Derecho de los trabajadores tras una subrogación
Índice de la entrada
- La subrogación de un trabajador
- ¿Qué obligaciones tiene la nueva empresa que contrata al trabajador?
- ¿Tiene que asumir las deudas de la anterior empresa?
- ¿Me puede modificar la jornada o el salario?
- ¿Me puedes desplazar de centro de trabajo o ciudad?
- ¿Pierdo la antigüedad?
- ¿Tengo derecho a finiquito?¿Tiene que pagarme algo la empresa saliente?
La subrogación de un trabajador
La subrogación es el cambio del empleador del trabajador, es decir, el cambio de la empresario o empresa que tiene contratado al trabajador. Esta situación puede ser debida a la compra o absorción de una empresa por otra, o simplemente por que la empresa decide cambiar de denominación.
En cualquier caso, el cambio de denominación de la empresa no permite que un trabajador pierda derechos como explicamos en esta entrada. Así que, en ese aspecto, no hay que preocuparse ya que no se pierde la antigüedad ni puede verse disminuido el salario.
La subrogación puede venir derivado de estas tres causas:
- En virtud del artículo 44 del Estatuto de los Trabajadores, es decir sucesión empresarial, cuando hay una compra, absorción o simplemente un cambio de denominación de la mercantil
- pero también puede venir obligada por la negociación colectiva cuando así lo indique el convenio colectivo, como por ejemplo en el convenio colectivo de empresas de seguridad; por ejemplo que el servicio de seguridad de unos grandes almacenes que hasta ahora lo realizaba una empresa de seguridad ahora lo realiza otra, o
- por un pliego de condiciones administrativas puede indicar la obligación de contratar a varios trabajadores, pero es discutible que un pliego administrativo pueda obligar a la contratación de trabajadores si no existe sucesión empresarial o no lo obliga el convenio colectivo.
Sea como fuere el cambio, el nuevo empleador, sea empresario individual o una empresa, tendrá que respetar todos los derechos laborales de los trabajadores. Como explicaremos más adelante, siguiendo un procedimiento establecido, sí que pueden realizar algunas modificaciones en el contrato, pero como lo podía hacer la empresa sin que hubiese existido la subrogación.
No obstante, si la empresa que se va, es decir la empresa saliente tuviese deudas con el trabajador serán asumidas por la nueva empresa en función de la causa que motivo la subrogación.
En cuestiones laborales ya tratamos anteriores cuestiones relevantes a la subrogación empresarial:
¿Qué obligaciones tiene la nueva empresa que contrata al trabajador?
La nueva empresa, o empresario, debe comunicar por escrito la subrogación a cada uno de los trabajadores afectados y enviar una copia de dicho escrito al Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE).
Además, el convenio colectivo puede establecer alguna otra obligación.
¿Tiene que asumir las deudas de la anterior empresa?
La última jurisprudencia ha determinado que la empresa entrante es responsable de las deudas de la empresa saliente.
No existe duda de esta obligación cuando la subrogación se produce como consecuencia de una sucesión de empresa o de plantilla en virtud del artículo 44 del Estatuto de los Trabajadores, la empresa entrante siempre debe asumir las deudas salariales de la empresa saliente, aunque sí que existían dichas deudas cuando la subrogación era por convenio.
Anteriormente, el Tribunal Supremo en fecha de siete de abril de 2016 (enlace a sentencia), había determinado lo contrario, en el sentido de que la empresa entrante no tiene que asumir las deudas de la empresa saliente.
Sin embargo, el 11 de julio de 2018, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha dictado una sentencia en el asunto C-60/17 que considera que en caso de subrogación de empresas, la misma se debe regir por los garantías del artículo 44 del Estatuto de los Trabajadores cuando se asuma una parte esencial de la plantilla, es decir, en casi todos los casos.
A raíz de dicha sentencia, el Tribunal Supremo en la Sentencia de fecha de 27/09/2018 (R. 2747/2016) ha confirmado la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea.
¿Me puede modificar la jornada o el salario?
La jornada de trabajo, los turnos, el salario o incluso las funciones pueden ser modificadas por la empresa saliente siempre que exista una causa objetiva que lo justifique.
Esta causa tiene que ser una causa económica, organizativa, técnica o de producción.
Esta modificación deberá de seguir el procedimiento establecido en el artículo 41 del Estatuto de los Trabajadores. En cualquier caso, siempre se deberán respetar los derechos mínimos recogidos en el convenio colectivo.
Por lo tanto, si un trabajador cobra lo indicado en el convenio colectivo de aplicación, no se le podrá disminuir el salario. En otras palabras, a través de una modificación sustancial de las condiciones de trabajo, no se puede vulnerar los derechos mínimos recogidos en el Estatuto de los Trabajadores o en el convenio colectivo de aplicación.
En cualquier caso, el trabajador tendrá un plazo de 20 días hábiles para impugnar la medida decidida por la empresa o incluso solicitar la extinción con derecho a indemnización y prestación por desempleo. Si quieres saber más información sobre las opciones del trabajador puedes visitar esta entrada:
¿Me puedes desplazar de centro de trabajo o ciudad?
Al igual que la cuestión anterior, la empresa sí que puede trasladar a otro centro de trabajo o incluso ciudad. La movilidad geográfica viene establecida en el artículo 40 del Estatuto de los trabajadores en el que se diferencia entre; traslado o desplazamiento.
En primer lugar, es conveniente aclarar que para considerar una movilidad geográfica el cambio en la localidad tiene que implicar el cambio de residencia del trabajador.
Una vez determinado que el cambio del centro de trabajo implica un cambio de residencia del trabajador, las opciones dependen de si la medida decidida unilateralmente por la empresa es temporal, denominado desplazamiento desde un punto de vista jurídico, o si es permanente, denominado traslado.
El traslado concede el derecho al trabajador a solicitar la extinción de la relación laboral con derecho a una indemnización de 20 días por año trabajado y a la prestación por desempleo.
De todos modos, si queréis más información sería conveniente leer el artículo dedicado a la movilidad:
¿Pierdo la antigüedad?
No, en ningún caso. No existe la posibilidad de perder la antigüedad tras una subrogación.
Es indiferente que la empresa no te la reconozca, o que en la nómina aparezca otra antigüedad, ya que la antigüedad que corresponde a cada trabajador es la correspondiente al inicio de la relación laboral, independientemente del contrato.
¿Tengo derecho a finiquito?¿Tiene que pagarme algo la empresa saliente?
No, no se tiene derecho a finiquito.
El trabajador no se tiene que ver afectado y lo único que le tienen que comunicar es el cambio del empleador, pero no se tiene derecho a indemnización, pues no se extingue la relación laboral, y tampoco hay que finiquitarlo.
Se tendrá derecho a finiquito o a indemnización, si se produce un despido.
Hola,mi empresa por baja productividad,nos traslada a parte de los trabajadores a otra sede,ubicada a 20 km. Si se jubilan compañeros,en la antigua nave,tenemos derecho y preferencia a volver los q estams en la nueva??
No, salvo que el convenio o acuerdo con los trabajadores así lo estipule. El trabajador no tiene derecho a exigir el cambio de centro de trabajo.
Les comento, mi duda basicamente viene dada ya que el trabajo es para un particular y no para una empresa.
Mi padre es jardinero de una finca, aunque se podria decir que es empleado del hogar porque hace de todo y diria que asi lo refleja su contrato y tiene alrededor de 25 años de antigüedad con un mismo propietario, éste ha puesto la finca en venta y ya le han salido varios compradores.
Mi duda es, en caso de que finalmente haya un traspaso de propietario. ¿A mi padre le corresponderia alguna indemnizacion o finiquito por los años que lleva con el antiguo propietario, es decir, tendria que liquidarlo el que ha sido su jefe antes de la venta? O en caso de que el nuevo propietario quisiera seguir con él ¿Seguiria teniendo su antigüedad en caso de que algun dia sea despedido? Y en caso de que el nuevo propietario no cuente con él ¿Quién le corresponderia pagarle a mi padre, el antiguo o el nuevo propietario?
Espero haberme expresado con suficiente claridad, no entiendo mucho de estos temas.
Saludos y gracias por la respuesta de antemano.
Si es empleado del hogar le corresponde una indemnización por extinción de la relación laboral de siete días por año trabajado, como mínimo. Si continua, se debe respetar todos los derechos laborales, entre ellos antigüedad.
En nuestro caso no se trata de una subrogación, sino que la empresa en la que estamos deja de dar servicio en la Universidad y entra otra empresa. En mi caso soy indefinido, en el caso que sigamos trabajando en la universidad con la nueva empresa ¿me corresponde la indemnización de la empresa saliente?
Muchas gracias.
Si se considera sucesión empresarial no. Si empiezas a trabajar con la nueva empresa y no existe ni sucesión empresarial ni subrogación, lo que existe es una baja voluntaria de la otra empresa y un nuevo contrato sin que se tenga derecho a indemnización. Cuestión diferente es que sea la otra empresa la que extingue la relación laboral, en cuyo caso dependerá de la causa de extinción.
Hola ¿hasta cuántas veces puede recurrir la antigua empresa para alargar su salida?
No se a que te refieres con recurrir.
Buenas tardes
Sufrí un accidente laboral, a consecuencia de este accidente me han dado una IPT.
Cuando me pasó el accidente estaba contratada por una empresa la cual hizo una subrogación.
La otra empresa respetó mi situación, en aquel momento estaba de baja por dicho accidente.
En el convenio colectivo hay dos artículos, uno habla de responsabilidad civil y el otro de seguro de accidente.
Tengo derecho a indemnización?
Si es así, a que empresa le reclamo?
Ya que he hablado con las dos empresas y se pasan la pelota de una a otra.
Gracias.
Queria saber si tengo derecho a indemnización
Depende de lo que diga el convenio, que exista un seguro no determina de manera obligatoria que tengas derecho a indemnización. Además, habría que ver si ha tenido responsabilidad o no la empresa. Las dos empresas son responsables del abono.
Buenas tardes. He sido subrogado por una empresa que ha ganado un expediente público del servicio en el que trabajo. Puede esta empresa obligarme a hacer labores de otros expedientes o contratos que tiene en el mismo centro?
Muchas gracias.
Buenos dias.
Yo fui subdorrogada por estar cubriendo la baja de un trabajador. Una vez se incorporo, la empresa me hizo un contrato para mi… la antigüedad se pierde?
Si hay una continuidad, no, la antigüedad no se pierdes aunque sean dos contratos.
La continuidad, seria si no me parase por mas de un dia no?
Me paro mas de 10 dias. Ahi si la pierdo no?
No, tampoco se pierde con 10 días. Lo explico en este artículo. Cuestión diferente es que Si tienes un contrato temporal y extingan el contrato para la indemnización sólo se tenga en cuenta el contrato temporal. Si existiera un despido se tendría en cuenta todo el tiempo trabajado.
Le respondo a esta mensaje ya que no me deja responder al otro.
Yo del 8 de julio al 21 estuve parada y el 21 me hizo otro contrato… Entonces mi antigüedad anterior se respeta, no empieza de 0.
Se respeta.
En 2016 hicieron cambios administrativo en la empresa pública donde trabajo, en estos cambio estaba mi persona me removieron a secretaria general pero no me pagaron la diferencia que corresponde a subrogación o encargo, supuestamente porque la partida no estaba liberada del titular, hasta marzo de 2018, y desde el 18 de noviembre de 2020 la empresa pública cambio de razón social a entidad adscrita, mi pregunta es puedo hacer algo a pesar de que ya ha pasado el tiempo y ya no es empresa pública.
Con hacer algo no se si te refieres a reclamar las diferencias salariales por el cambio de puesto de trabajo. Puedes reclamar las diferencias del último año, si te pagan por debajo de lo que corresponde.
Ante todo gracias de antemano por la futura respuesta.Mi pregunta es :que trabajo en una empresa de seguridad en un servicio en el cual hago parcialmente 8 o 10 dias al mes el resto de dias por fuera.Me dicen que soy subrogado y que hare parte esas horas en la empresa entrante y el resto en la actual.Puedo estar en dos empresas con un contrato fijo y semisubrogado?Es legal?Es que tengo un contrato fijo en una empresa y estare por lo que me dicen haciendo unas horas en una empresa y el resto en la otra.Muchas gracias
Podría ser cierto si trabajas en dos servicios, y uno de ellos lo coge otra empresa. Habría que ver el caso.
Gracias por tu respuesta
Hola
Me gustaría saber si me han de comunicar la subrogacin con alguna antelación determinada (por ejemplo 15 días) o, por el contrario ,me lo pueden comunicar de un día para otro´.
Hola.. van a subrogar un departamento de mi empresa.. la empresa puede subrogarme sin mas? O sea obligarme a aceptar la subrogacion? O está obligada a ofrecerme una recolocacion en otro departamento si yo no quiero irme a la empresa subrogada?
Si entras dentro de los trabajadores a ser subrogados, salvo cuestión particular, el trabajador tiene obligación y el derecho a ser subrogado.
Eso ya lo sabía.. lo que quiero saber es si la empresa está obligada a ofrecerte una recolocación o si puede enviarte a la subrogación sin más
No está obligado a ofrecerte una recolocación, salvo que el convenio así lo establezca.
Buenos días,
En el mes de octubre me subrogó otra empresa (cambiando muchas de mis condiciones, pérdida de tardes libres, menos días de vacaciones al año, obligatoriedad de trabajar festivos, etc.) ahora me he dado cuenta de que además no han respetado mi antigüedad, ya que en mi anterior empresa, comencé el 01/03/2019, pase a otro departamento con contrato indefinido el 06/07/2020 (respetándose mi antigüedad) y la nueva empresa ha cogido como fecha de antigüedad el 06/07/2020. Se lo he comentado en varias ocasiones a RRHH por email pero ni me responden… ¿qué puedo hacer?
Gracias de antemano
Tendrás que demandar en el momento que eso sea relevante, como por ejemplo que no te paguen un plus de antigüedad o no te respeten algún derecho o en el momento de la extinción, si tienen en cuenta la antigüedad equivocada.
Buenas tardes, estoy limpiadora de oficinas y edificios en una empresa de limpieza que ofrece servicios a peajes autopista Abertis,fui subrogada en 2018 teniendo el contrato de trabajo desde 2007.En agosto 2021 se aqavara la concesión de autopistas y mi empresa dejará de prestar servicios para Abertis, mi pregunta es: que va a pasar con mi contrato, hay un despido? De qué tipo? El despido tiene las mismas condiciones con los despidos de los trabajadores de Abertis?
Habría que ver si otro contrato continua o no con ese servicio y si existe derecho a subrogación. En caso contrario, podría existir una causa de despido que sería de unos 20 días por año trabajado, aunque a lo mejor es necesario hacer un despido colectivo y la indemnización sea mayor.
Hola Alejandro. Trabajo desde hace 10 años para una empresa que trabaja para el estado (50 horas). El 31/12 termina el contrato y la renovación la ha ganado otra empresa. Mi empresa me ha dicho que tengo derecho a subrogación pero no quiere que me vaya y siga con ellos en otro centro de trabajo que me obligaría a cambiar mi lugar de residencia. Tengo algunas dudas:
1. Si pido subrogación, ¿la empresa entrante puede cambiarme los turnos de trabajo? Hasta ahora he trabajado en turnos rotativos M-T-N, ¿pueden ponerme siempre de turno de noche? ¿Tienen que mantenerme la cuantía que cobro por todos los pluses, turnicidad, festivos, nocturnidad? ¿O me tengo que acoger a las tablas de convenio de la empresa entrante?
2. He sido el responsable del centro de trabajo los últimos años. Si pido subrogación, ¿la empresa entrante me tiene que mantener el mismo puesto de responsabilidad?
3. ¿Puedo negarme a la subrogación y al traslado y pedir paro e indemnización de 20 dias a mi empresa actual?
Gracias. Un saludo.
Perdon, en lo trabaja para el estado quise poner (Adif)
La empresa entrante tiene que respetar los derechos laborales de los trabajadores, en cuanto a salario y grupo profesional. Ahora bien, la empresa también puede modificarlos si existe causa para ello siguiendo el procedimiento de modificación sustancial de las condiciones de trabajo. Por otro lado, en caso de traslado, es decir, cambio de centro de trabajo que implique un cambio de residencia sí que se tiene derecho a solicitar la extinción. Ahora bien, el traslado es la decisión unilateral de la empresa, no se si en tu caso, la empresa te lo está vendiendo como un cambio del centro de trabajo de “mutuo acuerdo”, ya que si aceptas no subrogación por que quieres continuar en tu empresa, sería discutible que tengas derecho a la extinción, ya que parecería que aceptas mantener el puesto de trabajo con ese cambio de centro. Todo depende de como se haga y como te lo comunique la empresa.
Gracias por su respuesta. Claro, mi empresa quiere que acepte un traslado y siga con ellos. Al perder el contrato no pueden reubicarme en otro centro de trabajo sin que implique traslado. Si yo acepto seria “mutuo acuerdo”. La pregunta es, ¿puedo rechazar ambas cosas, subrogación y traslado y solicitar la extinción? No quiero pasar a la empresa entrante y tampoco quiero traslado con mi empresa actual… prefiero extinción y buscar otro empleo o preparar una oposición, pero no se si esa opción es posible.
No, no es posible en ese caso, con los datos que me comentas, solicitar la extinción con derecho a indemnización y paro.
Buenos días
el día 1 de julio me subrogó una empresa pero este mes me he dado cuenta que tenía un grupo de Cotización del 01 y ahora la nueva empresa me aplica el Grupo de Cotización del 06, puedo exigirles que me pongan la Cotización que tenía con la empresa cesante??
Gracias,
Hola, trabajo en una empresa perteneciente a un grupo de empresas con sede en Valencia. Entre ellas es normal que nos vayan subrogando los contratos. Pero el 1 de enero me subrogaron a una empresa del mismo grupo con sede en Madrid. Mi convenio en la empresa anterior era el de Oficinas y Despachos de Valencia; sin embargo, la nueva empresa se rige por el convenio de comercio del Metal de Madrid. Mi pregunta es, deben cambiarme la nómina de acuerdo con el convenio del Comercio del Metal de Madrid o tengo que seguir con las condiciones del convenio anterior ya que mi sede de trabajo es y va a seguir siendo Valencia? Es que lo he preguntado varias veces a la empresa y dicen que tienen que mantenerme la nomina y las condiciones según el convenio anterior. Gracias por su atención.
Habría que saber más datos, que el centro de trabajo o la empresa esté en Madrid no determina que obligatoriamente ese sea el convenio de aplicación.
Mi centro de trabajo está en Valencia, pero la empresa es de Madrid, con sede social en Madrid y con su centro de trabajo en Madrid. Y su convenio es el de comercio de metal. Si te falta otro dato, me lo dices. Gracias
Me refiero a que habría que revisar lo que dice cada convenio y las funciones que realices. Intento orientar de manera gratuita a los trabajadores, pero esta es una cuestión que excede las orientaciones que puedo realizar, te recomiendo que acudas a un abogado de tu localidad para que lo revise.
Yo soy directora de una empresa logística que ha trabajado en exclusiva para un cliente 17 años. Ahora le van a dar el contrato a otro operador y van a plantearlo como sucesión de actividad (no sé si es obligatorio o lo hacen por alguna otra causa). El hecho es que se subrogan en todo el personal pero están poniendo pegas para que subrogarse en mi contrato porque me tendrían que despedir. Yo trabajé por cuenta ajena en la empresa como directora general desde que entré en 2004 hasta el 2015. En el 2015 muere mi padre, propietario de uno de los socios de mi empresa, y yo heredo parte de las participaciones de la sociedad accionista de la empresa en la que trabajo, pero sigo trabajando con contrato por cuenta ajena, no cobrando ni dividendos ni ningún otro importe por asistir a consejos… ¿Pueden dejarme fuera de la subrogación y no indemnizarme por despido improcedente? Gracias por vuestra ayuda.
Con los datos que me comentas, tiene la obligación de subrogarte si existe sucesión empresarial, aunque tengas participaciones en la empresa. Si no lo hacen, podrás reclamar tu derecho o demandar por despido improcedente en función de el comportamiento de la empresa en la que actualmente trabajas.
Hola buenos días
Mi empresa me informo que el día 1 de Noviembre me tenia que presentar en unas oficinas de la nueva empresa ya que he sido subrogado. Me he enterado que la nueva empresa no quiere al personal subrogado porque ya dispone de plantilla para atender el concurso de servicio que le han ganado a mi actual empresa. Mi actual empresa tampoco me quiere en su plantilla ya que tengo limitación de coger peso. Hasta el día 1 no se nada, pero que podría pasar si ninguna de las dos empresas me quieren debido a mis limitaciones físicas? Me quedare sin trabajo? o si denuncio? un juez puede dictaminar la obligación de tenerme en plantilla a cualquiera de las 2 empresas?
Gracias por la ayuda
Con los datos que me indicas, si ninguna de las dos empresas se hace cargo, un jue considerará el despido improcedente, teniendo la posibilidad la empresa de optar por la indemnización o readmisión.
Buenos dias, despues de 9 años trabajando en una empresa cuya gestión es privada pero dependiente de un organismo público nos despiden unos meses despues de que hubiera un cambio de empresa con un contrato de subrogacion.
Presentamos la demanda y estamos insistiendo con el organismo público para q nos readmitan. El organismo público despues de reunirse la junta de gobierno obliga a la empresa a la redmision. La empresa hace casi omiso esperando q llegue el juicio. Tenemos alguna posibilidad de ser readmitido basándonos en todos los incumplimientos q se han hecho art.44 del estatuto de los trabajadores o x el hecho de habernos tenido 6 meses ya pueden despedirnos y habernos sustituido por 3 personas con contratos inferiores?
Gracias de antemano. Un saludo.
Desconozco si los despidos alcanzan el umbral de un despido colectivo para tener derecho a la nulidad, o por el contrario, el despido será improcedente y será la empresa la que opte entre la readmisión o la indemnización.
Hoy me acaban de informar que la actual empresa donde trabajo va a subrogar mi área de trabajo a otra empresa. Ya se nos ha dicho que se mantendrán la condiciones laborales. Mi duda es la siguiente, el gerente de la empresa actual me ha pedido que continue trabajando con ellos en otra área, que no es de mi interés. A mi me gustaría irme a trabajar con la nueva empresa. ¿En este caso, yo tendría que renunciar a la actual empresa o puedo pedir la subrogación para así no perder antigüedad?
Si tienes derecho a la subrogación, te tienen que subrogar. Si no lo hacen, tendrás que reclamarlo. No se pierde la antigüedad.
Hola. A mi me subrogó la empresa en la cual trabajo hace al menos 5 años. Acabo de descubrir, que mis condiciones son inferiores a las de mis compañeros, aunque soy la mas veterana. Ellos tienen contrato de licenciado y yo de diplomada. Puedo pedir las mismas condiciones que mis compañeros? Me las deben aceptar? Gracias
¿A que te refieres con contrato de licenciada y de diplomada? ¿Cobras menos que ellos realizando las mismas funciones?
Mi base de cotizacion es inferior. El sueldo es el mismo porque me ponen complementos, pero si me quedara en paro, entiendo que cobraria menos
Sí, a los efectos del paro lo importante es la base de cotización.
Buenas tardes.
Llevo 12 años en una empresa con una jornada de 3 horas diarias, hace un par de años me hicieron una novación de contrato subiéndomelas a 5 horas diarias ya que aumento el servicio a cubrir.
Este año nos subroga otra empresa, mi duda es si tengo derecho a que me subroguen con la jornada de la novación ( la de 5 horas diarias) o por el contrario pueden por derecho subrogarme solo las 3 horas de mi contrato inicial.
Muchas gracias.
Las condiciones laborales que tienes actualmente, cinco horas.
Buenas noches Alejandro,
Trabajo en seguridad privada y el 1 de noviembre el servicio en el que estoy pasa a otra empresa y soy subrrogable,con la empresa actual tengo un pacto escrito en el que se me paga kilometraje,desplazamiento,dietas y un plus de disponibilidad,la empresa entrante tiene el deber de asumir dicho pacto verdad??
Gracias,un saludo
Sí, tiene el deber de respetarlo.
Hola alejando….estoy trabajando en una empresa de limpieza contratada por mí ayuntamiento cada año hacen concurso para empresas de limpieza y llevo desde hace 4 años subrogada cada año de la saliente a la entrante…resulta k este año no han hecho concurso y la empresa termina el contrato el día 31 de este mes……el ayuntamiento dice k nos quedamos paradas un mes o mes y medio hasta hacer concurso…..me tienen k pagar finiquito?…y quien debe pagarlo?…gracias
La responsable del pago es la empresa que te tiene contratada.
Buenos días,
En nuesto caso ocurre eso mismo. Nos ha realizado una subrogacion de contrato. La empresa saliente se hace cargo del pago de los días del mes trabajados hasta la fecha de la subrogacion y de las horas y días de vacaciones pendientes. De ser así nos surgen dos dudas:
-¿cómo se deben pagar las horas extras realizadas, de acuerdo al salario base o contemplando el plus que tenemos por nómina? Así mismo nos ocurre con las vacaciones, si nos han realizado subidas u bajadas de horas, tendrían que realizar un cómputo para saber cómo nos las tienen que pagar?
-¿cuándo tiempo tiene la empresa saliente para abonar la parte del sueldo del mes y el resto pendiente?
Muchas gracias de antemano,
Un saludo
La empresa saliente tiene que pagarlo en el momento que finalice la relación laboral con ellos. Las horas extraordinarias se abonan como mínimo con una hora ordinaria de trabajo, en los cuales se incluyen el salario base y pluses salariales. Las vacaciones habría que ver la causa de los cambios de salarios, pero sí, se podría realizar una media.
Buenos dias, la empresa saliente se olvido de ponerme en la lista de los trabajadores subrogardos a la nuevo empresa, asi lo han ratificado el Consell del Baix Empordà y la nueva empresa, asi como la anterior empresa reconoce el error. Cuales son mis derechos y que puedo hacer. Actualmente aún prestó servicios a la antigua empresa.
¿te debería de haber subrogado la otra empresa y no lo hizo? Exigirlo judicialmente.
Hola.
Soy jardinero en Zaragoza. Estaba contrtado por una empresa a media jornada con el convenio estatal/ regional de jardineria.Me subrogaron a jornada completa en una empresa con combenio especial de empleo ( una empresa con el 90% de personal discapacitado. Segun me dicen de RRHH no se me respeta los 7 años anteriores de antiguedad. Es asi?
Gracias.
¿Cual es la causa de subrogación? Sí que te deberían de respetar la antigüedad.
¿Tiene la nueva empresa entrante la obligación de mantener al personal fijo discontinuo de la empresa saliente? Si tiene la obligación y no lo hace, ¿que medidas se pueden tomar?
Sí, tiene la obligación. Demandar por despido a las dos empresas.
Buenos días
Doy servicio 30h en un ayuntamiento y va a entrar una nueva empresa. Mi empresa actual pretende que me quede con ellos y no me subrogue. ¿Debo avisar con 15 días de que voy a aceptar la subrogación? Además, mi empresa no ha respetado el pliego y me pagan inferior a lo que dictamina el pliego. ¿La nueva empresa me mantendrá el sueldo o me pagarán acorde al pliego y convenio?
Gracias
El pliego informa, pero no establece las condiciones laborales. La empresa te tiene que pagar como mínimo según lo que indica el convenio colectivo. La subrogación no se debe aceptar o no aceptar, es un derecho y obligación del trabajador. Cuestión diferente es que alcances un acuerdo con la actual empresa.
Buenas tardes,
Fuimos subrogados en Febrero y hasta el momento las condiciones laborales fueron respetadas. El tema surge con la paga extra de verano que la empresa entrante tan solo nos paga de Febrero en adelante y alega que lo anteriores meses (julio a enero) lo debe asumir la empresa saliente. Es eso correcto? O debemos reclamarlo a la empresa actual y que ellos se arreglen con el anterior?
Muchas gracias
A veces el convenio establece que lo paga la empresa saliente, aunque es una cuestión que compete a las empresas. Los trabajadores se lo debéis reclamar a los dos, ya que los dos están obligados al pago.
Buenas, hace dos meses nos subrogaron sin notificación escrita, teníamos durante 5 años en la antigua empresa un turno de mañana exceptuando 4 días al mes repartido por cuadrante de turno de tarde. Tras la subrogación a tres trabajadores nos han puesto de turno de tarde aun pidiendo que se repartiera por cuadrante como se hacia hasta ahora. Nuestro contrato es de lunes a sabado 40 horas, no dice nada más.
Esto es un cambio sustancial de las condiciones de trabajo suficiente para emprender acciones legales y conseguir un despido con indemnización y finiquito? Muchas gracias
No es tan relevante lo que indica el contrato de trabajo, sino el turno que realizabais antes. Y por lo que entiendo, os mantienen las condiciones laborales, ya que indicas que: “se reparte por cuadrante como se hacía hasta ahora” Por lo tanto, en mi opinión, no se trataría de una modificación sustancial de las condiciones de trabajo.
Trabajo en una fabrica desde hace mas de quince años a traves de una subcontrata, ahora la fabrica quita en contrato de servicio pero lo que hacia yo y la subcontrata lo va a hacer el personal de a fabrica. ¿me tienen que subrogar?
Salvo que exista cesión ilegal, en principio no.
Buenas tardes. Mi padre lleva 16 años en una empresa de 4 hermanos (hostelería). Uno de ellos se ha separado y ha formado su propia empresa y quiere tener a mi padre en ella. Quieren hacer que firme dos documentos, uno en el que consta el paso de una empresa a otra y el mantenimiento de antigüedad y sueldo y otro documento de baja voluntaria. ¿Es correcto el procedimiento? ¿La firma de la baja voluntaria es realmente necesaria?
Le están presionando para que firme pero no estamos seguros de las consecuencias de firmar esta baja voluntaria.
Gracias de antemano.
Trabajo en una química en Tarragona. Llevamos de 14 a 30 años muchos de los compañeros, tenemos la mosca detrás de la oreja que poco a poco van a querer prescindir de nuestros servicios. Llevamos el mantenimiento eléctrico en ella, con una subcontrata y tenemos miedo de que pueden hacer perder nuestro puesto. Sería legal que nos quitarán del puesto o nos pudieran en otros puestos que tenga la empresa después de tantos años ?
Si existe causa para ello, se podría modificar el puesto de trabajo o extinguir la relación laboral independientemente del tiempo que llevéis en la empresa.
Hola buenas tardes, la empresa donde estaba trabajando ha cambiado de empleador, si no quiero seguir la relación laboral con el nuevo empresario, ¿perdería mi indemnización por antigüedad y la prestación por desempleo? Gracias
Si. El cambio de empleador no justificar solicitar la extinción con derecho a indemnización y paro.
Hola en diciembre me subrogaron estuvimos con el convenio que teníamos en la otro empresa hasta principios de enero nos pusieron el convenio estatal de jardinería. Pos resuelta tengo una discapacidad de 65% y me están quitando un 12,9 de irf además de exigir el modelo 145 a la empresa no he recibido nada y ya desistí me deben regularme el irf
Hola buenas tardes,
me subroga una empresa de vigilancia próximamente. La empresa saliente, nos pagaba un plus por funciones especiales diferentes al resto de compañeros, ésta empresa, pretende quitar dicho plus. ¿puede hacerlo? porque evidentemente el cargo de responsabilidad que tenemos los compañeros que lo cobramos es bastante grande. Si es que no, ¿Podría decirme dónde queda recogido?
Gracias y un saludo.
Si es un plus que no está recogido en el convenio colectivo, sólo lo podrán hacer si existe causa para ello y se sigue el procedimiento de modificación sustancial de las condiciones de trabajo.
Buenos días,
Mi empresa me subrogó el día 1 de marzo, habiéndome readmitido el 25 de enero anterior, tras haber decretado el juez un despido nulo. La empresa saliente nunca me ha pagado los salarios de tramitación durante el período que estuve en paro.
