Dudas frecuentes del periodo de prueba
El periodo de prueba en España
- Concepto del periodo de prueba
- ¿Qué requisitos debe cumplir un periodo de prueba?
- ¿Es necesario el preaviso?
- ¿Es necesario que sea por escrito en caso de que me indique periodo de prueba no superado?
- ¿Tengo derecho a indemnización?
- ¿Tengo derecho a finiquito?
- ¿Me tienen que pagar los días trabajados? ¿me tienen que dar de alta en la seguridad Social?
- ¿Hay alguna situación que excluya la posibilidad de extinguir la relación laboral como por ejemplo el embarazo o estar de baja?
- ¿Tengo derecho a paro?
- ¿Cuál es la duración máxima del periodo de prueba?
- Finalidad
- Nulidad
- Si no estamos conformes, plazo para demandar
Concepto del periodo de prueba
El periodo de prueba es el pacto establecido por escrito en el contrato de trabajo durante el cual, tanto el empresario como la persona trabajadora, pueden extinguir la relación laboral sin necesidad de justificar la causa, ni realizar un preaviso ni abonar una indemnización.
En otras palabras, es un periodo que tiene como finalidad que ambas partes verifiquen si se cumplen las expectativas que tenían puesto en la relación laboral.
No es un tipo de contrato, no existe el «contrato de prueba» sino que es una cláusula o pacto que se suele incluir en cualquier tipo de contrato.
Tras las reforma laboral realizada en diciembre de 2021 los contratos de formación en alternancia (antiguos contratos para la formación y el aprendizaje) no tienen periodo de prueba, y los contratos en prácticas de un sólo mes como máximo.
Viene recogido en el artículo 14 del Estatuto de los Trabajadores en el que se indica en su apartado 3:
Durante el periodo de prueba, el trabajador tendrá los derechos y obligaciones correspondientes al puesto de trabajo que desempeñe como si fuera de plantilla, excepto los derivados de la resolución de la relación laboral, que podrá producirse a instancia de cualquiera de las partes durante su transcurso.
¿Qué requisitos debe cumplir un periodo de prueba?
El primer requisito fundamental para que exista un periodo de prueba válido es que debe de haberse recogido por escrito en el contrato de trabajo de forma expresa. Dicho de otro modo, si no hemos firmado ningún contrato no existe periodo de prueba.
El segundo requisito es que el periodo de prueba no puede superar el tiempo establecido en el Estatuto de los Trabajadores o en el convenio colectivo.
Por otro lado, no se podrá concertar un periodo de prueba si la persona trabajadora ha realizado anteriormente las mismas funciones para la misma empresa, aunque esto como más adelante detallaremos tiene excepciones.
Por último, el contrato de trabajo debe indicar de manera expresa el tiempo del periodo de prueba sin que sea posible indicar «según lo establecido en el estatuto de los trabajadores». Se podrá indicar «según lo recogido en el convenio colectivo» si este establece de manera expresa el plazo del periodo de prueba.
Es decir, no es posible una remisión genérica a la normativa laboral sino se puede conocer de manera clara cual es el tiempo del periodo de prueba, por lo que se ha de establecer de manera expresa y clara según ha establecido el Tribunal Supremo en la sentencia de 9 de diciembre de 2021.
¿Es necesario el preaviso?
No, nunca es necesario el preaviso ni por parte de la empresa ni por parte del trabajador para extinguir la relación laboral por esta causa.
Por lo tanto, es posible que al finalizar una jornada laboral te indique, ya sea de manera verbal o escrita, que no hace falta que vayas al día siguiente al trabajo.
¿Es necesario que sea por escrito en caso de que me indique periodo de prueba no superado?
No, la legislación no establece la obligación de ninguna de las dos partes de que se ponga por escrito el periodo de prueba no superado.
Ahora bien, siempre es recomendable que así se haga, por lo que aquí tienes un modelo para indicar un periodo de prueba no superado indicado por el trabajador.
Es recomendable para que luego se pueda acreditar cual ha sido la causa de extinción de la relación laboral.
¿Tengo derecho a indemnización?
No, no se tiene derecho a indemnización, aunque sí que se tiene derecho al salario de todos los días trabajados.
Del mismo modo, tampoco se tendrá que abonar ningún tipo de penalización por parte del trabajador por extinguir la relación laboral dentro de este periodo.
Sin embargo, aunque rara vez se hace, se puede pactar el derecho a una indemnización para el caso de extinción durante el periodo de prueba.
¿Tengo derecho a finiquito?
Siempre que se extinga una relación laboral se tendrá derecho al finiquito, aunque como hemos indicado anteriormente, dentro de los conceptos no se tendrá que incluir el de indemnización.
Normalmente, el finiquito tendrá que incluirse la parte proporcional de las pagas extraordinarias, si es que no están prorrateadas, así como las vacaciones generadas y no disfrutadas y el salario de los días trabajados.
¿Me tienen que pagar los días trabajados? ¿me tienen que dar de alta en la seguridad Social?
Sí.
La única diferencia durante el periodo de prueba es que la relación laboral se puede extinguir sin necesidad de alegar causa alguna, pero persisten todos los demás derechos, entre ellos el de que el empresario abone el salario correspondiente según el convenio colectivo y las funciones realizadas.
Del mismo modo, todos los días trabajados tienen que estar cotizados y reflejados en el informe de vida laboral.
¿Hay alguna situación que excluya la posibilidad de extinguir la relación laboral como por ejemplo el embarazo?
Si, en el año 2019 ha incorporado el siguiente texto en el citado artículo 14 del Estatuto de los Trabajadores:
La resolución a instancia empresarial será nula en el caso de las trabajadoras por razón de embarazo, desde la fecha de inicio del embarazo hasta el comienzo del período de suspensión a que se refiere el artículo 48.4, o maternidad, salvo que concurran motivos no relacionados con el embarazo o maternidad.
Antes de esta reforma, una sentencia del Tribunal Constitucional consideró adecuado la extinción de la relación laboral de una embaraza en periodo de prueba, salvo que la trabajadora acreditará que la extinción fuera por un periodo de prueba no superado.
Con la nueva legislación, todavía se permite extinguir la relación laboral por un periodo de prueba no superado desde el embarazo hasta el permiso de maternidad, ya que la legislación indica que salvo que concurran motivos no relacionados con el embarazo o maternidad, pero la gran diferencia es que ahora el empresario tendrá que acreditar una causa, que no sea la situación de embarazo por la cual extingue la relación laboral.
En caso de que no consiga acreditar otra causa que lo justifique, la extinción de la relación laboral será considerada como un despido nulo.
Por otro lado, en caso de incapacidad temporal, existe jurisprudencia como por ejemplo la Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura de once de julio de 2019 que considera el despido nulo cuando la empresa extingue la relación laboral en el momento que el trabajador ingresa en el hospital siendo la baja de duración incierta, pero previsiblemente larga.
¿Tengo derecho a paro?
Depende.
Si el periodo de prueba no superado lo indica el trabajador, nunca se tendrá derecho a desempleo. Puesto que es asimilable a una baja voluntaria a los efectos de la seguridad social.
Por otro lado, si es la empresa es la que indica el periodo de prueba no superado, tendrá siempre derecho a la prestación por desempleo, a excepción de que el trabajador haya finalizado su anterior relación laboral por una baja voluntaria (o abandono del puesto de trabajo), y no hayan transcurrido más de tres meses desde la fecha de baja voluntario y el actual periodo de prueba no superado.
En otras palabras, puede que no se tenga derecho si se proviene de una baja voluntaria como explicamos en este artículo.
Por otro lado si quieres saber el tiempo y la cuantía de desempleo que tienes derecho te recomiendo que leas este artículo.
¿Cuál es la duración máxima del periodo de prueba?
La duración será la pactada en el contrato de trabajo de forma expresa.
No obstante, no podrá superar la duración máxima que recoja el convenio colectivo, o en su defecto, el estatuto de los trabajadores.
El convenio colectivo no tiene ningún límite a la hora de establecer la duración máxima del periodo de prueba.
Ahora bien, existe jurisprudencia que ha considerado como abusivo determinados convenios que establecen duración inusualmente largos para el tipo de trabajo, valga como ejemplo la sentencia del TS de 20 de julio de 2011 que declara nulo un periodo de prueba de un año o la sentencia del TS de 12 de noviembre de 2007 que declara abusivo un periodo de prueba de dos años.
En defecto de convenio colectivo, por que no se nos aplica ninguno o por que éste no dice nada, el periodo de prueba no podrá de los siguientes límites:
- Seis meses para técnicos titulados.
- Dos meses para trabajadores que no sean técnicos titulados y pertenezcan a empresas de 25 o más trabajadores.
- Tres meses para trabajadores que no sean técnicos titulados y pertenezcan a empresas con menos de 25 trabajadores.
Además, en el supuesto de los contratos temporales por tiempo no superior a seis meses, el periodo de prueba no podrá exceder de un mes, salvo que se disponga otra cosa en convenio colectivo.
Por último, hay que tener en cuenta que las suspensiones del periodo de prueba acordados en el contrato de trabajo pueden hacer que se alargue mucho más allá de la duración máxima.
Periodo de prueba durante un contrato formativo (prácticas y formación)
No se podrá establecer ningún periodo de prueba en los contratos de formación en alternancia, los antiguos contratos para la formación y el aprendizaje, tras la reforma laboral realizada en el año 2021 a través del RDL 31/2021.
Por otro lado, los contratos para la obtención de la práctica profesional, los conocidos anteriormente como contratos en prácticas, la duración del periodo de prueba será como máximo de un mes, salvo que el convenio colectivo permita una duración superior.
Interrupción y suspensión del periodo de prueba
Hay situaciones que pueden interrumpir el periodo de prueba, siempre que así se haya establecido en el contrato de trabajo, normalmente como una cláusula adicional.
Estas situaciones son las de incapacidad temporal, maternidad, paternidad, adopción o acogimiento, riesgo durante el embarazo o lactancia y violencia de género.
Durante esta suspensión del periodo de prueba es válida la extinción de la relación laboral por esta causa, es decir, que sólo se suspende la duración del periodo de prueba pero no los demás efectos del periodo de prueba.
Así lo ha determinado la jurisprudencia, valga como ejemplo la sentencia del tribunal Supremo de 12 de julio de 2012 o la sentencia del TSJ de Madrid de 10 de noviembre de 2016.
Por lo tanto, esta suspensión, lo único que hace es alargar el periodo de prueba hasta un tiempo que podría ser bastante largo teniendo en cuenta que una persona puede estar de incapacidad temporal más de un año y medio.
Finalidad
El periodo de prueba tiene por objeto conocer las aptitudes profesionales del trabajador.
En este sentido, el empresario, una vez transcurrido el plazo del periodo de prueba, no podrá alegar la ineptitud del trabajador.
Por otro lado también sirve, como ha declarado el Tribunal Constitucional, para el conocimiento mutuo de las partes en el aspecto personal y humano.
Por todo ello, el artículo 14 del Estatuto de los Trabajadores establece que será nulo el pacto que establezca un período de prueba cuando el trabajador haya ya desempeñado las mismas funciones con anterioridad en la empresa, bajo cualquier modalidad de contratación.
¿Cuándo se considera nulo el periodo de prueba?
El período de prueba se considera nulo y por lo tanto, la extinción del contrato por esta causa improcedente, cuando:
- La duración del mismo exceda de los límites permitidos.
- No se haya recogido por escrito.
- La relación laboral se inicia verbalmente y se fije por escrito con posterioridad al inicio de la prestación del servicio, salvo excepcionalmente que se realice en los días justamente posteriores a la contratación ( Sentencia del TSJ de Galicia de 23 de febrero de 2012)
- El trabajador haya realizado anteriormente las mismas funciones para la empresa, independientemente de la modalidad contractual utilizada en ese período, incluso cuando, sin solución de continuidad, pase de una empresa de trabajo temporal a la empresa usuaria.
Si un contrato temporal está en fraude de ley, no convierte en nula todas las cláusulas del contrato, entre ellas, la del periodo de prueba.
Es decir, que aunque el contrato tenga alguna cláusula fraudulenta no determina que el contrato sea nulo en su totalidad, y se mantiene la validez del periodo de prueba.
Si no estamos conformes, plazo para demandar
El plazo para presentar demanda, en caso de desacuerdo con la cesación del contrato por no superación del período de prueba, es de, al igual que en caso de despido, 20 días hábiles desde la fecha de efectos de la extinción de la relación laboral.
En primer lugar, tendremos que presentar una papeleta de conciliación laboral y posteriormente, en caso de no alcanzar un acuerdo, una demanda ante la jurisdicción social.
En este artículo explicamos como contar el plazo para demandar por despido.
En el último puesto que estuve me dijo la ETT que no había superado el periodo de prueba, y en ningún momento tenía a nadie supervisando todo lo que hacía paso por paso, mi pregunta es: Quién se encarga de decir si has superado la prueba o no? Porque no suena muy legal que digan que no has superado cuando ni siquiera han estado contigo a cada momento
La dirección empresarial sin que sea necesario que exista una supervisión directa del puesto de trabajo.
Buenas noches,
Me han dado un no superado periodo de prueba. Resulta que la empresa paga variable (comisiones) a mes vencido, es decir, la empresa las comisiones de diciembre las paga en Enero.
Al darme ellos por su parte el no superado el periodo de prueba, deben abonarme esas comisiones? O al ser un no superado periodo de prueba no?
Muchas gracias
Un saludo
Si las has generado, sí debe abonarlas aunque exista un periodo de prueba no superado.
El tiempo de prueba es independiente al tiempo de duración del contrato o tiene que ser el periodo de prueba en un mismo contrato , si la duración de contrato es inferior al tiempo de prueba se podría sumar a los próximos contratos de futuro.
Es decir si tienes dos meses de prueba en la misma empresa y tienes un contrato de un mes al no cumplir el tiempo de prueba se sumaría a un nuevo contrato por la misma empresa??.
Sí, se podría llegar a sumar. Lo explico en este artículo.
Buenas tardes, he firmado un contrato de trabajo indefinido con periodo de prueba de 180 días los cuales he superado los primeros días de Enero 2023. En el día de ayer desde la empresa me comunican que quieren realizar una prorroga de mi periodo de prueba por 90 días mas. Es legal? Existe un limite de días para el periodo de prueba?
Gracias
No, en mi opinión no es posible una prórroga de un periodo de prueba.
Buenas tardes, me hicieron un contrato indefinido con periodo de prueba de 6 meses el 7 de julio y hoy día 29 de diciembre me han comunicado que mañana es el ultimo día que trabajo ya que no soy lo que buscan. Durante este tiempo no he disfrutado de vacaciones. Entiendo que me las tendrán que pagar ¿no? O como es el proceso. Gracias y un saludo.
Sí, se abonan en el finiquito.
Buenos días, antes de nada gracias por contestar a mi duda. Aunque ahora me ha surgido otra, tal y como te comenté en mi anterior mensaje el jueves me dijeron por teléfono que el viernes era el último día que tenía que ir a trabajar, que ya me llamarían para que me pasara por la oficina. Supongo que me tengan que dar algún papel o algo como de que estoy despedido ¿no? es que he buscado información por internet y unos dicen que al estar en periodo de prueba no hace falta otros que si y es un lio, porque claro ellos me han dicho por teléfono que no vuelva a trabajar el lunes pero solo falta que encima me despidan por no haberme presentado, y como se suele decir uno ya no se fía ni de su sombra.
El periodo de prueba no superado no es un despido, desde un punto de vista jurídico, y no se exige la comunicación sea escrita, aunque es lo aconsejable. Revisa si te han dado de baja en la seguridad social. Si no te han dado de baja en la seguridad social, y en caso de duda, acude al lunes a tu puesto de trabajo para que te hagan una comunicación por escrito.
Buenos días Alejandro, mi hijo tenía un contrato por obra de 6 meses con un periodo de prueba de 15 días. Le han despedido al mes por baja en el contrato por obra. Solo le envían finiquito. Le corresponde indemnización? Gracias anticipadas
¿Cuál es la causa de extinción? Eso determinará el derecho a una indemnización.
Buenas tardes,
Mi duda es la siguiente: tengo un contrato de 6 meses con periodo de prueba de 6 meses, y me han dicho que es renovable para otros 6. En los segundos 6 meses puede haber período de prueba?
Muchas gracias.
Un saludo.
No.
Buenas tardes, pedí baja voluntaria para irme a otro trabajo. Me despidieron en el periodo de prueba y no tengo derecho a paro. En ventanilla del SEPE me dijeron que no tenía derecho a ninguna prestación, que para cobrar desempleo me tendrían que contratar y finalizar el contrato, la pregunta es: hay un tiempo mínimo de contratación para que pueda cobrar desempleo? de cuanto tiempo tendría que ser el contrato? Gracias, un saludo
No, no hay un tiempo estipulado del siguiente contrato que determine la legislación.
Buenas tardes!
Me despiden 15 días después de contratarme, alegando que no paso el período de prueba, cuando la.justificación real y así me lo dijeron ellos también, «la directiva nacional no estaba de acuerdo con la contratación, pero lo hice porque estoy convencido que es necesario», en resumen, empresa grande muy jerarquizada…, pero bien, el contrato se formalizó justo al día siguiente de que acabara el contrato de practicas en la misma empresa, desempeñando la misma función durante al menos 1 mes.
Es legal el despido? Es legal ese período de prueba, cuando yo ya estaba en la empresa 3 meses?
Gracias de antemano
Un saludo
Sofia
Si ya estabas contratado anteriormente, entiendo que no es correcto esta extinción por periodo de prueba no superado, si sumando los dos contratos ya has superado el tiempo de prueba.
¡Hola Alejandro!
El día 18 de noviembre llegué al trabajo y mi jefe, justo antes de iniciar mi jornada laboral, me despidió. Las causas del despido me las expulsó de manera verbal alegando: falta de actitud comercial y quejas por parte de los compañeros sobre mi persona (en ningún momento me aclaró esas quejas recibidas). Me ha despedido durante el periodo de 6 meses de prueba. ¿Podría reclamar algo?
Muchas gracias.
Si es durante el periodo de prueba recogido en el contrato, será complicado conseguir algún tipo de indemnización.
Buenas noches.
Despues de abandonar un trabajo para irme a otro me despiden a los 28 dias y me deniegan el paro porque en el certificado de empresa pone que estoy en periodo de prueba cuando en contrato indica que son 15 días. ¿Es valido lo que pone en contrato o lo que pone en el certificado de empresa?
¿Cuál es la causa que te indicó la empresa más allá de lo que pone el certificado? De cara al SEPE, lo importante es lo que pone el certificado. Ahora bien, si te han indicado un periodo de prueba no superado y ya lo habías superado, demanda para que sea considerado despido improcedente y así, además de una indemnización, tendrás derecho a paro.
Muchas gracias por tu pronta respuesta. Tengo otra duda: Sirve de algo ir a reclamarlo al sepe con mi contrato en la mano o me tengo que poner en manos de un abogado. Gracias de nuevo.
Sin perjuicio de que puedes ir al SEPE con el contrato, creo que no va a valer para nada. Lo que marca el derecho al desempleo es la causa que ha establecido la empresa en el certificado de empresa, y al SEPE le importa poco lo que indique el contrato.
He estado en dos puestos distintos a través de dos ETT’s y en ambas terminaron diciendo que no hace falta que vuelva puesto que no superé el periodo de prueba. Porqué motivo no justifican la causa de despido por no superar el periodo de prueba?
Normalmente cuando se indica un periodo de prueba, no se especifica mucho más.
Hola! Me han hecho un contrato con 30 días d prueba pero ha causado baja por enfermedad justo al tercer día de contrato, mi pregunta es si me pueden despedir estando de baja ya que la baja podría ser d larga duración. Muchas gracias
Como posibilidad, sí. Habría que ver la causa que alegan para ver si se puede considerar como nulo como aquí explico.
Muchas gracias por la información, me ha sido de mucha utilidad. Aún así, tengo una duda: Firmé, hace un mes, un contrato para trabajar en un musical. El contrato, en el apartado de Duración, especifica que tiene vigencia desde el día 09/09/2022 hasta la finalización de la Producción. También estima como fecha aproximada de finalización del Contrato, julio de 2023. El caso es que ayer, al acabar la función, me dicen que producción no puede con tanta nómina y que han decidido que el sábado que viene se acaba mi contrato, pues finaliza el periodo de prueba, que es de un mes, según dicen. En mi contrato no dice nada de periodo de prueba. No sé qué hacer, hace unos días firmé un contrato de alquiler hasta julio. ¿A qué tengo derecho en este caso? Muchísimas gracias
Si el contrato de trabajo no especifica ningún periodo de prueba, se trataría de un despido improcedente. Tendrás que impugnar el despido en un plazo de 20 días hábiles desde la fecha de extinción.
Muchísimas gracias por la aclaración y por la pronta respuesta, Alejandro. Veré pues si en la liquidación se incluye, aparte de la nómina y las horas extra que me deben, la indemnización por despido (supongo que por un mes no será mucho). Si no es así, contactaré para denunciar. Reitero mi agradecimiento.
No creo que te incluyan indemnización si te indican un periodo de prueba no superado.
Hola, llevo trabajando desde el día 15 y a día de hoy 25 no he firmado ningún contrato… Podrían echarme sin firmar ningún contrato? No sé ni cuánto es el periodo de prueba ni nada. Sólo se que me dieron de alta como indefinida.
Gracias
Buen día… Mi caso es el siguiente:
Empecé contrato laboral en el BBVA por 3 meses (desde abril hasta Junio) con ett. Ahora bien, el 1 de julio firmé contrato indefinido directamente con el BBVA con un periodo de prueba de 6 meses, indicándome que para dicho periodo de prueba me sumarían los 3 meses que estuve por ETT, pero el 30 de septiembre me dicen que no he superado el periodo de prueba.
Teniendo en cuenta que estuve 3 meses por ETT, es procedente que me hayan puesto 6 meses de prueba cuando firmé con la empresa?
Habría que ver que es lo que dice el convenio, seguramente no. Te recomiendo que leas este artículo.
Ante todo buenas tardes y gracias por su tiempo Don Alejandro.
Mi convenio colectivo es el de empresas de ingeniería y oficinas de estudios técnicos, mi categoría profesional es grupo 3 técnico de primera.
El periodo de prueba es el siguiente :»en ningún caso podrá exceder de seis meses para los puestos técnicos titulados, ni de tres meses para el resto de personal»
En el convenio se especifica dentro de la categoría 1 «personal titulado : «Grupo I. Personal titulado.
Personal titulado: Es quien se halla en posesión de un título o diploma universitario oficial de Ingeniería, Arquitectura, Licenciatura o Doctorado (antes, de Grado Superior), Ingeniería Técnica, Arquitectura Técnica, Aparejador o Aparejadora y Diplomatura (antes de Grado Medio), que está unido a la empresa por un vínculo de relación laboral concertado en razón del título que posee, para ejercer funciones específicas para las que el mismo le habilita y siempre que preste sus servicios en la empresa con carácter exclusivo o preferente por un sueldo o tanto alzado, sin sujeción a la escala habitual de honorarios de su profesión.»
Mi categoría indica lo siguiente: » Grupo III. Personal técnico y especialistas de oficina.
Se integran en este grupo quienes cuenten con las titulaciones de formación profesional, o con la experiencia afín equivalente reconocida por la empresa, exigidas para la ejecución de las actividades propias de los Departamentos de las empresas incluidas en el ámbito funcional del presente Convenio.»
y la definición de mi puesto seria: Técnico o Técnica de primera: Es la persona trabajadora que actúa a las órdenes de un cargo superior, y bajo su propia responsabilidad realiza trabajos técnicos que requieren iniciativa, propios del Departamento de la empresa al que esté adscrito.
Entiendo que al no tener responsabilidad en mi cargo, el periodo de prueba seria como máximo de 3 meses, pero en mi contrato pone que son 6 meses, veo que se especifica quien es el personal titulado, pero no recoge específicamente quienes estarían en 3 o 6 meses.
Le agradecería mucho su ayuda para saber si el periodo de prueba es de 3 o 6 meses.
Un saludo
Este tema es siempre discutible, ya que no existe una definición exacta de técnico titulado, y la jurisprudencia (ejemplo del TSJ de Cataluña) ha considerado que no es necesario la titulación, sino las funciones realizadas, y en tu caso, no hay dudo de que eres técnico.
hola, comenze a trabajar el 22 de julio en el telepizza, y necesito pedir la baja por problemas personales para el 1ero de septiembre, tendria que pedirla desde antes? aun estando en periodo de prueba?
Si el 1 de septiembre todavía estás dentro del periodo de prueba, no es necesario preaviso, en otro caso, debes preavisar con lo que indica el convenio colectivo.
En mi contrato indefinido me dice que el periodo de prueba será de un año …. entonces no tengo q dar preaviso alguno
Hola buen día espero me puedan ayudar con una duda.
Comencé a laborar en una empresa el 03 de Mayo y el día de hoy 05 de Agosto me llaman para decirme que no seguire en la empresa por «no superar el periodo de prueba» cuando este período es de 4 meses y no es cierto que no haya cumplido con mis responsabilidades.
Me encuentro en baja medica por una cirugía de urgencia y quisiera saber si me pueden despedir sin haber finalizado el período y estar aun de baja .
Muchas gracias.
El periodo de prueba no hay que cumplirlo en su totalidad, sino que se puede extinguir la relación laboral durante el tiempo que dura. Ahora bien, si estás de baja es un indicio de que la extinción puede ser correcta, y por lo tanto, el despido puede ser improcedente o nulo. Te recomiendo que demandes.
Buenos días! He firmado el contrato al día 27 de junio,con un mes de prueba y en 01.de agosto la empresa desidi restringir lo. Mi pregunta es : ¿Sigo aún en el mes de prueba o el período ya se ha pasado y tienen que despedirme con preaviso? Gracias.
Entiendo que el periodo de prueba ya ha pasado.
Buenos dias, le agradeceria que me ayudara con una duda que tengo. Yo empecé a trabajar en una empresa el 28 de junio. En mi contrato se establece un periodo de prueba de 30 días. El dia 28 de julio (estando de baja por accidente laboral) me comunican por Whatsapp que no he superado el periodo de prueba. Me llega el burofax el día 29 de julio.
Mi duda es si esta notificación está fuera de plazo, ya que según mis cuentas el periodo de prueba terminó el día 27 de julio.
Muchas gracias de antemano por su ayuda y un saludo.
Sí, en mi opinión terminó el 27 y por lo tanto, la extinción no es correcta.
Buenas tardes, les consulto esta duda que tengo, el pasado 30 de junio, me despidieron de la empresa en la que estaba, tenia un periodo de prueba de tres meses en el contrato, como solo he estado desde el 21 de abril hasta el 30 de junio, solo he hecho 70 días trabajados, no he pasado el periodo de prueba, y en el SEPE me han denegado el paro por dos motivos: Uno porque causé baja voluntaria en la empresa anterior para ser contratado por esta empresa que les indico, y 2º por no llegar a los tres meses del periodo de prueba, porque me faltan 21 días de ese periodo de prueba para cumplir los tres meses, al haber cotizado solo 70 días de ese periodo de prueba contratado con esta empresa. En agosto me van a contratar en otra empresa, el próximo lunes 25 de julio me contratan como técnico en una empresa, es un contrato hasta el 31 de agosto. Les consulto por favor si con este trabajo de agosto (38 días), mas los 70 días trabajados anteriores ( serian 98 días), si no me saliera otro trabajo, si tendría derecho a pedir el paro en septiembre. Muchas gracias.
Si este contrato finaliza por despido o fin de contrato temporal, sí que tendrías derecho a paro.
Hola buenas tardes, estoy en contrato de prueba con una empresa y llevo 14 dias, pero otra empresa me ha ofrecido una oferta mejor, ¿podria irme de la empresa y empezar con la otra al dia siguiente? o por el contrario tendria que esperar 15 dias para poder volver a trabajar.
No, no hay que esperar 15 días. Dentro del periodo de prueba puedes extinguir la relación laboral sin necesidad de preavisar.
Buenas noches:
Acabo de renunciar a mi puesto de trabajo sin preaviso en el cual llevaba 14 días, es cierto que no tendría ningún tipo de sanción (como he visto en los comentarios) en la empresa se me ha advertido que tendría sanción este tipo de comportamiento pero al estar en periodo de prueba no estoy seguro de ello (soy técnico titulado de forma que, si he entendido bien el periodo de prueba es de 6 meses, y en ese caso no es necesario dar preaviso ni por parte del trabajador ni por parte de la empresa).
¿ He interpretado bien? ¿ Alguien me podría ayudar?
Gracias de antemano y un saludo
Sólo existe periodo de prueba si se recoge en el contrato de trabajo. Además, lo normal sería que se hubiera indicado como causa de extinción el periodo de prueba no superado.
Hola, el 6 de junio me hicieron un contrato indefinido con tres meses de prueba, anteriomente estuve trabajando con la misma empresa en el mismo puesto por sustitución durante 45 dias.
Tras un mes de contrato indefinido voy a comunicar mi futura paternidad, acogiendome a la baja por paternidad solo de 6 semanas . Pueden rescindir mi contrato por estar en periodo de prueba.
Sin perjuicio de que sí que pueden hacerlo, siempre existiría el indicio de que la causa real es la paternidad, y por lo tanto, sería un despido nulo.
Hola!
Estoy actualmente trabajando con un contrato de sustitución en una empresa, pero antes estuve trabajando en otra empresa del grupo, realizando exactamente las mismas funciones.
Realmente, el primer contrato lo hicieron pasar por un contrato temporal «por circunstancias de la producción» para empezar a trabajar antes de que la persona cogiera la baja y tener más tiempo que el límite legal de 15 días. Después de ese contrato estuve unos días en el paro, y después ya firmé el contrato de sustitución. Mi pregunta es, en este caso al haber estado realizando las mismas funciones que con el contrato anterior en una empresa del mismo grupo (pero diferente empresa), aplicaría el periodo de prueba? y, en caso de aplicar, al ser un contrato de duración inferior a 6 meses, y no especificar nada en el convenio, el máximo sería 1 mes?
Se sumarían los dos periodos de prueba, sin que la suma de ambos pueda superar lo que indique el convenio colectivo.
Hola! Me gustaría que me resolvieran una duda. El 11 de marzo empecé a trabajar de envasadora, en la entrevista me dijeron que el contrato era de 6 meses( hasta el 10 de septiembre) con un periodo de prueba de 2 meses. Desafortunadamente he stado de baja médica y hoy día 14 me han dicho que no hay género y que me Dan la baja, mi duda es si mi periodo de prueba se da como superado( ya han pasado los dos meses) o los días de baja no computan para el periodo de prueba. He leído que lo debe de especificar en el contrato pero yo no he firmado ningún contrato, he descargado del sepe una copia de la comunicación que hizo la empresa pero no pone nada de periodo de prueba ni nada. La semana que viene me llamará la de recursos humanos para darme los «papeles’ pero me gustaría saber por el tema de indemnización y demás si mi periodo de prueba ha finalizado o no. Espero haberme expresado bien.
Muchas gracias
Si no has firmado contrato de trabajo, no existe periodo de prueba.
Hola Alejandro,
Si he firmado un precontrato, que tiene una cláusula de indemnización de 6k si no firmó el contrato, puedo ir el primer día a trabajar, firmar el contrato y justo después decir que no superó el período de prueba y darme de baja?
El problema viene de que se me había prometido X + 10% en bonus, y después de firmar el precontrato me han dicho que ese bonus (que no aparece en el precontrato) solo aplica a partir del segundo año, y con esas condiciones ya no me interesaría, además de que me parece un engaño por parte de la empresa.
Gracias
Ese comportamiento siempre existe el riesgo de que se considere un «fraude» para evitar pagar la cláusula penal establecida en el precontrato.
Y como deberia de actuar en ese caso? Ir un dia y argumentar que no es lo que esperaba?
Sin conocer el caso en profundidad y revisar jurisprudencia al respecto es complicado dar una respuesta.
Yo en ninguna momento he firmado ningún contrato
Si no hay contrato por escrito, no hay periodo de prueba.
Buenas noches Alejandro,
Ante todo, gracias por compartir tus conocimientos.
Tengo una duda sobre el derecho a la indemnización por finalización contrato durante periodo de prueba. El ET, en su art.14.2 dice «2. Durante el periodo de prueba, la persona trabajadora tendrá los derechos y obligaciones correspondientes al puesto de trabajo que desempeñe como si fuera de plantilla, excepto los derivados de la resolución de la relación laboral, que podrá producirse a instancia de cualquiera de las partes durante su transcurso…»
Aquí dice que se tendrán los mismos derechos, exceptos los derivados de resolución de la relación laboral, seguido de la explicitación de que puede producirse a instancia de cualquiera de las partes. ¿En qué parte se entiende que a parte de este apunte sobre «cualquiera de las partes» se excluye el derecho a indemnización? ¿O en qué otra norma? Porque literalmente, lo que especifica es mismos derechos excepto resolución, añadiendo seguido lo de cualquiera de las partes, entendiendo que es a eso sólo que se refiere. Seguro me equivoco porque si incluye todo lo relativo a la extinción ¿tampoco se tendría derecho al cobro de vacaciones no realizadas? No, esto no es así.
Pienso en los contratos con 6 meses de prueba o en aquél antiguo que tenía un periodo de prueba de 1 año y me da un algo el pensar que si la empresa finaliza el contrato un día antes, además de en la calle, no hay indemnización…
Por otro lado, el preaviso en caso de extinción si lo veo en el art. 49 1.d), si el contrato es mayor al año. Osea, en periodo de prueba no es necesario preaviso. Ok.
Gracias.
El Estatuto no establece ningún tipo de indemnización por extinción por periodo de prueba, por lo que no existe. Todos los derechos no incluye la indemnización, ya que esta depende de la causa de extinción.
Buenas noches,
No lo incluye, cierto, me doy con un canto en los dientes porque me sigue pareciendo injustísimo que en un periodo de prueba por ej. de 6 meses, al 5-º la empresa decida que no lo pasas y se finalice sin indemnización.
Quizá sería algo interesante que los que hacen las normas se deban plantear, pues en ese ejemplo no se ha dejado de estar esos 5 meses trabajando, temporalmente o con contrato indefinido y, sin ser experta ni mucho menos, veo quizá un agravio comparativo frente a otros trabajadores que estén el mismo tiempo pero con un periodo de prueba menor. O que en otro convenio, misma categoría, el periodo de prueba sea menos, yo qué sé. Quizá el ET debería introducirlo. Sueños…
No sé, como digo, me falta mucho o casi todo para llegar a conocer medio bien el Derecho laboral y me alegra y agradezco sinceramente, que te prestes desinteresadamente a resolver y explicar dudas. Si me equivoco, pues lo intento interiorizar y aprenderlo. Gracias!
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Buenas yo tengo un contrato de prueba de 2 meses y al mes y 10 días me dicen que no lo he superado y a los 4 días me vuelven a llamar para trabajar mi pregunta es si tengo que empezar los 2 meses de prueba o solo lo que me restaba o sea los 20 días gracias
Sólo lo que resta.
Buenas tardes Alejandro,
¿Me puedes decir donde viene regulado o jurisprudencia al respecto? No lo termino de ver… Si una empresa finaliza un contrato por no supera periodo de prueba, ¿puede realizar luego otro contrato al mismo trabajador y por las mismas funciones con periodo de prueba por el tiempo que resta?
Muchas gracias!
Aquí hago referencia a jurisprudencia al respecto.
Buenas Alejandro en mi caso , en el contrato en la parte de periodo de prueba está en blanco pero sin embargo al final del contrato en las Cláusulas si da a entender y viene por escrito que hay periodo de prueba . En ese caso y teniendo claro el Convenio por el que se rigen que si lo especifican en dicho contrato, Entiendo que si ¿se tendría que dar por válido el periodo de prueba no ? Gracias.
En mi opinión, sería válido el periodo de prueba al venir especificado por escrito.
Buenos días, tenía una duda respecto a los días de prueba, ¿se cuentan sólo los días laborables dentro del contrato, o tengo que contar también los findes (mi contrato es de lunes a viernes)? Pormlonque he visto en mi convenio correspondiente, serían días de trabajo efectivo. Quisiera saberlo para saber a ciencia cierta si sigo dentro del periodo de prueba. Gracias.
el periodo de prueba establecido en el contrato son días naturales, salvo que el convenio diga otra cosa.
Buenos días Alejandro,
En primer lugar felicitarlo por los maravillosos posts que publica, en segundo, disculparme por poner en respuesta cuando realmente es una pregunta pero no me permitía realizarlo de otra manera.
Firmé la baja voluntaria durante el periodo de prueba, la empresa se niega a pagarme el finiquito alegando que al yo especificar «baja voluntaria» han de aplicar el art. 49.1d) del Estatuto de Trabajadores, y por ello, no respeté el plazo de preaviso.
Entiendo que durante el periodo de prueba se rige por el art. 14.2 de dicha ley, en cuanto especificar «baja voluntaria» no es más que una forma de renunciar a la relación laboral.
Agradecería me resolviera la duda.
Gracias
Un saludo
Entiendo que se debe considerar la baja por un periodo de prueba no superado. Además, habría que ver si el convenio colectivo recoge expresamente una penalización en caso de no respectar el preaviso.
Efectivamente, eso es lo que quise decir en dicha carta.
Pero la empresa se niega a pagar el finiquito alegando que por alegar “baja voluntaria” en lugar de “no superación del periodo de prueba” se ha de preavisar con 15 días, pues, el convenio en cuestión no rige nada al respecto.
Gracias.
Si el convenio no dice nada sobre la obligación de preaviso, en mi opinión, no se puede descontar nada.
Según el estatuto, en contratos de duración menor a 1 año no hay que dar preaviso ¿Esto lo podría cambiar un Convenio Colectivo? ¿No es empeorar la norma superior?
Hay que diferenciar baja voluntaria, que es irte antes de que el contrato finalice e irte cumpliendo el contrato de manera íntegra, sin querer renovar. El ET establece que no es necesario preaviso en contratos temporales de duración inferior al año, pero cuando se cumplen. Es decir, si tienes un contrato de seis meses, y te vas el mes 5, tienes que preavisar si lo indica el convenio. Si es en el mes seis, no, porque cumples lo pactado. Dicho lo cual, también he visto algún convenio que establece preaviso en no renovaciones, y considero que no deberían ser legales puesto que empeora la legislación laboral cuando no lo permite. Aquí lo explico algo más.
