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Con inflación negativa, el punto pactado se consume en compensarla
- Tribunal
- Tribunal Supremo · Sala de lo Social
- Fecha
- 23 de octubre de 2025
- Recurso
- Recurso de casación para la unificación de doctrina
- Texto oficial
- Leer la sentencia
En las cláusulas del tipo índice de precios del año anterior más unos puntos, un índice negativo puede consumir el plus pactado, porque la finalidad es mantener el poder adquisitivo; el límite es que no se produzca una rebaja del salario respecto del año anterior.
La cuestión que se planteaba
Sentencia del Tribunal Supremo 23 de octubre de 2025 , determinar cuáles son los efectos de la deflación en la revisión salarial prevista en un convenio colectivo de empresa.
Qué pasó
Un sindicato planteó conflicto colectivo frente a una empresa energética solicitando un incremento del 0,5 % en las tablas salariales de 2021.
Se apoyaba en el artículo 10 del convenio de empresa 2019-2021, que fijaba para 2021 un incremento salarial igual al índice de precios al consumo de 2020 más 0,5 puntos.
El problema es que ese índice de 2020 fue negativo, del –0,5 %. La representación de las personas trabajadoras defendía que un índice negativo debía tomarse como cero, de modo que quedara el 0,5 % íntegro.
Qué dice el tribunal
El Tribunal Supremo parte de la finalidad de estas cláusulas de revisión: mantener el poder adquisitivo de las personas trabajadoras.
Si hay deflación, el poder adquisitivo ya aumenta con el mismo salario. Por eso el plus del 0,5 % puede y debe consumirse en compensar ese índice negativo.
El único límite es que la operación no suponga bajar el salario respecto del año anterior. En este caso, el resultado es que no hay subida salarial, pero tampoco bajada.
Recorrido del proceso judicial
- InstanciaJuzgado de lo Social de Vitoria: estima la demanda y declara procedente el 0,5 %
- SuplicaciónTribunal Superior de Justicia del País Vasco: confirma la sentencia de instancia
- CasaciónTribunal Supremo · 23 de octubre de 2025: estima el recurso de la empresa
El fallo
Estima el recurso de la empresa: no procede el incremento del 0,5 % en las tablas de 2021.
Comentarios
Normas y preceptos aplicados. Despliega cada uno para leer su texto.
Artículo 1281Código Civilla interpretación finalista de la cláusula de revisión permite que el índice negativo consuma el plus pactado, sin rebajar el salario
Texto del artículoTexto consolidado vigenteArtículo 1281.
Si los términos de un contrato son claros y no dejan duda sobre la intención de los contratantes, se estará al sentido literal de sus cláusulas.
Si las palabras parecieren contrarias a la intención evidente de los contratantes, prevalecerá ésta sobre aquéllas.
- También se citan
Artículo 1282Código Civilinterpretación de los contratos por los actos de las partes
Texto del artículoTexto consolidado vigenteArtículo 1282.
Para juzgar de la intención de los contratantes, deberá atenderse principalmente a los actos de éstos, coetáneos y posteriores al contrato.
Artículo 3.1Código Civilcriterios de interpretación de las normas
Texto del artículoTexto consolidado vigenteArtículo 3.
1. Las normas se interpretarán según el sentido propio de sus palabras, en relación con el contexto, los antecedentes históricos y legislativos, y la realidad social del tiempo en que han de ser aplicadas, atendiendo fundamentalmente al espíritu y finalidad de aquellas.
2. La equidad habrá de ponderarse en la aplicación de las normas, si bien las resoluciones de los Tribunales sólo podrán descansar de manera exclusiva en ella cuando la ley expresamente lo permita.
Textos legales basados en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado. Se trata de un texto consolidado de carácter meramente informativo, sin valor oficial. Para el texto auténtico hay que acudir al BOE.
Resoluciones que cita esta sentencia.
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