Por otro lado, la nueva empresa (entrante) no me ha aceptado como trabajador subrogado, y la antigua (saliente) se limpia las manos diciendo q ya no soy empleado suyo y que reclame los salarios de tramitación y el despido a la nueva empresa.
Me encuentro en una situación de limbo legal en la que ninguna de las dos empresas admite haberme despedido, por lo que no puedo demandar empleo, ni ser beneficiario de ninguna prestación ni ayuda, además de no cobrar nada desde el mes de febrero.
He hecho la demanda a Inspección de Trabajo, quien me ha citado ante el juez el dia 21 de Mayo, y un día antes han aplazado la vista para el 27 de julio sin aducir motivos.
A quien correspondería el pago de los salarios de tramitación? Cual de las dos empresas debería despedirme en caso de no quererme ninguna de los dos?
Gracias por su consejo, mi situación es desesperada
No se si has puesto demanda que sería lo correcto, o denuncia en inspección. En cuanto a salarios de tramitación, pueden ser responsables los dos, en cuanto a la extinción, la segunda empresa, si tuvo la obligación de subrogar y no lo hizo.
Soy personal laboral fijo de un ayuntamiento y hace ocho años me subrogaron a una empresa, a los cinco años a otra. Este año el ayuntamiento vuelve a hacer un nuevo Pliego de Condiciones para volver a ser subrogada. Mi pregunta es:
si se ha aprobado una RPT nueva en el ayuntamiento en el que mi salario está recogido el ayuntamiento me puede subrogar con un salario inferior en este nuevo Pliego de Condiciones?
Gracias por su tiempo. Saludos
Da igual lo que ponga el pliego de condiciones, ya que no puede perjudicar a los derechos de los trabajadores, entre ellos el salario. Es decir, el pliego tiene un valor informativo para la empresa que está interesada en el servicio, pero no puede modificar las condiciones laborales.
Hola Alejandro, mi pareja trabaja de vigilante de seguridad en un hospital privado donde tiene un contrato de obra y servicio. Lleva más de 5 años y ha sufrido 3 subrogaciones, la última fue hace un año. La empresa mantuvo las condiciones de su contrato igual a como estaban siempre, cambiando un poco la distribución de horas donde él estaba de acuerdo. Ahora, un año después y con el tema de la crisis por el Covid, el hospital quiere prescincir de él, que no del servicio. Al parecer la empresa que le subrogó el año pasado quiere ofrecer a mi pareja un contrato por horas en otros servicios, en lugar de despedirle. Él estaba ya cobrando antigüedad por los 5 años que lleva en el servicio y entonces nos surge la duda de si al cambiar el contrato, no solo de horas sino también de centro de trabajo, y, al llevar solo un año con esta nueva empresa, si perdería esa antigüedad que tiene o si, por el contrario, se debe mantener. En el caso de no mantenerse la antigüedad total, ¿se mantendría solo la que tuviera con esta empresa (1 año)? Gracias de antemano y un saludo.
Se debe mantener la antigüedad en cualquier caso.
¿Entiendo entonces que aunque solo lleve 1 año con la nueva empresa y al cambiarle el contrato sigue manteniendo esa antigüedad de 5 años?
Muchas gracias por la repidez en tu respuesta.
Sí, se mantiene la antigüedad.
Hola Alejandro, tengo una duda.
Mis jefes nos comunicaron ayer que traspasaban la empresa a otras personas y ahora esas personas se hacen cargo del negocio y nos mantienen a los mismos empleados. Hasta aquí todo bien. Le he enviado un audio a mis jefes esta mañana para preguntarle que qué pasa con las horas extras del mes de marzo que no nos abonaron en su momento alegando que a la vuelta de la normalidad cuando se empezara a generar dinero nos las pagarían y no hay respuesta y me consta que ha escuchado el audio. ¿Qué procedimiento debo seguir para reclamar esas horas?
Muchas gracias
Demanda a la actual empresa y a la anterior, presentando una reclamación de cantidad por las horas extraordinarias realizadas. Lo explico en este artículo.
Buenas, resulta que varias compañeras que han sido subrogadas han pasado con una antigüedad y la empresa subrogada, no quiere reconocerle esa antigüedad. Estos han sido sus contratos 1°: eventual 2°: eventual 3°: eventual 4°: eventual 5°: eventual 6°:interinidad 7°: indefinido.
¿Deben mantenerse la antigüedad desde el primer contrato?
Un saludo y gracias.
No depende tanto de los contratos, sino del tiempo que haya existido entre contratos. Pero que exista una subrogación no es motivo para perder la antigüedad que ya se tenía.
Vale, entiendo que la antigüedad se tiene per se, y por quien debe ser reconocida?
Si la anterior empresa si te la reconoce y la entrante no.
El caso, es que entre ninguno de los contratos la duración fue mayor a un mes.
Muchas gracias Alejandro por la pronta respuesta.
Te la tiene que reconoce la empresa entrante. En caso contrario, siempre se puede demandar.
Hola buenas tardes soy de Madrid y empece en mi trabajo trabajo el día 25/05/2020 de soporte técnico en mi empresa como llevo haciendo desde hace 2 años, pero en julio y septiembre del año pasado ya me mandaron a una empresa como externo, mi consulta es la siguiente puede mi empresa mandarme a una empresa para hacer dicho servicio,no obstante me han vuelto a mandar a esta misma empresa sin determinarme tiempo y con horario diferente al habitual.
¿Si en mi contrato pone que trabajo en una determinada dirección A?¿Pueden mandarme a otra dirección B con diferente horario?
¿Seria una cesión ilegal?
¿Como podría impugnar esto ante el SMAC?
No por trabajar en el centro de trabajo de otra empresa se considera cesión ilegal, ya que la externalización de servicios es algo habitual, por ejemplo, servicio de mantenimiento, limpieza, seguridad… Sobre cuando existe cesión ilegal, te recomiendo este artículo.
Voy a ser subrogado y aunque me deben mantener el salario, en la nueva empresa trabajan de 07:00h-15:00h para no pagar las medias dietas con lo cual se vería reducido mi nuevo salario,es esto legal o me lo deben satisfacer con cualquier otro plus para que al fin siga cobrando lo mismo que estaba cobrando??
Se deben respetar las condiciones laborales, sin perjuicio de que la empresa pueda modificar las condiciones laborales mediante una modificación sustancial de las condiciones de trabajo del artículo 41 del ET, si existe causa para ello.
Hola trabajo en una empresa el cual el jefe se jubila y me propone seguir trabajando en lo mismo pero con otro nombre de empresa y el propietario seria una hija suya. Ya que la empresa actual la cierra.
Me respetarían la antigüedad y el contrato?
No se si es en el mismo centro de trabajo o funciones…. Podría ser una sucesión empresarial, y en tal caso, deberían respetarte antigüedad y contrato de trabajo.
Buenas, mi antigua empresa ha sido vendida a otra nueva, nos subrogan, pero las condiciones de trabajo son distintas ya que la nueva únicamente instala fibra óptica y la antigua hacía trabajos muy variados en telecomunicaciones de todo tipo, obras, alarmas, etc. Y hay distintas situaciones, y dudas.
1 – Varios trabajadores, por trabajar en distintos proyectos, tenían un plus desde hace más de un año. Por encima del convenio y ahora lo querrán quitar aunque ya esté consolidado.
2 – Contratos de 40 horas semanales de lunes a sábado, pero dado que el viernes ya llevan 40 horas, el sábado mensual que trabajaban era cambiado por el lunes siguiente. Ahora quieren que trabajemos dos sábados sin librar el lunes, o el día y medio correspondiente a las 40 horas.
3 – No sabemos si es obligatorio que especifiquen el horario laboral?
4 – No tenemos comité de empresa, acabamos de empezar con la nueva empresa y no nos han avisado de nada.
5 – Como se puede certificar de forma feaciente si los cambios en el contrato están debidamente justificados?
Muchas gracias de antemano
Lo que comentas sería una modificación sustancial de las condiciones de trabajo, y si no estáis conformes y la empresa no ha seguido el procedimiento para dicho cambio, tendréis que impugnarlo en el plazo de 20 días hábiles. Sobre si los cambios están o no justificados te recomiendo que leas este artículo sobre la modificación sustancial.
Buenos dias,
Con fecha 01 de Marzo he sido padre y me he cogido un mes de baja de paternidad por lo tanto tengo derecho a mas dias durante el primer año.
En Julio me voy a subrogar a otra empresa.
Mi pregunta es ¿Podre disfrutar del resto de permiso de paternidad?.
Sí, no te debe perjudicar el hecho de que exista una subrogación.
Ante todo, muchas gracias por la enorme labor que se hace en los comentarios aclarando todas las dudas posibles, ahora expongo la mia:
Trabajo en una floristería, siendo esta propiedad de empresario invidual y ahora mismo estoy de baja médica desde el 21 de Mayo, el 28 de este mes (ayer) me comunica el jefe que va a jubilarse el dia 7 de Junio me ha propuesto una especie de traspaso de la tienda quedando el por detras, una cosa bastante extraña y sencillamente no lo voy a aceptar, la duda es como proceder sobre la extincion del contrato porque tengo dudas en los distintos rumbos que puede llevar la empresa a partir de ese 7 de Junio ya que no me queda claro si cerrará definitivamente o buscará otra persona para llevar el negocio y tampoco me lo quiere aclarar.
– Afectaria a algo que esté de baja durante ese cierre de empresa?
– Si cierra definitivamente tendria derecho a un mes de salario, eso lo tengo claro, tendria que firmar algo? En el caso de firmar, eso me quitaria de poder reclamar un despido improcedente (o el que sea con derecho a indemnizacion) en un futuro si la tienda vuelve a abrir?
– Si la empresa cierra pero al cabo de un tiempo vuelve a abrir manteniendo el mismo negocio por supuesto, a que tendria derecho?
– Llevo trabajando de ayudante de floristeria mas de 10 años, lo cual por miedo no me he atrevido a reclamar en ningun momento, se podría hacer algun procedimiento sobre esto?
Se que son muchas preguntas pero no tengo como resolverlas y me siento impotente ahora mismo con muchisimas dudas al respecto de mi futuro laboral ya que tengo una edad y no quiero que se me pueda tomar el pelo de nuevo..
Muchisimas gracias de antemano.
No afecta el hecho de que estés de baja. Habría que ver lo que te da a firmar, en caso de duda, no firmes o indica no conforme. Si existe sucesión empresarial tendrás derecho a que te contraten, pero para ello, tienes que demandar por despido. Es decir, pasado el plazo de 20 días hábiles sin que hayas demandado, poco podrás hacer. Sí, puedes reclamar tu puesto ahora o en caso de despido y las cantidades de un año.
Buenas tardes,
La empresa en la que estoy de excedencia por cuidado de un menor está en venta, quisiera saber si en caso de que cambie de dueño que opciones tengo… podrían despedirme antes de mi vuelta?
Gracias
Podrían despedirte si existe causa para ello, no pierdes ningún derecho al respecto por el hecho de estar de excedencia por cuidado de un menor.
A la empresa donde trabajo la ha comprado otra del mismo sector pero con sede en otra ciudad. Ahora quieren liquidar la mia. En que supuestos podrian despedirnos sin indemnizacion? Quiebra quizas? Muchas gracias.
Si la empresa no tiene liquidez, el FOGASA responderá de parte de la indemnización. El trabajador no tiene derecho a indemnización en caso de despido disciplinario, pero eso viene motivado por un comportamiento grave y culpable del trabajador. En caso de que la empresa no tenga dinero, y tenga que despedir, el trabajador tiene derecho a indemnización. Si la empresa no puede pagarla, responderá el FOGASA.
Hola, yo tenía un horario de 9.30 a 15.30 por cuidado y custodia de un menor en la antigua empresa y ahora los nuevos me ponen a trabajar de 10 a 14 y de 17 a 20.3…llevo así ya 2 semanas…quería arreglarlo por las buenas pero sino es así, tienen obligación de mantenerme mi antiguo horario?..a mi me vendieron todo como si fueran las mismas condiciones,en mi contrato anterior se especifica claramente ese horario…muchas gracias
Si existe una modificación sustancial de las condiciones laborales tienes un plazo de 20 días hábiles para impugnar si no está conforme. También, podrás solicitar la extinción de la relación laboral si te causa un perjuicio.
Soy vigilante y el lugar donde presto servicio va a ser subrogado por otra empresa. Mi empresa nos ha mandado un email donde nos pide que firmemos dicha subrogación. Como no hemos firmado ninguno, por si las moscas, nos dicen ahora que devolvacmos el correo sin firmar la hoja pero indicando que la hemos recibido. Y ahí surge nuestra duda, eso podemos hacerlo sin riesgos?. Nos obligaría a algo?
Gracias.
Buenos dias,
Me quedan por disfrutar dos meses del permiso de paternidad los cuales puedo disfrutar hasta Febrero 2020.
En Julio me subrogo a una nueva empresa podre disfrutar el permiso que me queda sin problema por lo que me han comentado en la empresa
Buenas tardes,
soy enfermera, La empresa en la que trabajo va hacer una subrogacion en la que la nueva empresa empieza el 1 de junio, mi pregunta es la siguiente:
¿ sí mi ultima subida salarial ha sido en abril, deben subrogarme con esta subida salarial verdad? y pagarme todas las vacaciones acumuladas no?
Un saludo
Se deben respetar todos los derechos de los trabajadores, entre ellos el salario.
Buenas
Estoy de baja laboral, y me sustituye un compañero, la empresa no da señales de vida, y va a entrar una nueva empresa, nos dicen que se llama sucesión de empresas, a quien de los dos deben contratar?
Por último yo tengo dos juicios pendientes con la empresa saliente,ahora seguirían igual, o cambiarían contra la entrante?
Gracias y saludos
Deben contratar a los dos, y los juicios, debes ampliar demanda contra la nueva empresa y demandar a las dos.
Buenos días, mi empresa me subrogó el contrato el 01/01/2020, a sabiendas que iba a suceder pero nunca me lo notificaron por escrito y en ningún momento me entregaron el documento de subrogación. Me enteré por la notificación SMS de la Seguridad Social. A 30/04/2020 he sido despedido. ¿Correspondería denunciar a la empresa por este hecho a mi favor? Gracias de antemano.
¿demandar la subrogación? En principio lo que tienes que impugnar es la causa del despido, y en su caso, dentro de esas cuestiones de impugnación puedes comentar el hecho de la subrogación.
Buenas, a mi empresa se le acabo el contrato el último día de enero 2020 en una residencia, es una subcontrata del sector de hostelería de colectividades Y a todos los empleados nos destinaron a otros centros de la misma empresa. Sabemos que somos Subrogables.
Cuanto tiempo tenemos para que la otra empresa nos subrogue? .
Ese tiempo corre estando en este Estado de alerta que vivimos actualmente?
Que podemos hacer si no nos subroga la nueva empresa?
Agradeciendo toda la información.
Gracias
Habría que ver que es lo que dice el convenio al respecto, pero es cierto que en este aspecto, el tiempo transcurrido no juega a vuestro favor sobre la posibilidad de ser subrogados.
Hola ,Buenas trabajo en una empresa de limpieza que presta servicios a otra empresa. La empresa donde se presta los servicios quiere cancelar el contrato con mi empresa, pero seguir con otro personal contratado por ellos el servicio. Es posible esto sin subrogar al personal ya que todos tendríamos que ser despedidos por la empresa que presta los servicios?… Y se puede hacer ahora que estamos en el estado de alerta?… Gracias.
Se puede hacer aun en estado de alerta la cancelación del contrato, sobre lo otro, habría que ver si tenéis derecho o no a ser subrogados.
Buenos dias alejandro
Yo tengo una duda sobre este tema
Me ofrecen un traspaso de un clinica.
Para no correr con gastos me proponen la alternativa de que los trabajadores sean autónomos y yo realize un contrato de colaboración con ellos a un determinado porcentaje. Hasta ahi lo veo factible
Pero como ha de terminar su relación laboral con el anterior empresario.cual es la manera mas legal de hacerlo y que no tenga consecuencias sobre mi posteriormente
Se puede realizar algún Documento para que yo no resulte afectado posteriormente.
La verdad es que quiero hacerlo de manera seria y legal y mo tener ningún problema
No me importaria realizar una consulta online o por telefono
Gracias
Saludos
Es una cuestión que habría que analizar más en profundidad, ya que puede que no se puede hacer una contrato de colaboración, o pasar de una relación laboral a mercantil. Por ello, te recomiendo que acudas a un abogado de tu localidad para que lo revise. Los contratos de trabajo, la forma de trabajar, la forma del traspaso… no es una cuestión sencilla.
Buenos dias,
mi empresa se ha subrogado, y me notifican mediante e-mail una carta datada de 31 de marzo comunicándome que el 1 de abril (el mismo día de recepción de la carta) empiezo a trabajar en un centro de trabajo que está a 51km de mi actual trabajo. Se escudan en que me mantienen todas las condiciones tal cual las tengo actualmente, obviamente, entiendo que el tener que realizar todos los días 100km para ir y volver del trabajo no me están manteniendo mis condiciones. Ademas, no me habían comentado nunca nada sobre la subrogación, y ahora me están diciendo que se equivocaron en la fecha y que era el día 15 de abril en vez del 1 (Mentira! mi centro de trabajo no ha vuelto a abrir desde el 1 de abril). Para mas “guasa“ llamé a la nueva empresa el día 1 y me dijeron que no habían firmado ninguna subrogación que todavía estaba en el aire. La verdad no sé qué opciones tengo, ahora si me están dando la opción de despedirme con 20 días, pero no tengo claro si me corresponden mas días al haberse comportado de tal manera conmigo, entiendo por lo que he leído que están infringiendo un montón de obligaciones.
Que no hayan respetado el preaviso o seguido el procedimiento, en mi opinión, no va a permitir conseguir más de 20 días en caso de que quieras solicitar la extinción. Ahora bien, lo que puedes hacer es impugnar la decisión empresarial.
Los subrogados han mantenido su antigüedad laboral, es cierto?
Pero hora ante el ERE la empresa lo quiere hacerlo por antigüedad administrativa. Entiendo que los subrogados no les computa su antigüedad laboral sino la administrativas la hora de irse al ERE verdad?
No existe diferencia entre antigüedades, no se a que te refieres con “antigüedad administrativa”, pero sería un indicio de discriminación si se tiene en cuenta el tiempo en una empresa y no la antigüedad que le corresponde por el motivo que sea. Los trabajadores subrogados tienen los mismos derechos que otros trabajadores.
Estonces si un trabajador subrogado suma entre su anterior empresa mas la que le subrogó por ej. 24 meses (12 meses + 12 meses por empresa), y otro empleado que sólo ha trabajado en la empresa que hace el ERE y tiene un total de 23 meses.
Quien es el que antes se iría a la calle si el expediente de regulación se hace por antigüedad?
Si la preferencia es por antigüedad, en mi opinión, se tiene que quedar el de 24.
Buenos días, mi empresa ha sido subrogada ha finales de septiembre de 2019, como no me mandaban las nóminas no sabía como las estaban haciendo, cuando conseguí que me las pasarán en diciembre, me di cuenta que mi base de cotización la han variado antes era de 1375 euros y me la han puesto en 1350. Cuando hable con ellos para que me lo regularizaran, me dijeron que esas nóminas ya no podían modificarlas, y que estaban mal porque no le habían pasado correctamente los datos de mi nómina la otra empresa, hable con la compañera que llevaba los datos y me enseño lo que le había pasado y estaba correcto, después de insistir me comentaron que en la siguiente en la de enero me lo arreglaban, llego la nómina de enero y seguía mal, volví hablar con ellos y lo mismo que en el mes próximo me lo arreglaban, después de pedir varias veces la nómina de marzo, me la han enviado y he visto que la base de cotización sigue mal, y me han dicho que hasta después de que pase el coronavirus no me lo van arreglar, porque según ellos mis nóminas anteriores estaban mal confeccionadas. Que puedo hacer? y para colmo ahora cuando me he descargado los datos fiscales para confeccionar mi declaración de la renta, me he dado cuenta que en los meses que ellos me han pagado las nóminas no me han practicado retención ninguna. He mirado las que me han mandado en lo que llevamos de año y tampoco tienen retención. Muchas gracias por su ayuda.
Presenta denuncia en inspección de trabajo y cuando acabe el estado de alarma demanda a la empresa.
Buenos dias
Trabajador fijo-discontinuo que trabaja en una empresa subrogado y a los dos meses es baja médica.
Para el cálculo de la BRD se computan los dos meses que lleva en la nueva empresa o bien al ser subrogación, también se tiene en cuenta el último mes que trabajó en la anterior empresa?
La subrogación no debe afectar al trabajador, por lo que se debe tener en cuenta lo cotizado a la anterior empresa.
Hola, han vendido mi empresa en la que llevo 12 años trabajando, esta semana viene la otra empresa hablar conmigo, si no me gustan las condiciones puedo renunciar de alguna manera y tener derecho a indemnizacion y desempleo? actualmente estoy fijo, gracias
No puedes renunciar con derecho a indemnización por el hecho de existir una subrogación, podrás hacerlo si existe una modificación sustancial de las condiciones de trabajo o una movilidad geográfica.
Hola .trabajo empresa de limpieza en un centro comercial mi jefe. Avisa con un mes al centro su dimision de contrato con el centro comercial quedando tres trabajadores para la surrogacion de la nueva empresa .la sorpresa nuestra es que el centro nos hecha la calle diciendo que van hacer la contratacion ellos sin empresa eso es legal .gracias
Habría que saber más del tema para saber si os tienen que subrogar, convenio de aplicación, si existe o no sucesión empresarial…
Buenas,
Me subrogué a una empresa “empresa entrante”, pero la empresa “saliente” (la antigua) digamos me adeuda unos 2000€, he denunciado a la empresa antigua pero es insolvente (ya lo sabemos)y al estar subrogada y existir sucesión de empresas (art.44 ET) quién me pagará FOGASA o es responsable la empresa nueva?(que a su vez tampoco paga bien…).
Hay sentencias que la empresa entrante es responsable solidaria en estos casos pero no la he denunciado, qué debo hacer, me pagará fogasa sabiendo que estoy subrogada?
Gracias
Lo normal sería demandar a la empresa entrante, ahora bien, en el momento que se declare la insolvencia entiendo que el FOGASA le abonará el salario que le adeudan teniendo en cuenta los límites del FOGASA.
Buenos días,
Mi madre trabaja para una empresa de limpieza y uno de los portales fue subrogado por otra empresa (la empresa entrante le ha cambiado las condiciones), no le han dado ningún papel solamente la han informado verbalmente.
Mi madre no quiere aceptar las nuevas condiciones, tiene alguna repercusión o simplemente renuncia y ya está? Le tienen que dar algún papel donde conste la renuncia?
Muchas gracias.
Saludos
Tiene que renunciar por ser una modificación sustancial de las condiciones de trabajo y esperar a que la empresa lo acepte, si renuncia sin más será una baja voluntaria. De la otra manera, se tiene derecho a una indemnización y desempleo, si es baja voluntaria no.
Muchas gracias!
Saludos cordiales!
Buenas tardes, tengo un contrato a jornada completa (40 horas) por obras y servicios en el que se especifica que la jornada es de L-V de un puesto de conserjeria en un edificio. Mi horario ha sido siempre de mañana y sin trabajar festivos.
Hace dos meses fui subrogado tras cambiar la comunidad del edificio de empresa de servicios, y me han puesto un cuadrante en el que trabajo tardes y mañanas, y sabados y domingos, asi como festivos.
¿son legales este cambio de condiciones?
¿si en el contrato pone de LUNES A VIERNES desde que estaba con la empresa anterior, pueden cambiarme a trabajar sabados y domingos?
gracias
No pueden realizar esa modificación sin seguir el procedimiento de modificación sustancial de las condiciones de trabajo. Si no estás no conforme, tienes un plazo de 20 días hábiles para impugnarlo ante los tribunales.
Gracias Alejandro. No estiendo en que consiste ese procedimiento…
La junta de la comunida comunico a la empresa nueva q hubiera turnos pero sin q cambiaran la condiciones
¿debo entender que si se puede de alguna forma?
Sí, existe un procedimiento mediante el cual la empresa puede modificar la jornada de trabajo siempre que exista causa para ello y respete los derechos de los trabajadores recogidos en el convenio y estatuto, si el trabajador no está conforme puede impugnar la medida o incluso solicitar la extinción de la relación laboral.
Hola buenos días
Hace dos meses la empresa de seguridad donde trabajaba, tras concurso de acreedores cesó y entró otra nueva empresa que en principio se va a quedar unos meses.
El tema es que la empresa del concurso nos ha dejado a deber varios meses de salario.
Yo tengo entendido que la nueva empresa se ha de hacer cargo de los salarios pendientes, yo quisiera saber si le tengo que reclamar por narices a esta nueva empresa que es provisional o si también puedo demandar a la empresa que entre definitivamente.
Muchas gracias
La empresa entrante asume las deudas, y considero que también la que entra posteriormente. En caso de duda, demanda todas.
Buenas tardes ..Yo llevo 2 años de baja y estoy con el inss por incapacidad permanente pendiente de resolución .Mi empresa cambio de propietario y no se kien es .Mi pregunta es si estoy obligada a firmar la carta de cambio o en que me afecta?? Aparte de tener varias denuncias a la empresa.gracias
No debería afectarte, habría que ver que es lo que quiere que firmes la empresa.
Hace 20 meses en misma empresa,nos entregan escrito de cambio de nombre y de scp a SL,y q nos respetaban antigüedad,recibí nómina y resulta q la netiguedad no hay,es desde la fecha de nombre nueva(baja de empresa y alta de nueva) y en mi vida laboral igual estoy dada d baja y d alta en empresa,cuestión ni me han indemnizado,me han mentido,y han pasado 20 días del cambio,como reclamo,q derechos tengo?necesito orientación.
No es tan relevante que en la nómina no se indique la antigüedad correcta, ya que si es cómo indicas, la antigüedad no la has perdido aunque la empresa diga lo contrario. Tendrás que revisar que el convenio no recoja algún tipo de plus por antigüedad que no te estén abonando.
Buenas tardes,
Mi empresa hace subrogación y el día 2 de marzo comenzamos con la nueva sociedad manteniendo todos las condiciones que teníamos. A mi la empresa que ahora cesa me contrató con contrato de 6 meses que justo finaliza a los 6 días de realizarse la subrogación. Mi pregunta es: estoy obligada a subrogarme si me hacen una renovación del contrato? no quiero quedarme con las condiciones que vienen ya que muchos de los “privilegios” que teníamos no eran por escrito en cuanto a horarios y comisiones. Si decido que no quiero seguir en la nueva empresa, tengo derecho a prestación por finalizar el contrato con la otra empresa que me contrato??
Gracias
No, te tienen que subrogar y, en caso de que no quieras continuar es una baja voluntaria. Es decir, con los datos que me indicas, no tienes derecho a solicitar la extinción de la relación laboral con derecho a desempleo.
Querría hacer una pregunta porque no me queda del todo claro lo que me dice mi abogado.
Trabajaba en una empresa en la cual subrogaron al personal que tenía contrato indefinido, yo era una de ella, pero en el momento de la subrrogación me encontraba en suspensión de contrato, puesto que venía de haber estado de una IT prolongada y tenía que volver a pasar por el tribunal médico para que me dijeran si me daban la incapacidad o por el contrario tenía que volver a reincorporarme a trabajar.
Mi abogado me dice que he hecho lo que debía de hacer, que fue en el momento que me dieron de alta médica, comunicarlo a ambas empresas para que se llevara a cabo la subrrogación o por el contrario firmarán un despido improcedente. Como no hicieron ninguna de las dos cosas, los demandamos.
Pues bien ahora en la sentencia le han dado la razón a la empresa subrrogadora, diciendo que yo debería de haber denunciado porque no me subrrogaran en el momento que se produjo ésta y no cuando me dieron el alta. Puesto que pasaron los 20 días hábiles que tenía para interponer la demanda… Esto fue el 1/08 y a mi me dan el alta médica a finales de octubre. ( A mi nadie me comunicó en ningún momento que no me iban a subrrogar, de echo yo firme en mi primera empresa para consentir que pasaran mis datos a la segunda).
Vamos a recurrir la sentencia por supuesto, pero mi duda es si la jueza lleva algo de razón en que yo debería de haber denunciado en ese momento aún cuando me encontraba en suspensión de contrato y no me podían subrogar puesto que estaba de baja.
Muchísimas gracias por vuestra atención.
Habría que ver el caso concreto, pero sí que te pueden dar de alta aunque estés de IT.
Buenas, me subrogaron de empresa y ahora la nueva tiene otro convenio, con salarios bases y condiciones peores. ¿Debo acogerme al nuevo convenio? Mi nómina cambiaría reduciendose el concepto de salario base y cobrando la diferencia en otros conceptos.
Sobre el convenio colectivo aplicable tras una subrogación lo comento en este artículo. Tu salario no puede bajar de manera automática, pero sí que podrían cuando se te aplique, acomodar los pluses sin modificar la cuantía ni los conceptos salariales o extrasalariales.
Hola, en primer lugar gracias por atenderme.
En septiembre fui contratada por una empresa de limpiezas, para limpiar una oficina pública, durante 20 minutos,.todos los días de lunes a viernes. Me hicieron un contrato de 3 meses de prueba y que me harían otro indefinido, al finalizar el mismo.
En noviembre la empresa fue subrogada por otra. La nueva, no me subragó el contrato. Me enviaron un burofax. No me extrañó, pues creo que para obligar a subrograr un contrato, como mínimo, creo que tenía que haber estado 4 meses trabajando. La oficina estuvo una semana sin limpiarse, al final me llamaron, para volver. Aunque, estuve una semana sin ir a trabajar, ya que me dijeron que no fuera, vi que luego en la S.S. Me dieron de alta el 1 de diciembre y me pagaron el mes entero.
Bien, mi duda es: si la antigua empresa, solo me hizo un contrato de 3 meses, la nueva, me debe hacer el indefinido, que es como quedé yo con la empresa anterior, no? Y de hacerlo, sería ya con su nombre? Es que de esta empresa no he visto nada y me dicen que no necesito nuevo contrato. Pero si el otro acabó en diciembre al ser solo de tres meses…..
La verdad que son un poco desastre, ya que cuando llamas, no te.cogen, y no saben informarte.
Mi pregunta entonces es la siguiente, me tiene que hacer la nueva empresa el nuevo contrato si el de prueba acabó ya en diciembre? Porque aunque se subrogen las condiciones, al terminar ese contrato, el otro será ya con la nueva empresa, no? Y yo no he firmado nada. No sé, estoy hecha un lío.
Muchas gracias.
Muchas gracias
El contrato tiene que ser con la nueva empresa, pero no obligatoriamente indefinido. Revisa en el informe de vida laboral que tipo de contrato te han hecho. De todos modos, si no has firmado nada, la relación laboral se presume indefinida.
Hola, mi marido trabajaba como mando intermedio en un supermercado. Hace aproximadamente 3 meses, este fue subrogado y firmaron que todos los trabajadores se quedaban en las mismas condiciones.
Ahora, lo quieren ascender, pero ganando lo mismo y a un centro de trabajo que se encuentra aproximadamente a 1 hora de camino. Es decir, perdería dinero y ampliaría la jornada de trabajo, pues estaría todo el día y tendría que desplazarse diariamente.
Puede negarse? Que derechos tiene?
Gracias por su respuesta
Sería considerado una movilidad geográfica y modificación sustancial, puede impugnar la medida ante los tribunales y/o solicitar la extinción de la relación laboral con derecho a una indemnización y paro. En cualquier caso, habría que ver si tiene derecho a subida según el convenio colectivo.
Muchas gracias por su respuesta. La duda que me surge es si la indemnización a la que tendría derecho sería de 20 días? Sería considerado despido objetivo?
No sería un despido objetivo, pero si que la indemnización son 20 días por año trabajado.
Buenas.
Trabajo de guarda de noche para una subcontrata en un hotel(somos indefinidos), el dia 31 de enero acabamos el servicio y empieza una nueva subcontrata el servicio.