Buenas noches Alejandro,
Pues tienes toda la razón del mundo. Es preaviso ante extinción de contrato, me he liado, disculpas. Estudiar para luego tener estos fallos. Disculpas.
Ahora, dentro del periodo de prueba…estoy liada, creo, mejor me leo tu artículo, será lo más beneficioso.
Saludos.
Hola Alejando,
Me gustaria resolver una duda, si es possible porfavor…
El 04/02/2022 me contrataron en un restaurante como ayudante de cocina y el 04/04/2022 me dieron de baja y me lo dijeron 1 dia antes. Podria reclamar una indemnización por despido imprudente?
Según ella, despues de que yo le preguntase de manera educada si se cobraban los extras, ya no estaba tranquila. Seguidamente, el dia despues me da otra explicacion con el caso de que somos muchos en la cocina y que no quiere pagar a mas gente entonces al ser yo la ultima en entrar, tengo que salir yo.
Que hago delante de esto?
Sigo sin firmar la despedida de trabajo pero aun asi me ha ingressado el finiquito. Estoy desesperada. Que puedo hacer?
¿Estabas dentro del periodo de prueba? Si es así, es más complicado conseguir la improcedencia.
Me dio el papel de la nomina el dia 03/04 y el 04/04 me dio la baja.
El dia que me dio el alta, ese mismo dia despues de 2 meses me da de baja.
Más allá de la nómina o el día de alta, es conocer si en el contrato de trabajo aparece un periodo de prueba y cual es la causa de extinción. Si no estás conforme, tienes un plazo de 20 días hábiles para impugnarla.
Buenos dias
Estoy con un contrato indefinido con periodo de prueba de 30dias. Dentro del periodo de prueba me han aumentado las horas laborales, de 20h semanales a 30h semanales. Al modificar las horas de contrato se termina el periodo de prueba? O sigo hasta finalizar los 30 dias? Por otro lado dentro de este mismo periodo de prueba vuelven a modificar las horas, pero reduciendo, de 30h semanales a 18h semanales. Si no acepto ese cambio de horario, estando en periodo de prueba, tendria derecho a desempleo? Del anterior trabajo me fui voluntariamente hace 7 meses.
Gracias de antemano
No, el periodo de prueba, en principio, se mantiene. Si indicas una extinción de la relación laboral por un periodo de prueba no superado, no, no tendrás derecho a desempleo.
Gracias Alejandro. Sigo con la duda de la segunda pregunta. Ellos me proponen una reduccion de jornada, y yo no la voy a aceptar. Aunque este en periodo de prueba la finalizacion del contrato sera por no aceptacion de la nueva jornada, q se reduce en horas y salario. Aunque este en periodo de prueba ellos tienen que echarme y por tanto podria recibir el paro no? Me pilla justo el periodo de prueba por un dia, aunque es probable que por necesidad de ellos me quede unos dias mas, ya superaria el periodo de prueba, y me iria por no aceptar la nueva propuesta. En ningun caso es que yo me vaya por voluntad propia, si no porque la nueva propuesta de horario es distinta a la inicial y no se adapta a mis necesidades.
En ese caso, para tener derecho a desempleo, tendrías que solicitar una extinción por modificación sustancial de las condiciones de trabajo, pero no por un periodo de prueba no superado.
Buenas , una duda si el propio trabajador renuncia durante el período de prueba no tendra derecho a paro pero podria reanudar un subsidio que tenia suspendido por haber trabajado unos dias?
No, no se encuentra en situación legal de desempleo.
Buenos días,
Tengo un contrato de prácticas de 6 meses con 45 días de prueba, ¿estos días de prueba son naturales o laborales? Si son laborales hoy hace los 45 días, pero si son naturales ya ha pasado el término de prueba. Me quiero ir de ésta empresa y no sé si debo avisar con 15 días de antelación en caso de que sean días naturales, o puedo decir hoy mismo que me voy sin avisar si fuesen días laborales, ya que hoy sería el último día de prueba.
Naturales.
Una pregunta algo diferente. ¿La empresa puede anular retroactivamente el periodo de prueba para dar consideración a la persona de empleado sin periodo de prueba (y por tanto mejorar su contrato)?
Tengo mis dudas, el periodo de prueba es un pacto acordado entre las partes que permite tanto al empresario como al trabajador extinguir la relación laboral sin necesidad de preaviso. La supresión unilateral por parte de la empresa, puede perjudicar al trabajador. Entiendo que se puede hacer de mutuo acuerdo.
Buenas, estoy en periodo de pruebas, y el trabajo que estoy realizando no es ni mucho menos lo que esperaba; si rescindo el trabajo voluntariamente ¿estaría en situación legal de desempleo? para poder reanudar la ayuda que percibía de mayores de 52 años ¿o pierdo ese «privilegio» por hacerlo voluntariamente?.
Gracias.
Si indicas un periodo de prueba no superado, no estarás en situación legal de desempleo.
Buenas, queria preguntar por algo. A mi me contrataron y empecé a trabajar el 3 de enero, fue todo bien hasta ayer 14 de febrero donde me dicen que me despiden por no superar el periodo de prueba, pero este si entiendo bien acabó el 3 de febrero por que era de un mes.
Se considera despido improcedente o tienen un margen para avisar de la no superación del periodo de prueba.
Gracias, un saludo
No, no existe margen, si es posterior el despido es improcedente.
Gracias por contestar, he llamado y me han dicho que como trabajaba semanas alternas, una si y una no, el mes es del computo de días trabajados. Aunque eso no está especificado en ningún sitio del contrato laboral.
¿Si no estaba especificado aun es improcedente? o ¿En la normativa está estipulado así?
Gracias de nuevo!!
En mi opinión, improcedente.
Buenos días,
Acabo de firmar un contrato indefinido con un periodo de prueba de 60 días. Durante el proceso de contratación, me encontraba trabajando en otra empresa con ETT. En varias conversaciones me aseguraron mi nueva jornada y horario de trabajo L-V 8:30 a 17:30 y M-S 8:30 a 17:30 en semanas alternas por lo que accedí a renunciar a mi trabajo actual y firmar el nuevo. El nuevo contrato refleja el horario ofertado durante las conversaciones. Ahora que he comenzado a trabajar (llevo 2 días) mi responsable me comunica que ha habido un malentendido con rrhh y mi horario real es de 14:00 a 22:00. En estos momentos me encuentro en una situación de haber abandonado un «buen» trabajo por culpa de un error de la nueva empresa. Si desde un primer momento me hubieran comunicado el horario mi respuesta a la oferta hubiera sido un rotundo NO pero ahora mismo me siento totalmente engañado. ¿Alguna recomendación?
No se si empezaste a trabajar con el horario ofertado, pero dudo de si interponer demanda por reclamación de derecho o modificación sustancial de las condiciones de trabajo.
Hola, estoy en una empresa que me ha hecho un contrato indefinido con un periodo de prueba de 30 días.
Yo no quiero continuar en la empresa, pero me gustaría cobrar el paro.
Una vez superado los 30 días entra en vigor automáticamente el contrato indefinido sin yo tener que firmarlo o tengo que comunicar que no quiero continuar?
Cuál sería la opción para poder cobrar la prestación por desempleo?
Gracias!!
No hay que firmar nada, el contrato es indefinido desde el principio, sólo que tiene un periodo de prueba. Si tu te quieres ir, no hay forma de cobrar el desempleo, salvo que la empresa sea la que te despide.
Buenos días,
os cuento un poco.. mi amiga fue a una entrevista de trabajo para trabajar en una vivienda tutelada, por la tarde le dijeron que le habian cogido y que empezaria a trabajar enseguida. Le dieron de alta en la SS pero no pudo ir a trabajar porque le confinaron por el COVID. Todo esto aun sin haber firmado el contrato de trabajo por el confinamiento. Unos dias despues se incorpora a trabajar, va el primer dia hace 12 horas y al finalizar el dia se da cuenta de que el trabajo es muy duro y que no puede hacerlo. Se lo comunica a la empresa y termina la relación laboral (todo esto sin el contrato firmado). Al finalizar el mes le abonan 300 eu a la cuenta de los dias que hubeira trabajado si no hubiera estado confinada y del dia que sí trabajo y le dicen que tiene que devolver el dinero que no le pertoca ningún salario por no haber hecho el preaviso de 15 días a la empresa.
Es esto correcto? En que fundamento legal podria alegarse? Me parece muy indignante lo sucedido, que trabajes 12 horas y no te las paguen, y encima que te paguen una cantidad y te soliciten devolverla.
A ver si me pueden ayudar. Gracias.
Si no firmo el contrato de trabajo, no hay periodo de prueba. habría que ver que es lo que indica el convenio colectivo, por que sólo podrían reclamarle el dinero en caso de que así lo indicara el convenio. Además, sería defendible que no se deba abonar nada por el tiempo de baja, ya que no es dinero abonado por la empresa, y se trataría de un enriquecimiento injusto.
Hola buenas, pedi la baja voluntaria de un puesto como teleoperadora justo al finalizar el mes de enero, aún asi me deben pagar por los dias trabajados o no recibiré ningún pago? Un saludo
Sí, te tienen que pagar los días trabajados.
Hola. en mi contrato no especifican bien los dias que dura el periodo de prueba. pone eso de.. lo establecido en convenio. y pensando que son dos meses he pedido baja voluntaria sin preaviso , pero ahora se que son 45 dias.. y me penalizan. puedo librarme de algún modo?
¿La penalización está recogida en el convenio colectivo?
HOLA BUENA TARDES, POR FAVOR PODÍA DECIRME SI EN EL CÓMPUTO DEL PERIODO DE PRUEBA SE INCLUYEN LOS DÍAS EN QUE HE LIBRADO? COMENCÉ MI CONTRATO EL 3 DE DICIEMBRE Y EL 27 DEL MISMO MES ME DICEN QUE NO HE SUPERADO EL PERIODO DE PRUEBA, QUE ERA DE 20 DÍAS. YO CREO QUE TERMINABA EL 23 PERO ME DICEN QUE NO SE CUENTAN LOS DÍAS QUE HE LIBRADO.
MUCHAS GRACIAS
Sí, son días naturales. Se cuentan todos.
Hola Alejandro.
Lo primero GRACIAS por la labor aclaratoria que haces.
Quería preguntarte sobre una duda. Han despedido a mi mujer en el periodo de pruebas, sin ningún tipo de explicación del por qué (Ella ha preguntado al encargado de RRHH verbalmente y simplemente le ha dicho que «no era un good matching»). Por escrito solo pone lo típico de «lamentamos informar…», ninguna explicación, solo que se atienen a la cláusula 4 del contrato para terminar el contrato (¿supongo que esa cláusula es algo blindado?). ¿Me puedes aclarar un poco? Gracias.
Salvo que consideres que existe un trato de discriminatorio, estaba embarazada o cuestión similar, poco o nada se puede hacer. Durante el periodo de prueba, no es necesrio indicar cual es la causa, salvo que exista una causa discriminatoria.
Hola, en mi contrato donde se especifica de cuanto es el periodo de prueba no pone nada solo hay 3 guiones. Significa que no hay periodo de prueba? No me dijeron nada de prueba cuando firme. Gracias
En ese caso, no existe periodo de prueba.
Buenas, tengo la siguiente duda:
¿se puede contratar a un ingeniero mediante un contrato temporal de 14 días, estipulando según convenio un período de prueba de 6 meses?
Y, como auxiliar de servicios, sí mi convenio marca un período de prueba de 15 días, pueden contratarme por una semana con un período de prueba de 15 días?
Muchísimas gracias por tu tiempo y las aclaraciones, saludos.
Si existe causa para ello se pueden hacer contratos de corta duración, y sí el periodo de prueba se puede indicar por el mismo tiempo del contrato siempre que no supere el tiempo estipulado en el convenio.
Pero, ¿el período de prueba indicado puede ser superior a la duración del contrato? Es decir, contrato por un mes de duración con dos meses de período de prueba. Mil gracias por su rapidez a la hora de responder y la paciencia y profesionalidad con todas nuestras dudas.
No, pero puede tener varias interpretaciones. Se acota su duración máxima a la del contrato, o era previsible que la causa temporal que justificó el contrato iba a necesitar una prórroga del contrato.
Buenas tardes, Alejandro, muchas gracias por responderme ayer a la consulta sobre el cese en el periodo de prueba «por acuerdo de ambas partes» y el derecho a seguir percibiendo la prestación de desempleo, del que parece que no podré beneficiarme.
Disculpa que abuse de tu amabilidad pero, ahora, después de haberme engañado arteramente y hecho perder la prestación, la empresa pretende que, para poder cobrar lo trabajado, les firme un acuerdo de confidencialidad que, según creo entender, me prohíbe hasta comentar lo sucedido públicamente (por ejemplo, en redes sociales) y que contiene además una cláusula de renuncia por mi parte a cualquier acción, judicial o de otro tipo.
¿Es legal que me impongan esta condición ahora para poder cobrar lo que me corresponde? Muchísimas gracias de nuevo por tu consejo, porque a mi alrededor nadie puede darme la menor indicación sobre estos temas. Un saludo.
No, no es legal.
Buenas Tardes Alejandro.
Antes de nada gracias por la web y por tu dedicación.
Quisiera preguntarte una duda.
Estoy de baja IT desde enero del 2020. El médico judicial no se puesto en contacto conmigo a día de hoy. En la empresa que estaba, hicieron un ERE nos hicieron el despido y todo correcto pero yo seguía de baja y cobrando descontando la prestación por la mutua. El 29/11/2021 encontré un trabajo que iba perfectamente con la condiciones que buscaba, pero no me han podido dar de alta por qué sigo de baja en el INSS. El caso que solamente llevo 10 días y no quiero continuar con la empresa por trato despreciable que han tenido conmigo. Pero aún a efectos del INSS sigo de baja.
Puedo notificar que no quiero continuar con el periodo de prueba? Hay alguna manera de volver a retomar los ingresos que tenia estando aún de baja?
Muchas gracias
¿Te han dado el alta? Como regla general, el trabajo es incompatible con el trabajo. Si te han dado el alta médica, no cobrarías una nueva baja tras una baja voluntaria.
Buenas noches,
El día 24 de Noviembre entre a trabajar en Mcdonals, tengo estipulado en contrato un mes de prueba que sería hasta el 24 de diciembre, estoy obligada a dar aviso a la empresa si una vez pasado el mes no quiero seguir???
Gracias, Un saludo
Sí, una vez superado el mes de prueba se tiene que preavisar con lo que indique el convenio colectivo. El mes acaba el 23 de diciembre.
Muchas gracias, por la respuesta y donde puedo ver lo del convenio colectivo?? Es que no lo encuentro…
Un saludo, gracias!!
Aquí lo explico.
Buenas, me gustaría realizar la siguiente consulta: trabajadora con contrato eventual del 09/11/2021 hasta el 09/02/2022. La empresa le notifica verbalmente la no superación del período de prueba con fecha 09/12/2021. En su contrato el plazo de período de prueba es de 30 días para contratos de más de tres meses y de 15 días para contratos de hasta 3 meses. ¿Consideras correcto el plazo de 30 días como período de prueba? o ¿Sería correcto el de 15 días? Un saludo.
Si es desde el 9/11 hasta el 9/02, en mi opinión, van más de tres meses, tres meses y un día.
Gracis, Alejandro.
Muchas gracias por el artículo.
Mi pregunta es, por motivos de salud realicé una baja voluntaria dónde estaba trabajando. Encontré un trabajo temporal para época de navidad que me ayudaría a al menos ganar algo más de dinero durante un tiempo más. Es un contrato eventual de 20 y pico días en los cuales trabajaría domingos y festivos. cuál sería este periodo de prueba? Tendría algún derecho al desempleo?
Gracias!
El periodo de prueba depende de lo que indique el convenio colectivo y se acuerde en el contrato de trabajo. Sobre derecho a desempleo, depende del tiempo cotizado anteriormente.
Muy buenas.
He trabajado en una empresa de servicios de comedor a colegios —con contrato fijo-discontinuo—, superando el período de prueba.
Poco después, el colegio cambió de empresa, pero la nueva empresa me contrató en el mismo puesto, haciéndome firmar un nuevo contrato (con otro período de prueba. ¿Es legal?).
Cuando se iba a terminar el periodo de prueba, me han echado por «falta de confianza», dando unos motivos muy flojitos para la no superación.
Yo sé que esa empresa aún tiene trabajadores en ERTE, y nos habrán echado a los que no hay que indemnizar ¿Me recomiendas que impugne el depido como nulo?
Muchas gracias!!
No considero que exista causa de nulidad con los datos que me indicas, salvo que se superen los umbrales del despido colectivo.
Hola, me despidieron de mi empresa anterior y tenía 24 meses de desempleo. Sólo he cobrado 6 meses puesto que he empezado a trabajar, pero estoy en los 15 días de prueba y quiero causar baja porque no cumplen con algunas condiciones que me dijeron en un principio. Quiero saber si ese desempleo que tengo acumulado lo seguiría cobrando o no, por el hecho de causar baja voluntaria en este nuevo empleo. Gracias y saludos.
No, no lo seguirías cobrando al ser baja voluntaria.
¿Aunque esté dentro de los 15 días de prueba? Gracias
Aunque estés dentro del periodo de prueba, no tienes derecho a paro.
Buenas tardes, Alejandro, estoy en el caso de Juan, he pedido la baja durante la prueba porque el trabajo es muy diferente a lo que me aseguraron, he intentado que la empresa ponga que me echan ellos, porque ha sido un verdadero engaño, y lo más que han accedido a poner por escrito es que ceso en el periodo de prueba «por acuerdo de ambas partes.» ¿Podré seguir cobrando el paro con eso? Muchas gracias y Feliz Año.
Lo relevante es la causa que indiquen en el certificado de empresa que recibe el SEPE, y no es tan relevante lo que ahí ponga. En cualquier caso, si es «mutuo acuerdo» tampoco te valdría.
Hola buenas me han echo un contrato de 6 meses con 2 meses de prueba. Si no los superó? Tengo derecho a cobrar o a algo? Porfavor contestarme.
Si, el tiempo trabajado tendrán que pagártelo.
Y Alejandro una cosa mi contrato es de jornada parcial pone de 10 a 14 y de 16 a 20 pero a mi me obligan a entrar a las 9.30 y salgo a las 3 o hasta incluso veces tengo que comer allí. Pero esqie luego por la noche a las 20 nunca salgo siempre son 21 o 22 en el peor de los casos, estas horas me las van a pagar? Alejandro yo no entiendo esto tengo 21 años y no he trabajado nunca
Todas las horas que superen la jornada ordinaria deberán de ser horas extras, pero desgraciadamente en la práctica es muy normal que la empresa no las pague.
Pues si no lo paga que puedo hacer? Si llamo a una inspección?
Lo mejor es demandar ante los tribunales.
Buenas tardes, Alejandro
En primer lugar, muchas gracias por la entrada, es una información muy útil. Quería consultar si en mi caso el despido al que me han sometido es nulo: empecé a trabajar el día 22 de octubre y hoy me han comunicado el despido por no superar el periodo de prueba, sin haber formalizado el contrato, no lo he llegado a firmar y en ningún momento se me informó sobre el periodo de prueba ni sobre los objetivos que tenía que cumplir para poder quedarme, ¿existe alguna forma de poder anularlo o demandarlo?
Muchisimas gracias por tu ayuda
Con los datos que me comentas, sería un despido improcedente, no nulo.
Hola buenos dias. Este jueves 18 e empece a trabajar en un callcenter, con un periodo de prueba de un mes. De momento mi horario era lunes a vienes, ya que aun estamos en formación, el primer dia fui y todo correcto. Ayer viernes 19 me desperté bastante mal de la tipa, con vomitos y tal (creo que por una intoxicación alimentaria) y no pude ir al trabajo, ni siquiera les avise ya que estuve todo el dia cama-baño-cama-baño. A la tarde (del mismo viernes) me llama la responsable de rrhh para preguntarme por mi ausencia, le explico y me dice que bueno ahora ya habia hecho el documente de cese en periodo de prueba, asi que me lo enviara por email para su firma.
No se si esto que han hecho es legal. Yo tema de baja y tal pues aun no la tengo porque con lo del covid en mi centro de salud no dan cita para el mismo dia, y no tenia posibilidad de ir a urgencias, para tener al menos algún documento que acredite mi percance de salud. Pero iba a pedirla y me asigarian algun hueco a lo largo de la semana. Pero solo queria pedir la cita si es necesario para acreditarlo a la empresa, ya que yo hoy ya me he recuperado y lo veo una tontería.
No se muy bien como actuar, ni si cabe reclamacion ante la decisión de la empresa en este caso.
Por que en el aspecto laboral, de 3 que hemos entrado nuevos a la vez me desempeño bastante bien. Esque no lo entiendo, que estuviera perfecto entre la presa y yo hasta el momento que me he puesto malo. Que entiendo que bueno siempre es mejor avisar pero si uno esta enfermo pues es un poco complicado. Bueno espero haberme explicado bien y agradeceria si me puedieras echar una mano, o aquien de la comunidad.
Un saludo y gracias tambien por compartir toda esta información con los demas.
Creo que poco se puede hacer en cuestión de la extinción, pero es mejor que te den la baja, ya que seguirás cobrando mientras la mantengas.
Hola, antes que nada gracias por la información, estos blogs son muy útiles e interesantes.
Mi caso es que estuve trabajando en hostelería en catalunya por 14 meses con contratos temporales, el mes 15 me hicieron indefinido con 3 meses de prueba. Al mes hubieron una serie de problemas y me realizaron un despido disciplinario sin indemnización. He procedido a demandar a la empresa pero quisiera saber si la empresa obró bien o si puede usar como prueba en mi contra que recurrió al despido pese a que entiendo que podria haber indicado que no superé el periodo de prueba del contrato indefinido y ni siquiera hubiese tenido que realizar el despido.
Gracias!
Ese periodo de prueba es nulo, al haber trabajado anteriormente, aun así, aunque fuera válido, no considero que sea una mala fe optar por el despido en un lugar de un periodo de prueba no superado si considera que existe causa para el despido.
Hola,
No he superado el periodo de prueba después de una semana trabajando en la nueva empresa, tengo derecho al desempleo? Me he dado baja voluntaria en la empresa anterior justo antes de empezar el nuevo empleo.
Gracias
Si no han pasado tres meses, te lo denegarán seguramente. Solicítalo.
Hola Alejandro tengo una consulta, he trabajado desde 7 enero del 2021 cubriendo una baja, luego a mediados junio el compañero que estaba de baja le dan de alta y a mi me hacen un contrato eventual para seguir hasta 31 de octubre y al final de octubre me comunican que la empresa me hará indefinido pero por circunstancias o mala suerte he tenido unos errores en el trabajo y, al firmar el contrato indefinido me han dicho que tengo 2 meses de prueba, no entiendo lo de los 2 meses de prueba si llevo haciendo el trabajo casi todo el año es legal eso de los 2 meses?
No, no se puede establecer periodo de prueba.
Entonces seria como un ponte las pilas y no cometas errores?
Sí, parece algo así.
Bueno soy conductor de Autobus y he leído en algunas consultas que te hacen y hay algunos que hablan del convenio yo soy de Mallorca, puede que en el boletin de Baleares haya esa cláusula, aun sigo con la duda de los 2 meses ?
Buenas, si me hacen un contrato indefinido con un periodo de prueba de dos meses y en ese periodo de prueba digo que estoy embarazada pueden echarme? Tendría derecho a paro?
Gracias
Sí, es posible la extinción pero el motivo no puede ser que estés embarazada o que lo comuniques a la empresa. Tendrás derecho a paro en función del tiempo cotizado y de la causa de extinción de la anterior empresa.
Buenos días Alejandro,
He estado dos años trabajando en una empresa con un contrato de obra y servicio luego cinco meses en el paro y me ha vuelto a contratar la misma empresa en abril 2021 con un obra y servicio con su correspondiente periodo de prueba, en octubre me han transformado el contrato a indefinido y me han vuelto a poner un periodo de prueba ( realizo las mismas funciones y sigo en el mismo puesto).
Me ha surgido una oportunidad laboral en otra empresa, tengo que dar preaviso?
Mil gracias
El periodo de prueba lo consideraría nulo, si puedes, es mejor cumplir el preaviso que indique el convenio.
A mi hija le han hecho un contrato con suracion de prueba de 30 diaz.A mi hija no lw intersa segyir lleva 5 dias trabajando mi pregunta es puede ella irse de trabajar cuando quiera sin consecuencias legales??
Depende a que te refieras con consecuencias legales. Durante el periodo de prueba puedes irte de la empresa, pero no tendrás derecho a desempleo.
Buenas tardes,
Tengo contrato como Recepcionista en un Hotel por 3 meses, justo hoy he cumplido 1 mes.
En el convenio de Hostelería de Cantabria dice que trabajadores de grado I y II (yo soy grado II) tienen periodo de prueba de 3 meses siempre y cuando el contrato sea de 6 meses de duración o más, de ser inferior sería la parte proporcional.
Justo me han cogido para otro empleo para incorporarme cuanto antes posible, entiendo que mi periodo de prueba será de 1 mes y medio, ¿correcto?
Muchísimas gracias por la aclaración
Siempre que se venga recogido por escrito en el contrato.
Buenos días, tengo una duda, estaba cobrando el paro pero me llamo una ett para empezar a trabajar en una fábrica, así que empecé a trabajar con un periodo de prueba de 15 dias, a los 5 dias me he ido por falta de compañerismo, te vocean, te gritan … lo cual no estaba a gusto. Tengo derecho a paro ahora?
No.
Buenas, tengo una duda empecé a trabajar el 1 de octubre y tengo un periodo de prueba de 3 meses según mi convenio, y lo que está establecido en el contrato. Pero a día 25 me han ofrecido otro puesto de trabajo con mejores condiciones, y es una gran oportunidad laboral para mi por lo que he aceptado. He comunicado a mi superior que me voy a dejar el puesto de trabajo actual, incluso hemos acordado una fecha cercana para no perjudicarles pero me dice que el preaviso son de 15 días, y que me van a descontar esos días de mi nómina/ finiquito. ¿Eso es legal?
Dentro del periodo de prueba no es necesario preaviso.
Buenas tardes Alejandro,
Muy amplo y útil este articulo, bravo por todas esas explicaciones.
Aquí tengo un caso que puede parecer raro:
Me proponen un contrato indefinido con 3 meses de prueba y al final del contrato hay una clausula que dice que en caso de baja voluntaria ambas partes están de acuerdo por un preaviso de 3 semanas.
Teniendo en cuenta que la baja voluntaria seria mi decisión y que no hay nada en caso de despido decidido por la empresa, me pregunto si eso es legal ? Veo toda las ventajas por la empresa en esta clausula…
Debo pedir el tachado de esa dicha clausula antes firmar ?
Muchas gracias por cualquier ayuda.
Habría que ver que es lo que indica el convenio colectivo sobre el preaviso en caso de baja voluntaria, que es lo que se debe respetar.
Ah vale. Muchas gracias por su respuesta muy rápida, voy a verificar eso entonces.
Hola, el 16 agosto empecé un contrato indefinido con un periodo de prueba de 6 meses. Ayer, luego de 2 meses, la empresa decidió rescindir el contrato por no superar el periodo de prueba. Tengo derecho de paga de 15 dias posteriores por no tener preaviso?
No es necesario preaviso en el periodo de prueba.
Buenas!
En 2019 trabajé en una empresa como teleoperador en los periodos 05 abr 2019 al 09 may 2019. La cuestión es que presenté la baja voluntaria el día 9 y ya me fui sin esperar los 15 días correspondientes. La cuestión es que la empresa me demandó al resultar negativo el finiquito reclamando el pago de 450 € como penalización.
Mi pregunta es… ya que en la vida laboral me consta que trabajé solo 28 días. ¿El periodo de prueba son días naturales o laborales? Porque, si me ciño a lo establecido en el convenio, es menos de un mes lo que duré, por lo que estaría aún en periodo de prueba por lo que no tendría que avisarles.
Lo pregunto porque tengo el juicio en menos de un mes, soy estudiante de 3r de Derecho y me representaré a mí mismo. Sería de gran ayuda que me comentéis esta duda.
Los días de periodo de prueba son días naturales, se calcula diferente que en el informe de vida laboral, ya que éste va en función del Coeficiente de parcialidad.
Buenos días,
Empecé un trabajo el 16 de agosto con contrato indefinido y el 18 de octubre me dice mi manager que no quieren seguir conmigo. Hay algún tipo de indemnización a la que pueda recurrir? Todavía tenia 5 días de vacaciones acumulados, imagino que esos días me las pagaran con el resto de la nomina.
Muchas gracias!
Sí, te pagan las vacaciones generadas y no disfrutadas y la parte proporcional de las pagas extras. Sobre la indemnización, depende si estabas dentro del periodo de prueba o causa alegada por la empresa.
Buenos días, muy útil el articulo, pero me deja algunas dudas de mi situación.
Entre a trabajar en octubre en una empresa que me ofreció un contrato como educadora social, sin embargo, una vez me presenté aquí el contrato no era de Educadora social sino de Monitora de Tiempo Libre y variaban algunas otras condiciones. Finalmente decidí renunciar, y me dijeron que la única opción era que había tenido un periodo de prueba y yo firmaba una baja voluntaria (no había firmado contrato). Me gustaría saber si voy a tener derecho a que me paguen estos días trabajados y finiquito con lo correspondiente a pagas extras o que exactamente tienen obligación de pagar.
Asimismo, tengo información de compañeros que dicen que en otras ocasiones se han acogido a la baja voluntaria para no pagarles el finiquito y pagarles lo mínimo posible. En caso de que eso suceda, ¿con que puedo proceder legalmente?
Muchísimas gracias.
Sea baja voluntaria o periodo de prueba no superado, el finiquito es el mismo. Es decir, tienen que pagarte los días trabajados, vacaciones y parte de pagas extras. Diferente será el derecho a indemnización.
Hola
A mi hija han hecho contrato indefinido desde primer día de trabajo, después de 3 días le han dicho para no venir más…. no firmado contrato ni lo visto , nos enteramos por la vida laboral que es indefinido.
Razón es que le ha dicho propietario del bar que no.puede tener tanta gente.
Ha perdido oportunidades de otros trabajos esperando este.
Que le corresponde ahora???
Es legal despedir así?
Muchas gracias por la ayuda
Tendrás que demandar por despido, y dada la poca antigüedad intentar reclamar una indemnización adicional por los daños y perjuicios que comentas, aunque es complicado.
Hola! He dejado un empleo de 12 años de antiguedad por otro que creía que iba a ser mucho mejor y a los 13 días me echan por no superar el periodo de prueba, …. Pero no tengo el contrato firmado… tendré derecho a paro?
Gracias de antemano
De primeras, te denegarán el paro. Tienes que impugnar esa extinción para que se considere improcedente, puesto que si no has firmado el contrato no existe periodo de prueba.
Buenas Alejandro,
Hace nueve meses dejé mi trabajo por cambio de ciudad. Hace una semana comencé a trabajar en otra empresa, pero me han echado porque chocaba nuestra forma de ser. En el documento que me han dado pone cese en periodo de pruebas. Tengo derecho a paro?
Gracias.
Sí, deberías tenerlo.
Hola Alejandro necesito información porfavor 🙏🙏🙏empezé a trabajar el 22 de septiembre donde me comunicaron que tenía 2 meses de prueba lo cual e desempeñado mi labor correctamente y mi encargado está contento conmigo pero por un comentario con un empleado que fue al encargado general ye hizo llamar gritando y amenazando que me echaría a la calle y estoy muy preocupado la verda ya que necesito el trabajo
Poco te puedo aconsejar, ya que me estás comentando una situación que todavía no se ha producido. Si la empresa finalmente extingue la relación laboral, habrá que ver cual es la causa y que opciones tienes.
Buenas, mi caso: Estuve trabajando en un hotel y se me acabó el contrato, pensaba pedir el paro, pero me ofrecieron «buenas condiciones» en un «buen restaurante», me lo pintaron todo genial y firmé el contrato de prueba (15 dias), nada más el primer día pretendía que echara 13 horas de trabajo, y mas o menos me dijeron los compañeros que era el pan de cada dia. Además unas condiciones penosas… Le dije que finalizara mi contrato porque no iba a trabajar con esas condiciones. Me hicieron firmar la baja voluntaria, y ahora NO SE SI PODRÉ COBRAR EL PARO POR CULPA DE HABER ESTADO CUATRO HORAS EN ESE HORRIBLE SITIO… por favor, ayuda… ¿puedo demandarles para poder cobrar el paro que me corresponde? ¿puedo hacer algo para que me den la ayuda del paro?
Si has firmado una baja voluntaria, poco podrás hacer ahora para cobrar el paro.
Buenos días Alejandro:
Quiero extinguir mi actual relación de trabajo en periodo de prueba ya que tengo una oferta muchísimo mejor, pero quiero irme lo mejor posible , y me gustaría dar los 15 días
Si lo notifico por escrito, podría la empresa extinguir la relación laboral antes de estos 15 días?
Saludos
Como posibilidad, sí, podría la empresa extinguir la relación laboral antes.
Hola Alejandro, tengo una gran duda, hace un mes conseguí mi primer empleo, firmé un contrato por obra y servicio en el que se me dio de alta 4h, existe un objetivo mínimo para cobrar la nómina, ¿es eso posible?, además yo quiero irme antes de acabar el período de prueba, ¿aunque no haya llegado a ese objetivo deben de pagarme los días trabajos cierto? Es que tengo el miedo de haber estado yendo y volverme a casa con las manos vacías, muchas gracias de antemano.
Si existe una relación laboral, el abono del salario mínimo que establezca el convenio o el SMI en su defecto nunca puede depender de cumplir unos objetivos.
Buenas tardes.
Me llamaron para cubrir vacaciones y una baja, el contrato era por un mes. Empecé a trabajar sin firmar contrato, 3 días estuve trabajando. Me llamaron un domingo…con eso digo todo…les corría prisa. Tuve que comprarme ropa porque no tenía ropa negra. No pase entrevista de trabajo todo fue verbal y teniendo en cuenta mi currículum. Fui contratada como guía turística…realizando visitas desde el primer día. No apareció ningún jefe para ver mi trabajo, que fue implacable, no lo digo yo, lo dicen las ex compañeras. Por cierto la única con formación cualificada, era yo…. A los 3 días dicen que la que está de baja se ha dado de alta y como no ha pasado el periodo de prueba…no pasa nada. Pero la otra guía que trabajo ese día conmigo, me enseña un mensaje de la subcontrata que se encarga de contratar guías la ha enviado…han contratado a otra chica para hacer lo que yo iba hacer .
La llamada fue que lo sentían mucho…y que me tenían en la base de datos por si surgía otro trabajo.
La que me trasmitió el despido fue diferente al que me dijo que empezara a trabajar….
Al salir ese último día del trabajo, llame a la responsable de museo para que me dijera que ocurría…me dijo que no iba hablar conmigo..a lo que conteste…¿ pero que ha pasado? Me volvió a contestar que no iba hablar conmigo, que no se iba a meter en eso…y me colgó el teléfono.
Días después, me llamo ese chico para disculparse…que lo sentía mucho…que no sabía que pasaba.
¿ puedo hacer algo o esta asunto perdido?
Gracias
Con lo que comentas, creo que poco se puede hacer frente al despido, más allá de reclamar los salarios de los días trabajados y una indemnización de despido improcedente. ya que si no has firmado el contrato, no existe periodo de prueba.
Hola Alejandro, lo primero felicitarte por toda la información que proporcionas y agradecerte tu ayuda. Mi consulta está relacionada con el periodo de prueba y una solicitud de baja voluntaria que quiero realizar a mi empresa. El periodo de prueba especificado en el contrato es de seis meses, y yo llevo tres meses, tengo claro que no estoy obligado a dar preaviso, pero me gustaría hacerlo, por cortesía. La cuestión es que yo tenía planificadas dos semanas de vacaciones, y la incorporación a mi siguiente trabajo será el día siguiente a esas vacaciones, es decir, me marcharé de vacaciones y no volveré a la empresa actual. Mi duda viene ocasionada porque con estos tres meses trabajados no he generado aún esos diez días laborables que me voy a marchar de vacaciones, entonces, no sé qué es más conveniente para mí, si indicar en mi renuncia como último día en la empresa el día de fin de mis vacaciones o el día hasta el que tengo vacaciones acumuladas hasta ahora. Y por otro lado, si doy preaviso, ¿podrían obligarme a cancelar mis vacaciones?, muchas gracias por tu ayuda.
No pueden cancelarte las vacaciones ya acordadas, y en mi opinión, lo correcto es disfrutar las vacaciones que has generado, de lo contrario podrían descontártelo en el finiquito.
Buenos días Alejandro,
tengo una consulta. El 1 de julio 2021 empecé en un nuevo trabajo con contrato indefinido y un periodo de prueba de tres meses. El 20 de julio 2021, lamentablemente, causé baja involuntaria por incapacidad temporal y sigo de baja a día de hoy con lo cual es más larga de lo que esperábamos (sospecho que me esperan unas dos semanas más aunque el médico ha notificado baja hasta el 15 de septiembre 2021). La empresa me comunica hoy que no puede esperar más con lo cual lo más seguro es que me quieren extinguir el contrato «por prueba no superada» supongo. Al cesar yo voluntariamente en mi anterior trabajo el pasado día 23 de junio 2021 (para aceptar esta oferta de trabajo), corro realmente el riesgo de no tener derecho a desempleo en este caso? A mi me gustaría seguir en la empresa. ¿Es justo? A qué me voy a tener que enfrentar en el caso de que me despidan? Gracias de antemano por tu respuesta.
