, estoy de excedencia por cuidado de un familiar (mi padre),desde Agosto 19. Me quede embarazada y aun sigo de excelencia, voy a dar a luz en junio. Tengo derecho a la baja maternal aunque no me haya reincorporado a la empresa? O debo incorporarme antes del parto y pedir la baja por personal de riesgo por el Covid 19?.
Despues de La baja maternal, (Ya habra pasado mas de 1 año), si La empresa no puede reincorporarme, se considera despido? Tendría derecho a paro?
Muchas gracias
Desconozco si el INSS está poniendo problemas, pero la jurisprudencia sí que considera que se tiene derecho a la prestación de maternidad. Sí, si la empresa no te reincorpora se considera despido, y tendrías derecho a paro en función del tiempo cotizado, ya que durante la excedencia no se cotiza al paro.
Hola. Mi duda es que yo estuve de baja por maternidad después cojo lactancia y después las vacaciones del 2019. Ahora quiero coger una excedencia pero la empresa me dice que coja 15 días de vacaciones de este año(2020) y que después me dice cuanto me corresponde de tiempo de excedencia. Esto está bien¿? Debería de coger los 15 días del 2020¿? O bien coger directamente la excedencia¿?
Gracias.
Si no quieres las vacaciones, la empresa no puede obligarte. Ahora bien, depende la duración de la excedencia, a lo mejor te liquidan las vacaciones en el finiquito, así que sería como disfrutarlas.
Entonces no me afecta ni la lactancia ni las vacaciones de este año¿?
Si, puede afectar a la lactancia en función de lo que diga el convenio. Sobre las vacaciones, sí que afectan ya que no se generan vacaciones durante la excedencia, y sí solicitas excedencia durante dos años por ejemplo, lo normal es que la empresa te las pagara en el finiquito.
Entonces lo mejor sería no coger las vacaciones y coger la excedencia directamente¿?
Hola, estaba disfrutando de lactancia acumulada hasta el 23 de marzo. Con el coronavirus solicite reducción del sueldo 100% para cuidado de 3 menores que están con las clases suspendidas y no puse fecha de fin. Mi empresa ha solicitado el 1 de marzo un erte de fuerza mayor y me dicen en mi empresa que ya no tengo derecho a reincorporarme a la empresa hasta que ellos finalicen el erte, que durara meses. Eso es así?
Si solicitaste una reducción de jornada, entiendo que deben incluirte en el ERTE y solicitar el paro. si no te han incluido puedes solicitar eliminar o reducir la reducción de jornada realizada.
Buenos días. Tengo una hija de 18 meses. La empresa donde trabajo ha hecho un erte por el coronavirus. Me gustaría saber si en caso de no abrir guarderías próximamente y pido excelencia por cuidado de un hijo: ¿con cuánto tiempo debería avisar.?Aun no sé si habrá guardería pero me temo que no durante este curso…No me gustaría anticiparme a los acontecimientos pero también entiendo que la empresa debe gestionarse para cuando vuelva a la actividad. Muchas gracias De antemano.
Con lo que indique el convenio colectivo, y en su defecto, siempre se recomienda mínimo 15 días.
Está mi mujer de excedencia por cuidado de mi hijo menor de 3 años. Puedo pedirla yo también dicha excedencia trabajando en la misma empresa.
Sí, se puede.
Hola, el pasado 25/03 finalizó mi excedencia por cuidado de hijos. Pero desde entonces no aparezco de alta en la empresa. Cuántos días tiene la empresa para volver a tenerme de alta?
¿Has solicitado la reincorporación? Tiene que ser inmediata.
Yo pacté la fecha de alta y baja en la excelencia en el mismo momento. De hecho en lo mi vida laboral la excelencia ya está en estado de baja a fecha 25/03, pero en la empresa no he vuelto a estar de alta
Aun así, lo recomendable es indicar la reincorporación. Habla con la empresa y si no demanda por despido.
Buenas, estoy en excedencia por cuidado del menor, durante la misma, encontré un trabajo en el cual era compatible con el cuidado de mi hija. Con esto del coronavirus me han cortado y al solicitar la prestacion de desempleo me ha dicho que la estar de excedencia no tengo derecho al paro…¿ es real esto? tengo entendido que puedo cobrar paro si durante la excedencia he vuelto a trabajar
No, al ser una excedencia por cuidado de un hijo no se tiene derecho ya que tienes reserva del puesto de trabajo.
Estoy en excedencia por cuidado de hijo se me acaba en septiembre, he estado trabajando en otra empresa y no tengo derecho al paro, pero hay otro tipo de subsidio?
En principio no, puesto que tienes reserva del puesto de trabajo. Digo en principio, ya que puede existir alguna ayuda local o autonómica compatible.
Me puedo incorporar cuando quiera o tengo que terminar la excedencia que es en septiembre??
Al ser una excedencia por cuidado de un hijo, puedes solicitar la reincorporación antes de lo indicado.
Después de la excedencia por cuidado de hijo se puede pedir una excedencia voluntaria?? Y se tendría el derecho de presentación por desempleo si has realizado otro trabajo?
Sí, se puede pedir la excedencia voluntaria. Sobre cobrar empleo, depende de cuando has realizado ese otro trabajo y cuando ha finalizado.
Otra pregunta, cuando me quiera incorporar puedo solicitar cambio de horario?
Sí, se puede solicitar la adaptación de conciliación de la vida laboral y familiar.
hola, he estado en excedencia por cuidado de hijos 22 meses y he solicitado la reincorporación a la empresa el proximo 1 de Abril. la empresa me ha dicho que no tiene puesto para mi y que me lo va a comunicar, y no tendre posibilidad de reincorporarme. por lo tanto entiendo que es como un despido, verdad? por tanto tengo tambien derecho a paro?
Si, se trata de un despido. Tendrás que demandar solicitando la nulidad, y deberías tener derecho a paro.
Hola:
Gracias por la información publicada, es muy útil. Actualmente estoy en excedencia por cuidado de un familiar, voy a solicitar mi incorporación cuando se cumplen 18 meses en esta situación. Entiendo que tengo derecho a la reincorporación, aunque no tenga asegurado exactamente el mismo puesto de trabajo aunque si otro de la misma categoría o grupo profesional.
¿En qué puede afectar exactamente “mismo grupo o categoría profesional? Ubicación del puesto (municipio), salario, etc?
Gracias de nuevo.
No debería afectar al salario ni a otras condiciones, sino a las funciones dentro de tu grupo profesional.
Buenas tardes, tengo una duda,haber si me podrías ayudar, he pedido una excedencia por cuidado de un menor de tres años,en este periodo me he quedado embarazada y me gustaría saber si en este periodo de excedencia puedo tramitar mi baja por riesgo laboral durante el embarazo con la empresa y finalizar con la excedencia, o solo se podría tramitar si me incorporo a trabajar y cuanto tiempo minimo.
Muchas gracias, un saludo.
La mutua sólo la va a tramitar si existe una reincorporación. Se podría entender como fraude, sólo reincorporarte cuando estás ya dentro del periodo de baja por riesgo.
Estoy en excedencia por cuidado de hijo se termina en septiembre, enemde comunicar la reincorporación puedo solicitar directamente excedencia voluntaria? Y estando de excedencia voluntaria se puede cobrar el paro?
Sí, puedes solicitar la excedencia voluntaria, pero tiene que ser aceptada por la empresa. Así que solicitalo antes del preaviso que tendrías que dar para reincorporarte. Por otro lado, estar de excedencia voluntaria, sí que puedes cobrar prestación por desempleo, pero no en el caso que comentas. Es decir, la excedencia voluntaria es compatible con cobrar desempleo. Te recomiendo que leas este artículo en el que lo explico.
Hola, mi mujer a solicitado una excedencia, ella es empleada de hogar, la excedencia la solicitado por el coronavirus, para cuidar a nuestra hija de dos años, me gustaría saber si está de baja en la seguridad social y si es así si es legal por parte de la empleadora
Si, al solicitar una excedencia, se le da de baja en la seguridad social.
Es compatible la baja laboral con excedencia por cuidado de familiar de primer grado cuando empezaría la excedencia si tienes fecha y estas de baja
Buenas, mi pregunta es la siguiente, yo empiezo a trabajar en octubre de 2015, me hacen un contrato de 3 meses + 3 meses y obra y servicio 4 de abril 2016, me quedo embarazada , con lo cual cojo maternidad, lactancia , y excedencia por cuidado de menor de 29 de marzo al 9 de mayo de 2017, en mi vida laboral se ve un corte en el periodo de excedencia, y un alta nuevo con fecha 10 mayo 2017, el otro día hablé con mi empresa para que m pasen a indefinida, y m contestan que hasta el 10 de mayo de 2020 , no sería, y es algo que no entiendo, sabiendo que mi contrato de obra y servicio empezó el 4 abril de 2016 y yo pienso que no se ha suspendido, aunque yo haya cogido un mes y medio de excedencia de por medio, a la espera de tu respuesta, muchas gracias
Entiendo que los contratos de octubre de tres más tres meses fue un contrato eventual u otro contrato de obra, en cuyo caso, la relación se entiende indefinida aunque la empresa no te indique nada. Además habría que ver si el convenio permite ampliar el contrato de obra durante un año.
Gracias por responder, el problema que tengo esencialmente es que m hacen un obra y servicio el 4 de abril de 2016 pero al coger excedencia después de la maternidad , del 27 de marzo a 9 de mayo, no entiendo porque dice la empresa que tengo un contrato último con fecha 10 de mayo , cuando mi contrato hecho de obra y servicio nunca se suspendió, que yo sepa
Esa excedencia computa a los efectos del contrato, ya lo importante es la causa del contrato que no puede durar más de tres años, cuatro si lo permite el convenio.
Hola estoy de excedencia por cuidado de hijos menores pero por lo del coronavirus mi empresa a echo un erte a toda la plantilla y mi pregunta es yo puedo cogerme al erte o cobrar alguna presentación
No tengo duda de que te han de incluir en el ERTE, si este afecta a toda la plantilla. Tengo mis dudas si tendrías derecho a desempleo, y desconozco si existe jurisprudencia al respecto, pero entiendo que sí que deberías tenerlo.
Hola, soy funcionario de la Generalitat de Catalunya. Mi marido tiene 79 años, 73% de discapacidad y grado I de dependencia. Yo he estado 18 meses de baja y ahora el ICAM me ha dado el alta. Ahora cogeré los 2 meses de vacaciones que no hice en 2018 y 2019, pero despues me estoy planteando pedir la excedencia para cuidado de familiar. No obstante nuestra situación economica no es buena. Aparte de la excedencia, puedo acogerme a algún permiso retribuido para cuidarle ? Gracias.
Habría que revisar la normativa aplicable a los funcionarios de la Generalitat, la cual desconozco, para saber que tipo de permisos existen.
Buenas tardes;
Mi consulta es pedí una excedencia por cuidado de hijos menor de tres años la duración es de 9 meses, el día 2 de marzo envié la carta para mi reincorporación el día 1 de abril de este año y me jefe me comento que todo ok perfecto que me enviara la carta con el ok por protocolo, pero la situación de conoravirus puede mi jefe decirme que no me admite mi reincorporación ya que el todavía no me ha enviado la carta el ok pero si me lo dijo por correo electrónico que lo tengo y por whassaps, cual seria mi situación, me puede decir mi jefe que aplace la incorporación de mi puesto de trabajo o puede darme de alta y solicitar después un erte?
Gracias
no te pueden denegar la reincorporación, pero sí que puede incluirte en un ERTE.
Estoy embarazada y tengo un contrato temporal que acaba el 31 de diciembre y mi fecha de parto esperada es en mayo. Me gustaría coger una excedencia por cuidado de hijos desde cuando correspondería mi incorporación en octubre hasta que acabe mi contrato el 31 de diciembre y una vez terminado mi contrato me gustaría poder disponer de la prestación por desempleo. Mi duda es si terminar el contrato temporal en situación de excedencia puede impedir que a continuación pueda acceder a mi prestación por desempleo. Según he leído, pero no tengo certeza de ello, creo que puede ser necesario estar asimilada de alta al menos 1 día (o sea incorporarme al menos 1 día al trabajo antes de terminar el contrato, para poder luego poder acceder a la prestación por desempleo y que si no lo hago así puede que me la denieguen. Muchas gracias por vuestra orientación. Un saludo
Hola,
Actualmente disfruto de una excedencia por cuidado de un menor.
Mi empresa paga trienios, he leído que con este tipo de excedencia no pierdo antigüedad. ¿Tengo derecho a reclamar el trienio o no cuentan el período en el que he disfrutado de dicha excedencia?
Gracias
Un saludo
¿Paga trienios por que así lo establece el convenio colectivo? La excedencia computa a efectos de antigüedad, por lo que en mi opinión, también computa al plus de antigüedad que deberás percibir en el momento que te reincorpores.
Buenos días, mi nombre es Javier R. Mi duda es la siguiente:
Trabajo en el sector aéreo, y dada la emergencia nacional a la que nos enfrentamos todos por el coronavirus, mi empresa va a realizar un ERTE en cuestión de días. Mi situación es que tengo autorizada excedencia por cuidado de hijo menor de tres años para empezar a disfrutarla a partir de mayo. Si el ERTE se produce en marzo o abril, ¿ tendría algún tipo de protección ante dicho ERTE?.
Muchas gracias
No, no se tiene una preferencia por el hecho de haber solicitado una excedencia. Es cierto que puede ser un indicio de discriminación, pero si afecta a todos los trabajadores o a la mayoría de ellos, no te protege.
¡Hola! Estoy de Excedencia por cuidado de hija menor de 3 años. Envié con tiempo la carta para reincorporarme en mayo pero me he dado cuenta de que ahí mi hija tendrá 3 años y 1 mes. Todavía no me han respondido nada.Pero puede la empresa echarme porque me paso de plazo? (Encima están con reducción de plantilla) Envío otra que esté en plazo? Y si no me echan en que condición estoy ese mes? Gracias
Mejor solicita la reincorporación dentro de los tres años, ya que de otro modo sí que puedes perder tu derecho a reincorporación y considerarse abandono del puesto de trabajo.
Enhorabuena por el blog, útil y prácticos los grandes conocimientos sobre el tema.
Estando de excedencia voluntaria (sin reserva de puesto) se puede solicitar una excedencia por cuidado de hijo (con reserva de puesto)? Se puede negar la empresa a reconvertir una excedencia voluntaria en una por cuidado de hijo con el argumento de q está el empleado de excedencia voluntaria y por lo tanto no tiene reserva de puesto de trabajo?
Con respecto a las condiciones de trabajo en el momento de la reincorporación (volunt/cuidado hijo), está la empresa obligada a mantener todos los conceptos salariales (salario base + complemento personal no pensionable) o la empresa puede suprimir el complemento?
En excedencia voluntaria, hay algún plazo para el reingreso preferente, es decir, es más seguro q te reincorpore la empresa si vuelves dentro del primer año o es indiferente cuándo te reincorpores?
Muchas gracias,
La empresa se puede negar a la reconversión, puesto que para ello primero tienes que reincorporarte a la empresa. El derecho de reincorporación preferente hay que solicitarlo en el momento que finaliza la excedencia. Es decir, no depende del trabajador, si solicitas una excedencia, hay que solicitar la reincorporación en ese año con el preaviso que indique el convenio. Es decir, no es el trabajador el que decide cuando solicita la reincorporación, sino que depende de su solicitud inicial.
Buenos días,
Mi consulta hace referencia al requisito de 4 años entre excedencias que indica el Estatuto de Trabajadores.
Hace 11 meses solicité una excedencia por nacimiento de hijo y tras 6 meses en situación de excedencia me reincorporé el pasado mes de octubre. Estoy valorando pedir una Excedencia Voluntaria para trabajar en una bolsa de empleo público y mi duda es si tengo derecho a dicha excedencia por el hecho de haber disfrutado de la del cuidado de un hijo hace unos meses.
La antigüedad en la empresa es muy superior al año.
Gracias y un saludo
Sí, se tiene derecho. Ese periodo de tiempo entre excedencias, sólo es entre excedencias voluntarias.
SOY FUNCIONARIO, MI PADRE TIENE 87 AÑOS, NECESITARIA UNA EXCEDENCIA PARA ATENDERLO , CUANTO TIEMPO PUEDE SER LA EXCEDENCIA, Y SI EN ESE PERIODO DE EXCEDENCIA CONTAR LA COTIZACION PARA LA JUBILACION. TENGO 37 AÑOS DE SERVICIO, Y NO SE SI CONTARA LOS 24 MESES DEL SERVICIO MILITAR TAMBIEN. UN SALUDO
Habría que ver la normativa aplicable a tu puesto de trabajo, pero la excedencia por cuidado de un familiar se entiende cotizada a efectos de jubilación el primer año.
Buenas tardes; soy médico y actualmente estoy disfrutando del permiso de maternidad, debo incorporarme el 15 de marzo. Tengo un contrato eventual que finaliza el 31 de julio. Tengo dos preguntas;
1. Podría solicitar una excedencia por cuidado del menor teniendo un contrato eventual.
2. El permiso de lactancia que me corresponde es íntegro (los días que corresponden hasta los 9 meses del hijo) o al periodo que tengo contrato (31 de julio).
Muchas gracias
Te corresponde el período íntegro, y si puedes pedir la excedencia aunque tengas un contrato eventual, pero el contrato se puede extinguir durante dicha excedencia cuando finalice la causa.
Hola
Tengo una exedencia por el cuidado de un menor por enfermad .La mutua me está pagando el 99 por cien
Ahora la empresa quiere hacer un Erte Mi pregunta es yo estoy incluida en ese Erte
Aunque tengo mis dudas, entiendo que sí, ya que tu relación no se encuentra suspendida, sino que es una reducción de jornada.
Buenos días,
Estoy de excedencia por cuidado de menor de 3 años y voy a casarme durante este periodo de excedencia.
¿Puedo disfrutar de los 15 días de matrimonio una vez que me reincorpore al trabajo? (Serían 3 semanas después de haber contraído matrimonio)
Muchas gracias
Añado: ¿o pierdo el derecho al disfrute de los 15 días al no estar trabajando en la empresa y encontrarme en excedencia?
Salvo que el convenio indique otra cosa, en mi opinión, pierdes el derecho a disfrutar de ese permiso retribuido.
Buenos días actualmente estoy disfrutando de una excedencia por cuidado de un hijo. Me tocaría incorporarme en 2 meses pero estoy embarazada y el ginecólogo me ha dicho que debo hacer reposo. Podría incorporarme y presentar la baja?
Sí, puedes.
Hola, actualmente estoy de baja por maternidad (nacieron el 21 de Octubre) hasta el 24 de Febrero, tengo vacaciones de 2019 y pretendo gastar las de 2020 a parte del permiso de lactancia acumulada (en mi caso 30 días al ser mellizos) y después pedir una esencia de 3 meses, mi pregunta es, ¿cómo debo hacer para que no me reclamen el dinero correspondiente a la lactancia acumulada al pedirme la excedencia? O ¿de qué manera puedo hacerlo para que me quiten el mínimo posible? Mi convenio es el del metal y mi puesto aparece como teleoperadora.
Muchas gracias!
Habría que mirar lo que dice el convenio, y analizarlo más en profundidad.
Buenas:
Debido a la situación que estamos pasando por el covid-19, mi empresa ha implantado un erte pero me estoy planteando en pedir una excedencia por cuidado de menores, mi pregunta es, puedo solicitarlo, estoy en mi derecho, puedo solicitarlo con 24 horas de antelación? Un saludo y gracias
Se puede solicitar, aunque no le veo ventaja alguna, pero ten en cuenta que si es un ERTE de suspensión, cobrarás el paro y si estás de excedencia no. Además casi es mejor solicitar reducción de jornada al 100% que excedencia.
Buenos días,
He disfrutado durante un año una excedencia por cuidado de menor (bebé que tiene ahora año y medio) y me he reincorporado al trabajo hace un mes. Por ciertas circunstancias personales me veo en al necesidad de solicitar otra excedencia por cuidado de menor. Debo trabajar un tiempo mínimo para solicitar una nueva excedencia? o puedo irme cuando lo necesite?
GRACIAS
Siempre que tenga menos de tres años puedes solicitar una excedencia por cuidado de un menor, sin necesidad de trabajar un tiempo entre medias.
Hola buenas tardes,
Tengo una cuestión relacionada con la baja por paternidad y la excedencia por cuidado de un menor. Mi mujer va a solicitar una excedencia de unos meses (8 en concreto), después de su baja de maternidad y lactancia. En mi caso, estuve 4 semanas de baja por paternidad cuando nació nuestra hija (Octubre 2019).
Existe alguna restricción que me impida hacer uso de las restantes 4 semanas del permiso de paternidad durante el tiempo que está mi mujer con la excedencia?
Del mismo modo aplicaría alguna restricción para el caso del permiso de lactancia paterna? (Mi convenio es el de Consultoría)
Muchas gracias de antemano.
Un saludo.
La excedencia de tu mujer no te afecta ni para tu permiso de paternidad ni para tu lactancia.
Hola:
tengo jornada reducida en la empresa, hasta los 12 años, finaliza este 17 de abril, voy a solicitar una excedencia voluntaria para cuidar de mi hijo, tendría que ser cuidado de un familiar porque al tener 12 años entiendo que ya no puede ser por cuidado de un menor. He solicitado trabajar en el mismo horario que lo hago en la jornada reducida que es de 9 a 3, supongo que se negaran porque las ventas no son muy buenas, tengo que indicar que pido una excedencia ya que la empresa no puedo ofrecer quedarme en ese horario y no puedo conciliar con tener un niño de 12 años? gracias de antemano. un cordial saludo
No es necesario justificar la razón por la que se solicita una excedencia. Tampoco pierdes nada si quieres dejar constancia de ello.
Hola muy buenas tardes, estoy disfrutando de una excedencia por cuidado de menor y en teoría me incorporo el día 17 de febrero a mi antiguo puesto de trabajo pero hoy me han ofrecido otro empleo que en horarios y sueldo me interesa más. Ya había mandado carta de reincorporación a mi antigua empresa y me había mandado mis horarios. Cómo debo proceder ahora si finalmente me contratan en la otra empresa?
Tendrás que notificar la baja voluntaria con el preaviso que indique el convenio colectivo.
Hola buenas tardes. Quisiera plantear una duda que tengo en relación a una solicitud de excedencia por cuidado de un hijo menor.