La directora del hotel le ha dicho a la nueva empresa que no nos subroguen.
Quisiera saber si tenemos derecho a algo.
Gracias.
Habría que ver que es lo que dice el convenio colectivo, o si se puede considerar que existe sucesión empresarial. Por otro lado, si no existe subrogación, la empresa que os tiene que contrataros tiene que daros otro trabajo o despediros con la indemnización correspondiente.
Buenas tardes,trabajo desde hace 4 años para una empresa limpiando varias comunidades.Una d ellas en la q hago 4 horas semanales va a cambiar de empresa .Entiendo q la empresa entrante deberá subrogarme .Mi duda es ; puede despedirme después d subrogarme ?
Si existe causa para el despido sí que podría.
Buenas tardes,
Inicie un procedimiento contra mi empresa de extinción por falta de pago y retrasos continuos. Durante la espera de Juicio ha habido una subrogación a otra empresa de parte de la plantilla (en la que me encuentro). Actualmente sigo a la espera de juico frente a mi anterior empresa peros me surgen algunas dudas:
– ¿Podría estimarse mi demanda y resolverse mi contrato actualmente aunque hace ya meses que trabajo para otra empresa (la que se subrogó en la anterior)?
– De poder estimarse, ¿Con que fecha se acordaría la extinción? ¿Fecha de subrogación o de sentencia?
– ¿Debería demandar también a mi actual empresa?
Muchisimas gracias por la ayuda
Saludos
En mi opinión, sí, debes demandar a tu actual empresa, y sí, podrían estimar la demanda con fecha de efectos de la sentencia.
Un saludo mi caso es que llevo 9 años de conserje en la misma comunidad ahora nos van a hacer una subrogación pero la empresa que entra nueva nos dice que solo nos puede guardar dos años de antigüedad eso es legal? Y si es legal la empresa anrigau me Tendría que finiquitar el restante de años gracias por la ayuda
No, os tiene que respetar toda la antigüedad, y si es una subrogación por sucesión o por que lo indica el convenio, no es necesario que la anterior os abone una indemnización, pero a lo mejor si que os finiquita, es decir, os abona las pagas extras que habéis generado con ellos.
Gracias Alejandro me has despejado muchas dudas un saludo
Buenas tardes: Trabajaba en un centro especial de empleo y solicite una excedencia para trabajar en la administración durante 2 años. Terminada dicha excedencia me reincorpore a la empresa y al mismo puesto de trabajo , siendo mi sorpresa que a los 2 días cambio la empresa y no nos subrrogó a 3 empleados siendo su obligación pues venía establecido en el pliego, convenio, y art 44 ET
Acudí a la justicia y me falla a favor pero como despido improcedente habiendo reclamado el nulo , pues yo quiero mi puesto de trabajo.
Si acudo al TSJ ¿que probabilidades tengo? , he leído varias noticias del tsj de madrid en que el mismo dictamina nulo uno de ellos en concreto KONECTA – SIFU de varios trabajadores discapacitados como yo
gracias
Habría que ver el tema, pero con los datos que me comentas, no veo causa de nulidad.
Hola,en caso de subrogación a otra empresa…que pasaría conmigo si estoy de excedencia por cuidado de hijos menores de 3 años?? Gracias.
No te debería afectar en nada la subrogación. Revisa en el informe de vida laboral que te han subrogado al igual que a tus compañeros.
Todavía no se ha producido la subrogación,pero si me pilla en la excedencia q comentaba….me podrían subrogar o me quedaría fuera? Gracias
Te deben subrogar.
El 30 de diciembre del 2019 me ha subrogado otra empresa y ahora la empresa saliente me comunica que tengo que ir a firmar el finiquito. Cuando hay subrogacion no hay derecho a finiquito verdad??? No debería de firmar nada??
Si te refieres a indemnización no, pero puede que la empresa anterior te abone la parte de las pagas extras que has generado con esa empresa. Habría que mirar que es lo que dice el convenio, pero si que puede que tenga que abonarte algo.
Buenos días . Estuve 1 año y medio en una empresa y hace 1 mes nos subrogò otra. Quiero pedir la baja voluntaria y no sé si tengo q avisar con 15 días xq se mantiene la antigüedad , o no es necesario al llevar 1 mes con esta nueva empresa ..
Un saludo
Sí, es necesario el preaviso con lo que indique el convenio colectivo..
Buenos días, la empresa en la que trabajo, tiene varios servicios, en uno que ha perdido en subasta pública realizo 30h al mes. Mi cómputo total son 120h mensuales en varios servicios. Ahora me dicen que me subrogan a la empresa adjudicataria y me tengo que ir, por 30 horas. Es legal? O me tienen que hacer un contrato por 120 horas la nueva empresa? Y si sólo me dicen que me contratan por las 30h establecidas en ése servicio, me puedo negar a salir de mi empresa? Y seguir con mis 120 horas que tengo en mi contrato actual??
Gracias
habría que ver más el caso, pero puede que te subroguen sólo en esas 301 horas y sea correcto.
30 horas, puedo perder contrato de 120 horas, por uno de 30horas? Salgo perjudicado. Me puedo negar??
No deberías perder el contrato de 120 horas, sino que trabajas para uno 90 horas y para otro 30. Sobre si te puedes negar o no, habría que ver más el caso.
Hola buenas soy trabajador en mantenimiento de peñones militares la empresa que entra nueva surroga a 2 empleados y a mi no que deberia hacer y tengo derecho a indemnización y en caso de ello como sabria cuanto deberian indemnizarme
En primer lugar habría que mirar si tienes derecho a subrogarte o no, si dos trabajadores son subrogados, puede que tu también tengas el derecho a ello. Si no lo hace, la empresa que te tiene contratada actualmente tiene que mantener el contrato o despedirte en caso de que existe causa para ello abonando la indemnización.
Yo tengo una empresa logística que se creó y lleva 16 años trabajando en exclusiva para un cliente. Ahora nos vencía el contrato (siempre han sido de dos años de duración y se han renovado tácitamente casi siempre) y el cliente nos dice que no va a renovarlo. Tenemos una plantilla de 85 personas y deudas económicas derivadas de la explotación de ese contrato. ¿Tiene obligación de subrogar nuestro personal la empresa que va a obtener el contrato? ¿Tiene mi cliente alguna obligación de pagar las deudas contraídas por nosotros para el desarrollo de la actividad?
No, la empresa entrante no tiene obligación de subrogar al personal salvo que lo diga el convenio o exista sucesión empresarial. No se si te refieres a deudas salariales o deudas en general. Sobre las deudas salariales, si existiera cesión ilegal sí que podría existir responsabilidad o si se estuviera externalizando la actividad principal.
A 4 compañeros les subrogan a otra empresa del sector el 1 de Enero de 2020, y los acaban de subir la categoría en este mes, ¿ les deben mantener la categoría en la nueva empresa?, porque me comentan que como solo llevan 1 mes con la nueva categoría, no están obligados a mantenerla.
Salvo que esa subida no sea acorde con las funciones que realiza, en mi opinión, sí que se debería mantener, salvo que la subrogación sea por convenio y en el mismo se indique otra cosa.
Hola. Trabajo como PTIS para una empresa contratada por la Junta de Andalucía. Nos acaban de subrogar en una empresa nueva, que tiene la sede en un municipio diferente a mi centro de trabajo. Nos pueden obligar a ir a la sede para reuniones? Nos debería abonar alguna cantidad por desplazamiento?
Gracias
En caso de desplazamiento, os tienen que abonar las dietas y compensaciones que indique el convenio colectivo.
Burnas noches mi empresa va ser subrogada el 1 de enero de 2020 ya perteneceriamos a otra empresa en las mismas condiciones nos has dicho , mi inquietudes es que en febrero de 2020 recien cumplía el año trabajado y me tocaba estabilidad. La nueva empresa me puede despedir al cumplir el año .
No debería haber cambios en tus derechos, es decir, que puede despedirte en las mismas condiciones que si no existiera subrogación. El hecho de una subrogación ni te perjudica ni te beneficia.
Hola,buenas noches,he recibido por email la notificación que a partir lunes 9 ya no sigo con mi empresa(estoy de baja )porque dicen que me van a surrogar en unas oficinas que llevo 7 años trabajando ,10 h semanales.el caso que me dicen han entregado toda mi documentación y no existe esa empresa de limpieza nueva ,que debo hacer ,supuestamente el viernes 13 ya tendré el alta ,tengo que ir a mi trabajo ,presentarme
Si estás de baja laboral, no tienes que reincorporarte. En primer lugar, revisa que esa nueva empresa te ha dado de alta en la seguridad social (si no lo ha hecho demanda por despido), y en segundo lugar, comprueba si existe o no causa para la subrogación.
hola buenas tardes llevo en un servicio de vigilantes en el servicio eramos 4 pasamos subrogado a otra empresa,
dicha empresa al cavo del tiempo nos metió aun quinto vigilante en el servicio no hay horas para 5 haci que ningunos llegamos a computo anual es legal esto o a nosotros 4 nos tenia que dar el computo anual y el quinto recuperar las horas en otro servicio o tenemos que salir los 5 los 5 llegamos a 1620 horas en ves de las 1782 que es el computo anual.
Entiendo que os tienen contratado por jornada completa, será responsabilidad de la empresa si no hacéis todas las horas, os tienen que pagar igualmente.
Buenos días.
Trabajo en una empresa distribuidora de MOVISTAR y la empresa ha anunciado que va a cerrar. Van a subrogar a gran parte de la plantilla(vendedores de tiendas, coordinadores de tiendas y comerciales de Pymes), pero al resto, administrativos, contable, directora financiera y al empleado de Logística , no, seis en total. Quisiera saber si esto es correcto, porque he leído que la Empresa entrante tiene la obligación de subrogar a la totalidad de la masa laboral. La empresa entrante es también distribuidor de MOVISTAR.
La empresa saliente ha dicho que ha intentado que así fuera pero que no se lo admite la empresa entrante.
Por último, preguntar que así fuera que tipo de indemnización nos corresponde a los que vamos al paro, 6 en total
Si existe sucesión empresarial, la empresa entrante tiene que subrogar a toda la plantilla. Entiendo que la empresa extinguirá la relación laboral por un despido objetivo de 20 días por año trabajado. DE todas manera demandaría por despido improcedente/nulo a las dos empresas, entrante y saliente.
Gracias por su contestación. Ahora se me presenta una duda. La empresa entrante, COMPLUTEL COMUNICACIONES tiene sus oficinas en ALCALÁ DE HENARES, y en mi caso vivo en COLLADO VILLALBA, con lo que el trayecto demoraría en TREN alrededor de 2 horas. La sede de la empresa saliente está en MADRID CAPITAL, el trayecto me supone 1 hora, la mitad de tiempo.
En caso que al final se llevara a cabo la subrogación ¿me podría negar a ir aludiendo este aspecto?, independientemente de las condiciones económicas, antigüedad etc que imagino no variarían y cuanto me supondría de indemnización en caso de no admitir esa subrogación.
Entiendo que lo mejor es llegar a un despido improcedente
Habría que mirar la distancia entre centros de trabajo y tu jornada de trabajo, si la empresa realiza un traslado como explico en este artículo, podrías solicitar la extinción con derecho a una indemnización de 20 días por año trabajado.
Hola buenas me dedico a la limpieza de ofinas tengo contratos indefinidos desde 2006 es este tiempo me han ido subrogando y ningún problema pero había dos oficinas de la misma entidad una de ellas cerro y la compañera que había en la oficina que cerraron la pasaron a la mía por ser más mayor que yo entonces me hicieron un permiso retribuido hasta haber alguna solución a los 11dias no laborables del cambio se produce una subrogación porque la empresa estaba con problemas de pagos, la empresa nueva no me subroga porque alega que según el convenio de Córdoba cuando hicieron la subrogación yo no trabajaba para esa entidad así es que me he quedado sin trabajo sin finiquito y sin papeles de despido para solicitar una ayuda o algo, ¿a que me puedo acoger?
Demanda a las dos por despido. Si te dieron un permiso retribuido, tenías derecho a la subrogación.
Nos han informado verbalmente de que vamos a ser surogados:
¿Debe haber comunicarse por escrito?, ¿Debo firmar nada, no?
Si prometen respectar todas las condiciones pero hasta ver la siguiente nomina no lo podemos comprobar… ¿que pasa sino es así?. ¿Hay un tiempo para reclamar su cumplimiento o la indemnización de 20 días?
¿Pueden cambiar el convenio aplicado a otro?
Normalmente se notifica por escrito, y lo podéis firmar a efecto de notificaciones. Si quieren modificar las condiciones laborales tienen que hacer una modificación sustancial, lo que requiere aviso previo con 15 días. Si no existe ese aviso, y os enteráis de la modificación, lo mejor es demandar en el plazo de 20 días desde que os enteráis de la modificación, aunque el plazo se puede entender que es de un año. Si el convenio se puede cambiar si es con acuerdo, o cuando se negocie otro en la nueva empresa en la que estáis.
Hola mi enpresa a echo una sucrogacion y yo estoy de baja mi antigua enpresa mea dado de baja y la nueva no sea puesto en coctacto con migo llamo y no se ponen al teléfono que puedo acer
Demanda ya por despido a las dos empresas.
Tengo antigüedad de 14 años en mi empresa, y hace un mes me han subrogado a otra marca del mismo grupo. Puedo pedir una excedencia?
Sí, si tienes derecho al tipo de excedencia que vas a solicitar, que en ningún caso lo va a impedir la existencia de una subrogación previa.
Buenos días.
Hace unas dos semanas mi empresa que presta servicio a un hipermercado se declaró en suspensión de pagos, debiendo la nómina de octubre y la de noviembre. El caso es que ha habido una subrogación con otra empresa pero esta alega que no se hace cargo de las nominas debidas por parte de la empresa anterior. Debemos firmar la subrogación sin cobrar y sin garantías de que la antigua empresa nos vaya a pagar? O debemos exigir antes de la firma que la nueva empresa se haga cargo de pagar las dos nominas que nos deben?
Habría que ver que documento estáis firmado, pero en principio la firma no debería perjudicar a vuestros derechos, entre ellos, la reclamación de las deudas. Habría que mirar por que se produce la subrogación, pero casi con total seguridad, la empresa entrante debe de responder de las deudas de la empresa saliente.
Hola, querría exponer mi caso a ver que opinión merece.
Somos tres trabajadores que trabajamos en un colegio como monitores. Ha habido subrogación y firmamos un documento en el que nos mantienen las mismas condiciones, horas, salario y antigüedad. pero llegado el momento de cobrar, cobramos menos y nos dicen que es lo que pone en las tablas del convenio. Pero además, que en Navidad, como hay vacaciones, que cobraremos menos tambien (1,20 menos por día que no se trabaje), cuando con la otra empresa cobrabamos exactamente lo mismo todos los meses, independientemente de los días que se trabajen al mes.
¿Podemos hacer algo al respecto? Tenemos la sensación de que se ríen de nosotros.
Un saludo y gracias por adelantado.
No os pueden modificar las condiciones tras la subrogación, salvo que sigan el procedimiento de modificación sustancial de las condiciones de trabajo, y tengan una causa para ello.
Buenas tardes.
Estimados, me dirijo a ustedes con una consulta ante la imposibilidad de subsanar de manera amistosa con la empresa una situación que a mi parecer no es correcta.
En Junio del presente año fui subrogado por una nueva empresa que se hizo cargo de las actividades de mi anterior empresa. En mi empresa anterior tenía un contrato de 13horas semanales por obra y servicio de manera indefinida. Mi función es de limpieza de oficinas, tras la subrogación lo único que ha hecho la empresa es reducir la jornada de trabajo alegando cierre de centros en los que trabajaba y en lugar de una reubicación lo que hacen es solo reducir la jornada. ¿Pueden hacer esto? ¿Pueden quitarme horas sin asignarme otros centros? Ahora mismo estoy recibiendo burofaxes de la empresa en la que se me indica que paso a tener 3h semanales. Pasar de 13 horas a 3 no me parece nada legal y quería saber si les puedo reclamar recuperar la jornada con la que la empresa hizo mi subrogación.
Gracias.
La empresa está realizado una modificación sustancial de las condiciones de trabajo, y como tal, te puedes oponer o solicitar la extinción de la relación laboral.
Buenos días. Trabajo en una empresa de seguridad prestando servicio como auxiliar de seguridad para un centro comercial. A mediados de Agosto fui subrogada a una nueva empresa. Mis preguntas son las siguientes: Mi antigua empresa me debe el salario del mes de Julio ¿Deberia pagarlo mi antigua empresa o la nueva? Igualmente del 1 al 14 de Agosto (aún trabajaba con la antigua empresa) no me lo han pagado ¿Debería hacerse cargo la nueva de ambos pagos? ¿Es legal que la nueva empresa a la que he sido subrogada me pague un salario inferior a lo que cobraba con la anterior empresa? Actualmente cobro 888 € , y anteriormente cobraba 970 €. No tenemos convenio colectivo, nos regimos por el Estatuto de los Trabajadores. Espero su respuesta. Gracias de antemano.
La nueva empresa no puede reducir el suelo, y las dos empresas son responsables de las deudas que me comentas. Así que reclámeselo a las dos.
Hola trabajo en limpieza y desde agosto que me ha subrogado una nueva empresa, estoy cobrando menos y ellos me dicen que el convenio de la antigua empresa estaba mal y por eso me pagan menos
No pueden hacerlo. El convenio recoge el salario mínimo, así que si te pagan más es una cuestión que tienen que respetarlo.
Hola buenas noches, mi marido esta trabajando en una empresa de servicios la cual por convenio colectivo aceptaron la subrogacion te tiene q comunicar la empresa saliente q vas a pasar a la nueva? o la nueva se tiene q comunicar contigo? Y otra cuestion si tienes vacaciones pendientes del año y cesas el 31 de diciembre y alta en la siguiente empresa ¿quien te tiene q pagar las vacaciones pendientes?
Muchas gracias.
El 31 de diciembre deberás tener disfrutadas todas las vacaciones de ese año, en cualquier caso, se tienen que reclamar a la nueva empresa, y si no las respeta, demandar a las dos empresas. Normalmente comunican las dos empresas el cambio.
En el caso de subrogación empresarial de una subcontrata, ¿qué ocurriría con las horas de exceso de jornada? Por ejemplo, durante 2 meses se trabaja con la antigua empresa y el resto del año se trabaja con la empresa que se hace cargo de la subcontrata, ¿quién tendría que hacerse cargo del disfrute en tiempo de descanso de esas horas que exceden de la jornada anual de trabajo?
Si no se ha disfrutado con la empresa inicial, la segunda empresa deberá respetar esa jornada trabajada de más.
Buenas llevo dos años en una empresa pero ahora me subrorrogaron a otra empresa que termino contrato a finales de este mes. Me gustaría saber si tengo derecho a finiquito y quién me tiene que pagar el finiquito, la empresa antigua o la nueva?? Graciasss
La nueva empresa, pero si no lo hace demanda a las dos. La indemnización, depende del tipo de contrato que tengas, y si se tiene derecho a finiquito, pero este puede ser cero si no te adeudan nada de vacaciones ni pagas extras.
Las vacaciones las gaste en su día y las pagas extras las tengo prorrateadas.
Buenas queria saber si una empresa subroga al personal a otra empresa ya que esta quiere dejar la actividad sigue siendo reaponsable solidaria? No se puede llegar a un acuerdo ya que la primera empresa tiene miedo de tener que seguir siendo responsable de los trabajadores si pasases cualquier cosa para siempre. Es esto posible? Entonces deberia dar de baja a todos y la nueva contrátarlos? No lo entiendo la verdad. Gracias
No entiendo muy bien la cuestión, pero la empresa saliente no es responsable de las deudas futuras de la empresa entrante, y la empresa entrante, es responsable de las deudas anteriores y las que surjan, salvo cuestión particular por la cual se considere que existe fraude.
Trabajo desde hace sólo tres meses en una empresa externalizada (servicio público ofrecido por una empresa privada). Próximamente el servicio va a ser municipalizado. ¿Con la municipalización del servicio tienen derecho a subrogación todos los empleados o sólo los indefinidos? ¿Tienen derecho a subrogación los trabajadores con contrato temporal como yo, por obra y servicio o pueden ser despedidos al finalizar su contrato? El convenio no lo especifica.
Si tuviera derecho a subrogación, ¿podrían echarme cuando finalizara mi contrato temporal? Es un servicio que se ofrece de forma permanente.
Entiendo que por extinción del contrato harían una convocatoria de oposición, ¿es así?
si existe el deber de subrogación, se tiene que hacer con todos los empleados, indefinidos y temporales. Por otro lado, pueden extinguir el contrato (ya sea la empresa o el ayuntamiento) cuando finalice la causa por la cual se hizo el contrato. Que exista una extinción, no quiere decir que se tenga que abrir una convocatoria para contratar personal laboral.
Gracias por la respuesta. Pero me queda la duda.
En el proceso de subrogación el Ayuntamiento del municipio en cuestión pretende poner un corte temporal: dicen que cuando se remunicipalice el servicio entraran como personal indefinido no fijo los que tengan una antigüedad superior a 18 meses. Los más antiguos serían subrogados y los más nuevos serían despedidos.
¿Es legal? ¿Debo apelar la decisión si sucede así? Gracias!
En principio no parece procedente eso que comentas. Si existe un “corte temporal” habría que ver cual es la comunicación de la empresa o ayuntamiento para saber si es necesario demandar.
Hola Alejandro,
Llevo actualmente medio año, y todavía con el contrato temporal por obra o servicio. Se hizo contrato temporal hasta la fecha en que el servicio tenía que entrar en concurso público.
En caso de municipalización con un contrato temporal, ¿podrían encadenar contratos temporales indefinidamente si el servicio público es de una duración indefinida?
Los que son actualmente indefinidos, con un puesto igual que el mío, tienen constancia de que se les hará un contrato en la administración indefinido no fijo, pero el empleo es el mismo.
Tengo entendido que la administración no puede hacer nunca indefinido no fijo a un temporal porque sería un fraude de ley (prevaricación). ¿Es así? Gracias!
Contra la administración, siempre (o casi) hay que demandar para la consideración de indefinido no fijo. No, no se puede estar de manera indefinida con un contrato temporal aunque te contrate la administración.
Mi caso es un poco especial, trabajo para una empresa de seguridad con un contrato por obra y servicio desde el 31 de agosto para un cliente en especifico, el dia 30 la empresa nos manda un whatsapp para informarnos que han perdido el servicio y a partir del dia 1 de Noviembre se hará cargo del servicio la nueva empresa. El servicio que prestamos es como acuda y custodia de llaves. Resulta que la nueva empresa no se ha puesto en contacto con nosotros, lo unico que han hecho ha sido mandarnos a un Vigilante Acuda de la nueva empresa a recoger las llaves de los clientes. Hablo como mi empresa y me dice que no tengo derecho a la subrogación, Yo creo que si ya que así se expone en nuestro convenio colectivo. Como resultado de todas estas negligencias Yo me niego ha entregar las llaves de los clientes al Vigilante Acuda de la nueva empresa hasta que se me practique la comunicación de la subrogación. Recibo una llamada de mi actual empresa amenazandome con que si no entrego las llaves estoy incurriendo en un delito y puedo llegar a perder mi TIP, ante esta amenaza entrego las llaves y mi empresa me dice que ellos me ofrecen un cambio de contrato si quiero seguir trabajando con ellos, pero Yo lo que quiero es que me subrogue la nueva y seguir realizando mi trabajo. El tema es que desde el dia 31 de Octubre sobre las 21 horas no tengo las llaves y tampoco me llaman para hacer ningun acuda. Mi pregunta es si la nueva empresa se puede negar a subrogarme y si basta con que me comuniquen el cambio via whatsapp, si de momento no me han comunicado tampoco ningún cambio de contrato, ni tampoco me han dado de baja, mi actual empresa me tiene que seguir pagando?
Tu actual empresa te tiene que seguir pagando, y tu tienes la obligación de estar a su disposición, así que si no te dan trabajo reiterales mediante mensaje o medio de comunicación habitual con ellos, la obligación que tienen de darte trabajo, además puedes reclamar judicialmente la subrogación si tienes derecho a ella.
Hola buenos fias, soy conserje de un garaje y mi puesto de trabajo va aser subrogado a otra empresa, mi pregunta es yo estoy de baja en estos momentos, tiene obligación la empresa nueva de subrograme Ami también o solo Alós empleados que aya en ese momento en el servicio muchas gracias
A ti también, aunque estés de baja.
Buenas noches :
Mi problema es el siguiente, yo trabajo en el sector de la limpieza tengo un contrato de 6 horas la empresa con la que yo estaba hoy día 31 de octubre es su último día y entra otra por lienos tiene que subrogar yo estoy de baja de momento la cuestión es que aún no se han comunicado con migo para nada ni para un despido improcedente ni para ofrecerme las condiciones que han ofrecido a mi compañera que es el no respetar nuestro contrato haciendo una reducion de jornada y sueldo y diciendo que si no quiere que aceptan el despido .
Que puedo hacer si no se pone en contacto conmigo y me dal el alta el lunes .gracias
Revisa el informe de vida laboral para ver si existe el cambio de empresa, en caso de que te den de baja una y no te den de alta en la otra, demanda por despido a las dos empresas. Si te da de alta el lunes, y no te comunica nada, en mi opinión, se entiende que no modifican el contrato de trabajo y respetan todas las condiciones laborales.
Buenas tardes y gracias de antemano.
Soy indefinida desde hace un mes en una empresa que dentro de una semana va a sufrir una subrogacion. La empresa entrante no quiso trabajaran con nosotros. El problema es que, tanto como la empresa saliente como la empresa entrante, no nos quieren pagar los finiquitos o lo que nos corresponden a mi y mis compañeros (con mas antigüedad que yo) y según tengo entendido, tampoco nos van a dar los papeles del paro. Somos cuatro trabajadores, 3 mujeres y un señor y hay que mencionar que una srta. está embarazada en 7 meses y desde hace dos semanas está de baja. Ahora, la pregunta es: ¿que es lo que tenemos que hacer? A quien vamos a denunciar, a las dos empresas? Como lo vamos a hacer: vía abogado, Plaza de los Cubos?
Señores, señoras, miles de gracias.
Sí, demandar a las dos empresas reclamando la nulidad/improcedencia. Existe un plazo de 20 días hábiles desde la fecha de extinción de la relación laboral con la primera empresa.
Hola. Tengo contrato en ayuntamiento. Mi puesto de trabajo se licitó y me subrogaron a otra entidad. Durante dicho periodo ( la entidad me reconoció antigüedad ) me pedí excedencia. La cicitación terminó y ahora dicho puesto de trabajo lo vuelve a ejercer el Ayuntamiento. A quien pido ingreso? A la entidad o al Ayuntamiento?
En principio al ayuntamiento, pero en caso de dudas, puedes solicitar a los dos, pero si ha existido una sucesión en la actividad, la empresa responsable es el ayuntamiento.
Buenos días:
Llevo dos años trabajando en una empresa que presta sus servicios para el ayuntamiento y se rige por el XV Convenio Colectivo Estatal de centros y servicios de atención a personas con discapacidad.
Al finalizar su servicio, la empresa entrante me da dos documentos a firmar.
Uno de ellos, que firmo, dice que se subroga en todos los derechos y obligaciones que yo tenía anteriormente y el segundo documento, que firmo no conforme, que a partir del 16 de octubre ambas partes acuerdan que pasemos a regirnos por el convenio de oficinas y despachos y que este cambio de convenio implica la renuncia expresa a cualquier condición, beneficio o derecho contemplado en el anterior convenio y solo manteniendo la antigüedad y la jornada.
Me están presionando para que firme con amenazas y malos modos. Después de varios intentos para obligarme a firmar sin resultado, me han citado el próximo lunes para hablar con el jefe de servicios.
Debo firmar? Si me acojo al nuevo convenio me pueden despedir? Lucho mi no conforme al cambio de convenio?
Gracias anticipadas por su atención
No es motivo de despido el cambiar de convenio, ni el negarte al cambio. De hecho, si no lo firmas y te despiden, podrías reclamar la nulidad del despido.
Holaaa buenos dias, llevo 1 año trabajando en la empresa, debiendome 1 mes de vacaciones, y ahora van hacer una subrogacion, con una jornada de 4,5h y me la quieren bajar a 4h la nueva empresa, y disminucion de salario en base a las horas a trabajar .
Mi contrato con la empresa saliente es a fin de obra.
Mis preguntas son : la empresa saliente me tiene que indemnizar o finiquitar, mis vacaciones se ven perjudicadas, me las tienen que pagar? .
Mi antigüedad se ve afectada?
Gracias y buen dia
La antigüedad no se ve afectada. Sobre quien tiene que abonar las vacaciones, depende de lo que diga el convenio, lo normal es que las pague la empresa que te esté contratando en el momento que la disfrutes, no obstante, si no te las pagan, se las reclamas a las dos. No, si es una subrogación no hay que indemnizar, aunque en ocasiones si que se finiquita. Sobre la modificación que pretenden hacer, entiendo que sería una modificación sustancial de las condiciones de trabajo.
Tengo un contrato parcial con una ayto y antigüedad de 2 años, y otro contrato temporal con otro ayto vecino desde hace 5 años, me han subrogado (ambos contratos) con una sola empresa privada…que antiguedad me corresponde???
La más antigua.
Hola me van hacer una subrogacion de mi contrato y me respetan todo ( antiguedad, salario, etc… ) a excepción de una clausula que me indica que en caso de despido la nueva empresa asume la indemnización desde que hizo la subgración y que la empresa saliente me indemnizaria hasta la fecha en la que se firmó la subrogación. Esto puede ser? Es legal ? gracias.
No, no lo considero legal dicha cláusula.
Buenos dias, trabajo para una empresa de servicios de control, soy controlador de accesos para una entidad publica (ayuntamiento), esta empresa esta en concurso de acreedores, recientemente la empresa para la que trabajo rechazo la renovacion del contrato con la empresa publica (ayuntamiento), nos a enviado un email a los 8 trabajadores diciendo que estamos en descanso compensatorio hasta nueva orden. Le entidad publica (ayuntamiento) en breve va a sacar una licitacion nueva para la prestacion del servicio. ¿Debe la entidad publica negociar u obligar a la nueva empresa a subrogarnos? ¿Existe alguna formula para que la entidad publica (ayuntamiento), ponga en el pliego de licitacion que debe subrogarnos? Tengo entendido que los auxilaires de control no tenemos derecho a subrogacion, ya que no esta especificado en nuestro convenio colectivo, pero el articulo 44 del estatuto de los trabajadores dice que si. Tambien tengo entendido que si la entidad publica (ayuntamiento) saca a licitacion donde nosotros prestabamos servicio, con las misma responsabilidades, y a pasado menos de un año desde el cese de nuestra actividad estan obligados a subrogarnos.
El ayuntamiento no puede obligar a subrogar, en el pliego puede informar que existen ciertos trabajadores que a lo mejor tiene derecho de ser subrogados. Si existe sucesión empresarial (artículo 44 del Estatuto) si que existe la obligación de subrogación.
Hola, buenos días.
Van a subrogar la empresa a otra y me van a mantener las condiciones de trabajo igual que las tenia. Tengo la duda sí igualmente puedo rescindir el contrato y tener indemnización ya que no quiero ir con la nueva empresa.
Muchas gracias
No, no se tiene derecho a solicitar la extinción por esa causa.
Buenos dias. Llevo desde Marzo de 2017 trabajando para una empresa como asesora comecial. En Marzo de este año me han hecho responsable y han dividido mi nomina en tres conceptos: Salario base, p.p. extras y complemento a bruto haciendo un total de 1600 brutos..El dia 4 de este mes hemos sido surrogados a una nueva empresa y en las clausulas de surrogacion especifica que voy a percibir 200€ brutos en nomina por la clausula de no competencia. Esa clausula yo antes no la tenia, y la nueva empresa me dice que voy a seguir cobrando 1600€ brutos, con lo cual yo me pregunto, no deberia sumarme esos 200€ a lo que yo ya venia cobrando? Porque claro yo antes tenia libertad profesional de irme pero ahora si me voy no puedo trabajar en este sector que es el que conozco y me gusta y se hacer por un periodo de 1 año.