Si estás de baja por incapacidad temporal, aunque no pasen tres meses, seguirás cobrando mientras mantengas la baja por incapacidad temporal. Ahora bien, si es un periodo de prueba no superado, puede que no tengas derecho a paro. Si no estás conforme sobre la extinción, tienes que demandar por despido. Para saber posibilidades habría que mirar el contrato de trabajo, que es lo que dice el convenio, comunicación de la empresa…
Entiendo. Los miramos si se produce el caso. Muchísimas gracias por tu rápida respuesta.
Buenos días Alejandro,
Mi caso es el siguiente… deje mi trabajo de forma voluntaria el 2 de Julio ya que me salió una oportunidad laboral con mejores condiciones. El día 5 de Julio me incorporo a la nueva empresa y el 13 de Agosto me comunican la cesión del contrato por instancia de la empresa por “no superación del periodo de prueba” sin razón alguna. No han pasado 3 meses desde que presente la baja voluntaria en mi anterior trabajo, pero es demostrable que dicha baja fue por aceptar otro trabajo con mejores condiciones, no con el fin de quedarme desempleada. Puedo cobrar el paro en este caso? Si me lo denegasen, lo podría cobrar una vez transcurridos los 3 meses, es decir, el 2 de Octubre?
Lo que han hecho conmigo es un despido improcedente, pero al estar en periodo de prueba se respaldan con ello.
Muchas gracias, un saludo
No, me temo que te van a denegar el paro ahora y aunque pasen los 3 meses. Tendrás que encontrar otro empleo.
Hola, llevo trabajando en la misma empresa desde mayo del 2020, primero con contrato de ett y despues de empresa de interino cubriendo la baja de un empleado, El empleado al que sustituia ha regresado pero ha cogido las vacaciones de dos años, en consecuencia me han hecho un nuevo contrato para cubrir dichas vacaciones que son de dos meses. En el nuevo contrato temporal (dos meses) me indican un periodo de pruebas de dos meses,
es esto correcto ??
Saludos y gracias
No, ese contrato de prueba no es válido, seguramente lo han puesto por inercia, por el modelo utilizado de contrato, pero es nulo.
Nulo en este caso que quiere decir ?
podria hacer algo al finalizar este contrato si no me renuevan o no me pasan a indefinido ?
Gracias
Nulo que el periodo de prueba no es válido. Sobre si puedes hacer algo cuando finalicen la relación laboral, habría que ver los contratos y la causa que alega la empresa para la extinción de la relación laboral.
Buenos dias:
El día 5 de julio, después de un mes en periodo de prueba, caigo enfermo y me Dan la baja en el centro de salud.
Envío el parte a la empresa, y al día siguiente, me llega un mensaje de la tesorería, diciendo que se me ha dado de baja, con fecha 5 de julio.
El 9 de julio, me llega un burofax de la empresa diciéndome que no he superado el periodo de prueba a fecha 7 de julio.
Hasta el día 26 he estado de alta en la seguridad social…..y el día 27 me llega un mensaje nuevo de la Tesorería, dándome de baja con fecha 7 de julio. ¿Existe un defecto de forma en el despido? ¿ Puede considerarse nulo? Gracias
Si enviaron el burofax el día siete, que es cuando finalmente te han dado de baja, no consideraría que hay un defecto formal. De todas maneras, un defecto formal no lo convierte en nulo. Sobre la posibilidad de nulo por incapacidad temporal, explico aquí las opciones.
Hola Alejando,
Ayer empecé a trabajar en una empresa y en ese mismo día cuando termino mi jornada laboral y llego a casa mi pareja me comunica que se encontraba mal y que se ha echo un test por si tenía covid 19… por desgracia a dado positivo.
Yo nada más enterarme me he ido a la farmacia a comprar un test y me a dado negativo … pero claro he tenido contacto directo con mi pareja … vivimos en la misma casa.
Llamo al encargado para comunicarle que mi pareja me acaba de decir que tiene covid y que yo no estoy contagiada. Me comenta que habla con recursos humanos para ver como lo podemos hacer. Al día siguiente me llama recursos humanos y me dicen que estoy despedida, le pregunto el motivo y me comenta que es porque mi pareja tiene covid y he puesto en riesgo a los demás y el coordinador me dice lo mismo añadiendo que a saber cuando me he realizado la prueba ( cuando tengo el justificante de la farmacia indicando la hora de la compra)
Creo que he actuado correctamente
Me he enterado de la situación al llegar a casa, he comprobado si no estaba contagiada y he informado a la empresa.
Me han despedido por el covid así de claro me lo han dicho.
¿ Es legal, aunque este en prueba?
Muchas gracias.
Aunque es cierto que en periodo de prueba se puede extinguir la relación laboral, la causa no puede ser discriminatoria, y en este caso se podría entender así y el despidos ser nulo.
¿ Y como lo puedo demostrar que es una causa discriminatoria?
Me han enviado un correo y me exigen firmar la carta de periodo de prueba (que en ningún apartado pone que sea por covid 19, al no estar obligados….).
Y también me comenta que tengo que firmar el finiquito que está en blanco ( entiendo que no me tienen que abonar nada).
Pero no me han pagado el día que he estado y me adjunta la nómina cuando yo no he percivido nada.
¿Estos documentos me aconsejas firmar?
¿Es válido si pongo no conforme?
Muchas gracias Alejandro, nos ayudas muchísimo a todos !
Es lo complicado del tema, acreditar la causa del COVID. Habría que ver que es lo que quieren que firmes, no firmaría un documento en blanco, en caso de duda no firmes.
Buenas! Una dudilla… he estado semana y media trabajando en un bar y tras este período he decidido no continuar. Me dijeron que tendría que pasarme a firmar unos papeles por “la oficina” pero, han pasado dos semanas y aún no me han llamado ni me han pagado los días trabajados. ¿Existe un plazo de tiempo en que deberían abonarme esos días? ¿Qué puedo hacer si no me pagan? Un saludo!
Si no te pagan, tendrás que reclamarlo judicialmente. No, no existe tal plazo, ya deberían pagarte el tiempo trabajado.
Buenos días,
Tengo un periodo de prueba de 3 meses y llevo 1 mes medio y he descubierto cosas que no me gustan mucho la forma de hacer de la empresa así que prefiero rescindir mi contrato ya que aun estoy en periodo de prueba. Pero me gustaría hacerlo de forma correcta dado que siempre he sido así que no me gustaría cambiar mi forma de ser en estas cosas que son fundamentales como personas humanas.
Por lo tanto si le envió un preaviso de 15 días diciendo que me voy a la empresa por ser empático con ellos para que puedan empezar a buscar una persona que cubre mi puesto, la empresa puede decirme que me vaya el mismo día que le doy el preaviso (dado que es periodo de prueba y sabiendo que seria capaz de hacer estas cosas).
Muchas gracias.
Al estar dentro del periodo de prueba, sí, ellos podrían finalizar la relación laboral sin preaviso.
Buenos días,me cambié de trabajo por creer que estaría mejor y todo lo q me contó es mentira,estoy en mi segundo día y supongo que tendré 15 de prueba,si yo me voy tendría derecho a paro?,gracias.
No.
Buenas tardes me han despedido por no superar el periodo de prueba la realidad es que yo iba a mi centro designado a trabajar y me avisan en el mismo dia 2 horas antes del cambio de piscina que solicite a la misma empresa por lo que me he informado ese cambio mínimo tiene que ser de 5 días o la sumo de 48 horas para que me de tiempo a llegar a dicho centro de trabajo ya que no dispongo de vehículo y dependo del transporte público y la empresa lo sabe y al mismo tiempo no he cobrado aún , me pedían firmar el parte de baja voluntaria al que me negue, me obligo a tomarme el dia libre me era imposible llegar con tampoco tiempo al lugar que se me designo nuevo, le escribi por wasap por la noche para que me dijera donde debía ir a trabajar y me notifico telefónicamente rescindir el contrato por no superación del periodo de prueba, aquí se aprovechan no tienen que darme explicaciones, soy socorrista por cierto, por el hecho de tener un contrato de obra y servicio tiene derecho la empresa a notificarme 2 horas antes el cambio de lugar de trabajo? para mas inri sigo sin cobrar no podía tampoco recargar la parte que me faltaba para ir a la zona B2 de Madrid cuando soy B1 y mayor de 26 años por lo tanto a mi me corresponde pagar las diferentes zonas, lo han hecho a mala leche para echarme de la empresa, no se ya que hacer, me han mandado carta de despido que no es obligatoria pero les he escrito que sin el finiquito y la nómina no firmo nada de hecho mi idea es poner «NO CONFORME»…QUIERO SABER COMO DENUNCIAR QUE NO ME DIERON EL UNIFORME AL COMPLETO YA QUE EN CONVENIO QUE ME CORRESPONDE DICE QUE DEBEN DE DARME UNA SERIE DE COSAS QUE NO ME ENTREGARON COMO PANTALONES, SILVATO… TAMBIÉN POR LO QUE SE ES UNA EMPRESA DE MAS DE 70 TRABAJADORES Y QUE CARECE DE REPRESENTANTE SINDICAL POR LO TANTO POR LO QUE SE ESO TAMBIÉN ES DENUNCIABLE.
Un saludo
Espero su contextación pronto y gracias por la labor que hacer por los trabajadores
No es denunciable que no tenga representante sindical o de los trabajadores, ya que puede tenerlo, pero no es una obligación de la empresa. La no entrega de la vestimenta, puedes reclamarla en los tribunales, pero ahora entiendo que carece de fundamento si ya está extinguida la relación laboral. Ahora mismo, la reclamación que correspondes es la de impugnación del despido si no estás conforme con el mismo, para el cual tienes un plazo de 20 días hábiles.
Buenas tardes, mi nombre es Inma, comencé a trabajar el 12 de mayo y el 25 de junio me notificaron por WhatsApp que se había procedido a la baja de todos los trabajadores por extinción del centro de trabajo. Resulta que me lo notificaron un día después de haberme dado de baja en la empresa y ahora en el certificado de empresa aparece que me han dado de baja por no superar el período de prueba cuando eso no es cierto. ¿Se puede reclamar a la empresa? Entiendo que al estar en periodo de prueba no me hayan tenido que preavisar, pero por ser extinción del centro de trabajo, ¿pueden ponee que ha sido por no superar el período de prueba si es mentira? Muchas gracias.
Si la causa de la extinción no es correcta, tienes un plazo de 20 días hábiles para impugnarlo y que se considere despido improcedente, o en tu caso, despido nulo si sois bastantes los trabajadores afectados ya que debería de ser un despido colectivo
Buenos días, me hicieron un contrato indefinido con un año de prueba el 4 de mayo, y el 9 de junio me despidieron alegando que no había pasado el periodo de prueba, mi pregunta es si puedo reclamar, ya que al no ser legal dicho periodo de prueba, quedaría nulo y por lo tanto tendrían que haberme preavisado e indemnizado, es así?
Es discutible. Entiendo que se podría considerar que el periodo de prueba es el máximo que recoja el convenio colectivo o en su defecto lo que establezca el estatuto. Si así también lo supera, sí sería un despido improcedente. En cualquier caso, veo complicado que se pueda reclamar un preaviso, aunque sí la indemnización por despido improcedente.
Hola buenas tardes.
Entre el día 12/07/2021 a caprabo, por una sustitución de baja, el día 19/07/2021 digo que es mi último día por que me salió algo mejor y con buenas condiciones….
A la espera del finiquito, y hoy que lo voy a. Buscar me sale en negativo, por qué no he dado los 15 días, y en el contrato claramente indica 2 meses de periodo de prueba por contrato de ITERINIDAD.
El finiquito me sale -289,90€ es decir como si yo les debiera a ellos, es de risa…
Legalmente tienen que pagarme mis días trabajando???
Que alguien me explique por favor…
Dentro del periodo de prueba no es necesario preaviso, reclamaría esa cantidad a la empresa.
Ahora me dicen que el periodo de prueba no existe, ya que yo ya había trabajado 6 meses anteriores, pero me echaron por finalización de contrato y al mes me volvieron a llamar para una suplencia…
Es correcto ???
En ese caso, si que comparto que el periodo de prueba no sea procedente. De todas maneras, entiendo defendible que si la empresa lo puso en el contrato, se podría defender que se mantiene siempre en beneficio de la persona trabajadora.
Exacto Alejandro, en el contrato claramente pone en las cláusulas un periodo de prueba de 2 meses, es lo que indica el nuevo contrato no indica nada de ya no tengo que hacer prueba ni nada por el estilo detalladamente…
El periodo de prueba no es válido si ya se trabajo antes en las mismas funciones. Si no estás conforme, tendrás que demandar y que sea el juzgado el que decida.
Hola Alejandro, primero de todo darte las gracias por la web, muy didactica y aclaratoria.
La duda y pregunta es; me acaban de despedir de un trabajo por no haber cumplido las expectativas de la empresa durante el periodo de prueba, el problema radica ahora en que para este mismo puesto y para la misma empresa ya había estado contratado anteriormente bajo otros 2 contratos, con los respectivos periodos de prueba en ese momento. Según leo en el Estatuto de los trabajadores, solo puede existir un periodo de prueba durante el primer contrato, y si hay posteriores contratos para el mismo puesto y empresa, no pueden existir periodos de prueba, por lo que, estaríamos hablando de un despido ilegal e irregular, ¿verdad?
Gracias de antemano
Sí, consideraría nulo el periodo de prueba, y por lo tanto, despido improcedente.
Buenos dias alejandro,
Estaba cobrando el paro y consegui un trabajo temporal de 3 meses, con un mes de prueba, hoy al tercer dia me dicen que no he superado el periodo de prueba y que no vuelva.
Esto es legal?
De ser asi,tengo derecho a retomar mi paro?
Gracias, un saludo.
Si, puedes retomar el paro. Sí, en principio, salvo que exista una causa de discriminación o cuestión similar se puede extinguir la relación laboral como han hecho durante el periodo de prueba.
Hola, tengo una duda muy simple de responder, pero cuya respuesta no he conseguido encontrar:
Si renuncio en un periodo de prueba, es legalmente igual que una baja voluntaria, y tengo que esperar 3 meses?
Gracias y saludos.
A los efectos del desempleo, sí es como una baja voluntaria. No es necesario esperar tres meses, sino encontrar otro empleo. Lo explico en este artículo.
Buenas tardes,
Me gustaría saber si prosperaría una demanda por despido, si una trabajadora es cesada de su puesto en período de prueba pero dicho período no consta por escrito. Es decir, ¿el hecho de que el período de prueba no se haya realizado por escrito, tiene algún tipo de consecuencia?
Muchas gracias,
Un saludo.
En mi opinión sí, si no está por escrito, no existe periodo de prueba, y por lo tanto el despido es improcedente.
Hola Alejandro, yo estado trabajando en J.Carrion empresa de transporte por carretera.Mi contrato era de tres meses dos de ellos de prueba,he trabajado solamente un mes ya que me ha salido un trabajo mejor y he decidido irme.Bien aún no he firmado finiquito ya que me quieren desquitar 300€de preaviso yo les he comentado que estando en periodo de prueba no tengo que dar preaviso,Es justo lo que yo digo Alejandro es legal que me quieran desquitar ese dinero
Buenas tardes,
Quisiera consultar si tengo algún derecho o posibilidad de demanda. Mi case es el siguiente.
He firmado un contrato temporal por sustitución maternal por un periodo de 6 meses. La empresa insistió en una reincorporación inmediata y no los 15 días que les comente que necesito. Al final accedí y comencé a trabajar el Martes 2 de Marzo.
Despues de 8 dias trabajando en mi puesto, el dia viernes 13/3 a las 13.50 hs (la jornada laboral finaliza a las 14hs) mi jefe me comunica que ya no estan interesados en trabajar mas conmigo y que no vuelva. Segun el no he superado el periodo de prueba.
Durante mi semana laboral lo unico que pude hacer son trabajos de administracion, actualizar ficheros, convocar reuniones cuando fui contratada como Project Manager ya que estas tareas las cubria la asistente de la Project Manager de baja.
El jefe me dijo que tienen muchos proyectos y necesitan alguien activo. Entonces le dije que revise todos los temas dentro de lo que una persona puede hacer un seguimiento a los 8 dias de empezar, que el me tiene que presentar los proyectos para hacer un plan, cuando quiere que haga el trabajo si desde que llegue tuve 10 reuniones por dia.
Su respuesta: tendrias que haber pasado por todos los departamentos de la empresa, preguntar con quien te corresponde hablar y que es lo que van a hacer, a las reuniones no tendria ni que haber ido.
En fin tengo derecho a algo o solo resignarme a que me basurearon 100%.
Gracias!
Si el periodo de prueba está recogido en el contrato, poco se puede hacer.
Hola, una amiga mia trabaja como jefa comercial en su ntrabajo y hace bien poco fue despedida por el jefe de recuesos humanos de la empresa por incumplir con el protocolo que se llevaba en ena reunion de trabajo que mantenia el jefe de RR.HH y por tamnien hacer manifiesta que no iba cumplir con las exigencias del horario impuestas por el jefe de RR.HH. Razon por la cual la despidieron. Y quire seber si el Jefe de RR.HH le compete proceder al su despido ya que ella tambien es jefa comercial y cree que es competencia del DG de la empresa.
Es competencia de quien considere la empresa, que puede ser el de Recursos Humanos.
Buenas tardes.
Gracias por esta información tan completa
Yo dejé de trabajar porque mi excedencia caducó y justo estaba fuera del país por lo que no tengo derecho al paro y actualmente estoy sin ningún tipo de ingreso económico.
Me está siendo difícil encontrar trabajo y me han ofrecido un trabajo con 1 mes de periodo de prueba, quería saber si a efectos del SEPE tras este tiempo de prueba si no me contrataran, podría solicitar el paro? Es trabajo sería con contrato de tipo call center.
Muchas gracias por su ayuda
Si es fin de contrato temporal o periodo de prueba no superado indicado por la empresa estarás en situación legal de desempleo, y tendrás derecho en función del tiempo cotizado.
Hola. puede el jefe de recursos humanos elevar un informe directamente a la gerencia?
Si.
Hola. A mi amiga la dieron fecha alta de su trabajo la fecha en la que le firmaron el contrato indefinido y cree que deberia ser la fecha inicial la que contiene su contrato de prueba y que asi perderia sus derechos de tres meses de prueba.
No existe un contrato de prueba, sino un contrato con periodo de prueba. El periodo de prueba existe si se pacta, pero no es un derecho que se pueda exigir.
Hola,
Al firmar mi contrato en el que existe un periodo de prueba, también hay un anexo con una cláusula en la que el trabajador debe indicar si cesa en el trabajo con 15 días de antelación, INCLUSO EN EL PERIODO DE PRUEBA,y no sé si es legal, ya que realmente en tal caso, el derecho al cese inmediato solo beneficia a la empresa.
En mi opinión no sería procedente, aunque desconozco si alguna sentencia lo ha considerado como válido. Si que se ha permitido ese tipo de cláusulas para el preaviso de baja voluntaria, en defecto de convenio.
Buenas tardes Alejandro,
Acaban de poner fin a mi contrato indefinido por «no superacion del periodo de prueba» y quisiera saber dos cosas:
en el contrato que he firmado me he dado cuenta de que me proponen pagarme 500 euros para ayudarme a pagar el primer mes en el piso, ya que me he mudado de Francia a Espana para poder trabajar en esta empresa. Pero me he dado cuenta de que nunca lo habia pedido. Todavia no he firmado nada pero legalmente ya no formo parte de la empresa, es demasiado tarde para hacerlo?
La segunda pregunta es: me exigen que firme los documentos que me han mandado para poder cobrar lo que me corresponde. Es normal en Espana o deben pagarme aunque no firme el documento de liquidacion y finiquito?
Me doy cuenta de que no me han pagado 1h40 de hora extra que he hecho, como puedo justificarlo?
Disculpe la ausencia de tildes y de «enie», estoy escribiendo desde un teclado francés.
Gracias de antemano
Un cordial saludo,
Eva Corral
Antes de firmar el finiquito, que te lo paguen. La firma del finiquito acredita el cobro de las cantidades indicadas, así que primero se paga y luego se firma. Sí, puedes reclamarlos 500 € si así venían reflejados en el contrato.
Hace un año fue mi baja voluntaria, y ahora dos dias de prueba no superada .pero en certificado de la empresa pone.
Cese de contrato instancia del trabajador. Tendre drechos a paro??
¿Has indicado tu el periodo de prueba no superado? Si es la empresa, al ser dos días, depende un poco del SEPE, puede que te lo denieguen.
Pero mi carta de despido pone finalizacion del contrato. Y el jefe dice que asi podre cobrar el paro.
Si la extinción es por fin de contrato, sí que podrías tener derecho a desempleo. El problema es la duración del contrato de dos días, que después de un año sin trabajar, el SEPE puede denegar la prestación. No por la causa de extinción, sino por la duración del contrato.
Estuve en el sepe me dijieron que tengo derechos a prestacion
Y esta solicitado , pero faltaba el certificado de la empresa. Mis dudas son ,en la carta del despido pone fin del contrato.
Y el certificado pone cese del contrato instancia del trabajador. Eso no entiendo. Y el jefe dice que tendre drechos a prestacion.
¿A ti te notificaron por escrito la causa de extinción?
Ya me mandaron la carta de que a cuanto tiempo voy a cobrar el paro. O sea aprobado.
Hola Alejandro. Si la causa de despido es no superar el periodo de prueba, pero no corresponde dicho periodo de prueba y se declara nulo el despido por no superar el periodo de pruebas significa que la empresa debe readmitir al trabajador como los demas despidos nulos? O es es un despido improcedente (la empresa no debe readmitirlo o pagar al empleado como si hubiera trabajado todo ese periodo)
No es causa de nulidad la consideración de un periodo de prueba no superado cuando el periodo de prueba es incorrecto o no existe.
Si tengo un contrato en prácticas con un periodo de prueba firmado de un mes y al finalizar el segundo mes me despiden objetando que no he superado el periodo de prueba. Seria un despido improcedente,¿ me correspondería indemnización y de ser asi de cuanto sería?
Gracias
Si has superado el periodo de prueba, no pueden indicar como causa la no superación del periodo de prueba, en cuyo caso sí que sería un despido improcedente. La indemnización sería de 2,75 días por cada mes trabajado. En tu cas, 5 días de indemnización.
Buenos días.
Tengo un contrato que se inició el 17 de Diciembre 2020, con un periodo de prueba de 1 mes, por lo que me cumple el 17 de Enero de 2021. Entre medias estoy sufriendo una baja por enfermedad común (del 8 al 18 de Enero). Cuando me incorpore al trabajo ¿seguirá el periodo de prueba o se habrá extinguido? (En mi convenio no se contempla esta opción).
Muchas gracias
En el contrato se puede acordar que los periodos de incapacidad temporal, suspenden la duración del periodo de prueba.
Buenos días, tenía un trabajador contratado por obra y servicio que se dio de baja por enfermedad común al 8º día de empezar a trabajar.
La obra ha terminado y por ende su contrato también. Estaba en periodo de prueba y estoy teniendo muchas dificultades para calcular su finiquito pues de los 15 días de diciembre que ha estado en activo, solo ha trabajado tres y el resto ha estado de baja. ¿No existe una herramienta de calculo de finiquito que me deje tener en cuenta la baja laboral del trabajador? teniendo en cuenta que los primeros 3 días no cobra nada y que a partir del 4º solo le corresponde el 60% de la base reguladora….
¿Calculo el finiquito en base a los 3 días trabajados y calculo a parte lo que le corresponde por los días de baja?
MUCHAS GRACIAS DE ANTEMANO POR VUESTRA AYUDA!
Desconozco el programa de nóminas que utilizas, si no con un excel no deberías tener problemas.
Buenas,
En mi caso, ayer domingo día 27 me acaban de notificar por llamada de teléfono que me rescinden el contrato y he comprobado en la seguridad social que me dieron de baja el pasado jueves día 24 de diciembre. Actualmente estoy en periodo de prueba de 2 meses (inicié el trabajo el 10 de noviembre) de un contrato indefinido. Mi horario de trabajo es de lunes a viernes en días laborales.
Pertenezco al convenio de la madera de la Comunidad de Madrid, en los que los días 23, 24 y 25 eran festivos por convenio y en donde solo fuimos a trabajar los empleados el día 23 por obligación de la empresa. Mis preguntas son:
1. ¿Es legal haberme dado de baja en la Seguridad Social sin comunicármelo, habiendo estado los días 25, 26 y 27 cotizados como vacaciones no disfrutadas y retribuidas?. Estos corresponderían a 3 de los 4 días de vacaciones que me corresponden por el tiempo que he estado en la empresa.
2. ¿Deben notificarme la decisión de baja de contrato en un día laboral?
3. ¿Hasta qué día me deben pagar como que he permanecido en la empresa?. ¿Me deben de dar de baja el día 28 laboral y después cotizarme y pagarme los días de vacaciones acumulados?
Mucha gracias.
No es necesario la comunicación en un día laboral, pero sí que debe ser de manera previa a la extinción. Te deben de pagar hasta el día de baja más las vacaciones generadas y no disfrutadas, si te dan de baja antes de comunicarlo puede ser motivo para considerar el despido improcedente, pero no deben mantener el alta hasta el día 27 si no has trabajado.
Buenos días, fui contratada en una empresa de comercio para la campaña navideña desde el 27 de noviembre hasta el 30 de enero. Desde que empecé me dijeron que el contrato «iba a tardar» porque estaban saturados. Entonces veo cambios sustanciales de horas extras que eran obligatorias, jornadas de 11 horas sin descansos, etc. El día 20 de diciembre envío un correo pidiéndolo y no me contestan hasta el 23 que, debido a un accidente laboral, tengo un esguince de tobillo por el que me acreditan incapacidad laboral. El día 24 me cesan de la empresa por «no haber superado el período de prueba» diciéndome claramente que es por incapacidad laboral.
¿Han procedido correctamente teniendo en cuenta de que todavía no he firmado el contrato?
Si no existe contrato por escrito firmado, no existe periodo de prueba, por lo tanto, no se puede indicar esa causa como justificación de la extinción de la relación laboral. Demanda por despido improcedente/nulo.
Lo nuevo ahora es que, al recoger los días que me deben por pagar, lo más seguramente que hagan sea hacerme firmar el contrato a día 27 de noviembre. ¿En el momento de la firma debería ponerlo a la fecha en la que me encuentro ahora? ¿Qué hago si no me dejan?
Si te dan ahora el contrato y ya se ha extinguido la relación laboral, no tienes obligación de firmarlo.
Si yo empecé a trabajar el día 26 de noviembre y el médico me dio una baja quien tiene que pagarme la baja si llevo de baja casi dos meses
Si no se ha extinguido la relación laboral, la empresa.
Buenas noches mi pareja esta cobrando el paro pero hoy ha empezado un trabajo que no puede realiza ha terminado la jornada de hoy pero no va a volver. El paro lo pierde?
Si el trabajador es el que comunica la extinción, no se tiene derecho a continuar cobrando el paro.
Hola.
Me han despedido después de casi 2 meses en el periodo de prueba. En la carta que me envía la empresa me dice que por no superar el periodo de prueba. Pero el motivo real ha sido porque la jefa escuchó una conversación que tuve con un compañero en el almacén a través del altavoz de la cámara de vigilancia del local. Y me llamó para decirme que dejara la empresa inmediatamente porque me estaba escuchando decirle al compañero que ella no había cumplido lo que habíamos pactado, lo cual es cierto, ya que me dio de alta 2 horas y estaba trabando 4 o 5 h al día, y pretendía que me pagara el sueldo de media jornada consiguiendo comisiones por ventas. Lo cual no me parecía justo, y más cuando solo cotizaba 2h por día.
Quiere que le firme la carta donde me despide por no pasar el periodo de prueba…pero y lo que ella hizo, de escuchar una conversación privada sin mi permiso ni avisarme de que podría ser vigilada de esa forma… eso es legal? Que puedo hacer?
Yo no quiero seguir en una empresa donde la jefa no respeta mi intimidad, pero no me parece justo que alegue que no supero el periodo de prueba.
Gracias
El problema es que si el periodo de prueba estaba recogido en el contrato, poco se puede hacer en cuanto a la extinción de la relación laboral. Otra cosa es que te deba salario por realizar más horas de las que te pagaba y por lo tanto puedes hacer una reclamación de cantidad.
buenos dias.
Escribo mi caso por que creo que es un despido improcedente.
Desde el dia 12 de noviembre 2020 entro a trabajar para la empresa Marktel, campana de Mutua Madrilena desde el primer dia me encuentro con una coordinadora que trata mal a los empleados con amenazas de despido, sino vendemos, si le caemos mal, si contestamos a sus provocaciones siempre irespetuosas, si nos quejamos. ella hablo a mis otros companeros de mi. por que le respondi de una manera normal y sin gritos y dijo que ya habia pasado nota.
en fin que nadie dice nada por miedo a ser despedidos. yo le pedi amablemente que me dejara sentar en otro escritorio para poder asi estar mas cerca delas personas que me pudiesen ayudar ante alguna duda y ella se nego a hacerlo. alegando que que nos tenia que vigilar. El dia viernes 4 de Diciembre envie una carta a recursos humanos haciendo una denuncia por el acoso de esta persona y el dia lunes me despiden alegando que no pase el periodo de prueba, aun acabando de recibir un dato encalidad del 59% y en ventas superior al de otros companeros que habian entrado con migo en el mismo proceso. Al llamar el dia 9 de Diciembre a redursos humanos me dice que no puedo hablar con nadie y que la denuncia no tiene validez ya que no pertenecia a la empresa pero yo pase la denuncia antes demi despido esperando que se activara el protocolo de bossing en la empresa. que puedo hacer_
Demanda por despido alegando lo que aquí me comentas, y solicitando la nulidad del despido.
Buenas tardes, mi marido comenzo ayer un contrato de trabajo, tenia turno de tarde, hoy por la mañana tenia mucho dolor y tubo que acudir al medico, el cual le dio baja laboral, lo comunicamos a la ett y esta tarde le envian un papel como que no a superado el periodo de prueba, nadie le comunico nada hasta que no se les envio la baja laboral, por supuesto no lo firmo, me podeis decir que puedo hacer?
¿Había firmado contrato de trabajo? Demandar por despido.
¿Puedes explicar por favor el caso de que si no se haya firmado ningún contrato de trabajo, sabiendo que sí la alta se refleja en el informe de la vida laboral ( Contratación ETT)?
Muchas gracias
Aunque no se haya firmado el contrato de trabajo, la relación laboral existe en el momento que se inicia la relación laboral. Aquí lo explico.
El pasado 2 de julio me fui de la empresa tras salir de un ERTE y ver una mala situación laboral. He estado sin paro, pero ahora en noviembre encontré un trabajo que no era de lo mío con un periodo de prueba de 15 días que me han dicho hoy día 2 de diciembre que no voy a pasar. Tengo derecho al paro?
Si tienes cotizados más de 360 días en el último año, deberías tener derecho a paro.
Me fui voluntariamente del anterior trabajo hace 4 meses porque había mal ambiente y pagaban mal y tarde. Con lo cual no tenía derecho a paro. Ahora me han firmado un contrato por un mes en un nuevo sitio para sustituir una baja. Cuando termine este contrato podré pedir el paro?
En mi opinión, si.
Buenas noches Alejandro,
Me llamo Gemma y llevo trabajando 20 años en una empresa y ahora me han ascendido a responsable por jubilación de mi antiguo jefe.
Me piden un periodo de prueba, si me ha ascendido la propia empresa, es normal que me lo pidan?
Qué duración tiene que tener?
Me lo tienen que comunicar por escrito? En este periodo qué sueldo se supone qué tengo que cobrar, el de mi categoria actual o el del supuesto cargo que voy a ejercer?
Muchas gracias.
Será un periodo de prueba de la nueva categoría, pero no de la relación laboral. No está regulada en el estatuto de los trabajadores ese tipo de periodos de prueba, pero siempre te tendrán que remunerar de acuerdo a las funciones que realices aunque estés dentro del «periodo de prueba».
Buenas tardes Alejandro,
qué ocurre si llevo 5 días trabajando en una empresa, con periodo de prueba de 2 meses y 30 días, y no quiero acudir más a trabajar? El puesto de trabajo no se ajusta a lo que me comentaron en la entrevista y las condiciones son algo abusivas. Si comunico mi decisión de causar baja me tendrían que pagar igualmente los 5 días trabajados, verdad? Gracias.
Sí, te tienen que pagar los días trabajados.
Buenas tardes Alejandro.
He estado trabajando una semana en una empresa y he decidido no ir más, de lo comunique por teléfono, se enfadó conmigo y me dijo que no me iba a dar ni papeles y menos pagarme la semana trabajada. Vengo de estar en el desempleo y tengo dos preguntas.
Tengo derecho a desempleo?
Y como puedo reclamarle los días trabajados y cuánto me costará la denuncia más o menos?
Gracias.
No, no tienes derecho a continuar la prestación por desempleo. Por otro lado, sobre los días trabajados, habría que ver si estás dentro del periodo de prueba o que indica el convenio colectivo respecto al preaviso. Sobre el procedimiento de reclamación de cantidad te recomiendo este artículo.
Buenos días Alejandro,
Cambié de trabajo en setiembre, ahora cuando llevaba dos meses y me encontraba en periodo de prueba me han echado ya que por el Covid el trabajo a disminuido mucho (es una peluquería). El último trabajo antes de este lo dejé yo voluntariamente para incorporarme a este nuevo.
Me han negado el paro por estar en periodo de prueba y porqué el ultimo lo dejé yo voluntariamente.
Pero he visto que el siguiente decreto ley 15/2020:
SE AMPLÍA LA PROTECCIÓN POR DESEMPLEO A LAS EXTINCIONES DE CONTRATOS EN PERIODO DE PRUEBA PRODUCIDAS DURANTE EL ESTADO DE ALARMA (ART. 22 RDL)
Con el objetivo de dar protección a todas las personas que en el contexto actual no tengan acceso a la prestación, se procede a considerar que se encuentran en situación legal de desempleo las personas trabajadoras:
Cuyos contratos han sido extinguidos a instancia de la empresa durante el periodo de prueba desde el 9 de marzo, con independencia de la causa por la que se hubiera extinguido la relación laboral anterior.
Crees que puedo alegar la decisión con esto?
Muchas gracias,
Lo cierto es que ese artículo estaba pensando para el estado de alarma de marzo, pero ahora volvemos a estar en estado de alarma, así que no tienes nada que perder por reclamar.
Podrías decirme en qué ha quedado la reclamación? Me veo desde hoy en la misma situacion
Hola Joana,
Al final no creo que reclame ya que me echaron el 23 de octubre y el estado de alarma entró el 25 así que creo que tengo pocas posibilidades. Parece que en unos días tendré un contrato temporal para una substitución y en teoría esto me tendría que permitir entrar en el paro.
Mucha suerte,
Hola, gracias por el blog.
¿Puedo exigir a una empresa que me quiere contratar, que omita el periodo de prueba por contrato?. ¿Es esto legal? ¿O tiene que haber obligatoriamente un periodo de pruab?
Gracias
No es obligatorio establecer un periodo de prueba, así que si se puede acordar que no se establezca ninguno.
Hola Alejandro:
El 2 de octubre causé baja voluntaria en una empresa y el 14/10 me incorporé a otra. Me han hecho un contrato indefinido con dos meses de prueba. Me cuesta mucho adaptarme a esta nueva modalidad y es difícil entenderse con la jefa. En caso que me echen dentro de este período de prueba, ¿hay alguna posibilidad de cobrar paro?
Tengo entendido que la ley ha cambiado y quien no consiga estar un mínimo de 3 meses en el otro trabajo, se queda sin cobrar nada.
¿Es cierto? En caso afirmativo, ¿qué hay que hacer para obtener el paro?
Si no pasan más de tres meses entre la fecha de baja voluntaria y la del periodo de prueba no superado, no tendrás derecho a cobrar el paro. Para ello, tendrás que encontrar otro empleo y que finalice por despido o fin de contrato.
Hola!
Y si no se hubiera firmado el contrato aún?
Gracias!
No se exactamente a que te refieres, si no hay contrato por escrito no hay periodo de prueba.
Mi empresa me ha comunicado por carta la terminación de mi contrato durante el periodo de prueba, la cual dice literalmente que “a partir del día 18 causa usted baja…” alegando el periodo de prueba. Ocurre que yo el día 18 trabajé y no sé si está correctamente comunicada así dicha finalización de contrato o debería poner “a partir del día 19” y podría demandar por algún tipo de nulidad en la forma. Muchas gracias de antemano.
No considero nulidad en la forma, revisa que te hayan cotizado (y abonado) el día 18 si lo has trabajado.
Es que en la expresión «a partir de», se entiende que la indicación de tiempo, lugar o cantidad que se toma como referencia está incluida en lo que se indica: «A partir de hoy dejo de fumar» (= hoy ya no fumo), por eso entendía que sí podría hacer algo, aparte de la reclamación de cantidad que si iba a hacer si o si y estando pendiente como dices de ese día 18 si se ha cotizado o no.
Con los datos que me das, en todo caso, el despido sería improcedente.
Buenos días,
me han despedido por no superar el periodo de prueba, esa misma empresa me podría contratar de nuevo para el mismo puesto?, es que me suena un poco raro y no sé si me lo han dicho para quitarme de enmedio.
Muchas gracias.
Sí, podrían si quieren.
Buenas tardes.
Me gustaría saber si es legal hacer dos contratos de prueba seguidos. Me hicieron un contrato de prueba del 17 de agosto al 17 de septiembre, finalizó mi contrato de 20h por incorporación de la persona a la que estaba sustituyendo y firme mi finiquito. Hubo una discontinuidad de 4 días y el día 21 de septiembre firme otra contrato de 15h de prueba, también como ayudante de camarero. Esto es legal? También me gustaría saber si me corresponde finiquito ya que todavía la empresa no me ha pagado este.
No existe el contrato de prueba, sino que existe contratos temporales en los cuales se recogen un periodo de prueba. No es procedente recoger un periodo de prueba en un trabajador que ya ha sido contratado previamente.
Buenas tardes,
Quisiera saber si, sin haber llegado a firmar el contrato (se trata de un contrato en prácticas y desconozco si me encuentro en periodo de prueba ya que no he podido verlo ni me lo han comentado), y llevando solo 3 días trabajando en el centro es necesario o no para causar la baja voluntaria respetar el aviso de 15 días naturales o cómo se debe proceder.