Dando por hecho que el plazo máximo que establece el convenio colectivo aplicable (por ser familia numerosa de carácter general) es de 15 meses, esta persona solicitó por escrito a la empresa el disfrute de su excedencia por un plazo de 12 meses y haciendo constar en el mismo la “posible prorrogación” del plazo hasta los 15 meses.
Esa “posible prorrogación” del plazo hasta los 15 meses, ¿ tendría que notificarla la trabajadora a la empresa si tuviera intención de ejercer su derecho dentro de la excedencia por cuidado de un menor y así ampliar su plazo 3 meses mas?.
Es caso de ser así, hay algún plazo marcado al respecto para esa comunicación?. Muchas gracias.
Si en la comunicación inicial se estableció una duración es doce meses (con una posible prórroga), y ahora quiere disfrutar más, sí se deberá presentar un nuevo escrito con el plazo de preaviso que establece el convenio.
Hola, tengo una pregunta:
Si al finalizar el mes de excedencia que necesito la empresa no me reincorpora, ¿podría solicitar el paro ?
Gracias !
No. Si tienes una excedencia por cuidado de un hijo la empresa tiene que reincorporarte obligatoriamente, y si no lo hace, tendrás que demandar por despido. Eso sí, el trabajador tiene que solicitarlo en tiempo y forma según lo indicado en el convenio colectivo, en caso contrario, podrá ser considerado baja voluntaria y no tener derecho a desempleo.
Buenos dias. Estoy en una situacion se excedencia a consecuencia del nacimiento de un hijo el año pasado. Usted sabe si podria pedir en la declaracion de la renta de este año la ayuda de 1200 euros por Madre trabajando o la parte proporcional de dicha ayuda? Yo me cogi la excedencia justo cuando finalizo mi baja maternal.
Si no pudiera. Existe algun otro tipo de ayuda que pudiera solicitar?
Gracias de antemano por su tiempo. Muy amable
Es una cuestión que debe preguntárselo a un fiscalista ya que tengo mis dudas.
Buenos días, hace dos años solicite una excedencia por cuidado de familiar de dos años, sin embargo a los 9 meses solicité la reincorporación. Es posible volver a solicitar la excedencia? En caso afirmativo la duración máxima sería de 15 meses? La empresa puede denegar la excedencia?
Gracias 😊
En mi opinión, sí que tendrías derecho a la excedencia de 15 meses si es por el mismo hecho causante.
Hola buenas, estoy de excedencia por cuidado de mi bebé de 6 meses podría trabajar en otro del mismo gremio a menos horas?? Y en este caso tendría que avisar de algo a mi empresa?? Luego su este es temporal y no e cotizado lo suficiente para el paro podría solicitar ayuda familiar?? O por estar de excedencia en otra empresa no podría??? Un saludo y gracias
no tendrías derecho a subsidio ni paro al tener una excedencia por cuidado de un hijo. Por otro lado, sobre trabajar en otra empresa lo explico en este artículo
Hola y muchas gracias con antelación.
Estoy de excedencia por cuidado de mi hija menor de 3 años. Me toca incorporarme a finales de abril de este año, pero a principios de ese mismo mes nacerá mi segundo hijo. No me incorporo ni un solo día y me da igual no cobrar la baja de maternidad. Pero sí quiero coger otros 3 años de excedencia por el cuidado de mi segundo hijo. Es posible? O directamente tendré que pedir dos años más de excedencia voluntaria?
Es posible. De todos modos, solicita la prestación de maternidad, en mi opinión, tienes derecho a ella.
Buenos días. Estoy trabajando en tres empresas distintas. Se puede solicitar excedencia por cuidado de un familiar, conforme al estatuto de los trabajadores, a la vez en las tres empresas?
Muchas gracias
Y otra cuestión añadida: Se puede solicitar para que en las tres empresas dure 7 días la excedencia por cuidado de un familiar?
No existe duración mínima.
Si trabajas en 2 empresas y solicitas en solo 1 excedencia por cuidado se familiar. T la pueden denegar por no solicitarla en la otra?
Gracias
No deberían. El fin de la excedencia es el cuidado de un familiar, y puede que para ese cuidado sólo sea necesario la excedencia en una empresa y no en las dos.
Sí, se puede solicitar.
Hola, quería hacer una pregunta respecto a la excedencia por cuidado de persona mayor , el criterio de edad: Existe una edad mínima. Es decir con 89 años de mi padre, se podría pedir?
No, no existe edad mínima ni máxima.
En ese caso, puedo solicitar en los escritos que voy a formular: un periodo de 7 días de excedencia por cuidado familiar en 2 de las empresas, y una de 8 meses en la tercera empresa?? Del 2 de febrero al 8 de febrero de 2020 en las dos primeras, y otra del 2 de febrero al 30 de agosto de 2020? No voy a necesitar más tiempo y es la fórmula que más me coniene. Y mi madre cumple los requisitos para solicitarla.Me puede poner algún problema alguna de las empresas o la seguridad social? Muchas gracias.
No deberían de ponerte problemas si cumples los requisitos para ello.
Hola. Cuando finalizo mi baja por maternidad solicite una excedencia de 6 meses para cuidar a mi bebe. Se acerca la fecha para reincorporarme y quiero pedir unos meses mas. Cuando solicite la prorroga me tienen q contestar? Hay algun modelo de prorroga q pueda descargarme? Anteriormente ya estuve de excedencia 4 meses con mi otro bebe pero entiendo q con el nacimiento del nuevo se ha renovado y puedo disfrutar de un año con reserva de puesto, no?
Si, por otro hijo tienes derecho a una nueva excedencia. Salvo que el convenio tenga algún modelo, vale cualquiera. Y sí, mejor tener la confirmación de la empresa.
Hola!
Estoy disfrutando de la excedencia por cuidado de mi hija. En el momento que cumpla 3 años, ¿podría prorrogarla como excedencia voluntaria o cogerla poco después de reincorporarme?
Gracias, un saludo
Podrías solicitar una excedencia voluntaria, pero dicha excedencia no tiene reserva del puesto de trabajo.
Que implicaría ello? Que tendrían que ubicarte en otro puesto? O podrían comunicarte que no hay puesto para ti?
Con una excedencia voluntaria no se tiene garantizada la vuelta al trabajo como explico en este artículo. No se cual es la necesidad que tienes, pero si es una necesidad temporal, puedes solicitar algunas de las medidas laborales relacionadas con el coronavirus.
Buenas noches.
Excelente blog.
Mi consulta es breve.
¿La situación de discapacidad del 33% de mi hijo de 8 años es razón suficiente para solicitar una excedencia por cuidado de familiar?
¿Cuál podría ser su duración máxima, aun sin reserva de puesto concreto de trabajo?
Muchas gracias?
Podría ser causa, pero la exigencia es que necesite cuidado directo, de todos modos la empresa puede concederlo con sólo ese extremo. Si no lo concede, dependerá del juez. En este caso, sería de dos años, salvo que el convenio diga otra cosa.
Por el contrario, se podría solicitar una excedencia voluntaria sin reserva del puesto de trabajo, sin que sea necesario acreditar ninguna causa, y cuyo plazo máximo serían cinco años, salvo que el convenio indique otra cosa.
Hola, es valida la petición de reincorporación habiendo pedido la excedencia por 6 meses por cuidado de hijos y pasado ya un año de la finalización de estos 6 meses sin haber pedido prórroga de la misma. Gracias
Habría que ver la comunicación entre empresa y trabajador, pero en principio, se entiende que no solicitada la reincorporación ni prórroga, se considera baja voluntaria.
Gracias
Buenos días, pedí excedencia por cuidado de hijo menor de un año que vencío le mes pasado, he visto mi vida laboral y sigo figurando que estoy de excedencia, pensé que se me daría de baja, de esa situación, automaticamente si no regresaba a la empresa. Debería avisar a la S.S., esto afectaría a una posible prestación por desempleo (lo digo porque estoy trabajando por contrato temporal de inicio fin y si me despiden mas adelante podria cobrar el paro).
Gracias y espero me puedan orientar.
Sí, es mejor que lo avises.
Hola buenos días,
Estoy de excedencia por cuidado de hijo menor de 3 años. Tengo que volver al trabajo en enero y estoy embarazada de 5 meses. Cuando vuelva no tardarán en darme la baja ya que mi otro embarazo fue complicado. Si trabajo un par de días y después me dan la baja, cobraría la prestación completa por incapacidad temporal? Mi antigüedad en la empresa es de 11 años y estuve de baja todo el primer embarazo (no sé si esto afecta)
Gracias!
Cobrarías la baja según tu base. No deberías tener problemas por el hecho de estar de excedencia.
Hola. Tengo a mi madre con grado de dependencia y quiero pedir excedencia por su cuidado. Pero tengo un trabajo a jornada completa de lunes a viernes y otro fin de, semana a tiempo parcial. Me hace falta en el trabajo de lunes a viernes y mantener el del fin de semana. Sería posible?
Te refiers a que tienes dos empleos, si, puedes solicitar la excedencia de uno y seguir en el otro.
Hola. Estoy de excedencia por cuidado de mi hija de 2 años. Mis compañeros me han contado que en 2 meses cierra la empresa. Cual es mi situacion? Tengo derecho a indemnización? Llevo 12 años en la empresa y la excedencia la tengo pedida hasta septiembre de 2020 cuando mi hija cumpla 3 años. Gracias
Si, en caso de extinción de la relación laboral tienes derecho a indemnización.
Hola buenas tardes,
Voy a pedir una excedencia por cuidado de un menos (mi hijo) menos de 3 años. La duración de esta será de casi dos meses. ¿Mi duda es, hay un mínimo de tiempo?? Ya que en mi convenio pone lo siguiente:
Article 26ExcedènciesEn aquesta matèria s’estarà al que disposi la normativa vigent, en especial a l’establert a la Llei orgànica3/2007 de 22 de març, per a la igualtat efectiva de dones i homes, que modifica els apartats 2 i 3 de l’article46 de l’Estatut dels treballadors.Als treballadors/ores que tinguin una antiguitat en el centre de més de cinc anys se’ls concedirà, si hosol·liciten, una excedència voluntària especial per a un període d’entre tres mesos i un any, amb reserva dellloc de treball i, per això, amb reingrés automàtic a la seva finalització, sempre que no afecti al 5% delstreballadors/ores de cada categoria, i sense efectes retroactius.En cas d’excedència per maternitat, es tindrà dret a la reserva del lloc de treball durant el primer any i seràcomputable, a efectes d’antiguitat, durant tot el període d’excedència.
Muchas gracias!!
En la excedencia por maternidad no, el convenio que indicas parece que recoge una excedencia especial diferente a la del estatuto.
Buenos dias! Tengo pensado pedir una excedencia para cuidar a mi bebe menor de 3 años, mi duda es con la condición de que hasta el año tengo derecho a mantener mi puesto de trabajo. Esto se refiere hasta que mi bebe tenga un año o hasta que cumpla un año completo de excedencia? Tengo previsto cogerme excedencia de unos 6 meses hasta que mi bebe tenga un año y reincorporarme al trabajo pero volver a solicitarla en verano de otro mes aproximadamente y Por esto no se si habría problema para que me guarden mi puesto actual o
No?
Hasta un año de excedencia, independientemente de cuanto lo cumpla.
Buenas tardes, quisiera solicitar una excelencia por cuidado de un familiar ( hijos de 11,7 y 5 años) para que me guarden el puesto, debo de cogerla de 1 año. En el estatuto de los trabajadores pone que al ser familia numerosa puedo coger hasta 15 meses y me guardarían el puesto, es correcto? Pero en el convenio de mi empresa no dice nada sobre familia numerosa, solo que me lo guardan 1 año. Me podría acoger al estatuto en el caso de cogerme 15 meses? Muchas gracias de antemano.
El convenio no puede empeorar los derechos recogidos en el estatuto.
Buenas Alberto, llevo de excedencia por cuidado de hijo desde mayo 2018 y la tengo concedida hadta junio de 2021 el convenio interno de mi empresa lo aumenta hasta 4 años,he cambiado de lugar de residencia a otra comunidad autonoma, cambiadoha salido una vacante en la empresa para esa zona y he pedido la reincorporación para esa vacante que es de mi mismo grupo profesional y me la han denegado, tendria derecho a ese puesto? Al denegarmela se consideraria como despido? Cual serian mis derechos con respecto a pedir un puesto vacante en otra zona que no es la que trabajaba anteriormente? Muchas gracias de antemano.
Habría que ver cual y cómo ha sido la negativa de la empresa, pero en principio, no sería un despido, ya que el trabajador no tiene derecho a solicitar otro puesto en otra comunidad autónoma, salvo que el convenio recoja ese derecho.
Buenas tardes, Alejandro.
Mis dudas sobre la excedencia para el cuidado de un hijo menor de 3 años y baja por maternidad, es la siguiente.
Estando de excedencia por cuidado de un menor de 3 años, si estando en el 2º año de excedencia, la madre quedase embarazada de nuevo,
¿ podría solicitar la baja por maternidad si tener que incorporarse a la empresa?
¿podría comenzar una nueva excedencia por el cuidado del otro hijo y comenzar el cómputo otra vez?
¿cómo se debería comunicar todo a la empresa?
En ese casos, salvo que haya cambiado de criterio el INSS, se suele denegar la prestación por maternidad. Sin embargo, hasta ahora, la mayoría de las sentencias reconocen el derecho a la prestación, por lo que tendrías que demandar. De todas maneras, es una cuestión particular que requiere de un estudio algo mayor de la jurisprudencia antes de tomar una decisión. Si se reincorpora a la empresa, no habría problemas.
Necesito pedir una excedencia de dos meses por cuidado de un hijo menor de 12 años. Mi duda es: si al llegar la fecha en la que finaliza el periodo de excedencia, estoy enferma o cualquier circustancia que me impida incorporarme, la empresa puede darme de alta en la SS y yo presentar posteriormente una baja? o no podría incorporarme hasta que estuviera en condiciones de empezar a trabajar?
Gracias
La excedencia por cuidado de un menor es hasta que éste tenga 3 años, en su caso tendrías que solicitar la excedencia por cuidado de un familiar, y en dicho caso, puede que te la denieguen. Por otro lado, en mi opinión, puedes reincorporarte y luego pedir solicitar la baja por incapacidad temporal.
He solicitado una excedencia por cuidado de un menor y me han comunicado por mail que ya puedo pasar a firmar mi liquidación, entiendo que será por las vaciones y las pagas.
¿Es correcto tener esa liquidación?
¿Cómo debe aparecer dicho escrito de liquidación?
Un saludo y gracias.
No se por cuanto tiempo lo has solicitado, pero si es por más de un año, si, es normal finiquitar con los conceptos que comentas.
Buenos días,
de la empresa me pasan el siguiente texto de carta de finiquitos para que firme el finiquito por excedencia de cuidado de un menor:
“Declara que ha recibido la presente liquidación de finiquitos y que queda así indemnizado y liquidado por todos los conceptos que pudieran derivarse de la relación laboral que unía a las partes, que da por extinguida, manifestando expresamente que nada más tiene que reclamar”
Tenía entendido que la relación laboral no quedaba extinguida y que se cobraba una liquidación y no un finiquito, es esto correcto? debo de firmar?
Muchas gracias
No, no extingue, suspende la relación laboral. No firmes eso, e indica que te saquen esa frase.
Buenas tardes. En éste momento estoy de baja por maternidad y entre eso, vacaciones y lactancia, debería incorporarme de nuevo el 23 de diciembre. He solicitado una excedencia desde el día 23 de diciembre hasta el 3 de enero de 2020 y me dicen que no me pueden dar de alta el día 4 porque no trabajamos los fines de semana. Les digo que entonces la pido hasta el día 5 y me dicen que tampoco me pueden dar de alta de nuevo el día 6 porque es festivo, que tiene que ser hasta el 7. Eso es así? Gracias
Aunque es discutible, entiendo que no te pueden dar de alta en los días de descanso semanal, ya que no has generado esos días, pero no comparto la opinión de que no te puedan dar de alta en festivo.
Buenas tardes, actualmente me encuentro de baja por maternidad. Hace dos meses que solicité a la empresa lactancia, vacaciones y reducción de jornada. No he recibido respuesta. Es legal? Que debo hacer cuando tenga q reincorporarme si no me han contestado? Gracias y un saludo.
No se de que manera lo has solicitado, pero en ese caso, quizás sea una buena idea mandar un burofax, y en caso de que no te contesten, puedes presentar una denuncia en inspección.
Buenas tardes.
He leido esta publicacion y me ha generado una duda. HE estado de excedencia por cuidado de mi hijo menor de 1 año, 18 dias (durante el mes de agosto). Me llego un mensaje de la seguridad social en el que la empresa me habia dado de baja… por lo que entiendo que no he cotizado en ese periodo… es asi como lo hace la seguridad social en estos casos? como me informo de esto?
La empresa te debe dar de baja, ya que no debe cotizar por ti. Puedes acudir a la Seguridad social para revisar la causa de la suspensión de la relación laboral.
Hola. Voy a ser mamá en menos de un mes y después de mi baja me gustaría coger una excedencia muy cortita, de 15 o un mes máximo. ¿Sería posible? Cuál es el mínimo de días que debo coger de excedencia? Gracias de antemano!
No existe días mínimas de excedencia por cuidado de un menor de tres años.
Hola, soy fijo discontinuo en una empresa, el próximo Agosto seremos Papás de nuevo, actualmente nuestro primer hijo tiene un año y 8 meses quería saber si me pido una excedencia por cuidado de un menor al incorporarme en Mayo que pasaría con mi permiso de paternidad en Agosto ya que estaría de excedencia por cuidado de un menor. Cobraría? En base a que nóminas teniendo en cuenta que soy fijo discontinuo de Mayo a Octubre.
Muchas gracias por la info. Soy un post genial.
En principio, existe alguna sentencia que considera el derecho a cobro de la maternidad en caso de excedencia, entiendo que también se tendría derecho a la paternidad, pero desconozco si el INSS la está concediendo. Habría que revisar la jurisprudencia al respecto.
Hola,
Llevo 8 años en mi empresa, actualmente reduccion de jornada 28h por conciliación familiar en turno de mañanas.
Estoy valorando pedir la excedencia por cuidado d uno de mis hijos de dos años (abril 2021 hará los 3 años)
Puedo pedir la excedencia intercalada? Por ejemplo de mayo a septiembre y de diciembre a febrero? Si es así lo comunico en un mismo escrito?
Sea intercalado o continuado, si es por menos d un año mi tiempo de excedencia. Ellos estan obligados a reincorporarme sin demora, mi dia “anunciado” de vuelta no? Con las mismas condiciones en las que dejé mi puesto. Horario de mañanas y mismas horas de contrato, no?
Si no lo hiciesen, cuanto tiempo tiene que pasar para yo demandarles?
Muchas gracias de antemano!!
Si, se peude pedir de manera intercalada, en caso de que no respetaran tu derecho de mantener las condiciones de trabajo a la vuelta, tendrías un plazo de 20 días hábiles para demandar desde que te modifican las condiciones o desde que te notifican el cambio puesto que se consideraría una modificación sustancial.
Hola podrían borrar este post, he puesto mi nombre completo por equivocación, muchas gracias y perdón por las molestias
Eliminado el nombre, no te preocupes.
Buenos días, hace 3 días que pedí mi baja laboral voluntaria, he leído el artículo y en realidad tenía que haber pedido una excedencia, ya que en realidad es por cuidado de mi hija de 1 año porque actualmente trabajo a 5 turnos y esto me impide poder cuidar de ella como debe ser, podría cambiar mi baja voluntaria por una excedencia? Podría trabajar en otro trabajo en el que el horario sea de mañanas, el cual si que me permite pasar más tiempo con ella y cubrir así las necesidades que tiene un niño de 1 año?Cuanto tiempo tienen para contestarme?
Gracias de antemano.
Si todavía no ha sido efectiva la baja voluntaria, presenta un escrito a la empresa renunciando a la baja voluntaria y solicitando una excedencia. Sobre trabajar con excedencia te recomiendo que leas este artículo.
Buenas tardes. Estoy en excedencia por cuidado de menor de 3 años. Tengo otro hijo que accede a primaria el curso que viene y la baremación para éste acceso en colegio público está previsto que cambie en breve( existe un borrador que aun no se ha publicado oficialmemte). Nuestro colegio nos ha informado que por padres trabajadores obtendríamos 2 puntos. Mi pregunta es si en mi situación se me consideraria como trabajadora o no tendria derecho a obtener ésta puntuación. Muchas gracias.
Es una cuestión que depende de cómo lo consideren en las bases, pero en mi opinión, no creo que den los puntos. Desde un punto de vista laboral, eres una trabajadora con la relación laboral suspendida.
Muchas gracias por su ayuda. Recurriremos en el caso de que sea asi porque no nos parece justo. Yo tengo mi trabajo y si llegamos a saberlo me hubiera reincorporado en agosto y no en enero, que es cuando me reincorporo.
buenas, quiero preguntar, si voy haser baja voluntaria en trabajo, si puedo pedir paro? gracias
No.
Hola! Estoy de excedència por cuidado de hijo menor de 3 años. Tendría que reincorporarme a final de noviembre, pero necesitaré pedir un prórroga. En lugar de prorrogar ¿podría reincorporarme e ir a trabajar (los días de noviembre, el mes de diciembre y los primeros días de enero) y luego volver a pedir la excedència?
Y en el caso de que los meses de excedencia no serían seguidos ¿como se calculará hasta cuando tendré derecho al mismo puesto de trabajo (ex: julio 2019/julio 2020 o la suma de los meses en excedència hasta que llegue al año) ?
Puedes reincorporarte, y solicitar la excedencia hasta que el menor cumpla tres años. Durante el primer año de excedencia tienes derecho a la reserva del mismo puesto.
Buenas tardes, me tengo que incorporar el 27 de noviembre después de una exedencia de un año por cuidado de mi hija. Resulta que estoy embarazada de nuevo.. y cuando me tenga que incorporar ya estaré de las semanas que me tendrían que dar la baja por riesgo laboral. Si llevo un año sin trabajar me lo van a dar o tengo que trabajar aunque sea 1 día?
Te lo deberían dar igual, aunque seguramente tengas que reincorporarte, ya que si la relación está suspendida no se tiene derecho a la baja por riesgo.