Gracias
Si, si acuerdas esa cláusula será añadiéndolo a lo que ya cobrabas.
Buenos días es muy interesante su articulo, mi esposa ha cambiado de dirección de empresa de un particular a una multinacional, lleva 5 años trabajando allí y le han comentado que se va a producir una subrogación, le mantienen la antigüedad pero su contrato pasa de ser indefinido a realizarle contratos trimestrales. Eso es legal? Muchas gracias, un saludo
No, no es legal modificar el contrato.
Hola buenas tardes,han subrogado la empresa en la que trabajaba mi marido,la nueva empresa le ha bajado el salario base.
antes era de 900 euros y la nueva empresa se lo ha puesto a 630,98 es legal? muchas gracias
Sí le han bajado el sueldo, no, no pueden hacerlo, salvo que tengan causa par ello y hayan realizado una modificación sustancial de las condiciones de trabajo. Si no le han bajado el sueldo, y le han cambiado los conceptos de la nómina, habría que revisar la nómina.
Buenas tardes:
quería exponer el caso de mi marido. Lleva trabajando más de 10 años de vigilante en una comunidad de propietarios y con la reforma de la ley de que no se pueden trabajar más de 12 horas, la comunidad rescindió el contrato de su empresa. hasta entonces siempre se habían ido cambiando de empresa mediante subrrogaciones sin ningún problema. En este caso, su empresa les dio de baja mándoles una carta de hasta que alguien les subrrogara se tenían que encargar de ellos la comunidad de propietarios (cosa que no fue así). 20 días más tarde se pone en contacto una nueva empresa diciendo que les ha subrrogado pero las condiciones han variado (les han quitado el plus de productividad (que llevaban varios años cobrando, lo que supone más de 300e mensuales, y le han cambiado el turno de turnos rotativos a turno de noche).
Mis preguntas son:
– es legal hacer una subrogación 20 días más tarde cuando ya la otra empresa le había dado de baja?
– es legal que la nueva empresa decida unilateralmente quitar el plus de productividad? supongo que se acogerían a que se les pagaba por horas extras, pero no está recogido en nómina como horas extras. Y años anteriormente ese plus no se les pagaba aunque trabajaran 12h diarias, fue una mejora que consiguieron.
– ¿se puede pedir la rescisión de contrato conderecho a indemnización y a paro? Muchas gracias.
La primera empresa está denunciada por despido improcedente, pero en la segunda, mi marido lleva de baja médica y aún ni le han pagado nada ni se ha hecho nada al respecto. Dicen que les tenemos que mandar las nóminas antiguas para calcular la base de cotización y hacer las nóminas para la IT, cosa que no entiendo, ya que esos datos ya deberían tenerlos y deberían haberle pagado.
Entiendo que si le han despedido, no puede de manera unilateral darle de alta. Tienen que respetarle todos los derechos tras la subrogación.
Gracias por tu respuesta
Hola. Trabajo en un centro de trabajo publico pero gestionado por empresas privadas, ambito de jardineria. Empecé a trabajar en el centro de trabajo el 7 de enero de 2016 y me subrogaron a mi empresa actual el 2 de noviembre de 2016.
Tengo un contrato por obra o servicio que, según el convenio de jardineria no debería de exceder de los 3 años y pasarme a indefinido.
La empresa me dice que el estatuto de los trabajadores recoge la posibilidad de que sean 3 años prorrogable a otros 12 meses mas, pero el convenio de jardineria (madrid) no lo expecifica.
¿Tendrian la obligacion de hacerme indefinido el 2 de noviembre de 2019?
El contrato de la anterior empresa tambien era de obra y servicio por lo tanto si se tienen que respetar en una subrrogacion todos los derechos. ¿Tendrian que haberme hecho indefinido el 7 de enero?
Muchas gracias de antemano.
Si el convenio no lo recoge, el contrato de obra y servicio no puede extenderse más allá de tres años.
Y sería para fecha del 2 de noviembre de 2019 (cuando cumplo los 3 años) o ya tendria que haber firmado el contrato indefinido puesto que llevo mas de 3 años con las dos subrogaciones?
Es decir la antiguedad también se conserva a efectos de cambios de contratos?
Muchisimas gracias por tu tiempo.
Sí se conserva, por lo que si ya has superado los tres años, deberías considerarte indefinido.
Una última pregunta. En mi contrato actual (obra y servicio determinado) hay una cláusula en la que pone lo de los 3 años prorrogable a doce meses mas.
¿Al haberlo firmado en contrato tengo que respetarlo aunque el convenio diga lo contrario?
Un millon de gracias por tu tiempo
No, sólo se puede prolongar si el convenio lo permite. No es una cláusula que se pueda negociar en el contrato de trabajo.
Hola..trabajo en una empresa que me ha desplazado a una concesión de conservación de carreteras siendo el desplazamiento temporal por 6 meses…la concesión finaliza dentro de 7 meses…pero me han metido en el pliego de la nueva concesión como personal subrogable….pueden obligarme estando temporalmente en ese centro de trabajo a ser subrogado?
Gracias
Que lo indique el convenio no quiere decir que se tenga que subrogar, ya que el convenio sólo informa. Se deberá subrogar, si existe sucesión empresarial o lo indica el convenio colectivo.
Hola,
Me han hecho un cambio de empresaa otra con reducción de jornada a 2 horas. La cuestión es que yo no he firmado ni he visto ningún documento pero ya se ha tramitado mi baja en una de las empresas. Si me niego ¿es baja voluntaria o puedo reclamar al no haber visto o firmado nada?
Habría que ver la causa de la subrogación, para saber si es correcto o no. Si no fuera correcta, lo mejor es demandar antes de irte de la empresa de manera unilateral, ya que sería baja voluntaria.
Buenas tardes, llevo 14 años trabajando para una empresa subcontratada por otra y ahora la empresa llamemosla “matriz” quiere contratarme pero me dicen que pierdo toda la antigüedad y no recibo ningún tipo de compensación alguna por ello, manteniéndose las mismas condiciones de salario. Quisiera saber si es verdad que pierdo totalmente esa antigüedad a efectos de una futura indemnización en caso de despido. Saludos.
Si no existe cesión ilegal ni otra cuestión, vas a pasar de una empresa A a una empresa B, que salvo que acuerdes lo contrario, es cierto que pierdes la antigüedad.
Aún realizando el mismo trabajo y en el mismo lugar de trabajo?
Salvo que se acredite cesión ilegal, en mi opinión, se pierde. Son dos empresas diferentes.
Hola buenos días, mi empresa tiene 3 centros de trabajo A y B y C todas en mismo localidad y cada una con un nombre deferente pero del mismo dueño yo he estado trabajando en la A y mi trasladaron a la B con un contrato nuevo o sea no subrogado ahora mismo en la empresa A trabajo 2 meses a año y en la empresa B trabajo 7 o sea empiezo el B de abril a octubre y en la A de octubre a diciembre llevo asi 10 años cuando en la A llevo 15 antes de me trasladan a empresa B y en la dos soy fijo discuntino me pregunta se puedo reclamar para modificar el contrato de la empresa B para tener miso condiciones de la empresa A. Muchas gracias
Es una caso peculiar. Habría que ver los contratos y las razones sociales. Entiendo que tienes dos contratos diferentes con dos razones sociales diferentes.
Si me niego a ser subrogado de Iberia a otro operador de handling,me despiden y me Indemnizan? ,y si es asi cuantos dias por año trabajado me tocaria?,
gracias
Si te niegas no sería despido, sino baja voluntaria, sin derecho a paro ni indemnización. no existe la posibilidad de negarte, salvo que exista alguna causa por la que puedas solicitar la extinción, pero no por el hecho de una subrogación.
Buenos días,
Mi duda es, llevo en la empresa 13 años, actualmente estoy de reducción de jornada por haber tenido un bebé. En un mes o dos como máximo la empresa será subrogada. Mi pregunta es:
– Sigo teniendo derecho a la reducción?
– La empresa nueva puede quitarme la y cambiar el horario?
– Actualmente tengo firmado por 3 años, pero tengo derecho a 12 años. Podré continuar avisando con antelación?
Otra pregunta, tengo la ayuda de madre trabajadora de la agencia tributaria, la subrogación me afectaría a esto?
Gracias.
La subrogación no debería afectar a nada de lo que comentas, y podrás seguir continuando con la reducción. Puede modificar el horario mediante una modificación sustancial de las condiciones de trabajo, pero no por el hecho de subrogación, sólo si existe una causa para ello. Es decir, la subrogación no puede ser causa de modificación.
Hola, buenas tardes.Mi pregunta es que me contrataron el 1 de Enero de este año para sustituir al operario que trabajaba de noche ,a mi me venia bien porque de noche solo duermo con pastillas, y ahora me han subrogado y me están poniendo de mañana y de tarde ,se podría hacer algo
Si te han modificado las condiciones laborales, se debe considerar como una modificación sustancial de las condiciones de trabajo, en esta entrada te explico las opciones.
Buena tardes
Llevo 15 años trabajando en una empresa y ahora se ha subrogado otra. Hasta ahora todos los trabajadores cobrábamos el salario en 14 pagas y ahora quieren dividirlo en 12 y prorratear las pagas extraordinarias. ¿Pueden hacerlo unilateralmente?
Muchas gracias
En mi opinión no, sólo de común acuerdo, además habría que ver que es lo que dice el convenio.
Buenos días
En mi caso nos acaba de subrogar una empresa, en la anterior empresa la encargada había realizado los horarios de todo el año ya que empezamos estudios a finales de septiembre, pero la nueva empresa quiere cambiar esos horarios , quiere que todos los empleados roten en los diferentes turnos y eso nos impediría estudiar y trabajar al mismo tiempo. Nos interesaba esa empresa por los turnos para poder estudiar. ¿Pueden hacerlo aunque eso conlleve que la plantilla de 5 personas esté en desacuerdo? ¿Ese horario fijo podría ser un derecho adquirido?
Otro caso es que uno de los empleados se le paga los kilómetros por desplazarse desde muy lejos hasta el puesto de trabajo, es un acuerdo que llegó con la anterior empresa. Ahora la nueva empresa dice que no asumirá nada de kilómetros si no aparece en convenio. ¿Se considera ese pacto un derecho adquirido? ¿Pueden saltárselo?
Muchas gracias
En mi opinión, no pueden saltarse ni los kilómetros ni el cambio de jornada, si lo hacen será una modificación sustancial de las condiciones de trabajo, y contra ella, sólo se puede hacer si existe una causa para ello. Tendréis que demandar para que no se realicen esos cambios.
Buenas tardes yo hace 15 años trabajo en una empresa la cual cambio de razon social el gerente sigue siendo el mismo pero cambiaron los socios, me dijeron que tenia que renuciar para darme el alta en la otra empresa y que me reconocian los 15 años trabajados yo quiero saber si tengo los mismos derechos de antes
si me llegaran a despedir Gracias
Si trabajas en España, sí deberías tener los mismos derechos.
si una trabajadora esta contratada por una CB y la misma se disuelve quedándose solo uno de los comuneros como persona física con la trabajadora ya que el otro se va a otra empresa, debe el comunero que se marcha indemnizar a la trabajadora si se la va a quedar el otro?
Puede subrogarse a la trabajadora el 50% con cada uno de ellos?
Les ruego me indiquen como habría quer proceder en este caso
Muchas gracias!
Habría que ver quien continua el negocio, es decir, con quien existe una sucesión empresarial.
En la empresa donde me contrataron no me dieron de baja aún y tampoco me notificaron por el escrito la situación en la que me quedo ,pero me dicen que tengo que ir a mi puesto cada vez que toca a demás dicen que la otra empresa me tiene que subrogar o indemnizar . La verdad me están volviendo loca unos dicen que estos otros dicen que los otros
Manda un burofax a la empresa exigiendo trabajo, y si no lo hacen. Demanda por despido a las dos empresas. Habría que mirar si hay cesión ilegal de trabajadores además.
Y tengo obligación comparecer en mi puesto hasta que se resolvía o por no ir pierdo mis derechos.No me podrán acusar de no ir y tener motivo de despido
Tienes obligación de ir a tu puesto de trabajo, si ya no existe puesto de trabajo, que te acompañe un testigo o avisa a la inspección.
Hola,me encuentro en una situación nueva para mi.
Empresa la cual me contrato hace más de 5 años estaba subcontratada por otra.Ahora resulta que sin avisar a mi empresa rompieron contrato y contrataron alquilen otro yo sigo llegando a mi puesto porque no recibí ninguna notificación de extinción de contrato ni nada ,pero resulta que tampoco me dejan entrar a realizar mi labor. Estoy desesperada que puedo hacer por favor
Hablar con la empresa que te tiene contratada indicando cual es tu ocupación. En caso de que no te den trabajo efectivo demanda. Además revisa si ya te han dado de baja en la seguridad social.
De baja no me han dado aún ,dicen que tengo que acudir a mi puesto cada vez que toca ademas dicen que la otra empresa me tiene subrogar o indemnizar. Es cierto?
Habría que ver el caso para saber si se tiene que subrogar, pero en ningún caso indemnizar. La empresa que te tiene contratado es la que te tiene que dar trabajo.
Buenas noches,
Trabajo para una empresa de limpieza hasta el 31 de agosto y me subroga otra empresa tengo pactadas vacaciones con la empresa anterior, según la empresa nueva me dicen que mi empresa actual debe pagarme 20 días de vacaciones , no se si es correcto, ´ ? Quien debe pagarme pues me voy de vacaciones estando la nueva empresa
Gracias
Habría que ver el convenio. Es cierto que en algunos se establece que te las paga la anterior empresa, pero aun así las sigues disfrutando en el momento que estaban señaladas. Es como si te las abonaran por adelantado, pero tienes que disfrutarlas igual.
Buenas me gustaria acer una pregunta trabajo en una empresa de repuestos como repartidor la empresa para la que trabajo a contratado a otra empresa para que les aga el reparto y me dicen de aue la empresa que entra nueva a acer el reparto que an llegado a un acuerto a contratarme respetando la antiguedad y todo pero la empresa para la que trabajo me dicen que tengo que acerles una carta de renunciacion con ellos ?
Habría que mirar el caso, no sería necesario firmar la renuncia, y seguirías trabajando para la empresa que te tiene contratado, además que puede existir cesión ilegal de trabajador. En cualquier caso, no firmaría la renuncia sin haber firmado previamente el nuevo contrato con la nueva empresa en la que se te reconozca la antigüedad.
Buenos días , la empresa para la que trabajo pasa de ser SL a autónomo. Es el mismo dueño . La SL la tiene junto a su esposa, son dos socios. Puedo negarme a la subrogación? Es legal que cambien de S.L. q Autónomo?
No puedes negarte, pero puede que lo hagan por que se va a jubilar, y de esa manera, pagar menos indemnización. De todos modos, si quieres impugnalo.
Muchísimas gracias por responder , pero que quieres decir con impugnarlo?
Presentar una demanda en los juzgados, para mostrar tu disconformidad.
Buenos días. Escribo por si me pueden asesorar como proceder.
Con fecha 18-02-2019 la empresa Dominion que venía prestando el servicio del Centro de Gestión de Telefónica para la Administración Pública de Castilla y León se subrogó en la empresa Inelcom. Tenemos turnos 24×7 y una semana de disponibilidad cada mes. Se nos paga en la nómina un Plus Disponibilidad. Con la empresa Dominion se estableció una rotación semana de disponibilidad entre 4 personas para cubrir ausencias imprevistas y bajas. El jefe de Inelcom ahora dice que los disponibles cubrimos todo tipo de contingencias. Al haber firmado una subrogación, ¿a mí me tienen que respetar que en mis disponibilidades cubro ausencias imprevistas y bajas? Lo tengo por escrito.
Un saludo
Te tienen que respetar los derechos que tenías, y en caso de que no lo hagan, demanda.
Hola , trabajo en una empresa de limpieza de 12 años la dueña sea jubilado en diciembre 2018 y dejo administradora a su nieta que tiene otra empresa poco a poco va metiendo el trabajo y los trabajadores el su empresa ,dice que me va subrogar que cumplirá con las mismas condiciones , no sé si me tiene de dar de baja de una y luego dar de alta en la otra y que ponga contrato de subrogación o no es importa .? De hecho con la empieza de su abuela tengo 3horas y media de alta y la empieza de su nieta media hora * si me subruga me tiene de venir la alta también ? Tengo de decir que esa empresa a tenido muchas denuncias y no respecta las leyes ni los empleados que cobramos más en negro que en nómina ? Que hago las denuncio me espero a ver qué hace conmigo?
Habría que ver si ahora existe motivo para impugnar alguna decisión empresarial o hay que esperar a ver lo que hacen.
Buenos días, trabajo en una empresa de seguridad, la cual ,se encuentra en estos momentos en concurso de acreedores.A día de hoy tienen una deuda con los vigilantes de tres pagas.
Las empresa que ya ha sido adjudicada para la subrrogacion está pidiendo los documentos necesarios para la misma a los propios vigilantes alegando que la empresa saliente no les está facilitando la documentación.
Una vez facilitada está documentación nos envía la subrrogacion y en ella aparecen varias clausulas y una de ellas dice que no se hacen cargo de la deuda de la empresa saliente.Ademas nos obligan a firmar y nos comunican que de no hacerlo no nos subrrogaran.
¿Se puede obligar a firmar una subrrogacion?¿Me pueden obligar a no asistir a mi trabajo si me niego a firmar?
En mi opinión, la subrogación y la asunción de la deuda es una obligación que tiene que asumir la empresa entrante
Hola, mi pregunta es
Si me contrataron por obra y servicio para un servicio y ahora después de 4 meses cambia la empresa tengo derecho a ser subrogado? Tengo la misma antigüedad en la empresa como en el servicio.
Habría que ver el convenio colectivo y si existe o no sucesión empresarial.
Buenas Alejandro, trabajo para una empresa de seguridad, sé ha declarado en concurso de acreedores, tenía que irme de vacaciones en agosto, dado que no sabemos aún, si seremos subrogados por otra empresa, me puede obligar la empresa actual a acudir a trabajar en agosto, aludiendo falta de personal. Me puede despedir la empresa o la comunidad donde trabajo desde hace 11años? Gracias y saludos.
El hecho de que esté en concurso no debería variar tus vacaciones. Sí, te pueden despedir si existe causa para ello, puede ser que hagan un ERE.
Gracias.
Gracias Alejandro, somos 4 vs qué estamos trabajando para una comunidad de propietarios.La actual empresa de seguridad a la que pertenecemos sé ha declarado en concurso de acreedores, la comunidad ha recibido varias propuestas de otras empresas para subrogarnos, pero ninguna, dice la comunidad, se hace cargo de las deudas ( 2 nominas y paga de julio) Es esto legal? No sé le puede reclamar la cantidad a la comunidad? O la única forma de cobrar sería a traves del fogasa? Gracias por tú ayuda.saludos.
Si son empresas bajo la aplicación del convenio colectivo de seguridad, o existe sucesión empresarial, deben de responder las deudas. No, la comunidad no es responsable de las deudas, salvo que existe cesión ilegal de trabajadores.
Buenos días,
En caso de subrogación de contrato teniendo unas fechas de vacaciones pactadas con la empresa saliente, la nueva empresa puede cancelarlas?
Muchas gracias y saludos,
Rocio
La nueva empresa tiene que respetar todos los derechos de los trabajadores, por ello debe mantener las vacaciones que estaban aceptadas.
Hola,
Mi madre tiene un contrato indefinido con una empresa de catering y su lugar de trabajo es una guarderia.
En enero la empresa de catering cambio y ha firmado un contrato de subrogacion y hoy la llaman diciendo que como el 30 y 31 de julio la guaderia cierra que no le pagan esos dias.
Además la guarderia cierra todo el mes de agosto(que son las vacaciónes de mi madre) y este nuvero catering dice que como solo llevan desde enero que solo le pagan la mitad de las vacaciones que la otra mitad le corresponde a la empresa con la que estaba contratada anteriormente ¿Esto sería cierto?
Y además del 1 al 11 de septiembre la guarderia aún no tienen comedor por lo que no tienen servicio de catering por lo que le dicen que no se lo pagan.
A todo esto mi madre lleva 16 años trabajando en esta guardería con distintos cantering y siempre se lo han pagado.
¿Se lo deberian de pagar??¿Y la vacaciones a quien le corresponde?
Sí se lo deberían de pagar todos esos días que comentas, si siempre se los han pagado hasta el momento. Sobre las vacaciones, te las tiene que pagar tu actual empresa, sin perjuicio de que esa empresa luego se lo reclame a la otra. DE todas maneras, demanda a las dos empresas en caso de que no te las acabe pagando.
Buenas! quería hacer una consulta. A mi marido iban a hacer una subrrogacion y por problemas entre la antigua empresa y la comunidad, le dieron de baja sin avisarle en la antigua y cuando vamos a interponer la reclamación correspondiente nos enteremos que 20 días más tarde de la baja le han dado de alta en la nueva empresa. Es esto legal, habiendo estado esos días él de baja en la Seguridad social o se consideraria un motivo de despido improcedente? que tendria que hacer?
¿Es decir que han tardado 20 días en darle de alta? ¿Y qué le han notificado la nueva empresa? Demandaría a las dos empresas.
Sí ha estado en total dado de baja en la seguridad social 20 días y ahora es cuando le ha dado de alta la nueva empresa. Muchas gracias.
Demanda a las dos empresas.
Una consulta: la empresa saliente comunica por escrito la subrogación de los trabajadores a la empresa entrante. Pero pocos días antes que se haga efectiva la sucesión, la empresa saliente despide disciplinariamente a un trabajador. ¿Puede la empresa entrante contratar al empleado despedido (porque le interesa contar con él)? ¿Puede el trabajador reclamar que se reconozca su antiguedad hasta que se resuelva su impugnación del despido?
Puede contratarle, y sería discutible la antigüedad, pero yo entiendo que se debe respetar.
Buenos días os comento estamos en un matadero con una cooperativa la kual se disuelve estamos de autónomos y a venido el inspector de trabajo y nos dice que somos falsos autónomos porque vamos al mismo puestos e trabajo h no hacemos declaración de IVA lo vemos bien no tienen que pasar a régimen general pero os quieren tocar los sueldos y no respetar antiguedad nos tiene que acer una subrogación y nos quieren hacer firmar un contrato el cual ellos nos dicen y sino firmamos estamos en la calle estamos obligados a firmar i que podemos hacer??
Habría que ver el contrato y que modificaciones os quieren hacer.
buenos días,fuimos subrogados en febrero de este año y quería saber si me tienen que respetar la paga extra porque tengo entendido que esta empresa no paga extras,sino que las progratean,todavía no me han dado ni una nomina ni he firmado nada para saber la subrogación.
Si la anterior no la tenían prorrateada, y no te lo finiquitaron, esta tendrá que pagarte la paga extra por lo menos ya generada. Si desde que entro esta empresa tu sueldo es mayo es por que a lo mejor están prorrateando las extras. En cualquier caso, el que haya una subrogación no perjudica tu derecho en ningún caso de cobrar las extras.
Más que las pagas extra que opino que se deben continuar cobrando igual, mi preocupación es que pasa si la sucesión de empresa es de una SL a persona física, caso que se rumorea en mi empresa. El administrador, persona previsora, con sesenta años cumplidos se plantea liquidar la SL y continuar la actividad como persona física, llegada la edad de su jubilación a los 65, mantendremos el derecho que tenemos en la SL a percibir una indemnización de 20 días por año, se subroga este derecho??? o nos podrá liquidar con un mes de salario por cesar el negocio por jubilación de una persona física??????. Que opciones tenemos????
Esa es una cuestión diferente. Habría que ver cuanto tarda en pasar de S.L. a empresario individual y después jubilarse y cerrar el negocio. Existen diferentes sentencias al respecto en función del tiempo transcurrido. Podéis impugnar el cambio, pero dependerá de cuanto tiempo haya poco se puede hacer al respecto. Salvo que al jubilarse venda la actividad. Sobre este tema he escrito algo en este artículo.
Buenas tardes, la empresa en la que trabajaba fue adquirida por otra hace 5 años
Dentro de los beneficios que teníamos en la antigüa empresa teniamos varios dias extras de licencia con goce de sueldo que no eran parte de las vacaciones. Hoy la nueva empresa nos quiere sacar esos días y agregarlos al salario.
Estamos obligados a aceptar el cambio porque lo agregan al salario o tenemos la opción de negarnos y seguir teniendo los días libres?
Desde ya muchas gracias
Se puede considerar una modificación sustancial de las condiciones de trabajo, y como tal podeis impugnarla si no estáis conforme con ella, pero en la medida es efectiva, salvo que un juez estime lo contrario.
Buenas tardes. Actualmente estoy trabajando en una empresa a jornada completa para un cliente determinado. Ha salido a concurso y han dividido el contrato en 3 lotes, repartiendo mi jornada en esos 3 lotes. En caso de que tengan que subrogarme 3 empresas diferentes, es legal? Puedo acogerme a algo por modificac. sustancial de las condiciones de trabajo?¿Pueden despedirme una empresa si y otras no? Gracias por anticipado.
Se ha dado el caso que comentas y es legal. Habría que revisar el caso por si se puede defender por algún lado.
Buenas noches.
Nos hemos subrogado a una nueva empresa. Con la anterior empresa cobrábamos un incentivo aparte de lo reflejado(salario base y plus convenio) en el convenio colectivo. ¿Está obligada la nueva empresa a respetar ese incentivo?. ¿Podemos reclamar en caso de que no lo respeten y cobremos únicamente lo reflejado en el convenio?
Gracias.
Sí, deben respetar todos los derechos laborales, incluidas el salario que percibíais.
buenas tarde tras una subrogación (cambio de dueño) realizada el mes pasado.
Ahora me comunica: la no renovación por los nuevos dueños.
hoy me dispongo a firmar mi finiquito, veo una discrepancia en las cantidades, dado que no me pagan la parte proporcional de la extra de verano. Entiendo que debo de cobrar la parte proporcional de los meses de enero a mayo inclusives, dado que la empresa nueva, parece que me prorrateo la paga en la nómina de junio.
La nueva empresa me comunica que esto me lo deben de pagar los anteriores propietarios, pero no sale reflejado nada en el documento de finiquitación.
¿es correcto?
¿debo de firmar?
Ante todo gracias y un saldo.
No firmes y reclama a las dos empresas esa paga extra. A veces el convenio indica quien es el responsable el pago, pero tu se lo puedes reclamar a las dos.
gracias por su rápida respuesta.
Al final todo se aclaró felizmente, tras hablarlo con las partes. Así que no necesité reclamar nada.
Aún así gracias.
Buenas noches.
El RD 836/2012 que establece las características del transporte sanitario establece que para poder trabajar en el mismo, hace falta tener el título de T.E.S o el certificado de T.S. y para los que ya trabajan les habilitan, para poder seguir desempeñando su labor, siempre que cumplan unas condiciones y no haya un cese del contrato.
En los nuevos concursos hay la condición de subrogar al personal. En esta subrogación hay un nuev contrato con un nuevo empleador. Si hay un nuevo contrato, sólo pues ser Tes o Tts, según el RD.
La pregunta:
El personal que solo tenga la habilitación, ¿puede ser despedido?. Ya que según el RD sólo se pueden contratar personas con los títulos.
Muchas gracias
Desconozco en profundidad el tema que indicas, pero entiendo que si es una subrogación se asimila a una sucesión empresarial, y entiendo que los trabajadores no pueden ser despedidos por ese motivo, de la misma forma que si el empleador cambia de nombre (sin necesidad de subrogación por ejemplo pasa de S.L. a S.A.) hay un nuevo empleador en la práctica, y no por ello se podría proceder a un despido. Insisto que es mi opinión con los datos que me indicas y habría que mirar jurisprudencia al caso.
Hola buenas mi empresa actual pretende hacer una subrogación y la persona que la coge es un compañero Es el un trabajador con contrato indefinido De momento , el jefe actual no avisado por escrito ni de su propia boca que estos cambios iban a suceder nos enteramos por el compañero que va a comprar la empresa yo quisiera saber que dado el cambio de dueño ¿que derechos me corresponden? la gestora a dicho al compañero que no está en la obligación de encargarse de nuestra antigüedad Esto sería correcto? Que es una gran responsabilidad! y que el jefe actual es el que tiene que indemnizarnos y liquidarnos me encuentro en un mar de dudas nose que pueda suceder ? Necesito un poco de asesoramiento dado el caso que no quiera pagar nada que medidas tomar ?
Os debe mantener todos los derechos incluidos la antigüedad.
Manuel
Mi empresa desde hace 8 meses está en concurso de acreedores, es una multinacional con varias tiendas, hay empresas interesadas en determinadas unidades de negocio, pero en una de ellas esta ubicada la Central de Compras, concretamente esta en la planta superior de la tienda, la empresa compradora esta interesada en quedarse con todo el personal de la tienda pero no con el personal de la Central, hay una fecha próxima para la adquisición de la tienda, que sucede con el personal de la Central , aclarar también que el resto de las tiendas que no se vendan se realizará un ERE.
Pueden incluir al personal de la Central en el ERE aunque su unidad productiva este en la tienda del nuevo comprador o deben despedir a los de la Central en un despido improcedente. Gracias Por la respuesta.
Es una cuestión complicada, que habría que revisar se se puede incluir dentro o no de la unidad productiva para considerar que existe sucesión de empresa, y al adquirir cierto personal está obligado a contratar al restante. En caso contrario, si se hace un ERE, la indemnización no es la del despido improcedente, sino la que se negocie.
Hola qué tal,mi situación es la siguiente,soy camarero en un centro de mayores,mi actual empresa termina en Junio,se presenta otra empresa para coger la cafetería,llevo desde el 13-9-2016 con ellos,hasta que venga la nueva,en mi vida laboral aparece el código 401( el tipo de contrato que tengo),debo de firmar el finiquito si me lo dicen,y si es así,tiene algún tipo de consecuencia con la nueva empresa?soy subrogado?la nueva empresa debe respetar mi contrato?o al firmar el finiquito, tienen que hacerme uno nuevo,mil gracias, un saludo
Habría que ver que es lo que dice el convenio y, en su defecto, si existe o no sucesión empresarial para poder darte una opinión sobre la obligación de subrogarte, además de ver la causa del contrato temporal.
mi empresa está en trámites para una subrogación, podemos los trabajadores no aceptarla y tener derecho a indemnización? primero es subrogación y después en 6 meses cambio de centro de trabajo a 25 km.
No, no se tiene derecho a extinción por subrogación, quizás cuando se produzca el cambio de centro de trabajo.
Hola, mi empresa ha sido adquirida por otra mayor, con intención de subrogar a los empleados. La nueva empresa inicialmente me notificó la subrogación pero la han revocado con una simple comunicación a través de mi antigua empresa vía email. ¿Eso se puede hacer?
Mi sorpresa viene cuando miro la vida laboral y compruebo que sigo dada de alta en ambas empresas. ¿Qué debería hacer? Estoy valorando cambiar de trabajo, por lo que me interesaría que me rescindieran el contrato ellos para poder cobrar la indemnización.
Gracias, un saludo
Hablar con la empresa que te tiene dado de alta sin realizar ningún trabajo. Por otro lado, con esos datos no existe causa por la que puedas solicitar la extinción de la relación laboral con derecho a paro.
Buenas noches, un acuerdo individual firmado con una empresa sigue teniendo validez después de una subrogación? ¿Puedo negarme a seguir realizando lo acordado en ese acuerdo en la nueva empresa?
Sí, sigue teniendo validez.
Buenas tardes, he recibido un sms del INSS, comunicándome que he causado baja por parte de mi empresa al estar de baja por IT 545 días.Tengo entendido que es una suspensión de mi contrato laboral, no extinción. Si hubiese una subrogación durante mi proceso de resolución, ¿tengo derecho a ser subrogada?
