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Rentas del cónyuge autónomo en el subsidio de desempleo: recurso con defectos formales
- Tribunal
- Tribunal Supremo · Sala de lo Social
- Fecha
- 26 de octubre de 2022
- Recurso
- Recurso de casación para la unificación de doctrina
- Texto oficial
- Leer la sentencia
El Tribunal Supremo no entra en el fondo por defectos formales insubsanables del recurso, de modo que no decide cómo computar las pérdidas o beneficios de la actividad económica del cónyuge para el requisito de carencia de rentas del subsidio de desempleo.
La cuestión que se planteaba
Determinar la forma de cómputo de los ingresos de la unidad familiar a efectos de acreditar el requisito de carencia de rentas respecto de la solicitud de subsidio de desempleo. Cómo computar las pérdidas o beneficios de la actividad económica del cónyuge.
Qué pasó
Una trabajadora solicitó el subsidio de desempleo y se discutía cómo computar los ingresos de la unidad familiar para acreditar la carencia de rentas.
Su cónyuge realizaba una actividad por cuenta propia de la que obtuvo en 2014 un rendimiento neto reducido de -8.322,66 euros, con 118.567,44 euros de ingresos computables y 126.890,10 euros de gastos deducibles. Además, era partícipe al 50 % de una sociedad civil, de la que obtuvo en 2014 un rendimiento neto de 20.410,44 euros.
Qué dice el tribunal
El juzgado estimó la demanda y el Tribunal Superior de Justicia la desestimó.
El Tribunal Supremo no entra en el fondo del asunto porque el recurso adolece de defectos formales no subsanables.
Recorrido del proceso judicial
- InstanciaJuzgado de lo Social: estima la demanda
- SuplicaciónTribunal Superior de Justicia: desestima la demanda
- CasaciónTribunal Supremo · 26 de octubre de 2022: no entra en el fondo por defectos formales
El fallo
No entra en el fondo por defectos formales insubsanables del recurso.