InicioPrestación por desempleo
Los avisos de un operador postal privado valen como notificación
- Tribunal
- Tribunal Supremo · Sala de lo Social
- Fecha
- 24 de abril de 2023
- Recurso
- Recurso de casación para la unificación de doctrina
- Texto oficial
- Leer la sentencia
Las notificaciones por vía postal exigen dos intentos, el segundo en hora distinta dentro de los tres días siguientes, y, si ambos fallan, dejar la notificación en lista durante un mes con aviso de llegada en el casillero domiciliario. Cumplido ese trámite, la notificación es válida.
La cuestión que se planteaba
Determinar si la notificación del SEPE es válida, si el trabajador no la recoge y por ello es excluido del programa de renta activa de inserción.
Qué pasó
El trabajador fue excluido del programa de renta activa de inserción por no recoger una notificación del servicio público de empleo.
Los avisos se dejaron en su domicilio a través de los servicios postales de una empresa privada, y no los atendió.
Sostenía que las actuaciones de esa empresa carecen de presunción de veracidad, por ser una entidad privada distinta del operador postal estatal, único designado con fehaciencia en la distribución.
Qué dice el tribunal
Siguiendo la sentencia 82/2020, las exigencias de las notificaciones por vía postal son las del reglamento que regula la prestación de los servicios postales.
Primero, un primer intento en el que, si no se recoge, se hace constar en la documentación del empleado del operador postal y, en su caso, en el aviso de recibo, junto con el día y la hora, y ese intento se repite una sola vez y en hora distinta dentro de los tres días siguientes.
Segundo, si el segundo intento resulta infructuoso por la misma causa o por otra sobrevenida, se consigna igualmente con su día y hora.
Y tercero, realizados los dos intentos sin éxito, la notificación se deposita en lista durante un plazo máximo de un mes, dejando aviso de llegada en el casillero domiciliario.
Cumplidos esos criterios, la notificación es válida.
Recorrido del proceso judicial
- InstanciaJuzgado de lo Social: desestima la demanda
- SuplicaciónTribunal Superior de Justicia: confirma la desestimación
- CasaciónTribunal Supremo · 24 de abril de 2023: desestima el recurso
El fallo
Desestima el recurso: la notificación fue válida.
Comentarios
Normas y preceptos aplicados. Despliega cada uno para leer su texto.
NormaRD 1829/1999requisitos de la notificación postal, válida también si la practica un operador privado
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Resoluciones que cita esta sentencia.
- 29 ene 2020Tribunal SupremoSentencia del Tribunal Supremo 82/2020, de 29 de enero (rcud 2578/2017)Fija las exigencias de las notificaciones practicadas por servicios postales