Tras una excedencia por cuidados de hijos de 3 años, puedo solicitar un permiso sin sueldo de 3 meses para no tener que incorporarme?
No, salvo que el convenio recoja ese derecho o se acuerde con la empresa.
Hola! Me encanta el blog.
Estoy disfrutando de excedencia voluntaria por cuarto año consecutivo, y la cuestión es que estoy embarazada y me gustaría disfrutar del bebé sin perder mi trabajo. ¿Por cuánto tiempo mínimo tendría que incorporarme al trabajo para poder pedir luego la excedencia por cuidado de hijos? Gracias
Al ser una excedencia diferente, no es necesario trabajar un mínimo de tiempo.
Hola, me llamo Manuela me pregunta es. Pierdo la antigüedad de 7 años en la empresa cogiendo 6 meses de excedencia por cuidar a madre?puedo cobrar el paro?
No se pierde la antigüedad, ni se puede cobrar el paro.
Hola. Me encuentro de excedencia por cuidado de mi hija menor de 3 años, y el dia 1 de octubre me reincorporo. El puesto que venia desempeñando no se correponde con mi categoria, sin embargo me han pagado el complemento del puesto desempeñado. Ahora me comentan que no tengo mi puesto anterior, sino que tendria que volver a un puesto inferior (la que tengo en contrato)… Me lo plantean como pregunta por telefono. No sé si me niego a aceptar este puesto me podrian despedir o estan obligado a reservar un puesto con las mismas funciones que vengo desempeñando durante 4 años. O si deberia volver con lo que ofrecen y despues me podrian despedir. Muchas gracias de antemano por tu tiempo y dedicación. Un saludo.
Deberían ofrecerte un puesto dentro de tu grupo profesional, el que venías realizado, y no el que figura en el contrato o nómina si no es correcto.
Hola, actualmente llevo 2 meses de excedencia por cuidados de mi bebé. Me ha surgido una oportunidad laboral muy interesante que me permite la incorporación en jornada reducida y teletrabajo. Me gustaría saber si tengo que notificar a mi empresa actual mi incorporación a este nuevo empleo o si puedo trabajar y ver como va hasta agotar mi excedencia sin dar ningun tipo de aviso. Otra pregunta es, si pudiera pactar un despido con mi empresa podrían hacerlo mientras estoy de excedencia y si estoy trabajando en otra empresa?
Muchas gracias de antemano.
En primer lugar habría que mirar si el trabajo es compatible y si se puede considerar competencia desleal o tienes algún tipo de pacto. En esta entrada explico algo más sobre el tema. En segundo lugar, salvo pacto en contrario no es necesario avisar. Si se puede pactar una extinción de la relación laboral en cualquier momento, pactar un despido que es una forma de extinción de la relación laboral depende a efectos de que. Se puede considerar un fraude si lo haces para solicitar el desempleo.
Buenos días,
Estoy de excedencia por cuidado de menor, mi hijo acaba de cumplir 13 meses. He disfrutado ocho meses y medio de excedencia y el proximo 1 de octubre tengo que reincorporarme. Estoy pensando en ampliarla dos meses más, entiendo que sigue la reserva de mi puesto de trabajo si amplio la excedencia, verdad? Y otra duda, en el caso de llegar a un acuerdo de despido, tendría derecho a cobrar la prestacion por desempleo (llevo 15 años en la empresa, contrato indefinido)?
Si, tienes la reserva del puesto. Alcanzar un acuerdo con la empresa para cobrar el paro es un fraude a la seguridad social.
Buenas, ¿Estando de excedencia por cuidado de menor puedo realizar las prácticas no remuneradas de un máster?
Gracias de antemano
Si son prácticas curriculares en mi opinión sí, ya que no es una relación laboral, desconozco si existe jurisprudencia al respecto.
Hola! En este momento estoy d excedencia por cuidado de una persona dependiende estado 15meses en la empresa llevo desde el 2009 y de2011al 2013 estuvo d excedencia por cuidado d un hijo menor de 3 años. Mi pregunta es si me quedaría sin trabajo ya que están habiendo despidos en mi empresa, que sutuación tendría
a la hora de cobrar el desempleao gracias un saludo
Los periodos de excedencia no computan para el paro.
Hola tengo un hijo de 3 años y medio pedí una excedencia por cuidado de familiar que me fue denegada y ahora lo tengo en el juzgado, mi situación ya que yo trabajo en Galicia y mi mujer en Palma de Mallorca y mí hijo reside con la madre y para poder llevar una conciliacion familiar mientras a mí mujer no le den traslado a Galicia ya que llevamos 3 años intentado pues es Policia Nacional y de momento no le dan dicho traslado , así que pedí la excedencia por cuidado de un familiar ya que al tener de 3 años y medio y ser segun yo entiendo por edad una persona dependiente y ser en primer grado de consanguinidad estoy en derecho a que se me conceda , así lo entiendo, mí pregunta es como lo ven desde un punto Jurídico Legal ???
Existe jurisprudencia que no considera que existe el derecho a solicitar la excedencia, en un caso similar, aunque existen empresas que ya lo empiezan a conceder. Dependerá del juez de turno.
Pero tambien hay jurisprudencias a favor del trabajador y varias , no obstante dice el articulo de ley de excedencia ” por causa de edad, enfermedad o accidente ” no dice edad mayor o menor , que pasa que un niño de 4 años ya es independiente…!!! no necesita los cuidados de los padres !!! no tienen derecho a una unificación familiar y no cargar todo el peso y cuidado sobre un progenitor !!!
De o a 3 años si tienen una excedencia y despues,,, desamparados totalmente !!!
Tras agotar mi excedencia por cuidado de mi hijo de 3 años, ¿podría solicitar una excedencia voluntaria de entre 4 y 5 años?
Gracias.
Sí, puedes. Pero esa no tiene reserva del puesto de trabajo.
cabe posibilidad de que la empresa te amplíe esa excelencia de tres años?una prórroga?
Se podría llegar a intentar, antes de una excedencia voluntaria, excedencia por cuidado de un familiar. Sí, sería posible un acuerdo entre las partes para prorrogar esa excedencia, pero no afectaría a la seguridad social ni a las cotizaciones, no es posible exigir una prórroga, pero si negociar, aunque dudo que la empresa esté dispuesto a ello.
Hola, mi consulta es… si al pedir una excedencia por cuidado de un menor, durante el primer año se mantiene el derecho a la tributación de madre trabajadora o automáticamente de pierde.
Supongo que te refieres a la ayuda que puedes recibir por parte del estado o comunidad autónoma, y desconozco que ayuda me comentas. De todas maneras, es una cuestión que es mejor preguntar a un fiscalista.
Buenas tardes y gracias de antemano.
Quería preguntar si en caso de excedencia por cuidado de familiar directo dependiente, te puedes reincorporar al trabajo y volver a pedir otro periodo sin necesidad de que haya un mínimo de tiempo entre ambos. Es decir, ¿dentro del mismo año natural, debe haber transcurrido un mínimo de tiempo entre un periodo de excedencia y otro por mismo familiar dependiente? Siempre que no se supere en suma el máximo de 2 años, se puede dividir en distintos periodos separados como surja la necesidad y sin mínimo de tiempo trabajado entre ellos…Gracias por la respuesta.
Sí, se puede dividir.
Buenas tardes Alejandro,
Quiero solicitar excedencia para cuidar a mi madre. Mi trabajo está en Málaga y me trasladaría a Asturias donde viven mis padres. Querría saber:
– Si puedo trabajar en Asturias aunque el puesto sea similar al de mi puesto actual.
– Si podría hacerme autónoma para trabajar desde casa y atender a mi madre y seguir teniendo derecho a la excedencia.
– Si hay algún tipo de ayuda económica que pueda solicitar para tener ingresos mientras estoy excedente.
Muchas gracias.
En principio no existen ayudas que conozca, pueden a lo mejor existe alguna ayuda autonómica. Sobre trabajar con una excedencia, he escrito sobre ella en esta entrada. La legislación no lo especifica, sino que ha sido la jurisprudencia la que lo ha permitido cuando se acredite que permite una mejor conciliación, y siempre que no tengas ningun pacto de no concurrencia con la empresa.
Buenas tardes! Estoy de excedencia por cuidado de hijo menor, mi reincorporación la tengo que hacer en junio de 2020, la cosa es que estoy embarazada y cuando lo tenga que hacer ya no podría trabajar, ya que dan baja por riesgo de embarazo. Mi pregunta es: ¿Puedo decir que vuelvo y quedar de baja sin necesidad de ir a trabajar? Gracias y saludos.
Dependerá de la mutua, pero en teoría no habría problema por gestionar todo estando de excedencia. Otra cosa es como actúe la mutua.
¿Y en teoría se pueden negar, no? Pero aún así, estando de excedencia por maternidad tengo derecho a cobrar la maternidad, ¿verdad?
Gracias y saludos.
Tengo mis dudas, existe jurisprudencia que ha considerado que sí.
Me podrías asesorar por privado, dándome antes un presupuesto sobre esto. Si es así dejame un correo dónde poder comunicarnos.
Gracias y saludos.
abogado @ alejandroaradas.es
Hola: se puede solicitar una excedencia familiar
estando de baja? Soy funcionario
En el ámbito privado sí, entiendo que en el ámbito funcionaral también.
Buenas tardes, voy a ser mamá , me encuentro sola y no tengo ayuda, con lo que necesito solicitar una excedencia para cuidar De mi pequeño al menos el primer año, mi pregunta es; en qué momento debo solicitarla, es decir puedo agotar las 16 semanas de maternidad y acumular las horas de lactancia y pedir la excedencia después? O pierdo las horas de lactancia? Soy higienista y trabajo a 40 horas, (comunidad valenciana),muchas gracias de antemano.
En la práctica, no se podría disfrutar de la lactancia acumulada si luego vas a coger la excedencia, ya que estás acumulando un periodo al que no tienes derecho a acumular, “ya que estás en excedencia”.
Buenas tardes / Buenos día, solicitare una excedencia por cuidado de un familiar y querría asegurarme o preguntar si una vez solicitado por ejemplo una excedencia de 7 meses, es posible prorrogar la excedencia de 1 mes por primera vez y luego una vez mas prorrogar por 1 mes por ejemplo o es solamente posible solicitar unicamente una sola prorroga y no varias. Gracias y un saludo.
Si es por un hijo o familiar, se puede prorrogar mientras se mantenga la causa y siempre que no se supere el tiempo máximo de la excedencia.
O sea, si la excedencia es por un familiar o hijo, sí se puede prorrogar varias veces la excedencia y no solamente una vez, ¿correcto?
Correcto.
Mil gracias, una gran ayuda. Estaba buscando esa información en el ET y en el convenio de oficina y despacho pero no encuentro ésa información. Gracias de nuevo, un saludo.
Hola actualmente me encuentro en periodo de excedencia por el cuidado de un hijo me han ofrecido un trabajo durante 15 días con un horario compatible al cuidado del bebé mi pregunta es si puedo aceptar ese trabajo aún estando de excedencia y si al finalizar podría solicitar la prestación por desempleo. Gracias
No podrías pedir la prestación por desempleo, y sobre la posibilidad de trabajar lo he explicado en esta entrada.
Hola pedí exactamente hace 2 años y medio una excelencia puedo pedir otra excelencia por cuidado de mi hija q tiene 3 años o llegar a un acuerdo con mi empresa para q me puedan dar otra excelencia de año y medio oq podría hacer muchas gracias
Puedes pedir una excedencia por cuidado de un familiar, algunas empresas la están concediendo.
Hola, pedí la excedencia en 2016 y en octubre del 2018 mandé a la empresa una carta renunciando a la excedencia y solicitando ser dada de baja en la empresa ya que no iba a reincorporarme. Ahora he movido papeles para solicitar el paro y me dicen que en ningun momento la empresa me ha dado de baja. Lo reclamo y me han dado de baja con fecha 2016, no 2018 que es cuando yo lo solicité. Estos años me perjudican a nivel de jubilación verdad? Muchas gracias
No, no te perjudica, ya que no has cotizado nada por el periodo de 2016 a 2018 con esa empresa.
Hola,
Tengo un hijo con cinco meses. Quisiera saber si las excelencias por cuidado de mi hijo pueden ser, por ejemplo, solo dos meses (julio y agosto) ya que al no haber guardería en ese periodo me vendría genial. Y si podría hacerlo así todos los años hasta que cumpla los tres
Sí, se puede hacer como indicas.
Buenas,
Queria pedir una excedencia de 1 año por mi abuelo, tiene 85 años y no puede valerse por sí mismo.
¿Que condiciones debe cumplir este tipo de excedencia? se puede pedir la excedencia por razones de edad, accidente, enfermedad o discapacidad no pueda valerse por sí mismo, y no desempeñe actividad retribuida.
En mi caso mi abuelo vive en Rumanía, ¿como lo puedo demostrar?¿que documentación necesitaria?
Gracias y un saludo
Sobre los requisitos (y forma de acreditarlos) que se piden están explicados en esta entrada. En tu caso, al ser un caso peculiar, habría que ver que documentación se puede obtener para acreditarlo.
Buenos días, la excedencia por un hijo menor es sólo hasta los 3 años? si tengo un hijo de 8 años y quisiera pedir 3 ó 6 meses puedo? o tendría que ser una voluntaria?, al pedir dichos meses y en caso de concederlas, ¿Cuánto tiempo después debe pasar para solicitar otra?.
Muchas Gracias.
Puedes intentar solicitar la excedencia por cuidado de un familiar, ya que por la de un hijo no se puede si tiene más de tres años. Si la empresa no te la concede, tendrá que ser voluntaria, pero en ese caso, no tienes reserva del puesto de trabajo, es decir, podrías perder la posibilidad de seguir trabajando sin tener derecho a paro. Entre excedencias voluntarias tiene que pasar cuatro años, entre excedencias por cuidado de un familiar o hijo no hace falta que transcurra nada.
hola, he solicitado excedencia por cuidar a mi madre , me salio oportunidad para trabajar en otro sitio, puedo aceptarlo o me causaria problemas, gracias.
Depende de cómo sea el trabajo. En esta entrada sobre compatibilidad de excedencia y trabajo lo explico un poco más, pero podría ser motivo de despido disciplinario.
Hola. Me llamo Laura y cogí excedencia con mi hija hasta que casi tubo tres años, me reincorpore embarazada, trabaje 15 días y ahora llevo 2 años y medio por cuidado de hijo. Me he reincorporado y quieren echarme. Es legal? . A mi me compensa aceptar el despido. Mi pregunta es si tengo derecho a paro.
Gracias.
Habría que ver el tiempo que has cotizado en los últimos seis años, por que si has estado todo el tiempo de excedencia, y no tienes cotizados al menos 360 días puede que no tengas derecho a la prestación por desempleo. Despedirte, pueden si existe causa para ello, sino será despido nulo.
Buenos días,
Estoy de excedencia por cuidado de hijos desde el 1 de diviembre de 2018 por mi segunda hija.Anteriormente estuve con mi primera hija. El tema es que al solicitar plaza en la guardería pública (comunidad autónoma País Vasco) no nos han contabilizado el punto ppr trabajo de mi pareja, padre de mis hijas.He llamado a Educación y me dicen que el INSS les ha pasado los datos de la gente que estamos de excedencia y que todos están dados de alta en la SS menos yo que estoy de baja. Y que eso se cuenta como “sin datos” tanto para mi como para mi pareja. Me he apurado y asustado al decirme que soy la única en esa situación.Independientemente del tema escolar, que este no es el foro, quería saber si es posible estar de excedencia y de alta en la SS? Quién decide (supongo que la empresa) esa cuestión? Como trabajadora puedo hacer algo para que me den de alta? Cuál es la diferencia en las condiciones y prestaciones entre esas personas que están dadas de alta estando de excedencia y yo que estoy dada de baja? Es legal? Pprque entiendo que a esas personas la empresa les paga la SS y a mi no, a pesar de que luego para ciertas prestaciones el INSS asimile este tiempo como cotizado.Lo que me extraña es que yo trabajo en una Admón Pública, y parte de esa gente en la empresa privada. Y normalmente la privada suele tender a cumplir más los mínimos qje las AAPP.
Muchas gracias!!!
No, no se cotiza ni se está de alta en una excedencia. Es la Seguridad Social la que, en determinados efectos, los considera cotizados, pero la empresa no abona nada.
Buenas Alejandro,
Yo solicite una excendencia por cuidado de menos de 3 años(art 46.3), Estoy solicitando la reincorporacion y mi empresa me indica que el pliego de condiciones que tenian firmado con el cliente en el que estaba asignado a cambiado(sigue existiendo todo lo que yo gestionaba), ellos me indican que las funciones que yo realizaba ya no exiten o se han modificado. Por lo cual no me quieren devolver mi antiguo puesto.¿esto es legal?
un saludo
Habría que ver que puesto te ofrecen ahora, para saber cual es la modificación que pretenden realizar.
Buenos dias, Me comentan que me van a buscar otro trabajo, pero dependen si tienen un puesto similiar.
¿ya has solicitado la reincorporación? Aunque no tenga trabajo para ti, tienen que pagarte esos días desde que solicitas la reincorporación.
Buenas Alejandro,
he solicitado la reincorporacion y me comentan lo anterior dicho. Que actualmente mi puesto ya no existe(aunque mantienen el cliente y mis antiguos compañeros siguen trabajando en el mismo departamento) Y que van a mover mi CV.
un saludo y muchas gracias
Desde que solicitas la reincorporación tienen que pagarte el salario, y si no tiene trabajo efectivo tendrán que despedirte, pero no te puede denegarte que te den el alta.
Buenos días:
Me encuentro en situación de excedencia por cuidado de mis hijos mellizos de 1 año. Al solicitar acceso a la Escuela Infantil pública de la zona, no nos adjudican la puntuación de ambos padres trabajadores por estar yo en dicha excedencia, que prolongaría hasta inicio del curso en la a escuela. Me indican que si la excedencia acaba antes de octubre, admiten mi reclamación. En la normativa reguladora no se especifica nada de esto. ¿No soy considerada trabajadora por Ley aún de excedencia? ¿Es legal que, si indico una fecha de fin de excedencia, entonces sí me baremen como trabajadora activa, a pesar de no estar especificado? Muchísimas gracias
El contrato se encuentra en suspensión con reserva del puesto de trabajo, en una situación de asimilada al alta. En este asunto, la consideración o no de trabajador a efectos de la administración no es una cuestión laboral, y en mi opinión, lo considero adecuado y correcto el comportamiento de la administración.
Buenos días, quiero pedir una excedencia por el cuidado de mi madre con Alzheimer. la pregunta es , si durante el período de excedencia , la empresa cerrara, o diera suspensión de pagos, En que condición quedaría? Tendría los mismos derechos que el resto de trabajadores? Porque por ejemplo en las voluntarias, que es otro caso, perdería todos los derechos a una indemnización. La segunda pregunta , es que una vez comunicada la solicitud a la empresa, si esta no me contestara afirmativa o negativamente, yo puedo directamente tomarme la excedencia? O necesito una contestación por parte de la empresa? Muchas gracias y un saludo
En ese tipo de excedencias tienes reserva del puesto de trabajo, a diferencia de la excedencia voluntaria, por lo que tendrían que tenerte en cuenta a la hora del ERE o despido o medida que se tome. No puedes coger de manera unilateral la excedencia, tiene que haber respuesta por parte de la empresa.
Muchas gracias. y en el caso de que hubiera “Silencio Administrativo”. Que la empresa no respondiera a mi solicitud, ni aprobándola ni negándola, que tendría que hacer? Acudira instancias judiciales? Muchas gracias
Sí, demandar.
Quiere decir, que si la empresa cerrara tendría el mismo derecho que el resto de trabajadores, por ejemplo a acudir a FOGASA si ese fuera el caso? Y cobrar paro , etc Gracias
Sí, tienes el mismo derecho.
Buenos días y muchas gracias de antemano.
Tengo dos dudas: cuando se solicita la excedencia, se pide acuse de recibo. Entiendo que la empresa tiene que dar una respuesta oficial por escrito? Y tendré que firmar algo?
Y la otra cosa, durante la excedencia no cotizo pero se entiende cotizado a los efectos de jubilación, bien. Qué pasa con la atención médica? Necesito un seguro privado o tendré el mismo derecho a atención sanitaria como si fuera trabajando?
Un saludo, Ana
El procedimiento en cuanto a si es necesario acuse de recibo o respuesta por escrito no viene detallado por la legislación, aunque sí es lo más adecuado. Tienes asegurada la prestación médica.
Buenos días. Mi hijo ha fallecido de muerte súbita. Actualmente me encuentro de baja por motivos psicológicos, pero igual pronto me dan el alta. Quiero pedir una excedencia voluntaria porque no me veo capaz de trabajar aunque me den el alta; serían las mismas condiciones respecto a atención médico, cotización a los efectos de jubilación? Y me imagino que es más fácil denegar la baja ya que no se trata por motivos de cuidar a un familiar? Es una situación tremendamente dura para mi. Atentamente, Ana
Lamento la situación. Durante la excedencia voluntaria no se cotiza a la jubilación. No se a que te refieres con denegar la baja.
Hola. He pedido una excedencia de 4 meses durante los últimos 3 años haciendo un total de 12 meses de excedencia.
Podría solicitar otra excedencia para cuidar a la misma persona conservando el puesto de entrada al término de dicha excedencia? O cuando podría solicitar otro periodo de excedencia y conservar el puesto de entrada al término de dicha excedencia ?
Si es por el mismo sujeto causante, al haber superado el año, la reserva del puesto es dentro del mismo grupo profesional.
Hola. Pedí una excedencia de dos años por cuidado de hijo en mi trabajo que es ayuda a domicilio. Esta excedencia me cumple a último de julio y tengo dudas si podría solicitar otra, ya que tengo otro hijo con discapacidad y me sería difícil volver a trabajar en unos meses, pero tampoco quisiera perder el puesto de trabajo. ¿Podría pedir otra excedencia?
Puedes pedir otra excedencia por tu otro hijo si cumples los requisitos. Es decir, no es necesario reincorporarte.
Buenos días,
He solicitado excedencia de dos meses para cuidar a mi hijo menor de 3 años y la empresa me ha finiquitado y dado de baja en TGSS porque he recibido una notificación de dicho organismo de ese movimiento. Es correcto estas gestiones por parte de la empresa?
