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Premio de jubilación del convenio de Santa Brígida: incompatible con la pensión
- Tribunal
- Tribunal Supremo · Sala de lo Social
- Fecha
- 15 de junio de 2022
- Recurso
- Recurso de casación para la unificación de doctrina
- Texto oficial
- Leer la sentencia
La incompatibilidad del artículo 1 del Real Decreto-ley 20/2012 entre las percepciones por cese en el sector público y la pensión de jubilación se aplica a todo el personal de las Administraciones, no solo a los altos cargos. Por eso no se cobra el premio de jubilación del convenio.
La cuestión que se planteaba
Determinar si se tiene derecho a percibir el premio por jubilación previsto en el art. 25 del Convenio Colectivo del personal laboral del Ayuntamiento de la Villa de Santa Brígida.
Qué pasó
Una persona del personal laboral del Ayuntamiento de la Villa de Santa Brígida reclamó el premio por jubilación previsto en el artículo 25 de su convenio colectivo.
El artículo 1 del Real Decreto-ley 20/2012 declara incompatibles las pensiones indemnizatorias, prestaciones compensatorias y cualquier otra percepción económica prevista con ocasión del cese en el sector público con cualquier retribución pública o privada y con la pensión de jubilación de cualquier régimen público.
Se discutía si esa norma se aplica a todo el personal de las Administraciones o solo a los altos cargos.
Qué dice el tribunal
El Tribunal Supremo considera que el artículo 1 del Real Decreto-ley 20/2012 se aplica a todo el personal, porque debe prevalecer la voluntad de la ley sobre su exposición de motivos. Esta no excluye a quienes no son altos cargos, sino que se limita a subrayar que la incompatibilidad también se les aplica.
Por ello, a diferencia del juzgado y del Tribunal Superior de Justicia, entiende que no hay derecho al premio de jubilación.
Recorrido del proceso judicial
- InstanciaJuzgado de lo Social: reconoce el premio de jubilación
- SuplicaciónTribunal Superior de Justicia de Canarias: reconoce el premio de jubilación
- CasaciónTribunal Supremo · 15 de junio de 2022: niega el derecho al premio
El fallo
Niega el derecho al premio de jubilación, frente a lo resuelto en las instancias.
Comentarios
Normas y preceptos aplicados. Despliega cada uno para leer su texto.
Artículo 1Real Decreto-ley 20/2012la incompatibilidad de las percepciones por cese con la pensión alcanza a todo el personal público
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