Muy interesante el artículo.
Muchas gracias.
Aunque no se tenga el contrato por escrito, es obligatorio cumplir con las obligaciones, entre ellas, el preaviso que establezca el convenio colectivo.
Buenos días Alejandro
Tengo una pregunta, en un contrato eventual de un mes ¿Cuál es mi periodo de prueba si en el contrato pone s/convenio y en el convenio no marca nada?
Otra pregunta en dicho convenio la última tabla salarial es del 2018 ¿Como puedo encontrar la tabla salarial del 2020?¿Será la misma del 2018, ya que es superior al SMI?
Sí, será la misma tabla salarial. Si el convenio no dice nada del periodo de prueba, entiendo que no hay periodo de prueba.
Buenas tardes, en marzo cerré definitivamente mi empresa después de 15 años como autónoma .
Cuando procedí a realizar mis papeles se me notifica que no cuento con ninguna ayuda a pesar de quedarnos sin ingreso, mi marido y yo ( de 47 y 54 años, ambos autónomos)
Llevo unas semanas trabajando en una empresa ( ONG como captadora) donde espero pasar el período de prueba, pero realmente las expectativas son tan altas que no sé si lograré alcanzarlas.
En caso de no superar el período de prueba, el tiempo acumulado de mi cotización de autónomo ¿ Tengo derecho a paro?
Muchas gracias
No, no computa el periodo para tener derecho a paro.
En 2019 firmé contrato indefinido con 10 meses de prueba. ¿es legal, no se limitó a máximo 6 meses? Faltando 12 días para alcanzar los 10 meses rescinden contrato como periodo de prueba no superado diciéndome que el trabajo había sido magnífico, y tras preguntar los motivos se niegan a decirlos. ¿Qué podría reclamar?
Despido improcedente o nulo en función de las circunstancias del caso.
Buenas tardes Alejandro, empecé a trabajar en mercadona con un supuesto contrato de 1 mes de prueba, al finalizar ese contrato, firmé otro de temporada para desempeñar las mismas funciones y 15 días después, me han despedido por no superar el periodo de prueba… Le pregunté que si había sido por los horarios (comenté si podía ponerme 2 semanas de tarde y 2 de mañana en vez de 1 y 1 porque tengo niños) y su contestación fue que eran varios motivos, pero no me dijo cuáles. La verdad yo quiero recuperar el trabajo pero necesito saber si lo que han hecho es legal o se puede y si tengo opción a recuperarlo. Gracias!
Si ya habías firmado un contrato de trabajo con un periodo de prueba y posteriormente firmas otro, no puede establecerse un nuevo periodo de prueba. Puedes demandar solicitando la improcedencia. Para ser reincorporado de manera obligatoria, tendrás que solicitar la nulidad, y para ello, habría que acreditar que has sido despedido como consecuencia de una reclamación efectuada a la empresa por la garantía de indemnidad.
Buenas tardes, fui contratada de manera indefinida después de superar un período de prueba de dos meses en mi empresa, tal y como marca el convenio referido a su sector. Transcurridos estos dos meses ya citados, el empresario me notifica que he sido dado de alta en la Seguridad Social y que tengo que abonar la cotización por el citado período de prueba e ingresarla en la Seguridad Social empleando el modelo 501A, para estos menesteres. No estoy muy segura de esto, esto es así ? Que qué ocurrirá en caso de que no lo haga.
Desconozco ese modelo que comenta, que creo que no existe, pero el trabajador no tiene que pagar la seguridad social, ya que es una obligación del trabajador.
Hola, antes de nada enhorabuena por este artículo; conciso, bien explicado y de fácil comprensión.
Llevo trabajando en la empresa desde el 03/01/2020 con un contrato temporal de un año de duración y SEIS meses como período de prueba (se me acaba el día 03/07/2020). Se me contrató en una empresa pendiente de calificar como centro especial de empleo; tengo una minusvalía del 33%. El 14/03/2020 me incluyen en un ERTE por causa mayor al 100%. Ahora me informan de que quieren darme de baja por no superar período de prueba tan pronto me ordenen la reincorporación. Mis preguntas son:
¿Ésto no se puede considerar un fraude y, por lo tanto, deberé exigir indemnización?
¿No era que no se podía despedir durante SEIS meses a un trabajador en ERTE?
¿El período de prueba no ha sido suspendido durante el estado de alarma?
Gracias por anticipado por su respuesta.
Un saludo cordial
En mi opinión, sí, el periodo de prueba ha sido suspendido en caso de ERTE de suspensión, pero se reanuda en el momento de la reincorporación al trabajo. Existe un compromiso de mantenimiento del empleo en ERTEs por causa de Fuerza mayor durante seis meses, pero su incumplimiento no afecta a la extinción, sino a la obligación de la empresa para devolver las cotizaciones ahorradas del trabajador durante el tiempo de ERTE.
Buenas Alejandro,
Ayer me despidieron de mi empresa tras enterarme de mi despido resetee el ordendor, ya que tenía cosas personales y programas que Descargue para hacer mi trabajo en la empresa. Después firmé el finiquito (vacaciones y carta de despido). Ahora, me llaman para reclamarme trabajos que tenía a medio hacer que no están en mi mano, ya qur al rsetear el ordendor se borraron.
¿Podrian tomar algun acción legal como no pagarmr la nómina vacaciones finiquito, quitarme una parte del dinero?
Tienen que pagarte todo el tiempo trabajado, nómina y vacaciones incluidas.
Buenas tardes Alejandro,
Si me despiden, y firmamos el documento del despido, aunque haya dejado tareas sin acabar, ( me los estén reclamando y yo no quiera dárselos) ¿pueden cambiar el contrato a improcedente o quitarme el paro?, por otro lado, ¿pueden no ingresarme el dinero del finiquito más mes más vacaciones? o ¿es obligatorio para ellos?
Muchas gracias,
Hay varias cuestiones entremezcladas en la pregunta. El contrato no es improcedente, lo será el despido que te ha efectuado la empresa, y entiendo que tras alcanzar un acuerdo del mismo, por lo tanto, habrá que estar a lo acordado, pero dudo que sea en relación a realizar X trabajos. Por oto lado, en caso de despido, siempre se tiene derecho a paro si se ha cotizado para ello.
Hola Alejandro,
Gracias por la respuesta, la verdad me he expresado fatal.
Para que me quede claro, mi caso es el siguiente:
Me despidieron ayer con unos trabajos sin terminar por mi parte, al saber que me iban a despedir resetee el portátil del trabajo con algún trabajo sin entregar por mi parte. Después firmé el finiquito con la carta de despido. Ahora, me están llamando para reclamarme los trabajos que tenía a medias pero al resetear se borraron. En este caso ¿podrían tomar alguna acción como no pagarme?
Gracias,
Veo que tengo una pregunta igual de otra persona, así que entiendo que es un ejercicio de una formación, que es una cuestión que no suelo resolver. (doy prioridad a los trabajadores) En cualquier caso, tienen que pagarte todo, sin perjuicio de que analizando el caso pueden reclamar una indemnización por los daños causados.
Hola Alejandro,
Si un empleado fue puesto en un ERTE por causa de fuerza mayor (covid-19) por parte de la empresa y adicionalmente esta en periodo de prueba (mes 4 de 6 de prueba) dentro un contrato indefinido y la empresa te echa durante el ERTE, esta deberia pagar los dias que duro el ERTE como si hubiesen sido trabajados? o no tiene q pagarlos?
Osea se exime de toda responsabilidad a la empresa por el simple hecho de estar en periodo de prueba?
Muchas gracias!
Si extinguen la relación laboral durante el ERTE, el SEPE abonará hasta el día de la extinción de la relación laboral.
Hola Alejandro, muchas gracias por tu pronta respuesta!
Me surge una duda adicional: aunque exista un periodo de prueba vigente durante el ERTE y en efecto puedan echar al empleado cuando gusten sin mayor justificación, en teoria la no superacion del periodo de prueba durante el ERTE por causa de fuerza mayor no deberia ser una excusa valida, ya que el empleado era suficientemente valioso como para meterlo en el ERTE no?
Osea, en ese caso no se podria impugnar como despido improcedente o nulo? ya que el empleado verdaderamente no ha podido hacer nada para justificar un despido estando en el ERTE y se entenderia que se le echa por COVID-19 como razón.
Y por ultimo, como es q la empresa no tendría que pagar al empleado el tiempo desde q empezó el ERTE hasta su despido?
Gracias nuevamente!!
Entiendo lo que comentas sobre la extinción, pero es una cuestión que dependerá de la interpretación del juez. En cualquier caso, el despido sería improcedente y no nulo, salvo que por el número de extinciones estemos ante un despido colectivo. En el momento que entras en el ERTE de suspensión, la empresa no tiene que pagar salarios, puesto que no se trabaja, exista extinción o no de la relación laboral.
Explico mi caso por si hay alguien que me pueda asesorar, en cómo proceder ante esta injusticia que me ha sucedido.
Me presente a una plaza en empresa de aguas del ayuntamiento. Reunía todos los requisitos para acceder a la convocatoria. En principio me rechazaron al no admitir uno de los títulos que solicitaban, tuve que alegar y demostrar que el título del que dispongo era equivalente al que solicitaban. Una vez que vieron que tenía razón, pude concursar. Saque dicha plaza y tenía 6 meses en el contrato de prueba y luego pasaba a fijo. Mi sorpresa fue que faltando unos días para cumplir dichos meses el encargado me da la carta de despido alegando de que no he pasado la prueba. Me quede yo y mis compañeros de turno asombrados ya que en los 6 meses nunca llegue tarde, los trabajos encomendados fueron realizados, nunca discutí y he tenido contratiempos con ninguno de mis compañeros, nunca me llamaron atención por trabajo mal realizado o no hecho. Luego mis compañeros de trabajo me comentaron que habían escuchado rumores de que la plaza que gane la tenían prevista para alguna persona allegada. También sospecho que me pusieron pegas con el título para que no pudiera presentarme y que se quedara la plaza para el posible (allegado). Pregunto ¿puede una persona arbitrariamente valorar tu periodo de prueba y depender de esta, tu puesto? ¿Entonces de que sirve la oposición si luego esta persona te despide a los 6 meses? Así pueden estar despidiendo hasta que la persona (allegada) consiga quedarse con la plaza.
Gracias. Por si me pueden ayudar.
Realice consulta a un abogado y la contestación fue. Que en periodo de prueba me pueden despedir sin justificación alguna. Vuelvo a repetir. En toces de que sirve la oposición.
Es cierto que durante el periodo de prueba no es necesario justificar la extinción. Lo tienes complicado, pero no tienes nada que perder. Demanda y que sea la empresa la que acredite que no existe discriminación.
Buenos dias Alejandro,
Te comento mi caso, fui despedido de mi anterior trabajo fijo el 11/12/2019 con derecho a paro y sin cobrarlo comencé en uno nuevo fijo tambien con periodo de prueba de 3 meses, teniendo alta en SS el 03/02/2020, y el 01/04/2020 me indicaron que el periodo de prueba no habia sido superado (debido a la crisis realmente).
¿Tendria derecho a paro no? Puesto que:
1. En mi actual trabajo la baja es por parte de la empresa
2. En mi anterior empleo fui despedido no voluntariamente
3. Han pasado mas de 3 meses desde la baja anterior y la actual
Gracias!
Sí, tienes derecho a paro si has cotizado lo suficinete para ello.
Si tengo mas de 7 años trabajados. Muchas gracias Alejandro!
Hola buenas tardes Alejandro, le comento mi caso. Tras estar en la empresa 7 días del 03/03/20 al 11/03/20 en periodo de prueba, cotizando 4h y trabajando entre 9 y 12h diarias, me surge un imprevisto y tengo que cesar el trabajo. El 14 se decretó el estado de alarma. Tras hablar con el SEPE me comunican que no tengo derecho a paro por baja voluntaria, que le ha mandado la empresa. Hablé con el empresario, para que envíe una modificación del despido, diciendo que la empresa me despidió por no superar el periodo de prueba para poder optar a paro y no acepto.
Según las normas y condiciones para cobrar el paro es necesario el cese no voluntario del empleado, pero qué pasa si termino por qué se aprovechan de uno y te exprimen al ver irregularidades?? Nos jodemos? Es injusto. Atentamente espero su rey gracias
Es una situación complicada, pero si existen irregularidades en la relación laboral o incumplimientos laborales lo que se debe hacer es reclamar esas irregularidades. Se anunció hoy que se va a dar el derecho al desempleo aquellos trabajadores que fueron cesados por periodo de prueba no superado, entiendo que no incluirá tu caso, y sólo en caso de que sea indicado por la empresa, pero prueba de nuevo a solicitar el desempleo.
Hola buen día quería consultar mi caso:
Ingrese en una empresa el pasado 6/03 y me despidieron el 17/03; me llamaron y me indicaron que era por el tema de coronavirus.(en ningun momento me dijeron que no había superado el período de prueba, al contrario me indicaron que le gustaba mi trabajo y que cuando pase el tema de coronavirus continuamos con el trabajo) es importante mencionar que no he recibido ni firmado ningún documento en relación al despido por parte de la empresa.
Anteriormente estaba trabajando en una empresa por 1 año y 1 mes de forma continua y renuncie voluntariamente a ella para poder entrar en la nueva empresa, para realizar las mismas funciones.
El 15/04 me llamaron del SEPE por que había pedido una cita y me indicaron que no tenía opción para cobrar la prestación/subsidio por desempleo por haber renunciado a la empresa anterior y que la empresa nueva indicó que me despidieron por no haber cumplido con el período de prueba, cuando a mi me indicaron que fue por el coronavirus, además cabe mencionar que la empresa me indicó que me quedará con todos los materiales, herramientas y coche de la empresa ya que cuando todo esto pase continuamos trabajando.
Agradecería sus comentarios para ver que opciones tengo en cuanto a ver si puedo recibir alguna prestación, subsidio o ayuda por estar desempleado.
Sin más que mencionar y a la espera de sus comentarios.
Intentaría hablar con la empresa para que cambie la causa de extinción de la relación laboral, no se si en el contrato de trabajo se había establecido un periodo de prueba. En caso de que así no fuera, la única opción es demandar a la empresa para que se cambie la causa de extinción.
Agradecido por sus comentarios.
En el contrato de trabajo dice que tengo un período de prueba de 1 mes.
El cambio lo debe realizar la empresa con la gestoría o directamente con el SEPE.
Nuevamente por sus comentarios
Es raro que la empresa modifique la causa de manera voluntaria, pero la modificación se tiene que notificar al SEPE, ya sea la empresa o la gestoría.
Hola, mi pregunta es algo tonta quizás… yo empecé el día 9 de marzo y me avisaron el dia 8 de abril que no superaba el período de prueba de un més. Son 31 días. ¿Es correcto?
Hola, mi pregunta es algo tonta quizás… yo empecé el día 9 de marzo y me avisaron el dia 8 de abril que no superaba el período de prueba de un més. Son 31 días. ¿Es correcto? Por otro lado, todavía no he recibido nada por escrito ni firmado ningún papel 12/04/2020. Gracias
Cuando se establece por meses, se pone de fecha a fecha (de 8 de marzo a 8 de abril), y no se computa tanto si el mes tiene 30 o 31 días.
Gracias de antemano por atender a tanta gente.
Mi problema es el siguiente.
Tenía dos trabajos, y de los dos me despidieron el dia 13 de marzo, uno por baja producción ( pero fue porque sabían que iban a cerrar los restaurantes por el covid19 y el otro por no superar la prueba ( porque hacia pocos días que había empezado ahí), pero es obvio que la causa es la misma.
Total tengo un despido y una no superación de prueba del mismo día. He solicitado el subsidio por desempleo, y me lo han concedido porque aún me queda 1 mes acumulado anteriormente. Los trámites que han utilizado han sido los de no superación de prueb, no la de despido. CREO QUE NO VA A MI FAVOR ESO.
Cuando este mes de paro que tengo acabe, alargaran el paro porque quizás sigamos en Estado de alarma ? O me lo cortarán y podré pedir el subsidio de ayuda?
Muchas gracias espero haberme explicado bien, es un poco complicado de explicar.
Un saludo.
El paro que percibes es el mismo sea despido o periodo de prueba, es decir, no depende de la causa de extinción, sino de las bases de cotización. El paro te corresponde por el tiempo que tengas cotizado, no se alarga por el estado de alarma.
Entiendo muchas gracias. Luego podría solicitar la ayuda por desempleo en caso de necesitar la?
Un saludo y gracias por responder.
Buenas tardes, estoy en excedencia de una empresa desde el dia 30 de Enero 2020, en día 2 de Febrero empezé a trabajar en otra empresa con un contrato temporal de 6 meses eventual por circunstancias de la producción, el día 2 de Marzo, se me despide justificando que no he superado el periodo de prueba de 2 meses, pero en mi contrato pone que el periodo de prueba es de 15 días, esto no es fraude? porque estamos ante la situación del covid? no tendría que ser improcedente, porque no puedo cobrar la prestacción de desempleo porque no han pasado 3 meses y la otra que me han hecho un despido que el periodo de prueba que me han hecho firmar ellos en el contrato es diferente. Ante este caso que debo hacer?
Gracias
Un Saludo
Si te comunican el periodo de prueba no superado después de pasado el tiempo estipulado en el contrato, efectivamente sería como mínimo un despido improcedente. Lo que tendrás que hacer es demandar por despido.
Buenas, he sido despedida (sin erte) por el corona virus, faltando un mes aún de contrato. Anteriormente he trabajado 2 años. Tengo derecho de cobrar paro? Saludos, gracias.
Si tienes cotizados más de 360 días en los últimos seis años y no has consumido dichas cotizaciones en otra prestación, tendrás derecho a la prestación.
Buenos días,
Me han despedido por bajada de ventas por el covid, pero ponen que no he pasado periodo de prueba. Podrían contratarme más adelante, es legal si dicen que no pasas prueba?
No cobraré finiquito hasta que no vaya, puedo esperar a ir hasta que pase el confinamiento o hay un periodo máximo?
Pueden contratarte después si quieren, no existe ningún impedimento legal para ello. Tienes de plazo un año para reclamar el finiquito.
Hola,
Deje mi anterior trabajo voluntariamente y llevaba 2 meses en uno nuevo, me han despedido por el coronavirus, aunque ponen que es por no superar periodo de prueba. He leido que no me corresponde paro al no superar los 3 meses. Cuanto tiempo tengo que trabajar en otro sitio para tener una prestacion?
efectivamente ahora no tienes derecho a prestación, y la legislación no especifica un tiempo mínimo, dependerá del sEPE te recomiendo este artículo
Buenas tardes,
Me pongo en contaco con vosotros con motivo de recibir alguna información acerca del caso que me ha acontecido:
Me di de baja voluntaria en el anterior trabajo, a la semana comencé a trabajar en otro, hasta ahí todo normal. De este último, al llegar el covid-19, me han dado de baja,y ha sido cómo que no he superado el periodo de prueba, y, al juntarse estos dos factores, el resultado es que no tengo derecho a paro
En el SEPE me dicen que con sólo cambiar de periodo de prueba no superado a, cese de fin de contrato temporal, si que lo obtendría, pero, y he aquí la cuestión, ¿eso se podría realizar?
Disculpa por no despedirme, de antemano mil gracias, salud y fuerza para todos.
Un cordial saludo, attme.
Pablo
La empresa podría llegar a cambiarlo, pero no se si existe causa para indicar un fin de contrato. También podría indicar como causa de extinción, el despido.
Buenos días Alejandro;
Mil gracias por contestar y ante todo disculpa mi desconocimiento en la materia.
En cuanto a la causa del fin de contrato fue por cierre del establecimiento debido al estado de alarma que impuso el estado con motivo de no propagar el covid-19, la cual fue la causa real. Y no, a la no supereación del periodo de prueba. Y con esto mi última pregunta: ¿ no son cosas muy distintas? ya que cada una tiene una respercusión, como obtener el subsidio por desempleo, o no obtenerlo.
Gracias de nuevo, mil gracias, un abrazo, fuerza y salud para todos.
El problema es que da igual la causa que se alegue en un periodo de prueba, mientras no sea discriminatorio, fraude o se considere abuso.
Buenos días, en febrero de 2020 comencé en un trabajo y no superé el periodo de prueba y reanudé mi prestación por desempleo. En marzo comencé en otro empleo y con todo esto del coronavirus la empresa me ha puesto que no supero el periodo de prueba a día de hoy. ¿Puedo volver a reanudar la prestación por desempleo que tengo? Muchas gracias.
Si, puedes volver.
Hola buenas yo empeze el día 1 de marzo cuidando a una mujer , sin contrato porque estaba de prueba, ahora me han dicho que no vuelva por el coronavirus, puedo pedir alguna ayuda gracias.
Si estabas sin contrato, en principio, no.
Buenos días.
Estuve trabajando un año y me dí de baja voluntaria el 31 de enero de 2020.
El día 25 de febrero comencé a trabajar en otra empresa, pero al no ser las condiciones del trabajo las que me habían indicado, presenté escrito el 27 de febrero indicando que por la empresa no se había superado el periodo de prueba.
Me podrías indicar si el plazo de tres meses para solicitar la prestación por desempleo comienza a contarse desde que cause baja voluntaria en la primera empresa o desde que cause baja por no superar la empresa el periodo de prueba en la segunda empresa.
Comentarte que anteriormente estuve cobrando la prestación por desempleo sin llegar a agotar el periodo que me correspondía, y me gustaría saber si lo que me falto de percibir se acumularía a esta nueva prestación.
Muchas gracias y un saludo.
El periodo de tres meses es desde la fecha de baja voluntaria. Lo explico en este artículo.
Buenos días ,mi empresa me dio de baja por nu superar el periodo de prueba teniendo un contrato hasta al finales de octubre , pero yo el año pasado trabajé con ellos toda la temporada, ante la ley queda nulo he visto en el art 14 de ET
Donde me podría dirigir y como lo tendría que hacer para ponerles una demanda ?gracias
Tendrías que, en primer lugar, presentar una papeleta de conciliación laboral, y después en caso de no alcanzar un acuerdo, presentar una demanda. Aquí tienes una guía bastante completa.
Buenos días, tengo una pregunta sobre un anexo de mi contrato, que no sé si será relevante, pero tengo un contrato por obra o servicio determinado.
En ese anexo pone que en el período de prueba tenemos que dar 15 días de preaviso si queremos irnos de la empresa. Y que en caso de incumplimiento, la empresa podrá descontar de la liquidación 2 días de salario por cada día de retraso en el preaviso, hasta un máximo de 30.
Esto puede ser así? si en el período de prueba decido irme, sin preavisar, pueden hacer eso? Es que nunca he visto esto y me suena bastante raro.
Muchas gracias por tu ayuda.
En mi opinión esa cláusula es nula, ya que durante el periodo de prueba el preaviso no es necesario. Desconozco si existe alguna jurisprudencia que lo haya considerado procedente.
En el convenio colectivo tampoco viene estipulado, lo he estado revisando y no dice nada de ello. Aunque haya firmado esa parte de los anexos (porque sino lo firmas no te contratan), sería nulo? No podrían poner represalias contra nadie que se vaya en el período de prueba a nivel legal, aun cuando cobre el dinero del mes trabajado y se vaya al poco?
Y con respecto de que lo ponga en alguna jurisprudencia dónde podría descubrirlo?
Mil gracias por ayudarme.
hola a ver si sabes ayudarme ,gracias!!
mi caso es el siguiente ,trabajaba en un comercio de ropa , con contrato temporal empece el 4 de febrero,contrato de 6 meses con 2 de periodo de prueba.
dia 12 de marzo ,voy al medico de cabecera y me da un parte conforme no recomienda tras realizar mi exploracion recomienda que repose en casa, sintomas gripales,otitis y febricula.
la empresa mi encargada me dice que ese justificante no les vale, me pide el parte de baja ,mi medico me da el parte ,esto es legal?? que me exijan la baja por 1 dia en principio y mas con estos protocolos de cuarentena??
dia 12 parte de baja
dia 13 burofax la empresa me despide causa no superar el periodo de prueba
dia 15 la empresa cierra
ahora tiene a las empleadas en erte .
mis preguntas son;
1 , sigo de baja a dia 21 porque sigo con tos aunque si es verdad que quiero saber si e bueno o no cojer el alta.
hasta el dia 13 mi empresa me pago finiquito lo que tu comentas y los dias trabajados mas vacaciones. ahora sigo de baja ,debo enviar la baja al inem ? voy a recibir alguna paga y de quien ? no tengo paro ,no me dio tiempo a generar paro tengo una hija de 4 años y mi pareja trabaja 1200.mes
si no voy a recibir ninguna paga estando de baja medica por mi bien y el de mi famlia aun sin estar al 100% recuperada pido el alta para poder optar si puedo alguna ayuda, le agradezco toda ayuda al respecto.saludos y suerte!!
Mientras estés de baja te seguirá pagando la mutua o la seguridad social como explico en esta entrada, así que en ese aspecto no te recomiendo coger el alta médica. Por otro lado, si no estás conforme con la extinción, tienes que impugnar la extinción ante los tribunales.
Hola! Acabo de empezar en una empresa , a los 15 días me llaman y me dicen que me hacen rescisión de contrato por el coronavirus, que cuando pase todo me llamarán… Estaba en periodo de prueba , entonces sé que no puedo reclamar nada. Mi pregunta es… no tengo paro porque vengo de ser autónoma y mi anterior paro lo cogí en un pago único para montar mi empresa. Tengo derecho ahora algún tipo de prestación ? Mil gracias
Con lo que me comentas no. De todas maneras, preguntaría en el SEPE por si tienes derecho a subsidio.
Hola, quisiera realizar una consulta. Estuve trabajando en una empresa de construcción durante 11 dias, me dieron de alta en la seguridad social y luego sin siquiera haber firmado el contrato a los dias me dijeron que no fuera mas y luego me llego la baja. El dueño no me quiere pagar los dias trabajados si no hasta el proximo mes es decir abril. En este caso que deberia hacer y a donde deberia acudir. Muchas gracias
Puedes reclamarlo judicialmente, pero cualquier procedimiento va a tardar mucho más que un mes, que es lo que te ha indicado que te va a pagar.
Hola,
Tengo un contrato indefinido con un periodo de prueba que finaliza el 10 abril.
Soy técnico de selección ( y por el momento no puedo reclutar, ni seleccionar ni contratar)
Desde el lunes 16, estoy en teletrabajo. (comunicado por whatsapp y para dos días)
Necesito un comunicado a más largo plazo?
Solicito directrices acerca de como continuar con mis funciones y no me describen nada.
Por el tipo de actividad de mi empresa, por el momento se han abierto ERTE, para todas las secciones menos para la de oficina.
Qué ocurre si me incluyen en un ERTE?
Qué otras precauciones debo tomar?
Gracias
No entiendo muy bien la cuestión cuando indicas «par dos días». Si te incluyen en el ERTE, podrás pedir la prestación por desempleo.
Durante mi periodo de prueba de un 1 mes dentro de un contrato de 4 meses, me han despedido. El mo lotivo, coronavirus.
Si no fuese por esta situación excepcional, habría trabajado por lo menos los 4 meses de.mi contrato.
Que debo hacer? Todavía no he firmado nada y quiero seguir trabajando en la empresa, por lo que me gustaría evitar denuncias.
Gracias
Si el periodo de prueba venía recogido en el contrato de trabajo y está dentro de lo establecido en el convenio, poco se puede hacer.
Tomando como referencia las medidas realizadas por Italia y la constante modificación de medidas llevadas a cabo, he preferido no firmar por el momento y esperar a una futura decisión que pueda ampararme. Siempre dentro de los 20 días y tras habérselo comunicado a la empresa.
Sigo pensando que, siendo una gran empresa y precisandome cuando acabe está situación, es una canallada que no me incluyan en el ERTE que más que seguro harán a los empleados con otro tipo de contrato.
Que opinas?
Siempre puedes impugnarlo ante los tribunales si no estás conforme.
Buenas tardes. Mi hijo (18 años) comenzó a trabajar (primer trabajo) el 2/01/20 en una empresa con contrato indefinido y 3 meses de período de prueba. Esta empresa va a presentar un ERTE desde el cierre de los comercios por el tema del coronavirus (con fecha del viernes 14/03/20) y a él le envían notificación de despido indicando que no ha superado el período de prueba con fecha del lunes 16 y le indican que tiene preparada la liquidación. Le envían copia de dicha liquidación y el certificado de cotizaciones a la SS ayer día 17. Ha hablado con ellos para que le incluyeran en el ERTE pero le dicen que la decisión de RRHH de la empresa es ésa y ya no la van a cambiar. Hay posibilidad de que ese despido se pueda declarar improcedente por el tema de la diferencia de dias entre el ERTE y la notificación del despido en la situación actual?. Gracias por la respuesta. Saludos.
Buenas tardes de nuevo. Sólo para recordarlemi consulta del pasado 18-Marzo. Gracias por su respuesta. Saludos.
Desgraciadamente, si el periodo de prueba está recogido por escrito en el contrato de trabajo respetando lo indicado en el convenio colectivo, poco se puede hacer, ya que durante el periodo de prueba se puede extinguir la relación laboral sin indica una causa para ello.
Hola, mi problema es el siguiente estaba cobrando el paro de mi anterior empleo que duro un total de 22 años empece a trabajar el día 12/3/20 hasta el da 17/3/20 con un contrato indefinido duración 6 días el día 17 me dan de baja por motivo según la empresa por no superar el periodo de prueba, todos sabemos el motivo…….
mi pregunta es. Tendré problemas para reanudar mi paro , esta carta por no superar el periodo de prueba dentro de un mes o mes y medio tendré problemas para volver a la misma empresa ya que esto es lo que a comunicado la empresa a los trabajadores somos 2 trabajadores y la fecha de la empresa es la misma 12/3/20 LA FECHA QUE SE DIO DE ALTA LA EMPRESA.
Gracias un saludo JOSÉ
No deberías tener problemas, puesto que la causa de la extinción anterior no es una baja voluntaria.
Causé baja voluntaria en una empresa porque otra me prometió unas condiciones mejores etc y estando en periodo de prueba en esta nueva empresa, enfermé y el medico me hizo un justificante de 3 días de descanso, pues al incorporarme me han despedido, puedo reclamar algo?? Me parece súper injusto y más habiendo dejado un trabajo y habiéndome trasladado a otra ciudad a vivir lo que conlleva ahora un alquiler de piso de mínimo 6 meses que debo pagar por ley etc….puedo hacer algo?
Si el periodo de prueba estaba reflejado en el contrato de trabajo y respeta lo indicado en el convenio colectivo, será complicado impugnar la extinción de la relación laboral.
Hola! Causé baja voluntaria en mi anterior empleo por mejora salarial y horas en uno nuevo. Este me bizcó una contrato eventual de 6 meses a tiempo completo por circunstancias de la producción con tres meses de prueba, según el estatuto de trabajadores no pueden ser más de dos meses y el convenio por el que se rige esta empresa reduce este tiempo a la mitad. El caso es que a los 46 días me han cesado por no superar el periodo de prueba cuando se supone que ya lo había superado… y como no han pasado más de tres meses desde que cause baja en mi anterior empleo no tengo derecho a cobrar paro. Mi pregunta es: ¿se considera nulo el despido por comunicación extemporánea? También se me contrató con unas funciones y en el contrato ponía otras y durante el tiempo que he estado trabajando he realizado todas ellas sin que en ningún momento se me hayan facilitado las funciones del puesto, además no se me ha facilitado el cómputo de horas que he realizado y las cláusulas que me obligaron a firmar en el contrato corresponden a un contrato de alta dirección. ¿Qué puedo hacer?
El despido sería improcedente, y no nulo si has superado el periodo de prueba y esta es la causa que han indicado para extinguir la relación alboral. Demanda el despido en un plazo de 20 días hábiles.
Acabo de comenzar un trabajo por una OPE, en la comunidad de Madrid. En mi anterior trabajo pedí una excedencia voluntaria de un año. Ahora este trabajo no me gusta y me gustaría pedir que no me dejen superar el periodo de prueba, irme de allí pero con paro. Y cuando se acabe mi excedencia volver a mi anterior puesto. Es posible?
Muchas gracias por anticipado.
Después de una excedencia, si trabajas deberías tener derecho a paro, pero si te dan un periodo de prueba no superado puede que el SEPE te deniegue el paro. Lo explico en este artículo.
Muchas gracias Alejandro por tu rápido respuesta. En mi caso no llegaría a los 3 meses porque el periodo de prueba es un mes desde el 2 de marzo. Pero por otro lado lo que yo pedí fue excedencia y no baja voluntaria entonces la jurisprudencia marca que si tendría derecho a paro, pero no me parece 100% seguro, estoy en lo cierto?
Efectivamente, no se que es lo que te dirá el SEPE.
Buenos días. He firmado un contrato de prácticas curriculares remuneradas con una empresa por un periodo de seis meses. Sin embargo, al cabo de dos meses me dicen que la persona a la que estoy sustituyendo se va a incorporar y que me tengo que ir. ¿Es esto leyal? ¿Tengo derecho a indemnización?
Muchas gracias.
Un saludo.
Teresa V.
Si es un contrato de práctica curriculares, no es una relación laboral, y no está amparada por el Estatuto de los Trabajadores, sino que dependerá del acuerdo entre empresa y universidad.
Buenos días,
Veo que me habéis ignorado en mi consulta.
En primer lugar, disculpas por la extensión. Creí que debía dar todos los detalles.
Luego, pido miles de perdones si he sido inapropiada.
Creo que, por dignidad, las personas merecemos recibir una respuesta, y no que seamos ignoradas, aunque sea para decir ‘lo siento, no puedo contestar a tu pregunta’.
Saludos,
Clàudia
Buenos días, en primer lugar lamento no responderle a su consulta. Por el éxito de este blog, me es imposible responder a todas las consultas que recibo, le aseguro que son más de 100 al día todos los días (en fin de semana bajo algo), y le dedico bastante tiempo para intentar responder. Con que un día, por que también tengo otras obligaciones laborales y familiares (acaba de nacer mi segunda hija) no responda consultas, se acumulan para el siguiente día. A unos dos minutos por consulta, son muchas horas a la semana. Ahora mismo tengo más 14.000 consultas pendientes de revisión de preguntas que se van acumulando de meses anteriores (y más de 48.000 consultas resueltas). Antes no las moderaba, pero había gente que insultaba a otros trabajadores, con lo que ahora todas las respuestas deben de ser moderadas previamente. En resumen,es imposible responder y moderar todos los comentarios. En este sentido, hay veces que no respondo por que no tengo claro la respuesta, y es mejor no responder que ofrecer un mal asesoramiento con el perjuicio que eso puede conllevar.
Buenas tardes,
He comenzado un nuevo trabajo, después de estar en paro de larga duración, y estando recibiendo una ayuda social de «Renta Garantizada a la Ciudadanía». Por la situación de estar recibiendo ayuda de la Administración no he podido decir que No al nuevo trabajo. El contrato es de tiempo parcial, 3 horas la día, para un puesto de camarera en el sector Bares, Temporal por 3 meses y, según indica el mismo, con un periodo de prueba no superior a 30 días, cobrando 300€ al mes. Por lo tanto, continuaría recibiendo la ayuda en parte proporcional, restando estos ingresos por el trabajo parcial.
El tema es el siguiente: Que hoy me ha aclarado la Jefa que, entre el día de inicio del trabajo y el día de inicio del contrato, hay 2 días para que cualquiera de una de las dos partes pueda decidir si se firma contrato o no. Es decir, un periodo de prueba. Y, luego, si se firma contrato, otros 15 días de prueba, indicados en el mismo. Por tanto, empecé el día 7 de enero, y en el Contrato me han puesto que el día de inicio es el 9 de enero.
Le he expuesto a la jefa que estando en situación de recibir este tipo de ayuda, no puedo estar 2 días trabajando sin estar contratada, puesto que de cara a la Administración (que me da la ayuda), se podría interpretar que oculto algo o que trabajo en negro. Me ha respondido que no es problema suyo. Luego, he insistido que necesitaba que en el contrato figurara el día que, realmente, empecé a trabajar y que, según tengo entendido, los días de prueba deben entrar dentro del contrato. Al final, me ha acabado diciendo que ya consultará a la Gestoría.
No sé por qué hacen esto de dar 2 días de trabajo sin declarar como un periodo de prueba (Conocí el caso de una persona a la que, también, se lo hicieron)… Tengo entendido que esto es ilegal, y que el contrato debe indicar el día de inicio que, exactamente, se empezó a trabajar, figurando los días de prueba dentro del contrato. Además, Si estoy bien informada, creo que en mi situación, recibiendo este tipo de ayuda, como he dicho, no puedo ocultar ningún día de trabajo, ya que me arriesgaría a que me quitaran la ayuda.
Mi pregunta es ¿qué hago si, mañana, después de consultar a la Gestoría, la Jefa me sigue diciendo que la fecha de inicio del contrato sigue siendo el 9 de enero y no el 7, día que empecé a trabajar, en realidad?
Es correcta la información que tengo de que no puedo ocultar estos 2 días a la Administración y, que por tanto, deberé declararlos?
No me gustaría tener ningún tipo de problema, ni con la Administración, ni con la Empresa.
Gracias por anticipado. Saludos cordiales,
Clàudia
Hola, el 8 de febrero se termina mi periodo de excedencia voluntaria de dos años en la empresa IKEA, hace unos días mandé por burofax mi carta de petición de reincorporación ya que debía hacerlo al menos con un mes de antelación a la finalización de la excedencia. Cuanto tiempo tienen por ley para poder darme una contestación? O si no me contestan, en cuanto tiempo puedo iniciar yo acciones legales alegando despido improcedente ?
Gracias.
Si no te contestan, en principio, no se trataría de un despido sino tendrías que reclamar tu derecho a la reincorporación. Por otro lado, no se si el convenio les exige un plazo de respuesta, en caso de que no lo hagas, podrás demandar en el momento que finalice tu excedencia sin respuesta por su parte.
Hola!