Mi contrato es fijo.
¡Gracias!
Sí, tendrías derecho a ser subrogada.
Hola buenas, hace 10 años trabajo en una comunidad vecinal ejerciendo de auxiliar controlador con 2 compañeros , trabajando 12 horas , 2 turnos de día 2 de noche y 2 de descanso en la cual mientras el descansa los otros 2 hacen los 2 turnos y se va rotando y hay también una persona que hace labores de conserje, nosotros vigilamos y controlamos. Durante ese tiempo han pasado 4 empresas que no han subrogado pero ahora la última nos ha traído un cuadrante de turno en la que nos dicen que anotemos solo 8 horas trabajadas así estemos 12, los 3 nos hemos negado por q no sabemos en q pueda perjudicarnos, y al no hacerlo la empresa a traído un nuevo cuadrante donde al mes trabajamos 160 horas por q según la nueva ley debe ser así e a incorporado una nueva persona para completar las horas q no hacemos pero ha pasado un presupuesto mayor a la comunidad y esta no lo acepta y el presidente va a convocar para traer una nueva empresa q se ajuste a sus presupuestos , ya q nosotros no firmamos ese cuadrante y que la empresa entrante no se va hacer cargo de la subrogación y que en este caso la empresa saliente tiene que hacerse cargo de nuestra situación lógicamente insisten que si firmamos se nos mantendrá sueldo antigüedad y lo que aparezca en nuestra nómina, mis 2 compañeros por miedo quieren firmar pero yo no y no se si me empresa actual me quiera finiticar y enviar al paro que lo prefiero gracias
No te pueden obligar a firmar algo que no es cierto, y si te despiden por reclamar tus derechos, el despido sería nulo, por lo que lo que podrías hacer es firmar, y después poner una denuncia a la inspección, y ahí ya les obligaría a regulariza la situación, ahora bien, lo que ha hecho la última empresa de cuadrar los horarios para respetar el limite de 8 horas, aunque sea contratando a una persona más, es lo correcto.
Buenas , ahora dice el presidente de la comunidad que mi empresa actual se va, que tanto la empresa que entra ,como la comunidad no quieren subrogarnos, por el tipo de contrato según ellos los demás es de limpieza y, q solo va a subrogar al conserge y las de la limpieza , q nadie los puede obligar por lo del tipo de contrato a subrogarnos ( aconsejado por la administradora) y que nos vamos al paro sin indennizacion ya que la empresa que tendría que indemnizar nos es la anterior a la actual y que como quebró entonces salimos sin nada que lo único que podemos hacer es ir a fogasa y que ellos nos resuelvan , y ya con esa actitud a mi ni siquiera me gustaría volver a trabajar ahy, así la empresa entrante nos ofrezca un acuerdo, que casi estoy seguro que sería que nos redujeramos el sueldo y que nos quitaran la antigüedad, prefiero irme al paro y buscarme la vida ante tanta humillación, muchisimas gracias.
Para llegar a cobrar al FOGASA tendrás que demandar por despido, pero lo haría a las dos, a la empresa entrante y saliente.
Agradezco tu respuesta.
Aunque como me dices, puede ser “normal” que al existir una subrogación por una parte de mi jornada con otra empresa la empresa para la cual trabajo originariamente reduzca mi jornada laboral, lo que me gustaría saber es si tengo derecho de ya que mi contrato es con ella por siete horas si puedo exigir el cumplimiento de ello aunque exista una subrogación o si legalmente no podría. Si aunque sea lo “normal “puedo tener otra opción legal pues el convenio nada dice sobre esto..
Si te han subrogado por obligación legal o convenio, en mi opinión, no tienes derecho a exigirlo.
Hola mi caso es que estamos a la espera de subrogación de una empresa pero no se sabe nada cuando puede ser la firma mi problema es que en julio me voi de vacaciones a mi país (Rumanía) con qué me puede afectar si yo no estoy precencial para firmar??? Puedo hacer un poder a un familiar o mismamente a mí encargada que firmen por mí es legal? Muchas gracias
No debería de haber problema por que la subrogación se realizara en tu periodo de vacaciones, lo firmas a la vuelta. En cualquier caso, sí podrías dejar un poder para que alguien lo hiciera.
Yo tengo contrato con una empresa de limpieza por siete horas trabajando en dos centros diferentes. Ahora mi empresa pierde uno de los centros y soy subrogada sólo por una hora, con otra empresa. Aunque sea subrogada ¿debe mi empresa mantener mi contrato de siete horas que es lo que yo tengo firmado con ellos independientemente de si han perdido uno de sus clientes?. Si no tienen obligación de darme trabajo por siete horas al existir una subrogación …
¿deberían modificar mi horario laboral con ellos a seis horas.? Si es así ¿firmaríamos un nuevo contrato con esa modificación o no sería necesario?.
Lo normal es que te redujeran la jornada en proporción a la jornada que te subroga la otra empresa.
Buenas, llevo dos años prestando servicios como vigilante de seguridad en un supermercado con una empresa de seguridad con un contrato de fin de obra, pero al parecer el supermercado va a cambiar de empresa de seguridad, tendría derecho a subrogación, o me podrían despedir y poner otro en mi lugar?
Te tienen que subrogar si así lo establece el convenio colectivo de aplicación de la empresa entrante, aunque es posible el despido si existe causa para ello.
Hola.
Llevo 17 años trabajando como técnico de prevención en el mantenimiento de alta velocidad (subcontrata de ADIF). Cada cuatro años sale un nuevo pliego de condiciones al que se presentan distintas empresas, a día de hoy hemos sido siempre la misma empresa, pero posiblemente en este nuevo contrato cambien las empresas.
– Estaría obligada la nueva empresa a subrogarme? He leído el Estatuto de los Trabajadores y entiendo que debería ser así, pero mi temor es que la nueva UTE que entre quiera aportar a sus técnicos de sus empresas.
– Podrían rescindirme el contrato una vez subrogado?
– Podría ser despido nulo y si ocurriese, solicitar la reincorporación al puesto?
– También tengo una paga variable por productividad anual. Estarían obligados la nueva UTE a respetarla.
Muchas gracias por tu respuesta.
Existe obligación de subrogar cuando así lo establece el convenio colectivo de aplicación o existe sucesión empresarial, pero el pliego no puede obligar (solo informar de los trabajadores para que sea la empresa la que decide si tiene que subrogar o no). En caso de que existe subrogación, tienen que respetar todos los derechos, entro ellos las pagas. Y sí, pueden proceder a un despido si tienen causa para ello producida la subrogación.
Hola, mi caso es el siguiente. trabajo para una empresa que está explotando un negocio. El empresario se quiere ir pues ya no le interesan las condiciones. El caso es que han hecho un cambio de titularidad en las facturas, por el negocio vienen otras personas encargadas y nuestro jefe no aparece por allí. Cual es nuestra situación laboral?. Nadie nos ha comunicado ninguna cambio, tan solo que vemos que los titulares han cambiado y el nombre de la empresa también.
gracias
Os deberían de haber comunicado si cambia el empleador, por lo demás, no debe variar nada más.
En una comunidad de vecinos tenemos una empresa de limpieza contratada y tenemos siempre el mismo trabajador. Lleva así año y medio y ahora lo quiere contratar la.comunidad porque dicen que esta obligada a subrogar lo. Esto es así? existe obligación con ese tiempo?
Da igual el tiempo que lleve trabajando, que si existe sucesión de empresa o así lo establece el convenio, si que se debe subrogar al trabajador.
Hola buenas tardes, mi empresa en el mes de octubre 2018 me traslado de restaurante, ahora acabo de hacer el borrador de la declaración de la renta y para sorpresa aparezco con doble pagador y en teoría debería pagar aunque no haya llegado a los 22mil de tope para no declarar, por lo visto el otro restaurante tiene otra razón social, ahora no se como debo justificar que es una subrogación o que procedimiento debo realizar para arreglar el problema
Muchas gracias
Es una cuestión fiscal, pero que tengas dos pagadores no quiere decir que tengas que pagar más o menos, simplemente que seguramente tengas la obligación de hacer la declaración. Pregunta en hacienda.
Esto no es correcto. Yo no estoy obligado , así me ahorro de pagar casi 300 euros, pero si cobrase de dos pagadores, los tendría que ingresar,por lo que pagaría más cobrando lo mismo .
Es cierto en el sentido de que puede que ahora te veas obligado a pagar, lo que quería decir es que no aumenta el porcentaje de IRPF por tener dos pagadores.
Hola buenos días, nos van a subrogar ,y tengo un turno de trabajo compatible, para la conciliación familiar con mis hijos, ya que tengo la custodia compartida. Mi pregunta es;.
¿Podría la nueva empresa entrante desplazarme de este turno y cambiar mis condiciones perjudicándome en la atención con mis hijos y salario?
Gracias por su atención.
La empresa tiene que respetar todos los derechos de los trabajadores, sin perjuicio de que puede modificar las condiciones laborales a través de una modificación sustancial de las condiciones de trabajo.
Tengo un contrato de 2006 y me sub rogó otra empresa de servicios, resulta que desde hace tres años que me subrogo dicha empresa, me a subido las horas de trabajo efectiva de 1801 a 1826 , que puedo hacer, es ¿Legas? Como puedo reclamar si no es legal lo que hace la empresa, cada año he trabajado 25 horas de mas , si ninguna comunicación simplemente me a aumentado las horas de trabajo sin remuneración economina.
Habría que mirar el convenio colectivo y cuando se produjo ese cambio. Si el convenio no dice nada, se puede considerar una modificación sustancial de las condiciones de trabajo, y en dicho caso, existe un plazo de 20 días hábiles para demanda (o un año) desde que se realizó el cambio.
Hola. Estoy trabajando en una empresa con contrato de obra para un Ayuntamiento. Licitan nuevamente el servicio. La consulta es si la nueva adjudicataria, si no renovase mi empresa, tendría que subrogarme con la antigüedad de 2 años en el servicio. Si la nueva adjudicataria tuviese convenio propio influiría algo? Lo digo porque en el convenio al que estoy sujeto ahora se habla de subrogación, pero si la nueva empresa es semi pública y su convenio no recoge nada sobre el tema es donde me surge la duda. Gracias.
Si el convenio de la nueva empresa no tiene obligación de subrogar, no te tienen que subrogar, salvo que exista sucesión empresarial. En dicho caso, se tiene que respetar la antigüedad de dos años.
Buenos días, hace poco me acaban de subrogar y dicen que respetarán mi contrato, pero mi pregunta es : yo trabajaba en una empresa 36 horas a la semana, en diferentes sitios para una misma empresa, la nueva que me subrogo sólo lo hizo en una en l cual trabajaba 20 horas, las otras 16 sigo con la antigua empresa ( que ahora me aumentará a 20 horas a l semana) así que la antigua empresa me dice que me ara un nuevo contrato de 20 horas me tiene que finiquitar la antigua empresa al hacerme un nuevo contrato? ( tengo las pagas prorrateadas con la antigua empresa) o como debería hacer? Gracias por su respuesta…
No sería necesario el finiquito, entiendo que ahora continua 20 horas con una empresa y 20 horas con otra, y más que un nuevo contrato entiendo que modificará el anterior, en cuanto al número de horas.
Pero mi antigua empresa con la que aún trabajo me dice que me quieren hacer un nuevo contrato? En ese caso como sería?
En principio, no se finiquita, habría que ver que es lo que quiere hacer exactamente.
Buenas tardes,
Hace un poco más de un año me subrogo una empresa, ya que a la que pertenecía no le renovaron el contrato. En principio me han respetado antigüedad y sueldo, pero como como tengo el salario base además de algunos complementos como mejora voluntaria, por encima del convenio me lo han congelado. En este caso tengo claro que la ley lo permite. Mi antigua empresa me subía el sueldo todos los años igualmente. Mi pregunta es la siguiente ¿Tengo algún derecho adquirido por el cual me tengan que seguir subiendo el sueldo todos los años?, ¿En caso Afirmativo he perdido el derecho a reclamar por haber pasado más de un año?.
Muchas gracias por su tiempo.
Un saludo,
Habría que ver cual es la causa por la cual la empresa te subia el sueldo y cuando, para ver si es un derecho adquirido o no, así mismo, el plazo del año empezaría a contar desde el momento que te deberían haber subido el sueldo y no lo han hecho, no en el momento de la subrogación.
¿Puede una empresa que subroga a otra cambiar el convenio colectivo que tiene en vigor el trabajador?
No, salvo acuerdo en contrario. Explico esa situación en esta entrada.
Buenos días
La empresa en la que llevo 14 años trabajando se encuentra actualmente en Concurso de Acreedores. Por las fechas en las que nos encontramos, el administrador ha ofertado ya la empresa para compra de unidad productiva, pero no aparece ningún comprador.
Entre mediados y finales de Mayo daría lugar el ERE de liquidación y ya nos han comunicado que nos iríamos todos a Fogasa ( salvo a las personas que se necesiten para realizar la liquidación de la empresa que se quedarían hasta liquidarla ).
Por otro lado, sabemos que el presidente de la empresa ( que sigue aun en la oficina ) esta negociando con una empresa extranjera la continuidad de la empresa pero dicha empresa extranjera estaría interesada solamente en comprar el nombre de la marca, la base de datos de E Commerce y la contratación de 9 personas ( ahora mismo somos 28 personas ).
Esta empresa esperaría a que todos fuésemos a Fogasa para luego contratar mas adelante a las 9 personas ( seleccionadas por el presidente de mi empresa ) que necesita para dar continuidad a la marca ( entre esas 9 personas figura el presidente que es consejero único de mi empresa ).
Tengo varias dudas:
1.- Esta forma de proceder es legal?
2.- Esta forma de proceder se considera una subrogación? El comprador extranjero no va a mantener ni antigüedad ni salarios actuales
3.- Si no soy re-contratada ( que ya se que no lo voy a ser ) , podría denunciar al nuevo comprador por subrogación de empresa?
4.- En caso afirmativo, que posibilidades tengo de ganar el juicio y cual seria la compensación económica?
Muchas gracias
Por si acaso sucediera que un comprado adquiera la empresa, lo mejor es demandar en el momento que se produce la extinción por el ERE, ya que de otro modo, pasados 20 días hábiles, ya no se podrá demandar. En este sentido, si al final existe una compra o sucesión de empresa, se deben respetar la antigüedad y salario.
Hola me subrogaron a una emempresa y me repetan LA antiguedad pero no me pagan El plus de antiguedad que en LA otra Empresa si me lo pagaban. Esto es a si tiene derecho a pagar Melo o no gracias
Tienen que pagártelo, no pueden reducirte el salario, salvo que hagan una modificación sustancial de las condiciones de trabajo y tengan causa para ello.
Entonces si podrian quitarme es plus y bolber a estara Cinco anos conla nueba Empresa Para cobrar lo?
Lo normal es que no puedan, pero si que existe alguna posibilidad de hacerlo. Pero si es un plus establecido por convenio, no se podría ni aun realizando una modificación sustancial.
Hola. Ante todo muchas gracias por toda la información que proporcionas. Quisiera hacerte una pregunta en relación a un negocio que será traspasado tras la jubilación del titular, que es autónomo. El traspaso es inesperado y el único empleado que tiene no puede disfrutar de las vacaciones que le corresponden en este año porque el propietario está además de baja. ¿Puede retribuirle las vacaciones en lugar de dárselas? ¿Podría el empleado escoger entre retribución o vacaciones? Muchas gracias. Un saludo.
Si, podría retribuirlas, o que las disfrute con la nueva empresa/empresario que le va a subrogar.
¿Pero podría exigir el empleado disfrutar las vacaciones en lugar de recibir la retribución? Aclaro que en el año anterior ya disfruto de los 30 días correspondientes. En este caso, manifiesta que necesita descansar antes de la subrogación.
Si puede exigir el disfrute según lo indicado en el convenio colectivo en cuanto a la forma de hacerlo. Que el empresario esté de baja, no impide que un trabajador pueda disfrutar las vacaciones que le corresponden.
Buenas tardes Alejandro, mi duda es la siguiente. Llevo varios años trabajando en un clínica, contratada por una S.L., de la que solo hay un administrador. La edad de jubilación de dicho administrador está cerca y se rumorea que pretende realizar una subrogación del personal a él como persona física, para cuando se jubile, evitar pagarnos indemnizaciones y solo darnos un mes de indemnización,que es lo que marca la ley cuando un autónomo se jubila. En el caso de que haga eso ¿podemos demandarlo y exigir nuestra indemnización que correspondería de continuar en la S.L.?
Muchas gracias de antemano por tu respuesta y por la gran labor que haces
No es el primero que lo hace, y habría que ver cuanto tiempo hay entre la jubilación y el cambio de sl a autónomo. No hay un tiempo establecido para ello, y hay sentencias dispares en ese sentido. Pero en ese caso, siempre demandar.
Gracias de antemano Alejandro, tus respuestas siempre ayudan. Aún le quedan unos 6 años, pero siendo precavido e intentando evitar los pagos de 20 días al año que serían por la S.L. está informándose ya. Con el plazo que te comento, ¿Crees que podríamos ganar si finalmente hace el cambio y solo nos abona un mes de salario?
Con seis años, creo que la balanza se decanta por su lado. Pero siempre es discutible. En cualquier caso, como te digo, demandar ya que por el riesgo que conlleva, a lo mejor llegáis a un acuerdo intermedio.
Hola, me van a subrogar en mayo, tengo vehículo de empresa desde hace 11 años, me tienen que dar coche la emprsa que me subrogue o me lo puede quitar.
gracias.
Tendría que mantenerlo.
Hola buenos días. Mi duda es sobre un complemento salarial en mi nómina y que no me han incluido en la nómina de la nueva empresa al subrogarme alegan que solo están obligados a respetar el salario base. Es cierto. Muchas gracias.
No, tienen que respetar todas las condiciones laborales, incluido todo el salario.
Tengo un caso igual de la cesión de una parte de la plantilla de una empresa, en la cual, les quieren seguir manteniendo los complementos salariales pero cambiarlos de nombre, con la intención de que cuando entren a formar parte del nuevo convenio colectivo, se puedan extinguir y los trabajadores se están pensando en subrogarse u optar por interponer demanda por modificación sustancial de las condiciones de trabajo, pero les da miedo que el juez lo desestime y pierdan el empleo, mi pregunta es, existen conceptos o complementos inmodificables como el de dietas fijas, puesto fijo, llamadas, transporte o que en principio no se deberían modificar, o el tema complementos es menos estable y por tanto, corre mas a cargo de lo que quiera establecer el empresario?En caso de poder modificarlos o extinguirlos, la nomina de los trabajadores se vería modificada a la baja de entre 600 y 800 euros.
Muchas gracias por la respuesta.
No se puede modificar los que sean establecidos por convenio colectivo, sería más discutible los abonados de manera unilateral por la empresa. Habría que ver el cambio que se realiza, si lo hace con el fin que comentas, entiendo que sería una modificación sustancial de las condiciones de trabajo, que en todo caso lo sería, si se realiza una reducción de salario.
Buenas tardes, con la empresa cesante disfrute los 30 dias de vacaciones y me retribuyeron la parte proporcional de los meses que trabaje ese año con ellos ( vacaciones ) . Con la empresa cesionaria me tienen que retribuir la parte proporcional de lo que queda de año natural ?
subrogacion : 16 Agosto.
Gracias.
No entiendo si ya disfrutaste o no las vacaciones, al finalizar el año tienes que haber disfrutado (o abonado en su caso) los 30 días de vacaciones.
Buenas tardes, con la empresa saliente ( hasta el 15 de Agosto ) disfrute los 30 días de vacaciones y me pagaron la parte proporcional ( 7.5 meses ) q estipula el convenio de CONSTRUCCION . Con la empresa entrante, entiendo q no cojo vacaciones por que ya las disfrute con la saliente.Mi pregunta es : tiene la ogligacion la empresa entrante de pagarme la diferencia de las vacaciones con ellos ?
4.5 meses q queda para completar la retribucion q indica el convenio.
MUCHAS GRACIAS.
Es decir, con la empresa saliente disfrutaste todas las vacaciones, pero sólo te pagaron 18.75 días, y estuviste 12 días de vacaciones, pero sin que te pagasen nada. Habría que revisar el convenio, pero en principio, sí que sería la empresa entrante la que te tiene que pagar los días que faltan, para que al final en cómputo anual hayas disfrutado 30 días de vacaciones y te hayan pagado los 30 días.
La empresa para la que trabajo nos ha subrogado y nos están diciendo que pasemos a por nuestras nóminas y finiquito, que entiendo que será solo de la paga extra ya que ¿todo lo demás (indemnizaciones y cosas asi) me las pagaría la otra empresa en caso de que nos echaran más adelante no?
La empresa saliente a veces finiquita la relación laboral en cuanto a las pagas extraordinarias si no están prorrateadas, o incluso las vacaciones. Pero no debe existir indemnización, puesto que no hay extinción de la relación laboral.
Si un trabajador adeuda una parte de
un prestamo, que por convenio se da a través de la empresa, se podría recoger en convenio colectivo, que la empresa entrante pagase resto de préstamo a la empresa saliente y la deuda la deuda del préstamo restante del trabajador seguir pagando la a la empresa entrante…….sería legal o por el contrario no se podría hacer
Entiendo que sería posible.
Hola, mi empresa fue comprada por otra , en principio todo bien , por que nos comentan la subrogación y condiciones iguales , incluso en la nómina se refleja la antigüedad , pero hace un mes mis jefes crean otra empresa y recibimos mensaje de baja y alta a la nueva empresa por parte de la seguridad social sin más , pero en esta nómina la antigüedad a cambiado , aparece como que solo tuviese menos antigüedad desde que nos compraron , esto está bien?
Gracias un saludo
No, no es correcto, da igual que pongan otra antigüedad, es la que tenías de la otra empresa.
Hola. Mi empresa a subrogadoy ahora nos pagan por días . Antes no. No nos pagan la paga de beneficios. Antes si. Nos bajan la antigüedad ect. No nos explican nada. La cuestión es que cobramos menos desde febrero que se hizo el cambio. Gracias
Tendréis que reclamar para que se respeten los derechos que teníais antes de la subrogación.
Buenos días, me han subrogado en una nueva empresa hace unos días y por haber disfrutado mi mes de vacaciones a principios de año, la empresa saliente me ha descontado los treinta días naturales de mi nómina, es eso legal? Puedo reclamar a la nueva empresa. Muchas gracias de antemano por su respuesta
A lo mejor es una obligación de convenio. Pero no es normal que te descuenten los 30 días sino los días que no has generado con dicha empresa. En cualquier caso, deberá abonarlos la empresa entrante. En caso de duda, demanda a las dos.
Muy buenas, tengo una duda, llevo 7 años en una empresa, y recientemente hace un año me cambiaron a un centro de trabajo con derecho a subrrogacion. A salido la oferta a concurso, si la consiguiese otra empresa seria subrogado, en teoria, el caso es que el centro al que me trasladaron lleva 4 años abiertos y mi antiguedad es de 7 años. Me mantendran la antiguedad? Tienen obligacion de subrogarme en esos terminos??
Tienen la obligación de subrogarte si así lo indica el convenio, y tendrán que mantenerte la antigüedad.
ante todo,gracias por la atencion q tienes con nosotros.
tengo la duda de q en caso de q la empresa cesante esta compuesta por dos trabajadores autonomos q son a su vez los propietarios de dicha empresa,si la empresa entrante tambien esta obligada a la subrogación de estos dos trabajadores/empresarios.
de nuevo muchas gracias,haya o no respuesta
Tengo mis dudas y desconozco jurisprudencia al respecto. Habría que ver que es lo que dice el convenio, pero en mi opinión, entiendo que sí que deberían de subrogarlo.
Hola, en el convenio que tenemos en mi empresa no existe nada sobre de la subrogación de trabajadores, ¿ Podriamos firmar una clausula interna con mi empresa para que los trabajadores de mi centro de trabajo pudiesen tener ese derecho de subrogación? Mi convenio actual es el de transporte de mercancias por carretera. Gracias.
Esa cláusula no afectaría a otras empresas, por lo tanto no tendría mayor repercusión.
buenas tardes, trabajo en una comunidad de vecinos como limpiadora, estoy 8 horas diarias, la comunidad a decidido cambiar de empresa pero a mi me subrrogan, soy minusvalida la antigua empresa solo contrata a minusvalidos, tengo las pagas porrateadas, el proximo 1 de abril firmo con la nueva empresa, la antigua empresa me tiene que dar algun tipo de finiquito, por vacaciones no gastadas o paga extraordinaria la de julio, pregunto es solo por saber, gracias
Puede que la empresa saliente te abone la vacaciones generadas y no disfrutadas, así como la parte proporcional de las pagas extras, pero si no lo hace, se lo tendrás que reclamar a la empresa que entra.
Tengo una duda con respecto a la subrogación de trabajadores …si por convenio hay un artículo de préstamos a trabajadores que concede la empresa…a quien deberían pagar esas cuotas esos trabajadores que han sido subrogados?
En ese caso, puede que la empresa saliente liquide el préstamo, o en caso contrario habría que ver que es lo que indica el convenio. Pero lo mejor sería hablarlo con la empresa saliente.
La empresa entrante se podría hacer cargo de la deuda total de trabajadores en préstamos concedidos por empresa saliente y seguir los trabajadores pagando cuotas a la empresa entrante???…….o si no que solución legal se le podría dar para que el artículo de préstamos se desarrolle con normalidad……..ya que la empresa cuando sale a licitación no da los préstamos por temor a la perdida del servicio…..y con esa excusa no se dan los préstamos con normalidad.
Entiendo que podrían llegar a una acuerdo empresa entrante y saliente para que todo siga igual respecto al trabajador. Si el convenio recoge el derecho al préstamo, no debería depender de si existe o no licitación pendiente.
Hola, una consulta.
Mi antigua empresa compra a donde estoy ahora, y la razón social es la misma, me tienen que respetar la antigüedad que tenía en la primera?
Es decir trabajas en empresa A. Luego cambias de trabajo y pasas a empresa B. Después, empresa A compra empresa A. En ese caso, no se tendría que guardar la antigüedad de la empresa A, sino la de B, salvo situación excepcional en el cambio de empresa entre A y B.
Buenos días, no se si mi caso es un poco peculiar. Trabajaba en el comedor de una escuela municipal que gestiona una subcontrata, cada 2 años se cambia de empresa gestora y por subrogación yo seguía trabajando cada año.
Tras 3 contratos de interinidad que empezaban en septiembre y terminaban en julio, con sus tres meses de agosto en paro, me puse en contacto con un sindicato y me dijeron que la situación no era legal porque debería ser indefinida al estar mas de 2 años de interina.
Mi contrato terminaba el 31 de julio y debían renovarlo el 1 de septiembre, al contactar con la empresa para arreglar la situación decidieron no renovarme nuevamente el contrato por desconfianza hacia la empresa, el sindicato me recomendó denunciar por despido improcedente. Ahora estamos esperando que salga el juicio.
¿He hecho bien en denunciar?
Por lo que comentas, y dado que no te querían contratar de nuevo, era la mejor opción.
Hola.
Mi pregunta es ; después de una sucesión de unión de empresas temporales (UTE) , desde el 2007 hasta 2019, en junio de 2019 se va a cambiar de nuevo de UTE, nos dicen que la antiguedad que nos corresponde es la de esta UTE que ha sido de 4 años y los días de la siguiente, y que no tenemos derecho a la antiguedad desde el 2007, vamos que solo nos corresponde antiguedad de las dos últimas UTE.
¿Es así?. O tenemos derecho a la antiguedad desde el 2007.
Un saludo, muchas gracias.
Si hay sucesión empresarial se debe de considerar desde el año 2007
Mi Empresa va a ser Subrogada por otra Empresa.llevo mas de 20 años en la Empresa.Cotizados 45 años en la Seguridad Social.59 Años.Todos los Trabajadores de la Antigua Empresa vamos a pasar a la Nueva Empresa.Yo tengo un Sobresueldo en la Antigua Empresa como Encargado de Chapa y Pintura ya que estamos en el Ramo del Automóvil .Tengo derecho a que respeten todas las condiciones económicas de mi Nomina o Contrato.
Si, tienen que respetarte todas las condiciones.
Buenas tardes,
mi empresa ha llegado a un acuerdo de subrogación de los trabajadores ya que hemos perdido el concurso que nos proporcionaba el trabajo, concedido a la empresa que subroga. Entiendo que todos los trabajadores mantienen sus derechos, antigüedades, salarios y demás, como ha quedado claro en tu blog, pero ¿qué pasa con el socio-trabajador con nómina (que realizaba un trabajo concreto)? ¿Cabe algún tipo de indemnización ya que no es posible su subrogación por parte de la nueva empresa (por su condición de socio)?
Si era trabajador, entiendo que no existe impedimento para que sea subrogado, aunque sea socio.
Muchas gracias Alejandro por tu respuesta. Al ser socio-trabajador (con alta autónomo), valora que no le van a querer subrogar por su posición de socio. Si fuese así, la empresa de la que es socio y que cerrará ¿debe o puede remunerarle con el finiquito que le corresponda?
Gracias de nuevo!
Sí, al haber cierre tiene que proceder a despedirlo.
Buenas tardes,
he dejado un comentarioe sta mñana pero no lo visualizo en la web con lo que lo vuelvo a poner. Si sale duplicado ruego me disculpe.
Mi empresa tiene varios centros de trabajo en España. Yo llevo trabajando en mi empresa 21 años y soy el encargado del centro de trabajo de Valencia aunque no pertenezco a ese centro de trabajo sino al de Madrid, desde donde trabajo y donde tengo mi residencia habitual. Ahora mi empresa quiere subrogar la delegacion de Valencia a otra empresa (contratos, trabajadores….) mis dudas son las siguientes.
1. Como yo pertenezco al centro de trabajo de Madrid, aunque soy el encargado de Valencia ¿me afecta esa subrogacion?
2. Si la subrogacion me afecta y la nueva empresa tiene que mantener mis condiciones ¿deben mantener tambien que no vivo en la zona y en el tiempo en el qué estuve desplazado mi actual empresa corria con todos mis gastos (vivienda, dietas, vehiculo, desplazamientos….)
3. Si la subrogacion no me afecta porque el tema del centro de trabajo que puede hacer mi empresa actual conmigo’¿indenmizarme? ¿reubicarme?
Muchas gracias de nuevo
Habría que ver la causa de la subrogación y ver tus funciones, es una cuestión inusual el que seas de un centro de trabajo y a la vez responsable del otro. ¿no tienes nada que ver con el centro de trabajo de Madrid?¿Dónde desempeñas tus funciones? Si finalmente te tienen que subrogar, te tienen que mantener todas las condiciones laborales, sin perjuicio de que puede modificarlo a través de una modificación sustancial de las condiciones de trabajo. Si no te subrogan, mantienes la vinculación con la empresa. Tendrán que indemnizarte si te despiden.
En 21 años en la empresa he trabajado en muchos centros de trabajo incluido el de Madrid que fue el primero y nunca me han cambiado el centro. Llevo muchos años de encargado de diferentes centros o trabajos dependiendo los concursos de los que ha sido adjudicataria mi empresa actual. Cuando se ha acabado un contrato en alguna zona me han reubicado a otro. Actualmente desempeño mis funciones desde Madrid y viajo a Valencia cada 15 dias o un mes.
La causa de la subrogación es que la empresa quiere vender la delegación de Valencia porque para el 2020 no tendremos contrato alli con nuestro cliente.
La pregunta es, puedo entrar en el paquete de la subrogación o El hecho de pertenecer al centro de trabajo de Madrid invalida que me metan en el paquete de los subrogados de Valencia.
Gracias de nuevo
Es discutible, si sólo trabajas para valencia, aunque lo hagas en Madrid físicamente, quizás tu centro de trabajo debería de ser valencia y entrarías dentro de la subrogación. Pero bueno, habría que ver jurisprudencia y ver un poco más en profundidad el caso.