Muchas gracias
Se suspende la relación laboral y no existe cotización, si es normal.
Hola buenas tardes,
Soy funcionaria, Me podría decir si estando en días de permiso sin sueldo y al salir una oferta laboral en el sector privado, podría pedir una excedencia para trabajar en el sector privado aunque no haya agotado los días de permiso sin sueldo?
¿Qué tipo de excedencia tendría que pedir?
Muchas gracias y un saludo.
Habría que revisar la legislación correspondiente al funcionario, el Estatuto básico del empleado público y legislación asociada al puesto de trabajo para saber cual es la excedencia adecuada. Podría ser la de excedencia por interés particular, además habría que ver si existe incompatibilidad.
Buenos días, estoy en excedencia por cuidado de mi hija que ahora tiene 8 meses. Todavía no tengo claro si con este tipo de excedencia estoy cotizando a la seguridad social, que creo que no, pero me sirve para jubilación, no?
Figuro como desempleada u ocupada a la hora de realizar cursos de formación? Nadie sabe explicármelo.
Gracias
La relación está suspendida con reserva del puesto de trabajo, no estás desempleada. La empresa no cotiza por ti, pero si que se tiene derecho a que la seguridad social tenga en cuenta este periodo cotizado a determinados efectos, como puede ser para la jubilación.
Muchísimas gracias, al fin me queda claro. Gracias también por la rapidez
Hola,
Si una persona solicita excedencia por cuidado de su hijo menor de 8 meses y la empresa le indica que solo le concederá por 1 año sin prórroga, es correcto?.
No, se tiene derecho a solicitar la excedencia por el tiempo que quiera hasta que cumpla los tres años el menor.
Hola!!
Me encuentro en excedencia por guarda y custodia de un menor de 1 año. Para que me reserven el.puesto de trabajo me tengo que incorporar cuando cumpla el año el menor o antes de cumplir el año de excedencia, que fue después del permiso de maternidad??
La reserva del puesto se mantiene, es cierto que durante el primer año es el mismo puesto, y a partir de ahí es un puesto dentro del grupo profesional.
Muchas gracias,
Atentamente un saludo.
Disculpe, de nuevo,
Cuándo es efectiva la excedencia para el cuidado de familiares, ¿en la fecha de inicio de excedencia que debemos poner en la solicitud, o la fecha en que se nos comunique la resolución de que se nos concede?.
Cuánto tiempo suele tardar la resolución?.
Es obligatorio poner en la solicitud la fecha del fin de la excedencia?.
Al se funcionaria, ¿puedo indicar en la solicitud el fin de la excedencia a los 2 años y en cualquier momento puedo pedir mi reincorporacion? Puedo en cualquier momento de la excedencia solicitar pasar a otro tipo de excedencia para trabajar en el sector privado, y si es así que tipo de excedencia debería solicitar para trabajar en el sector privado?
Muchas gracias y un saludo.
Las dudas que aquí resuelvo son en relación con el Estatuto de los Trabajadores, y no respecto al EBEP. Al ser funcionaria habría que revisar la legislación correspondiente que no sólo puede ser el EBEP, sino también legislación autonómica o local. Pero, la fecha de la excedencia es la que pide el trabajador, no la de la resolución. El tiempo de contestación depende de la administración. Y sí, lo normal es que te pidan el tiempo que vas a estar, pudiendo volver antes o cambiar la excedencia.
Buenas tardes Alejandro.
Estoy disfrutando de una excedencia por cuidado de menor que se me acaba en mayo de este año. No voy a incorporarme a la empresa. ¿Tengo que comunicarles la no reincorporación?
Gracias.
Lo mejor es que lo hagas. Será una baja voluntaria, y no tendrás derecho a desempleo.
Hola
Si acabo de incorporarme a un trabajo nuevo y me entero al poco que estoy embarazada, tengo derecho a pedir excedencia por cuidado de hijos cuando llegue el momento?
Gracias
Si. No se requiere ningún tiempo mínimo en la empresa.
Hola, gracias por el post! Estoy disfrutando de una excedencia por cuidado de hijos “enlazada” de otra anterior. Me explico:
Solicité una excedencia por cuidado de hijos de un año de mi primera hija en Mayo 2016 y durante éste, me quedé nuevamente embarazada. En el INSS se me informó que para COBRAR la nueva maternidad no podía estar de excedecia (la segunda hija nació en Abril 2017 y en teoria acababa la excedencia en Mayo 2017, soy fija discontinua y trabajo 6 meses de Mayo a Ocubre), así que me dijeron de no renovar la excedencia, sino solicitar baja por maternidad en mi empresa en Mayo en vez de la prórroga de la excedencia, lo cual, supuso cobrar un mes menos de maternidad, ya que mi maternidad empezó en Abril que fue cuando nació mi hija y la excedencia acababó en Mayo. Después de la maternidad, solicité de nuevo la excedencia por cuidado de hijos, pero de la segunda hija, es decir, podía volver a acogerme a los 3 años de excedencia por cuidado de hijos. Hice como se me propuso y solicité excedencia del segundo hijo al acabar la maternidad hasta Mayo 2018 y antes de acabar ésta, solicité un año más(hasta Mayo de 2019), en el cual, he quedado nuevamente embarazada y salgo de cuentas 18 de Mayo 2019. Mi consulta es, como la excedencia por cuidado de hijos es hasta el 1 de Mayo 2019, antes de que acabe, debería hacer como la última vez??presentar la baja por maternidad para poder solicitar la prestación por maternidad? Cobraría nuevamente el 100% de la base reguladora de antes a las excedencias? En teoria sigo cotizando para este tipo de presraciones,no?
La empresa donde trabajo, suele hacer llamamiento en Abril, pero dada mi situación, creo que ellos están esperando que les mande una prórroga de un año más de excedencia por cuidado de hijos (no saben que estoy otra vez embarazada). No sé si esperar a que me llamen o proceder tal cual me dijo en Inss la otra vez.Gracias por su tiempo. Un saludo.
Durante el periodo de excedencia, se entiende cotizado a efectos de maternidad. Puedes incluso solicitar que acabe antes de la excedencia, si estás en tiempo de suspensión del contrato. DE todas maneras, confirmalo en el INSS.
Tengo una antigüedad en mi empresa de 10 años, una reducción de jornada por guarda legal desde 2014, en mayo de 2018 me pido excedencia por cuidado de hijo menor de 3 años y me incorporo en enero de 2019. La empresa nos obliga a trasladarnos a otra comunidad autónoma o rescisión del contrato con 20 días por año trabajado. A la hora de calcular la indemnización sobre que salario se realiza? Con el sueldo bruto antes de la reducción de jornada, o por haber cogido excedencia se calcula de otra forma?
Con el salario que te corresponde a jornada completa en el momento que solicitas la extinción.
Hola, tengo una duda respecto a la incorporación por excedencia por cuidado de un menor.
1- Hay que avisar con 15 días mínimo antes de la incorporación, a pesar de haber especificado fecha de incorporación en la solicitud?
2- Deben contestar a ese aviso de la incorporación?
3- Si no contestan debo incorporarme?
4- Antes de la excedencia tenía reducción de jornada por cuidado de un menor de 12 años, eso se mantiene igual verdad? A igual que el horario no? Como en su momento se solicitó y especificó no?
5- Pueden cambiarme el horario?
Gracias y un saludo.
Si, es necesario preavisar con lo que diga el convenio, y en su defecto, se recomienda 15 días. Si no te contestan te reincoporas igual. Se tiene que mantener el horario, puedes indicarlo en el escrito de solicitud que te reincorporas en tu horario que tenías anteriormente de X. Pueden cambiarte el horario a través de una modificación sustancial de las condiciones de trabajo si tienen causa para ello.
Pero entiendo que el horario no pueden modificármelo, puesto que tengo jornada reducida por cuidado de un menor que en su momento acepto la empresa, entiendo que eso prevalece sobre cualquier cuestión no?, y si realizan modificación de horario estarían incumpliendo lo que se firmó en su día no? Sé que han contratado a una chica en mi lugar.
Gracias y un saludo.
Si existen causa para ello y siguen el procedimiento establecido si que podrán hacerlo. Evidentemente, no vale cualquier justificación, pero que una persona tenga una reducción de jornada no convierte el horario acordado en inamovible.
Vamos que me pueden poner de tarde cuando yo pedí reducción de jornada porque no tengo a quien dejar el peque, entonces no entiendo el valor de la conciliación y la reducción, creo que eso son modificaciones sustanciales del derecho del trabajador a conciliar y a la reducción, si es así qué he de hacer?,
No es que sea sencillo acreditar unas causas por parte de la empresa para realizar ese cambio, pero como posibilidad existe. Si así fuera, podrás impugnar el cambio ante los tribunales, y en caso de que considere el cambio como procedente, solicitar la extinción de la relación laboral.
Hola buenas,tengo un hijo de diez años y los meses de julio y agosto cojo excelencia por cuidado, hasta que edad del niño puedo seguir pidiendo excelencia para su cuidado?
Muchas gracias
No se establece edad para el cuidado de niño, si la empresa te lo concede no hay problemas, pero no es una cuestión pacífica si se tiene derecho a ella.
Muy interesante tu web. Muchas gracias!
Necesito saber si puedo solicitar una excedencia por guarda legal (hijo menor de 3 años) cuando aún no llevo 1 año cotizando en la empresa.
He visto que la excendencias voluntarias es necesario tener una antigüedad de un año, pero en el caso de excedencia por maternidad no he vista nada que lo confirme… Saludos,
No, no es necesaria ninguna antigüedad previa, con lo que puedes solicitarla.
Hola Alejandro, muchas gracias por tu ayuda. Debo incorporarme en unos dias a la empresa despues de un año de excedencia por cuidado de un hijo menor de 3 años. Con la empresa ningun problema, pero cuando me den toda la documentación de reincorporación para firmar, en qué debo fijarme para asegurarme que está todo bien y no firme sin saberlo un contrato nuevo perdiendo la antiguedad y/o algunos derechos vinculados a la excedencia? Además entraré directamente con reducción de jornada. Muchas gracias.
Es una pregunta muy amplia, y en principio es raro que la empresa pueda hacer alguna jugada para perjudicar tus derechos en este caso, si ves algo raro no lo firmes, pero de todas formas, nunca vas a poder perder la antigüedad aunque firmes lo contrario.
Buenas,
Gracias lo primero un artículo muy bueno. Mi caso es algo peculiar. Entendí que eran 15 días de preaviso para pedir la reinciorporación. Ahora resulta que el convenio dice 3 meses… por lo que no lo he cumplido. Me quedan 21 días para finalizar mi excedencia.
¿Supone esto que he renunciado por completo a mi reinciorporación? en mi carta ya daba una fecha de reincorporación no entiendo porque tenía que volver a decirlo con 3 meses.
´Habría que ver que es lo que dice el convenio, y la duración de tu excedencia, por que se puede entender que has preavisado con más tiempo en el momento que solicitaste la excedencia si ya indicaste el regreso.
Hola.
He solicitado una excedencia por cuidado de hijo para 6 meses. La empresa para cobrar el finiquito me pasa un documento para su firma en el que, entre otras cuestiones, indica:
“Como saldo y finiquito de la relación laboral mantenida con (la empresa), desde el día xxxxxxxxxx de 2018 hasta el día 24 de Febrero de 2019 en que causó baja por Excedencia, resulta la cantidad de xxxxxxxxxxxxxxx:
TOTAL A ABONAR…………………………………..xxxxxxxx Euros.
Con el pago de esta cantidad por parte de (la empresa) quedará completamente saldada y finiquitada a mi entera satisfacción la relación mantenida con la empresa, por cualesquiera conceptos (ya sean de índole salarial o extrasalarial) y renuncio a cualquier reclamación posterior.”
¿Estoy obligada a su firma?
Muchas gracias. Un saludo.
No, y aunque lo firmaras, esa cláusula en mi opinión es nula.
Hola, Estoy a punto de pedir tres meses de excedencia por cuidar a mi hijo menor de 3 años. Durante este tiempo, el puede seguir yendo a la guardería (pública)?
si.
Hola buenas tardes Alejandro,
En el caso de la Excedencia por cuidado de familiares, la normativa dice que se reservará el destino/puesto de trabajo durante 12 meses; mi pregunta es, si se solicita esta excedencia por 12 meses y nos reincorporamos a nuestro puesto de trabajo una vez terminada esta, ¿ En ese momento, podríamos volver a solicitar nuevamente esta excedencia y volveríamos a disponer nuevamente de 12 meses de reserva de nuestro puesto de trabajo?
Muchas Gracias.
Si se continua la excedencia anterior (es decir por el mismo hecho causante), no.
Buenas tardes,
Quisiera saber si una empleada al finalizar su excedencia por cuidado de un menor (una vez que cumpla 3 años el hijo) ¿puede solicitar continuadamente una excedencia voluntaria de 5 meses?.
Gracias y un saludo.
Sí, puede. Pero con la excedencia voluntaria no tiene reserva del puesto de trabajo.
Buenas tardes, una trabajadora con excedencia por cuidado de un familiar (con discapacidad de más del 60%, agota los 24 meses a mediados de marzo. Quiere continuar con la excedencia, pero al agotar los 24 meses , cómo tenfría que hacerlo? ¿Solicitando una excedencia voluntaria? En tales casos, que procedimiento hay que seguir?
Gracias
Habría que mirar si el convenio establece alguna medida de conciliación o, en caso contrario, solicitar una excedencia voluntaria teniendo en cuenta que no existe reserva del puesto de trabajo.
Tras una excedencia por guarda legal de 8 meses, al reincorporame en la empresa me dijeron que mi puesto se había disuelto y que solo me podían ofrecer otro proyecto completamente diferente. No me quedó otra opción que aceptar por necesidades económicas. Tras un mes y medio en el puesto no me dan trabajo y me tienen “calentando silla” sin nada que hacer por lo que los días se me hacen eternos…¿Qué medidas puedo tomar? Gracias de antemano.
Demandar exigiendo que te de dan trabajo efectivo, o incluso solicitar la extinción en virtud del artículo 50 del Estatuto de los Trrabajadores tal y como explico en esta entrada.
Buenas tardes, mi duda es:
Estoy de excedencia maternal que me termina a principios del año que viene, que mi hijo cumple 3 años, y me ha salido un trabajo de 2 horas por la mañana desde casa, 8 horas a la semana.
Podría aceptarlo sin tener consecuencias con mi trabajo donde pedi la excedencia?
Un saludo y gracias.
La legislación no dice nada al respecto, y la jurisprudencia ha considerado correcto, siempre que se acredite que el nuevo trabajo es compatible con el propósito con el que se solicitó la excedencia, esto es el cuidado del menor.
Hola,estoy de excedencia por cuidado de hijo (ahora tiene un año) y pedí un año porque me dijeron que era el máximo de éste tipo de excedencia,por lo que leo no sería así. Al solicitarla puse fecha de reincorporación, aunque me comentaron que 15 días antes debía comunicarlo. Mi pregunta es,si quisiera alargarla más tendría derecho? Si es así, imagino que debería realizar otra solicitud o con no comunicar reincorporación sería suficiente? Muchas gracias!
Por cuidado de un menor, se puede solicitar excedencia hasta que éste cumpla tres años. Si pediste originariamente por X tiempo, ahora tendrás que solicitarla de nuevo ampliando la ya solicitada. Si no comunicas nada, y finaliza el tiempo que habías pedido y no te reincorporas se puede considerar como abandono del puesto de trabajo.
Buenas tardes, quería hacer una consulta.
Hace año y medio disfrute de una excedencia voluntaria de cuatro meses, me reincorporé en marzo de 2018.
Las preguntas son:
– Puedo optar a una excedencia por cuidado de un familiar que tiene incapacidad absoluta y trabajar en otra profesión que me permite compaginar el trabajo y su cuidado? – Directamente no puedo trabajar en otra empresa?
– Debe pasar un determinado tiempo entre la anterior excedencia voluntaria y esta que es por cuidado de un mayor?
– Con este tipo de excedencia se me guarda el puesto de trabajo en el mismo centro y en la misma condiciones laborales actuales?
– Que tipo de documentación pueden solicitarme?
Un saludo y gracias por vuestro trabajo!
no tiene que pasar ningún tiempo entre esa excedecia y la de cuidado de un familiar. Sobre trabajar en otra empresa, en principio si, siempre que el nuevo trabajo sea más compatible con el objeto de la excedencia como explico en esta entrada. Durante el primer año, se te guarda el mismo puesto, luego se te guarda un puesto dentro del mismo grupo profesional, sobre requisitos que te pueden pedir, te recomiendo que te leas este artículo.
Hola
Interrumpí mi prestación por desempleo al entrar a trabajar en la empresa que estoy actualmente. Me quedaron creo que 11 meses por cobrar, esto fue hace 14 años. Mi pregunta es: si pido una excedencia por cuidado de mi madre que es muy mayor, ¿tengo derecho a reengancharme a esa prestación que no terminé de cobrar?
No, no se tiene derecho al paro al solicitar una excedencia. De todos modos ese paro que comentas ya no se cuenta para nada, ahora tendrás derecho al paro que has generado en esta empresa, en caso de despido.
Gracias.
Hola. Desde noviembre de 2018 estoy de excedencia por hijo menor de 3 años, en enero encontré un trabajo que dura hasta septiembre (9 meses), en noviembre de 2019 debería reincorporame al trabajo de la excedencia o en todo caso pedir una prórroga. Quiero saber si por estos 9 meses trabajados tengo derecho a prestación por desempleo y si es así podría prorrogar la excedencia para seguir cobrando el paro (si me lo conceden).
Otro es que me incorpore al trabajo de la excedencia (solicite mi incorporación antes de que termina la excedencia) y trabajar unos meses y luego renunciar. Si es posible como minimo cuanto debería trabajar, un mes?
y una última duda es, si no presento la carta de incorporación a la empresa, tendría algún tipo de problema, ya sea con la misma o con la seguridad social o con el cobro del paro?
Muchas gracias por su atención y espero me pueda orientar.
En ninguno de los tres casos tendrías derecho a desempleo. En el primer caso, tienes que reincorporarte. En el segundo, al ser baja voluntaria, da igual el tiempo que lleves que al ser baja voluntaria, no tendrás derecho a desempleo. En la segunda, si no te reincorporas se entiende como abandono del puesto de trabajo, y por lo tanto, no tienes derecho a desempleo.
Hola .mi empresa fue vendida y la nueva empresa nos respeta los benecifios y salario q cobrabamos porque ellos pgan menos . He pedido excedencia para poder cuidar de mi bebe . Mi pregunta es ¿cnd me incorpore seguire cobrando lo mismo de siempre?
Sí, deben respetarte ese derecho a pesar de la excedencia.
Muchas gracias
Hola, tengo una duda, se podría solicitar a la empresa una excedencia por guarda legal de hijo menor de tres años para poder disfrutarla durante el año en que los cumple? Mi hijo cumple los tres sños en marzo del 2019 pero me gustaría disfrutar la excedencia 15 días en agosto que es cuando la necesito, sería posible? Muchas gracias
No, este tipo de excedencia. Habría que ver el convenio, o intentar solicitarla por cuidado de un familiar.
Buenas tardes. Esa es mi pregunta. Tengo tres hijos pero los tres mayores de tres años. Me gustaría pedirme una excedencia en septiembre de dos semanas. Podría?
En principio no tendrías derecho a la excedencia por cuidado de un hijo, pero puedes solicitarla por un familiar, aunque muchas veces se deniegan.
Hola Alejandro, Actualmente soy personal laboral temporal en la Junta de Extremadura, en horario reducido de 9 a 14, que solicité para cuidar mejor a mis hijos, cerca de mi casa. Tengo dos niños, uno de ellos de 1 año y otro de 4 años. He obtenido plaza en la Administración General del Estado como personal laboral fijo y el destino adjudicado esta a 600kms de mi casa y de mis hijos.
Estoy pensando en solicitar una excedencia en la Administración del Estado para el cuidado de mis hijos, que sería concedida por el que tiene 1 año, y hasta que cumpla 3 años.
Entiendo que puedo solicitar la excedencia por cuidado de hijos.
Tengo muy claro que esta excedencia es para conciliar mejor nuestra vida personal y familiar con la laboral. Lo más importante son mis hijos y teniendo en cuenta que mi destino está a 600kms de mis hijo, está claro que no es compatible con el cuidado de ellos. Por supuesto, la finalidad de la excedencia es la de facilitar el poder atender lo mejor posible a mis hijos.
Partiendo de ahí, dicha excedencia requiere una declaración de que no desempeño actividad que menoscabe o impida el cuidado del menor.
Y en este sentido, entiendo que se considera que nada impide que durante esta excedencia el trabajador/a pueda realizar otra actividad retribuida que permita esa compatibilidad. La prohibición de trabajar durante la excedencia por cuidado de hijos significaría, por un lado, privar al trabajador de obtener ingresos para cubrir las necesidades del hijo, y por otro lado, se estaría favoreciendo a los trabajadores con más recursos económicos por encima de los que tienen menos, discriminación ésta que vulneraría la igualdad de oportunidades
Existen motivos razonables y lógicos para entender que las circunstancias y condiciones en que se desarrolla el trabajo en la Junta de Extremadura, especialmente el horario reducido, de 9 a 14 horas y la cercanía a mi ciudad, compatible con el de la guardería que atiende al hijo menor, me permite conciliar la vida laboral con la familiar de mejor manera que un trabajo que está a 600kms de mis hijos.
¿Es posible solicitar la excedencia por cuidado de hijos en la Administración del Estado para poder atenderle mejor?
¿Puedo mantener mí puesto de trabajo en la Junta de Extremadura mientras dure la excedencia con el fin de poder atender mejor a mi hijo?
¿La excedencia se puede pedir el primer día que firmes el contrato, aunque no haya transcurrido el mes de prueba?
Gracias!
Efectivamente, como comentas la jurisprudencia ha entendido justificado solicitiar la excedencia para trabajar en otro sitio siempre que ese segundo sitio permita compatibilizar el cuidado familiar. Te lo explico en esta entrada. Por otro lado, en cuanto al procedimiento habría que revisar la legislación o convenio relativo al puesto que indicas.
Gracias Alejandro. Me gustaría que tratases mi caso en profundidad, conociendo todos los detalles, convenio, etc, aunque ello tenga un coste, con el fin de caminar con seguridad y respaldo en los pasos que dé.
