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Citación por LexNET al abogado que no representaba al trabajador: no es válida

Tribunal
Tribunal Supremo · Sala de lo Social
Fecha
8 de junio de 2022
Recurso
Recurso de casación para la unificación de doctrina
Texto oficial
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Sentencia · Alejandro Aradas García · 2 min de lectura

La doctrina, en una línea

Si el demandante solo designó el despacho de un abogado como domicilio para notificaciones, sin darle su representación, no está obligado a usar medios telemáticos: la citación a juicio enviada por LexNET a la dirección electrónica del abogado no produce efectos y debe hacerse en el domicilio designado.

La cuestión que se planteaba

Determinar si es válida la citación a juicio del demandante efectuada telemáticamente a la dirección electrónica del letrado cuyo domicilio ha designado a efectos de notificaciones en el escrito de demanda.

Qué pasó

Un trabajador presentó una demanda de despido firmada solo por él, en la que designaba como domicilio a efectos de notificaciones el despacho de su abogado.

El juzgado lo citó a juicio por LexNET a la dirección electrónica del abogado; la comunicación figuraba «enviada», pero no «efectuada», y el demandante no compareció. Se hizo un nuevo señalamiento por la misma vía, con el mismo resultado, y se archivó la demanda.

El trabajador impugnó el archivo porque no había designado abogado que lo representara y, sin representación profesional, no estaba obligado a usar medios electrónicos.

Qué dice el tribunal

El Tribunal Superior de Justicia estimó el recurso, dejó sin efecto el archivo y ordenó que se citara de nuevo a las partes para la conciliación y el juicio.

El Tribunal Supremo entiende que el trabajador no había designado abogado. Si no había otorgado su representación a ningún abogado, era un interviniente que no estaba obligado a usar sistemas telemáticos. Por eso no producen efectos las citaciones enviadas por LexNET a la dirección electrónica del abogado cuyo despacho se había designado «a efectos de notificaciones»: el juzgado debió citar al demandante en el domicilio indicado en la demanda.

Recorrido del proceso judicial

  1. InstanciaJuzgado de lo Social: archiva la demanda
  2. SuplicaciónTribunal Superior de Justicia: revoca el archivo y ordena citar de nuevo a las partes
  3. CasaciónTribunal Supremo · 8 de junio de 2022: confirma que la citación no era válida

El fallo

Confirma que la citación no era válida y que debe citarse de nuevo.

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