Hola,
En mi caso, ha habido una subrogación en la empresa en la que trabajo, nos prometieron el alta en la nueva empresa y ya han pasado varios dias sin que nos hayan dado de alta, estamos a la espera de conciliación. Si en conciliación me ofrecen darme de alta, estoy obligad a aceptar?
Entiendo que has demandado por despido, si te ofrecieran la reincorporación, no estás obligada aceptar y puedes esperar a ver que dice el juez.
Hola! En mi caso, el día 1 empieza la surrogacion con otra empresa y a día de hoy no se nada sobre lo que tengo que hacer el primer día, Nadie se ha puesto en contacto conmigo y me ha dicho el encargado que ya me llamará la empresa. Tiene mala pinta. Pueden echarme tras la surrogacion porque según la empresa nueva, tienen ya trabajadores que hacen mi trabajo? No sé muy bien que hacer ni a quien acudir. Tengo una discapacidad y siento que me están echando por eso. Gracias
Habria que ver la causa de subrogación, pero si es necesario amortizar el puesto de trabajo, se podría realizar un despido objetivo.
Hola Alejandro,
Gracias por adelantado por tu respuesta.
En la actualidad tengo una reducción de jornada por guarda legal. El departamento en el que trabajo va a ser externalizado a otra empresa. Querría saber si al tener reducción de jornada puedo ser externalizada como el resto de empleados o hay algún tipo de protección en mi caso y puedo permanecer en mi empresa actual.
Gracias y un saludo,
Si existe obligación de subrogación, no se tiene una especial protección por el hecho de estar con una reducción de jornada. No obstante, habría que mirar si tienes que ser subrogada si no quieres en el caso que comentas, no por el hecho de la reducción, sino por la subrogación en si.
Muchas gracias por tu ayuda Alejandro.
Me gustaría hacerte dos preguntas más sobre este tema por favor:
1- En el caso de estar embarazada en el momento de la subrogación (ya sea con o sin baja médica), se puede llevar a cabo dicha subrogación como el resto de empleados o hay algún tipo de protección y puedo permanecer en mi empresa actual?
2- En el caso de empleados con reducción de jornada por guarda legal, si la empresa decide eliminar el puesto de trabajo del trabajador con reducción, el empleado puede ser despedido (improcedente) o está protegido y puede permanecer en la empresa aunque sea en otro puesto?
Mil gracias por tu ayuda.
Se tiene que realizar la subrogación. En el segundo caso, se puede despedir si tiene causa para ello, pero la empresa tendrá que acreditar no sólo la causa del despido, sino el porqué se despide a ese trabajador y no a otro.
Yo fui surrogado,firmamos un documento donde nos dicen que nos respetan todo salario,antigüedad y que nos tienen que respetar todos los derechos y obligaciones que teniamos;complementos personales como ticket de comida,kilómetros,etc.
Y nos dice la nueva empresa que los complementos personales son ilegales, que no vienen reflejados en el convenio y procede a no pagarlos.
Es legal?
GRACIAS.
Que no vengan recogido en convenio no quiere decir que sean ilegales. Puede que la empresa lo estuviera camuflando como dietas o indemnizaciones, cuando era salario . En dicho caso, deberéis demandar si os los sacan aduciendo a que era salario.
Hola! Un traspaso de un bar entre autonomos, yo como trabajador sino quiero seguir trabajando con el nuevo autonomo, tengo derecho a que el autonomo primero, con el cual yo llevo 2 años y medio, me liquide mi contrato, osea indemnizacion y vacaciones.
Gracias. Un saludo
No, tienes el derecho de continuar en tu puesto de trabajo. Si no queires será una baja voluntaria sin derecho a indemnización, salvo que exista una causa legal para exigir la extinción, que explicamos en esta entrada, pero que haya un traspaso no es una causa.
Hola.
Tengo antigüedad 7 años
La empresa en la qe estoi..nos notifica que ya deja de prestar servicio al cliente al qe le trabaja.(otra empresa).por qe la mía a perdio concurso.
Directamente nos dice que ya a entregado datos personales a la otra empresa .
Sin a verlo comentado a los trabajadores.
Eso es legal con esto de la protección de datos?.
Nos dice en la hoja qe nos da un coordinador..
Mismo turno..salario…descanso….
Vamos qe como estavamos.
Tenemos derecho a pedir nuestro finiquito ..por qe no nos interesa seguir en la otra empresa Qe entra?.
Nos tenía qe haver avisado …la nueva..Por si nos interesa.?
Esqe parece …Qe nos sintamos utilizados
Muchas gracias y un cordial saludo.
Si la subrogación viene establecida por convenio, el trabajador no tiene que aceptar , sino que es automática. Del mismo modo que no tenéis derecho a exigir una indemnización ya que no existe un despido. La empresa tiene la obligación de respetar las condiciones laborales y los trabajadores el derecho de continuar en su puesto de trabajo, sino quieres continuar tendras que firmar baja voluntaria.
Buenas tardes, le escribía para exponerle una duda.
Acaban de subrogarnos de manera temporal a una S.A de capital Publico. En esta subrogación nos mantienen las mismas condiciones y convenio, el cual es peor que el que se aplica en la nueva empresa.
Mi pregunta es ¿tienen que meternos en el convenio que esta vigente dentro de la empresa? o pueden convivir 2 convenios bajo un mismo numero de la seguridad Social.
Muchas gracias
Sí, de manera temporal pueden existir dos convenios.
Buenos días,
¿cuanto tiempo seria temporal? Porque creo que pretenden dejarnos con peores condiciones que los compañeros.
Saludos
En esta entrada explico el convenio aplicable.
Buenas tardes
Trabajo desde hace mas de 10 años en una empresa y nos acaban de subrogar a otra. Aunque sea el mismo sector no tienen el mismo convenio. En el nuestro refleja el pago de domingos y en el suyo no. Nos han propuesto firmar la adhesión a su convenio respetando nuestras condiciones pero a la vez nos dicen que el pago de domingos no será posible. Eso es legal? Si demando tengo posibilidades de ganar? O la respuesta será que gano los beneficios del nuevo convenio a cambio de perder los otros? Gracias de antemano
Si os adherís al nuevo convenio de manera voluntaria, entiendo que sería con todas las consecuencias, y no se podría solicitar que se apliquen determinados cláusulas de según el convenio que sea más satisfactorio.
Buenos días,
Expongo el siguiente caso,
Trabajadores de la empresa A ha sido subrogado a la empresa B en el que llevan dos años subrogado hasta que se renueve el convenio de la empresa B.
En la empresa B tienen asignados en su convenio niveles retributivos (nivel 1, nivel 2 nivel 3…) de acuerdo a la antigüedad del trabajador. Cada dos años suben de nivel retributivos por antigüedad a toda la plantilla.
Al día de hoy, se ha renovado el convenio de la empresa B, que por el cual, los trabajadores subrogados han pasado al convenio nuevo de la empresa B entrando en el nivel retributivo cero, (el más bajo) .
La cuestión es, se debería respetar la antigüedad del personal subrogado y aplicarle el nivel retributivo que le corresponda por la antigüedad? o la plantilla subrogada entra en el convenio renovado como si fuesen personal nuevos y empezasen desde cero? Según la empresa, solo respetan la antigüedad a efectos indemnizatorios por despidos.
En mi opinión se debe respetar la antigüedad a todos los efectos, salvo que el convenio haya especificado lo contrario (que habría que revisar la nulidad de dicha cláusula en ese caso)
Existe algún artículo o sentencia o jurisprudencia para demostrarlo? Para poder interponer la demanda a la empresa por este motivo.
En el convenio en vigor no dice nada al respecto.
Casi con total seguridad hay jurisprudencia sobre ese tema, que habría que buscar, pero excede de las orientaciones que realizo a través del blog. Te recomiendo que acudas a un abogado.
Yo quería saber si la subrogación tiene fecha quiero decir,entramos con las mismas condiciones,pero hasta cuándo??pasan años y tiene que seguir la nueva empresa con las mismas condiciones???
No se a que te refieres mismas condiciones. La subrogación se produce una vez y ya está, cambia de empresario. No tiene fecha, ya que no es un acto continuado. No entiendo muy bien la pregunta. La empresa tiene que respetar las condiciones indicadas en el convenio colectivo.
Buenos días;
Ante todo, gracias por anticipado por tu trabajo.
El día 1 nos subrogan a otra empresa, por mi parte no hay problema, están obligados por el Convenio Nacional de Seguridad Privada. La antigüedad total es de diez años. Se que me deben mantener la antigüedad( son dos quinquenios) y el salario que marca el convenio. Mi pregunta, yo cobro el plus de Responsable de equipo, desde septiembre de 2017, que es cuando empecé a ejercer las funciones que explicita el convenio para ese puesto. Se que la empresa saliente tiene obligación de comunicar a la entrante la situación de cada uno, incluyendo las últimas nóminas cobradas y donde viene detallado el plus en cuestión. La empresa entrante tiene obligación de seguir pagándolo si continuo realizando esas funciones? O me lo puede quitar por no considerarse un derecho consolidado?
Muchas gracias por todo y un saludo
TE lo tiene que seguir pagando, cuestión diferente es que podría llegar a eliminarlo a través de una modificación sustancial de las condiciones de trabajo si existe causa para ello.
Muchas gracias Alejandro y un saludo
Buenos días,
Cuando existe subrogación, si la empresa saliente envía documentación de condiciones del trabajador a la empresa entrante, en este caso dos días de trabajo a la semana y vehículo de desplazamiento para acudir al centro de trabajo según marca el pliego de condiciones técnicas del ayuntamiento, debería de cumplir la empresa entrante adjudicada a la nueva concesión con los mismos derechos pactados con la empresa anterior? si está por escrito estas condiciones?
Gracias.
En principio si, se tienen que respetar todos los derechos que traía el trabajador en la anterior empresa.
Muchas gracias Alejandro.
Buenas tardes,
Comento mi caso, llevo casi dos años trabajando en una empresa que presta servicios para un ayuntamiento (mantenimiento), resulta que en la empresa actual que trabajo, no va a renovar la concesión y automáticamente paso subrogado por la nueva empresa entrante con los mismos derechos supuestamente, tengo unas condiciones con la empresa actual, que son dos días de trabajo a la semana y otro día puntual si surge una avería o improvisto, en el pliego de condiciones técnicas del ayuntamiento también está escrito que ” mínimo he de trabajar dos días a la semana “, siempre he trabajado tres días, mi pregunta es, la empresa nueva que me subroga me puede obligar a trabajar mas días?
Muchas gracias, estaría interesado en asesorarme personalmente.
El pliego de condiciones no puede obligar a subrogar a los trabajadores, sino que simplemente informa de la situación de los trabajadores para que la nueva empresa entrante conozca el coste de la concesión y estudie si es necesario o no la subrogación del personal, en caso de ser necesario, se tienen que respetar todos los derechos, teniendo en cuenta que la empresa entrante, puede llegar a modificarlos mediante una modificación sustancial de las condiciones de trabajo.
Muchas gracias Alejandro,
Entiendo que un pliego de condiciones es meramente informativo, en este caso la subrogación la exige el convenio.
¿Que tipo de documento escrito me tendría que hacer la empresa saliente que indicase esas condiciones pactadas verbalmente y si le supone algún perjuicio hacerlo ya que no renovará la prórroga?
El convenio suele especificar que documentación tiene que entregar la empresa saliente a la entrante. No te la tiene que dar a ti, sino a la empresa.
Han rescindido el contrato de trabajo a la empresa que me contrataba, la misma que tampoco pagaba sueldos a los trabajadores, va a entrar una nueva empresa a las instaciones, que derechos tendría en esta nueva empresa, me subrogará, perdería algunos tales como antigüedad u otros, quien me pagaria los sueldos adeudados.
Para saber si esa nueva empresa tiene la obligación de subrogaros habría que ver si existe sucesión de empresa o lo que diga el convenio, en ese caso, os tiene que respetar todas las condiciones y según la última jurisprudencia se tiene que hacer cargo de las deudas.
Buenos días, trabajo en un centro como vigilante de seguridad.
El problema que me esta surgiendo con la empresa que nos ha subrogado es que me están enviando los cuadrantes mensuales en los cuales no llego al mínimo de horas en mi servicio y siendo el único de los vigilantes que estamos al que le ocurre esto.
Cabe añadir que en los días que me quitan del cuadrante para que no llegue a las horas traen a otro vigilante de fuera.
Mi pregunta es si esto es legal, pues no hay justificación por parte de la empresa y tampoco responden a los emails enviados para que solucionen lo que en mi caso es un prejuicio.
saludos
¿Te han bajado el sueldo?
Buenos Días, En septiembre me subrogaron, en dicha subrogación al firmar ponía que se mantenían todas las condiciones laborales y sueldo. Teníamos un horario estable y también se hacían horas extras pagadas. Ahora quieren cambiarnos por un horario flexible para no pagar dichas horas extras. El horario lo sabemos cada semana con menos de una semana de antelación. Nos pueden obligar a hacer este horario flexible ya que es un cambio importante de las condiciones? gracias.
Se trata de una modificación sustancial de las condiciones de trabajo, que pueden hacerlo si tienen una causa para ello, como explico en esta entrada.
Buenos días,
Mi duda es, si tras una subrogación hay que modificar la jornada de un trabajador (trabaja a tiempo parcial), es posible, siempre y cuando haya razones organizativas o económicas… pero me gustaría saber en qué artículo y de qué ley puedo encontrar esta información.
Un saludo
Si es pasar de jornada a completa a parcial no se puede, según el articuo 12 del ET, si es cambiar dentro de parcial se trata de una modificación sustancial del articulo 41 del ET
Ok, gracias por responder
Hola, buenas tardes. A ver si me puede ayudar, por favor
Trabajo en una empresa de servicios y tenido 2 contratos de 6 meses, me han subrogado y ahora quieren hacerme un contrato eventual.
Podría ser correcto. Habría que mirar las necesidades de la empresa.
Hola llevo siete años en una empresa y los socios se separa. Han partido a la plantilla tres con uno y tres con otro. El socio que me subroga a mi me exige ampliar mi horario de trabajo ( de 25 a 35 h ) y trabajar tres tardes , antes sólo trabajaba por las mañanas. Yo le he pedido que sean sólo dos y no llegamos a un acuerdo . ?Puede exigirme esta ampliación de horario y que sea como él quiere, tener que empezar a trabajar las tardes ? ? Puedo exigir yo quedarme en el mismo horario que tenía en la anterior sociedad ? Cuando se realice la subrogación tendré que firmar nuevo contrato ?
Gracias
No es necesario firmar un nuevo contrato después de la suborgación. Lo que quiere el nuevo empleador es realizar una modificación sustancial de las condiciones de trabajo, y puede hacerlo si tiene causa para ello y sigue el procedimiento adecuado.
Hola. Os espongo mi caso.
Hace un año me despidieron de un trabajo (vigilante seguridad) al cual demandé el despido y el juez lo declaró nulo mandando este a la empresa pagarme salarios de trámite y readmitirme el el mismo centro de trabajo y condiciones. La empresa deposito el dinero de los salarios de tramitación en juzgado y me readmitio en un centro de trabajo diferente, a lo que volví demandar por modificación de condiciones de trabajo etc. Juicio que volví a ganar, dando orden a la empresa a recolocarme en el mismo centro de trabajo. En estos momentos estoy de baja por accidente laboral y hoy me mandan un telegrama onde me indican que paso subrrogado a otra empresa adjudicataria del centro de trabajo en el que estaba recolocado sin ser el centro de trabajo que me correspondia y el que ordena el juez. Se desacen de mi sin ponerme en el centro de trabajo que me corresponde y me subrrogan a otra empresa en un centro de trabajo que no es el mio en el que solo estube ese periodo desde la readmisión sin reunir la antiguedad necesaria en ese centro de trabajo y sin querer yo ser subrrogado ni seguir en ese centro de trabajo.
¿Lo tengo dificil? Tengo todos los juicios anteriores y autos a mi favor. Incluso el primero que lo recurrieron al superior se sentencio a mi favor.
Si no es tu centro de trabajo, en mi opinión no deberías de ser subrogado.
Gracias por la atención. Efectivamente no es mi centro de trabajo y asi lo dicen las sentencias judiciales que tengo a mi favor. Pero aunque estoy de baja por accidente laboral la subrrogación fue echa ya que en la vida laboral consto en la nueva empresa. Me temo que ahora al darme de alta tendre que incorporarme a esa empresa y centro de trabajo aunque demande la subrrogacion incorrecta
Tendrás que demandar para evitar la subrogación.
Buenos días en primer lugar agradecerte por leer y contestar a este correo trabajo en una empresa de limpieza viaria el contrato que tengo es de lunes a domingo en febrero fuimos subrogación por otra empresa nos entregan un documento donde pone que nos respecta los mismo derecho que venía disfrutando un la antigua empresa el pasa día 23 de diciembre me anuncia que tengo que trabajar los domingos cuando en realidad nunca se había trabajado con la otra empresa saliente ni con esta nueva hasta esta el día 23 de diciembre que puedo hacer.
Habría que ver la comunicación de la empresa y de si se trata de una modificación sustancial de las condiciones laborales y es definitiva, o simplemente es un día el que has realizado horas extraordinarias. En este sentido, aunque la empresa tenga que respetar las condiciones laborales, puede modificar las condiciones laborales si existe causa para ello respetando lo indicado en el convenio colectivo.
Gracias por contestar va a ser para siempre con un corre turno cosa que antiguamente no se hacía e solicitado que se me lo entregara por escrito la contestación fue que no. Sin contar que antiguamente se trabajaba de lunes a viernes de 7h00 a viernes y el sábado de 7h00 a 11 descansando día y medio la tarde del sábado y el domingo según el documento que me entregaron ponía que la subrogación sería con los mismo derechos que tenía con la otra empresa.
Entonces se trata de una modificación sustancial de las condiciones de trabajo, en esta entrada explico que puedes hacer.
Buenas noches
Voy a comprar un local comercial donde hay funcionando un restaurante y tengo dos opciones:
1.- Hacer un cambio de titularidad del negocio y seguir yo con el mismo.
2.- No hacerme cargo del restaurante ya que lo que voy a comprar es en realidad el local y alquilarlo para ese tipo de negocio o cualquier otro negocio.
En dicho restaurante hay un trabajador que se le da de alta 6 meses al año y, transcurrido ese tiempo, se le da de baja, llevando en esa situación 15 años.
Mi pregunta es:
¿A quién demandaria ese trabajador si opto por seguir yo con el negocio pero no me subrogo en su contrato?
Si opto por no llevar el negocio y alquilar el local vacío, ¿quedaría yo exento de cualquier indemnización a dicho trabajador?
Son dos situaciones muy diferentes, en la primera serías el empleador y por lo tanto te demandaría también a ti. En el segundo, simplemente eres el propietario de un local comercial, por lo tanto, será responsable la empresa que alquile el local y lleve el restaurante.
Entendido, pero mi duda es que pasaría si alquilo el local vacío para negocio distinto a restaurante? Quién tendría que indemnizar al antiguo trabajador??
Si nunca realizas la actividad económica, y no te comportas como un empleador, no tendrías que indemnizar al trabajador ya que nunca serías el responsable . Hay que tener cuidado de como alquilas ese local y que cláusulas se pactan. Conozco algún caso como el que comentas, que sin darse cuenta actuaron de empleadores y fueron demandados.
Buenas noches, mi empresa va a extinguir la S.L.U q es hasta ahora, nos ha subrogado el q hasta ahora era adm de la misma. Debido a un acoso laboral constante, estoy obligada a firmar esa subrogación? Y si no es así, la empresa tendría q indemnizarme?
No puedes oponerte a la sucesión empresarial que es lo que parece que hay. No, no tiene que indemnizarte.
Buenas, llevo 11 años en una empresa y una nueva acaba de ganar el contrato donde me encuentro. Esta nueva me ofrece mantener mi antiguedad y salario. Mi pregunta es: la nueva empresa puede saber/averiguar lo que gano? O tienen que hacerme una propuesta económica?
Muchas gracias
Normalmente, en caso de subrogación por que lo indica el convenio, la empresa saliente comunica a la entrante las condiciones laborales, entre ellas el salario.
Ok muchas gracias
Hola, trabajo en una empresa des de 2004 dedicada al sector de la electricidad. La empresa pertenece a 2 socios.
A finales de año, nos han notificado que esta empresa va a desaparecer y cada socio se monta una nueva empresa (diferentes datos fiacales).
Uno de los socios, me ha dicho que cuenta conmigo para su nueva empresa, conservando la misma antiguedad y condiciones. (por escrito no hemos hecho nada aún)
Mi pregunta es la siguiente, yo puedo negarme a passar a la nueva empresa y que me paguen el finiquito que me toca y que me pongan al paro?
No, tienes obligación de continuar si la empresa continua, es decir, si existe sucesión empresarial. Si quieres irte, tendrás que notificar tu baja voluntaria, pero no tendrás derecho a paro ni indemnización.
Buenos días,
Según mi empresa antigua he sido subrogado pero la nueva empresa dice que esa subrogación no existe. Me han dado de baja de la SS y la empresa nueva no se hace cargo de mi.
Denuncio a las dos empresas?? Que pasa con los dias que pierdo sin sueldo hasta el dia del juicio si tampoco tengo hoja de paro??
Demanda a las dos por despido improcedente. Acude al SEPE y si te ponen problemas para cobrar el paro, vete a inspección.
Buenas tardes,
Mi empresa cambia de denominación social de SA a SL y el empresario no nos ha comunicado nada, nos hemos enterado de rebote. Porque han empezado a llegar documentos de la nueva empresa, se supone que a partir del 31 de diciembre deja de existir la SA para a partir del 1 de enero ser SL. ¿Con cuanto tiempo nos tiene que comunicar la subrogación empresarial? Tiene que subrogarnos previamente AL 31 de diciembre o a partir del 1 de enero? Gracias.
La legislación no establece ningún plazo, ese cambio no tiene ninguna repercusión a los trabajadores, pero os lo debería de notificar como muy tarde el 31 de diciembre. Si el cambio es el 1 de enero, será esa fecha cuando tenga que cambiaros el empleador.
Hola, ante todo felicidades por toda la Información que nos da.
Mi duda es, llevo 7 años subrrogada a una empresa semipublica de recogida de residuos, con una antigüedad de 11 años.
Llevo como dos años solicitando un cambio de puesto de trabajo a una categoría superior, con lo que dejaría de recoger residuos en el pueblo del que vengo subrrogada, la empresa en todo momento me dice que no puede ser porque soy subrrogada y que si se hiciera tendría que cambiar mi contrato y perdería todos los derechos incluida la antigüedad. Hasta que punto es cierto esto que me dicen?
Gracias de antemano.
Si es dentro de la misma empresa se te debería aplicar el mismo convenio si es la que obliga a la subrogación. Habría que mirar más el caso para darte una respuesta.
Buenas, trabajo de electricista en una contrata municipal y en unos días termina la concesión sin que de momento desde el ayuntamiento hayan redactado el nuevo pliego (por problemas políticos) pero es seguro que se realice en un corto periodo de tiempo. Mi contrato es a fin de servicio ligado a dicha concesión y por convenio estoy subrogado, pero al no ser continuada la concesión, tengo derecho a subrogación cuando la realicen??? Y si es así, existe algún tiempo para ello??y por último, q debo hacer con el finiquito q mi empresa actual pretende darme al acabar la concesión?
Depende de lo que diga el convenio que te sea de aplicación, lo que podrías hacer para ganar tiempo es demandar por despido, a tu empresa y al Ayuntamiento, y a lo mejor en lo que señalan el juicio ya ha sido adjudicado el servicios y podrás ampliar frente a esta nueva empresa.
Tras 7 años en una empresa, esta vende el negocio a otra empresa.
La nueva empresa quiere hacer un nuevo contrato con las mismas condiciones que las actuales, manteniendo la antigüedad y sueldo. En el nuevo contrato no pone en ningún momento la palabra subrogación.
Si en un futuro nos despiden en la nueva empresa, la indemnización será completa?
Podemos tener algún problema con la agencia tributaria con la indemnización?
Será neta esta indemnización?
Muchas gracias
En principio no debería haber ningún problema, aunque lo normal es simplemente notificar la sucesión de empresa en virtud del artículo 44 del Estatuto de los Trabajadores. La indemnización es neta en función de cómo se haga el despido y la cantidad que se te abone, en este artículo hay más información al respecto.
Hola estoy fija en una empresa de limpieza que va ser subrogado quieren finiquitar os y empezar de nuevo solo respetando antigüedad y salario y horario creo me puedo negar al finiquito yo quiero seguir igual poder vo far mis pagas de el año que viene Íntegras hay alguna manera de que no me giniquiten
Es normal que se finiquite, es decir, que la empresa saliente pague todo lo que adeuda al trabajador, pero eso no quiere decir que pierdas tus derechos. Además, habría que ver que es o que pone el convenio.
Buenos días, tras 10 años trabajando en una empresa, nos dicen que lo van a cerrar y nos va a subrogar otra empresa del mismo grupo empresarial.
La cuestión es que en el documento me indican que me mantienen el salario y antiguedad pero, me bajan una catergoria. Exactamente de delineante-proyectista a delineante de primera.
Pueden hacer esto?
¿Te cambian las funciones o te bajan el salario? En dicho caso, se trata de una modificación sustancial de las condiciones de trabajo y pueden hacerlo siempre que tengan causa para ello. En esta entrada te explico las opciones que tienes.
Hola. Mi situación es la siguiente. Trabajo centro comercial con una agencia de hace más de 12 años con un contrato parcial de obra o servicio determinado y siendo coordinadora de grupo que no lo especifica en el contrato.
Llevamos un mes sin cobrar y de un día para otro nos subroga otra empresa .
Mis preguntas son las siguientes.
1.Hay que firmar algún documento donde indique cambio de empresa.
2.¿el salario se mantiene?
3.¿las horas semanales pueden variar?
4. ¿La paga extra sin cobrar quien tiene que hacerse cargo?
5. El mes de noviembre que supuestamente estamos trabajando para la empresa de hace más de12años ahora nos dicen que se encarga la que entra sin haber firmado nada…puede ser así?
6. ¿El puesto de coordinadora puede desaparecer? Me puedo oponer a ello? Y ser una trabajadora normal?
Espero respuestas gracias.
Se tienen que mantener todas las condiciones laborales, sin perjuicio de que la empresa las modifique a través de una modificación sustancial de las condiciones de trabajo. La empresa entrante, se tiene que hacer responsable de las deudas y no es necesario firmar nada, sino que os notifiquen la subrogación por sucesión empresarial.
Buenos días,
Tras 4 años con una empresa, y acabado la concesión con un Concello, han sacado de nuevo el concurso de tal forma que ha ganado otra. Esta tiene la obligación de subrogarnos. Entre ellas habían hablado de una acabar ayer mismo, 15/11/18 y empezar con la nueva hoy, 16/11. Con la empresa saliente firmamos ayer todos los papeles, para supuestamente empezar hoy con la nueva. La sorpresa es, que la empresa entrante dice que tienen problemas con la documentación y que no nos puede dar de alta hoy. Quién paga estos días que tarda la nueva empresa en hacer efectiva la subrogación?. Yo, trabajador, estoy en mi puesto de trabajo igual. Voy a la policía local para que hagan un escrito de que estoy en mi puesto de trabajo?.
Muchas gracias
La empresa entrante tendría que hacerse cargo, pero en caso de que no te lo paguen, demanda a las dos.
Hola buenas tardes haber si podeis resolverme una duda mi pregunta era la siguiente. llevo 10 años en una empresa y sin decirme nada me han surrogado a un trabajo de los muchos que realizo a diario.Me e enterado por un mensaje de la seguridad social pregunte que era eso y me dicen que yo no soy de esa empresa ,le pido explicaciones por correo para que conste y no contesta . mi duda era cuando la empresa no tenga ese servicio yo ya no tengo nada que ver con la misma si yo no firme nada y mi contrato es fijo desdes hace 5 años?
Habría que mirar si es correcta o no la subrogación, en caso de que no lo sea, podrías demandar a la empresa.
Hola, expongo mi caso, estoy embarazada y de baja por riesgo desde el mes de Julio de 2018. Mi empresa, este mes de octubre,a vendido la empresa a otra por un proceso de subrogación. Me dijeron que mi baja por riesgo continuaba igual y que no tenía que notificar nada a la mutua puesto que en un proceso de subrogación seguiamos con los mismos derechos. Mi baja en la seguridad social se hizo efectiva el 31/10/18 pero a día de hoy (14/11/2018) no he recibido notificación via sms de alta en la seguridad social. Ayer me llego a casa por correo certificado una carta de la mutua donde se me informa que me han extinguido el contrato de trabajo y por tanto la prestación por riesgo y que a día de hoy 14/11/2018 estoy en situación de desempleo y no estoy dada de alta en la seguridad social. Me gustaría saber si ha podido haber algún error con tesorería o si la nueva empresa tiene un plazo para darme de alta y si no es así, cuales son mis derechos a la hora de reclamar un despido y una indemnización. Muchas gracias
Si hay una subrogación te tienen que dar de alta al día siguiente. No puede haber pausa. Demanda a las dos empresas por despido nulo, a la entrante y a la saliente.
Hola, quiero empezar con una nueva empresa comprando un traspaso.
Los trabajadores que hay actualmente, me tengo que hacer cargo de ellos? Si los subrogo acepto hacerme cargo de todos los años que llevan trabajando? O tendría que liquidarlos la otra empresa?
Por otro lado hay una persona con reducción de jornada, no se le podría cambiar condiciones? O tendría que aceptar tal cual entra?
Quiero comprar esa empresa pero no me quiero hacer cargo de esas liquidaciones, ya que son superiores a 15 años.
Gracias
Si compras una empresa, tienes que respetar todos los derechos de los trabajadores (antigüedad, reducción de jornada…), y no puedes modificar las condiciones laborales, salvo que exista una causa para ello. Infórmate bien antes de comprar la empresa de la situación de cada trabajador, ya que serás responsable desde el momento de la compra.
Tienen derecho de subrogar a una persona en una empresa de limpieza que lleva 3 meses y pico y le dieron plaza fija y tiene una minusvalía del 33%
Tiene derecho a subrogar en las mismas condiciones que el resto de los trabajadores. Habría que ver el caso y lo que dice el convenio.
Buenas tardes
Me concedieron vacaciones previamente a la subrogación, lo tengo ya gestionado y comprado los billetes para viajar
en que me afecta, la empresa saliente me paga las vaciciones no disfrutadas aún pero las mismas que ya me había concedido, la empresa entrante me lo debe respetar??
Puede que te pague las vacaciones, pero te respetan los días que habías pedido. Es decir, disfrutarías los días pero sin que te los pague la nueva empresa, por que ya te los ha pagado la anterior. Habría que ver que es lo que dice el convenio.
Buenos días,
Mi empresa me comunicó que en tres semanas cierra y otra empresa (en este caso de un familiar del dueño que se dedica al mismo sector) la absorbe, me han comentado que me van a hacer una subrogación del contrato, yo tenia ahora un horario de trabajo que va a cambiar aunque sigue siendo un horario que está dentro de lo estipulado en el contrato, y me cambia el lugar de trabajo a otra dirección, antigüedad se mantiene. Con todo esto quisiera saber si yo puedo rechazar la subrogación y si así lo hiciese tengo derecho a percibir finiquito y paro?
Con los datos que me comentas, parece que no tienes derecho a eso. Tendrías derecho, si existe una modificación sustancial de las condiciones de trabajo.
Buenas tardes, ante todo felicitarte por la labor y por la ayuda ofrecida.
Le comento mi caso, llevo mas de un 5 años trabajando en el mismo centro y en el mismo puesto encadenando contratos temporales. Al firmar mi última nómina me he dado cuenta de que ya no me reconocen la antigüedad, ahora cuenta a partir de Septiembre, al haber cambiado el nombre la empresa en el último contrato temporal que me dieron (en septiembre) y que también firmé, pero a mí no me han comunicado nada, ni finiquitado, ni comunicado el despido, ni la subrogación, ni nada de nada, he ido a trabajar al mismo sitio y a la misma hora como si nada. Ambas empresas están al nombre del mismo dueño y establecen en las cláusulas de todos mis contratos el MISMO lugar de trabajo.