Coméntame si es posible y si has llevado algún caso similar. Gracias!
Envíame un correo a abogado@alejandroaradas.es , y si no es mucha molestia, explica el caso y que plaza has obtenido.
Cuando es tiempo mínimo de excedencia podría ser un mes? Mi convenio es de comercio diverso
Es que no puedo seguir el hilo del otro correo
Gracias!
No hay tiempo mínimo.
Hola, tengo un niño de 8 meses. Estoy pensando en cogerme excedencia 3 meses este año. ¿Podría volver a coger excedencia antes de que mi hijo cumpla 3 años? Por ejemplo otros 4 meses dentro de un año ¿O solo es posible cogerla una vez independientemente del tiempo que dure?
Si, puedes cogerla varias veces como indicas hasta que el menor cumpla los tres años.
Muchísimas gracias!
Hola
Voy a ser mamá en junio y ya tengo uno de 5 años
Quisiera saber que es lo mínimo de excedencia que podría pedir, y si perdería la antigüedad ya que llevo 13 años….
Al incorporarme en otro año podría añadir a la baja más vacaciones del año 2020?
La excedencia por cuidado de un hijo, salvo que el convenio indique más tiempo, es de hasta que el menor cumpla tres años, y se conserva la antigüedad. Durante la excedencia no generas vacaciones, pero sí que podrás solicitar luego las de ese año. Cuestión diferente es que la empresa quiera dártelas en dicho momento.
Podrían ser un mes? Mi convenio es comercio diverso.
Me refería si no me pido excedencia puedo alargar la baja, ( baja por maternidad,el mes de lactancia más mis vacaciones ) y pedir 15 días de vacaciones del 2020..? Ya me me incorporo en ese año… gracias
Un saludo
Sí, puede ser de un mes. Las vacaciones del 2020 sólo la puedes pedir en el año 202, pero la empresa tiene que aceptarlas, y puede negarte si hay razones para ello.
Hola!
Ayer mismo me comunicaron que mi convenio(comercio diverso) a cambiado y me dan la baja a la semana 30 haciendo 40 horas semanales.
Es correcto?
Mi pareja me podría ceder su baja después de dar a a luz? Muchas gracias de nuevo!
La baja no depende del convenio, sino de las funciones que realizas. Es decir, diferentes trabajadoras pueden tener diferentes fechas bajo el mismo convenio. No, el permiso de paternidad no se puede ceder a la madre.
¿Estando de excedencia por cuidado de un menor, la empresa para la que se trabaja puede contratar a otra persona en tu puesto?
Gracias y un saludo.
Sí, mediante un contrato de interinidad.
Hola,
En la solicitud por excedencia de cuidado de un menor de tres años hay que especificar fecha de contestación para la empresa o si no te contestan antes del día en que inicias la excedencia lo entiendes como aceptada o denegada?
Aunque la empresa no te la pueda denegar, no la cogería sin que la empresa aceptase la excedencia. No hace falta poner plazo para que la empresa conteste.
Y si en la solicitud concretas que si no responden en el plazo especificado se considerará como aceptada la petición
No la consideraría aceptada.
Y si no contestan cómo actuar? Puesto que es un derecho adquirido de todo trabajador/a y más cuando se trata por cuidado de un menor de tres años y pones en el documento esa observación no?
Efectivamente, no te la pueden denegar, demandaría y reclamaría daños y perjuicios. Es raro que la empresa no conteste.
Hola,
llevo más de 10 años en mi empresa, pero siempre me dan contratos temporales (el último era de 5 años y termina ahora en diciembre). Al final de los contratos me hacen firmar el finiquito y me dan otro contrato nuevo, enero de 2019 en este caso. Mi hija nacerá en febrero de 2019 y quiero solicitar excedencia por cuidarla, mis preguntas:
– he perdido antiguedad por la situación de mis contratos/ me pueden rechazar la solicitud porque técnicamente, llevaré menos de dos meses con el contrato en el momento de nacimiento?
– en el momento de solicitar la excedencia, tengo que indicar una fecha obligatoria/vinculante para mi reincorporación (en un principio pediría un año, pero igual quiero acortar/prorrogar la excedencia)?
Otra duda que se me ocurre, no debería haber firmado el finiquito (NO me han pagado nada por hacerlo).
Muchas gracias de antemano. Saludos, Ana
No se pierde la antigüedad si los contratos son seguidos, aunque sean temporales. Tienes derecho a la excedencia, y puedes solicitar una fecha, aunque puedes acortarla o alargarla dentro de los límites de la excedencia sin problema.
Hola, he solicitado una excedencia por cuidad de mi hijo (actualmente 2 años) en mi antiguo trabajo en Barcelona, hasta septiembre de este año. No he solicitado ninguna prorroga de esta. En 2017 nos hemos mudado a Madrid donde he empezado a trabajar a jornada parcial en julio de este año. Me acaban de despedir de este y necesito solicitar el paro pero por teléfono me dicen que al parecer sigo apareciendo en situación de excedencia en mi antiguo trabajo y me dicen necesito solicitar la reincorporación y que estos me la denieguen para poder solicitar el paro. Yo lo que no entiendo es por que sigo en excedencia si no he solicitado mas a prorroga y aparte, si continuo en excedencia es obvio que no podría volver a mi antiguo puesto porque ya no vivo en Barcelona. Que puedo hacer en mi situación? Gracias.
Habría que ver como solicitaste la excedencia. Deberás solicitar a la otra empresa un escrito mediante el cual se establezca que no solicitaste tu reincorporación y por lo tanto se debe considerar que ya no tienes un puesto de trabajo y se ha extinguido la relación por abandono del puesto de traabajo. El Sepe suele poner problemas en los casos que comentas.
Hola, me cojo una excedencia para cuidar un bebe de 4 meses, durante 2 meses, y me hacen firmar un finiquito… el finiquito es de este año o de toda la antigüedad que tengo? Mi antigüedad no la pierdo no?? Muchas gracias.
No, no se pierde la antigüedad. Supongo que sólo te habrán finiquitado las vacaciones, y quizás las pagas extraordinarias.
Hola, actualmente disfruto de una excedencia por cuidado de hijo menor de 3 años, mande a la empresa una solicitud de prórroga la cual ha sido denegada alegando que seria perjudicial para ellos en este periodo de navidad ( llevo 7 meses de excedencia, mi hijo cumple un año en estos dias )
Mi pregunta es, pueden denegarla cuando es por cuidado ds hijo menor de 3 años?
La incorporación sería forzosa u obligatoria? Que pasaria si me niego? Alguna ley protege este tipo de excedencia?
No se pueden negar, tiene la obligación de aceptar la prórroga. Habla con ellos, y en caso contrario demanda.
Buenos días,
Actualmente tengo 2 trabajos diferentes de 1/3 de jornada cada uno, pero me imposibilitan mucho el cuidado de mis hijos (2.5 años y 1.5 años). ¿Sería posible pedir una excedencia por cuidado de hijo menor de 3 años en uno de los 2 puestos de trabajo y seguir trabajando en el otro?. Muchas gracias.
Un saludo
Sí, es posible.
Gracias por su respuesta. El convenio colectivo de mi empresa dice: “Todos los trabajadores con al menos dos años de antigüedad, de contrato continuado fijo o indefinido, tendrán derecho a solicitar las siguientes excedencias…” entre ellas la de cuidado por hijos. Llevo trabajando en esta empresa a tiempo parcial 15 años, pero siempre con contratos que van de octubre a junio. La antigüedad me la reconocen puesto que me pagan trienios, pero mi contrato es de fijo discontinuo, por tanto, según entiendo al leer el convenio, no tienen la obligación de concederme la excedencia, ¿verdad?.
Gracias.
Un saludo
Habría que mirar que es lo que dice el convenio y cual es tu situación particular, pero entiendo que sí que tendrías derecho a ello con los datos que indicas.
Hola llevo de excedencia x cuidado de mis hijos 4 meses, y quería saber si tengo derecho al regalo de Navidad de mi empresa
Es una buena pregunta, desconozco si existe jurisprudencia. Tengo mis dudas, aunque en mi opinión no. Pero sería defendible que sí.
Buenas tardes, estoy de excedencia voluntaria 4 meses y me he quedado embarazada. Me reincorporó en un mes a la empresa. Después de mi baja de maternidad pretendo pedirme excedencia por cuidado de hijo, es posible? Sè que para otra voluntaria habría q esperar 4 años pero al ser por cuidado de hijo no se si es diferente. Gracias
Sí que es posible, no hace falta esperar cuatro años si la excedencia es por cuidado de un hijo o familiar.
Que rapidez, muchísimas gracias por su respuesta
De nada
Hola, mi duda es porque estoy cubriendo el puesto de una compañera que ha cogido excedencia para cuidar de sus hijos, y seguramente va a renovar por 6 meses más esa excedencia. Hago la misma jornada laboral que ella tiene, pero no me importaría hacer más horas (ahora el contrato es de 24h) pero, ¿podría la empresa manteniéndome la cubierta de excedencia subirme la jornada laboral a 36h? o por el contrario tengo que mantenerme haciendo la misma jornada laboral que tiene la compañera que esta de excedencia hasta que ella regrese de su excedencia??
Muchas gracias, saludos!!
M. Carmen.
Se debe hacer la misma jornada.
Hola,
Actualmente me encuentro en una excedencia por cuidado de un familiar y finaliza dentro de dos meses. En total habré disfrutado de 6 meses de excedencia. A pesar de que en la carta entregada a la empresa solicitando la excedencia indiqué la fecha de finalización, ¿debo de avisar a la empresa de mi reincorporación?
Otra duda que tengo es: ¿La empresa debe de respetar el puesto en el cual estaba antes de disfrutar la excedencia (trabajaba en las instalaciones de un cliente)? ¿O solamente debe de respetar la categoría, salario y horario?
Sí, debes de avisar de tu reincorporación. Si debe respetar todas las condiciones que tenías.
Buenas tardes.
Actualmente estoy en mi 3° año de excedencia por cuidado de mis suegros, dos por cada uno. Me queda un año y no voy a poder incorporarme a mi puesto de trabajo puesto que siguen necesitando mis cuidados.
Quisiera saber si tengo derecho al paro , si me despedirian o tendría que abandonar mi trabajo y no tener paro. Y si hay alguna posibilidad de cobrarlo
Salvo que hables con la empresa, sería una baja voluntaria sin derecho a paro. Comprueba a ver si te puedes arreglar con una reducción de jornada
Si estando de excedencia por cuidado de un familiar se encuentra un trabajo mejor, no para seguir ese cuidado, sino porque ya se buscaba una mejora de empleo antes de la excedencia . ¿ que pasos tendría que seguir para poder trabajar en el nuevo? ¿ me pueden contratar? ¿ que pasaría con mi actual empresa? ¿me penalizaria la seguridad social o el inem?
Sino vas a volver al anterior, lo normal es notificar una baja voluntaria y ser contratado por la empresa, en caso contrario la empresa, te puede despedir por despido disciplinario.
Buenas Alejandro.
Tengo un nene de 5 años y al no poder dejarle con nadie durante las vacaciones escolares y las mias junto con las de mi marido no ser suficientes para cubrir ese periodo de 3 meses, me estoy planteando solicitar excedencia voluntaria por cuidado de un familiar. Entiendo que puedo hasta un maximo de dos años. Verdad? Ahora bien, organizando veo que necesitaria 2 meses de excedencia al año. Pregunto: Es posible fraccionarla asi? Hasta agotar los dos años, es decir durante los proximos 6 años? Me la pueden denegar? Despues tendria derecho a la parte proporcional de vacaciones de los 10 meses travajados al año, cierto? Con las pagas ocurriria lo mismo verdad?
Mil gracias!
Sería discutible que se tenga derecho a esa excedencia, pero puedes solicitarla. Sí, se puede fraccionar como indicas a un máximo de dos años, además que tendrías derecho a las vacaciones y parte proporcional de las pagas del tiempo efectivamente trabajado, en este caso, 10 meses.
Hola.
Estoy en excedencia por cuidado de hijo menor.es el primer año con derecho a que se me guarde el puesto.el niño tiene un año y medio y quiero renovar la excedencia otro año .
No tengo claro si a la hora de volver al trabajo despues de la segunda excedencia ,me tendrian que readmitir directamente aunque no sea en el mismo puesto o seria dependiendo si hay una vacante.tengo entendido que me tendrian que readmitir en un puesto similar sin depender de si hay una vacante o no.
En una excedencia por cuidado de un menor de tres años, siempre se tiene el derecho del reingreso.
Hola. Trabajo en una sucursal bancaria de una importante entidad. Quiero coger excedencia de 9 meses por cuidado de hijo < 3 años. (Mi hijo tiene 1,5 años).
Dos preguntas:
* ¿El cuidado del hijo no excluye el hecho de ir de viaje fiera de España o de hacer viajes multiples con él, verdad?
* Los compañeros del sindicato me han dicho que la empresa puede no guardarme el puesto si la excedencia por cuidado de niño me la cojo cuando el niño tiene más de 1 año. (El mio tiene 1,5 años tal y como comentaba antes).
¿Existe dicha posibilidad de que la empresa pueda no guardar el puesto con exc pprncuidado de hijo y diracion <1 año?
Graciaa
Durante la excedencia puedes viajar o hacer lo que quieras, salvo competencia desleal. SE tiene reserva del puesto de trabajo.
Hola. Tengo una duda con la excedencia por cuidado de hijos, cuando se habla de la reserva del mismo puesto de trabajo durante el primer año, ¿se refiere al primer año de excedencia o hasta que el hijo que da derecho a coger la excedencia tiene un año?
Gracias de antemano.
Durante el primer año de excedencia.
Hola, Ahora mismo estoy en el mes de vacaciones solicitado por coincidir durante la maternidad. Se me acaba en diciembre. Mi hijo para entonces tendrá 5 meses y medio. Quiero pedir excedencia por cuidado de hijo menor de 3 años desde diciembre hasta junio (sería una excedencia de casi 7 meses). Mi hijo tendría 1 año y medio. La reserva del primer año del puesto de trabajo cuenta desde la fecha que lo solicitas o desde el nacimiento del niño?
Desde la fecha que la solicitas.
Muchas gracias
Buenos días, estuve de excedencia por cuidado de mi primera hija durante un mes y medio en el año 2017.
En el 2019 nacerá mi segundo hijo, me interesaría pedir de nuevo esta excedencia durante unos meses a continuación de la baja maternal. ¿Es posible pedirla de nuevo por otro hijo? Muchas gracias.
Si, es posible.
Muchas gracias.
Buenos días! Soy viudo y estoy con reducción de jornada y además necesito las vacaciones del niño que tiene 7 años he pensado solicitar excedencia para cuidarlo por razones de edad ….y además fraccionarla…tengo derecho?
Un saludo de antemano.
Salvo que el convenio recoja ese tipo de excedencia, no se permite excedencia por cuidado de un familiar.
Buenas Alejandro soy Marcos otra vez y mi pregunta es?
Mi hijo es dependiente por razones de edad y además sólo me tiene a mi…de verdad la justicia no lo veria como yo?
Un saludo y siento las molestias.
Si es dependiente, a lo mejor si que podría conseguirse.
Hola van a operar a mi hija de 4 añoß y necesito mínimo 15 dias hay algún tipo de excedencia para poder quedarme con ella
Sí, entiendo que podrías solicitar la excedencia de cuidado de un familiar.
Buenos días. Voy a pedir una excedencia en Sevilla por cuidado de mi madre que tiene discapacidad y gran invalidez por degeneración macular. Con cuanto tiempo tengo que avisar a la empresa?? Por otra parte mi intención es traerla unos meses a Sevilla e irme otros yo a Bilbao, me pueden poner pegas porque no esté empadronada conmigo?? Gracias
No se exige que esté empadronada, sino el cuidado directo. Si puedes acreditar el cuidado directo, no habrá problemas.
Hola.
Podría solicitar la excedencia mi mujer estando trabajando a media jornada y yo a a jornada completa para el mejor cuidado de nuestro hijo con autismo y grado 2 de dependencia?
Es que esta agobiada pues no le da tiempo a dedicar la gran demanda que necesita.
Un saludo
si, podría solicitar la excedencia si el hijo tiene menos de tres años. Es indiferente que tu estés trabajando o no para tener derecho a ella.
Buenas tardes,
A partir de enero 2019 necesitaría 7 días casi cada mes para cuidar de mi padre que vive en Italia de 84 años con invalidez del 100% certificada desde el 2013 con informe definivo y no revisible.
Entiendo que se trataría de una excedencia fraccionada, por tanto cada mes tendría que pedir el periodo de 7 dias? Seguiría manteniendo la reserva de mi plaza y antigüedad hasta finalizar el primer año desde la primera solicitud o hasta finalizar los primeros 365 días? Existe un periodo mínimo de excedencia en este caso o podría ser tan solo 1 día ?
Agradezco vuestra ayuda
Saludos
Se fracciona, y no existe un periodo mínimo de excedencia en este caso, simplemente un periodo máximo.
En este caso tendría derecho a mantener activa mi jubilación un año desde la primera petición ( por cuanto por ejemplo los días de excedencia han sido solo 40) o 365 días sumando todos los periodos de excedencia fraccionada beneficiados?
Gracias
360 días de excedencia.
Tengo 63 años y tengo la tutela previa sentencia judicial desde hace 20 años de un hermano de 54 ,con enfermedad psiquiatrica(76% de minusvalia).Aunque esta en un centro,para muchas cuestiones de salud ,necesita ayuda mia,como por ejemplo: ir al dentista,operacion de cataratas y demas salidas por temas de salud en general.¿cuanta tiempo tengo derecho excedencia sin que me repercuta en mi jubilacion?tengo entendido que la seguridad social me compensa en cuanto que se hacen cargo de los seguros sociales.Le agradeceria mucho que me lo aclarase.GRACIAS
Durante el primer año de excedencia.
Hola, mi pregunta es la siguiente:
Si cojo excedencia por cuidado de un menor de 3 años, puedo trabajar en otro sitio donde las condiciones de trabajo son mejores para dicho cuidado? Pasaría de la hostelería a la educación, librando sábados, domingos y festivos; y ademas con un horario de mañana.
En el caso de ser posible, y una vez finalizado este nuevo contrato, puedo volver a mi empresa con las mismas condiciones de horario que habíamos pactado por mi maternidad?
Gracias
En principio sí. Aquí tienes más información.
Hola! Estoy en excedencia voluntaria que me cumple el 31 de agosto y ya he solicitado reincorporación, pues me dijeron que era el primer paso.
Quiero pedir otra excedencia por cuidado hijo menor, ¿tendría que incorporarme o se puede pedir una vez que me digan que me readmiten?
El problema es que no puedo incorporarme a mi empresa y por eso quiero pedir la excedencia por cuidado de un menor.
Gracias.
Puedes pedirla a la vez que solicitas la reincorporación, pero no se hará efectiva si la empresa no te dice que tiene un puesto para tu. La excedencia voluntaria no te asegura volver a la empresa.
Hola Alejandro, muchisimas gracias por tu contribución a aclarar tantisimas dudas que nos surgen.
Mi duda es la siguiente, entendiendo que el primer año de excedencia te reservan el puesto, ¿debe ser esta excedencia durante maximo un año seguido? O podría der prorateada? Ej. 9meses de excedencia, reincorporarse 5 meses,y luego 3 meses de excedencia mas?
No se si roza la legalidad o es un poco pasarse de prespicaz?
Muchas gracias!
Se puede hacer eso que comentas, y no tendría que ser seguido para la reserva.
Me gustaría saber si habiendo solicitado hace un par de años una excedencia voluntaria y al haberme incorporado a mi puesto de trabajo a los 5 meses, al volver a solicitar una excedencia por cuidados de hijos me la pueden denegar. Mi convenio colectivo indica que el derecho de la excedencia voluntaria solo podrá ser ejercitado otra vez por el mismo trabajador/a si transcurriesen cuatro años desde el final de la anterior excedencia; pero esta excedencia ahora es por cuidado de hijos no voluntaria. ¿Me la pueden denegar?
Gracias
No, no te la pueden negar.
Buenos días,
Quería hacerte una consulta.
Trabajo en el sector de piel, calzado y textil, mi hija a nacido este año 2018, y ahora me pido una excedencia de dos meses de verano, me han liquidado el año, al volver a la empresa, pierdo mi antigüedad? Y la categoría? Gracias!
No, no pierdes ni la antigüedad ni la categoría.
Hola Alejandro, trabajo en una empresa de telemarketing, mi hija va a cumplir los 5 años en junio 2019, si yo pido una excedencia por cuidado de un menor por ejemplo de mayo del 2019 hasta septiembre 2019, me concederian dicha excedencia?
Un saludo.
Salvo que el convenio recoja una excedencia por cuidado de un hijo con esa edad, no te la concederán. Lo que podrás solicitar es la excedencia voluntaria, pero no tienes reserva del puesto de trabajo.
Buenas tardes, quiero pedirme una excedencia por cuidado de menor de mi hija de año y medio. Quiero pedirme 7 días y me dicen en la empresa que me liquidan y me abonan las vacaciones que me quedan por disfrutar ¿esto es así?
Sólo la parte proporcional de los siete meses.
Hola Alejandro,
Me encuentro de Excedencia por el cuidado de mi bebe de 8 meses y me ha llegado la noticia de que es posible que la empresa para la que trabajo sea vendida, en este caso, ¿la nueva empresa adquiere la obligación de guardar mi puesto de trabajo como la antigua? ¿Podría estar tranquila en ese sentido? ¡Gracias!
Sí, puedes estar tranquila. Se deben de mantener todos tus derechos.
Voy a pedir una excedencia de 2 semanas en septiembre por cuidado de menor de tres años. Mi duda es q tengo q entregar la carta minimo un mes antes justo antes de irme de vacaciones. Puede haber algún problema con las vacaciones??? Q me las liquiden o q me descuenten el día y pico antes de disfrutar la excedencia??? Muchas gracias de antemano
no, lo único que no generas los 30 días al año, sino un poco menos.