Cuando acabo mi contrato de 6 meses con la anterior empresa solicité que no me renovaran ya que había encontrado algo, que pensaba que era mejor. Leo en sus comentarios que tienen que pasar 3 meses en el nuevo contrato para que me pertenezca paro, pero sigue siendo así cuando en el anterior trabajo fue fin de contrato? Aunque fui yo quien solicitó no renovar.
Creo que me van a despedir, tengo 6 meses de prueba y no he llegado a los dos meses de momento…
Gracias por su respuesta,
Un saludo
Me temo que si. Si la empresa indicó en el certificado de empresa no renovación del contrato temporal, de cara a la seguridad social, es asimilable a una baja voluntaria. No tendrás problemas si indicaron como causa fin del contrato temporal.
Gracias por su pronta respuesta, tengo alguna manera de poder saber que pone en el certificado que envía la empresa? Por intentar quedarme más tranquila…
Un saludo
Sí, puedes saberlo preguntándolo en el SEPE o de manera telemática a través de este enlace .
Gracias por su ayuda, espero tener suerte!
Un saludo
Hola,
Llevo 1 año en una consultora (empresa A) que me ha mandado a varios proyectos a lo largo de este tiempo. Ahora se me plantea la oportunidad de cambiar a otra empresa B con mejores condiciones laborales y un ascenso de categoría. Había pensado pedir una excedencia en mi empresa actual por el periodo mínimo de 4 meses, para tener un «salvavidas» caso de que no superara el periodo de prueba en la empresa B (ya que si no supero el periodo de prueba, no tengo derecho al paro, ¿verdad?).
El problema es que dentro de 4 meses seré padre, y si no superase ese periodo de prueba de la empresa B, la reincorporación en la empresa A me coincidiría con el comienzo de mi baja por paternidad.
¿Sería posible esta reincorporación o la empresa se podría negar a reincorporarme en esa fecha por causa de la baja, alegando inexistencia de vacante? ¿Tengo alguna opción para «cubrirme las espaldas» en este cambio de trabajo?
¡Gracias!
En el caso de periodo de prueba sin que hayan transcurrido tres meses no tendrías derecho a desempleo. Por otro lado, la empresa puede negar la reincorporación si no tiene un puesto de trabajo, ya que la excedencia no otorga el derecho a una reserva del puesto de trabajo. El hecho de que seas o no padre, no debe influir en el derecho de reingreso en caso de excedencia. Sobre otras opciones, habría que ver lo que dice el convenio, para ver si existe alguna excedencia especial con reserva del puesto.
Gracias por la respuesta. En el convenio pone textualmente lo siguiente: «Durante el primer año tendrá derecho a la reserva de su puesto de trabajo.» ¿Significa eso que la empresa tiene la obligación de incorporarme a mí puesto al finalizar la excedencia?
Gracias de nuevo.
Habría que ver a que excedencia se refiere el convenio.
Buenas noches. Yo empece a trabajar el 18/11 con un periodo de prueba de 2 meses, el 18/12 me informa la encargada que el dueño le habia mandado un correo electronico con la carta de despido de no superación de prueba. Yo la firmé y me fui. A dia de hoy (29/12) no me han pagado nada, ni los dias trabajados de diciembre.
Tengo varias dudas a ver si podeis resolvermelas…
– cuanto tiempo tienen ellos para pagarme lo que me deben.
– que tienen que pagarme,
?? nomina y 3 dias de vacaciones y algo mas???
Tienen que pagarte lo que indicas, nómina, pagas extras generadas y vacaciones. Deberían pagartelo como muy tarde, a principio de enero.
Buenos días: Tengo un contrato de prueba que finaliza el dia 30 de este mes y me ha comunicado mi jefa que esta contenta conmigo, pero que no me necesita tantas horas y que me va a despedir ahora alegando que no he superado el período de prueba (me ha entregado una carta con fecha fin el 29/12) y para mediados de 2020 dice que me va a hacer un nuevo contrato por 35 horas semanales. Eso se puede hacer?? Si no he superado el período de prueba como me va a contratar a los 15 días para el mismo puesto?? No se podía subrogar el contrato o algo así??
Además, otra duda es que el período de prueba que venía en el contrato es de 1 año porque me hizo «indefinida para emprendedor» o algo así, pero en el convenio colectivo, pone que los períodos de prueba son de 3 meses.
Que opciones tengo?? Gracias
En el fondo se puede hacer, eso sí, ya no podría ponerte periodo de prueba y en caso de despido, contaría la antigüedad desde el primer contrato, al tener una pausa sólo de 15 días.
Hola!
Escribo para ver si me podéis ayudar ya que tengo una situación difícil.
En abril me quedé en paro y en julio encontré un trabajo por no seguir en paro lo acepté aunque no tenía nada que ver con mi sector. A finales de Octubre me llamaron para otro trabajo que si era de lo mío y decidí dar El Paso, empecé el día 04/11 y el día 02/12 me despidieron. Hoy he ido a SEPE y me han denegado la prestación ( por lo referido anteriormente) pero la funcionaria me ha dicho que si la empresa pone en el certificado que es despido procedente si tengo derecho a cobrar la prestación, esto es correcto?
Por otra parte aprovechando la campaña de navidad, si yo encuentro un trabajo que sea para la campaña de navidad, después tendré derecho a cobrar la prestación o tienen que pasar los 3 meses si o si?
Gracias y un saludo!
No es obligatorio que pasen tres meses, la legislación no establece un plazo sino que depende del sepe. Si fuese despido, puede que tuvieras derecho a desempleo. Te recomiendo que leas este artículo.
Buenas tardes,
Ojala me podáis ayudar ya que me encuentro en una situación critica.
En julio me surgió un trabajo nada que ver con lo mio y decidí aceptarlo para no seguir cobrando paro. A finales de Octubre contactan conmigo para ofrecerme un puesto de trabajo, por lo que pido el cese en la empresa en la que tenia trabajando desde julio. El día 02/12 me comunican que no he pasado el periodo de prueba y me despiden. Hoy día 17/12 voy a la oficina del SEPE y me encuentro con que no tengo derecho a la prestación por desempleo ya el motivo del certificado de empresa es no haber superado el periodo de prueba.
Me pueden indicar si tengo alguna posibilidad de realizar alguna denuncia o queja ante algun organismo publico?
Gracias, un saludo.
Si no han pasado más de tres meses desde la baja voluntaria hasta el periodo de prueba, en mi opinión, no hay nada que hacer. Encontrar otro empleo que no acabe por baja voluntaria.
Hola
Yo mando un whatsapp pidiendo mi baja voluntaria dentro del periodo de prueba .
Por convenio pone 50 días sin especificar si son naturales o hábiles yo mando el whatsapp a los 49 días naturales.
En el whatsapp a fecha 12 diciembre pongo que puedo estar hasta el día 24 mi jefe me responde al whatsapp agradeciendo el aviso y diciendo que me llamara para hablar
A fecha 16 diciembre le digo que por whatsapp que puedo estar hasta el 25 diciembre cotizando incluido los días de vacaciones que nose si son 5 o 6 días me responde que me necesita hasta el 20 de diciembre y yo le pregunto que me diga los días que me corresponde de vacaciones a efecto de cotización.
Mi pregunta es esta:
1-Habiendo solicitado la baja voluntaria dentro del periodo de prueba aunque yo luego por mutuo acuerdo con la empresa este unos días más no supone luego que descuente dinero por no dar los 15 días de pre-aviso
2- Yo desde que empiezo a trabajar a hasta que no acabe mi relación laboral con la empresa no voy a superar los 50 días hábiles la duda que tengo que al estar trabajando después del aviso y superar los 50 días naturales voy a tener algún descuento
3- Si yo solicito mi baja voluntaria por periodo de prueba y aviso con 13 días de antelación desde el aviso hasta el fin de la relación laboral me podían descontar los dos días por no estar hasta 15 días que refleja de aviso
Muchas gracias
Se puede finalizar el periodo de prueba dentro del periodo de prueba, pero salvo que el convenio indique lo contrario, no se puede dar dentro del periodo de prueba un fin de contrato para una fecha posterior, por lo que en dicho casi, se consideraría baja voluntaria y deberías dar el preaviso que indica convenio colectivo. Sin embargo, en el caso que comentas, parece que hay acuerdo sobre la fecha de extinción, por lo que no deberían realizar descuento alguno.
Buenos días.
Trabajo de vigilante de seguridad en turno de noche. A tres días de cumplir un mes, notifiqué por escrito a la empresa, mi baja voluntaria. Me comprometí por voluntad propia a acabar de trabajar este fin de semana completo (mi último día de trabajo era mañana domingo), pero cuando faltaban veinte minutos para finalizar el servicio, se presentó el jefe de equipo y me dijo que ya no hacía falta que viniera a trabajar ni hoy, ni mañana. Esto sucedió en presencia de otro compañero, a quien le dió instrucciones de quitarme los turnos puestos en el ordenador y poner a otra persona.
Si he sido yo quien primero ha renunciado por escrito estando en período de prueba, puede este jefe de equipo despedirme verbalmente?
No se si te han pagado esos dos días y lo que indica el convenio, pero si no te los han abonado y cotizado, en mi opinión, sería despido, aunque no se si la empresa es la que ha indicado un periodo de prueba superado, en cuyo caso sería discutible.
No me han pagado nada todavía porque apenas fue el pasado dia viernes 13 de diciembre cuando me dijo eso el jefe de equipo.
La empresa no ha indicado nada, ni por escrito, ni por ninguna otra vía. El que vino a decirme que ya no fuese a trabajar, fue el jefe de equipo.
Revisa que día te han dado de baja en la seguridad social, y en su caso, demanda por despido.
Mi mujer en periodo de prueba aún no ha cobrado su segundo mes en su totalidad,acaba el periodo a final de mes yb teme que le sigan sin pagar.
Se puede negar ir a trabajar hasta que le abone el mes pendiente?
No, en dicho caso, podrán despedirla de manera disciplinaria.
Deje mi trabajo,o sea,baja voluntaria y al dia siguiente ya tenia otro con un mes de prueba .el dia 30 se acaba el mes de prueba,si decido no seguir,acavado el mes de prueba,tengo derecho a paro? Y si es la empresa que decide no contratarme,tengo derecho al paro?
Si decides tu no continuar, no tendrás derecho a paro, si la empresa indica un periodo de prueba no superado, tampoco tendrás derecho a desempleo. Si la empresa finaliza el contrato laboral o te despide, depende del sepe.
Buenas
Mi consulta es la siguiente:
Empece a trabajar el 21 de octubre … con un contrato indefinido
El 22 de noviembre me comenta mi jefe , que tiene que darme de baja , pork por mi horario ya me levanto muy temprano y kiere qu3 abra el bar yo.. una hora antes y deberia levantarme mucho mas pronto.. ( cosa que no me consulta si me interesa levantarme una hora antes ‘cosa que a mi m daba igual, tampoco la diferencia era mucha»)
Tengo que ir este viernes a firmar los papeles del despido… y me temo al estar en periodo de prueba que me va a poner que la causa es que no lo supere .
Me gustaria saber como reaccionar.
Yo tenia pensado que si me ponía que no supere el periodo de prueba.. firmar como no conforme…
Si lo firmo como no superado… me afecta a otros trabajos??
Muchas gracias
No te afecta a otros trabajos, sea cual sea la causa de la baja. Firma no conforme y tienes un plazo de 20 días hábiles para impugnar la extinción.
Buenas tardes,
Me gustaría consultarles sobre mi caso para saber cómo actuar al respecto. El día 2 de septiembre de este año comencé a trabajar en un colegio privado. Dadas mis circunstancias personales de salud, estoy de baja laboral desde el día 11/11 y, viendo que mi situación se prolonga, he mandado mi carta de renuncia voluntaria al colegio el jueves pasado (21/11), preavisando con un mes como indica el convenio, para causar baja el 21/12. Leyendo mi contrato, he visto que el periodo de prueba es de 3 meses, y una cláusula adicional dice que éste se pausa ante una baja laboral. Entonces, como he renunciado a mi puesto durante el periodo de prueba, ¿sigo teniendo derecho a finiquito? ¿Hubiera sido necesario el preaviso de un mes estando de prueba? Muchas gracias por su ayuda, un saludo.
Tener derecho a finiquito no depende de estar en periodo de prueba o no, siempre se tiene a ello. Cuestión diferente es la indemnización, que no tienes derecho a ello, al ser baja voluntaria.
Hola, tengo un contrato indefinido con periodo de prueba de seis meses. Llevo actualmente casi 3 meses, creo que me estan praticando mobbing porque desde hace unas semanas, cada semana me cambian las funciones de mi trabajo a peor y la ultima semana no me comunicaron de mi cambio de funciones si no que me lo dijeron mis compañeros que mis tareas serian otras.
La cuestion es que leyendo el articulo me pueden echan sin preaviso y sin indemnizacion ¿pero tengo derecho a paro? ¿que requisitos tiene que haber para que tenga derecho a paro? no entiendo este acoso laboral y porque no deciden echarme si es lo que quieren. Muchas gracias! un cordial saludo
Si es la empresa la que indica un periodo de prueba no superado, estarás en situación legal de desempleo, es decir, para tener derecho a la prestación por desempleo. Ahora bien, para que tengas derecho a ella, además debes de haber cotizado lo suficiente para ello, esto es, al menos un año en los últimos seis años. Lo explico en este artículo sobre el derecho a paro.
Hola, buenos dias.
Estoy en periodo de pruebas, estuve trabajando en proyecto de un cliente (Santander), El cliente me saco del proyecto y tuve que volver a la empresa pela cual estoy contratado, el problema es que llevo 4 meses sin hacer absolutamente nada allí, solicite que me pusieran en otros proyectos pero el director del area simplemente ignora mis correos.
En 20 dias se acaba mi periodo probatorio y bueno no creo que me vayan a pasar a indefinido si llevo 4 meses parado. Cual la manera de afrontar este problema?
Un saludo,
Renato Monteiro
Podrías reclamar trabajo efectivo, ya que es una obligación de la empresa el de dar trabajo. Incluso el no dar trabajo se podría considerar como acoso laboral.
Hola Buenos días! Si una persona está con un contrato de prueba de 3 meses y justo diez días antes que cumpla su plazo tiene un accidente laboral ( infarto) la empresa lo puede despedir igual? Gracias
Como posibilidad, existe. Pero habría que ver la causa alegada por la empresa ya que no puede estar relacionada con el accidente.
En caso de los contratos eventuales con duracion inferior a un mes, cual es el tiempo de periodo de prueba? Me han terminado un contrato que tenía apelando a ese motivo y no se si es procedente
Depende del convenio colectivo.
hola tengo 43 años me han operado tres veces de la columna y al final me han hecho fijación con artodesis con placas y tornillos ,me han dado incapacidad total con el 55% de pensión ,he solicitado el grado de minusvalía y solo me han dado el 28%, mi pregunta es si puedo trabajar en alguna empresa de minusvalía y si no me afecta a la pensión
Muchas gracias
Si te refieres a un centro especial de empleo, no, se necesita el 33% como mínimo.
Muchas gracias,
perdone la molestia,y si trabajo en otra empresa me podrían quitar la pensión ?
gracias de antemano.
Depende de si el nuevo trabajo es compatible con la pensión.
Buenas tardes,
Pedí la baja voluntaria en una empresa, me cambio ha otra la cual me despide por no haber pasado el periodo de prueba en el paro no tengo derecho a nada por no haber pasado el periodo de tres meses.
Ahora he empezado en una ett , y estoy en el periodo de prueba, pero a la vez me llaman de una empresa que me interesa.
Que pasa si me voy de la ETT y en la nueva empresa no pasará el periodo de prueba? Tendría derecho a paro?
Si desde la primera baja voluntaria hasta la actualidad no han pasado tres meses?
1. Baja voluntaria.
2. Nueva empresa no paso periodo de prueba y no tengo derecho ha la prestación.
3. Ett con 15 días de prueba.
4. Si me voy otra vez ha otra empresa nueva.
5. Y me hechan en periodo de prueba.
6. Tendría derecho a paro?
7. En todo este proceso no han transcurrido 3 meses.
Gracias.
En el punto 4 hay otra baja voluntaria, por lo que deben de transcurrid de nuevo tres meses si hay después otro periodo de prueba no superado.
Hola, a finales de mayo de este daño presente mi baja voluntaria en donde trabajaba puesto que habia encontrado un mejor empleo. El 4 junio me contratan en la nueva empresa como indefinida y establecen un periodo de prueba de 6 meses. El pasado viernes 8 noviembre, cuando han pasado 5 meses y poco me comentan que no he superado el periodo de prueba. Tengo derecho a paro? Gracias
Si, al haber transcurrido más de tres meses.
Buenos días Alejandro,
He leído tu publicación y comentarios y aún así me surgen dudas:
De forma voluntaria y en periodo de prueba yo puedo dejar un empleo sin preaviso al finalizar la jornada, tras comunicarlo a la empresa, ¿Tengo que hacer algún trámite con alguna administración para comunicar el cese?
Al ser baja voluntaria sé que no tendría derecho a prestación, pero ¿debo inscribirme como demandante de empleo o tampoco es posible?
Muchas gracias por tu tiempo y por la ayuda.
Puedes inscribirte como demandante de empleo, aunque sin derecho a prestación. No, no tienes que hacer ningún trámite además de notificarselo a la empresa.
Hola buenas tardes, tenía un contrato de 6 meses y el mismo día que culminó me dijeron que no me iban a renovar , no sé si me debían avisar con 15 días de preaviso o me toca alguna indemnización por ello, estoy un poco perdida en el tema , y más cuando había hablado con ellos y les había pedido que por favor me avisarán con antelación si no me iban a renovar y me dijeron que quedará tranquila que si lo harían , y luego me hacen esto . Gracias de antemano .
No es necesario el preaviso en un contrato de 6 meses, sobre la indemnización depende del tipo de contrato.
Hola buen día, trabaje en una empresa en donde me realizaron un contrato temporal de 3 meses, estableciendo como período de prueba 1 mes, con una cláusula específica: EVENTUAL POR CIRCUNSTANCIAS DE LA PRODUCCION, y me despiden a los 55 días, que me agradecen por mi trabajo pero como ya las ventas han bajado, ya no requerían mis servicios. Esa forma de despido está dentro de lo legal? Y en el finiquito colocan «Cese en período de prueba a instancia del empresario». Se supone que ya había superado el período de prueba, no me deberían haber dejado hasta la finalización del contrato?. Por favor les agradecería mucho su colaboración y asesoría.
Gracias
Si ya has superado el periodo de prueba, podrás reclamar una indemnización por despido improcedente, no en base al tiempo que te queda de contrato, sino en función del tiempo trabajado. Tienes un plazo de 20 días hábiles para impugnar el despido.
Hola, buenas tardes mo caso es el siguiente: yo estuve haciendo una sustitución de vacaciones en un sitio y en cuanto terminé pedí mo cita para el INEM, una semana antes de la cita para pedir el paro me resultó un trabajo de Auxiliar administrativo en una autoescuela, me hacen un contrato de 6 meses con 2 meses de pruebas vale todo muy bien hasta ahí, una vez empecé a trabajar allí me doy cuenta que la autoescuela está prácticamente em cargada y con un montón de deudas, el único profesor que había se fue porque le debían 3000 euros y cuando llega el día 31 del mes a mo tampoco se me paga, le pregunto a mi jefa que cuando me va a pagar y me dice que entre el 1 y el 4 del siguiente mes todo esto por teléfono claro, llega el 4 y me dice mañana te pago, llega el 5 y me dice mañana te pago y llega el 6 y a mi se me acababa el abono transporte y le doné el día anterior, que sino me paga no puedo comprarme el abono transporte y no puedo acudir a trabajar llega, no me contestó y llega el día 6 y me dice que sino hace caja no me puede pagar, ¿qué puedo hacer? Me siento atrapada, porque quiero volver al paro y la situación ahí es muy crítica hay muchas deudas y no tiene ningún futuro, qué puedo hacer para no perder mo derecho al paro porfavor y muchas gracias de antemano.
Salvo que la empresa te despida no existe muchas opciones para cobrar el paro con los datos que me indicas.
Hemos llegado a un acuerdo verbal en el cual me propone que le dé unos días para encontrar a alguien y así dentro de esos días poder conseguir el dinero para poder pagarme, con lo cual me haría un despido improcedente, nose si aceptar o que tengo que hacer para que quede constancia y no me vaya a salir con otra cosa totalmente distinta, que me recomendáis que le diga porfavor, muchas gracias
No existe nada que puedas decirle para que asegure que va a cumplir lo que ha prometido, lo mejor es que quede constancia por escrito, o que realice ya el despido con fecha de efectos de dentro de un par de días.
Buenas noches.
Trabajo en una tienda tengo el contrato de un mes de prueba mi pregunta es… si yo me pongo enferma voy al médico me dan una baja de 48 horas y me llaman para decirme que no he superado el periodo de prueba y que no sigo en la empresa. Tengo derecho a seguir cobrando mi paro? O se me anula ?
Si estás de baja por incapacidad temporal, seguirás cobrando mientras estés de baja. En cuanto a cobrar el paro, depende de la causa de extinción de la relación anterior. Es decir, si antes estabas cobrando el paro, y es la empresa la que indica la extinción, sí que tendrás derecho a continuar.
Hola mi consulta es la siguiente. En junio cambie de trabajo dándome en el anterior trabajo de baja voluntaria .en este nuevo trabajo tuve un accidente laboral estando un mes trabajando en esta nueva empresa en el periodo de prueba y llevo casi 4 meses de baja y la empresa aún no me a despedido si cuando me den el alta la empresa me despide por no superar el periodo de prueba. Tengo derecho a cobrar el paro la baja voluntaria la hice en mayo .en el anterior trabajo un saludo
Sí, deberías tener derecho a paro, por que han transcurrido más de tres mese desde la fecha de la baja voluntaria anterior.
Hola, tengo una pregunta yo dejé mi antiguo trabajo con baja voluntaria el 01/07/2019, y después en 02/10/2019 me he dado de alto coma autónoma pero no me funcionó el trabajo bien y hizé la baja de autónoma el 23/10/2019, el mismo día empezé a trabajar con una empresa ett por un hôtel, pase la prueba de 2 días, pero por lo que veo no me van a dejar mucho tiempo ya que despiden a muchos trabajadores, me pregunta es si me despidaran del trabajo tendria derecho a pedir subsidio?? Gracias
Depende del tiempo que tengas cotizado antes, y de la causa de extinción de ésta.
Gracias por su respuesta, tengo cotizados 235 días, ellos siempre dicen que el trabajador no ha superado la prueba, o cuando pasan 2 meses de prueba no te renuevan el contrato
No se si ese periodo incluye autónomo o por cuenta ajena, pero puede que sólo tengas derecho a subsidio. Por otro lado, depende del tiempo que estés en este contrato y de cuando te den el periodo de prueba no superado.
Hola, el 15/12/19 empecé a trabajar con un contrato con un año de prueba (indefinido después de eso) y la empresa cierra el 31/11/19 aproximadamente, es decir, no llega por días a completarse el periodo de prueba. Mi pregunta es, ¿tendría derecho a indemnización por cierre de la empresa? ¿o tendría sólamente derecho al finiquito por lo trabajado?
Habría que ver el contrato y la causa de extinción de la relación laboral. En caso de que el periodo de prueba sea correcto, no le corresponde indemnización, pero si a finiquito.
Gracias de antemano. Estuve trabajando en una empresa en la que presenté mi baja voluntaria, para entrar en la que estoy. Una nueva tienda a la que nos contrataron a todos con un trabajo Indefinido pero con periodo de prueba de 6 meses. Si no lo supero tengo derecho a cobrar paro? Saludos….
Si pasan más de tres meses desde la fecha de baja voluntaria hasta la fecha de extinción por periodo de prueba no superado sí, tendrás derecho, en caso contrario no.
Hola, tengo un problema, empecé a trabajar la semana pasada, me lesioné, y hoy me ha dicho la et que me iban a finalizar el contrato por no superar el periodo de prueba,mi pregunta es, tendría derecho a volver a cobrar el paro?
Si tienes el tiempo cotizado o si lo estabas cobrando antes, sí tendrás derecho a desempleo. La única opción que no lo tendrás es si de la anterior empresa te fuiste de baja voluntaria y no han transcurrido más de tres meses desde la fecha de baja voluntaria.
HOLA HE ESTADO EN UNA EMPRESA TRABAJANDO CON UN PERIODO DE PRUEBAS DE 10 DÍAS, A LOS 10 DÍAS ME RESCINDEN EL CONTRATO CON CAUSA DE BAJA POR NO SUPERAR EL PERIODO DE PRUEBA. TRAS ESTO SOLICITO EL SUBSIDIO DE DESEMPLEO PUES CUMPLO TODOS LOS REQUISITOS. EL SEPE ME DENIEGA EL SUBSIDIO POR EL MOTIVO SEGÚN ELLOS DE QUE YO ME DI DE BAJA VOLUNTARIA EN LA EMPRESA TRAS EL PERIODO DE PRUEBA, LO CUAL NO ES CIERTO. QUE DEBO HACER, RECLAMAR AL SEPE A LA EMPRESA?
GRACIAS
Presenta una papeleta por despido y una denuncia en inspección de trabajo. Debes demandar a la empresa que es quien ha indicado baja voluntaria en lugar de periodo de prueba no superado.
Buenas noches
Tengo una pregunta no entiendo si hay un despido por no superar el periodo de prueba pero si he trabajado anterior mente en la misma empresa superando el periodo el despido es nulo o solo el periodo de prueba? Aki entra otra duda si el despido es por razon de baja medica con esta notificacion de no superar el periodo de prueba. Que he leydo que sera Nulo el despido porque la empresa no puede dar una otra razon del despido es cierto eso? O depende del juez? Gracias
Es nulo el periodo de prueba, no el despido. Si logras acreditar que el despido es por baja médica, puede que el juez lo considere nulo, pero siempre dependerá del juez.
Hola, estuve durante una semana y media trabajando en una empresa mediante una ETT, pasada esa semana me hicieron contrato por 3 meses, diciéndome unas condiciones de palabra y plasmando otras en el contrato que firme varios días más tarde de haber comenzado, en el contrato específica el período de prueba de dos meses, han pasado dos semanas y las condiciones empeoran y no puedo compatibilizarlo con otras obligaciones. Dar por no superado el período de prueba en mi caso es válido?
Si ya has trabajado anteriormente en la misma empresa y funciones, se podría considerar nulo el periodo de prueba establecido en el contrato.
Buenas, he estado en una empresa 2 dias, tenia 15 dias de prueba, y hoy decidí no seguir, en ningún momento firmé contrato y cuando hemos hablado hoy queria que firmase baja voluntaria a lo que yo me he negado, hablé con mi gestor y me dijo que la empresa pusiera que no e superado el periodo de prueba, mi pregunta es si tengo derecho a prestación
Gracias
No, no se tiene derecho a desempleo.
buenas tardes , pueden decir que no he superado el periodo de prueba si, vigente este, el departamento de salud laboral me declara no apta defintiva para el trabajo debido a las sustancias con la que he de trabajar ?? Puede mi medico rebatir ese informe ??
gracias
No existe necesidad de justificar un periodo de prueba no superado salvo que sea una mujer embarazada. Por lo tanto, en las cuestiones que comentas sí que podrían indicar un periodo de prueba no superado.
Buenas tardes, me gustaría hacer una consulta, realicé un período de formación para teleoperadora que comenzó el día 1/10/19 y terminó el día 10/10/19 el cual he superado y me incorporo mañana día 15/10/19. En el contrato, con una duración de 4 meses y un período de prueba de 45 días, consta la cláusula siguiente: «El trabajador que desee resolver anticipadamente el presente contrato, incluido el período de prueba habrá de ponerlo por escrito en conocimiento de la Empresa de trabajo temporal que suscribe el presente contrato con la antelación debida. El incumplimiento de la obligación de preaviso facultará a la empresa de trabajo temporal que suscribe el presente contrato a descontar de la liquidación que proceda por la resolución contractual el importe del salario correspondiente a los días de preaviso omitidos.»
Entonces, si por algún motivo, decido dejar el trabajo dentro de los 45 días de prueba, ¿tendría que avisar con 15 días de antelación?
Gracias, me urge ya que como he dicho empiezo mañana el trabajo y me gustaría tener claro este tema.
Además, existe otra cláusula que dice: «La duración del contrato de trabajo se entenderá en todos los casos estimada, pudiéndose extinguir la presente relación laboral, siempre con los plazos de preaviso obligatorios, en virtud a la Ley vigente que regula las Empresas de Trabajo Temporal y por su normativa de desarrollo.
No sé si estas dos se contradicen, o esto quiere decir que debo avisar con mínimo 15 días de antelación, aunque se trate del período de prueba.
En mi opinión, no es necesario el preaviso en una baja voluntaria, y toda cláusula que obligue a un preaviso en dicho periodo deberá de ser nula. Siempre que el periodo de prueba sea válido.
Buenos días, os comento mi situación… yo he estado trabajando para un autónomo (con mi contrato y todo en regla, mi periodo de prueba de 15 días y he estado un año con él), ahora se ha cambiado a SLU cambiando de nombre, cif y todo eso, por lo que nos ha «modificado» el contrato, es decir, me ha llegado SMS de baja del contrato anterior y quería que firmara hoy el nuevo.
He visto varias cosas que no me han gustado, como el nivel de los estudios que me ponen (pone primarios completados cuando tengo un CFGS), el sueldo que es S/Convenio (sin saber decirme nada al respecto, ni cantidad ni cuál es mi convenio) y con un período de prueba de 1 mes. ¿Este período de prueba lo puede poner? ¿y de tanta duración? Me ha pasado de Jornada Completa a Media, pero aún así lo veo excesivo cuando ya me conoce.
Y otra pregunta, ¿el tipo de servicios y eso que me venga en el contrato repercute luego para mi experiencia profesional y demás? Yo soy electricista/informático y me quiere dejar en oficina llevando papeleos (hacer informes, dossieres, etc) y un poco el almacén (comprobar que apunten el material que entra y sale, etc), y en el contrato salgo como «Almacenista», me interesaría más que viniera al menos informático en vez de eso, no?
Un saludo y muchas gracias por vuestro tiempo.
No puede realizar esos cambios por el simple hecho de que haya modificado el empleador, pasando de autónomo a sociedad limitada. De la misma manera no se puede poner un periodo de prueba si ya estabas trabajando. En cuanto al grupo profesional, dependerá del trabajo realizado más que los estudios que tengas.
Buenas noches,
Querría saber si, un trabajador, durante el periodo de prueba tendría derecho a indemnización/cobrar el día que ha faltado si falta un día al trabajo por estar enfermo. Sé que sería necesario un justificante, obviamente. Pero no he encontrado nada de información al respecto.
Gracias de antemano.
Depende de lo que diga el convenio, pero en principio no se debe abonar ese día.
Buenos días
Estaba cobrando el paro y me llamaron para trabajar y el trabajo no podía soportarlo por el esfuerzo físico dado que tengo hernias. Me dijeron de firmar la baja voluntaria y les dije que me era imposible si quería reanudar el paro que era lo único que tenia, me dijo el encargado que tenia que firmar final de contrato o firmar el despido. Pero dudo de que si lo hago no pueda reanudar el paro.
Gracias
Que sean ellos los que te despidan o indiquen un fin de contrato. Por firmar los documentos en los que te indiquen eso, no deberías tener problemas para cobrar el paro. Firma no conforme.
Muchísimas gracias por la contestación y por rapidez, me ha venido muy bien de tiempo.
Un gran saludo y haces una gran labor
mi situación es la siguiente:
Deje un trabajo de manera voluntaria por otro que me ofrecieron ( mejores condiciones, localización, etc) en el nuevo trabajo que resulto no ser nada de lo que me pintaron al mes me presentan la carta de que no paso el periodo de prueba y adiós.
Una faena grande vamos..
¿no tengo derecho a paro por haber dejado el trabajo anterior?
No, no tienes derecho a paro si no han transcurrido tres meses. Tendrás que encontrar otro empleo.
Hola Alejandro. Comprendo que esto es así, conozco a alguien a quien le acaba de suceder precisamente esta situación. Pero, ¿no te parece que esta situación es totalmente injusta? Además, qué incentivo puede haber para cambiarse de trabajo cuando sabes que si en el periodo de prueba deciden no contratarte no vas a tener derecho a nada. Cuánta gente (especialmente con cargas familiares) habrá que, teniendo ofertas con mejores condiciones, renuncie a cambiar de puesto de trabajo por el riesgo que supone para su economía familiar quedarse absolutamente sin ninguna cobertura si algo sale mal. A esta persona, concretamente, la han despedido en periodo de prueba por faltar tres días a su puesto de trabajo (con baja laboral) por una gastroenteritis. Una vergüenza. Y cuando el pobre va al INEM le dicen que no tiene derecho a ninguna prestación porque en su anterior trabajo pidió la baja voluntaria y ha sido despedido en período de prueba. Doble vergüenza. Desde luego, a mi esta legislación me parece inadmisible en un Estado que pretende homologarse en estándares de protección social con el resto de Europa.
Comparto totalmente contigo tu apreciación, y como indicas, desincentiva totalmente el intentar mejorar o probar un nuevo trabajo.
Hola buenas tardes. Comento mi caso.
Pedí una excedencia de tres meses en mi antiguo trabajo (de acuerdo con mi jefe) para poder probar en otro sitio.
Llevo 3 semanas en el trabajo nuevo y no me siento agusto. Aún estoy dentro del periodo de prueba.
Mi duda es… Si no supero el periodo de prueba (ya sea por motivos míos o del jefe) tendría derecho a alguna prestación hasta que me incorpore al antiguo trabajo?
Si es un periodo de prueba indicado por el trabajador no se tiene derecho. Si es un periodo de prueba indicado por la empresa, depende de que tipo de excedencia tengas, y de si cumples con el periodo de cotización mínimo.
Hola buenos días, mi cuestión es la siguiente:
El dia 2/09/19 entré a trabajar en una empresa X, tenia un periodo de prueba se 7 días y el dia 6/09/19 me quise comuniqué con la empresa antes de entrar a trabajar para, solicitar a ser posible un horario de mañana en vez de tarde por intentar compaginar otras obligaciones personales, su respuesta fue decirme que después de una reunión habían decidido que no habia pasado el periodo de prueba, hastá ahi bueno no pregunté aunque no lo entendía (todo esto lo tengo en conversación de whatsapp). Resulta que hasta el día 13/09/19 no firmo mi contrato despues de ser despedido, y hasta el dia 18/09/19 no recibo los papeles de la liquidación y el certificado de empresa en el cual me encuentro la sorpresa de que el motivo de la baja es por «voluntad del trabajador» (cosa que es mentira). Me comunico con la empresa para preguntar porqué en el motivo pone eso en vez de «por no superar el periodo de prueba» ya que queria solicitar el paro en el SEPE y al poner lo primero no tengo derecho a hacerlo. Total que su respuesta es que los de Gestión se han puesto en contato con la SS y que para ellos el trámite es el mismo.
Mi pregunta es si esto les parece una situación normal o que es lo que puedo hacer?
Gracias por su tiempo.
Saludos
Puedes impugnar la extinción de la relación laboral, ya que si no había contrato por escrito, no puede existir periodo de prueba. Tendrás que acreditar que has firmado el contrato después de la notificación de la extinción.
Mi situación es un poco complicada estado trabajando con una empresa que dejo de pagar a sus empleados y se declaroen ciebra empeze con otra empresa que no quiso prolongar a nadin tenía que dar me de baja voluntaria a la otra empresa estoy ahora in periodo de prueba y no ha pasado ni un mes de darme de baja voluntaria a la otra tengo derecho al paro me conectaron de hacer una baja medica la verdad con estos no Eso y segura
Si no ha pasado más de tres meses desde la baja voluntaria y te dan un periodo de prueba no superado, no tendrás derecho a paro.
Buenas tardes mi duda es la siguiente tengo un contrato de un año es un contrato especial de para minusvalía y tengo 6 meses de prueba. Resulta que a los 3 meses de estando periodo cogí la baja y ha pasado 6 meses. Quiero saber sí he pasado el periodo de prueba tengo un contrato de minusvalía de un año con 6 meses de de prueba. No sé si he pasado los 6 meses de Prueba o se para y no contabiliza. Quiero llamar mañana al trabajo para irme de trabajo pero no sé si tengo que dar los 15 días. Soy auxiliar de vigilante. Espero Respuestas gracias.
Habría que ver el contrato, pero a veces si que paraliza el periodo de prueba.
Buenas tardes, quisiera hacer una consulta , yo comencé a trabajar el 2/9/19 de media jornada de 4 horas de lunes a viernes y me dice mi jefe que la primera semana no es remunerada porque es de formación cuándo desde el primer dia llegamos todo el grupo nuevo y nos hacen una reunión nos explican en que se basa el trabajo y a la hora y media nos ponen ya a todas a trabajar de teleoperadora a llamar a clientes y hacer nuestro trabajo con un guion y vendiendo que por cierto yo hice una venta el cuarto dia , vale a partir del noveno dia me da de alta en la ss y el dia 12 firmo el contrato y justo una hora despues me dice que ya no tengo que venir más porque no he superado el periodo de prueba.Vale de acuerdo hasta ahi , yo le digo que me pague las dos semanas que he trabajado y me dice que no que solo 4 dias que son los que estoy dada de alta que los demas días son de formación . Es eso legal , es asi. Gracias , saludos.
No, no es legal. Demanda o pon una denuncia en inspección. Te tiene que pagar todos los días.
Gracias Alejandro, saludos.
Buenas tardes Alejandro,
Tengo una duda me hicieron un contrato a través de una empresa temporal con un periodo de prueba de 15 días, empecé a trabajar el jueves y el viernes la empresa temporal me llamo ( me lo indicaron en el día de hoy por whattsapp) , devolví las llamadas el mismo viernes ya que no sabía quién era pero nadie me lo cogio en el día de hoy como he dicho me mandan un whattsapp diciéndome que el viernes la empresa le dijo que ya no volviera el lunes ya que no he superado el periodo de prueba y que mañana me llamarían para decirme… ahora bien si he firmado un contrato de 15 días y me echan así sin más sin firmar nada con esta empresa temporal no tendría derecho a que me pagaran los 15 días del periodo de prueba????