Entre las mil preguntas que tengo:
¿en qué situación legal me encuentro? ¿puedo reclamar?
¿me han despedido y al haber pasado los 20 días para reclamar el despido he perdido mi derecho?
¿cuáles han de ser mi primeros pasos?
Agradecería cualquier información. MUCHAS GRACIAS.
Si no ha cambiado nada, y simplemente el empleador, se trata de una sucesión de empresa y no hay despido. Aunque la empresa no te respete la antigüedad, no se pierde. Puedes reclamarla judicialmente. Te recomiendo que leas esta entrada relativa a la antigüedad.
la empresa en la que trabajo se ha subrogado pueden darme de baja en la SS y al día siguiente darme de alta?
Te da de alta otra empresa entiendo. Sí sería lo correcto.
Exactamente me dieron de baja en la antigua empresa y al día siguiente el alta en la nueva empresa entiendo que es correcto.
Muchas gracias por responderme
Hola buenas tardes, tengo trabajo indefinido desde hace mas de 10 años en una empresa privada la cual en breve va a ser municipalizada y se va a proceder a la subrogación del personal.
Nos comentan que habrá ciertos grupos de trabajadores que no se subrogaran en el momento de la subrogación, debido a que se subrogaran en diferido, osea que continuaran en la empresa cesante trabajando para la nueva empresa pero los pagara la antigua hasta una fecha determinada en la que finalmente pasaran a ser subrogados.
Según dicen, esto es así porque la nueva empresa municipal va a subcontratar ciertos servicios a la antigua empresa o empresa cesante (por ejemplo informática) y entonces según dicen el personal de informática no se subrogara en un primer momento, sino que lo hará en un plazo de unos 2 años aunque durante este tiempo el personal realizará trabajos para la nueva empresa aunque la nomina la pagara la empresa cesante.
Es esto legal?
Que riesgos hay en todo esto?
Suena todo bastante raro, habría que mirar más el caso, además si paga una empresa y trabajas para otra habría un claro caso de cesión ilegal.
Buenas tardes ,mi empresa se traspasa y los trabajadores tenemos dudas si la empresa saliente nos debe indenizar o que responsabilidad tiene con nosotro? no hemos sido informados con suficiente antelación ni hemos firmado acuerdo alguno con la empresa entrante, en que situacion nos quedamos?
No os deben de indemnizar, sino que la nueva empresa tiene la obligación de respetar todos los derechos laborales que tenéis. No debeis de firmar ningún acuerdo, sino simplemente informaros del cambio de empleador.
Hola, nos han subrogado a una empresa hace seis meses. Mi antigüedad es de 1 año, el problema es que la anterior subcontrata nos hizo contrato indefinido pero en otro convenio y lo hemos detectado cuando la actual empresa nos subrogo. Mi pregunta es¿puedo solicitar a la antigua empresa el cambio de convenio y la diferencia económica que existe? Si es así ¿Cuanto tiempo tengo desde la subrogación para solicitarlo?
Gracias
No se puede escoger convenio, si no que es el que corresponde, si la empresa aplicó mal el convenio se le puede reclamar, teniendo un año desde que se pudo reclamar.
Muchas gracias Alejandro.
Cómo debo solicitarlo?? A las dos empresas, a la antigua y a la nueva?
Gracias
Demanda a las dos.
Buenos días, llevo 21años en la misma empresa subcontratada por otra realizando trabajos siempre en dicha empresa.Ahora se le acaba el contrato y no le renuevan.Deberian subrogarme a la empresa en la que he realizado mis trabajos durante esos años?Muchas gracias
Depende de si hay sucesión empresarial o lo exige el convenio colectivo. Te recomiendo este artículo, cuando existe obligación de subrogar a los trabajadores.
Buenas, mi empresa una SL, por problemas personales de los socios padre e hijo, donde uno lleva departamento fiscal y otro laboral se separan a fin de año, el hijo previa oferta al padre se queda con la parte laboral, pero la condición es que el personal de laboral lo recoje pero sin antigüedad…. Respeta todo lo demás, quien tiene la obligación de liquidar nuestros contratos?…. El nuevo, o el anterior….. Si vamos a la nueva aceptando la renuncia de la antigüedad porque no nos queda otra opción ya que se trata de trabajar…. Se le puede en caso de despido posterior reclamar la antigüedad anterior?
Un trabajador no puede renunciar a sus derechos entre ellos la antigüedad, entiendo que aquí existe una sucesión empresarial por lo que se os tiene que respetar todos los derechos.
Buenas tardes,
Mi empresa va a ser subrogada por otra, esta nos ha comunicado que no nos va a modificar nada, ni sueldo, ni categoría, ni antigüedad..pero entramos a regirnos por su convenio propio de empresa, cuando nosotros nos regimos por el convenio propio de la provincia en la que trabajamos
De esta forma, tendríamos derecho a extinguir el contrato con indemnización?
No, en mi opinión, no se tendría derecho a extinguir la relación laboral.
Nos han subrogado a otra empresa. Nos envió la empresa un burofax para notificarlo.
Tengo algunas cuestiones por dudas.
1-para equiparar el sueldo, ya que en el convenio de la nueva empresa, los sueldos son inferiores, nos han puesto un plus. Este plus puede desaparecer en el futuro y no se podría reclamar?
2-he solicitado bajarme de horas por conciliación de vida familiar y laboral, y de categoría, de encargado a empleado. Pueden realizarme otro contrato y con su convenio que se cobra menos, o tengo derecho a que me bajen de categoría y horas pero respetando mi contrato y las condiciones que tenía. Para ser más exactos, con 40 horas de encargado, cobro 1300 euros, mis compañeros con categoría de empleados y a 25 horas, cobran 900 euros. Me tienen que respetar eso o pueden aplicarme su convenio y al bajarme de categoría y horas, cobrar 600euros?
3-antes de subir de horas y de categoría (de 25 horas como empleado indefinido a 40 de encargado), yo estaba indefinido. Si me bajo a las condiciones que tenía antes, deben respetarme mis condiciones de contrato que tenía antes de 25 horas como empleado, o me pueden poner las horas que ellos quieran y con las condiciones del convenio suyo.
Si ese plus viene por convenio, sólo se podrá sacara de manera temporal mediante un descuelgue de convenio, o si el convenio futuro no lo recoge, se podrá eliminar mediante una modificación sustancial de las condiciones de trabajadores. Sobre la reducción de salario con la reducción de categoría es según lo que pactéis, es decir, ellos se puede negar a que no haya funciones si no te rebajas el salario, ya que no se puede exigir realizar funciones inferiores y cobrar como el convenio indica para funciones superiores, en resumen, según lo que acordéis.
Buenas tardes
Se comenta que mi empresa va a perder la contrata y lo va a adquirir otra y tengo varias dudas…
1º Si la 2º empresa te lleva a trabajar a una sede que te pilla mal por temas de comunicación,¿Es posible pedirle a la 1º empresa un despido objetivo de 20 días y paro?
2º La 2º empresa según he leído tiene que respetar tu antigüedad, cargo y sueldo. Cuando se firma con la nueva empresa debería de aparece la fecha de inicio de cuando empezaste a trabajar en la 1º empresa entiendo
¿Como sabe la nueva empresa el dinero que yo gano? ¿Tendría que presentar mi contrarto de trabajo o nómina a la nueva empresa?
3º Si en mi contrato actual pone 24X7 pero llevo mas de 1 años haciendo un turno partido, ¿La nueva empresa está obligada a mantenerme ese turno partido o me podría poner los turnos de mañana, tarde y noche?
4º Si hay un cambio de empresa me imagino que tiene que ser notificado por escrito por ambas empresas¿Es correcto?
Muchas gracias
Una vez existe la subrogación, se solicita la extinción a la empresa que te tiene contratado, y sí, podrás hacerlo si existe una movilidad geográfica. La empresa saliente comunica a la empresa entrante las condiciones laborales de cada trabajador. Tiene que mantener los turnos, pero podría modificarlos a través de una modificación sustancial de las condiciones de trabajo. Te notifica la nueva empresa el cambio.
Buenas, e sido subrogada por una nueva empress y quisiera saber si la empresa saliente esta obligada a pagarme las vacaciones no disfrutadas del año pasado. Gracias
Hay veces que la empresa saliente si que finiquita esas vacaciones, y en ocasiones obliga el convenio a finiquitarlas, si no lo hace, tendrás que exigírselas a la nueva empresa, teniendo en cuenta que, casi con seguridad, ambas son responsables del abono.
Buenas noches,
Acaban de subrogarnos y la anterior empresa me hicieron primer contratos eventuales con sus liquidaciones correspondientes y luego un obra o servicio. Que antigüedad me debe reconocer la nueva empresa, desde que inicio mi relación laboral? O desde el obra y servicio?
Gracias!
Desde el inicio de la relación laboral.
Muchas gracias! Hay algún artículo o sentencia que lo regule como tal.
En art. 44 del Estatuto no queda muy claro.
Hay bastante sentencias, pero creo que el artículo 44 es claro al indicar que “quedando el nuevo empresario subrogado en los derechos y obligaciones laborales”
Una vez que te subrogan , te deben hacer otro contrato y que conste en alta de la seguridad social. Cuanto tiempo hay para firmar el nuevo contrato.
No es necesario firmar un nuevo contrato. Sólo te deben de avisar del cambio de empleador.
Muchas gracias.Su información es muy valiosa.
Buenos Días:
Trabajo en una empresa de limpiezas , en una Comunidad de Vecinos que no han renovado el contrato de limpiezas , en un primer lugar la administradora nos solicito la documentación de subrogación al personal , pero el dia antes de la subrogacion mando un emial a mi empresa comunicando que no iban a contratar a ninguna empresa por ahora y que en la próxima reunión de la comunidad ya decidirán lo que hacen , pero me enterado extraoficial que tienen 4 empresas de limpieza para contratar y que estan decidiendo , yo creo que no quieren la subrogacion porque los trabajadores tienen bastante antigüedad en el centro y cuando piden presupuesto se le encarecen .
Nuestra empresa todavia no ha realizado ninguna variación a la Seguridad Social por disminución de jornada esperando a ver que sucede pero mi pregunta o duda es si los trabajadores pueden hacer algo, ademas si yo les cambio de centros de trabajo ya perderían el derecho a subrogacion y si los indemnizo por disminución de jornada también ? . Muchas Gracias
Otra duda es que si dentro de dos meses contratan a una empresa de limpieza ya no subrogan a los trabajadores .
Y cuanto tiempo tienen para impugnar o …..lo que tengan que hacer
Saludos Cordiales
No se si preguntas como empresaria o como trabajador. No existe un tiempo indicado por la legislación en el que se pierda el derecho a subrogación. Si se cambia el centro de trabajo de manera fraudulenta sólo para evitar la subrogación sería nula la medida. Por otro lado, no existe indemnización por disminución de jornada, otra cosa es que se pueda o no se pueda hacer esa disminución.
Soy Trabajadora del departamento laboral , no me he explicado bien , es legal que la Comunidad quiera que pase un tiempo y asi la empresa que sea adjudicataria no tenga que subrogar a los trabajadores y como ya no realizamos el servicio en dicha comunidad nunca sabríamos que han contratado dentro de un mes a una empresa, mi opinión es que los trabajadores en dicha situación perderían un derecho que tiene adquirido , veo muy mala fe por parte de la comunidad . Gracias
Saludos Cordiales
trabajo en un edificio publico, a través de una empresa de servicios, la cual por diferencia de presupuesto para dichos servicios, ha sido subrogada por otra en dicho edificio. La pregunta es : Tiene obligación la empresa entrante de hacerse cargo de las deudas de la anterior empresa, tales como las vacaciones no disfrutadas, pagas etc. La subrogación se realizó el 1/9/2018, he disfrutado 15 dias de vacaciones de los 31 que marca el convenio colectivo del ramo. Tambien debe pagarme los atrasos del convenio aprobado en el mes de julio?
Si existe sucesión empresarial, las dos empresas son solidarias. Si la subrogación sólo se hace por que lo dice el convenio, seguramente no. En caso de duda, siempre demanda a las dos.
Buenos Días;
El otro día me comentaron que otra empresa del grupo al que pertenece mi empresa me iba a subrrogar a mi solo ¿puedo negarme a una subrrogacion cuando mi empresa va a a seguir activa y soy el unico al que subrrogan?Gracias.
En principio no te puedes negar a subrogación, siempre que esa subrogación tenga alguna causa prevista en el convenio colectivo o se considere que existe sucesión de empresa. Si finalmente se produce, y no estás conforme, tendrás que interponer una demanda, previa reclamación de cantidad.
¿Aunque sólo me subrogen a mi, y mi empresa siga con actividad? Tenía entendido que cuando tu empresa va a seguir activa y solo se subroga a ciertos trabajadores y no a toda la empresa, el trabajador podía decidir si se quiere subrogar.
Gracias de antemano.
La subrogación no se produce por que la empresa quiera, sino que cuando está tasada en el convenio o por que existe sucesión empresarial. Es indiferente, que la empresa sigue activa o que se subrogue sólo a cierto personal, lo relevante es si existe una causa cierta para esa subrogación que habría que valorar el caso concreto, ya que también puede esconder un caso de cesión ilegal.
hola Buenos dias estoy trabajando en una empresa y las cosas van mal quieren bajar sueldos de alguna manera y ahora lo
mas possible es que no subrogen otra empresa la cual tiene diferente pluses y convenio , si esta segunda empresa no respetan nuestro convenio , pregunta nos puede quitar o bajar cuantias de los pluses o quitar pagas extras que tengo 4 y la nueva empresa tiene los trabajadores con convenio diferente y 2 pagas de julio y diciembre solamente que se puede hacer, como puede la nueva empresa pagarme esos cambios en mi condicion de trabajo gracias.
Pueden modificarte las condiciones económicas siguiendo el procedimiento de modificación sustancial de las condiciones de trabajo, siempre que tengan una causa para ello y respeten los derechos mínimos indicados en el convenio colectivo.
Buenas noches,
Pertenezco a la gerencia de una empresa de servicios, hemos sido seleccionados por una comunidad de vecinos para desarrollar nuestra actividad por nuestro propio convenio colectivo. En el servicio había varios trabajadores que firmaron su baja voluntaria, querían continuar en la empresa saliente y no ser subrogados.
El problema viene dado a que están irregulares todos ellos, primeramente en un convenio de fincas urbanas que no es de aplicación, seguidamente que cobran con bases inferiores al mínimo interprofesional, realizando de media cerca de sesenta horas semanales y no recogidas las horas extras, cobrando en b etc. y por todo ello los trabajadores firmaron esa baja de forma voluntaria de su puesto de trabajo y renuncia expresa de subrogación.
Con el paso de los días el cliente nos pide contratar a dos de ellos pues la empresa saliente no les recoloca, simplemente les liquida y les dice que acudan a su centro de trabajo ( centro al cual renunciaron)
Nosotros como empresa entrante procedimos a contratar por petición del cliente a dos de ellos y el tercero no lo hicimos, en el mismo puesto de trabajo pero en horarios regulados y sueldo regulado pero obviamente sin subrogación.
Actualmente han interpuesto dos demandas, uno de ellos al no ser ni subrogado y no darle un puesto de trabajo quiere ahora su puesto de trabajo porque se encuentra en el limbo, y los otros dos quieren que les reconozcamos su antigüedad y que les regularicemos todas las desfachateces que les han realizado durante estos último años.
Y nuestra consulta es; ¿ tenemos que subrogarles? ¿hay continuidad y deberemos de regularizarles económicamente incluso todos sus atrasos siendo nosotros los responsables sin haber realizado ninguna irregularidad? ¿ si eso fuera así podríamos ceder nuestro contrato mercantil y que sea la comunidad la que se haga cargo?
Personalmente creemos que esto es un abuso y si los trabajadores en tiempo no han denunciado a la empresa saliente que culpa tiene la entrante? y es más si no hemos cometido ninguna irregularidad porque el que entra debe de asumir la regularización ? es simplemente de locos.
Muchas gracias.
En primer lugar habría que ver si existe sucesión de empresa y lo que indica el convenio colectivo, pero sí, podrías llegar a ser responsables solidarios de las deudas que tengan con los trabajadores.
Buenas noches.Estoy bastante disgustada 🙁
Estaba de recepcionista en un hotel con un contrato de minusvalía. Un día me llega la jefa y me dice que en 3 días tengo nuevos jefes… (alquiló el hotel)…. Sigo con el mismo contrato, el mismos sueldo y mismo horario.
Y le acabo de preguntar a mi actual jefa que cuando me da las vacaciones en Octubre? (ya que la otra jefa me las daba después del verano?, y me dice que al estar con ella sólo desde Julio, que ella no me tiene que dar vacaciones.
La otra jefa me pagó los 5 días trabajados en Julio y nada más.
Y a la actual le dijo que me tenía que tener obligatoriamente hasta Mayo 2019 (pero no le habló de la subvención que habría recibido por mi minusvalía….).
La actual jefa me dice que porque me tiene que tener ella hasta Mayo, si no recibió la subvención ella?
Y que ella no puede finiquitarme el día de mañana por todo el tiempo que trabajo, porque con ella habré estado 10 meses!. O sea, ni finiquito, ni vacaciones…. ¿A quien realmente debía de corresponderle?.
Por cierto… el cambio fué el 06-07-2018, estoy a tiempo de reclamar o denunciar?
Gracias de antemano.
Da igual que haya cambio de jefes, tienes derecho a disfrutar de tus vacaciones en el año natural en el que la has generado, por lo que deberás demandar esa cuestión. Sobre el finiquito, no puedes demandar hasta que no se produzca la extinción, pero te tendrá que indemnizar por todo el tiempo que llevas trabajando, en caso de que tengas derecho a indemnización.
Voy a hablar con ella y si veo que no razona con todo el dolor de mi corazón tendré que denunciar.
Muchísimas gracias Alejandro.
Buenos días,
Quería hacer una pregunta sobre la situación actual de nuestra empresa, a día de hoy la empresa tiene una gran deuda la cual no puede hacer frente… y esta buscando a otra empresa para que se quede con ella.
La duda que tengo es, ¿Es posible que al cambiar la empresa de nombre y gerente y hacerme un contrato nuevo de un año pierdo la indemnización y la antigüedad que tengo con la empres actual?
Gracias por informar,
Un cordial saludo.
No, no es posible. La nueva empresa tiene que mantener todas las condiciones laborales de los trabajadores, y en ningún caso se pierde antigüedad.
Gracias por responder,
El miedo que tenemos es que nos hagan renunciar a nuestro finiquito por hacer un nuevo contrato con la nueva empresa, de ese modo si perderíamos derecho a nuestra indemnización y empezaríamos de 0 con otra empresa y otro nombre.
Esto es legal?
Gracias por informar un poco sobre el proceso,
No. Además que seguramente la antigüedad no se pierde por mucho que os digan.
Buenos días,trabajo en una guardería que pertenecía a una empresa y ahora nos subroga el ayuntamiento ,el día 1 de setiembre ya pertenecemos al ayuntamiento (sin los derechos del personal del mismo)nos han dicho que tendremos los mismos derechos ,a Fer que pasa,pero este mes me acaban de pagar (la empresa que nos deja)bastante más que de costumbre,a qué puede ser debido?es mío?es que es bastante mas y no sé si gastarlo para que después me lo pidan…..que dilema, gracias de antemano!
Puede que la empresa saliente haya abonado el finiquito, esto es las vacaciones generadas y no disfrutadas y parte proporcional de las pagas extraordinarias. Revisa el informe de vida laboral para comprobar que la administración te ha dado de alta.
Gracias por responder ,en el día de hoy (5setiembre)me han mandado un mensaje que me han dado de alta en la empresa nueva (ayuntamiento)desde el día 1del mismo mes,fueron 300 e de más ,lo que me dieron de más (que no te lo había comentado)super agradecida de que me contestes!
Habría que revisar ese importe abonado de más, no te puedo indicar nada más in más datos.
Buenas tardes,
Yo trabajo en el sector de telemarketing y tras 3 años y un mes de trabajo en una empresa se produjo un cambio de empresa obligado por la negociación colectiva cuando así lo indique el convenio colectivo y me subrogaron. Ahora llevo 1 año y 5 meses en la nueva empresa.
¿Al estar más de 4 años trabajando para la misma campaña de telemarketing me tienen que hacer directamente indefinida?
En caso afirmativo, si no lo han hecho ¿cómo lo puedo reclamar?
Gracias de antemano
Un saludo
Supongo que tienes un contrato de obra, y al superar los cuatro años tienen que hacerte indefinida. Si no lo hacen, puedes reclamarlo mediante un demanda de reclamación de derechos, pero aunque no lo hagas, eres indefinida aunque la empresa no lo reconozca.
Muchas gracias!!!
Buenos días:
Le comento mi caso.
El servicio para el que trabajo se encuentra en pleno concurso. Ayer se abrieron las plicas. La plantilla va a ser subrogada (tal y como recoge el convenio y como se establece en el pliego de contratación )
Debido a una baja,tuve que cambiar la primera quincena de vacaciones y,cuando me reincorporé en agosto, elegí la última de septiembre para unirla así con la primera de octubre (esta ya estaba seleccionada desde enero)
Mi cuestión es…Si la empresa saliente se marcha antes de que disfrute mis vacaciones ¿me las va a pagar y así me quedo sin poder disfrutarlas? Es decir, si el concurso se resuelve muy rápido y se marchan el 15 de septiembre ¿me podrían hacer la faena de pagarme las vacaciones y tener que venir a trabajar?
U otra situación: se produce el cambio de empresa a mitad de mis vacaciones…¿Me pueden obligar a reincorporarme inmediatamente?
Muchas gracias por adelantado.
A veces, cuando existe cambio de empresa se finiquitan las vacaciones. Si fuera así, indica que quieres disfrutarlas y que no te las finiquiten. Si estás disfrutando de ellas, deberás de continuar disfrutándolas.
Buenos días, trabajo en una perfumería 11 años, después de realizar el segundo Ere, la cadena de perfumerías ha sido vendida a una multinacional alemana, se rumorea que a partir de septiembre nos pueden modificar los contratos al ser los nuevos dueños, sino firmamos las nuevas condiciones tenemos derecho a un despido con indemnización? y que clase de despido sería? Gracias por su respuesta.
Si se trata de una modificación sustancial de las condiciones de trabajo, tenéis derecho a solicitar una indemnización de 20 días por año trabajado y derecho a prestación por desempleo.
De antemano gracias por la ayuda que nos ofreces
Trabajo para una empresa que tiene contratos de mantenimiento con una distribuidora de gas , no nos van a renovar dichos contratos y se los dan a otra empresa , prácticamente solo trabajamos para ellos quitando alguna obra
Mi pregunta es si tendríamos algún derecho para entrar en la otra empresa ? Si no es a sí seguramente nos mandarán para casa después de más de 20 años
Si el convenio no indica la obligación de subrogar, no.
Hemos perdido un concurso del ministerio y nos van a subrogar a la empresa ganadora de dicho concurso. El problema es que en mi empresa hay muchos proyectos y el 95% de mi tiempo es para el resto de proyectos. En mi puesto tendran que contratar a otra persona una vez me subroguen, pues no puede quedar vacio, es legal que me metan en la subrogacion de un proyecto al que apenas aporto nada para contratar a otro en mi lugar?
Si el 95% de tu trabajo no es par el proyecto de subrogación, a lo mejor no te deben de subrogar.
Hola buenas
Eh sido subrogado a otra empresa y en principio todo bien lo único ah sido q me an cambiado un concepto de la nómina de nombre antes en mi antigua empresa ponía incentivos variables y ahora la nueva empresa me ah puesto plus de productividad el importe es el mismo pero quería saber si eso me puede perjudicar en algo
Muchas gracias
Saludos
En principio no. Pero habría que mirar el convenio, para ver que conceptos te tienen que abonar.
Trabajo desde 1 de junio de 1998 de manera continua en una empresa en la que he tenido 6 jefes, debido a la subrogación en los contratos, que es obligatoria por convenio.La pregunta es la siguiente: si a fecha de hoy, 1de agosto de 2018, me despide el empresario, y el despido resulta improcedente. ¿Como se calcula la cantidad de la indemnización por despido improcedente en este caso?. Según la normativa anterior o la actual, 20 dias o 40 por año trabajado, etc. En espera de su contestación, gracias.
En primer lugar, depende del despido efectuado. Si es objetivo, la indemnización son 20 días por año trabajado, si es improcedente, se calcula en dos tramos a razón de 45 días por lo generado hasta febrero de 2012 y 33 días posteriormente.
En la contestación que da, dice que el despido si es objetivo hay 20 dias por año trabajado de indemnización, yo creia que cuando el despido es objetivo, o sea que el empresario tenía razón al despedir no habia indemnización alguna. Al igual en el despido improcedente, creia que solo eran 33 y 20 dias no 45 y 33 dias por año trabajado. Entiendo que es debido a ser una Subrogación de contratos que viene en el convenio.
El despido que no lleva indemnización es el disciplinario, no el objetivo. La improcedencia es 45 y 33 días. La subrogación no varía en cuanto a la cuantía de la indemnización.
Buenas, el dia 1/7/18 pasamos subrrogados a otra empresa, yo tenía contrato temporal hasta 31/7/18, firmamos que nos mantenían las condiciones y la antigüedad de la antigua empresa, en ella llevaba trabajando desde el 1/8/17. Ahora me encuentro que me ha vencido el contrato y me hacen una prórroga de 2 meses, pero en esta prórroga la antiguedad me consta con fecha 01/07/18, que ha pasado con los 11 meses que me faltan? De momento no he firmado la prórroga. Gracias.
La antigüedad no la pierdes, aunque diga lo contrario en la nómina u otro documento.
Muchas gracias!
Buenos días.
En pocos días me subrroga una empresa nueva.Inicialmente tenia un contrato de 6 meses de los cuales con la nueva subrrogación me quedarían 2 meses de trabajo.La pregunta es la siguiente: La empresa que me subrroga,me subrroga por esos 2 meses que me quedan de contrato o puede acordar prorrogarlo?,me han indicado igualmente que nos bajarian el salario,eso pueden hacerlo?,perdiendo los derechos sustanciales que tenia inicialmente?.
Muchas gracias de ante mano.Un saludo
Pueden prorrogarlo, y pueden bajar el sueldo si tienen causas para ello y siguen el procedimiento establecido y respetan lo indicado en el convenio colectivo.
Hola Alejandro mi consulta es la siguiente entre 2012 hasta 2016 trabaje en una empresa me comunicaron que iban a subrugarme conservando los mismos derechos y la antiguedad firme un documento de la empresa que me mantenian el sueldo la antiguedad y otros derechos entonces pasaba el tiempo hasta que me envio un aviso de la tesoreria de la segurudad social en que me daban de baja y tambien la alta, de la empresa que me habia subrogado y ahora estoy en otra empresa con el mismo dueño y ahora en la nomina no figura mi antiguedad sino una reciente de noviembre 2017 asi que me gustaria saber que pasos tendria que hacer gracias por atenderme.
Demanda de reclamación de derechos para recuperar la antigüedad.
Buenas tardes,
Voy a ser subrogada por una empresa que ha ganado el concurso para prestar las tareas de auxiliares de información en centros del Ayto de Madrid.
Ahora trabajo 35 hr/semanales de L a V. Según parece la nueva empresa pretende hacernos firmar un nuevo contrato por 39hrs,pero para tener una bolsa de horas gratis..con lo cual tendría que hacer horas extras según han dicho a 2’80€/hora….
Tenemos que firmar algo los trabajadores? Es la primera vez que me subrogan.
Sería legal? Puesto que se debe mantener las mismas condiciones, no aumentarme las horas para tener gente en la recámara para cubrir vacaciones y demás…
Qué documentación tenemos que tener de la subrogación?
Gracias de antemano, estamos los trabajadores preocupados por las posibles modificaciones en nuestros actuales condiciones de trabajo.
Te tienen que notificar la nueva empresa empleadora, pero nada más. Todo lo que hagan a mayores podrá ser una modificación sustancial de las condiciones de trabajo. Habría que mirar que os mandan firmar.
Gracias por la respuesta. Parece que no me van a modificar nada, sólo que van a subir el salario un 5%. Han comentado que hay que firmar contrato en esta semana pero aún no me han dado nada a firmar. Es normal que se tenga que firmar si hay subida de sueldo? Estoy recelosa ante lo que quieran hacerme firmar.
Gracias de antemano
Se puede poner por escrito.
La subrogación se produjo en Agosto y después firmamos finalmente la comunicación de la subrogación, pero ahora nos quieren hacer firmar un contrato en cuyas cláusulas pone que es una Conversión de temporal a Indefinido.. Nos dicen que el contrato que está en vigor es el de la anterior empresa, pero entonces, ¿es legal que nos hagan firmar otro contrato sólo para convertirlo en indefinido? O se podría hacer indefinido sólo firmando una cláusula? Con la nueva empresa llevamos desde agosto y pone que el indefinido empieza desde el 24 de octubre que llevaron los papeles al Servicio Público de Empleo.. Es correcto o tendrían que ponernos fijos desde que se produjo la subrogación? Antes teníamos obra y servicio.
Muchas gracias
Se tiene que firmar el contrato indefinido, desde la obligación que se tiene que hacer indefinido, más allá de cuando se produce la subrogación que no afecta a cuando tienen que hacerte indefinido.
Muchas gracias Alejandro,
Lo del día lo tengo ya claro, pero el tener que firmar otro contrato que supuestamente no modifica lo que tenemos con la subrogación… Es así? No hay otra forma de hacernos indefinidos sin tener que firmar otro contrato?
Gracias de antemano
Lo normal es firmar un contrato indefinido en el que se indica que se transforma el contrato temporal en indefinido.
Muchas gracias por su ayuda.
Buenos días Alejandro, gracias de antemano por tu tiempo.
Mi situación es la siguiente: trabajaba para una empresa que ha perdido el proyecto en el que yo estaba asignado. Por convenio, la empresa nueva ganadora del proyecto está obligada a subrogar al personal asociado al proyecto.
Como el proyecto está vinculado a centros educativos, el contrato de obra y servicio que nos han hecho normalmente ha sido de septiembre a junio. La empresa saliente rescindió mi contrato el 30 de junio aunque ellos tenían contrato en vigor con el proyecto hasta el 31 de julio. La empresa entrante comenzó su contrato en el proyecto el 20 de julio.
De momento la empresa entrante no se ha comunicado conmigo y me surge la duda de si realmente me tienen que subrogar al no estar actualmente de alta en la seguridad social y entenderse que no estoy en el proyecto. En caso afirmativo, ¿tienen un plazo para notificarme que me van a subrogar? ¿tengo yo un plazo para reclamar mi derecho a la subrogación?
Muchas gracias
El problema es que tenías un contrato temporal que ha finalizado, y por lo tanto ya no tienes relación laboral que te vincule, ya que tu contrato no era indefinido o fijo discontinuo. Tendrás que demandar por despido, ya que tendrían que haberte reincorporado en el momento que empezaron a trabajar, pero ahora se podría entender que se te ha pasado el plazo de 20 días hábiles, o puede que estés todavía dentro de plazo. Demanda el lunes sin falta.
Buenas. Me gustaría saber si tras una subrogación se reinicia el límite de 80 horas extras anuales. Gracias
No, no se reinicia.
Muchas gracias.
Buenos días,
Se me plantea una situación complicada.
Mi empresa nos informó de la finalización de contrato de mi empresa subcontrata con su cliente y que más adelante nos darían más información para la subrogación.
A menos de 15 días ninguna de las empresas ni la nuestra ni la nueva nos han dicho nada. Se me informó que el día 18 terminaría mi empresa de prestar servicio tengo que presentarme a trabajar el 19… estaré dada de alta? Tendría derecho a paro e indemnización porque acabo el contrato por obra y servicio.