Buenos días,
He solicitado una excedencia por atención a hijo, y por motivos personales he motivado que de mutuo acuerdo se pueda reducir el plazo de preaviso para iniciarla de un mes, que beneficia a ambas partes, ya que la empresa así también cubriría el puesto con alguien con mayor rapidez. Se trata de una empresa pública y verbalmente me dicen que es verdad que a ellos también les viene bien acortar el plazo del mes, pero que este plazo que estipula el C.C. no se lo pueden saltar. Yo les comento que si el acuerdo es mutuo, no le veo sentido que no se pueda argumentar ese “incumplimiento del mes”. Cree que es posible mi razonamiento, o que realmente aunque me digan verbalmente que no les importa acortarlo es cierto que en ese aspecto no se puede saltar el C.C. aún siendo interés mútuo?. Muchas gracias. Saludos
Entiendo que sí que se puede evitar de común acuerdo. Además, me parece extraño ese preaviso de un mes, cuando el estatuto no indica ningún tipo de preaviso.
Gracias Alejandro por tu respuesta, pero creo según el art.50.3 del ET el preaviso es de un mes para cualquier tipo de excedencia, es así?
Saludos
No. El artículo 50 no habla d excedencia, ni siquiera existe un apartado 3.
Perdon Alejandro por mi confusión, ese art. 50.3 es del convenio, no del ET. Muchas gracias por tu ayuda. Saludos
Hola, soy personal estatutario en madrid y acabo de iniciar una excendecia por cuidado familiar de mis hijos (menores de 12 años) durante el mes de julio, con tan mala suerte que he comenzado con una patología muy invalidante que me causaría baja laboral pero no puedo solicitarla estando de excendencia, verdad? El problema es que no estoy cobrando y ahora tengo que pagar a alguien que cuide de mis hijos porque yo en esta situación no puedo.
Solicita la vuelta a la empresa.
Buenos días, he estado de excedencia por cuidado de mis hija hasta este mes en que me han comunicado que mi contrato ha finalizado por fin de proyecto. Al ser por finalización de contrato ¿tengo derecho a solicitar el paro aunque haya estado de excedencia hasta la fecha de finalización?
Muchas gracias
Sí, tienes derecho.
Hola Alejandro, seguro que puedes ayudarme a resolver un par de dudas que tengo:
Trabajo en una oficina como Auxilar Administrativa en Gipuzkoa, con convenio Comercio General. Llevo 10 años y soy fija. Solicite excedencia hace año y medio por cuidado de menor, ya que no me permitieron la reducción de jornada de mañana porque mi compañera en también reducción hacia horario de mañana y por la tarde se quedaba oficina desatendida, por lo que para compaginar mi vida familiar y labora no tuve mas remedio que solicitar excedencia por cuidado menor, no podía hacer frente a trabajar hasta tan tarde.
Durante este año y medio mi puesto no ha sido ocupado por nadie… y ahora que me reincorporo (ademas embarazada de nuevo) querría saber si me podrían denegar mi reingreso por falta de vacante o por otras razones. En caso afirmativo… que puedo hacer?
Gracias por tu ayuda
Ane
No, no pueden denegártelo, y si lo hacen deberás demandar por despido nulo.
Hola, después de una excedencia por maternidad de menos de un año, la persona vuelve a su puesto de trabajo. La empresa tiene la obligación de darle el mismo horario que tenía?? (tengo reducción de jornada y hago de 8 a 15h). Gracias!
En principio si. Si no lo hace se trata de una modificación sustancial de las condiciones de trabajo.
Gracias por responder.
Y si lo hiciera, que podría hacer yo? Tendría que denunciar o se consideraria nulo como el despido? Gracias
No se trataría de un despido, sino de una modificación nula. Tendrías que demandar.
Hola.
Por sentencia judicial tengo rehabilitada la patria potestad de mi hija, con una discapacidad del 65% y grado de dependencia II. Mi marido falleció en el 2014 y me acogí a una reducción de jornada, dado el bajo nivel de autonomía de ella, pero actualmente cada vez me es más difícil congeniar nuestros horarios. Acogiéndome a un nuevo decreto del Consell de la Comunidad Valenciana tengo solicitado el reconocimiento de familia monoparental, según el cual cumplo los requisitos de especial, con los mismos derechos de familia numerosa. ¿Tengo derecho a una excedencia laboral? y si es así ¿en que condiciones y obligaciones? Estoy en el convenio de oficinas y despachos.
Gracias
En primer lugar habría que revisar el convenio, no reviso convenios en las respuesta que doy en el blog. Pero puede que sí que podrías solicitar una excedencia por cuidado de un menor, si tiene menos de tres años, o por cuidado de un familiar.. Durante la excedencia tienes la reserva del puesto de trabajo, pero no tienes derecho a desempleo.
Tengo una reducción de jornada por guarda legal y voy a solicitar dos meses de excedencia por cuidado de hijo menor de 3 años, al incorporarme debo de solicitar otra vez la reducción de jornada otra vez
No sería necesario, en la solicitud de excedencia por cuidado de un menor puedes indicar que a tu regreso continuaras con la reducción de jornada con el horario actual, para que no haya dudas.
Muchas gracias
Buenas, en excedencia por cuidado de hijos, si me cambiar de mi turno a otro al volver, puedo pedir indemnización y paro por no estar de acuerdo¿? Si no estoy en excedencia sé que si. Mil gracias, muy agradecido.
Durante el primer año no me cabe duda de que se consideraría modificación sustancial de las condiciones de trabajo, y por tanto con derecho a solicitar la extinción. Pasado ese tiempo, entiendo que también, pero tengo más dudas. Desconozco si existe jurisprudencia.
Hola Alejandro, he estado los últimos 6 años de excedencia. Los 3 primeros por cuidado de hijo menor de tres años y los 3 últimos por cuidado de familiar. Al pedir mi reingreso al trabajo me ha sido denegado y he acordado un despido con la empresa. Al ir a solicitar la prestación por desempleo me la han denegado. Me han dicho que la excedencia por cuidado de hijo no cotiza al desempleo y no tengo derecho al paro. Es esto correcto?
Muchas gracias por tu respuesta
No, no se cotiza por desempleo.
Primero de todo, gracias por la información facilitada.
Un trabajador nos ha solicitado excedencia para el cuidado de su madre. ¿Hay un mínimo de meses en estos casos? Cuando finalice este periodo, automáticamente vuelve a trabajar desde el primer día o debe esperar a una vacante?
Muchas gracias y un saludo!
No tiene meses mínimo, tiene derecho a reintegrarse automáticamente.
Hola. Estoy de excedencia por cuidado de hijo menor de 3años se me acaba ya. Mi pregunta es cuanto tiempo tengo que trabajar para tener derecho a una baja. Gracias
En principio, con un día sería suficiente.
Pero da igual en el centro que sea?
Lo importante es que te vuelvan a dar de alta en la Seguridad Social.
Hola. Quería saber si puedo cogerme una excedencia por cuidado de hijo menor de 3 años y al mismo tiempo realizar unas prácticas de un ciclo formativo, por estudios. Sería en mí misma localidad por lo q no tendría que trasladarme como ocurre con mi puesto de trabajo. Son practcas por estudio no remuneradas, no hay una relación laboral como tal. Quizás debiera coger menos horas que las que trabajo actualmente, para poder demostrar que es más compatible con el cuidado de mi hijo?
Es discutible, ya que el objetivo de una excedencia es el cuidado de un menor, y no la realización de unas prácticas formativas. En mi opinión, sí que podrías, pero desconozco si existe jurisprudencia que indica lo contrario.
Hola, pedi una excedencia voluntaria de 7 meses y volvi en mi trabajo en enero. Ahora tengo mi tio que esta ingresado en hospital por una enfermedad grave y quiero volver a mi pais para estarle cerca. Podria en mi caso pedir una excedencia por cuidado de familiar o no porque ya disfrute de una excedencia voluntaria? Y el tio entra en la definicion de familiar? Si no fuera posible, querria saber di hay otro remedio u otro permiso tambien no retribuido que pueda pedir.
A mi contracto se aplica convenio de contact center. Muchisimas gracias!
Sí, que puedes pedir una excedencia, pero el objetivo d esa excedencia es cuidar de el, no estar cerca de el, por lo que pueden denegártela. Por otro lado, no hay problema de que hayas disfrutado de una excedencia anteriormente, ya que era voluntaria.
hola! he tenido un bebé y ya me tocaba volver a trabajar y había pensado coger dos meses de excedencia para cuidarla pero en el trabajo me han dicho que lo mínimo son 4 meses, me lo podéis confirmar por favor?
No, en excedencia por cuidado de un menor no existe tiempo mínimo.
Hola Alejandro.
En septiembre cumplo 1 año de excedencia por cuidado de un menor de tres años.
Me gustaría cogerme otro año más de excedencia.
Sé que tras esto, no me tienen porque guardar mi puesto de trabajo y pueden rehubicarme en otro.
Mi duda es: ¿Te cambian el contrato? A parte, tras la excedencia, ¿podría seguir cogiendo reducciones de jornada por cuidado de menor, eligiendo el horario?
Muchas gracias.
No, no te cambian el contrato y sí que puedes coger la reducción de jornada eligiendo horario dentro de tu jornada ordinaria de trabajo.
Hola, buenas tardes:
En marzo del 2015 termine una excedencia por guarda legal por mi segundo hijo.
Este año, 2018, he solicitado una excedencia voluntaria que me ha sido denegada porque dicen que no han pasado los 4 años entre excedencias que se requiere para una nueva solicitud.
Esto es así? Yo pensaba que eso sólo era para excedencias voluntarias.
Gracias de antemano por su ayuda.
Un saludo
En mi opinión, sí que deberían concederte la excedencia voluntaria.
Muchísimas gracias por la rapidez en la respuesta.
En su opinión que debería hacer?
La excedencia la solicité a finales de marzo para poder comenzarla el 1 de junio y me llegó la contestación el 10 de abril.
Muchas gracias por su ayuda.
Acudir a la via judicial.
Hola !! Actualmente estoy de baja por maternidad . Pero me tengo que incorporar en 1 mes. La verdad que es una pena porq por diversos motivos tendría q romper con la lactancia sin llegar q los 6 meses y estaba planteándome si podría pedir en mi empresa una excedencia por cuidado de mi hijo de unos 4 meses y si podría llegar a un acuerdo con la empresa para q me den los papeles del paro ese tiempo así cobrar el paro!!! Es posible o no es legal?. Un saludo
Pedir la excedencia es posible, que te den los papales del paro no es posible, ya que no tienes derecho a ello al solicitar una excedencia, da igual los que haga la empresa.
Hola! Este año he cogido una excedencia voluntaria, por carga familiar (4 meses) se me acaba en octubre. El siguiente año quiero coger otra excedencia ya que estoy embarazada y después de la maternidad me gustaria cogerme los 3 años del niño, la cuestion es: ¿ es posible coger dos excedenciAs por diferente motivo? Gracias
Es posible si ahora coges una excedencia voluntaria y después coges una excedencia por cuidado de un menor.
Hola! La exedencia por cuidado de un hijo con reserva de puesto de un año, permite que este año en el que te guardan el puesto sea fraccionado? Es decir, coger 9meses reincorporarme y al verano siguiente coger dos mas por ejemplo?
Mil grcias alejandro!
si
Hola. Antes de nada muchas gracias por la información que da en el blog.
Yo tengo la siguiente pregunta. Si se pide una excedencia para el cuidado de un hijo menor de 3 años, se podría cobrar el paro? Nunca he cogido paro por lo tanto tengo el máximo que son 2 años. O sería mejor negociar con la empresa el paro en caso de no haber acuerdo en el horario de trabajo?
Muchas gracias
Un saludo
No, no se cobra paro.
Vale muchas gracias!!
Buenas noches, mi trabajo es en una cadena de comida rápida, según mi convenio especifica que tengo derecho a una excedencia por cuidado debun familiar de primer grado de un máximo de 3 meses, en ni caso me lo querría pedir por mi hija de 4 años ya que en estos 3 meses no tengo con quién dejarla al cuidado. Al ser una excedencia diferente a la voluntaria me surge la duda de cuánto tendría que esperar para poder pedir después una excedencia voluntaria o si podría después de la incorporación o pasado un tiempo pedirla en caso de necesidad. No especifica nada en convenio
Se podría solicitar después de esa excedencia, la voluntaria. Si el convenio no indica nada, no se tendría que esperar un tiempo.
Buenos días, soy enfermera en un centro de salud de la comunidad de Madrid.
Durante los veranos he solicitado un mes de vacaciones y uno de excedencia por cuidado de un menor de tres años.
Este año ya tiene 4 pero aun así necesitaría seguir ese mes de excedencia en verano por conciliación, en los hospitales siguen solicitando excedencias por cuidado de hijo hasta que cumple 12 años ( como en reducciones d jornada) .
Mi pregunta es , hay algo que regule esta solicitud? no entiendo como en los hospitales si puede disfrutarse y en atención primaria no si nuestro convenio es el mismo.
Gracias un saludo
Habría que mirar el convenio o el derecho que indican los hospitales para solicitar esa excedencia.
Buenas, estoy de excedencia por cuidado de un hijo menor de 3 años, me tendría que incorporar en mayo. Las situaciones familiares han cambiado, y no puedo incorporarme. ¿Cómo se consideraría el despido?¿Puedo pedir que me arreglen los papeles del paro?
Muchas gracias
Si no te quieres reincorporar, sería baja voluntaria y no tendrías derecho a prestación por desempleo. La única opción es forzar el despido disciplinario para tener derecho a prestación.
Hola! Me parece muy interesante todas tus respuestas; tengo una duda, mira que he leído pero no he visto mi respuesta. Te comento, voy a cogerme una excedencia de 4 meses por mi hijo de 4 años, de junio a octubre. Luego me incorporaría al trabajo. En caso de tener un bebe para abril o mayo de 2019 y disfrutar de la maternidad, podría pedirme otra excedencia, esta vez por menor de 3 años?? Es decir, primero una excendia este año y el año que viene otra por diferente motivo. (trabajo en una tienda)
La excedencia por cuidado de un hijo se puede solicitar hasta que el niño tenga tres años, por lo que no podrás solicitar la excedencia por cuidado de un hijo en el caso del primero, salvo que el convenio mejore lo indicado en el estatuto.
En todo caso, si el niño tuviera menos de tres años, no habría problema en solicitar dos excedencias por cuidado de dos hijos diferentes.
Buenas tardes.
Hace 2 meses solicité una semana de vacaciones en abril en mi empresa. Ayer me dijeron que me denegaban esa semana por causas organizativas.
Avisé con tiempo para poder reservar un apartamento para irme de vacaciones con mi familia (incluyendo una niña menor de 3 años).
Mi cuestión es la siguiente:
¿puedo pedir una excedencia para esa semana alegando que es por cuidado de hijos menores de 3 años? la empresa sabe que es para estar de vacaciones.
¿podrían rechazármela?
Gracias.
En mi opinión, sí que podrías solicitarla y si que te la tendrían conceder. Ahora bien, no te puedo garantizar que no consideren el uso como “fraudulento”. Es decir, que sea solicitada con mala fe con el trabajador. Yo no lo considero como tal, pero he visto cosas más raras en los juzgados.
acabo de reincorporarme a mi puesto de trabajo despues de unos meses de excedencia por el cuidado de un familiar de primer grado enfermo. Al presentarme a firmar la reincorporacion, la empresa me ha comunicado que a partir de ahora me dejaran de pagar un complemento que llevan quince años pagandome pero que parece ser que no me correspondia.
Pueden hacerlo?
En nómina constaba el complemento pero no de que era.
Sólo pueden hacerlo si existe una causa justificativa para ello, tienes un plazo de 20 días para impugnar la medida y que la empresa acredite dichas causas, sino será considerado nulo la decisión.
Hola
Si se está en excedencia por cuidado de menor de 3 años y durante ese período se encuentra otro trabajo, ¿hay que comunicárselo a la empresa para que ya sepan que finaliza la relación laboral o con no reincorporarse al finalizar la baja es suficiente?
Muchas gracias
siempre es mejor avisar a la empresa pero las consecuencias serían la misma.
Hola, estoy disfrutando de una excedencia por ni hijo menor de dos años, me he quedado de nuevo embarazada sin llegar a incorporarme en el trabajo. Que derechos tengo ahora mismo? Quiero decir: con mi primer niño al estar trabajando y no de excedencia, me dieron la baja y cuando nació tuve las 16 semanas de maternidad, al estar de excedencia también puedo tener baja en el trabajo o como va ahora este asunto? Estoy un poco perdida. Muchas gracias.
Para coger la baja y el permiso de maternidad tendrás que reincorporarte a la empresa, que puedes hacerlo en cualquier momento.
Hola muy buenas mi cuestión es la siguiente: quiero pedir una excedencia de unos días por ejemplo del 19 de marzo al 28 de marzo, tengo un menor de 3 años por lo q no me la pueden denegar, puesto q no hay un mínimo de días. Pero mi pregunta es la siguiente. Me dicen q tengo q pedirla hasta q termine la semana o sea hasta 1 de abril o sino me quitan los días del 29, 30, 31 y 1. Es eso legal? Si yo solamente quiero hasta el.dia 28, puesto q los demás días son festivos por la semana Santa. Muchas gracias de antemano.
Si son festivos no te lo podrían denegar, lo que si que entiendo que te pueden denegar el fin de semana, ya que son días de descanso que se generan durante la semana, pero esa semana tu no la trabajarías.
Buenas tardes, te comento mi problema , en mi trabajo actual , trabajo a turnos , 2 mañanas , 2 tardes, 2 noches ,3 libres , y tengo una hija de 10 meses . Me han llamado de un trabajo que sería de lunes a viernes de 3 a 9 , librando los fines de semana y festivos y ganando bastante más dinero. Por lo que querría saber si al cogerme una excedencia por cuidado de hijos al coger ese trabajo que facilita ría muchísimo su cuidado, si estaría haciéndolo de manera fraudulenta… Muchas gracias
En mi opinión no, pero siempre es discutible y existen algunas sentencias que han considerado como procedente el despido en dichos casos.
Hola, Buenos días,
Le comento mi caso, actualmente estoy trabajando a jornada parcial de 6 horas al día de lunes a viernes, tengo un hijo de 9 meses y estoy a la espera de conseguir una plaza de personal laboral fijo de la administración del estado. Resulta que esa plaza esta bastante lejos de mi localidad.
Seria posible dejar la plaza de personal laboral fijo en excedencia por cuidado de hijo desde el momento de firmar el contrato, sin necesidad de cubrir el periodo de prueba, y seguir conservando mi actual empleo a jornada parcial en mi localidad, ya que al tener un hijo no puedo desplazarme ni cambiar de localidad?
Un saludo.
Se puede entender que esa excedencia es fraudulenta, ya que el objetivo de esa excedencia es conservar la plaza y no el cuidado de un hijo.
El objetivo de esa excedencia es por la imposibilidad de desplazarme lejos de mi localidad por el cuidado de un hijo. ¿Seguiria así siendo fraudulenta?
Es discutible. Además, supongo que para que te concedan la excedencia, a lo mejor te exigen la incorporación aunque sea un día.
Buenas noches,
Estan obligados en mi empresa a concederme una excedencia por cuidado de un menor de 3 años? Mi hijo tiene ahora 4 meses y estoy pensando en solicitar una excedencia de 6 meses
Si, tienen obligación.
Muchas gracias por la rapida respuesta. Ademas tengo jornada reducida por cuidado de un menor, podrian despedirme cuando volviera de la excedencia?
Puede despedirle si existe una causa para ello, pero el hecho de que tengas una reducción hace que cueste un poco más despedirte.
buenos días le hablo desde Canarias y mi trabajo es de técnico en emergencias sanitarias, estoy de excedencia de 6 meses por cuidados de un familiar,mi papá,y me reincorporo a mediados de abril,creo que estoy embarazada de pocas semanas,aún tienen que hacerme unas pruebas,tendré problemas ala hora de la incorporación? tengo una antigüedad de más de 6 años con la empresa contrato indefinido a 6 horas,mi trabajo no es compatible con el embarazo por riesgo laboral,podría perder al bebé,cómo hago ? si es tan amable y me dice estaré gratamente agradecida.Saludos.
Comunica a la empresa el embarazo para que, en caso de que no fuera compatible, te den la baja por riesgo en el embarazo No te pueden despedir ni indicar que no te van a reincorporar.
Muchas gracias Alejandro,ahora me quedo más tranquila,tengo miedo por el despido.Saludos y nuevamente gracias.
Hola, he pedido una excedencia para cuidado de un hijo, tengo jornada parcial y no me interesa por ahora volver porque el sueldo no cubre la guardería y el comedor. Pero ahora me ha salido otro trabajo de jornada completa. Mi duda es, como estoy en excedencia, para que me den de alta en la nueva empresa, me tienen que dar de baja en la seguridad social la primera empresa o no es necesario y se hará automáticamente?. Y tampoco me gustaría perder mi primera empresa porque no sé si me harán indefinida aquí.
No es necesario darte de baja en la anterior empresa. Ahora bien, el nuevo trabajo tienes que acreditar que es mejor para la conciliación de la vida laboral y familiar para que no se considere la excedencia como fraudulenta.
¿¿Y como o donde tienes que acreditar que el nuevo trabajo es mejor que el anterior?
Lo tendrás que acreditar en caso de que te sancionen por esa excedencia. Te recomiendo este artículo.
Hola, actualmente estoy embarazada, después de la baja y demás, quiero coger excedencia un año x cuidado de hijo menor y después x cuidado de mi madre otro año, q fue operada y tuvo complicaciones con alguna secuela, lo puedo hacer así? Hay q esperar un tiempo entre excedencias? Mi intención es q me guarden mi puesto de trabajo.
Puedes hacerlo así.
Hola buenas Alejandro, muchas gracias por todas tus respuestas.
Tengo un par de preguntas que me surgen :
¿ Es posible inscribirse como demandante de empleo mientras se está disfrutando de una excedencia por el cuidado de un menor?
¿ Es posible en este periodo darse de alta como autónomo para realizar una actividad compatible con el cuidado del menor?
Nuevamente muchas gracias por toda la información
Me refiero a la excedencia para el cuidado de hijos de menores de tres años, no lo he aclarado.
Si, es posible ambos casos. Pero tiene que estar muy justificado que es el nuevo trabajo o desempeño es compatible con el cuidado del menor que es para lo que se solicita la excedencia y no para trabajar, ya que en otro caso, podría ser motivo de despido disciplinario e incluso considerarlo por la Seguridad Social como fraudulento.
