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La extinción nula en el trabajo penitenciario también se indemniza

Tribunal
Tribunal Supremo · Sala de lo Social
Fecha
19 de septiembre de 2023
Recurso
Recurso de casación para la unificación de doctrina
Texto oficial
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Sentencia · Alejandro Aradas García · 2 min de lectura

La doctrina, en una línea

En esta relación laboral especial la legislación laboral solo se aplica cuando hay remisión expresa, y no la hay en materia de despido. Pero esa inaplicación no supone una desprotección absoluta frente a una extinción contraria a derecho.

La cuestión que se planteaba

Derecho a una indemnización de daños y perjuicios en caso de una extinción declarada nula en el ámbito de la relación laboral especial de personas penadas en instituciones penitenciarias.

Qué pasó

Se extinguió la relación laboral especial de una persona penada que trabajaba en una institución penitenciaria.

La extinción fue declarada nula, con obligación de readmitir.

Qué dice el tribunal

La sentencia de suplicación descartó la indemnización al entender que la anulación del acto extintivo supone reponer la relación laboral al momento anterior a su extinción, pero sin que operen las consecuencias del despido improcedente, invocando la sentencia de 11 de diciembre de 2012, según la cual no cabe trasladar a este supuesto los efectos propios de un despido improcedente.

El Tribunal Supremo recuerda que en esta relación laboral especial la legislación laboral no opera más que cuando existe remisión expresa, y así no sucede en materia de despido.

Ahora bien, la inaplicabilidad de las normas laborales no comporta que exista desprotección absoluta de las personas sujetas a esta relación cuando consideran que ha mediado una extinción contraria a derecho.

Reconoce por ello el derecho a la indemnización, sin aplicar la normativa laboral ni la de responsabilidad patrimonial del Estado, sino apoyándose en el Convenio 158 de la Organización Internacional del Trabajo y en la Carta Social Europea.

Recorrido del proceso judicial

  1. InstanciaJuzgado de lo Social: declara nula la extinción y condena a una indemnización equivalente a los salarios dejados de percibir
  2. SuplicaciónTribunal Superior de Justicia: mantiene la nulidad pero suprime la condena económica
  3. CasaciónTribunal Supremo · 19 de septiembre de 2023: estima el recurso y reconoce la indemnización

El fallo

Estima el recurso y reconoce el derecho a la indemnización.

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Normas y preceptos aplicados. Despliega cada uno para leer su texto.

  • NormaConvenio 158 de la OITfundamenta la indemnización por una extinción contraria a derecho en esta relación especial

    [texto del artículo pendiente de cargar]

  • NormaCarta Social Europeafundamenta igualmente la reparación de la extinción contraria a derecho

    [texto del artículo pendiente de cargar]

Resoluciones que cita esta sentencia.

  • 11 dic 2012Tribunal SupremoSentencia del Tribunal Supremo de 11 de diciembre de 2012 (rcud 3532/2011)No cabe trasladar a esta relación especial los efectos del despido improcedente