Y otra duda yo llevo trabajando en la empresa 4 años y medio. Pero como obra y servicio 3 y medio …..he pasado automáticamente a Fija?
Gracias de antemano espero una respuesta.
No se que contrato tenías antes ni cual es el convenio para saber si el contrato es indefinido o no. Mientras no te comuniquen lo contrario, tienes que acudir a tu puesto de trabajo. Revisa el informe de vida laboral para saber cuando te dan de baja.
Buenas tardes,
hace dos meses me subrogaron de una empresa a otra manteniendo todos los derechos y con antigüedad desde 2.014. Voy a presentar baja voluntaria y mi duda es si tengo que preavisar con 15 días o no ya que la empresa nueva tiene dos meses.
Gracias y un saludo
Es indiferente que tenga dos meses, sí, es necesario el preaviso con lo que indique el convenio colectivo.
hola a mi.marido le an subrogado otra empresa ellos primero decian q se hacian cargo de la paga extra y estamos en agosto y nada cada dia vienen con una historia.quisiera sabeg quien es el que tiene q pagar la extra y los dias hasta q la nueva empresa empezo
te la tiene que pagar la empresa que tiene contratado en el momento que se haga efectivo su pago. De todos modos, si no te la pagan, demanda a las dos empresa.
Hola buenas tardes, gracias de antemano por su atención y tiempo; Mi consulta es: he trabajado en una empresa durante 9 meses ahora se a subrrogado con otra, a mi la anterior empresa no me había dado vacaciones y ahora me dice que me las tiene que dar la empresa nueva a la cual se lo he dicho y me dice que ellos me darán o pagaran las vacaciones que me correspondan a partir de la fecha del traspaso por favor dígame a quien se las tengo que reclamar
Muy agradecida M. Benites
Habría que mirar si el convenio indica algo, pero la responsable es la entrante, aunque en caso de que no te los abone, demanda a las dos.
Holas de nuevo y gracias por su atencion, se trata de dos empresas de servicios de limpieza y no se por que convenio se regiran pero el caso es que la una tira la pelota al otro y el otro al uno ¿cree que no tendre otra solucion que demandar ?
Muchas Gracias Marta Benites
Depende de las empresas, pero si no se ponen de acuerdo, tendrá que demandar.
Buenas tardes Alejandro,
Una consulta en caso de que una empresa subrogue a un trabajador que tenia una antigüedad de 2 años (contrato indefinido) y la empresa que subroga es de nueva creación, si el día oficial del traspaso de la nueva empresa es por ejemplo el 1 de abril de 2012, pasado 1 año y medio ya en el 2013 este trabajador es el más antiguo de la empresa y la compañía decide subrogar a otro trabajador de otra empresa a esta misma en este caso este nuevo trabajador tiene una antigüedad con su antigua empresa de 8 años ¿quien de los dos trabajadores es el más antiguo de la empresa teniendo en cuenta que la empresa es de nueva creación y empezó a explotar el negocio el 1 de abril de 2012?
saludos
Miguel
¿A efectos de qué? En principio, el que tiene más antigüedad, independientemente de la creación de la empresa.
Hola,
en el mes de mayo hemos pasado por subrogación a una nueva empresa, supuestamente conservando todos los derechos. Ha habido cambios en el convenio (consultoria) donde han aparecido nuevas categorías y se tenia que subir el salario un 5%. la antigüa empresa en la ultima nómina no lo calculo y nos hizo la subida de este 5%. Ahora la nueva empresa ha echo su propio ajuste y en vez de subirme un 5% me ha subido un 3,2% y me dice que esta bien asi por la categoría en la que encajo, sería correcto? pueden bajarme el salario base con respecto a la última nómina? Además la antigüa empresa nos calculo el prorrateo de la paga extra teniendo en cuenta la antigüedad y esta nueva como según convenio no tienen porque tenerlo en cuenta no la han cogido. Es legal? no nos deberían mantener todo igual?
Habría que mirar que es lo que dice el convenio, pero si ahora cobráis menos de lo que la anterior empresa, tendréis que demandar por modificación sustancial de las condiciones de trabajo, que es lo que ha hecho la empresa.
Hola Alejandro, acabo de ser subrogado y con la empresa cesante tenía un acuerdo por escrito en el cual se reconoce la preferencia a ocupar una plaza disponible lo más cercana posible a mi localidad. Tendría la nueva adjudicataria obligación de cumplir dicho acuerdo. Muchas gracias.
En mi opinión, sí.
hola mi es fija en una catering en una resistencia bueno ahora subrogan a otra empresa i esta a la empresa de la resistencia , i los papeles que le traen le cambian el convenio en lugar el de hostelería al de residencias , cobrando mucho menos esto me podéis decir si es legal ?? que podemos hacer ?
saludos y gracias
hola mi mujer perdon
¿Le modifican el convenio o también le bajan el salario? Deberías demandar para reclamar el derecho a seguir cobrando lo mismo.
Me acaban de subrogar en una empresa y la nueva me ha propuesto una promoción que implica una subida salarial. Me hace la propuesta con formato de nuevo contrato en el que se indica que se incrementa el sueldo y se mantienen todos los derechos preexistentes. ¿La aceptación por escrito de esta subida puede implicar que podrían modificar otras condiciones después sin que se considere modificación de condiciones sustanciales?
No.
Buenas tardes,
Llevo 13 años en mi actual Empresa (desde el 2005). En alguna ocasión me han cambiado de una empresa a otra del grupo sin necesidad de firmar contrato nuevo al tratarse de la misma actividad, y conservando la antigüedad.
Ahora quieren pasarme a otra empresa que empezó su actividad en 2013 y cuya actividad es diferente a la actual (Hostelería). Me han dicho que voy a tener que firmar un nuevo contrato por este motivo, pero que van a conservarme la antigüedad, sueldo, etc etc. Esto es así? Hay algo que tengo que tener en cuenta?
Quiero cubrirme las espaldas antes de firmar nada.
Muchas gracias
Habría que mirar el cambio, ya que no se trataría de una subrogación, sino de un cambio de empresa negociando unos derechos laborales. Puede tener efectos a la hora de tributar la indemnización en caso de despido por ejemplo. Es una cuestión muy amplia.
Entonces que debería hacer o mirar antes de firmar? El 1 de Julio se supone que me cambian de empresa y el Contrato me lo van a sacar en breve… No quiero formar sin estar segura de lo que firmó y tampoco quiero q vean que desconfío. Son muchos años. GRACIAS
Habría que ver que vas a firmar y si hay alguna cláusula extraña. Es una pregunta amplia que excede las orientaciones que puedo dar por aquí.
Buenas tardes!! Soy educadora infantil en una escuela municipal, en la que a los trabajadores nos gestiona una empresa privada y me han comunicado que me van a subrogar.por otra empresa que se va a hacer cargo de la escuela. Mi contrato es indefinido y mi jornada laboral a tiempo completo. Mi pregunta es, ¿ Me pueden reducir la jornada?, ¿Tengo derecho a mantener mi antigüedad? Muchas gracias!!
Se mantienen todos los derechos, incluida la antigüedad. No, no pueden reducirte la jornada.
Muchas gracias!! Por su respuesta rápida. Espero que así sea. Le mantendré informado.
Trabajo en una guardería y tengo un contrato indefinido.El 1 de julio empieza su actividad una nueva empresa.¿Quien debe pagar las vacaciones que tengo ya firmadas para agosto,la empresa nueva o la anterior?Mis últimas vacaciones fueron en agosto del año pasado.
La empresa nueva.
Hola me han subrogado a una empress de telecomunicaciones y nos quieren hacer firmar las nuevas condiciones de trabajo. Tengo I entendido Que aunque firme las nuevas condiciones tenemos 1 año para poder pedir los 20 Dias por año en caso Que nos queramos marchar.Es cierto?gracias
Si esas nuevas condiciones implican una modificación sustancial de las condiciones de trabajo, la jurisprudencia viene entendiendo que el plazo es de un año. Pero la extinción no es automática, tiene que concederla la empresa.
Pero si firmo las nuevas condiciones porque me obligan pierdo este derecho?
Habría que ver que es lo que se firma, y si esa modificación es SUSTANCIAL para tener el derecho de solicitar la extinción.
Hola buenas noches
Mi caso es el siguiente,voy hacer subrogado a otra empresa y quería saber si me tienen q mantener todas mis condiciones ( sueldo;pagas extras,horario,coche de empresa…) y si eso tiene alguna fecha de caducacion
Gracias
Sí, te tienen que mantener las condiciones laborales. Podrán modificarlas siguiente el procedimiento de modificación sustancial de las condiciones de trabajo si existe causa para ello.
Buenas tardes:
Pertenezco a una empresa que ha sido vendida a otra y nos ha asegurado que no perdemos la antigüedad. ¿Tenemos que firmar algún documento entre las dos empresas y el trabajador donde se comprometan a ello?
Gracias
No es necesario. En principio, sólo os tienen que notificar el cambio de empleador. De todos revisa en la nómina que no modifican la antigüedad.
Buenas Alejandro, soy Peón de Almacén en una empresa de Lácteos, me han comunicado mediante un escrito que voy a ser subrrogado por otra empresa respetandome las funciones laborales, salario, antigüedad… La otra empresa me presenta posteriorme un contrato donde me sale un puesto que no corresponde con la mío, unas funciones que debo hacer que no van acorde con las que he hecho a lo largo de los años, mi pregunta: ¿pueden cambiarme las funciones? ¿Estará ese puesto en la misma categoría laboral que he tenido en la empresa anterior? En resumen, soy peón de almacén y me quieren poner como reponedor en la calle al subrrogarme (si es legal esta subrrogación). Gracias saludos.
Habría que mirar si se considera una modificación sustancial de las condiciones de trabajo (te recomiendo que leas esto) en función de las nuevas funciones que te podrían realizar. En una subrogación no se pueden modificar las condiciones, pero esa modificación que comentas a lo mejor entra dentro del poder de dirección empresarial y sí que puede hacerlo
Buenos días,
Me plantean pasarme de una empresa que tiene convenio de Marroquinería y en la cual trabajo desde hace 18 años, a otra del mismo dueño pero que no tiene convenio establecido y no se dedica a dicho sector. Según me dicen pasaré con las mismas condiciones que tengo hasta ahora: sueldo, antigüedad etc., pero mi pregunta es: si en esta nueva no hay convenio, cómo se me garantiza la subida anual de salario y mejoras que hasta ahora había tenido al venir ajustándonos al convenio. Yo les he comentado que aun cambiándome de empresa, deben mantenerme el salario y resto de conceptos ajustándose al convenio de Marroquinería que he tenido hasta ahora, porque de no haber nuevo convenio, no sé cómo puedo saber qué se me garantiza, todas las mejoras y derechos que antes tenía establecidas por convenio. Me gustaría por favor me lo aclararas.
Muchas gracias
Si no hay convenio, salvo pacto en contrario, no te realizaran las actualizaciones del convenio.
Pero entonces, no tendré garantizado todo lo que el Convenio al que me acogía me garantizaba…
Salvo que acuerdes lo contrario. Habría que ver como es ese cambio que te proponen y el acuerdo que alcanzas.
Buenas tardes, la empresa en la que trabajo es una concesion de Municipio la cual termina en poco tiempo , mi duda es, que pasara con nosotros los empleados al termino de dicha concesion ? Nos liquida la empresa para la que laboramos? Pasamos a formar parte del personal de Municipio? Agradecere tu orientación.
o te subroga la nueva empresa si tiene obligación, o sigues trabajando para la empresa actual o te indemnizan y extinguen la relación si existe causa para ello.
Hola!
Verás…trabajo en un hotel desde hace 11 años , soy subgobernanta de pisos…el departamento de pisos desde hace unos años esta externalizado , menos 2 personas k son gobernanta y yo.
Nos han comunicado dirección q dentro de poco pasamos también a ser subrogada por la misma empresa .
Nos han comentado dirección k si en cualquier caso la otra empresa decide dejarnos o al revés k nosotras volveríamos a ser del hotel.
Personalmente tengo mis dudas.
Y cuando pasemos a formar parte de la otra empresa …pueden cambiar sueldo horario condiciones de trabajo .etc.?
Muchas gracias de antemano.
Seguramente lo que existe actualmente es una cesión ilegal de trabajadores, no se puede que las subordinadas pertenezcan a una empresa y las superiores a otra. Por otro lado, tienen el deber de mantener las condiciones actuales, pero si existe alguna causa que lo justifique sí que podrían modificar las condiciones de trabajo.
Buenas tardes Alejandro. He empezado trabajar por una empresa de limpieza y tengo un contrato de obra. La obra sera por dos meses. He empezado en el febrero y en marzo, mi jefe me avisado, que la empresa deja su servicio final de Marzo pero la nueva empresa subrogado el contrato. En febrero como marzo trabajado todo los domingos y festivos como horas extras. A final la primera empresa no he pagado mis horas extras de febrero, tampoco de marzo y tampoco mi sueldo. La nueva empresa con cual estoy ahora, dice la subrogación queda en todos los derechos y obligaciones derviados de la relación laboral que venia manteniendo con la anterior. Mi pregunta es, quien paga ahora mi sueldo de marzo y las horas extra? Tengo una posibilidad que la nueva me lo pago o he perdido todo? Lo denunciado la antigua empresa porque no pagan. Y mi antiguo jefe es tambien el nuevo jefe de la nueva empresa. Yo creo hay una fraude grande.
Solicítalo a la nueva empresa, y si no te lo abonan demanda a las dos empresas, pero no lo has perdido estás en plazo para reclamarlos.
Gracias Antonio por contestarme. Mi problema es que la antigua empresa que no me ha pagado, no reacciona de ningun e-mail y tampoco en la oficina por teléfono . Lo se la antigua empresa sigue estar activa. Y mi nueva empresa dice, no tienen nada con la antigua empresa y cuando quiero mi dinero tengo que hacer la denuncia pero la nueva empresa que subrogado mi contrato, por eso no se puedo o tengo el derecho pedir mi dinero a la nueva empresa o cual posibilidades tengo.
Y la reclamación es lo mismo como hacer la denuncia? Y cuando no, a donde puedo reclamar mi dinero?
Pon una demanda a las dos empresas. Primero una papeleta de conciliación laboral y después, presenta la demanda ante los juzgados de lo social si no alcanzas un acuerdo. Revisa esta entrada.
Buenas mi pregunta es : Mi empresa pertenece aun entramado de empresas dependientes de una mayor en nuestro caso Filial . Resulta que esa empresa matriz pierde carga de trabajo y sus trabajadores reclaman los contratos subcontratados ( en este caso a mi empresa ) para no tener que despedir empleados y tras un acuerdo así lo van a realizar.
Llegado este punto la única viabilidad para nuestro trabajo pasa por que nos re-ubiquen en otras “empresas” del grupo empresarial.¿Esto se podría denominar subrogacion de trabajadores? Si es así los trabajadores que no estuvieran dispuestos a cambiar de empresa tienen derecho a ser imdenzados ? Si es así ¿con que cuantía? ya que que nos proponen 20 días por año , y creemos que deberán ser 33 ya que no es un cambio sustancial de las condiciones del trabajo como así nos lo están planteando.
Habría que mirarlo más en profundidad el caso para saber opciones.
Existe obligación de subrogación si así lo indica el convenio o existe sucesión empresarial. Si existe obligación de subrogar, el trabajador no se puede negar y por lo tanto no puede solicitar indemnización. Por otro lado, cuando existen causas económicas la indemnización correspondiente es 20 dias, y no 33. Es decir 33 días corresponde a un despido sin causas.
Buenas tardes,
Mi situación es la siguiente: una empresa es propietaria de dos empresas que se dedican a la misma actividad pero están separadas (empresa A solvente y empresa B con algún problema económico y que se rumorea comprarán unos inversores…además de retrasos en pagos de nóminas y liquidez). Yo estoy contratada en la empresa A y están empezando a subrogar a trabajadores a la empresa B, pero en el documento a firmar no incluyen que se respete antigüedad, puesto, salario, etc.
Tengo varias preguntas:
-¿Es legal esa subrogación? ¿El documento a firmar debe contener específicamente algún tipo de información concreta?
-¿Debo firmarla obligatoriamente o podría negarme? ¿Qué consecuencias tendría no firmar?
-Si firmo, ¿podrían modificarme alguna condición? ¿Qué consecuencias podría tener?
Tengo muchas dudas y la información que nos llega es muy limitada.
Muchísimas gracias por tu ayuda!
En principio no parecería legal esa subrogación, habría que ver para que empresas de las dos trabajas. No, el documento no debe contener ninguna información específica, salvo que lo diga el convenio. No se que es lo que te dan a firmar, pero la conformidad no se muestra no firmarlo o no indicarlo, sino impugnando la decisión ante los tribunales. Si no lo firmas puede llamar a dos testigos o al representante legal de los trabajadores para acreditar que ellos te lo han notificado pero tu no lo querías firmar. Da igual que lo firmes o no, que la medida tendrá efectos.
Gracias Alejandro, entonces entiendo que debería firmarlo y si hay algo ilegal, impugnarlo.
Mi pregunta es, ¿cuándo esto ocurre, te dan de baja y alta de nuevo en la Seguridad Social? ¿Se pierde algún derecho como antigüedad, vacaciones, etc?
Muchísimas gracias de nuevo!
Si te dan de baja en la otra empresa y de alta en la nueva. No, no se pierde ningún derecho.
Muchas gracias Alejandro.
Finalmente la empresa se ha declarado en suspensión de pagos…mi situación actual es que estoy de baja por riesgo de embarazo, ¿cómo afecta esto a los pagos que me corresponden? ¿Quién los afrontaría?
La mutua.
Hola Alejandro, mi caso es el siguiente. El centro de trabajo ha sido vendido a otra empresa, mi empresa me subroga ala otra empresa, pero la otra empresa no quiere contar con mis servicios.¿que debo hacer?
Demandar por despido a las dos empresas.
Mi caso es parecido.
Mi anterior empresa me ha finiquitado e imdepnizado su parte.
pero la nueva empresa que no me ha querido subrrogar el contrato,¿me deberia de abonar el resto de mi indepnización ?
Llevaba 20 años en la empresa y me han dado menos de lo que me corresponde.
Suena raro de que una empresa te ha pagado una parte y te adeude algo la otra, ya que o te despide la anterior empresa o te subroga. Habría que ver el caso, ya que seguramente tengas algo que reclamar.
Gracias.
Voy a ver si aún estoy a tiempo para reclamar lo que me corresponde.
Hola, Doy un servicio para Prosegur como auxiliar pero entre secretismos nos hemos enterado que el 2 de abril este servicio lo da otra empresa nueva por subrrogación. No tenemos más información a día 23 de Marzo.
Esto es legal?, pueden despedirnos pasados dos meses? Ni siquiera es una empresa local. El servicio es en Valencia y la nueva empresa es de Alicante. Pueden mandarnos a Alicante?
Estamos en una incertidumbre desesperante.
Gracias y saludos.
Os comunicarán la subrogación y después , en principio, no os pueden desplazar salvo que exista una causa para ello.
La empresa en la que trabajaba fue subrogada por otra. La antigua no era obligatorio trabajar festivos .La nueva empresa dice que tengo que trabajar el jueves santo que es festivo.Yo le he dicho que ella nos dijo que pasabamos a esta empresa con las mismas condiciones que la otra .Mi contrato es lunes miercoles y viernes.Mis compañeros trabajan lunes martes miercoles jueves yviernes y sabado y tienen media jornada yo solo tengo 50 horas al mes ,Me pueden obligar a trabajar festivos-
En principio, no se debe trabajar un festivo. De todos modos, habría que mirar el calendario laboral y el convenio colectivo de aplicación. Lo que tu comentas de respetar esa condición laboral tendrás que acreditar que se trata de un derecho adquirido.
Hola buenos dias, yo pertenezco a una empresa , llevo 20 años, hace dos meses me mandaron a un centro de dicha empresa, me he enterado de que ese centro va a cambiar de empresa en tres meses, mi pregunta es, pueden dejarne en ese centro si en mi nomina no pone direccion de trabajo??puedo negarme a trabajar en ese centro??siempre he trabajado como jefe de area en diferentes centros, y creo que me quieren dejar alli para que me tenga que subrogar la nueva empresa y asi quitarse un trabajador con.mucha antiguedad de en medio, que puedo hacer??
Tendrás que demandar a la empresa ya sea impugnando la medida del cambio de centro o esperar a que se produzca la subrogación, pero yo presentaría dos demandas, por otro lado nunca me negaría a trabajar ya que pueden despedirte.
Hola buenos dias.mi pregunta es.que hace dos años termine con una empresa que trabajaba de mantenimiento de jardines para el ayuntamiento.era un trabajador subrrogado.pero termino el contrato con el ayuntamiento y no sacaron mas concurso.y nos kedemos parados los trabajadores.ahora despues de 2 años van a sacar nuevo concurso.tendria derecho a reclamar mi subrrogacion?
No. transcurridos dos años no se tiene derecho.
Ok.muchas gracias
Hola mi pregunta es la siguiente nos van a subrogar una contrata de limpiezas la anterior empresa nos pagaban tres pagas extra julio, diciembre y otra de beneficios en Marzo la semana morosa entrante tiene la obligación de segur igual con el tema de las pagas? Muchas gracias
si, tiene obligación de mantener el salario y la forma de pago.
Buenos días Alejandro. En primer lugar me gustaría darte las gracias por la labor tan buena que haces.
Mi duda es la siguiente. ¿Se puede denunciar a la empresa licitadora por cesión ilegal de trabajadores tras una subrogación? Es decir, hay dejación de funciones por parte de la primera empresa sin que el problema sea resuelto por el licitador. Ahora estamos a pocos días de sufrir una subrogación y no sé si me dará tiempo a denunciar. ¿Se podría denunciar la situación tras la subrogación?
La cesión ilegal se tiene que denunciar mientras esté vigente.
Muchas gracias por la información
Buenos dias a mi me han subrogado de una empresa a otra y lo que queria saber si la otra empresa me tiene que pagar las pagas extras porque faltaban dias para pagarla cuando me subrogaron le pertenece a mi antigua empresa pagarmela gracias
Hay veces que se finiquita, pero quien te las tiene que pagar es la empresa que te tiene contratada en el momento que se abonan.
Buenas tardes. Mi caso es el siguiente. Empecé trabajando para un Colegio privado, donde se me aplicaba el Convenio Colectivo de enseñanza concertada. En este, en el artículo 62 se establece que a los 25 años de antigüedad tendré derecho a una paga equivalente a 5 quinquenios. Pues bien, me subrogaron hace 10 años a una empresa de limpieza, donde se me respeta mi Convenio Colectivo actual. Mi duda es la siguiente ¿quien se hace cargo de esta paga de antigüedad?.
saludos y gracias.
La empresa que te está contratando en el momento que la generes.
Buenas Alejandro
Trabajo para un distribuidor de telefonía móvil y en estos 8 años he tenido ya 5 subrogaciones.
A día de hoy me encuentro incorporada tras una excedencia y disfruto de una reducción de jornada con turno de mañana (sin rotar)
Ante esta situación si hay subrogación…
¿Podría solicitar la extinción de contrato?
¿tendria derecho a indemnización de algún tipo y posterior ayuda por desempleo? ¿podrían modificar mis horas semanales u horario?
Un saludo y muchas gracias de antemano
No tendrías derecho a extinción, salvo que exista una modificación sustancial de las condiciones de trabajo, en ese caso tendrías derecho a indemnización y paro.
Muchas gracias por tu respuesta
Hola, estoy contratada en una empresa, y en el mismo local y con los mismos socios existen dos empresas. Nos han subrrogado a la otra empresa, en la que hasta este momento no tengo contrato. Esta empresa en la que tenía contrato tiene bienes y es la dueña del local dónde se realiza la actividad. Han comprado las acciones de la otra empresa y nos han subrogado a esa, que no tiene bienes. Puedo impugnarla o negarme.
Saludos y gracias
Puedes impugnar la decisión, además habría que mirar si hay cesión ilegal.
Muchas gracias Alejandro
Hola buenas, a mi padre le han subrogado a otra empresa en el mes de marzo 2020, ahora que está en esta empresa nueva tiene miedo de que no vaya a cobrar lo mismo que en la anterior, eso podría ser posible?
También le deben horas de la antigua empresa y le han dicho que las disfrutó pero mi padre no está seguro de ello. Que se puede hacer? Gracias
El salario debería de ser el mismo, el trabajador no se debe de ver perjudicado por la subrogación. En caso de que haya algún cambio, habrá que demandarlo.
Hola actualmente estoy de baja por maternidad, tendría que incorporarme para abril a trabajar y me he enterado hace dos días que el día 1de marzo pasamos a ser subrogado a otra empresa, a mi nadie me lo ha comunicado me he enterado porque llamé para saber mi incorporación y pregunté que había escuchado algo, mi jefe actual me ha dicho que no hay opción de firmar o no, que es lo que hay sino tendría que pedir mi baja voluntaria sino estoy de acuerdo llevo 6años y con contrato indefinido, me puedo negar a la subrogacion? Gracias
En principio, no, no te puedes negar a la subrogación, salvo que ésta no sea obligatoria para el trabajador, por lo que habría que revisar la causa. La comunicación te la hacen una vez se produzca la subrogación.
Muy buenas Alejandro, gracias por tu tiempo. Tengo tres años y tres mese trabajados con esta última empresa de mis cinco años trabajando para administración, soy Subrogado.
Que finiquito tengo que percibir de la empresa saliente ?
Saludos
ninguno. he añadido la pregunta a la entrada.
Hola trabajo en una enpresa explotación porcina boy para 15 años se a vendido el nuevo dueño quiere canbiamos los turnos nos a precentado un calendario laboral con modificado de lo avitual y nos quiere hacer firmar dicho modificacion y las nóminas todo por igual q debo hacer
Se trata de una modificación sustancial de las condiciones de trabajo, y si no estás conforme tendrás que impugnarla ante los tribunales. La empresa puede hacer esa modificación si tiene causas para ello.
Hola, tengo mil dudas con respecto a mi actual trabajo. Me explico, trabajo en el restaurante de un cine, y dicho restaurante tiene un nombre diferente pero no es una empresa, ya que nos tiene contratado el cine en si. Mi pregunta es, estamos obligados a subrogar si lo que quieren es hacer una subrogación solo del restaurante? Que opciones tenemos? Ya que nuestro contrato es del cine y nada menciona el restaurante, asi como nuestro convenio es igual que el de los compañeros del cine. Podriamos negarnos y ser indemnizados?
O colocados en un puesto de trabajo en el cine? Saludos y espero pueda ayudarme, muchas gracias.
¿Quieren vender el restaurante o externalizarlo? Habría que mirar cual es la causa de que entre otra empresa para saber si teneis obligación de ser subrogados, o es opcional.
Pues no sabría decirte dada la poca información que nos han facilitado de momento, la cual, según la gerencia del cine, es que compraban todo lo que había en el restaurante y que en definitiva era una subrogación. Pero el local en sí supongo que lo alquilan ya que está dentro del propio cine, aunque esto es una suposición. De todos modos, sea venta o externalización, ¿Cuál de ellas nos obliga a ser subrogados y cuál nos abre otras opciones? Muchísimas gracias por su excelente trato, saludos.
Existe la obligación de ser subrogado si se entiende que existe sucesión empresarial en virtud del artículo 44 del Estatuto de los Trabajadores.
Buenos días. Mi marido ha sido subrogado hace 9 meses. En la antigua empresa cobraba parte de la nómina en B y durante los últimos años ingresábamos ese dinero en el banco. Al subrogarse le siguen manteniendo la nómina q tenía en la antigua empresa y le dan algo en B, pero bastante menos. Se podría reclamar q le abonen la cantidad que ganaba en la primera empresa, y q figurase en nómina? Gracias
Sí, si podéis acreditarlo.
Gracias. Hay plazo para reclamarlo?
Lo mejor es que lo haga cuanto antes, pero nunca más allá de un año. Cuanto más tarde, menos cuantía podrá reclamar.
Buenos días, ante todo felicitarte por los artículos que escribes en los que llevo ya un tiempo siguiéndote y nos aclaras muchas dudas laborales, en relación a este articulo me surge una duda que no se menciona y es verídico, puesto que tengo un amigo en esa situación.
El caso es: trabajadores de una empresa privada que dicha empresa trabaja para la administración, subcontratación de la administración, dichos trabajadores en la anterior empresa que estaban antes se les aplico el art. 41 ET y esta nueva empresa que gano el concurso que saco la administración , ha subrogado a todos los trabajadores y continuado con la aplicación del art 41 ET que implanto la anterior empresa: Mi dudas son: es legal continuar con el art 41 la nueva empresa?, hasta cuando puede continuar aplicando dicho art 41?
Muchas gracias por la buena labor que nos haces a todos los que te seguimos.
Si te refieres una modificación sustancial de las condiciones de trabajo, es una medida de carácter permanente, salvo que se indique otra cosa. Es decir, que una vez lo aplica una empresa, lo que hace es modificar las condiciones de trabajo de forma permanente, de tal forma que aunque cambie la empresa ese cambio se mantiene.
Y eso significa q los trabajadores podemos encadenar le aplicación de un artículo 41 con cada subrogación?
Nosotros estamos en esa situación y la nueva empresa ya ha advertido verbalmente q las cuentas no le salen…
Acabo de descubrir este lugar y ha sido una muy grata sorpresa.
Felicidades por el trabajo y muchas gracias por la ayuda.
Un saludo.
no se a que te refieres encadenar la aplicación del artículo 41. Si existe una subrogación, los derechos no varían, lo único que varía es el empleador.
soy oficial de primera de carnicero de mis derecho
Buenos dias¿ teneis publicado algun árticulo que trate sobre la falta de ocupación efectiva de trabajo y los derechos dej trabajador en esa siruación?
No todavía, pero lo realizaré.
Buenas tardes mi empresa pretende hacer una subrogación la persona que la va a comprar la empresa es un trabajador, el jefe actual no siquiera no a notificado verbalmente o por escrito de dichos cambios nos enteramos hace poco por parte del compañero quisiera saber dado el caso de la subrogación ¿que derechos tengo ? Porque la gestora le dijo al compañero que el no tiene la obligación de quedarse con nuestra antigüedad que el jefe actual tiene que liquidarnos e indemnizar a todos eso es correcto ? Y dado el caso que no que medidas debo tomar Gracias
No entendí mucho el caso, pero si la subrogación es por convenio o por sucesión empresarial, se debe respetar todos los derechos laborales entre ellos la antigüedad. Habría que ver la causa de la subrogación.
Estoy trabajando en una empresa de limpieza y mañana me subrogan con la nueva empresa entrante, pero seguiré trabajando con la anterior ya que estaba cubriendo unas vacaciones. Al estar afectada por erte mi contrato se finalizó durante el covid.19 y me comunicaron que durante ese tiempo ha estado inactivo, mi duda es me van a dar de baja en seguridad social ya que paso a ser subrogada y alta otra vez por la sustitución de esas vacaciones que estoy cubriendo?? Y el tiempo que ha estado parado mi contrato por erte lo pierdo? No lo tengo que trabajar??
No entendí muy bien la situación.
Hola le cuento mi situación trabaje durante tres años en limpieza hospitalaria con contratos eventuales entrando y saliendo mi último contrato fue cubriendo una baja laboral y justo se subrogo el servicio por lo que yo pasé subrogada pero al cabo de dos meses se incorpora la dueña del puesto, por lo que yo me quedo sin trabajo, ahora resulta que la nueva empresa dice que ellos trabajan con contratos de 6 meses y dejan indefinido, por lo que yo no puedo optar ya que en el momento de la subrogación estaba cubriendo una baja y se incorporo la dueña del puesto, ahora estoy sin trabajo y mi pregunta es si yo tendría derecho a optar a ese contrato indefinido o si me lo tendrían que ofertar ya que soy de las eventuales la más antigua.
Salvo que el convenio recoja algún derecho, cuestión que dudo, la empresa puede contratar a quien considere conveniente sin que tengas un mejor derecho por haber estado contratada anteriormente.