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Irse de la empresa no borra el interés en reclamar la carrera profesional

Tribunal
Tribunal Supremo · Sala de lo Social
Fecha
10 de junio de 2025
Recurso
Recurso de casación para la unificación de doctrina
Texto oficial
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Sentencia · Alejandro Aradas García · 1 min de lectura

La doctrina, en una línea

La extinción del vínculo laboral no extingue por sí sola el interés legítimo en reclamar derechos económicos derivados de la carrera profesional, como complementos salariales o indemnizaciones. La acción declarativa sigue siendo viable mientras persista ese interés económico.

La cuestión que se planteaba

Sentencia del Tribunal Supremo de 10 de junio – La baja voluntaria no impide reclamar la carrera profesional si persiste un interés económico

Qué pasó

Una enfermera fue excluida de la carrera profesional del Servicio Andaluz de Salud por no tener contrato indefinido.

Presentó demanda antes de cesar voluntariamente, cese que se produjo al pasar a ser personal estatutario.

El fondo del asunto era si esa exclusión suponía una discriminación por razón de temporalidad.

Qué dice el tribunal

Las instancias anteriores entendieron que la baja voluntaria extinguía el litigio.

El Tribunal Supremo corrige ese criterio: la finalización del vínculo laboral no extingue automáticamente el interés legítimo en reclamar derechos económicos derivados de la carrera profesional, como complementos salariales o indemnizaciones.

Mientras exista ese interés económico, la acción declarativa sigue siendo viable.

Por eso anula las sentencias anteriores y ordena que se dicte una nueva que resuelva el fondo: si hubo o no discriminación en el acceso a la carrera profesional por razón de temporalidad.

Recorrido del proceso judicial

  1. InstanciaJuzgado de lo Social: inadmite la pretensión por entender que la baja voluntaria extinguía el litigio
  2. SuplicaciónTribunal Superior de Justicia de Andalucía: confirma la inadmisión
  3. CasaciónTribunal Supremo · 10 de junio de 2025: estima el recurso y ordena resolver el fondo

El fallo

Estima el recurso, anula las sentencias del Juzgado y del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía y ordena dictar nueva sentencia que resuelva el fondo.

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Normas y preceptos aplicados. Despliega cada uno para leer su texto.

  • NormaDirectiva 1999/70/CEprohíbe la discriminación de las personas trabajadoras temporales

    [texto del artículo pendiente de cargar]

Resoluciones que cita esta sentencia.

  • 20 abr 2010Tribunal SupremoSentencia del Tribunal Supremo de 20 de abril de 2010 (rcud 2290/2009)Admite las acciones declarativas cuando existe un interés económico
  • 20 ene 2015Tribunal SupremoSentencia del Tribunal Supremo de 20 de enero de 2015 (rcud 2230/2013)En el mismo sentido