Quedo a la espera de tus respuesta
Gracias
No, tienes derecho a que te paguen los días trabajados. Te deberían pagar hasta hoy si es cuando te lo han comunicado.
Mil gracias Alejandro, no me lo comunicaron ayer domingo y mañana voy a por los papeles par el paro
Buenas, tengo una duda y espero poder resolverla porque no sé donde más buscar.
Yo trabajo de momento en una tienda, hice un par de dias de práctica y finalmente me dieron de alta el 27/6/19, que fue cuando me llegó el mensaje. Mi contrato es temporal de 3 meses por lo que acaba el 27/9/19, y no tengo intención de renovar porque voy a retomar estudios. Pretendo avisar entre hoy y mañana para cumplir los 15 días de previo aviso. Pero mi pregunta es, tengo derecho a cobrar los dias desde el 27 de junio al 30 de junio? Porque el contrato lo firmé el 3 de Julio, aunque yo el 28 de junio lo trabajé, y mi jornada es de miercoles a sábado. Se supone que si, no? Porque mi contrato es a mes trabajado, no por horas o días. Debería reclamar esos tres días?
Muchas gracias.
Es una buena pregunta. En mi opinión, sí, esos días son días de descanso generados. Pero es que comentas nunca se abona en el finiquito. Es decir, un trabajador que trabaja de lunes a viernes, si le extinguen el contrato el viernes, tendría derecho a sábado y domingo, pues es descanso generado. Esta cuestión es mi opinión, y desconozco si existe alguna sentencia que lo haya concedido, pero en la práctica nunca se abona.
Hola, mi consulta es la siguiente:
Yo estuve en una empresa 3 meses y luego no quise renovar el contrato. Al cabo de un mes, esa empresa hizo una franquicia, el señor que trabajaba como Director en la primera empresa cogió la tienda donde yo ya había trabajado, me volvió a llamar y me hizo un contrato indefinido (antes solo eran de 3 meses renovables a otros 3 meses más). Volví a mi puesto de trabajo, realizaba las mismas tareas, con las mismas compañeras y el mismo jefe aunque ahora él solo llevaba esa tienda. La puso a su nombre, bueno, primero a nombre de un amigo suyo, que es el que figura en mi contrato y luego a su nombre aunque no me volvió a hacer contrato y no me dio ningún papel donde conste eso. Ahora bien, ya faltando 10 días para terminar el periodo de prueba de DOS meses que me puso en este contrato, tuve un accidente No laboral en el que me torcí el tobillo. Él me despidió 7 días después alegando que no superé el periodo de prueba. Ahora bien, quisiera saber si el período de prueba tiene validez ya que había trabajado ahí tres meses previamente con exactamente todo igual. También quisiera saber si estando de baja médica puede despedirme o sería despido improcedente. También en la nómina tendría varias preguntas, una de ellas es si me corresponde Finiquito, leyendo en el articulo que si y ese señor alegando que no. Gracias y espero algún tipo de ayuda ya que no me entero mucho de esto y no se si puedo demandar. GRACIAS
Si has trabajado antes en la misma empresa, no se puede establecer un periodo de prueba, y por lo tanto se trataría de un despido improcedente. Sí, se puede extinguir la relación laboral si existe causa para ello en periodo de incapacidad temporal. Sí, te corresponde finiquito; vacaciones generadas y parte proporcional de pagas extras.
Aunque él ahora alegue que es otro nombre ? por ejemplo, la empresa antes de llamaba Mariposa verde y ahora se llama verde mariposa o el nombre de él.Teniendo en cuenta que es una franquicia, supongo que es la misma empresa pero a nombre de otra persona que ya trabajaba en la anterior. Muchas gracias.
Habría que acreditar que existe una sucesión empresarial.
Hola, Quisiera saber si tengo el derecho a paro en caso que termino el periodo de prueba de 6 meses y no quiero prolongarlo y obtener el contrato fijo. Si es mi decision y no de la empresa, puedo obtener el paro?
No, no se tiene derecho.
En este caso es la empresa que tiene que avisar que no quiere prolongar el contrato conmigo?
Si no se dice nada, el contrato se prolonga. Quién no quiera prolongarlo, tiene la obligación de comunicar a la otra parte su intención de no renovar.
Hola, mi caso es el siguiente.trabajaba para una empresa del Convenio del metal de Zaragoza, mi categoría es la 5, que marca un preaviso de 1 mes por baja voluntaria. La baja voluntaria la solicito el 20 de agosto y solicito irme el 31 de agosto.
Resulta que en mi contrato laboral que es un contrato eventual de 1 año me marca una cláusula con un periodo de prueba de 6 meses, pero el convenio refleja máximo 1 mes de periodo de prueba. La empresa me ha descontado 18 días de no preaviso en mi finiquito y yo les digo que estando en periodo de prueba demás he hecho de darles 12 días de preaviso.
Alegan error en el contrato sobre el tiempo de periodo de prueba y que se aferran al convenio.
¿Esto es posible? Entiendo que es un error de ellos.
Es una cuestión discutible. Es cierto lo que dice la empresa, ya que si el periodo de prueba excede de lo indicado en el convenio, pero por otro lado, indicaste dentro del periodo establecido por la empresa. Dependerá del juez.
Pero si el error viene del contrato…pues una pena, pero si que lo voy a denunciar.
Muchas gracias
bUenas tardes queria hacerles una pregunta me hicieron un contrato de sustitucion de 34 hras no ponia nada de cuanto tiempo era , segun contrato el horario que tenia que realizar era de 16 a 22hras y otros dias 17 a 22hras de lunes a sabado ,pero realmente no es el horario que estaba trabajando era 11 a 18 -12 a 19 ,12a 14hras y de 16 a 22hras etc porque todos los dias eran diferentes horarios, en estos horarios ultimos que le he dicho no tenia derecho a comer nada , asi pues he tenido problemas por comer 1 desayuno y una comida cena al dia , hasta el punto de tener problemas medicos , he tenido que coger la baja unos dias la baja me la dieron provisional del 8-08-2019 al 14-08-2019
Empece trabajo sustitucion 25-06-2019 pues el dia 14-08-2019 me llego un Borofax en casa como se rescindia mi contracto por NO SUPERAR PERIODO DE PRUEBA(segun convenio de la empresa el periodo de prueba es de 2 meses) era el mismo dia 14-08-2019 que tenia que ir medico y no sabia si me darian el alta o no
Les mande un email a RRHH de la empresa para que me dijeran el motivo del despido ,porque mis encargadas no tenian ningun queja ,todo lo contario que desde la 2 semana me dejaban sola en la tienda e incluso algun dia la habia abierto
, RRHH de la empresa ni me ha contestado email ,tambien fui a firma finiquito a la tienda 16-08-19 y no tenian la documentacion ni sabian que me habian despedido
debido ha todo esto que les explicado me pueden decir que es lo que tengo que hacer , es normal que contrato ponga un horario y yo hiciese otro , puedo solicitar que readmitan
A la espera de su respuesta
un saludo
darian el alta o no
En primer lugar, habría que ver que es lo que dice el convenio colectivo y el contrato de trabajo sobre el periodo de prueba, para saber si es correcto o no. El periodo de prueba no requiere una justificación de la causa, pero ésta no puede ser por el hecho de estar de baja. Puedes demandar por despido improcedente, te deberán readmitir en caso de que se determine que el despido es nulo.
Buenas noches
como le dije les mande email solicitando porque me ha despedido , no he tenido ninguna respuesta con fecha de hoy 19-8-19 , estube el 16-8-19 en la tienda hablando con la segunda encarga para que me explicara borofax del despido me dice que ella no sabe nada le entrego la ropa de trabajo y le pregunto supongo que ya tendras el finiquito y me contesta que no lo tienene nada , hoy dia 19-8-19 he vuelto ha ir he hablado con la 1 encargada vuelvo a preguntar por el finiquito y le he preguntado otra vez finiquito para yo poder tramites y me dicen que no tienen nada y que si viene sera por valija ,le hecho otra pregunta que si tenian o han tenido algun motivo de queja de mi trabajo para el despido me ha contestado tu sabras ,y porque tengo tanta prisa en pedir finiquito ,le he respuesto porque tengo unos dias para hacer tramite , su respuesta es cuando llegue habra llegado
Tambien le he preguntado si el motivo del despido es por haber conectado RRHH de la empresa ,respuesta no te voy a contestar
Finalmente puedo ir igualmente INEN sin el finiquito ? tengo cita el dia 23-8-19
gracias
Si puedes ir al INEM (ahora llamado SEPE) sin el finiquito. Lo importante es que la empresa haya enviado el certificado de empresa.
Buenas tardes, firmé un contrato el 7/7/2019 por tres meses con 2 meses de prueba. Hoy día 9/8/2019 recibo por SMS la comunicación de baja por parte de la empresa; al hablar con ellos me indican que me darán de nuevo el alta mañana empeorando las condiciones del contrato (reduciendo las horas que figuran en el mismo) e incrementando (por obligación) el realizar horas extras.
He indicado que me iba, ya que la reduccion de las horas del nuevo contrato bajan de manera considerable el salario. Ya he cobrado el mes de julio. Me gustaría que me indicases que me corresponde creo que salario de éstos 9 días mas horas extras y finiquito. También si debo indicar la baja por escrito aunque tengo la baja de la empresa como te comentaba por SMS.
Gracias por anticipado.
No, si te han extinguido la relación laboral, no deberías comunicar nada. Sí, la empresa tiene que abonarte los días trabajados, así como las horas extras trabajadas si las hubiera, las vacaciones generadas y no disfrutadas y la parte proporcional de las pagas extras si es que no las tienes prorrateadas.
Hola Alejando se que ya respondiste esta pregunta pero la enfoco un poco diferente.. Tengo otra oferta laboral para iniciar en septiembre pero en mi trabajo actual estoy a prueba 6 meses y ya tendría 5 meses para el momento presente la renuncia así entiendo no tengo colocar pre aviso y creo tendría ser casi el ultimo día porque me dirían como otros empleados me vaya ese mismo día para no pagarme mas.. ellos podrían hacer eso?
Mi otra pregunta es tengo unos días de vacaciones acumulados no disfrutados se me pagan en el finiquito? con lo que me han descontado de paga extra?.
Gracias.
En el finiquito te pagan los días de vacaciones generadas y no disfrutadas. No entiendo muy bien la cuestión, es el trabajador el que establece la fecha de efectos del fin de la relación laboral por no superar el periodo de prueba, siempre dentro del mismo, que no requiere preaviso.
Vale gracias mi pregunta era porque tengo un compañero dio preaviso estando en periodo de prueba de 15 dias y lo hicieron irse el mismo día haciendo no cobrara esas 2 semanas y eso afecto su presupuesto de ese mes.
Así que si coloco la renuncia el ultimo día del mes al estar yo igual en periodo de prueba no debería tener problemas como me indicaste cierto?
Gracias por tu ayuda
Siempre podría dar el periodo de prueba la empresa, y extinguir la relación antes.
despues de 10 años en una empresa que al final no estaba bien, recibi una oferta y decidi canviar de trabajo, segun me he enterado despues tenia un contrato indefinido, nunca lo vi ni firme, mi sospresa fue que a los 2 meses el gerente me die que no he superado el tiempo de prueba, todavia no he solicitado la prestacion ya que me dijeron en el SEPE que no valia la pena que lo soliccitara ya que me lo denegarian por no haber transcurrido 3 meses, otra particularidad es que en esta empresa, hace 12 años estuve trabajando de encargado. Tengo que solicitar la prestacion? hace un mes y medio del suceso que no me esperaba de ninguna de las maneras y de momento con 54 años no tengo ingreso alguno. estos 2 meses transcurridos sin cobrar el desempleo, se pueden recuperar?
Si no firmaste ningún contrato, no te pueden indicar un periodo de prueba no superado. Así que solicita el desempleo, aunque te lo denieguen y demanda a la empresa por despido improcedente, ya que no te pueden indicar un periodo de prueba no superado si no se ha firmado el contrato. De esa manera, pueda que tengas derecho a desempleo.
SI EL DESPIDO ES IMPROCEDENTE, TENDRIA QUE SOLICITAR DE NUEVO LA PRESTACION AL SEPE? COBRARIA CON CARACTER RETROACTIVO EL MES DE JULIO Y PARTE DEL ACTUAL AGOSTO, YA QUE ESTOY EN PARO DESDE EL 2 DE JULIO Y SIN INGRESO ALGUNO?.
GRACIAS
Si el despido es improcedente, tendrías alguna opción de solicitar la prestación por desempleo, cobrandola con carácter retroactivo. No se si estás en plazo para impugnar el despido. Pero para ello tienes que impugnar la extinción, solicitar el desempleo, e impugnar la denegación del mismo.
Buenas tardes, por favor tengo dos inquietudes te agradezco me puedas orientar, yo cobré solo un mes de un subsidio de desempleo (inmigrante retornado) e inicie un trabajo en un restaurante pero yo pedí la baja voluntaria del trabajo y como consecuencia me indicaron que tenia que esperar tres meses para poder pedir el subsidio ( no se el termino si es penalización o tiempo de espera de tres meses) ya pasaron los tres meses, me corresponde pedir o reanudar el subsidio por desempleo ya que no lo agoté ? o el subsidio por mayor de 52 anos , o cual es compatible con mi situación ? porque he leido tanto que estoy confundida y uno tiene que llevar nuevamente todos los documentos (formatos de solicitud) o en la cita que ya tengo me actualizan esa solicitud ? …. gracias de antemano
Desconozco si tienes derecho a subsidio, acudiría al SEPE a informarme de las diferentes ayudas que existen.
Hola. He estado trabajando más de15 años en una empresa que por motivos económicos, perdida de clientes, me despidió junto con el resto de compañeros. Me aprobaron el paro de 24 meses. Transcurrido el primer mes encontré un trabajo el cual nos obligaban a trabajar más horas. Hace un mes y medio me ofrecieron trabajar en otra empresa y solicité mi baja de la anterior.
Tras cambiar de empresa resulta que me indican que no he superado el periodo de prueba en un mes. Con posterioridad me entero que me contrataron por que tenían un volumen importante de trabajo y una vez este trabajo se ha acabado nos despiden indicando que no hemos superado el periodo de prueba.
Quiero comentar que hay algunas personas trabajando por Empresa de trabajo temporal.
Tengo derecho a prestación por paro ya que antes de entrar recibí comunicado Sepe que tenía concedidos dos años del 1 -4 -19 a 30-03-21.
Gracias
No, en mi opinión, no et van a conceder el paro, aunque tuvieras uno anterior concedido, ya que ahora no te encuentas en «situación legal de desempleo» si no ha pasado más de tres meses desde la fecha de baja voluntaria y el periodo de prueba no superado.
Buenos dias,
Me gustaría hacerles una consulta.
Tengo un contrato de prueba de un año, y en breve se me termina. Sé que no seguiré en la empresa porque me lo han comunicado, tras este tiempo podría solicitar el paro, en mi anterior trabajo que estuve dos años me di de baja voluntaria.
Gracias, Marta.
Si han pasado más de tres meses desde la fecha de efectos de la baja voluntaria, que entiendo que sí con los datos que indicas, no tendrás ningún problema para cobrar el paro.
Buenas tardes,
tengo un contrato indefinido y llevo casi 10 meses en la empresa, y por descontento y todo lo demás, he decidido causar baja en la empresa. Mi contrato es un contrato de ayuda al emprendedor y para mi sorpresa en el periodo de prueba no especifica ningún número, a lo que yo entendí es que mi periodo de prueba era anual según el tipo de contrato y según el nº que se recoge abajo (14), ya que no hay nada escrito. La empresa me ha obligado a escribir una carta de baja voluntaria con un preaviso de 15 días. Mi pregunta es, ¿nunca he tenido periodo de prueba? ¿Tengo que hacer el preaviso de 15 días?
Un saludo y gracias de antemano.
Si el periodo de prueba no ha sido recogido en el contrato de trabajo, no existe periodo de prueba. Por lo tanto, tienes que preavisar con lo que diga el convenio colectivo.
Hola dejé un trabajo por otro mejor en este estoy de auxiliar de enfermeria cuanto es mi periodo de prueba ? Sino lo supero puedo cobrar pari tngo contrato de seis meses
El periodo de prueba debe de venir recogido en el contrato de trabajo. Si te indican un periodo de prueba dentro de los tres meses siguientes a la fecha de efectos de la baja voluntaria, no tendrás derecho al desempleo. Si quieres más información, puedes leer este artículo.
Me ido de una empresa que trabajaba 2 años hora tengo contrato temporal de 3 meses mês de puerba Chica está transpassando local 1 meio faz despido me puede core paro
Si te indica un periodo de prueba no superado, sólo podrás cobrar el paro si han pasado más de tres meses desde la fecha de efectos de la baja voluntaria. Por otro lado, si es un despido, depende del SEPE.
ok gracias y sino paso el periodo de prueba y en otro empleo estoy una semana y hace ya tre meses y dos dias de la baja voluntaria tengo derecho al desempleo
Posiblemente te lo den, depende del SEPE.
Hola buenas.
Tengo un contrato de 6 meses con 2 meses de prueba aun no he superado los 2 meses de prueba pero el medico quiere que coja la baja por mi embarazo ya de 26 Semanas, ¿si cojiera la baja sin haber superado los 2 meses de prueba tendria derecho luego a la porrogo? O directamente ellos ya no cotizarán por mi el resto de los meses..
Si te coges la baja, el contrato se mantiene. Habría que ver que es lo que dice el contrato sobre la duración del periodo de prueba en caso de incapacidad temporal. Por otro lado, la empresa puede extinguir la relación laboral si tiene una causa para ello, pero nunca podrá ser causa el embarazo.
Muchas gracias por yu pronta respuesta tengo una segunda situacion y si podrias orientarme por favor , yo me fui de baja voluntaria el 3 de abril y ya pasaron los tres meses de penalidad, no obstante , durante es periodo en el mes de junio 2019 me han llamado por parte de esa empresas de trabajo del SEPE para unos empleo temporales a los cuales he asistido sin problema , ellos me daban de alta y baja al inicio y fin de la jornada, y como consecuencia iba a actualizar mi demanda de empleo, mi pregunta : los tres meses de penalidad ( desde 3 de abril hasta 3 de julio ) se vieron afectados por esas jornadas temporales ?, puedo tomar un nuevo trabajo fijo (con periodo de prueba) sin que me afecte si en el caso que la prueba sea finalizada por la empresa y acceder a mi prestacion de empleo ? disculpa lo largo ,,,, saludos cordiales y gracias de antemano… Pili
Esos trabajos no afectan para bien ni para mal, a lo que comentas. De todas maneras, no existen tres meses de penalidad, sino que es un plazo que actúa sólo en caso de que la baja haya sido por un periodo de prueba no superado dentro de los tres meses después de una baja voluntaria.
Agradecido Alejandro por tu clara asesoría u orientación …. feliz dia
Hola!!!!gracias Alejandro por tu ayuda!!!estaba indefinida en una empresa que llevaba 4 años y encontré un trabajo con mejores condiciones en cuanto a horario. Así que solicité baja voluntaria. Ahora en el trabajo nuevo el horario genial pero me crea ansiedad por lo que estoy pensando en dejarlo. Y he encontrad un trabajo que me hacen contrato de 2 meses y medio. Cuando se me termine podría cobrar el paro???o tiene que ser más de 3 meses?
No es necesario más de tres meses, salvo que sea un periodo de prueba no superado, en cuyo caso sí que deben haber pasado más de tres meses. Depende del SEPE, pero con un contrato de dos meses, no creo que tengas problemas.
Hola por favor , cuales son los puntos fundamentales o recomendaciones en un periodo de prueba que debo tener presente en el contrato para que no se vea afectado el pago por desempleo ( existe una guia ?) teniendo presente que voy dispuesto a trabajar pero pudiese haber inconvenientes o discrepancias con lo inicialmente conversado y que debo tener presente para evitar futuros inconvenientes laborales
Si el periodo de prueba no superado lo indica el trabajador no se tendrá derecho a prestación por desempleo, en ningún caso. Si el que lo indica es la empresa, depende de la causa de la baja anterior y el tiempo transcurrido. Si no han pasado más de tres meses desde una baja voluntaria y el periodo de prueba indicado por la empresa, no se tendrá derecho a desempleo.
Estoy muy cabreada solo fui un día a trabajar y en 3 horas la encargada me despidió alegando que no superé el periodo de prueba. Cuando piensa que no le gusto mi actitud pero el trabajo lo realice bien.
Asi q firme una hoja que decía no superacion del periodo de prueba cuando lo que debía firmar Era por fin de obra y servicio. Así que no sé si buscar un abogado de oficio para alegar mi total desacuerdo con el despido.
No quiero volver a la empresa pero prefiero firmar una hoja que diga despido por fin de obra y servicio que despido 0or no superacion de prueba que me parece una tomadura de pelos.
Si se estableció un periodo de prueba no superado en el contrato, poco se podrá hacer en tu caso.
Hola no estoy de acuerdo yo he trabajado para otras ETT y nunca me ha pasado algo así siempre me han despedido por fin de obra y servicio que es lo más normal. Aunque tenga el periodo de prueba por un mes.
Que otras ETT no lo hayan hecho anteriormente, no quiere decir que no se pueda extinguir la relación laboral por un periodo de prueba no superado, si éste se ha establecido en el contrato y es procedente. Si no es conforme con la causa de la extinción de la relación labora, tienes un plazo de 20 días hábiles para impugnar.
Hola Alejandro. Te explico mi caso: he trabajado a través de ETT durante 362 días en una empresa hasta fin de contrato. Es decir, ni me he ido voluntaria ni me han despedido. Pero no me han podido renovar porque lo máximo por ley dicen que es 1 año.
La cuestión es que 10 días después he encontrado otro trabajo a través de ETT también dónde me hacen un periodo de prueba de 15 días. Me da miedo no pasar ese periodo porque es un trabajo muy duro. Si es la empresa la que decide que no paso la prueba, pero ya he cotizado 365 días, ¿Tendré derecho a prestación por desempleo? Muchas gracias.
Si el periodo de prueba lo indica la empresa, sí que tendrás derecho a desempleo, ya que entiendo que la anterior baja es un fin de contrato temporal.
Hola! Tras años en mi empresa me despiden pero al par de días comienzo en otro trabajo así que ni me molesté en arreglar los papeles del paro. Si en mi actual empleo me despidieran tanto en el periodo de prueba como antes de cumplir los 3 meses,tengo derecho a prestación por desempleo? Muchas gracias.Un saludo.
Si es la empresa la que extingue la relación laboral tendrás derecho a desempleo.
Buenos días, hace 15 días empecé a trabajar en una cafetería/panadería y veo que ciertas cosas no se están cumpliendo.
Estuve 5 días trabajando sin dar de alta y eso no me lo han pagado, mi contrato es de 40h y hago 48h y al preguntarle a mi jefe como me iba a pagar esas 8h de más semanales que le trabajo me dijo que no me las pagaría ni nada, que era una “gratificación “ del trabajador a la empresa (franquicia).
Quería saber si puedo hacer o reclamar de alguna manera y mi contrato en la actualidad es de 3 meses siendo 1 de prueba.
También comentarle que no están cumpliendo lo acordado en la entrevista ni cumplen con el puesto que me dijeron que iba a desempeñar y me van moviendo de un lado a otro.
Esperando una respuesta le doy las gracias de antemano.
Un saludo
Sí, puede reclamar las horas extraordinarias, el problema será acreditarlas. En esta entrada intento explicar como se pueden acreditar.
Hola! Soy Cristina.
Os cuento un poco mi caso porque estoy muy cabreada y no sé si tengo algo que hacer al respecto.
Tenía un contrato temporal eventual a jornada parcial de 2 meses, con un periodo de prueba de 1 mes , que empezó a fecha 03 del 06 de 2019 . El día 03 de julio , avisé en el trabajo que lo dejaba , me pidieron que fuese al día siguiente a trabajar porque trabajamos con agenda de clientes, así que firmé una baja voluntaria hecha el día 3 de Julio pero con fecha de fin de la relación laboral el 04 de Julio, que fue el último dñia que trabajé.
Pues me han descontado 14 días por no haber dado el preaviso de 15 días , ya que me dicen que mi periodo de prueba acabó el día 3 de Julio y yo el 4 de julio fui a trabajar.
Otro dato es , que durante el periodo de prueba estuve una semana de baja médica, y no sé si en este caso , quedaría interrumpido ese periodo de prueba de un mes , y podría acogerme entonces a eso.
Muchas gracias y buena tarde
Si el periodo de prueba es de un mes, técnicamente finaliza el día 2 de julio. De todas maneras, si la empresa considera que es el 3 de julio, y te solicitó trabajar un día más, entiendo que no te pueden descontar los 15 días. Sobre la baja médica, habría que ver que es lo que dice el contrato, si interrumpe o no el periodo de prueba.
Gracias Alejandro. En el contrato no ponía nada respecto a eso, busqué en mi convenio ( minoristas de perfumería) y dice :
Art. 18 Las suspensiones del contrato de trabajo que por cualquier causa se produzcan interrumpirán el cómputo del periodo de prueba.
No sabía cuales eran esas suspensiones, así que busqué en el estatuto de los trabajadores….
Y dice que como causas de la suspensión son entre otras la incapacidad temporal.
En ese caso podría reclamar?
Gracias y buen día!
Existe base por la que reclamar, yo lo haría.
Les he comentado que según mi convenio , seguiría estando dentro del periodo de prueba y no tendría que preavisar con los 15 días, a lo que la abogada me ha contestado lo siguiente:
Que ( yo) comuniqué a la empresa la extinción de mi contrato por BAJA VOLUNTARIA , en la carta que presenté , no hacía mención a que se finalizaba mi contrato dentro del periodo de prueba a instancia del trabajador.
???? No se supone que si estás dentro del periodo de prueba no es necesario ni tan siquiera avisarlo por escrito?
Creo que deberás demandar a la empresa.
Ola llevo 15 días trabajando y no e superado el periodo tendré derecho a reanudar mi paro ?
Depende de la causa de extinción de la relación laboral anterior.
Buenas, estoy trabajando de nuevo recientemente, estaba cobrando desempleo por despido y ahora con esta nueva empresa que llevo 3 días no estoy a gusto, ya que no cumple con las horas habladas antes de incorporarme y no he firmado contrato. Si me fuese antes de los 15 días de prueba, ¿podría reactivar el paro? Muchas gracias.
No, no puedes, aunque no hayas firmado el contrato. Si te vas de manera voluntaria, no puedes continuar con la prestación por desempleo.
Cambie de trabajo de un puesto en el que era indefinida pero no cumplia mis espectativas laborales y acepte un trabajo nuevo hace dos meses en el que estoy actualmente en periodo de prueba (aunque me han comentado desde un principio que es algo que aparece en el contrato por defecto). La cuestion es que me siento engañada por ellos porque no me han contado la realidad de la situacion de la oficina y el motivo real por el que ese puesto estaba libre. La verdad es que hay muy mal ambiente y mi puesto no es unicamente para una funcion (precisamente por ese motivo lo acepte porque me queria especializar para mejorar mi cv). En definitiva podria pedir que me echaran en el periodo de prueba? Les urgia incorporar a una persona y yo he sido la pardilla de turno, me siento totalmente estafada, como actuas si te han engañado? Si no te dicen la verdad? Muchas gracias.
Si te indican un periodo de prueba no superado, o lo indicas tu no tendrás derecho a desempleo. Si no están cumpliendo con lo prometido, tendrás que demandar. Lo complicado será acreditar lo que habíais acordado.
Buenas tardes una pregunta tambien cuenta los findes de semana como periodo de prueba
Si, el plazo que se establece es en días naturales.
Buenos días! Según convenio el contrato de prueba era un mes.
El día 16 me surgió otro trabajo con mejores condiciones como la encargada no estaba envié un burofax a día 17 el periodo de prueba finalizaba el día 18, lo recogieron el día 19 porque era finde
Mi sorpresa es cuando me llega un mail con el finiquito como si fuera baja voluntaria y un descuento por no preavisar de 300 e no sé si tienen razón.
Me han intentado hacer el lío con que contestará al mail enviando el DNI para estar conforme y darme de baja de la seguridad social cuando ya me habían dado de baja porque me llegó el mensaje de la seguridad social.
Mi duda tienen razón o no
Si lo notificaste la baja con fecha de efectos dentro del periodo de prueba, no puedes descontarte nada.
Buenos días
Tengo un contrato indefinido con periodo de prueba de un año como dependienta de tienda churreria y productos de la misma empresa. El horario es partido y hay días que sólo trabajo 2 horas por lo que me parten todo el día, si tengo que coger una baja ( estoy pendiente de una operación) pueden rescindir mi contrato? Tengo derecho a paro?
Gracias un saludo.
Sí, podrían. Tienes derecho a paro si has cotizado lo suficiente para ello, pero sí que estarías en predisposición de solicitarlo.
Hola he sido contratada en una empresa y no he superado el periodo de prueba, estaba cobrando el subsidio por desempleo con cargas familiares. Podría reanudar dicho subsidio?
Si.
Buenos días,
Hace dos años dejé un empleo por baja voluntaria. Desde entonces no he vuelto a ser contratado, hasta hace tres semanas, cuando me contrató una empresa. Pero esta empresa ha cesado mi contrato en periodo de prueba. ¿Tengo derecho a prestación por desempleo porque han pasado más de tres meses desde mi anterior empleo (baja voluntaria)? ¿O como el anterior empleo lo dejé voluntariamente, no importan los meses que pasen ya que nunca accederé a la prestación por desempleo?
Gracias y un saludo.
Si tienes el tiempo suficiente, si que tendrías derecho a desempleo.
Inicie contrato con una tienda de ropa muy conocida en el mundo; contrato de 3 meses ( época de navidades) se me termina el contrato y no me renuevan.
Tres meses después tras pasar una entrevista cuentan conmigo para otra tienda de la misma marca, contrato de otros 3 meses.
Tras llevar 3 semanas trabajando en la nueva tienda rescinden mi contrato por no superar el periodo de prueba.
Mi duda es, si ya he estado 3 meses en navidades con la misma empresa, por ende pase el periodo de prueba, ¿pueden ahora alegar que no he superado el periodo de prueba y echarme ?
No, no pueden. Sería despido improcedente.
Buenas tardes:
Hace 2 meses deje un trabajo voluntariamente para acceder a otro puesto (acorde con mi categoría profesional) que era una sustitución, que finalmente sólo duró un día. Pasadas 3 semanas, en las que me inscribí como desempleada, me llamaron nuevamente, y me hicieron un contrato indefinido de 7,5 h semanales, aunque estoy realizando un total de 30h semanales (totalidad de la jornada laboral según convenio). El 30 de junio quieren rescindirme el contrato por no haber superado el periodo de prueba. Tendré derecho a cobrar paro??? Muchas gracias
Si no han pasado tres meses desde la fecha de baja voluntaria y el periodo de prueba no superado no tendrías derecho a prestación.
Hola, resulta que me hicieron dos entrevistas en un mismo hotel (primero con la encargada de animación, después con el subdirector y la directora ) y al poco tiempo empecé a trabajar allí de animador turístico, todo bien al principio pero al pasar la primera semana tuve que presentar un documento de secretaría del Ayuntamiento ya que fui elegido como concejal y estoy obligado a asistir al Acto de Constitución del Ayuntamiento de mi pueblo…todo bien hasta que entrego este papel y al día siguiente, me dicen que la directora del Hotel no me quiere más allí….
Evidentemente la excusa que me expuso la Encargada de animación (porque la Directora en ningún momento me ha notificado nada) es que a la Directora no le gustaron cosas de mi, como que tiqué mal los 3 primeros días (un día a 09:05 min, otro a 3 y otro a y 1), otra de la causa es que dicen que tenia el pelo demasiado largo (cosa que percibieron desde un principio y yo hasta me ofrecí a que si había algún problema me lo cortaba, obviamente me remarcaron que no); también me hicieron referencia a una cadena que tengo, diciendo que algún día se había salido fuera de la camiseta…en fin, la cuestión es que la Encargada me dijo, que no quería echarme ya que estaba muy contenta conmigo y hasta llegó a preguntarme en su momento si quería seguir tras la temporada, en octubre y tal, yo le dije que sí, que no habría problema, me esforzaba para trabajar allí ….pero ahora me dice que, muy a su pesar, pero que la directora ya había decidido.(Todo esto a 3 días de cumplirse el periodo de prueba)
No hay ningún problema, o sea que si me tengo que marchar me marcho, pero todo ha sido bastante extraño e injusto, ademas de que yo nunca firmé nada, ni despido y no se me notifica aun ni siquiera la baja…no entiendo nada.
Rechacé otras ofertas y actividades para enfocarme en este trabajo, se me pidió seriedad y profesionalidad y resulta que a dedo se me quita de en medio, sin ser ni siquiera mirado a la cara por la directora de este Hotel (la cual me crucé 2 veces ese día y no hizo ni el más mínimo gesto, ni referencia, es más , la tuve frente a frente y ni siquiera me miró).
¿Que puedo hacer? ¿Es tan fácil siempre echar a un trabajador, con poner un par de excusas y que alguien, bajo su propio criterio, te haga perder un trabajo, aunque todo el equipo de trabajo esté contento contigo? Y es más, a sabiendas que ha podido ser por presentar un justificante oficial para salir un par de horas ya que me veía en la obligación por ley a asistir al pleno de constitución para el ayuntamiento de mi pueblo (ya que he sido concejal electo) ¿y tan panchos me dicen que ya no venga más, bajo las excusas antes citadas?¿es esto posible? Agradezco de antemano su atención y la labor que hacen. Muchas Gracias
Desgraciadamente durante el periodo de prueba se puede extinguir la relación laboral sin necesidad de una causa objetiva, aunque no puede existir discriminación por ello. Si no estás conforme tienes un plazo de 20 días hábiles para impugnar la extinción. Habría que ver si el periodo de prueba está bien establecido y si puedes acreditar una causa de nulidad.
Estando trabajando con una ETT, me ofrecen un trabajo con un sueldo de 2500€ como encargada de un restaurante. A los 5 días del comienzo, despiden a todo el personal menos la cocinera. Llegado el día 16 aparece un nuevo socio que me acosa y grita cada vez que viene y despide a ella también. Me quedo sola ejerciendo todas las funciones del restaurante. Con una ayudante a media jornada sin experiencia. (Que ahora está en una situación similar a la mía)Trabajo 407h en 36 días, sin derecho a descanso ni para comer, ni día libre. Pierdo 6kg. Me trasladan el día 27 a otro restaurante donde han contratado a un gerente y un encargado como yo. Llega el día del pago y cobro 1295€, y el otro encargado a razón de 2500€. El mismo día del cobro, el nuevo socio, me grita e incluso insulta hasta que caigo en un ataque de ansiedad, dejando mi puesto de trabajo para acudir al centro de salud, tras 8h 15min. Trabajados. Al día siguiente comunico al gerente mi visita al médico de familia y me dice que vaya a firmar el finiquito. Le comunico la IT y me pide 2dias después que vaya a firmar mi baja voluntaria. Me niego a hacer tal cosa y me llega el sms de la SS.SS de baja con día 5 del presente. Me dan los papeles a día 11 como baja voluntaria y sin comunicación de despido. Rectifican el motivo al día siguiente como cese por no superar periodo de prueba sin comunicación escrita del cese. Solo en el certificado de empresa. La IT está a nombre de la empresa pero la tienen en un cajón por ser con fecha 6. El despido es nulo sin la carta? La baja médica es nula? Visto el comportamiento agrupé grabaciones y WhatsApp que prueban las horas, condiciones de trabajo y acoso del socio reconocido por el gerente, puedo pedir indemnización dado que perdí hasta el derecho a prestaciones? Y la brecha salarial? Gracias.
La baja por incapacidad temporal no es nula, el despido, se puede solicitar la nulidad por vulneración de los derechos fundamentales del trabajador. Demanda por despido, el salario también podrás reclamarlo si se acredita que se había pactado otro.
Gracias
Buenas estando trabajando, sufrí un accidente laboral, como estoy en periodo de prueba la empresa me ha rescindido el contrato por periodo de prueba no superado, durante mi baja me está pagando la mutua mi pregunta es:
¿durante el periodo de baja que me está tratando la mutua y pagando ella, se cotiza a la Seguridad social?
Espero vuestra Respuesta , un saludo
no.
Buenas tardes. El día 8 de abril inicié un contrato por obra y servicio con 4 meses de prueba. El día 11 de junio el director de la empresa me comunicó verbalmente su decisión de finalizar mi contrato durante el periodo de prueba. Me pidió permanecer unos días más en la empresa, para formar a una persona nueva que se incorpora al puesto y no me ha concretado el día de extinción del contrato. ¿Tengo derecho a saberlo? Y ¿Cuáles son mis derechos en cuanto a indemnización? He percibido durante dos años anteriormente el paro por cierre de la empresa en la que trabajé durante 7 años. ¿Tengo derecho a paro y a indemnización por despido o finiquito? Actualmente en mi nómina vienen prorrateados los conceptos referidos a paga de verano, navidad y beneficios, además del plus transporte. Muchas gracias
no tienes derecho a indemnización, pero si que tienes derecho a saber el día de extinción de la relación laboral. De hecho, podría ser un despido lo que hace la empresa y no una extinción por periodo de prueba no superado. En caso de periodo de prueba, no tienes derecho a indemnización, pero si a finiquito, esto es, las vacaciones generadas y no disfrutadas. Por otro lado, si no tienes cotizado al menos un año en los últimos seis años después de agotar los dos años de paro no tendrás derecho a desempleo.
Buenas Alejandro, en periodo de prueba de un mes, me he tenido que dar de baja, suponiendo que me despiden. ¿Tendría derecho a Paro?
Si has cotizado lo suficiente si, y si anteriormente no existió una baja voluntaria y no han transcurrido más de tres meses.
Buenos dias,
Estoy trabajando y tengo un contrato indefinido con 6 meses de prueba,en éste caso,¿tendría que dar un preaviso de 15 días?entiendo que estando de prueba no tengo obligación a dar preaviso.
gracias de antemano.