Muchas gracias por la respuesta. En principio sería para la compraventa de artículos de segunda mano por internet, de cara a la empresa creo esta totalmente justificado porque es compatible con el cuidado de mis hijos. Además, la actividad tampoco tiene nada que ver con la que hago en mi empresa.
Por otro lado, me inquieta el hecho que me ha comentado de la Seguridad Social. ¿ Qué tendría que hacer para evitar consecuencias en la Seguridad Social? En principio como le he comentado creo que esta actividad además de permitirme conciliar el cuidado de los niños y además podré pagar alguna factura a fin de mes.
Mil gracias nuevamente por sus comentarios
No tendría que hacer nada, simplemente que el trabajo sea más compatible con el cuidado del menor que el trabajo en el que solicitas la excedencia.
hola buenas tardes ante todo gracias por su asesoría te comento he pedido una excedencia por cuidado de hijo mi empresa me la ha concedido por 3 años, llevo 8 meses de excedencia mi hijo actualmente tiene 2 años y 5 meses he pedido la reincorporación a mi puesto de trabajo y la empresa me dice que tengo que esperar hasta que finalice la excedencia. fecha de inicio de excedencia 1 de junio del 2017 entonces me he quedado que no se cuando seria mi incorporación seria cuando mi hijo cumpla 3 años? o cuando se cumpla el primer año 1 de junio del 2018?
o en el 2020?? agradecería su aclaración por favor
Si la excedencia es por cuidado de un hijo, puedes reincorporarte cuando quieras. Además, esa excedencia no dura tres años, sino hasta que el menor cumpla tres años, lo que en tu caso sólo quedan siete meses.
Buenos días.
Mi pareja y yo trabajamos en la misma empresa. Tuvimos una hija en 2014 por la cual disfrutamos de una excedencia de 4 y 7 meses respectivamente (no a la vez, sino seguida).
Hemos tenido otra hija en agosto de 2017 y vamos a pedir de nuevo excedencia (yo de 4 meses y mi pareja de 2, seguida, no simultáneamente hasta que la niña pueda entrar con un año cumplido a la guardería)
Al trabajar en el mismo puesto de trabajo al jefe no le hace ninguna gracia y nos han dicho que “las aguas andan revueltas”. Sospechamos que nos quieren echar a uno de los dos. ¿Qué podemos hacer al respecto? En caso de despido ¿se podría considerar nulo si se pudiera demostrar que es a consecuencia de haber cogido una excedencia? ¿Como podríamos demostrarlo? ¿Debo grabar las conversaciones? Y si nos echan después de la incorporación de ambos, imagino que no se podría hacer nada, ya que en teoría nos tienen que reservar el puesto de trabajo al no haber pasado un año…
Alegar falta de trabajo no sé si pueden porque a mi marcha (por la baja maternal) han contratado una persona.
Muchas gracias
Puedes grabar las conversaciones. Si después de solicitar un permiso o una excedencia hay un despido, salvo que exista una causa justificada se puede entender como nulo. Es complicado acreditar que se ha despedido por solicitar la nulidad, es más bien al contrario, es la empresa la que acredita que esa no es la causa por la que se despido.
Muchas gracias.
¿Existe un tiempo “blindado” después de la incorporación después de una excedencia? Imagino que no, que si nos “la tienen guardada” tarde o temprano lo llevarán a cabo…
Da rabia que por ejercer un derecho de los trabajadores nos veamos en esta situación… No hemos dado problemas nunca a la empresa…
9 meses desde el nacimiento. Pero ese blindaje no cubre causas de despido objetivo.
Hola buenas el año pasado (29 de abril) mi mujer y yo tuvimos dos gemelas. Solicité posteriormente en mi empresa la excedencia por cuidado de una de mis hijas por 18 meses (caso de familia numerosa, tenemos otra niña mayor). Mis preguntas son las siguientes:
– Tras este periodo, ¿ podria solicitar otro periodo de 18 meses para el cuidado de la otra gemela? Me refiero con la garantía de reincorporación en el puesto laboral.
– Por otro lado, querría en este periodo hacerme autónomo para realizar una actividad que puedo compatibilizar con el cuidado del menor. Mis preguntas son :
¿ Puedo darme de alta como autónomo sin problemas en mi empresa?
¿ Necesito aportar algo a mi empresa para demostrar que la actividad es compatible?
Me ha surgido igualmente la posibilidad de acceder a subvenciones al autónomo, pero para ello hay que darse de alta como demandante de empleo. ¿ Habría algún problema en ello?
Si finalmente decido reincorporarme en la empresa, ¿ con cuánto tiempo de antelación debo dejar de ser autónomo?
Muchas gracias y por todo
No, el tener gemelas ya te ha permitido aumentar el derecho de reincorporación en tu mismo puesto de 12 meses a 18 meses. Es discutible, en principio, la jurisprudencia considera que se puede trabajar -siempre que no sea competencia desleal ni tengas ningún pacto de no competencia- en cualquier trabajo que sea mejor para la conciliación de la vida laboral y familiar. Pero no se puede, solicitar una excedencia de este tipo con el objetivo de montar un negocio o trabajar en otro sitio. Del mismo modo, aunque te reincorpores, no es necesario que te des de baja de autonómo, el pluriempleo es legal.
Hola Alejandro
Gracias por toda la información que nos das..
Tengo una pregunta, soy chilena y vivo en Barcelona hace 8 años, trabajo hace 5 en una empresa, nunca he solicitado una excedencia y necesito viajar a mi país por 2 semanas por temas familiares, si no me aprueban vacaciones, puedo pedir una excedencia por ese periodo argumentando cuidados a mi madre? Debo justificar con documentos?Y cuanto tiempo después puedo pedir otra en caso de que lo necesite?
Si es por cuidado de un familiar de hasta segundo grado que no se pueda valer por si misma y que no tenga ingresos sí que puede. La documentación, depende de lo que le pida la empresa. Si no tiene derecho a esa excedencia, la otra excedencia voluntaria, el periodo mínimo es de 4 meses, salvo que el convenio establezca otra cosa o alcances un acuerdo con la empresa
Buenos días, tengo una duda. Una trabajadora con reducción por cuidado de hijo, pidió a su empresa una excedencia por cuidado de hijo pero no lo hizo por escrito, debió ser de palabra. Ahora quiere volver. Puede la empresa negarse porque no hay un documento escrito de solicitud de exc por cuidado de hijo con una fecha de reingreso?
Gracias
Salvo que el convenio diga otra cosa, no se exige que la excedencia sea solicitada por escrito, por lo que es válido la solicitud verbal. Por otro lado, al solicitar la excedencia se tuvo que indicar con esa causa a la Seguridad Social. Además, aunque no haya fecha de reingreso, la excedencia tiene unos límites, que es dentro de tres años, y dentro de esos límites el trabajador puede solicitar el reingreso cuando quiera.
¡Hola!
Actualmente tengo reducción de jornada por cuidado de un familiar. Necesitaria pedir una excedendencia durante un mes por cuidado de esta misma persona.
Como serían mis cotizaciones a la Seguridad Social durante el periodo de excedencia?
Muchas gracias por su atención
Sólo si la excedencia es por cuidado de un hijo, desde el 1-1-2013, el período de excedencia tiene la consideración de cotización efectiva a efectos de las prestaciones de jubilación, incapacidad permanente, muerte y supervivencia, maternidad y paternidad, y siempre que la misma no dure más de 3 años (LGSS art.237)
Hola,
Tengo una hija de 7 meses.
En caso de excedencia voluntaria por cuidado de hijos menores de tres años y fraccionando los periodos de excedencia,
¿De cuánto es el periodo mínimo, dias o meses, que se puede pedir?
¿podría pedir 2 meses en el 2018 y otros 2 meses en el 2019?
No existe periodo mínimo de fraccionamiento.
Hola yo disfrute excedencia de 11meses cuando mi hijo tenia 1 año ahora va a cumplir 7 puedo volver a solicitarla por el mismo hijo y con obligación de admisión el primer año. Gracias
Si tiene siete años, salvo que el convenio indique otra cosa, no se tiene derecho a excedencia con reserva del puesto de trabajo.
Buenos días Alejandro,
Mi caso es el siguiente:
Tengo un bebé de 5 meses y en lugar de volver a mi empresa voy a pedir una excedencia de dos años. Durante ese periodo pretendo trabajar en la empresa familiar, dónde tengo libertad absoluta de horarios, posibilidad de mejorar el salario y/o también podría decidir cotizar menos de 40 horas semanales. ¿Con estos supuestos podría pedir la excedencia por cuidado de hijos o tiene que ser voluntaria?
Muchaa gracias y saludos.
Se ha permitido excepcionalmente trabajar en otra empresa solicitando esa excedencia que comentas si se acredita que el nuevo trabajo permite mejor la conciliación -no es tan relevante el salario-, pero habría que revisar más el caso, por lo que no puedo darte una respuesta concluyente.
Hola. Finalizó mi excedencia por cuidado de hijo el día 10 de diciembre y he encontrado trabajo en otra empresa. La baja en la Seguridad Social es automática al cumplir mi hijo 3 años con fecha 10 de diciembre? o tengo que hacer algún trámite, por si en un futuro tengo que cobrar el paro de ese periodo?
Muchas gracias de antemano!!
La baja sería automática, pero la causa de la baja sería baja voluntaria.
Hola buenas,
Desde Octubre de 2016 me encuentro de excedencia por paternidad de mi hija que nacio en Octubre de 2015, con lo que hasta Oct 2018 no cumplira los 3….
Mi pregunta esta relaccionada con la posibilidad que me ha surgido de trabajar como autonomo en un proyecto a partir de Marzo 2018 con una duracion de 14 meses para el cual debo de realizar una inversion inicial para la compra de equipamiento…Seria posible solicitar la capitalizacion del paro para ese menester?
Tengo entendido que no, ya que mantengo el vinculo laboral con la empresa, sin embargo, podria solicitarlo si la empresa me deniega la reincorporacion a mi puesto, o bien esta obligada a ello?
Muchas gracias de antemano por su atencion,
Saludos
Efectivamente se mantiene el vínculo, y no te concederán la prestación por desempleo. Ahora bien si la empresa te deniega la reincorporación, sería un despido entonces si que podrías.
Buenas tardes, tengo una duda con respecto a la excedencia por cuidado de un menor de 3 años, y es si se puede solicitar aunque se esté con un contrato temporal, es decir, que no se tenga contrato indefinido en una empresa.
Sí, se puede solicitar.
Muchas gracias por su respuesta.
Hola buenos dias, pedi una exedencia porque fui madre de dos niñas y al finalizar mi baja maternal la inicie y la e ido renovando hasta los tres años
Durante la exedencia me hice una revision medica porque no me encontraba bien y me han encontrado varias lesiones en la espalda graves que arrastraba antes del embarazo y se han agrabado, los medicos me desconsejan realizar el trabajo que hacia antes porque puede perjudicarme mucho y falta un mes para mi incorporacion, y me gustaria saber si tengo derecho a coger la baja antes de la incorporacion????
Deberían darte el alta, y el primer día coger la baja.
Hola buenas.
Llevo 4 años y medio en una empresa y ahora me quieren despedir .
Pero estoy en el comité de delegado.
Mi salario bruto es de 1478 €.
Mis preguntas son las siguientes.
Me pueden despedir?
Si este fuera el caso cual sería mi indemnización.
Gracias
Si existen causas para ello sí que pueden despedirte. Tu indemnización varía en función del despido, entiendo que sería un despido objetivo, con derecho a 20 días por año trabajado, es decir, unos 90 días en tu caso, o lo que es lo mismo tres meses de salario.
Buenas Alejandro.
Hoy mean citado y como no hacepto sus condiciones me quieren haber unas incidencias disciplinarias por no cumplir con el trabajo según ellos
No te puedo dar una opinión, sin saber la oferta que te han hecho, los hechos que se te acusan y la veracidad de los mismos…
Hola. Actualmente estoy disfrutando de una excedencia por el cuidado de mi hijo menor de tres años, me concedieron tres años que se cumplen en agosto de 2019. Podría incorporarme antes de esa fecha? Y otra duda, si decido seguir la excedencia hasta la fecha y antes de q se cumpla tengo otro niño, puedo pedir otra excedencia al pasar la maternidad? O como he disfrutado de esta y no me he llegado a incorporar ya no podría volver a pedir otra?? Muchas gracias
Puedes volver antes, y en su caso, puedes volver a solicitar otra excedencia por otro hijo, cumplas esta en su integridad o no.
Buenos días
Tengo mi duda sobre la excedencia por cuidado de mi hija. Trabajé en una empresa con el contrato de fija discontinua de media jornada. Al nacer mi hija pedí excedencia para 2 años que se cumpla el 03 de septiembre de 2018. Mi pregunta es si puedo empezar a trabajar en otra empresa igual de media jornada? Tenía acumulado 6 meses de paro en otra empresa, podré disfrutar de paro si me despiden de otra empresa?? No pierdo mi derecho? Cuánto tiempo hay que estar de alta en otra empresa para poder disfrutar del paro? Tengo duda si no me van a sancionar de mi primer empleo?
Si trabajas y te despiden sí que tendrás derecho a desempleo. No obstante, la finalidad de la excedencia no es trabajar en otro sitio sino cuidado del menor, por lo tanto no se puede dar una respuesta afirmativa a si se puede trabajar. Todo dependerá de si puedes acreditar que el nuevo empleo permite conciliar mejor la vida labroal y familiar que el anterior, por que sí que te puede sancionar la empresa.
Hola, si pido una excedencia para cuidado de familiar, ¿puedo trabajar en otra empresa con horario reducido?
Siempre que acredites que ese trabajo es compatible con la excedencia y el cuidado del menor. Es decir, no puedes coger la excedencia con el objetivo de trabajar en otra empresa.
Se puede trabajar como autonomo en excedencia forzosa ?? se perderia el derecho a reserva de puesto ??
La excedencia de cuidado de hijo es una suspension del contrato de trabajo ?? si es afirmativo cuanto tiempo ??
En principio si, pero ¿Que tipo de excedencia forzosa? La excedencia por cuidad de u hijo es una excedencia voluntaria, y suspende el contrato de trabajo por lo que solicite el trabajador con un máximo de tres años.
Muy Buenas. Mi situacion es la siguiente: soy personal laboral indefinido de un Ayuntamiento. Estoy en excedencia voluntaria solicitada en principio por un año que me cumple el 22 de diciembre proximo. Estoy a punto de tener un hijo (este mismo mes de noviembre). Mi pregunta es: puedo solicitar una prorroga de la excedencia voluntaria por otro año o, en su caso, esperar a su finalizacion y solicitar una por cuidado de hijos menores de tres años? Y en este supuesto, puedo solicitarla por los tres años e incorporame antes si me interesa.? Muchas gracias
La prórroga no es un derecho de los trabajadores, por lo que sólo lo concederá la administración si el quiere, de todos modos, es mucho mejor que cojas la excedencia por cuidado de un menor, ya que tiene más ventajas que la excedencia voluntaria.
muchas gracias por tu consejo
Hola, gracias por resolver tantas dudas. A ver la mía: estoy en excedencia por cuidado de hijo menor de 3 años y soy funcionaria interina, el mes próximo me cesarán en el puesto por la toma de posesión del mismo por otra persona. Mi pregunta es, ¿tengo derecho a paro? ¿Se reduce de alguna manera el importe que cobraría por haber estado estos últimos 3 meses en excedencia por cuidado de mi hijo?
Muchas gracias.
No, no se reduce y sí que tendrás derecho.
Muchas gracias
Buenos días:
Actualmente disfruto de la excedencia por cuidado de un hijo. Ésta finaliza el próximo 04/05/2018, ¿Cuál es el cauce para su renovación? En caso negativo, ¿Qué excedencia debo solicitar?
Un cordial saludo.
Se puede renovar hasta que el menor cumpla tres años. En ese momento, salvo que el convenio recoja otro derecho, sólo podrás pedir la excedencia voluntaria. Ten en cuenta que dicha excedencia no concede la reserva del puesto de trabajo.
¿Y la solicitud de excedencia por cuidado de un familiar?
Mi hija es familar de primer grado de consanguineidad, menor y no tiene retribuciones.
¿Puede ser renovada?
Gracias por tu pronta respuesta. Un saludo.
No, no se incluye dentro de esa excedencia el cuidado de un hijo.
Buenas noches! Tengo a mis padres con edad muy avanzada (pasan los 90 ambos). Llevo desde el 2002 en una empresa con horario laboral de mañana. Ya en el 2014 estuve un año con excedencia por cuidados familiares. 1° Es posible volver a solicitar excedencia por cuidados familiares? 2° Podría solicitar la incorporación cuantas veces me fuera posible? 3° mientras estoy en excedencia por cuidados familiares podría acceder a un empleo que se ajustara mejor en horario para el cuidado? 4° cuantas veces se puede pedir este tipo de excedencia?
Muchas gracias
Si es por el mismo familiar podrás solicitar el periodo que te queda de excedencia, es decir, mínimo un año salvo que el convenio indique otra cosa. Si es posible disfrutarlo de manera fraccionada. Sobre a opción de trabajar en otra cosa, siempre que consigas acreditar que es más beneficioso para conciliación de la vida laboral y familiar si, pero en el fondo, la excedencia está pensada para el cuidado de un familiar, no para trabajar en otra empresa. Esta excedencia se puede pedir una vez por familiar.
Buenas,dicen ustedes que la excedencia se puede pedir una sola vez por familiar?en nuestro convenio dice que es posible volever a pedirla transcurrido s los 4 años,pero desde la fecha en què se pidió por primera vez o desde la finalización de la excedencia?
Estoy disfrutando de excedencia por cuidado de mi padre,en forma fraccionada:me queda un mes del primer año(ahora estoy trabajando).Mi madre ha sufrido una caída y está inmóvil. Puedo,en esas circunstancias,pedir una nueva excedencia por cuidado de mi madre hasta que le haga falta y ,en un momento más adelante,si mi padre volviese a necesitar ayuda,reanudar la primera excedencia que he pedido por mi padre?(mis padres viven separados en dos ciudades diferentes u tienen 80 y 88 años(.
Muchas gracias
Si el convenio lo permite puedes cogerla. Salvo que se entienda de otra manera, contaría los 4 años desde la finalización de la excedencia. Pero en tu caso podrías pedir otra excedencia por el otro progenitor.
Voy a pedir una excedencia a media jornada, por cuidado de un familiar. Esto conlleva cambio de contrato laboral?? Muchas gracias. Saludos
No, no conlleva cambio de contrato. Pero no se puede solicitar una excedencia parcial.
Querría plantear una duda, mi mujer tiene excedencia de 1 año por cuidado de hijo menor de 3 años, por incompatibilidad en el horario. Ahora le han hecho una oferta para trabajar durante un tiempo en una empresa en horario de tarde, el cual si le viene bien. Mi pregunta es si al finalizar dicho trabajo para esta empresa podría solicitar la prestación por desempleo al igual que sucede en los casos de excedencias voluntarias. Un saludo y muchas gracias.
Sí, podría.
Hola buenos dias! Me encuentro en situación de excedencia por cuidado de familiar. Me gustaría saber si en el momento que me reincorpore, se pierde la antiguedad que tengo en la empresa. Muchas gracias!
No, no se pierde.
Muchas gracias. Mi familiar ha fallecido. Me gustaría saber si puedo completar mi excedencia o estoy obligada a volver. Tengo excedencia de 6 meses desde el 3 de octubre, y mi madre falleció el dia 19 de octubre. Me encuentro en otra provincia distinta a la que resido, y por cuestiones personales y de papeleos y me gustaría continuar aqui. Muchas gracias por adelantado.
No, tienes que reincorporarte. De todas maneras, al solicitar la reincorporación tienes derecho al permiso retribuido mínimo de cuatro días por fallecimiento de un familiar si está en otra provincia. Este permiso no se hace efectivo hasta que no solicites la reincorporación, pero empieza a contar desde el momento del fallecimiento.
Gracias por contestar tan rapido Alejandro. Una pregunta, la empresa no se ha puesto en contacto conmigo… Que consecuencias puedo tener si yo no me reincorporo hasta finalizar mi excedencia???
Se podría considerar como un comportamiento grave y culpable del trabajador y podría ser sancionado, hasta con el despido disciplinario. Además, es un fraude a la Seguridad Social en el sentido de que esa excedencia tiene unas ventajas en cuanto a la cotización que ya no te corresponden.
Muchas gracias por la información 🙂
Hola, tengo dos preguntas:
1- Pueden disfrutar simultáneamente el padre y la madre de una excedencia por cuidado de hijo, trabajando en distintas empresas.
2-Pede estar el padre en reducción de jornada por cuidado de hijo y la madre de excedencia por cuidado de hijo simultáneamente.
Muchas gracias
Sí, pueden en ambos casos.
Y otra pregunta:
puede estar la madre en dos empresas distintas de excelencia por cuidado de hijo?
Muchísimas gracias por todo
si.
Hola buenas tardes, me gustaría exponerles una duda:
desde el 23 de Octubre del 2016 vengo disfrutando de una excedendia por el cuidado de mi hijo menor de un año. El 12 de Enero se pone en contacto conmigo la empresa par informarme del cierre de mi centro de trabajo, y que cuando vaya a reincorporarme me informaran de las modificaciones que tendré sobre mi puesto y lugar de trabajo de trabajo y la consiguiente indemnización para que así elija la opción que mejor me convenga. He aceptado dicha indemnización, ya que lo que me ofrecen me perjudica y altera mi vida familiar de cara a mi pareja, mi duda viene en si tengo derecho a recibir paro
Muchas gracias por su ayuda
Sí, tienes derecho a prestación por desempleo.
Muchas gracias por tu rápida respuesta
Un saludo
Hola, gracias por el artículo.
En mi caso aun he pedido la excedencia ya que tengo dudas. Le expongo mi caso: estoy en baja IT por complicaciones derivadas del parto/embarazo pero cuando me recupere no me quiero reincorporar y podria pedir la excedencia por cuidado de un hijo menor de 3 años pero puede que durante esa excedencia me llamen para trabajar en el sector público haciendo substituciones de maestra, ¿podría pedir al excedencia forzosa o necesito la voluntaria para poder aceptar otro empleo?
¿Puedo finalizar mi relacion laboral con la empresa de la que estoy en excedencia y una vez termine la substitucion podría cobrar el paro?