Dentro del periodo de prueba no es necesario el preaviso para extinguir la relación laboral.
Hola ! Mi caso es muy complejo, he sufrido un accidente laboral y la empresa en la que llevaba 6 días trabajando ha rescindido el contrato de forma unilateral, por estar en periodo de prueba, me ha dicho que la mutua se hará cargo de mi seguimiento y de mi pago mientras este de baja, mi pregunta es, si además de darme de alta como demandante de empleo, tengo que pedir la prestación por desempleo me queda 1 año y un mes, si me paga la mutua el tiempo que este incapacitado por baja laboral , no debo o puedo pedir la prestación. Mi otra cuestión es cuando este apto para trabajar puedo entonces pedir la prestación, mi miedo es que si no pido la prestación dentro de plazo de los 15 días cuando este apto para trabajar no pueda solicitarla.
No puedes pedir la prestación mientras percibas por parte de la mutua la prestación derivada de la incapacidad temporal. no son compatibles.
Hola Alejandro! Una vez este apto para trabajar , puedo solicitar la prestación por desempleo. Es accidente laboral no me suma periodo de prestación. no?
Es decir si a día de hoy me queda 1 año de desempleo, cuando termine mi baja sigue quedandome 1 año no?
Sí podrás pedirlo, y no se te descontará nada al ser baja por accidente laboral.
Buenas , me cambie de trabajo por una condiciones mejores (solicite baja voluntaria) y al llegar al nuevo trabajo no me han respetado las mejoras y al comentarlo me han despedido sin superar el periodo de prueba que era de tres meses y solo he llegado a trabajar un mes.
¿Tendría derecho a prestación una vez se cumplan tres meses desde la baja voluntaria o he perdido el derecho?
¿A nivel legal se podría reclamar algo teniendo en cuenta que el contrato el genérico y no recoge las mejoras que no han cumplido?
Muchas gracias por su ayuda.
Un saludo.
No, no tienes derecho a desempleo ahora ni cuando pasen los tres meses. Para poder activarlo, tendrás que encontrar otro empleo. Podrás reclamar a la empresa aquellos acuerdos que hayáis alcanzado y no hayan cumplido. Quizás el problema sea acreditarlo.
Buenas Alejandro.
Si abandono yo una empresa estando eN periodo de prueba(similar a baja voluntaria) puedo reactivar mi prestacion por desempleo?
Gracias y un saludo
no
Buenos días tenía tenia una consulta. Estuve en un trabajo 3 años y media y me di de baja voluntaria el 5 de abril. Me incorpore a trabaja en otro el día 8 de abril y a día de hoy 3 de junio me ha despedido por no superar el periodo de prueba de 3 meses. Mi pregunta es. Me corresponde paró? No habiendo superado el periodo de prueba aún teniendo acumulado paro anterior? Espero respuesta gracias un saludo
No creo que te concedan el paro.
Hola!
Tengo un contrato de período de prueba de un año, el cual si supero paso a ser indefinida.
Mi caso es que he encontrado una formación muy interesante fuera de la comunidad donde trabajo y tengo pensado comentarle a mi jefe que una vez concluya mi contrato en septiembre de prueba, no me renueve… ya que si lo hace no podré realizarlo.
En este caso, tendría derecho a paro?
Gracias.
Entiendo que lo que tienes es un contrato indefinido de apoyo a emprendedores, con periodo de prueba de un año, no es posible no renovar ese contrato sino que se renueva automáticamente. Si es la empresa la que te indica que no has superado el periodo de prueba, puede que tengas derecho a paro, depende del tiempo cotizado anteriormente y la causa de extinción anterior.
Me han despedido antes del fin de periodo de prueba mi duda es los de la ett me han dicho que no tienen que darme finiquito ni indemnización, se que a indemnización no pero a finiquito tienen que darle no?
Sí, pero el finiquito puede ser cero. Es decir, el finiquito son la parte proporcional de las pagas extras y las vacaciones, si las tienes prorrateadas a lo mejor es cero el finiquito.
Hola, estoy trabajando para una ett con un contrato para seis meses y me han puesto periodo de prueba de 45 días. Hace menos de 12 meses he trabajado durante más de un año con varios contratos ininterrumpidos para la misma empresa y mismas funciones, aunque me han subido de categoría profesional. Mi pregunta es el período de prueba ya no tendría validez en mi nuevo contrato no? Los 45 días son hábiles o naturales? Gracias
Si son las mismas funciones, en mi opinión, el periodo de prueba es nulo.
Buenas tardes. He trabajado dos temporadas seguidas en un hotel de la misma empresa como eventual. Este año la misma empresa figura en mi nómina pero estoy en otro hotel. Me han hecho fija discontinua y ascendido pero sigo haciendo las mismas funciones. Era tercera subgobernanta y ahora soy subgobernanta. Dentro de poco hago los tres meses trabajando y creo que quieren sacarme fuera por no superar los 3 meses de prueba. En este caso es legal el periodo de prueba o sería nulo y por lo tanto despido improcedente?.
Si es en la misma empresa, en mi opinión, sería nulo y por tanto despido improcedente.
Hola, un familiar empezo a trabajar, el dia 6 de Mayo y el 8 Mayo le despiden ( 3 dias), y le dan a firmar carta de fin de contrato por no superar periodo de pueba. sin haber firmado ningun contrato antes, ni finiquito.
Estamos a dia 17 de mayo, y aun no se ha firmado el contrato, y tampoco nada de la liquidacion,
¿Es nulo el despido por no firmar el contrato?,¿ que tiempo tienen para la firma de contrato, y para el finiquito?.
El alta y la baja en SS, si se hizo,ya que llegaron los sms de la SS.
Gracias.
No, en el despido sería improcedente por lo que comentas, pero no nulo.
Buenas tardes, me gustaría saber si deben pagarme los días trabajados antes de irme de la empresa.
Mi situación es: me contrataron el 18/02/2019 con un contrato en prácticas y con un período de dos meses de prueba, el día 1/04/2019 comuniqué verbalmente a la responsable de RRHH que me iba de la empresa y me dijo que me esperara unos días a ver si podía hacer algo con mi situación para que no me fuera de la empresa. El día 3/04/2019 me dice que me espere dos días ya que aún no ha podido ver mi caso con los jefes y le dije que vale, que no hay problema. El día 4/04/2019 me entero que el día 5 la responsable de RRHH no estará en la empresa con lo cuál los dos días que me dijo que me esperara no se cumplirían ya que el viernes 5 no estaría en la empresa para darme una respuesta, con lo cuál el día 4 presento una carta en la que expongo mi intención de causar la baja motivada por la no superación del período de prueba siendo el día 4 mi último día.
Con esto explicado mi pregunta es, que no me han pagado los 4 días de abril que trabajé y la responsable de RRHH me expone que no se me van a pagar ya que tenía que preavisar con 30 días de antelación según la cuarta cláusula adicional del contrato, al estar en período de prueba es correcto lo que me ha dicho o me tendrían que pagar esos 4 días?
Muchas gracias. Un saludo
Te los tienen que pagar.
Hola, llevo 8 días en periodo de prueba sin contrato y sin alta en SS, el jueves es el último día de prueba, pero me da que hay algo raro porque siempre están metiendo personas nuevas. ¿Qué puedo hacer una vez terminado este ‘periodo de prueba’?
No existe periodo de prueba si no está recogido en el contrato de trabajo. Así que toca esperar a que te dice la empresa.
Hola, tengo un contrato en prácticas con un periodo de prueba de dos meses y al firmar el contrato ponía que para irse durante el periodo de prueba es necesario un preaviso de 15 días….es eso cierto?
No lo consideraría válido.
He trabajado un día en una empresa agrícola, no he llegado a firmar contrato alguno y la empresa ha prescindido de mí, noticia que me llega por los compañeros, pues la empresa no me ha dicho nada, solo que «no vaya mañana» en el grupo de WhatsApp que usan los trabajadores. Al no haber comunicado de la empresa de extinción de contrato ¿Debo de considerarme despedida? ¿No es abuso, por parte de la empresa, el dejarme a la espectativa en espera a que me llamen ya que no ha habido un despido explícito? ¿Qué ocurre con ese contrato no firmado por mí?
No pasa nada por no firmar el contrato. Ahora bien, esa comunicación no es válida y será un despido improcedente. La cuestión es que, por un día de trabajo la indemnización será mínima, salvo que exista causa de nulidad del despido.
Buenas tardes. Os cuento mi caso. Tenía un contrato de 6 meses en el que figuraba un periodo de prueba de la misma duración del contrato (180 dias). El caso es que por mi convenio el periodo máximo de prueba son 2 meses. Al llegar al 3 mes y medio me despiden en el mismo día. Ayer firmé el despido y creo que es un despido improcedente aunque el representante de los trabajadores ( el hijo de la jefa) mantiene que no es así que sigo en prueba. Mi error fue firmar y no poner no conforme. No se como van estas cosas y el en todo momento me coacciono a firmar. Es decir esa clausula de mi contrato es falsa. No se si puedo hacer algo.
Gracias
Si supera el tiempo de duración indicado en el convenio, la extinción producida no es correcta, y puedes demandar por despido improcedente/nulo. No te preocupes por no haber firmado como no conforme, no es relevante, y puedes conseguir la indemnización por despido improcedente.
Muchas gracias, haré la reclamación pertinente.
Os comunico también que a dia de Hoy, al revisar los pagos de cada parte de la liquidación, me falta dinero de la paga extra. Imagino puedo reclamar ambas 2, no sales de una y te metes en otra.
Puede ser un error en la nómina o hecho intencionadamente, yo no me fío ya de nadie
Si, presenta dos papeletas, una de impugnación de despido y otra de reclamación de cantidad.
Hola buenas tengo un contracto de prueba de 12 meses ..1 junio 2018 ..es decir ya esta proximo avencer ..me emfermo por infeccion intestinal y ahora mi jefe quiere q yo le firme la baja voluntario ..quiero saber si el me despide tengo derecho a finiquito o igual q el espere q me contracto se vensa y lo renueve ..tambn tengo derecho a finiquito ..
Siempre se tiene derecho a finiquito, el derecho a indemnización depende de la causa de extinción, pero no se tiene derecho si es baja voluntaria. Nunca firmes una baja voluntaria si no te quieres ir.
Hola. Quería aclarar una duda de mi caso. El dia 14 de Abril empezé a trabajar en un Restaurante; firmé un contrato en el que ponía que tenía un mes de prueba y una cláusula adicional de que tenías que dar un preaviso de 15 días si querías extinguir la relación laboral, si no serían descontados los días proporcionales en los que no has avisado. El día 1 de abril pedí mi baja laboral para el 7 de abril constando en el papel el día 7 pero no puse que estaba en periodo de prueba. Luego cuando me informé le pedí a la responsable si me podía firmar un papel conforme había avisado que mi baja voluntaria se produciría el día 7 estando aun en período de prueba pero no me lo quiso firmar. Cuando fui a buscar el finiquito no me pagaron esos 7 días en los que trabajé y puse no conforme, además de las 8 horas adicionales que hacíamos todos los trabajadores allí sin cobrarlas. Puedo solicitar ayuda judicial aunque en el papel no pusiera que estaba en período de prueba?
Gracias!
Sí, yo lo reclamaría.
Buenos días, hace unos días la empresa para la que trabajaba me dio razones ambiguas para decir que ya no querían contar conmigo. Llevaba desde el 28 de marzo con ellos, hoy me acerqué a las oficinas del SEPE a ver cómo procedía mi ayuda por desempleo y me dijeron que no tenía paro porque la causa era de que no había superado el período de prueba y como dejé mi trabajo anterior por baja voluntaria para entrar a este (grave error) no había pasado ni 20 días entre mi baja voluntaria y este despedido. Nunca vi ni firmé un contrato, me dieron de alta si, pero nunca leí un contrato como tal en los que se especificaran términos y condiciones.
¿Puedo recibir alguna ayuda del estado? Puedo proceder de alguna manera?
Si no firmaste contrato, demanda por despido improcedente, ya que no te pueden indicar un periodo de prueba si no se ha establecido en un contrato.
Hola, llevo desde el día 12 de marzo 2019 trabajando en una empresa y el sábado 30 de marzo he tenido un accidente de trafico. Hoy e ido ami medico y me a dado la baja. Tengo contrato hasta el 16 de Abril. Mi pregunta es me puede despedir mi empresa y si tengo derecho al paro, la anterior empresa me despidió improcedente.
Gracias y un Saludo.
Siempre se puede despedir si existe causa para ello, aunque la causa no puede ser el hecho del accidente. Tienes derecho a paro, si tienes cotizado más de 360 días en los últimos seis años.
Hola! Trabajo en una empresa de limpieza con convenio propio desde hace 8 meses. La empresa en cuestión tiene más de cien trabajadores, pero en su convenio les han permitido un período de prueba de un año. En el convenio pone que si solicito la baja voluntaria debo avisar con 30 días de antelación o se descontarán los días trabajados. Esto es legal? Es más, es legal que una empresa de más de 50 trabajadores, que lleva en funcionamiento unos 30 años pueda hacer contratos indefinidos con un año de prueba? Gracias!
Ese periodo de prueba supongo que vendrá por el contrato de apoyo a emprendedores. y no se puede realizar si la empresa tiene más de 50 trabajadores. Por lo tanto, no es legal establecer por convenio un periodo de prueba de un año. Ahora bien, si que es legal que en caso de baja voluntaria el preaviso necesario se establezca en el convenio colectivo.
Hola llevo trabajando en la empresa 7 años en Mayo del año pasado me ascendiero de categoria, firmr un periodo de prueba de 6 meses, el 16 de Octubre me dieron de baja x enfermedad comun y he vuelto hace una semana. mi pregunta es si el periodo de prueba se paro cuando me dieron de baja o siguio su curso.La empresa no me comunico nada, ni ahora cuando he vuelto.Gracias
Depende de lo que se acordara, si no se acuerda nada no se paraliza el periodo de prueba, de todos modos, no considero procedente ese periodo de prueba.
Hola queria informarme porque me deje mi antiguo trabajo para empezar en otro y resulta que me han despedido empeze el dia 4 de marzo y me dieron de baja el dia 11 sin yo haber firmado nada y me mandaron por whassap el certificado de empresa y la nomina con los dias trabajados y bueno la hoja del finiquito que era el dinero de los dias correspondientes y bueno al ir a apuntarme al paro y ver si podia solicitar el paro ya que supero el año cotizado me dicen que no se puede porque mi anterior trabajo me lo deje de forma voluntaria y que en este habia estado muy poco tiempo y estaba dentro del periodo de prueba pero yo no he firmado ningun contrato solo las 3 hojas que me dieron el certificado de empresa junto con la nomina y el finiquito y nada mas y sin haber hecho nada me despiden, por eso queria informarme si eso es legal.
Muchas gracias, un saludo
Si te han indicado un periodo de prueba no es legal, tendrás que demandar por despido improcedente si no has firmado de contrato trabajo. Cuestión diferente es que finalmente te den la prestación por desempleo.
Hola buenos dias te queria pedir ayuda, aver donde tengo que demandar porque como nunca lo he hecho estoy un poco perdida.
Muchad gracias, un saludo.
En este artículo tienes toda la información.
Buenas, me fui ayer del trabajo sin preaviso porque estaba con el periodo de prueba. En mi carta de baja voluntaria no puse nada de no superado el período de prueba. Aun así yo a la jefa se lo comenté y me dijo que aun estando en periodo de prueba tendría que haber avisado. En principio no me van a quitar dinero porque ella me lo dijo pero, al no ponerlo por escrito, yo no podría demandar si me quitan el dinero o sí? Insito que en el contrato tenia un año de prueba. Tendría que haber avisado? O yo estoy en lo cierto y es sin preaviso?
El periodo de prueba es sin preaviso, pero es conveniente indicar un periodo de prueba no superado.
Hola:
He empezado el pasado dia 1 de marzo a trabajar en una empresa que me ha hecho un contrato de prueba de 2 meses, cuando yo en verano trabaje 2 semanas y luego otra semana mas en funciones similares, eso es correcto o es nulo dicho contrato??
Sería nulo la cláusula del periodo de prueba, pero no el contrato en si, que persistiría.
Buenas tardes,
El día 01/03 empecé a trabajar en un hotel como recepcionista. Firmé un contrato temporal de 6 meses con un periodo de prueba según convenio. A día 07/03 hablo con el director del hotel para avisar que no quiero continuar por no superación del periodo de prueba. El director me pide que continúe trabajando hasta el día 17/03. Esto es correcto? Si está dentro del periodo de prueba, verdaderamente tengo que seguir hasta el día 17?
No, no tienes obligación de continuar en tu puesto de trabajo.
¡Buenas!
Una duda:
Hace una semana firmé mi contrato laboral de 3 meses con un comienzo de 15 días de periodo de prueba. Hoy he dado mi baja voluntaria sin antelación, ya que tengo entendido que no es necesario antelación en el periodo de prueba por parte del empleado o de la empresa. ¿Me correspondería el 100% de las horas que he trabajado o se me penalizaría de alguna manera? He trabajado 18 horas en esta semana y me han ingresado únicamente 33€.
Muchas gracias y un saludo.
Dentro del periodo de prueba recogido en el contrato de trabajo, no se requiere preaviso, por lo que no te pueden penalizar. Entiendo que has dado de baja indicando un PERIODO DE PRUEBA no superado.
Buenas, lo primero pedir disculpas a Alejandro, por hablar desde su comentario, pero no soy capaz de publicar mi propia duda, y tiene bastante que ver con la suya.
Comencé a trabajar y firmé contrato con una empresa el 4/02/19, y el día 11 del mismo mes les comuniqué, verbalmente y por escrito mi cese voluntario, encontrándome en periodo de prueba. Y a fecha de hoy siguen sin pagarme esos 8 días, habiéndoles preguntado un par de veces desde entonces, y ya ni me contestan. Qué podría hacer??
Tendrás que demandar ante los tribunales de lo social si no te lo pagan de manera voluntaria. Aquí te explico como.
Hola, tengo una duda…
Vivo en Palma de Mallorca y entre a trabajar en comercio textil, estuve tres dias ya que no me gustó (estando en periodo de prueba de 1 mes) ahora viene mi duda, al haberme ido como baja voluntaria, tendría opción de paro? Muchas gracias!
No, no tienes derecho a paro.
Hola, cobrando mi prestacion por desempleo me han echo un contrato que me dijeron que seria de un mes y si pasaba la prueba pasaria a ser indefinido. Digo sería de un mes porque me han dado de alta en la Seguridad Social pero de momento no he firmado contrato alguno.
Sólo llevo una semana pero no quiero seguir porque el trabajo me crea mucha ansiedad. Mi pregunta es si cuando se lo comunique a la empresa, ésta se podría negar a despedirme y llegar a obligarme a una baja voluntaria, porque de ser asi perdería mi prestación que dejé parada para trabajar. Y una segunda pregunta si me doy de baja voluntaria necesitaría volver a conseguir un nuevo contrato para volver a solicitar mi prestación que le recuerdo tengo parada por el trabajo, de cuanto tiempo tendría que ser el nuevo contrato para poder volver a solicitar mi prestació.
Gracias.
La empresa no está obligada a despedirte si eres tu el que no quieres comunicar. En ese caso sería una baja voluntaria. Tendrías que encontrar otro empleo. La legislación no especifica nada al respecto de la duración del contrato, pero si es por un periodo de prueba no superado por la empresa, tendrá que pasar como mínimo tres meses entre el periodo de prueba no superado y la baja voluntaria para que tengas derecho a desempleo.
Hola Alejandro te escribo por aquí por que no encuentro la manera de escribirte.
Sólo exponerse mi duda
Hace 17 días que entre a trabajar en un salón de juegos y firme un contrato de 3 meses . Me a salido otro trabajo mejor pero no se si presentando mi baja voluntaria, me pondrían pega para cobrar esos 17 días gracias un saludo
Si estás dentro del periodo de prueba incluido en el contrato de trabajo, no es necesario preaviso, en caso contrario, sí, lo que indique el convenio colectivo. Y en caso de incumplirlo, podrán descontarte del salario generado.
Buenas tardes. Según mi convenio colectivo ( COMERCIO ALIMENTACION) mi contrato tiene un periodo de prueba de 12 meses.¿Tengo derecho a cobrar el finiquito, si me voy sin previo aviso? Que debería cobrar exactamente. Muchas Gracias
Los 12 mese serán según el contrato de apoyo a emprendedores, pero el convenio no puede establecer una duración de un convenio tan elevado. Siempre se tiene derecho a finiquito, aunque no a indemnización. Lo explico en esta entrada más en profundidad sobre que conceptos te deberían incluir.
Hola!
Tengo un contrato como fisioterapeuta en un centro para cubrir una baja maternal de 3 meses desde el dia 7/01 con un periodo de prueba de 1 mes. Hoy 7/02 me comunican que no he superado el periodo de prueba y que me finiquitan el contrato.
Aunque no en esta misma empresa yo ya habia hecho dos sustituciones de casi 3 meses en la misma categoria profesional y finalizandolos a su caducidad.
Pueden despedirme por este motivo si yo ya supere el periodo de prueba en las anteriores empresas? Del 7/01 al 7/02 no se ha superado ya el periodo en 1 dia? Si ademas me alega que es por motivos economicos y no por mi trabajo (me hace una carta de recomendacion diciendo lo bien que trabajo) puedo hacer legalmente alguna cosa? Gracias
Pueden extinguir por esa causa aunque hayas trabajado en otras empresas con la misma categoría, pero no pueden hacerlo por que has superado el periodo de prueba por un día. Tendrás que demandar por despido improcedente.
Gracias por tu respuesta Alejandro. Te importaria indicarme los pasos a seguir para realizar esta demanda, que implica y como debo hacerlo? Muchas gracias
Explico como demandar a la empresa en esta guía.
Buenas tardes,
He terminado en el trabajo la semana pasada por la no superación del periodo de prueba. Hasta ahí bien.
Mi jefe hablo conmigo de extinguirme el contrato y dentro de una semana volverme a contratar porque el hotel subía 1600 clientes y si tenia opción de poder contratar. Para mi sorpresa me comento que lo haría pero entraría con una categoria superior a la que tenía porque según el no me puede contratar de la misma categoría porque según me comentaba él, no me podia contratar de la misma categoría, pero tal y como leo por aquí si puede pero sin tener periodo de prueba. El problema es que estoy leyendo por internet cosas de todo tipo y resulta que me han avisado de que empezaré la semana que viene. Y sinceramente para volver a entrar de la misma categoría prefiero quedarme con el paro. Y necesitaría saber si esto que me ha comentado el es así o era simplemente algo que me ha dicho para que no me queje de haberme despedido en periodo de prueba. Podría resolverme esta duda por favor..
No hay ningún problema en contratarte con la categoría anterior, de hecho la categoría es la que es, según las funciones que realiza, y no se puede escoger.
Gracias por contestar.
Entiendo que no habría problema de volverme a contratar. Estaría hablando en el sector de hostelería, es decir tal y como me comentaba mi jefe. No me podría contratar de ayudante de camarera sino de camarera al no haber superado el periodo de prueba. ¿Es una mentira como una casa no? ¿Entonces si el contrato se iniciase de nuevo, podría ser de ayudante de camarera pero sin periodo de prueba por lo que entiendo?
Efectivamente.
Buenos días; trabajo de conductor para una empresa de transporte desde el 12 de Enero 2019. Tengo un contrato indefinido con dos meses de prueba y me gustaría saber si tengo la obligación de dar un preaviso de 15 días porque deseo cambiar de empleo. En el contrato no figura ninguna cláusula en cuanto a la obligación de dar un preaviso. Muchas gracias
Si estás dentro del periodo de prueba indicado en el contrato de trabajo no es necesario preaviso.
Muchísimas; si, estoy dentro del periodo de prueba. Un saludo
Disculpa Alejandro; en el contrato sí viene mencionado que se deben dar 15 días de preaviso; ¿ aún asi es válido irse sin preaviso estando en periodo de prueba ? gracias
En mi opinión, si estás dentro del periodo de prueba recogido en el contrato de trabajo, no es necesario preaviso.
Yo estoy en periodo de prueba, estoy asegurado la jornada completa pero me obligan a trabajar dos horas más todos los días y no las cotizan ni pagan, solo un plus. Como puedo hacer para dejar la empresa y poder cobrar el paro? Ya que no están pagando las horas que hago de más como es debido y me obligan a estar más horas de las que pone mi contrato
Salvo que acuerdes con la empresa, en principio, no hay forma. Lo que debes reclamar es las horas extraordinarias que realizas.
Buenas, si estoy en periodo de prueba de 12 meses y llegado el momento quiero irme de la empresa, pero sin renunciar al paro.
Por ejemplo, si falto al trabajo para provocar mi despido. Seguiría teniendo derecho a paro mediante cese del periodo de prueba a instancia del empresario? O existe en periodo de prueba el despido procedente?, quedándome sin paro.
Un saludo.
Si el empresario indica un periodo de prueba no superado, tendrás derecho a paro en función de cual haya sido la causa de extinción del anterior contrato y cuanto tiempo haya transcurrido. No tendrás derecho a paro si ha pasado menos de tres meses y la anterior extinción fue una baja voluntaria.
Gracias Alejandro.
Pero me gustaría saber si estando en periodo de prueba, él puede indicar otra causa diferente a periodo de prueba no superado, en la cual no tengo derecho a paro.
Cualquier extinción realizada por el empresario te da derecho a prestación por desempleo, otra cosa es que el trabajador cumpla los requisitos para ello, pero en ese caso, cumpla del empresario no será.
Buenos días, quisiera explicar mi caso.
El viernes 18/01/2019 me llamaron de una residencia de la tercera edad para trabajar como gerocultora, me explicaron muy poco del contrato y no mencionaron si tenía período de prueba. Leyendo el contrato observé qué tenía período de prueba “según el convenio colectivo de la categoría contratada” (Grupo C). El sábado 19/01/2019 empecé a trabajar y durante la jornada, antes de acabarla, no me gustaron las condiciones laborales, así como el tipo de responsabilidad, puesto que durante mi turno no hay Enfermería y si llegara a pasar algo la situación repercutiría sobre mi, como responsable. Ese mismo día antes de terminar la jornada, hablé con la responsable del turno para renunciar, ya que no quería seguir estando ahí. No aceptó y me tuvo retenida de manera ilegal en el centro. No me dejó salir, ya que según ella, yo estaba bajo su responsabilidad, ya había firmado un contrato y tenía que terminar de trabajar por lo menos ese día y por mucho que alguien viniera a buscarme, ella no me dejaría salir. Insistí en querer irme y no aceptó. Resulta que la residencia, durante la noche, que es el turno en el cual tenía que trabajar, las puertas se cierran y las llaves las tenía ella. Intentando expresar mi voluntad empezó a gritarme y de mala manera me dijo que recogiera mis cosas y me largara de una vez. Aún así no me dejó salir. Pedí hablar con la jefa del centro, la cual al principio ella se negó en darme su número de teléfono, pero finalmente aceptó. Después de hablar con ella, la jefa habló con la responsable del turno y acto seguido me dejó salir. Quisiera saber si este hecho es denunciable y si durante el período de prueba podría desistimar del puesto laboral en cualquier momento. Muchas gracias.
Sí, en cualquier momento, sin necesidad de preaviso. Nadie te puede retener en un centro de trabajo. Si lo considero sancionable el comportamiento de la empresa y de la trabajadora en particular.
¿Quieres decir que una persona en periodo de prueba decide irse y no tiene por qué avisar con los 15 días de antelación entonces?
Exactamente, debe notificar a la empresa indicando que extingue la relación laboral por un periodo de prueba no superado. Es como una baja voluntaria, ya que no tienes derecho a desempleo ni indemnización.
Buenas, mi caso que he empezado a trabajar en una agencia inmobiliaria, el 11 de diciembre 2018, y en mi contrato no se refleja ningún periodo de prueba, tampoco cumplía con lo acordado, ya que se han cambiado varios aspectos en comparación con la información dada antes de empezar. uno de estos aspectos, que el contrato era de sustitución por baja de maternidad. al no estar contenta, y me salud ha sido afectada, he buscado otro trabajo, y el día 18 de enero,y mandado un correo, por una baja voluntaria dando los 15 de preaviso, hasta el 1 de febrero, estando me en baja medica por una semana desde el jueves 17 al 24 de enero .
el día siguiente me informan que he sido despedida, por periodo de prueba no superado.
Me gustaría tener una opinión jurídica en esta situación. si empresario esta obligado a compensarme los 15 días del preaviso, y lo que me corresponde de liquidación. también tengo la duda de cuando tengo que gestionar todo ya que esto de baja medica y me encuentro bien.
Habría que mirar si la incapacidad temporal, paraliza el periodo de prueba, pero en principio es válido el comportamiento de la empresa y no tienen que compensar con preaviso ya que no es necesario. Por otro lado, de liquidación te corresponde vacaciones y parte proporcional de las pagas extras, así como los días de trabajo.
Buenos dias Alejandro, mi caso creo que es atipico pero bueno, empiezo a trabajar el dia 7 de enero en un taller el cual necesita de grandes dosis organizativas y de gestión controlada amén de optimizar la productividad, mi misión aparte de lo comentado también es de asesorar a los clientes y favorecer las ventas, ya que tengo una experiencia de unos 20 años
en servicios oficiales, bueno empiezo por organizar un cambio en el sistema informatico, así como crear protocolos de acción para gestionar las citas y optmizar recursos, la sorpresa es que el gestor de la empresa dice que estamos en perdidas acumuladas y no es plausible realizar mi contratación ni realizar el canvio en el sistema informatico, con lo cual
finalizo el periodo de prueba el 16 de enero, el caso es que me molesta tener que alegar periodo de prueba no superado, por que si alegamos baja voluntaria no me corresponde paro, no hay mas tipos de cese de periodo de prueba?
Entiendo que es la empresa el que realiza el periodo de prueba no superado, en ese caso sí que te corresponde paro, salvo que haya antes una baja voluntaria y no hayan transcurrido más de tres meses.
Buenas tardes tenía periodo de prueba de un año…. Comunique mi baja voluntaria con un preaviso de 8 días aunque no tenía obligación a comunicarlo … Al realizar la liquidación me han descontado 7 días de preaviso porque según ellos el día que causo baja ya no estoy en periodo de prueba y aunque en el preaviso aún no había acabado el año de prueba el día que efectivamente me voy si. Es correcto así?
Muchas gracias
Es un caso dudoso que tendría que ver si existe jurisprudencia. Si fueras la empresa, te diría que si que tendrías que preavisar, por que lo importante es la fecha de efectos de la medida y no cuando se comunica.
Muchas gracias…
Buenos días. Yo empecé a trabajar en una agencia inmobiliaria el 3 de Diciembre de 2018, con 15 días de prueba estipulados en el contrato. El último día de prueba causé baja voluntaria, comunicándolo a la directora. Me dijeron que me llamarían para el finiquito pero a día de hoy, 3 de Enero de 2019, ni me han pagado los días trabajados ni me han llamado para nada. ¿Cuánto tiempo tienen para pagármelo? ¿Cuánto tiempo he de esperar a que me lo comuniquen? Gracias.
Ya deberían de habértelo pagado, llama a la empresa y en caso contrario demanda.
Hola Alejandro no me deja contextarte a tu correo , me acaba de llamar la encargada y me dice que tengo un mes de prueba , que lo pone en el contrato pero yo no tengo ese contrato no me dieron la copia me dijo que escribiera una carta de baja voluntaria y tampoco tengo mucha idea de como se hace si debo mencionar que no tengo copia del contrato ni de cuales son mis derechos que a mi nadie me dijo nada. Me dijo q si hoy no acudia que lo pusiera en la carta que iba hablar con recursos humanos entonces nose que debo hacer, porque ni la empresa sabe.
Si estás dentro del periodo de prueba no es necesario el preaviso. notifica a la empresa tu intención de abandonar la empresa. Aquí tienes un modelo.
Hola! Tengo una duda el 17 de Diciembre empeze en una empresa , en la cual no estoy nada contenta el contrato es de 3 meses y no tengo copia de dicho contrato ni nada( no se si me puedo ir asi de rositas , o como son los 15 dias de prueba es valido) mi duda es, yo el dia 31 avise a la encargada puedo desde ya no ir a trabajar o tengo que hacerles algun día . Es que como trabajo en otro lado nose . Gracias
Habría que saber si tienes o no periodo de prueba, si no lo tienes tendrás que avisar con lo que indique el convenio colectivo.
Hola,buenos días.
Tengo una consulta que hacerles. Yo llevaba trabajando 7 años en una empresa, y me hicieron una oferta desde otra empresa y para trabajar con ellos y la acepté, presentando la baja voluntaria el 4 de Diciembre en la empresa en la que trabajaba.
En la nueva empresa empece a trabajar el día 5 de Diciembre pero el día 20 me han comunicado el despido por no superar el periodo de prueba. He estado 16 días con ellos únicamente.
He leído que después de una baja voluntaria, es necesario esperar 3 meses (y cumpliéndose el hecho de que te despidan o cancelen tu contrato por no superar el periodo de prueba) para poder solicitar la prestación por desempleo.
Mi pregunta es si necesito encontrar otro trabajo hasta el 5 de Marzo que se cumplirían los 3 meses desde la baja y esperar a que se dé el caso de que me despidan o no supere el periodo de prueba, o simplemente con esperar al 5 de Marzo ya podría pedir la prestación ya que el motivo de la extinción de mi contrato actual es por voluntad de la empresa y totalmente ajeno a mi decisión.
Es decir, ¿tengo que encontrar otro trabajo y perderlo por causa ajena a mí después del 5 de Marzo o no es necesario y simplemente tengo que esperar a esa fecha para solicitar la prestación al ya haber perdido este último trabajo por causa ajena a mi?.
Gracias.
Un saludo.
Tienes que encontrar otro trabajo, aunque pasen tres meses ahora no tienes derecho a prestación por desempleo. Es decir, no tendrás derecho a desempleo el 5 de marzo.
Buenos días, me contrato una empresa por un periodo de prueba de 2 meses, a los 10 días me comunica que no he pasado el periodo de prueba, firmo mi despido y me marcho. Aunque no puse cuando firme el despido que no estaba conforme, tengo derecho a reclamarle el resto de días hasta los 2 meses del contrato firmado. No estoy de acuerdo con las alegaciones que me indicaron. Gracias
No, sólo puedes reclamarle el tiempo trabajado, y si no estás conforme impugnar el despido, pero no reclamar los salarios hasta los dos meses.
He comenzado a trabajar en una empresa y después de casi un mes todavía no he firmado el contrato ni la nómina del mes anterior . Sé que estoy dada de alta porque me ha llegado la notificación de la Seguridad Social mi pregunta es, quiero dejar de trabajar allí porque las condiciones y el puesto de trabajo no se adecua a lo que yo esperaba. Supongo que tendré un periodo de prueba en un mes ¿ SI yo me voy durante ese mes de prueba, tengo derecho luego a cobrar el paro?
No existe periodo de prueba si no hay un contrato escrito, así que no tienes periodo de prueba. Por otro lado, aunque lo tuvieras, si te vas durante el periodo de prueba, es lo mismo que una baja voluntaria. No tienes derecho a paro.
Buenas
Llevaba trabajando a tiempo completo en mi anterior empresa dos años y decidí de manera voluntaria marcharme para cambiar de trabajo.
En periodo de prueba y no habiendo pasado 3 meses desde la renuncia en mi empresa anterior sufro un accidente grave y hospitalizado me mandan un burofax a casa con el no supera.
Entiendo que no me corresponde paro pero se encargaría la seguridad social de abonarme el sueldo hasta mi alta? Ya que estoy incapacitado de manera temporal para trabajar.
Un saludo
Si han pasado más de tres meses desde la fecha del periodo de prueba y el de la baja voluntaria si que tendrías derecho a prestación, de todos modos, como indicas, mientras estés de baja te pagará la mutua
No hace ni un mes desde la renuncia por lo que no tengo derecho a paro.
Con respecto a la mutua, habiendo finalizado ya relación laboral me siguen pagando hasta mi alta?
Saludos
Sí
Hola. Durante el pedriodo de prueba decidi de extinguir la relacion labora. Entregue la ropa y la empresa no quiere abonarme el dia trabajado. Que debo de hacer??
Tendrás que reclamarlo judicialmente.
Hola, si al finalizar el período de pueba de 6 meses, yo decido no seguir en la empresa, tengo derecho a cobrar el paro?
Sería como en el caso de finalización de un contrato temporal?
Gracias
No, no se tiene.
Hola buenos días, después de mucho pelear he podido pedir mi baja en el periodo de prueba porque no tenía mi contrato firmado pero si mi alta de la seguridad social. Cuánto tiempo tardarían en abonar mi abono de haberes y de darme de baja en la seguridad social como maximo? Gracias
La baja en la seguridad social suele ser automática por parte de la empresa, no suele demorar más uno o dos días. Por otro lado, hay veces que el convenio obliga a pagar a la empresa en el momento de la baja, si no lo hace así, no debería demorarse más allá del mismo día que si te pagasen la nómina del mes siguiente.
Hola,
Si tengo un trabajador al cual le haré un período de prueba no superado en fecha 6/11 para enteegarlo en plazo pero comunicó varios absentismos a SS porque no se ha presentado a trabajar pero no quiere comunicar baja voluntaria ¿seguirá cobrando de igual manera el desempleo?
Si es un periodo de prueba no superado indicado por la empresa, depende de la extinción de la relación laboral anterior y de cuanto ha transcurrido.
Hola, mi hijo fue contratado de forma temporal, con un periodo de prueba de dos meses, le notificaron que como terminaba la temporada alta (turismo) no le renovarían el contrato.
En consecuencia el busco otro trabajo pero debía comenzar de inmediato. En la empresa a la que renuncio le descontaron 15 días de salario porque no trabajo el preaviso, esto es legal, es correcto?
Saludos
Si estaba dentro del periodo de prueba, no se puede descontar nada. Ahora bien, lo correcto en ese caso es indicar un periodo de prueba no superado.
Buenas tardes.
Tengo una duda y es que he firmado un contrato y estoy en periodo de prueba un mes y me ha salido una entrevista. En el caso que me interese el otro trabajo, ¿pierdo el paro acumulado por cambio de trabajo sin preaviso?
No se pierde lo ya cotizado, pero tras una baja voluntaria no estás en disposición de solicitar el desempleo, pero se tendrá en cuenta para una futura prestación en caso de despido.
¿O sea que en ese momento de baja voluntaria no me pertenece paro pero si en próximos trabajos me despiden, si que me correspondería según lo cotizado?
efectivamente.
Buenas tardes, empecé en septiembre en un trabajo, tengo un periodo de prueba de 3 meses.
Me acaban de ofrecer otro puesto con mejores condiciones y de lo mío, es necesario que dé el preaviso de los 15 días?
Por otro lado en el contrato hay una cláusula respecto al preaviso, en el perido de prueba también hay que respetarlo?
Gracias
Durante el periodo de prueba no se requiere preaviso.
Hola Buenas, pues mi caso es el siguiente, tenia un contrato en una empresa de final de obra y servicio, tenia desempleo arreglado de 15 dias, ahora el 1/10/2018 me llamaron una empresa para trabajar, pero estoy de periodo de prueba de 15 dias, el desempleo he tenido que paralizarlo, mi pregunta es si estos dias trabajados tiene la empresa obligacion de pagarme, muchas gracias por la atencion
Un saludo
Si, aunque estes en periodo de prueba son días que se debe de pagar el salario.
Muchas gracias por tu respuesta Alejandro, pues tengo una duda mas, cuando Ami me llamaron esta empresa solo le dire mi Dni y mi S.S, me inscribieron en S.S porque yo mismo fui, pero no me dijeron en ningun momento mid dAtos bancarios, Como otras empresas que si me lo han pedido, tengo miedo de que no me paguen estos dias, ya que tengo obligsciones que pagar y ya no cobro este mes el desempleo, Como normalmente te pagan estas horas? Percibes LA misma csntidad que otro trabajador de LA misma empresA sun no sabiendp exactAmente el puesto? Tambien tengo que decor que el contrato fue verbal, no firms ningun papel, a que me puedo ceñir si no me pagan?
Da igual que no hayas firmado un contrato, el verbal también es válido. Te tienen que pagar según convenio.
Buenas Alejandro muchas gracias por tu respuesta aver, pues te sigo explicando, mi trabajo era logistico en una empresa, ahora me llamo esta empresa y es de almacen, albaranes, papeleo y todo eso, y coger el torillo, es decir ahora estoy teniendo formacion para la empresa al puesto que esta vacante, pero al no tener conocimiento del puesto de trabajo estoy de formacion, es decir lo que me dijeron que me darian de alta 15 dias, para haber como voy, si sigo bien me harian otros 15 dias, y si le gusto al definitvo al empresario, pues me haria un contrato de obra y servicio, pero claro yo he parado mi prestacion de desempleo, y este mes nose si lo cobrare ya que estoy de prueba (formacion) yo no he firmado ningun papel donde ponga que tengo contrato de 15 dias con tal empresa, y en realidad a la hora de llamarme me dijeron que empezase el dia 1 de este mes y solo me pidieron el dni y la S.S pero en ningun momento me pidio ningun dato bancario, tengo miedo ya que tengo obligaciones que pagar cada mes y opte dejar el desempleo y irme con esta empresa, Muchas gracias de nuevo de antemano
Si estás trabajando, te tienen que pagar, da igual que lo llamen de formación o de prueba.
Buenas. Mi situación es la siguiente. He trabajado durante un año en una empresa y me despidieron por fin de contrato con fecha 31-07-18. El día 06-09-18 me contratan en otra empresa durante una semana con fecha de fin 13-09-18. Y ahora entro en una nueva empresa el día 19-09-18 con un periodo de prueba de una semana. Me han dado de alta en la seguridad social pero no he firmado ningún contrato de prueba, nada de nada. Ha sido todo verbal. La empresa no era lo que yo imaginaba , si decido irme de la empresa durante el período de prueba, tengo derecho a prestacion por desempleo? Mi duda surge porque me han dado de alta pero no he firmado nada ni he visto ningún documento y además me dijeron que el periodo de prueba no me lo pagarían. Gracias de antemano.
Si te han dado alta es indiferente que no hayas firmad un contrato, el contrato verbal es válido si te vas de manera voluntaria, ya sea mediante baja voluntaria o indicado un periodo de prueba (que en realidad no existe ya que debería de estar firmad en un contrato por escrito) no tendrás derecho a desempleo.
Hola Alejandro, trabaje hasta ayer en una empresa donde el contrato era de un año de prueba por amapararse en la ley para emprendedores y a 6 días de la culminación de mi periodo de prueba (siendo la encargada) se me ha echado por no superar el mismo, según lo que he leído en esta página es considerado un despido fraudulento. Mis preguntas: estoy en lo cierto segun lo leído? Es un caso demandable? A qué órgano público debería acudir en estos casos o como proceder? Influye el haber firmado el motivo de mi despido si tuviese algún derecho a demandar?
Existe alguna sentencia que en casos similares ha considerado el despido como improcedente, pero en principio el comportamiento de la empresa se ajusta a derecho. demanda en un plazo de 20 días hábiles para conseguir una indemnización o ser readmitido en tu puesto de trabajo.
Hola,
Si logro superar el periodo de prueba lógicamente me lo comunicará mi superior jerárquico, ¿pero puede la empresa comunicarlo a todos los empleados de la compañía sin consultarme antes, vulnera la privacidad del contrato empresa-trabajador?
Gracias
Es una cuestión que no se suele comunicar.
Hola. Empecé a trabajar en una empresa el 3 de Septiembre de 2.018, y me hechan el día 7 del mismo mes. El contrato de trabajo establece un periodo de prueba de un mes. ¿es legal me hechan con solo 5 días de pruebas, poniendo el contrato de 30 días de pruebas? Era un contrato temporal de 3 meses con periodo pruebas 30 días.
Un saludo.
Sí, no es necesario agotar el periodo de prueba.
Ok. Yo me marché voluntariamente de mi empleo anterior, con fecha 31 de Agosto 2.018, para empezar a trabajar en este último trabajo despedido en periodo de prueba.
Entiendo que mi prestación contributiva por desempleo, tengo 2 años de paro cobrando, no la cobraría hasta pasado 3 meses no? O sea en Diciembre.
No, no tienes derecho a la prestación por desempleo ahora ni cuando transcurran tres meses. Tendrás que encontrar un nuevo empleo para ello y que no finalice por una baja voluntaria o un periodo de prueba no superado.
No lo entiendo del todo. El contrato es temporal de 3 meses, con periodo de prueba de 1 mes. Me despiden, al quinto día. ¿ No tengo derecho a mi paro acumulado? Es que veo supuestos de contratos temporales, y periodos de pruebas.
Si no ha pasado más de tres meses desde la fecha de baja voluntaria hasta el periodo de prueba no superado no se tiene derecho a desempleo. Artículo 267, 1º 7 de la Ley General de la Seguridad Social.
En el SEPE me han dicho, que examinarán mi caso, en la cita que tengo con ellos este próximo viernes. No está totalmente descartado me ofrezcan mis dos años de paro. En cualquier caso es indignante. Yo solicité mi baja voluntaria al encontrar un trabajo a jornada completa, mi anterior era media jornada, y condiciones salariales mucho mejores. Además en el SEPE, a pesar de estar en activo, estaba apuntado en el plan de mejora de empleo. Un saludo.
Hola, necesito información y consejos porfavor!
Hoy domingo 2/09/2018 ha sido mi ultimo dia y aun no he firmado el contrato.
En principio solo ha sido verbal segun lo que me dijo el jefe el periodo de prueba sera un mes, asi era acordado. Llevo dos semanas reclamando el contrato por escrito, llevo 52 dias y el viernes me ha traido un contrato que no esta declarado lo que realmente ha pasado.
Trabajo ayudante de cocina me pone limpiadora, el contrato es por circunstancias de pruccion y me pone periodo de prueba 45 dias. Jornada completa…en realidad rabajo 10 horas al dia.
Me dice lo tengo que firmar para que me dispida como prueba no superada en verdad me dispida por ya no hay mucha feina.
Sólo le habia firmado una nomina de julio donde la cantidad era mas d lo k habia cobrado pr me dio igual.
Ahora no me ha pagado el mes agosto porque utiliza la paga de mis dias trabajados para firmarle el contrato y el dispido por no superar prueba…
Me dice no te voy a dar nada hasta que mañana te pongo en baja y me firmas el contrato y la nomina.
Me dice el compañero de trabajo que escucho al jefe cuando pacto conmigo solo un mes d prueba que si denuncio no voy a conseguir nada porque a el le ha pagado y no va a decir la verdad sino se pondra de parte del jefe…
Mis preguntas:
¿si firmo el contrato y tengo el periodo superado cn 7 dias d mas, se considera prueba superada aunque el jefe me diapida por no superarla??
¿Y si no firmo nada mas y pierdo mi paga puedo ganarle si denuncio ahora siendo dada de baja?
El periodo de prueba sólo es válido si está por escrito. En este sentido, si firmas el contrato y estás dentro del periodo de prueba te podrá extinguir la relación laboral por ese asunto. Sin embargo, si ya lo has superado y te indica como causa esa circunstancia debes demandar por despido improcedente. Si no firmas el contrato, no pierdes ningún derecho y tendrás que reclamar el salario que no te paga.
Gracias
Tengo otra pregunta: ¿tengo derecho a cobrar paro si no firmo o no el contrato?
El trabajo anterior la baja era voluntaria…
Si finalmente indica un periodo de prueba no superado y no han pasado más de tres meses desde la baja voluntaria, no tendrías derecho a paro. Sin embargo, si no es periodo de prueba no superado depende del SEPE. En tal caso, no firmes el contrato.
Hola! Me contrataron en un hospital público 15 dias de administrativo por sobrecarga de trabajos. El contrato tenía un periodo de prueba de 9 dias. Pues me han despedido a los 7 dias de prueba con la excusa de que no se manejar bien el programa. El programa ya lo manejaba casi bien. Y van y me despiden cuando ellos me deberían haber proporcionado un curso de formación del programa del hospital. O por lo menos preguntarme si tenía el curso hecho para aceptar o no el contrato . No que vivo en Sevilla y me ha hecho desplazarme a la otra punta del pais. Y ahora me despiden por esto. Mi pregunta sería :¿Es despido improcedente? ¿ Me deberían haber formado con el programa informático antes de contratarme?
No lo consideraría despido improcedente, ni tampoco tenían la obligación de esa formación, salvo que entre dentro de la prevención de riesgos laborales.
Hola buenas , gracias por explicarlo todo tan bien.Me llamaron para trabajar y en la entrevista no me dijeron nada del periodo de prueba, me entere luego leyendo el contado. Me despidieron por ese motivo , mi pregunta es porque tengo miedo ,si sigo buscando trabajo , las empresas pueden ver o saber el motivo por el que me despidieron. un saludo
No, no lo pueden saber. No te preocupes.
Buenas Tardes:
Tengo un contrato de trabajo desde el 2 de julio de 2018, donde no expresa concretamente el periodo de prueba ( pone según convenio, respetando el art. 14.1 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores). Tengo la obligación de avisar con 15 días a la empresa en caso de no querer seguir trabajando con ellos? O por el contrario, pueden penalizarme quitándome del sueldo los días de no preaviso? Un saludo
Tendrás que revisar el convenio para saber si estás dentro o no del periodo de prueba.
Hola, buenos tardes
Le pido disculpas pero no encuentro otra forma de poder hacerle llegar mi caso.
Empecé a trabajar como camarera el día 12 de julio de este año. Según el contrato que he recibido por email y que no he firmado, en él aparece el día 17 como inicio del mismo hasta el 16 de enero del 2019, con un mes de prueba. En principio era de 40 horas semanales aunque en realidad iba a trabajar 48 horas. El día 26, el encargado me dice que al día siguiente no vaya de 4 de la tarde hasta las 12 de la noche, que por motivos de empresa mi jornada queda reducida a la mitad (de 8 de la tarde hasta el cierre). He pedido mi vida laboral porque me temo que no me han dado de alta, no me han abonado nada del tiempo trabajado. Me han dicho que esta semana me darán un sobre con 450 € ( en la entrevista me hablaron de 900€ al mes jornada de 8horas diarias) y que las horas que he estado trabajando demás no se consideran horas extras y que, por tanto, no me las van a abonar. He decidido dejar el trabajo, me hace falta trabajar más horas, y el ambiente de trabajo con el encargado no es bueno. Por lo que he leído anteriormente no debo avisar con antelación, al estar en período de prueba, pero no sé qué hacer si no me abonan las horas demás trabajadas y los días que llevo de este mes de agosto. Tampoco sé si me corresponde un finiquito. Muchas gracias por su atención y le pido disculpas por la extensión de mi comentario. Un saludo.
Si está dentro del periodo de prueba, podrá irse sin necesidad de preaviso ni justificación. Si no le abonan lo ya trabajado tendrá que interponer una reclamación de cantidad ante los juzgados.
Hola Alejandro soy Javier el chico del último post y del preaviso, el directo de la empresa me ha dicho que el no tiene obligación de pagarme por no haber dado preaviso, (cuando al estar en periodo de prueba no hace falta, y da igual que mi baja sea voluntaria) cuanto puede ondear el gasto de un abogado si la cantidad a reclamar es 723€?
No es necesario abogado para presentar demanda. Aquí tienes una guía que a lo mejor te ayuda. De todos modos, depende de cada uno, normalmente una cantidad fija más un variable.
Hola mi duda es la siguiente, el dia 19/07/18 firme un contrato de tres meses con un mes de prueba, no me siento comoda en esa empresa y quiero irme, debo avisar con 15 dias de antelación?
Dentro del periodo de prueba no es necesario.
Hola, me han quitado 15 días de la nómina al cambiar de trabajo y no preavisar, mi contrato empezó el 23/06/2018 y finalice el 20/07/2018, en mi contrato pone que tengo 75 días a prueba desde el comienzo. Yo trabajé para esta empresa hace dos años por un periodo de unos 70 dias, la cual no firmé contrato en todo ese tiempo porque no me lo dieron, no sé si hay tuve periodo de prueba o no. Al volver dos años después la empresa cambio ya no es la que estuve yo anteriormente pero el lugar de trabajo si, y en mi contrato que está vez si firme me sale reflejado 75 días a prueba, se anula el periodo? Tengo derecho a que me retribuyan la totalidad de mis días trabajados? Son dos empresas y buscando por internet no pertenecen al mismo grupo gestor.
Si tienes firmad un periodo de prueba, no es necesario el preaviso. Si además son dos empresas diferentes, el periodo de prueba no será nulo.
Mi caso es el siguiente:
Firme un contrato con una duración determinada desde el 02/07/2018 al 31/08/2018 por una excedencia, el día 09/07/2018 mi jefa me llama al despacho y me comunica que no he superado el periodo de prueba. Mi pregunta es si tengo derecho a finiquito
Siempre se tiene derecho a finiquito, pero este puede ser cero. Te tienen que pagar las parte proporcional de las pagas extras y las vacaciones generadas y no disfrutadas, pero no tienes derecho a indemnización.
Buenas Alejandro
Mi caso es similar al de Cristina. Pedi una excedencia de cinco años en mi anterior trabajo para empezar otro nuevo, llevo 2 meses en mi nuevo trabajo, pero la cosa pinta bastante mal y parece que nos van a echar a unos cuantos. ¿Tendria derecho a paro? llevo cotizados bastantes años, pero solo 2 de los 6 meses de prueba en mi nueva empresa.
Muchas gracias y un saludo
Deberías tenerlo, en mi opinión sí que te corresponde paro.
Hola. Firme un contrato por 3 meses y aun sigo en los 15 días de prueba. No me quiere pagar las horas extras t tb se niega a despedirme como forma de castigo para que no cobre el desempleo. Se q si me voy no tengo derecho a paro mi anterior empresa es por ett. Si yo decido volver y dejo este trabajo mientras estoy en periodo de prueba tendría derecho a desempleo? El paro lo tebgo empezado . Con sólo tribunal día ya tendría derecho al paro? Y otra cosa. Si soy yo quien me hoy n periodo de prueba puedo reclamar horas extras no pagadas?? Gracias
Aunque te vayas, puedes reclamar las horas extras realizadas de más. Por otro lado, sobre cobrar el paro después de una baja voluntaria, depende. Lo explico de una manera más amplia en este artículo.
Hola a ver si me podrían ayudar . El día 7 de junio entre a trabajar en un restaurante de camarera, en principio uno de los socios me dijo que me daría de alta 8 h , ese socio se fue del restaurante y bajo mi jornada a 4h. Y me lo dijeron, porque pregunté que cuando firmaba mi contrato? Sino no me entero… Todavía no he firmado nada . Y la noche de 19 de julio . Por un disgusto que me creó mi jefe metiéndome en problemas . Me fui diciéndole que no podía ir al día después, viernes. Y él contestó si no vienes a medio día,no vengas más.
Es despido improcedente ? Nose cuánto es mi periodo de prueba porque no e firmado aún el contrato . Y quiere que vaya a firmar baja voluntaria sin haber cobrado mi sueldo de los días trabajados . Le e dicho que cuando me informe bien iré a firmar . No , sin haber cobrado antes. Ya me estafaron una vez . M podrían ayudar ?
Hola buenos días. He empezado a trabajar en un restaurante como camarero hace poco más de una semana y en mi contrato temporal de 4 meses esta aclarado que tengo unos primeros 45 días de prueba. En ese caso, aun estando dentro del periodo, no es necesario el preaviso para renunciar verdad? Gracias!
Dentro del periodo de prueba no es necesario el preaviso.
Buenos días.
Muchas gracias por la labor que hacen respondiendo a las dudas de los diferentes usuarios.
Tengo una duda que no consigo resolver leyéndome mi convenio (Convenio Colectivo del Sector de Establecimientos Sanitarios de Hospitalización, Asistencia Sanitaria, Consultas y Laboratorios de Análisis Clínicos) de la comunidad de Madrid.
Tengo un contrato de trabajo, en el cual me han enmarcado en el grupo profesional III. ¿Qué periodo de prueba pueden aplicarme? ¿Es justo un periodo de seis meses formando parte de ese grupo?
Muchísimas gracias por adelantado.
Lamento indicarle que por el tiempo que conlleva -respondo muchas dudas todos los días- no reviso documentos ni convenios en las orientaciones que realizo a través del blog.
Hola buenos dias. Estoy un poco perdida y quisiera a ver si usted me podria ayudar. Me hicieron un contrato de 3 meses, a los 26 días me dijeron que como no había ventas tenían que quitar a un empleado y l ser la última en incorporarme me tocó a mi. Me dijeron que se agarraban al periodo de prueba y que no era un despido sino un no apto como que no pasaba el periodo de prueba. Me pagarán el tiempo trabajado pero nose si tengo derecho a que me paguen el finiquito o no. Gracias
Finiquito sí, parte proporcional de las pagas extraordinarias y las vacaciones generadas y no disfrutadas, pero si no te adeudan nada por esos conceptos el finiquito puede se cero. Pero no se tiene derecho a indemnización.
Buenos dias. Me hicieron un contrato de de 3 meses con 15 dias de prueba. Al cuarto dia ,como no era lo que me habian dicho,me fui a otro trabajo donde iva a ganar mas dinero. E estado solo una semana. Era una ett. E ido al paro y me dicen que como fue una baja voluntaria que no saben si me lo concederan,el paro que me pertenece. Pero si me voy en el periodo de prueba,supuestamente no es baja voluntaria,y ellos me dicen que sí. Que puedo hacer ?. Gracias
Tiene los mismos efectos la baja voluntaria y un periodo de prueba no superado indicado por el trabajador a los efectos de la prestación por desempleo.
Hola, perdon por escribir aqui pero no encuentro la forma de abrir un nuevo comentario.
Mi consulta es la siguiente; tengo contrato indefinido con periodo de prueba de 12 meses. Si la fecha de alta es 5/feb/18 y la de baja (cierra la empresa) es 30/06/18, cuantos dias de vacaciones deben pagarme en el finiquito? 15 dias, verdad? Yo he calculado 5 meses y 30 dias. Solo quieren pagarme 12.
Por otra parte, tampoco me indemnizan ni 1 centimo. Es esto correcto?
He ido a firmar hoy con el «no conforme» para tener tiempo de mirarlo con un profesional, pero no me han dejado y hemos acabado discutiendo muchisimo, asi que no se si me daran finalmente algun documento que indique que ya no trabajo alli.
En que me perjudica no tener dicho documento? Me puede contratar otra empresa al dia siguiente de echarme o hay que esperar a que se acaben los dias de vacaciones que me corresponden? Muchas gracias. Saludos.
Puedes empezar a trabajar en cualquier momento, no hace falta que acabes las vacaciones. Si cuentas día por día, a mi me salen 145 días trabajados que da derecho a 12 días de vacaciones. Por otro lado, supongo que te indicarán un periodo de prueba no superado, por lo que no tienes derecho a indemnización. Que no te den ningún papel, no te perjudica en nada. Si vas a cobrar el desempleo, y te ponen problemas por que no han emitido el correspondiente certificado, pon una denuncia en inspección.
buenas noches, queria exponer mi caso a pesar de ser un poco complejo, trabajo en cocina desde hace algunos años, el ultimo año y medio lo he pasado trabajando en inglaterra, al volverme he traido conmigo mi cotización a traves de ciertos documentos, he decidido dar mi baja voluntaria a la empresa en la que trabajaba en uk, ya que en españa me surgio una oferta de empleo muy suculenta en apariencia, terminé mi relacion con la empresa en uk el 17 de marzo, y empece a trabajar en españa el dia 1 abril 2018, al llegar, y despues de 8 dias trabajando, me hacen llegar por mail un contrato que esta dos escalones por debajo de mi categoria profesional, y en el que no se estipula el salario que se ha acordado que voy a percibir, sino que pone » salario segun convenio» el cual esta unos 600euros por debajo de lo acordado, por lo que me niego a firmarlo, a pesar de todo la empresa me da de alta en la seguridad social con dia 1 de abril 2018, ellos me dicen que ha sido un error y que me traeran mi contrato con mi categoria profesional cambiada. habiendo pasado ya un mes desde que inicie mi actividad laboral, seguia sin aparecer mi contrato a pesar de reclamarlo una y otra vez, cuando aparece, aparece de nuevo el mismo contrato, el cual vuelvo a negrarme a firmar y me acerco a las oficinas de la empresa a ver que sucede, la administradora muy simpática me vuelve a repetir que ha sido un error, que enseguida se pondra en contacto con el chico que gestiona los contratos y me hara llegar mi nuevo contrato, minutos despues mi jefe se acerca a hablar con la misma administradora y cuando regresa me comenta que mi contrato no puede ser de la categoria profesional que me habia prometido con anterioridad, y que tiene que ser una categoria inferior a la acordada y 100euros menos de salario de lo que habiamos acordado, yo ya con algo de miedo a que ni siquiera me pagaran y de palabra, le dije que a pesar de que no era lo acordado, me interesaba, pero que este mes queria el dinero acordado, y ya el mes venidero podria bajarme el sueldo esos 100 euros que me pedia.
el dia 10 de mayo, un mes y 1 dias despues recibo mi primer salario, en los cuales me faltaban los 100euros que habiamos acordado de palabra que no podian faltar, en resumen el dia 1 de junio cumplo dos meses trabajando en la empresa, sin haber firmado contrato alguno, por lo que estoy dado de alta en la seguridad social con dos categorias profesionales menos de las que se habian acordado,sin haber firmado nada y ahora me plantean que tienen que hacer reduccion de personal y que yo seré despedido, cuando en la practica no estoy si quiera contrarado ya que no he firmado nada. al ver el contrato en mi correo(sin haberlo firmado nunca) veo que me hay un periodo de prueba de dos meses, los cuales se cumplen el 1junio, por lo que no seré despedido ,sino que se cumple mi supuesto periodo de prueba, el cual nunca firmé aunque ellos pretenden que firme el contrato para asi poder «despedirme».
obviamente tengo pruebas de todo lo contado anteriormente, desde conversaciones de wassap con el jefe de cocina, hasta los horarios de estos dos meses, como fotos en la cocina, fotos a la cantidad de horas que he realizado en estas semanas, etc etc
mis preguntas son:
1. tendré derecho a paro si firmo contrato y me despiden? no han pasado 3meses desde que decidi dar mi baja voluntaria en uk.
2.tiene alguna validez este contrato sin yo haberlo firmado?
3.pueden ellos ya que el contrato no se ha firmando negarse a pagarme el salario de todo este ultimo mes trabajado?
si pudieras ayudarme te lo agradecería en el alma, si el caso es demasiado complejo pero conoces a aguien que pueda ayudarme, te lo agradecería un monton tambien, muchisimas gracias por tu tiempo
Seguramente tendrás derecho al desempleo si hay un despido, pero depende del SEPE. LA relación laboral existe, y por lo tanto te puedan despedir, aunque no hayas firmado el contrato. Cuestión diferente, es que ese contrato no sea válido ya que no está firmado. Te tienen que pagar el tiempo trabajado, ya que aunque no exista contrato, no quiere decir que no exista relación laboral. De hecho, no siempre es obligatorio que haya un contrato firmado, aunque se suele hacer.
He firmado un contrato temporal, el 07-03-2018, con una empresa de Granada, para cumplir un trabajo en un banco de Barcelona: En el contrato que ambos firmamos, es escrito que la fecha prevista fin del servicio con este banco de Barcelona será el 06-03-2019. Tambien en este contrato, es escrito que mi periodo de probacion es de 2 meses. Pero el 16/05/2018 (es decir despues del fin de mi periodo de probación), he recibido por mail mi despedido, diciendo que el proyecto en el banco de Barcelona estaba finalizado (eso lo dudo pero no es mi problema). Y he recibido asi mi finiquito por mail de mi empresa empleadora de Granada. Pagandome mis 16 dias de mayo 2018 mas algunos dias de vacaciones, pero nada en relacion con el motivo del despido. No falta el plazo de preaviso de quince días en este caso ?
No, no hace falta preaviso. Eso sí, tienes derecho a una indemnización de 12 días por año trabajado, o si se trata un despido y no te han abonado indemnización, deberás demandar para que te den 33 días por año trabajado. Todo depende de la causa que indique la empresa por extinción de la relación laboral.
Gracias por vuestra respuesta.
Entiendo entonces que no había que avisarme 15 días antes despedirme (aunque fue superado el periodo de prueba de 2 meses, escrito en el contrato temporal firmado)
No he trabajado un anyo… he firmado este contrato temporal el 07/03/2018 y he recibido un mail el 16/05/2018 avisándome del fin del contrato temporal por el 17/05/2018 (causa numero 11, escrita en el certificado de empresa, enviado en este mail).
No soy yo que he pedido que se acabo el contrato, no fue por causas objetivas, tampoco por muerte del cliente de Barcelona…. En siguiente, copia-pegua el mail recibido de la empresa que me contrato y me pagaba, en Granada, a las 9 de la tarde, el 16/05/2018 :
«Según nos ha informado el Cliente y nos ha comunicado de manera formal, el proyecto al que estabas asignado ha finalizado, por lo que ya no necesitan de tu participación en el equipo de Caja de Ingenieros, dándose por concluida la colaboración con ellos. Por tanto y de igual modo, nosotros también procedemos a la extinción de la relación laboral que teníamos suscrita contigo»
Mi pregunta es de saber si esta manera de despedir es normal y si tengo derecho a cualquier abono (me han pagado los 17 dias de mayo + los dias de vacaciones… nada mas)
Gracias
Buen finde
Te corresponde 3 días de indemnización, ya que son 12 días por cada año trabajado en caso de contrato temporal, que entiendo que es de obra.
Muy buenas tardes, quería comentar mi situación por si me pueden dar una respuesta, el pasado día 04 de Mayo me realizaron un despido improcedente en la empresa donde estaba trabajando, aún debemos ir la próxima semana a firmar al CMAC, el pasado lunes me apunté al paro, pero resulta que he encontrado trabajo y empecé ayer día 8 de Mayo, con un contrato de 3 meses de duración y con un periodo de prueba de 50 días, mi consulta a realizar es:
– Una vez transcurrido el periodo de prueba, puedo yo dar por finalizada la relación laboral con la empresa, o sólo es la empresa la que puede tomar la decisión de dar por finalizada la relación laboral?
– Durante la duración del periodo de prueba, es posible dar por finalizada la relación laboral por mi parte?
– En el supuesto caso que algunas de las respuestas anteriores fueran que sí, una vez haya decidido dar por finalizada la relación, tendría derecho a la percepción del subsidio?
– En el supuesto caso que me tuviera que esperar a la fecha de finalización del contrato, una vez finalizara dicho contrato, podría tomar yo la decisión de no continuar con la relación laboral?
– En este caso tendría derecho a la percepción del subsidio?
Muchas gracias de antemano
Puedes dar de baja en cualquier momento del contrato, durante el periodo de prueba no requiere preaviso, y una vez superado el periodo de prueba si que deberías de preavisar. En cualquier caso, no tendrías derecho a prestación por desempleo. Tampoco tendrías si no quieres renovar el contrato y la empresa te ofrece la renovación.
Gracias por su respuesta, entonces haga lo que haga no tengo opción de percibir el subsidio, a no ser que la empresa tome la decisión de no renovarme??
Despido o no renovación, o exista alguna causa por la que pueda irse con derecho a paro.
Me dieron de alta en Marzo y han transcurrido los meses de abril y mayo. De la anterior empresa me di de baja voluntaria. Me quieren despedir el 1 de junio por no haber superado el preriodo de prueba que por otro lado en contrato aparece como de 6 meses y solo han transcurrido 3 ¿Puedo cobrar el paro sin dificultad? ¿Puedo pedir indemnización por estos 3 meses no transcurridos del periodo de purebas?
Muchas gracias
Un saludo
No, puedes pedir indemnización. Si han transcurrido más de tres meses desde la fecha de efectos de la baja voluntaria y el día de periodo de prueba no superado sí que tendrás derecho a prestación por desempleo.
Hola tengo una pregunta tengo un contrato de 3 meses y un periodo de prueba de 15 días y un día antes de cumplir los 15 días de prueba me dicen por la noche que no vaya mañana que ya me avisarán para pagarme sin motivo alguno me despiden
Durante el periodo de prueba no se exige justificación para extinguir la relación laboral. Te tienen que pagar los días trabajados.
Si pero no me apagado ni me a dado la carta de despido con la razón y no sé si de verdad era ese contra si de verdad me dio de alta como puedo hacer
Si no te paga, demandarle para que te abone el salario de los días trabajados.
Muchas gracias y dónde lo puedo demandar
Aquí tienes una entrada que te explico como hacerlo. Primero hay que presentar una papeleta de conciliación laboral y después una demanda.
Hola!firme un baja voluntaria en 3 de abril,ahora empiezo a trabajar el 2 de mayo,si no superase los dos meses de prueba y me despidieran tendría derecho a cobrar el paro?? Gracias
Si no pasan mas de tres meses no.
Xo si la baja es de abril,x lo que he leído ya son 3 meses,todo abril,todo mayo y todo junio no?
De fecha a fecha, no se cuenta todo abril si fue a mediados de ese mes la baja voluntaria.
Medio mes no,del 3 de abril.cuenta como medio mes??ósea k el 3 de agosto si podría pedir el paro si no superase los 2 meses de prueba?
No, no es que tengan que pasar tres meses para que puedas solicitar el paro, sino que si te dan como causa de la extinción de la relación laboral un periodo de prueba no superado y entre la fecha de efectos de la medida del periodo de prueba no superado y la baja voluntaria no han pasado tres meses no tendrás derecho a desempleo. Para ello, tendrás que encontrar otro empleo.
El contrato del que hice la baja el 3 de abril,es dur.det.a tiempo parcial regular,baja voluntaria por el trabajador (código 21) ere(7).es relevante eso??
no.
Buenos días,
Tengo contrato 1 año de prueba de ayuda a emprendedores. Estoy en el mes 9 y creo que me quieren despedir. ¿Qué deben pagarme? (Vacaciones no disfrutadas, mes en curso y lo que corresponde a la paga doble? En tal caso, tengo derecho a paro, vdd?
Gracias,
Sí, tiene derecho a paro -siempre que haya cotizado más de un año en los últimos seis años- además del finiquito con los conceptos que indicas de vacaciones, pagas…
Buenas noches, mi pregunta es la siguiente, llevo trabajando 6 meses y ahora se termina mi periodo de prueba, me lo han comunicado un jueves pero mi turno es de fin de semana y la empresa me dice que debo trabajar hasta el domingo y si no ll hago debo firmar mi baja voluntaria, es posible esto? Es decir, yo creia que desde el momento que te dicen que no has superado el periodo de prueba no debes volver.
Gracias y un saludo
No, depende de la fecha de efectos del periodo de prueba no superado. Ahora bien, si ti no quieres seguir trabajando, puedes decir tu que das un periodo de prueba no superado.
Buenas!
Mi consulta es la siguiente:
Firmé un contrato por seis meses con un periodo de prueba de 7 días establecido en una cláusula en el contrato laboral, hoy es mi día 11 en la empresa y me comunican que extinguen el contrato sin ninguna justificación porque según el convenio colectivo el tiempo mínimo de prueba son 15 días con lo cual lo que diga el contrato da igual y aunque yo daba por hecho que había superado el periodo de prueba establecido en el contrato firmado, hoy me veo en la calle.
Me pregunto si esto es legal o por el contrario mi despido es improcedente?
Es improcedente. El convenio establece el tiempo máximo del periodo de prueba, pero lo importante es lo que se ponga en contrato por escrito.
Hola, el caso de mí marido es parecido… firmó un contrato de seis meses con 6 semanas de prueba y le han despedido en la semana 8.
Fue a trabajar y le dijeron que no había superado el periodo de prueba ,pero este ya había pasado debería tener indemnización por 6 meses de contrato?
No firmó nada.
Tendrá que demandar por despido.
Hola esta es mi pregunta .
Mi hijo d 19 años empezó el 1de marzo a trabajar en el contrato viene como q empezó el 6 de marzo con contrato firmado d 3 meses con periodo de prueba de un mes de 33 horas a tiempo parcial.
Bueno el a estado haciendo de 6 de la mañana a 15:.00d la tarde y otra semana de 15:00a 18:00 o 19:00 o 22:00.
Le dicen q x produccion se restringe el contrato le pagan 892 de 26 dias de nomina y al decirle q no sigue le dice q le paga los 5 dias.228..en una nomina y sin ser finiquito.
En el papel pine q se le da de baja el 5 de abril y dia 6 d abril osea hoy va a trabajar
El a firmado como no entiende todo los papeles.
Si empezo el 1 hacen contrato de dia 6 el despido es normal y le dan de baja el 5 y la nomina no creo q este bien no?
habría que ver la fecha del contrato de trabajo, pero dentro del periodo de prueba se puede extinguir la relación laboral sin indicar causa. No se tiene derecho a indemnización por extinción de la relación laboral en caso de periodo de prueba no superado.
Una duda, al pedir la baja voluntaria en periodo de prueba, se que no tengo derecho a indemnización pero mi duda es si me han de pagar las vacaciones correspondientes a los meses trabajados? O solo se me pagará los días trabajados? También fuí a hacer unas horas fuera de mi horario que serían extras, que debería hacer si la empresa no me las paga? Porque me han dicho que al sólo hacer una mañana y no la jornada completa no me las pagarán
Te deben de pagar las horas extraordinarias y los días de vacaciones generados y no disfrutados. Si no te los pagan, los tendrás que reclamar.
Buenos días,
Tengo un contrato de indefinido con un año de prueba que se cumple el año dentro de un mes. Como este último mes se han puesto las cosas difíciles con los jefes he decidido irme, le he comunicado que me voy ya que encontré un nuevo trabajo. Me han pedido que se lo dé por escrito, cosa que voy hacer con los días que les doy antes de terminar mi relación laboral con ellos. Mi pregunta es tengo derecho a finiquito? Y en este entraría los días trabajados más las vacaciones?
Ya que según ellos como no cumplo el año no tengo derecho a vacaciones
Y otra pregunta, la empresa tiene más de 4 años, con lo que creo que no son emprendedores, además de tener más negocios en activo. Es legal que me hicieran un periodo de prueba de un año?
Muchas gracias
El contrato de apoyo a emprendedores es para empresas con menos de 50 trabajadores, no influye la antigüedad. Sí, tienes derecho a finiquito, en el que se incluyen los días trabajados y las vacaciones generadas y no disfrutadas.
Buenas,
Me encuentro en periodo de pruebas pero me han informado de que prescinden de mí la semana próxima. El problema es que no han pasado 3 meses desde mi baja voluntaria en la anterior empresa que estuve.
¿Es totalmente imposible acceder a la prestación por desempleo?
¿Tampoco podría solicitarla a partir de los tres meses? Es decir, ¿ya no habría forma de poder acceder a ella?
Gracias de antemano
En principio no tendrías derecho, aunque por si acaso solicítala. Tampoco tendrás derecho por que pasen tres meses, tendrás encontrar un nuevo empleo.
Buenos dias,
Tengo una consulta al respecto de mi situación laboral actual, en este caso estoy trabajando actualmente para una empresa de consultoria bajo un contrato indefinido con un periodo de prueba de 6 meses, debido a circunstancias personales estoy pensando en realizar un cambio laboral en una nueva compañia o bien poder situarme de nuevo laboralmente de forma autonoma o a cuenta propia.
En este caso me gustaria saber que pasos serian los necesarios a seguir para poder efectuar correctamente un cese de la actividad actual respetando la normativa vigente de plazo de preaviso o renuncia voluntaria de la misma.
En caso de poder iniciar una nueva actividad en otra empresa o creando una nueva situación laboral de forma autonoma me gustaria saber que tipo de compensación económica efectiva se corresponderia con un cese voluntario correspondiente con el calculo del periodo laboral cotizado hasta el cese efectivo de la actividad laboral actual.
Muchas gracias por su colaboración y respuesta.
Un saludo cordial