¿tendría que dar preaviso y días para funalizar la relacion laboral definitivamente durante la excedencia? ¿si se me terminara la substitucion antes de esos días de preaviso ya no puedo pedir paro?
Se que son muchas dudas y les agradezco muchisimo su respuesta.
La excedencia para cuidado de un menor tiene la finalidad de cuidad de dicho menor. Trabajar en otro empleo puede ser motivo de sanción, habría que acreditar que dicho nuevo trabajo es mejor para conciliar la vida laboral y familiar. Por otro lado, encontrar otro empleo, no sería causa de excedencia forzosa, aunque sí que podrías modificar el tema de la excedencia para pasarla a una excedencia voluntaria, pero teniendo en cuenta que ese tipo de excedencia no tiene la reserva de puesto de trabajo. Sobre cobrar el paro podrías, pero tendrías que comunicar la baja voluntaria antes que finalizar el nuevo contrato para poder cobrar el paro. Aunque espero que hayas entendido las posibilidades, son bastantes las cuestiones que planteas y las opciones existentes, por lo tanto te recomiendo una consulta presencial con un abogado.
Hola. Soy personal laboral en la Administración de justicia y me faltarían dos años para cumplir 65. Contando con 33 años cotizados ¿ podría pedir algún tipo de excedencia en que fuera posible cotizar a la seguridad social para cuidado de familiar incapacitado en primer grado?. Gracias¡
Ese tipo de excedencia sólo cotiza el primer año, pero sí sería posible.
Estando en Excedencia por cuidado de familiar (madre), puede tu padre y hermanos retribuirte durante ese periodo?
¿A qué te refiere con retribuirte? Darte un trabajo, depende de las circunstancias. Darte dinero, si, sin problema, sería una donación.
Sí, sería pagarme un sueldo… Como tributan las donaciones a la hora de hacer el IRPF? Lo tengo que declarar? Gracias!
Un salario como tal sólo podría hacerlo si te tiene contratada bajo una relación laboral. Podría darte dinero, sin ningún problema. Sobre la obligación de declara es una cuestión fiscal del cual no soy especialista.
Hola,
Actualmente tengo una excedencia por cuidado de un hijo, he tenido un segundo hijo y termina ahora mi baja de maternidad. Puedo pedir otra excedencia cuando termine mi baja de maternidad sin necesidad de reincorporarme, o para poder disfrutar de la siguiente excedencia tendría que solicitar el reingreso primero?
Muchas gracias
No es necesario la reincorporación. Puedes comunicarlo ahora.
Buenos días, tengo una excedencia por cuidado de un familiar que se me termina en unos meses. ¿Podría volver a pedir otra excedencia por el mismo motivo o una excedencia voluntaria? ¿Tendría que pasar algún tiempo para que pueda pedir otra excelencia? Gracias!
Puedes pedir la misma excedencia si no has superado el tiempo límite. En caso contrario, puedes pedir una excedencia voluntaria, pero en dicho caso no tendrás reserva del puesto de trabajo.
Hola…tengo una amiga cuya hija tiene sindrome down…y ahora mismo esta disfrutando de una excencia por cuidado del segundo hijo hasta los tres años…nos gustaria saber si es posible pedirse todos los meses de verano una escedencia…ya que no hay colegios especiales en esta epoca del año…gracias
Depende de si puede valerse por si mismo o no.
Hola, trabajo en un salón de juegos que se rige por el convenio colectivo de juegos colectivos de dinero y azar. Tengo menos de un año de antigüedad y tengo a un hijo (menor de edad y sin ingresos) con enfermedad grave que requiere de mi cuidado. Según he visto en el estatuto de los trabajadores (art. 46.3) puedo pedir sin ningún problema la excedencia por motivo especial de cuidado de un familiar, sin embargo, veo en el convenio que la redacción al respecto no es del todo clara e incluso puede dar lugar a una interpretación distinta, copio a continuación lo que pone el convenio al respecto:
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Art. 27. Excedencias.—La excedencia es una causa de suspensión del contrato de trabajo y produce efectos diferentes según sea voluntaria o forzosa. Se reconoce el derecho a excedencia a los trabajadores afectados por el presente Convenio que lleven más de un año al servicio de la empresa.
I. Excedencia voluntaria
1. Por un plazo mínimo de cuatro meses y máximo de 5 años, sin necesidad de ale- gar causa alguna.
2. El excedente no podrá trabajar en otra empresa de la misma actividad, si infringie- ra esta prohibición será causa de resolución de su relación laboral.
II. Excedencias especiales
1. Cuando se acrediten los siguientes supuestos:
a) Para atender al cuidado de cada hijo, tanto cuando lo sea por naturaleza como por adopción, o en los supuestos de acogimiento, tanto permanente como preadopti- vo, a contar desde la fecha de nacimiento o, en su caso, de la resolución judicial o administrativa, el plazo máximo es de tres años.
b) Para atender al cuidado personal del cónyuge, pareja de hecho o familiares hasta un segundo grado de consanguinidad o afinidad, que por razones de edad, acci- dente o enfermedad no pudiera valerse por sí mismo, y no desempeñe actividad retribuida. El plazo máximo es de tres años.
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La interpretación literal del convenio (primer párrafo) es que necesitaría un año de antigüedad para solicitar la excedencia especial y cualquier otro tipo de excedencia pero el estatuto de los trabajadores no lo establece así, únicamente para la Excedencia Voluntaria.
¿Es posible que el convenio tenga condiciones peores (como es este caso) a las establecidas en el Estatuto de los Trabajadores?
¿Necesito tener un año de antigüedad para poder solicitar excedencia especial?
Muchas gracias de antemano por su respuesta y asesoramiento.
Un saludo.
no, no es necesario tener el año de antigüedad.
Hola, ahora mismo tengo una excedencia por cuidado de un familiar (mi hija de 17 años por enfermedad), los dos años se cumplen dentro unos meses. Quisiera saber si es posible ampliar de alguna forma el período de excedencia.
Un saludo y gracias.
Salvo que el convenio amplíe la excedencia no.
Hola buenod días estoy actualmente de excedencia por cuidado de un menor de 2 AňoS y otra niňa de 8 mesrs desde el 22 de Mayo del 2017 hasta el 5 de Marzo del 2018 necesito prorrogarla hasta finales de septiembre del 2018 habría algún problema? Tienen la obligación ya q es de más de un año de conservar mi puesto de trabajo? Somos familia numerosa tbn gracias un saludo.
Puedes ampliarla hasta que tenga tres años.
Buenas tardes
Tengo un hijo de un año y actualmente tengo excedencia por un año. A mi marido le mandan fuera de España a trabajar, ¿puedo empezar a trabajar y luego volver a pedir excedencia por otro año? Si es así,¿ me respetan el lugar de trabajo? Es decir ¿ Me pueden mandar fuera de mi ciudad si mi puesto lo ocupará otra persona?
Gracias
Si es una excedencia por cuidado de un menor de tres años, sí puedes volver al trabajo y luego pedirla, y te respetarán el trabajo. En el momento que cumpla tres años, sólo podrás pedir la excedencia voluntaria y no se te respetará el puesto de trabajo.
Buenos días,
Tengo una hija menor de 11 años y por motivos laborales su madre tiene que viajar al extranjero por un periodo aproximado de 6 meses, para poder cubrir el cuidado de mi hija durante ese periodo quiero solicitar una “excedencia por cuidado de familiar que por razones de edad no puede valerse por si mismo” para que la empresa no me la pueda denegar y también poder tener derecho al reingreso a mi puesto de trabajo transcurridos los 6 meses.
¿Podría la empresa denegarme la excedencia por este caso? o al ser un periodo corto ¿me conviene más solicitar “una licencia no retribuida” que también me da derecho al reingreso?
Muchas gracias por tus comentarios!
Saludos,
David
Por cuidado de un hijo no se tiene derecho a la excedencia que indicas. Lo de la licencia retribuida, a no ser que sea un derecho del convenio, no viene recogido en el Estatuto de los Trabajadores.
Hola Alejandro,
Muchas gracias por tu pronta respuesta y disculpa las molestias pero necesito saber por qué no tengo derecho a solicitar la excedencia por cuidado de un familiar, en ese caso creo no he debido entender el punto 2 de los requisitos, ya que el punto 1 y 3 entiendo que sí los cumplo al ser familiar de 1er grado y no desempeñar ninguna actividad retribuida. ¿Puedes aclararme a qué se refiere el texto y en qué casos aplica cuando dice “por razones de edad no pueda valerse por si mismo”?
Saludos!
David
Una persona mayor, normalmente anciana o incapacitada. La jurisprudencia ya ha determinado que la excedencia que tu indicas no está pensado para cuidado de un menor, para ello existe la cuidado de un menor de tres años.
Hola Alejandro,
Me pasa algo parecido a David,
Soy familia monoparental, hasta junio 2018 con reducción de jornada por guarda legal de un menor. En junio tengo que volver a turnos mañana, tarde y noche. El turno de M empieza a las 04 y el de noche a las 20 hasta las 04. Evidentemente no puedo dejar solo a mi hijo de 12 años a esas horas y tenia pensado pedir excedencia por cuidado de familiar que por edad no puede valerse solo, pero me acbas de dejar fria. NO tiene pedir esa excedencia??
Gracias
Pilar
No, el cuidado de un niño no entra dentro de esa excedencia.
Hola,
Me gustaría solicitar una semana, o bien de excedencia o bien un permiso. Mi hijo es menos de 3 años.
Que sería mejor?
No se a que te refieres con el permiso, pero si tienes derecho a un permiso retribuido de siete días, es siempre mejor que la excedencia.
Buenas tardes. Trabajo desde hace 5 años desempeñando la misma labor en una institución sanitaria pública y firmando contratos cada 3 meses. Quería solicitar dos meses de Excedencia por cuidado de hijos menores de 3 años dentro de mi próximo contrato de tres meses, pero la empresa me dice que esto no es posible dado que mi contrato es temporal. Es esto cierto? Muchas gracias. Un saludo
No puedes solicitar una excedencia de un contrato futuro. Tendrás que reclamar la condición de indefinida antes.
Por lo leído, entiendo que se puede solicitar una excedencia para cuidar a madre de 88 años con invalidez 80% y sería considerada como forzosa, no? Por tanto, si es por un año, tendría derecho a la reserva del puesto de trabajo y en las mismas condiciones actuales ¿correcto? otras dudas que me quedan: Se puede solicitar la prestación por desempleo? (antigüedad en la empresa 30 años) y si a la vuelta no pueden dar el mismo puesto porque lo hayan suprimido o sustituido…y diesen otro de diferente categoría: inferior ¿podrían bajar el sueldo acorde a la nueva categoría o bajo ninguna circunstancia podrían variar las retribuciones?
El hecho de que la madre cobre el alquiler de un bajo comercial se considera actividad retribuida..¿da igual el importe?
No se tiene derecho a desempleo. Deberán reservarte el puesto de trabajo, si por lo que sea desapareciese, se podría proceder al despido objetivo siempre que sea necesario amortizar el puesto de trabajo. Por otro lado, sobre la posibilidad de bajar el sueldo, la posibilidad existe siguiendo el procedimiento adecuado y siempre que la empresa tuviera causa para ello. Además, habría que comprobar si tu salario está por encima de convenio, para saber las posibilidades que tiene la empresa para reducir el salario.
Hola, finalizo ahora una excedencia por cuidado de familiar ( de mi hijo que tiene ahora 2 años) regulada en mi Convenio Colectivo. Sin embargo, necesito seguir cuidándolo hasta que tenga 3 años. Puedo pedir una prórroga hasta que el niño cumpla los 3 años ciñéndome ahora al derecho que otorga el estatuto de los trabajadores con las excedencias por cuidado de hijos?
No sé si es incompatible haber empezado con un tipo de excedencia y ahora continuar con otra distinta? Gracias
No es incompatible, puedes hacerlo perfectamente.
Hola buenas tardes.Yo me encuentro en excedencia por cuidado de menor de 3 años ,la solicite para un año la empresa va a hacer un erte y mi pregunta es si puedo quitarme la excedencia antes de tiempo aunque la empresa esté en erte para poder cobrar el paro ese tiempo??
Tengo una duda, a ver si pueden ayudarme. He disfrutado de una excedencia por cuidado de hijos de pocos meses. Ha acabado y mi empresa me ha exigido darme de alta como demandante de empleo y que firme un contrato nuevo. Supuestamente todo es legal, pero tengo la mosca detrás de la oreja porque no entiendo en qué se beneficia la empresa haciendo las cosas así y si me puede perjudicar de alguna manera. Gracias.
Puede que se beneficie de alguna subvención o reducción de cuota, a ti, en principio, no te perjudica.
una vez gastada la excedencia por cuidado de un familiar cuando se puede volver a pedir otra nueva
No hay que esperar nada.
Buenos días, acabo de empezar la excedencia de 4 meses por cuidado de un familiar, mi padre. Tengo varias dudas. Quisiera saber si mientras estoy de excedencia, aunque haya sido dada de baja en la seguridad social ,tengo derecho a la asistencia sanitaria pública. Además quiero saber si tengo que avisar a la empresa un mes antes de que finalice la excedencia para avisarles de mi incorporación. Por otro lado, mi padre está bastante enfermo y quiero saber si tengo que avisar a la empresa en caso de fallecimiento del mismo. En caso de que esto suceda antes de terminar los 4 meses de excedencia quiero saber si me tengo que incorporar antes o puedo esperar a que finalicen los 4 meses de excedencia. Muchas gracias.
Si tienes derecho a asistencia. En caso de que finalice el periodo habrá que ver que es lo que dice el convenio sobre el preaviso, pero siempre es mejor preavisar con 15 días cuando no se indica nada. Si fallece tu padre, la causa de la excedencia ha finalizado y por lo tanto tienes la obligación de reincorporarte.
Muchísimas gracias por solucionar mis dudas de manera tan rápida y eficaz.
Un saludo.
Hola. Me gustaría saber si puedo volver antes de una excedencia por cuidado de menor. Si por ejemplo, pido un año pero al los 6 meses quiero incorporarme a mi puesto, podría?
Gracias
Sí, podrías.
Buenas tardes. Mi.consulta es si la reserva del puesto de trabajo x excedencia por cuidado de un menor es tb frqccionable como el plazo de disfrute de la.misma. es decir, yo he estado de excedwncia 4 meses en 2015 y me incorpore en octubre 2015, aún me quedan 8 meses( para los 12 meses de reserva de puesto) durante estos 8 meses restantes tengo tb la reserva de puesto de trabajo dentro de los tres años del menor???
Muchas gracias!
La reserva del puesto de trabajo se tiene siempre que se esté en excedencia por cuidado de un menor de tres años o familiar.
No entiendo, la reserva de puesto es de 1 año no de 3. No? Se puede fraccionar ese año?
Buenos días,
He leído que la excedencia finaliza cuando el hijo cumple 3 años.
Que consecuencias podría tener reincorporarme a la empresa 3 meses después de esa fecha? O sea cuando el niño tenga 3 años y 3 meses.
Sin superar la fecha de reincorporación los 3 años desde que se solicité la excedencia…
( el niño nació 27-06-2014 y después estaba en baja de maternidad, vacaciones y la excedencia la solicité el 9-12-2014 ).
Puede haber algún problema si solicito reincorporarme de la excendencia el 27-09-2017?
O debería reincorporarme máximo el 27-06-2017, que es la fecha que el niño cumple 3 años?
Gracias!
Si, podría haber un problema importante, podrían considerar una falta grave y provocar el despido o considerarlo como abandono del puesto de trabajo.
Hola. Quiero solicitar una excedencia por cuidado de hijos. Cuando se acabe, ¿puedo solicitar una excedencia voluntaria?
Gracias
si, puedes si tienes una antigüedad superior a un año.
Hola! Es que yo estoy igual . Eso significa q has de trabajar un año entre una y otra
No, no es necesario, que exista una separación de un año entre una y otra.
No, no es necesario que exista una separación de un año entre una y otra.
HOla,
soy fija discontinua de empresa, he solicitado y estoy disfrutando de una excedencia por cuidado de un familiar.
A la hora de reincorporarme al trabajo ( 01 de junio) resulta que tengo un trauma fisico que me impide desarrollar las funciones de mi puesto.
Me dicen desde la empresa que , si pido la baja por contingencias común, al haber estado “fuera” de la empresa por mas de 4 meses perdería mi puesto de trabajo, ya que mis condiciones actuales me hacen “No Apta” para el desarrollo de mis funciones laborales.
Es cierto?
Gracias
Lo que te indica la empresa no es cierto. Si necesitas coger la baja puedes hacerlo. ¿Realizas alguna actividad de riesgo? ¿El no apto te lo dice la empresa o el médico de la empresa?
Si,realizo una actividad de riesgo.
Tenemos que superar un reconocimiento medico y hoy mismo el medico de la mutua que realiza los reconocimientos me ha dicho que lo dejaria en “no valorable” hasta recibir la baha de mi medico de cabecera.Me purden entonces meter en excedencia forzosa,con reserva de puesto,como indica mi convenio para quien no pase el reconocimiento medico o las priebas fisicas?
Habría que mirar que es lo que pone el convenio exactamente. Pero entiendo que, deberían darte un puesto que se adapte a tu situación.
hola estoy en excedencia por cuidado de un menor de 3 años, y me tengo que reincorporar, pero necesitaria 1 dia libre cada 14 dias, ¿puedo pedir la excedencia dias sueltos?,
muchas gracias
Si se puede, mientras no supere los tres años.
hola: soy funcionaria y estoy en excedencia por el cuidado de un familiar y resulta que ahora tengo otro familiar que tampoco se vale por sí mismo, por lo tanto quisiera
Cambiar una excedencia por otra, pero no se la manera de hacerlo.
Tengo que reingresar para hacer el cambio de excedencia ? Muchas gracias
No hace falta realizar el reingreso, salvo que antes de que te concedan la nueva excedencia finalice la causa de la primera.
Y como hago el cambio de una excedencia a otra? Como se solicita?
Gracias
Por escrito. Si no quieres ir hasta allí, por burofax.
Hola voy a pedir la excedencia soy fija discontinua x q voy a dar a luz soy camarera de pisos cuando me vuelva a incorporar no perderé mi antigüedad y me volverán a llamar las mismas fechas de antes oh me llamarán al final q entren todas las fijas
No tienes que perder ningún derecho por solicitar una excedencia por cuidado de un hijo.
he solicitado excedencia de maternidad por cuidado de hijo menor a tres años y lo hice por email escrito. Ahora me convocaran a formalizar esta excedencia firmando unos documentos, me adelantaron que son los que se firman en estos casos: me dijeron la solicitud de la excedencia, la concesión de la empresa.
un responsable me decia que es como un retiro voluntario, porque el haber pedido excedencia dice que no me da derecho a volver si otra persona esta haciendo mi tarea…
me dijeron que si vuelvo, me volveran a contratar con la misma antiguedad e iguales condiciones que las q tenia,
Quiero saber esos documentos que debo firmar y que no o que debo tener precaución a la firma?
muchas gracias
No, eso es mentira. Si firma una excedencia por cuidado de un menor tiene derecho a reincorporarse a la empresa, parece que la empresa quiere que firme una excedencia voluntaria.
TEngo un hijo de 4 años y quiero pedir la excedencia por cuidado de familiar, amparándome que mi hijo no puede valerse por sí mismo, no tiene ninguna enfermedad, ni minusvalia …. pero cumple los requisitos de edad, no valerse por el mismo y segundo grado de consanguinidad ¿ puedo?
Si la cuestión de que no puede valerse por sí mismo lo dices por la edad, no creo que te lo concedan.
Hola,
¿Por que motivo se la pueden negar?
Es un familiar que por cuestiones de edad no tiene la capacidad para valerse por si mismo, no es autónomo y lógicamente no desempeña actividad retribuida…
Estoy es lo que hay que acreditar <<Requisitos para la excedencia o reducción de jornada cuidado de un familiar
Hola,
Vive conmigo mi suegra de 82 años, porque no puede vivir sola,puedo solicitar excedencia por cuidado de un familiar por días sueltos??
Un saludo y gracias.
No, eso sería más bien una reducción de jornada.
Hola!Estoy en primer ano de exedencoa por cuidado de un famillar.La empresa se transpasa a otro empresario.Que derechps tengo ? Que tengo que hacer?Graciase
Nada, tu situación no varía. Es la empresa la que te tiene que comunicar que cambia el empleador, nada más.
Hola.
Estoy embarazada y después del nacimiento de mi hija tendré mi baja maternal, la lactancia, los dias que regala la comunidad de Madrid y el mes de vacaciones de ese año. Después de disfrutar todo eso quiero unirlo con una “excedencia por cuidado de menor”, no sé el tiempo de duración pero máximo será de un año, y mi pregunta es, el tiempo de excedencia me sigue contando antigüedad en mi puesto para trienios cotizar a la s.s., movilidad interna etc.?
Por lo que he leído creo que sí, en el caso que no es cuando se pide excedencia voluntaria, pero la mia sería por cuidado de menores.
Me podrían confirmar y explicar.
Gracias x adelantado.
Hola he pedido una excedencia de una año por cuidado de un hijo menor de tres años, que ocurre si durante mi periodo de excedencia, cierra la empresa y no me puedo incorporar cuando acabe la excedencia, tendría derecho a alguna indemnizacion o al paro.
Un saludo y gracias
Si, la empresa tendría que abonarte una indemnización.
Interesante el blog, muy bueno. Quisiera plantear mi duda, tengo un pequeño negocio estacional. Cuando he hecho el llamamiento a una empleada fija discontinua para incorporarse de cara a la temporada invernal, me ha respondido que por no poder conciliar familiar y laboral su situación, me solicita voluntariamente un periodo de excedencia, invocando acogerse al Art. 19.2 del convenio colectivo de enseñanzas no regladas por cuidado de un hijo menor de 8 años, por encontrarse en situación de guarda legal.
Mi pregunta es si debo obligadamente guardar su puesto de trabajo, cual es mi obligación económica con la ss durante este periodo, y si me ha hecho la solicitud en el marco de la ley. Muchas gracias por la respuesta de antemano! Un saludo
La excedencia que te ha solicitado es sólo posible cuando se tiene un hijo menor de tres años y no de ocho. La excedencia que solicita es con reserva del puesto de trabajo, no obstante si no tiene una menor a su cargo menor de tres años no tendría derecho a ella.